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f-'rt' ;) r .... 1u "2017 - AÑO DI:.' LAS ENER GÍAS RbNOVABLHS" ANEXO 1 MERCOSUR/GMC/RES. No 22/16 SUB ESTÁNDAR 3.7.24. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA GLYCINE MAX (SOJA) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC No 23/06) VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 06/96 del Consejo del Mercado Común y la Resolución 23/06 del Grupo Mercado Común. CONSIDERANDO: Que por Resolución GMC 23/06 se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Glycine max (soja) a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes. Que es necesario proceder a la actualización de los requisitos fitosanitarios antes indicados, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes. EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: Art. 1 -Aprobar el "Sub Estándar 3.7.24. Requisitos Fitosanitarios para Glycine max (soja), según país de destino y origen para los Estados Partes", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución . Art. 2 - Los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son: Argentina: Ministerio de Agroindustria- MINAGRO Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA Brasil: Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento- MAPA Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA Paraguay: Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE ____ j ! Uruguay: 1 Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca- MGAP Dirección General de Servicios Agrícolas - DGSA -- --- ... .... J t 4] \ \ Venezuela: Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral - INSAI Art. 3 - Derogar la Resolución GMC No 23/06. Art. 4 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 15/XII/2016. CU GMC - Montevideo, 15NI/16. 1

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f-'rt' ;) r .... 1u

"2017 - AÑO DI:.' LAS ENERGÍAS RbNOVABLHS"

ANEXO 1

MERCOSUR/GMC/RES. No 22/16

SUB ESTÁNDAR 3.7.24. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA GLYCINE MAX (SOJA) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES

(DEROGACIÓN DE LA RES. GMC No 23/06)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 06/96 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 23/06 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que por Resolución GMC N° 23/06 se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Glycine max (soja) a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes.

Que es necesario proceder a la actualización de los requisitos fitosanitarios antes indicados, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Art. 1 -Aprobar el "Sub Estándar 3.7.24. Requisitos Fitosanitarios para Glycine max (soja), según país de destino y origen para los Estados Partes", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución .

Art. 2 - Los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:

Argentina: Ministerio de Agroindustria- MINAGRO Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA

Brasil: Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento- MAPA Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA

Paraguay: Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG Servicio Nacional de Calidad y San idad Vegetal y de Semillas -SENA VE ____ j

L_\b·~-~ ! Uruguay:

1

Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca- MGAP Dirección General de Servicios Agrícolas - DGSA

-- --- ... ....J

t4] \ \

Venezuela: Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral - INSAI

Art. 3 - Derogar la Resolución GMC No 23/06.

Art. 4 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 15/XII/2016.

CU GMC - Montevideo, 15NI/16.

1

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"lfJ/7 · A,':O DE LAS tWERGÍAS RE N m 'ABI.f.S•

ANEXOI

ANEXO

SUB-ESTÁNDAR FITOSANITARIO MERCOSUR

SECCIÓN 111 - MEDIDAS FITOSANIT ARIAS

~be~

L 3.7.24. Requisitos Fitosanitarios para Glycine max (soja) según País de Destino

_ __j y Origen para los Estados Partes del MERCOSUR

2

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MA

1- INTRODUCCIÓN

1.-ÁMBITO

"}0/7 • A~O JJF LAS I::NERGiAS RH/I'OVAHJ./iS•

ANEXO 1

El presente Sub-estándar establece los requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) de los Estados Partes del MERCOSUR en el intercambio regional para Glycine max (soja).

2.- REFERENCIAS

Estándar 3. 7 Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales, 2a Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC N° 52/02. Listado de las Principales Plagas Reglamentadas para la Región COSAVE, 2013. Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes. Evaluación de Riesgo de las Plagas Acarus siro, Callosobruchus chinensis, Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens, Heterodera glycines, Peronospora manshurica, Septoria glycines y T o mato ringspot virus.

3.- DESCRIPCIÓN

El presente Sub-estándar establece los requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPF de los Estados Partes del MERCOSUR en el intercambio regional para Glycine max (soja), en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.

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"2{}/7 • A.~O DF /.AS F.NERGfAS RH/I."OI'ABI.ES•

11. 24. A. PAÍS DE DESTINO: ARGENTINA

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA G/ rycme max CATEGORIA4 CLASE 3: Semillas Código: GLXMA 2 13 01 03 4 Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. RB - Ingresará a Depósito Cuarentenario balo control oficial. Declaraciones Adicionales: Brasil : DAS - El semillero fue sometido a inspección ofic1al antes de la cosecha y no se ha detectado Curtobacterium flaccumfaciens pv. fiaccumfaciens. o DA1S - El envío se encuentra libre de Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens, de acuerdo con el resultado del anál isis oficial de laboratorio N°( ).

Urugua~: DA 1- El envío se encuentra libre de Callosobruchus chinensis.

Venezuela: DAS - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado Curtobacterium flaccumfaciens pv flaccumfaciens y Tomato ringspot virus. o DA1S - El envío se encuentra libre de Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens y Tomato ringspot virus, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

