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Memoria de Diseo.

1.- DEFINICION. Definicin del Problema: CASA-HABITACION.Se Realizara un Proyecto ejecutivo como tal de una Casa-Habitacin Para una familia de 4 personas, este proyecto es para una casa de inters medio-alto, en el residencial Claustros del rio, ubicado este fraccionamiento en la calle, Av. Del Ferrocarril #18, Colonia Espritu santo, la Calle donde se localiza el terreno es Claustro de San Antonio #8.Este fraccionamiento es de acceso muy agradable y permite una seguridad ya que no se permite la entrada a gente que no sea residente de ah, una seguridad controlada y muy estricta en todos los sentidos. El fraccionamiento cuenta ya con lo que es un club, donde toda la familia puede pasar un rato agradable, cuenta con un rea de jardn, un rea de juegos para los menores, y con canchas de tenis, bsquetbol y vleibol, as como una alberca donde se puede pasar un rato agradable y no se encuentra lejos del terreno del propietario.Una casa es un edificio para habitar. El trmino suele utilizarse para nombrar a la construccin de una o pocas plantas que est destinada a la vivienda de una nica familia, en oposicin a los edificios de mltiples departamentos, apartamentos o pisos. Las casas cuentan con diversos ambientes (salones, habitaciones, stano, azotea, etc.) y brindan un techo a los integrantes del ncleo familiar. De esta manera, la casa es un refugio contra las condiciones climticas (lluvia, sol, fro), aporta un lugar para guardar las propiedades de sus habitantes y brinda proteccin. Alcances y Limitaciones.1.- Alcances.Proyecto ejecutivo y Construccin del mismo para el Arq. Fernando Matehuala Hernandez y su familia en el Fraccionamiento Residencial Claustros Del Rio, el cual se llevara a cabo bajo la supervisin del mismo arquitecto en todos los sentidos, los alcances son buenos, ya que se realizara todo lo que conlleva la realizacin de una casa-habitacin, desde el plano arquitectnico, ejecutivo y la construccin de la misma casa. Ser una construccin con un estilo minimalista que sea un poco diferente a las casas que se encuentran en esa calle del fraccionamiento.

2.- Limitaciones.Este proyecto cuenta con varias limitaciones que pueden ser o no un problema para la realizacin del proyecto en el fraccionamiento.La primera limitante que encuentro que no afecta para nada el proyecto pero si la vista del fraccionamiento es que este se encuentra detrs de una fbrica manufacturera de textiles que realiza muchos sonidos ms que nada en las noches y unos olores pero que se dispersan y no alcanzan a llegar a la localizacin del terreno. Otra limitante es que no se alcanza una vista de lo que son las reas verdes y el club, lo que dara una excelente vista al proyecto. Otro limitante que existe es que en este fraccionamiento se cuenta con un reglamento de construccin, al que debemos de estar apegados a un 100%, ya que si hacemos caso omiso de este reglamento, la construccin no proseguir. Estos 3 limitantes son los que encuentro en este proyecto, pero estamos conscientes en que se puede lograr un proyecto agradable para los dueos de la casa. Ejemplos Anlogos.

2.- Planteamiento del Problema. Definicin de Usuarios.- Usuarios Permanentes: Familia conformada por 4 integrantes los cuales se nombraran a continuacin, con una pequea descripcin y algunas caractersticas.1.- Fernando Matehuala Hernandez, 35, Arquitecto, egresado de la Universidad Autnoma de Quertaro campus san juan del rio, social, extrovertido, le gusta el futbol, los video juegos, dibujar, dibujar, es relajado, vive la vida de una manera diferente, le gustan los espacios para disear y dibujar, tambin le gustan los espacios al aire libre, como jardines o terrazas. Su tiempo libre le gusta pasarlo con su esposa y sus hijos.

2.- Mara Alejandra Ramrez Gonzlez: 36, Lic. En Comercio Internacional, egresada de la universidad Autnoma de Quertaro campus San Juan del Rio, social, alegre, dedicada a su trabajo y familia, tambin le gusta el futbol. Espacios Amplios y tranquilos donde pueda leer. Le gusta relajarse de igual manera en espacios al aire libre.

3.- Fernando Matehuala Ramrez: 10, Estudiante de Primaria, como cualquier nio de 10 aos, es muy hiperactivo, le gustan los video juegos, el futbol igual que su padre. Es muy alegre y pensativo.

4.- Sofa Matehuala Ramrez: 8, Estudiante de Primaria, una nia muy alegre, muy risuea, le gusta todo lo relacionado con los cuentos de hadas, muy educada y muy dedicada al estudio y sus tareas, le gusta tambin mucho los peluches, eso s, siempre se la pasa peleando con su hermano.

-Usuarios Temporales.Se tiene previsto que en esta residencia se tenga las visitas ms que nada de las mamas de los dueos ya que por el trabajo de los dos, las seoras harn de nieras para los nios y tambin para estar al pendiente de la casa, tambin se recibir la visita de otros familiares, como hermanos de los dueos y familia que sea ms unida a ellos, tambin se contempla la visita de amigos cercanos a los que ellos consideran.

-Usuarios Transitorios.Estos usuarios no suelen ser tan comunes, pero los dueos me han dicho que piensan tener alguien de servicio, pero solamente estar en la casa 2 veces por semana.

-Cuadro de Necesidades. Antes de empezar con el cuadro de necesidades, el propietario hizo hincapi en el diseo de una terraza, as como un Roof Garden. NecesidadEspaciomobiliarioZona

DormirRecamaras (principal y 2 Secundarias).-Cama matrimonial-Buros-Tocador-Esquineros-Sillas-Mesa-ClosetZona Intima

DescansarSala de EstarRoof GardenTerrazaSala de TV.-Silln-Loveseat-Sof-Sillas-Sombrillas-Plantas-Mueble para TV-Mesa De Centro-Camastros.Zona Social y Zona Intima.

CocinarCocina-Estufa-Refrigerador-Tarja-Alacena.Zona de Servicio.

ComerComedor para 8 personas.-Comedor-Sillas-VitrinaZona Social

Aseo Personal (Necesidades Fisiolgicas).ToiletBao RecamarasBao Rec. Principal-Regadera-Toilet-Lavabo-Tina.Zona Intima y Zona Social

JugarSala de Juegos.-Mueble Para TV-Sillones-Mesa de Centro-EsquinerosZona Social

Lavar/AseoCuarto de Lavado.-Lavadora-Secadora-Lavadero-TendederosZona de Servicio

Trabajar/Estudiar.Despacho.

-Escritorio-Restirador-Silln-Repisas-librero-BancoZona Intima

Estacionar VehculosGarage.-2 espacios para estacionamientoZona de Servicio

VestirVestidores Recamara principal y Recamaras Secundarias.-Mueble para guardar ropa-mueble para guardar zapatos-Silln-MesaZona Intima

Descansar/Dormir ServicioCuarto de Servicio.-Cama individual-Closet Zona de Servicio

3.- Programa Arquitectnico.

