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MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL 1 www.sepe.es Trabajamos para tí P.A. 16/13 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HABRÁ DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LAS INSTALACIONES DE DIVERSOS EDIFICIOS DE LOS SERVICIOS CENTRALES DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL (SEPE) EN MADRID. 1. OBJETO DEL CONTRATO El contrato tiene por objeto el servicio de mantenimiento y conservación de las instalaciones de diversos edificios de los Servicios Centrales del Servicio Público de Empleo Estatal en la Comunidad de Madrid, así como los suministros necesarios para el buen funcionamiento de todos ellos, adaptándose a las necesidades del SEPE y a la normativa que se genere. El mantenimiento integral comprenderá los siguientes conceptos: MANTENIMIENTO PREVENTIVO: Consistirá en la revisión periódica y sistemática de las instalaciones, según las prescripciones técnicas mínimas definidas en el presente documento y en el Anexo I, incluyendo la regulación y el ajuste de las mismas para obtener el mejor rendimiento energético y reducir al mínimo las averías futuras, observándose en todo momento la normativa vigente que afecte a cada una de ellas. Se realizará un mantenimiento preventivo de revisiones, de acuerdo con un plan de trabajo a desarrollar por la empresa adjudicataria y el Servicio de Mantenimiento del Organismo, dentro del primer mes de la fecha del contrato de adjudicación y que cumplirá como mínimo con las prescripciones de este pliego y normativa vigente. Asimismo, la empresa adjudicataria presentará el modelo de impreso o informe donde reflejará los datos obtenidos en las revisiones, para su aprobación por el SEPE y su posterior cumplimiento. MANTENIMIENTO CORRECTIVO: Como tal se entiende la reparación de las averías, producidas en las instalaciones y en su equipamiento, como consecuencia del uso o envejecimiento de las mismas. Las operaciones urgentes se iniciarán inmediatamente, comprometiéndose, si así lo requiere la clase de reparación, para que se efectúe en el plazo máximo de (DOS HORAS), contabilizada ésta a partir del momento en que se comunica la avería. Con tal fin, se realizarán las sustituciones y tratamiento de piezas y elementos por los repuestos originales correspondientes y las modificaciones que se precisen con el fin de evitar o prever perjuicios mayores. MANTENIMIENTO TÉCNICO LEGAL: Se trata de un mantenimiento preventivo específico, el exigido por la normativa técnica existente y será realizado sobre aquellas instalaciones que, de acuerdo a las especificaciones de los reglamentos industriales de obligado cumplimiento, tanto de carácter general, comunitario, nacional o autonómico, lo requieran. Deberán aportarse los certificados que en cada caso correspondan.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HABRÁ DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL

SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LAS INSTALACIONES DE DIVERSOS EDIFICIOS

DE LOS SERVICIOS CENTRALES DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL (SEPE) EN

MADRID.

1. OBJETO DEL CONTRATO

El contrato tiene por objeto el servicio de mantenimiento y conservación de las instalaciones de

diversos edificios de los Servicios Centrales del Servicio Público de Empleo Estatal en la Comunidad de

Madrid, así como los suministros necesarios para el buen funcionamiento de todos ellos, adaptándose

a las necesidades del SEPE y a la normativa que se genere.

El mantenimiento integral comprenderá los siguientes conceptos:

MANTENIMIENTO PREVENTIVO: Consistirá en la revisión periódica y sistemática de las instalaciones,

según las prescripciones técnicas mínimas definidas en el presente documento y en el Anexo I,

incluyendo la regulación y el ajuste de las mismas para obtener el mejor rendimiento energético y

reducir al mínimo las averías futuras, observándose en todo momento la normativa vigente que afecte

a cada una de ellas.

Se realizará un mantenimiento preventivo de revisiones, de acuerdo con un plan de trabajo a

desarrollar por la empresa adjudicataria y el Servicio de Mantenimiento del Organismo, dentro del

primer mes de la fecha del contrato de adjudicación y que cumplirá como mínimo con las

prescripciones de este pliego y normativa vigente.

Asimismo, la empresa adjudicataria presentará el modelo de impreso o informe donde reflejará los

datos obtenidos en las revisiones, para su aprobación por el SEPE y su posterior cumplimiento.

MANTENIMIENTO CORRECTIVO: Como tal se entiende la reparación de las averías, producidas en las

instalaciones y en su equipamiento, como consecuencia del uso o envejecimiento de las mismas.

Las operaciones urgentes se iniciarán inmediatamente, comprometiéndose, si así lo requiere la clase

de reparación, para que se efectúe en el plazo máximo de (DOS HORAS), contabilizada ésta a partir del

momento en que se comunica la avería.

Con tal fin, se realizarán las sustituciones y tratamiento de piezas y elementos por los repuestos

originales correspondientes y las modificaciones que se precisen con el fin de evitar o prever perjuicios

mayores.

MANTENIMIENTO TÉCNICO LEGAL: Se trata de un mantenimiento preventivo específico, el exigido por

la normativa técnica existente y será realizado sobre aquellas instalaciones que, de acuerdo a las

especificaciones de los reglamentos industriales de obligado cumplimiento, tanto de carácter general,

comunitario, nacional o autonómico, lo requieran. Deberán aportarse los certificados que en cada caso

correspondan.

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El adjudicatario asumirá el coste de todas las revisiones periódicas obligatorias que hayan de realizarse

por organismos de control autorizados.

Será responsabilidad del adjudicatario la notificación al Área de Asuntos Generales de la Subdirección

General de Recursos y Organización de cualquier cambio de la legislación durante la vigencia del

contrato que obligara a la modificación total o parcial de las instalaciones. Si no realizase esta

notificación y como consecuencia hubiera lugar a sanción administrativa, el importe de la misma le

sería descontado de la facturación al adjudicatario.

PLAN DE MANTENIMIENTO: Con independencia de los aspectos complementarios que la empresa

pueda proponer, los trabajos y servicios que se detallan en el presente pliego y en el Anexo I se

consideran incluidos en el mantenimiento.

SUCONTRATACIONES ESPECÍFICAS:

Las revisiones periódicas, ajustes y reparaciones o sustitución de cualquier elemento de los equipos

que se detallan en este punto, requerirán la participación SAT autorizado y de personal especializado

propio de las empresas fabricantes de los equipos. Será responsabilidad de la empresa adjudicataria la

contratación de dichos servicios, siendo su coste, tanto de materiales como de mano de obra, abonado

por la empresa adjudicataria, al considerarse incluido en el precio ofertado, no siendo aplicable en

estos supuestos la limitación establecida en el apartado 7 del presente pliego. Para ello deberán contar

con contrato de mantenimiento integral (incluidas piezas y mano de obra) y todo riesgo 24h/365d.

Al menos las siguientes instalaciones precisan la intervención de servicios de asistencia técnica oficial:

Calderas y quemadores de SS.CC. y Valdemoro.

Equipos de enfriadoras, equipos inverter, VRV, equipos de enfriamiento de alta precisión y

equipos con bomba de calor:

o CIATESA ( 2-Edificio A),

o Hitsa y C (1-Edificio B),

o CARRIER

(1-Industrial en cubierta Edificio ‘B’)

(Diversos equipos individuales de techo)

o Delonghi (4-CPD Edificio ‘A’)

o Stulz (3-CPD Edificio ‘A’ y 2-BUNKER)

o DAIKIN (11 Entalpicas, 5 VRV, 6 equipos de techo en Informática planta baja Ed ‘A’ y

Valdemoro)

o AIRDATA (6- CPD de Valdemoro).

o TOSHIBA en los equipos de climatización de despachos.

Sistema de control de Edificios:

o TREND (los dos edificios de SS.CC)

o TAELCO en Valdemoro.

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Sistema de Gestión de mantenimiento PRISMA II.

El contrato de mantenimiento todo riesgo requerirá, además de las actuaciones correctivas necesarias,

las revisiones periódicas que se establecen para cada uno de éstos sistemas en los párrafos

posteriores. Los informes de dichas revisiones, se entregarán a la unidad de MANTENIMIENTO

GENERAL, antes de tres meses desde la adjudicación del contrato y dos meses de la finalización del

mismo, y será previa a la presentación de la factura.

2. ÁREA DE APLICACIÓN

Las dependencias donde se realizará el servicio son las siguientes:

2.1. Sede de los SS.CC del SEPE, calle de Condesa de Venadito, 9, complejo formado por dos edificios

con servicios exteriores, zona ajardinada y cerramiento perimetral. Consta de:

Edificio principal (Edificio A), que cuenta con cinco plantas, tres sótanos, terrazas e

instalaciones anexas.

Edificio complementario (Edificio B), que cuenta con seis plantas, dos sótanos y terraza.

Los dos edificios están enclavados dentro de un cerramiento perimetral con servicios exteriores, todo

ello afectado a este contrato.

2.2. Almacén, oficinas y Centro de Proceso de Datos de los SS.CC., ubicado en el polígono de la

Postura, Avda. de las Arboledas, 14-16, en Valdemoro (Madrid).

2.3. Edificio de Santa Marca C/Costa Rica 30, Madrid. (Solo a efectos de medios audiovisuales)

3. COMPROBACIÓN DE LAS INSTALACIONES

Previamente a la presentación de las ofertas y para una mejor formulación de las mismas, las

empresas interesadas en la licitación, podrán efectuar un reconocimiento de los edificios e

instalaciones objeto del contrato con el fin de conocer su estado de situación; para ello concertarán

una cita con el Área de Asuntos Generales del Organismo, en el teléfono 915.85.96.50; desde dicha

Área, que emitirá un justificante de la visita realizada.

Para el cumplimiento de este requisito, una persona del Servicio de Mantenimiento del Área de

Asuntos Generales acompañará a los representantes de las empresas licitadoras para visitar las

instalaciones y extender el oportuno justificante.

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4. DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES Y SERVICIOS A CONTRATAR

Las instalaciones objeto del mantenimiento son las descritas en el presente pliego y en el Anexo I,

relacionándose a continuación el contenido básico de las mismas, sin que, en ningún caso pueda

considerarse la siguiente relación ni exhaustiva ni definitiva:

4.1. ELECTRICIDAD

Alta tensión, media y baja tensión.

Centros de transformación.

Baja tensión: Cuadros generales. Revisiones de los cuadros secundarios de fuerza y UPS’s y su

red de distribución en los términos indicados en el apartado (mantenimiento técnico legal).

Grupos electrógenos

Sistemas de alimentación ininterrumpida (UPS’s)

Alumbrado interior y exterior.

Alumbrado de emergencia: mantenimiento y reposición.

Pararrayos

Comprenderá el mantenimiento en perfectas condiciones de utilización de las instalaciones existentes,

incluyendo reparaciones y suministro del material necesario para los mismos.

Así mismo comprenderá la instalación de nuevos puntos de luz que fueran necesarios (incluidas

emergencias), hasta un máximo de doscientos cincuenta anuales, incluyendo todo el material como

cable, manguera, bases, torretas, clavijas, conmutadores, pantallas, luminarias, etc.

Comprende igualmente la revisión y mantenimiento de cuadros generales, cuadros secundarios en

plantas, centros de transformación, revisión visual y gestión de alarmas en grupos electrógenos,

alumbrado interior y exterior.

Incluye la revisión diaria y sustitución de los elementos estropeados, deteriorados o desgastados, en

cualquiera de los equipos de iluminación, fuerza (normal y de UPS) y señalización en cuadros).

La empresa deberá contar con los técnicos necesarios, poseedores de título de instalador autorizado,

según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y estar registrada como tal en la Consejería de

Industria de la Comunidad Autónoma de Madrid.

Según establece el citado Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, las instalaciones de pública

concurrencia y las que presenten riesgo de incendio y explosión deberán ser revisadas anualmente, y

se extenderá un boletín de reconocimiento de la indicada revisión, que hará referencia a la

conformidad de las instalaciones a los preceptos del Reglamento indicado o de las modificaciones

introducidas, el boletín se entregará al Área de Asuntos Generales.