MA No hay Declaraciones Adicionales para Parag~

CATEGORIA 3 CLASE 9: Granos

\b88 Códi o: GLXMA 1 13 01 09 3 Grano consum'2)_ Re uisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto su·eto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.

~~~~----------~ Declaraciones Adicionales:

ANEXO 1

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MA

"101; • A.WJ J>F /.AS 1:'1\'HRGÍAS RI:'/I'OI'ABI.l::S"

Uruguay: DA2 - El envío ha sido tratado con fosfina a razón de 4 a 5 pastillas de 3 g/ton, durante 120 ha 10-15°C, o 96 ha 16 -20°C, o 72 ha 21-30°C para el control de Cal/osobruchus chinensis, bajo supervisión oficial.

Venezuela. No ha Declaraciones Adicionales ara Brasil, Para --~~~--------------~

CLASE 10: Otros Código: GLXMA 1 37 01 10 3 (Brotes consumo) --Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 -Requiere Inspección fitosanitaria al ingreso. - -Declaraciones Ad icionales: No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela.

ANEXO 1

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ANEXOI 11. 24. B. PAÍS DE DESTINO: BRASIL

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA G/ rycmemax CATEGORIA 4 CLASE 3: Semillas Código: GLXMA 2 13 01 03 4 Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. Declaraciones Adicionales: --Uruguay: DA 1- El envío se encuentra libre de Cal/osobruchus chínensís.

Venezuela: DAS - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se ha detectado Tomato ríngspot virus. o DA 15 - El envío se encuentra libre de Tomato ringspot virus, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

No hay Declaraciones Adicionales para Argentina y_ Paraguay.

CATEGORIA 3 CLASE 9: Granos Código: GLXMA 1 13 01 09 3 (Grano consumo) -Requisitos fitosanitarios: (RO) - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 -Requiere Inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.

MA Declaraciones Adicionales: - Argentina:

f'f~O r f.Ci <' DA2 - El envío ha sido tratado con fosfina a razón de 4 a 5 pastillas de 3 g/ton,

1 durante 120 ha 10-15°C, o 96 ha 16 -20°C, o 72 ha 21-30°C para el control de

1 lbB8 1 Acarus siro , bajo supervisión oficial. -1

Uruguay: L_. _ _j DA2 - El envío ha sido tratado con fosfina a razón de 4 a 5 pastillas de 3 g/ton, durante 120 ha 10-15°C, o 96 ha 16 -20°C, o 72 ha 21-30 oc para el control de Acarus siro y Cal/osobruchus chinensis, bajo supervisión oficial.

No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay_ y Venezuela.

J 6

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"1017 · A~O I>F /.AS E.\"ERGiAS Rl \'OVAHLES"

ANEXOI

- -CATEGORIA 3 CLASE 10: Otros Código: GLXMA 1 37 01 10 3 (Brotes consumo) Requisitos fitosanitarios: (RO) - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 -Requiere Inspección fitosanitaria al ingreso. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argent1na, Paraguay, Uruguay y Venezuela.

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"21JJ; · A~O IJF /.AS E.\'ERGIAS RU,'OI'ABLI::S"

11. 24. c. PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA G/ 1ycmemax CATEGORIA 4 CLASE 3: Semillas -Código: GLXMA 2 13 01 03 4 Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. Declaraciones Adicionales: -Brasil: DAS - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se ha detectado Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens. o DA1S - El envío se encuentra libre de Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N°( ).

Uruguay: DA 1- El envío se encuentra libre de Cal/osobruchus chinensis.

Venezuela : DAS - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens y Tomato ringspot virus. o DA1S - El envío se encuentra libre de Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens y Tomato ringspot virus, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

No hay Declaraciones Adicionales para Argentina

-CATEGORIA 3 CLASE 9: Granos Código: GLXMA 1 13 01 09 3 (Grano consumo) Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmportaci 6n. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si

nes Adicionales solicitadas. corresponde), donde se certifiquen las Declaracio R1 - Requiere Inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto suleto a Análisis Oficial de Laborat ono al in reso. Declaraciones Adicionales: Argentina: DA2 - El envío ha sido tratado con fosfina a ra durante 120 ha 10-15 °C, o 96 ha 16-20 °C, o Acarus siro, bajo supervisión oficial.

zón de 4 a 5 pastillas de 3 g/ton, 72 h a 21-30 °C para el control de

ANEXO 1

8

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·~111 7 ·ANO DE US ENERGIAS RI:NOI'Aflii:S"

Uruguay: DA2 - El envío ha sido tratado con fosfina a razón de 4 a 5 pastillas de 3 g/ton, durante 120 ha 10-15 °C, o 96 ha 16 -20 °C, o 72 h a 21-30 oc para el control de Acarus siro y Callosobruchus chinensis, bajo supervisión oficial.

ANEXO 1

No ha Declaraciones Adicionales ara Brasi~ Venezuela. ----------------------~

-CATEGORIA 3 CLASE 10: Otros Código: GLXMA 1 37 01 1 O 3 (Brotes consumo ) Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importad ón. R2 - El envío debe venir acompañado por el C F (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 - Requiere Inspección fitosanitaria al ing_reso. Declaraciones Adicionales : No hay Declaraciones Adicionales para Argentin a Brasil, Uruguay y Venezuela.

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MA

t----­I'K~Y: • 1 )

"2017. ARO DE !.AS E.VERGIAS Rf.'NCWA/1/.HS"

ANEXOI 11. 24. D. PAÍS DE DESTINO: URUGUAY

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA G/ycme max CATEGORIA4 CLASE 3: Semillas ~~~~~~~~--~--~~~~~~-------~~~~~~~~~~~ Código: GLXMA 2 13 01 03 4 Requisitos fitosanitarios:

- -~~~~~~~~~~~

RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. RS - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo con-'-tr_o_l o.:...f __ ic'-ia'-1_. ~~~~~~~~--1 Declaraciones Adicionales: ~-'-'-~~~~~~~~~~~~~~---

Argentina: DAS - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se ha detectado Heterodera glycines. o DA1S - El envío se encuentra libre de Heterodera glycines, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

Brasil: DAS - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens y Heterodera glycines. o DA1S - El envío se encuentra libre de Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens y Heterodera glycines, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

Paraguay: DAS - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se ha detectado Heterodera glycines. o DA 1S - El envío se encuentra libre de Heterodera glycines, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

~66~ Venezuela: ~-~ DAS - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se L__J han detectado Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens y Tomato

ringspot virus.

í

o DA1S - El envío se encuentra libre de Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens y Tomato ringspot virus, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

10

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•]tl/7 • AlVo DE US ENERGIAS RFNOI'A/JUS•

ANEXO 1