Zona Intima Zona SocialZona de Servicio

Recamara Principal con Bao y Vestidor.

Sala de estar.Cocina.

2 Recamaras secundarias.

Comedor.Garage para 2 Autos.

Bao compartido de Recamaras Secundarias.

Jardn. Cuarto de Lavado.

Sala de TV.

Cuarto de Juegos.Patio de Servicio.

Roof Garden.

Recibidor/Acceso.Cuarto de Servicio.

Terraza.

Terraza.Cuarto de Herramientas.

Jardn.

Toilet.

Despacho.

4.- Diagrama de Funcionamiento.

VestbuloIntimoToiletPatio de Servicio.ComedoroCocinaDespachooSala de EstaroJardinRecibidoroAccesooGarage

Cuarto deServicio.

Cuarto de Lavado y herramientas

Recamara Secundaria 2

6.- Anlisis de Sitio.BaoRoof GardenTerrazaRecamara Principal con Bao y Vestidor.Vestbulo intimoSala de TVCuarto de Juegos.Recamara Secundaria 1

-Ubicacin.El terreno como ya se haba mencionado antes se encuentra ubicado en el Fraccionamiento Residencial llamado Claustros del Rio, ubicado en el la Avenida del Ferrocarril #18, en la colonia Espritu Santo, en la ciudad de San Juan del Rio, Quertaro.

-Forma y dimensiones.Los terrenos en el fraccionamiento son de diferentes formas ya que la misma forma del fraccionamiento no es del todo regular, pero el terreno del dueo es de forma rectangular bien definida, con una superficie de 210 m2, 10m de frente por 21 de largo.

-Contexto Geogrfico.El clima de San Juan del Ro es semiseco y templado. La temperatura promedio es de 18C. En julio y agosto las lluvias son bastante usuales, pero ltimamente con todo el cambio climtico que se ha percibido las lluvias empiezan en agosto y terminan en septiembre. La temperatura cambia constantemente pero abundan las temperaturas de entre 20 a 24C. El municipio de San Juan del rio se encuentra el sureste de la capital queretana y sus coordenadas geogrficas son: 20 23 30 N y 99 59 49 O del meridiano de Greenwich y se encuentra a 1890 metros sobre el nivel del mar.Esta limitado al norte por los municipios de Tequisquiapan y Pedro Escobedo; al Sur, por el Municipio de Amealco; al oriente, por los estados de Hidalgo y Mxico y, al poniente, por el municipio de Pedro Escobedo. Su extensin territorial es de 779.90 Kilmetros cuadrados.La ciudad est asentada sobre una loma, que presenta un marcado declive que va de oriente a ponente en descenso, hasta llegar a las mrgenes del rio, que pasa por las orillas de la ciudad.

-Contexto Urbano.Como se alcanza a apreciar en las imgenes el terreno colinda del lado izquierdo por una casa ya construida, la parte de atrs y lado derecho del terreno colindan con otros terrenos que aparentemente ya estn vendidos y no tardan en construir ah, entonces eso nos sirve para no dar vistas hacia esos lados y solo tener vista para enfrente y con el Roof Garden.

-Tipologa de la Zona.En el reglamento de construccin del Fraccionamiento se menciona que se pueden construir con diferentes estilos arquitectnicos las viviendas dentro de este. Menciona que los estilos que estn permitidos son los siguientes: Campestre Colonial Californiano Modernista Minimalista

7.- Estudio de la Normatividad.Este fraccionamiento Residencial cuenta con un reglamento interno independiente del reglamento del estado de Quertaro que debemos acatar, entonces a continuacin presentare el Reglamento Interno del Residencial Claustros del Rio y el Reglamento de construccin del estado de Quertaro para saber y acatar las reglamentaciones de construccin.ASOCIACION DE RESIDENTES DE CLAUSTROS DEL RIO, A. C.

REGLAMENTO INTERNO DE CONSTRUCCIN

OBJETIVOS

1. LA ASOCIACIN DE RESIDENTES DE CLAUSTROS DEL RO, A.C. elabor el presente Reglamento de Construccin que establece las normas a que debern sujetarse las edificaciones que se realicen dentro del Fraccionamiento Claustros del Ro, con el fin de lograr el bienestar de los Colonos, tener armona entre las construcciones, favorecer los servicios, as como evitar riesgos a las personas y a sus bienes.

2. La Comisin de Construccin de Residentes de Claustros del Ro A. C., exhorta a los asociados para convivir en tranquilidad dentro del Fraccionamiento, respetando los derechos de los dems, propiciando un clima de buenas relaciones.

REGLAMENTO INTERNO DE CONSTRUCCIN.

Artculo 1. El presente Reglamento es de observancia obligatoria para todas aquellas personas que sean propietarias en el Fraccionamiento Claustros del Ro.

I. FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA COMISIN DE CONSTRUCCIN.Artculo 2. Toda construccin que deseen realizar deber ser aprobada por la Asociacin de Residentes de Claustros del Ro, A. C. a travs de la Comisin de Construccin cumpliendo con lo establecido en el presente reglamento as como cumplir los Reglamentos Municipales y Estatales.

Artculo 3. La Comisin de Construccin de la Asociacin de Residentes de Claustros del Ro, estar integrada por el Responsable Tcnico y dos asociados preferentemente que sean ingenieros o arquitectos, o bien se podr contratar a un Ingeniero o Arquitecto no asociado para cumplir con esta funcin.

Artculo 4. La Comisin de Construccin tendr las siguientes facultades y obligaciones:a) Realizar el deslinde del terreno, aprobacin e inspeccin de las construcciones.b) Entregar mensualmente al Consejo Directivo, un informe de las solicitudes atendidas para su eventual aprobacin, as como con su dictamen. Dichos dictmenes debern mantenerse en el archivo de la oficina de Residentes de Claustros del Ro, A. C.c) En caso de detectar alguna irregularidad durante la ejecucin de la obra, deber de informarse por escrito al propietario y al constructor, para que se realice la correccin en apego al presente reglamento. En caso de no iniciarse la correccin de la falta en los prximos 5 das hbiles, se notificar a la SEDUOPEM del Municipio de San Juan del Ro para que aplique la sancin que corresponda. As mismo se impedir el acceso a los trabajadores de la obra.

II. REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE APROBACIN DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIN.

