MEMORIA DE SOLICITUD DE VERTIDO A DOMINIO PÚBLICO …

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C/. Magistrat Català, 6 Tel: 96 287 21 16;: 96 296 21 21 - Fax 96 287 81 85 46701 GANDÍA ( Valencia ) • [email protected] www.agroartes.com MEMORIA DE SOLICITUD DE VERTIDO A DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE DE AGUAS URBANAS E INDUSTRIALES DE UN TALLER DE REPARACIÓN DE EMBARCACIONES TITULAR: SEBASTIÁN CASTELLÓ HERRERO SITUACIÓN: PORT DE GANDÍA. MOLL SUD POBLACIÓN: 46730-GANDÍA (VALENCIA) ING. T. INDUSTRIAL: F. ARTÉS PERALTA COL. 3.419 FECHA: DICEMBRE DE 2016 VISADO COITIG VALENCIA VA13018/16 4I16KY3QOOD0TFW8 Documento visado electrónicamente con número: VA13018/16 Código de validación telemática 4I16KY3QOOD0TFW8. Comprobación: http://www.copitival.es/valencia/Validar.asp?CVT=4I16KY3QOOD0TFW8

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46701 GANDÍA ( Valencia ) • [email protected] www.agroartes.com

MEMORIA DE SOLICITUD DE VERTIDO A DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE DE AGUAS URBANAS E INDUSTRIALES DE UN TALLER DE REPARACIÓN DE EMBARCACIONES TITULAR: SEBASTIÁN CASTELLÓ HERRERO SITUACIÓN: PORT DE GANDÍA. MOLL SUD POBLACIÓN: 46730-GANDÍA (VALENCIA) ING. T. INDUSTRIAL: F. ARTÉS PERALTA COL. 3.419 FECHA: DICEMBRE DE 2016

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RESUMEN DE FIRMAS DEL DOCUMENTO COLEGIADO1 COLEGIADO2 COLEGIADO3 COLEGIO COLEGIO OTROS OTROS

Plantilla de firmas digitales del Ilustre Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales y de Grado de

Valencia

Validada por el Convenio entre COITI de Valencia y Generalidad Valenciana sobre firma electrónica avanzada de fecha 10 de Enero de 2005 y publicado en el Diario oficial de la Generalidad Valenciana nº 5.006 de 16 de Mayo de 2.005. Conforme al Real Decreto-Ley 14/1.999 de 17 de Septiembre sobre firma electrónica y la Directiva 1999/93/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de Diciembre de 1999 sobre reconocimiento legal de la firma electrónica en la Unión Europea. Autoridad de Certificación de la Generalidad Valenciana: www.pki.gva.es Teléfono 902-482-481

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1.- OBJETO DEL PROYECTO. El presente proyecto tiene como finalidad solicitar la autorización de vertido de aguas residuales, de una industria dedicada a Taller de carpintería para Mantenimiento y Reparación de Barcos; y por tanto, la descripción con la debida claridad y extensión del edificio, donde se ubicará y la debida repercusión en el medio ambiente en cuanto al tratamiento de las aguas residuales producidas. En esta actividad se producen dos clases de vertidos bien diferenciados. En primer lugar los vertidos de aguas residuales urbanas, procedentes de los aseos propios del personal adscrito a la actividad. Como se verá más adelante, estos vertidos se reciben en una fosa estanca y se gestionan en una EDAR pública. En segundo lugar nos ocupa un vertido de aguas de escorrentía de la zona de trabajo, que se recogen mediante una canaleta perimetral y van a parar a un separador de hidrocarburos con COALESCENCIA. 2.- TITULAR DE LA ACTIVIDAD. Los datos del titular de la actividad objeto del presente proyecto son los siguientes Razón social…………………………….SEBASTIÁN CASTELLÓ HERRERO C.I.F………………………………………19.983.102-N Domicilio y emplazamiento.....…………Port de Gandia. Moll Sud. 46730-.Gandia(Valencia) Teléfono………………………………….696961726 3.- UBICACIÓN. Las coordenadas del vertido en sistema ETR89 son: X: 746.372,82 Y: 4.320.021,60 Huso: 30 4.- LEGISLACIÓN La legislación ambiental en materia de aguas distingue entre aguas continentales y aguas marinas, por lo que la reglamentación y distribución de competencias en esta materia dependerá de la tipología de agua que se estudie. AGUAS CONTINENTALES

