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PROYECTO DE BASES LA MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA IXTAHUACÁN, DEL DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ A TRAVÉS DEL PORTAL DE TRANSPARENCIA DEL GASTO PÚBLICO DENOMINADO GUATECOMPRAS EFECTÚA LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA, LA QUE TIENE POR OBJETO LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO: MEJORAMIENTO SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO ALDEA LA CEIBA, SANTA CATARINA IXTAHUACAN, SOLOLA TODO AQUEL INTERESADO EN PARTICIPAR DEBE DE APEGARSE A LAS PRESENTES BASES QUE REGIRAN EL CONCURSO Y ASISTIR A LA APERTURA PÚBLICA DE LAS PLICAS QUE SE PRESENTEN. Nota importante: Artículo 3.- Disponibilidad presupuestaria. Los organismos del Estado, entidades descentralizadas y autónomas, unidades ejecutoras y las municipalidades a que se refiere el artículo primero, podrán solicitar ofertas aun si no se cuenta con las asignaciones presupuestarias que permitan cubrir los pagos. Para la adjudicación definitiva y firma del contrato, si se requerirá la existencia de partida y créditos presupuestarios que garanticen los recursos necesarios para realizar los pagos por los avances de ejecución a ser realizados en el ejercicio fiscal correspondiente. Solicitadas las ofertas no podrá transferirse la asignación presupuestaria para otro destino, salvo que se acredite que los recursos no serán utilizados durante el ejercicio fiscal en vigor para cubrir avances de ejecución. Cuando el contrato continúe vigente durante varios ejercicios fiscales, la entidad contratante debe asegurar las asignaciones presupuestarias correspondientes. La contravención a lo dispuesto por el presente artículo, hace responsables a los funcionarios o empleados correspondientes de lo establecido en el artículo 83 de la presente Ley, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que haya lugar.

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PROYECTO DE BASES

LA MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA IXTAHUACÁN,

DEL DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ A TRAVÉS DEL PORTAL

DE TRANSPARENCIA DEL GASTO PÚBLICO DENOMINADO

GUATECOMPRAS EFECTÚA LA PRESENTE LICITACIÓN

PÚBLICA, LA QUE TIENE POR OBJETO LA EJECUCIÓN

DEL PROYECTO DENOMINADO:

MEJORAMIENTO SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO ALDEA LA CEIBA, SANTA CATARINA IXTAHUACAN, SOLOLA TODO AQUEL INTERESADO EN PARTICIPAR DEBE DE

APEGARSE A LAS PRESENTES BASES QUE REGIRAN EL

CONCURSO Y ASISTIR A LA APERTURA PÚBLICA DE LAS

PLICAS QUE SE PRESENTEN. Nota importante: Artículo 3.- Disponibilidad presupuestaria. Los organismos del Estado, entidades descentralizadas y autónomas, unidades ejecutoras y las municipalidades a que se refiere el artículo primero, podrán solicitar ofertas aun si no se cuenta con las asignaciones presupuestarias que permitan cubrir los pagos. Para la adjudicación definitiva y firma del contrato, si se requerirá la existencia de partida y créditos presupuestarios que garanticen los recursos necesarios para realizar los pagos por los avances de ejecución a ser realizados en el ejercicio fiscal correspondiente. Solicitadas las ofertas no podrá transferirse la asignación presupuestaria para otro destino, salvo que se acredite que los recursos no serán utilizados durante el ejercicio fiscal en vigor para cubrir avances de ejecución. Cuando el contrato continúe vigente durante varios ejercicios fiscales, la entidad contratante debe asegurar las asignaciones presupuestarias correspondientes. La contravención a lo dispuesto por el presente artículo, hace responsables a los funcionarios o empleados correspondientes de lo establecido en el artículo 83 de la presente Ley, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que haya lugar.

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INDICE

SECCIÓN I INVITACIÓN A LICITAR

SECCIÓN II BASES QUE REGIRÁN LA OBRA

SECCIÓN III GARANTÍAS CONTRACTUALES

SECCIÓN IV SANCIÓN PECUNIARIAS

SECCIÓN V ADJUDICACIÓN

SECCIÓN VI FORMULARIO DE LICITACIÓN DE PRECIOS

SECCIÓN VII MODELO DE PRESENTACIÓN DE OFERTA (RENGLONES

DE TRABAJO)

SECCIÓN VIII MODELO DE PRESENTACIÓN DE OFERTA (INTEGRACIÓN

DE COSTOS UNITARIOS)

SECCIÓN IX ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROYECTO.

(PODRÁN ADQUIRIRLAS EN LA DIRECCIÓN MUNICIPAL

DE PLANIFICACIÓN)

SECCIÓN X PLANIFICACIÓN (PLANOS) DEL PROYECTO. (PODRÁN

ADQUIRIRLOS EN LA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE

PLANIFICACIÓN)

SECCIÓN XI MODELO DE CONTRATO

SECCIÓN XII ROTULACIÓN DE SOBRES

SECCIÓN XIII CONSTANCIA DE VISITA DE CAMPO

SECCIÓN XIV MODELO DE CARTA DE OFERTA

SECCION XIV DICTAMEN TÉCNICO

SECCIÓN XVI INVITACIÓN A OFERTAR

ÓSECCI N XVII INTEGRANTES DE LA JUNTA DE LICITACIÓN

ÓSECCI N XVIII ACREDITACIÓN

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BASES PARA PROYECTOS CON FONDOS DE GOBIERNOS LOCALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021

LICITACIÓN NÚMERO 12C-2021

TÉRMINOS DE REFERENCIA:

SECCIÓN II

BASES QUE REGIRÁN LA OBRA Artos. 18 y 19 Ley de Contrataciones del Estado.

INSTRUCIONES A LAS EMPRESAS CONSTRUCTORAS OFERTANTES:

1). DEFINICIONES: Para efectos de licitación los términos que se consignan en el segmento se interpretan como allí se indica y solo así:

Nombre del proyecto: MEJORAMIENTO SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO ALDEA LA CEIBA, SANTA CATARINA IXTAHUACAN, SOLOLA.

Municipio: Santa Catarina Ixtahuacán Departamento: Sololá. Autoridad Superior: La Corporación Municipal de acuerdo con el Artículo 9

de la Ley de Contrataciones del Estado o Concejo Municipal.

