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REF.: Expte. Nº S93:0008850/2013. Licitación Privada Nº 6/13 Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca Instituto Nacional de Vitivinicultura “2013 - Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyent de 1813” PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Nombre del organismo contratante INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Tipo: LICITACIÓN PRIVADA 6 Ejercicio: 2013 Clase: De etapa única nacional. Modalidad: Sin modalidad Expediente Nº: S93:0008850/2013 Rubro comercial: Construcción. Objeto de la contratación: Contratación Servicio de ampliación y readecuación del inmueble de Delegación General Roca del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA Costo del pliego: Sin cargo PRESENTACIÓN DE OFERTAS Lugar/Dirección Plazo y Horario Delegación General Roca del INV: Calle Belgrano 632, General Roca, Provincia de RIO NEGRO (CP.R8332FDN). Hasta el día: 21/10/2013 Hora: 12:00 ACTO DE APERTURA Lugar/Dirección Plazo y Horario Delegación General Roca del INV: Calle Belgrano 632, General Roca, Provincia de RIO NEGRO (CP.R8332FDN). Día: 21/10/2013 Hora: 12:00 SE ACONSEJA A LOS SEÑORES OFERENTES EFECTUAR SUS COTIZACIONES EN LA “PLANILLA DE COTIZACIÓN” ADJUNTA, A FIN DE EVITAR OMISIONES O MODIFICACIONES QUE INVALIDEN SU PRESENTACIÓN. TODA EXPLICACIÓN COMPLEMENTARIA O DESCRIPTIVA PARTICULAR QUE DESEEN AGREGAR PODRA EFECTUARSE POR SEPARADO, AGREGÁNDOLA DENTRO DEL MISMO SOBRE CERRADO DE LA PRESENTACIÓN DE OFERTA.

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Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca

Instituto Nacional de Vitivinicultura

“2013 - Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813”

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

Nombre del organismo contratante

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Tipo: LICITACIÓN PRIVADA Nº 6 Ejercicio: 2013 Clase: De etapa única nacional. Modalidad: Sin modalidad

Expediente Nº: S93:0008850/2013

Rubro comercial: Construcción.

Objeto de la contratación: Contratación Servicio de ampliación y readecuación del inmueble de Delegación General Roca del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

Costo del pliego: Sin cargo

PRESENTACIÓN DE OFERTAS

Lugar/Dirección Plazo y Horario Delegación General Roca del INV: Calle Belgrano 632, General Roca, Provincia de RIO NEGRO (CP.R8332FDN).

Hasta el día: 21/10/2013 Hora: 12:00

ACTO DE APERTURA

Lugar/Dirección Plazo y Horario Delegación General Roca del INV: Calle Belgrano 632, General Roca, Provincia de RIO NEGRO (CP.R8332FDN).

Día: 21/10/2013 Hora: 12:00

SE ACONSEJA A LOS SEÑORES OFERENTES EFECTUAR SUS COTIZACIONES EN LA “PLANILLA DE COTIZACIÓN” ADJUNTA, A FIN DE EVITAR OMISIONES O MODIFICACIONES QUE INVALIDEN SU PRESENTACIÓN. TODA EXPLICACIÓN COMPLEMENTARIA O DESCRIPTIVA PARTICULAR QUE DESEEN AGREGAR PODRA EFECTUARSE POR SEPARADO, AGREGÁNDOLA DENTRO DEL MISMO SOBRE CERRADO DE LA PRESENTACIÓN DE OFERTA.

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PLANILLA DE COTIZACIÓN

Descripción Unidad

de Medida

Cantidad

Precio

Unitario Total

Renglón 1: Ampliación del inmueble de Delegación General Roca del edificio del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), sito en calle Belgrano 632, Ciudad de General Roca, Provincia de RIO NEGRO.

Ítem 1: TAREAS PRELIMINARES. Global 1 $ $

Ítem 2: MOVIMIENTO DE SUELOS Y EXCAVACIONES. M³ 6 $ $

Ítem 3: ESTRUCTURA METÁLICA. Global 1 $ $

Ítem 4: CERRAMIENTOS EXTERIORES E INTERIORES. Global 1 $ $

Ítem 5: CAPA AISLADORA. M² 8 $ $

Ítem 6: REVOQUES. Global 1 $ $

Ítem 7: ESTRUCTURA DE HORMIGÓN ARMADO. Global 1 $ $

Ítem 8: PISOS Y ZÓCALOS. Global 1 $ $

Ítem 9: REVESTIMIENTOS. Global 1 $ $

Ítem 10: CUBIERTA DE TECHO. Global 1 $ $

Ítem 11: CIELORRASOS. M² 100 $ $

Ítem 12: PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE VIDRIOS Y ESPEJOS.

Global 1

$

$

Ítem 13: CARPINTERÍAS. Global 1 $ $

Ítem 14: PINTURAS. M² 110 $ $

Ítem 15: INSTALACIÓN ELÉCTRICA. Global 1 $ $

Ítem 16: INSTALACIÓN SANITARIA. Global 1 $ $

Ítem 17: INSTALACIÓN DE GAS. Global 1 $ $

Ítem 18: AIRE ACONDICIONADO. Global 1 $ $

Ítem 19: REJAS. Global 1 $ $

Ítem 20: DESAGÜES PLUVIALES. Global 1 $ $

Ítem 21: LIMPIEZA DE OBRA. Global 1 $ $

Total Renglón 1……………………………………………………………………………… $

Descripción Unidad de

Medida

Cantidad

Precio

Unitario Total

Renglón 2: Readecuación y reparación en Planta Baja del inmueble de Delegación General Roca del edificio del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), sito en calle Belgrano 632, Ciudad de General Roca, Provincia de RIO NEGRO.

Ítem 1: REPARACIÓN DE REVOQUES Y TABIQUES. Global 1 $ $

Ítem 2: COLACACIÓN DE MOLDURAS. Metro l. 80 $ $

Ítem 3: PINTURA. M² 178 $ $

Total Renglón 2……………………………………………………………………………… $

TOTAL Renglones 1 y 2: ………………………………………………………………………. $

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DATOS DEL PROVEEDOR

DENOMINACIÓN:.......................................................................................................... DOMICILIO:.................................................................................................................... C.U.I.T. Nº ……………………CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A...................................... TELÉFONO:............................CORREO ELECTRÓNICO............................................ NÚMERO INSCRIPCIÓN EN EL SIPRO....................................................................... CUENTA CORRIENTE O CAJA DE AHORRO……………………………………………. BANCO…………………………………………………………………………………………

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MEMORIA DESCRIPTIVA DE LOS TRABAJOS

La presente licitación trata sobre la ampliación y adecuación del inmueble propio, sede de la Delegación General Roca del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), sito en calle Belgrano 632, localidad de General Roca, Provincia de RÍO NEGRO.

La ampliación consistirá en construir una Planta Alta sobre el actual acceso al patio interno del inmueble. Dicha ampliación se destinará a oficinas y un baño; su construcción será del tipo liviana, con estructura, cubierta, entrepiso y escalera realizados con columnas, vigas y correas metálicas; con cerramiento exterior y tabiques interiores en placas de roca de yeso tipo Durlock o similar. Todo de acuerdo a reglamentaciones y ordenanzas municipales vigentes e indicaciones formuladas en el presente Pliego.

El cálculo estructural, así como el correspondiente a energía eléctrica y demás servicios, será por cuenta y cargo del Contratista.

La superficie a construir en Planta Alta es de CINCUENTA Y UN METROS CON TREINTA Y CUATRO CENTÍMETROS CUADRADOS (51,34 m2).

En Planta Baja se realizará cerramiento en placa de roca de yeso (según especificaciones técnicas) en la escalera a construir, y se trasladará una ventana existente previa ejecución de vano, todo ello de acuerdo a Pliego y planos adjuntos. Considerando que se cubre parte de Planta Baja con la nueva construcción, deberá consignarse en plano final de obra que el total de superficie a ampliar es de CIEN METROS CUADRADOS (100 m2).

Se realizará la readecuación y reparación de UN (1) salón existente en el ingreso a la Delegación – planta baja, conformado por los Locales 1, 17, 18 y 20, en el que se ejecutará la construcción de un tabique en roca de yeso doble cara según planos, destinado a una oficina para el sector inspección. Finalmente todos los muros y cielorraso se pintarán al látex; la carpintería se pintará en esmalte sintético, todo ello en color según elección del INV. Todo lo indicado de acuerdo a la presente Memoria, Especificaciones Técnicas, planos de plantas, cortes, y croquis adjuntos que forman parte del presente Pliego. Seguidamente se detallan los Renglones e ítems que comprenderán dichos trabajos. El Oferente deberá hacer una visita al lugar, a fin de tomar conocimiento cabal y consultar sobre todos los aspectos técnicos y administrativos que estime necesario para una correcta y completa cotización de los mismos.

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GENERALIDADES

La presentación de la propuesta implica, por parte del proponente, el conocimiento completo del lugar de los trabajos, así como también todas las informaciones relacionadas con la ejecución de los mismos: clima, época, frecuencia, intensidad y características de las precipitaciones pluviales; configuración de suelos, posición y fluctuación de napas subterráneas, etc., medios de comunicación y transportes; reglamentaciones vigentes Nacionales, Provinciales y Municipales, que puedan tener aplicación en la ejecución de los trabajos; precios y facilidades de conseguir materiales y mano de obra y toda otra circunstancia que pueda influir en el costo, marcha y terminación de los trabajos que se licitan, de tal manera que la propuesta sea hecha sobre la base de datos obtenidos por medios propios de información del proponente.

La Contratista no podrá alegar posteriormente causa alguna de ignorancia en lo referente a las condiciones de realización de los trabajos y será la única responsable de los errores u omisiones en que hubiere incurrido al formular su propuesta.

El cómputo métrico incluido es indicativo, por lo que el Contratista deberá verificar las cantidades a considerar en su propuesta.

La omisión de algunos ítems, parcial o totalmente, o la no descripción de algunos de ellos en este Pliego o en la Oferta y/o documentación a presentar por el Proponente, no exime a éste de la obligación de su ejecución, de acuerdo a sus fines, según lo detallado en el Pliego, y al arte del buen construir.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Además de cumplir con todas las normas de higiene y seguridad vigentes, el contratista deberá construir a su cargo, de ser necesario, andamios, bandejas para recibir escombros, pasarelas con techo para proteger a los transeúntes, barandas, etc., a los efectos de evitar cualquier daño a las personas que ocupan o transitan por el edificio. Asimismo le está vedado tirar los escombros y residuos desde los altos de los andamios y/o pisos del inmueble.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

RENGLÓN 1: AMPLIACIÓN Item 1.- TAREAS PRELIMINARES 1.1.- Proyecto Ejecutivo

Dentro de los VEINTE (20) días posteriores a la orden de inicio de los trabajos, el

Contratista deberá presentar la documentación correspondiente al Proyecto Ejecutivo, para la aprobación de la Municipalidad y organismos intervinientes que correspondan; conteniendo como mínimo lo siguiente:

1) Memoria Descriptiva de las características de los trabajos, materiales y niveles de

terminación.

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2) Planos de arquitectura

3) Cálculo de estructura 4) Planos de proyecto y cálculo de las Instalaciones básicas

1.2.- Limpieza de terreno

El Contratista deberá realizar la demolición de un vano para ventana y el sellado de otro según se indica en planos adjuntos. Asimismo tomará los recaudos necesarios para evitar daños a terceros, retirando con posterioridad todos los escombros y basura del predio.

1.3.- Replanteo y vallado de seguridad

El Contratista realizará el pertinente replanteo, debiendo rectificar cualquier error u omisión que pudiera haberse deslizado en los planos. Lo asignado en éstos, no exime a la Contratista de la obligación de verificación directa en el lugar. No se reconocerá adicional alguno por este concepto.

Por parte de la contratista se harán todos lo cierres necesarios en frentes y/o líneas divisorias como también vallados durante todo el desarrollo de la obra para protección y seguridad de las personas y asegurar el normal funcionamiento del edificio existente. Ìtem 2.- MOVIMIENTO DE SUELOS Y EXCAVACIONES

Las zanjas para, zapatas, base de columna, etc., serán excavadas hasta encontrar el terreno de resistencia adecuada a las cargas que graviten sobre él.

La contratista hará efectuar, si así correspondiere, el estudio de suelo necesario para la determinación de las resistencias del terreno.

La contratista ejecutará todos los apuntalamientos necesarios para la seguridad de las obras y de las personas, y aquellos que sean solicitados por la Inspección municipal.

En el caso de tener que realizar excavaciones en épocas de lluvia, las mismas se realizarán de manera tal que queden expuestas lo menos posible, recurriendo de ser necesario a colocar techos, chapas o cualquier otro material para protegerlas.

En Planta Baja se mantendrá el terreno existente, conservando su estado original una vez concluidos los trabajos de ampliación de Planta Alta.

Ìtem 3.- ESTRUCTURA METÁLICA

Características Generales El Contratista realizará el cálculo correspondiente a toda la estructura portante necesaria en los trabajos de ampliación de oficinas y escalera que propone el presente Pliego.

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Se pretende ejecutar una estructura liviana compuesta por columnas, vigas de carga/vinculación y correas metálicas para conformar el entrepiso y cubierta de Planta Alta, incluida la escalera de acceso; todo de acuerdo a cargas que exija la actividad que se determina en planos, y a las secciones/medidas que indique el cálculo estructural respectivo realizado por especialista matriculado.

De similar manera deberá considerarse el tipo de fundaciones las que, conforme al cálculo, podrán ejecutarse en HºAº.