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NORMATIVA GENERAL EN MATERIA DE AGUAS. La reglamentación y distribución de competencias es diferente según se trate de aguas continentales o aguas marinas Existen 4 normas básicas de ámbito estatal que regulan las aguas continentales • Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas • Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional • Real Decreto 849/1986 (1), de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico que desarrolla los Títulos I, IV, V, VI y VII de la Ley de Aguas, modificado posteriormente por el Real Decreto 1315/1992, de 30 de octubre • Real Decreto 927/1988 (1),de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica que desarrolla los Títulos II y III de la Ley de Aguas (1) Pendientes de modificación para su adaptación al texto refundido de la Ley de Aguas, R.D.L. 1/2001 El Real Decreto Legislativo 1/2001 de Aguas constituye el pilar sobre el que se asienta todo el régimen legal. Está constituido por la fusión de la Ley 29/85, de aguas, y las modificaciones a la misma introducidas por la Ley 46/99, actualmente derogadas, y tiene como objeto la regulación del dominio público hidráulico, del uso del agua, otorgando la propiedad de las aguas continentales al Estado, y del ejercicio de las competencias atribuidas al Estado en las materias relacionadas con dicho dominio. En cuanto al ámbito de aplicación, la Ley de Aguas y todas las disposiciones dictadas en su desarrollo, resultan aplicables a todas las aguas continentales superficiales, así como subterráneas renovables, que forman parte del dominio público estatal. 5.- TIPO DE ACTIVIDAD La actividad que nos ocupa es la de Taller de Carpintería para Mantenimiento y reparación de barcos. Hemos de tener en cuenta que los residuos sólidos son recogidos por camiones de recogida selectiva para ser descargados en vertederos. El agua industrial residual producida es la que se origina en la limpieza del caso del barco para su repintado. Por lo que los residuos, son enviados a un depósito desarenador y después el agua es recogida por un depósito separador de hidrocarburos CON COALESCENCIA, para que nos asegure un vertido de hidrocarburos inferior a 5 mg/lt. Como se ve en la analítica de vertido, efectuada para la confección de este proyecto, los hidrocarburos no sobrepasan el nivel de 5 mg/lt. Además como se ve en los componentes der metales pesados se utilizan hoy en día pinturas sin aditivos metálicos. Se destaca los niveles en µg/lt, por lo que prácticamente son inapreciables.

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6.- PROCESO INDUSTRIAL. La prestación de servicios de calidad a la flota de embarcaciones pesqueras de la provincia de Valencia y esporádicamente a las embarcaciones de recreo y la necesidad de mantener oficios como calafate o carpintero de ribera, imprescindibles para dicha prestación, han orientado el diseño del varadero y de las instalaciones auxiliares como el almacén y los talleres. Consiste en el izado de las naves para comprobación del estado y posteriores trabajos de mantenimiento o reparación en cuanto a trabajos en la madera se refiere, calafateado y carpintería. Una vez realizadas estas tareas se vuelven a bajar las naves a puerto. De ahí se deduce que la producción de las aguas residuales se componen de aguas residuales urbanas y de las aguas residuales industriales. Las aguas residuales urbanas son fruto de la actividad laboral de los operarios de la actividad formada por una persona de oficinas y 9 operarios. Las aguas residuales industriales son las originadas por la limpieza de los cascos de los barcos, la eliminación de residuos que son lavados por la misma razón de la actividad que es la reparación de los mismos. Hay que tener en cuenta que hoy en día se utilizan pinturas base agua sin metales pesados, tal y como se demuestra en el análisis homologado que presentamos anexo al proyecto. 7.- VERTIDO DE AGUAS URBANAS. Dada la distancia de la instalación al punto más cercano de la red de saneamiento del municipio, se optó por la necesidad de acumular las aguas negras, generadas por los sanitarios de los trabajadores. El depósito instalado enterrado bajo superficie es de fibra de poliéster, cuyo certificado de estanqueidad se acompaña en el anexo del proyecto. Se prevé el vaciado del depósito mediante un camión cuba periódicamente. Se parte de la base para el cálculo, con una producción de agua residual sanitaria de un trabajador sin duchado diario de unos 30 litros/día. Consideramos que se trabaja 20 días laborables al mes de promedio. Teniendo en cuenta que para diez trabajadores y una retirada mensual de agua, obtenemos un volumen de depósito de recogida de

