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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA

Facultad de Ciencias

Económicas Contables y

Administrativas

ESCUELA ACADÉMICO

PROFESIONAL

DE ECONOMíA

TRABAJO:

“LEY LABORAL MYPES”

CURSO : Métodos y

técnicas de estudio

DOCENTE : Álex

Hernández torres

ALUMNO : Reina De La

Cruz Bacilio

CICLO : I

Cajamarca agosto del 2012

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Epigrafía

Donde los recursos humanos Valen más que el capital...

...como siempre

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Dedicatoria

A Dios A mis padres y a mis hermanos Por brindarme su apoyo incondicional Por sus consejos que me ayudaron a nunca Rendirme y para ahora estar realizando este trabajo Gracias por encaminarme por el Sendero de la humildad.

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Agradecimiento

A Dios por brindarme todas las fuerzas

Necesarias para poder realizar mi trabajo

A mis padres por apoyarme siempre

Gracias por encaminarme por el sendero de la humildad

A usted profesor por habernos enseñados nuevas técnicas

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INDICE

RESUMEN

INTRODUCCION

CAPITULO I:

¿Qué es la empresa? 9

1. EMPRESA

A. Definición 10

B. características 11

C. Clasificación 11

2. BREVE HISTORIA DE LAS MYPES

3. DEFINICIÓN DE LA MICRO PEQUEÑA EMPRESA 14

A. Aspectos característicos de la micro y pequeña empresa

B. Panorama e importancia de la micro y pequeña empresa

CAPITULO II:

¿Cómo funciona u opera? 16

1. TIPOS DE FORMAS SOCIETARIAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA MYPE 17

A. Empresa Individual

B. Sociedad Comercial de responsabilidad limitada

C. Sociedad Anónima 2. PARA LA CONSTITUCIÓN E INSCRIPCIÓN

DE UNA PERSONA JURÍDICA 20

3. LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA EN EL PERÚ 21

A. Estimación del número de micro y pequeñas empresas

B. Formalidad e informalidad de la micro y pequeña empresa

4.INDICADORES DE ACCESO AL MERCADO 34

A. Compras Estatales

B. Acceso al mercado externo

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CAPÍTULO III

¿De qué entidades depende? 34

1. ORGANISMOS QUE SE VINCULAN CON LAS MYPES 35

A. Para la formalización de la empresa 35

B. La mesa de coordinación Mypes- Perú 36

C. Para la promoción de las Mypes que no están

dentro de la mesa de coordinación Mypes 38

D. Organismos internacionales 39

CAPÍTULO IV

Nueva ley Mypes 45

1. ANTECEDENTES DE LA LEY DE MICRO

Y PEQUEÑA EMPRESA 46

2. RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL 47

A. Qué es el régimen laboral especial (RLE) 47

B. Nuevo régimen de la micro y pequeña empresa (D.leg 1086) 48

C. Marco Legal de La Micro y Pequeña Empresa 62

3. RESUMEN GENERAL DE LA NUEVA LEY 64

A. Aspectos generales 64

B. Definición 65

C. Ámbito de aplicación 65

D. Características generales de las Mypes 66

E. Empresas excluidas 66

F. Régimen laboral 67

G. Pérdida de la condición de Mype 72

H. Otros beneficios 72

CONCLUSIONES

BIBLIOGRAFIA

ANEXOS

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RESUMEN La razón de este trabajo es analizar e interpretar la nueva Ley de las MYPES en el

contexto del mundo globalizado, además conocer más a fondo el significado de las

micro y pequeñas empresas, como funcionan u operan estas en nuestro país. Por

intermedio de la actividad empresarial canalizando nuevas estrategias de desarrollo, en

concordia con sus propios modelos sistemáticos, culturales y políticos.

Las MYPES se han convertido en años recientes en una parte preponderante de la

generación de empleos.

Desempeñan un papel importante en el proceso del cambio tecnológico, son fuentes de

considerable actividad innovadora.

Además sirven como agentes de cambio en una economía globalizada, es decir al

generar mucha turbulencia, crea una dimensión de competencia adicional que no pueden

captar las tradicionales y estáticas estructuras del mercado.

Para evitar erradas interpretaciones, nos hemos basado en la legislación pertinente.

Esperamos que este trabajo sea útil y aumente nuestros conocimientos y en un futuro no

muy lejano formar nuestra propia empresa, pues actualmente vemos como muchas,

pequeñas y micro empresas fracasan por no tener en claro cómo deben proceder tanto en

lo legal como en lo administrativo.

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INTRODUCCIÓN

El presente trabajo, se ha llevado acabo con la mayor seriedad y veracidad, ya que trata

de buscar datos en las fuentes de más alta credibilidad. Hemos desarrollado el concepto

de Mypes, su problemática, sus defectos como empresa, y las posibles soluciones para

lograr que éstas, que aún se encuentran en un proceso de desarrollo, crezcan.

Una de las problemáticas se centra en que las Mypes; que actualmente operan en el Perú,

no tiene esperanzas de surgir y llegar a un nivel superior, en lo que respecta a la calidad

de sus trabajos, a la tecnología utilizada en ellos, y a la eficiencia y capacitación de sus

empleados. Las Mypes, debido a su menuda utilidad no tiene la capacidad de contratar a

gente capacitada, y por eso no tiene el material humano para surgir, en consecuencia

quedan truncados en el mismo nivel, por eso que las Mypes aparecen y desaparecen con

suma facilidad, ya que no se necesita mucho capital, recursos humanos ni tecnología.

En esta ocasión hemos recopilado información de proyectos que corresponden a

entidades encargadas de ayudar y asesorar a las Mypes del Perú como Prompyme;

MTPE, entre otros.

Daremos paso al desarrollo de los puntos mencionados esperando que el contenido de

éstos sean suficientes para cubrir las expectativas del más exigente lector.

El presente trabajo consta de 4 capítulos desarrollados de la siguiente forma:

Capítulo 1: definiciones de empresa, micro y pequeña empresa.

Capítulo 2: cómo funciona u opera las Mypes, bajo que modalidades se constituyen y

los indicadores de acceso al mercado.

Capítulo 3: Organismos que se vinculan con las mypes.

Capítulo 4: Desarrollo de la nueva Ley Mypes.

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CAPITULO I:

¿Qué es la

empresa?

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1. EMPRESA

D. DEFINICIÓN:

Es una organización económica donde se combinan los factores productivos para

generar los bienes y servicios que una sociedad necesita para poder satisfacer sus

necesidades, por lo que se convierte en el eje de la producción.

Empresa, organización económica que, en las economías industriales, realiza la

mayor parte de las actividades. Son organizaciones jerarquizadas, con relaciones

jurídicas, y cuya dimensión depende de factores endógenos (capital) y exógenos

(economías de escala). Las empresas son, al menos la mayor parte, sociedades,

entidades jurídicas, que realizan actividades económicas gracias a las aportaciones

de capital de personas ajenas a la actividad de la empresa, los accionistas. La

empresa sigue existiendo aunque las acciones cambien de propietarios o éstos

fallezcan. Una empresa o compañía posee una serie de activos; cuando se crea una

empresa hay que redactar una serie de documentos públicos en los que se definirá el

objetivo de la misma, cuál es su razón social, su domicilio fiscal, quiénes son los

socios fundadores, cuál es el volumen de capital social inicial, en cuántas acciones

o participaciones se divide el capital social y cuáles son los estatutos de la sociedad,

entre otros. La actividad y la estructura legal de las empresas se regulan mediante el

Derecho mercantil, que establece los requisitos contables, las obligaciones de los

gestores o administradores y los derechos de los accionistas.

Existen otras formas jurídicas, como la empresa unipersonal o las cooperativas.1

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E. CARACTERÍSTICAS:

Fin económico: Busca crear bienes y servicios para la sociedad.

Objetivo: Busca maximizar las ganancias.

Fin Mercantil: Busca producir para el mercado.

Asume riesgo: Está sujeta a los factores que determinan comportamiento y

estado de la empresa.

F. CLASIFICACIÓN:

1. Según la propiedad

a) Empresa privada: Organizada y controlada por propietarios particulares

cuya finalidad es lucrativa y mercantil.

b) Empresa pública: Controlada por el Estado u otra corporación de derecho

público cuya finalidad es el bien público.

c) Empresa mixta: Intervienen el Estado y particulares.

d) Cooperativas: Formada por aportaciones de los socios cooperativistas, su

función es similar al de las Sociedades Anónimas.

e) Otras formas de empresa

2. Según el tamaño de la Empresa

a) La micro empresa

b) La pequeña empresa

c) La mediana empresa

d) La gran empresa

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2. BREVE HISTORIA DE LAS

MYPES

Los modelos de industrialización en los países desarrollados fueron determinados

por las condiciones macroeconómicas imperantes y el grado de disponibilidad de

ciertos insumos industriales básicos.

El sustento teórico del estado del bienestar que caracterizó la segunda posguerra y

el comienzo de los 70’determinó un modelo de industrialización basado en la

producción masiva de bienes poco o nada diferenciados con una organización

rígida de la cadena productiva aprovechando las economías internas de escala y las

demandas insatisfechas.

De esto modo apareció en exceda la gran planta fabril, ésta se convirtió en un

elemento clave de desarrollo. En este contexto las Pymes conservaban para sí la

tarea de preservar el equilibrio socioeconómico en su rola de generadoras de mano

de obra con una tendencia declinante de su participación en la composición

industrial de los países adherentes a este modelo.

Los años 70’ marcaron el fin de este modelo de desarrollo industrial las causas

fueron; la crisis del petróleo y la expansión económica de los países desarrollados,

comenzó a detenerse con la consecuencia de la caída del consumo, a esto se sumó

la aparición de los nuevos países exportadores.

No menos importante fue el cuestionamiento que recibió el modelo fordista de

organización productiva rígida.

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Frente a este nuevo orden económico las grandes empresas hicieron cambios para

frenar la caída de su rentabilidad y hacerse competitivas. Algunos cambios fueron:

* Incorporación de nuevas tecnologías (que reducen costos y flexibilizan el

proceso).

* Racionalización del empleo.

* Desintegración de la función de producción.

* Búsqueda de nuevos mercados.

Todos estos cambios replantearon el rol de las Pymes. Se trató de una época de

transición en la que coexistieron formas fordistas y posfordistas de organización

industrial, modelos opuestos de integración vertical, hasta la aparición del nuevo

paradigma tecnológico-organizativo en los 80’; especialización flexible. En este

período las Pymes fueron ganando espacio en productos y empleo. Por un lado

firmas vinculadas a actividades con alto contenido científico o tecnológico. Por otro

lado empresas vinculadas a la demanda concreta de las grandes luego del proceso

de reconversión de estas últimas. Esto no significó la desaparición de actividades

tradicionales sino que muchas de ellas lograron insertarse a este esquema. Los

80’marcaron una nueva etapa para las Pymes que permitió el resurgimiento de las

mismas y su revalorización de su rol dentro del proceso de crecimiento económico.

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3. DEFINICIÓN DE LA MICRO

PEQUEÑA EMPRESA

No hay unidad de criterio con respecto a la definición de la Micro y Pequeña

Empresa, pues las definiciones que se adoptan varían según sea el tipo de enfoque.

