úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas...

17
1 0 úmero ABRIL 2017

Transcript of úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas...

Page 1: úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas impuestas unilateralmente por el Gobierno (congelaciones salariales, despidos colectivos

1

0

úmero ABRIL 2017

Page 2: úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas impuestas unilateralmente por el Gobierno (congelaciones salariales, despidos colectivos

2

UGT RECLAMA EL DESARROLLO DEL EBEP

FESP-UGT RECLAMA AL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y

COMPETITIVIDAD MAYOR TRANSPARENCIA SOBRE EL “PLAN

ESTATAL DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TÉCNICA Y DE

INNOVACIÓN (2017-2020)”

CON NUESTRO SECRETARIO GENERAL PEPE ÁLVAREZ, EN EL ACTO

ORGANIZADO POR "ENCUENTROS COMPLUTENSE"

TENEMOS QUE PASAR #ALAOFENSIVA Y RECUPERAR LOS

DERECHOS PERDIDOS

EL ACCIDENTE SUFRIDO POR UN TRABAJADOR AL DESVIARSE DE

SU RUTA DE VUELTA A CASA PARA ACERCAR A UN COMPAÑERO ES

“IN ITINERE”

EL TS ESTABLECE EN 20 DÍAS POR AÑO LA INDEMNIZACIÓN POR

RESCISIÓN DE CONTRATOS DE LOS INDEFINIDOS NO FIJOS

CAMPAMENTOS DE VERANO

NOTICIAS BREVES

EMPLEO PÚBLICO

BIBLIOTECA

Page 3: úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas impuestas unilateralmente por el Gobierno (congelaciones salariales, despidos colectivos

3

El Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) dejó de ser un mito para convertirse en realidad con su publicación el 13 de abril de 2007. Con él se dio cumplimiento a una de las mayores aspiraciones de FeSP-UGT y de los empleados públicos de este país. Además de suponer un desarrollo de la Constitución Española de 1978, dio respuesta a las necesidades que durante varias décadas venían acuciando a las Administraciones Públicas.

Democratizó el marco de las relaciones laborales del conjunto de empleados públicos del país; fijó un modelo homogéneo de función pública respetando y contemplando la realidad territorial, competencial y sectorial existentes; innovó y reforzó materias tan trascendentales como la carrera, la promoción y la clasificación profesional. Hizo posible la percepción de trienios por el personal interino/temporal y, sobre todo, configuró un auténtico derecho a la Negociación Colectiva en el seno de las Administraciones Públicas.

Sin embargo, el cambio de ciclo político y la mala situación económica han sido argumentos para impedir su desarrollo. Y también para desmantelar todas las mejoras de ejecución directa que el EBEP planteó en su momento (vacaciones, permisos, políticas de igualdad, protección de la salud, etc.). Para ello se han producido varias modificaciones unilaterales (sin participación sindical) avaladas, en la mayoría de los supuestos, por las más altas instancias judiciales (Tribunales Constitucional y Supremo) que han desvirtuado los contenidos del EBEP.

Esta situación, lejos de ser coyuntural, se ha convertido en la particular cruzada ideológica reaccionaria del Gobierno en contra de las Administraciones Públicas y sus empleados.

En estos diez años de EBEP los distintos gobiernos han destruido 53.127 empleos públicos. Una circunstancia derivada de las tasas de reposición, amortizaciones y privatizaciones. Han sido muchos y variados los recortes padecidos por los empleados públicos estos últimos años, lo que ha erosionado tremendamente su situación socioeconómica y profesional. Pero quizás la más preocupante e ilustrativa es la pérdida de su poder adquisitivo que, durante estos diez años, ronda el 18,4%.

Desde FeSP-UGT exigimos el desarrollo negociado del EBEP en aquellos sectores que, por imperativo legal, así lo precisan. En concreto del Estatuto del Personal Docente, de la adaptación del actual Estatuto Marco del personal estatutario (Ley 55/2003) al EBEP y del Estatuto del Personal Investigador.

Desde una perspectiva territorial, sólo se ha desarrollado de manera completa a través de la Ley 10/2010, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana; la Ley 4/2011, del Empleo Público de Castilla- La Mancha, la Ley 2/2015, del Empleo Público de Galicia y la Ley 13/2015, de Función Pública de Extremadura.

