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MEMORIA ANUAL 2009 Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento El acceso al agua, es un derecho

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MEMORIA ANUAL2009

Empresa Pública Social de Agua y SaneamientoEl acceso al agua, es un derecho

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Edición:

Departamento de Comunicación y Relaciones Pú[email protected]

Fotografias:

EPSAS

Diseño e impresión:

EDITORIAL BELLAS ARTESTel.: 2262954

La Paz, Bolivia 2010

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Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento

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ÍNDICE

Página

Carta del Directorio 7

Estructura Institucional 9

Plantel Ejecutivo 10

Carta del Gerente General 12

Carta del Auditor Independiente 16

Carta de los Síndicos 20

Estados Financieros 23

Nota a los Estados Financieros 29

Información Relevante de la Gestión 71

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CARTA PRESENTACION DIRECTORIO

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La Paz, abril 28 de 2010.

A los Señores AccionistasEmpresa Pública Social de Agua y Saneamiento S.A. -EPSAS S.ALa Paz – Bolivia.

En el marco establecido en los Estatutos de la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento S.A. -EPSAS S.A. elevamos a conocimiento de la Junta General Ordinaria de Accionistas y de la sociedad boliviana, la Memoria Anual correspondiente a la Gestión 2009 de nuestra empresa en transición, prestadora de los servicios de Agua Potable y Alcantarillado.

De inicio, los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2009 de la Empresa EPSAS S.A. expone la situación pa-trimonial, financiera y los resultados obtenidos en unidades monetarias; la información emitida refleja la solvencia económica mejorada en el Balance General, la captación de recursos financieros (internos y externos) y la aplicación que pueden encontrarse en el Estado de Resultados, demuestran cuantitativamente el Estado de Evolución del Pa-trimonio Neto, presentan el Estado de Flujo de Efectivo como consecuencia de las actividades operativas, inversión, financiación y las Notas con descripciones e interpretaciones referidas a normas y prácticas contables utilizadas, expli-cación de la composición de las cuentas contables, los asuntos legales, como también la aplicación de disposiciones.

Asimismo, los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2009 de la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento - EPSAS S.A fueron examinados por los Auditores Externos “Berthin Amengual Ltda.”, los cuales emitieron el Dicta-men Independiente y tenemos a bien presentar para su consideración.

En la Constitución Política del Estado los servicios básicos adquieren un rango de Derechos Humanos de tercera generación para todos los bolivianos. EPSAS S.A. mediante el Contrato de Concesión Transitorio heredado de AISA

De izquierda a derecha: Lic. Edgar Ramos Director Ing. Reynaldo Machicao Secretario Ing. José A. Diaz Vice-Presidente

CARTA PRESENTACION DIRECTORIO

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administra los Derechos propietarios de los recursos naturales del Estado con el objetivo de buscar el bienestar de los ciudadanos de La Paz y El Alto mediante la desmercantilización del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado.

La empresa también, supervisa las inversiones del Estado en infraestructura de alcantarillado y agua en ambas urbes; estos proyectos de inversión complementan en los esfuerzos para disminuir las brechas de accesibilidad, calidad y tarifas equitativas. A la Recepción Definitiva de las inversiones en infraestructura del Estado, por sus competencias la empresa deberá garantizar la funcionalidad, administración, mantenimiento y además prever la sostenibilidad opera-tiva.

En consecuencia, ponemos a consideración a los accionistas y el fiduciario, apoyar un estudio de Plan de Negocio en el cual esté reflejada los beneficios de la evaluación financiera privada y socioeconómico de EPSAS S.A., al contar con flujos nominales de caja pronosticados, la conveniencia de los criterios de evaluación será razonable en la toma de decisiones de los probables riesgos internos y externos de la empresa, optimizar las políticas de comercialización diferenciadas, establecer límites mínimos y máximos de sostenibilidad (capital de trabajo), identificar las inversiones de reposición, ampliación y construcción, previo conocimiento de las depreciaciones estimadas correspondiente a un horizonte temporal mínimo de 10 años.

El Agua es un recurso comprometido por la naturaleza, que EPSAS S.A. la almacena en cinco represas para llevar a los sistemas de potabilización y posterior distribución para el consumo en las ciudades de El Alto y La Paz. Sin embargo, en la Gestión 2009 la disponibilidad de este recurso ha sido afectada por el cambio climático, primero con la disminución de agua en las fuentes de almacenamiento, segundo aumento en la intensidad de la precipitación pluvial que ha ocasionado deslizamientos de suelo, que por ejemplo han afectado a las viviendas de las zonas Huanu Huanuni, Villa Salome, Sector Cervecería a lo que EPSAS S.A. dió un tratamiento adecuado con el plan de contin-gencias formulado y ejecutado.

EPSAS S.A. desde el 2007 ha incrementado las inversiones en agua y alcantarillado con financiamiento BANDES S.A. y Recursos Propios, llama la atención la Nota 9 de los Estados Financieros respecto de las obras en curso de la Gestión 2009 y obras de ejercicios anteriores que alcanzan un importe de Bs 41.807.542, aparentemente estas inversiones están retrasadas la funcionalidad e interrumpen la circulación del capital de trabajo, excepto el caso de construcción de la obra Colector Concretec suspendida por los efectos de impacto ambiental en el Municipio de Laja. Recomendamos llevar una auditoria especial de las obras en curso.

En la dinámica de apoyar la gestión de los proyectos de inversión, recomendamos implementar en la empresa un Sistema de Inversión que comprende el marco normativo, metodologías, herramienta informática para registrar las fases de intervención que implica la planeación, ejecución, seguimiento y cierre de inversiones en obras públicas, medios ambientales, contingencias, desarrollo de sistemas y otros.

Los procesos de adquisición de bienes y servicios de la empresa en general están regulados por el Decreto Supremo N°181 del 29 de junio de 2009, sin embargo existe restricciones de orden legal y acceso al SICOES. Recomendamos desarrollar e implementar la página web de la empresa para publicar información sobre los procesos de contratación de bienes y servicios con el objetivo de brindar transparencia en los procesos y publicar información relevante en la página web.

El Directorio de EPSAS S.A.

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Accionistas:

Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), fiduciario y custodio gubernamental de las acciones de EPSAS S.A. (Decreto Supremo Nº 28985)

Sra. Mercedes Condori Sr. Félix Calle Huasco

Directorio: Ing. José Augusto Díaz B. Vice- Presidente Ing. Reynaldo Machicao B. Secretario Lic. Edgar Ramos A. Director

Síndicos: Lic. Ana María Pacheco D. Dr. Victor Hugo Canelas A.

Gerencia General: Ing. Victor Hugo Rico A.

ESTRUCTURA INSTITUCIONAL

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Parados de izquierda a derecha: Rolando Reyes Jefe Dpto. Comercial Juan Andrade Jefe Dpto. Auditoría Eloy Toledo Jefe Dpto. Legal Rubén Aguirre Jefe Dpto. Recursos Humanos Iván Revollo Jefe Dpto. Planificación Dennis Illanes Jefe Dpto. Facturación Andrés Zegada Jefe Dpto. Regulación Miguel Quenta Jefe Dpto. Sistemas José María Herbas Jefe Dpto. Comunicación y RR. PP.

Sentados de izquierda a derecha:

Willam Marca Gerente Regional El Alto Victor Hugo Salas Gerente Administrativo Financiero Namy Herrera Jefe Dpto. Contable Cynthia Rodriguez Gerente Comercial Victor Hugo Rico Gerente General Carla Tárraga Jefe Dpto. Compras María E. Vásquez Jefe Dpto. Laboratorio Jorge Zotez Gerente Técnico Diego Contreras Jefe Dpto. Saneamiento

Ausentes: Carlos Pinell Jefe Dpto. Servicios Generales Gary Rodriguez Jefe Dpto. Infraestructura El Alto Willam Rivera Jefe Dpto. Infraestructura La Paz Ivan Sarmiento Jefe Dpto. Conexiones El Alto Tomas Quisbert Jefe Dpto. Producción

PLANTEL EJECUTIVO

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CARTA GERENTE GENERAL

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CARTA DEL GERENTE

Ha concluido el tercer año de trabajo de EPSAS, cuya presencia prevista con carácter transitorio no concluye por razones alejadas del ámbito de decisión de la actual administración de la empresa. A pesar de las limitaciones que conlleva esa condición legal y organizacional de la empresa, se ha trabajado de manera intensa para incluir las inicia-tivas y proyectos de EPSAS primero en el Programa Anual de Operaciones de la empresa y además mantener una parte importante de proyectos en la agenda de inversiones del Gobierno Nacional representada por el Ministerio de Medio Ambiente y Agua. Pues, la vigencia del Contrato de Concesión suscrito con la ex Superintendencia de Agua y Saneamiento nos orienta a tomar acciones específicas de gestión de financiamientos para poder cumplir las metas establecidas en el “Plan Quinquenal de desarrollo de los servicios”.

En ese marco podemos mencionar que, la canalización de recursos financieros por parte del Gobierno del Estado Plurinacional, para la ejecución de proyectos de Infraestructura de Saneamiento Básico en el área de concesión de EPSAS ha arrojado resultados positivos durante la gestión 2009, especialmente por los diversos proyectos ejecutados en La Paz y El Alto.

Se ha avanzado hacia el logro de las metas previstas para el año 2009, más allá de la infraestructura fundamental ejecutada o en ejecución como ser: colectores principales de alcantarillado, ramales principales de agua potable, ampliaciones de plantas de tratamiento.

En consideración a lo indicado, para la gestión 2009 se tenía programado ejecutar 11.322 conexiones de agua pota-ble y 3.997 conexiones de alcantarillado. Se ejecutaron 11.589 conexiones de agua potable logrando un avance del 102.36% de la meta prevista y 8,340 conexiones de alcantarillado que representa el 208,66% de la meta prevista. Por otro lado, para la gestión 2009 se programó 503 conexiones en otras categorías. Se ejecutaron 110 conexiones, rubro en el que se logra un avance del 21.87% debido a la limitada demanda. En total, se lograron ejecutar 20.039 conexiones que representa el 130.81% respecto a las 15,319 conexiones programadas en ambos servicios, superan-do la programación inicial de la gestión.

La población estimada para el Área Servida al 31 de diciembre de 2009, según proyecciones del Censo nacional INE 2001, se estima en 1.855,318 habitantes. La población servida con agua potable, calculada es de 1.720.957 habitantes y la población servida con alcantarillado sanitario es de 1.281.827 habitantes.

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Asimismo, más allá de lo indicado en las cifras referidas a la expansión de la cobertura de los servicios, podemos in-formar que están en proceso de ejecución proyectos de expansión de las redes de Agua Potable y Alcantarillado que serán generadores de una mayor expansión de la cobertura y mejoramiento de nuestros servicios en ambas ciudades.

Se han concluido inversiones con recursos propios ($us 2.559.000), recursos BANDES ($us 1.479.600) y otros recursos captados de la Cooperación Internacional en base a convenios suscritos con las ONGs Save the Children (inversión de $us 218,000), Christian Children Fund (inversión de $us 80.000), CHF (inversión de $us 603.000 y $us 220.000 en mejoramiento de Baños domiciliarios y construcción de baños públicos), asimismo están en plena ejecu-ción sendos proyectos de redes de agua potable y alcantarillado sanitario con recursos canalizados por el Gobierno del Estado Plurinacional, provenientes del programa PASAS de la Comisión Europea, la Cooperación de Holanda, Fondos de Contravalor de la Cooperación Japonesa y la Cooperación Canadiense, a quienes manifestamos nuestro reconocimiento por su cooperación al desarrollo de los servicios.

Durante la gestión 2009, en el desarrollo del servicio se produjeron hechos relevantes que afectaron algunos de manera negativa y otros de manera positiva, que pasamos a describir.

La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico AAPS emite en julio de 2009 la Resolución administrativa Regulatoria No 028/2009, mediante la cual se dispone la reducción de los costos de conexión, medida que beneficia a la población en general y facilita el acceso a los servicios de agua potable y alcantarillado.

a) EFECTO DEL CAMBIO CLIMÁTICO EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Para la prestación del servicio, la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento cuenta con seis represas y sus res-pectivas lagunas auxiliares (nombradas entre paréntesis) que son: Tuni, Condoriri, Milluni (Jankho Khota), Hampaturi (Serkhe Khota), Ajuan Kota (Kunka Huicara y Mikhaya), Incachaca (Kinkillosa, Estrellani y Sora Jahuira) mismas que están ubicadas al norte de las ciudades de La Paz y El Alto. Estas represas almacenan el agua cruda que, durante el año y en época de estiaje, se despacha agua para su potabilización y distribución de agua potable a la población.

En el mes de noviembre de la gestión 2009, los volúmenes almacenados en las represas se redujeron a niveles críti-cos, mismos que resultan ser las primeras manifestaciones de potenciales efectos del cambio climático en las cuencas donde están localizadas las represas que administra la empresa. De acuerdo a los registros con que cuenta EPSAS, los niveles de almacenamiento en la gestión 2009 fueron menores a los registrados en la gestión 2005 (año más crí-tico en el período reciente de 10 años). En el mes de diciembre de 2009, se registraron las primeras precipitaciones importantes, sin embargo, se concluyó el año con el nivel más bajo de almacenamiento del periodo más reciente de 10 años.

Ante esta situación se ha visto por conveniente desarrollar dos proyectos importantes que están consignados en el Plan Maestro de Desarrollo de Servicios de Agua Potable: Almacenamiento de agua cruda en la cuenca de Huayna Potosí, como refuerzo de la oferta de agua cruda en la represa de Tuni, aún cuando se ha podido observar que hay ciertas limitantes hidrológicas para un eventual proyecto de una represa tal como estaba previsto, por lo que se ha planteado la alternativa de mejorar la Toma y Canal Huayna Potosí que alimenta a la represa Tuni. Por otra parte se lleva adelante el diseño final de la represa Alto Hampaturi. Ambos estudios se ejecutan bajo criterios de adaptación al cambio climático, lo que implica la aplicación de enfoques de manejo integrado de cuencas, considerados de gran utilidad para el manejo de factores que contrarrestan los potenciales efectos del cambio climático.

Estos proyectos están siendo desarrollados técnicamente por empresas consultoras contratadas por el Ministerio de Medioambiente y Agua, a través del FPS. Al inicio del año 2010 se registran retrasos en la ejecución de dichos estudios debido a la posición asumida por los habitantes de las comunidades asentadas en dichas cuencas.

Al finalizar la gestión 2009 iniciamos los contactos para obtener la cooperación financiera no reembolsable de la Corporación Andina de Fomento - CAF para la Consultoría denominada “Metodología para la Gestión Integral de cuencas aportantes a la Cuenca de Kaluyo considerando amenazas del cambio climático” estudio inicial, previo a la Factibilidad y Diseño Final, del Manejo Integrado de la cuenca alta del Rio Choqueyapu en la región de Kaluyo, que debe considerar las posibilidades de explotación de recursos hídricos para el abastecimiento de agua potable a La Paz. De manera consecuente con esta gestión de financiamiento, se ha buscado entablar conversaciones con poten-ciales financiadores para el abordaje del respectivo Diseño Final de un Programa de Manejo Integrado de la cuenca y el respectivo proyecto de una represa.

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El enfoque de Manejo Integrado de Cuenca incluido en proyectos de aprovechamiento de nuevas fuentes de agua pretendemos encaminar adecuadamente para poder beneficiar no solamente a la población de La Paz y El Alto, sino también a las comunidades involucradas, de las respectivas cuencas en estudio.

En la represa Tuni, que abastece de agua a la mayor parte de la ciudad de El Alto y a las laderas de la ciudad de La Paz, aprovechando los niveles mínimos de agua registrados en el mes de octubre de 2009, se han ejecutado trabajos de interconexión de un reservorio de la represa, incrementando la disponibilidad de agua de dicha represa en un volumen de aprox. 600.000 m3; asimismo se ha iniciado la perforación de pozos para ampliar la oferta de agua en la zona sur de El Alto, asimismo se ha construido una obra de toma para el aprovechamiento de una vertiente existente en la Plaza Arandia de la ciudad de La Paz.

b) VIGENCIA DE LA TARIFA SOLIDARIA

La empresa EPSAS continúa aplicando lo dispuesto en la Resolución Administrativa Regulatoria SISAB/44/2008, de mayo de 2008 emitida por la Superintendencia de Saneamiento Básico (hoy Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico) que ha dispuesto el congelamiento de las tarifas de consumo de agua potable hasta 15 metros cúbicos dentro la categoría doméstica en las ciudades de La Paz y El Alto.

A diciembre de 2009, el 92% de los usuarios domésticos de El Alto se beneficiaba de esta tarifa y el 62% de los usuarios domésticos en la ciudad de La Paz.

c) ACREDITACIÓN NORMA NB ISO /IEC 17025:2005

La norma ISO/IEC 17025:2005 es un conjunto de requisitos para la acreditación de la competitividad de laboratorios de ensayo y calibración, esta norma internacional demuestra que los laboratorios utilizan un sistema de calidad para asegu-rar el manejo adecuado de procedimientos para la determinación de parámetros de trabajo mundialmente establecidos.

Habiéndose cumplido el periodo de acreditación al 14 de septiembre de 2009, el Laboratorio ingresó a un proceso de re-acreditación de los parámetros Fisicoquímicos Calcio, Magnesio, Dureza Total y PH, así como también los parámetros de Metales Pesados Hierro, Manganeso y Cobre, lo que se ha logrado exitosamente por lo que se recibió la notificación oficial emitida por el IBMETRO en fecha 31 de Diciembre de 2009. Ello ratifica una vez más el trabajo dedicado del Plan-tel Ejecutivo y del Personal del Laboratorio Central de la empresa por medio de la implementación del sistema de ges-tión de la calidad, se aseguran altos niveles de eficiencia y eficacia, para el propio beneficio y satisfacción de los Clientes.

d) FINANCIAMIENTO DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA BÁSICA

Debido a la necesidad de contar con recursos financieros para ejecutar proyectos de infraestructura básica, como ser redes de agua potable principales para el cierre y definición de anillos; el tendido de colectores principales que permitan la recolección de aguas servidas, la construcción de plantas de tratamiento y estudios Técnicos Económicos Social y Ambiental “TESA” para ampliación de nuestra infraestructura, desde el inicio de nuestras actividades en la gestión 2007, la empresa ha recurrido a la gestión de financiamientos externos.

Para la implementación de esta gestión, se ha recibido la cooperación del Gobierno Municipal de El Alto, Ministerio de Medio Ambiente y Agua, Vice ministerio de Inversión Publica y Financiamiento Externo y el Fondo Nacional de Inversión Productivo y Social, que han hecho posible la ejecución de obras de vital importancia para la prestación de servicios. A fines de la gestión 2009, 26 proyectos con financiamiento externo se encontraban en proceso de licitación y 28 proyectos en gestión de financiamiento, con un costo que sobrepasa los $us 50.000.000.00 que se traducen en obras para La Paz y El Alto.

Ing. Victor Hugo Rico ArancibiaGERENTE GENERAL EPSAS

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CARTA AUDITOR INDEPENDIENTE

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A la Junta Directiva y los Accionistas de laEmpresa Pública Social de Agua y Saneamiento S.A. - EPSAS S.A.La Paz - Bolivia

1. Hemos examinado los balances generales de la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento S.A. – EPSAS S.A. al 31 de diciembre de 2009 y 2008 y los correspondientes estados resultados, evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por los ejercicios terminados en esas fechas así como las Notas 1 a 24 que se acompañan. Estos estados financieros son responsabilidad de la Gerencia de la Sociedad. Nues-tra responsabilidad es expresar una opinión sobre estos estados financieros basados en nuestra auditoría. Los bienes del activo fijo (bines de uso) existentes al 31 de diciembre de 2008 se exponen parcialmente a los valores resultantes del revalúo técnicos practicados a esa fecha por peritos independientes y ajustados contablemente con efecto al inicio del ejercicio 2009. En consecuencia, la opinión que expresamos en el presente dictamen, en lo que se refiere a la base utilizada para la valuación de esos bienes y la deprecia-ción del ejercicio correspondiente a dichos bienes, se basa en los informes de esos profesionales. Nuestro informe de abril 17, 2009 sobre los estados financieros al 31 de diciembre de 2008, expresa una opinión con salvedades provenientes del ejercicio 2007, cuya condición y seguimiento es la siguiente:

a) Las acciones de AISA, transferidas al FNDR, en calidad de fiduciario a cambio del endoso de los Bo-nos del Tesoro establecido en el artículo 3 del D.S. Nº 28985, fueron registrados contablemente por la Sociedad como “Acciones en Tesorería”, mientras el Estado Boliviano determine la transferencia definitiva de estas acciones. El Código de Comercio en sus artículos 257 y 258, establece que las socie-dades anónimas no pueden adquirir sus propias acciones y efectuar negociaciones con garantía de las mismas. Al 31 de diciembre de 2009, aún no fue determinada la transferencia definitiva de las acciones, ni la situación legal de EPSAS S.A. y el FNDR continúa con la administración del fideicomiso como se señala en el numeral 1.3 de la Nota 1 a los estados financieros en su segundo y tercer párrafo, cuya condición se expresa en los párrafos 2 y 3 siguientes.

b) El Directorio de EPSAS S.A. ha decidido mantener la previsión por discontinuidad de operaciones que constituyó AISA relacionada con la adecuación y organización de la nueva empresa, modificaciones al sistema de facturación y obsolescencia de activos, basada en estimaciones sustentadas en la Termina-ción del Contrato de Concesión. Al 31 de diciembre de 2009 se mantiene la previsión y aún cuando la composición de la misma se encuentre identificada, las normas contables requieren que dicha pre-visión este determinada a partir de obligaciones presentes y una estimación fiable.