Algunos especialistas destacan la importancia del volumen de ventas, el capital

social, el número de personas ocupadas, le valor de la producción o el de los activos

para definirla. Otros toman como referencia el criterio económico – tecnológico

(Pequeña Empresa precaria de Subsistencia, Pequeña Empresa Productiva más

consolidada y orientada hacia el mercado formal o la pequeña unidad productiva con

alta tecnología).

Por otro lado, también existe el criterio de utilizar la densidad de capital para definir

los diferentes tamaños de la Micro y Pequeña Empresa. La densidad de capital

relaciona el valor de los activos fijos con el número de trabajadores del

establecimiento. Mucho se recurre a este indicador para calcular la inversión

necesaria para crear puestos de trabajo en la Pequeña Empresa.

Según la ley 28015, ley MYPES, la micro y pequeña empresa es la unidad

económica constituidas por una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de

organización o gestión empresarial contemplada en la legislación vigente, que tiene

como objeto desarrollar actividad de extracción, transformación, proporción,

comercialización de bienes o prestaciones de servicio.

Un estudio realizado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en setenta

y cinco países encontró más de cincuenta definiciones distintas sobre Pequeña

Empresa. Los criterios utilizados son muy variados, desde considerar la cantidad de

trabajadores o el tipo de gestión, el volumen de ventas o los índices de consumo de

energía, hasta incluso el nivel tecnológico, por citar los más usuales.

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La OIT, en su Informe sobre fomento de las Pequeñas y Medianas Empresas,

presentado en la 72° reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, realizada

en Ginebra, define de manera amplia a las Pequeñas y Medianas Empresas pues

considera como tales, tanto a empresas modernas, con no más de cincuenta

trabajadores, como a empresas familiares en la cual laboran tres o cuatro de sus

miembros, inclusive a los trabajadores autónomos del sector no estructurado de la

economía (informales).2

C. ASPECTOS CARACTERÍSTICOS DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA

Generalmente se resaltan los siguientes elementos característicos:

1. Administración independiente. (usualmente dirigida y operada por el propio

dueño)

2. Incidencia no significativa en el mercado. El área de operaciones es

relativamente pequeña y principalmente local.

3. Escasa especialización en el trabajo: tanto en el aspecto productivo como en el

administrativo; en este último el empresario atiende todos los campos: ventanas,

producción, finanzas, compras, personal, etc.

4. Actividad no intensiva en capital; denominado también con predominio de mano

de obra.

5. Limitados recursos financieros (El capital de la empresa es suministrado por el

propio dueño).

6. Tecnología: existen dos opiniones con relación a este punto:

a) Aquellos que consideran que la pequeña Empresa utiliza tecnología en la

relación al mercado que abastece, esto es, resaltar la capacidad creativa y

adopción de tecnología de acuerdo al medio.

b) Aquellos que resaltan la escasa

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CAPITULO II:

¿Cómo funciona

u opera ?...

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1. TIPOS DE FORMAS SOCIETARIAS

PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA MYPE

Elegir la forma societaria es la primera decisión que debemos considerar. ¿Cuál de

ellas me permitirá de la manera, mas eficiente y eficaz, los objetivos definidos según

las expectativas de los socias? Para esto es necesarios conocer las ventajas y

desventajas que las diferentes formas de asociación nos brindan.

Una de ellas se ajustara de mejor forma a las expectativas y los objetivos

predeterminados para la sociedad. Obviamente es menester contar con una clara idea

de las expectativas que tenemos sobre nuestra futura empresa.

Existen las siguientes formas societarias:

a) Empresa Individual: Pertenecen a una persona y ésta la organiza (boticas,

panaderías, ferreterías) legalmente toman el nombre de Empresa Individual

de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.)

VENTAJAS :

o La responsabilidad es limitada.

DESVENTAJAS:

o Las decisiones en la empresa se concentran en una sola

persona.

o Dificultad para acceder al crédito.

b) Sociedad Comercial de responsabilidad limitada: Los socios aportan el

capital por igual, deciden y reciben utilidades de acuerdo al porcentaje del

capital que poseen; el número de socios pueden ser de 2 hasta 20. Tienen

responsabilidad limitada; el nombre de la empresa va acompañado de la sigla

Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada o su abreviatura "S.R.L."

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VENTAJAS:

o Cada socio podrá dedicar su esfuerzo y talento en aquellas

funciones del negocio en las cuales sea especialista o posea

aptitudes.

o El peso de la administración y las actividades que conlleva

operar un negocio puede ser compartido o distribuido entre

los socios.

o La responsabilidad de los socios es limitada. Estos respondes

por las obligaciones de la sociedad hasta el limite de sus

aportes.

DESVENTAJAS:

o Cada socio es responsable de los actos de los demás socios.

o Existen muchos problemas en el momento de liquidar la

sociedad, a menos que en la escritura de constitución se haya

especificado en forma detallada la manera de liquidar la

sociedad.

o La transferencia de participaciones es dificultoso.

c) Sociedad Anónima: Está representada por acciones (títulos valores que

representan una parte alícuota), los socios pueden ser dos, no existe un

número máximo de acciones ni de socios por lo cual puede alcanzar grandes

dimensiones en su capital.

1. Sociedad Anónima cerrada

La sociedad anónima cerrada puede sujetarse al régimen de la sociedad

anónima, cuando tiene no más de 20 accionistas y no tiene acciones

inscritas en el registro público del mercado de valores. No se puede

solicitar la inscripción en dicho registro de las acciones de una sociedad

anónima cerrada.

DENOMINACIÓN: la denominación debe incluir la indicación”

Sociedad Anónima Cerrada”, o las siglas “ SAC.”

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REGIMEN: La sociedad anónima cerrada se rige por las reglas de la

Sección correspondiente de la Ley y en forma supletoria por las normas

de la sociedad anónima, en cuanto le sean aplicables. En esta sociedad,

existen las alternativas del Directorio facultativo y de las Juntas no

presénciales y la exclusión de accionistas.

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2. PARA LA CONSTITUCIÓN E

INSCRIPCIÓN DE UNA PERSONA

JURÍDICA

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3. LA MICRO Y PEQUEÑA

EMPRESA EN EL PERÚ

B. ESTIMACIÓN DEL NÚMERO DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS

1. Estimación del número de MYPE totales sin incluir autoempleo

Para la estimación del número total de MYPE se emplea la Encuesta Nacional de

Hogares (ENAHO). El primer paso es calcular la PEA que se ocupa en la MYPE

y para ello se incluye en el conteo del número de trabajadores:

A los que se declaran como empleadores y conductores de negocios de menos

de 49trabajadores

A los trabajadores remunerados y a los trabajadores familiares no

remunerados (TFNR) que declaran laborar en una unidad empresarial

Al trabajador independiente que utiliza TFNR, y declara dirigir un negocio

como ocupación principal.

El número de micro y pequeñas empresas se puede obtener a partir de dos

métodos:

Método 1: A partir de estimar la PEA asociada a diferentes rangos de

trabajadores y dividir esta por la media o mediana del rango

Método 2: A partir de estimar el número de conductores de unidades

económicas, para ello se contabiliza el número de empleadores y de

trabajadores Independientes que utilizan TFNR, que declaran dirigir un

negocio como ocupación principal. De acuerdo al número de trabajadores

(asalariados y TFNR) se les clasifica como micro o pequeñas empresas.

En el cuadro siguiente se muestran los resultados obtenidos por ambos métodos

distinguiendo si se localizan en el área urbana o rural3

3 Se define área urbana como un centro poblado con 2000 habitantes o mas, y área rural a los centros

poblados con más de 500 habitantes pero menos de 2000 habitantes, y/o aquellos que poseen en promedio

100 viviendas particulares.

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Cuadro Nº1

ESTIMACION DEL NUMERO DE MYPES TOTALES

De acuerdo al cuadro 1 se observa que:

El número total de MYPE depende del método a ser utilizado.

Independientemente del método empleado, existe una concentración de la

MYPE en las unidades productivas de menor tamaño. Las microempresas que

emplean entre 2 y 4 trabajadores representan en promedio el 83% de las

MYPE (cuadro Nº 2), seguidas de las microempresas de 5 a 9 trabajadores

(13%). La pequeña empresa representa menos del 3% de la MYPE.

Existe una mayor cantidad de microempresas en áreas rurales que en áreas

urbanas: aproximadamente el 53% se ubica en el área rural (cuadro 3).

Una mayor cantidad de pequeñas empresas de 10 a 20 trabajadores se ubica

en el área urbana que en el área rural. El 67% de estas se ubica en las áreas

urbanas (cuadro 3)

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Cuadro Nº2

DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DE NÚMERO DE MYPE POR TAMAÑO DE

EMPRESA

Cuadro Nº3

DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DE MYPE DE ACUERDO A UBICACIÓN

URBANO-RURAL

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2. Estimación del número de MYPE totales incluyendo independientes

Los trabajadores independientes o auto empleados son aquellas personas que

trabajan en forma individual o asociada, explotando una empresa, negocio o

profesión, y que no tiene trabajadores a su cargo. El número de trabajadores

independientes es alto y mayor que el número de micro y pequeñas empresas. La

mayor parte de ellos son trabajadores independientes no calificados,

principalmente ubicados en áreas urbanas (aproximadamente 2 millones) y en

menor medida en áreas rurales (650 mil)

Cuadro No 4

ESTIMACIÓN DEL NÚMERO DE MYPE TOTALES INCLUYENDO

INDEPENDIENTES

En general el número de trabajadores independientes se ha incrementado en

5.26% en el periodo, mostrando menor dinamismo que las unidades económicas

que emplean trabajadores, excepto por los independientes calificados que se han

reducido en 4.64%

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Cuadro Nº5

ESTIMACIÓN DEL NÚMERO DE MYPE A NIVEL NACIONAL DE ACUERDO

AL CRITERIO DE CONDUCTORES DE EMPRESA 1/ E INDEPENDIENTES

2006-2010

C. FORMALIDAD E INFORMALIDAD DE LA MICRO Y PEQUEÑA

EMPRESA

1. Estimación del número de MYPE formales

En esta sección usamos el término formalidad en un sentido legal y tributario.

Ello implica asumir que la empresa formal, sea esta constituida como persona

natural o persona jurídica, tiene una actividad legal y cumple con su obligación

fiscal, es decir tener un RUC y acogerse a alguna de las modalidades de pago de

tributos por ingresos derivados de renta de tercera categoría (correspondiente a

negocios de personas naturales y empresas) ante la SUNAT (es decir RUS, RER

o RG).

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El universo de contribuyentes de la SUNAT es amplio y esta conformado por:

Personas naturales sin empresa

Personas naturales con empresa unipersonal

Sociedades (anónima, comercial de responsabilidad limitada, irregular,

conyugal con empresa unipersonal, etc)

Empresa individual de responsabilidad limitada

Asociaciones

Otros contribuyentes

De este universo, para estimar el número de unidades empresariales se ha

considerado a los contribuyentes que siendo personas naturales o personas

jurídicas generan rentas de tercera categoría, es decir ingresos derivados de

negocios o empresas. Dichos contribuyentes realizan sus obligaciones tributarias

de pago mensual del IGV y/o Renta de tercera utilizando los formularios 0118,

0119 y el PDT 0621 para los periodos enero a diciembre del 2006 y formularios

del Régimen Único Simplificado (formulario 1610 y 1611) presentados por los

períodos ene-dic 2006. También se ha considerado la información que las

empresas declaran en los formularios 0400 y el PDT 0600, correspondiente a

retenciones y contribuciones sobre remuneraciones de trabajadores dependientes

por concepto de aportes a ESSALUD.