El mantenimiento de los centros de transformación se realizará siguiendo instrucciones del fabricante

e instalador, de acuerdo con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95). Así mismo,

anualmente se realizará una inspección de las instalaciones por organismo de control autorizado, de

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acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y

Centros de Transformación.

Pararrayos.

Según la norma que regula el uso de este tipo de aparatos, deben recibir un mantenimiento periódico

que garantice su buen funcionamiento, ya que debido a la corrosión, inclemencias atmosféricas, aves o

impactos del rayo pueden perder su efectividad

El mantenimiento se deberá realizar una vez al año que debe incluir los siguientes elementos:

Revisión del cabezal pararrayos.

Comprobación del amarre y posible oxidación del mástil.

Cable conductor pararrayos.

Comprobar amarre, conectores y tubo de protección.

Revisión de los puentes de conexión a Toma de Tierra (y su sustitución si procede).

Comprobar amarres, conectores y medida de la resistencia de la misma, que no deberá

sobrepasar los 10 ohms. En su caso, mejorar las tomas de tierra actuales, o aumentar su

tamaño o número.

Área de cobertura del pararrayos. Comprobar que ningún elemento nuevo ha variado las

condiciones del estudio de instalación del pararrayos original.

Protector contra sobre tensiones, que protege la instalación eléctrica del edificio.

4.2. COMUNICACIONES y AUDIO-VISUALES

Megafonía

Equipos de sonido y proyección de Salas de Reuniones y Salón de Actos (En este apartado se

incluyen los equipos instalados y móviles en el Edificio de Santa Marca, C/Costa Rica 30,

Madrid.

Antenas, incluidos los trabajos de instalación.

T.V. y equipos de reproducción, instalaciones y sintonización.

Comprende el mantenimiento de las instalaciones de megafonía, así como la instalación,

mantenimiento, preparación y atención en las reuniones, de los equipos de sonido y proyección de

que están dotados Los Salones de Actos y las Salas de reuniones.

Se incluye una revisión trimestral de todos los equipos de proyección (aproximadamente 25) y la

limpieza (si procede de los filtros de ventilación de ellos)

Igualmente, deberá efectuarse el transporte, montaje y puesta en marcha de los equipos móviles

cuando así se requiera en las salas o despachos donde no haya equipos previamente instalados, ya sea

en SS.CC. C/ Condesa de Venadito nº9, como en Valdemoro Avda. Arboledas 14-16 o en Santa Marca

C/ Costa Rica 30.

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4.3. CALEFACCIÓN y CLIMATIZACIÓN

Sistemas de frío: plantas enfriadoras, ventiladores, motobombas, intercambiadores,

c1imatizadores, aerotermos, conductos y rejillas, tubería y valvulería. Equipos autónomos.

Sistemas de calor y agua caliente sanitaria: calderas, quemadores, chimeneas,

intercambiadores, acumuladores, bombas, redes generales de distribución.

Torres de refrigeración.

Combustibles: depósitos, bombas de trasiego.

La empresa adjudicataria será responsable del perfecto funcionamiento, conservación y

mantenimiento de las instalaciones existentes.

Serán de su cargo los permisos y revisiones reglamentarias periódicas, tanto de instalaciones como de

tanques, que estén establecidas o se establezcan por los Organismos competentes, así como llevar los

libros de mantenimiento reglamentarios.

Se realizará control de temperaturas, de consumo y de humos, de acuerdo con la reglamentación en

vigor, dando cuenta de ello al Servicio de Mantenimiento, periódicamente.

Se incluye la instalación de nuevos equipos de aire acondicionado, siempre que se efectúe dentro de la

jornada laboral y por el personal adscrito al contrato, incluyéndose el material que sea preciso para la

instalación; de la misma forma, queda incluido el mantenimiento y reparación de motores eléctricos y

compresores existentes, cuando no suponga la sustitución total equipos donde están instalados,

justificada por el envejecimiento derivado del transcurso del tiempo, o por el deterioro total causado

por causas ajenas a la empresa contratante o imposibilidad de reparación por la normativa legal

vigente.

Se excluyen las reparaciones de elementos que se encuentren en garantía durante el periodo de

duración del contrato, pero no su vigilancia y mantenimiento.

Dado que la potencia excede de 5000 Kw. en calor o 1000 Kw. en frío, en los edificios de los Servicios

Centrales, la empresa contará con un ingeniero técnico o superior, con carné expedido por el órgano

competente de la Comunidad Autónoma, caso de ser necesario.

Deberá realizarse como mínimo el mantenimiento establecido en la legislación vigente y ampliado en

algunos casos en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, efectuando las comprobaciones con la

periodicidad indicada en la ley.

Las operaciones de mantenimiento quedarán registradas en un libro/hojas de trabajo o en el sistema

de gestión informatizada en las que deberá figurar la siguiente información:

Titular de la instalación y ubicación de ésta.

Titular de mantenimiento.

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Número de orden de la operación en la instalación.

Fecha de ejecución.

Operaciones realizadas y personal que las realizó.

Lista de materiales sustituidos o repuestos efectuados.

Observaciones que se consideren oportunas.

El registro de operaciones tanto del personal técnico de la empresa adjudicataria como de los SAT’s, en

cada instalación o equipo, se hará por duplicado y se entregará una copia al Servicio de

Mantenimiento del SEPE. Estos documentos deberán conservarse al menos durante tres años

contados a partir de la fecha de ejecución.

Cuando sea procedente, mediante dictamen justificativo de la empresa mantenedora, se pondrá en

conocimiento del Servicio de Mantenimiento del SEPE la necesidad de realizar la inspección de las

instalaciones por personal facultativo reconocido por Órgano competente de la Comunidad Autónoma

de Madrid.

Mantenimiento de los sistemas de control informatizado.

Los sistemas de control automatizado instalados en estos SS.CC. son los siguientes:

TREND (Climatización CPD SS.CC, Edificios A y B).

DAIKIN (Climatización VRV en Informática, CPD y CPD Valdemoro).

CARRIER-TOSHIBA (Climatización despachos Dirección y Subdirecciones Edificio A)

TAELCO en CPD Valdemoro y Zona de Oficinas CPD Valdemoro.

Como se establece en el punto 1, estos sistemas contarán con contrato de asistencia integral y todo

riesgo 24h/365dias, (incluidas piezas y mano de obra) por parte de empresas autorizadas por los

fabricantes, CARRIER, TOSHIBA, DAIKIN, STULZ, TREND y TAELCO.

Deberá prestarse un servicio eficiente, profesionalizado y de alta calidad técnica y organizativa,

poniendo a disposición del SEPE los recursos humanos y materiales necesarios para la correcta

ejecución de los trabajos a realizar.

Los servicios corresponderán, cuando sea procedente, al nivel de mantenimiento preventivo, cuyo fin

principal será preservar la integridad de sus equipos componentes y evitar fallos prematuros.

Será prioritario el seguimiento continuo de los sistemas con el fin de conseguir un funcionamiento

óptimo de todas las instalaciones controladas asegurando de este modo un máximo de confort y

eficiencia, con un gasto mínimo de energía.

Dichos trabajos contemplan la detección de pequeñas averías ocultas, reduciendo con ello la aparición

de averías mayores y permitiendo conservar la instalación en óptimas condiciones de funcionamiento

y un análisis y seguimiento de los parámetros fundamentales del sistema.

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Torres de refrigeración.

La empresa adjudicataria realizará la revisión diaria de nivel de biocida y desincrustante avisando al

SEPE cualquier alteración que se produzca, realizará las reparaciones necesarias en boyas de nivel,

conductos de suministro de agua, difusores de evaporación y motores eléctricos, adjuntando

inmediatamente, en el libro de mantenimiento de dichas torres las labores realizadas. Todas las

labores a realizar cumplirán con lo establecido en el Real Decreto 865/2003, de 27 de Julio.

El mantenimiento requerirá especial atención, debiendo cumplimentarse escrupulosamente lo

estipulado en la normativa actual.

4.4. SANEAMIENTO y FONTANERÍA

Incluye:

Red de alcantarillado y pozos y arquetas.

Acometidas de abastecimiento de agua, bombas, redes de distribución, depósitos, aljibes, y

grupos de presión.

Termos eléctricos

Fuentes de producción de agua fría.

Comprenderá el mantenimiento en perfecto estado de funcionamiento de las instalaciones existentes,

correspondientes a red de suministro de agua a todos los servicios, incluido red exterior, canalones,

bajantes pluviales y red de saneamiento. Se incluirá el seguimiento de la lectura de los diversos

contadores e información al Servicio de Mantenimiento del SEPE. Deberá darse cumplimiento exacto a

lo dispuesto en la normativa de referencia.

En lo referente a la red de alcantarillado se realizarán las limpiezas anuales que se detallan en el anexo

correspondiente, mediante la utilización de los camiones mixtos (aspirador e impulsor) que sean

precisos.

El plan de mantenimiento está relacionado en el ANEXO I punto 5.

4.5. ALBAÑILERIA Y OTROS TRABAJOS COLATERALES.

Comprende la realización de cuantas obras de reparación, conservación y mantenimiento, tanto

preventivo como correctivo, deban acometerse y estén relacionadas con la albañilería y cualesquiera

otros trabajos colaterales que tengan la consideración de inseparables, como techos, solados,

escayolas, pintura, entre otras.

La empresa adjudicataria será responsable del mantenimiento y conservación de las azoteas y tejados

existentes, que incluirá la limpieza de canalones y sumideros, comprobación de estanqueidad,

reparaciones de lesiones producidas en la membrana asfáltica y piezas de aislante.

Cuando se trate de peticiones puntuales de adecentamiento de despachos u otras dependencias, que

por su deterioro necesiten una reforma completa de suelos, paramentos, techos e instalaciones, serán

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a cargo de la empresa, tanto mano de obra, como materiales, con el límite económico establecido

apartado 7 del presente pliego referido a medios materiales.

4.6. CERRAJERÍA Y CRISTALERÍA.

Comprende la sustitución de cristales, cerraduras, muelles cierra puertas, pomos, bisagras y manillas,

sistemas de apertura y cierre de ventanas, etc. Serán a cargo de la empresa, tanto mano de obra,

como materiales, con el límite económico establecido apartado 7 del presente pliego referido a

medios materiales. El mantenimiento con engrase, limpieza de mecanismos, sustitución y/o

reparaciones de cerraduras, pomos, manivelas, ajustes de ventanales metálicos y puertas y todo lo que

pueda entenderse como conservación integral de cerrajería y cristalería, con inclusión del material

necesario para reparaciones. Se incluye reparación de vallas, cerramientos exteriores, apertura de

cajoneras, ficheros, puertas y automatismos de apertura y cierre de puertas y barreras de paso.

También incluye la reparación, sustitución o instalación de las partes metálicas de las barandillas o

pasamanos de escaleras o de plantas, y en general de todo elemento metálico o accesorio de los

cerramientos exteriores o interiores de los edificios.

4.7. CARPINTERÍA Y EBANISTERÍA.

La empresa adjudicataria atenderá todos los trabajos que le sean solicitados relacionados con la

carpintería y ebanistería, tanto exterior como interior, por personal especializado y diferente al de

mantenimiento diario.

El servicio a prestar consistirá en asumir los trabajos de reparación, conservación y mantenimiento de

los elementos de madera existentes en las instalaciones. Estos trabajos incluyen, ajuste de puertas de

paso, molduras, rodapiés, paneles de separación de despachos, encimera perimetral de plantas de

salida de aire, incluidas las rejillas, pintado y/ó barnizado, sustitución y reparación de suelos de

parquet o tarima.