Autoridad Administrativa Superior: Es la autoridad no colegiada que ocupa el orden

jerárquico superior en la Municipalidad (Alcalde). Invitación a Cotizar: Solicitud girada por la Municipalidad de Santa

Catarina Ixtahuacán del departamento de Sololá, para que coticen los trabajos específicos para la ejecución de la Obra. Podrán participar en el Régimen de COTIZACION, las Constructoras que se enteren por medio del sistema de Internet en GUATECOMPRAS y/o invitadas directamente.

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Documentos de Licitación: Los Documentos de licitación son los siguientes: Bases

de licitación, Especificaciones generales, técnicas, disposiciones especiales y Planos, las bases de licitación pueden ser adquiridas en el portal de GUATECOMPRAS y/o en la Dirección Municipal de Planificación, teniendo en el último caso el costo por reproducción de los mismos.

Ofertas: Propuesta presentada por una persona individual o

jurídica ofreciendo los suministros bienes o servicios.

Oferente: Persona individual o jurídica que presenta oferta a la

licitación. Plica: Sobre cerrado, sellado y debidamente identificado que

contiene los documentos solicitados en los Documentos de licitación.

Junta de licitación: Único órgano competente para recibir, calificar y

adjudicar el negocio. Colusión: La existencia de acuerdo entre dos o más oferentes

para lograr en forma ilícita la adjudicación

Adjudicatario: Persona individual o jurídica a quien la junta de licitación otorga concurso.

Adjudicación definitiva: Es la adjudicación aprobada por la autoridad

administrativa superior. Contratista: Adjudicatario con quien se suscribe un contrato para

la ejecución de la Obra. Contrato: Documento suscrito entre la Municipalidad de Santa

Catarina Ixtahuacán, Sololá, y el adjudicatario para el suministro del bien o servicio, en el que constan las obligaciones y derechos de la Municipalidad y del Contratista para la ejecución de la Obra del cual forman parte todos los documentos que puedan derivarse de este proceso.

Adendum: Documento de corrección de datos mal consignados en

las bases de licitación siempre que no sean de fondo. El cual se emite con posterioridad al haber sido detectado algún error involuntario.

Ley de Contrataciones del Estado: Decreto número 57-92 del Congreso de la República de

Guatemala y sus reformas. Reglamento: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,

(Acuerdo gubernativo No. 122-2016) Ley del Impuesto al Valor Agregado: Decreto número 27-92 del Congreso de la República de

Guatemala.

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2). CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LOS OFERENTES: PREPARACIÓN DE LA OFERTA:

Las empresas oferentes para el presente concurso, deberán contar con la capacidad financiera de ejecución desde cuatro millones de quetzales (Q. 4,000,000.00), y con especialidad: 4226 SISTEMA DE SANEAMIENTO Y DRENAJE verificada en el Registro General de Adquisiciones del Estado. BASE LEGAL: Decreto 9-2015 del Congreso de la República de Guatemala, Artículo 39 transitorio. Artículo 18 y 19 de la Ley de Contrataciones del Estado. Acuerdo Gubernativo 170-2018 artículo 24. Absorción de Registros y artículo 27 Registro de Precalificados de obras, artículo 29 traslado de información. Las empresas oferentes deberán examinar la totalidad de la documentación, las condiciones y las especificaciones que rigen para la licitación. Solo se aceptará una oferta por persona individual o jurídica, caso contrario el oferente será descalificado. La empresa oferente proveerá toda la información requerida en la invitación a cotizar en sobre debidamente sellado, no se tomará en cuenta ofertas que presenten borrones, enmiendas, raspaduras, omisiones, adiciones o entrelineados que no estén debidamente salvados antes de la firma del representante legal. Las ofertas deben ser escritas en idioma español, a máquina como mínimo y contener el precio unitario, desglose y el total de cada uno de los renglones que la integran (los renglones que se indican en el cuadro de cantidades estimadas de trabajo a ejecutar contenido en la Sección VII, Sección VIII) y el precio total de la oferta deben ser fijos, inalterables, calculados tomando en cuenta las disposiciones estipuladas en los documentos de licitación y expresados en quetzales, moneda de curso legal, tanto en números como en letras. BASE LEGAL: Artículo 6 de la Ley de Contrataciones del Estado.

Los precios unitarios deben incluir el pago de cada uno de los gastos en que se incurra para la elaboración y entrega de la oferta, el pago de todos los impuestos aplicables incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA). BASE LEGAL: Artículo 32 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, Artículo 2 numeral 6 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y sus Reformas. Además debe contener su dirección, número de identificación tributaria NIT, sello y la fecha. No se aceptarán solicitudes de reajuste de precios después de que la oferta haya sido presentada.

En ningún caso se admitirán en la oferta condiciones que modifiquen o tergiversen las Bases de licitación. BASE LEGAL: Artículo 9 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Los proveedores nacionales, deberán estar inscritos en el REGISTRO GENERAL DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DEL MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS, INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL, EN LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA EN EL REGISTRO MERCANTIL GENERAL DE LA REPÚBLICA Y REGISTRO DE PRECALIFICADOS DEL MINISTERIO DE COMUNICACIONES INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, este último, si se tratare de una sociedad mercantil o comerciante individual.

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LA PLICA DEBERÁ CONTENER LOS DOCUMENTOS SIGUIENTES: (IMPORTANTE: Todas las fotocopias deberán ser autenticadas por notario correspondiente.)

I. Formulario electrónico impreso de la oferta, generado del Sistema Guatecompras, firmado y sellado.

II. Constancia Transitoria de Inscripción y Precalificación del Registro General de Adquisiciones del Estado, del Ministerio de Finanzas Públicas.

III. Constancia de visita de campo, firmada y sellada.

IV. FIANZA DE SOSTENIMIENTO DE OFERTA del 1% del valor de la oferta, que deberá de estar vigente hasta que sea sustituida por la FIANZA DE CUMPLIMIENTO, en el caso del adjudicatario. En cualquier caso, la FIANZA DE SOSTENIMIENTO DE OFERTA tendrá una vigencia de 120 días en ORIGINAL. ARTS. 64 DEL DECRETO 57-92 LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO.

V. SOLVENCIA FISCAL ACTUALIZADO Y VIGENTE (AÑO: 2021), extendida por la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).