Los datos proporcionados por SUNAT acerca del número de empresas por rango

de ventas anuales y número de trabajadores proporcionado por la SUNAT se

presentan en el Cuadro Nº 6.

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Cuadro Nº6

DISTRIBUCIÓN DE EMPRESAS FORMALES SEGÚN RANGOS DE

VENTAS ANUALES Y NÚMERO DE TRABAJADORES DEPENDIENTES.

2006

Se observa que de acuerdo al criterio de número de trabajadores, o tamaño de empresa,

existirían 116,779 micro y pequeñas empresas formales, de las cuales el 89% son

microempresas y el 11% pequeñas empresas. Sin embargo este número subestimaría el

número de MYPE, ya que no se Actualización de Estadísticas de la Micro y Pequeña

Empresa considera a aquellas que emplean trabajadores asalariados en otra modalidad

de contratación (como servicios no personales) y a aquellas empresas que utilizan

trabajadores familiares no remunerados. El cruce de información de ventas y

trabajadores dependientes subestima aún más el número de MYPE. Por lo cual se

considerará el criterio de rango de ventas anuales para la estimación del número de

MYPE formales.

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Cuadro Nº6

ESTIMACIÓN DEL NÚMERO DE MYPE FORMALES

Se concluye que el número de micro y pequeñas formales en el sentido tributario se ha

incrementado en el 2006 respecto al 2004. Se estima que el número de MYPE formales

en el 2004 ascendía a 648,147 y este número se incrementa a 880,983, un crecimiento

de 35.9% en el período.

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2. Estimación del número de MYPE informales

La estimación del número de micro y pequeñas empresas informales se realiza por

residuo, tal como se muestra en el cuadro No 13. En base a ello, se estima que para

el 2006, el número de microempresas informales ascendería a 2.3 millones y el

número de pequeñas empresas informales a 15 mil. Es decir, a nivel nacional, el

73.3% de micro y el 30.7% de pequeñas empresas serían informales en el 2006.

Cuadro Nº7

ESTIMACIÓN DEL NÚMERO DE MYPE INFORMALES SIN INCLUIR

AUTOEMPLEO 2006

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Cabe resaltar que entre los años 2004 y 2006 la participación de las micro y pequeñas

formales en el universo MYPE se ha incrementado. El porcentaje de microempresas

formales se ha incrementado de 25% a 26.7% y el de las pequeñas empresas formales de

62. % a 69.3% entre el

2004 y el 2006.

3. Estimación del número de MYPE por actividad económica

Las micro y pequeñas empresas a nivel nacional se concentran principalmente en

actividades extractivas (agropecuaria y pesca), donde se ubican

aproximadamente 1.9 millones de unidades empresariales, es decir el 59.8%

de la MYPE se concentra en estas actividades (cuadro No 15). Sin embargo, de

acuerdo a la información de la SUNAT, es en estos sectores donde menos

empresas formales existen.

Cuadro Nº8

ESTIMACIÓN DE NÚMERO DE MYPE POR ACTIVIDAD ECONÓMICA 2006

Aproximadamente 209 mil micro y pequeñas empresas se dedican a actividades

industriales, 626 mil a comercio, 387 mil a servicios y 70 mil a construcción.

Con respecto a los independientes, estos se ubican principalmente en las

actividades de comercio y servicios. Aproximadamente el 67% de ellos o 900

mil se dedican a estas actividades

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Cuadro Nº9

DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DEL NÚMERO DE MYPE POR ACTIVIDAD

ECONÓMICA 2006

De acuerdo a la información proporcionada por la SUNAT, en base al volumen de

ventas se estima que la MYPE formal se concentra principalmente en las actividades de

comercio y servicios, seguida de manufactura y construcción y en menor medida en

actividades extractivas (agropecuaria y pesca)

Cuadro Nº10

ESTIMACIÓN DEL NÚMERO DE MYPE FORMALES POR ACTIVIDAD

ECONÓMICA DE ACUERDO AL CRITERIO DE VOLÚMEN DE VENTAS 2006

(NO INCLUYE EMPRESAS UNIPERSONALES)1/

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4. Estimación del número de MYPE por departamento

A partir de la información calculada en base a la ENAHO INEI 2006 (Anual), la

MYPE se concentra principalmente en el departamento de Lima, al igual que los

independientes. Lima también concentra la mayor parte de la MYPE formal.4

Cuadro Nº11

4 La información de las empresas formales estimada por la SUNAT se presenta en los anexos. Esta

información tiene dos fuertes limitaciones:

La información de la ubicación corresponde al domicilio fiscal, no al lugar donde se realiza la

actividad, por lo cual la información subestima el

número real de MYPE en cada departamento

No se incluye a las empresas que no han declarado trabajadores, por lo tanto subestima el

número de MYPE.

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4.INDICADORES DE ACCESO

AL MERCADO

A. Compras Estatales

De acuerdo a la Ley 28015, las MYPE tienen preferencia en las contrataciones y

adquisiciones de bienes y servicios por parte del Estado, siempre y cuando estén

formalizadas y cumplan con las especificaciones técnicas necesarias. Las

instituciones del Estado deben dedicar el 40% de sus compras a las MYPE y éstas

tienen prioridad en las regiones y localidades donde están ubicadas y se realizan las

compras estatales.

Para poder acceder a las compras que realiza el Estado, las MYPE deben presentar

una declaración jurada acreditando que cumplen los requisitos de ventas y número

de trabajadores dados por la Ley 28015. Además deben acreditar que sus

trabajadores están inscritos en el Régimen Laboral General o en el Régimen Laboral

Especial.

La ley dispone también, que la Micro Empresa, sea el organismo encargado de

fomentar el acceso de la Mype al mercado estatal, supervisando el cumplimiento de

esta disposición.

De esta manera, diariamente el Componente de Compras Estatales del Programa Mi

Empresa, procesa y clasifica las oportunidades comerciales a favor de la Mype, que

el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) del

CONSUCODE emite, publicándolas en su página web y difundiéndolas a más de

250 medios de comunicación de todo el país.

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De acuerdo a Prompyme, la mayor participación de la MYPE se dio en los

procesos de selección por Adjudicación Directa Selectiva (73%), procesos

relacionados al Fenómeno del Niño (58%), y los procesos por Competencia

Menor (56.4%). Dichos procesos representaron compras individuales por

montos inferiores a S/ 225 mil en el caso de bienes, S/ 100 mil en caso de

servicios y S/ 575 mil en caso de obras.

Page 37: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 36

LOS RUBROS EN LOS CUALES LA MYPE TUVO UNA MAYOR PARTICIPACIÓN

SON:

B. Acceso al mercado externo

La MYPE formal tiene un bajo nivel de participación en el mercado externo,

solo el 1% de las microempresas y el 4.8% de las pequeñas empresas declaran

haber realizado exportaciones.

Page 38: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 37

Cuadro Nº12

MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA EXPORTADORA FORMAL SEGÚN

DOMICILIO FISCAL 1/ 2006

POR RANGO DE VENTAS

Page 39: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 38

CAPÍTULO III

¿De qué entidades

depende?

Page 40: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 39

2. ORGANISMOS QUE SE

VINCULAN CON LAS MYPES

E. PARA LA FORMALIZACION DE LA EMPRESA

1. SUNARP, Es una organización plenamente eficiente y eficaz, ya que otorga

seguridad jurídica y brinda certidumbre respecto a la titularidad de los diferentes

derechos que en él se registran, teniendo como soporte de desarrollo: la

modernización, simplificación, integración y la especialización de la función

registral en todo el país, en beneficio de la sociedad.

2. SUNAT, Esta institución se encarga de Incrementar sostenidamente la

recaudación tributaria y aduanera combatiendo, de forma honesta y justa, la

evasión y el contrabando, mediante la generación efectiva de riesgo y servicios

de calidad a los contribuyentes y usuarios del comercio exterior, así como,

promoviendo el cumplimiento de sus obligaciones tributarias para contribuir con

el bienestar económico y social de los peruanos.

3. MUNICIPALIDADES: dada a importancia de los gobiernos municipales para

el desarrollo del sector de la Micro y Pequeñas empresas por su cercanía y su

sensibilidad al tema del desarrollo local, se viene realizando un programa piloto

a nivel nacional, orientado a estrechar los vínculos entre las municipalidades y

las empresas. Se han organizado incluso cursos de capacitación orientados a

fomentar promotores municipales del desarrollo empresarial proveniente de

diversas municipalidades del país.

4. INDECOPI, Es una institución que se encarga de promover y garantizar la leal

competencia, los derechos de los consumidores y la propiedad intelectual,

propiciando el buen funcionamiento del mercado, a través de la excelencia y

calidad de su personal.

Page 41: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 40

Las PYMES requieren del gobierno, en primer lugar crédito y contactos con los

compradores en segundo lugar, así como también les interesa la reducción de los

impuestos.

F. LA MESA DE COORDINACIÓN MYPES-PERU

Es un espacio de diálogo e intercambio que promueve el trabajo concertado y en

común, con el propósito de potenciar la competitividad de la MYPES en el Perú,

los siguientes organismos conforman la Mesa de Coordinación.

1. MINISTERIO DE TRABAJO PROMOCION DE EMPLEO, tiene un

programa de Perú emprendedor llamado FONDEMI, que esta orientado a micro

empresas y esta administrado por COFIDE.

2. MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Y

MINISTERIO DE INDUSTRIA ; Desde 1993, el gobierno, a través del EX-

MITINCI (ahora dividido en Ministerio de Industria y Ministerio de Comercio

Exterior y Turismo), con el apoyo de la Agencia Española de Cooperación

Internacional y la Cooperación Técnico Suiza, desarrolla propuestas destinadas a

fijar un campo de actuación en diversos segmentos empresariales, partiendo de

una definición principal de impulsar la coordinación del sector público y privado

destinado a actuar en campos básicos: bajar barreras al desarrollo de empresas y

promover el mercado de servicios para la pequeña y micro empresa.

a) MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

b) COFIDE (CORPORACIÓN FINANCIERA DE DESARROLLO)

Objetivo:

Lograr un mayor nivel de crecimiento del país.

Obtener recursos financieros

c) PROMPYME (Comisión de promoción de la Pequeña y Micro Empresa).

Que actuará como instancia de promoción, coordinación y concertación de

las acciones sectoriales que contribuyan a la ampliación y dinamización de

los mercados de las pequeñas y micro empresas.

Page 42: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 41

La Comisión cuenta con una Dirección Ejecutiva que constituye una unidad

ejecutora del pliego del Ministerio de Trabajo y Promoción Social.

Objetivos:

Mejorar el acceso de la pequeña y microempresa a los mercados en los

que actualmente actúa o que potencialmente podría incursionar, tanto en

el sector público como el privado.

Asimismo, tiene los siguientes objetivos específicos:

a) Diseñar, coordinar, concertar y ejecutar actividades para apoyar

el desarrollo de mercados para las pequeñas y micro empresas.

b) Gestionar la cooperación técnica y financiera e internacional

destinada a la promoción de los mercados para las pequeñas y

micro empresas.