Los trabajos a efectuar incluyen la provisión de mano de obra, materiales, equipamientos, en forma segura y eficiente, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes, para la ejecución de las mencionadas estructuras. Normas y Reglamentos

El cálculo y las estructuras deberán responder en un todo a las normas y/o reglamentaciones municipales y especificaciones establecidas para la ciudad de General Roca – Río Negro.

Toda la documentación correspondiente a las estructuras, arquitectura y servicios, deberá ser visada por la municipalidad y demás organismos competentes que corresponda.

Ìtem 4.- CERRAMIENTOS EXTERIORES E INTERIORES 4.1.- Normas Generales

Los cerramientos se ejecutarán de acuerdo a las siguientes exigencias:

Se respetará en un todo la calidad de los materiales. Se colocarán utilizando plomada, nivel, reglas, etc., de modo que resulte

perfecta su ejecución. En cerramiento exterior deberá ser del tipo roca de yeso específico y del

espesor más conveniente. 4.2.- Cerramiento exterior:

Este cerramiento se realizará en la planta alta a ampliar, tanto en sus caras vistas como en las que actúen como colindantes.

Se ejecutará cerramiento en placas de roca de yeso tipo Durlock, o similar de primera calidad y marca reconocida. El material a utilizar deberá ser del tipo Resistente a la Humedad, con DOCE Y MEDIO MILIMETROS (12.5 mm) de espesor de placa.

Todos los cerramientos se realizarán en tabiques de doble placa, con estructura interior de SETENTA MILÍMETROS (70 mm), y con relleno en lana de vidrio.

Especial cuidado se tendrá en las uniones de las placas con las carpinterías según planos.

El mismo cerramiento se realizará en la escalera metálica a construir, para separarla en su cara lateral e inferior, del patio interior existente.

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4.3.- Cerramientos o tabiques interiores: En Planta Baja, local 20 – Inspección, se ejecutará tabicamiento según plano, en Durlock o similar, de doble cara, en placas normales de DIEZ MILÍMETROS (10 mm) de espesor, de piso hasta los DOS METROS DIEZ CENTÍMETROS (2.10 m) de altura. En locales existentes 17 y 18 – se desmontará tabique Durlock divisorio entre ambos, según plano, y el resto se mantendrá y completará en altura hasta llegar al cielorraso, de manera tal que se conforme solo el local 18 destinado a sala de videoconferencias. Se mantendrán las dos puertas existentes. Todo se terminará pintado al látex para interiores color beige. Ìtem 5.- CAPA AISLADORA

En todos los elementos estructurales metálicos que tengan contacto con el suelo, se realizará aislación impermeabilizante con pintura especial. Las columnas se pintarán previamente con no menos de DOS (2) capas de anti óxido, para finalmente y antes del llenado de bases aplicar la aislación con material bituminoso u otro que cumpla con la aludida aislación.

Ìtem 6.- REVOQUES Solo se realizarán revoques en el marco de HºAº a realizar en Planta Baja en acceso a escalera, y en aquellos sectores que se vean afectados por los presentes trabajos.

6.1.- Revoque Grueso y Fino a la cal interior

El revoque grueso se realizará con mortero 1/4:1:4 (cemento-cal-arena gruesa). Se deberán ejecutar puntos y fajas de guías aplomadas, con una separación máxima de UN METRO CON CINCUENTA CENTÍMETROS (1,50 m), no admitiéndose espesores mayores de DOS CENTÍMETROS (2 cm).

El revoque fino enlucido se ejecutará con mortero 1/8:1:3 (cemento-cal-arena) y de un espesor no mayor a CERO COMA CINCO CENTÍMETROS (0.5 cm).

La terminación del revoque se realizará con alisador de fieltro.

Con el fin de evitar remiendos, no se revocará ningún paramento hasta que hayan concluido los trabajos de otros gremios (electricidad, sanitarios, etc.) y estén colocados todos los elementos que van en el interior de los muros.

6.2.- Revoque Grueso a la cal exterior

En muros exteriores y estructuras, se ejecutará previamente un azotado hidrófugo vertical de concreto 1:3 (cemento: arena) con UN KILOGRAMO (1 kg) de hidrófugo cada DIEZ LITROS (10 l) de agua. Luego, se ejecutará el revoque grueso tipo REVEAR o similar, de manera tal que quede incorporado el color, debiendo lograrse una terminación pareja y prolija.

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Ìtem 7.- ESTRUCTURA DE HORMIGÓN ARMADO

Una vez demolido el vano para la posterior colocación de la puerta de acceso a escalera, en Planta Baja, se reforzará con un marco de columnas y viga de hormigón armado, de sección continua no menor de VEINTE POR VEINTE CENTÍMETROS (20 x 20 cm), con armadura en hierro de DIEZ MILÍMETROS (10 mm) de sección y estribos correspondientes en hierro de CUATRO MILÌMETROS (4 mm), o lo que aconseje el cálculo a cargo de la Contratista. Ìtem 8.- PISOS Y ZÓCALOS 8.1.- Piso en Baño

En todos los casos los pisos serán aprobados según muestras por parte del personal autorizado del INV.

En baño de Planta Alta se colocará piso de baldosa cerámica, color arena o beige, de CUARENTA POR CUARENTA CENTÍMETROS (40 x 40 cm), de 1º calidad y alto tránsito. En todos los casos las baldosas se colocarán con pegamento especial para cerámicos, terminadas con juntas selladas con pastina de color semejante a las baldosas.

Previa colocación se preparará el piso del baño con placas fenólicas de VEINTE MILÍMETROS (20 mm) de espesor. Posteriormente se colocará y fijará convenientemente una malla de metal desplegado, para posteriormente colocar el aludido cerámico.

8.1.1.- Zócalos En todo el perímetro del baño se colocará zócalo ídem al cerámico del piso, con una altura de DIEZ CENTÍMETROS (10 cm). 8.2.- Piso en Oficinas El piso de oficinas será en entablonado de pino o similar con terminación de DOS (2) manos de plastificante de 1º calidad y marca reconocida. El espesor del entablonado no será menor a VEINTICINCO MILÌMETROS (25 mm), y se colocará sobre las correas metálicas (según cálculo), las que no se separarán más de CINCUENTA CENTÍMETROS (50) una de otra. 8.2.1.- Zócalos Los zócalos serán en madera de pino de TRES CUARTOS DE PULGADA (3/4”) por CINCO CENTÍMETROS (5 cm) de alto, debidamente fijados, y terminados con DOS (2) manos de plastificante.

Ìtem 9.- REVESTIMIENTOS Como revestimiento en baño, se colocarán baldosas cerámicas, de primera calidad y marca reconocida, ídem al piso de dicho local, adheridos con pegamento tipo Klaukol, desde el nivel

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de piso y hasta DOS METROS (2 m.) o hasta la altura del dintel de la puerta. Las juntas serán cerradas, selladas con pastina al tono.

Ìtem 10.- CUBIERTA DE TECHO

10.1.- Se realizará cubierta de chapas onduladas galvanizadas calibre Nº 24 sobre estructura de correas metálicas reticuladas o de perfiles de chapa, bajo esta estructura conformada se incorporará, en toda la extensión de la misma, cielorraso (Íten 11), generando una cámara de aire, la cual deberá contar con sus respectivas rejillas de aireación que permitan la ventilación del mismo (rejillas de 15x30 cm).

La cubierta incluirá todos los elementos necesarios para su completa terminación, babetas, zócalos, guarniciones, platabandas, etc., ya sea que estos estén especificados en los planos o sean imprescindibles para la buena y correcta terminación del techado adoptado.

Correrán por cuenta de la empresa todos los arreglos necesarios que deban efectuarse por eventuales deterioros que pudiera sufrir la Obra, por filtraciones, goteras, etc. No podrá alegarse que el trabajo se efectuó de acuerdo a pliegos y/o planos. Todos los conductos, tubos de ventilación, chimeneas, y cualquier otro elemento que atraviese las cubiertas y emerja del techo, irá provisto de un sistema de babetas, guarniciones, etc., que asegure la perfecta protección hidráulica de los techados.

Se realizará canaleta de desagüe pluvial en chapa galvanizada según plano, con descarga a conducto vertical de sección circular de DIEZ CENTÍMETROS (10 cm) de diámetro.

Se deberán tener en cuenta las acciones contra el viento, y/o sismo de acuerdo a la característica de la zona. Por consiguiente, los análisis de cargas, sobrecargas, tensiones de materiales, como así también, la realización de todas las tareas del rubro y las conexas deberán realizarse ajustándose a tales normas de conformidad al cálculo pertinente.

10.2.- cubierta liviana existente en patio

Se desmantelará parte de la cubierta de chapas traslúcidas y correas metálicas existentes, por toda la superficie que abarque la construcción a ejecutar a nivel de planta alta (según plano adjunto). Asimismo se respetará el resto de dicha cubierta que no sea afectada por la aludida nueva construcción.

Todos los materiales producto de dicho desmantelamiento se entregarán al personal autorizado del INV.

Ìtem 11.- CIELORRASOS

11.1.- En la cubierta liviana de la nueva ampliación de planta alta se realizará cielorraso suspendido de placa de roca de yeso, tipo Durlock o similar, sobre la cual se aplicará rollo de lana de vidrio y papel kraft 2”.

El mismo cielorraso se realizará en la cara inferior del entrepiso correspondiente a dicha ampliación. Ver detalles en plano adjunto.

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11.2.- Se tendrá en cuenta reparar la totalidad de la moldura perimetral del cielorraso existente donde se ubican los sectores de hall de acceso, administración, jefatura, jurídico e inspección de planta baja. La nueva moldura será en poliuretano o poliestireno, con forma denominada “pecho de paloma” o similar, e irá pegada al muro y al cielorraso.

Ìtem 12.- PROVISION Y COLOCACIÓN DE VIDRIOS Y ESPEJOS Se proveerán y colocarán vidrios transparentes y traslucidos en hojas de puertas y ventanas a colocar. Serán perfectamente planos, sin alabeo, manchas, picaduras, burbujas y otros defectos; estarán bien cortados, tendrán aristas vivas y serán de espesor regular de CUATRO MILIMETROS (4 mm), transparentes. Para el caso de las puertas de tabiques, el paño inferior será laminado de SEIS MILÍMETROS (TRES MILÍMETROS (3 mm) + TRES MILÍMETROS (3 mm). En todos los casos se verificará la adecuada colocación y fijación de burletes de goma respectivos. En los paños vidriados de la ventana V1 se colocará membrana reflectante – espejada, tipo 3M o similar.

Se colocará un espejo en baño a construir, de 0.60 m de alto por 0.60 m de largo, colocado sobre el lavamanos. El espejo deberá tener un espesor mínimo de CUATRO MILÍMETROS (4 mm) y bordes pulidos; irá pegado sobre el revestimiento cerámico.

El personal autorizado del INV tendrá derecho a rechazar y hacer retirar los vidrios que no cumplan con los requisitos especificados en las normas IRAM correspondientes.

Ìtem 13.- CARPINTERÍAS

Se proveerá y colocará la carpintería según el siguiente detalle:

13.1- PV – cantidad: UNA (1). Puerta en aluminio blanco, en dos paños, el paño superior

será en vidrio de 4 mm, transparente, y el paño inferior en aluminio de bandas verticales. Tendrá cerradura de seguridad y barral antipánico.

13.2- P1 – cantidad: UNA (1). Con apertura izquierda, tipo placa, en pino para pintar al esmalte sintético color beige o similar a definir por el personal autorizado del INV; herrajes completos, con cerradura; marco en chapa Nº 18; de 0CHENTA (80) CENTÍMETROS (cm) de ancho y altura estándar.

13.3- P2 – cantidad: DOS (2). Con apertura derecha, tipo placa, en pino para pintar al esmalte sintético color beige o similar a definir por el personal autorizado del INV; herrajes completos, con cerradura; marco en chapa Nº 18; de SESENTA Y CINCO (65) CENTÍMETROS (cm) de ancho y altura estándar.

13.4- PE – cantidad DOS (2). Puertas existentes a mantener y repintar con barniz al tono. 13.5- TV1 – cantidad: UNO (1). Tabique vidriado conformado por un antepecho en tabique

durlock o similar, de doble cara, y en su parte superior por paños repartidos vidriados con perfilaría de aluminio blanco. Los paños vidriados serán fijos, de 4 mm de espesor, transparentes. La altura total del tabicamiento será desde el piso hasta el cielorraso. Todo según plano.

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13.6- TV2 – cantidad: UNO (1). Tabique vidriado conformado por un antepecho en tabique durlock o similar, de doble cara y, en su parte superior por paños repartidos vidriados y una puerta de DOS (2) paños vidriados (con todos sus herrajes, cerradura y llave); todo en perfilaría de aluminio blanco. Los paños vidriados serán fijos, de 4 mm de espesor, transparentes; en el caso de la puerta, el paño vidriado inferior será laminado 3+3 mm. La altura total del tabicamiento será desde el piso hasta el cielorraso. Todo según plano.

13.7- TV3 – cantidad: UNO (1). Tabique vidriado conformado por un antepecho en tabique durlock o similar, de doble cara y, en su parte superior por paños repartidos vidriados y una puerta de DOS (2) paños vidriados (con todos sus herrajes, cerradura y llave); todo en perfilaría de aluminio blanco. Los paños vidriados serán fijos, de 4 mm de espesor, transparentes; en el caso de la puerta, el paño vidriado inferior será laminado 3+3 mm. La altura total del tabicamiento será desde el piso hasta el cielorraso. Todo según plano.