VI. Carta del oferente con hoja membretada de su empresa, donde indique,

costo y tiempo de ejecución del referido proyecto, nombre completo del representante legal y dirección de ubicación de las oficinas, con el sello respectivo de la empresa.

VII. La oferta de acuerdo con el formulario de licitación que se adjunta en la sección VI “Formulario de Licitación”, la cual irá debidamente firmada y sellada por el oferente o su representante legal, incluyendo el plazo en que se compromete a ejecutar los servicios objeto de la licitación. ARTS. 40 Y 41 DEL DECRETO 57-92 LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO.

VIII. Resumen de Renglones de trabajo Sellado y Firmado, por el Ingeniero

y/o Arquitecto Supervisor de la Empresa y representante legal de la empresa (Modelo según Sección VII).

IX. Presupuesto total desglosado en mano de obra y materiales. Sellado y Firmado, por el Ingeniero y/o Arquitecto Supervisor de la Empresa y representante legal de la empresa (Modelo según Sección VIII).

X. Cronograma de Ejecución, Sellado y Firmado, por el Ingeniero y/o Arquitecto Supervisor de la Empresa y representante legal de la empresa.

XI. Cronograma de Inversión Sellado y Firmado, por el Ingeniero y/o Arquitecto Supervisor de la Empresa y representante legal de la empresa.

XII. Cronograma de inversión y ejecución del 20% de Anticipo, Sellado y Firmado, por el Ingeniero y/o Arquitecto Supervisor de la Empresa y representante legal de la empresa.

XIII. Fotocopia de la patente de comercio en el caso de ser persona individual y de la patente de comercio y de sociedad en el caso de ser persona jurídica.

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XIV. Fotocopia a color del Documento Personal de Identificación DPI,

LEGIBLE del representante legal.

XV. Fotocopia de la última declaración de impuesto sobre el valor agregado y el impuesto sobre la renta, presentado ante la SAT. LEGIBLE

XVI. Fotocopia de la Constancia de inscripción y modificación al Registro Tributario Unificado de la SAT LEGIBLE.

XVII. Declaración Jurada ante Notario, reciente y en original de que el

oferente no es deudor moroso del Estado ni de las entidades a las que se refiere Artículo 1 y 19 numeral 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.

XVIII. Declaración Jurada de no estar comprendidos en ninguno de los casos a que se refiere el artículo 80 de la Ley de Contrataciones del Estado BASE LEGAL: Artículo 26 de la Ley de Contrataciones del Estado.

XIX. Declaración Jurada en Original y Reciente, que haga constar que toda la información y documentos anexos, proporcionados por el OFERENTE al Registro de Proveedores, adscrito al Ministerio de Finanzas Públicas, está actualizada y es de fácil acceso. Base Legal: Artículo 1 literal a) del Acuerdo Ministerial 24-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas.

XX. Certificación bancaria que acredite la titularidad de las cuentas y operaciones bancarias que posee, conteniendo la información siguiente: 1) Identificación del cuentahabiente; 2) Tipo de cuentas que posee en la entidad bancaria; 3) Promedio de cifras antes del punto decimal de los saldos que posee; 4) Tiempo de manejo de la (s) cuenta (s); 5) Clase de cuentahabientes; 6) Determinación si posee créditos; 7) Saldo del deudor; y 8) Clasificación o categoría del deudor de conformidad con la normativa correspondiente. Base Legal: Artículo 1 literal c) del Acuerdo Ministerial número 24-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas.

XXI. Declaración Jurada en Original y Reciente, que no existe conflicto de interés entre el oferente y el Banco que acredite la titularidad de sus cuentas bancarias. Base Legal: Artículo 1 literal d) Acuerdo Ministerial número 24-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas.

XXII. Fotocopia de la Constancia de Inscripción al IGSS.

XXIII. Oficio firmado y sellado en hoja membretada de la empresa donde se compromete a la entrega de las pruebas de laboratorio, para garantizar la calidad de los materiales según lo presentado en las especificaciones y lo que requiera en su momento el Director Municipal de Planificación y/o el Ingeniero Supervisor de Obras de la Municipalidad.

XXIV. Dos Constancias o COLEGIADOS ACTIVOS EN ORIGINAL del Ingeniero y/o Arquitecto director responsable de la empresa. La misma deberá estar VIGENTE 2,020, como mínimo (durante) el tiempo del cronograma de la oferta.

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XXV. Fotocopia a color del Documento Personal de Identificación DPI, del

INGENIERO Y/O ARQUITECTO del director responsable de la empresa. LEGIBLE.

XXVI. Experiencia Comprobada: Listado de eventos en que la empresa haya

participado. Presentando para este fin, fotocopias de contratos y los finiquitos respectivos o listado de proyectos con números de NOG DE GUATECOMPRAS y números de teléfonos de las municipalidades donde éstos fueron ejecutados, adjuntando declaración jurada correspondiente.

3). FUENTES DE FINANCIAMIENTO Y EJECUCIÓN. Artículo: 3 Ley de Contrataciones del Estado.

a) Esta obra será financiada en su totalidad, por la Municipalidad de

Santa Catarina Ixtahuacán, Sololá, con Fondos Propios.

4). PRECIOS Y MONEDA DE LA OFERTA: Los precios deberán estar expresados en QUETZALES, en letras y números.

Los precios deben tener incluidos todos los impuestos, incluyendo el impuesto al valor agregado (IVA), y cualquier otro impuesto local que sea aplicable. Si existieran diferencias entre los montos expresados en números y letras, la que se tomará como válida será la cantidad expresada en letras.

No se aceptarán solicitudes de reajuste de precios después que la oferta haya sido presentada.

5). CONSULTAS Y ACLARACIONES: Las empresas invitadas podrán solicitar aclaraciones sobre los documentos de la invitación a cotizar. Las consultas deberán ser formuladas por escrito, entregada directamente o en línea por medio del sitio de Internet, a más tardar el día hábil antes de la apertura de plicas, hasta las 12:00 horas (medio día). La Municipalidad dará respuesta por escrito a las consultas que le sean formuladas en el sitio de Internet en la brevedad posible. En las respuestas, las que serán enviadas a todos los participantes por medio del sitio Web de GUATECOMPRAS, se consignarán las consultas y las respuestas, sin identificar quien las formuló.

6). VALIDEZ DE LA OFERTA: El oferente deberá garantizar que su oferta tendrá vigencia desde la fecha de recepción de las ofertas hasta la aprobación de la adjudicación mediante contrato, lo cual será garantizado mediante la fianza de sostenimiento de oferta.