Finalidad:

Reforzar la actividad de promoción del estado a través de un programa de

desarrollo empresarial que contribuya a la ampliación y dinamización de

los mercados en que actúan las pequeñas y micro empresas.

Misión:

Servir de enlace para facilitar el encuentro comercial entre la demanda y

la oferta de bienes y servicios de la Pequeña y Micro Empresa, a fin de

contribuir a la ampliación y dinamización de sus mercados.

d) PROMPEX (La Comisión para la Promoción de Exportaciones)

Objetivos:

Promover el incremento de la oferta exportable de bienes y servicios para

la generación de empleo y descentralización.

Finalidad:

Fomentar la apertura de nuevos mercados; la diversificación de los

sistemas existentes.

Fortalecer el rol del Perú.

Page 43: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 42

Promover nuevas inversiones bajo nuevas modalidades de Asociación e

integración para la exportación.

Buscar socios en las instituciones públicas y privadas con la intención en

el desarrollo económico.

e) COPEME : El CONSORCIO DE ORGANIZACIONES PRIVADAS DE

PROMOCIÓN AL DESARROLLO DE LA MICRO Y PEQUEÑA

EMPRESA es una asociación civil creada en Julio de 1990 para promover y

ejecutar programas, proyectos y actividades orientadas a desarrollar el sector

de la micro y pequeña empresa a nivel local, regional y nacional.

La Misión de COPEME es constituirse como un organismo representativo,

coordinador de los programas de apoyo que los organismos privados

ejecutan en apoyo de las PYMES y con capacidad de influir en las políticas

públicas de este sector.

f) CODEMYPE: El Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y

Pequeña Empresa es un órgano consultivo adscrito al Ministerio de Trabajo y

Promoción del Empleo, creado por Ley N° 28015 Ley de Promoción y

Formalización de la Micro y Pequeña Empresa. Se instaló el 19 de diciembre

del 2003.

Su finalidad es Promover el trabajo concertado de las instituciones públicas y

privadas que tienen como propósito potenciar la competitividad y desarrollo

de la Micro y Pequeña Empresa.

G. PARA LA PROMOCION DE LAS MYPES QUE NO ESTAN

DENTRO DE LA MESA DE COORDINACIÓN MYPES

1. CAMARA DE COMERCIO PERU

2. APEMIPE (Asociación de Pequeñas y Medianas Empresarios)

3. CONACO (Confederación Nacional de Comerciantes)

4. SIN (Sociedad Nacional de Industrias)

5. ADEX (asociación de Exportadores)

6. FRASA:

Page 44: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 43

7. FONCODES (El Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social)

8. FEPMAC (La Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y crédito)

9. El Ministerio de Agricultura

10. El Ministerio de Pesquería,

H. ORGANISMOS INTERNACIONALES

1. AID (Agencia Internacional de Desarrollo)

2. BID (Banco Internacional de Desarrollo)

3. OIT (Organización Internacional del Trabajo)

4. ONUDI (Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial)

5. AGENCIA Suiza para el desarrollo y cooperación COSUDE

6. EMBAJADA DE SUIZA

7. FUNDACIÓN SUIZA PARA LA COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO

TÉCNICO-SWISSCONTACT: entre sus diversos programas destaca :

Page 45: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 44

CAPÍTULO IV

Nueva ley mypes...

Page 46: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 45

4. ANTECEDENTES DE LA LEY

DE MICRO Y PEQUEÑA

EMPRESA

En Julio del 2003, el Congreso de la República promulgo la Ley Nº 28015 “Ley

de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa”. La Ley asigna al

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MINTRA) como órgano rector el

cual debe definir las políticas nacionales de promoción de la MYPE y coordina

con las entidades del sector público y privado la coherencia y complementariedad

de las políticas sectoriales.

Tradicionalmente el acrónimo PYMES, el menos en el Perú, siempre ha

significado Pequeñas y microempresas. Con la dación de la última Ley (LEY N°

28015 de julio del 2003) se ha cambiado el acrónimo de PYMES por MYPES

como si cambiar el acrónimo significara cambiar la situación de las pequeñas y

microempresas. Seguramente en la nueva Ley para las pequeñas y microempresas,

que se dice se discute, cambiarán con otras siglas; pero la situación actual de las

PYMES seguirá igual. Algunos, erróneamente, usan la sigla PYME para referirse

a las pequeñas y medianas empresas.

Con posterioridad a la publicación primigenia de este artículo, se publicó el

Decreto Legislativo Nº 1086 (28.06.2008) que aprueba la Ley de Promoción de

la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña

Empresa y del Acceso al Empleo Decente (en adelante Nueva Ley Mype),

norma que introduce importantes cambios en el régimen tributario y laboral

aplicable a las Mypes y que entrará en vigencia desde el día siguiente de la fecha

de publicación de su Reglamento.

Page 47: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 46

5. RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL

A. QUÉ ES EL RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL (RLE)

El Régimen Laboral Especial (RLE), creado por la Ley Nº 28015, es un régimen

temporal desarrollado y promovido por el MTPE que incentiva la formalización

y desarrollo de las microempresas y tiene como objetivos facilitar el acceso a los

derechos laborales y de seguridad social tanto a los trabajadores como a los

empleadores.5

Con este régimen laboral se puede contratar personal NUEVO o incorporar en la

planilla a aquellas personas que se encuentran laborando en la

MICROEMPRESA.

Los trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral General del D.S. Nº 003-

97-TR (T.U.O Decreto Legislativo 728), que sean despedidos con la finalidad

exclusiva de ser reemplazados por otros trabajadores dentro del régimen laboral

especial, tendrán derecho al pago de una indemnización especial de 02

remuneraciones mensuales por cada año laborado, así como al pago de dozavos

y treintavos por las fracciones de año.

Desde la fecha de inicio y hasta el 2006 se inscribieron en el RLE 19,361

microempresas, y entre enero y julio del 2007 este número aumentó en 9,284,

registrándose en total 28, 645 microempresas hasta julio del 2007.

5

Page 48: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 47

Analizando el volumen de ventas y el número de trabajadores declarados, se

encuentra que las microempresas inscritas en el RLE son principalmente unidades

económicas muy pequeñas, con ventas menores a 12 UIT al año y emplean menos de

5 trabajadores.

CONSOLIDADO DE MICROEMPRESAS ACOGIDAS AL RÉGIMEN LABORAL

ESPECIAL POR VOLUMEN DE VENTAS ANUALES 2007

CONSOLIDADO DE MICROEMPRESAS ACOGIDAS AL RÉGIMEN LABORAL

ESPECIAL A NIVEL NACIONAL 2007

CONSOLIDADO DE MICROEMPRESAS ACOGIDAS AL RÉGIMEN LABORAL

ESPECIAL POR ACTIVIDAD ECONÓMICA 2007

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Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 48

B. NUEVO RÉGIMEN DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA (D.LEG 1086)

El 03.07.2003 se publicó la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la

Micro y Pequeña Empresa (el 28.06.2008 se publicó la Nueva Ley Mype, pero

todavía no está vigente), que establece lo siguiente:

“Artículo 2º.- Definición de la Micro y Pequeña Empresa

La Micro y Pequeña Empresa es la unidad económica constituida por

una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o

gestión empresarial contemplada en la legislación vigente, que tiene

como objeto desarrollar actividades de extracción, transformación,

producción, comercialización de bienes o prestación de servicios”.

Por su parte, el Artículo 3º de la misma Ley (28015), establece las

características concurrentes de las MYPES:

Microempresa: Abarca de 1 a 10 trabajadores y tiene un nivel de ventas anuales

no mayor a 150 UIT (S/.525, 000). Pueden acogerse al Régimen Laboral

Especial para la Microempresa.

Page 50: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 49

Pequeña Empresa: Abarca de 1 a 50 trabajadores y tiene un nivel de ventas

anuales mayor a 150 UIT pero menor a 850 UIT (S/.2’975,000).

La Nueva Ley Mypes modifica el Art. 3º de la Ley Nº 28015, quedando

redactado de la siguiente forma:

Artículo 3º.- Características de las las MYPE deben reunir las siguientes

características concurrentes:

Microempresa:

o Venta Máxima anual

Ley derogada: Hasta 150 UIT (S/ 535,000)

Ley Actual: Hasta 150 UIT (S/. 535,00)

o Nº de trabajadores

Ley derogada: Hasta 10 trabajadores

Ley Actual: Hasta 10 trabajadores

Pequeña Empresa:

o Venta Máxima anual

Ley derogada: Hasta 850 UIT (S/ 2,975,000)

Ley Actual: Hasta 1,700 UIT (S/. 5,950,00)

o Nº de trabajadores

Ley derogada: Hasta 50 trabajadores

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Micro y Pequeña Empresa UNC

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Ley Actual: Hasta 100 trabajadores

El incremento en el monto máximo de ventas anuales señalado para la Pequeña

Empresa será determinado por Decreto Supremo refrendado por el MEF cada dos (2)

años y no será menor a la variación porcentual acumulada del PBI nominal durante el

referido periodo (...)

1. Régimen Laboral Especial Para La Micro Empresa

a) Características

Abarca de 1 a 10 trabajadores y tiene un nivel de ventas anuales no mayor a

150 UIT (S/.525,000). No hay variación en los límites para calificar como

Microempresa, lo que resulta incongruente si se considera que para la

Pequeña Empresa los límites se han duplicado, conforme veremos mas

adelante.

b) Régimen Laboral

En lo que compete al tema laboral, la Microempresa –al igual que la

Pequeña Empresa- puede acogerse al Régimen Laboral Especial de la Micro

y Pequeña Empresa que comprende: remuneración, jornada máxima de

trabajo, descansos remunerados (semanal, vacacional – 15 días y feriados) y

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Micro y Pequeña Empresa UNC

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protección contra el despido arbitrario (10 remuneraciones diarias por cada

año completo de servicios con un máximo de 90 remuneraciones diarias).

Sin embargo, los trabajadores de la Microempresa -a diferencia de los de la

Pequeña Empresa- no tienen derecho a SCTR, Seguro de Vida, Derechos

Colectivos, Participación en las utilidades. cts y gratificaciones.

Igualmente hay diferencias importantes en el tema del Aseguramiento en

Salud y el Sistema de Pensiones.

Así, los trabajadores y conductores de las Microempresas serán afiliados al

componente Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud que comprenderá

a sus derechohabientes y cuyo costo será parcialmente subsidiado por el

Estado, debiendo el empleador efectuar un aporte mensual equivalente a la

mitad del aporte total que será complementado

Por un aporte igual por parte del Estado.

Por otro lado, los trabajadores y conductores de las Microempresas podrán

(carácter voluntario) afiliarse al SNP (ONP) o al SPP (AFP).

Adicionalmente, se crea el Sistema de Pensiones Sociales, de carácter

voluntario y exclusivo para los trabajadores y conductores de las

Microempresas siempre que no se encuentren afiliados ni sean beneficiarios

de otro régimen previsional. El aporte mensual de cada afiliado será hasta

un máximo de 4% de la RMV (S/.550 actualmente) correspondiente, sobre

la base de doce (12) aportaciones al año. El aporte del Estado se efectuará

anualmente hasta por la suma equivalente de los aportes mínimos mensuales

que realice efectivamente el afiliado.