El algún territorio se han llevado a cabo modificaciones parciales de su normativa de función pública sobre alguna de las materias previstas (carrera horizontal, evaluación del desempeño, etc.) pero no un desarrollo completo del mismo.

En alguna Comunidad Autónoma se ha estado a punto de desarrollo (Aragón, Illes Balears, Euskadi), pero finalmente no se ha visto concretado por falta de voluntad política de Gobierno de turno. No obstante, la falta de desarrollo que más llama la atención es la relativa a la Administración General del Estado, por ser competencia exclusiva del Gobierno Central que, en estos 10 años, no ha mostrado compromiso alguno al respecto.

UGT RECLAMA EL DESARROLLO DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO

Page 4: úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas impuestas unilateralmente por el Gobierno (congelaciones salariales, despidos colectivos

4

Se necesita además una cobertura presupuestaria adecuada que financie las medidas más positivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas impuestas unilateralmente por el Gobierno (congelaciones salariales, despidos colectivos para el personal laboral, imposición de una jornada laboral con carácter de legislación básica de 37´5 horas. como mínimo, reducción salarial en situación de Incapacidad Temporal etc).

Es también necesario adaptar el EBEP a las nuevas realidades socioeconómicas y profesionales de los empleados públicos que, evidentemente, han cambiado bastante en la última década. Entre muchas otras, algunas de nuestras propuestas para mejorar las condiciones laborales de los empleados públicos por ámbitos, son:

Crear mecanismos de coordinación entre las distintas Administraciones para establecer equivalencias entre todas las carreras.

Regulación del “indefinido no fijo de plantilla”. Derecho a la carrera del personal temporal de larga duración. Incorporación de cualificaciones profesionales y un mayor protagonismo de la

formación continua.

Planes de ordenación de Recursos Humanos (consolidación, movilidad, etc.). Extensión de la jubilación parcial a los empleados públicos, en términos similares al

resto de trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social.

Equiparación de los topes en la percepción de la pensión máxima entre Clases Pasivas. Inclusión de una partida presupuestaria referida al impacto de género en cada

Administración, con implementación de planes de Igualdad. Movilidad del personal en el conjunto de las Administraciones Públicas como derecho.

Realización de concurso previo entre funcionarios, antes de las convocatorias de nuevo ingreso.

Mayor seguridad jurídica para personal laboral.

Page 5: úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas impuestas unilateralmente por el Gobierno (congelaciones salariales, despidos colectivos

5

Representantes de FeSP-UGT asistieron el día 10 de marzo de 2017 a una reunión informativa

sobre el “Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (2017-2020)”,

convocada por la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación y la Directora

General de Política de Investigación, Desarrollo e Innovación.

En dicha reunión se nos informó verbalmente (sin facilitársenos ningún documento escrito al

respecto) que el Plan Estatal tiene tanto una dimensión pública como una privada y

empresarial, y que incluirá cuatro grandes programas:

1. Promoción del talento y empleabilidad, cuya prioridad sería la incorporación de

investigadores al mercado de trabajo, con subprogramas específicos de ayudas

predoctorales, postdoctorales, de incorporación de investigadores, de contratación de

doctores e investigadores en empresas, y de movilidad de investigadores.

2. Generación del conocimiento y tecnología del sistema público, en que se inscriben

ámbitos como I+D Generación de conocimiento e Infraestructuras y equipamiento.

3. Liderazgo empresarial, en que se enmarcan iniciativas para el aumento de las ayudas o

tramos no recuperables, el fomento de la adquisición de activos fijos, y el apoyo a centros

tecnológicos. Incluye también actuaciones dirigidas a la promoción de consorcios de

investigación empresarial nacional, innovación y tecnologías digitales, y capacitación

digital.

4. Retos de la sociedad, en que se encuadran Proyectos I+D+i, Redes de Investigación,

Ayudas para la Promoción de la Cultura Científica y de la Innovación.