7). ENTREGA DE OFERTA: La oferta deberá ser entregada en la dirección indicada en la sección I (INVITACION A COTIZAR), a más tardar en la fecha y horas señaladas, en un sobre cerrado y sellado. Colocar etiqueta de identificación como se indica en la Sección XII. Las ofertas que sean presentadas fuera del plazo indicado anteriormente, NO SERÁN RECIBIDAS.

Si se determinare la existencia de colusión entre oferentes, serán rechazadas las ofertas involucradas. BASE LEGAL: Artículos 25 y 25 Bis

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de la Ley de Contrataciones del Estado y 11 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

8). DOCUMENTOS DE LICITACIÓN: Los documentos de licitación a los que se hace referencia están compuestos por las presentes bases, que se pueden adquirir en la Dirección Municipal de Planificación y/o en el portal de GUATECOMPRAS hasta el día anterior al día fijado para la recepción de ofertas.

9). DOCUMENTOS DE PLANIFICACIÓN: Los documentos de planificación a los que se hace referencia están compuestos por los planos y especificaciones técnicas, que se pueden adquirir solo y exclusivamente en la Dirección Municipal de Planificación, hasta el día anterior al día fijado para la recepción de ofertas.

10). CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS: Las ofertas serán evaluadas de acuerdo con el siguiente procedimiento:

a- Primera fase: Aplicación del artículo 29 de la ley de contrataciones

del estado y quienes se ajusten a las franjas, pasarán a la segunda fase del proceso.

b- Segunda fase: Se les realizará revisión documental de carácter excluyente, en la cual se comprobará que esté completa la documentación exigida. La falta de algunos de los documentos indicados en la sección II, “PREPARACIÓN DE LA OFERTA”, será causa justificada para rechazar la oferta. BASE LEGAL: Artículo 30 de la Ley de Contrataciones del Estado.

c- Tercera fase: Para determinar cuál es la oferta más conveniente y favorable para los intereses de la Municipalidad, de las ofertas aceptadas según el párrafo anterior, la Junta de licitación calificará las ofertas siguiendo los criterios siguientes, pudiendo calificar como máximo en los puntajes indicados: BASE LEGAL: Artículo 28 de la Ley de Contrataciones del Estado.

Para determinar cuál es la oferta más conveniente y favorable, la Junta de licitación utilizará los criterios anteriores y demás aspectos que se consideren en su momento y que puedan afectar los intereses locales. Precio total de la oferta: Es el precio que incluye la totalidad de lo concerniente a la

elaboración y entrega del proyecto cotizado.

Se otorgarán 30 puntos al oferente que ofrezca el precio más próximo al estimado, 25 puntos al segundo más próximo, 20 puntos al tercero, y 15 puntos al resto de los oferentes. En caso de que exista una discrepancia entre los montos en cifras y en letras, prevalecerán los montos en letras.

No. Criterio De Evaluación Punteo Máximo

Punteo Obtenido

01 Precio De la Oferta 30 ¿

02 Tiempo De Entrega De Los Bienes y Servicios Requeridos

25 ¿

03 Experiencia comprobada 35 ¿

04 Otros: Visita de campo 10 ¿

TOTAL DE LA CALIFICACIÓN: 100 ¿

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En caso de que exista una discrepancia entre un precio unitario y el Sub-total que resulte de multiplicar el precio unitario por la cantidad, prevalecerá el precio unitario indicado, a menos que, a criterio de la Junta de licitación, exista un error evidente en la colocación del punto decimal del precio unitario, en cuyo caso el Sub-total indicado prevalecerá y se corregirá el precio unitario.

La Junta De Licitación ajustará el monto indicado, de acuerdo con el procedimiento descrito anteriormente

Para la corrección de los errores y, con el consentimiento del Oferente, si no está de acuerdo, su oferta será rechazada.

Tiempo de entrega de los Servicios requeridos: Plazo en que será entregada la Obra.

Se otorgarán 25 puntos al oferente que ofrezca el menor tiempo, 20 puntos al segundo menor tiempo, 15 puntos al tercer menor tiempo y 10 punto al resto de los oferentes.

Los tiempos ofrecidos por los oferentes, principalmente los menores, van a ser analizados cuidadosamente por la Junta de licitación, para verificar que realmente se ajusten a la naturaleza y características del proyecto. Si el tiempo no se considera apegado a la realidad, se solicitarán las consultas con el oferente para que esclarezcan las dudas que pudieran existir, y queda a criterio de la Junta de licitación penalizarlo con un punteo más bajo.

Experiencia Comprobada: Se refiere a la evaluación del listado de eventos en que hayan

participado. Presentando para este fin, fotocopias de contratos y los finiquitos respectivos, como parte de la documentación al que se refiere en cuanto a los requisitos que esta Municipalidad ha solicitado en su numeral 2 de las bases de licitación.

Considerando a la experiencia mayor comprobable, se le dará (10) diez puntos; al segundo menor, (8) ocho puntos; al tercero menor, (6) seis puntos; al cuarto menor, (4) cuatro puntos; y (2) dos puntos al resto de empresas participantes con baja experiencia. Y 1 (un) punto por cada documento legal y técnico al que se refiere las condiciones que deben reunir los oferentes y contenido que debe contener la plica a presentar del numeral 2 de las presentes bases, sumando 25 puntos en total por estos requerimientos.

Otros: Visita de campo: Presentar la Constancia de Visita de Campo del Proyecto

descrito, Firmada y Sellada, la cual será entregada de la siguiente manera: El Proveedor y/o constructor interesado debe presentarse a la Dirección Municipal de Planificación, en la fecha y hora que se indica en la INVITACION A COTIZAR, que se publica en el Sistema Guatecompras, para la visita de campo será únicamente con el Director de la Dirección Municipal de

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Planificación y/o persona que él designe para que los acompañe al lugar de ejecución de la obra, para luego regresar a la oficina antes mencionada donde se le hará entrega de la Constancia firmada y que servirá como respaldo que el oferente ha visitado el lugar del proyecto. La empresa que presente oferta sin constancia no obtendrá los 10 puntos correspondientes a esta constancia.