Edif. Multicentro, Torre B - P12 Calle Barachavi No. 390Calle R. Gutierrez y Av. Arce Esq. Igmiri, Barrio UrbariCasilla 718 • La Paz - Bolivia Casilla 5788 • Santa Cruz - BoliviaTelf.: + 591 (2) 2443372 Telf.: +591 (3) 3544965Fax: +591 (2) 2441848 Fax: +591 (3) 3548461

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Excepto por lo descrito en el primer párrafo incisos a) y b) anteriores y los párrafos 4 y 5 siguientes, efec-tuamos nuestros exámenes de acuerdo con Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en Bolivia. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si los estados financieros se encuentran libres de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas selectivas, evidencias que sustenten importes y revelaciones en los estados financieros. Una auditoría también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación de los estados financieros en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para nuestra opinión.

2. Para continuar con la prestación de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado y a efectos de llevar a cabo el cumplimiento de los Contratos de Concesión y de Régimen de Bienes suscritos inicialmen-te con Aguas de Illimani S.A., cuya duración fue prevista por periodos de treinta y diez años respectiva-mente, se determinó que EPSAS S.A. asumiera como operador de dicho servicio por un periodo transito-rio a partir de la fecha de cierre con AISA; sin embargo, las características de su creación y composición accionaria no condicen con lo establecido en los artículos 219 y 220 del Código de Comercio (forma de constitución de la sociedad anónima).

Adicionalmente, la Constitución Política del Estado en su numeral II del Capitulo Quinto, establece que los servicios hídricos en todos sus estados no serán concesionados. Adicionalmente, el Ministerio de Medio Ambiente y Agua ha contratado los servicios de una consultoría para la elaboración de un nuevo modelo de gestión de empresa pública social de las ciudades de La Paz y El Alto cuyos resultados estarían en etapa de análisis.

3. Como se describe en la Notas 9 y 12 numeral 2 y concordante con el Acuerdo Marco de Terminación de Disputas y Contrato de Fideicomiso, los accionistas de AISA, para la desvinculación de su derecho propietario, recibieron US$5.500.000 a cambio de las entrega de sus acciones. El valor de esta transacción fue registrado en el activo y en el pasivo a su equivalente en moneda nacional y sobre el saldo acreedor, EPSAS S.A. con efecto al 31 de diciembre de 2009, amortizó US$4.125.000; consiguientemente, el saldo del activo se encontraría sobrevalorado por cuanto no representa un derecho exigible a un tercero.

4. Conforme al Contrato de Régimen de Bienes, descrito de manera resumida en los párrafos tercero y quinto del numeral 1.3 de la Nota 1 a los estados financieros, las inversiones por mejoras por actos de conservación, reparación, mantenimiento y remodelación en los bienes arrendados a SAMAPA, desde la perspectiva del Contrato, representan inversiones en tanto y en cuanto dure la concesión; sin embargo, desde la perspectiva económica y técnica representan mejoras en propiedades de terceros. Asimismo, el Contrato de Concesión y de Régimen de Bienes, determinan que las inversiones nuevas constituyen derechos titulares propietarios del “concesionario”. Al 31 de diciembre de 2009, las inversiones relacio-nadas con los conceptos descritos, se encuentran registradas en la subcuenta del activo fijo “Instalaciones permanentes” por un valor neto de Bs451.266.627 (Nota 9 a los estados financieros), sin considerar las obras en curso provenientes desde el 2004, cuyo valor al cierre del ejercicio 2009 alcanza a Bs41.807.542 (Nota 9 a los estados financieros). Estos importes incluyen los saldos que, con efecto al 31 de diciembre de 2005, fueron parte de una auditoria técnica y legal cuyos resultados cuestionaron la razonabilidad de las cifras acumuladas a esa fecha y, al 31 de diciembre de 2009, no nos fue posible determinar la regulari-zación y/o razonabilidad de las inversiones acumuladas a la fecha de cierre con AISA.

Adicionalmente, el operador EPSAS S.A., a partir de la fecha de cierre, ha efectuado inversiones en propie-dad de terceros por aproximadamente Bs104.000.000, esta cifra incluye un importe de aproximadamente Bs10.300.000 compuesto de Bs5.400.000 que corresponden a mano de obra indirecta, sobre el cual la Ad-ministración efectuará un análisis para determinar su pertinencia y Bs4.900.000 que corresponden a costos financieros provenientes de obligaciones que no fueron destinadas a la obtención de dichas inversiones.

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5. Como se describe en la Nota 20 a los estados financieros, la composición del capital social corresponde a las acciones endosadas por los accionistas de AISA al FNDR y a la participación social de terceros, so-bre los cuales no obtuvimos evidencia de aporte y total ejercicio de cualidad de socios; adicionalmente, conforme al D.S. 28985 y el Acuerdo Marco de Terminación de Disputas, el Beneficiario de las acciones es el actual Ministerio del Medio Ambiente y Agua en representación del Estado de Bolivia.

6. Con efecto al 31 de diciembre de 2008, la sociedad contrató los servicios de peritos independientes para la revalorización de bienes de uso (bienes usados en la actividad de la Sociedad), cuyo resultado ha sido parcialmente incorporado al 31 de diciembre de 2009 (bajas resultantes del mencionado revalúo). Con-secuentemente, los valores de los bienes incorporados hasta el año 2008, no incorporan parcialmente las disminuciones resultantes del avalúo técnico realizado.

7. En nuestra opinión, excepto por el efecto de los ajustes, si los hubiere, producto de la incertidumbre legal descrita en el párrafo primero inciso a) y párrafos 2 y 5 anteriores y sobre los asuntos contables descritos en el párrafo primero inciso b) y párrafo 4 anteriores, además del efecto del ajuste por los asuntos descri-tos en los párrafos 3 y 6 anteriores, los estados financieros descritos en el primer párrafo presentan razo-nablemente, en todos los aspectos significativos, la situación patrimonial y financiera de la Empresa Pública Social de Aguas y Saneamiento S.A. – EPSAS S.A. al 31 de diciembre de 2009 y 2008, los resultados de sus operaciones, los cambios en el patrimonio neto y en su situación financiera por los años terminados en esas fechas de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia.

BDO BERTHIN AMENGUAL & ASOCIADOS

Abril 13, 2010La Paz – Bolivia

Lic. Hugo Berthin Amengual (Socio)MAT. PROF. No. CAUB - 0482NIT 525380012

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Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento

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CARTA DE LOS SINDICOS

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20

MEMORIA ANUAL 2009

La Paz 28 de abril de 2010A los señoresAccionistas de la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento S.A. – EPSAS S.A.La Paz – Bolivia

Distinguidos Señores:

De acuerdo a lo que establece el Código de Comercio de Bolivia Artículo 335 inciso 5) hemos analizado los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2009 de la Empresa Pública Social del Agua y Saneamiento S.A. – EPSAS S.A. y el Dictamen del Auditor Independiente preparado por la firma BDO Berthin Amengual & Asociados sobre el Balance General, Estados de Resultados, Estado de Evolución del Patrimonio Neto, Estado de Flujo de Efectivo y 24 Notas explicativas de la composición de las cuentas reales y comparación de valores re-expresados, De igual manera, la Información Tributaria Complementaria con Informe del Auditor Independiente. En el marco de las atribuciones y obligaciones conferidas a los Síndicos por el Estatuto Orgánico de la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento S.A. Artículo 81, presentamos los resultados del análisis para su conocimiento y consideración:

El resultado del logro operacional se ve reflejada en el Balance General del Ejercicio y la comparación de datos re-expresados Gestión 2008; observamos un crecimiento de 5.85%, en consecuencia el valor total que posee la empresa asciende a Bs662.222.626. Por otra parte, las deudas u obligaciones con terceros disminuyen en 12.27% quedando un Pasivo de Bs215.973.920. Mientras que el Patrimonio aumenta en 14.62% por influencia de Reservas, Resultados Acu-mulados (utilidades no distribuidas), Resultados del Ejercicio y asciende a Bs446.248.706. Recomendamos autorizar el aumento de capital pagado con los resultados obtenidos en las Gestiones 2007, 2008 amparada en la Constitución Política del Estado Articulo 20, Artículo 351 y Artículo 355, Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas y otras disposiciones. Caso contrario seguirán siendo reinvertidas en la empresa.

Para conocer la capacidad de pago de la empresa en el corto plazo recurrimos al calculo de la razón de la prueba del ácido, el resultado obtenido es 1,17; de manera, que la empresa tiene Bs1,17 en Activo Corriente por cada Bs1 de Pasivo Corriente, aún disminuyendo el 17% del Activo Corriente podrá pagar su Pasivo Corriente.

La solvencia y la independencia financiera global (colchón financiero) es el 67.39%, explicamos que es favorable la importancia de los recursos propios respecto de los fondos externos, es atractivo para los proveedores de fondos y a su vez demuestra la capacidad de la empresa para pedir préstamos.

CARTA DE LOS SINDICOS

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Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento

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La estructura de las inversiones de largo plazo de EPSAS S.A. es del 81.59%, este indicador elevado demuestra el peso de los activos fijos netos operacionales respecto del Total de Activos de la empresa. Esto nos permite concluir, en virtud a la intensidad de utilización de recursos económicos y asegurar la expansión de la prestación de servicios; recomendamos a EPSAS S.A. definir una política de inversiones de corto y largo plazo con recursos propios, externos, transferencias del Estado y/o Donaciones.

El análisis de la estructura de financiamiento de inversiones de largo plazo, esta sujeta al equilibrio económico, la em-presa cuenta con un índice de financiamiento 1.10; explicamos, si el ratio es mayor a 1, significa un equilibrio de largo plazo con financiamiento externo. Para fines de comparación determinamos el índice de financiamiento propio que es igual 0.83, no es suficiente para un equilibrio en el largo plazo.

La Rentabilidad Económica (Return On Investment – ROI) es 26.41%, el indicador permite evaluar la performance de la empresa como un todo, es decir, interpreta la rentabilidad contable de todos los capitales invertidos (activo total) mostrado en el Balance General 2009 con un importe de Bs622.222.626.; asimismo, obtenemos la tasa de beneficio antes de los gastos de financiamiento que alcanza al 27.89% y la rotación de la inversión total son de 0.95 veces al año para obtener el nivel de ventas de servicio logrado. Este indicador presentado es favorable para los proveedores de capitales externos o internos, y el Apalancamiento Financiero en la empresa es positiva porque aumenta la rentabilidad.

La Rentabilidad Financiera (Return On Equity – ROE) es 12.27%, este indicador explica la rentabilidad contable del pa-trimonio de EPSAS S.A. expuesta en el Balance General 2009 con un importe de Bs446.248.706. el índice de margen neto (resultado neto) del ejercicio representa el 26.77% y el índice de rotación de fondos propios es 0.46 veces al año para obtener el nivel de ventas de servicio logrado. Este indicador se encuentra moderado para los accionistas.

En general, los índices que determinan la salud financiera de la empresa esta sujeta a una aplicación estática y unide-mensional, lo óptimo hubiera sido medir las variaciones reales por gestiones para completar las tendencias históricas.

En la Nota 5 Cuenta por Cobrar a Corto Plazo exponen en Créditos en Mora un importe de Bs7,647.064, represen-ta el 17.55% del total Bs43,566.834, recomendamos tercia rizar el cobro de la deuda previo análisis de la composición de nómina, en virtud a que las deudas con el Estado no prescriben.

La Nota 9 Activo Fijo señalan la composición de las Obras en curso 2009 y ejercicios anteriores por Bs41,801,542; recomendamos una auditoría técnica de obras en curso para la activación de los activos fijos.

En la Nota 25 Asuntos Legales los procesos penales, penales contra la empresa, civiles iniciados contra la empresa Aguas del Illimani (hoy EPSAS S.A.), procesos laborales y sociales, casos sociales administrativo, procesos coactivos sociales, procesos tributarios llevan la descripción en cada uno a los involucrados, su situación y la probabilidad de éxito. Recomendamos para la mayoría de los casos obtener un resultado favorable para la empresa.

Conclusiones

Los hechos económicos y financieros de EPSAS S.A. se encuentran en los parámetros de equilibrio financiero, ren-tabilidad y la liquidez o solvencia. En consideración a las atribuciones y atención conferida, aprobamos de la Empresa Pública Social de Agua y Alcantarillado S.A. los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2009 examinados con el Dictamen del Auditor Independiente de la firma BDO Berthin Amengual & Asociados y la Información Tributaria Complementaria.

Dr. Victor Hugo Canelas Alurralde Lic. Ana María Pacheco Durán SINDICO TITULAR SINDICO TITULAR

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MEMORIA ANUAL 2009

ESTADOS FINANCIEROS

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ESTADOS FINANCIEROS

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1.2 BALANCE GENERAL

AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009 Y 2008

Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento

22

ACTIVO

2008 2009 (Reexpresado) Notas Bs Bs

Activo corriente

Disponibilidades 4 39.352.814 20.692.375Cuentas por cobrar 5 32.825.547 34.558.307Inversiones 1.368.271Otros activos 6 5.121.648 3.484.718Inventarios 7 1.219.866 1.321.266Gastos pagados por adelantado 1.630.797 1.055.813Anticipo a contratistas 2.647.650 4.002.937 ------------- --------------Total del activo corriente 82.798.322 66.483.687 ------------- --------------

Activo no corriente

Inversiones permanentes 253.123 253.124Otros créditos a largo plazo 8 38.885.000 40.700.112Activo fijo neto 9 540.284.469 515.986.816Activo intangible neto 1.712 54.807 --------------- ---------------

Total del activo no corriente 579.424.304 556.994.859 --------------- ---------------Total del activo 662.222.626 623.478.546

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Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento

23

1.2 BALANCE GENERAL

AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009 Y 2008

PASIVO Y PATRIMONIO 2008

2009 (Reexpresado) Notas Bs Bs

Pasivo corriente Deudas comerciales 10 12.699.890 16.064.809 Deudas financieras 11 20.067.119 21.188.377 Deudas fiscales 12 28.774.959 32.686.140 Deudas sociales 13 8.211.564 7.222.963 Otros pasivos 807.600 1.081.788 -------------- --------------Total del pasivo corriente 70.561.132 78.244.077 -------------- --------------Pasivo no corriente Deudas comerciales 12.954 Deudas financieras 11 46.439.946 62.602.942

Previsión para indemnizaciones 36.366.072 36.712.564 Otros pasivos 14 62.606.770 64.905.188 --------------- ---------------Total del pasivo no corriente 145.412.788 164.233.648 --------------- ---------------Total del pasivo 215.973.920 242.477.725 --------------- ---------------Patrimonio Capital pagado 18 59.563.000 59.563.000 Ajuste global del patrimonio 26.704.501 26.704.501 Reservas 19 68.578.879 58.089.776 Resultados acumulados 236.643.543 177.683.393 Resultados del ejercicio 54.758.783 58.960.151 --------------- ---------------Total del patrimonio 446.248.706 381.000.821 --------------- ---------------Total del pasivo y patrimonio 662.222.626 623.478.546 =========== ===========

Las Notas 1 a 24 que se acompañan, son parte integrante de los estados financieros.

Lic. Namy Herrera Lic. Victor Hugo Salas Ing. Victor Hugo Rico Jefe Departamento Contable Gerente Administrativo Financiero Gerente General

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24

MEMORIA ANUAL 2009

Lic. Namy Herrera Lic. Victor Hugo Salas Ing. Victor Hugo Rico Jefe Departamento Contable Gerente Administrativo Financiero Gerente General

1.3 ESTADO DE RESULTADOS

POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2009 Y 2008

2008 2009 (Reexpresado) Notas Bs Bs

Ingresos por venta de servicios Sistema de agua potable 173.577.335 179.833.198 Servicios especiales 31.199.978 29.456.275 Servicios estimados (254.350) (241.003) --------------- --------------- 204.522.963 209.048.470Egresos Gastos operativos 106.847.511 118.648.697

Impuesto a las transacciones 7.023.238 7.165.194 Tasa de regulación 4.050.820 4.167.345 Depreciaciones y amortizaciones 24.371.176 23.029.981 Gastos diversos 15 1.387.403 834.766 -------------- ---------------Utilidad operativa 60.842.815 55.202.487 Gastos financieros (2.285.059) (4.710.216) Otros ingresos y gastos (neto) 16 16.074.974 7.404.090 Ajuste por inflación 4.057.299 28.849.383

-------------- --------------Resultado antes de impuesto 78.690.029 86.745.744 Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas 14 (23.931.246) (27.785.593) -------------- ---------------Resultado neto del ejercicio 54.758.783 58.960.151 ========== ==========

Las Notas 1 a 24 que se acompañan, son parte integrante de los estados financieros.

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Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento

25

1.4

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26

MEMORIA ANUAL 2009

1.5 ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO

POR EL EJERCICIO TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2009 Y 2008

2008 2009 (Reexpresado) Bs BsACTIVIDADES DE OPERACION Ganancia del ejercicio 54.758.783 58.960.151

Ajustes para reconciliar el resultado neto al efectivo provisto por las operaciones: Depreciación y amortización de bienes de uso cargada a gastos de administración 24.371.176 23.029.981 Previsión para indemnizaciones 7.332.128 7.451.778 Previsiones varias 768.393 15.303.018 Baja de activos fijos 792.773 Previsión para deudores de dudoso cobro 448.806 (556.704) Previsión para vacaciones 641.089 541.654 Previsión para prima anual 2.627.302 2.543.224 Reexpresiones de valor 1.815.111 9.644.225 -------------- --------------- Resultados neto del ejercicio ajustado 93.555.561 116.917.327 -------------- --------------Cambios en activos y pasivos operativos Disminuciones (Incremento) en crédito por ventas 1.283.954 (31.224) Incremento en otros créditos (1.636.930) (1.972.565) Disminución (Incremento) en inversiones a corto plazo 1.368.271 (1.368.271) Disminución (Incremento) en inventarios 101.400 (4.577.187) Diminución en anticipo a contratistas 1.355.286 Incremento en gastos pagados por anticipado (574.985) (1.015.546) Disminución en deudas comerciales (3.377.873) (6.129.508) Disminución en cuentas por pagar SAMAPA (1.565.694) Incremento (Disminución) en deudas fiscales (3.911.181) 6.976.443 Disminuciones en deudas sociales (2.279.791) (2.825.260) Disminuciones en otros pasivos (3.340.999) (14.139.031) Disminuciones en previsión para indemnizaciones (7.678.619) (6.712.272) --------------- --------------Flujo originado por cambio en activos ypasivos operativos (18.691.467) (33.360.115) --------------- --------------Fondos originados en actividades operativas: 74.864.094 83.557.212 -------------- --------------A la página siguiente 74.864.094 83.557.212 -------------- --------------

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Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento

27

2008 2009 (Reexpresado) Bs Bs

De la página anterior 74.864.094 83.557.212 ------------- -------------ACTIVIDADES DE INVERSION

Inversiones 21.482 Activo fijo bruto (38.972.500) (19.935.719) Activos intangibles 53.098 187.650 --------------- --------------- Fondos utilizados en actividades de inversión: (38.919.402) (19.726.587) --------------- ---------------ACTIVIDADES DE FINANCIAMIENTO Deudas bancarias y financieras a corto plazo (1.121.257) (23.894.430) Préstamos a largo plazo (16.162.996) (30.245.172) --------------- ---------------Fondos utilizados en actividades de financiamiento: (17.284.253) (54.139.602) --------------- --------------- Incremento (Disminución) neto de fondos 18.660.439 9.691.023 Disponibilidad al inicio del ejercicio 20.692.375 11.001.352 -------------- --------------Disponibilidad al final del ejercicio 39.352.814 20.692.375 ========== ========== Las Notas 1 a 24 que se acompañan, son parte integrante de los estados financieros

Lic. Namy Herrera Lic. Victor Hugo Salas Ing. Victor Hugo Rico Jefe Departamento Contable Gerente Administrativo Financiero Gerente General

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MEMORIA ANUAL 2009

NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS

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Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento

29

1.6 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009 Y 2008

NOTA 1 ANTECEDENTES, OBJETIVOS Y CONTRATO DE CONCESION

1.1 Constitución y objetivos de la Empresa

Inicialmente AISA fue constituída por acto único, mediante Escritura Pública Nº 187/97 de julio 11, 1997, suscrita ante la Notaria de Fe Pública a cargo del Dr. Ernesto Ossio Aramayo, registrada en el Servicio Nacional de Registro de Comercio bajo la Matricula Nº 07-041057.01 y en FUNDEMPRESA bajo la Matricula Nº 000013401, cuyo objetivo es prestar servicios para el aprovechamiento de aguas, su recuperación, tratamientos, ubicación de agua cruda para el uso humano, venta de agua en bloque, recolección y tratamiento de agua servida, disposición de aguas servidas tratadas, servicio y uso de desagües pluviales, mediante la adjudicación de concesiones, bienes y servicios, administrativos, arrenda-mientos, comodatos y toda la forma de adquisiciones de bienes muebles e inmuebles permitida por ley. Hasta el cierre del ejercicio, la Empresa ha tenido los siguientes cambios.