Dado el cariz exclusivamente verbal de esta reunión informativa (sin que hasta ahora se nos

haya facilitado ningún documento escrito al respecto) el Sindicato de Universidad e

Investigación de FeSP-UGT ha pedido y reiterado a la Secretaria de Estado de Investigación y

a la Directora General de Política de Investigación, Desarrollo e Innovación el envío del

borrador escrito del Plan Estatal en preparación, con la finalidad de analizarlo con precisión y

efectuar las correspondientes propuestas de mejora, hallándonos todavía a la espera de

recibir alguna respuesta.

NO OBSTANTE, SOBRE LA BASE DE LA ESCASA INFORMACIÓN VERBAL DE LA QUE HASTA

AHORA DISPONEMOS, NUESTRAS VALORACIONES PROVISIONALES SOBRE EL PLAN ESTATAL

DE INVESTIGACIÓN EN PREPARACIÓN SON LAS SIGUIENTES:

En primer lugar valoramos positivamente que el Plan de Investigación para los próximos

cuatro años incluya, según se nos dijo, diversas iniciativas y programas específicos de

ayudas a la investigación y de incorporación de investigadores al mercado laboral. Así

como que a ello se destinen, al parecer, importantes fondos económicos, tanto

directamente aportados por el Estado como procedentes de recursos europeos. Sin que,

EL SINDICATO DE UNIVERSIDAD DE FESP-UGT RECLAMA A LA SECRETARÍA DE ESTADO DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD, MAYOR TRANSPARENCIA SOBRE EL “PLAN ESTATAL DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TÉCNICA Y DE INNOVACIÓN (2017-2020)”

Page 6: úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas impuestas unilateralmente por el Gobierno (congelaciones salariales, despidos colectivos

6

como se ha expresado, conozcamos hasta ahora su monto económico real, tanto global

como por programas, debido a la carencia de información escrita sobre los mismos.

Sin embargo, nuestro Sindicato de Universidad e Investigación de FeSP-UGT lamenta

profundamente que no se haya contado debidamente con nosotros, en representación

de los investigadores de las universidades, en el proceso de preparación de dicho Plan

Estatal de Investigación; y ello pese a que, según se nos informó, se ha consultado para su

elaboración con más de 150 personas.

Además, por lo que hasta ahora hemos podido conocer, consideramos que la concepción

general del Plan Estatal de Investigación y su nomenclatura tienen en nuestra opinión un

gran sesgo de cariz economicista y privatizador de la investigación pública en España; y

echamos en falta en el Plan una terminología y unos objetivos más amplios y explícitos en

relación con aspectos de la ciencia, el conocimiento, la educación, los valores, la cultura, el

bienestar social, la justicia, etc., vinculados a áreas sociales y humanas como Derecho,

Criminología, Ciencias de la Educación, Ciencias del Comportamiento y Psicología, Ciencias

Sociales y Sociología, Política, Historia, Filosofía, Geografía, Filología, Lingüística, Arte,

Arquitectura, etc., ámbitos todos que en la actualidad quedan implícitamente subsumidos

(en materia de investigación) bajo la genérica e inespecífica denominación de “Retos de la

Sociedad”.

INSTAMOS A LOS ESTAMENTOS DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

RESPONSABLES DEL ÁMBITO DE LA INVESTIGACIÓN A TOMAR EN CONSIDERACIÓN ESTAS

REFLEXIONES PROVISIONALES EN EL DISEÑO DEL PLAN ESTATAL DE INVESTIGACIÓN, A LA VEZ

QUE LES REITERAMOS Y URGIMOS A ENVIARNOS CON INMEDIATEZ LA INFORMACIÓN

ESCRITA DISPONIBLE SOBRE DICHO PLAN EN PREPARACIÓN.

PLAN ESTATAL DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TÉCNICA Y DE INNOVACIÓN (2017-2020)

Page 7: úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas impuestas unilateralmente por el Gobierno (congelaciones salariales, despidos colectivos

7

https://www.ucm.es/encuentros/los-sindicatos-ahora

El pasado 26 de abril, Encuentros Complutense organizó: Los Sindicatos ahora donde los secretarios generales de CC.OO y UGT moderados por la periodista económica Marta Flich debatieron sobre las repercusiones que la convergencia de los procesos de globalización socioeconómica y el proceso disruptivo de transformaciones tecnológicas tienen sobre el marco de actuación de las relaciones laborales y el futuro de las organizaciones sindicales.