CATEGORIA 3 - - . CLASE 9: Granos Código: GLXMA 1 13 01 09 3 (Grano consumo~ Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2- El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 - Requiere Inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argentina_!_ Brasil, Paraguay y Venezuela.

CATEGORIA 3 CLASE 10: Otros Código: GLXMA 1 37 01 10 3 (Brotes consumo) Requisitos fitosanitarios : RO- Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2- El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 -Requiere Inspección fitosanitaria al ingreso. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argentina , Brasil, Paraguay y Venezuela.

MA

PR0'rEC10

11

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"201;- AÑO Df." /.AS ENERGfAS RLXOI"AHI.ES"

11. 24. E. PAÍS DE DESTINO: VENEZUELA

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Glycme max CATEGORIA 4 ~~~~~~------------------------ --- ~------------------~ CLASE 3: Semillas Código: GLXMA 2 13 01 03 4 Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2- El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laborator_io;;__;_a_l i_n_,¿;_gre:.....:s:.....:o_;_. ------------1 Declaraciones Adicionales: Argentina: --------------------~

DAS - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se ha detectado Heterodera glycines. o DA 1S - El envío se encuentra libre de Heterodera glycines de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ). y DA2 - El envió ha sido tratado con (especificar: producto y dosis de principio activo), para el control de Peronospora manshurica y Septoria glycines, bajo supervisión oficial. o DA 1S - El envío se encuentra libre de Peronospora manshurica y Septoria glycines, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

Brasil : DAS - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se ha detectado Heterodera glycines. o DA 1S - El envío se encuentra libre de Heterodera glycines de acuerdo con el

ANEXO 1

.----- resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

----¡ PROvE·~ íU :

y DA2 - El envío ha sido tratado con (especificar: producto y dosis de principio activo), para el control de Peronospora manshurica y Septoria glycines, bajo supervisión oficial. o DA1S - El envío se encuentra libre de Peronospora manshurica y Septoria glycines, de acuerdo con el resultado del anál isis oficial de laboratorio N° ( ).

Paraguay: DAS - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se ha detectado Heterodera glycines. o DA 1S - El envío se encuentra libre de Heterodera glycines de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ). y DA2 - El envío ha sido tratado con (especificar: producto y dosis de principio

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MA J

"]IJ/7 • AÑU OF LAS I:.NERGÍAS REII'OVAIJJ.I:S"

activo), para el control de Peronospora manshurica y Septoria glycines, bajo supervisión oficial. o DA 15 - El envío se encuentra libre de Peronospora manshuríca y Septoría glycínes, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

Uruguay: DA 1- El envío se encuentra libre de Callosobruchus chinensis. y DA2 - El envío ha sido tratado con (especificar: producto y dosis de principio activo), para el control de Peronospora manshurica y Septoria glycines, bajo supervisión oficial. o DA 15 - El envío se encuentra libre de Peronospora manshuríca y Septoria glycínes, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

CATEGORIA 3 CLASE 9: Granos Código: GLXMA 1 13 01 09 3 (Grano consumo) Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 -Requiere Inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. Declarac iones Adicionales: -Argentina: DA2 - El envío ha sido tratado con fosfina a razón de 4 a 5 pastillas de 3 g/ton, durante 120 ha 10-15 °C, o 96 ha 16-20 °C, o 72 ha 21-30 °C para el control de Acarus siro, bajo supervisión oficial.

Uruguay: DA2 - El envío ha sido tratado con fosfina a razón de 4 a 5 pastillas de 3 g/ton,

ANEXO 1

0RoH._~.:rc • 1

durante 120 ha 10-15 °C, o 96 ha 16-20 °C, o 72 ha 21-30 °C para el control de

Ho8e

Acarus siro y Callosobruchus chinensis, bajo supervisión oficial. .. , 1

1 No hay Declaraciones Adicionales para Brasil y Paraguay.

J CATEGORIA 3 --CLASE 10: Otros Códi o: GLXMA 1 37 01 10 3 Brotes consumo) Re uisitos fitosanitarios : RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 -Re uiere lns ección fitosanitaria al in reso. Declaraciones Adicionales: ------------------------~

13

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MA

"101 i · A.'W DE lAS EXERGIAS RF .... 'UI'ABLES"

ANEXO 11

MERCOSUR/GMC/RES. N° 23/16

SUB ESTÁNDAR 3.7.33. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA MUSA SPP. (BANANA) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES

(DEROGACIÓN DE LA RES. GMC N° 53/06)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 06/96 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 53/06 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que por Resolución GMC N° 53/06 se aprobaron los requisitos fitosanita rios para Musa spp. (banana) a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes.

Que es necesario proceder a la actualización de los requisitos fitosanitarios antes indicados, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.

EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el "Sub Estándar 3.7.33. Requisitos Fitosanitarios para Musa spp. (banana), según país de destino y origen para los Estados Partes", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución .

Art . 2 - Los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:

Argentina: Ministerio de Agroindustria- MINAGRO

Brasil:

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA

Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento- MAPA Secretaria de Defesa Agropecuária- SDA

..,_______ Paraguay: Pt~U' LC T v

Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas -SENA VE

..,..._ __ -.t Uruguay: Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP Dirección General de Servicios Agrícolas - DGSA

Venezuela: Instituto Nacional de Salud Agrícola lntegral- INSAI

Art. 3- Derogar la Resolución GMC No 53/06.

Art. 4 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes dei15/XII/2016.

Cll GMC- Montevideo, 15NI/16.

1

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•:o/7. A.'\0 DE LAS ENER(if4S Rf.SOVABLES"

ANEXO I

ANEXO

SUB-ESTÁNDAR FITOSANIT ARIO MERCOSUR

SECCIÓN 111 - MEDIDAS FITOSANITARIAS

3.7.33. Requisitos Fitosanitarios para Musa spp. (banana) según País de Destino y Origen para los Estados Partes del MERCOSUR

2

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"1017- AÑO De LAS E>..'ERGÍAS RE¡\'(WAHI.I:S'

1 - INTRODUCCIÓN

1.- ÁMBITO

ANEXO 11

El presente Sub-estándar establece los requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por las Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) de los Estados Partes del MERCOSUR en el intercambio regional para Musa spp. (banana).

2.- REFERENCIAS

Estándar 3. 7 Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales, 2a Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC N° 52/02. Listado Regional de Plagas Cuarentenarias. COSA VE, 2013. Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes. Evaluaciones de Riesgo de las plagas Bradinothrips (=Palleucothrips) musae, Maconellicoccus hirsutus, Mycosphaerella fijiensis, Opogona sacchari, Raoiella indica, Selenaspidus articulatus y Thrips palmi.