13.8- V1 – cantidad: UNA (1). Ventana en aluminio blanco, de UN METRO CON DIEZ CENTÍMETROS (1,10 m) de alto, por CUATRO (4) METROS (m) de largo; de TRES (3) hojas fijas y DOS (2) hojas corredizas; con vidrios de 4 mm transparentes, con revestimiento de membrana reflectiva-espejada, tipo 3M en todos los paños vidriados. Con todos sus herrajes correspondientes.

13.9- V2 – cantidad: UNA (1). Ventana en aluminio blanco, de UN METRO CON DIEZ CENTÍMETROS (1,10 m) de alto, por NOVENTA Y CINCO CENTÍMETROS (95 cm) de largo; de UNA (1) hoja de abrir; con vidrio de 4 mm transparente, con todos sus herrajes correspondientes.

13.10- V3 – cantidad: DOS (2). Ventana en aluminio blanco, de OCHENTA CENTÍMETROS (80 cm) de alto, por CUARENTA CENTÍMETROS (40 cm) de ancho; de UNA (1) hoja de abrir; con vidrio de 4 mm transparente, con todos sus herrajes correspondientes.

13.11- VE1 – Ventana existente a desplazar según plano de planta baja, previo a abrir nuevo vano en local 18 destinado a Sala de videoconferencias.

13.12- Baranda escalera: se ejecutará en caño de acero inoxidable, según plano, convenientemente fijada a piso y muro. Asimismo se ejecutará un pasamano en caño de acero inoxidable de CINCO CENTÍMETROS (5 cm) de sección, por todo el tramo de subida de la escalera y convenientemente fijado a muro.

Ìtem 14.- PINTURAS

14.1.- Los cerramientos en roca de yeso y cielorrasos interiores se pintarán con pintura látex, para interiores, previa preparación de los mismos, debidamente lijados y nivelados donde hiciere falta, con enduido, para la posterior aplicación de DOS (2) manos de pintura, la primera con sellador. En tabiques el color será beige y en cielorrasos se aplicará pintura blanca.

En cerramientos exteriores de roca de yeso, se realizará la misma preparación que en interiores, debiendo lograrse una terminación pareja y prolija, para posteriormente aplicarse pintura al latex para exteriores tipo Loxon o similar de primera calidad y marca reconocida; se darán dos manos o tantas como fuere necesario hasta lograr un perfecto cubrimiento de todas las superficies. El color o tono a aplicar deberá ser similar al existente en fachada principal.

Se deberá pintar todos los muros, exteriores o interiores, que hallan sido afectados por la ejecución de los presentes trabajos.

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14.2.- En el caso particular de la fachada principal, se realizará pintura al látex para exteriores, de primera calidad y marca reconocida, tipo LOXON o similar, previo reparar el revestimiento de zócalo y revoques afectados por la humedad.

Ìtem 15.- INSTALACIÓN ELÉCTRICA 15.1.- Generalidades

La Instalación Eléctrica nueva se realizará conforme proyecto ejecutivo, el cual estará a cargo del Contratista y al Reglamento de Instalaciones Eléctricas y demás norma vigentes. Asimismo, se cumplirá con todas las normas de la A.E.A (reglas particulares para Instalación Eléctrica en Inmuebles).

Los planos y su aprobación, inspecciones, conexiones a red externa, trámites de conexión, etc., que correspondan, serán por cuenta y cargo exclusivo de la Contratista y se realizarán hasta obtener la total habilitación de la instalación eléctrica.

Deberá ser embutida con caños semipesados aprobados, cableado antillama Pirelli o similar, cajas metálicas, tableros completos, incluso provisión y colocación de disyuntor en tablero secundario nuevo, llaves termomagnéticas tipo Sika o similar, teclas y tomas corriente completos.

Todos los trabajos serán realizados por personal idóneo y matriculado.

Se deberá contemplar la provisión y colocación de artefactos completos, lámparas, y accesorios para dejar la instalación probada y en correcto funcionamiento.

No se dará de alta ni se hará la recepción definitiva a la obra si con anterioridad no fueran presentados y aprobados los planos de la instalación eléctrica nueva conforme a obra. 15.1.1.- ALCANCE DE LA PROVISIÓN Y LÍMITES DEL SUMINISTRO La provisión cuya cotización se solicita comprende: la elaboración del Proyecto Ejecutivo, el suministro de la totalidad de la mano de obra y materiales, de acuerdo con las indicaciones de esta especificación y planos, para la ampliación-ejecución del servicio eléctrico de iluminación, tomas corriente de uso general, informática, y alimentación del nuevo equipo Multisplit de aire acondicionado frío/calor.

En planos adjuntos se indica ubicación de bocas nuevas de iluminación, tomas corriente de uso general, ubicación de periscopios para puestos informáticos, tomas corriente para equipo Multisplit (con ubicación de unidades interiores y unidad exterior). Asimismo se indica ubicación de medidor, tablero general y tablero secundario existentes.

15.1.2.- CÁLCULOS Y PLANOS El contratista deberá realizar la documentación/plano de la instalación eléctrica nueva a ampliar, respetando y preservando la existente. Dicha documentación deberá cumplir con las normas y reglamentaciones vigentes de la especialidad. Al terminar los trabajos el Contratista entregará un juego de planos aprobados por la Municipalidad y/u organismos competentes que correspondan.

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15.1.3.- CALIDAD DE LOS MATERIALES Todos los materiales, artefactos y accesorios necesarios para la completa y mejor terminación de la obra serán suministrados y colocados por la Contratista, serán de marca acreditada y de la mejor calidad. Todos los materiales serán normalizados respondiendo a las normas IRAM, DIN o ISO.

15.1.4.- SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA para la presente AMPLIACIÓN - DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA INSTALACIÓN: Se tomará la energía de la Red existente, conforme a las normas de la Empresa Distribuidora. Los trámites pertinentes, que fueren necesarios ante la Empresa Distribuidora de Energía, serán por cuenta y cargo de la Contratista. 15.1.5.- TABLEROS-GENERALIDADES Los Tableros Secundarios estarán compuestos por gabinetes metálico de chapa Nº 16 con puerta abisagrada, con accesos estampados para entrada de caños y con soportes graduables para los protectores termo magnéticos, serán para aplicar sobre muro o del tipo denominado exterior.

Deben cumplir con las características de rigidez mecánica, propiedades dieléctricas, no inflamables y grado de protección de acuerdo a las normas IRAM.

Serán dimensionados para la cantidad de equipos que corresponda s/plano, y una reserva de espacio del 20%. Se colocará a una altura de 1,60 mts. hasta sus ejes medio horizontal.

Deberán estar conectados a la Puesta a Tierra de la instalación mediante conductores de Cu desnudo o Cu/PVC (color Verde/Amarillo) de las secciones calculadas. Tendrán contratapa calada con letreros indicadores (papel cubierto con placa acrílica atornillada o similar) que identifiquen los circuitos y funciones de los aparatos. Todos los circuitos deberán contar con protección del tipo Disyuntor diferencial.

Tablero Secundario para Iluminación y Tomas corriente de uso general (TSIT) Este tablero se ejecutará en la medida que el existente no permita incluir los dos circuitos que se detallan a continuación: Se ejecutarán DOS (2) circuitos, comandados por un TSIT (Tablero Secundario Iluminación y Tomas) el que contará con la protección adecuada para c/u de los circuitos (llave termo magnética), con la correspondiente toma a tierra existente.

Dichos circuitos corresponderán a: -Iluminación -Tomas corriente de uso general

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Los elementos de protección de los circuitos de iluminación, tomacorrientes y alimentadores seccionales, estarán compuestos por interruptores termo magnéticos e interruptores diferenciales conforme a normas y dimensionados según las cargas de los circuitos (s/normas IRAM 2169, IRAM 2301 e IEC 60947-4). Tablero Secundario equipos de Aire Acondicionado (TSAA) Este tablero recibirá energía del tablero principal por medio de un sistema trifásico, deberá poseer un interruptor de corte general del tipo tetrapolar además deberá contener el circuito que alimente, en forma independiente, al equipo Multisplit a proveer e instalar. Dicho circuito deberá poseer un interruptor de corte general del tipo tetrapolar o bipolar según corresponda. Tablero Secundario para puestos de trabajo Informáticos (TSPI) Este tablero se alimentará desde el tablero principal por medio de un circuito trifásico, en su interior deberá poseer un interruptor de corte general del tipo tetrapolar, y circuito/s que corresponda/n teniendo en cuenta que se instalarán TRES (3) nuevos puestos informáticos ubicados en Planta Alta a ampliar según plano. Con dicho tablero se proveerá de energía eléctrica independiente a los mencionados puestos de trabajo. La ubicación del mencionado tablero se hará según plano o de acuerdo a mejor ubicación según tablero existente destinado a tal fin. Todo conforme a normas y reglas del buen construir de la especialidad.

15.1.6.- CAÑERÍAS La cañería embutida en cubierta, entrepiso, tabiques y/o sobre cielorrasos (en construcción nueva) será metálica tipo Acero Semipesado IRAM 2005. Las uniones a cajas en losas se realizarán con tuerca y boquilla y en paredes con conectores galvanizados. Las curvas a 90° serán con curvas roscadas y las uniones con cuplas roscadas. No se permitirá su sustitución por otro tipo de cañerías, salvo lo específicamente indicado en planos.

La cañería en locales húmedos y bajo piso será de PVC rígido reforzada, no permitiéndose el uso de caños corrugados de PVC. Los cambios de dirección se realizarán mediante curvas roscadas (no permitiéndose el doblado de caños), y las uniones mediante cuplas roscadas. Los caños y cables conductores, en caso de montaje subterráneo, tendrán protección adicional con ladrillos. 15.1.7.- CAJAS Las cajas embutidas en losas, paredes y sobre cielorrasos será metálica tipo Acero Semipesado IRAM. Las cajas en locales húmedos serán de PVC rígido.

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Las cajas para las salidas de cables subterráneos serán de fundición de aluminio Las cajas para artefactos de iluminación estarán provistas de gancho suspensión de hierro de 4 mm de diámetro con forma de V y en cada pata llevará una tuerca interior y otra exterior a la caja. Las cajas para tomacorrientes de uso general se ubicarán a +0,40 mts. del nivel del piso y las cajas para llaves a +1,20 mts. del nivel del piso, y a 7 cm. del contramarco, siempre del mismo lado de la cerradura En el caso de periscopios para telefonía y computación deberán estar a una altura de 0,50 m del nivel del piso terminado. 15.1.8.- CONDUCTORES Para circuitos y alimentadores serán de Cobre con aislación en PVC, tipo antillana conforme a IRAM 2183 para montaje en cañerías e IRAM 2178 para montaje en bandejas portacables y/o subterráneo. Para la instalación de Puesta a Tierra serán de Cobre con aislación de PVC color Verde/Amarillo, conforme a IRAM 2183. Las secciones mínimas serán conformes a normas y a las cargas conectadas. El neutro será independiente de la descarga a tierra y de sección conveniente conforme a normas vigentes para evitar armónicas. Se adoptarán los colores de acuerdo a las normas IRAM. El conductor de puesta a tierra recorrerá toda la instalación y será un cable aislado de 2,5 mm2 de sección mínima, de color verde y amarillo. Los colores normalizados serán: L1/R (marrón), L2/S (Negro), L3/T (Rojo), Neutro (Celeste) y PAT (Verde/Amarillo). 15.1.9.- LLAVES, TOMAS Y ACCESORIOS Se proveerán e instalarán los indicados en los planos. Las llaves serán del tipo tecla y de primera calidad; se ubicarán a 1,20 m respecto de piso terminado. Los tomas corriente de uso general serán del tipo 2P+T bi-norma o combinado (para pernos planos y redondos con polo a tierra) (IRAM 63072) con traba de seguridad de 10A/220Vca como mínimo; se ubicarán a 0,40 m respecto de piso terminado. 15.1.10.- ARTEFACTOS DE ILUMINACIÓN 15.1.10.1: De acuerdo a plano adjunto, se proveerán e instalarán TREINTA Y DOS (32) artefactos de iluminación del tipo LUMENAC – Office C 3x36 – con louber doble parabólico, de SESENTA CENTÍMETROS (60 cm) por SESENTA CENTÍMETROS (60 cm), en todo el inmueble, y según el siguiente detalle: Planta Baja (cochera): TRES (3) artefactos en total Planta Alta: SEIS (6) artefactos en total, según plano.

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Los nuevos conductores eléctricos serán de la sección adecuada, de primera calidad y marca reconocida, debiendo el Contratista realizar los cálculos pertinentes mediante personal matriculado de la especialidad. En los locales nuevos a ampliar se ejecutará una boca por cada artefacto, en Planta Alta podrán ser embutidos y en Planta Baja (cochera) serán de aplicar bajo cielorraso. Todos los nuevos artefactos de iluminación se entregarán con sus respectivas lámparas y funcionando.