Están incluidos los tratamientos cuando fuesen necesarios al parquet o tarima, (acuchillado y

barnizado) etc., y serán a cargo de la empresa, tanto la mano de obra, como materiales, con el límite

económico establecido apartado 7 del presente pliego referido a medios materiales, estos trabajos se

realizarán a requerimiento del SEPE mediante la entrega de la oportuna Orden de trabajo.

4.8. CONTENEDOR DE RESIDUOS.

La empresa adjudicataria instalará un contenedor de residuos no orgánicos ni peligrosos, en la zona

que se señale, dentro del recinto de los SS.CC y realizará los cambios necesarios, a lo largo del periodo

de contratación.

A modo orientativo, el cambio de contenedor se realizará una vez al mes, aunque según las

necesidades, este cambio se realizará con mayor o menor frecuencia.

Dicho contenedor deberá tener una capacidad mínima de 8 m3, deberá estar totalmente tapado y las

tapas se deben de poder abrir por una persona de complexión normal.

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4.9. TRATAMIENTO DE RESIDUOS TOXICOS Y PELIGROSOS.

La empresa adjudicataria será responsable de la recogida, almacenamiento y retirada de los residuos

tóxicos o peligrosos correspondientes a las operaciones de mantenimiento que se realicen en los

locales y edificios incluidos en el mantenimiento y que no se puedan eliminar a través del contenedor.

Los residuos a considerar serán los correspondientes a materiales relacionados con la reparación de

los equipamientos existentes en las instalaciones, como motores, luminarias, lámparas, baterías,

cuadros eléctricos, grasas, aceites, gases refrigerantes, etc., así como los derivados de las actuaciones

de albañilería y la pintura, como envases de plástico, metálicos, disolventes, trapos, brocas, rodillos,

etc. La empresa deberá disponer de los contenedores adecuados para estos productos en el lugar que

se determine.

La empresa mantendrá, sin cargo alguno para el Organismo, los locales de almacenamiento de

residuos establecidos, en orden y limpieza, no permitiendo que dichos residuos se acumulen más de

una semana, retirándolos a los lugares determinados por el Ayuntamiento, o almacén que ésta

disponga.

5. MEDIOS PERSONALES

El personal mínimo exigido en el contrato será:

1 Jefe de Equipo, especialista en mantenimiento integral:

En jornada completa (de mañana y tarde), de lunes a viernes. Debidamente cualificado , será el

responsable de supervisar las operaciones que ejecute el resto de los trabajadores de la empresa

adjudicataria, debiendo asegurar su rendimiento y el funcionamiento continuo de las

instalaciones.

o Deberá estar altamente cualificado para coordinar las funciones descritas en el Pliego de

Prescripciones Técnicas, y con una experiencia demostrable.

o Coordinará la atención a los medios audiovisuales, en las que se le precise.

o Será responsable del mantenimiento y de la aplicación GMAO PRISMA II, así como de sus

bases de datos, planificaciones e informes. La empresa adjudicataria deberá contar

además con un Servicio Integral específico para dicha aplicación, que se ocupará del

mantenimiento y recuperación de bases de datos, mantenimiento de licencias y

actualizaciones. Cualquier actualización, tanto de licencia, como de versiones de ésta,

serán a cargo de la empresa adjudicataria.

o Con la ayuda de dicha aplicación, realizará los informes de planificación y ejecución diarios

bien para las nuevas instalaciones o por modificación de la normativa vigente, y los incluirá

en la aplicación de mantenimiento.

1 técnico frigorista-calefactor con categoría de oficial de primera, en jornada laboral de lunes a

viernes de 6 a 14 horas, debidamente cualificado y especializado en instalaciones de climatización.

Dicho especialista corregirá a diario las pequeñas averías de las instalaciones y las mantendrá a

punto constantemente.

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2 técnicos electricistas con categoría de oficial de primera, debidamente cualificados y

especializados en instalaciones de electricidad, encargados de la revisión y mantenimiento de las

instalaciones eléctricas. Uno de ellos con jornada laboral de 8 a 16 horas, y el otros de 14 a 20

horas.

2 técnicos electricistas con categoría de oficial de segunda o equivalente, debidamente

cualificados, encargados de la revisión y mantenimiento de las instalaciones eléctricas. Uno de

ellos con jornada laboral de 8 a 16 horas, y el otro de 14 a 20 horas.

1 Técnico Polivalente, con categoría de Oficial de primera de mantenimiento general, en jornada

laboral de 8:00h. a 16:00h., debidamente cualificado para trabajos de reparaciones de fontanería,

albañilería, pintura, y otros trabajos análogos y de actuación inmediata como apertura de archivos,

cajoneras, puertas etc.

Personal de apoyo

Un Ingeniero Técnico o Superior, que será el encargado de asesorar a los técnicos anteriormente

mencionados y deberá emitir un informe mensual sobre el estado de las instalaciones y las labores

de mantenimiento efectuadas, etc. y que acudirá a las instalaciones tantas veces como fuera

necesario para la dirección y organización del servicio.

Servicio 24 horas, que se dedicará al apoyo en las labores de carácter urgente, noches, sábados,

domingos y festivos, y que de forma excepcional sea necesario atender por averías u otras causas

no previstas y que no puedan ser solucionadas con el personal de plantilla.

Personal cualificado, oficiales de primera con categorías de albañil, carpintero, pintor,… para

atender los trabajos propios de sus oficios y que no puedan ser atendidos con el personal de

plantilla.

Un técnico de FP en electrónica, imagen y sonido.

El personal adscrito al contrato realizará las tareas de mantenimiento preventivo, correctivo y

modificaciones, con garantía total por mano de obra por parte de la empresa y sin coste adicional

alguno para la atención de averías e incidencias que se produzcan en las instalaciones fuera de la

jornada laboral establecida los 365 días del año.

Si la Administración modificase el horario, el adjudicatario vendrá obligado a adaptarse al que en

consecuencia se determine, siempre que no suponga incremento en el número de horas semanales. Se

dispone para todo el personal de un sistema de control horario establecido por el SEPE

El personal destinado a realizar los trabajos encomendados pertenecerá a la plantilla de la empresa

adjudicataria, cuya relación nominal se entregará al inicio del servicio.

El personal deberá estar en posesión de los certificados o titulación acreditativa de especialidad en

cada una de las profesiones especificadas en éste Pliego.

El adjudicatario cuidará de la buena actitud, presencia e identificación de su personal en las horas en

que se realice el servicio, durante las cuales deberá permanecer debidamente uniformado.

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Bolsa de horas de trabajo.

La empresa adjudicataria pondrá a disposición del SEPE tres mil doscientas (3.200) horas de trabajo

efectivo, sin coste adicional alguno, para toda clase de trabajos incluidos de este pliego, ya sea en

jornada laboral ordinaria, como la que se realicen fuera de la jornada laboral ordinaria, y siempre a

solicitud del responsable del contrato del SEPE.

A estos efectos, el Área de Asuntos Generales podrá exigir a la empresa adjudicataria (sin cargo

adicional) que aquellas operaciones que pudieran generar molestias o afectar a áreas críticas del

Organismo se realicen en horas o días determinados (incluidos sábados y festivos) con el fin de

minimizar su efecto.

Sustituciones.

Durante todo el periodo de contratación, la empresa adjudicataria mantendrá el número de

trabajadores mínimo, previsto en este pliego.

Cuando por causas de enfermedad, cursos, vacaciones, etc., algún operario de de plantilla no pueda

acudir a su puesto de trabajo, será sustituido inmediatamente, por otro operario de la misma

especialidad y categoría, sin coste alguno. Las sustituciones se efectuarán con personal vinculado a la

empresa con contrato de carácter temporal cuya extinción nunca esté prevista para fecha posterior al

de la finalización del contrato.

En cualquier caso, la empresa adjudicataria está obligada a comunicar al SEPE cualquier incidencia

respecto al personal objeto de este contrato.

Huelgas.

Durante los paros laborales de los que tenga conocimiento previo la Autoridad Oficial correspondiente

y hayan sido legalmente autorizados, habiendo sido advertido el SEPE, la empresa adjudicataria

mantendrá el equipo indispensable para atender los servicios mínimos que señala la Ley. En caso de

incumplimiento, la Administración se reserva el derecho de no abonar al adjudicatario la parte

proporcional del importe total correspondiente al período de tiempo en que hayan estado sin

asistencia técnica las instalaciones, o a rescindir el contrato por incumplimiento del mismo.

6. MEDIOS MATERIALES

Para la realización del mantenimiento, la empresa adjudicataria deberá disponer de las herramientas,

medios auxiliares y materiales necesarios en cada caso, no estando obligado el SEPE a suministrar

ningún tipo de herramienta, material, repuestos, consumibles, gases refrigerantes, o elementos de

seguridad que se precisen para el desarrollo de las tareas de mantenimiento contratado. Entre otros,

deberá disponer de los siguientes:

Útiles y herramientas de mano y/o mecánicas necesarias para ejecutar los trabajos propios de

las especialidades profesionales del personal adscrito al contrato.

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Un vehículo de transporte para el desplazamiento de su personal y materiales.

La empresa dispondrá de los equipamientos móviles de comunicaciones necesarios para la

localización de sus trabajadores y transmisión de alarmas y órdenes.

Equipos de soldadura

Instrumentos de medida, homologados y testados para verificar el funcionamiento y control

de las instalaciones.

Todo el material preciso para efectuar el control y mantenimiento de las torres de

refrigeración, aljibes y agua caliente sanitaria.

Los materiales de uso continuado tales como:

Aceites y grasas para lubricación de bombas, cojinetes y elementos ordinarios.

Aceites y grasas para los elementos necesarios, incluidos los que trabajan a altas

temperaturas.

Gases refrigerantes, de limpieza y marcadores de fugas.

Detergentes para limpieza de piezas y elementos en reparación.

Elementos de estanqueidad como teflón, estopa, masillas etc.

Guarnición de prensa estopas.

Pequeño material, como tornillería, clemas, etc.

Ropas de trabajo y EPI’s.

Herramientas para el mantenimiento conductivo de las instalaciones.

Los materiales y repuestos consumibles precisos para la realización de los trabajos de mantenimiento

serán por cuenta de la empresa adjudicataria. Dicho material será siempre de primera calidad

(repuestos originales, siempre que sea posible). En caso de repuestos compatibles, dicha situación será

avalada por el correspondiente certificado de homologación. El adjudicatario deberá disponer siempre

de existencias razonables de material y repuestos para acometer trabajos que se puedan requerir de

forma urgente.

Se entiende por consumibles, las lámparas, reactancias electrónicas o no, automáticos, diferenciales,

cojinetes de motores, correas de ventiladores, gases refrigerantes y limpiadores, filtros de cualquier

tipo (incluidos los de combustible, y UTAS), etc.

En el caso de los filtros de UTAS’s serán de categoría mínima G4, y su cambio se realizará según lo

previsto en el ANEXO 1. En el caso de los Climatizadores de Cafetería y Patio del Edificio ‘A’, serán de

categoría F8.

Mantenimiento correctivo.

Además de los gastos correspondientes al mantenimiento preventivo y técnico-legal de las

instalaciones y sistemas de los inmuebles objeto de este contrato, se considera incluido en el presente

contrato el mantenimiento correctivo de las instalaciones y, en todo caso, todos los trabajos de

reparación, reforma o sustitución cuyo material utilizado no supere los 3.000€ IVA excluido, por

elemento, estableciéndose un límite máximo por este concepto, del 5% del presupuesto base de

licitación.

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A estos efectos, la empresa adjudicataria deberá presentar un presupuesto de adquisición del material

necesario, que deberá ser aceptado por el Área de Asuntos Generales. Caso de no ser aceptado, el

SEPE podrá optar por suministrar el material que sea preciso o por pedir otro presupuesto a diferente

proveedor.