3.- DESCRIPCIÓN

El presente Sub-estándar establece los requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPF de los Estados Partes del MERCOSUR en el intercambio regional para Musa spp. (banana), en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.

3

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"2017 ·AÑO DE LAS I:.'Nt.RCJ{AS RJ:NOI'ARU

ANEXO 11 11. 33. A. PAÍS DE DESTINO: ARGENTINA

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA M usa spp. CATEGORIA 4 CLASE 1: Plantas Código: MUS SS 2 1 O 13 01 4 (Planta in vítro) Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2- El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela.

CATEGORIA 3 CLASE 4: Frutas y Hortalizas Código: MUBSS 1 08 01 04 3 (Fruta frese~ -Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere Inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficiaL Declaraciones Adicionales: -Brasil : -DA1 - El envío se encuentra libre de Bradínothríps (=Palleucothrips) musae, Maconellícoccus hírsutus, Opogona saccharí. Selenaspidus articu/atus y Thrips palmi. y DA7 - El envío fue producido en los Estados libres o áreas libres de Mycosphaerella fijiensís reconocidos oficialmente por la ONPF del país importador (NIMF N°4) e informado por el país exportador a los Estados Partes del

MA MERCOSUR y sus modificaciones. o DA14 - El envío no presenta riesgo cuarentenario con respecto a Mycosphaerella fijiensis , como resultado de la aplicación oficialmente supervisada del Sistema Integrado de Medidas para Mitigación del Riesgo (NIMF N°14), de acuerdo con la normativa nacional vigente.

Paraguay: DA 1 - El envío se encuentra libre de Opogona sacchari.

() 1 [i(;

Venezuela: 1 DA 1 - El envío se encuentra libre de Maconellícoccus hirsutus, Raoiella indica, Selenaspidus articulatus y Thrips palmí. _

4

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y DA7 - El envío fue producido en los Estados libres o áreas libres de Mycosphaerella fijiensis reconocidos oficialmente por la ONPF del país importador (NIMF N°4) e informado por el país exportador a los Estados Partes del MERCOSUR y sus modificaciones. o DA14 - El envío no presenta riesgo cuarentenario con respecto a Mycosphaerella fijiensis , como resultado de la aplicación oficialmente supervisada del Sistema Integrado de Medidas para Mitigación del Riesgo (NIMF N°14), de acuerdo con la normativa nacional vigente.

ANEXO 11

No hay Declaraciones Adicionales para Uruguay'-'------------------'

5

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"ZU/7 ·AÑO DE LAS ENJ:RGIAS RL'NOVABU

ANEXO 11

11. 33. B. PAÍS DE DESTINO: BRASIL

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA M usa spp. CATEGORIA4 CLASE 1: Plantas --Código: MUS SS 2 1 O 13 01 4 (Planta in vitro ) Requisitos fitosanitarios : RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.:_ Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay, Uruguay y Venezuela. - -

CATEGORIA 3 CLASE 4: Frutas y Hortalizas Código: MUBSS 1 08 01 04 3 (Fruta fresca) Requisitos fitosanitarios: (RO) - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. Declaraciones Adicionales: Venezuela: DA1 - El envío se encuentra libre de Raoiella indica. y DA7 - El envío fue producido en los Estados libres o áreas libres de Mycosphaerella fijiensis reconocidos oficialmente por la ONPF del país importador (NIMF N°4) e informado por el país exportador a los Estados Partes del MERCOSUR y sus modificaciones.

MA o

-- DA14 - El envío no presenta riesgo cuarentenario con respecto a Mycosphaerella P:-< :' ll .... iO fijiensis , como resultado de la aplicación oficialmente supervisada del Sistema

Integrado de Medidas para Mitigación del Riesgo (NIMF N°14), de acuerdo con la

k~ normativa nacional vigente.

No hay Declaraciones Adicionales para Argentina , Paraguay y Uruguay.

ái) 6

1

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"]0/7 -AÑO DE lAS ENéRGÍAS /U;NOVABLI

PRO\ E:.\ .. ro

11. 33. c. PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA M usa spp. CATEGORIA 4 CLASE 1: Plantas Código: MUBSS 2 10 13 01 4 (Planta in vitro2 Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingreso Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil1 Uruguay y Venezuela.

CATEGORIA 3 CLASE 4: Frutas y Hortalizas

-------------------------~ Código: MUBSS 1 08 01 04 3 (Fruta fresca) _ Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmportac1ón. R2 -El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial.

~~----------------~ Declaraciones Adicionales: Brasil :_ DA 1 - El envío se encuentra libre de Bradinothrips (=Palleucothrips) musae, Maconellicoccus hirsutus y Thrips palmi. y DA7 - El envío fue producido en los Estados libres o áreas libres de Mycosphaerella fijiensis reconocidos oficialmente por la ONPF del país importador (NIMF N°4) e informado por el país exportador a los Estados Partes del MERCOSUR y sus modificaciones. o DA14 - El envío no presenta riesgo cuarentenario con respecto a Mycosphaerella fijiensis , como resultado de la aplicación oficialmente supervisada del Sistema Integrado de Medidas para Mitigación del Riesgo (NIMF N°14), de acuerdo con la normativa nacional vigente.

Venezuela:_ '----- DA 1 - El envío se encuentra libre de Maconellicoccus hirsutus, Raoiella indica y

Thrips palmi. y DA7 - El envío fue producido en los Estados libres o áreas libres de Mycosphaerella fijiensis reconocidos oficialmente por la ONPF del país importador (NIMF N°4) e informado por el país ex ortador a los Estados Partes del

ANEXO 11

7

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"21117 • A.~O DE US J-:,\'l:R<i/As /U:NOVAB/.1

MERCOSUR y sus modificaciones. o DA14 - El envío no presenta riesgo cuarentenario con respecto a Mycosphaerella fijiensis , como resultado de la aplicación oficialmente supervisada del Sistema Integrado de Medidas para Mitigación del Riesgo (NIMF N°14), de acuerdo con la normativa nacional vigente.

No ha Declaraciones Adicionales

ANEXO 11

8

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"}fl/7 · A.~O DE LAS /;'N/:.RGIAS RENOVA/JLI

ANEXO 11

11. 33. D. PAÍS DE DESTINO: URUGUAY

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA M usa spp. CATEGORIA4 -CLASE 1: Plantas Código: MUS SS 2 1 O 13 01 4 (Planta in vitraL Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil, Paraguay y Venezuela.

CATEGORIA 3 CLASE 4: Frutas y Hortalizas Código: MUBSS 1 08 01 04 3 (Fruta fresca) Requisitos fitosanitarios:

-RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2- El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. Declaraciones Adicionales: Brasil: -DA 1 - El envío se encuentra libre de Maconellicoccus hirsutus, Selenaspidus articulatus y Thrips palmi.

Venezuela: DA1 - El envío se encuentra libre de Maconellicoccus hirsutus, Selenaspidus art1culatus y Thnps palm1.

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9

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"}11/'- A~O DE LAS ESERGIAS RI:NOl'A/111

11. 33. E. PAÍS DE DESTINO: VENEZUELA

REQUISITOS FITOSANIT ARIOS PA'--R'--A~M..;..;_u.:...;_s..;_..;a~s..a;;,.a.;_;,___ __ -"-----. CATEGORIA4 CLASE 1: Plantas Código: MUBSS 2 1 O 13 01 4 (Planta in vitro) Requisitos fitosanitarios : RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ing[eso. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil, Para