Artculo 5. Para revisin y autorizacin de los planos se requiere:a) Hacer una solicitud en la oficina de Residentes de Claustros del Ro, A. C.b) Comprobante de pago de contribuciones predial y de agua.c) Comprobante de pago de cuotas de mantenimiento de Residentes de Claustros del Ro, A. C.d) Cinco juegos arquitectnicos y dos estructurales. Los siete juegos de planos debern estar firmados y doblados en tamao carta, con las siguientes caractersticas Planos cortes, fachadas escala 1:50 Planos de localizacin del terreno dentro de las manzanas y con el nombre de las calles que la limiten. Plano de localizacin de la construccin dentro del terreno.e) Cubrir la cantidad de $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS 00/100 MN) a Residentes de Claustros del Ro A. C., quien emitir los respectivos recibos y los montos sern aplicados de la siguiente manera: 1) $3000.00 como aportacin para: a) deslinde de terreno, b) autorizacin de planos y c) supervisin de obra para seguridad de todos los colonos; 2) $7000.00 como Garanta reembolsable a la terminacin de la obra segn artculo 32 de este reglamento. Artculo 6. Solo una vez cumplido con lo establecido en el artculo 5, se podr continuar con el trmite ante las autoridades municipales.

Artculo 7. No tendr derecho a construir el propietario, que no est al corriente en las cuotas de mantenimiento a la Asociacin de Residentes.

Artculo 8. No se podr iniciar ninguna construccin sin la Licencia correspondiente otorgada por las autoridades del Municipio de San Juan del Ro. Se deber registrar la obra en la oficina de la asociacin para autorizar el acceso a cualquier persona y/o maquinaria destinada a realizar trabajos en la construccin.

Artculo 9. Queda prohibida la construccin o edificacin de casas del tipo llamado de inters social, dplex, del tipo conjunto habitacional o que tengan fachadas iguales, ya que se trata de un Fraccionamiento Residencial.

Artculo 10. Es recomendable construir cisternas tanto para el consumo de los habitantes.

III. NORMAS DEL USO DE SUELO.

Artculo 11. Los proyectos debern ser elaborados en forma tal, que respete el uso del suelo y las caractersticas asignadas al lote, derivadas de la autorizacin que para este efecto otorg la Secretaria de Desarrollo Urbano, Obras Publicas y Ecologa Municipal, por lo que dentro del fraccionamiento solamente se autorizaran edificaciones cuyo fin solo sea el habitacional. Por tanto, toda actividad industrial, comercial y de servicios estar prohibida dentro del fraccionamiento. As mismo se deber especificar las caractersticas del uso de suelo en porcentajes de rea libre, coeficientes cos y cus que cumplan con el reglamento de construccin del municipio.

Artculo 12. Antes de proceder a la excavacin de los cimientos se har un recuento de rboles existentes y en el caso de que tenga que derribarse algn rbol del interior del lote queda obligado a sembrar tres rboles de 3 metros de altura en sustitucin del anterior, en el caso de daarse algn rbol del Fraccionamiento, se multar al responsable a razn de 2 salarios mnimos mensuales o conforme a la normativa de la SEDUOPEM.

IV. NORMAS ARQUITECTNICAS.Artculo 13. Los estilos arquitectnicos permitidos sern: Campestre Colonial Californiano Modernista Minimalista

Artculo 14. Las fachadas que se proyecten, incluyendo las colindancias debern unificarse conforme a lo establecido en este reglamento y de ser posible en armona con las construcciones existentes. Adems debern dignificarse, debiendo aplanarse y pintarse las caras exteriores en las colindancias de cada predio.

Artculo 15. En cada lote deber dejarse libre de construcciones para jardines mnimo 30 metros cuadrados al frente (10 de frente por 3 de fondo), debiendo en todo caso armonizarse con los dems predios del fraccionamiento.DENTRO DE ESTA RESTRICCIN SE PERMITIR LA CONSTRUCCIN DE TECHUMBRES PARA GUARDADO DE VEHCULOS SOLAMENTE:A) PODRN OCUPAR HASTA EL 70% DEL FRENTE DEL LOTE. B) ESTAS TECHUMBRES SERN DE ESTRUCTURAS LIGERAS: MADERA, ALUMINIO O ACERO. NO SE PERMITEN DE CONCRETO ARMADO.C) ESTAS TECHUMBRES NO SE PODRN UTILIZAR COMO TERRAZA O SIMILAR EN SU PARTE SUPERIOR. D) LOS MATERIALES PARA LA CUBIERTA PERMITIDOS SON, TEJAS DE BARRO EN APARIENCIA NATURAL, NO SE PERMITEN MATERIALES REFLEJANTES TALES COMO POLICARBONATOS O BARROS VIDRIADOS. TAMPOCO LMINAS DE ASBESTO EN APARIENCIA DE TEJA. E) SLO SE PUEDEN HACER LOSAS PLANAS O INCLINADAS. SU ALTURA MXIMA SER DE 3.00 M RESPECTO AL NIVEL DE BANQUETA PARA LOSAS PLANAS Y DE 3.50 M PARA LOSAS INCLINADAS.F) SE DEBE PRESENTAR PROPUESTA EN PLANOS PARA SU APROBACIN POR PARTE DEL COMIT DE CONSTRUCCIN.G) ACORDE AL ART. 35, EL INICIO DE LOS TRABAJOS SIN AUTORIZACIN PREVIA DEL COMIT DE CONSTRUCCIN SER ACREEDOR A UNA PENALIZACIN POR LA CANTIDAD DE $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS) CON CARGO A LAS CUOTAS DE MANTENIMIENTO DEL CONDMINO.

Artculo 16. Toda construccin deber tener una separacin de colindancias de por lo menos 2.5 centmetros, as como la estabilidad de cimentacin y estructura.

Artculo 17. Ser obligatoria la construccin del 50 % de techos inclinados mnimo con cadas al interior del lote, prohibindose el uso de materiales reflejantes en azoteas y procurando conservar el estilo arquitectnico predominante. Dentro de ste porcentaje de losas inclinadas no se consideran las cpulas o bvedas. LAS LOSAS INCLINADAS DEBERN SER VISIBLES Y CONTAR CON ALEROS APARENTES. EST PROHIBIDO OCULTARLAS CON PRETILES.Artculo 18. La altura mxima permitida en fachadas para la edificacin ser de 8.00m sobre el nivel medio del terreno. Esta altura puede extenderse a 9.00m nicamente en los pretiles que cubren el tinaco, ubicndose ste adentro de un remetimiento de 3.00m desde la fachada principal, trasera o lateral si las hubiere.Artculo 19. Tanto los tinacos, tanques de gas, como los patios de servicio, quedarn cerrados a la vista en sus cuatro costados.

Artculo 20. Los colores de las fachadas estarn de acuerdo y sujetos a previa autorizacin del Comit de Construccin. Solo se autorizarn los siguientes colores: Blanco, Tonos Arena y Tonos Ocres.

Artculo 21. Deber contarse por lo menos con 2 cajones de estacionamiento, debidamente acotados, por cada lote.