La forma detallada de calificación se dará a conocer el día de la apertura de plicas conjuntamente con los cuadros de evaluación. La Junta de licitación rechazará, sin responsabilidad de su parte, las ofertas cuando los precios, calidades u otras condiciones ofrecidas sean inconvenientes para los intereses de la Municipalidad. BASE LEGAL: Artículo 30 de la Ley de Contrataciones del Estado. Es importante que el oferente no haya incumplido contratos con la MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA IXTAHUACAN del Departamento de SOLOLÁ, y/o deshabilitado en el portal de GUATECOMPRAS, pues ello puede ser y es causal de descalificación. EXPUESTO LO ANTERIOR, SE ENTENDERÁ QUE TODO PROVEEDOR PARTICIPARÁ BAJO SU PROPIO RIESGO Y SIN NINGÚN PERJUICIO PARA LA MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA IXTAHUACÁN DEL DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ.

11). SOLUCIÓN DE ACLARACIÓN DE LA OFERTA: La Municipalidad podrá solicitar aclaraciones a cualquier propuesta recibida. La solicitud de aclaración y respuesta serán formuladas por escrito y no se solicitarán ni ofrecerán cambios en los precios ni en los aspectos substanciales de la oferta. BASE LEGAL: Artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado. En cualquier fase del procedimiento de contratación pública en la que el funcionario o empleado público responsable tenga duda razonable de la veracidad de los documentos o declaraciones presentadas por el oferente o adjudicatario, deberá requerir a éste por escrito, la información y constancias que permitan disipar la duda en un plazo que no exceda de dos días hábiles de conocido el hecho, la cual deberá anexarse al expediente respectivo. Para el efecto, la autoridad concederá al oferente o adjudicatario, audiencia por dos días hábiles y resolverá dentro de un pazo similar. En caso el oferente no proporcione la información y constancias requeridas o persista la duda, el funcionario o empleado público responsable de la etapa en que se encuentre el proceso de compra o contratación resolverá a) Rechazar la oferta b) Improbar lo actuado. En los casos arriba señalados se deberá denunciar el hecho ante el Ministerio Público, sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas o sanciones que le fueran aplicables, debiendo ser inhabilitado en el Sistema GUATECOMPRAS para ser proveedor del Estado, cuando proceda, bajo la responsabilidad de la Autoridad Superior de la entidad que promueve el proceso de contratación. BASE LEGAL: Artículo 2 del Acuerdo Ministerial número 24-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas.

12). CONFIDENCIALIDAD: La actuación de la Junta de licitación será confidencial durante el período de análisis y adjudicación. Todo intento de un oferente de indagar sobre el estado de la calificación o tratar de influir en el resultado será motivo para descalificación inmediata de su oferta. Los oferentes deberán esperar la notificación de la Municipalidad.

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13). NOTIFICACIONES: De todo lo actuado por la Junta, lo aprobado y/o improbado por la autoridad administrativa superior se publicará en el portal de www.guatecompras.gt, quedando el oferente participante enterado de lo actuado. Artículo 15, notificación por publicación en el sistema GUATECOMPRAS, según resolución No. 30-2009 del Director de la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y, Decreto 47-2008, Ley para el reconocimiento de las comunicaciones y firmas electrónicas, del Congreso de la República.

14). ADJUDICACIÓN Dentro de un plazo de 5 días, contados a partir del día señalado para la recepción de ofertas, la Junta adjudicará la licitación al oferente que adjuntándose a los requisitos y condiciones de los Documentos de licitación, haya hecho la proposición más conveniente para los intereses de la Municipalidad BASE LEGAL: Artículo 33 de la Ley de Contrataciones del Estado, a menos que la Junta de licitación solicite aclaraciones, en este caso se publicará en el sitio de Internet www.guatecompras.gt la fecha de adjudicación cuando la Junta esté satisfecha con las aclaraciones recibidas y según la reforma que se realizó a la misma ley.

La mayor o menor conveniencia de las ofertas se determinará de la aplicación de los criterios de calificación establecidos en el numeral 10 de esta sección.

Se da por entendido que la Autoridad Superior de la Municipalidad aún debe aprobar la adjudicación de la licitación, por lo que ésta puede aprobar o improbar lo actuado por la Junta de licitación, además tiene el derecho de prescindir. BASE LEGAL: Artículos 9 y 36 de la Ley de Contrataciones del Estado.

15). DEL CONTRATO: El oferente que salga favorecido deberá suscribir el respectivo Contrato con la Municipalidad, en Escritura Pública ante Notario que ella disponga o bien en Contrato Administrativo redactada en la Municipalidad, dentro del plazo de diez (10) días contados a partir de la adjudicación definitiva. BASE LEGAL: Artículo 47 de la Ley de Contrataciones del Estado. El contrato deberá ser aprobado dentro de los diez (10) días calendario contados a partir de la presentación por parte del Contratista de la fianza de Cumplimiento. BASE LEGAL: Artículo 26 del Reglamento. Si por cualquier causa el adjudicatario de esta licitación no concurriere a suscribir el Contrato correspondiente dentro de un plazo máximo de diez (10) días contados a partir de la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva, o si habiéndolo hecho no presentase la Fianza de Cumplimiento en el término fijado, la Autoridad Superior de la Municipalidad podrá llevar a cabo la negociación con solo el subsiguiente clasificado en su orden. BASE LEGAL: Artículo 33 de la Ley de Contrataciones del Estado. En cualquiera de los casos, la Municipalidad hará efectiva la Garantía de Sostenimiento de Oferta. BASE LEGAL: Artículo 84 de la Ley de Contrataciones del Estado.

Forman parte del contrato:

Los Documentos de licitación, Los addendums, Las respuestas aclaratorias que emita la Municipalidad y

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Todos los documentos que se generen durante el concurso y la

vigencia del contrato que obliguen a las partes. Los derechos y obligaciones que origina el contrato no son transferibles a terceros. El Contratista no enajenará, cederá, transferirá, gravará, comprometerá ni dispondrá del contrato o de una parte de éste o de los derechos, títulos o deberes en relación con el contrato.

16). RESCISIÓN DEL CONTRATO: La Municipalidad podrá rescindir el contrato sin responsabilidad alguna de su parte, y hacer efectiva la fianza correspondiente, si el Contratista:

a) No inicia la ejecución de los trabajos dentro del plazo estipulado. b) No cumple con proveer suficiente mano de Obra, equipo o materiales

para asegurar que terminará el proyecto en el plazo convenido. c) Sea declarado en quiebra. d) Por vencimiento del plazo, siempre que no se hubiere acordado

prórroga alguna. e) Si el Contratista cede el Contrato a otros.