15.1.10.2: Se proveerán y colocarán CUATRO (4) ARTEFACTOS TIPO APLIQUE, con difusor acrílico o policarbonato, portalámpara y lámpara de bajo consumo de 21W, cada una, dichos artefactos se ubicarán: UNO (1) en Planta Baja, en acceso a escalera; UNO (1) en Planta Alta a la salida de escalera; UNO (1) en antebaño y UNO (1) en box inodoro. 15.1.11.- PROTECCIONES Todos los circuitos estarán protegidos por llaves termo magnéticas con corte de neutro, disyuntores y otros, según cálculo a ejecutar por el Contratista. 15.1.12.- PUESTA A TIERRA El Contratista verificará la factibilidad de conectar la instalación que se amplia a puesta a tierra existente, caso contrario, la PAT de la Instalación, estará compuesta por jabalinas conforme a norma vigentes de la especialidad y cálculo de la instalación. Todos los conductores de PAT estarán conectados a una barra equipotencial (Barra de Cu) ubicada en el Tablero General o bornes de PAT en los Tableros Seccionales para asegurar la continuidad metálica de la instalación. En caso de instalarse Bandejas Portacables, las mismas deben contar con protección de puesta a tierra. El valor de la resistencia de la puesta a tierra no debe superar el valor indicado por la normativa para la zona. Para el caso de la instalación eléctrica que alimentará a los puestos informáticos, se preverá realizar una toma a tierra independiente de la existente. 15.1.13.- INSTALACIONES DE BAJA TENSIÓN Se instalará conductor para línea telefónica en locales indicados de Planta Alta, en los periscopios correspondientes a los puestos de trabajo según plano. Se observará si la central telefónica existente dispone de capacidad para DOS (2) internos más, ya que de los DOS (2) existentes en Planta Baja (local de videoconferencias), uno se trasladará a Planta Alta, debiendo agregarse como nuevos la cantidad de DOS (2), uno para Jefatura y otro para Jurídico. En locales existentes el cableado telefónico podrá realizarse con cable canal exterior, y/o bandeja portacable, y será totalmente independiente de la instalación eléctrica. En la nueva ampliación se preverá dejar la cañería correspondiente debidamente embutida conforme a normas de la especialidad. Dicho cableado deberá llegar y conectarse a cada uno de los tres

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periscopios de los pertinentes nuevos puestos de trabajo, mediante ficha telefónica correspondiente.

15.1.14.- INSTALACIÓN INFORMÁTICA La instalación eléctrica de 220Vca será independiente del resto de los circuitos y contará con su Puesta a Tierra totalmente independiente del resto del edificio. La instalación de la Red será sin cables, del tipo WiFi. Se habilitará con claves correspondientes según indicaciones del personal autorizado del INV.

Modem - Router de potencia suficiente, de buena calidad y marca reconocida, para cubrir el servicio necesario para los TRES (3) nuevos puestos de trabajo, sobre una superficie estimada de CINCUENTA (50) METROS CUADRADOS (m2). Cada puesto de trabajo informático estará compuesto por un periscopio de chapa con CUATRO (4) fichas de toma corriente del tipo schuko y UNA (1) ficha telefónica.

Toda esta instalación deberá ser bajo norma vigente para la especialidad. Al finalizar el Contratista verificará el correcto y normal funcionamiento de la instalación, y entregará al INV un detalle documentado de certificación de los distintos puestos de trabajo. Ìtem 16.- INSTALACIÓN SANITARIA

La instalación sanitaria se realizará sobre la base del Proyecto Ejecutivo elaborado por el Contratista, conforme cálculo de secciones de cañerías, con las siguientes consideraciones y materiales:

Desagües cloacales: Primarios y Secundarios en cañería PVC espesor 3,2 mm

aprobado. Cañería de distribución de agua fría en Hidro 3 o similar. Ejecución de un tanque de reserva de agua de PVC o similar, aprobado, de

DOSCIENTOS CINCUENTA LITROS (250 L) como mínimo, para dar servicio exclusivo al baño de Planta Alta.

Se deberá contemplar la provisión y colocación de artefactos sanitarios tipo Ferrum o similar, color blanco, inodoro con depósito tipo mochila enlosada, UNA (1) mesada en mármol travertino con bacha en losa blanca, montada en estructura metálica con travesaños y patas en caño de CINCUENTA POR CINCUENTA MILÍMETROS (50 x 50 mm), pintado al esmalte sintético color simil revestimiento cerámico; con faldón en mármol travertino de VEINTE CENTÍMETROS (20 cm) de alto por todo el largo de la mesada, debidamente fijado a la estructura metálica; con accesorios sanitarios completos empotrados de loza (portarrollos, perchas, toallero y jabonera); la grifería será tipo Pres Matic de FV o similar. Se colocará asiento plástico reforzado blanco en inodoro. La toma de agua se realizará desde la red existente en Planta Baja.

La instalación y los materiales a proveer deberán ser aprobados, de marca reconocida y de 1ª calidad, sujetos a la aprobación correspondiente.

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La contratista deberá realizar la conexión del desagüe cloacal a la cámara de inspección (ubicada en planta baja) de la red existente, debiendo ejecutarla con cañería de PVC de sección reglamentaria. Todo ello de acuerdo a normas vigentes de la especialidad. Ìtem 17.- INSTALACIÓN DE GAS 17.1.- Se realizará readecuación de cañería de gas en planta baja, en el sector donde arrancará la escalera a construir, ejecutando nueva conexión de calefactor existente que se ubica en el sector. 17.2.- Generalidades La Instalación y readecuación de cañería de gas se realizará conforme a normas vigentes en CAMUSSI GAS PAMPEANO, y al Reglamento de Instalaciones de Gas y demás norma vigentes (reglas particulares para Instalación en Inmuebles).

Los planos y su aprobación, inspecciones, conexiones a red externa, trámites de conexión, etc., que correspondan, serán por cuenta y cargo exclusivo de la Contratista y se realizarán hasta obtener la total habilitación de la instalación.

Todos los trabajos serán realizados por personal idóneo y matriculado.

Se deberá contemplar la provisión y colocación de los accesorios necesarios para dejar la instalación probada y en correcto funcionamiento. Ìtem 18.- AIRE ACONDICIONADO

Se deberá proveer e instalar UN (1) equipo de aire acondicionado frío-calor, tipo MultiSplit cuya unidad exterior se deberá colocar en Planta Baja – sector cochera, adosado al muro “norte”, según plano, y a una altura que no moleste el paso vehicular.

Dicho equipo tendrá TRES (3) unidades interiores a instalar en Planta Alta (Administración, Jurídico, y Jefatura) según plano.

Características técnicas del equipo MultiSplit - LG Art Cool Trío - 2250+2250+4500 Frío/Calor, o similar con características técnicas no inferiores a las indicadas.

Utiliza tecnología MPS adaptando el consumo de energía a las necesidades en cada momento mediante tres etapas. Con DOS (2) compresores de diferente capacidad que funcionan a plena carga hasta alcanzar la temperatura prefijada. Una vez alcanzada la temperatura de confort, sólo opera el compresor de menor capacidad, ahorrando consumos inútiles. Características unidades interiores Sistema de purificación de aire NANOplasma. Función JetCool Función autolimpieza (sólo modelos ART COOL - Clase A) o similar.

El suministro de energía será por circuito independiente según lo indicado en punto respectivo.

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Ìtem 19.- REJAS

Se ejecutarán rejas de seguridad en todas ventanas exteriores nuevas, las cuales estarán constituidas por tramos horizontales de caño estructural 20 x 20 de UNO COMA DOS MILÍMETROS (1.2 mm) dispuestos cada QUINCE CENTÍMETROS (15 cm) entre uno y otro (aproximadamente) por todo la altura de cada una de las carpinterías proyectadas; de modo tal que la posición de la reja no afecte el mantenimiento de las carpinterías propuestas ni la apertura de sus paños móviles. Estas se colocarán amuradas exteriormente, debiendo dejarse planchuelas estratégicamente ubicadas que permitan atornillar o soldar. Se terminarán con DOS (2) manos de antióxido y DOS (2) manos de pintura al esmalte sintético color beige claro. Ìtem 20.- DESAGÜES PLUVIALES

En todo el largo de la cubierta de chapa se realizará canaleta de chapa galvanizada lisa calibre 27; tendrá una sección VEINTE CENTÍMETROS (20 cm) de ancho en su base y una altura mínima promedio semejante, con plegado y soportes que eviten su deformación.

Dicha canaleta descargará en un caño vertical de chapa galvanizada o PVC de CIEN MILIMETROS (100 mm) de sección circular, debidamente fijado a la mampostería.

Ìtem 21.- LIMPIEZA DE OBRA

Durante el desarrollo de los trabajos se deberá mantener limpio el sector afectado por los mismos. Al finalizar la obra, ésta y todo el predio deberá quedar perfectamente limpio y sin escombros ni materiales excedentes, previo a la recepción provisoria de la misma. Se considera incluidos en los precios de la oferta todos los útiles y materiales de limpieza, abrasivos, ácidos, etc. y mano de obra necesarias para cumplir con estas tareas. RENGLON 2: READECUACIÓN Y REPARACIÓN EN PLANTA BAJA Item1 : Reparación de revoques y tabiques:

Se repararan a su estado original los revoques deteriorados en algunos sectores de los muros perimetrales del salón general de planta baja de la delegación; para lo cual el contratista, en su previa visita, verificará con exactitud los metros cuadrados de dicha reparación.

También se procederá a reparar, en planta baja, el tabique de roca de yeso colindante entre los locales 12 y 13, en contacto con el piso, con placas de DIEZ MILIMETROS (10mm) de espesor. Su reparación se realizará hasta UN METRO (1 m) de altura

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Item 2 : Colocación de molduras:

En el salón de planta baja de acceso a la delegación conformado por los Locales 1, 17, 18 y 20, se ejecutará colocación de Molduras decorativas de EPS (Poliestireno expandido) de alta densidad y granulometría fina para decoración de interiores, con forma denominada “pecho de paloma” o similar, e irá pegada al muro y al cielorraso en todo su perímetro, a los fines de tapar todas las grietas existentes entre cielorraso y muros.

Item 3 : Pintura

En salón general de planta baja y tabique entre los locales 12 y 13 se procederá al pintado de los muros, cielorraso y tabiques en roca de yeso, se pintarán con pintura látex, para interiores tipo Loxon o similar de primera calidad y marca reconocida, previa preparación de los mismos, debidamente lijados y nivelados donde hiciere falta con enduido, para la posterior aplicación de DOS (2) manos de pintura. El color o tono a aplicar deberá ser similar al existente.

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CLÁUSULAS PARTICULARES

1º.- OBJETO DEL LLAMADO A LICITACIÓN:

La presente licitación tiene por objeto la contratación de servicios para la ampliación y readecuación del inmueble propio, sede de Delegación General Roca del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), sito en calle Belgrano 632, localidad de General Roca, Provincia de RÍO NEGRO. 2º.- COTIZACION: El Oferente presupuestará además de la provisión de todos los materiales, elementos, equipos y/o accesorios detallados en el presente Pliego, todos aquellos que, sin estar debidamente explicitados, sean necesarios para una correcta y completa terminación y habilitación de los trabajos que se contratan. Todos los materiales a proveer e instalar serán de primera calidad y marca reconocida, nuevos y sin uso, debiendo cumplir con todas las normas de aprobación y reglamentarias vigentes. El Oferente materializará su oferta en la Planilla de Cotización que se adjunta, indicando el Precio Final Total de los trabajos, con todo incluido. NOTA: El Oferente podrá presentar una Oferta Alternativa, la que podrá modificar total o parcialmente el sistema constructivo, materiales y/o equipos a proveer, en pos de conseguir menor costo pero igual o mejor calidad de construcción. Dicha Oferta Alternativa se entregará también en el mismo sobre que se entrega la Planilla de Cotización de la oferta oficial. 3º.- PLAZO DE EJECUCION: El plazo para el cumplimiento del contrato será hasta un máximo de NOVENTA (90) días a contar de la fecha del Acta de Iniciación de los Trabajos, aceptándose ofertas que ofrezcan un menor plazo de ejecución. Asimismo el Organismo se reserva el derecho de considerar ofertas que tengan un plazo mayor de entrega cuando no se hubieran recibidos ofertas ajustadas al plazo fijado precedentemente. 4º.- COMPUTO DE PLAZOS: Los plazos se computarán en días hábiles. 5º.- INSPECCION DEL LUGAR DE TRABAJO: Los Oferentes, antes de cotizar deberán realizar una inspección en la Delegación General Roca del INV ubicada en Calle Belgrano 632 – Ciudad de General Roca – Provincia de RÍO NEGRO, (contactándose previamente al TE.: 0298 - 425395 – 422227 ) a efectos de verificar medidas y detalles, como así también otros datos o circunstancias de trabajo que puedan influir en la determinación del costo a contratar, solicitando a la citada Delegación del INV, el Certificado de Visita correspondiente, el cual, deberá presentar junto con la oferta, en sobre cerrado hasta la hora y día de apertura de la contratación. Quedará a criterio del I.N.V. validar, o no, toda oferta que no sea acompañada con el aludido Certificado.

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6º.- ACLARACIONES Y CONSULTAS: Las aclaraciones y consultas que se estimen necesarias realizar, se podrán efectuar en horario de 07:00 a 13:00 horas en: . Delegación General Roca – Calle Belgrano 632 – Ciudad – General Roca – Provincia de Río Negro, TE.: 0298 - 425395 – 422227– e-mail : [email protected] . Sede Central del I.N.V., San Martín Nº 430 Ciudad, MENDOZA, en horario de 07:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes en las siguientes dependencias: Consultas Técnicas: Departamento Infraestructura, Mantenimiento y Servicios - Sede Central del I.N.V., San Martín Nº 430, Ciudad, MENDOZA, a los teléfonos (0261) 5216694 - 5216695 . e-mal: [email protected] y [email protected] Consultas Administrativas: Departamento Contrataciones de Sede Central del I.N.V., San Martín Nº 430, 2º Piso, Oficina 202, Ciudad, MENDOZA, a los teléfonos (0261)-5216627 – 5216628 - 5216777. e-mail: [email protected] 7º.- ANDAMIAJES Y HERRAMIENTAS: Corre por cuenta del Contratista, el suministro del equipo, andamiaje, herramientas y transporte, necesarios para la ejecución de los trabajos siendo de su exclusiva responsabilidad, los accidentes de trabajo que se produzcan por causa de esa utilización, así como de su rotura, extravío, robo, etc., dentro o fuera del ámbito del INV.