También se consideran incluidas todas las reparaciones que sean consecuencia de deficiencias del

mantenimiento preventivo, independientemente de la cuantía de dicha reparación.

En todas las reparaciones se considerará siempre incluida la mano de obra (a cargo de la empresa),

necesaria para la resolución de averías, cualquiera que sea la causa que la motive.

7. CONDICIONES DE EJECUCIÓN

Dirección y seguimiento del contrato.

La dirección del contrato corresponde al Área de Asuntos Generales del Organismo.

Revisiones y reparaciones.

La empresa adjudicataria dará aviso al Servicio de Mantenimiento, con un plazo mínimo de 48 horas,

de las fechas en que se realizarán las revisiones y aquellas reparaciones programadas, con el fin de que

por parte del SEPE pueda designar el personal cualificado que acompañe a los operarios de la empresa

durante la realización de los trabajos.

Control de revisiones. Los partes de revisión serán entregados al Servicio de Mantenimiento del SEPE

de forma inmediata a la finalización de los trabajos, y se integrarán en el Sistema de Gestión de

Mantenimiento PRISMA II.

Dichos partes se realizarán en el modelo de impreso que ha de ser presentado por la empresa

adjudicataria.

Control de reparaciones. Los partes de reparaciones deberán ser entregados al SEPE en el día que se

efectúen.

Dichos partes se realizarán en modelos de impreso que ha de ser presentado por la empresa

adjudicataria.

Informe sobre las instalaciones. Con independencia de los partes de revisiones y reparaciones, la

empresa adjudicataria presentará al SEPE un informe del estado de las instalaciones cada tres meses,

con detalle de las reparaciones, adaptaciones o sustituciones realizadas ó que se consideren

necesarias para el correcto funcionamiento en la siguiente temporada.

Cumplimiento de avisos. Las averías que cotidianamente se produzcan, deberán quedar atendidas

inmediatamente por el personal especializado de la empresa adjudicataria destacado en el SEPE,

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realizando las operaciones necesarias para restablecer el servicio, o bien, recurriendo al personal de

apoyo o SAT (correspondiente) si fuera necesario.

Planimetría. Se actualizará la planimetría existente de los diferentes edificios, ya sea en soporte papel

o informático. Sobre los mismos se reflejarán todas las modificaciones que se realicen, tanto de

instalaciones como de distribución, en los diferentes inmuebles, realizando entrega de las mismas cada

tres meses (si hubiese modificaciones) desde el inicio del contrato siempre en fichero “.dwg “ para

Autocad.

Garantías de los trabajos.

Todas las reparaciones y trabajos realizados por el adjudicatario, con la conformidad del Organismo en

virtud de este contrato, estarán garantizados por un año, a contar desde la fecha final de los

mencionados trabajos.

Deficiencias objeto de penalización.

La empresa adjudicataria está obligada a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para el mismo

así como los plazos fijados para cada una de las intervenciones a realizar.

La constitución en mora en el cumplimiento de cada uno de los plazos no precisará de aviso previo,

pudiendo la Administración imponer las siguientes penalizaciones económicas:

300 € por cada día de demora para trabajos no urgentes.

500 € para los trabajos urgentes por emergencias, en el caso de que no se produzcan daños

materiales. En caso de que se ocasionen daños, la empresa adjudicataria responderá además

del importe total de las reparaciones.

La no sustitución del personal se penalizará, por día de ausencia, con las siguientes

cantidades:

o Encargado o jefe de equipo: 200€.

o Oficiales de 1ª: 150 €.

o Oficiales de 2ª: 125 €

o Resto de personal: 125€

Si la empresa adjudicataria no entrega a los servicios técnicos del SEPE la actualización de la

planimetría en el plazo fijado, la Administración podrá imponer una penalización económica

diaria de 80 € a partir del tercer día desde la notificación, hasta que se realice la entrega del

trabajo o hasta que finalice el contrato.

Si la empresa adjudicataria no cumple con las ofertas que realice en cuanto a propuesta de

organización del trabajo, recursos humanos, máquinas y herramientas, mejoras o cualquier

otra cuestión incluida en la citada oferta, la Administración podrá imponer una penalización

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económica diaria de 200 € desde el día en que se comunique el incumplimiento hasta la fecha

en que se subsane.

En el supuesto que la empresa adjudicataria no entregue los informes mensuales de trabajo o

las empresas subcontratadas no emitan los correspondientes a sus actuaciones puntuales, se

retendrá la factura correspondiente a ese mes hasta tanto no se resuelva dicha situación.

El importe de las penalizaciones establecidas en este apartado se hará efectivo mediante

deducción del mismo en los documentos de pago al contratista y, en todo caso, la garantía

definitiva responderá de la efectividad de aquellas.

8. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

8.1.-De carácter general

a) La empresa adjudicataria designará un coordinador técnico o responsable, perteneciente a su

plantilla, que será el interlocutor con quien se relacionará el área de asuntos generales del SEPE, el

coordinador técnico de la empresa adjudicataria será a quien corresponda la dirección del proyecto,

así como impartir directamente las órdenes e instrucciones de trabajo al resto de trabajadores de la

empresa adjudicataria.

b )La empresa contratista ejercerá de modo real, efectivo y en todo momento, el poder de dirección

inherente a todo empresario en relación a sus trabajadores, asumiendo la negociación y el pago de los

salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, sustituciones, obligaciones legales en

materia de prevención de riesgos laborales, imposición-cuando proceda- de sanciones disciplinarias y

cuantos efectos de seguridad social se deriven, en particular el abono de cotizaciones y el pago de las

prestaciones, y cuantos otros derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre

empleado y empleador.

Las relaciones sindicales del personal de la empresa adjudicataria con ésta se sustanciarán

exclusivamente entre ellos, sin que la Administración intervenga en modo alguno.

Dicho personal no tendrá vinculaciones ni derecho alguno con respecto a la Administración, y en

ningún caso la Administración, resultará responsable de las obligaciones del contratista.

c) El adjudicatario queda obligado a que todo el personal, propio o ajeno que emplee, esté afiliado a la

Seguridad Social. Asimismo, está obligado al cumplimiento de lo establecido en la Ley de Prevención

de Riesgos Laborales, Estatuto de los Trabajadores, normas legales sobre Seguridad Social y demás

disposiciones complementarias o de aplicación que estén vigentes o puedan dictarse en lo sucesivo,

quedando también obligado a cubrir las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedad laboral y

profesional del personal a su servicio que destine en cada momento a la prestación del Servicio.

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La empresa adjudicataria queda obligada a presentar copia de los TC1 o alta en la Seguridad Social en

el caso de nueva contratación de trabajadores al comienzo de la relación de trabajo y, posteriormente,

de forma mensual, los TC2 de la totalidad de los trabajadores.

d) El SEPE ejercerá el control y vigilancia que estime conveniente en relación con el debido

cumplimiento por el adjudicatario de todas sus obligaciones y correcta prestación del servicio.

También podrá solicitar al adjudicatario el cambio de personal que preste servicios en el Centro si se

considera que no se adapta de forma adecuada a las características de dicho Centro, o bien por una

manifiesta y reiterada dejación en la prestación del servicio encomendado.

e) Por las características de los edificios donde ha de desarrollarse la prestación del contrato, todo el

personal que por parte de la empresa adjudicataria intervenga en los trabajos de mantenimiento,

deberá someterse a las normas de seguridad y control que el SEPE señale. Las entradas y salidas de los

edificios de materiales o herramientas de trabajo, requerirán la previa autorización del SEPE.

f) El adjudicatario será responsable de los daños que ocasione su personal ya directamente, ya como

negligencia o dolo en la prestación del servicio, locales, instalaciones o usuarios del Centro, y

responderá a las indemnizaciones que se deriven, siempre a juicio del Centro, pudiendo detraer la

compensación económica de las facturas que el contratista presente.

8.2. De carácter especifico

a) El adjudicatario realizará y entregará a el área de Asuntos Generales, a los dos meses de firmado el

contrato, un inventario exhaustivo de todas las instalaciones y equipos, que recogerá la

documentación técnica debidamente organizada.

b) En el plazo de un mes la empresa adjudicataria emitirá informe por escrito detallando el estado real

de las instalaciones, indicando los defectos existentes y las medidas correctoras propuestas, a efectos

de que el SEPE pueda tomar la decisión que considere adecuada para la subsanación de los defectos

observados. Transcurrido dicho plazo sin haberse emitido el informe citado, se entenderá que las

instalaciones están en perfecto uso.

c) Cualquier defecto o rotura que se descubra con posterioridad a la firma del contrato y que no pueda

ser atribuida a consecuencia del uso, será reparada por la empresa adjudicataria, sin cargo alguno para

la Administración, incluyendo los elementos que sean necesarios reponer.

d) El adjudicatario deberá presentar los siguientes certificados o títulos:

Registro Industrial de Instalaciones eléctricas, de climatización, fontanería, instalaciones

frigoríficas y de otras instalaciones especializadas como calderas y productos petrolíferos.

Dichos títulos deberán tener validez ante la Comunidad Autónoma de Madrid.

El adjudicatario deberá poner a disposición del contrato un equipo de respuesta rápida,

compuesto por especialistas específicos, que deberá acudir al Centro que corresponda en

caso de emergencia por parada o avería de alguna parte de las instalaciones contratadas o

por la realización de alguna operación de mantenimiento que implique especial riesgo.

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Asimismo, deberá poner a disposición del contrato los medios de comunicación adecuados

para la localización urgente del personal de mantenimiento.

Si el adjudicatario necesitara subcontratar a otras empresas especializadas, distintas de las

mencionadas en el apartado 5, para efectuar trabajos para los que no cuente con los

técnicos idóneos o para los que legalmente no se encuentre capacitado, podrá hacerlo

cumpliendo las condiciones establecidas en este Pliego y dando previa cuenta al SEPE.

Esta subcontratación no implicará repercusión económica alguna sobre el contrato

establecido.

Dos meses antes de la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá entregar

un informe completo del estado de todas y cada una de las instalaciones.

Transferencia de la prestación del servicio de mantenimiento entre empresas.

Al finalizar el periodo contractual, la empresa adjudicataria se compromete a programar el traspaso de

servicios de forma que en todo momento el funcionamiento de los sistemas queden asegurados

durante el periodo de transición, desde el adjudicatario de este contrato hacia los nuevos

adjudicatarios.

Para los sistemas de mantenimiento se contemplará la preparación, sin ningún coste para el

Organismo, de un resumen de la documentación técnica y de los informes, que se entregarán en

formado digital y, entre otros aspectos, incluirá:

La documentación técnica específica o metodología concreta, con entrega de la

documentación asociada.

Relación de tareas de mantenimiento realizadas durante el periodo inmediatamente anterior

al traspaso.

Relación de tareas de mantenimiento identificadas y pendientes de realizarse a la fecha del

traspaso.

Cuando las tareas incluyan algún manual de usuario, se entregará el mencionado documento.

Adicionalmente, se realizará dentro de la dedicación prevista en los servicios objeto de este

contrato, unas sesiones de explicación de la documentación técnica entregada.

Se entiende que el compromiso explicitado es de mínimos y que el Organismo y la empresa

adjudicataria planificarán conjuntamente su ejecución, de forma que afecte lo menos posible a los

servicios objeto de este contrato.

9. PLAZO DEL CONTRATO

El plazo de duración del contrato será de dos años a partir de su formalización, prorrogable según lo

establecido en la Ley de Contratos de la Administración Pública.

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10. FORMA DE PAGO

La forma de pago de los servicios contratados se efectuará por plazos mensuales.

Para la aceptación de la factura mensual se deberán adjuntar:

Documentos de las altas de personal, sustituciones y tc2 de todo el personal que ha realizado

los trabajos en nuestras instalaciones.,

Informes de los trabajos realizados y planificación del siguiente periodo o mes.