En diciembre 22, 2006, el actual Ministerio de Medio Ambiente y Agua, la actual Autoridad de Agua Potable y Saneamiento (AAPS) y SAMAPA firmaron con Aguas del Illimani S.A. un “Acuerdo Marco de Terminación de Disputas”, en cumplimiento del D.S. Nº 28933, de noviembre 22, 2006; asimismo, se cumplió con el Acto de Cierre según lo previsto en el citado Acuerdo y, de conformidad con el D.S. 28985, de diciembre 22, 2006, que determina los procedimientos necesarios para la desvinculación defi-nitiva de los entonces accionistas y para la transferencia de las acciones de la Empresa Aguas del Illimani S.A. y la constitución de un Contrato de Fideicomiso.

Conforme al numeral 3.2 de la Cláusula Tercera del Acuerdo Marco de Terminación de Disputas, entre otras cosas se ratifica y aprueba todo los resuelto y actuado en las Juntas Generales y Extraordinarias de Accionistas y Reunión de Directorio llevadas a cabo en noviembre y diciembre de 2006, resolviéndose por unanimidad la designación de nuevos Directores y Síndico, modificación de la denominación social, elección de personeros, nombramiento de Gerentes, otorgamiento de poderes, así como otras que se establezcan en el respectivo orden del día, para precautelar la continuidad del servicio.

En enero 4, 2007, se celebró la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Empresa Aguas del Illi-mani S.A., en cuya acta, en sus partes pertinentes, ratificaron y resolvieron por unanimidad, el cambio de la razón social de AISA a: “Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento S.A.” (EPSAS S.A.) y modificar el artículo uno de la Escritura Pública de Constitución de la Empresa, los artículos 34, 54, 57 y 69 del Estatuto de la Sociedad y adicionar el artículo 112 al referido Estatuto. Estos aspectos fueron ratificados por unanimidad en la Primera Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento S.A. (EPSAS S.A.) celebrada en enero 17, 2007 y mediante Escritura Pública Nº 008/2007 de enero 18, 2007, se formaliza la modificación de la razón social y consiguiente cambio de la Escritura Pública de Constitución de la Empresa y de sus Estatutos, por acto único, constituyéndose una Sociedad Anónima denominada “Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento S.A.”.

1.2 Contrato de Concesión

Al subsistir EPSAS, como una Sociedad constituída de manera transitoria, para la prestación de los servicios de captación y distribución de agua potable, asume transitoriamente el “objeto del Contrato de Concesión” que establece los términos y condiciones del aprovechamiento de aguas y el servicio público de agua potable y alcantarillado en las ciudades de La Paz, El Alto y sus alrededores, quedando autorizado a:

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MEMORIA ANUAL 2009

• El aprovechamiento de los volúmenes necesarios para el abastecimiento de la población e industrias en el área de la concesión,

• La conducción de aguas crudas desde las fuentes a las plantas de potabilización,• La potabilización de agua cruda para uso humano,• El transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de agua potable desde las plantas de

tratamiento o desde los pozos de agua a los usuarios finales,• La prestación del servicio de acuerdo con las reglamentaciones vigentes,• El cobro de una tarifa por la prestación del servicio,• La recolección, tratamiento y disposición final de agua servida,• El servicio de desagües pluviales de acuerdo con el contrato y• La venta de agua en bloque dentro y fuera del área de la concesión, con autorización previa de la

Superintendencia cuando no exista otro Concesionario.• La Empresa no podrá realizar actividades fuera del objeto del contrato, sin previa autorización de la

actual Autoridad de Agua Potable y Saneamiento.

Hasta la fecha establecida como “Acto de Cierre”, el Operador del Contrato de Concesión, fue la em-presa Suez Environnement estableciéndose su salida en enero 3, 2007.

El plazo de la Concesión es de treinta (30) años sin poder ser prorrogado y, durante el mencionado plazo de concesión, se debe mantener un capital suscrito e integrado equivalente a por lo menos US$ 10 millones de dólares estadounidenses. Por otra parte, existen otras condiciones relacionadas al Ope-rador del Contrato de Concesión, tales como la posibilidad de que el personal pueda adquirir acciones, titularidad del operador respecto de un porcentaje de las acciones, cumplimiento de los términos de referencia presentados por el operador al momento de su contratación, contrataciones con empresas vinculadas, posibilidad de realizar fusiones, adquisiciones y transferencias, fianzas propias del operador inicial, renuncia diplomática, condiciones para el derecho a recibir una compensación al final de la conce-sión, que debido a las condiciones del “Acuerdo Marco de Terminación de Disputas”, no son aplicables bajo las actuales circunstancias en que se desarrolla el Contrato de Concesión. Actualmente el noventa y nueve punto nueve mil novecientos noventa y seis por ciento (99.9996%) de las acciones se econtra-rían en beneficio del actual Ministerio de Medio Ambiente y Agua como parte del Estado Boliviano y administradas, en calidad de fideicomiso, por el FNDR.

De acuerdo con el addendum al Contrato de Concesión de junio 25, 2003, la Empresa deberá pagar por concepto de tasa de regulación, hasta un máximo del dos por ciento (2%) de sus ingresos totales, deducidos sus impuestos indirectos. Los pagos de la tasa de regulación serán realizados mensualmente en la forma y plazos establecidos por la Autoridad y podrá ser reducida pero no aumentada por dicha Autoridad.

Adicionalmente, la Empresa deberá presentar anualmente a la Autoridad, a título informativo, los planes operativos y de inversión anuales a ejecutar durante la siguiente gestión, los que deberían ajustarse al cumplimiento de las metas de calidad y metas de expansión.

1.3 Contrato de Régimen de Bienes

Mediante Testimonio Nº 33 de noviembre 20, 1998, el Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SAMAPA) y la entonces Aguas del Illimani S.A. suscriben un Contrato de Régimen de Bienes cuyo objeto es el de establecer las condiciones del régimen de bienes necesarios al servicio consistente en el arrendamiento de inmuebles y la transferencia de muebles e inventarios, transferencia de ciertos activos y pasivos y cesión de determinados contratos y la sustitución de patronos. En con-traprestación por los derechos concedidos, el Concesionario paga a SAMAPA un canon de alquiler y al constituirse en el usufructuario emite pólizas de garantía por cumplimiento de pago.

A la conclusión del Contrato por cualquier causa, los bienes muebles e inventarios de propiedad del Concesionario se transferirán a SAMAPA de acuerdo con lo estipulado en el Contrato de Concesión

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y esta última deberá pagar los impuestos de ley en relación con esta transferencia. A partir de la fecha de inicio, el Concesionario será el único responsable y estará obligado al pago de todo tributo aplicable sobre los bienes y otros activos y pasivos transferidos, incluyendo pero no limitándose a los impuestos por la venta de los muebles e inventarios, y los impuestos sobre los bienes inmuebles y muebles inde-pendientemente de su titularidad de los bienes.

El numeral 31.6 del Contrato de Régimen de Bienes de enero 30, 1998, establece que se considera actos de conservación, la reparación, mantenimiento, remodelación y mejora de los bienes concesio-nados, considerándose éstos mientras se encuentre vigente el Contrato, como inversiones, conforme al numeral 2.3.4 del Anexo 2 del Contrato de Concesión y conforme al numeral 19.2.2, del referido documento, se consideran inmuebles, las mejoras a los bienes de propiedad de SAMAPA. Asimismo, constituyen parte de la titularidad propietaria del Concesionario los inmuebles nuevos que construya y/o adquiera.

De manera similar al Contrato de Concesión, existen condiciones relacionadas al Operador tales como la utilización del Anexo 5 del Contrato de Régimen de Bienes para el pago del canon de arrendamiento, posibilidad de que el personal pueda adquirir acciones, obligaciones y condiciones previas a la fecha de inicio de la concesión además de declaraciones, garantías, cartas de crédito o fianzas bancarias aplicables al Operador inicial y renuncia diplomática, que debido a las condiciones del “Acuerdo Marco de Termi-nación de Disputas”, no son aplicables bajo las actuales circunstancias en que se desarrolla el Contrato de Concesión.

Mediante Testimonio Nº 216 de agosto 26, 2008 y de agosto 29, 2009, se suscriben las renovaciones del Contrato de Régimen de Bienes que fundamentalmente determina la renovación del plazo del Contrato por un periodo adicional de dos años hasta el 31 de julio de 2009 y 2011 respectivamente y en tanto se halle en vigor el Contrato de Concesión, se mantienen vigentes todos los conceptos del contrato inicial de Régimen de Bienes.El plazo del arrendamiento de los inmuebles será de diez años contados a partir de la fecha de inicio, renovables en los términos y condiciones establecidas en el presente contrato, hasta por un máximo de dos veces, siempre que no se exceda el plazo de concesión.

1.4 Contrato de Fideicomiso

En enero 3, 2007, el actual Ministerio de Medio Ambiente y Agua, el Fondo Nacional de Desarrollo Regional y los Accionistas de AISA, suscribieron un Contrato de Fideicomiso conforme a los Decretos Supremos Nº 28933 y 28985 de noviembre 22 y diciembre 22, 2006, respectivamente, con el objeto de constituir en forma irrevocable un fideicomiso mediante la transmisión al Fiduciario, por parte de los fideicomitentes, de las acciones que tienen en la Empresa Aguas del Illimani S.A. y sus correspondientes derechos y obligaciones, para ser administrados de acuerdo con lo estipulado en el Acuerdo Marco de Terminación de Disputas, con la finalidad de transferir las mismas al actual Ministerio de Medio Ambien-te y Agua como Beneficiario o a quien éste determine.

Estas acciones, se encuentran en custodia del FNDR y registradas en los Estados Financieros del FNDR como Patrimonio Autónomo hasta que se reciba una instrucción expresa del Beneficiario (actual Minis-terio de Medio Ambiente y Agua) para su transferencia definitiva.

En vista que el Contrato de Fideicomiso vencía en junio 30, 2007 y mediante carta Operativa DESPA-CHO/MDA/1314/07 de junio 28, de 2007, el actual Ministerio de Medio Ambiente y Agua instruye al FNDR a continuar con la administración del fideicomiso de las acciones de AISA, en mérito a lo esta-blecido en el numeral 10.3.4 del artículo décimo del Contrato de Fideicomiso mencionado, que señala que se facilitará las instrucciones necesarias al fiduciario para el cumplimiento del Contrato mediante cartas operativas.

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MEMORIA ANUAL 2009

1.5 Régimen tarifario

El Anexo 10 del Contrato de Concesión determina el régimen tarifario por el consumo de agua potable a través de las respectivas categorizaciones y niveles que permite establecer los importes que son factu-rados a los clientes. Al respecto, en enero 10, 2007, la actual Autoridad de Agua Potable y Saneamiento, emitió la Resolución Administrativa Regulatoria Nº 005/2007 que dispone la desdolarización de los precios y tarifas aplicando la formula de indexación de precios y tarifas en base a la variación mensual de la Unidad de Fomento a la Vivienda la cual es ratificada mediante Resolución Administrativa Regulatoria Nº 0062/2007 de marzo 12, 2007.

En enero 7, 2005, la referida Autoridad, emitió la Resolución Administrativa Regulatoria N° 004/2005 mediante la cual, y de forma unilateral, resuelve modificar la Resolución Administrativa Regulatoria N° 080/2001 de diciembre 31, 2001, en lo relativo a los costos de conexión, aprobándose el nuevo costo de derechos de conexión en ambos casos a partir de enero 7, 2005.

Mediante nota SISAB-272 C-264 DS-36/2006 de febrero 2, 2006, la Autoridad aprueba las tasa de interés referentes a la mora en el pago, crédito en nuevas conexiones y planes de pago por facturas ven-cidas que actualmente se mantienen y que son ratificadas mediante nota AAPS 507-C493-DER64/2009 de agosto 17, 2009.

En cumplimiento del punto 3 del Anexo 10 del Contrato de Concesión, la Sociedad efectúa la contra-tación de un estudio de precios y tarifas, cuyo informe final de agosto de 2007, presenta escenarios en los cuales es necesario revisar las tarifas para mantener la sostenibilidad de la empresa; estudio que aún no cuenta con la aprobación de la Autoridad reguladora respectiva.

Mediante Resolución Administrativa Regulatoria SISAB Nº 044/2008 de mayo 12, 2008, la actual Auto-ridad aprueba la tarifa solidaria disponiendo el congelamiento de las tarifas del consumo del servicio de agua potable hasta 15m3 dentro de la categoría doméstica en las ciudades de La Paz y El Alto por un año sin indexación a la UFV.

Mediante Resolución Administrativa AAPS No. 001/2009 de junio 10, 2009, se establecen los precios de Conexión de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario en base a precios de materiales actuales en el mercado, mano de obra, uso de maquinaria, supervisión técnica y otros insumos que tengan incidencia directa en la conexión y reposición de vías y otras si existieran. Asimismo, establece que, de los precios de conexión de agua potable y alcantarillado sanitario, son deducibles los componentes de mano de obra, uso de maquinaria y reposición de vías, cuando éstos sean asumidos por el usuario y/o entidades locales o estatales.

NOTA 2 BASES PARA LA PREPARACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

Los estados financieros de la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento S.A. ¬al 31 de diciembre de 2009 y 2008, surgen de registros contables considerando los siguientes aspectos:

2.a Saldos acumulados

Con efecto a la fecha de cierre, conforme al Acuerdo Marco de Terminación de Disputas y Contrato de Fideicomiso, se estableció un único Acto de Cierre el 29 de diciembre de 2006 quedando disuelto, a esa fecha, el Contrato de Operación, por lo que al haberse cumplido los acuerdos previstos en el Contrato de Terminación de Disputas, los Accionistas, Directores, Ejecutivos y demás personal de AISA quedan plenamente liberados de toda acción, penalidad o resarcimiento; así como, liberados y dispen-sados de toda obligación y responsabilidad relacionada o emergente del Contrato de Concesión, del Contrato de Régimen de Bienes y cualquier otro contrato regulatorio vinculado.

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Los saldos del Balance General al 31 de diciembre de 2006 corresponden a cifras incurridas por el anterior Concesionario y, sobre los cuales EPSAS, continúa operaciones para la prestación del servicio, el detalle de los saldos auditados a esa fecha, es el siguiente:

2006 BsActivoActivo corrienteDisponibilidades 10.935.016Créditos por ventas (neto) 26.365.639Otros créditos 46.376.690Inventarios 752.975 --------------Total activo corriente 84.430.320 --------------Activo no corrienteInversiones permanentes 1.043.900Bienes de uso (neto) 388.980.835 ---------------Total activo no corriente 390.024.735 ---------------Total activo 474.455.055 ===========Pasivo y PatrimonioPasivo corrienteDeudas comerciales 16.318.280Deuda financiera 41.270.077Cuentas por pagar SAMAPA 4.584.139Deudas fiscales 14.252.419Deudas sociales 4.917.808 --------------Total pasivo corriente 81.342.723 --------------Pasivo no corrienteDeuda financiera 114.997.630Provisión para indemnizaciones 27.088.827Otros pasivos 42.488.050 ---------------Total pasivo no corriente 184.574.507 --------------- Total Pasivo 265.917.230 ---------------Patrimonio Capital pagado 59.563.000Ajuste global del patrimonio 30.968.519Reserva legal 4.579.765Resultados acumulados 113.426.541 ---------------Total Patrimonio 208.537.825 ---------------Total pasivo y patrimonio 474.455.055 ===========

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2.b Presentación de los estados financieros

Los estados financieros de la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento S.A., fueron elaborados de acuerdo con Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Bolivia, teniendo en cuenta las disposiciones legales en vigencia.

En aplicación de la Norma Contable 11 emitida por el Colegio de Auditores de Bolivia, los estados financieros al 31 de diciembre de 2009 y 2008, se presentan de manera comparativa a moneda cons-tante, considerando para su reexpresión las UFVs; y en ese contexto, las cifras de los estados financieros correspondientes al ejercicio 2008, fueron reexpresadas considerando la variación de las UFVs ocurrida entre el 31 de diciembre de 2009 y 2008 respectivamente.El procedimiento de reexpresión de las cuentas del balance general no produce ningún efecto, en tanto que la reexpresión del estado de ganancias y pérdidas; presenta un efecto neto de Bs2.629.458, cuyo detalle es el siguiente:

Balance general

2008 2008 Reexpresión Reexpresado Bs Bs Bs Total Activo Corriente 63.518.700 2.964.987 66.483.687 Total Activo no Corriente 532.154.440 24.840.419 556.994.859

TOTAL ACTIVO 595.673.140 27.805.406 623.478.546 Total Pasivo Corriente 74.754.609 3.489.468 78.244.077 Total Pasivo no Corriente 156.909.285 7.324.363 164.233.648 Total patrimonio 364.009.246 16.991.575 381.000.821 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 595.673.140 27.805.406 623.478.546

Estado de ganancias y pérdidas

2008 2008 Reexpresión Reexpresado Bs Bs Bs Total ingresos 199.725.491 9.322.979 209.048.470Total costo del servicio (146.984.881) (6.861.102) (153.845.983)Total gasto financieros (4.500.154) (210.063) (4.710.217)Total otros ingresos y egresos (neto) 7.073.888 330.202 7.404.090Total AITB 27.562.781 1.286.602 28.849.383IUE (26.546.433) (1.239.160) (27.785.593) Ganancia del ejercicio 56.330.692 2.629.458 58.960.150

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2.c Consideraciones de los efectos de la inflación

Los estados financieros al 31 de diciembre de 2009 y 2008 fueron preparados en moneda constante reconociendo en forma integral los efectos de la inflación, siguiendo los lineamientos de la Norma de Contabilidad N° 3 (revisada y modificada) y la Resolución CTNAC Nº 01/2008, ambas emitidas por el Consejo Técnico Nacional de Auditoría y Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia en sep-tiembre 1, 2007 y en enero 11, 2008, respectivamente, utilizando como índice de ajuste la Unidad de Fomento a la Vivienda.

Al 31 de diciembre de 2009 y 2008, la Sociedad efectúa un ajuste integral actualizando las cuentas no monetarias en función de la variación de la UFV, cuya cotización al 31 de diciembre de 2009 y 2008 era de Bs 1,53754 y Bs 1,46897 respectivamente.

NOTA 3 PRINCIPALES CRITERIOS DE VALUACION

La preparación de los estados financieros de acuerdo con Principios de Contabilidad Generalmente Acepta-dos en Bolivia, requiere que la Gerencia de la Empresa realice estimaciones que afectan los montos de activos y pasivos, la exposición de activos y pasivos contingentes a la fecha de los estados financieros, así como los montos de ingresos y gastos del año.

Las políticas contables más significativas aplicadas por la Empresa son las siguientes:

3.a Moneda extranjera

Los activos y pasivos en moneda extranjera se convierten a bolivianos a la paridad cambiaria vigente al cierre de cada ejercicio. La cotización del dólar estadounidense al 31 de diciembre de 2009 y 2008 fue de Bs7,07 equivalente a US$1 respectivamente. Las diferencias de cambio provenientes de este procedi-miento se apropian a los resultados de cada ejercicio en la cuenta “Ajustes por diferencias de cambio”.

3.b Cuentas por cobrar a corto plazo

Representa los saldos a cobrar por el consumo de agua potable y la prestación de servicios de conexión de agua potable y alcantarillado, además de los saldos emergentes de diversos planes de pago relacio-nados por tales servicios de acuerdo con las tarifas vigentes y aprobadas.

3.c Inventarios, materiales y repuestos

Los inventarios relacionados con la producción de agua potable se encuentran valuados a su costo de adquisición reexpresados a moneda constante considerando la variación de la cotización de la Unidad de Fomento a la Vivienda ocurrida durante el ejercicio; en tanto que, los materiales y repuestos, expuestos en el rubro del activo fijo, se encuentran valuados a los valores de transferencia en cumplimiento del Contrato de Régimen de Bienes transferidos por SAMAPA. Las incorporaciones posteriores, se valúan a su costo de adquisición menos la correspondiente previsión por desvalorización de estos bienes reexpre-sados al cierre de cada ejercicio, tomando como índice de ajuste la Unidad de Fomento a la Vivienda.

3.d Activo fijo

Los bienes del activo fijo incluyen dos componentes detallados a continuación:

a) Bienes de uso: Representa los bienes tangibles que se utilizan en la actividad de la Sociedad, que incluyen bienes de uso transferidos por SAMAPA de acuerdo al Contrato de Régimen de Bienes suscrito el 1 de agosto de 1997.

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Comprende el valor de los terrenos, edificios, mobiliario y equipo, vehículos, y diversos; deducidas las correspondientes depreciaciones acumuladas.