--~~~~~~~~~--~

CATEGORIA 3 CLASE 4: Frutas y Hortalizas Código: MUBSS 1 08 01 04 3 (Fruta fresca) Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importa e ión. R2 - El envío debe venir acompañado por el C F (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declarac iones Adicionales solicitadas. R1 -Requiere Inspección fitosanitaria al ingreso R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Labor R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo e Declaraciones Adicionales: Brasil: -

a o

torio al ingreso. ntrol oficial.

DA 1 - El envío se encuentra libre de Bradin othrips (=Palleucothrips) musae y Opogona sacchari.

Paraguay: DA 1 - El envío se encuentra libre de Opogona s acchari.

No hay Declaraciones Adicionales para Argenti n a y Uruguay.

ANEXO 11

~--PRC ~ .. Tí'

\6B8

10

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tJK .,¡Í L~lO

"]017- A!I'O DE /.AS ENERGfAS RJ:'NOI'ABLES"

ANEXO 111 MERCOSUR/GMC/RES. N° 24/16

SUB ESTÁNDAR 3.7.48. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA PINUS SPP. (PINO) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 06/96 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 52/02 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que es necesario proceder a la armonización de los requisitos fitosanitarios para Pínus spp. (Pino) teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.

EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el "Sub Estándar 3. 7 .48. Requisitos Fitosanitarios para Pínus spp. (Pino), según país de destino y origen para los Estados Partes", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución .

Art. 2 - Los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son :

Argentina: Ministerio de Agroindustria- MINAGRO Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA

Brasil: Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento- MAPA Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA

Paraguay: Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas -SENA VE

Uruguay: Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP Dirección General de Servicios Agrícolas - DGSA

Venezuela: Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral- INSAI

LbR8 Art. 3 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 15/XII/2016.

Cll GMC- Montevideo, 15NI/16.

1

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•;o¡;- A.\'0 {)/;' I.-4S F.NERGfAS RFNOJ'ABLEs•

ANEXO 111

ANEXO

SUB-ESTÁNDAR FITOSANITARIO MERCOSUR

SECCIÓN 111- MEDIDAS FITOSANITARIAS

3.7.48 Requisitos Fitosanitarios para Pinus spp. (Pino)

M,\ según País de Destino y Origen para los Estados Partes del MERCOSUR

2

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MA

~k.Jrt:CTO

1- JNTRODUCCÓN

1.- ÁMBITO

"2017. AÑO m: LAS Ef,'I:."RGIAS RENOl'ABI.FS"

ANEXO 111

El presente Sub-estándar establece los requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) de los Estados Partes del MERCOSUR en el intercambio regional , para Pinus spp. (Pino).

2.- REFERENCIAS

Estándar 3.7. Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales, 23 Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC N° 52/02. Listado Regional de Plagas Cuarentenarias. COSAVE, 2013. Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes. Análisis de Riesgo de Plagas (ARP) realizado por Uruguay para plántulas de pino procedentes de Brasil. 2008. Evaluaciones de Riesgo de las Plagas Cal/idiellum rufipenne, Cylindrocladium clavatum, Cylindrocladium pteridis, Hylotrupes bajulus, Hypothenemus eruditus, Phytophthora boehmeriae, Pythium irregulare, Sirex noctilio, Xyleborus affinis, Xyleborus gracilis. Xyleborus obliquus y Xyleborus saxeseni.

3.- DESCRIPCIÓN

El presente Sub-estándar establece los requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPF de los Estados Partes del MERCOSUR en el intercambio regional, para Pinus spp. (Pino), en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.

3

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'11117- A.'~O DE LAS EXERGÍAS RE/I.'OI'AB!.F.S"

ANEXO 111

11. 48. A. PAiS DE DESTINO: ARGENTINA

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA p· musspp. CATEGORIA4 -CLASE 1: PLANTAS Códigos: PIUSS 2 10 01 01 4 (Plantas)

PIUSS 2 01 01 01 4 (Estacas enraizad~ Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. RB - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R11 -Las plantas o las estacas enraizadas deben estar libres de suelo. Declaraciones Adicionales: Brasil: DAS - El vivero fue sometido a inspección ofic1al durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Cylindrocladium clavatum, Cy/indrocladium pteridis y Phytophthora boehmeriae o DA 1S - El envío se encuentra libre de Cylindrocladium clavatum, Cylindrocladium pteridis y Phytophthora boehmeriae, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

Venezuela: DAS - El vivero fue sometido a inspección oficia l durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Cylindrocladium clavatum y Cy/indrocladium pteridis. o DA1S - El envío se encuentra libre de Cylindrocladium clavatum y Cylindroc/adium pteridis, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

No hay Declaraciones Adicionales para Paraquay y Uruguay. MA

-~·--- CATEGORIA 4 r,,o, ~ ~ r1.1 -CLASE 1: PLANTAS

Código: PIUSS 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz) ~bb'€ Requisitos fitosanitarios:

RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.

L RB - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. Declaraciones Adicionales: -Brasil:

~ DAS - El vivero fue sometido a inspección oficial durante un ciclo completo de ,, crecimiento y no se han detectado Cylindrocladium clavatum y Cy/indrocladium

4

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11

"2017 • AlvO DE /.AS ENERGIAS RENOVAHI.I:'S"

1 pteridis. o DA 1S - El envío se encuentra libre de Cylindrocladwm clavatum y Cylindrocladium pteridis, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

Venezuela: DAS - El vivero fue sometido a inspección oficial durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Cylindrocladium clavatum y Cy/indrocladium pteridis. o DA 1S - El envío se encuentra libre de Cylindrocladium clava tu m y Cylindrocladium pterídís, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

No hay Declaraciones Adicionales para Paragu~_y Urugw..u;:;_a~tY¡_;_·· _______ ___J

CATEGORIA4 CLASE 1: PLANTAS Código: PI USS 2 1 O 13 01 4 (Plantas in vítro) Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Brasil , Paraguay, Uruguay y Venezuela.

CATEGORIA 4 CLASE 3: SEMILLAS Código: PIUSS 2 13 01 03 4 Requisitos fitosanitarios: -RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde) donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingreso R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. Declaraciones Adicionales: -Brasil: DAS - El cultivo fue sometido a inspección of1c1al durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Cylindrocladium clavatum y Cylindrocladium pteridís. o DA 1S - El envío se encuentra libre de Cylindrocladwm clavatum y Cylíndrocladíum pterídis, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