Las facturas se referirán siempre a meses vencidos, presentándose las mismas en el Registro

General de los SS.CC. del SEPE.

Antes del tercer mes desde la Adjudicación (Informe de las instalaciones)

A partir del sexto mes de forma semestral. (Auditoria de actuación, actualización de inventario

e informe de estado de equipos e instalaciones.

Dos meses antes de la finalización del contrato y su posible prórroga, inventario completo de

equipos indicando su estado, funcionamiento y planificación de las siguientes revisiones.

11. PRECIO

El precio máximo de licitación será de 1.000.000 €. (IVA incluido), repartido de la siguiente forma:

Año 2013 --------- 125.000 €.

Año 2014 --------- 500.000 €.

Año 2015 --------- 375.000 €.

Madrid, 14 de junio de 2013

LA DIRECTORA GENERAL

Reyes Zatarain del Valle.

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ANEXO I

PLANIFICACIÓN DE OPERACIONES DEL PLIEGO PARA EL MANTENIMIENTO DE LOS EDIFICOS E

INSTALACIONES DE LOS SS.CC. DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL.

1. ELECTRICIDAD Y CLIMATIZACIÓN

El servicio a prestar comprende las tareas propias de mantenimiento, tanto preventivo como

correctivo, en el ámbito de la electricidad y la climatización del conjunto de las instalaciones, maquinas

y demás elementos ubicados en las dependencias ya citadas, garantizando el buen funcionamiento de

los mismos.

Se deberán contemplar, incluidos en este contrato:

Mantenimiento del Sistema GMAO PRISMA II.

La empresa contará con contrato de servicio para el mantenimiento integral de éste sistema,

incluirá la actualización de licencias y versiones de la propia aplicación.

Los mantenimientos integrales y todo riesgo incluyendo materiales, piezas de recambio,

módulos de control, controladores sondas y actuadores, electrónicos y electromecánicos etc.,

de los sistemas (TREND, DAIKIN y TOSHIBA, para los edificios “A” y “B” y TAELCO para las

instalaciones de Valdemoro), de control de las instalaciones de los Edificios objeto de éste

contrato (se entienden incluidas piezas, mano de obra y servicio de asistencia 365/24h.).

También se incluye, en su caso, el apoyo a la realización de cuantos trabajos sean necesarios

acometer para cubrir necesidades que se deriven de futuras reformas, modificaciones o

nuevas instalaciones, en el ámbito de cualquiera de los trabajos o especialidades indicadas en

este Pliego de Prescripciones Técnicas.

1.1. ESPECIFICACIONES A LAS OPERACIONES DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS.

CENTROS DE TRANSFORMACIÓN

Revisar y reparar las averías que pudieran producirse en los distintos circuitos eléctricos existentes,

comprobando alarmas, temperaturas y consumos así como niveles de carga y cualquier otro

mantenimiento preventivo y legal que se haga necesario.

Al objeto de incidir lo menos posible en el normal funcionamiento del Organismo, las actividades

preventivas necesarias, se realizarán en los meses de abril y octubre, y preferentemente en días

festivos (salvo indicación del SEPE).

La empresa adjudicataria informará y documentará suficientemente las operaciones efectuadas y la

periodicidad de las mismas, mediante la cumplimentación del correspondiente Parte Oficial de

Trabajo.

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INSTALACIONES ALTA y MEDIA TENSIÓN

Seccionadores. Se realizará, dos veces al año:

o Comprobación del funcionamiento de apertura y cierre, actuación de mandos y

enclavamientos, estado de los contactos y lubricación de estos y demás partes móviles.

Disyuntores. Se realizará, dos veces al año:

o Comprobación de las maniobras de apertura y cierre, viendo sincronismo de contactos,

resistencia de los mismos.

o Comprobación de todos los elementos eléctricos y mecánicos, así como estado de ajuste

de los mecanismos.

o Estado y funcionamiento de los enclavamientos

o Lubricación del disyuntor.

Ruptores o ruptofusibles. Se realizará, dos veces al año:

o Comprobación de las maniobras de apertura y cierre, con inspección de contactos.

o Comprobación del estado de ajuste de los mecanismos del aparato.

o Lubricación.

Transformadores. Se realizarán, dos veces al año:

o Comprobación de la medida del aislamiento de los devanados.

o Comprobación de ruidos y vibraciones.

o Comprobación del estado de pinturas, juntas, bornas, sistemas de refrigeración, anclajes y

otros.

Sistemas de protección y control. Se realizarán, dos veces al año:

o Comprobación del funcionamiento de todos los dispositivos y elementos integrantes de los

sistemas de protección y control de la instalación, probando los relés mediante inyección

de intensidades, revisando su tarado, comprobación de contactos, muelle antagonista,

disco y eje, imán-freno, con limpieza y lubricación.

o Pruebas de disparo por buchholz, sobre intensidad, tierra y mandos, así como dispositivos

de señalización y cableados, con corrección de anomalías fácilmente realizables y previo

consentimiento del SEPE.

o Comprobación de los sistemas autónomos auxiliares.

Estructuras, aisladores, embarrados. Se verificará, dos veces al año:

o Estado de las estructuras metálicas, en su caso, con comprobación de oxidaciones y

situaciones de pinturas.

o Medida del aislamiento de embarrados entre fases y fases y tierra.

o Estado de los aisladores.

o Comprobación de sujeciones mecánicas, apriete de tornillos.

o Situación de piezas de unión, empalmes y terminales.

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Redes subterráneas. Se realizarán, dos veces al año:

o Medición de aislamientos entre fases y fases y tierra.

o Estado de los conductos y cajas terminales en lo que respecta a su funcionamiento

eléctrico y a su instalación.

Baterías de condensadores. Se realizarán, dos veces al año:

o Estado de los elementos.

o Medidas de aislamientos.

o Comprobación de resistencias de descarga.

o Comprobación de conexiones.

o Sistema de sujeción, interconexión y dispositivos de corte y protección.

Limpieza. Se realizará, dos veces al año, como complemento de las operaciones enumeradas y

previamente a las mismas se realiza la limpieza de todos los elementos de la instalación del

sistema eléctrico.

Sistema de tierras. Se realizará, dos veces al año:

o Medida de las resistencias de puesta a tierra de todos los elementos de la instalación, con

indicación de los valores obtenidos.

o Comprobación de la continuidad de los sistemas de tierra, estado (y sustitución si procede)

de conexiones y conductores de unión.

o Deberá entregar los datos correspondientes de estas mediciones al Servicio de Apoyo

Técnico y Asistencia.

Elementos de seguridad y emergencia. Se realizará semanalmente:

o Comprobación de la existencia y estado de los elementos de detección, rescate, maniobra,

contra incendios y primeros auxilios, así como de las señales indicativas que deben existir

en estas instalaciones.

o Comprobación de alumbrado de emergencia y normal.

Peligrosidad de la Instalación y locales de ubicación. Se realizará diariamente:

o Comprobación de la existencia, estado y correcta colocación de las defensas protectoras

de las partes con tensión, cerramientos y puertas.

o Peligrosidad por fácil acceso a la instalación.

o Comprobación de la existencia de humedades y filtraciones de agua o atmósfera

conductora.

o Estado de muros, paramentos y otros.

CUADROS DE DISTRIBUCIÓN GENERAL DE BAJA TENSIÓN

Se realizará dos veces al año:

Limpieza de embarrados

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Limpieza de elementos y aparellaje de potencia.

Limpieza de cuerpos extraños en cabinas.

Revisión de conexiones eléctricas y apriete de las mismas en circuitos de potencia.

Comprobación del estado de cortacircuitos, verificando la presión, calibre y tipo de fusibles.

Revisión general de carpintería metálica y fijaciones de elementos y embarrados.

Revisión de las líneas de enlace entre salidas de transformadores y entrada a cuadro su

aislamiento, trazado y cinchado.

Revisión de la puesta a tierra del cuadro y verificación de las conexiones.

Baterías de condensadores.

SISTEMAS DE ALIMIENTACIÓN ININTERRUMPIDA (UPS´s) DE SERVICIOS CENTRALES Y VALDEMORO

Se realizará diariamente:

Inspección visual del estado general de los mismos comprobando alarmas y lámparas de

señalización.

Toma de lectura de los mismos tanto de tensiones como de consumos, comprobando el

reparto de cargas.

BATERÍAS

Se realizará diariamente la inspección visual de las mismas comprobando su estado, así como posibles

perforaciones.

CUADROS EN GENERAL

Se realizará diariamente:

Comprobación visual del estado de interruptores así como lámparas de señalización, que

deberán ser repuestas inmediatamente en caso de hallarse fundidas.

Reparaciones y/o cambios de elementos de cualquier parte de las instalaciones en caso de

necesario.

Se realizará mensualmente:

Toma de lectura de consumos, documentando los mismos.

Inspección de líneas para detectar posibles calentamientos.

ALUMBRADO.

Se realizará diariamente:

Suministro, revisión, sustitución y/o reparación de tubos, halógenos, bombillas de bajo

consumo, reactancias, cebadores, portalámparas, fusibles y otros referidos a las

instalaciones, así como traslado y nuevas instalaciones de luminarias cuando fuesen

requeridas por el SEPE.

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RED DE TIERRAS (Ajenas a Alta Tensión).

Se realizará mensualmente:

Medida de las resistencias de puesta a tierra de todos los elementos de la instalación.

Revisión de las existentes en toda la casa, inspección, medición y riego de las mismas.

Revisión visual de las instalaciones de pararrayos.

Deberá entregar los datos correspondientes a la medición de las resistividades al Área de

Asuntos Generales.

EN TODAS LAS INSTALACIONES

Se mantendrá la pintura, señalización y limpieza de todas las conducciones, instalaciones y otros

mecanismos, incluyendo letreros o señales necesarios que adviertan de peligro, precaución, no tocar,

etc.

1.2. ESPECIFICACIONES RELATIVAS A LAS INSTALACIONES DE CALEFACCIÓN Y CLIMATIZACIÓN

DE LOS EDIFICIOS ’A’ Y ‘B’

AIRE ACONDICIONADO GENERAL

Se realizará diariamente:

Arranque y apagado diario (o su revisión en caso de los sistemas automáticos), conforme

instrucciones recibidas de responsable del servicio del SEPE.

Inspección visual de equipos comprobando consignas de funcionamiento, lámparas de

señalización y alarmas.

Estado de ventiladores y correas, y extractores.

Revisión y control de las torres de refrigeración.

Toma de consumos de gasoil de calefacción en el Edificio ‘A’.

Información de consumos en Valdemoro (Se realizará vía telefónica).

Toma de consumos de gasoil de grupos electrógenos. Edificios ‘A’, ‘B’ y Valdemoro.

Reparación inmediata de averías.

Se realizará mensualmente:

Revisión, limpieza y puesta a punto de motores

Revisión, limpieza y puesta a punto de bombas.

Revisión anual por SAT, limpieza y puesta a punto de plantas frigoríficas.

o Tres grupos (de dos compresores cada uno)

(2 grupos CIATESA) en el Edificio ‘A’.

(1 GRUPO FRICK, en la actualidad parado) en el Edificio ‘A’.

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o Un grupo Hitsa y otro CARRIER con bomba de calor en el Edificio ‘B’.

Revisión y puesta a punto de cámaras de climatización.

Revisión anual por SAT, limpieza y puesta a punto de calderas.

o Una caldera en el Edificio ‘A’

o Dos calderas en Valdemoro.

Revisión, limpieza y puesta a punto de termostatos y su renovación.

Revisión, limpieza y puesta a punto de quemadores.

Revisión, limpieza y puesta a punto de compresores de equipos de A/A.

Revisión, limpieza y puesta a punto de automatismos.

Revisión, limpieza y puesta a punto de ventiladores y extractores.