Es un régimen laboral transitorio de cinco años, se inició el 04 de julio del

2004 y termina el 03 de julio del 2008 (Recientemente ampliado hasta el

2013). Es de aplicación para los trabajadores nuevos y para aquellos a

quienes recién se los va a incorporar a la planilla.

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Micro y Pequeña Empresa UNC

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ES DECIR:

Está dirigido a las microempresas que cumplan con los siguientes

requisitos:

No tener más de 10 trabajadores.

No tener un nivel de ventas que sobrepase las 150 UIT), sean estas

personas naturales con negocio o personas jurídicas constituidas bajo

los alcances de la Ley General de Sociedades o la Ley N º 21621

(E.I.R.L).

No pueden acogerse al régimen laboral especial:

las personas naturales sin negocio (generadoras de rentas de cuarta

categoría).

las asociaciones civiles ni las cooperativas.

Tampoco pueden quedar comprendidos los trabajadores cuya relación

laboral se encuentre regulada por otras normas especiales, tales como

los profesores, médicos, enfermeros, etc.

Comprende a los siguientes derechos:

La RMV (puede ser menor si lo acuerda el CNT), Vacaciones 15 días,

descanso semanal de 24 horas.

Jornada de 48 horas semanales u 8 horas diarias.

Acceso a la seguridad social como asegurado regular a Es Salud, tanto

para el empresario como para el trabajador.

Pago de pensiones en forma opcional.

Derecho a media remuneración como indemnización por despido

injustificado por cada año completo laborado.

Una indemnización de tres remuneraciones cuando el despido ha

tenido por finalidad sustituir a trabajadores del régimen laboral

general por otros del régimen laboral especial.

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Micro y Pequeña Empresa UNC

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No comprende el pago de:

Gratificaciones de julio y diciembre.

Compensación por tiempo de servicios (CTS).

Asignación familiar.

Sobretasa por trabajo nocturno cuando la jornada nocturna es habitual.

Pago de utilidades.

La póliza de seguro de vida.

Trámite

El trámite de acogimiento al régimen laboral especial (RLE), autoriza a

contratar personal bajo dicho régimen laboral, es de aprobación

automática, y se encuentra sujeta a fiscalización posterior de parte del

Ministerio de Trabajo, que verificará que la microempresa, no tenga más

de diez trabajadores y que su nivel de ventas brutas al año no sobrepase

las 150 UIT. El trámite es gratuito.

El cargo de la solicitud, es la constancia de aprobación del trámite, y no

se requiere esperar una resolución de parte del Ministerio de Trabajo y

Promoción del Empleo.

La solicitud de acogimiento se presenta ante la Dirección Regional de

Trabajo y Promoción del Empleo del lugar donde se ubique la empresa.

Requisitos

Presentar ante la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del

Empleo, una solicitud firmada por el representante legal de la

microempresa (según formularios de acogimiento).

Se deberá adjuntar fotocopia de los siguientes documentos:

• DNI del representante legal, ficha RUC

• Declaración Jurada del Impuesto a la Renta del ejercicio anterior (sólo

si se encuentra en el régimen general) y un croquis de ubicación del

negocio.

Page 55: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

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2. Régimen Laboral Especial Para La Pequeña Empresa

a) Características

Abarca de 1 a 100 trabajadores (el límite sube de 50 a 100) y tiene un nivel

de ventas anuales menor a 1700 UIT (S/.5’950,000) (se elimina el límite

inferior de 150 UIT, y se eleva el límite superior de 850 UIT a 1700 UIT).

Resulta positivo que se hayan duplicado los límites para estar comprendido

dentro de la Pequeña Empresa, aunque es incoherente que no haya ocurrido

lo propio en el caso de la Micro Empresa

b) Régimen Laboral.

En lo que atañe al tema laboral, la Pequeña Empresa –al igual que la

Microempresa- puede acogerse al Régimen Laboral Especial de la Micro y

Pequeña Empresa que comprende: remuneración, jornada máxima de

trabajo, descansos remunerados (semanal, vacacional – 15 días y feriados) y

protección contra el despido arbitrario (20 remuneraciones diarias por cada

año completo de servicios con un máximo de 120 remuneraciones diarias).

Además, los trabajadores de la Pequeña Empresa –a diferencia de los de la

Microempresa- sí tienen derecho a SCTR, Seguro de Vida, Derechos

Colectivos, Participación en las Utilidades, CTS (15 remuneraciones diarias

por año completo de servicios, hasta alcanzar un máximo de 90

remuneraciones diarias) y Gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad

(media remuneración cada una).

Asimismo, existen diferencias en el tema del Aseguramiento en Salud y el

Sistema de Pensiones.

Los trabajadores de la Pequeña Empresa serán asegurados regulares de

Essalud y el empleador aportará la tasa correspondiente de acuerdo a lo

dispuesto en el artículo 6º de la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de

la Seguridad Social en Salud. En consecuencia, no podrán afiliarse al

componente Semisubsidiado del Seguro.

Por otro lado, los trabajadores de la Pequeña Empresa deberán

obligatoriamente afiliarse al SNP (ONP) o al SPP (AFP), pero no podrán

afiliarse al Sistema de Pensiones Sociales que es de carácter exclusivo de

la Microempresa.

Page 56: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

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ES DECIR:

Está dirigido a las pequeñas empresas que cumplan con los

siguientes requisitos:

No tener más de 100 trabajadores.

No tener un nivel de ventas que sobrepase las 1700 UIT, sean

estas personas jurídicas constituidas bajo los alcances de la Ley

General de Sociedades.

No pueden acogerse al régimen laboral especial:

las asociaciones civiles ni las cooperativas.

Tampoco pueden quedar comprendidos los trabajadores cuya

relación laboral se encuentre regulada por otras normas especiales,

tales como los profesores, médicos, enfermeros, etc.

Comprende a los siguientes derechos:

RMV S/. 550 (más asignación familiar de ser el caso), Vacaciones

15 días, descanso semanal de 24 horas.

Jornada de 48 horas semanales u 8 horas diarias.

2 gratificaciones al año de ½ sueldo cada una

Acceso a la seguridad social como asegurado regular a Es Salud,

tanto para el empresario como para el trabajador, pensiones.

Una indemnización de cuatro remuneraciones cuando el despido ha

tenido por finalidad sustituir a trabajadores del régimen laboral

general por otros del régimen laboral especial.

Trámite

El trámite de acogimiento al régimen laboral especial (RLE), autoriza

a contratar personal bajo dicho régimen laboral, es de aprobación

automática, y se encuentra sujeta a fiscalización posterior de parte del

Ministerio de Trabajo, que verificará que la pequeña empresa, no

tenga más de Cien trabajadores y que su nivel de ventas brutas al año

no sobrepase las 1700 UIT. El trámite es gratuito.

Page 57: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 56

El cargo de la solicitud, es la constancia de aprobación del trámite, y

no se requiere esperar una resolución de parte del Ministerio de

Trabajo y Promoción del Empleo.

La solicitud de acogimiento se presenta ante la Dirección Regional de

Trabajo y Promoción del Empleo del lugar donde se ubique la

empresa.

3. Régimen En Materia Tributaria

Recientemente, la Nueva Ley Mype, Decreto Legislativo Nº 1086 (28.06.2008),

ha introducido modificaciones al RER y al RG, pero ha guardado silencio en

relación al Nuevo RUS. A continuación, presentamos una síntesis de las

modificaciones más importantes en materia tributaria.

a) Sujetos No Comprendidos en el RER

Entre los supuestos que determinarán que no se esté comprendido en el RER,

tenemos el superar sus ingresos netos o sus adquisiciones afectadas a la

actividad (no incluye la de los activos fijos) el límite anual de S/.360,000

(con la Nueva Ley Mype el límite anual se eleva a S/.525,000); el superar el

valor de sus activos fijos afectados a la actividad, con excepción de los

predios y vehículos, la suma de S/.87,500 (con la Nueva Ley Mype el límite

se eleva a S/.126,000); y a partir de la vigencia de la Nueva Ley Mype se

incorpora un nuevo supuesto que es el desarrollar actividades generadoras de

rentas de tercera categoría con personal afectado a la actividad mayor a 10

(diez) personas por turno, lo que representa un serio retroceso en la

promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de las Mypes, así

las Pequeñas Empresas con más de 10 trabajadores no estarán comprendidas

en el RER.

b) Cuota Mensual del RER

La Nueva Ley Mype optó por reducir la tasa del RER en 40% (de 2.5% a

1.5%) para aquellas empresas que hasta antes de la vigencia de la misma

tenian una tasa de 2.5%. De esta manera, la norma se inclina por recoger la

Page 58: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 57

posición del MEF, no habiendo prosperado la propuesta de monotributo del

MTPE.

Así, la nueva norma establece que los contribuyentes que se acojan al RER

pagarán una cuota ascendente a 1.5% (uno punto cinco por ciento) de sus

ingresos netos mensuales de sus rentas de tercera categoría.

Al respecto, se ha señalado que la Nueva Ley Mype reduce la carga

impositiva del IR en 40% para las Mypes. En nuestra opinión, esta

afirmación no es del todo cierta o por lo menos es incompleta. Nos

explicamos, la reducción no alcanza a todas las Mypes, sino sólo a las que se

encuentran acogidas al RER y más específicamente a aquellas dedicadas

exclusivamente a la realización de actividades de servicios o a la realización

conjunta de actividades de comercio y/o industria y actividades de servicios,

pues aquellas Mypes dedicadas exclusivamente a las actividades de comercio

y/o industria ya pagaban una cuota ascendente al 1.5%.

c) Libros y Registros Contables obligados a llevar los sujetos

Acogidos al RER

La Nueva Ley Mype precisa que los sujetos acogidos al RER sólo están

obligados a llevar Registro de Compras y Registro de Ventas, eliminando así

la obligación de llevar otros libros y registros contables como el Libro de

Inventarios y Balances.

d) Declaración Jurada Anual que deberán presentar los sujetos del RER

Como se sabe, el pago de la cuota mensual del RER tiene carácter

cancelatorio. Por consiguiente, al tratarse de un pago de carácter definitivo, y

no de pagos a cuenta (como en el RG), no existe obligación de efectuar pago

de regularización alguno ni de presentar declaración jurada anual.

Sin embargo, la Nueva Ley Mype incorpora un importante cambio,

Page 59: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 58

señalando que los sujetos del RER presentarán una Declaración Jurada Anual

en la forma, plazo y condiciones que señale la Sunat. Dicha declaración

corresponderá al Inventario realizado al 31 de diciembre de cada ejercicio.

e) Contabilidad del Régimen General del Impuesto a la Renta

La Nueva Ley Mype también simplifica el tema de la Contabilidad del RG,

señalando que los perceptores de rentas de tercera categoría (sin distinguir si

son personas naturales o jurídicas) cuyos ingresos brutos anuales no superen

las 150 UIT (S/.525,000) deberán llevar como mínimo un Registro de

Ventas, un Registro de Compras y Libro Diario de formato simplificado. En

tanto que los demás perceptores de rentas de tercera categoría están

obligados a llevar contabilidad completa. Esta modificación resulta positiva,

si se tiene en cuenta que antes de ella, los perceptores de rentas de tercera

categoría distintos a las personas jurídicas con ingresos brutos anuales

superiores a 100 UIT así como las personas jurídicas estaban obligados a

llevar

Contabilidad completa

f) Depreciación Acelerada para las Pequeñas Empresas

Resulta interesante que la Nueva Ley Mype contemple la depreciación

acelerada para las Pequeñas Empresas (no para las Microempresas) que

podrán depreciar el monto de las adquisiciones de bienes muebles,

maquinarias y equipos (no se incluye los edificios y construcciones -por su

propia naturaleza- ni los vehículos) nuevos (aquellos que no hayan sufrido

desgaste alguno por uso o explotación) destinados a la realización de la

actividad generadora de rentas gravadas, en el plazo de tres años. Este

beneficio tendrá una vigencia de tres ejercicios gravables, contados a partir

del ejercicio 2009.