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Volumen= 10 trab . 30 lt/dia . 20 diaslab/mes = 6.000 litros Así pues, se prevé una retirada de aguas residuales sanitarias con destino a una EDAR de EPSAR, en principio a la de Gandia. 8.- AGUAS RESIDUALES INDUSTRIALES. La naturaleza de las aguas residuales industriales es muy homogénea puesto que se produce a resultas de las operaciones de mantenimiento de los barcos. Como ya se ha dicho las pinturas de hace ya un buen tiempo no utilizan metales pesados en su composición. Así pues la problemática más importante, es la fuga de hidrocarburos al mar. A tal fin se instala un separador de hidrocarburos con depósito para retención de sólidos. Previamente se instala otro depósito para desarenado, con una reja previa para poder retirar los cuerpos sólidos que hayan sido arrastrados por la canal perimetral de seguridad, instalada a tal efecto por el perímetro de la zona de trabajo. Funcionamiento del Separador de Hidrocarburos Inicialmente se produce la decantación de las materias pesadas, normalmente arenas. Dada la diferencia de pesos específicos entre el agua y los hidrocarburos, estos últimos se situarán en la parte superior del depósito. Las aguas se posarán en la parte inferior del equipo de tratamiento, donde, a través de la coalescencia, pasarán al siguiente compartimento, donde las pequeñas gotas de hidrocarburo, que por su reducido volumen no hayan podido separarse se unirán, formando gotas mayores. La última parte del proceso de separación de hidrocarburos, es la boya de obturación, cuya misión es impedir el escape de hidrocarburos y bloquear la salida en caso de sobrepasar la capacidad máxima de retención.

Los separadores de hidrocarburos son de fácil mantenimiento: Retirar la capa de

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hidrocarburo cada 2-3 meses, y los sólidos sedimentados, una vez al año En lugares donde el vertido de hidrocarburo venga acompañado con una gran cantidad de arenas, como puede ser el caso de los lavaderos de vehículos, es imprescindible la colocación de un separador de arenas para el óptimo funcionamiento del separador. Los separadores de hidrocarburos coalescentes, cumplen con la actual legislación. Estos parámetros vigentes, sólo se pueden conseguir con un separador Clase I (según norma DIN 1999) norma EN 858 con coalescencia y obturador automático, garantizando un vertido inferior a 5 ppm (5mg/l) de hidrocarburo. El artículo 254 del RDPH (Real Decreto 846/86) por defecto, prohíbe totalmente el vertido de origen petrolero al cauce público por su alta toxicidad. Se ha instalado un separador coalescente modelo OLEOPATOR K NG 10 SF 2000. El caudal de diseño es de 10 l/seg y con una capacidad máxima de retención de hidrocarburos de 560 L. El volumen de decantación es de 2.000 L. Previamente se ha instalado un depósito desarenador de 2500 L de volumen. Después del todo el proceso de vertido, el agua discurre por gravedad al puerto. 9.-RESIDUOS SÓLIDOS. Los residuos sólidos producidos en la actividad, serán recogidos por el servicio de limpieza de que dispone la actividad, para ser evacuados, posteriormente, por el servicio municipal de recogida de basuras. 10.- CONCLUSIONES. Con todo lo expuesto y justificado el técnico que suscribe considera suficiente las medidas adoptadas en el proyecto para la adecuación de los vertidos a cauce público. Es por lo que reuniendo los requisitos adecuados a la legislación vigente en materia de vertidos, ruega sea estudiado y si procede aprobado el presente proyecto. Gandía, diciembre de 2016