Artculo 22. Para construir albercas dentro de los lotes se deber contar con la autorizacin de la SEDUOPEM y la JAPAM y ser indispensable contar con equipos de filtrado, reciclaje y purificacin de agua acorde a su capacidad. Dicha autorizacin de las dependencias se entregar junto con la licencia de construccin al momento de registrar la obra en la oficina de la Asociacin de Colonos.

Artculo 23. Las aguas negras se conectarn a la red de drenaje, de conformidad con el Cdigo Urbano del Estado de Quertaro. El agua de lluvia podr descargarse libremente desde las azoteas a las reas de jardines por medio de bajadas o grgolas, pero no se podr conectar al drenaje.

Artculo 24. Queda prohibido:a) Construir bardas o colocar rejas al frente, proponindoles en su caso slo unas divisiones de setos, dejando libre acceso para muretes, por tratarse de un Fraccionamiento de acceso controlado. Construir bardas de colindancia con predios vecinos dentro de la limitante de 3.00m al frente del predio. Se podrn construir muretes con una altura mxima de 0.80m.b) Abrir accesos de o hacia las calles circundantes con los predios colindantes que integran el fraccionamiento.c) La construccin de frontones.d) Las construcciones provisionales.e) Durante el proceso de construccin descargar el material en las banquetas y menos an convertir en tiradero de cascajo y desperdicios los lotes baldos, as como las calles por donde circulen los camiones de materiales y no tengan la proteccin necesaria, quedando obligado el propietario del predio en construccin a dejar limpios de tales materiales los lotes colindantes y calles.f) La obstruccin de calles o banquetas del Fraccionamiento con ningn tipo de vehculos o materiales.g) No se permitir en la ventanera aluminio dorado.

Artculo 25. Es obligatorio que durante el proceso de construccin se instale un servicio sanitario para uso de los trabajadores, evitando que utilicen con este fin los lotes baldos.

V. PROCEDIMIENTOS Y HORARIOSArtculo 26. No se permiten veladores en las construcciones.

Artculo 27. Antes de iniciar cualquier obra deber realizarse el deslinde del lote en que se pretende construir y cumplir con lo establecido en el artculo 5 y 6 del presente Reglamento. Artculo 29. Todas las construcciones podrn iniciar sus labores a partir de las 7:00hs y concluir actividades a ms tardar a las l8:00hs de lunes a viernes y los sbados el horario ser entre las 7:00 y l4:00hs.

Artculo 30. El propietario del predio es responsable de todos los aspectos constructivos dentro de su predio, de la proteccin de los colindantes, impermeabilizaciones, muros de contencin, limpieza de lotes y colindantes as como recibir cimentacin de colindancias.

Artculo 31. Las banquetas que se afecten en el proceso de construccin debern ser reparadas por el propietario del lote, con los mismos materiales con que estaban construidas y lo mismo se har con las rampas de entrada.

Artculo 32. El aviso de terminacin de obra se presentar ante la Direccin de Desarrollo Urbano y Vivienda, recabando previamente el visto bueno de la Comisin de Construccin. Despus de que esta haga la inspeccin y compruebe que corresponde con la licencia que se ha extendido y que no existan daos o limpieza pendiente en reas afectadas por la obra y se haya cumplido con todas la exigencias reglamentarias, solo entonces se extender el Visto Bueno.

VI. SANCIONESArtculo 33. Durante la etapa de construccin, el propietario del predio es responsable del cuidado de registros, tuberas, farolas y rboles existentes, tanto dentro del predio como en la va pblica correspondiente al mismo. Para garantizar estos enunciados, as como para el cumplimiento de todas las exigencias se podr utilizar el depsito en garanta de $7000.00 realizado ante Residentes de Claustros del Ro, A. C. Artculo 34. En caso de que el dao no sea cubierto por el depsito en garanta, el excedente se cargar a monto de la cuota de mantenimiento.Artculo 35. Los ajustes realizados a la construccin que no estn definidos en los planos autorizados y que incumplan los lineamientos de este reglamento sern acreedores a penalizaciones definidas por el Comit de Construccin y la Mesa Directiva de la Asociacin de Residentes de Claustros del Ro segn sea el caso.Artculo 36. Aquellos arquitectos, ingenieros, constructores o empresas constructoras que no hayan cumplido con lo establecido en este reglamento no se les autorizarn nuevamente planos para construccin.

Artculo 37. En caso de que la Comisin de Construccin o algn integrante de esta autoricen alguna construccin que no respete lo establecido en el presente reglamento, ser destituido en su cargo.

Artculo 38. En caso de no cumplir alguna o varias de las disposiciones aqu establecidas, la Comisin de Construccin de la Asociacin de Residentes de Claustros del Ro A. C., lo harn del conocimiento de las autoridades competentes para que se apliquen las sanciones que procedan y se tomen las acciones correctivas que el caso amerite.

TRANSITORIOS

Este Reglamento fue aprobado en la junta del Consejo Directivo de la Asociacin de Colonos de Claustros del Ro, A.C. en su sesin realizada el da 03 de Abril de 2012.El presente reglamento entrar en vigor a partir de cinco das hbiles de su aprobacin y ser dado a conocer a los condminos por la Administracin de Claustros por el conducto que se estime ms adecuado.

San Juan del Ro, Quertaro, a 03 de Abril de 2012.

Reglamento de construccin del Estado de Quertaro.En el municipio de San Juan del Rio no existe como tal un reglamento de construccin, pero, se guan con el reglamento del estado de Quertaro. A continuacin mencionare los artculos que van relacionados con la construccin de viviendas (Casa-Habitacin).ARTCULO 6.- UNIVERSO DE EDIFICACIONESPARA EFECTOS DE ESTE REGLAMENTO, LAS EDIFICACIONES EN EL ESTADO DE QUERETARO SE CLASIFICAN EN LOS SIGUIENTES GENEROS Y RANGOS DE MAGNITUD.G E N E R O MAGNITUD E INTENSIDAD DE OCUPACION1.- HABITACION VIVIENDA MINIMA1.1 1.1 UNIFAMILIAR 24 M2 MINIMO PARA ACCIONES DEMEJORAMIENTO DE VIVIENDA EXISTENTE.33 M2 MINIMO PARA VIVIENDA NUEVAPROGRESIVA POPULAR. 45 M2 MINIMO PARAVIVIENDA NUEVA TERMINADA POPULAR. 60A 90 M2 VIVIENDA DE INTERES MEDIO RESIDENCIAL

ARTICULO 10.- PARAMETROS MAXIMOS DE INTENSIDAD DE USO DE SUELO

LA INTENSIDAD DE USO DEL SUELO ES LA SUPERFICIE QUE PUEDE SER CONSTRUIDA EN UN LOTE, POR LO TANTO, CUANDO UN INMUEBLE TIENE MAYOR SUPERFICIE CONSTRUIDA, SU CAPACIDAD DE ALOJAMIENTO TAMBIEN ES MAYOR Y DE ELLO DEPENDE EL COMPORTAMIENTO DE LA DENSIDAD DE POBLACION.PARA GARANTIZAR LA EXISTENCIA DE AREAS SIN CONSTRUIR EN UN LOTE Y LOGRARCONDICIONES ADECUADAS DE ILUMINACION Y VENTILACION, ES NECESARIO NORMAR LA INTENSIDAD EN EL USO DEL SUELO EN RELACION CON LAS DENSIDADES PROPUESTAS EN LOS PLANES Y PROGRAMAS DE DESARROLLO URBANO; PARA TAL EFECTO, A CONTINUACION SE ESTABLECEN LOS COEFICIENTES DE OCUPACION DEL SUELO (C.O.S.) Y DE UTILIZACION DEL SUELO (C.U.S.)