8º.- APROBACION, ANALISIS Y PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO: El tiempo requerido por este Instituto para la aprobación de análisis, muestras, inspecciones y pruebas de funcionamiento o supuestos similares, no se incluirán en el cómputo del plazo contractual. 9º.- INSPECCION Y REPRESENTACION: El Contratista y el personal guardarán y acatarán las indicaciones dadas por el personal autorizado del INV, debiendo respetarse además las disposiciones que este fije en cuanto al horario, feriados y supuestos similares. El Contratista designará un Capataz o Encargado que lo represente, sujeto a la aceptación del INV. Este podrá disponer el retiro y/o reemplazo de operarios o personal de la empresa adjudicataria (cualquiera sea su jerarquía) que a su juicio, sean irrespetuosos o no reúnan las condiciones de idoneidad o incurran en actos perturbadores de cualquier índole. Cada vez que el INV lo crea necesario, cualquiera sea el momento, el representante del Contratista reconocido por este Organismo, deberá hallarse en el lugar de los trabajos y por el tiempo que así lo determine. Todas las instrucciones que ese representante reciba del personal autorizado del INV serán consideradas como impartidas al Contratista. El Adjudicatario queda obligado a presentar al INV, una lista del personal autorizado a trabajar en obra con anterioridad al comienzo de la misma.

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10.- ACCIDENTES DE TRABAJO: Corresponde al Contratista las obligaciones y responsabilidades que con respecto al personal fijan las disposiciones legales sobre Accidentes de Trabajo, daño a terceros, personas o propiedades, estando obligado a asegurar por su cuenta al personal que ocupe durante el trabajo. Asimismo deberá dar estricto cumplimiento a las normas que rigen la Higiene y Seguridades en el trabajo. El Contratista deberá presentar Póliza de Seguro de su personal, ante cualquier requerimiento del INV. El personal del Adjudicatario deberá ser idóneo, estar provisto de indumentaria e identificación adecuada y de los elementos de seguridad establecidos por los organismos que reglamentan la actividad. 11.- LIMPIEZA: Durante la ejecución de los trabajos el Contratista deberá mantener limpio el sitio de trabajo, tratando que éstos no afecten el normal desarrollo de tareas del sector a readecuar. La limpieza final incluirá todo lo que haya quedado afectado como consecuencia de la ejecución de los trabajos a su cargo. 12.- PAGO DE LOS TRABAJOS: Dada la actual situación económico-financiera, de público conocimiento, en la que existen variaciones de costo en materiales nacionales e importados, el INV reconocerá un adelanto, a solicitud del Contratista. Dicho adelanto podrá ser del CUARENTA POR CIENTO (40 %) del monto total de la oferta y/o Renglón/es cotizado/s, y realizarse en un solo pago, contra la presentación de un seguro de caución u otra garantía a solicitud del INV.

El SESENTA POR CIENTO (60%) restante se abonará por certificación mensual porcentual de lo ejecutado ó, a pedido del Contratista, una vez terminados todos los trabajos y previa aprobación y recepción provisoria de los mismos, dentro de los TREINTA (30) días, una vez realizada la Recepción Provisoria de los Trabajos, previa comprobación del buen estado de los mismos y verificación del correcto funcionamiento de las instalaciones y equipos que se hubiera provisto, sumándole a éste plazo, las demoras que en su tramitación, sean imputables al Adjudicatario.

El INV no reconocerá ningún aumento o variación de costos, en materiales y/o mano de obra, de los trabajos que se contratan por el presente Pliego. Los pagos se realizarán, sin excepción, a través del sistema de Cuenta Única del Tesoro, en cumplimiento de lo dispuesto en los incisos b) o c) según corresponda, del Artículo 23 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, motivo por el cual resulta de carácter obligatorio e indispensable para efectuar los pagos emergentes que el Adjudicatario posea el Alta de Beneficiario en el Sistema de Cuenta Única del Tesoro. Dicho cumplimiento condiciona los plazos indicados en el párrafo anterior de la presente cláusula. BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A., BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, BBVA BANCO FRANCÉS S.A., BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES, BANCO PATAGONIA S.A., BANCO SAN JUAN S.A., BANCO SANTANDER RIO S.A., HSBC BANK ARGENTINA S.A., BANCO CREDICOOP

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COOPERATIVO LIMITADO, BANCO MACRO S.A., NUEVO BANCO DEL CHACO S.A. y BANCO SUPERVIELLE S.A. FONDO DE REPARO: Del importe total de cada pago se descontará el cinco por ciento (5%) para constituir el Fondo de Reparo, que se retendrá conjuntamente con la fianza contractual, ambos fondos serán devueltos al Adjudicatario una vez cumplido el plazo de garantía y luego de que se efectúe y apruebe la Recepción Definitiva de los trabajos, previa comprobación del buen estado de los mismos.

13.- GARANTIA DE OFERTA: Los Oferentes deberán presentar juntamente con su propuesta una Garantía de Oferta equivalente al CINCO POR CIENTO (5 %) del monto total cotizado, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 5°, inciso I, apartado a) del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Los documentos que por tal concepto se presenten deberán contar con certificación de firma de sus otorgantes ante autoridad competente. 14.- PLAZO DE GARANTIA: El plazo de garantía de los trabajos realizados como así de los bienes adquiridos, será de UN (1) año, a partir de la fecha de recepción provisoria de los mismos. 15.- EJECUCION DE LOS TRABAJOS DE ACUERDO A SU FIN: Los trabajos se ejecutarán completos y terminados de acuerdo a su fin, y se ajustaran a la exigencia de calidad, reglas de arte, y características establecidas en la documentación licitante, a entera satisfacción del I.N.V., quien se reserva el derecho de rechazar todos o parte de ellos que no se encuentren en condiciones aceptables. La omisión aparente de especificaciones, sus referencias complementarias o descripciones detalladas concernientes a determinados puntos, serán considerados en el sentido de que sólo debe prevalecer la mejor práctica general o especializada establecida, como así también que únicamente se utilizarán materiales y mano de obra de primera calidad. Todas las interpretaciones de éstas especificaciones se harán en base al espíritu que se desprende de lo establecido en el párrafo anterior. 16.- RESCISION: Para el caso de incumplimiento a las previsiones contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones por parte de la Adjudicataria, ello dará lugar a la rescisión del contrato con la aplicación de la penalidades que correspondan. 17.- PREVENCION SOBRE ACCIDENTES, MATERIALES Y HERRAMIENTAS: Correrán por cuenta y cargo del Contratista los seguros correspondientes con cobertura por accidentes a su personal, a personal del INV, a terceros, equipamiento y bienes muebles e inmuebles del Organismo, tomando además todas las medidas de precaución necesarias para prevenir accidentes, robos o deterioros de sus materiales, maquinarias, estructuras, etc.

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u otros bienes propios quedando librados a su cargo los perjuicios que en este sentido pudiera sufrir.

18.- PROVISION DE MANO DE OBRA Y MATERIALES: El Contratista proveerá en tiempo y forma los materiales, equipamiento, elementos y la mano de obra necesaria para la ejecución de los trabajos del presente Pliego, así como todos los elementos del plantel, equipo y materiales de consumo, a fin de evitar interrupciones en la continuidad de los trabajos, estando a su cargo la carga y descarga, traslado y movimientos de los mismos dentro y fuera del edificio; efectuando también cuantas diligencias se requieran para llevar a cabo la ejecución de los trabajos hasta su completa terminación, los que se efectuarán de acuerdo a las presentes especificaciones técnicas. 19.- MEDIDAS Y PROVIDENCIAS: El Contratista recibirá, únicamente del personal autorizado del INV, todas las instrucciones necesarias para llevar a su término las tareas encomendadas; las observaciones comunicadas al mismo serán acatadas de inmediato. 20.- DIAS Y HORAS DE TRABAJO: Todos los días hábiles, con horarios de 08:00 a 20:00 horas. 21.- APROBACIONES TOTALES Y PARCIALES: En cada etapa de ejecución, el Contratista podrá requerir (si lo desea) la aprobación de los trabajos a la inspección, sin que ello exima a aquel de la responsabilidad total por los trabajos a su cargo. 22.- CRITERIO DE EVALUACION DE LAS OFERTAS: El INV se reserva el derecho de adjudicar, a la oferta más conveniente a su exclusivo juicio, de manera integral (todos los Renglones) a un solo Oferente, todo ello tomando en consideración los siguientes elementos que deberán presentar los oferentes conjuntamente con la propuesta. 1. REFERENCIAS CON RESPECTO A SU EXPERIENCIA, IDONEIDAD TECNICA Y

CAPACIDAD FINANCIERA. 1.1 Antecedentes Empresarios:

a) Antecedentes que demuestren la capacidad empresaria para ejecutar los trabajos del tipo que se licitan.

b) Antigüedad de la firma y continuidad en su actividad. 1.2 Antecedentes Técnicos:

Se considerarán aquellas empresas que aporten documentación que demuestre:

a) Listado de trabajos cuyas características principales: destino, volumen y complejidad técnica concuerden con la licitada, ejecutados en los últimos TRES (3) años.

b) Indicar si posee talleres propios.

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1.3. Antecedentes Financieros:

a) Referencias Bancarias y de firmas comerciales. 2. OBLIGACIONES DE LA PRESENTACION DE LAS REFERENCIAS Y ANTECEDENTES: 2.1. En el caso de la no presentación de los elementos solicitados en el apartado 1, podrá quedar, a exclusivo juicio del I.N.V., invalidada la propuesta. 2.2. Se establece que la presentación de documentación no comprobable, que se solicita conforme a las exigencias, tiene por consecuencia la descalificación del Oferente.

23.- GARANTIA DE ADJUDICACION: El/los Adjudicatario/s deberá/n presentar una garantía de cumplimiento de contrato equivalente al DIEZ POR CIENTO (10 %) del monto total de la adjudicación, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5º, inciso I, apartado b) del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Los documentos que por tal concepto se presenten deberán contar con certificación de firma de sus otorgantes ante autoridad competente. A los efectos del procedimiento de devolución de la garantía de adjudicación, se considerará que el contrato se ha cumplido cuando haya finalizado el período de garantía técnica. 24.- INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR PARTE DEL OFERENTE: A fin de dar cumplimiento a lo estipulado en el Artículo 12 del Pliego de Bases y Condiciones Generales: “INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR EL OFERENTE” el Oferente deberá tramitar su preinscripción en el registro de proveedores del Estado Nacional (SIPRO), para ello el proveedor deberá acceder a la página web de la Oficina Nacional de Contrataciones (www.argentinacompra.gov.ar) presionando el link Como ser Proveedor del Estado, adjuntando toda la documentación solicitada para tal efecto junto con su oferta; en caso que el proveedor se encuentre inscripto deberá adjuntar la constancia, Declaración Jurada de Habilidad para Contratar con la Administración Pública Nacional, Declaración Jurada de Juicios con el Estado Nacional y la documentación que desee actualizar. 25.- La sola presentación de la oferta implicará la aceptación, tanto de los condicionamientos estipulados en el Pliego de Bases y Condiciones, como de toda la normativa que rige el llamado a Licitación, la evaluación de todas las circunstancias y la previsión de sus consecuencias, sin que pueda alegar en adelante el Oferente su desconocimiento, por lo que no será necesario la presentación de los pliegos con la oferta. 26.- MANTENIMIENTO DE OFERTA: Las Ofertas tendrán validez por SESENTA (60) días a contar desde la fecha de apertura. Si los Oferentes no manifestaran en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días al vencimiento del plazo, la oferta se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial, y así sucesivamente. 27.- CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR:

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En el momento de presentar la oferta y formando parte de la misma, los interesados deberán suministrar el Certificado Fiscal para Contratar vigente, expedido por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, en los casos que corresponda y con las formalidades legales pertinentes, de conformidad con lo establecido por la Resolución General AFIP N° 135 de fecha 4 de mayo de 1998 y su similar 370 de fecha 3 de febrero de 1999. 28.- Impuesto al Valor Agregado (IVA): La condición del INV para la aplicación de este impuesto es EXENTO, motivo por el cual deberá incluirse el importe correspondiente en los precios que se coticen. 29.- CROQUIS: Forman parte del presente Pliego de Bases y Condiciones los croquis adjuntos en formato PDF.

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Ejemplo de Tabiques vidriados con estructura de aluminio blanco para las oficinas de Planta Alta:

Estará conformada por una base en tabique de roca de yeso o DurlocK, de doble cara por 1.00 m de altura, y módulos (en sentido vertical) hasta cielorraso en vidrio repartido y perfilaría de aluminio blanco, simil a la fotografía siguiente y de conformidad a plano de carpintería adjunto.

Equipo MultiSplit - LG Art Cool Trío - 2250+2250+4500 Frío/Calor

Unidad Exterior Unidades interiores

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CERTIFICADO DE VISITA

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TRABAJOS A CONTRATAR:

AMPLIACIÓN Y ADECUACIÓN INMUEBLE DELEGACIÓN GENERAL ROCA – RÍO NEGRO

GENERAL ROCA,…………………………………………….

En la fecha se certifica que la firma: ………………………………………………………………..

Ha cumplido con el punto 5º del Pliego de Cláusulas Particulares de referencia.

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

ARTICULO 1°: AMBITO DE APLICACION. Las normas contenidas en el presente articulado, constituyen el PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS DEL ESTADO NACIONAL para los contratos de compraventa, suministros, servicios, locaciones, alquileres con opción a compra, permutas y concesiones de uso de los bienes de dominio público y privado del ESTADO NACIONAL, que celebren los organismos del Sector Público Nacional comprendidos en el inciso a) del Artículo 8° de la Ley N° 24.156 y para todos aquellos contratos no excluidos expresamente en el Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012 o sujetos a un régimen especial.