Revisión y puesta a punto de alineamientos.

Revisión y puesta a punto de tensión de correas.

Revisión, limpieza y puesta a punto de baterías de condensados.

Revisión, limpieza y puesta a punto de humectadores.

Revisión, limpieza y puesta a punto de compuertas.

Revisión semestral, limpieza y puesta a punto de inductores.

Revisión, limpieza y puesta a punto de cajas mezcladoras en UTA’s..

Toma de datos de cámaras de acondicionamiento.

Toma de datos de producción de frio y calor.

Engrase de todos los equipos que lo requieran, así como rellenado de gas refrigerante

correspondiente y demás elementos de consumo, propios del mantenimiento integral.

Comprobación y corrección de niveles, manómetros y demás aparatos de medición.

Comprobación y mantenimiento de cuadros eléctricos.

Sustitución mensual de filtros G4 en climatizadoras en el Edificio ‘A’ (Quincenal en el caso del

climatizador de Cafetería). Dicha actuación se realizará siempre antes de las 7:00h de la

mañana o después de las 20:00h de la tarde.

de datos de plantas-frigoríficas.

Toma de datos de consumo de motores.

Toma de datos de temperaturas.

Engrase y ajuste o sustitución (si procede) de cojinetes y demás elementos que componen los

equipos.

Se realizará cada dos meses:

Cambio de filtros G4 de las unidades de tratamiento de aire en el Edificio ‘B’

Limpieza en profundidad de dichas unidades, y revisión de compuertas free-cooling.

Dichas actuaciones se realizarán siempre antes de las 8:00h de la mañana o después de las

19:00 h. de la tarde.

Se realizará cuatrimestralmente:

Comprobación de grietas en correas y su sustitución si fuera necesaria.

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Limpieza de motores de UTA’s

Desinfección de ventiladores en todas las UTA’s

Engrase de cojinetes de ventiladores (si procede).

Debido a su peligrosidad, estas labores se realizarán con las Unidades de Tratamiento de Aire paradas,

por lo que se deberán realizar fuera de la jornada de trabajo del centro. Se informará al SEPE con, al

menos una semana de antelación.

Se realizará semestralmente:

Sustitución de filtros de alta eficiencia F8, en UTA’s de Cafetería y Patio interior en el Edificio

‘A’.

Sustitución de filtros de alta eficiencia de 9 equipos entálpicos marca CARRIER de la planta

baja del Edificio ‘A’ y 2 en Almacén de Valdemoro.

Dichas actuaciones se realizarán siempre antes de las 7:00h de la mañana o después de las 19:00 h. de

la tarde.

OPERACIONES DE TEMPORADA

Puesta en marcha y revisión general de verano por Servicio Oficial (CIATESA en el Ed. ‘A’ y CARRIER y

HITSA en el Edificio ‘B’, y DAIKIN en Valdemoro); de los equipos de producción de aire acondicionado,

incluyendo la limpieza, el acondicionamiento y puesta a punto de todos los elementos que componen

el sistema de frío (condensadores, climatizadores, circuitos de fluidos, etc.). Deberá ser realizada con

el tiempo suficiente para poder emplear el sistema cuando las condiciones atmosféricas de

temperatura lo requieran.

Puesta en marcha por SAT autorizado de las calderas y quemadores, revisión general y control de

gases, al principio de la temporada de invierno (calefacción) incluyendo la limpieza; el

acondicionamiento y puesta a punto de todos los elementos que componen el sistema de calefacción

(calderas, chimeneas, bombas de agua, etc.).

Deberá ser realizada con el tiempo suficiente para poder conectar el sistema de calefacción-

refrigeración cuando las condiciones atmosféricas lo aconsejen.

Cada revisión generará un informe de funcionamiento correcto por el Servicio Oficial de los fabricantes

que se entregará al responsable de la Unidad de Mantenimiento y copia al Área de Asuntos Generales.

GENERAL

Las medidas diarias o periódicas, se reflejaran en el libro de Mantenimiento Oficial o en su caso en el

PRISMA II.

A los equipos de climatización autónomos, VRV y entálpicos, se les realizará una limpieza de filtros

cada 3 meses.

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1.3. PROGRAMACIÓN ESPECÍFICA PARA LOS CENTROS DE PROCESO DE DATOS DE SS.CC. Y

VALDEMORO.

MANTENIMIENTO PREVENTIVO

Se realiza las operaciones siguientes, como mínimo:

Examen técnico y revisión de la instalación.

Detección de posibles fugas de gas, carga y descarga del mismo incluyendo las máquinas

que se retiren y corrección de las mismas.

Inspección del estado de engrase y de funcionamiento de las máquinas (compresor, motor

y humectador), y de todos los elementos de la instalación.

Revisión de filtros, limpieza de los mismos cuando sea necesario y su sustitución, (se

requerirán repuestos originales).

Regulación de controles de refrigeración: termostatos, presostatos y humidostatos.

Revisión de la instalación eléctrica y cuadros de mando y control.

Revisión del sistema del control centralizado.

Revisión de los circuitos frigoríficos y limpiezas de baterías de condensadores y

evaporador, siempre que sea necesario.

Revisión de humidificadores y sus circuitos auxiliares y la sustitución de los vasos

humectadores al menos una vez al año.

El mantenimiento de las unidades enfriadoras debe realizarse atendiendo a una revisión de todos y

cada uno de los elementos constitutivos de las unidades.

Se fijan unos intervalos en las operaciones programadas a título indicativo, dependiendo de una serie

de factores como son las horas de funcionamiento de las climatizadoras de alta precisión, la

contaminación del entorno, las oscilaciones de la tensión de alimentación en función del servicio de la

compañía de suministro eléctrico, etc.

El personal técnico del SEPE juzgará cuándo deben ser sustituidos los elementos desgastables o

fungibles, para que el rendimiento de las unidades no se vea afectado de forma sustancial, y siempre

antes de que los dispositivos de alarma bloqueen su funcionamiento.

BASTIDOR, BANCADAS Y PANELES ENVOLVENTES

Operaciones que hay que realizar e intervalos:

Inspección de soportes antivibratorios de bancada. 26 semanas

Inspección estado de pintura anticorrosión bancada y Bastidor. 26 semanas

Inspección de cierres de paneles de recubrimiento de bastidor. 26 semanas

Inspección de aislamiento de paneles. 26 semanas

Limpieza de bastidor y elementos interiores. 26 semanas

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SISTEMAS DE VENTILACIÓN

Operaciones que hay que realizar e intervalos

Sustitución de prefiltros. 8 semanas

Sustitución de filtros equipos enfriadores de alta precisión. 26 semanas

Sustitución de filtros equipos entálpicos. 16 semanas

Inspección de correas de ventilación. 6-8semanas

Sustitución de correas de transmisión. Anual

Inspección de alineación de polea/correa. 6-8semanas

Verificación de consumo de motor/ventilador. 12 semanas

Comprobación de estado de rodamientos y cojinetes de motores y ventiladores. 4

semanas

Comprobación de regulación de presostatos diferenciales de control de obstrucción de

filtros y falta de flujo de aire. 26 semanas

Comprobación de alarma de falta de flujo de aire. 26 semanas

Inspección de tubos de presostatos diferenciales 12 semanas

Inspección de antivibratores soporte del tren de ventilación. 26 semanas

Inspección de by-pass de aire entre baterías. 12 semanas

SISTEMA DE ENFRIAMIENTO

Operaciones que hay que realizar e intervalos

Inspección de estado de corrosión de tubos de batería de enfriamiento 26 semanas

Inspección de estado de incrustación de aletas de aluminio de baterías de

enfriamiento, anual.

Inspección de bandeja de recogida de condensados 6-8semanas

Verificación de temperatura de entrada y salida de aire 6-8semanas

Sustitución de vasos de humectación en enfriadoras, anual.

SISTEMA DE ALIMENTACIÓN Y CONTROL

Operaciones que hay que realizar e intervalos

Inspección de estado de contadores y relés térmicos. 6-8semanas

Inspección de bases de fusibles 6-8semanas

Inspección de cableado, reapretado de conexiones y limpieza de conjunto. 12 semanas

Verificación del estado de bases de relés y comprobación de contactos, bobinas y su

temporizado. 12 semanas

Verificación y ajuste de sistema de control, modificando puntos de consigna, tarados

de alarmas, diferenciales,

a nivel local y remoto (a efectuar por personal especializado). 26 semanas

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Verificación del sistema de control centralizado y vigilancia

Sistema de control centralizado, y sistema de alarmas de humedad, 4 semanas.

1.4. GRUPOS ELECTRÓGENOS

Se realizarán diariamente:

Revisión de alimentación de servicios auxiliares.

Revisión estado de carga de baterías de arranque.

Comprobación calentamiento del cárter.

Comprobación niveles y presiones de agua y aceite.

Revisión y comprobación existencia de combustible.

Se realizarán mensualmente la operación de arranque, y tantas veces como el responsable de contrato

del SEPE considere oportuno, tanto en vacío y como en carga, durante el tiempo necesario para su

estabilización y toma de datos.

Además, una vez al mes, se arrancarán los grupos sin carga y permanecerán en marcha durante el

tiempo necesario para observar el correcto funcionamiento de éstos.

Estas operaciones se realizarán normalmente el tercer martes de cada mes, entre las 14 y las 16 horas,

en SS.CC. y el tercer miércoles en horario de mañana en Valdemoro, siempre que coincidan éstos, en

días laborables, y salvo comunicación en contrario por el SEPE.; si se observara alguna anomalía

deberán comunicarlo de forma inmediata a la unidad de mantenimiento.

Dos veces al año se realizará una prueba real con carga, produciendo un corte real de suministro

exterior, a fin de comprobar que todo el sistema funciona correctamente.

Será imprescindible entregar al SEPE un parte de trabajo con los resultados de las pruebas obtenidas, y

de los ajustes requeridos si los hubiera. Dicho parte se entregará al responsable del contrato del SEPE.

Cualquier regulación o reparación inherente a los grupos será realizada por los fabricantes

FINANZAUTO o VOLVO según los equipos ó por sendos SAT autorizados de dichos fabricantes. En caso

de los SAT autorizados; antes de cualquier actuación, se deberá presentar la acreditación y

autorización de las casas matrices, para actuar sobre dichos grupos.

1.5. ESPECIFICACIONES RELATIVAS A LAS INSTALACIONES DE CALEFACCIÓN Y CLIMATIZACIÓN

DE LAS DEPENDENCIAS DEL ALMACEN Y CPD, DEL SEPE EN VALDEMORO

El adjudicatario se compromete a realizar las siguientes operaciones:

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Las revisiones y operaciones de puesta a punto que la legislación establece emitiendo los

informes que sean preceptivos.

Dos tipos de mantenimiento: uno preventivo y otro correctivo.

El mantenimiento correctivo consistirá en la reparación de las averías subsanables, bien por

propia reparación de la máquina o elemento de ésta, bien por sustitución de las piezas o

componentes del equipo averiado.

El mantenimiento preventivo consistirá en revisiones periódicas por personal cualificado y

desplazado a la instalación de Valdemoro.

La empresa adjudicataria desplazará a sus técnicos para proceder a la reparación "in situ" si ello es

posible, o trasladar la máquina o piezas averiadas al exterior, dependiendo en todo caso de la

naturaleza de la avería.

CLIMATIZADORES

Revisiones y cambio mensual de los filtros de UTA’s, comprobación de, filtros de agua, baterías

de condensados, bandejas, pulverizadores, ventiladores y correas.

Comprobación trimestral de alineaciones de poleas, consumos, caudales de aire, transmisiones

y funcionamiento de compuertas, válvulas de tres vías, engrase de cojinetes y funcionamiento

de las propias UTA’s.

A los equipos de climatización autónomos, VRV, se les realizara una limpieza de filtros cada 3

meses.