- - EL COEFICIENTE DE OCUPACION DEL SUELO (C.O.S.) ES LA SUPERFICIE DEL LOTEQUE PUEDE SER OCUPADA CON CONSTRUCCIONES, MANTENIENDO LIBRE DE CONSTRUCCION, COMO MINIMO LOS SIGUIENTES PORCENTAJES PROMEDIO: USO HABITACIONAL; 20.0% EN VIVIENDA POPULAR; 25.0% EN RESIDENCIAL; 40.0% EN CAMPESTRE. EN USO COMERCIAL EL 25.0% Y EN USO INDUSTRIAL EL 35.0%

- - EL COEFICIENTE DE UTILIZACION DEL SUELO (C.U.S.), ES LA SUPERFICIE MAXIMA DE CONSTRUCCION QUE SE PERMITIRA EN UN PREDIO Y SE EXPRESA EN EL NUMERO DE VECES QUE SE CONSTRUYA EN LA SUPERFICIE DEL LOTE, POR LO TANTO, SE RECOMIENDA QUE EL CUS NO EXCEDA DE 1.

- - EN AMBOS CASOS LOS COEFICIENTES VARIAN DE ACUERDO A LAS CARACTERISTICAS ESPECIFICAS DE CADA CENTRO DE POBLACION, CONSIDERANDO SU TIPOLOGIA Y DENSIDAD.

- - PARA DETERMINAR LA SUPERFICIE MAXIMA QUE SE PUEDE CONSTRUIR EN UN TERRENO Y EL NUMERO MINIMO DE NIVELES EN QUE SE LOGRA, SE APLICARAN LAS SIGUIENTES FORMULAS:

COS=SO/ST CUS=SC/STSC=CUS X ST N=SC/SOEN DONDE:COS = COEFICIENTE DE OCUPACION DEL SUELOCUS = COEFICIENTE DE UTILIZACION DEL SUELOSO = SUPERFICIE MAXIMA DE OCUPACION DEL SUELO O TERRENOSC = SUPERFICIE MAXIMA DE CONSTRUCCION EN M2.ST= SUPERFICIE DE TERRENON= NUMERO DE NIVELES (PROMEDIO)

ARTCULO 22.- DOSIFICACION DE TIPOS DE CAJONES.

I. I. CAPACIDAD PARA ESTACIONAMIENTO.

DEPENDIENDO DEL USO A QUE SE DESTINE CADA PREDIO, LA CAPACIDAD PARA ESTACIONAMIENTO, DEBERA REGIRSE BAJO LOS SIGUIENTES INDICES MINIMOS:Uso del PredioConceptoCapacidad

1.A Habitacin Unifamiliar (Casas Individuales)1 por cada Vivienda.

ARTICULO 26.- LOS NIVELES DE ILUMINACION EN LUXES QUE DEBERANPROPORCIONAR LOS MEDIOS ARTIFICIALES SERAN COMO MINIMO LOSSIGUIENTES:TipoLocalNivel de Iluminacin en Luxes

A) HabitacinLocales habitables y de Servicio.Circulaciones horizontales y Verticales.75

50

ARTCULO 27.- ABERTURAS MINIMAS DE VENTILACION NATURAL.

LOS LOCALES EN LAS EDIFICACIONES CONTARAN CON MEDIOS DE VENTILACION QUE ASEGUREN LA PROVISION DE AIRE EXTERIOR A SUS OCUPANTES. PARA CUMPLIR CON ESTADISPOSICION, DEBERAN OBSERVARSE LOS SIGUIENTES REQUISITOS:

I. I. LOS LOCALES HABITABLES Y LAS COCINAS DOMESTICAS EN EDIFICACIONES HABITACIONALES, LOS LOCALES HABITABLES EN EDIFICIOS DE ALOJAMIENTO LOS CUARTOS DE ENCAMADOS EN HOSPITALES Y LAS AULAS EN EDIFICIOS PARA EDUCACION ELEMENTAL Y MEDIA, TENDRAN ILUMINACION NATURAL POR MEDIO DE VENTANAS QUE DEN DIRECTAMENTE A LA VIA PUBLICA, TERRAZAS, AZOTEAS, SUPERFICIES DESCUBIERTAS INTERIORES O PATIOS QUE SATISFAGAN LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 29 DEL PRESENTE REGLAMENTO. EL AREA DE ABERTURAS DE VENTILACION NO SERA INFERIOR AL 7% DEL AREA DEL LOCAL.

ARTCULO 28.- CONDICIONES MINIMAS DE VENTILACION ARTIFICIAL.

I. I. TABLA DE CAMBIOS DE VOLUMEN DE AIRE.

VESTIBULOS: 1 CAMBIO POR HORA.

LOCALES DE TRABAJO Y REUNION EN GENERAL Y SANITARIOS DOMESTICOS: 6 CAMBIOS POR HORA.

ARTCULO 29.- DIMENSIONES MINIMAS EN PATIOS Y CUBOS DE LUZ

I. I. LOS PATIOS PARA DAR ILUMINACION Y VENTILACION NATURALES TENDRAN LAS SIGUIENTES DIMENSIONES MINIMAS EN RELACION CON LA ALTURA DE LOS PARAMETROS VERTICALES QUE LOS LIMITEN.

A) PARA PIEZAS HABITABLES, COMERCIOS Y OFICINAS:

Con Altura Hasta Dimensin

4.00 Mts2.50 Mts

8.00 Mts3.25 Mts

12.00 Mts4.00 Mts

EN LOS CASOS DE ALTURA MAYORES DE DIMENSION MINIMA DEL PATIO DEBERA SER IGUAL A LA TERCERA PARTE DE LA ALTURA TOTAL DEL PARAMENTO VERTICAL QUE LO LIMITE. SI ESTA ALTURA ES VARIABLE SE TOMARA EL PROMEDIO.

ARTCULO 48.- NORMAS DE RECIPIENTES Y EQUIPOS DE COMBUSTION.