ARTICULO 2°: PLAZOS. Todos los plazos establecidos en el presente Pliego se computarán en días hábiles administrativos, salvo expresa disposición en contrario.

ARTICULO 3°: COMUNICACIONES. Las comunicaciones que se realicen entre el Organismo contratante y los interesados, oferentes o adjudicatarios, podrán llevarse a cabo personalmente, por correo electrónico, por fax, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, dirigida a la dirección de correo electrónico, número de fax o domicilio >> de indicado << por los interesados, oferentes o adjudicatarios en su presentación.

Constituirá plena prueba de la notificación rechazada y de su fecha, el documento que en cada caso la registre: la copia certificada por el funcionario interviniente en la notificación, el reporte emitido por el equipo utilizado o el aviso de retorno.

La indicación del fax o del domicilio de la Administración, efectuada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares a los fines de un procedimiento de selección, determina que únicamente serán válidas las comunicaciones que los interesados, oferentes o adjudicatarios realicen en ellos.

No obstante lo establecido precedentemente, en los casos previstos en el Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, las comunicaciones que se cursen sólo surtirán efecto a partir de la notificación al interesado por medio fehaciente.

ARTICULO 4°: VISTA DE LAS ACTUACIONES. Toda persona que acredite algún interés, podrá en cualquier momento tomar vista de las actuaciones referidas a una contratación, desde la apertura de las ofertas hasta la finalización del contrato, exceptuando la etapa de evaluación de las ofertas.

Los originales de las ofertas serán exhibidos a los oferentes por el término de DOS (2) días, contados a partir de la apertura. Los oferentes podrán solicitar copias a su costa.

Los terceros deberán acreditar su interés por cualquier medio de prueba.

La toma de vista en ningún caso dará derecho al particular a efectuar presentaciones en el expediente por el que tramita la licitación, ni dará lugar a la suspensión de los trámites o a demoras en el procedimiento de la contratación.

ARTICULO 5°: GARANTIAS.

I.- Clases

a) De mantenimiento de oferta: CINCO POR CIENTO (5 %) del valor total de la oferta. En el caso de cotizar con alternativas la garantía se calculará sobre el mayor valor propuesto.

En los casos de licitaciones y concursos de etapa múltiple, la garantía de mantenimiento de oferta será establecida en un monto fijo por el Organismo contratante, en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

En los casos de procedimientos de selección en los que se utilice la modalidad orden de compra abierta el monto de la garantía de mantenimiento de la oferta se calculará aplicando el CINCO POR CIENTO (5%) sobre el importe que surja de la multiplicación entre la cantidad máxima solicitada y el precio unitario cotizado.

b) De cumplimiento del contrato: DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total de la adjudicación.

En los casos de procedimientos de selección en los que se utilice la modalidad orden de compra abierta el monto de la garantía de cumplimiento del contrato se calculará aplicando el DIEZ POR CIENTO (10%) sobre el valor total de cada solicitud de provisión.

c) Contragarantía: Por el equivalente de los montos que reciba el adjudicatario como adelanto, en aquellas contrataciones en que los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares lo previeran.

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II.- Formas de Constitución

Las garantías podrán constituirse en alguna de las siguientes formas o combinaciones de ellas:

a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante, o giro postal o bancario.

b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice el procedimiento de selección o del domicilio de la Jurisdicción o entidad contratante. la jurisdicción o entidad deberá depositar el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.

c) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL con posterioridad al 31 de diciembre de 2001. los mismos deberán ser depositados en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA a la orden de la jurisdicción o entidad contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente. Se formulará cargo por los gastos que ocasione la ejecución de la garantía. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías.

d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción de la jurisdicción o entidad contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2.013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa.

e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor de la jurisdicción o entidad contratante y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación. Se podrán establecer los requisitos de solvencia que deberán reunir las compañías aseguradoras, con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución. La jurisdicción o entidad contratante deberá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la compañía de seguros, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido.

f) Mediante la afectación de créditos líquidos y exigibles que el proponente o adjudicatario tenga en entidades de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL, a cuyo efecto el interesado deberá presentar, en la fecha de la constitución de la garantía, la certificación pertinente y simultáneamente la cesión de los mismos al organismo contratante.

g) Con pagarés a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta, de cumplimiento de contrato o de impugnación, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma de QUINCE (15) MÓDULOS (1 módulo equivale a $ 1.000). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el presente artículo. La elección de la forma de garantía, en principio, queda a opción del oferente o cocontratante. La jurisdicción o entidad contratante, por razones debidamente fundadas, podrá elegir la forma de la garantía en el pliego de bases y condiciones particulares. Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo de validez de aquélla y su eventual prórroga. Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada procedimiento de selección.

III.- Devolución de las garantías.

a) De oficio:

I- Las garantías de mantenimiento de oferta, a los oferentes que no resulten adjudicatarios, dentro de los DIEZ (10) días de presentada la garantía de cumplimiento del contrato, o en su caso, de ejecutado el contrato por el adjudicatario. A éstos, una vez integrada la de cumplimiento del contrato o en su caso de ejecutado el mismo.

II- En el caso de licitación o concurso de etapa múltiple, se devolverá la garantía de mantenimiento de oferta a quienes no resulten precalificados, en oportunidad de la apertura del sobre que contiene la oferta económica.

III- Las garantías de cumplimiento del contrato, una vez cumplido el mismo a satisfacción de la jurisdicción o entidad contratante.

En los casos de procedimientos de selección en los que se utilice la modalidad orden de compra abierta, las garantías de mantenimiento de la oferta serán devueltas: a los oferentes que no resulten adjudicatarios, dentro de los DIEZ (10) días de aprobada la respectiva adjudicación, a los adjudicatarios, una vez integrada la de cumplimiento del contrato o, en su caso, de cumplida la solicitud de provisión respectiva y en forma proporcional a la parte ya cumplida del contrato. Vencido el período de vigencia del contrato se les reintegrará la parte restante de dicha garantía.

b) A solicitud de los interesados y salvo el caso de los pagarés sin afianzar, deberá procederse a la devolución parcial de las garantías de adjudicación en proporción a la parte ya cumplida del contrato, para lo cual se aceptará la sustitución de la garantía para cubrir los valores restantes.

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Si los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, no retirasen las garantías dentro del plazo de CIENTO OCHENTA DíAS (180) días corridos a contar desde la fecha de la notificación, implicará la renuncia tácita a favor del Estado Nacional de lo que constituya la garantía.

ARTICULO 6°.- ACLARACIONES Y MODIFICACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.

Las consultas al pliego de bases y condiciones particulares deberán efectuarse por escrito en el organismo contratante, o en el lugar que se indique en el citado pliego, o en la dirección institucional de correo electrónico del organismo contratante difundida en el pertinente llamado. En oportunidad de realizar una consulta al pliego, los consultantes que no lo hubieran hecho con anterioridad, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término. Deberán ser efectuadas hasta SETENTA Y DOS (72) horas antes de la fecha fijada para la apertura como mínimo, salvo que el pliego de bases y condiciones particulares estableciera un plazo distinto.

El organismo contratante podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al pliego de bases y condiciones particulares, de oficio o como respuesta a consultas. Las circulares aclaratorias, podrán ser emitidas por el titular de la unidad operativa de contrataciones y deberán ser comunicadas, con CUARENTA Y OCHO (48) horas como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las ofertas, a todas las personas que hubiesen retirado, comprado o descargado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello e incluirlas como parte integrante del pliego y difundirlas en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES. Las circulares modificatorias deberán ser emitidas por la misma autoridad que hubiere aprobado el pliego de bases y condiciones particulares o por aquel en quien se hubiese delegado expresamente tal facultad, con excepción de los casos en los cuales la modificación introducida supere el monto máximo para autorizar procedimientos, conforme los niveles de funcionarios competentes, en cuyo supuesto, deberá ser autorizada por la autoridad competente por el monto global. Las circulares modificatorias deberán ser difundidas, publicadas y comunicadas por los mismos medios en que hubiera sido difundido, publicado y comunicado el llamado original con VEINTICUATRO (24) horas como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas. Asimismo deberán ser comunicadas, a todas las personas que hubiesen retirado, comprado o descargado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello, con el mismo plazo mínimo de antelación. También deberán incluirse como parte integrante del pliego y difundirse en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES. Entre la publicidad de la circular modificatoria y la fecha de apertura, deberán cumplirse los mismos plazos de antelación estipulados en la normativa vigente que deben mediar entre la convocatoria original y la fecha de apertura de acuerdo al procedimiento de selección de que se trate. Las circulares por las que se suspenda o se prorrogue la fecha de apertura o la de presentación de las ofertas podrán ser emitidas por el titular de la unidad operativa de contrataciones y deberán ser difundidas, publicadas y comunicadas por los mismos medios en que hubiera sido difundido, publicado y comunicado el llamado original con VEINTICUATRO (24) horas como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas. Asimismo deberán ser comunicadas, a todas las personas que hubiesen retirado, comprado odescargado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello, con el mismo plazo mínimo de antelación. También deberán incluirse como parte integrante del pliego y difundirse en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

ARTICULO 7°.- REQUISITOS FORMALES PARA LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS.

Las ofertas serán redactadas en idioma nacional y se presentarán tantas copias como lo indique el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Estarán contenidas en sobres, cajas o paquetes que deberán encontrarse perfectamente cerrados, identificados con los datos del procedimiento de selección al que correspondan, fecha y hora de apertura y nombre del oferente.

Las ofertas sólo serán admitidas hasta el día y la hora fijados en el llamado para realizar el acto de apertura de las mismas. El original constituirá el Fiel de la oferta y deberá estar firmado en cada una de sus hojas por el oferente o representante legal, quien deberá salvar las enmiendas o raspaduras, si las hubiere.

Los oferentes deberán constituir domicilio en la ciudad asiento del Organismo licitante o en el ejido establecido al efecto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Cada propuesta indefectiblemente deberá estar acompañada por las constancias relativas al retiro del Pliego de Bases y Condiciones Particulares extendido por el Organismo contratante y la de constitución de la garantía de mantenimiento de oferta. Asimismo se deberá agregar el recibo que acredite el pago del Pliego, en los casos que corresponda.

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NOTA: Cuando se tratare de procedimientos de selección que se realicen asociados con la modalidad Compra Informatizada, el trámite de las actuaciones y de las ofertas se realizará de acuerdo a lo establecido en los Capítulos I y II del Título X del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional.

ARTICULO 8°.- OMISION DE REQUISITOS FORMALES.

Cuando la oferta tuviera defectos de forma, el oferente será intimado por la Comisión Evaluadora, a subsanarlos dentro del término de CINCO (5) días. Si no lo hiciere, la oferta será desestimada, sin más trámite.

ARTICULO 9°.- EFECTOS DE LA PRESENTACION DE LA OFERTA.

La presentación de la oferta, importa de parte del oferente el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el llamado a contratación, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante el oferente su desconocimiento, por lo que no será necesario la presentación de los pliegos con la oferta.

ARTICULO 10.- CONTENIDO DE LA OFERTA.

La oferta especificará:

a) El precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el precio total del renglón, en números, y el total general de la oferta, expresado en letras y números, determinados en la moneda de cotización fijada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

b) La cotización por cantidades netas y libres de envase y de gastos de embalaje, salvo que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares previera lo contrario. El proponente podrá formular oferta por todos los renglones o por algunos de ellos. Podrá también hacerlo por parte del renglón, pero sólo cuando así lo admita el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Los oferentes, como alternativa, después de haber cotizado por renglón, podrán ofertar por el total de los efectos ya propuestos o grupos de renglones, sobre la base de su adjudicación íntegra.

c) El origen del producto cotizado. Si no se indicara lo contrario, se entiende que es de producción nacional.

ARTICULO 11.- DE LAS MUESTRAS.

Cuando en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se establezca la obligación de acompañar muestras, éstas podrán ser presentadas, como máximo, hasta el momento de iniciación del acto de apertura, salvo que dicho pliego estableciera un plazo distinto, en el lugar prefijado.

Asimismo el oferente podrá presentar muestras que contribuyan a ilustrar su oferta, pero en ningún caso podrá reemplazar con ellas las especificaciones técnicas fijadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Las muestras deberán indicar en forma visible los datos del procedimiento de selección al que correspondan, fecha y hora de apertura de las ofertas y la identificación del oferente. Como constancia de su recepción, se extenderá un recibo en original y copia. El recibo original será agregado al expediente en trámite, entregándose al oferente la copia.

Las muestras correspondientes a los artículos adjudicados, quedarán en poder del Organismo contratante para ser cotejadas con los que entregue oportunamente el adjudicatario. Cumplido el contrato, quedarán a disposición del adjudicatario por el plazo de UN (1) mes a contar desde la última conformidad de recepción. De no procederse a su retiro, vencido el plazo estipulado precedentemente, las muestras pasarán a ser propiedad del ESTADO NACIONAL, sin cargo. En esos casos el Organismo contratante queda facultado para resolver sobre el uso, venta o destrucción de las mismas, en este último caso cuando no tuvieren aplicación alguna.

Las muestras presentadas por aquellos oferentes que no hubiesen resultado adjudicatarios quedarán a su disposición para el retiro hasta UN (1) mes después de la comunicación efectuada por el organismo contratante de que las mismas están a disposición del oferente. En el caso en que no pasaran a retirarlas en el plazo fijado se utilizará el procedimiento citado en el párrafo anterior.

Cuando las muestras sean "sin cargo", el oferente lo hará constar en la documentación respectiva.

ARTICULO 12.- INFORMACION A SUMINISTRAR POR EL OFERENTE.