Las medidas se reflejaran en el libro de Mantenimiento Oficial o en su caso en el PRISMA II.

CALDERAS Y QUEMADORES

Limpieza y verificación anual de las chimeneas, conductos de humos, dureza y PH del agua,

termómetros, manómetros, inspección y lecturas de temperatura y presiones.

Limpieza y verificaciones trimestral de platos deflectores, mirillas, electrodos, boquillas,

válvulas, solenoides, células fotoeléctricas, filtros, juntas, termostatos, presostatos, presiones y

enclavamientos de quemadores, programadores y transformadores de encendido y

verificación generalizada de todo su funcionamiento.

BOMBAS

Limpieza y verificación anual de los filtros, estado de los anclajes, goteo de prensas y desagüe

de refrigeración. Comprobación trimestral generalizada de consumo, presiones por aspiración

y descarga, niveles de aceite, fuga por juntas y prensa bombas; estado de los acoplamientos y

engrase de cojinetes.

La empresa adjudicataria notificará al Servicio de Mantenimiento, la fecha en que haya de

realizar las revisiones; salvo emergencia, las revisiones deberán realizarse en horario laboral

del SEPE.

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2. SISTEMA DE ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA (UNIDADES UPS´S)

El servicio a prestar comprende La revisión visual diaria Del buen funcionamiento de los equipos.

Cualquier anomalía será comunicada inmediatamente a la Unidad de Mantenimiento, vía telefónica,

posteriormente, se realizará el correspondiente informe escrito.

Edificio ‘A’

o 3 Unidades de 300 KwA.

o 1 Unidad de filtros anti-armónicos.

o 1 Unidad Normal-Socorro.

o 1 Transformador de 700 Kw.

o Seis armarios de baterías con sus correspondientes elementos.

o Cuadro de conexión y contactores.

o Sistemas de comunicaciones para cada una de ellas.

Edificio ‘B’

o 1 Unidad de 100 KwA.

o 2 Armarios de baterías con sus correspondientes elementos.

o Cuadro de conexión y contactores.

o Sistemas de comunicaciones.

Valdemoro

o 2 Unidades de 300 KwA.

o 4 Armarios de baterías con sus correspondientes elementos.

3. SISTEMA DE MEGAFONÍA Y EQUIPOS AUDIOVISUALES

El adjudicatario será responsable del mantenimiento integral de los equipos e instalaciones de

megafonía y de la asistencia al simulacro de evacuación programado anualmente.

También se incluirán visitas puntuales en caso de incidencias con el sistema de megafonía. El horario de

aviso del servicio de mantenimiento queda definido desde las 9,00 horas a las 18,00 horas de lunes a

viernes, dando respuesta dentro de las 24 horas siguientes al aviso. No computaran sábado ni

domingos.

Para una utilización óptima del sistema de megafonía se realizará una verificación periódica cada tres

meses, y en caso necesario, realizar las reparaciones necesarias, aplicar las correcciones, establecer las

directrices correctoras y verificar posteriormente el buen funcionamiento de todo el sistema.

Para llevar a buen fin sus objetivos, la empresa adjudicataria realizará las siguientes actuaciones:

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Primero, pondrá el sistema en funcionamiento, verificando los equipos existentes y probando las

zonas que en su época inicial se configuraron.

Segundo, realizará la verificación de todos los componentes existentes:

o Indicación de los altavoces o zonas que no funcionen y reparación de dichos puntos.

o Localización de puntos en las zonas donde no exista megafonía.

o Se planificará la sustitución de los altavoces obsoletos.

o Contando con la autorización del responsable del contrato del SEPE se realizaran las

pruebas generales de megafonía coincidiendo en horario de viernes por la tarde y/o

sábado por la mañana.

o Los equipos deteriorados se detallarán en un informe que se entregará indicando el

número y la ubicación de los mismos, tiempo estimado de parada por reparación etc.

o Realización de informe final de funcionamiento y reparación (si procede).

En el supuesto de que el SEPE realizase un cambio de ordenador por motivos de mantenimiento

interno, el adjudicatario indicará los requerimientos mínimos de hardware y de software que debe

contar dicho equipo, y reinstalará el software del sistema, así como las actualizaciones del mismo.

La empresa adjudicataria será la responsable del mantenimiento, puesta en marcha e instalación (si

procede) de los equipos audiovisuales necesarios para la atención a las reuniones que se celebren en

los SS.CC. del SEPE. Para ello y previo aviso por parte del Organismo, procederá al encendido y

comprobación de funcionamiento de los equipos de proyección y audio en las distintas salas de

reuniones donde se encuentran instalados los equipos fijos.

En el caso en que las reuniones se realicen en unidades donde no existan equipos fijos, se deberán

instalar los equipos móviles (propiedad del SEPE) necesarios para que las reuniones se celebren con

normalidad.

4. FONTANERÍA Y POCERÍA

El servicio a prestar consistirá en asumir los trabajos y la responsabilidad de las reparaciones,

conservaciones y mantenimientos de los elementos de fontanería y pocería de las instalaciones

descritas en el objeto de este contrato.

Este servicio se realizará a requerimiento del responsable del contrato del SEPE mediante la entrega de

la oportuna Orden de trabajo, atendiendo a lo dispuesto en el punto 8.

Se detallan a continuación las tareas que se estima han de realizarse, entendiéndose esta relación

como orientativa y no exhaustiva.

Mantenimiento preventivo y correctivo (reparaciones) de las instalaciones de fontanería,

saneamiento, y evacuación general, incluso las acometidas de las redes municipales.

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Se actuará tanto sobre los aparatos Sanitarios (lavabos, urinarios, inodoros, etc.) y elementos a

ellos acoplados (grifos, desagües, cisternas, etc.), como sobre las redes de suministro de agua

y tuberías de residuales, los colectores generales y sus componentes (tuberías, botes sifónicos,

arquetas, sumideros, grupos bombas, válvulas de retención, etc.).

Limpieza de las conducciones de desagües y pluviales, de manera que estas se mantengan en

perfectas condiciones de uso.

Además de las labores mencionadas con anterioridad, la empresa adjudicataria deberá realizar

las siguientes labores periódicas:

Trimestralmente: Revisión de funcionamiento de bombas y grupos de presión.

Este control se realizará siempre a lo largo de la primera semana de Abril, Julio y Octubre y deberá

acompañarse del informe correspondiente (Apéndice 6.I) sobre la situación de la instalación.

La mencionada revisión debe incluir como mínimo los siguientes controles:

Puesta en marcha de bombas y control de funcionamiento

Control de actuación y funcionamiento de boyas de niveles.

Modificación de niveles si fuese necesario.

Revisión de electroválvulas y flotadores en depósitos y aljibes, así como la comprobación de

su funcionamiento.

Semestralmente: Se realizará una revisión completa de funcionamiento de toda la instalación,

realizando una auditoría completa de la situación del mantenimiento. (Apéndice 6.II)

Esta auditoría ha de cumplir las siguientes condiciones mínimas:

Revisión del estado de la instalación completa.

Revisión de las conducciones y luz interior de los tubos de presión y evacuación.

Estado de cumplimento de la normativa vigente.

Informe sobre todas las actuaciones realizadas durante todo el período correspondiente.

Propuesta de mejoras en la instalación.

Anualmente: Se realizará una limpieza exhaustiva a presión de todos los pozos y tubos de desagüe con

Camión de Desatrancos.

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APÉNDICE 6.I Nota de trabajo trimestral

NOTA DE TRABAJO TRIMESTRAL FECHA: _________________

EMPRESA.:

LABORES A REALIZAR SITUACIÓN FECHA OBSERVACIONES

PUESTA EN MARCHA DE

BOMBAS Y CONTROL DE

FUNCIONAMIENTO

Bomba 1 Ed.‘A’- Sanitaria Bomba 2 Ed.‘A’- Sanitaria Bomba 1 Ed.‘B’- Sanitaria Bomba 2 Ed.‘B’- Sanitaria Bomba 1 Ed.‘B’- Incendios Bomba Jokey Ed. ‘B’- Incendios Bomba 1 Exteriores- Riego Bomba 2 Exteriores- Riego

CONTROL DE ACTUACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO DE

BOYAS DE NIVEL

Boya 1 Ed.‘A’- Sanitaria (Dep 1) Boya 2 Ed.‘A’- Sanitaria (Dep 1) Boya 3 Ed.‘A’- Sanitaria (Dep 1) Boya 4 Ed.‘A’- Sanitaria (Dep 1) Boya 1 Ed.‘A’- Sanitaria (Dep 2) Boya 2 Ed.‘A’- Sanitaria (Dep 2) Boya 3 Ed.‘A’- Sanitaria (Dep 2) Boya 4 Ed.‘A’- Sanitaria (Dep 2) Boya 1 Ed.‘B’- Sanitaria (Dep único) Boya 2 Ed.‘B’- Sanitaria (Dep único) Boya 1 Exteriores- Riego Boya 2 Exteriores- Riego Boya 1 Ed.‘B’- Residuales (Bomba 1) Boya 2 Ed.‘B’- Residuales (Bomba 1) Boya 1 Ed.‘B’- Residuales (Bomba 2) Boya 2 Ed.‘B’- Residuales (Bomba 2) Boya 5 Ed.‘B’- Residuales (Seguridad)

MODIFICACIÓN DE NIVELES REVISIÓN DE CUADROS

ELÉCTRICOS Y COMPROBACIÓN DE FUNCIONAMIENTO

Edificio ´A´ Agua Sanitaria Edificio ´B´ Agua Sanitaria Edificio ´B´ Agua Incendios Exteriores Agua riego.

REVISIÓN DE

ELECTROVÁLVULAS Y

FLOTADORES EN DEPÓSITOS

Y ALJIBES Y

COMPROBACIÓN DE

FUNCIONAMIENTO

Depósito 1 Acopio agua sanitaria Edificio ´A´.

Depósito 2; Acopio agua sanitaria Edificio ´A´.

Depósito; Acopio agua sanitaria Edificio ´B´.

Depósito acopio agua incendios Edificio ´B´.

Depósito acopio agua riego Exteriores.

LIMPIEZA EN TUBERÍAS DE

DESAGÜES DE PLUVIALES Y

RESIDUALES

Conforme: (El Responsable en el SEPE)

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APÉNDICE 6.II - Nota de trabajo semestral.

NOTA DE TRABAJO SEMESTRAL FECHA: _________________

EMPRESA.:

LABORES A REALIZAR DEFECTOS

Y SITUACIÓN FECHA OBSERVACIONES

ESTADO DE LA

INSTALACIÓN

SANITARIA.

CONDUCCIONES Y LUZ

INTERIOR DE TUBOS DE

PRESIÓN, PLUVIALES Y

FECALES

CUMPLIMIENTO DE LA

NORMATIVA

PROPUESTA DE

MEJORAS

Conforme: (El Responsable en el SEPE)

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ANEXO A

COORDINACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

La finalidad de este protocolo es establecer un acuerdo de colaboración en materia de Prevención de

Riesgos entre el SEPE y sus Empresas Colaboradoras, para el desarrollo de las obligaciones establecidas

en el artículo 24 " Coordinación de Actividades Empresariales" de la LPRL y en el RD 171/2004 que lo

desarrolla.

Dentro de la coordinación de actividades, se establece el sistema de acreditación y control, en materia

de Prevención Riesgos, de los trabajadores pertenecientes a la Empresa adjudicataria y sus subcontratas,

que van a desarrollar los servicios contratados por el SEPE en lugares o centros de trabajo propios de

esta entidad.

La acreditación de los trabajadores es consecuencia de la planificación de la prevención resultante de la

evaluación de riesgos de los trabajos contratados, que realizará la Empresa. Como consecuencia de la

misma, se acreditará si cada trabajador es "apto para su trabajo habitual" o, si fuera necesario, que es

"apto para trabajos que impliquen un riesgo especial", indicando claramente cual es este riesgo especial.