LAS EDIFICACIONES QUE REQUIERAN INSTALACIONES DE COMBUSTIBLES DEBERAN CUMPLIR CON LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS POR LAS AUTORIDADES COMPETENTES, ASI COMO LAS SIGUIENTES:

I. LOS RECIPIENTES DE GAS DEBERAN COLOCARSE A LA INTEMPERIE, EN LUGARES VENTILADOS, PATIOS, JARDINES O AZOTEAS Y PROTEGIDOS DEL ACCESO DE PERSONAS Y VEHICULOS. EN EDIFICACIONES PARA HABITACION PLURIFAMILIAR, LOS RECIPIENTES DE GAS DEBERAN ESTAR PROTEGIDOS POR MEDIO DE JAULAS QUE IMPIDEN EL ACCESO DE NIOS Y PERSONAS AJENAS AL MANEJO DEL EQUIPO. LOS RECIPIENTES SE COLOCARAN SOBRE UN PISO FIRME Y CONSOLIDADO, DONDE NO EXISTAN FLAMAS O MATERILES FLAMABLES, PASTO O HIERBA.

II. LOS CALENTADORES DE GAS PARA AGUA DEBERAN COLOCARSE EN PATIOS O AZOTEAS O EN LUGARES CON UNA VENTILACION MINIMA DE 25 CAMBIOS POR HORA DEL VOLUMEN DEL AIRE DEL LOCAL. QUEDARA PROHIBIDA SU UBICACIN EN EL INTERIOR DE LOS BAOS.

III. PARA EDIFICACIONES CONSTRUIDAS CON ANTERIORIDAD A ESTE REGLAMENTO Y CON CALENTADORES DE GAS DENTRO DE LOS BAOS, SE EXIGIRA QUE CUENTEN CON VENTILACION NATURAL O ARTIFICIAL CON 25 CAMBIOS POR HORA, POR LO MENOS, DEL VOLUMEN DE AIRE DEL BAO.

IV. LA SECRETARIA AUTORIZARA EL USO DE EQUIPOS DE COMBUSTION PARA LAS EDIFICACIONES SIEMPRE Y CUANDO CUMPLAN CON LAS DISPOSICIONES QUE MARCA LA LEY ESTATAL DE EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE Y LAS DEMAS DISPOSICIONES APLICABLES AL CASO.

ARTICULO 53.

I. I. LAS EDIFICACIONES DE CONCENTRACION DEBERAN CONTENER VESTIBULOS QUE COMUNIQUEN LA SALA CON LA VIA PUBLICA O CON LOS PASILLOS QUE DEN ACCESO A ESTA; ESTOS VESTIBULOS TENDRAN UNA SUPERFICIE MINIMA DE 15CM2 POR CONCURRENTE (CADA CLASE DE LOCALIDAD DEBERA TENER UN ESPACIO PARA EL DESCANSO DE LOS ESPECTADORES O VESTIBULO EN LOS INTERMEDIOS, QUE SE CALCULARA A RAZON DE 15 CM2 POR CONCURRENTE).

LOS PASILLOS DESEMBOCARAN AL VESTIBULO, A NIVEL CON EL PISO DE ESTE.

LAS PUERTAS A LA VIA PUBLICA DEBERAN ESTAR CUBIERTAS CON MARQUESINAS.

LAS SALAS DE ESPECTACULOS DEBERAN TENER ACCESOS Y SALIDAS DIRECTAS A LAVIA PUBLICA O COMUNICARSE CON ELLA, POR PASILLOS CON UNA ANCHURA MINIMA IGUAL A LA SUMA DE LAS ANCHURAS DE TODAS LAS CIRCULACIONES QUE DESALOJEN LAS SALAS POR ESOS PASILLOS.

TODA SALA DE ESPECTACULOS DEBERA TENER POR LO MENOS TRES SALIDAS CONANCHURA MINIMA DE 1CM CADA UNA.

LOS ACCESOS Y SALIDAS DE LAS SALAS DE PREFERENCIA EN CALLES DIFERENTES.

II. LAS PUERTAS A LA CALLE TENDRAN UNA ANCHURA LIBRE MINIMA DE 120 CM. Y EN NINGUN CASO LA ANCHURA DE LA ENTRADA SERA MENOR QUE LA SUMA DE LAS ANCHURAS DE LAS ESCALERAS QUE DESEMBOQUEN EN ELLAS.

LA ANCHURA DE LAS PUERTAS DE LOS CENTROS DE REUNION DEBERAN PERMITIR LASALIDA DE LOS ASISTENTES EN TRES MINUTOS, CONSIDERANDO QUE UNA PERSONA PUEDE SALIR POR UNA ANCHURA DE 60CM. EN UN SEGUNDO. LA ANCHURA SIEMPRE SERA MULTIPLO DE 60 CM. Y LA MINIMA DE 120 CM.

LAS HOJAS DE LAS PUERTAS DEBERAN ABRIR HACIA EL EXTERIOR Y ESTAR COLOCADAS DE MANERA QUE, AL ABRIRSE, NO OBSTRUYAN NINGUN PASILLO, ESCALERA O DESCANSO Y TENDRAN LOS DISPOSITIVOS NECESARIOS QUE PERMITANSU APERTURA CON EL SIMPLE EMPUJE DE LAS PERSONAS AL SALIR.

NINGUNA PUERTA SE ABRIRA DIRECTAMENTE SOBRE UN TRAMO DE ESCALERA, SI NO A UN DESCANSO MINIMO DEL ANCHO DEL PASILLO, Y NO MENOR A 120 CM.

III. LAS PUERTAS DE ACCESO, INTERCOMUNICACION Y SALIDA DEBERAN TENER UNA ALTURA MINIMA DE 210 CM. Y UNA ANCHURA QUE CUMPLA CON LA MEDIDA DE 60 CM. POR CADA 100 USUARIOS O FRACCION, PERO SIN REDUCIR LOS VALORES MINIMOS SIGUIENTES:

Tipo de EdificacinTipo de PuertaAncho Mnimo

A) HabitacinAcceso PrincipalLocales para Habitacin y CocinasLocales complementarios0.90 m0.75 m

0.60 m

ARTICULO 54

I. I. I LA ANCHURA MINIMA DE LOS PASILLOS LONGITUDINALES EN SALAS DE ESPECTACULOS CON ASIENTOS EN AMBOS LADOS, DEBERA SER DE 120 CENTIMENTROS. LA DE LOS QUE TENGAN UN SOLO LADO, DE 90 CENTIMENTROS.

EN LOS PASILLOS CON ESCALONES, LAS HUELLAS DE ESTOS TENDRN UN MINIMO DE 30 CENTIMENTROS Y SUS PERALTES UN MAXIMO DE 17 CENTIMETROS, CONVENIENTEMENTE ILUMINADOS. EN LOS MUROS DE LOS PASILLOS, NO SE PERMITIRAN SALIENTES A UNA ALTURA MENOS DE TRES METROS, EN RELACION CON EL PISO DE LOS MISMOS.