17). CALENDARIZACIÓN PARA EL INICIO DE LA OBRA: Los trabajos en el proyecto deberán efectuarse de conformidad con el programa de inversión y ejecución presentado en la plica.

18). FORMA DE PAGO: Artos. 58, 59, 61 y 62 L de C. del E. La Ejecución del proyecto se pagará con fondos propios de la Municipalidad de Santa Catarina Ixtahuacán Sololá.

Los pagos se harán de la siguiente forma:

a) El veinte por ciento (20%) de anticipo, previa al acta de inicio de los trabajos a realizarse, descontándose gradualmente hasta su amortización total.

b) Los pagos subsiguientes serán efectuados de acuerdo al avance físico

de los trabajos hasta su terminación, según informe del Supervisor de la Obra, previa solicitud de la empresa ejecutora, adjuntando estimaciones de trabajos ejecutados, descontándose gradualmente el anticipo dado, hasta su total amortización, donde el Ingeniero supervisor de obras municipales y el Ingeniero responsable de la empresa realizarán la visita de campo en forma conjunta, quedando constancia en la bitácora respectiva de la visita realizada con rúbrica y sello de cada uno.

c) La liquidación del proyecto se realizará previa visita de los

ingenieros respectivos en forma conjunta, informe del Supervisor de Obras Municipales al Concejo Municipal, y recepción en forma conjunta entre Municipalidad y Constructor.

19). FACTURACION: El contratista emitirá facturas electrónicas, cumpliendo con todos los requisitos de ley, a nombre de: MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA IXTAHUACAN; Dirección: SANTA CATARINA IXTAHUACAN, SOLOLÁ, numero de NIT: 416682-5 y la presentará en física en la Dirección de Administrativa Financiera Integrada Municipal –DAFIM- de esta dependencia Municipal.

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20). IMPUESTOS Y OBLIGACIONES: Los precios de la oferta deberán incluir el pago de todos los impuestos de importación, del valor agregado (IVA), impuesto de circulación para el presente año y cualquier otro impuesto aplicable.

21). GARANTÍA DE RIESGOS: La empresa ganadora deberá pagar una garantía de riesgos para sus trabajadores, que contemplará el pago de daños a terceros, por una afianzadora de reconocida solvencia financiera autorizada para operar en la República de Guatemala.

22). BITÁCORA DEL PROYECTO: Estará bajo la responsabilidad del DIRECTOR DE LA D. M. P. la gestión de la bitácora ante la Contraloría General de Cuentas, misma que deberá tenerla al momento del INICIO DE LA OBRA, y que deberá de estar en poder y responsabilidad del encargado de la obra por parte de la constructora la cual será entregada con su respectivo conocimiento de parte de la Dirección Municipal De Planificación.

23). PROPIEDAD DE LAS OFERTAS: Las ofertas presentadas para el presente concurso, serán propiedad de la Municipalidad de Santa Catarina Ixtahuacán, Sololá, quien las conservará en su poder dentro del expediente respectivo del proyecto.

24). PRUEBAS DE LABORATORIO: A costas de la empresa que resultare adjudicada, la Municipalidad de Santa Catarina Ixtahuacán por medio del Ingeniero Supervisor tomará las muestras necesarias del material que se esté utilizando, y, requerirá las pruebas de laboratorio necesarias, para determinar la calidad de material utilizados en el proyecto durante la ejecución del mismo.

25). PLANIFICACIÓN FINAL DEL PROYECTO: La empresa que resultare adjudicada, al finalizar el proyecto está en la obligación de entregar un juegos de planos finales, del proyecto, esto con el fin de mantener un dato actualizado si el mismo tuviera alguna variación en su diseño original, la cual deberá de ser presentada ANTES DE LA LIQUIDACION FINAL DEL PROYECTO.

26). CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN DEL IGSS: La empresa que resultare adjudicada está en la OBLIGACION ante la UNIDAD EJECUTORA, presentar la FOTOCOPIA DE LA(S) PLANILLA(S) O CONSTANCIA DE INSCRIPCION firmadas y selladas de recibidas, del proyecto ejecutado durante el Ejercicio Fiscal correspondiente.

27). ERRORES U OMISIONES: No se permitirá que alguna empresa invitada y/o proveedor pretenda aprovecharse de cualquier error u omisión de las especificaciones que corren adjunto. En el caso de que una empresa encontrara error u omisiones, deberá notificarlos a la Municipalidad por medio del portal de www.guatecompras.gt, que ésta emita un adendum con la corrección pertinente.

28). MODIFICACIONES A LOS DOCUMENTOS: La Municipalidad podrá introducir modificaciones a los documentos de licitación siempre que demuestre que es en beneficio del mismo, si es así éstos se publicarán por medio de Internet en la dirección www.guatecompras.gt, debiendo emitir adendum con la información adicional.

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29). PLAZO DE ENTREGA: El contratista indicará en su oferta el plazo en que se compromete a entregar los trabajos objeto del contrato, fecha que comenzará a contabilizarse al suscribirse el acta de inicio de obra respectivo, hasta la fecha que el contratista avise de la conclusión de los trabajos. BASE LEGAL: Artículo 55, Ley de Contrataciones del Estado. El proyecto se considerará recibido cuando la Comisión Receptora levante y firme el acta de recepción en la que haga constar que el Contratista ha cumplido con la entrega a entera satisfacción de la Comisión.

30). GARANTÍAS DE CALIDAD: El contratista presentará certificados de calidad de los materiales utilizados, que deberán amparar el bien adquirido por la Municipalidad de Santa Catarina Ixtahuacán, Sololá.

31). ENTREGA DE LOS BIENES O SERVICIOS:

a) Los bienes o servicios a entregar es lo especificado en la sección VI, objetos de la presente licitación.

b) Los bienes o servicios deberán ser entregados en el lugar donde

indican los planos, los que podrá consultar en la Dirección Municipal de Planificación –D.M.P.- de la Municipalidad en horario y día hábil.

c) En la entrega deberá estar presente el contratista o representante

acreditado por el mismo para garantizar el cumplimiento de todos los requisitos contractuales.

d) Los bienes o servicios se considerarán recibidos por la comisión

receptora cuando ésta levante y firme el acta de recepción, en la que hará constar que el contratista ha cumplido con la entrega a entera satisfacción de la comisión.