Los bienes de uso transferidos por SAMAPA y adquiridos hasta el 31 de diciembre de 2008 se valúan en función al valor resultante de la revalorización técnica de estos bienes incorporada parcialmente con efecto al inicio del ejercicio 2009. Las depreciaciones de estos bienes de uso se calculan en función de la vida útil establecida en el informe técnico de revalorización

b) Inversiones en propiedad de terceros: Comprende bienes que no están afectados al uso de la Socie-dad, construidos en propiedades de terceros con el propósito de efectuar la prestación de servicios según el objetivo de constitución de la Sociedad, los valores de estos bienes, incluyen los bienes transferidos por SAMAPA de acuerdo al Contrato de Régimen de Bienes suscrito el 1 de agosto de 1997 y comprende el valor de instalaciones permanentes obras en curso y materiales y repuestos; deducidas las correspondientes depreciaciones acumuladas.

Las inversiones en propiedad de terceros, se encuentran valuadas en función a los valores de transferen-cia establecidos por AISA, al momento de la transferencia de los mismos a EPSAS S.A. Las inversiones en propiedad de terceros adquiridas o construidas a partir de la fecha de concesión del servicio a EPSAS, se valúan al costo de construcción, el cual incluye gastos financieros y otros necesarios para colocar los bienes en condiciones de prestar servicios.

La depreciación, se calcula aplicando los porcentajes que se encuentran determinados en el Anexo 10 del Contrato de Concesión, modificada por la ex SISAB, mediante Acta de Aclaración de diciembre de 2001, para bienes de “Servicios de Agua Potable” en los rubros Nº 05, 06, 07, 08 y para “Servicios de Alcantari-llado” en los rubros 01 y 02, que pasó de una vida útil estimada de 20 años a 30 años a partir del ejercicio 2002.

Todos los valores del activo fijo (bienes de uso e inversiones en propiedad de terceros), incluída la deprecia-ción acumulada, durante los ejercicios 2008 y 2009 fueron actualizados tomando en cuenta como índice de reexpresión la Unidad de Fomento a la Vivienda vigente al cierre de cada ejercicio. La Contrapartida de la actualización se registra en la cuenta de resultados “Ajuste por inflación y tenencia de bienes”

3.e Inversiones permanentes

Las inversiones en certificados de aportación por líneas telefónicas, se encuentran valuadas a su costo de adquisición o incorporación, actualizado en función a la variación del dólar estadounidense vigente al cierre de cada ejercicio menos la correspondiente previsión por desvalorización.

3.f Previsión para indemnizaciones

En cumplimiento de disposiciones legales vigentes, la Sociedad actualiza al cierre de cada ejercicio un monto necesario de previsión destinado a cubrir las indemnizaciones de su personal, consistente en un sueldo por cada año de servicio prestado. Este beneficio es pagadero después de transcurridos noventa días en los casos de retiro voluntario y en cualquier momento cuando el trabajador es retirado sin causa justificada.

3.g Previsiones para contingencias

En el ejercicio 2004, AISA constituyó una previsión para discontinuidad de operaciones, con el objeto de afrontar situaciones que puedan existir y resultar en una pérdida, cuya materialización se encontraba sujeta a eventos futuros por ocurrir o que dejen de ocurrir. Al respecto, mediante Resolución de Direc-torio Nº 5 de abril 23, 2007, EPSAS al constituirse en una organización de carácter transitoria, decide mantener esta provisión.

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3.h Impuesto sobre las utilidades de las empresas

La Empresa determina el cargo contable por el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas aplicando la tasa vigente del 25% sobre el resultado impositivo del ejercicio, siguiendo el método del pasivo. La Em-presa ha registrado la totalidad del importe determinado por este concepto, como gasto del ejercicio.

3.i Patrimonio neto

Los saldos de las diferentes cuentas que integran el patrimonio establecido al cierre del ejercicio anterior se ajustan, utilizando como índice de ajuste la Unidad de Fomento a la Vivienda ocurrida entre ambas fechas de cierre. Dicho ajuste, se registra de la siguiente manera:

El ajuste del capital social, concordante con el concepto fundamental de “mantenimiento de capital“, se expone en la cuenta “Ajuste de capital”. El ajuste del resto de las cuentas de patrimonio (excepto los resultados acumulados) se imputa en la cuenta “Ajuste de Reservas Patrimoniales”, mientras que el ajuste correspondiente a los resultados acumulados se registra en esa misma cuenta. La contrapartida de estos ajustes se refleja en la cuenta de resultados “Ajuste por inflación y tenencia de bienes”.

3.j Estado de resultados

La Empresa determina el resultado del ejercicio teniendo en cuenta los efectos de la inflación. Los ru-bros individuales del estado de resultados son ajustados de acuerdo con lo establecido en la Norma de Contabilidad Nº 3 (Revisada y modificada) y la Resolución CTNAC Nº 01/2008 emitidas por el Consejo Técnico Nacional de Auditoría y Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia en septiembre 1, 2007 y en enero 11, 2008, respectivamente, utilizando como índice de ajuste la Unidad de Fomento a la Vivienda.

NOTA 4 DISPONIBILIDADES

El saldo del rubro al 31 de diciembre de 2009 y 2008 se compone de:

2008 2009 (Reexpresado) Bs Bs

Efectivo M/N 847.076 4.864.484 Efectivo M/E 1.098 1.150 Cheques en M/E 123.303 Cajas chicas y fondo fijo 9.200 9.629 Ctas. corrientes en bancos M/N 21.402.667 7.209.887 Ctas. corrientes en bancos M/E 219.518 756.621 Ctas. corrientes en fondos de inversión M/N 16.620.693 7.470.860 Ctas. corrientes en fondos de inversión M/E 252.562 256.441 39.352.814 20.692.375

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MEMORIA ANUAL 2009

NOTA 5 CUENTAS POR COBRAR A CORTO PLAZO

El saldo del rubro al 31 de diciembre de 2009 y 2008 se compone de:

2009 2008 (Reexpresado) Bs Bs

Créditos por servicios prestados Servicios de emisión general real 17.125.612 19.569.911Planes de pago 1.463.325 1.331.086Servicios Ley de Ancianos 320.831 137.479Ventas devengadas de agua 8.791.817 9.169.124Planes de pago por Conexiones Nuevas 7.751.662 6.751.699Crédito por Servicio Distrito 7 98.398 47.143Planes de Pago Distrito 7 368.125 654.341Créditos en mora 7.647.064 8.273.951 43.566.834 45.934.734

Previsión deudores de dudoso cobro Incobrabilidad por planes de pago conexiones nuevas

(3.094.223) (3.102.476)Créditos en mora (7.647.064) (8.273.951) (10.741.287) (11.376.427) 32.825.547 34.558.307

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NOTA 6 OTROS ACTIVOS

El saldo del rubro al 31 de diciembre de 2009 y 2008 se compone de:

2008 2009 (Reexpresado) Bs Bs Anticipos al personal 10.587 1.532 Depósitos en garantía (1) 393.936 412.324 Debito por cobrar vinculadas (2) 64.004 66.992 Notas de crédito – CEDEIM (3) 2.880.895 1.730.204 Diversos 1.772.226 1.273.666 5.121.648 3.484.718

(1) Las garantías bancarias por cobrar corresponden a Bs391.500 y depósitos en garantía por alquileres por Bs2.436.

(2) Corresponde a notas de crédito originadas en gastos incurridos por personal de las compañías relacio-nadas a Ais.

(3) Las notas de crédito corresponden a los valores adquiridos por la Empresa para su redención ante el SIN al momento de efectuar las declaraciones juradas del IVA.

NOTA 7 INVENTARIOS

El saldo del rubro al 31 de diciembre de 2009 y 2008 se compone de:

2009 2008 Reexpresado Bs Bs Diesel 13.762 29.943 Cal hidratada en polvo 162.422 244.478 Cal apagada en polvo 78.242 Gasolina 72.433 35.784 Sulfato de aluminio 707.283 771.975 Gas cloro en tubos 907-1000 K 94.644 66.285 Gas cloro en tubos 67 – 70 k 69.150 Hipoclorito de calcio granulado 100.172 94.559 1.219.866 1.321.266

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MEMORIA ANUAL 2009

NOTA 8 OTROS CREDITOS A LARGO PLAZO

El saldo de la cuenta, al 31 de diciembre de 2009 y 2008, se encuentra contabilizado por US$5.500.000 al equivalente de Bs38.885.000 y Bs40.700.112 (reexpresado) respectivamente (esta última cifra se encuentra compuesta por Bs38.885.000 más Bs1.815.112 correspondiente a la reexpresión de saldos en base UFVs).

La contracuenta de este importe originalmente fue registrada en la cuenta de pasivo con el FNDR y emerge a consecuencia de la desvinculación del 100% de los accionistas de la Empresa Aguas del Illimani S.A., deter-minándose como pago único y definitivo la suma de US$5.500.000. Una vez constituída la Nueva Empresa Prestadora de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, en cualquier momento, a instrucción expresa del beneficiario, el Fondo Nacional de Desarrollo Regional – FNDR, transferirá las acciones referidas en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 28985.

NOTA 9 ACTIVO FIJO

El saldo del rubro al 31 de diciembre de 2009 y 2008 se compone de:

Al 31 de diciembre de 2009:

Valores Depreciación Valor actualizados acumulada residual Bs Bs BsBienes de usoTerrenos 114.557 114.557Edificios 7.983.404 (2.410.751) 5.572.653Muebles y enseres 4.384.984 3.210.112) 1.174.872Vehículos automotores 22.846.552 (17.372.599) 5.473.953Equipo de computación y telecomunicación 9.455.318 (5.355.465) 4.099.853Equipo de ingeniería y otros 19.925.982 (15.622.517) 4.303.465

Diversos 1.681.142 (769.544) 911.598

66.391.939 (44.740.988) 21.650.951Inversiones en propiedad de terceros

Instalaciones permanentes (1) 619.609.123 (168.342.496) 451.266.627Obras en curso (2) 41.807.542 41.807.542Importaciones en curso 2.223 2.223 727.810.827 (213.083.484) 514.727.343Materiales y repuestos (3) 25.557.126 25.557.126 753.367.953 (213.083.484) 540.284.469

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Al 31 de diciembre de 2008 (Reexpresado):

Valores Depreciación Valor actualizados acumulada Residual Bs Bs BsBienes de uso Terrenos 96.775 96.775Edificios 7.496.512 (2.147.379) 5.349.132Vehículos automotores 17.080.977 (16.365.050) 715.927Equipo de ingeniería y otros 24.620.288 (21.898.763) 2.721.525Equipo de computación y

telecomunicación 9.483.495 (8.363.017) 1.120.478Muebles y enseres 4.002.248 (3.803.633) 198.615Diversos 2.020.761 (1.451.072) 569.690 Inversiones en propiedad de terceros

Instalaciones permanentes 598.737.597 (150.404.705) 448.332.892Obras en curso 34.875.174 34.875.174

698.413.827 (204.433.619) 493.980.208Materiales y repuestos 22.006.608 22.006.608 720.420.435 (204.433.619) 515.986.816

(1) Las instalaciones permanentes representan las inversiones realizadas por AISA hasta la fecha de cierre con dicho Operador, a partir de dicha fecha, EPSAS S.A. ha incorporado nuevas inversiones relacionadas con obras de renovación, expansión y densificación las mismas que se encuentran identificadas y cuya composición es la siguiente:

US$ Bs Gestión 2007 186.374 1.317.666 Gestión 2008 880.481 6.225.004 Gestión 2009 729.521 5.157.712 ------------- -------------- 1.796.376 12.700.382 ========= ==========

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MEMORIA ANUAL 2009

(2) Las obras en curso se componen de la siguiente manera: 2009 Bs

Obras en curso del 2009 14.702.517 Obras en curso de ejercicios anteriores 27.105.025 -------------- 41.807.542 ========== (3) La exposición en este rubro de los materiales y repuestos en depósito, se encuentra conforme a lo

prescrito en la Norma de Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia Nº 1, que en su punto 4 “Bienes para uso de explotación o ente” establece que, todos los repuestos para los bienes de uso de la explotación o ente se clasificarán en el rubro de bienes de uso. Su composición es la siguiente:

2008 2009 (Reexpresado) Bs Bs Materiales y repuestos en depósito 40.183.075 36.683.918 Previsión por desvalorización (14.625.949) (14.677.310) -------------- -------------- 25.557.126 22.006.608 ========= ==========

NOTA 10 DEUDAS COMERCIALES

El saldo del rubro al 31 de diciembre de 2009 y 2008 se compone de:

2008 2009 (Reexpresado) Bs Bs

Proveedores ME 319.383 1.886.947Proveedores MN 5.208.790 6.656.576Acreedores varios 533.469 1.202.143Depositantes por garantía en efectivo ME 5.227 5.471Depositantes por garantía en efectivo MN 32.595 34.116Provisiones comerciales ME 1.752.334 1.980.014Provisiones comerciales MN 3.711.563 4.299.542Fondos en custodia retenciones judiciales 1.136.529 12.699.890 16.064.809

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NOTA 11 DEUDAS FINANCIERAS

El saldo del rubro al 31 de diciembre de 2009 y 2008 se compone de:

2008 2009 (Reexpresado) Bs Bs

Corto Plazo Fondo Nacional de Desarrollo Regional (1) 9.657.620 10.108.428Fondo Nacional de Desarrollo Regional (2) 9.721.250 10.175.028Intereses por deuda financiera 688.249 904.921 20.067.119 21.188.377 Largo Plazo Fondo Nacional de Desarrollo Regional (1) 28.972.860 40.433.711Fondo Nacional de Desarrollo Regional (2) 10.175.028BANDES (3) 17.467.086 11.994.203 46.439.946 62.602.942 66.507.065 83.791.319

(1) La deuda originalmente fué contraída con la Corporación Andina de Fomento (CAF), Inter American De-velopment Bank (BID) y la Internacional Finance Corporation (CFI); sin embargo, de acuerdo al artículo 4 del Decreto Supremo N° 28985 de diciembre 22, 2006, se establece que para instrumentar la transferen-cia de acciones de AISA, a favor del FNDR, en su condición de fideicomisario del Gobierno Boliviano, se autoriza al actual Ministerio de Economía y Finanzas la emisión de Bonos del Tesoro General de la Nación por un valor de US$9.562.000 para cubrir las obligaciones que la empresa Aguas del IlIimani S.A. mantenía a la fecha de la firma del Acuerdo Marco de Terminación de Disputas con los organismos multilaterales mencionados anteriormente. Las características financieras de estos bonos son las siguientes:

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MEMORIA ANUAL 2009

Clave de pizarra US$ Serie Nº de Título

Internacional Finance Corporation – IFC 3.585.750 “A” 001Banco Interamericano de Desarrollo - BID 3.585.750 “B” 002Corporación Andina de Fomento – CAF 2.390.500 “C” 003

9.562.000 Pagos efectuados por EPSAS al 31.12.09 4.098.000 ------------- Saldo pendiente de pago en US$ 5.464.000 ======== Saldo pendiente de pago en Bs 38.630.480 ==========

Corto plazo Bs 9.657.620 Largo plazo Bs 28.972.860 -------------- 38.630.480 ========= Plazo: A determinarse en función a la fecha de emisión.

Valor nominal unitario: US$ 50 Periodicidad de pago de capital e intereses De acuerdo a la fecha de emisión y las fechas de pago de cupones Tasa de Interés 4.5% anual Moneda Dólares Americanos

Modalidad de presentación Títulos físicos

Negociable Negociables inscritos en el registro Mercado de Valores de la ex Superintendencia de Pensiones. Valores y Seguros

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(2) El Artículo 3 del Decreto Supremo N° 28985 de diciembre 22, 2006, autoriza al actual Ministerio de Economía y Finanzas la emisión de Bonos del Tesoro General de la Nación por un valor de US$5.500.000 para proceder con la desvinculación del 100% de los accionistas de la empresa Aguas del Illimani S.A. Las características financieras de estos bonos son las siguientes:

Clave de pizarra US$ Serie Nº de Título

TGN - E3A – 06 1.000.000 “A” 001TGN - E3B – 06 1.000.000 “B” 002TGN - E3C – 06 1.000.000 “C” 003TGN - E3D – 06 1.000.000 “D” 004TGN - E3E – 06 1.000.000 “E” 005TGN - E3F – 06 500.000 “F” 006 ------------- 5.500.000 ------------- Pagos efectuados por EPSAS al 31.12.09 4.125.000 -------------

Saldo pendiente de pago en US$ 1.375.000 =========

Saldo pendiente de pago en Bs 9.721.250 ========= Corto plazo Bs 9.721.250 Largo plazo Bs -.- ------------- 9.721.250 ========= Plazo: Cuatro años considerando para cada uno. trescientos sesenta días calendario Valor nominal unitario: US$ 1.000 Periodicidad de pago de capital e intereses Semestral. considerando trescientos sesenta días calendario para cada año Tasa de Interés 4.5% anual Moneda Dólares Americanos Modalidad de presentación Títulos físicos Negociable Negociables. Inscritos en el registro Mercado de Valores de la ex Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros

El cronograma de vencimientos de bonos del Tesoro General de la Nación por el importe total de US$15.062.000 (US$9.562.000 y US$5.500.000) que el FNDR empezó a cobrar a EPSAS S. A. a partir del 15 de febrero de 2007, vence el 15 de agosto de 2013 y corresponde a 22 amortizaciones de capital e intereses.

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MEMORIA ANUAL 2009

De acuerdo al Parágrafo II del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 28985, el Fondo Nacional de Desarrollo Regional – FNDR, en su condición de “Fiduciario”, devolverá al actual Ministerio de Economía y Finanzas, en su calidad de “Fideicomitente”, los recursos correspondientes a la emisión de Bonos del Tesoro, señalados en los Artículos 3 y 4 del Decreto Supremo Nº 28985, en el plazo establecido en cada uno de dichos instru-mentos, para que el citado Ministerio efectúe la redención de los mencionados Bonos del Tesoro.

(3) En diciembre 29, 2007, se suscribe el contrato de préstamo entre BANDES Bolivia S.A. y la Empresa Pública de Saneamiento S.A. (EPSAS) por la suma de US$ 5.500.000, que deben ser destinados para la ejecución del Proyecto “Agua Potable y Alcantarillado Sanitario e inicio de construcción de plantas de tratamiento de Agua Potable y Aguas Residuales de la ciudades de El Alto y La Paz”, cuya composición al 31 de diciembre del 2008, es la siguiente:

Monto Importe del crédito desembolsado Equivalente Destino de los fondos US$ US$ en Bs Agua potable 697.283 403.970 2.856.070Alcantarillado Sanitario 2.477.890 2.028.024 14.338.132Infraestructura de Agua Potable 370.000 38.597 272.884Alcantarillado Sanitario II 1.000.000 Proyecto Chuquiaguillo 954.827 ------------ ------------ -------------- 5.500.000 2.470.592 17.467.086 ======== ======== =========

Posteriormente, mediante adenda al Contrato de Préstamo, suscrita en octubre 14, 2009 y refrendada me-diante Testimonio Nº 914/2009 de noviembre 18, 2009, se modifican las cláusulas referentes a la estructura de financiamiento a nivel de categorías de inversión que no modifica el importe total del financiamiento de US$5.500.000, además, se determina como nuevo plazo para el pago total del préstamo un lapso de trece años y ocho meses a partir de la suscripción del Contrato, este plazo incluye tres años y ocho meses de gracia con condonación expresa de intereses y diez años para el pago de capital e intereses. La amortización del crédito se efectuará a partir del vencimiento de dicho periodo de gracia; es decir, a partir de enero 3, 2011.

NOTA 12 DEUDAS FISCALES

El saldo del rubro al 31 de diciembre de 2009 y 2008 se compone de:

2009 2008 Bs (Reexpresado) Bs

Impuestos a las transacciones 555.413 606.305Impuestos sobre las utilidades de las empresas 23.931.246 27.785.593Retenciones IUE 15.796 (92.608)Impuesto municipal sobre la propiedad de bienes inmuebles y vehículos 3.738.646 3.582.406Debito fiscal 521.177 790.134Otros impuestos 12.681 14.310 28.774.959 32.686.140

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NOTA 13 DEUDAS SOCIALES

El saldo del rubro al 31 de diciembre de 2009 y 2008 se compone de:

2008 2009 (Reexpresado) Bs Bs

Aportes y retenciones a pagar 1.242.237 1.364.164Beneficios sociales a pagar 6.969.327 5.858.799 8.211.564 7.222.963

NOTA 14 OTROS PASIVOS

El saldo del rubro al 31 de diciembre de 2009 y 2008 se compone de:

2008 2009 (Reexpresado) Bs Bs

Previsiones para contingencias e imprevistos legales 48.957.425 51.587.547Administración de riesgos 2.089.050 2.537.746 -------------- -------------- 51.046.475 54.125.293

-------------- --------------Fondos en custodia (1) 1.972.292 744.558Previsión para contingencias de cierre (2) 9.359.827 9.796.509Acreedores varios 228.176 238.828 ------------- -------------- 11.560.295 10.779.895 -------------- -------------- 62.606.770 64.905.188 ========== ==========

(1) Corresponde a obras en curso del “Proyecto Distrito 7”.