LAS OFICINAS Y LOCALES COMERCIALES DE UN EDIFICIO DEBERAN TENER SALIDA A PASILLOS O CORREDORES QUE CONDUZCAN DIRECTAMENTE A LAS SALIDAS A LA CALLE. LA ANCHURA DE LOS PASILLOS Y CORREDORES NO DEBERA SER MENOR DE 120 CENTIMETROS.

ARTICULO 55

I. I. LAS ESCALERAS EN CADA NIVEL ESTARAN VENTILADAS PERMANENTEMENTE A FACHADAS O A CUBOS DE LUZ POR MEDIO DE VANOS CUYA SUPERFICIE NO SERA MENOR DEL 10% DE LA PLANTA DEL CUBO DE LA ESCALERA.CUANDO LAS ESCALERAS SE ENCUENTREN EN CUBOS CERRADOS, DEBERA CONSTRUIRSE ADOSADOS A ELLOS UN DUCTO DE EXTRACCION DE HUMOS, CUYA AREA EN PLANTA SEA PROPORCIONAL A LA DEL CUBO DE LA ESCALERA Y QUE SOBRESALGA DEL NIVEL DE AZOTEA 150 CENTIMETROS COMO MINIMO. ESTE DUCTO SE CALCULARA CONFORME A LAS SIGUIENTE FUNCION: HS.A=___________ 200

EN DONDE.A= AREA EN PLANTA DEL DUCTO, EN METROSh= ALTURA DEL EDIFICIO, EN METROSs= AREA EN PLANTA DEL CUBRO DE LA ESCALERA, EN METROS CUADRADOS EN ESTE CASO, EL CUBO DE LA ESCALERA NO ESTARA VENTILADO AL EXTERIOR EN SU PARTE SUPERIOR PARA EVITAR QUE FUNCIONE COMO UNA PUERTA QUE CIERRE HERMETICAMENTE EN FORMA AUTOMATICA Y ABRA HACIA FUERA, LA CUAL NO TENDRA CERRADURA DE LLAVE. LA VENTILACION DE ESTOS CUBOS SE HARA POR MEDIO DE VAOS EN CADA NIVEL CON PERSIANAS FIJAS INCLINADAS CON PENDIENTE ASCENDENTE HACIA LOS DUCTOS DE EXTRACCION, CUYA SUPERFICIE NO SERA MENOR DEL 5% NI MAYOR DEL 8% DE LA PLANTA DEL CUBO DE LA ESCALERA.

Tipo de EdificacionesTipo de EscaleraAncho Mnimo

A) HabitacinPrivada o interior con muro en un solo costado.Privada o interior confinada entre dos muros.Comn a dos o ms Viviendas.0.75 M

0.90 M

0.90 M

ARTCULO 60.- NORMAS Y MATERIALES EN LAS CONSTRUCCIONES

LOS MATERIALES DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS DEBERAN TENER UNA RESISTENCIAAL FUEGO.

PROTECCION A RECUBRIMIENTOS INTERIORES Y DECORADO:

SE REQUERIRA EL VISTO BUENO DEL H. CUERPO DE BOMBEROS PARA EMPLEAR RECUBRIMIENTOS Y DECORADOS INFLAMABLES EN LAS CIRCULACIONES GENERALES Y EN LAS ZONAS DE CONCENTRACION DE PERSONAS DENTRO DE LAS EDIFICACIONES CON ALTURA MAYOR DE CINCO NIVELES, AS COMO EN LOS CENTROS DE REUNION.

CANCELES:EN LA SUBDIVISION INTERIOR DE AREAS QUE PERTENEZCAN A UN MISMO DEPARTAMENTO O LOCAL, SE PODRAN EMPLEAR CANCELES CON UNA RESISTENCIA AL FUEGO INFERIOR A LA SEALADA PARA MUROS INTERIORES DIVISORIOS, SIEMPRE QUE NO PRODUZCAN GASES TOXICOS O EXPLOSIVOS BAJO LA ACCION DEL FUEGO.

PLAFONES:LOS PLAFONES Y SUS ELEMENTOS DE SUSPENSION Y SUSTENTACION SE CONSTRUIRANEXCLUSIVAMENTE CON MATERIALES A PRUEBA DE FUEGO.

CHIMENEAS:LAS CHIMENEAS DEBERAN PROYECTARSE DE TAL MANERA QUE LOS HUMOS Y GASES SEAN CONDUCIDOS POR MEDIO DE UN DUCTO DIRECTAMENTE AL EXTERIOR EN LA PARTE SUPERIOR DE LA EDIFICACION. SE DISEARAN DE TAL FORMA QUE PERIODICAMENTE PUEDAN SER DESHOLLINADOS Y LIMPIADOS.LOS MATERIALES INFLAMABLES QUE SE UTILICEN EN LA CONSTRUCCION O QUE SE COLOQUEN EN ELLA COMO ELEMENTOS DECORATIVOS, ESTARAN A NO MENOS DE 60 CENTIMETROS DE LAS CHIMENEAS Y EN TODO CASO DICHOS MATERIALES SE AISLARAN PRO MEDIO DE ASBESTO O ELEMENTOS EQUIVALENTES EN CUANTO A RESISTENCIA AL FUEGO.

PROTECCION A ELEMENTOS ESTRUCTURALES DE MADERA:LOS ELEMENTOS ESTRUCTURALES DE MADERA SE PROTEGERAN POR MEDIO DE RETARDANTES AL FEUGO O DE RECUBRIMIENTOS DE ASBESTO O DE MATERIALES AISLANTES SIMILARES DE NO MENOS DE 6mm DE ESPESOR.ADEMAS, CUANDO ESTOS ELEMENTOS SE LOCALICEN CERCA DE INSTALACIONES SUJETAS A ALTAS TEMPERATURAS, TALES COMO TIROS DE CHIMENEA, CAMPANAS DEEXTRACCION O DUCTOS QUE PUEDAN CONDUCIR GASES A MAS DE 80C DEBERAN DISTAR DE LOS MISMOS UN MINIMO DE 60 CMS.

MUROS EXTERIORES:LOS MUROS EXTERIORES DE UNA EDIFICACION SE CONSTRUIRAN CON MATERIALES A PRUEBA DE FUEGO, DE MANERA QUE SE IMPIDA LA POSIBLE PROPAGACION DE UN INCENDIO DE UN PISO AL SIGUIENTE O A LAS CONSTRUCCIONES VECINAS.

LAS FACHADAS DE CORTINA, SERA CUAL FUERE EL MATERIAL DE QUE ESTAN HECHAS,DEBERAN CONSTRUIRSE EN FORMA TAL QUE CADA PISO QUEDE AISLADO TOTALMENTE POR MEDIO DE ELEMENTOS A PRUEBA DE FUEGO.