Además, será utilizada para conocer los nombres de las personas designadas por la Empresa como

Responsables en materia de prevención de riesgos durante la ejecución de los servicios contratados por

el SEPE.

La Empresa adjudicataria evaluará y conservará toda la documentación necesaria para, en cualquier

momento, garantizar y demostrar las aptitudes acreditadas para cada trabajador, independientemente

de que éstos pertenezcan directamente a la Empresa o a cualquiera de sus subcontratas.

1. DEFINICIONES

Las definiciones base de la acreditación serán:

Responsables de la Ejecución de los Trabajos: Se entiende por "Responsables de la ejecución de los

trabajos" a las personas designadas por la Empresa responsable de cumplir, hacer cumplir y coordinar,

en el desarrollo de las actividades encomendadas, todas las medidas preventivas necesarias para cada

una de ellas y en particular, a aquellas que afecten a “trabajos que impliquen riesgos especiales", entre

otros, trabajos en altura, espacios confinados, trabajos eléctricos.

Cuando el objeto de las actividades encomendadas sea el desarrollo de trabajos en alta tensión con

líneas, equipos, etc. “en tensión”, la Empresa designará un “Jefe de Trabajo”, de acuerdo a lo

establecido en el RD 614/2001 sobre la disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad

de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.

Si resultase compatible el desempeño de las funcionas propias de “Jefe de Trabajo” y de “Responsable

de la Ejecución de los Trabajos”, ambas podrán coincidir en una misma persona. Dentro del Anexo, sólo

serán considerados como Responsables de la Ejecución de los Trabajos y/o Jefes de Trabajo, a aquellos

que expresamente lo tengan indicado en la columna correspondiente.

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Aptos para su Trabajo Habitual: Entendemos como "apto para su trabajo habitual" a toda aquella

persona que, en razón del trabajo que va a realizar, la Empresa garantice que:

Tiene la competencia necesaria, por formación y/o experiencia, para desarrollar las funciones

de su puesto de trabajo.

Ha recibido la información y formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia de

prevención de riesgos laborales para dicho trabajo.

Es sometido a una vigilancia y control de su salud en función de los riesgos laborales a los que

puede estar expuesto

Dispone de los equipos de protección individual necesarios para su trabajo, y ha sido

informado, formado y adiestrado sobre su correcta utilización y conservación.

Está en situación de alta en la Seguridad Social y al corriente del pago mensual de las cuotas de

la Seguridad Social.

Estas personas quedarán facultadas únicamente para el trabajo que han sido acreditadas. Si cambiasen

la actividad o hubiese modificaciones en los riesgos a los que estuviesen expuestos tendrán que volverse

a acreditar.

Todos los trabajadores incluidos en el documento anexo, deben cumplir este requisito.

Aptos para trabajos que impliquen un Riesgo Especial.: Se entenderá por trabajos que impliquen un

"riesgo especial" todos los incluidos en el Anexo I del R.D. 39/1997, de 17 de enero, de los Servicios

Prevención, así como los incluidos en el Anexo II del R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, Disposiciones

Mínimas de Seguridad y Salud en obras de construcción, y otros derivados de la propia actividad dentro

de las cuales destacamos a modo de ejemplo, trabajos con riesgos de caída de altura, con electricidad,

en espacios confinados, etc.

El personal acreditado como “apto para trabajos que impliquen riesgo especial” debe reunir los

requisitos siguientes:

Tiene la competencia necesaria, por formación y/o experiencia, para desarrollar las

funciones de su puesto de trabajo.

Ha recibido la información y formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia

de prevención de riesgos laborales para dicho trabajo.

Es sometido a una vigilancia y control de su salud en función de los riesgos laborales a los

que puede estar expuesto.

Dispone de los equipos de protección individual necesarios para su trabajo, y ha sido

informado, formado y adiestrado sobre su correcta utilización y conservación.

Está en situación de alta en la Seguridad Social y al corriente del pago mensual de las cuotas

de la Seguridad Social.

De las personas incluidas en el documento anexo, sólo son aptas para trabajos que impliquen un riesgo

especial, aquellas que expresamente lo tengan indicado.

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2. RESPONSABILIDADES

Sin perjuicio de las obligaciones legal y reglamentariamente establecidas, son responsabilidades de la

EMPRESA adjudicataria:

Cumplir todo lo especificado en este documento.

Acreditar o demostrar las acreditaciones correspondientes, tanto del personal propio como del

de sus subcontratas.

Notificar al SEPE, todos los cambios, bajas, nuevas incorporaciones o cualquier otra

modificación que se produzca, actualizando el documento anexo, como consecuencia de las

mismas, tantas veces como sea necesario.

Comunicar, informar y distribuir entre su personal propio y el de sus subcontratas, todas las

informaciones que sobre adaptación o cumplimiento de la Ley de prevención de Riesgos

Laborales y sus normas de desarrollo sean emitidas por la propia Empresa Colaboradora.

Notificar al SEPE cualquier incidente / accidente de los trabajadores ocurrido en sus

instalaciones.

3. NORMATIVA DE APLICACIÓN

El marco legal del presente Documento es:

Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, Reglamento de los Servicios de Prevención.

Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, sobre Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud

en obras de construcción.

Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el Art. 24 de la Ley 31/1995

de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales en materia de coordinación de

actividades empresariales.

Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos

laborales.

4. DESARROLLO DEL PROTOCOLO

4.1 Contenido del documento anexo.

Cada versión del Anexo emitido por la Empresa Colaboradora deberá de contener por cada

trabajador, al menos, los siguientes campos de información:

Datos del trabajador:

“Apellidos”: indicar el primer y segundo apellido, en mayúsculas.

“Nombre”: indicar el nombre, en mayúsculas.

“N.I.F.”: indicar el N.I.F., sin puntos separadores de miles y sin espacio antes de la letra.

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“Empresa”: indicar la empresa a la cual pertenece el trabajador en la fecha de emisión del

documento. La empresa podrá ser la empresa colaboradora o cualquiera de sus posibles

subcontratas.

Acreditación para trabajos que impliquen un riesgo especial.

“Altura” (trabajos con riesgo de caída de altura): si es apto el trabajador, lo indicará con una

“X” en el espacio correspondiente.

“Eléctrico” (trabajos con riesgo eléctrico, de acuerdo a lo establecido en el RD 614/2001 sobre

la disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente

al riesgo eléctrico). Cuando un trabajador esté acreditado para realizar trabajos con riesgo

eléctrico, en función del tipo de acreditación del trabajador se rellenará el espacio

correspondiente con una “A” si se trata de “trabajador autorizado” o con una “C” cuando se

trate de “trabajador cualificado”.

“Espacios Confinados”: si es apto el trabajador, lo indicará con una “X” en el espacio

correspondiente.

"Otros": si el trabajador es apto para la realización de trabajos que impliquen otro tipo de

riesgo especial, en el espacio correspondiente indicará el nombre del riesgo para el que es

apto.

“Responsable de la ejecución de los trabajos y jefe de trabajo”: En este caso se rellenará el

espacio denominado “Resp. de Ejecución de Trabajos” con una “E” cuando desempeñe

funciones de Jefe de Trabajo o con una “X” para el otro caso.

“Observaciones”: este espacio se podrá utilizar para indicar cualquier observación que se

considere pertinente.

Asimismo, en la cabecera o pie de página del Anexo, se indicará:

“Empresa”: el nombre o logotipo de la empresa.

“Responsable del Servicio de Prevención”: el nombre de la persona del Servicio de Prevención

de la Empresa, responsable de la emisión del Anexo.

“Versión del Anexo”: se sustituirá la “X” por el número que indique la versión realizada,

comenzando por el “1”.

“Fecha de revisión”: indicará la fecha de emisión de la versión realizada.

La entrega de la documentación al SEPE, será realizada tanto en formato electrónico, como en papel.

La copia impresa estará sellada por la Empresa en todas sus páginas.

4.2 Actualización del documento anexo.

El documento anexo será actualizado por la Empresa tantas veces como sea necesario, como

consecuencia, al menos, de alguno de los motivos siguientes:

Bajas o nuevas incorporaciones en el personal propio o en el de sus subcontratas.

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Pérdida de vigencia de alguno de los certificados o documentos necesarios para acreditar los

tipos de aptitud establecidos en el apartado 2 del presente documento (por ejemplo vigilancia

de la salud para trabajos con riesgos especiales).

Sanciones a trabajadores incluidos en el anexo, impuestas tanto por la empresa o sus

subcontratas, como consecuencia de la denuncia por cualquiera de las partes de

incumplimientos por parte de dichos trabajadores en materia de prevención de riesgos.

Cualquier modificación que se produzca por motivos diferentes a los antes mencionados, a

excepción de que la causa de la modificación únicamente sea el cambio de empresa del

trabajador.

4.3 Aplicación del protocolo de homologación de los trabajadores

La manera de actuar para la aplicación del Protocolo, con cualquiera de sus versiones del

documento anexo, será:

a. Por parte de la Empresa:

a.1. Su responsable de prevención deberá:

a.1.1. Confeccionar y actualizar, cuando proceda, el documento anexo.

a.1.2. Cumplimentar dicho listado, cumplimentando los campos definidos en el mismo según las

instrucciones proporcionadas en él y entregarlo al Responsable del Servicio en el SEPE,

tanto en formato electrónico como en papel. Se deberá enviar copia electrónica de cada

actualización al Coordinador de Seguridad y Salud, en su caso. La copia impresa estará

sellada.

Por la empresa contratista en todas sus páginas y será enviada por el Responsable del

Servicio en el SEPE y al Servicio de Prevención para su archivo.

a.1.3. Distribuirlo en su Empresa, a los niveles organizativos que correspondan.

a.2. La Empresa Colaboradora tomará las cautelas necesarias a efectos de garantizar que, bajo

ningún concepto, colaborarán con el SEPE responsables de la Ejecución de los Trabajos o

trabajadores que no dispongan de las acreditaciones necesarias, y/o no se encuentren

incluidos en los listados entregados al SEPE para desarrollar los servicios solicitados. Para ello,

previo a la ejecución de cualquier servicio solicitado por el SEPE, comprobará que:

Dispone de un Responsable de la Ejecución de los Trabajos.

Dicho Responsable y trabajadores están incluidos en los listados de acreditación

remitidos al SEPE.

b. El Servicio de Prevención del SEPE se reserva el derecho de solicitar certificaciones individuales de la formación declarada en el anexo, por la empresa colaboradora.

MINISTERIO

DE EMPLEO

Y SEGURIDAD SOCIAL

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL

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c. Asimismo el SEPE podrá realizar tantas visitas a obra como considere necesario para comprobar lo estipulado en el punto.

5. AUDITORIAS DOCUMENTALES Y CONTROLES “IN SITU”

El SEPE, para la verificación de las actuaciones en materia de Coordinación de Actividades

Empresariales, realizara auditorias de control documental del cumplimiento de los requisitos

establecidos en este documento.

El SEPE realizará periódicamente controles ‘in situ’ de las condiciones de trabajo con el fin de

comprobar el cumplimiento de la normativa establecida.

6. INCUMPLIMIENTOS Todo aquel que detecte un incumplimiento de alguno de los términos recogidos en el presente

documento, deberá comunicarlo por escrito, y a la mayor brevedad posible, a los interlocutores y

Responsables de Prevención de ambas empresas, con el objeto de que se establezca una solución

adecuada al incumplimiento detectado.

El SEPE se reserva el derecho de paralizar o suspender los trabajos en caso de incumplimiento de lo

establecido en este documento, pudiendo negar la entrada a sus instalaciones a trabajadores y/o

empresas que de forma grave o reiterada hubieran incumplido sus obligaciones.