(2) De acuerdo a la Resolución de Directorio N° 5 del 23 de abril de 2007, la Empresa decidió mantener la previsión por discontinuidad de operaciones en consideración a que EPSAS S. A. es una organización de carácter transitorio y que durante su gestión será necesaria una reorganización que demandará inver-siones importantes con cargo a dicha previsión. Esta decisión fue operativizada mediante Notas Internas GG/0041/2007 del 25 de abril de 2007 y DFC/004/2007 del 27 de abril de 2007, que establecen la pre-visión de Bs10.804.918. Dicha previsión al 31 de diciembre de 2009 alcanza Bs9.359.827.

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MEMORIA ANUAL 2009

NOTA 15 GASTOS DIVERSOS

El saldo del rubro al 31 de diciembre de 2009 y 2008 se compone de: 2008 2009 (Reexpresado) Bs Bs Modificaciones a la facturación 938.597 (1.391.470)Cargo cuentas incobrables 448.806 556.704 ------------- -------------- 1.387.403 (834.766) ========= ========

NOTA 16 OTROS INGRESOS Y GASTOS

El saldo del rubro al 31 de diciembre de 2009 y 2008 se compone de:

2008 2009 (Reexpresado) Bs Bs

Ingresos financieros 2.013.256 2.236.803Ingresos por donaciones 1.327.208 Ajuste gestiones anteriores 10.852.325 4.978.497Ingresos por convenios GMLP 1.451.423 Ingresos por convenios GMEA 102.769 Ingresos varios 327.993 188.790 -------------- ------------- 16.074.974 .404.090 ========= =========

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NOTA 17 POSICION EN MONEDA EXTRANJERA

Al 31 de diciembre de 2009 y 2008, la Empresa mantenía los siguientes activos y pasivos en moneda extranjera.

Al 31 de diciembre de 2009: US$ Bs Activo Disponibilidades 58.732 415.236 Pasivo Deudas comerciales 293.769 2.076.944 Deudas financieras a corto plazo 2.838.348 20.067.119 Deudas financieras a largo plazo 6.568.592 46.439.946 9.700.709 68.584.009 Posición neta pasiva (9.641.977) 68.168.773

Al 31 de diciembre de 2008 (Reexpresado):

2008 2008 2008 (Reexpresado) US$ Bs Bs

Activo Disponibilidades 137.055 968.981 1.014.212 Pasivo Deudas comerciales 523.300 3.699.731 3.872.431Deudas financieras a corto plazo 2.863.286 20.243.434 21.188.377Deudas financieras a largo plazo 8.459.834 59.811.025 62.602.942 11.846.420 83.754.190 87.663.750 Posición neta pasiva 11.709.365 (82.785.209) (86.649.538)

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MEMORIA ANUAL 2009

NOTA 18 CAPITAL PAGADO

El Capital Pagado de la Empresa es de Bs59.563.000 dividido en 595.630 acciones con un valor nominal de Bs100 cada una, siendo la participación accionaria antes del Acuerdo Marco de Terminación de Disputas, la siguiente:

Nº de % Acciones Bs

Suez S.A. 56,06 333.836 33.383.600B.I.C.S.A. 22,55 134.343 13.434.300Inversora de Servicios S.A. 9,19 54.766 5.476.600Connal S.R.L. 4,62 27.540 2.754.000Internacional Finance Corporation 7,58 45.145 4.514.500 100,00 595.630 59.563.000

Con los acuerdos arribados con la firma del denominado Acuerdo Marco de Terminación de Disputas y la suscripción del Contrato de Fideicomiso, la composición accionaria, es como sigue:

Nº de % Acciones BsAcciones en fideicomisoa cargo del FNDR 99,9996 595.628 59.562.800Felix Calle Huasco 0,0002 1 100Mercedes Condori Quispe 0,0002 1 100 100,000 595.630 59.563.000

Los accionistas antes mencionados, firmaron el “Documento de Reconocimiento y Transferencia de Acción”, de enero 3, 2007, en el mismo los accionistas se comprometen a no transferir, vender, donar, requerir ganan-cias, pignorar y realizar cualquier trámite de naturaleza comercial que incumba a las mencionadas acciones, asumiendo que en cualquier momento a simple requerimiento y sin necesidad de trámite adicional alguno proceder a la devolución y entrega al Fiduciario (FNDR).

NOTA 19 RESERVA LEGAL

De acuerdo con las disposiciones del Código de Comercio, se debe constituir una reserva legal como mínimo del 5% de las utilidades efectivas y líquidas obtenidas antes de su distribución, hasta alcanzar el 50% del capital pagado. Al 31 de diciembre de 2009 y 2008, la Sociedad cuenta con una Reserva Legal de Bs9.000.606 y corresponde establecer las reservas del 2008 y 2009 por Bs1.489.213 y Bs1.541.377 respectivamente.

NOTA 20 ASPECTOS IMPOSITIVOS

La Sociedad está sujeta al Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas, determinada de acuerdo con princi-pios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, con algunos ajustes de acuerdo con las disposiciones tributarias y sus decretos reglamentarios.

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De acuerdo con la legislación tributaria vigente, el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas es conside-rado como pago a cuenta del Impuesto a las Transacciones.

El Gobierno Nacional en diciembre 19, 2007, ha promulgado el Decreto Supremo N° 29387 el cual modifica el Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas, en lo que corresponde a la reexpresión en moneda extranjera y valores en moneda constante en los estados financieros de la empresas, para fines de determinación de la utilidad neta imponible, admitiéndose para el efecto únicamente la reexpresión por la variación de la Unidad de Fomento de Vivienda.

El Servicio de Impuestos Nacionales, a través de la Resolución Normativa de Directorio N° 10.0002.08, de enero 4, 2008, reconoce la vigencia de las Normas de Contabilidad Nº 3 (Estados Financieros a Moneda Constante - Ajuste por inflación) y Nº 6 (Tratamiento Contable de las Diferencias de Cambio y Ajustes de Valor). La presente Resolución señala también que el Decreto Supremo Nº 29387, de diciembre 19, 2007, en sus artículos 2 y 3, modifica el Decreto Supremo Nº 24051, en lo que corresponde a la reexpresión en moneda extranjera y valores en moneda constante en los Estados Financieros de las Empresas, para fines de la determinación de la utilidad neta imponible y a su vez faculta a la Administración Tributaria a establecer los procedimientos necesarios para la aplicación de este Decreto Supremo.

Al 31 de diciembre de 2009, la Empresa ha provisionado el impuesto sobre las Utilidades de las Empresas por un importe de Bs23.931.246. Al 31 de diciembre de 2008 la provisión del IUE alcanzó a Bs 27.785.593 (reexpresado).

NOTA 21 FONDO ROTATIVO DISTRITO 7

El 27 de abril de 2004, la Empresa suscribió un Convenio Interinstitucional para la ejecución del proyecto de instalación de 3.000 conexiones de agua potable y 5.000 de alcantarillado sanitario en el Distrito 7 de la ciudad de El Alto. El proyecto se implementa gracias al Partenariado Público Privado (PPP), con el financia-miento de US$2.990.000 realizado por la Secretaria de Estado de Economía Suiza (SECO). Aguas del Illimani S.A. gestionó la donación para implementar el proyecto de zonas que no cuenten con acceso a los servicios básicos que se sitúan fuera del Área Servida.

El Proyecto piloto tenía una duración de un año y consistiría en el tendido de redes de agua potable y alcanta-rillado sanitario, construcción de dos plantas de tratamiento para agua servida y conexiones domiciliarias. Los beneficiarios reembolsarían en un plazo de cinco años los derechos de su conexión a un fondo rotativo que per-mitiría refinanciar nuevas ampliaciones en la red, lo cual le daría mayor potencial de crecimiento a la Empresa

Es importante mencionar que el plazo de financiamiento a los clientes de este proyecto era de 60 meses tiempo durante el cual no se aplicarían intereses

Las responsabilidades en el proyecto de cada una de las partes eran:

a. Por el Gobierno Suizo realizar una donación para la ejecución de este proyecto al Gobierno de Bolivia. la misma que serán canalizadas a través de SECO.

b. Por Aguas del IIIimani S.A. (AISA) ejecutar el proyecto según lo establecido en el convenio, la construcción

de dos plantas de tratamiento y la entrega de una póliza de seguro.

c. Por el Ministerio coadyuvar en la autorización y aprobación ambiental y agilizar los trámites necesarios para la buena implementación del mismo.

d. Por el Gobierno Municipal de El Alto poner en usufructo para el Proyecto tres hectáreas de terreno en la zona Bautista Saavedra y cinco hectáreas en la zona San Roque cuya finalidad es la construcción y opera-ción indefinida de las plantas de tratamiento de Aguas Servidas.

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e. Por la Superintendencia de Saneamiento Básico (SISAB), regular la prestación de los servicios en el marco legal de su competencia y el Contrato de Concesión.

El Gobierno Suizo, a través de SECO, ha desembolsado US$1.000.000, importe que la Empresa habría utiliza-do en el desarrollo del Proyecto instalando más de 51.429 m. de tubería de agua potable y 41.921 m de red de alcantarillado sanitario, cumpliendo de esta forma, con las obligaciones establecidas en el Convenio.

NOTA 22 ASPECTOS IMPORTANTES

Elaboración del nuevo modelo de gestión de empresa pública social de las ciudades de La Paz y El Alto

El actual Ministerio de Medio Ambiente y Agua, a través de Viceministerio de Cuencas y Recursos Hídricos, ha efectuado la contratación de servicios de consultoría por producto para la “Elaboración del nuevo mo-delo de gestión de empresa pública social de las ciudades de La Paz y El Alto” mediante el proceso bajo la modalidad ANPE MDA/VCRH 002/2009. El objetivo general de esta consultoría es diseñar una propuesta de modelo de gestión, para una empresa metropolitana encargada de la prestación de servicios de agua potable y saneamiento básico.

Además, debe incluir un modelo que incluya una propuesta jurídica, para la transferencia de activos asociados al servicio correspondiente a SAMAPA y una propuesta sobre los pasivos de EPSAS y SAMAPA además de la distribución y administración de los activos, muebles e inmuebles, en el marco de entidades autónomas. Entre otros aspectos se presentará: el Diseño Organizacional del Modelo de Gestión, de acuerdo a las ca-racterísticas de una empresa pública social, el Proyecto de Decreto Supremo de creación, Estatuto Orgánico de Constitución, Reglamento Interno, Estudios de Factibilidad Técnica y Plan de Inversiones, Económica – Financiera y del Sistema Tarifario, Plan de Acción 2009-2013, Manuales de Organización y Funciones, Pro-cedimientos Administrativos, Descripción de Puestos y los Reglamentos determinados bajo el enfoque del control gubernamental.

En este sentido, mediante Resolución Administrativa MMAA Nº 007/2009 de febrero 16, 2009, el Ministerio de Medio Ambiente y Agua resuelve adjudicar a la empresa Consult Sistem Asociados SRL el servicio de esta consultoría. A la fecha de presentación de los estados financieros, este trabajo habría sido concluido y la Empresa no tiene conocimiento oficial acerca de la aplicación de los resultados obtenidos por dicha consul-toría.

Otros programas de mejoramiento y ampliación de agua potable y alcantarillado sanitario para las ciudades de El Alto y La Paz

El informe semestral de Julio a Diciembre 2009 elaborado por la Empresa hace referencia a diversos programas de mejoramiento y ampliación de agua potable y alcantarillado sanitario para las ciudades de El Alto y La Paz cuya ejecución alcanza a un importe aproximado de US$23.200.000 y que son costeados con recursos prove-nientes de distintos financiadores y con la colaboración del GMEA, ex Ministerio del Agua, VIPFE y FPS.

Estos proyectos llegarían a formar parte de la red del área de concesión y; consecuentemente, la delegación de la administración de dichas obras a EPSAS; sin embargo, aun no se tiene conocimiento de las negociaciones finales destinadas a asegurar esta administración por parte de la Empresa y si dichos proyectos cuentan con las autorizaciones respectivas para su edificación y si fueron ejecutadas dentro del marco de normas de calidad que son exigidas para este tipo de construcciones.

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NOTA 23 ASUNTOS LEGALES

La Nota 14 a los estados financieros (otros pasivos) incorpora la previsión para contingencias e imprevistos legales desde ejercicios anteriores, cuyo detalle es el siguiente:

I) PROCESOS JUDICIALES INICIADOS POR LA EMPRESA AGUAS DEL ILLIMANI S.A. (HOY EPSAS S.A.)

PROCESOS PENALES

1) Procesados: Los autores Tipo de Proceso: Penal Delito: Atentado Contra Los Servicios Públicos y Hurto de medidores de agua en la ciudad de La Paz. Juzgado: 1ro Instrucción Penal Cautelar de la Capital Juez: Dr. Carlos Guerrero Arraya Fiscal: Dr. Sandra Kuncar Caso: Nº 3875/07 Monto: S/D Probabilidades de Éxito: Media

Resumen: En fecha de 3 de mayo se Formaliza la denuncia ante el Fiscal por los delitos de atentado contra los servicios públicos y hurto de medidores en la ciudad de La Paz.

Luego de tres allanamientos, se tomó declaraciones a tres sospechosos para imputación por parte de la señora fiscal. Al no existir autores directos del hecho no es viable proseguir la causa

Estado Actual: Para archivo del caso. Se recuperó 28 medidores de agua.

2) Procesados: Juan Carlos Laura y otrosTipo de Proceso: PenalDelito: Atentado Contra Los Servicios Públicos y hurto de medidores de agua en la ciudad de El Alto.Juzgado: Primero de Partido y Sentencia de la Ciudad de El AltoJuez: Dr. Marco Rodas Fiscal : Mario Morales Caso: MP 1506/07Monto : S/DProbabilidades de Éxito: Media

Resumen : En fecha 8 de mayo del 2007 se formalizó denuncia por hurto de medidores en la ciudad de El Alto, concluídas las diligencias preliminares, el Fiscal presentó acusación formal ante el Juzgado Primero de Sentencia de la Ciudad de El Alto, por el delito de reaceptación contra Juan Carlos Laura y otros. Particularmente no se pudo dar con los autores directos.

En fecha 27 de febrero de 2009 EPSAS se apersonó al juzgado y presentó la acusación particular, noti-ficadas los acusados no objetaron, tampoco presentaron descargos. Falta la notificación del juzgado a la imputada Josefina Nina Blanco y ella no tiene domicilio fijo en la ciudad de La Paz.

Estado Actual: Para admisión y radicatoria de la acusación, previa notificación a la coimputada Josefina Nina Blanco.

En el presente caso la imputación es por el Delito de receptación, para el mismo existe perdón judicial por lo tanto no es recomendable proseguir el caso. Se recuperó 9 de medidores de agua

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3) Denunciado: Los autores.Denunciante: EPSAS S.A.Tipo de proceso: PenalDelito: Hurto en Rumpel.Fiscalía: Fiscal de Materia, Dra. Tania Alfaro.Monto: S/DProbabilidad de éxito: Media.

Resumen: EPSAS ha formalizado la denuncia por el hurto de llaves de paso y filtros de agua en el Almacén Rumpel de la ciudad de El Alto.

En fecha 13 de mayo de 2009 se realizó inspección ocular al lugar de los hechos. Asimismo fue programa-da inspección ocular seguida de reconstrucción en zona Santa María y suspendida posteriormente.

Estado Actual: Para señalamiento de nuevo día y hora de inspección ocular seguida de reconstrucción a la zona Santa María.

II) PROCESOS JUDICIALES INICIADOS CONTRA LA EMPRESA AGUAS DEL ILLIMANI (HOY EPSAS S.A.).

PROCESOS PENALES CONTRA LA EMPRESA

1) Procesado: Aguas del Illimani S.A. (hoy EPSAS S.A.) Querellantes: Julio Choque Condori, Nicolás Poma en representación de la Asociación Piscí

cola Agropecuaria Virgen de Santa Rosa de Lima, Sector Serke”. Tipo de proceso: Penal Delito: Daño Calificado. Fiscalía: Fiscal de Materia de la División propiedades, Dr. Miguel Angel Viera Lucero. Monto: Bs811.000. Probabilidad de éxito: Media.

Existe requerimiento conclusivo de sobreseimiento favorable a la Empresa, y los querellantes impugnaron dicho sobreseimiento.

Resumen: El Sr. Julio Choque Condori y otros presentaron querella criminal contra la persona del Geren-te General de Aguas del Illimani S.A., por el supuesto delito de Daño Calificado.

Concluída la etapa preparatoria, el Fiscal mediante la Resolución N° 1-23/11/06, de 23 de noviembre de 2006, decretó el Sobreseimiento del representante legal del delito imputado.

Los querellantes, notificados con el citado requerimiento en fecha 22 de enero de 2007 impugnaron el mismo.

En fecha 10 de marzo el Sr. Julio Choque solicitó se amplíe contra EPSAS.

Estado Actual: Para notificación mediante edictos al Sr. Kuhn. Por el tiempo transcurrido para archivo del caso.

2) Procesado: Aguas del Illimani S.A. (hoy EPSAS S.A.) Demandante: Reynaldo Rojas y Marcela López de Rojas. Tipo de proceso: Penal Delito: Daño Simple Juzgado: 5to de Sentencia en lo Penal. Monto: US$80.000. Probabilidad de éxito: Alta. Existen elementos favorables a la empresa.

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Resumen: El Sr. Reynaldo Rojas y Marcela López de Rojas presentaron querella y acusación particular contra la de Aguas del Illimani S.A., por el supuesto delito de Daño Simple, por los daños que presenta su inmueble ubicado en la Av. Mecapaca N° 6860 sector Bella Vista, zona Obrajes.

El 29 de noviembre de 2005 se llevó la audiencia de conciliación, en la que no se arribó a un acuerdo conciliatorio, en razón que empresa no se siente responsable de los daños que presenta el inmueble.

En fecha 12 de diciembre de 2005, se llevó la inspección judicial al sector, como anticipo de prueba.

En fecha 16 de marzo de 2006 se desarrolló la Audiencia de Juicio Oral, oportunidad en la que inicial-mente fue planteado excepciones, que el Juez, mediante Resolución N° 114/06, declaró probada la de prejudicialidad a favor de la empresa con suspensión del proceso penal hasta exista un fallo definitivo de los procesos extrapenales que tiene la señora Rojas con otra personas.

Frente a la resolución citada, la querellante, en fecha 18 de marzo de 2006 presentó el recurso de apela-ción que la Sala Penal Primera, mediante la Resolución N° 317/06, de 5 de mayo de 2006, CONFIRMÓ la pronunciada por el Juez 5to de Sentencia, la que fue notificada a las partes el 25 de mayo de 2006.

En fecha 11 de enero de 2007, los querellantes solicitaron las medidas cautelares de: retención de fondos por $US. 200.000 y anotación de bienes sujetos a registro; a cuya solicitud el juez decretó: “Impóngase de lo decidido en la Resolución Interlocutoria Nº 114/06, de 16 de marzo de 2006”.

Estado Actual: Suspendido el proceso, hasta que exista fallo final en los procesos extrapenales.

3) Procesado: Antoine Kuhn, representante legal de Aguas del Illimani S.A. (hoy EPSAS S.A.)Demandante: Juan Alipaz AparicioTipo de proceso: PenalDelito: Denuncia y acusación falsa (Art.166 del Código Penal) reparación de daños ocasionados.Ministerio Público: División Delitos Contra la Corrupción Pública a cargo de la Fiscal Tania Alfaro y el Investigador Sgto. Porfirio Choque Calle.Monto: N/DProbabilidad de éxito: Alta. Existen elementos y fallos favorables a la Empresa.

Resumen: El Sr. Juan Alipaz Aparicio, presentó querella criminal contra el Gerente General de Aguas del Illimani S.A., Antoine Kuhn, por la supuesta comisión del delito Denuncia y acusación falsa (Art.166 del Cód Penal), en el proceso penal fenecido y seguido en su contra por Apropiación indebida en la compra de Terrenos de Chicani.

Una vez concluida la Investigación preliminar, mediante la Resolución N° 19/96, de 18 de septiembre de 2006, rechazó la denuncia interpuesta por el señor Alipaz y dispuso el archivo del caso,

El Sr. Alipaz, en fecha 4 de octubre de 2006, objetó la resolución de rechazo y, la Fiscalía del Distrito mediante la Resolución Nº F.G.C. 307/06, de 16 de octubre de 2006, ratificó la resolución de rechazo. Sin embargo, el denunciante solicitó la conversión de acción, que el Juez 4to de Instrucción en lo Penal, mediante Resolución N° 64/2007, de 15 de febrero de 2007 autorizó la conversión de acción.

En fecha 19 de marzo de 2007 el juzgado notificó a EPSAS con la anterior resolución, y en fecha 22 de marzo de 2007 la empresa devolvió el cedulòn, así como devolvió el 1 de octubre de 2008.

Estado Actual: Para la providencia del juez. Se constató que el Fiscal a cargo fue retirado, se reasignó nuevo Fiscal la Dra. Kunkar. Por el tiempo transcurrido para archivo del caso.

4) Denunciados: SAMAPA y EPSAS S.A.

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Denunciante: Isabel Dolores Rivera Vda. de Deheza Tipo de proceso: Penal Delito: Allanamiento de domicilio. Fiscalía: Fiscal de Materia, División Solución temprana, Dr. Fernando R. Cabrera Rios. Monto: S/M Probabilidad de éxito: Media.