El Ingeniero Técnico Industrial

Francisco Artés Peralta.

Colegiado nº 3.419.

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VISADO Nº VA13018/16 FECHA: 23/12/2016

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03419, ARTES PERALTA, FRANCISCO

Este visado se ha realizado tras las siguientes comprobaciones:

1.- El técnico tiene la titulación declarada y competencia profesional para

realizar dicho trabajo.

2.- No consta que el firmante del proyecto haya sido inhabilitado

profesionalmente ni judicialmente.

3.- El técnico, según Declaración Responsable, dispone de seguro de

responsabilidad civil, está dado de alta en el IAE y consta adscrito al

régimen de Seguridad Social o Mutualidad alternativa.

4.- Se ha comprobado la corrección e integridad formal de la

documentación, así como la observancia de la normativa de aplicación.

5.- Se han vigilado los requisitos que el RITE exige para realizar el visado

de los trabajos que le son de aplicación.

En caso de daños derivados de este trabajo profesional visado, siempre que resulte

responsable el autor del mismo, el COITIG Valencia responderá subsidariamente de los

daños que tengan su origen en defectos que hubieran debido ser puestos de manifiesto

al visar el trabajo profesional y que guarden relación directa con los elementos que se

han visado en este trabajo.

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PLANOS Y ANEXOS

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Validación: 4I16KY3QOOD0TFW8http://www.copitival.es/valencia/Validar.asp?CVT=4I16KY3QOOD0TFW8

03419, ARTES PERALTA, FRANCISCO

Este visado se ha realizado tras las siguientes comprobaciones:

1.- El técnico tiene la titulación declarada y competencia profesional pararealizar dicho trabajo.2.- No consta que el firmante del proyecto haya sido inhabilitadoprofesionalmente ni judicialmente.3.- El técnico, según Declaración Responsable, dispone de seguro deresponsabilidad civil, está dado de alta en el IAE y consta adscrito alrégimen de Seguridad Social o Mutualidad alternativa.4.- Se ha comprobado la corrección e integridad formal de ladocumentación, así como la observancia de la normativa de aplicación.5.- Se han vigilado los requisitos que el RITE exige para realizar el visadode los trabajos que le son de aplicación.

En caso de daños derivados de este trabajo profesional visado, siempre que resulteresponsable el autor del mismo, el COITIG Valencia responderá subsidariamente de losdaños que tengan su origen en defectos que hubieran debido ser puestos de manifiestoal visar el trabajo profesional y que guarden relación directa con los elementos que sehan visado en este trabajo.

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Validación: 4I16KY3QOOD0TFW8http://www.copitival.es/valencia/Validar.asp?CVT=4I16KY3QOOD0TFW8

03419, ARTES PERALTA, FRANCISCO

Este visado se ha realizado tras las siguientes comprobaciones:

1.- El técnico tiene la titulación declarada y competencia profesional pararealizar dicho trabajo.2.- No consta que el firmante del proyecto haya sido inhabilitadoprofesionalmente ni judicialmente.3.- El técnico, según Declaración Responsable, dispone de seguro deresponsabilidad civil, está dado de alta en el IAE y consta adscrito alrégimen de Seguridad Social o Mutualidad alternativa.4.- Se ha comprobado la corrección e integridad formal de ladocumentación, así como la observancia de la normativa de aplicación.5.- Se han vigilado los requisitos que el RITE exige para realizar el visadode los trabajos que le son de aplicación.