32). DIFERENCIAS EN LOS DOCUMENTOS: En caso de existir discrepancias en los documentos de licitación, la prevalencia de los mismos será en el orden en que se citan a continuación: Disposiciones especiales, Especificaciones Técnicas, especificaciones generales, Planos y Bases de licitación.

33). DERECHO DE PRESCINDIR: La Municipalidad de Santa Catarina Ixtahuacán, Sololá puede por intermedio de la Autoridad Superior, prescindir de la negociación en cualquier fase en que ésta se encuentre, pero antes de la suscripción del contrato respectivo. BASE LEGAL: Artículo 37 de la Ley de Contrataciones del Estado.

Expuesto lo anterior se entenderá que todo proveedor participará bajo su propio riesgo y sin ningún perjuicio para la Municipalidad.

34). NORMATIVA

Todo lo concerniente a la licitación se regirá por las siguientes leyes:

a. Constitución Política de la República de Guatemala.

b. Ley de Contrataciones del Estado, Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala y su Reglamento.

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c. Ley del Impuesto al Valor Agregado I.V.A., Decreto número 27-92

de Congreso de la República, y su Reglamento, Acuerdo Gubernativo número 311-97.

d. Código de Comercio. e. Normas para el uso del Sistema de Información de Contrataciones y

Adquisiciones del Estado -Guate compras-. Resolución No. 30-2009 del Ministerio de Finanzas Públicas, de fecha 6 de abril del 2009.-

f. Ley de lo Contencioso Administrativo. Decreto 119-96 del Congreso de la República.

g. Código Municipal. Decreto número 12-2002 del Congreso de la República.

h. Código Procesal Civil. Decreto-Ley número 107. i. Otras que sean aplicables a la contratación de Obras, bienes y servicios.

El Contratista debe conocer, cumplir y actuar de conformidad con todas y cada una de las leyes, acuerdos y reglamentos de la República de Guatemala, relacionados con el trabajo a efectuarse. Será responsabilidad del Contratista estar completamente informado de todas las leyes, ordenanzas, códigos de seguridad, reglamentos y todas las órdenes y Decretos que tengan cualquier jurisdicción o autoridad. El Contratista observará y cumplirá, en todo momento, con todas esas leyes, y deberá proteger e indemnizar al Estado, Municipalidad y a sus representantes contra cualquier reclamación o responsabilidad originada por o basada en la violación de cualquiera de tales leyes, ordenanzas, reglamentos de seguridad, disposiciones, ordenes o decretos.

SECCION III GARANTÍAS CONTRACTUALES

Artos. 64, 65, 66, 67 y 68 de La Ley de Contrataciones del Estado y sus Reformas

a) GARANTÍA DE SOSTENIMIENTO DE LA OFERTA: La firmeza de su oferta la

caucionarán los oferentes mediante la fianza, por el UNO POR CIENTO (1%) del valor de su oferta.

b) La garantía es presentada mediante fianza de sostenimiento de oferta, la póliza deberá ser emitida a favor y a entera satisfacción de la Municipalidad de Santa Catarina Ixtahuacán, Sololá, por una afianzadora de reconocida solvencia financiera autorizada para operar en la República de Guatemala.

c) Los oferentes estarán obligados a sostener sus ofertas hasta que se les

notifique oficialmente la aprobación de la adjudicación, y en todo caso la fianza de sostenimiento de oferta tendrá una vigencia de 120 días. El adjudicatario acepta y se compromete que una vez vencido el plazo de vigencia de dicha fianza, se prorrogará hasta que sea sustituida por la fianza de cumplimiento de contrato, debiendo presentar inmediatamente la póliza de prórroga respectiva. El calificado en segundo lugar deberá

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mantenerla vigente hasta que se le notifique oficialmente la aprobación del contrato por la autoridad superior correspondiente.

d) Al ser aprobada la adjudicación, la Municipalidad de Santa Catarina Ixtahuacán, Sololá, hará del conocimiento de los oferentes, del calificado en tercer lugar en adelante, para que cancelen su garantía de sostenimiento de oferta.

e) La garantía de sostenimiento de oferta se hará efectiva por cualquiera de las razones siguientes:

f) Si el adjudicatario no sostiene su oferta.

g) Si el adjudicatario no concurre a firmar el contrato respectivo dentro del plazo que señala el artículo 47 de la Ley de Contrataciones del Estado.

h) Si el adjudicatario, habiendo suscrito el contrato, no presentara la

póliza de la fianza de cumplimiento dentro del término que fija el artículo 36 del reglamento de la ley de contrataciones del Estado, como requisito previo a la aprobación del contrato.

i) En cualquiera de los casos anteriores, la adjudicación que se hubiere

hecho quedará sin efecto, debiendo ser llamado a negociar el oferente calificado en segundo lugar.

j) Con base en el informe que rinda el supervisor, la Municipalidad, exigirá por escrito el pago de la fianza, acompañado de la información y la documentación pertinente y la afianzadora hará el pago conforme lo establece el artículo 1030 del código de comercio. Todo lo anterior se hará constar expresamente en la póliza respectiva y, si la caución fuere en efectivo, al hacer el depósito el oferente aceptará que, de incumplir, no se le reintegrará la garantía prestada.

k) FIANZA DE CUMPLIMIENTO: Para garantizar el cumplimiento de todas y cada

una de las obligaciones estipuladas en el contrato, el adjudicatario deberá presentar fianza por un DIEZ POR CIENTO (10%) del monto del contrato respectivo. La fianza de cumplimiento cubrirá los aspectos contemplados en el artículo 38 del reglamento de la ley de contrataciones del Estado, en los porcentajes allí contemplados. La póliza de dicha fianza deberá ser emitida a favor y a entera satisfacción de la Municipalidad, por una afianzadora de reconocida solvencia financiera, autorizada para operar en la república de Guatemala.

l) La Municipalidad hará efectiva la fianza de cumplimiento en los siguientes casos.

m) Si el contratista no presentara los certificados de calidad dentro de los quince (15) días siguientes a la entrega de los servicios contratados.

n) Si el contratista no presenta la constancia que extienda la Municipalidad, de haber recibido a su entera satisfacción los servicios objeto del contrato.

o) Si el contratista deja de cumplir con las obligaciones derivadas de la

ley del contrato.