Según la OIT, de 2008 a 2014, se han creado 212 millones de empleos netos en el mundo pero en el conjunto de los países desarrollados tan solo cien mil. Resulta evidente que el empleo se encuentra en un proceso de mutación pero si cada año se crean cerca de 40 millones de empleos en el conjunto del planeta, si hay 823 millones de trabajadores más que hace veinte años y si la cifra total de trabajadores del mundo ronda los 3.190 millones puede afirmarse que estamos en un proceso irreversible de fin del trabajo?

Parece evidente que la relación de empleo es cada vez menos segura lo que contribuye a la reducción de la demanda y de la producción y al aumento de las desigualdades generando grandes retos para las políticas y las instituciones que se han establecido en torno al modelo estándar de empleo común hasta nuestros días.

Un nuevo mantra se escucha con fuerza desde hace tiempo: la digitalización de la economía va a generar un fuerte desempleo tecnológico que determinará las relaciones laborales del futuro así como un alto grado de desigualdad social. Qué grado de certeza contienen afirmaciones como ésta?, ¿Los datos de desempleo en Europa forman parte de una crisis temporal o denotan una tendencia más profunda? ¿Las transformaciones tecnológicas disruptivas crean o destruyen empleo? ¿Trabajaremos menos en el futuro? ¿Estamos preparados para vivir sin trabajar? ¿Cómo afecta este horizonte a las organizaciones sindicales y como deben enfrentarse a las perspectivas de cambios y transformaciones aceleradas? ¿Cómo se flexibilizan y adaptan las estructuras sindicales a los nuevos retos? ¿De qué forma acercar el sindicato a los jóvenes y al resto de la sociedad?

De estas y otras cuestiones hablaron JOSEP MARÍA ÁLVAREZ SUÁREZ, secretario general de UGT e IGNACIO FERNÁNDEZ TOXO secretario general de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras con la colaboración de MARTA FLICH , periodista del Huffignton Post donde actualmente colabora con publicaciones de economía, que actuó como moderadora y dinamizadora del encuentro

CON NUESTRO SECRETARIO GENERAL PEPE ÁLVAREZ, EN EL ACTO

ORGANIZADO POR "ENCUENTROS COMPLUTENSE"

Page 8: úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas impuestas unilateralmente por el Gobierno (congelaciones salariales, despidos colectivos

8

Tenemos que pasar

#ALaOfensiva y

recuperar los derechos

perdidos La FeSP –UGT de Madrid, ha participado en la Asamblea anual consultiva que este año con el lema #A la ofensiva- es hora de recuperar derechos, ha reunido a 1.500 delegados y delegadas, procedentes de todas las Comunidades Autónomas y de las Federaciones madrileñas, así como Órganos Confederales y Federales para debatir los objetivos, estrategias y nuestra posición en el diálogo social, la negociación colectiva y los distintos cambios organizativos que el sindicato ha emprendido en este último año. La estructura de la Asamblea se ha desarrollado con la apertura del Secretario General, Pepe Álvarez, que ha afirmado que “las mejoras para los trabajadores de nuestro país van a venir de la mano del sindicato, pues es el instrumento más importante para canalizar y consolidar derechos, y recuperar los perdidos estos últimos años”. Después de mostrar su orgullo por estar en un sindicato donde sus representantes defienden los derechos de todos y todas, expuso la posición clara que tiene el Confederal respecto a la Seguridad Social y la defensa del sistema para que se mantenga la caja única que posibilita el pago de pensiones, así como el derecho a cobrar una pensión. En este sentido reclamó que los gastos de la Seguridad Social se paguen con cargo a los Presupuestos Generales del Estado (PGE) como el resto de la Administración Publica y que se eliminen las bases máximas de cotización, que en nuestro país se sitúa en 40.000 euros y que en otros países de nuestro entorno llegan a cotizar por un máximo de hasta 100.000 euros, para

contribuir a paliar el déficit del sistema de la Seguridad Social.

Además planteó la necesidad de dirigir impuestos de manera directa para que el Fondo de Reserva aumente y blindar el Pacto de Toledo mediante acuerdos parlamentarios y que pasen dos legislaturas, al menos, para que se cambien las normas de pensiones en nuestro país.