En caso de daños derivados de este trabajo profesional visado, siempre que resulteresponsable el autor del mismo, el COITIG Valencia responderá subsidariamente de losdaños que tengan su origen en defectos que hubieran debido ser puestos de manifiestoal visar el trabajo profesional y que guarden relación directa con los elementos que sehan visado en este trabajo.

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

CERTIFICADO DE IMPERMEABILIDAD Y ESTANQUEIDAD DE DEPÓSITO DE ACU MULACIÓN DE AGUAS RESIDUALES (a)

1.Ubicación

2. Fotos del depósito tras su vaciado y limpieza

3. Uso al que se destina el depósito SEPARADOR DE HIDROCARBUROS

4. Capacidad útil (m3) 2

5. Material de construcción del depósito (b) POLIESTER REFORZADO CON FIBRA DE VIDRIO

6. Tipo de terreno en el que se ubica el depósito HORMIGÓN

7. Comprobación de impermeabilidad y estanqueidad (c)

Nivel previo (cm): 0.97 Nivel tras 24 h (cm): 0.97

8. Conclusión (d) EL DEPÓSITO CERTIFICADO CUMPLE LOS REQUISITOS DE ESTANQUIDAD Y ES APTO PARA RECOGIDA DE AGUAS RESIDUALES.

En.Gandia..... a…..catorce.... de..diciembre.....de...2016

Firma: EL INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL

Nombre:Francisco Artés Peralta. Col. 3.419

X: 746.372,82 Y: 4.320.021,60 HUSO: 30 DATUM: ETRS 89

� Aéreo. x Enterrado. � Semienterrado.

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VISADO Nº VA13018/16 FECHA: 23/12/2016

Validación: 4I16KY3QOOD0TFW8

http://www.copitival.es/valencia/Validar.asp?CVT=4I16KY3QOOD0TFW8

03419, ARTES PERALTA, FRANCISCO

Este visado se ha realizado tras las siguientes comprobaciones:

1.- El técnico tiene la titulación declarada y competencia profesional para

realizar dicho trabajo.

2.- No consta que el firmante del proyecto haya sido inhabilitado

profesionalmente ni judicialmente.

3.- El técnico, según Declaración Responsable, dispone de seguro de

responsabilidad civil, está dado de alta en el IAE y consta adscrito al

régimen de Seguridad Social o Mutualidad alternativa.

4.- Se ha comprobado la corrección e integridad formal de la

documentación, así como la observancia de la normativa de aplicación.

5.- Se han vigilado los requisitos que el RITE exige para realizar el visado

de los trabajos que le son de aplicación.

En caso de daños derivados de este trabajo profesional visado, siempre que resulte

responsable el autor del mismo, el COITIG Valencia responderá subsidariamente de los

daños que tengan su origen en defectos que hubieran debido ser puestos de manifiesto

al visar el trabajo profesional y que guarden relación directa con los elementos que se

han visado en este trabajo.

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

CERTIFICADO DE IMPERMEABILIDAD Y ESTANQUEIDAD DE DEPÓSITO DE ACU MULACIÓN DE AGUAS RESIDUALES (a)

1.Ubicación

2. Fotos del depósito tras su vaciado y limpieza

3. Uso al que se destina el depósito AGUAS RESIDUALES INDUSTRIALES Y PLUVIALES

4. Capacidad útil (m3) 2,5

5. Material de construcción del depósito (b)

Hormigón armado prefabricado C35/45 según norma DIN 4281 y clase de exposición XF!,XA2,XC2. Estructura monolítica anti-flotación y con revestimiento interior de HDPE estándar.