Page 60: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 59

TABLA COMPARATIVA: RÉGIMEN ANTERIOR Y NUEVA LEY MYPE

REFERENCIA REGIMEN ANTERIOR

LEY 28015 NUEVO RÈGIMEN D. LEG 1086

MICROEMPRE

SA

PEQUEÑ

A

EMPRES

A

MICRO

EMPRESA

PEQUEÑA

EMPRESA

CARACTERÍSTIC

AS

(REQUISITOS

CONCURRENTES

)

De 1 hasta 10

trabajadores

Ingresos anuales

hasta 150 UIT

(S/. 525,000)

De 1 hasta

50

trabajador

es

Ingresos

anuales

hasta 850

UIT

(S/.

2´975,000

)

De 1

hasta 10

trabajadores

Ingresos

anuales hasta

150 UIT (S/.

525,000)

De 1 hasta 100

trabajadores

Ingresos anuales no

mayores a 1,700 UIT

(S/. 5`950,000) que

serán reajustados cada

dos años por el MEF,

de acuerdo con la

variación del PBI

REMUNERACIO

N MINIMA

RMV S/. 550

RMV

S/.550

(más

asignació

n familiar

de ser el

caso)

RMV S/. 550

(puede ser

menor si lo

acuerda el

CNT)

RMV S/. 550 (más

asignación familiar de

ser el caso)

JORNADA-

HORARIO

8 horas diarias ó

48 horas

semanales

8 horas

diarias ó

48 horas

8 horas

diarias ó 48

horas

8 horas diarias ó 48

horas semanales

Page 61: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 60

semanales semanales

DESCANSO

SEMANAL 24 horas 24 horas 24 horas 24 horas

VACACIONES 15 días al año

30 días al

año 15 días al año 15 días al año

DESPIDO

INJUSTIFICADO

1/2 sueldo por

año.

Tope 06 sueldos,

las fracciones se

pagan en

dozavos.

1.5

sueldos

por año,

tope 12

sueldos

las

fracciones

se pagan

en

dozavos

10

remuneracion

es diarias por

año. Tope: 90

remuneracion

es

(3 sueldos).

20 remuneraciones

diarias por año.

Tope: 120

remuneraciones (4

sueldos).

CTS

No aplica

1 sueldo

por año No aplica

½ sueldo por año,

GRATIFICACION

ES No aplica

2 sueldos

al año No aplica

2 gratificaciones al

año de ½ sueldo cada

una

ASIGNACIÓN

FAMILIAR No aplica

10% de la

RMV No aplica No especifica

UTILIDADES

No aplica

De

acuerdo al

D. LEG

892

No aplica De acuerdo al D. LEG

892

PÓLIZA DE

SEGURO

No aplica

Régimen

General (a

partir de

los 4

años)

No aplica Régimen General (a

partir de los 4 años)

Page 62: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 61

SEGURO SOCIAL

Empleador 9%

Empleado

r

9% (más

seguro de

riesgo de

ser el caso

)

Empleador

aportará el

50%

El Estado

aportará el

50%

Empleador 9% (más

seguro de riesgo de ser

el caso )

PENSIONES

Facultativo 13% ONP

o AFP

Empleador

aportará el

50%

El Estado

aportará el

50%

13% ONP o AFP

REGIMEN

TRIBUTARIO

RUS, RER o

Régimen

General (el

acogido al RUS

no paga IGV)

RER o

Régimen

General

(mas

IGV)

RER 1.5

mensual

DJ Anual,

(IGV de 19%

de ser el

caso)

Impuesto a la

Renta 30%

IGV 1

9%

Depreciación

acelerada 3 años,

desde el 2009

Page 63: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 62

C. MARCO LEGAL DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA

E. INCIDENCIAS DE LA CGTP EN OPONERSE A EXTENDER RÉGIMEN

LABORAL ESPECIAL DE LEY DE MYPES

El dirigente de la CGTP atribuyó el paro al descontento popular por el

incumplimiento de los ofrecimientos electorales, y dijo que la protesta demanda la

aprobación de la Ley General de Trabajo, el impuesto a las sobre ganancias mineras,

la eliminación de intermediarios como las servicies, la derogatoria de las leyes que

atentan contra las comunidades campesinas y el cese de los despidos arbitrarios.

Mario Huamán mencionó como puntos de lucha el aumento de sueldos, salarios y

pensiones para compensar el alza del costo de vida; la solución a los problemas del

agro; el fortalecimiento y no la privatización de las empresas estratégicas y la

LEY Nº DE LEY FECHA

LEY DE FORMACION Y

FORMALIZACION DE

LAS MYPES

LEY 28015 03/07/2003

REGLAMENTO D.S 009-2003-TR 12/09/2003

NUEVA LEY MYPES D.L 1086 28/06/2008

LEY DE EMPRESA

INDIVIDUAL DE

RESPONSABILIDAD

LIMITADA (E.I.R.L)

D. LEY 21621 15/09/1976

LEY GENERAL DE

SOCIEDADES LEY 26887 09/12/1987

Page 64: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 63

defensa de nuestros recursos naturales y, por último, la derogatoria de las

inconstitucionales leyes represivas.

Mario Huamán, señaló que no tiene asidero la propuesta de los empresarios

para extender el régimen laboral de las Mypes a las empresas exportadoras,

con el fin de reducirles los sobrecostos laborales que les permitan enfrentar la

competencia de los textiles chinos en el mercado norteamericano. (Gestión)

Entendemos que el ministro de Trabajo también se ha manifestado en contra

de la medida, porque -según él- recorta derechos laborales. Sin embargo, no

ha aclarado en qué consiste lo que ha calificado como “diferencias objetivas

entre micro, mediana y gran empresa”. Si bien es cierto que la competencia

con China no se va a solucionar únicamente ampliando el régimen laboral de

las Mypes, esta medida sería de gran ayuda.

No se trata de recortar derechos a nadie sino de emparejar el piso para todos,

dado que casi el 70% de la PEA es informal o está desempleada y no goza de

los derechos y beneficios laborales de la gran minoría privilegiada con un

trabajo formal. Mantener un régimen tan rígido como el actual es mantener

privilegios para pocos en lugar de extenderlos hacia la mayoría y promover

beneficios acordes con la capacidad de las empresas.

A propósito del estudio “Las pequeñas empresas y los servicios de asistencia

técnica del programa Perú Emprendedor”, publicado por el MTPE, sería

interesante saber cuáles han sido las actividades para promover la Ley de

Mypes, ya que entendemos que en lo que va del año tan solo 1,110 empresas

se han acogido al régimen laboral especial de dicha norma.

Discrepamos con el ministro en relación a los sobrecostos salariales. Que las

remuneraciones en el Perú sean altas o bajas en relación a las remuneraciones

del resto de la región no justifica la existencia de sobrecostos, pues por si

acaso lo haya olvidado, los salarios son el resultado de la interacción de la

oferta y la demanda en el mercado laboral, y es por todos conocido el exceso

de oferta en el mercado doméstico. Los sobrecostos laborales en el Perú

existen, son altos y además constituyen una barrera muy alta para la creación

de empleo formal y de calidad.

Page 65: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 64

6. RESUMEN GENERAL DE LA

NUEVA LEY

I. ASPECTOS GENERALES

Como es de conocimiento general, fue dictado el DL. Nº 1086(28/06/08),

dispositivo que aprueba la ley de promoción de la competitividad, formalización y

desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al empleo decente y

modifica la ley Nº28015 vigente a partir del 12/09/03. Sobre el particular, se tiene

como expectativa que más de tres mil Mypes se formalicen en los próximos tres

años, con lo cual se beneficiaran mas de dos millones de trabajadores.

En esta nueva ley, encontraremos como una de las modificaciones sustanciales el

régimen laboral de las pequeñas empresas que contienen mayores beneficios y que

ahora estas podrán tener en su planilla hasta 100 trabajadores y un nivel de ventas

mayor de hasta 1700 UIT, lo cual permitirá una mayor contratación de personal

que se encontraba en situación de informalidad. En efecto los trabajadores de las

Pequeñas Empresas gozaran a partir de la entrada en vigencia de la nueva ley-de la

compensación por tiempo de servicios,(equivalente a 15 días), 15 días de descanso

vacacional y dos de gratificaciones al año (equivalentes a medio sueldo cada una).

De la misma manera, tendrán derecho a un Seguro Complementario de Trabajo de

Riesgo (SCTR) y a un seguro de vida a cargo del empleador.

De otro lado, en lo referido al régimen de la seguridad social y pensiones tenemos

que las microempresas serán subsidiadas por el Estado en un 50%, manteniéndose

los beneficios Laborales que tenían bajo la ley anterior.

Teniendo en cuenta lo anterior, en el presente informe desarrollaremos los

principales cambios establecidos en la nueva Ley de Mypes.

Page 66: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 65

J. DEFINICIÓN

Entendemos por micro y pequeña empresa a la unidad económica constituida por

una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión

empresarial contemplada en la legislación vigente, que tiene como objeto desarrollar

actividades de extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o

prestación de servicios. Así, pueden ser consideradas como microempresas las

sociedades anónimas cerradas, las empresas individuales de responsabilidad

limitada, las personas naturales con negocio, entre otras.

K. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Según lo establecido por el Decreto Legislativo N° 1086, en adelante la nueva Ley,

este régimen laboral especial es de aplicación a todos los trabajadores sujetos al

régimen laboral de la actividad privada que presten sus servicios en las micro y

pequeñas empresas, así como a sus conductores y empleadores.

Asimismo, con la nueva Ley este régimen se aplica también a las juntas de

asociaciones o agrupaciones de propietarios, inquilinos en régimen de propiedad

horizontal, condominio habitacional, así como las asociaciones o agrupaciones de

vecinos, respecto de los trabajadores que les presenten servicios en común de

vigilancia, limpieza, reparación, mantenimiento y similares, siempre y cuando no

excedan de diez (10) trabajadores.

También se aplica a las microempresas que realicen actividad agraria bajo los tér-

minos de la Ley N° 27360, Ley de Promoción de la Actividad Agraria. No obstante,

aquellas pequeñas empresas que se dediquen a esta actividad si deberán regirse

exclusivamente por lo que dispone la legislación especial sobre la materia.

Page 67: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 66

L. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS MYPES

A diferencia de lo dispuesto en la Ley N 28015, la nueva Ley de Mypes dispone que

las características que deben cumplir las micro y pequeñas empresas son las

siguientes (explicado anteriormente).