Pepe Álvarez trasladó a la Asamblea las quejas de la Patronal que “dice que paga mucho de Seguridad Social” aunque están a un 25-35% por debajo de los costes de la UE.

Respecto a los salarios no se llegará a un acuerdo a cualquier precio, aunque ya están cediendo, pero hay que hablar de otros temas, como de la retroactividad en los convenios o la gestión de Incapacidad Temporal por causa común por parte de las mutuas.

Manifestó a las delegadas y delegados que si hay alguna posibilidad de tener acuerdos en materia de pensiones o salarios, la Comisión Ejecutiva Confederal consultará la propuesta mediante votación entre los delegados y delegadas y luego iremos al Comité, pues tenemos que informar a todas y todos.

Tras la apertura a cargo del Secretario General, se pasó a un turno de preguntas que las delegadas y delegados que integraban la Asamblea han formulado a través de formularios repartidos entre los participantes, agrupado en varios bloques temáticos y que han sido contestadas por los responsables regionales y federales del sindicato, además de por el propio

Page 9: úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas impuestas unilateralmente por el Gobierno (congelaciones salariales, despidos colectivos

9

Secretario General de UGT, con temas como los que afectan al colectivo de juventud, o en materia de igualdad, la importancia de los Servicios Públicos, la salud laboral y su abandono por parte de las empresas, la huelga general, la incidencia de la reforma laboral, la gestión interna del sindicato y el trabajo que nos queda por hacer.

Por su parte, el Secretario General de la FeSP UGT, Julio Lacuerda, en el turno de respuestas, respondió respecto al futuro del Sector Postal, los recortes en sanidad y educación sin olvidar la privatización de los

servicios públicos, y entró en los detalles del acuerdo sobre empleo público que UGT ha firmado en el seno de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, profundizando en su respuesta con la aportación de datos de temporalidad y los puestos de trabajo perdidos durante estos últimos años, además de aclarar que UGT mantiene su oposición a la subida salarial del 1% para las empleadas y los empleados públicos y, por tanto, este acuerdo no significa que todo está hablado con el Gobierno.

Page 10: úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas impuestas unilateralmente por el Gobierno (congelaciones salariales, despidos colectivos

10

El Tribunal Supremo considera que no se

rompe la conexión laboral si el trabajador,

tras finalizar su jornada, emplea algo de

tiempo en una despedida, en charlar con

un compañero o en acercarle a su

domicilio

El fallecido, oficial de primera de la construcción, regresaba de dejar a dos compañeros en su casa cuando su vehículo fue alcanzado por otro provocando su salida de la vía.

La viuda y la hija reclaman que las correspondientes prestaciones de Seguridad Social se consideren generadas por accidente de trabajo. Agotada la vía administrativa, interponen demanda frente al INSS, la TGSS, la Mutua Asepeyo y la mercantil empleadora.

En primera instancia, se desestima la petición. Las demandantes interponen recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que confirma la sentencia del juzgado. Considera que los hechos muestran una fractura del elemento cronológico – alteración del recorrido por desviaciones o alteraciones temporales anormales por motivos de interés particular que rompen el nexo causal con la ida o la vuelta del trabajo- que impide la consideración de accidente «in itinere», ya que el tiempo invertido en trasladar a los dos compañeros excede «del normal requerido en dicho exclusivo traslado».

Las afectadas deciden elevar la cuestión ante el Tribunal Supremo. La sentencia de 14 de febrero de 2017 (EDJ 5517) sostiene que los hechos probados acreditan que la finalidad principal del viaje durante el cual fallece el causante posee claro tinte laboral. Aunque podría haber regresado a su domicilio de manera directa, el desvío es para dejar en sus respectivos domicilios a dos compañeros de trabajo.

Por lo tanto, ese periodo de tiempo es parte del que corresponde a su propio viaje de vuelta a casa, ocurriendo el fatal accidente en la continuación del desplazamiento que iba a permitir su conclusión, pudiendo calificarse, en consecuencia, como «in itinere», por no alterarse el nexo causal. Esta interpretación flexible está en línea con la establecida por la jurisprudencia del TS a la hora de calificar un accidente como laboral.