6. Tipo de terreno en el que se ubica el depósito HORMIGÓN

7. Comprobación de impermeabilidad y estanqueidad (c)

Nivel previo (cm): 0.85 Nivel tras 24 h (cm): 0.85

8. Conclusión (d) EL DEPÓSITO CERTIFICADO CUMPLE LOS REQUISITOS DE ESTANQUIDAD Y ES APTO PARA RECOGIDA DE AGUAS RESIDUALES.

En.Gandia..... a…..catorce.... de..diciembre.....de...2016

Firma: EL INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL

Nombre:Francisco Artés Peralta. Col. 3.419

X: 746.372,82 Y: 4.320.021,60 HUSO: 30 DATUM: ETRS 89

� Aéreo. x Enterrado. � Semienterrado.

VISADOCOITIG

VALENCIAVA13018/16

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VISADO Nº VA13018/16 FECHA: 23/12/2016

Validación: 4I16KY3QOOD0TFW8

http://www.copitival.es/valencia/Validar.asp?CVT=4I16KY3QOOD0TFW8

03419, ARTES PERALTA, FRANCISCO

Este visado se ha realizado tras las siguientes comprobaciones:

1.- El técnico tiene la titulación declarada y competencia profesional para

realizar dicho trabajo.

2.- No consta que el firmante del proyecto haya sido inhabilitado

profesionalmente ni judicialmente.

3.- El técnico, según Declaración Responsable, dispone de seguro de

responsabilidad civil, está dado de alta en el IAE y consta adscrito al

régimen de Seguridad Social o Mutualidad alternativa.

4.- Se ha comprobado la corrección e integridad formal de la

documentación, así como la observancia de la normativa de aplicación.

5.- Se han vigilado los requisitos que el RITE exige para realizar el visado

de los trabajos que le son de aplicación.

En caso de daños derivados de este trabajo profesional visado, siempre que resulte

responsable el autor del mismo, el COITIG Valencia responderá subsidariamente de los

daños que tengan su origen en defectos que hubieran debido ser puestos de manifiesto

al visar el trabajo profesional y que guarden relación directa con los elementos que se

han visado en este trabajo.

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Page 15: MEMORIA DE SOLICITUD DE VERTIDO A DOMINIO PÚBLICO …

MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

CERTIFICADO DE IMPERMEABILIDAD Y ESTANQUEIDAD DE DEPÓSITO DE ACU MULACIÓN DE AGUAS RESIDUALES (a)

1.Ubicación

2. Fotos del depósito tras su vaciado y limpieza

3. Uso al que se destina el depósito AGUAS RESIDUALES SANITARIAS

4. Capacidad útil (m3) 6

5. Material de construcción del depósito (b) POLIESTER REFORZADO CON FIBRA DE VIDRIO

6. Tipo de terreno en el que se ubica el depósito HORMIGÓN

7. Comprobación de impermeabilidad y estanqueidad (c)

Nivel previo (cm): 1.60 Nivel tras 24 h (cm): 1.60

8. Conclusión (d) EL DEPÓSITO CERTIFICADO CUMPLE LOS REQUISITOS DE ESTANQUIDAD Y ES APTO PARA RECOGIDA DE AGUAS RESIDUALES.

En.Gandia..... a…..catorce.... de..diciembre.....de...2016

Firma: EL INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL

Nombre:Francisco Artés Peralta. Col. 3.419

X: 746.372,82 Y: 4.320.021,60 HUSO: 30 DATUM: ETRS 89

� Aéreo. x Enterrado. � Semienterrado.

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VISADO Nº VA13018/16 FECHA: 23/12/2016

Validación: 4I16KY3QOOD0TFW8

http://www.copitival.es/valencia/Validar.asp?CVT=4I16KY3QOOD0TFW8

03419, ARTES PERALTA, FRANCISCO

Este visado se ha realizado tras las siguientes comprobaciones:

1.- El técnico tiene la titulación declarada y competencia profesional para

realizar dicho trabajo.

2.- No consta que el firmante del proyecto haya sido inhabilitado

profesionalmente ni judicialmente.