Resumen: En fecha 12 de noviembre de 2008 el funcionario de EPSAS, señor Claudio Rada fue citado por el Fiscal de Materia para que pueda prestar su declaración informativa dentro de la denuncia iniciada por allanamiento a la Planta Fore By de El Alto, en consecuencia en fecha 22 de noviembre de 2008 se apersonó en la Fiscalía, prestando su declaración.

En 30 de enero de 2009 se apersonaron también Jorge Zotez y Tomas Quisbert.

La denunciante solicitó conversión de acción la misma que fue rechazada por la Fiscal de Distrito de La Paz, mediante la Resolución N° J.G.R. 445/09 de 8 de mayo de 2009, disponiendo que la fiscal asignada al caso continué con la investigación y requiera lo que en ley corresponda.

La Fiscal dispuso inspección ocular al lugar de los hechos la que fue suspendida por tres veces, así como emitió la imputación en contra de Claudio Rada, que fue suspendida en fecha 17 de septiembre de 2009.

En fecha 24 de septiembre de 2009 Jorge Zotez y Tomas Quisbert se presentaron para prestar su de-claración en fecha 21 de septiembre de 2009 la Fiscal dejó a consideración de las partes la designación de perito que efectué la medición del inmueble.

A solicitud de la querellante la Fiscal mediante requerimiento de 14 de octubre de 2009 solicitó al Cole-gio de Topógrafos a fin de que remita nombre de tres tipógrafos especializados en delimitaciones, para que entre ellos sea designado el perito.

Estado Actual: Para notificación del requerimiento citado. Se relevó Fiscales. Para la asignación del caso a nuevo fiscal.

5) Querellados: SAMAPA, FNDR y EPSAS S.A. Querellante: Dr. Minor Augusto Romano, en representación de la Compañía Explotadora Turba. Tipo de proceso: Penal Delito: Estelionato, falsedad material, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado, asociación delictuosa, despojo, en la firma del Contrato de Régimen de Bienes con SAMAPA, que contempla la represa de Incachaca. Fiscalía: Fiscal de Materia, División Corrupción Publica, Dr. Felix Peralta Peralta. Monto: S/M Probabilidad de éxito: Media.

Resumen: En fecha 17 de noviembre de 2008 el Gerente General de EPSAS fue citado por el Fiscal de Materia, Dr. Feliz Peralta Peralta, para que pueda prestar su declaración informativa dentro de la quere-lla iniciada en su contra. En fecha 27 de noviembre de 2008 se apersonó en la Fiscalía, para prestar su declaración informativa y su defensa.

La inspección ocular al lugar de la Presa Incachaca, programada para el día 2 de octubre de 2009 fue suspendida por el Fiscal.

Actualmente está con informe de actuaciones policiales. Para la defensa se contrató a la Dra. Espejo quien analiza el rechazo de la querella.

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En fecha de noviembre de 2009 se realizó la inspección ocular al lugar de Incachaca, y en consecuencia el fiscal Dr. Felix Peralta amplió imputación formal en contra los Ings. Edson Valda Gomez y Victor Hugo Rico, representantes legales del FNDR y de EPSAS.

Estado Actual: La patrocinante, Dra. Espejo analiza la extinción de la acción. Caso patrocinado por la Dra. Norma Espejo.

PROCESOS CIVILES INICIADOS CONTRA LA EMPRESA AGUAS DEL ILLIMANI(HOY EPSAS S.A.)

6) Demandante: Asociación de Copropietarios del Edificio Orión Tipo de proceso: Civil ordinario. Objeto de la demanda: Acción ordinaria de pago de daños y perjuicios. Juzgado: Juzgado 7mo de Partido en lo Civil. Monto litigado: Bs300.000, y más el cálculo de daños y perjuicios en ejecución de sentencia. Probabilidad de éxito: Baja. Los fallos, en las dos instancias anteriores, fueron desfavorables a la empresa.

Resumen: En fecha 29 de enero de 2003, la empresa AISA fue notificada con la demanda civil de la Asociación de Copropietarios del Edificio Orión, de pago de daños y perjuicios por el cobro excesivo en las facturas de agua en el edificio, indicando que al Edificio Orión ocasionó un pago en exceso de Bs. 213.147,68. Aguas del Illimani asumió defensa, con el patrocinio del Dr. Jose A. Guaman y representado por el Ing. Gregorio Alberto Chavez.

Una vez clausurado el término de prueba el Juez Séptimo de Partido en lo Civil dictó la Resolución N°579, de 14 de diciembre de 2004, declarando PROBADA LA DEMANDA (en contra los intereses de la empresa) y haber lugar al pago de indemnización de años y perjuicios emergentes de cobros excesivos y pagos indebidos por servicios de agua potable y que los mismos serán determinados en cumplimiento, una vez ejecutoriado el fallo.

La empresa ha planteado el recurso de apelación frente la citada sentencia, y la Sala Civil Primera del Distrito Judicial de La Paz, mediante la Resolución A.V. N° 342/2005 de 11 agosto de 2005 confirmó la sentencia y con costas (en contra de la empresa). Frente a la misma, la empresa en fecha 26 de agosto de 2005 interpuso el Recurso de Casación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Sucre), que en fecha 20 de diciembre de 2008 emitió el Auto Supremo por el que declara infundado el recurso de la empresa. Posteriormente el expediente fue devuelto al juzgado de origen del Distrito La Paz, para fines de ejecución de sentencia.

El caso una vez radicado en el Juzgado Séptimo de partido Civil y Comercial (origen), en fecha 17/3/2009 la Asociación de copropietario del Edif. Orión había presentado escrito solicitando se cumplan con la determinación y otros, para demostrar excesivos cobros de daños y perjuicios ocasionados adjuntaron facturas (alegando engaño de Bs213.147,63 de Bs473,661,68 facturados), además de pago de US$28.800 por privación de percepción de alquileres, para que sea tomada en la liquidación final; en consecuencia, el juez en fecha 19/3/2009 dispuso: “Arrímese a sus antecedentes a los fines consiguientes de ley, con noticia de parte adversa”.

En fecha 19 de mayo de 2009 los Copropietarios del Edif. Orión pidieron nuevamente la liquidación final de montos, para ser devueltos más daños y perjuicios e intereses. El juez en fecha 20/05/2009 dispuso que “Considerando que el cálculo de la suma que deben ser devueltos por la entidad deman-dada, corresponde a la parte demandante, se dispone la presentación de las liquidaciones correspon-dientes, con cuyo resultado el órganos jurisdiccional procederá a dar aplicación por lo dispuesto al Art. 200 CPC (tasación)”. En fecha 7/05/2009, Hrs.14:50, en el expediente se verifica la diligencia de notificación de 7/5/2009 a

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Gregorio Alberto Chávez Vargas por la Empresa AISA, realizada en el Edif. El Cóndor (no precisamente a EPSAS).

En fecha 26 de mayo de 2009 los Copropietarios del Edif. Orión presentaron pruebas de desfase de 45% de facturación de julio/1997 a mayo/2001, y piden el interés de 6% anual, además piden el pago de US$28.800 alquileres con la liquidación del mismo.

En fecha 28 de mayo de 2009 existe Providencia de “Póngase en conocimiento de la parte demandada la liquidación que se acompaña a los fines consiguientes de ley ”.

Fs.3217. En fecha de 4 junio de 2009, Hrs.10:30, al Ing. Gregorio Alberto, en fecha 7/05/2009, Hrs.14:50, en el expediente se verifica la diligencia de notificación de 7/5/2009 a Gregorio Alberto Chávez Vargas por la Empresa AISA, realizada en el Edif. El Cóndor (cuya copia no fue remitida a Dpto. Legal de EPSAS por el Dpto. Comercial).

Fs. 3218. En fecha 17 de junio de 2009 los Copropietarios del Edif. Orión reiteraron al juzgado mediante memorial se expida resolución insertando liquidación de montos para su devolución, incluyendo daños y perjuicios; en consecuencia el juez emitió el Auto que aprueba Bs213.147,68. de liquidación, debido que a Fs. 3218 Vlta cursa el Auto de 18/0672009 que dice: “Vistos evidenciándose que la parte demandada ha sido notificada con la liquidación de Fs.3211 y la suma complementada a Fs.3216 según consta de la diligencia de Fs. 3217 sin haber formulado observación alguna se aprueba la misma en toda forma de derecho con noticia de partes”. Al otrosi.- Con carácter previo cúmplase con la comunicación procesal dispuesta en lo principal.

Fs.3219. Dicha resolución, aparece como notificada en el expediente en fecha 22 julio de 2009, Hrs.16:00, por el Oficial Javier Leonardo Pari Flores al Ing. Gregorio Alberto Chávez, como representante de Aguas del Illimani, en el Edif. El Cóndor, Of. Comercial de EPSAS (no existe reporte de notificación de la oficina comercial).

En fecha 21 de septiembre de 2009, los Copropietarios del Edif. Orión propusieron perito de parte al Lic. Aud. Rene Alejo Sánchez para que calcule daños y perjuicios, a lo que, Fs.3220 Vlta, el juez pro-videnció en fecha 22 de septiembre de 2009 que previamente indique los puntos de pericia (No hay notificación de esta providencia).

Afs.3221. En fecha 1/10/2009 Orión señaló puntos de pericia (liquidación de daños y perjuicios y el cálculo de interese legales que originó AISA en base a los documentos existentes en el expediente. En fecha 2 de octubre de 2009 el juez decretó se tenga perito de parte al Lic. Alejo, con 10 días para presentar su dictamen. A fs.3223 cusa el Acta de juramento de perito Lic. Aud. Rene Alejo Sánchez de fecha 7/10/2009

Fs.3224-3230. En fecha 15 de octubre de 2009 el Lic. Alejo presentó dictamen que concluye:

Bs

Intereses por Cobrar 156.663 Importe por cobrar facturado excedente de 45% 213.148 ---------- SUBTOTAL 369.811 ======= Daños y perjuicios US$ 28.800 ======

Fs.3230 Providencia de 17 de octubre que dice “En Conocimiento de partes el dictamen que antecede”.

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Fs.3231. En el expediente se verifica diligencia de notificación de 26/10/2009 a Gregorio Alberto Chavez Vargas por la Empresa AISA, realizada por el Oficial de Diligencia Alejandro Ortega Zeballos en el Edif. El Cóndor sin sello de recepción.

Fs. 3232. En fecha 30/10/2009 ORION solicitó aprobación de peritaje y a Fs. 3232 Vlta dice:”Vistos eviden-ciándose que las partes han sido notificadas con el dictamen pericial de FS.3224-3230 según diligencias de Fs.3231 sin haber formulado observación alguna se aprueba el mismo en toda forma de derecho con noticia de partes”.

Fs.3233. En el expediente se verifica diligencia de notificación de horas 17:35 de 12/11/2009 a Gregorio Al-berto Chávez Vargas por la Empresa AISA, en su domicilio señalado Edif. El Cóndor, realizada por el Oficial de Diligencia Alejandro Ortega Zeballos. Sin sello de recepción.

Cursa en el expediente escrito de ORION de 11/10/2006 a la SISAB que solicita intervención para proteger intereses de usuarios contra AISA que muy pronto dejará el país (en fotocopia simple), y la carta SISAB 2840E 2812AL-243/2006 DE 25/10/06 por la que SISAB comunica a ORION que AISA provisionó el monto que corresponde al proceso seguido por el Edif. ORION.

A Fs.3237 cursa la diligencia de notificación con el auto de 13/11/2009 a EPSAS a horas 16:41 de jueves 19/11/2009 realizada por el Oficial de Diligencia Alejandro Ortega Zeballos, a Gregorio Alberto Chávez Var-gas por la Empresa AISA, en su domicilio señalado Edif. El Cóndor. Con sello de recepción.

A Fs.3238 Cursa la diligencia de notificación con el auto de 13/11/2009 a EPSAS a horas 16:41 de jueves 19/11/2009 realizada por el Oficial de Diligencias Alejandro Ortega Zeballos, a Gregorio Alberto Chávez Vargas por la Empresa AISA, en su domicilio señalado Edif. El Cóndor. Con sello de recepción.

Fs.3239. En fecha 20/11/2009 fue devuelta la cedula, para subsana de notificación

A Fs. 3239 Vlta. En fecha 21/11/2009 El juez desestimó la devolución con la providencia que dispone: “Eviden-ciándose por los datos del proceso que la presentante no es parte de la causa, de acuerdo a lo previsto en el art.50 de Código de Procedimiento Civil se desestima la consideración del escrito que antecede”.

A Fs. 3240. En fecha 25/112009 ORION solicitó calificación de daños y perjuicios, en consecuencia a Fs.3240 Vlta. el juez mediante la Resolución 447/09 de fecha 26 de noviembre de 2009 por la que determina Bs75.662 de monto de daños y perjuicios, suma que debe ser cancelada por la entidad demandada Aguas del Illimani dentro del plazo de tercero día de conformidad a lo dispuesto por el art. 516 del Código de Procedimiento Civil, conforme se desprende de la copia adjunta.

A Fs. 3233-3236 EPSAS planteó incidente de nulidad en las notificaciones, el mismo que trasladado se sujeto a 6 días termino de prueba.

Estado de la causa: Para resolución del incidente planteado. En este caso debe tomarse la previsión de pago, ya que es un caso concluido, en ejecución de fallos.

7) Demandante: Compañía Explotadora de Turba S.A. Tipo de proceso: Civil Ordinario. Juzgado: Cuarto de Partido en lo Civil Comercial. Monto litigado: S/D Probabilidad de éxito: Media.

Resumen: La Compañía Explotadora de Turba S.A., representado por el abogado Minor Romano Meave dedujo la acción negataria, de reivindicación de 195,5 Has de terreno ubicado en la exhacienda Chu-

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MEMORIA ANUAL 2009

quiaguillo (hoy la represa de Incachaca, propiedad de SAMAPA) más pago de frutos civiles de daños y perjuicios.

En fecha 21 de marzo de 2005, la empresa fue notificada con la demanda; ante la misma fueron plan-teadas las excepciones previas de falta de personería en el demandante, impersonería procesal en la empresa demandada, obscuridad, contradicción o imprecisión en la demanda, citación previa al garante de evicción (SAMAPA) y prescripción. Del mismo modo, fue contestada la demanda en forma negativa, en el tiempo hábil y oportuno.

Por el abandono del proceso por más de seis meses de parte del demandante, EPSAS apersonándose en el mismo pidió la perención de instancia. Mediante la Resolución Nº 191/08 de 9 de junio de 2008 el juez declaró la perención de instancia dentro de la causa, y frente a la misma Minor Romano planteó el recurso de apelación.

En fecha 28 de agosto de 2009 EPSAS contestó el traslado del recurso de apelación planteado por Minor Romano, por lo que mediante Auto de fecha 29 de agosto 2009 se dispuso eleve el caso al juez de alzada con nota de atención.

Luego de cumplidas las notificaciones a las partes se elevó el expediente a la Corte Superior del Distrito La Paz donde EPSAS se apersonó en fecha 28 de agosto de 2009.

Mediante auto de 20 de octubre de 2009 la Corte dispuso autos para resolución, según turno que co-rresponda.

En fecha 5 de diciembre de 2009 se sorteo vocal Relator del caso, Dr. Ricardo Alarcón Pozo y en fecha la Sala Civil Tercera de la Corte de Superior del Distrito de La Paz, emitió la Resolución 459/2009 de 24 de diciembre de 2009 anulando la Resolución Nº 191/08 de 9 de junio de 2008 del juez A quo.

Estado Actual: Para la interposición del recurso de casación o nulidad ante la Corte Suprema.

8) Demandante: Toyofumi Kuroiwa Tsuboi Tipo de Proceso: Civil Ordinario. Juzgado: 15 de Partido en lo Civil, Sala Civil Segunda de Sucre. Número de Identificación en Sucre : 201199200700557 Monto litigado: US$3.402.359,94 Probabilidad de Éxito: Media.

Resumen: En fecha 15 de diciembre de 2005 el señor Kuroiwa presentó su demanda pretendiendo la re-paración de daños y perjuicios, el pago de lucro cesante, daño emergente, el daño moral supuestamente causados por Aguas del Illimani S.A. en el proceso penal seguido por el delito de Apropiación Indebida en el Juzgado 1ro de Partido en lo Penal en Liquidación.

En fecha 21 de febrero de 2006, el Sr. Kuroiwa presentando el D.S. N°28100 (Terminación del Contra-to de Concesión) argumentando que la empresa estaría en liquidación pidió la medida precautoria de retención de fondos de la empresa Aguas del Illimani S.A.; en consecuencia, el Juez emitió la Resolución N°144/06 de 22 de febrero de 2006 por la que dispuso la retención de fondos y congelamiento de US$2.000.000 de las cuentas de Aguas del Illimani con oficio dirigido a la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, quién instruyó, a su vez, la retención y congelamiento de fondos por US$2.000.000 de Aguas del Illimani en todo el sistema bancario nacional.

En fecha 5 de abril de 2006 Aguas del Illimani S.A fue notificada con la demanda y con la resolución que dispone la retención de fondos. Ante la misma planteó las excepciones previas de litispendencia, incompetencia y prescripción que juez declaró improbadas las excepciones interpuestas, disponiendo la prosecución de la causa.

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Mediante el Decreto de 12 de septiembre de 2006 el juez dispuso nuevamente la retención de fondos de Aguas del Illimani hasta el monto de US$2.000.000, considerando los montos ya conso-lidados y retenidos.

Aguas del Illimani S.A., en fecha 27 de septiembre de 2006 planteó un incidente de nulidad, que el juez mediante la Resolución 1032/2006 lo rechazó.

Aguas del Illimani S.A, ante la negación del incidente de nulidad planteó el recurso de amparo constitu-cional contra el Juez Walker Zamorano, que la Sala Social y Administrativa Primera concedió el recurso, disponiendo la nulidad de la Resolución N° 1032/2006 y en mérito a la anulación dispuesta el juez dicte nueva resolución regularizando procedimiento; en consecuencia, el Juez 14vo de Partido en lo Civil, me-diante el Auto interlocutorio Nº 09/2007, de 10 de enero de 2007, dispuso la nulidad de obrados hasta la admisión de la demanda, hasta que el Sr. Kuroiwa cumpla con el Reglamento de Aranceles del Consejo de la Judicatura, dejándose sin efecto todas las medidas (entre ellas la retención de fondos). En fecha 25 de enero de 2007 EPSAS (como nueva concesionaria) se apersonó al juzgado solicitando se faccione oficios para el levantamiento de la retención de fondos, sin embargo, en fecha 2 de febrero de 2007 el Sr. Kuroiwa planteó incidente de nulidad por el apersonamiento de EPSAS S.A.; en consecuencia, la empresa el jueves 15 de febrero de 2007 planteó la recusación del Juez, y mediante el Decreto de 26 de febrero de 2007 el juez se allanó a la recusación.

En fecha 13 de marzo de 2007 el expediente fue remitido al Juzgado 15 de Partido en lo Civil, y el juez dispuso la radicatoria con noticia de partes. En fecha 14 de marzo de 2007 EPSAS se apersonó al juzgado (15 de Partido en lo Civil) y solicito se faccione oficios para el levantamiento de la retención de fondos, y el señor Kuroiwa se opuso planteando apelación.

Mediante el Decreto de 26 de marzo el juez concedió la apelación en efecto suspensivo, por su parte la empresa planteó el recurso de reposición bajo alternativa de apelación por la ilegal concesión del recurso en efecto suspensivo (debiendo ser en efecto devolutivo), y el juez se manifestó en fecha 30 de marzo indicando no ha lugar a la reposición.

En fecha 9 de abril el expediente fue remitido a la Corte Superior de Distrito, y sorteado a la Sala Civil Tercera, y mediante Auto de Vista 20 de junio de 2007 confirmó la resolución del juez 14 de partido en lo civil y anula los autos de concesión de otras apelaciones, señalando que el Juez 15 de partido en lo civil actúo sin competencia o competencia ilegal a lo dispuesto por la Sala Social Administrativa.

En fecha 21 de junio de 2007, EPSAS presentó memorial, solicitando oficios para el levantamiento de las medidas precautorias, con el consiguiente endose, desglose y restitución de depósitos judiciales; acla-ración complementación y enmienda respecto al tema de las Costas Procesales. Ante dicha resolución Kuroiwa planteó recurso de casación.

En fecha 9 de agosto de 2007, Toyofumi Kuroiwa y EPSAS fueron notificados con el Auto de 3 de agosto de 2007, por el cual la Sala Civil III de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz declara proce-dente la ejecución provisional solicitada por EPSAS, calificando una fianza de US$50.000.

En fecha 11 de agosto de 2007 EPSAS presentó fianza de resultas, y en fecha 24 de agosto de 2007, EPSAS presentó el certificado de depósito judicial Nº 67910 por US$50.000 por concepto de Fianza de resultas.

El 27 de agosto de 2007, el señor Toyofumi Kuroiwa presentó el recurso de casación del Auto de fecha 3 de agosto de 2007 (de ejecución provisional del levantamiento de medidas precautorias), sin embargo, el día 31 de agosto de 2007 se aprobó la fianza de resultas y se dispuso la elaboración de oficios.