Al respecto, podemos apreciar que el cambio más importante es el referido al nivel

de ventas de las pequeñas empresas en el cual ahora podrán contar hasta con 100

trabajadores, y su nivel de ventas máximo podrá llegar hasta el monto de 1700

unidades Impositivas Tributarias (UIT)6, es decir S/. 5 950 000.00 nuevos soles,

situación que comprende a la mayoría de empresas peruanas.

Además, las pequeñas empresas se verán beneficiadas, por cuanto la nueva Ley de

Mypes ha establecido que cada dos años será revisado el nivel de ventas anuales, el

cual no será menor a la variación porcentual acumulada del Producto Bruto Interno

(PBI) nominal. De esta manera el monto máximo de ventas de las pequeñas

empresas fluctuará en razón a la situación económica del país.

M. EMPRESAS EXCLUIDAS

La nueva ley establece que los beneficios laborales regulados no serán aplicables a

las empresas que, pese a cumplir las características señaladas en el número anterior,

reúnen las siguientes condiciones.

1. Que conforman un grupo económico que en conjunto no reúnan tales

características.

2. Que tengan vinculación económica con otras empresas o grupos económicos

nacional o extranjeros que no cumplan con tales características.

3. Que falseen información o dividan sus unidades empresariales, con la finalidad

de la acceder beneficios de la nueva Ley. En este caso, serán sancionados con

6 La UIT vigente asciende a 3500 según el Decreto Supremo Nº 209-2007-EF

Page 68: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 67

una multa e inhabilitación de contratar con el Estado por un periodo no menos

de un año ni mayor de dos (2)7 años.

Los criterios para establecer la vinculación económica y la aplicación de las

sanciones serán establecidas en el Reglamento.

Asimismo las unidades económicas que se dediquen al rubro de azar y afines no

podrán acogerse a este régimen.

N. RÉGIMEN LABORAL

Antes de describir los beneficios laborales establecidos para las pequeñas empresas,

debemos resaltar que la nueva Ley de Mypes ratifica los derechos fundamentales

contemplados en Tratado de Libre Comercio (TLC) suscrito por nuestro país con

los Estados Unidos y en los Convenios de la OIT. Tales derechos son:

1. No utilizar, ni apoyar el uso de trabajo infantil, entendido como aquel trabajo

brindado por personas cuya edad es inferior a la mínima permitida por el Código

de los Niños y Adolescentes.

2. Garantizar que los salarios y beneficios percibidos por los trabajadores cumplan,

como mínimo con la normatividad legal.

3. No utilizar ni auspiciar el uso de trabajo forzado, ni apoyar o encubrir el uso de

castigos corporales.

4. Garantizar que los trabajadores no podrán ser discriminados con base en raza,

credo, género, origen y, en general, con base en cualquier otra característica

personal, creencia o afiliación. Igualmente no podrá efectuar o auspiciar ningún

tipo de discriminación al remunerar, capacitar, entrenar, promocionar, despedir,

o jubilar a su personal.

7 Los criterios para establecer la vinculación económica y la aplicación de las sanciones serán

establecidas en el reglamento.

Page 69: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 68

5. Respetar el derecho de los trabajadores a formar sindicatos y no interferir con el

derecho de los trabajadores a elegir o no elegir, y a afiliarse o no a

organizaciones legalmente establecidas.

6. Proporcionar un ambiente saludable. Para ello deberán tener en consideración las

disposiciones establecidas en el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo,

regulado por el Decreto Supremo Nº 009-2005-TR.

a) Derechos y beneficios laborales

Como hemos señalado anteriormente, la nueva Ley de Mypes principalmente

contempla beneficios laborales para las pequeñas empresas, y en materia de

seguridad social para las microempresas.

Así tenemos:

Contratación

La nueva Ley establece que los contratos laborales de los trabajadores

celebrados con anterioridad a su entrada en vigencia, continuarán

rigiéndose bajos las mismas condiciones. Esto quiere decir que si una

pequeña empresa celebró un contrato de trabajo con los beneficios

laborales establecidos para el régimen laboral común, mantendrá estos

beneficios, no siendo aplicables los regulados por la nueva Ley.

Asimismo, la nueva Ley establece que no serán aplicables los beneficios

laborales a los trabajadores que cesen con posterioridad a su entrada en

vigencia y vuelvan a ser contratados inmediatamente por el mismo

empleador bajo cualquier modalidad, salvo que haya transcurrido un año

desde el cese.

Al respecto, pueden darse los siguientes supuestos:

Primer supuesto:

En este primer supuesto, encontramos que el 1 de julio se extinguió el

vinculo laboral y el empleador re contrata al trabajador el día 29/08

del mismo año, esto es, antes de la entrada en vigencia de la nueva

Page 70: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 69

Ley. En este caso, no será aplicable la nueva Ley, sino que el

trabajador mantendrá los derechos obtenidos bajo las disposiciones de

la Ley N°28015.

Julio 2008 Agosto 2008

(01/07) (30/07) (29/09) (01/09)8

Segundo supuesto:

En este supuesto el empleador decide recontratar al trabajador dos

meses después de la entrada en vigencia de la nueva Ley de Mypes.

Al igual que el caso anterior, el empleador deberá continuar aplicando

el régimen laboral anterior regulado por la Ley N° 28015, por cuando

el cese se produce antes de la entrada en vigencia de la Ley.

Julio 2008 Octubre 2008

(01/07) (30/07) (01/09) (01/11)

Tercer supuesto:

8 Señalamos esta fecha porque de acuerdo con lo establecido por la nueva ley, el reglamento debería ser

publicado.

Fin de la

relación

laboral

Recontratación del

trabajador

Entrada en

vigencia de la

ley Mypes

Fin de la

relación

laboral

Entrada en vigencia

de la Ley de Mypes

Recontratación

del trabajador

Page 71: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 70

En este último supuesto, el empleador finaliza el vínculo laboral con

el trabajador el 30 de setiembre de 2008 -Estando vigente la nueva

Ley de Mypes- y lo recontrata el 1 de diciembre de 2008, es decir,

luego de dos meses. En este caso igualmente se aplica la legislación

anterior, por que no ha transcurrido un año desde que el trabajador

cesó y fue re contratado estando vigente la mueva Ley de Mypes.

No transcurre un año

(01/09/08) (01/09) (01/12/08)

La nueva Ley de Mypes ha establecido nuevos beneficios laborales para

las pequeñas empresas, manteniendo los beneficios de las microempresas,

salvo lo referido a la remuneración y seguridad social, como veremos a

continuación:

Remuneración

Actualmente, los trabajadores comprendidos en el régimen de las

microempresas tienen derecho a percibir como mínimo la Remuneración

Mínima Vital (RMV). Con la nueva Ley se ha establecido la posibilidad

de que se establezca una remuneración menor a la RMV, previo acuerdo

con el Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo.

Entrada en

vigencia

de la Ley de

Mypes

Fin de la

relación laboral

Recontratación

del trabajador

Page 72: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 71

Jornada de trabajo

La jornada de trabajo de los trabajadores de las mypes es de ocho (8)

horas diarias o cuarenta y ocho (48) semanales, al igual que el régimen

laboral común, Al respecto, es importante precisar, que para las

microempresas se mantiene lo establecido en la Ley N° 28015, referida a

que si habitualmente realizan sus actividades en horario nocturno, no será

aplicable la sobretasa del 35% establecida en el artículo 8 del Decreto

Supremo N° 007-2002-TR.

Descanso vacacional

Con la nueva Ley se mantiene el derecho al descanso vacacional de

quince (15) días para las microempresas, aplicándose este beneficio -a

partir de su entrada en vigencia- a las pequeñas empresas. Al igual que el

régimen común, podrán fraccionar sus descansos vacacionales por un

periodo mínimo de siete (7) días, de conformidad con lo establecido por

el Decreto Legislativo N" 713.

Compensación por Tiempo de servicios (CTS)

Con la nueva Ley, las microempresas igual no estarán obligadas al pago

de la CTS, pequeñas empresas se verán beneficiadas porque deberán

asumir solo el pago de media remuneración al año por dicho concepto.

Gratificaciones legales

De conformidad con la legislación anterior, las microempresas no estarán

obligadas al pagó de las gratificaciones legales. Con la entrada en

vigencia de la nueva Ley esto se mantiene y se establece que las

pequeñas empresas, solo estarán obligadas al pago de media

remuneración por concepto de gratificación legal, en la primera quincena

de julio y de diciembre.

despido injustificado.

La nueva Ley modifica el importe de la indemnización por despido

injustificado, tanto para los trabajadores de las microempresas y de las

pequeñas empresas. En efecto, para el trabajador de la microempresa

Page 73: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 72

dicha indemnización equivale a diez (10) remuneraciones por cada año

completo de servicios con un máximo de noventa (90) remuneraciones

diarias. En el caso de la pequeña empresa, la indemnización por despido

injustificado es equivalente a veinte (20) remuneraciones diarias por cada

año completo de servicios, con un máximo de ciento veinte (120)

remuneraciones diarias. En ambos casos, las fracciones de año se abonan

por dozavos.

O. PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE MYPE

A diferencia de la regulación anterior9 la nueva Ley establece que el régimen laboral

de las Mypes es de naturaleza permanente. No obstante, la empresa cuyo nivel de

ventas o el número de, trabajadores promedio de dos (2) años consecutivos supere el

nivel de ventas o el número de trabajadores permitidos para calificar como Mypes,

podrá conservar por un año calendario el régimen laboral especial correspondiente.

1uego de este periodo, la empresa parará, definitivamente al régimen laboral que le

corresponda.

P. OTROS BENEFICIOS

La nueva Ley contempla además de los beneficios laborales para las pequeñas

empresas, los siguientes beneficios:

1. Personería jurídica

La nueva Ley permite que las microempresas no necesariamente se constituyan

como persona jurídica. En ese sentido, las microempresas podrán ser conducidas

directamente por un propietario, persona individual, sin perjuicio de que

voluntariamente adopte la forma de Empresa Individual de Responsabilidad

Limitada (E.I.R.L.), o cualquiera de las formas societarias regulada según la Ley

General de Sociedades.

2. Constitución en línea

9 La ley Nº 28851 (27/07/2006) estableció que el régimen laboral especial de las micro empresas es de

naturaleza temporal y se extenderá por un periodo de diez(10) años desde la entrada en vigencia de la

presente ley.

Page 74: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 73

Con la finalidad de agilizar la constitución de empresas que se beneficien con el

régimen especial de 1as Mypes, la nueva Ley dispone que las entidades estatales

implementaran un sistema de constitución de empresas en líneas que permitirá

que el trámite concluya en un plazo no mayor de 72 horas. Dicha

implementación será progresiva, según lo permitan las condiciones técnicas en

cada localidad.

3. Beneficios administrativos

Con la nueva Ley se mantiene para las Mypes el descuento del setenta por ciento

(70%) de los derechos previstos en el TUPA del Ministerio De Trabajo y

Promoción del Empleo, por los trámites y procedimientos que efectúen ante la

Autoridad Administrativa de Trabajo.