En este sentido, factores como despedirse de un compañero, acercarle a su domicilio, o incluso realizar alguna gestión intermedia (recargar combustible, acudir al servicio, realizar una mínima compra) no rompen el elemento cronológico de ida y regreso del trabajo.

En consecuencia, se estima el recurso para unificación de doctrina y se reconoce a la viuda y a la hija del fallecido las prestaciones de Seguridad Social de 18.283€ anuales.

Fuente: El Derecho

https://www.prevencionintegral.com/actualidad/noticias/2017/04/08/accidente-sufrido-por-trabajador-desviarse-

su-ruta-vuelta-casa-para-acercar-companero-es-itinere#.WPhh7B-pIUo.twitter

EL ACCIDENTE SUFRIDO POR UN TRABAJADOR AL

DESVIARSE DE SU RUTA DE VUELTA A CASA PARA

ACERCAR A UN COMPAÑERO ES “IN ITINERE”

Page 11: úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas impuestas unilateralmente por el Gobierno (congelaciones salariales, despidos colectivos

11

LA SALA IV FIJA LA INDEMNIZACIÓN A PERCIBIR POR ESTE COLECTIVO CUANDO SE RESCINDE EL CONTRATO POR LA COBERTURA REGLAMENTARIA DE LA PLAZA OCUPADA; INDICA QUE NO SE TRATA DE UN CONTRATO TEMPORAL, RESULTANDO INSUFICIENTE LA ANTERIORMENTE RECONOCIDA CON BASE EN EL ARTÍCULO 49 1 C) ET, Y RESALTA LA NECESIDAD DE REFORZAR SU CUANTÍA.

Sabel Desviat.- La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia, de fecha 28 de marzo de 2017 (LA LEY 20409/2017), por la que resuelve el caso de una contratada indefinida no fija, investigadora del CSIC, al que se le rescinde el contrato por cobertura de plaza. El Tribunal determina el criterio a seguir en estos casos en cuanto a la indemnización que debe fijarse.

Cualidad de personal indefinido no fijo de la trabajadora y cobertura de plaza

La demandante prestaba servicios para la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas desde 2003 con la categoría profesional de Titulado Superior de Investigación y Laboratorio. Por sentencia de 2009 se le reconoció la condición de personal laboral indefinido no fijo, dado que trabajaba en el mismo departamento y desempeñaba las mismas tareas que sus compañeros funcionarios de carrera.

La plaza que ocupaba se ofertó por concurso-oposición y fue cubierta por una tercera persona, motivando la finalización del contrato de la empleada (aunque había solicitado participar en el concurso luego

no se presentó al primer ejercicio).

Tras reclamar por despido, que fue desestimado por el Juzgado de lo Social por ser válido el motivo de rescisión del contrato, el TSJ Madrid estimó en parte el recurso de suplicación, reconociéndole una indemnización por extinción de contrato de 8 días por año trabajado.

Razonamientos del Supremo: forma de fijar la cuantía de la indemnización

La cuestión principal que abordada la sentencia se refiere a la forma correcta de fijar la cuantía indemnizatoria: bien de 8 días por año de servicio, o bien de 20 días que establece el artículo 53 b) del Estatuto de los Trabajadores.

Tras hacer mención del Auto TJUE de 11 diciembre 2014 (Asunto C-86/149), que deja patente que los trabajadores indefinidos no fijos se hallan incluidos en el marco de la Directiva 1999/70/CE (LA LEY 7675/1999), relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, y la determinación de que es contraria a la Directiva una normativa nacional que no incluya ninguna medida efectiva para sancionar los abusos por el uso de sucesivos contratos de trabajo de duración determinada en el sector público, señala la necesidad de establecer un nuevo criterio cuantitativo.

Así señala que:

- La figura del indefinido no fijo, aunque de creación jurisprudencial, es recogida en el EBEP, diferenciándolo del contrato laboral temporal, añadiendo que su origen se encuentra en el abuso de la contratación temporal por parte de algún órgano administrativo. Cuando ese abuso se da en

EL TS ESTABLECE EN 20 DÍAS POR AÑO LA

INDEMNIZACIÓN POR RESCISIÓN DE CONTRATOS DE LOS

INDEFINIDOS NO FIJOS

Page 12: úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas impuestas unilateralmente por el Gobierno (congelaciones salariales, despidos colectivos

12

empresas privadas, el contrato se convierte en fijo, pero cuando se trata de la Administración, no tiene las mismas consecuencias.