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MEMORIA ANUAL 2009

En fecha 21 de septiembre de 2007 el expediente fue remitido a Sucre y recepcionado en la Sala Civil Segunda de la Corte Suprema de Justicia y según el seguimiento vía internet es como sigue:

Acciones: 21/09/2007 21/09/2007 Recepción de la Causa 21/09/2007 00/00/0000 Reparto 21/09/2007 21/09/2007 Cargo de Recepción de Expediente 21/09/2007 21/09/2007 Registro de Expediente y Numeración 25/09/2007 24/09/2007 Decreto de Autos 13/11/2007 13/11/2007 Apersonamiento por parte Demandada 15/11/2007 14/11/2007 Decreto 19/12/2007 19/12/2007 Apersonamiento por parte Demandante 09/01/2008 05/01/2008 Decreto 27/02/2008 27/02/2008 Recepción de memoriales 01/03/2008 25/02/2008 Decreto 26/03/2008 26/03/2008 Recepción de memoriales 27/03/2008 27/03/2008 Decreto 19/04/2008 19/04/2008 Recepción de memoriales 22/04/2008 21/04/2008 Decreto 04/04/2009 04/04/2009 Remisión de expediente por Creación de Sala 05/05/2009 13/04/2009 Decreto de Radicatoria

Estado actual: Para resolución del caso en la Corte Suprema de Justicia. Se sugiere realizar viaje a Sucre para realizar seguimiento material.

9) Demandante: Jaime P. Aparicio Demandado: GMLP y EPSAS. Tipo de proceso: Civil sumario Demanda: Resolución de venta, restitución de derecho propietario y pago de daños y perjuicios del Estanque ubicado en la calle Adriana Pariente y calle Chapuma. Juzgado: Décimo de Instrucción en lo Civil Monto: Bs22.000 Probabilidad de éxito: Media.

Resumen: En fecha 17 de agosto de 2009, a horas 15:30, EPSAS recibió el cedulón judicial de la demanda planteada por el Sr. Aparicio de resolución de venta, restitución de derecho propietario y pago de daños y perjuicios del Estanque ubicado en la calle Adriana Pariente y calle Chapuma. En fecha 21 de agosto de 2009 EPSAS se apersonó al juzgado, planteando excepciones y contestó negativamente la demanda; de igual manera el GMLP se apersonó y planteó excepciones previas.

Se dictó la Resolución N°442/2009 de 30 de noviembre de 2009 por la que se declaran probadas las excepcione previas de legitimación pasiva en el demandado del GMLP y las de impersonería y oscuridad contradicción e imprecisión en la demanda de EPSAS, la misma que fue notificada a las partes.

Estado Actual: Para que la parte demandante reformule su demanda.

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PROCESOS LABORALES Y SOCIALES

1) Demandante: Osco y otros (Sindicato de Trabajadores de Aguas del Illimani S.A.) Demandado: Aguas del Illimani (hoy EPSAS). Tipo de proceso: Laboral. Cancelación de prima (Periodo 1 de enero a 31 de julio de 1997). Juzgado: Juzgado 3ro de Trabajo y Seguridad Social. Monto litigado: Bs1.256.596. Probabilidad de éxito: Media.

Resumen: En fecha 17 de junio de 1999 el Sindicato de Trabajadores de Aguas del Illimani S.A presentó demanda contra Aguas del Illimani S.A. por el objeto señalado y en el Juzgado 3ro de Trabajo se emitió la Sentencia N°64/2000 de 14 de diciembre de 2000 por la que se declaró probada en parte la demanda del Sindicato y se dispuso que la empresa pague la prima (de enero a julio de 1997) por un total de Bs474.600.

Apelada, por el Auto de Vista N°191/07 la Sala Social Administrativa Primera de la Corte de Distrito de La paz “revoca en parte la sentencia apelada en lo que se refiere al monto erradamente reconocido, quedando subsistente el reconocimiento de primas a favor de los 509 trabajadores.

En fecha 15 de noviembre de 2007 la empresa EPSAS planteó el recurso de casación contra el menciona-do Auto de Vista, en consecuencia, la Sala Social Adm. Primera de la Corte Suprema de Justicia, mediante el Auto Supremo N°280 de 27 de mayo de 2008, declaró infundado el recurso planteado por EPSAS, con costas; y, este fallo ya no admite otro recurso, en consecuencia, en ejecución de fallos corresponde cumplir a la empresa con el fallo de la autoridad judicial.

Radicado en el juzgado de origen, en fecha 10 de diciembre de 2008 EPSAS fue notificada por el Juzgado 3ro de Trabajo y Seguridad Social que le conmina al pago de Bs420.146 dentro del tercer día de su noti-ficación. Frente a ella fue planteado un incidente de nulidad en la notificación, que mediante la Resolución N° 11/2009 de 17 de febrero de 2009 el juzgado rechazó.

En fecha 5 de mayo de 2009 EPSAS fue notificada con la Resolución N° 11/2009 y mediante Auto de 8 de mayo de 2009 se ejecutoria dicha resolución y notificada (la ejecutoria) a EPSAS en fecha 15 de mayo de 2009.

En fecha 22 de mayo de 2009, el Sindicato reiteró retención y remisión de fondos, en consecuencia en fecha 23 de mayo de 2009 el juez decretó “Ofíciese al Viceministerio de Tesoro y Crédito Publico, dependiente del Ministerio de Hacienda, para que procedan a la retención de fondos en las cuentas que pudiera tener EPSAS sea hasta la suma de Bs420.146, con formalidades de ley”, providencia que está pendiente de notificación.

El juez en fecha 15 de junio de 2009 envió oficio de retención al Viceministerio de Tesoro y Crédito Público, dependiente del Ministerio de Hacienda y su Director Gral., señor Nolasco Soliz en fecha 13 de julio de 2007 contestó al juez indicando que EPSAS no tiene cuenta corriente en los administradores delegados (Bco. Unión y Banco Mercantil) de SICF, por tanto no puede dar cumplimiento a lo dispuesto por esa autoridad. A julio de 2009 el juez providenció: “Se tiene presente y en conocimiento de la parte demandante”.

El Sindicato en fecha 1 de septiembre de 2009 solicitó disponga retención y remisión de Bs420.240 través de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, por lo que en fecha 2 de septiembre de 2009 el juez dispuso se oficie a la ASSF para que proceda a la retención de la cuenta de EPSAS N° 1020115028001 de Banco Nacional de Bolivia y sea hasta la suma de Bs420.240, en consecuencia el juzgado cursó oficio a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, entregando el mismo en fecha 13 de octubre de 2009. El Banco Nacional de Bolivia contestó al juzgado que EPSAS no es titular de la cuenta N° 1020115028001 por lo que no dará cumplimiento a la ordenado.

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MEMORIA ANUAL 2009

En fecha 11/11/2009 el Sindicato pidió se expida mandamiento de aprehemio contra Víctor Hugo Rico, en consecuencia, en fecha 14/11/2009 el juez providenció “Siendo el estado de la causa y de acuerdo a los datos del proceso se conmina por ultima vez a la parte demandada a pagar dentro del tercer día de su legal notificación la suma de Bs420.240 bajo alternativa de apremio en caso de incumplimiento, con formalidades de ley”.

Notificada EPSAS con la providencia citada, en fecha 27 de noviembre de 2009 realizó el depósito judicial correspondiente por el monto de Bs420.240 que se tiene por adjuntado.

En fecha 2/12/2009 el juez dispuso que con carácter previo el Sr. Lorenzo Quisbert adjunte personería y con la firma de todos los componentes del Sindicato de trabajadores de Aguas del Illimani S.A.

Estado de la causa: Para el endose y desglose correspondiente. El proceso es patrocinado por el Estudio Guevara & Gutiérrez, que señaló como domicilio procesal la Of.108, Piso 1 del Edif. Ayacucho.

2) Demandante: Sindicato de Trabajadores de Aguas del Illimani S.A. Tipo de proceso: Laboral. Pago de salarios dominicales. Juzgado: Sala Social y Administrativa II de la Cortes Suprema de Justicia. Monto litigado: Bs2.788.480. Probabilidad de éxito: Media. El Auto Supremo Nº 1043 de 20 de octubre de 2006, que anuló el Auto de Vista Auto N°015/05-SAA-I, dispone se dicte otra resolución bajo los principios de congruencia, pertinencia y exhaustividad.

Resumen: En el año 1999, el Sindicato planteó la demanda por salarios dominicales en el Juzgado Sexto de Trabajo, y mediante Sentencia N°35/2001, de 3 de agosto de 2001, el juez declaró improbada la demanda y probada la excepción de prescripción de la acción y de pago planteado. Esta sentencia fue apelada por el Sindicato que Sala Social y Administrativa Primera de la Corte de Distrito de La Paz me-diante el Auto de Vista N°311/06-SAA-I, de 8 de enero de 2007, confirma la sentencia apelada, con solo la corrección respecto de la excepción de prescripción que deberá decir probada en parte.

Contra el referido auto de vista el sindicato de trabajadores de Aguas del Illimani interpuso el recurso de casación en la forma y en el fondo, con la respuesta de EPSAS el caso fue remitido a la Corte Suprema de Justicia – Sucre.

En fecha 13 de marzo de 2008 la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió el Auto Supremo N° 119 – Social por el que declara infundado el recurso de casación del sindicato; por tanto un fallo favorable a la empresa.

Estado de la causa: El expediente devuelto y archivad, bajo el registro 32, letra “S”, de la gestión 2009.

3) Demandantes: Manuel Vallejos Quispe, Américo Romero Enríquez, Cruz Quispe Choquehuanca. Tipo de proceso: Social Objeto de la demanda: Reincorporación a la fuente de trabajo. Juzgado: Quinto de Trabajo y Seguridad Social. Monto litigado: N/D Probabilidad de éxito: Media.

Resumen: En fecha 29 de julio de 2005, Aguas del Illimani S.A recibió la demanda de los señores nom-brados, que demandan la reincorporación a la fuente de trabajo, argumentando que la empresa les ha despedido en tiempo en el que estaban con fuero sindical.

Frente a la demanda, en fecha 8 de agosto de 2005, fue opuesta las excepciones previas, y contestada en forma negativa. Estado de la causa: Está para la resolución de las excepciones previas opuestas. En archivo.

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4) Demandantes: Benjamín Quispe Quile, Emeterio Carita, Antonio Choquehuanca, Antonio Rodríguez, Arturo Flores Cruz, Carlos Poma y Otros. Tipo de proceso: Social Objeto de la demanda: Reincorporación a la fuente de trabajo. Juzgado: Quinto de Trabajo y Seguridad Social. Monto litigado: S/D Probabilidad de éxito: Media.

Resumen: En fecha 2 de agosto de 2005, Aguas del Illimani fue notificada con la demanda de los nombra-dos, quienes demandan la reincorporación a la fuente de trabajo, argumentando que fueron despedidos en el tiempo de un conflicto colectivo.

Frente a la demanda fue opuesta excepciones previas y perentoria, así como contestada en forma negativa.

Estado de la causa: Para la resolución de las excepciones previas opuestas. En archivo.

5) Demandantes: Emeterio Carita Alarcón, Carlos Poma Yupanqui, Juan Choque Pocoaca, Cruz Quispe Choquehuanca, Domingo Huanacuni Huanca y otros. Tipo de proceso: Social Objeto de la demanda: Reincorporación y reposición de derechos Laborales. Juzgado: Quinto de Trabajo y Seguridad Social - Sala Tercera de la Corte Superior del Distrito de La Paz. Monto litigado: Bs.502.517, más reincorporación a la fuente de trabajo. Probabilidad de éxito: Media.

Resumen: En fecha 28 de agosto de 2006 la empresa AISA fue notificada con la demanda laboral por reintegro de beneficios sociales y la reincorporación a la fuente de trabajo de Emeterio Carita Alarcón, Carlos Poma Yupanqui, Juan Choque Pocoaca, Cruz Quispe Choquehuanca, Domingo Huanacuni Huan-ca y otros varios ex trabajadores, bajo el argumento que en fecha 27 de noviembre de 2000 fueron retirados sin previo aviso, y sin la posibilidad de acceder a una jubilación, por una reestructuración admi-nistrativa. Argumentaron además que Aguas del Illimani S.A. incumplió el Contrato Colectivo de esa fecha y que piden la reposición de Derechos laborales.

En el fondo el juez dictó la Sentencia No. 15/2008 de 1 de abril de 2008 por la que declara improbada la demanda probada la excepción extintiva de la pretensión de todos los actores planteado por la empresa, excepto en el caso de Jorge Tinta Chui y Jacinto Mamani Mamani, en consecuencia los demandantes plantearon el recurso de apelación y el caso fue remitido y radicado en fecha 10 de mayo de 2008 en la Sala Tercera de la Corte Superior de Distrito de La Paz. En fecha 20 de junio de 2009, fue sorteado al Dr. Ocampo, como Vocal Relator, finalmente se emitió el Auto de Vista N° 169/09-SSA-III que confirma la sentencia. Fallo favorable a la empresa.

Estado de la causa: Para la ejecutoria de la resolución y posterior archivo.

6) Demandante: Samuel Dean Sanabria López. Tipo de proceso: Social Objeto de la demanda: Pago de beneficios sociales. Juzgado: Séptimo de Trabajo y Seguridad Social. Monto litigado: Bs23.072. Probabilidad de éxito: Media.

Resumen: En fecha 26 de noviembre de 2008, EPSAS fue notificada con la demanda. Frente a la misma en fecha 26/11/2008 fue opuesta excepciones previas y perentoria, así como contestada la demanda en forma negativa.

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La excepciones fueron resueltas mediante la Resolución 007/2009 de 7 de enero de 2009 que declara Improbadas, ejecutoriada la misma, se paso a la etapa de prueba, en la que se ratificó pruebas y se absol-vió confesión provocada de parte de la demandante.

El juzgado emitió la Sentencia N° 081/2009 de 9 de noviembre de 2009 por la que declara improbada la demanda y probada la excepción perentoria de prescripción. Fallo favorable a la empresa.

Estado de la causa: Para la ejecutoria de la resolución y archivo

7) Demandante: Marcial Berdeja Beltran. Tipo de proceso: Laboral Objeto de la demanda: Pago de vacaciones y horas extraordinarias. Juzgado: Tercero de Trabajo y Seguridad Social. Monto litigado: Bs. 33.643. Probabilidad de éxito: Media.

Resumen: En fecha 18 de febrero de 2008, EPSAS fue notificada con la demanda. La misma en fecha 20/02/2008 fue contestada en forma negativa y el juez emitió el auto de apertura de la etapa de prueba, y EPSAS en fecha 25 de noviembre de 2009 ratificó, presentó y propuso pruebas de descargo.

Estado de la causa: Para la audiencia de confesión provocada.

8) Demandante: Nelva Soledad Mercado Cárdenas. Tipo de proceso: Laboral. Objeto de la demanda: Pago de beneficios sociales. Juzgado: Tercero de Trabajo y Seguridad Social. Monto litigado: Bs8.580. Probabilidad de éxito: Media.

Resumen: En fecha 24 de abril de 2009, EPSAS fue notificada con la demanda señalada. Frente a la misma en fecha 29/04/2009 fue contestada la demanda en forma negativa y planteado incidente de nulidad en la notificación.

En fecha 16 de mayo de 2009 se decretó resolución del incidente de nulidad de notificación planteado previo informe del oficial de diligencias, quien en julio de 2009 emitió. En fecha 5 de diciembre de 2009 se emitió la Resolución 519/09 rechazando el incidente.

Estado de la causa: Para la apertura de la etapa de prueba.

CASOS SOCIALES ADMINISTRATIVOS.

1) Demandante: Caja Petrolera de Salud Tipo de proceso: Administrativo. Objeto de la demanda: Aporte patronal devengado. Oficinas: Av. 16 de Julio N°1616. Edif. El Petrolero, Piso 8. Monto: Bs677.670. Probabilidad de éxito: Baja.

Resumen: En fecha 18 de febrero de 2005, Aguas del Illimani fue notificada con la Nota de Aviso N°DNCS-064-00472005, de 15 de febrero de 2005, por la que la Caja Petrolera de Salud (CPS) requirió el pago de aportes devengados por pagos de bonos de desempeño y aniversario efectua-dos por la empresa a sus trabajadores, y por la demora en la presentación de partes de retiro de algunos trabajadores.

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La Nota de aviso fue contesta en forma negativa y solicitada la reliquidación de la multa en la demora de partes de retiro, y luego de recursos de revocatoria y jerárquico fue presentada la demanda contencioso administrativa ante la Corte Suprema de Justicia.

Sin embargo, en fecha 21 de septiembre de 2005, la empresa recibió el aviso judicial del Juzgado 4 de Trabajo y Seguridad Social donde se tramita un Juicio Social seguido por Caja Petrolera de Salud sobre aportes devengados por Bs. 686.105,76, vale decir, un proceso coactivo sobre este mismo caso, con el cálculo de intereses y multas actualizadas (Ver procesos coactivos sociales).

En fecha 28 de enero de 2006 la Sala Plena de la Corte Suprema recepcionó la demanda contenciosa y según el seguimiento vía internet es como sigue:

Acciones: 28/01/2006 28/01/2006 Recepción de la causa 31/01/2006 31/01/2006 Reparto 17/07/2006 02/06/2006 Decreto de admisión 14/11/2006 08/11/2006 Decreto de autos

Estado de la causa: En la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia (Sucre).

PROCESOS COACTIVOS SOCIALES

1) Demandante: Caja Petrolera de Salud Tipo de proceso: Coactivo Social Objeto de la demanda: Aportes a la Seguridad Social Monto litigado: Bs686.106. Probabilidad de éxito: Baja. Juzgado: Cuarto de Trabajo y Seguridad Social.

Resumen: Con fecha 20 de junio de 2005, la Caja Petrolera de Salud inició el proceso coactivo social contra Aguas del Illimani S.A. por mora en aportes a la seguridad social de las gestiones 2002 y 2003, con petición de medias precautorias al Juez 4º de T. y S.S. El día 21 de junio de 2005 el Juez dictó la Reso-lución Nº 62/2005 (Auto de Solvendo) disponiendo se cite y emplace a la empresa para que dentro del tercero día a partir de su notificación pague a la Caja Petrolera el importe demandado correspondiente a aportes devengados, intereses, gastos judiciales, multas y otros. Asimismo, respecto de las medidas precautorias solicitadas ordenó se oficie a las entidades correspondientes y ordenó se proceda con el embargo preventivo de bienes hasta cubrir el monto adeudado.

La empresa, notificada con el Auto de Solvendo N°62/05, planteó las excepciones, asimismo solicitó se levanten las medidas preventivas dispuestas.

En fecha 5 de noviembre el juez dictó Resolución rechazando al recurso de revocatoria y sujetó la causa a término de prueba de diez días comunes y perentorios a partes a partir de la notificación.

En fecha 17 de mayo de 2007 el juez dictó la Sentencia No.38/07 por la que declaró firme y susbsistente la Nota de cargo No. DNCS-074-001/2005 de la Caja Petrolera, con costas, e improbadas las excepcio-nes de pago, de impersonería en el demandante y litis pendentia planteadas por la empresa y sin lugar al pedido de revocatoria del auto de solvendo. Asimismo conminó al personero legal de EPSAS a la cancelación de la suma de Bs686.105,76 dentro del tercer día de su legal notificación.

En fecha 28 de mayo de 2007 fue notificada la empresa con la sentencia, en consecuencia planteó el recurso de apelación, en consecuencia remitido el proceso a la Sala Social de la Corte de Distrito.

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MEMORIA ANUAL 2009

La Corte Superior del Distrito de La Paz emitió el Auto de Vista N° 216/09 SAA-I, de 19 de octubre de 2009 que confirma la sentencia de primera instancia, por lo que EPSAS en fecha 15 de Diciembre de 2009 EPSAS interpuso el recurso de casación o nulidad.

Estado de la causa: Para concesión del recurso y posterior traslado y envió a Sucre. Caso patrocinado por el Estudio Guevara & Gutiérrez S.C.

PROCESOS TRIBUTARIOSMUNICIPALES

1) Reclamante: Gobierno Municipal de El Alto. Objeto del proceso: Indicios de defraudación por la omisión de pago de patente municipal de funcionamiento, Patente de propaganda y publicidad urbana de las Gestiones 1995, 1996, 1997, 1998, 1999. Monto: Bs19.610, más mantenimiento de valor, intereses, multa por incumplimiento a deberes formales. Probabilidad de éxito: Media.

Resumen: En fecha 25 de enero de 2006, el Gobierno Municipal de El Alto notificó a AISA con la Vista de Cargo DR/UF/N° 002/06, de 12 de enero de 2006, por indicios de defraudación por la omisión de pago de Patente municipal de funcionamiento, Patente de propaganda y publicidad urbana de las Gestiones 1995, 1996, 1997, 1998 y 1999.

En el tiempo previsto fueron ofrecidos y presentados las pruebas de descargo.

Estado de la causa: Para la consideración de las pruebas y resolución del Gobierno Municipal de El Alto (Sin movimiento).

ADMINISTRATIVO TRIBUTARIOS

1) Reclamante: Servicio De Impuestos Nacionales - GRACO La Paz Tipo de Proceso: Tributario. Objeto del proceso: Evasión impositiva y sanciones. Monto: Bs1.295.200. Probabilidad de éxito: Baja.