3.- El técnico, según Declaración Responsable, dispone de seguro de

responsabilidad civil, está dado de alta en el IAE y consta adscrito al

régimen de Seguridad Social o Mutualidad alternativa.

4.- Se ha comprobado la corrección e integridad formal de la

documentación, así como la observancia de la normativa de aplicación.

5.- Se han vigilado los requisitos que el RITE exige para realizar el visado

de los trabajos que le son de aplicación.

En caso de daños derivados de este trabajo profesional visado, siempre que resulte

responsable el autor del mismo, el COITIG Valencia responderá subsidariamente de los

daños que tengan su origen en defectos que hubieran debido ser puestos de manifiesto

al visar el trabajo profesional y que guarden relación directa con los elementos que se

han visado en este trabajo.

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Page 18: MEMORIA DE SOLICITUD DE VERTIDO A DOMINIO PÚBLICO …

B-55528194

INFORME DE ENSAYO

Comentarios de la muestra: N/A Datos aportados por el cliente: N/A

Pol. Ind. Riu Clar, C/ Estany Nave 65, 43006 Tarragona - Tel/Fax. 977 20 68 16 /18 Nº Registro Salud ambiental: LSAA- 268-12 Nº Laboratorio Agroalimentario: 616 / Laboratorio Técnico Auxiliar del ACA: Grupo A

[email protected] [email protected] FG_14_01 V11 Página 1 de 1

Solicitante:

LABTECNIC S. L. Avda. del Grao, 81 46.701 Gandia (Valencia)

Referencia Cliente: AR/59 Punto de muestreo: AGUA LAVADO REPARACIÓN BARCOS Recogida por: CLIENTE Presentación de la muestra: 1 VIDRIO X 2.0L

Tipo de muestra: AGUA RESIDUAL

Fecha/Hora del muestreo: 21/11/2016

Fecha/Hora de recepción: 22/11/2016

DATOS DE LA MUESTRA

DATOS DEL ANÁLISIS

Fecha inicio análisis: 24/11/2016 Fecha fin Análisis: 28/11/2016

Código de la muestra: 4772/16 Nº registro del informe: RG-14-01/4772/16/rev.0

RESULTADOS UNIDADES TÉCNICA PROCEDIMIENTO LÍMITES

<5,0 mg/L Extracción-Gravimetría PNT-090

4,33 µg/L EAA PNT-025

<20 µg/L EAA PNT-025

Cromo <0,1 mg/L EAA PNT-025

1,0 mg/L EAA PNT-025

<0,2 µg/L ICP-Masas PEI958

25 µg/L ICP-Masas PEI958

Zinc

Mercurio

Arsénico

DATOS DEL ENSAYO

PARÁMETROS

Cadmio

Índice de hidrocarburos

Plomo

OBSERVACIONES:

Responsable Técnico Fecha: 29/11/2016

Director Técnico SUSTITUIDO POR Fecha: 29/11/2016

- El tipo y datos de la muestra en el momento de la recogida han sido aportadas por el propio cliente. Los resultados expresados en este informe corresponden exclusivamente a la muestra analizada. La reproducción del presente informe solo está autorizada si se realiza en su totalidad y no se

puede reproducir parcialmente sin la aprobación de LAYMATEC por escrito. Toda versión de informe sustituye y anula la versión anterior excepto la versión 0 que es la inicial.

- La incertidumbre de medida de los procedimientos de análisis en los parámetros acreditados se encuentra a disposición del cliente, salvo en los casos que no es aplicable en microbiología (No se expresará cuando se obtengan resultados de organismo presente, número estimado o > o < a un valor de ufc. o ensayos de investigación).

- La muestra tomada por Laymatec es puntual a excepción que se indique lo contrario. Laymatec no se hace responsable de las condiciones de la toma ni del muestreo, siempre que no sea Laymatec quién lo lleve a cabo.