Venezuela: DAS - El cultivo fue sometido a inspección oficial durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Cylindrocladium clavatum y Cylindroc/adíum pteridís. o

ANEXO 111

5

Page 29: MERCOSUR/GMC/RES. No (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC No 1 Res. MA 94-17.pdf · 1 durante 120 ha 10-15°C, o 96 16 -20°C, o 72 ha 21-30°C para e l control de 1 lbB8 1 Acarus siro , bajo

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"l!J/7 - AÑO DE LAS El\"I:.RGÍAS RtNm'ABI.fiS"

DA 15 - El envío se encuentra libre de Cylindrocladium clavatum y Cylindrocladium pteridis, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

CATEGORIA 3 -CLASEG:MADERAS,CORTEZAS,CORCHO Código: PIUSS 1 14 06 06 3 (Madera no procesada) Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o p corresponde), donde se certifiquen las Declaraclone

or el CF de Reexportación si s Adicionales solicitadas.

R1 O- La madera debe estar descortezada. R1 - Requiere inspección f itosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control Declaraciones Adicionales: -Brasil:

al ingreso. oficial.

DA1 ·El envío se encuentra libre de Sirex noctilio. X yleborus affínis, Xyleborus gracilis, Xyleborus obliquus y Xyleborus saxeseni.

Paraguay: DA1 -El envío se encuentra libre de Xyleborus affini s, Xyleborus gracilis, Xyleborus obliquus y Xyleborus saxeseni.

Uruguay: DA 1 - El envío se encuentra libre de Sirex noctilio y Xyleborus saxeseni.

No hay Declaraciones Adicionalesp ara Venezuela.

CATEGORIA 2 CLASEG: MADERAS,CORTEZAS,CORCHO Código: PIUSS 1 14 07 06 2 (Madera semi-pr ocesada. Reguisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importa ción. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF corresponde) donde se certifiquen las Declaraci R10 - La madera debe estar descortezada.

(o por el CF de Reexportación si ones Adicionales solicitadas.

R1 - Requiere inspección f itosanitaria al ingreso R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Labor atorio al in reso. Declaraciones Adicionales: Brasil: DA 1 - El envío se encuentra libre de Sirex nocti lío. Xyleborus affinis, Xyleborus

e ni. gracilis, Xyleborus obliquus y Xyleborus saxes

Paraguay: DA 1 - El envío se encuentra libre de Xyleborus affinis, Xyleborus gracilis, Xy/eborus obliquus y Xyleborus saxeseni.

ANEXO 111

6

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"101 7- AfJO DE LAS ENERGIAS RENOVA/JLHS"

ANEXO 111 .....--------------------- -----------------, Uruguay: DA 1 - El envío se encuentra libre de Sirex noctilio y Xyleborus saxeseni.

No ha Declaraciones Adicionales ara Venezuela.

~ lt\

----. ' '-( ;

(b~'e

7

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e··-~ 1\

-----1 · '- 'TO

tbt.B

() /~

"1017 . A.\'() De LAS ENERGfAS RJ;'\ 'OVABIJ:S"

11. 48. B. PAÍS DE DESTINO: BRASIL

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA p· mus spp. CATEGORIA4 CLASE 1: PLANTAS Códigos: PIUSS 2 10 01 01 4 (Plantas)

PIUSS 2 01 01 01 4 (Estacas enraizadas) Requisitos fitosanitarios : RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R11 -Las plantas o las estacas enraizadas deben estar libres de suelo. Declaraciones Adic ionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argentina , Paraguay, Uruguay y Venezuela.

CATEGORIA4 CLASE 1: PLANTAS Código: PIUSS 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz) Requisitos fitosanitarios:

-

RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argent1na, Paraguay, Uruguay y Venezuela.

CATEGORIA4 CLASE 1: PLANTAS Código: PI USS 2 1 O 13 01 4 (Plantas in vitro) -Requisitos fitosanitarios : -RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay, Uruguay y

Venezuela.

CATEGORIA 4 CLASE 3: SEMILLAS

RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acom añado or el C.E_js)_EQr el CF de Reex ortación si

ANEXO 111

8

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[: '·~ 1 1-1

.• n ·ro

~b~ L ·-----L - -

"1111;- A.~O OE /.AS ENERGIAS /IE,\'OI'AHIFS"

ección fitosanitaria al in reso. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argentina , Paraguay, Uruguay y Venezuela.

CATEGORIA 3 CLASEG: MADERAS, CORTEZAS,CORCHO. Código: PIUSS 1 14 06 06 3 (Madera no _Qrocesada) Requisitos fitosanitarios: (RO)- Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde) donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R10 - La madera debe estar descortezada. R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio ~reso. Declaraciones Adicionales: Argentina : DA1 - El envío se encuentra libre de Callídiellum rufipenne, Hylotrupes baju/us y Sirex noctilio.

Uruguay: DA1 -El envío se encuentra libre de Hylotrupes bajulus y Sirex noctilio.

No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay y Venezuela.

CATEGORIA 2 -

CLASEG:MADERAS,CORTEZAS,CORCHO Código: PIUSS 1 14 07 06 2 (Madera semi-procesada) Requisitos fitosanitarios: (RO)- Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R10 - La madera debe estar descortezada. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso Declaraciones Adicionales: Argentina: DA1 - El envío se encuentra libre de Callidiellum rufipenne, Hylotrupes bajulus y Sirex noctilio.

Uruguay: DA1 -El envío se encuentra libre de Hylotrupes bajulus y Sirex noctilio.

No hay Declaraciones Adicionales para Paré!_guay y_ Venezuela.

ANEXO 111

9

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"]017. A~O DF.IAS ENF.RGIAS Rf.,A,OVWJ.FS"

ANEXO 111

11. 48. C. PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Pinus spp. CATEGORIA 4 ~~~~~~----------------------CLASE 1: PLANTAS Códigos: PI USS 2 1 O 01 01 4 (Plantas)

PIUSS 2 01 01 01 4 (Estacas enraizadas) ------------1 Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R11 - Las plantas o las estacas enraizadas deben estar libres de suelo. Declaraciones Adicionales : Argentina: DAS - El vivero fue sometido a inspección oficial durante un ciclo completo de crecimiento y no se ha detectado Pythium irregulare. o DA1S - El envío se encuentra libre de Pythium irregulare, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

Brasil: DAS - El vivero fue sometido a inspección oficial durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Cylindrocladium clavatum, Cylindrocladium pteridis, Phytophthora boehmeriae y Pythium 1rregulare. o DA1S - El envío se encuentra libre de Cy/indrocladium clavatum, Cylindrocladium pteridis, Phytophthora boehmeriae y Pythium irregu/are, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

Venezuela: DAS - El vivero fue sometido a inspección of1cial durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Cylindrocladium clavatum y Cylindrocladium pteridis. o DA 1S - El envío se encuentra libre de Cylindroc/adium c/avatum y Cy/indroc/adium pteridis, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

No hay Declaraciones Adicionales para Paragua_y_y_U_r_u....._g~u_a..._y .. ______________ _..

1 CATEGORÍA 4 CLASE1 : PLANTAS Código: PIUSS 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz) Requisitos fi tosanitarios: _ RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas.

10

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MA

L ___ ~

1,. 7J

"l/117- AiJO DE /..AS ENERGIAS RJ:NOI'AHI.I:S"