MUROS INTERIORES:LOS MUROS QUE SEPAREN LAS AREAS CORRESPONDIENTES A DISTINTOS DEPARTAMENTOS O LOCALES, O QUE SEPAREN LAS AREAS CORRESPONDIENTES DE HABITACION O DE TRABAJO DE LAS CIRCULACIONES GENERALES, SE CONSTRUIRAN CON MATERIALES A PRUEBA DE FUEGO.LOS MUROS CUBRIRAN TODO EL ESPACIO VERTICAL COMPRENDIDO ENTRE LOS ELEMENTOS ESTRUCTURALES DE LOS PISOS CONTIGUOS, SIN INTERRUMPIRSE EN LOS PLAFONES, EN CASO DE EXISTIR ESTOS.

CORREDORES Y PASILLOS:LOS CORREDORES Y PASILLOS QUE DEN SALIDA A VIVIENDAS, OFICINAS, AULAS, CENTROS DE TRABAJO, ESTACIONAMIENTOS Y OTROS SIMILARES, DEBERAN AISLARSE DE LOS LOCALES CIRCUNDANTES POR MEDIO DE MUROS Y PUERTAS A PRUEBA DE FUEGO.

ARTCULO 62.- ANALISIS Y DISEO.

LAS ESTRUCTURAS SE ANALIZARAN CON METODOS RECONOCIDOS DE ANALISIS ELASTICO, ELASTOPLASTICO Y PLASTICO, SIEMPRE Y CUANDO SE SUJETEN A LAS NORMAS MINIMAS SEALADAS EN ESTE TITULO.

PUEDEN EMPLEARSE METODOS DIFERENTES DE LOS SEALADOS EN EL PARRAFO ANTERIOR, PERO EL DISEO DEBERA SER APROBADO POR LA SECRETARIA.

TODA ESTRUCTURA DEBERA DISEARSE DE TAL FORMA QUE SEA CAPAZ DE RESISTIR, CUANDO MENOS LAS SIGUIENTES CONDICIONES DE CARGA.

I. I. CARGAS MUERTAS, VIVAS Y ACCIDENTALES IMPUESTAS DURANTE LA CONSTRUCCION, CON FACTORES DE SEGURIDAD NO MENORES QUE LOS QUE ESPECIFICA ESTE TITULO PARA LA COMBINACION DE LAS MENCIONADAS CARGAS, TOMANDO EN CUENTA LA RESISTENCIA DE LOS MATERIALES EN EL TIEMPO EN QUE QUEDEN SUJETAS A LOS MISMOS.

II. II. PARA ESTRUCTURA TERMINADA, LA COMBINACION DE LAS CARGAS MUERTAS Y VIAS ACTUANDO SOBRE ELLA. LOS FACTORES DE SEGURIDAD PARA ESTE CASO NO SERAN MENORES QUE LOS ESPECIFICADOS PARA LA ACCION DE CARGAS ESTATICAS.

III. III. PARA LA ESTRUCTURA TERMINADA, LA COMBINACION DE LAS CARGAS MUERTA, VIVA Y ACCIDENTAL ACTUANDO SOBRE ELLA. LOS FACTORES DE SEGURIDAD PARA ESTE CASO NO SERAN MENORES QUE LOS ESPECIFICADOS PARA LA ACCION DE CARGAS ESTATICAS Y ACCIDENTALES.

IV. IV. EN CONSTRUCCIONES PARA LAS QUE LA RELACION DE CARGA VIVA 0 CARGA TOTAL EXCEDA DE 0.4 Y PARA TODAS AQUELLAS EN QUE CIERTA DISTRIBUCION DE CARGA VIVA PUEDA INVERTIR EL SIGNO DE LOS MOMENTOS

FLEXIONANTES O ESFUERZOS AXIALES, LA ESTRUCTURA SE DISEARA DE TAL FORMA, QUE SEA CAPAZ DE RESISTIR LAS DISTRIBUCIONES MS DESFAVORABLES DE CARGA VIVA, SIENDO ADMISIBLE EN ESTOS CASOS REDUCIR EL FACTOR DE SEGURIDAD, AL MISMO VALOR QUE SE PERMITE PARA LA COMBINACION DE CARGA ESTATICA Y ACCIDENTAL.

ARTCULO 68.- NOTACION Y GENERALIDADES

I. I. LAS CONSTRUCCIONES SE ANALIZARAN SUPONIENDO QUE EL VIENTO PUEDE ACTUAR POR LO MENOS EN DOS DIRECCIONES PERPENDICULARES ENTRE SI.

II. II. LOS FACTORES DE CARGA Y LOS ESFUERZOS PERMISIBLES EN DISEO POR CARGA DE VIENTOS SERAN LOS MISMOS QUE SE ESPECIFICAN PARA DISEO SISMICO.

III. III. PARA VERIFICAR LA ESTABILIDAD GENERAL DE LAS CONSTRUCCIONES EN CUANTO A VOLTEAMIENTO, SE ANALIZARA ESTA POSIBILIDAD SUPRIMIENDO LAS CARGAS VIVAS QUE CONTRIBUYEN A DISMINUIR EL EFECTO.SERA ACEPTABLE COMO MINIMO UN FACTOR DE SEGURIDAD DE 1.5 POR ESTECONCEPTO

IV. IV. ADEMAS DE VERIFICAR LA ESTABILIDAD GENERAL DE LA CONSTRUCCION SE ESTUDIARA EL EFECTO DE LAS PRESIONES INTERIORES. EN TODOS LOS CASOS DEBERA REVISARSE LA ESTABILIDAD DE LA CUBIERTA Y SUS ANCLAJES.

V. V. SE CONSIDERARA EN TODOS LOS CASOS QUE LA ESTRUCTURA SE ENCUENTRA AISLADA.

VI. VI. SON APLICABLES LOS CRITERIOS GENERALES DE ANALISIS QUE SEALA EL CAPITULO Y DISEO POR SISMOS.

ARTCULO 87.- PRECAUCIONES EN FACHADAS.

EN FACHADAS INTERIORES O EXTERIORES, LOS VIDRIOS DE VENTANAS SE COLOCARAN EN LOS MARCOS DE ESTAS DE MANERA QUE PERMITAN UN JUEGO POR LO MENOS IGUAL AL DOBLE DEL DESPLAZAMIENTO HORIZONTAL RELATIVO ANTE SUS EXTREMOS. SOLO PODRA OMITIRSE ESTA PRECAUCION CUANDO LOS MARCOS DE LAS VENTANAS ESTEN LIGADOS A LA ESTRUCTURA DE TAL MANERA QUE LAS DEFORMACIONES DE ESTE NO LOS AFECTEN.