4. Acceso al financiamiento

La Corporación Financiera de Desarrollo - Cofide el Banco de la Nación y el

Banco Agrario promoverán y articularán integralmente a través de los interme-

diarios financieros que correspondan, el financiamiento a las Mypes,

diversificando y descentralizando e incrementando la cobertura de la oferta de

servicios de los mercados financieros y de capitales. Complementariamente, se

otorgarán facilidades a las instituciones financieras de micro finanzas no

reguladas.

5. Cesión de derechos de acreedor por parte de las Mypes

En los procesos de contratación de bienes y servicios que realicen las entidades

publicas con las Mypes, una vez adjudicada la buena por a favor de cualquiera

de estas, las Mypes podrán ceder su derecho de acreedor a favor de las

instituciones financieras reguladas por la Ley N° 26702. Ley General del

Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia

de Banca y Seguros. Así también, la nueva Ley dispone que solo podrán ceder

sus derechos a las entidades financieras del Estado las Mypes10

que hubieran

celebrado contratos con el Estado derivados de procesos de selección de

10

Esa cesión de derechos no implica traslado de las obligaciones contraídas con las mypes.

Page 75: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 74

licitación pública, concurso público, y adjudicación directa en el marco de la

Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Dicha cesión no implica el

traslado de las obligaciones contraídas por las Mypes.

6. Fomento de la asociatividad y cadenas de exportación

La nueva Ley fomenta el acceso a los programas y medidas de fomento al

desarrollo empresarial, el cual será articulado con la finalidad de priorizar a

aquellas empresas que se agrupen en unidades asociativas o clusters o se inserten

en procesos de subcontratación o cadenas productivas de exportación.

7. Beneficios especiales para los discapacitados

En las instituciones públicas donde se otorgue en concesión servicios de

fotocopiado, mensajería u otros de carácter auxiliar a las labores administrativas

de oficina las microempresas constituidas y conformadas por personas con

discapacidad o personas adultas de la tercera edad, en condiciones de similar

precio calidad y capacidad de suministro serán consideradas prioritariamente

para la prestación de tales servicios.

Page 76: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 75

CASO PRÁCTICO

Beneficios laborales de un trabajador de la microempresa de un trabajador acogido al

régimen laboral común.

Al mes de julio del presente año, una empresa dedicada a la comercialización se

encuentra acogida al régimen especial de la microempresa, cuenta con dos trabajadores

bajo dos regímenes laborales distintos, que fueron despedidos en forma arbitraria con

fecha 19 de diciembre de 2008. Al respecto, contamos con los siguientes datos:

SOLUCIÓN:

Calculo de los beneficios sociales de los trabajadores en ambos regímenes.

Según los datos señalados el cese se produjo al 19/12/08 por lo que debemos realizar la

liquidación de beneficios sociales de los dos (2) trabajadores, teniendo en cuenta los

regímenes laborales de cada trabajador. Así tenemos:

TRABAJADOR A: Régimen General

TRABAJADOR B: Régimen Especial

Conceptos Trabajador A Trabajador B

Base S/ Base S/.

Remuneración

diciembre 2008

19 días de labores

(S/. 1000/30*19) 633

19 días de labores

(S/. 1000/30*19) 633

Asignación

familiar Si 55 No ----

Vacaciones 1 remuneración 319 15 remuneraciones 151

Conceptos Trabajadores

A B

Fecha de ingreso 01/09/2008 01/09/2008

Fecha de cese 19/12/2008 19/12/2008

Remuneración mensual S/. 1000 S/. 1000

Carga familiar Un hijo Un hijo

Tiempo de servicios 3 meses, 19 días 3 meses, 19 días

Motivo de cese Arbitrario Arbitrario

Page 77: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 76

Truncas mensual por año

12avas por mes y

30avas por día.

diarias por año,

12avas. Por mes y

30avas. Por día

Gratificaciones

truncas

1/6 de remuneración

por mes completo

en cada periodo de 6

meses.

528 No ----

CTS

Tantos dozavos por

mes y treintavos por

día laborado

331 No ----

Indemnización

por despido

arbitrario

1½ remuneración

mensual por año.

12ava por mes y

30ava. Por día

479

10 remuneraciones

diarias por año, con

tope de 90

remuneraciones

diarias

83

TOTAL S/ 2345 TOTAL S/ 867

al respecto, es importante precisas que en la fecha de cese(19/12/20089 ya estaría

vigente la nueva ley de Mypes, con lo cual la indemnización por despido arbitrario

equivaldría a 10 Remuneraciones diarias por año y no a 15 remuneraciones establecidas

en la legislación anterior, ley Nº 28015.

Recontratación de trabajador de microempresa

Ahora bien, tomando en cuenta el caso planteado, supongamos que la empresa

recontratar al trabajador cesado después de un año de su cese (20/12/2009), con la

misma remuneración y con posterioridad a la entrada en videncia de la mueva ley de

Mypes, y que la empresa ya dejo de ser microempresa y pasó a ser pequeña empresa

(por superar el nivel de ventas o el numero de trabajadores), en este caso el trabajador

tendría derecho a lo siguientes beneficios:

Page 78: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 77

Conceptos

Trabajador A Trabajador B

Antes (bajo el régimen de las

microempresas)

Después (bajo el régimen de las

microempresas)

Base S/ Base S/.

Remuneración

diciembre

2009

11 días de labores

(S/. 1000/30*19) 633

11 días de labores

(S/. 1000/30*19) 633

Asignación

familiar Si 55 No ----

Vacaciones

Truncas

15 remuneración

diarias por año

12avas por mes y

30avas por día.

151

15 remuneraciones

diarias por año,

12avas. Por mes y

30avas. Por día

151

Gratificaciones

truncas No ---

Media remuneración

el al quincena de

julio y diciembre

500

CTS No 500

Media remuneración

el al quincena de

Abril y Noviembre

500

Indemnización

por despido

arbitrario

10 remuneración

diarios por año.

Con 90

remuneraciones

diarias

333

20 remuneraciones

diarias por año, con

tope de 120

remuneraciones

diarias

667

TOTAL S/ 1672 TOTAL S/ 2451

Page 79: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 78

CONCLUSIONES

La nueva ley Mypes recientemente aprobada favorece al trabajador en algunos

aspectos e incentiva a las empresas a formalizarse ofreciéndoles mayores

facilidades, menores costos laborales.

En su gran mayoría las Mypes son informales, es decir que carecen de licencia

de autorización, R.U.C., no emiten ningún documento de ventas, ni lo reciben,

así como los que tienen estos documentos declaran sus impuestos por debajo de

lo perciben realmente. Lo cual conlleva al desorden en su documentación, al no

saber a ciencia cierta cuál es su nivel de ingresos reales (ventas mensuales);

perjudicándolos para la obtención de préstamos ante entidades financieras.

Es necesario que el Estado actué de manera eficiente promocionando a las

Mypes con iniciativas que estén a cargo de los Ministerios y entidades públicas,

puede considerarse a los gobiernos locales como instrumentos de fomento y

desarrollo de las Mypes, orientando y capacitando a estas sobre las líneas de

financiamiento y formas de ellas, así como concientizar al cumplimiento de sus

obligaciones, tanto tributarias como financieras y comerciales. Además deben

capacitar a los empresarios sobre la

Administración de sus recursos, pues muchos de ellos fracasan por falta de

eficiencia.

El sector de la micro, pequeña empresa impulsa el autoempleo como una forma

de enfrentar la pobreza en nuestro país.

Page 80: Mi monografia

Micro y Pequeña Empresa UNC

Página 79

BIBLIOGRAFIA

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”Manual Practico para formar Pequeñas y Micro Empresas”; Lima; 2001

ABAD GONZALES, Víctor G

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Lima Perú junio- 2007.

CAMPOS TORRES, Sara.

“Régimen laboral – especial”. Gaceta jurídica Editores, lima- 2006.

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“Comentario a la nueva ley general de sociedades” Gaceta jurídica Editores.

Lima- Perú.

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· www.infopyme.com

· www.mintra.gob.pe

· www.sunat.gob.pe

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http://www.mypeperu.gob.pe/

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Micro y Pequeña Empresa UNC

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Anexos

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Micro y Pequeña Empresa UNC

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SOLICITUD DE ACOGIMIENTO AL REGIMEN LABORAL DE LA MICROEMPRESA

Y/O BENEFICIO DE PAGO DEL 30% EN TRAMITES DEL TUPA

(Persona natural con negocio)

DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO – Dirección

MYPE. 11

……………………………………………………….......... con R.U.C. Nº …………………………, y D.N.I./C.E. Nº

…………………………, con dirección del negocio en12

(Av., Jr., calle) ………………………………………..

…………………………………………………………………….., distrito …………………….………………………., provincia

…..………………, departamento …………………………y domicilio legal (opcional) en …………….

………………………………………, distrito ………………………., teléfono Nº ………………., correo electrónico:

……………………..………@……………….…………….., dedicado(a) a la actividad de

…………………..……………………………………………………………………. 13

, ante usted atentamente digo:

Que, al amparo de lo dispuesto en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa

y su Reglamento el D.S. Nº 009-2003-TR, solicito a usted:

(Marcar con un ASPA la opción que corresponda en lo siguiente recuadro)

Estar comprendido en el Régimen Laboral Especial (sólo para microempresas)

Pago del 30% de los derechos de pago previstos en el TUPA del MTPE (para micro y pequeña empresas)

Para tal efecto, teniendo en consideración las sanciones estipuladas en la Ley Nº 27444 y demás disposiciones

legales, DECLARO BAJO JURAMENTO que cumplo con las condiciones establecidas en los artículos 2º y 3º de la

Ley Nº 28015, para ser considerada como ……………………………….…14

, en tanto mis ventas brutas anuales

ascienden a la suma de S/. ................................ NUEVOS SOLES y cuento con el personal detallado en los siguientes

cuadros:

TRABAJADORES

(No incluye al propietario)

FAMILIARES DEL

PROPIETARIO15

(en números)

NO FAMILIARES

(en números)

Hombre Mujer Hombre Mujer

SIN

DISCAPACIDAD

Adultos (18 años o más)

Adolescentes (14 - 17 años)

CON

DISCAPACIDAD

Adultos (18 años o más)

Adolescentes (14 – 17 años)

SUB TOTALES A: B: C: D:

TOTAL TRABAJADORES (sumar A+B+C+D)

Propietario del negocio

(marcar con un aspa)

Hombre Mujer

Asimismo, cumplo con adjuntar los siguientes documentos:

11

Nombre del propietario(a) del negocio. 12 Dirección donde funciona el negocio principal, de haber otros locales agregarlos en el croquis. 13 Indicar la principal actividad comercial, industrial, servicios, manufacturas, telecomunicaciones, etc. 14 Especificar la condición de (a)MICROEMPRESA o (b)PEQUEÑA EMPRESA 15

Considerar familiares hasta el 2º grado consanguinidad (padres, hermanos, hijos, nietos, abuelos)

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Fotocopia del documento de identidad del representante legal

Fotocopia de la Ficha RUC o Información registrada(actualizada)16

Declaración Jurada del impuesto a la Renta (sólo para empresas bajo el Régimen Tributario General)

Croquis de ubicación del negocio y de los locales anexos, con indicación de lugares de referencia

…………………, ……… de …………………del 200.......

(Ciudad)

…………………..

Firma y sello del

representante

16

En la información registrada debe aparecer datos del representante legal y régimen tributario.