MINISTERIO DE CULTURAS ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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MINISTERIO DE CULTURAS ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA MINISTERIO DE CULTURAS ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ANTEPROYECTO DE LEY DE PATRIMONIO CULTURAL

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ANTEPROYECTO DE LEY DE PATRIMONIO CULTURAL

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Por que es urgente y necesaria la promulgación de la Ley? -Vacío legal: falta de ley y reglamentos.-Dispersión y desorden de normas.-Adecuación al nuevo régimen autonómico. -Desprotección y robo del patrimonio.-Identificación y protección del patrimonio inmaterial y del patrimonio cultural originario.

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El anteproyecto de Ley de Patrimonio Cultural contiene 101 artículos dividido en 5 titulos:- Disposiciones Generales- Entes Competentes- Régimen de Gestión del patrimonio

Cultural- Financiamiento e incentivos- Disposiciones Finales

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Nº Detalle Descripción

1 Marco legal y normativo para el patrimonio cultural

Desarrollar el marco legal y normativo apropiado para la protección, salvaguarda y salvaguardia del patrimonio cultural boliviano, la Ley debe ser un instrumento que sirva a los técnicos, personas naturales jurídicas, publicas y privadas – específicamente en el actuar dentro sus competencias asumiendo derechos y obligaciones.

2 Implementación y Sociabilización de la Ley

Posicionamiento del Ministerio de Culturas respecto a sus competencias sociabilizando hacia las gobernaciones, municipios organizaciones originario campesinas entre otras, brindando capacitación y asistencia técnica respecto al patrimonio cultural.

3 Impulsar la gestión de patrimonio cultural

Definir de forma clara sobre la Gestión de patrimonio cultural especialmente sobre acciones especificas como el Registro catalogación, declaraciones de patrimonio cultural, entre otras..

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VISION

En el marco de la CPE contribuimos a desarrollar un marco legal que sea un instrumento de gestión para la protección, salvaguarda, sensibilización del patrimonio cultural boliviano

MISION

El Ministerio de Culturas es la entidad del Estado que garantizará el registro, protección, restauración, recuperación, revitalización, enriquecimiento, promoción y difusión de su patrimonio cultural, de acuerdo con la ley.

OBJETIVO GENERAL

Contar con una Ley de patrimonio cultural que sea pragmática, viable, accesible, inclusiva, participativa, sostenible adecuada a nuestra realidad para conservar, proteger, salvaguardar, el patrimonio cultural boliviano.

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Que es el Patrimonio Cultural Boliviano?

La herencia del pasado con la que se vive y que se transmite de acuerdo a las distintas cosmovisiones; es un activo útil a las sociedades que documenta sobre la cultura material e inmaterial del pasado y del presente histórico, espiritual, estético, tecnológico, simbólico y de toda forma de creatividad, que sirve a distintos propósitos. Conocerlo da sentido de pertenencia, fortalece la identidad y hace único al pueblo.

Cual es el objeto de la Ley?

Establecer las normas y políticas nacionales que regulan la defensa, protección, promoción, propiedad, régimen de gestión, destino y constitución de la diversidad del Patrimonio Cultural Boliviano; derechos y obligaciones, proposición de los principios para enmarcar su aplicación, así determinar las infracciones y sanciones originadas en su incumplimiento.

Quienes se someten a esta Ley?

En todo el territorio nacional todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, cualquiera sea su forma de constitución, que estén vinculadas y/o relacionadas al Patrimonio Cultural Boliviano.

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Sobre que regula la Ley?

La presente Ley se aplica a todo el Patrimonio Cultural Boliviano, de dominio público o privado que hubiera sido expresamente declarado o sobre los que exista la presunción legal de su declaración como patrimonio cultural boliviano.

Bajo que normativa se ampara la presente Ley?

La Constitución Política del Estado y Leyes del Estado Plurinacional de Bolivia y se ampara en las disposiciones normativas, convenciones, tratados internacionales y demás acuerdos ratificados por el Estado Plurinacional de Bolivia relativos al Patrimonio Cultural, suscritos con diversos organismos internacionales.

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Que es una Declaración de patrimonio cultual boliviano? Es un pronunciamiento legislativo oficial de la autoridad nacional o las autoridades autonómicas territoriales, según sus competencias, respecto a la excepcionalidad de un bien o manifestación del patrimonio cultural inmaterial o material.

Que requisitos debe cumplir la declaratoria de patrimonio cultural?

- Propuesta.-- Surge de cualquier persona natural o colectiva

-- Expediente de Declaratoria de Patrimonio Cultural.- Contenga: Detalle la identificación la ubicación geográfica, clasificación del patrimonio cultural datos cronológicos históricos antecedentes legales, registro y catalogación estado de conservación entre otros.

-- Niveles de Declaratoria de Patrimonio: departamental, municipal o indígena originario campesina

-Efectos de Declaratoria.- Inclusión en el registro de patrimonio cultural--Certificación de Patrimonio Cultural La Declaración ha cumplido los requisitos exigidos por Ley.--Publicación o señalización.- Gaceta y tener señaletica física de patrimonio

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Postulaciones ante la UNESCO.- Deben ser aprobadas por el Ministerio de Culturas y gestionadas ante el Ministerio de Relaciones exteriores cumpliendo los convenios y normativa interna.

- Reglamentación.- La Ley deberá reglamentar sobre los criterios de valoración , requisitos de la postulación órganos competentes, procedimiento y demás aspectos formales

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COMO SE DECLARA EL PATRIMONIO CULTURAL PLURINACIONAL Podrán iniciarse por solicitud del Ministerio de Culturas, Gobiernos Autónomos Departamentales, comunidades originario campesinas o a iniciativa de la población, luego de dos años de declaratoria de patrimonio cultural departamental se elevara ante la Asamblea Legislativa Plurinacional adjuntando la solicitud de Declaratoria, el expediente, la Ley de Declaratoria correspondiente, Informe de aprobación y Certificado emitidos por el Ministerio de Culturas. Con esta documentación se procederá de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política del Estado en cuanto a aprobación de Leyes.

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DECLARATORIA POR EMERGENCIA

Cuando un bien cultural material o inmaterial se encuentre en riesgo de deterioro, destrucción, desaparición, de manera previa o posterior a la declaratoria como patrimonio cultural municipal o departamental, el Ministerio de Culturas tendrá la facultad excepcional de iniciar gestiones para la declaratoria nacional, en cuyo caso corresponderá al Ministerio de Cultura asumir como competencia la elaboración y ejecución del Plan Especial de Gestión Patrimonial. Las manifestaciones declaradas con carácter de emergencia tendrán prelación en los planes de inversión.