- Dada la diferencia que existe con el contratado temporal, se manifiesta insuficiente la indemnización establecida en el artículo 49.1 c) ET, pensada para los contratos temporales. El vacío normativo no justifica la equiparación de dichas figuras.

- Dada esta ausencia de régimen jurídico propio, que el EBEP se limita a establecer, el Supremo resuelve el debate y señala que la extinción del

contrato, cuando se produce por la cobertura reglamentaria de la plaza, devengará una indemnización de veinte días por año de servicio, con límite de doce mensualidades, que establece el artículo 53.1-b) del ET en relación a los apartados c) y e) del artículo 52 del mismo texto legal para los supuestos de extinciones contractuales por causas objetivas.

- La razón es que la extinción en estos casos podría ser asimilable a las que el legislador considera como circunstancias objetivas que permitan la extinción indemnizada del contrato

http://diariolaley.laley.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbH1czUw

MDA0MrcwMDNVK0stKs7Mz7M1MjA0NzAxNAcJZKZVuuQnh1QWpNqmJeYUp6ol56QmFrkklq

Q6J-ak5qUkFtmGFJWmAgAI0eKCTAAAAA%3D%3DWKE

Page 13: úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas impuestas unilateralmente por el Gobierno (congelaciones salariales, despidos colectivos

13

CAMPAMENTOS DE VERANO 2017

CAMPAMENTO VERA DEMANDA JOVEN

(UGT) OFERTA DE CAMPAMENTOS

TARIFAS SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

EN LOS ENLACES SIGUIENTES, OS

INFORMAMOS DE LOS PLAZOS DE

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y

DÓNDE HAY QUE PRESENTARLAS Y LAS

SOLICITUDES PARA DESCARGARLAS:

GESTIONADAS A TRAVÉS DE UGT DE LA

COMUNIDAD CORRESPONDIENTE

(GALICIA...

2017

Page 14: úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas impuestas unilateralmente por el Gobierno (congelaciones salariales, despidos colectivos

14

http://codatz.uah.es/1b95fc5c9d83c0d5.pdf

ORDEN DE ACTUACIÓN DE LOS ASPIRANTES EN

TODAS LAS PRUEBAS SELECTIVAS EN LA

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ APRUEBA UN

"PROTOCOLO" DE PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN

FRENTE AL ACOSO SEXUAL, POR RAZÓN DE SEXO,

ORIENTACIÓN SEXUAL O IDENTIDAD DE GÉNERO.

Page 15: úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas impuestas unilateralmente por el Gobierno (congelaciones salariales, despidos colectivos

15

BOLSA DE TRABAJO PARA LA CONTRATACION TEMPORAL COMO TECNICO ESPECIALISTA I LABORATORIO, GRUPO PROFESIONAL C, NIVEL SALARIAL C1, AREA DE ACTIVIDAD LABORATORIOS Y ESPECIALIDAD MICROSCOPIA (CAI DE MICROSCOPIA Y CITOMETRIA)

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: HASTA EL DÍA 6-5-2017,INCLUSIVE

SE CONVOCA CONCURSO-OPOSICIÓN DE PROMOCIÓN INTERNA PARA LA PROVISIÓN DE 10 PLAZAS DE PERSONAL LABORAL FIJO DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DEL GRUPO PROFESIONAL C, NIVEL SALARIAL C1. INFORMÁTICA

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: DESDE EL 18 DE ABRIL AL 8 DE MAYO DE

2017, AMBOS INCLUISIVE.

RESOLUCIÓN DE 26 DE ABRIL DE 2017, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, POR LA QUE SE CONVOCA PROCEDIMIENTO SELECTIVO PARA INGRESO EN EL CUERPO DE MAESTROS Y PARA ADQUISICIÓN DE NUEVAS ESPECIALIDADES EN EL CITADO CUERPO

Page 17: úmero ABRIL 2017 - UAHpositivas ya existentes en el EBEP, además de revertir las medidas negativas impuestas unilateralmente por el Gobierno (congelaciones salariales, despidos colectivos

17