En el momento de presentar la oferta y formando parte de la misma, los interesados deberán suministrar lo detallado a continuación, con el fin de determinar su identificación y su habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional, de acuerdo a las siguientes pautas:

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a) Información: El oferente deberá suministrar por escrito, la información que se indica a continuación, junto con la totalidad de la documentación respaldatoria correspondiente,

I. Personas físicas y apoderados:

1.- Nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, profesión, domicilio real y constituido, estado civil y número de documento de identidad.

2.- Número de Código Unico de Identificación Tributaria. (C.U.I.T.)

3.- Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos TRES (3) años.

II. Personas Jurídicas:

1.- Razón social, domicilio legal y constituido, lugar y fecha de constitución y datos de inscripción registral.

2.- Número de Código Unico de Identificación Tributaría. (C.U.I.T.).

3.- Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de fiscalización y administración.

4.- Fecha, objeto y duración del contrato social.

5.- Fecha de comienzo y finalización de los mandatos de los órganos de administración y fiscalización.

6.- Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos TRES (3) años.

III. Personas jurídicas en formación:

1.- Fecha y objeto del contrato constitutivo.

2.- Número de expediente y fecha de la constancia de iniciación del trámite de inscripción en el registro correspondiente.

3.- Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos TRES (3) años.

IV. Agrupación de Colaboración y Uniones Transitorias de Empresas:

1.- Identificación de las personas físicas o jurídicas que las integran.

2.- Identificación de las personas físicas que integran cada empresa.

3.- Fecha del compromiso de constitución y su objeto.

4.- Fecha y número de inscripción registral o de la constancia de iniciación del trámite respectivo.

5.- Declaración de solidaridad de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes de la presentación de la oferta, de la adjudicación y de la ejecución del contrato.

6.- Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos TRES (3) años.

b) Habilidad: En todos los casos los oferentes deberán acompañar una declaración jurada donde conste que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con el Estado, de conformidad con lo establecido en el Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional.

c) Judicial: Deberán denunciar con carácter de declaración jurada, si mantienen o no juicios con el ESTADO NACIONAL o sus entidades descentralizadas, individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado, secretaría y entidad demandada.

Dicha información podrá ser verificada en la DIRECCION NACIONAL DE AUDITORIA (Ver Direcciones Utiles. -http://sg.mecon.gov.ar/onc), dependiente de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION.

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La información se acompañará en un medio de almacenamiento magnético estándar, en el formato que establezca la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA, a los fines de su incorporación a la base de datos del Sistema de Información de Proveedores (SIPRO).

d) Contable: Deberán acompañar copia de los Balances Generales de cierre de ejercicio, firmadas por Contador Público Nacional y certificadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, correspondientes a los DOS (2) ejercicios anteriores a la fecha de presentación de la oferta, con excepción de aquellos casos en que se acredite la imposibilidad de presentar dicha documentación de acuerdo a la fecha de inicio de sus actividades que consten en el Estatuto Social o Contrato; en éstos casos, sólo deberán presentar los antecedentes que registren.

e) Impositiva:

I) Certificado Fiscal para Contratar vigente, expedido por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, en los casos que corresponda y con las formalidades legales pertinentes, de conformidad con lo establecido por la Resolución General A.F.I.P. N° 135/ 98 y su similar 370/99.

II) Acreditación de libre deuda previsional, expedido por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, en los casos que corresponda y con las formalidades legales pertinentes, de conformidad con lo establecido por la Ley N° 17.250, en su artículo 4°.

IMPORTANTE Cuando la documentación respaldatoria presentada por los oferentes tuviera defectos formales, el interesado será intimado por la Comisión Evaluadora a subsanarlos dentro del término de CINCO (5) días contados a partir de la fecha de recibida la notificación; si no lo hiciera, la Comisión desestimará la oferta con pérdida de la garantía correspondiente. Cuando el proveedor sea otro organismo de los comprendidos en el Artículo 1° del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012 o perteneciere a la ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL o MUNICIPAL o al GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, sólo deberá proporcionar al organismo contratante por escrito y en un medio de almacenamiento magnético, en el momento de presentar la oferta y formando parte de la misma, la siguiente información: denominación, rubro en el que haya efectuado provisiones o prestado servicios y domicilio.

ARTICULO 13.- PRESENTACION UNICA.

Las obligaciones contempladas en el artículo anterior, se cumplirán por única vez en oportunidad de la primera presentación de ofertas que efectúen los interesados, en algunos de los Organismos comprendidos en el ámbito de aplicación del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional. En sucesivas presentaciones, ante el mismo u otro Organismo, sólo deberán declarar bajo juramento que se hallan incorporados al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO). En su caso, deberán proporcionar la actualización de los datos que hubieren variado desde su última presentación, de la misma forma prevista para la presentación original y en el Organismo ante el cual vayan a participar en un procedimiento de selección.

ARTICULO 14.- GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.

Los oferentes deberán presentar junto con su oferta una garantía de mantenimiento de aquélla, por el término estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en base al monto y a las formas que se han establecido en el presente Pliego. Si no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días al vencimiento del plazo, aquélla se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial, salvo que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares disponga otro distinto, y así sucesivamente.

ARTICULO 15.- APERTURA DE LAS OFERTAS.

En el lugar, día y hora determinados para celebrar el acto de apertura, se procederá a realizarlo en presencia de los funcionarios de la dependencia designados a tal efecto y de todos aquellos interesados que desearen asistir, quienes podrán verificar la existencia, número, y procedencia de los sobres, cajas o paquetes dispuestos para ser abiertos.

A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no podrán admitirse otras, aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado.

Si el día señalado para la apertura deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente a la misma hora.

Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que sean observadas se agregarán al expediente para su análisis por la autoridad competente. Se labrará un acta, que será firmada por los funcionarios intervinientes y los oferentes presentes que desearen hacerlo.

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IMPORTANTE: En todos los procedimientos de selección del cocontratante en que la invitación a participar se realice a un número determinado de personas físicas o jurídicas, las jurisdicciones o entidades que realicen el llamado deberán considerar y evaluar las ofertas presentadas por quienes no fueron convocados.

ARTICULO 16.- CAUSALES DE INADMISIBILIDAD Y DESESTIMACION DE OFERTAS.

Será desestimada la oferta, sin posibilidad de subsanación, en los siguientes supuestos:

a) Si no estuviera redactada en idioma nacional.

b) Si la oferta original no tuviera la firma del oferente o su representante legal en ninguna de las hojas que la integran.

c) Si tuviere tachaduras, raspaduras, enmiendas o interlíneas sin salvar en las hojas que contengan la propuesta económica, la descripción del bien o servicio ofrecido, plazo de entrega, o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato.

d) Si no se acompañare la garantía de mantenimiento de oferta o no se lo hiciera en la forma debida o la misma fuera insuficiente en más de un DIEZ POR CIENTO (10%) del monto correcto.

e) Si estuviera escrita con lápiz o con un medio que permita el borrado y reescritura sin dejar rastros.

f) Si fuere formulada por personas que tuvieran una sanción vigente de suspensión o inhabilitación para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL al momento de la apertura de las ofertas o en la etapa de evaluacIÓn de aquéllas o en la adjudicación.

g) Si fuera formulada por personas que no estuvieran incorporadas en el Sistema de Información de Proveedores a la fecha de comienzo del período de evaluación de las ofertas, o a la fecha de adjudicación en los casos que no se emita el dictamen de evaluación o en los procedimientos en que no sea obligatorio presentar junto con la oferta la información y documentación para ser incorporado en el aludido sistema.

h) Si fuere formulada por personas físicas o jurídicas no habilitadas para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL de acuerdo a lo prescripto por el artículo 28 del Decreto Delegado N° 1.023/01 Y sus modificaciones, al momento de la apertura de las ofertas o en la etapa de evaluación de aquéllas o en la adjudicación.

i) Si contuviera condicionamientos.

j) Si contuviera cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación o que impidieran la exacta comparación con las demás ofertas.

k) Cuando contuviera errores u omisiones esenciales.

1) Si el precio cotizado mereciera la calificación de vilo no serio.

m) Si el oferente fuera inelegible de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto Nº 893/12.

n) Si transgrede la prohibición prescripta por el artículo 67 del presente.

o) Si las muestras no fueran acompañadas en el plazo fijado en el pliego.

En los pliegos de bases y condiciones particulares no se podrán prever otras causales de desestimación de ofertas.

Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos en el sentido de brindar a la jurisdicción o entidad contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad. La subsanación de deficiencias se posibilitará en toda cuestión relacionada con la constatación de datos o información de tipo histórico obrante en bases de datos de organismos públicos, o que no afecten el principio de igualdad de tratamiento para interesados y oferentes y de que las ofertas deben ajustarse sustancialmente a los documentos de la contratación. En estos casos la comisión evaluadora o la unidad operativa de contrataciones deberá intimar al oferente a que subsane los errores u omisiones dentro del término de CINCO (5) días, como mínimo, salvo que en el pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo mayor. La corrección de errores u omisiones no podrá ser utilizada por el oferente para alterar la sustancia de la oferta o para mejorarla o para tomar ventaja respecto de los demás oferentes. Será posible requerir la subsanación de defectos en la oferta, de conformidad con las pautas establecidas y especialmente, en los siguientes supuestos:

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a) Si la oferta original estuviera en parte firmada y en parte no. En estos casos la jurisdicción o entidad contratante intimará a la subsanación del defecto. Si no fuere subsanado en el plazo establecido, se desestimará la oferta.

b) Si la garantía de mantenimiento de oferta acompañada fuera insuficiente, siempre que el error en el importe de la garantía no supere un DIEZ POR CIENTO (10%) del monto correcto. En este caso la jurisdicción o entidad contratante intimará a la subsanación del defecto. Si no fuere subsanado en el plazo establecido, se desestimará la oferta.

c) Si no se acompañare la documentación que de conformidad con este reglamento, con las normas que se dicten en su consecuencia y con el pliego de bases y condiciones particulares aplicable, se debe suministrar en el momento de presentar la oferta. En los casos en que dicha documentación no se acompañara junto con la oferta, la jurisdicción o entidad contratante intimará a la subsanación del defecto. Si no fuere subsanado en el plazo establecido, o bien si presentada la documentación en ese plazo se comprobara que los requisitos exigidos no estaban vigentes al

momento de la apertura de las ofertas, se desestimará la oferta.

ARTICULO 17.- COMISION EVALUADORA.

La Comisión Evaluadora emitirá un dictamen de carácter no vinculante, que proporcionará a la autoridad competente para adjudicar los fundamentos para el dictado del acto administrativo, con el cual concluya el procedimiento.

ARTICULO 18.- EVALUACION DE LAS OFERTAS

Serán contenidos mínimos de dicho dictamen:

a) El examen de los aspectos formales y la evaluación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley, por el Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, por el presente Pliego y por los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares.

b) El resultado de la consulta al Sistema de Información de Proveedores, para determinar si un oferente es hábil para contratar con el ESTADO NACIONAL.

Cuando alguno de los oferentes no sea hábil para contratar con el ESTADO NACIONAL, deberán hacerse explícitos los motivos de su exclusión, calificándose a la oferta que aquél hubiere formulado como inadmisible.

c) Se deberán tomar en consideración, en forma objetiva, todos los requisitos exigidos para la admisibilidad de las ofertas. Si existieren ofertas inadmisibles explicitará los motivos, fundándolos en las disposiciones pertinentes. Si hubiera ofertas manifiestamente inconvenientes, deberá explicitar los fundamentos para excluirlas del orden de mérito.

Respecto de las ofertas que resulten admisibles y convenientes, deberá considerar los factores previstos por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la comparación de las ofertas y la incidencia de cada uno de ellos.

ARTICULO 19.- DESEMPATE DE OFERTAS.

En caso de igualdad de precios y calidad se aplicarán en primer término las normas sobre preferencias que establezca la normativa vigente.

De mantenerse la igualdad, y cuando el renglón o renglones a desempatar no excedan de CINCO (5) MÓDULOS, se procederá a adjudicar aquéllos al oferente a quien le correspondiera la adjudicación de la mayor cantidad de los restantes renglones. En los restantes casos, se invitará a los respectivos oferentes, para que en una puja verbal formulen la mejora de precios. Para ello se deberá fijar día, hora y lugar de la puja verbal y comunicarse a los oferentes llamados a desempatar y se labrará el acta correspondiente. Si un oferente no se presentara, se considerará que mantiene su propuesta original. De subsistir el empate, se procederá al sorteo público de las ofertas empatadas. Para ello se deberá fijar día, hora y lugar del sorteo público y comunicarse a los oferentes llamados a desempatar. El sorteo se realizará en presencia de los interesados, si asistieran, y se labrará el acta correspondiente..

ARTICULO 20.- IMPUGNACIONES Y RECURSOS.

Los oferentes podrán impugnar el dictamen de evaluación dentro de los CINCO (5) días de su comunicación, quienes no revistan tal calidad podrán impugnarlo dentro de los CINCO (5) días de su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, en ambos casos, previa integración de la garantía en caso de corresponder.

IMPORTANTE Se considerará como cumplida la notificación referida precedentemente, con la utilización de cualquiera de los medios citados en el primer párrafo del Artículo 3° del presente Pliego y con la publicación en el Boletín Oficial por el término de UN (1) día, conforme a lo establecido en el Decreto N° 659/47.

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Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.

Por otra parte, los recursos que se deduzcan contra el acto de adjudicación se regirán por lo dispuesto la Ley N° 19.549 modificada por la Ley N° 21.686, y el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1759/72 t.o. 1991 y sus modificatorias.

ARTICULO 21.- ADJUDICACION.