1 R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - In resará a De ósito Cuarentenario b~o co-=--n_t:.._ro-=-l_o:.._f.:....:ic-=-ia-=-1-=-. --------l Declaraciones Adicionales: Brasil : DAS - El vivero fue sometido a inspección oficial durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Cylindrocladium clavatum y Cylindrocladium pteridis_ o DA 1S - El envío se encuentra libre de Cylindrocladium clavatum y Cylindrocladium pteridis, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( )-

Venezuela: DAS - El vivero fue sometido a inspección oficial durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Cy/indrocladium clavatum y Cylindrocladium pteridis. o DA 1S - El envío se encuentra libre de Cy/indrocladium clavatum y Cylindrocladium pteridis, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

CATEGORIA4 -- -CLASE 1: PLANTAS Código: PI USS 2 1 O 13 01 4 (Plantas in vitroJ Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación . R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingreso Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argentina . Brasil, Uruguay y Venezuela.

CATEGORIA4 CLASE 3: SEMILLAS Código: PIUSS 2 13 01 03 4 -Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envio debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. Declaraciones Adicionales: Brasil : DAS - El cultivo fue sometido a inspección oftctal durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Cylindrocladium clavatum y Cylindrocladium pteridis. o DA1S - El envío se encuentra libre de Cylindrocladium clavatum y Cy/indroc/adium

ANEXO 111

11

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M.\

i--PK..-"'~-iO

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.._ ___

"111/ 7- ARO DE LAS ENERGIAS RJ:'/I'm'AHJ.I:s•

pteridis, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

Venezuela: DAS - El cultivo fue sometido a inspección oficial durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Cylindrocladium clavatum y Cylindrocladium pteridis. o DA 15 - El envío se encuentra libre de Cylindrocladium clavatum y Cylindrocladium pteridis, de acuerdo con el resultado del anáhs1s oficial de laboratorio N° ( ).

No ha Declaraciones Adicionales ara Argentina y_U_r_u...__--L... _______ ____,

CATEGORIA 3 CLASE6: MADERAS,CORTEZAS,CORCHO. Código: PIUSS 1 14 06 06 3 (Madera no _procesad~

----------~ Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si

cienes Adicionales solicitadas. corresponde}, donde se certifiquen las Declara R10 - La madera debe estar descortezada. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso R4 - Producto sujeto a Análisis Oficia l de Labor atorio al ingreso.

ontrol oficial. R8 - lnQresará a Depósito Cuarentenario bajQ e Declaraciones Adicionales: Argentina : DA 1 - El envío se encuentra libre de Hylotrupe s bajulus, Hypothenemus eruditus y Sirex noctilio.

Brasil: DA1 -El envío se encuentra libre de Hypothen emus eruditus y Sirex noctilio.

Uruguay: DA 1 - El envío se encuentra libre de Hylotrupe s bajulus y Sirex noctilio.

Venezuela : DA 1 - El envío se encuentra libre de Hypothen emus eruditus.

CATEGORIA 2 CLASE6:MADERAS, CORTEZAS, CORCHO Código: PIUSS 1 14 07 06 2 (Madera semi-:_Q_rocesada_l Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R10 - La madera debe estar descortezada.

-~

ANEXO 111

12

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"2017 ·A 'VO DE /..AS El\'ERGfAS IU:O\'OI'ABI.ES•

R1 - Re ección fitosanitaria al in

Argentina : DA 1 - El envío se encuentra libre de Hylotrupes bajulus. Hypothenemus eruditus y Sirex noctilio.

Brasil: DA 1 - El envío se encuentra libre de Hypothenemus eruditus y Sirex noctilio.

Uruguay: DA1 -El envío se encuentra libre de Hylotrupes bajulus y Sirex noctilio.

Venezuela :

ANEXO 111

DA1 -El envío se encuentra libre de H othenemus eruditus. ~~~--------------~

Mil

1-----·-~ .... , 1. • ) ¡

lbB'd ~ --=-_]

13

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"]IJ/7 ·AÑO DE LAS El\'ERGÍAS RI:NUI'AH/FS"

11. 48. C. PAÍS DE DESTINO: URUGUAY

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Pinus spp. CATEGORIA4 ~~~~~~~--------------------------------------------------4 CLASE1:PLANTAS Códigos: PIUSS 2 10 01 01 4 (Plantas)

PIUSS 2 01 01 01 4 (Estacas enraizadas) --------------------~ Requisitos fitosanitarios :

RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación . R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. RS - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R11 -Las plantas y estacas enraizadas deben estar libres de suelo. Declaraciones Adicionales : Argentina: DAS - El vivero fue sometido a inspección oficial durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Pythium irregulare. o DA1S - El envío se encuentra libre de Pythium irregulare, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

Brasil: DAS - El vivero fue sometido a inspección oficial durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Cylindrocladium clavatum, Cylindrocladium pteridis, Phytophthora boehmeriae y Pythium irregulare. o DA 1S - El envío se encuentra libre de Cylindrocladium clava tu m, Cylindrocladium pteridis, Phytophthora boehmeriae y Pythium irregulare , de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

Venezuela: DAS - El vivero fue sometido a inspección oficial durante un ciclo completo de

M1~ crecimiento y no se han detectado Cylindrocladium c/avatum y Cylindrocladium 1---.. , pteridis.

Pf<C. ' IV 1 o t----- ~ DA 1S - El envio se encuentra libre de Cylindrocladium clavatum y Cylindroc/adium

~l.~ 1 pteridis, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

--~J No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay. ______________________ ,_,

ANEXO 111

14

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~;-] Jh~r[ ~•{.)

- --~bb~

"21117 • Ai\O DE LAS t:NERGIAS Rf:NOVABI.f.S•

CATEGORIA4 -CLASE1 :PLANTAS Código: PIUSS 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz} Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8- Ingresará a Depósito Cuarentenario b~o control oficial. Declaraciones Adicionales: Brasil: DAS - El vivero fue sometido a inspección oficial durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Cylindrocladium clavatum y Cylindrocladium pteridis. o DA 1S - El envío se encuentra libre de Cylindrocladium clavatum y Cylindrocladium pteridis, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

Venezuela: DAS - El vivero fue sometido a inspección oficial durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Cylindrocladium clavatum y Cylindrocladium pteridis. o DA 15 - El envío se encuentra libre de Cylindrocladium clavatum y Cylindrocladium pteridis, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

No hay Declaraciones Adicionales para Argentina y Paraguay.

CATEGORIA4 CLASE 1: PLANTAS Código: PIUSS 2 10 13 01 4 (Plantas in vitroJ Requisitos fitosanitarios : RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmport ac

F R2 - El envío debe venir acompañado por el C corresponde). R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingres o Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argen tin

1ón. (o por el CF de Reexportación si

a, Brasil, Paraguay y Venezuela.

ANEXO 111