Resumen: El SIN mediante Resolución Determinativa Nº227/2006, de 8 de diciembre de 2006, notificó a la empresa el resultado del Operativo 100 Orden de verificación Nº 00051000028 que determina a Aguas del Illimani como responsable de Bs930,256 por concepto omitido más accesorios de Ley, de Bs358.944 por evasión, bajo conminatoria de iniciar la Ejecución Tributaria, en caso de incumplimiento de pago en veinte días.

En fecha 8 de enero de 2007 la empresa interpuso el recurso de alzada contra la Resolución Determi-nativa No. 227/2006, y la Superintendencia Tributaria Regional La Paz emitió la Resolución de Recurso de Alzada STR/LPZ/ RA 019/2007 de 22 de junio de 2007, por la que revoca parcialmente la Resolución Determinativa Nº 227/2006 del SIN, dejando sin efecto la obligación tributaria de Bs569.463, y mante-niendo firme y subsistente la obligación de Bs9.871 por IVA de diciembre de 2002, y Bs8.499 por RC-IVA de los periodos enero, noviembre y diciembre de 2002, más el mantenimiento de valor, intereses y multa por evasión. GRACO procedió a plantear el recurso jerárquico, mismo que en la Superintendencia Tributaria General Mediante Resolución STG-RJ/0583/2007 de 16 de octubre revoca parcialmente la Resolución STR/LPZ/RA0319/2007 de 22 de junio de 2007 y mantiene firme y subsistente el monto de Bs1.248.999 por tributo omitido.

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Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento

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En fecha 18 de enero de 2008 la empresa presentó recurso contencioso Administrativo y según el segui-miento vía internet en la Corte Suprema de Justicia es como sigue:

Acciones: 31/01/2008 31/01/2008 Recepción de la causa 31/01/2008 Reparto 20/02/2008 11/02/2008 Decreto de observación 16/06/2008 07/03/2008 Admisión de la demanda y traslado 16/06/2008 07/03/2008 Libérese provisión citatoria 10/09/2008 27/08/2008 Resérvese su consideración 02/10/2008 18/09/2008 Decreto de arrímese 02/10/2008 18/09/2008 Respondida la demanda y traslado para la réplica 27/10/2008 13/10/2008 Por presentada réplica y traslado para dúplica 05/11/2008 29/10/2008 Autos para sentencia 13/11/2008 10/11/2008 Decreto

Estado de la causa: En la Sala plena de la Corte Suprema de Justicia previo sorteo del Ministro Relator. Se sugiere realizar viaje a Sucre para realizar seguimiento de cerca.

Sin embargo, en fecha 2 de abril de 2008 la empresa fue notificada por GRACO La Paz, con la cédula de notificación de la Providencia N° GGLP-ACC-PIET-063/08, de 28 de febrero de 2008, de GRACO La Paz, por la que se comunica a EPSAS que GRACO dará inicio a la ejecución tributaria de la Resolu-ción de Recurso Jerárquico STG-RJ/0583/2007, de 16 de octubre de 2007, por la suma de Bs1.248.999 (equivalente a UFV.1.049.711) al tercer día de su notificación con la citada providencia, a partir del cual se realizaran las medidas coactivas correspondientes conforme a lo establecido en el Art. 110 de la Ley 2492, concordante con el Art. 4 del D.S.27874, hasta el pago total de la deuda tributaria que deberá ser actualizada en relación a las UFV´s del día en que el monto será cancelado.

Frente a la notificación, la Jefatura del Dpto. Legal en fecha 16 de abril de 2008 ha presentado median-te un escrito solicitando de suspensión de ejecución de la resolución citada al amparo del Art. 35 del D.S.27310 reglamentario a la Ley 2492, petición que está pendiente de respuesta de GRACO La Paz. Caso patrocinado por el Estudio Tufiño & Villegas Asociados.

2) Reclamante: Servicio de Impuestos Nacionales – GRACO La Paz Tipo de Proceso: Tributario. Objeto del proceso: Omisión de pago. Tributo omitido (IUE - gestión 2003), intereses, multa por incumplimiento a deberes formales Monto: Bs18.403.026, equivalente a UFVs15.123.247. Probabilidad de éxito: Baja.

Breve resumen del proceso: En fecha 17 de enero de 2007 el SIN notificó a la empresa con la Vista de Cargo GDGLP-DF-VC-001/2007 por la que determinó deuda tributaria de Bs12.553.429 UFV por tri-buto omitido (IUE - gestión 2003), intereses, multa por incumplimiento a deberes formales, y dispuso un plazo de 30 días calendario a partir de la legal notificación para formular descargos.

La empresa en fecha 16 de febrero de 2007, mediante carta Cite GG/023/2007, presentó descargos, y en fecha 19 de junio de 2007 plateo el recurso de alzada ante la Superintendencia Tributaria regional La Paz que mediante Resolución STR/LPZ/RA 0585/2007 resolvió disponiendo ANULAR obrados hasta el informe final de fiscalización del SIN, frente la misma GRACO planteo el recurso jerárquico.

En fecha 26 de marzo de 2008 la Superintendencia Tributaria general notificó personalmente al Gerente General con la Resolución de Recurso Jerárquico STG-RJ/0195/2008 de 20 de marzo de 2008 por el que

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MEMORIA ANUAL 2009

revoca la Resolución STR/LPZ/RA0585/2007 de 23 de noviembre de 2007 dejando firme y subsistente la Resolución Determinativa No. 124/2007, en consecuencia EPSAS planteo el recuso contencioso admi-nistrativa ante la Corte Suprema de Justicia de Sucre.

Según seguimiento vía internet en la Corte Suprema de Justicia es como sigue:

Acciones: 14/07/2008 14/07/2008 Recepción de la causa 14/07/2008 Reparto 30/07/2008 14/07/2008 Cargo de recepción de expediente 30/07/2008 14/07/2008 Registro de expediente y numeración 30/07/2008 24/07/2008 Admisión de la demanda y traslado 30/07/2008 24/07/2008 Libérese provisión citatoria 19/12/2008 11/12/2008 A sus antecedentes 16/01/2009 08/01/2009 Decreto de apersonamiento 16/01/2009 08/01/2009 Respondida la demanda y traslado para la réplica 04/02/2009 29/01/2009 Por presentada Réplica y traslado para dúplica 13/03/2009 10/02/2009 Por presentada la dúplica 13/03/2009 10/02/2009 Autos para sentencia

Estado de la causa: En la Sala plena de la Corte Suprema de Justicia, previo sorteo del Ministro Relator. Se sugiere realizar viaje a Sucre para realizar seguimiento.

Sin embargo, en fecha 3 de diciembre de 2008 la empresa fue notificada por GRACO LA PAZ, con la cédula de notificación de la Providencia N° GGLP-ACC-PIET-1994/08, de 14 de noviembre de 2008, de GRACO La Paz, por la que se comunica a EPSAS que GRACO dará inicio a la ejecución tributaria de la Resolución de Recurso Jerárquico STG-RJ/0195/2008, de 20 de marzo de 2008, la cual mantiene firme y subsistente la Resolución Determinativa Nº 124/2007, de 30 de abril de 2007, por la suma de Bs18.403.026 (equivalente a UFVs15.123,247) al tercer día de su notificación con la citada providencia, a partir del cual se realizaran las medidas coactivas correspondientes conforme a lo establecido en el art. 110 de la Ley 2492, concordante con el art.4 del D.S.27874, hasta el pago total de la deuda tributaria que deberá ser reliquidada y convertida en moneda nacional a la fecha de pago conforme al art 47 de Ley 2492.

Frente a la misma notificación, la Jefatura del Dpto. Legal en fecha 8 de diciembre de 2008 ha presentado, mediante escrito, la solicitud de suspensión de ejecución de la resolución citada al amparo del art.35 del D.S. 27310 reglamentario a la Ley 2492. Dicha solicitud está dependiente de respuesta en GRACO LA PAZ. Caso patrocinado por el Estudio Tufiño & Villegas Asociados.

NOTA 24 HECHOS POSTERIORES

Con posterioridad al 31 de diciembre de 2009 y hasta la fecha de emisión del presente informe, no se han producido otros hechos o circunstancias que afecten en forma significativa los estados financieros de la Empresa.

Lic. Namy Herrera Lic. Victor Hugo Salas Ing. Victor Hugo Rico Jefe Departamento Contable Gerente Administrativo Financiero Gerente General

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Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento

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INFORMACION RELEVANTE DE LA GESTIÓN

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MEMORIA ANUAL 2009

EPSAS CUMPLE, LOS RESULTADOS EVIDENCIAN NUESTRO TRABAJO

Gestión conjunta del Gobierno Nacional, la Cooperación Internacional, sus Municipalidades y la propia Empresa

Presidente, Ministro, representantes de la Cooperación Internacional, dirigentes y gerente de EPSAS,

inauguran obras en el Distrito 7 El Alto

Obras de ampliación planta de potabilización de agua potable Alto Lima

732 Km. de tubería de agua potable y alcantarillado sanitario para

La Paz y El Alto

Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento (EPSAS)Proyectos ejecutados y comprometidos por el gobierno nacional - apoyo de la cooperacion internacional

Ciudad Nombre del proyecto Poblacion beneficiada

[HAB]Conexiones Presupuesto $US. Financiador Longitud ML

Participación EPSAS en la ejecucion de obras

El Alto Obras de mejoramiento sistema tuni El Alto 946,493 620,600

Contravalor Japon -GMEA

Fiscalización

El Alto Obras de mejoramiento sistema Tilata El Alto 160,335 354,200 Fiscalización

El Alto Sistema de agua potable extensiones menores El Alto 6,048 1,210 343,837 15,540 Fiscalización

El Alto Renovaciones agua potable El Alto 7,187 1,437 228,389 11,900 Fiscalización

El Alto Extensiones menores de alcantarillado sanitario 2,136 427 447,868 10,000 Fiscalización

El Alto Sistema de agua potable tejada Alpacoma 604 121 36,090 Contravalor Japon -GMEA 1,919 Fiscalización

El Alto Redes de alcantarillado sanitario distrito 4 (150 Has.) 2,129 422 562,480 Gob. Canada -GMEA 13,566 Supervision

El Alto Sistema de alcantarillado sanitario distrito 12 1ra etapa 11,728 2,346 1,160,719

Contravalor Japon -GMEA

20,230 Fiscalización

El Alto Sistema de agua potable distrito 3 Ramales 37,410 1,223,573 10,000 Fiscalización

El Alto Sistema de agua potable distrito 12 Ramales 36,711 381,913 9,918 Fiscalización

El Alto Sistema de agua potable, red y conexiones distrito 7 7,650 4,001 1,250,274 Gob. Holanda - GMEA 110,000

El Alto Redes de agua potable distrito 7 ramales 19,496 339,204 Gob. Canada - GMEA 8,733 Supervision

El Alto Sistema de alcantarillado sanitario distrito 7 (colectores de primer orden y emisarios) 29,218 2,093,381 Pasaas - GMEA 39,700

El Alto Planta de tratamiento de aguas residuales distrito 7 primera etapa 23,591 4,409,308 Caf - GMEA Fiscalizacion

El Alto Alcantarillado sanitario Bautista Saavedra Uve - Puerto Camacho 5,730 1,146 457,844 Chf-Epsas-GMEA 12,246 Supervision

El Alto Sistema de alcantarillado sanitario (colectores de primer orden) distrito 8 22,100 3,185,650 Pasaas - GMEA 17,200

El Alto Ramales sector norte distrito 8 agua potable 29,602 272,385 Canada - GMEA 6,142 Supervision

El Alto Sistema de agua potable (tendido de ramales principales) distrito 8 22,181 1,249,726 Gob. Holanda - GMEA 20,600

El Alto Sistema de abastecimiento de agua potable zona Alto Miraflores 1,260 252 69,402Contravalor Japon -GMEA

3,918 Fiscalización

El Alto Sistema de abastecimiento de agua potable Zona Villa Imperial 701 140 31,865 1,608 Fiscalización

Viacha Sistema de agua potable distrito 7 Viacha PP 4,032 806 179,845 Contravalor Japon -GMEA 10,000 Fiscalización

Viacha Sistema de agua potable distrito 7 Viacha fase I 1,450 43,445 Financiamiento Catalan 7,754 Supervision

El Alto Ampliación planata de tratamiento de aguas residuales Puchukollo etapa 1a 946,493 7,916,711Proyectos De Emergencia Tgn - GMEA

Fiscalizacion

El Alto Ampliación planta de tratamiento de agua potable El Alto 160,335 1,444,714 Fiscalizacion

La Paz Construcción muros de protección Hampaturi fase 2 6,048 297,354 Supervision

Laja Sistema de agua potable Laja 1,100 220 321,685 Financiamiento Catalan 6,040 Supervision

El Alto Renovacion y mejoramiento de pozos en el sistema Tilata 160,335 669,536 Passas - EPSAS Supervision

La Paz Ampliacion y expansion del servicio de alcantarillado sanitario para la zona de Arenales 701 105 78,979 Passas - EPSAS 1,778 Supervision

La Paz Ampliacion y expansion del servicio de alcantarillado sanitario para la zona Villa Zalome 634 203 57,907 Passas - EPSAS 2,050 Supervision

La Paz Ampliacion y expansion del servicio de agua potable para la zona de Huancane 2,154 95 102,990 Passas - EPSAS 3,172 Supervision

Total 12,931 29,831,874 344,014

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Intervención en Fuentes

Se ha generado iniciativas para la ela-boración de diseños finales de represas para posibilitar inversiones importantes para la construcción de las represas de Alto - Hampaturi, Huayna Potosí y la perforación de nuevos pozos en TilataActualización del Plan Maestro de Agua Potable para La Paz y El Alto

El Plan Maestro de Agua Potable per-mitirá garantizar la continuidad, regula-ridad, calidad del servicio, la protección del medio ambiente y de los recursos naturales bajo un enfoque de manejo integrado de Cuencas, proyectando la ampliación y mejoramiento del servicio de abastecimiento de agua hacia los siguientes 30 años en el eje metropo-litano de La Paz.

Basado en un análisis per-manente de la evolución de reservas de agua en fuentes, la empresa establece estra-tegias de trabajo ante los po-tenciales efectos del cambio climático, los mismos que muestran claras evidencias en el retroceso de los gla-ciares que alimentan a las represas de Tuni Condoridri, Milluni y Hampaturi.Desde abril del 2008 se ha registrado déficit de precipi-taciones dando como resul-tado la reducción de los vo-lúmenes embalsados. Frente a esa situación, se gestiona una serie de líneas de acción en el ámbito de prevención basados en un enfoque de manejo integrado de los recursos hídricos y cuencas, enfoque que se incluye en

los estudios de aprovecha-miento de nuevas fuentes de agua para La Paz y El Alto. “Estrategias para asegurar el abastecimiento de agua para las ciudades de La Paz y El Alto”: Documento dise-ñado por personal técnico de EPSAS en el marco de la mitigación de los efec-tos del cambio climático, orientado básicamente a la optimización del aprove-chamiento de los recursos hídricos, ampliación de las fuentes de abastecimiento de agua, coadyuvando a los proyectos de investigación, determinación del potencial hidrogeológico de los recur-sos de agua subterránea y la educación e información ciu-dadana sobre el uso racional del agua.

Investigación – cambio cli-mático Durante agosto de 2008, un equipo conjunto conforma-do por técnicos de EPSAS, el Instituto de Hidráulica e Hidrología de la UMSA (UMSA-IHH), la Universidad Libre de Bruselas (ULB), la Cooperación Francesa me-diante el Instituto de Inves-tigaciones para el Desarrollo -IRD, se inició el monitoreo

del retroceso del glaciar Tuni, en la cuenca del mis-mo nombre.Mediante este proyecto de investigación se busca deter-minar el rol regulador de los glaciares en la disponibilidad de agua en las represas que administra EPSAS.Es preciso hacer notar que éste es el primer glaciar que es equipado y monitoreado por un equipo boliviano.

Pérdida de glaciares son motivo de evaluación permanente por expertos bolivianos y técnicos de EPSAS

Frente a las manifestaciones de los efectos del cambio climático

Se plantean estrategias para asegurar el normal abastecimiento de agua potable

EPSAS elaboró y concretó plan de contingencias para enfrentar la sequía

Ante la sequía registrada durante los dos años recientes, EPSAS ejecuta el Plan de contingencias, como mecanismo de gestión para garantizar la sostenibilidad del servicio de agua potable. El plan considera medidas técnicas, humanas y organizativas suficientes para la prestación del servicio.

• RenovacióneImplementaciónde Válvulas

•Aprovechamientoeficientedefuentes

• Explotacióndevertientesnotradicionales y reservorios

• CampañassobreelUsoAdecuado del Agua

Trabajadores de EPSAS realizan trabajos de mantenimiento de tubería para transferencia de agua entre sistemas. Obras de interconexión.

Acciones inmediatas y a corto plazoTransferencias de apoyo entre sistemas de distribución

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MEMORIA ANUAL 2009

Eficiencia del servicio, motivo de satisfacción

El marco contractual (Con-trato de Concesión), esta-blece que la Empresa Pública Social de Agua y Saneamien-to (EPSAS) debe realizar actividades que permitan garantizar tanto la cantidad como la calidad del servicio. Motivo de satisfacción por el cumplimiento a un com-promiso asumido el 2007, a continuación algunos indica-dores de referencia:S 285 mil usuarios (conexio-nes) en La Paz y El Alto.S 1.5 empleados por cada 1000 conexiones, el pará-metro internacional estable-ce 2 trabajadores.El factor de eficiencia inter-nacionalmente aceptado es 2, EPSAS tiene un factor de 1.5 (Muy eficiente). El resto de empresas de Bolivia tie-nen factores mayores a 2, lo que representa que estas empresas tienen una canti-dad mayor a la establecida como eficiente.S 9.500 conexiones de agua potable promedio año.S Una de las Tarifas más bajas del país, EPSAS aplica una Tarifa Solidaria con ca-rácter social con un costo de Bs.- 1,78 por metro cúbico.S 70 millones de metros cúbicos de producción de agua potable por año para

atender nuestros 4 sis-temas de distribución.S 428 Trabajadores, hombres y mujeres brindan su esfuerzo y compromiso a La Paz y El Alto.S Laboratorios equipa-dos y con certificación

ISO 17025 garantizan la cali-dad del agua para consumo humano.S Premios Internacionales y reconocimientos locales acreditan lo expresado.

S Fortalecimiento Institucio-nal, inversión permanente para la instalación de equi-pos de producción para el control de fuentes y repre-sas, restitución de equipos y herramientas para el manejo y mantenimiento de redes, equipos para el estudio in-tegral de perdidas de agua, actualización y renovación de equipos de laboratorio a fin de mantener certifi-cación ISO, actualización de equipos servidores y actualización de sistemas informáticos, renovación de maquinaria, vehículos y motocicletas, equipamiento de oficinas administrativas y compra de terrenos para instalación de nuevas estruc-turas de producción.

Las nuevas obras permiten mayor cobertura de agua

EPSAS recibió premio a la calidad en Abiqua Brasil

La Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento (EPSAS) con la finalidad de motivar el uso racional del agua potable en la ciudad de La Paz y El Alto ejecuta la campaña “Cuidando el Agua, Cuidamos la Vida”, cuya estrategia se basa en la información para el cono-cimiento, información para la toma de conciencia y la consejería para el cambio de conducta. Mediante esta campaña se busca lograr cambios en los hábitos de uso, consumo y manejo del agua potable a objeto de prepararnos ha-cia los años venideros con fuertes manifestaciones de los efectos del cambio cli-mático global. Para ello se ejecuta un amplio programa de educación y orientación ciudadana mediante pro-cesos de comunicación e informaciónPlan educativoEl Plan Educativo, conside-ra la capacitación y con-cienciación sobre el uso adecuado del agua a maes-tros, niños y niñas de am-

bas ciudades. Solamente en la gestión 2009 fueron capacitados 120 maestros y 2.500 niños de 50 esta-blecimiento educativos fis-cales y privados.Se ha completado la pro-ducción de material im-preso, de audio y video, los mismos que apoyan sendos eventos externos en barrios, urbanizaciones, centros comunitarios ba-rriales, talleres y seminarios con dirigentes y líderes de opinión, visitas y pre-sentaciones en medios de comunicación masiva, re-corridos por plazas, calles y avenidas de La Paz y El Alto.Alianzas estratégicasEPSAS impulsa alianzas es-tratégicas, en ese marco se adhiere a la conformación de la “Plataforma por el Ahorro del Agua”, cuyos integrantes son: El Minis-terio de Medio Ambiente y Agua, la Prefectura del Departamento de La Paz, los Gobiernos Municipales de La Paz y El Alto, la GTZ y EPSAS, que en forma co-ordinada desarrollan activi-dades para motivar el uso adecuado del agua.

Preparándonos para un futuro de efectos del cambio climático EPSAS impulsa la campaña “Cuidando el Agua, Cuidamos la Vida” para el uso racional del agua

EPSAS organizó 1ra. Feria Educativa en la Plaza Villaroel con la participación de 50 unidades educativas y más de 2500 niños y niñas de La Paz y El Alto