La adjudicación deberá recaer en la oferta más conveniente para el Organismo contratante, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la misma, debiéndose emitir dentro del plazo de mantenimiento de oferta la respectiva orden de compra, perfeccionándose el contrato al producirse la notificación de aquélla, al adjudicatario. Cuando se trate de la compra de un bien o de la contratación de un servicio estandarizado o uno de uso común cuyas características técnicas puedan ser inequívocamente especificadas e identificadas, se entenderá, en principio, por oferta más conveniente aquélla de menor precio.

La adjudicación será aprobada por la autoridad competente, debiéndose notificar dicho acto administrativo al adjudicatario y al resto de los oferentes dentro de los TRES (3) días de dictado.

ARTICULO 22.- ORDEN DE COMPRA.

La orden de compra deberá ajustarse en su forma y contenido al modelo uniforme determinado por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA, y contendrá las estipulaciones básicas de la contratación.

La orden de compra será notificada fehacientemente al adjudicatario dentro de los DIEZ (10) días del dictado del acto administrativo que la haya autorizado.

Si el adjudicatario rechazara la orden de compra dentro de los TRES (3) días de recibida la notificación o no constituyera la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo fijado para ello, el Organismo podrá adjudicar la licitación al oferente que siga en el orden de mérito y así sucesivamente, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades respectivas.

NOTA: Cuando se tratare de procedimientos de selección que se realicen asociados con la modalidad de Orden de Compra Abierta, deberá especialmente tenerse en consideración, por ser condiciones de cumplimiento obligatorio para la emisión de la Orden de Compra Abierta, que:

a) El proveedor que resulte adjudicatario, tendrá la exclusividad durante el período de vigencia del contrato, para la provisión de los elementos del rubro comercial de que se trate.

b) La no emisión de solicitudes de provisión durante el lapso de vigencia del contrato, o la emisión de dichas solicitudes por una cantidad inferior a la establecida como máxima en la orden de compra, no generará ninguna responsabilidad para el Estado Nacional y no dará lugar a ningún reclamo ni indemnización alguna a favor de los adjudicatarios.

Estas cláusulas deberán consignarse obligatoriamente en todas las órdenes de compra abierta que se emitan, al igual que la conformidad del proveedor en la misma.

ARTICULO 23.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.

El adjudicatario deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

a) Garantía de cumplimiento del contrato. El adjudicatario deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato en base al monto y a las formas establecidas en el presente Pliego, dentro del término de CINCO (5) días de recibida la orden de compra. Vencido dicho plazo, en caso de incumplimiento, se rescindirá el contrato con pérdida de la garantía de oferta.

El adjudicatario podrá eximirse de presentar la garantía de cumplimiento del contrato, satisfaciendo la prestación dentro del plazo fijado en el párrafo anterior, salvo el caso de rechazo de bienes.

En tales supuestos, el plazo para la integración de la garantía se contará a partir de la comunicación fehaciente del rechazo. Los bienes rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados, sin que previamente se integre la garantía que corresponda. La garantía será devuelta una vez cumplido el contrato.

b) Información de cuenta bancaria. A los efectos de percibir el pago por los bienes entregados o servicios prestados deberán informar su número de cuenta bancaria en moneda nacional, corriente o de ahorro, la que deberá hallarse abierta en alguno de los bancos adheridos al sistema, autorizados a operar como agentes pagadores, que se indican a continuación:

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BANCO DE LA NACION ARGENTINA

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BANCO GENERAL DE NEGOCIOS

BANCO DE GALICIA

BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

BANCA NAZIONALE DEL LAVORO S.A.

BANCO CREDICOOP

BANCO DEL SUQUIA S.A.

Dado que los pagos que realiza el Tesoro se efectúan mediante acreditación en la cuenta bancaria informada por el proveedor, el cumplimiento de este requisito es necesario para percibir los pagos a los que resulte acreedor.

c) Alta de beneficiario. Dentro del plazo que a tal fin se le fije, deberán acompañar fotocopia de la presentación del formulario de ALTA DE BENEFICIARIO (anexo I) y de AUTORIZACION DE PAGO (anexo II), con la constancia de recepción respectiva o indicación del CODIGO DEL BENEFICIARIO, otorgado de conformidad con la Disposición N° 21 de la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION y su similar N° 10 de la TESORERIA GENERAL DE LA NACION. Quienes no posean número de beneficiario, deberán concurrir a obtenerlo al domicilio que se indica en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

d) Cumplimiento de la prestación. El adjudicatario deberá dar cumplimiento en tiempo y forma a su obligación de entregar los bienes o prestar los servicios, en un todo de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

ARTICULO 24.- ORDEN DE PRELACION

Todos los documentos que rijan el llamado, así como los que integren el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:

a) Decreto Delegado N° 1.023/01 Y sus modificaciones.

b) las disposiciones del presente reglamento.

c) las normas que se dicten en consecuencia del presente reglamento.

d) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aplicable.

e) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

f) la oferta.

g) las muestras que se hubieran acompañado.

h) la adjudicación.

i) la orden de compra, de venta o el contrato, en su caso.

ARTICULO 25.- MORA EN EL CUMPLIMIENTO.

La extensión del plazo de cumplimiento de la prestación sólo será admisible cuando existieran causas debidamente justificadas y las necesidades de la jurisdicción o entidad contratante admitan la satisfacción de la prestación fuera de término. La solicitud deberá hacerse antes del vencimiento del plazo de cumplimiento de la prestación, exponiendo los motivos de la demora y de resultar admisible deberá ser aceptada por la Comisión de Recepción. No obstante la aceptación corresponderá la aplicación de la multa por mora en la entrega, de acuerdo a lo previsto en el Decreto 893/12. En aquellos casos en que sin realizar el procedimiento establecido en el presente artículo el cocontratante realice la prestación fuera de plazo y el organismo contratante la acepte por aplicación del principio de continuidad del contrato, también corresponderá la aplicación de la multa por mora en el cumplimiento, a los fines de preservar el principio de igualdad de tratamiento entre los interesados.

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ARTICULO 26.- PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

Vencido el plazo de cumplimiento del contrato, de su prórroga o, en su caso, del contrato rehabilitado, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad, la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL deberá declarar rescindido el contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio de ser responsable el proveedor por los daños y perjuicios que sufriere la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL con motivo de la celebración de un nuevo contrato con el mismo objeto. La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato podrán ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél.

ARTICULO 27.- PRORROGA, AUMENTO O DISMINUCION DE LA PRESTACION.

El derecho de la jurisdicción o entidad contratante respecto de la prórroga, aumento o disminución de los contratos, en los términos del artículo 12 del Decreto Delegado N° 1.023/01 y sus modificaciones, se sujetará a las siguientes pautas:

a) Aumentos y Disminuciones:

1. El aumento o la disminución del monto total del contrato será una facultad unilateral del organismo contratante, hasta el límite del VEINTE POR CIENTO (20%). En los casos en que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrán exceder el VEINTE POR CIENTO (20%), y se deberá requerir la conformidad del cocontratante, si esta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) del monto total del contrato, aun con consentimiento del cocontratante.

2. Las modificaciones autorizadas en el inciso b) del artículo 12 del Decreto Delegado N° 1.023/01 Y sus modificaciones, deberán realizarse sin variar las condiciones y los precios unitarios adjudicados.

3. Los aumentos o las disminuciones podrán incidir sobre, uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra o contrato. En ningún caso el aumento o la disminución podrá exceder los porcentajes antes citados del importe de los renglones sobre los cuales recaiga el aumento o la disminución.

4. El aumento o la disminución de la prestación podrá tener lugar en oportunidad de dictarse el acto de adjudicación o durante la ejecución del contrato o, como máximo, hasta TRES (3) meses después de cumplido el contrato original.

5. Cuando por la naturaleza de la prestación exista imposibilidad de fraccionar las unidades para entregar la cantidad exacta contratada, las entregas podrán ser aceptadas en más o en menos, según lo permita el mínimo fraccionable. Estas diferencias serán aumentadas o disminuidas del monto de la facturación correspondiente, sin otro requisito.

b) Prórrogas:

1. Los pliegos de bases y condiciones particulares podrán prever la opción de prórroga a favor de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL, cuando se trate de contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios. Los contratos de bienes en los que el cumplimiento de la prestación se agotara en una única entrega, no podrán prorrogarse.

2. La limitación a ejercer la facultad de prorrogar el contrato a que hace referencia el artículo 12 del Decreto Delegado N° 1.023/01 Y sus modificaciones será aplicable en los casos en que el uso de la prerrogativa de aumentar el contrato hubiese superado el límite del VEINTE POR CIENTO (20%) establecido en el citado artículo.

3. En los casos en que se hubiese previsto la opción de prórroga, los contratos se podrán prorrogar por única vez y por un plazo igualo menor al del contrato inicial. Cuando el contrato original fuere plurianual, podrá prorrogarse como máximo hasta UN (1) año adicional.

4. La prórroga deberá realizarse en las condiciones pactadas originariamente. Si los precios de mercado hubieren variado, la jurisdicción o entidad contratante realizará una propuesta al proveedor a los fines de adecuar los precios estipulados en el contrato original. En caso de no llegar a un acuerdo, no podrá hacer uso de la opción de prórroga y no corresponderá la aplicación de penalidades.

5. A los efectos del ejercicio de la facultad de prorrogar el contrato, la jurisdicción o entidad contratante deberá emitir la orden de compra antes del vencimiento de la vigencia del contrato originario.

ARTICULO 28.- RECEPCION PROVISIONAL Y DEFINITIVA.

La recepción de las mercaderías tendrá carácter provisional y los recibos o remitos que se firmen quedarán sujetos a la recepción definitiva.

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Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca

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“2013 - Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813”

A los efectos de la conformidad definitiva, se procederá a cotejar la prestación con lo solicitado, en la forma prevista en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Los proveedores deberán entregar las cantidades o cumplir los servicios faltantes, si los funcionarios con competencia para otorgar la recepción definitiva así lo requieran. La conformidad definitiva con la recepción se otorgará dentro del plazo fijado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo el adjudicatario podrá intimar la recepción. Si la dependencia licitante no se expidiera dentro de los DIEZ (10) días siguientes de recibida la intimación, los bienes o servicios se tendrán por recibidos de conformidad.

Los funcionarios con competencia para otorgar la recepción definitiva deberán remitir la certificación correspondiente, tanto a la oficina ante la cual tramitaren los pagos como al adjudicatario.

ARTICULO 29.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.

Las penalidades establecidas en este reglamento no serán aplicadas cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o de fuerza mayor, debidamente documentado por el interesado y aceptado por la jurisdicción o entidad contratante o de actos o incumplimientos de autoridades públicas nacionales o de la contraparte pública, de tal gravedad que coloquen al cocontratante en una situación de razonable imposibilidad de cumplimiento de sus obligaciones. La existencia de caso fortuito o de fuerza mayor, deberá ser puesta en conocimiento de la jurisdicción o entidad contratante dentro de los DIEZ (10) días de producido o desde que cesaren sus efectos. Transcurrido dicho plazo no podrá invocarse el caso fortuito o la fuerza mayor.

ARTICULO 30.- RESCISION.

El Organismo contratante tendrá la facultad de proceder a la rescisión unilateral del contrato por culpa del adjudicatario, sin que a éste le corresponda indemnización alguna, en los siguientes casos:

a) Quiebra o concurso preventivo de la empresa. En este último caso, cuando la situación jurídica de la misma impida el cumplimiento de las prestaciones.

b) Cuando el adjudicatario sea culpable de fraude o negligencia, o incumpla las obligaciones y condiciones estipuladas en el contrato.

c) Cuando en la oferta se hubiera incurrido en inexactitudes que determinaron la adjudicación.

d) Cuando exista transferencia de todo o parte del contrato, sin que la misma haya sido autorizada previamente por el Organismo contratante.

La rescisión operada, conforme con lo establecido en el presente artículo, acarreará la pérdida de la garantía de cumplimiento de contrato.

ARTICULO 31.- AFECTACION DE PENALIDADES.

las penalidades que se apliquen se afectarán conforme el siguiente orden y modalidad:

a) Cuando se penalice con la pérdida de una garantía o la aplicación de una multa, el oferente, adjudicatario o cocontratante quedará obligado a depositar el importe pertinente en la cuenta del organismo contratante dentro de los DIEZ (10) días de notificados de la aplicación de la penalidad, salvo que se disponga un plazo mayor.

b) Cuando el oferente, adjudicatario o cocontratante intimado conforme el inciso anterior no efectúe el correspondiente pago, se afectarán las facturas al cobro emergente del contrato o de otros contratos del organismo contratante.

c) En caso de no existir facturas al cobro, se afectará a la correspondiente garantía. Si fracasada la gestión administrativa fuera necesario promover acción judicial para obtener el cobro de lo debido, la autoridad con jerarquía no inferior a Subsecretario o funcionario de nivel equivalente, podrá decidir no iniciar dicha acción si lo estima inconveniente por resultar antieconómico. El recupero de las sumas inferiores al importe que represente CINCO MÓDULOS (5 M), puede considerarse como pauta de antieconomicidad .

ARTICULO 32.- PAGO DE FACTURAS.

a) Plazo de Pago

El plazo para el pago de las facturas será de TREINTA (30) días corridos, salvo que en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se establezca excepcionalmente uno distinto.

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Si se previese el pago contra entrega, se entenderá que el pago debe efectuarse después de operada la conformidad definitiva de la recepción.

La presentación de las facturas en la forma y en el lugar indicados por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares determinará el comienzo del plazo fijado para el pago. Si se hiciere alguna observación a la documentación presentada, el trámite de pago se interrumpirá hasta la subsanación del vicio.