15

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"201; ·A ~O OH LAS Eli'ERGÍAS RF\"01 'AHU-.s•

ANEXO 111

CATEGORIA4 CLASE 3: SEMILLAS Código: PIUSS 2 13 01 03 4 --Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2- El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. Declaraciones Adicionales: Brasil: DA5 - El cultivo fue sometido a inspección oficial durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Cylindrocladium clavatum y Cylindroc/adium pteridis. o DA 15 - El envío se encuentra libre de Cylindrocladium clavatum y Cylindrocladium pteridis, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

Venezuela: DA5 - El cultivo fue sometido a inspección of1cial durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Cylindrocladium clavatum y Cylindrocladium pteridis. o DA 15 - El envío se encuentra libre de Cylindrocladium clavatum y Cylindrocladium pteridis, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

No hay Declaraciones Adicionales para Argentina y Paraguay.

CATEGORIA 3 CLASEG:MADERAS,CORTEZAS,CORCHO Código: PIUSS 1 14 06 06 3 (Madera no procesada) Requisitos fitosanitarios:

MA RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si

p \ corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. -- -- R10 - La madera debe estar descortezada.

R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial.

_ J Declaraciones Adicionales: Argentina: DA 1 - El envío se encuentra libre de Hypothenemus eruditus.

Brasil: DA 1 - El envío se encuentra libre de Hypothenemus eruditus, Xyleborus affinis, Xyleborus gracilis y Xyleborus obliquus.

Paraguay: DA 1 - El envío se encuentra libre de Xyleborus affinis, Xyleborus gracilis y

\ 1 16 '

Page 40: MERCOSUR/GMC/RES. No (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC No 1 Res. MA 94-17.pdf · 1 durante 120 ha 10-15°C, o 96 16 -20°C, o 72 ha 21-30°C para e l control de 1 lbB8 1 Acarus siro , bajo

"20/7 ·AÑO DI:" US T:l\'r:RGÍAS Rf.~"'mílHléS"

ANEXO 111

Xyleborus obliquus.

Venezuela: DA 1 - El envío se encuentra libre de H othenemus eruditus.

------------------~

-CATEGORIA 2 CLASE6:MADERAS,CORTEZAS,CORCHO Código: PIUSS 1 14 07 06 2 (Madera semi-procesada) Requisitos fitosanitarios: RO- Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R10 - La madera debe estar descortezada. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. RS - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. Declaraciones Adicionales: Argentina: DA 1 - El envío se encuentra libre de Hypothenemus eruditus.

Brasil: DA 1 - El envío se encuentra libre de Hypothenemus eruditus, Xyleborus affinis, Xyleborus gracilis y Xyleborus obliquus.

Paraguay: DA 1 - El envío se encuentra libre de Xyleborus affinis. Xyleborus gracilis y Xyleborus obliquus.

Venezuela: DA 1 - El envío se encuentra libre de Hypothenemus eruditus.

r-1.\ -l 1

1---J

~~

17

Page 41: MERCOSUR/GMC/RES. No (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC No 1 Res. MA 94-17.pdf · 1 durante 120 ha 10-15°C, o 96 16 -20°C, o 72 ha 21-30°C para e l control de 1 lbB8 1 Acarus siro , bajo

"}0/7 -A~O !Jf. /.AS ENERGfAS RI:!\OI"AHLf.S"

ANEXO 111

11. 48. D. PAÍS DE DESTINO: VENEZUELA

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA p · mus spp. CATEGORIA4 CLASE 1: PLANTAS Códigos: PIUSS 2 10 01 01 4 (Plantas)

PIUSS 2 01 01 01 4 (Estacas enraizadas) Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde}, donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R11 -Las plantas o estacas enraizadas deben estar libres de suelo. Declaraciones Adicionales: Argentina: DAS - El vivero fue sometido a inspección oficial durante un ciclo completo de crecimiento y no se ha detectado Pythium irregulare. o DA 1S - El envío se encuentra libre de Pythium irregulare, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

Brasil: DAS - El vivero fue sometido a inspección oficial durante un ciclo completo de crecimiento y no se han detectado Phytophthora boehmeriae y Pythium irregulare. o DA 1S - El envío se encuentra libre de Phytophthora boehmeriae y Pythium irregulare, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).

No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay: y_ Uruguay.

-CATEGORIA4 CLASE 1: PLANTAS. --Código: PIUSS 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz} --Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argentina , Brasil, Paraguay y Uruguay.

18

Page 42: MERCOSUR/GMC/RES. No (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC No 1 Res. MA 94-17.pdf · 1 durante 120 ha 10-15°C, o 96 16 -20°C, o 72 ha 21-30°C para e l control de 1 lbB8 1 Acarus siro , bajo

"101 7 • A.\'0 J)f:" LAS EXERCifAS Rli.\'01 ;~8/.ES"

ANEXO 111

CATEGORIA4 --CLASE 1: PLANTAS. Código: PI USS 2 1 O 13 01 4 (Plantas in vitro) Requisitos fitosanitarios : RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde) . R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. Declaraciones Adic ionales: No hay_ Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay.

CATEGORIA 4 -CLASE 3: SEMILLAS Código: PIUSS 2 13 01 03 4 Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay.

CATEGORIA 3 CLASE 6: MADERAS, CORTEZAS, CORCHO. Código: PIUSS 1 14 06 06 3 (Madera no procesada) Requisitos fitosanitarios : RO- Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 O - La madera debe estar descortezada. R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.

:V1A R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control ofic1al. Declaraciones Adicionales: ---

f',,O• ' T(l Argentina :

--- DA1 -El envío se encuentra libre de Hylotrupes bajulus y Sirex noctilio. lkB<cl

Brasil : DA 1 - El envío se encuentra libre de Sirex noctilto. Xyleborus affinis, Xyleborus

----·- gracilis, Xyleborus oblíquus y Xyleborus saxeseni

Paragua~:

DA1 - El envío se encuentra libre de Xyleborus affínís, Xyleborus gracilis,

{~ Xyleborus oblíquus y Xyleborus saxeseni.

Urugua~:

v( DA1 -El envío se encuentra libre de Sirex noctilío, Hylotrupes baju/us y Xyleborus saxesení.

19

Page 43: MERCOSUR/GMC/RES. No (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC No 1 Res. MA 94-17.pdf · 1 durante 120 ha 10-15°C, o 96 16 -20°C, o 72 ha 21-30°C para e l control de 1 lbB8 1 Acarus siro , bajo

"101 7- A!vO DE LAS ENERGIAS RJ:'NOI'A811'S"

ANEXO 111

CATEGORIA 2 -CLASE6:MADERAS,CORTEZAS, CORCHO. Código: PIUSS 1 14 07 06 2 (Madera semi-procesada} Requisitos fitosanitarios: -RO - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Reexportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 O - La madera debe estar descortezada. R1 -Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. RS - lnQresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. Declaraciones Adicionales: -Argentina : DA 1 - El envío se encuentra libre de Hylotrupes bajulus y Sirex noctilio.

l erasil : DA 1 - El envío se encuentra libre de Sirex noctilio. Xyleborus affinis, Xyleborus gracilis, Xyleborus obliquus y Xyleborus saxeseni.

Paragua~: DA1 - El envío se encuentra libre de Xyleborus affinis, Xyleborus gracilis, Xyleborus obliquus y Xyleborus saxeseni.

Urugua~: DA1 -El envío se encuentra libre de Sirex noctilio, Hylotrupes baju/us y Xyleborus saxeseni.

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