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p) Si se produjera el incumplimiento por parte del contratista, la

Municipalidad, solicitará por escrito y en forma fundamental el pago de la fianza a la afianzadora, debiendo esta última hacer el pago conforme el artículo 1030 del código de comercio (10 días cuando hay afianzamiento directo y 30 días cuando hay re afianzamiento). Todo lo anterior se hará constar expresamente en la póliza respectiva.

q) FIANZA DE ANTICIPO: Previo a recibir cualquier suma por concepto de anticipó, el contratista constituirá garantía mediante fianza o hipoteca por el monto de un cien por ciento (100%) del mismo. La garantía podrá reducir al máximo del saldo del deudor y estará vigente hasta su total amortización. El reglamento establecerá el procedimiento de reducción y lo concerniente en los casos de rescisión, resolución y terminación del contrato.

r) FIANZA DE CONSERVACIÓN DE OBRA O DE CALIDAD O DE FUNCIONAMIENTO: El

contratista responderá por la conservación de la obra, mediante fianza, que cubre el valor de las reparaciones de las fallas o desperfectos que le sean imputables y que aparecieren durante el tiempo de responsabilidad de dieciocho (18) meses contados a partir de le fecha de recepción de la obra. La garantía de conservación de la obra, o la calidad y/o funcionamiento, deberá otorgarse por el equivalente al quince por ciento (15%) del valor original del contrato, como requisito previo para la recepción de la obra o servicio.

s) El vencimiento del tiempo de responsabilidad previsto en el párrafo

anterior, no exime al contratista de responsabilidades de destrucción o deterioro de la obra debido al dolo o culpa de su parte, por el plazo de (5) años, a partir de la obra o servicio.

t) FIANZA DE SALDOS DEUDORES: Para garantizar el pago de saldos deudores

que pudieran resultar a favor de la Municipalidad en la liquidación, el contratista deberá presentar fianza, deposito en efectivo, constituir hipoteca o prenda, a su elección, por el cinco por ciento (5%) del valor original del contrato. Esta garantía deberá otorgarse simultáneamente con la conservación de la obra como requisito previo a la recepción de la obra o servicio. Aprobada la liquidación, si no hubiere saldos deudores, se cancelará esta garantía.

SECCION IV

SANCION PECUNIARIAS El retraso del Contratista en la entrega satisfactoria del proyecto en el plazo convenido según contrato y por causas imputables a él, se sancionará con el pago de una multa por cada día laboral de atraso, equivalente al cero punto cinco por millar (0.5 %) del valor total del contrato. Las multas por retraso en ningún caso excederán del cinco por ciento (5%) del valor del contrato. Si esto ocurre, la entidad contratante podrá rescindir el contrato sin responsabilidad de su parte y sin perjuicio de aplicar las medidas que establece la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento. BASE LEGAL: Artículo 85 de la Ley de Contrataciones del Estado.

SECCION V ADJUDICACION

La Junta de licitación deberá adjudicar el proyecto al oferente que haya presentado la oferta más conveniente a los intereses de la Municipalidad, La mayor o menor conveniencia de las ofertas se determinará de la aplicación de los criterios de calificación establecidos en la SECCION II, numeral 10 de estos documentos.

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SECCION VI

FORMULARIO DE LICITACIÓN DE PRECIOS

NOMBRE DE LA DEPENDENCIA___________________________________________________________________________

RAZÓN SOCIAL_______________________________________________________________________________________

DIRECCIÓN________________________________________________________________________No._______________

CONDICIONES________________________________________________________OFERTA SOSTENIDA POR________DÍAS

PLAZO DE ENTREGA______________________________________PUNTO DE ENTREGA_________________________

1 2 3 4 5 CANTIDAD DESCRIPCION DEL ARTICULO UNIDAD

DE MEDIDA

PRECIO POR UNIDAD

VALOR TOTAL

1,427.00 TRAZO Y NIVELACIÓN (REPLANTEO) ML Q. Q. 3,424.80 EXCAVACIÓN PARA DRENAJE M3 Q. Q.

665.00 LÍNEA CENTRAL DE ALCANTARILLADO TUBERÍA CONCRETO 36"

ML Q. Q.

762.00 LÍNEA DE ALCANTARILLADO DE PVC DE 6" ML Q. Q. 83.80 LÍNEA DE ALCANTARILLADO DE PVC DE 12" ML Q. Q. 12.00 CANDELAS DOMICILIARES UNIDAD Q. Q. 8.00 POZOS DE VISITA UNIDAD Q. Q.

1,712.40 RELLENO Y COMPACTACIÓN M3 Q. Q. 1.00 TRANSVERSAL TIPO BÓVEDA UNIDAD Q. Q. 1.00 REMOZAMIENTO DE TRANSVERSAL DE CONCRETO UNIDAD Q. Q. 1.00 FOSA SÉPTICA UNIDAD Q. Q.

132.00 RECONSTRUCCIÓN DE CUNETA ML Q. Q. TOTOTAL DEL PROYECTO:

Q.

LICITACIÓN HECHA POR:

_____________________________ F. Y SELLO________________________ NOMBRE DEL PROVEEDOR O REPRESENTANTE, RAZON SOCIAL ORIGINAL: MUNICIPALIDAD

COPIA: INTERESADO. FECHA______________

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SECCION VII MODELO DE PRESENTACION DE OFERTA

EN HOJA MEMBRETADA DE LA EMPRESA

PROYECTO: MEJORAMIENTO SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO ALDEA LA CEIBA, SANTA CATARINA IXTAHUACAN, SOLOLA

Integración de costos unitarios de reglones de trabajo

No. DESCRIPCION DEL RENGLON CANTIDAD UNIDAD DE

MEDIDA

PRECIO

UNITARIO

PRECIO

RENGLON

1 TRAZO Y NIVELACIÓN (REPLANTEO) 1,427.00 ML Q. Q.

2 EXCAVACIÓN PARA DRENAJE 3,424.80 M3 Q. Q.

3 LÍNEA CENTRAL DE ALCANTARILLADO

TUBERÍA CONCRETO 36" 665.00 ML

Q. Q.

4 LÍNEA DE ALCANTARILLADO DE PVC DE 6" 762.00 ML Q. Q.

5 LÍNEA DE ALCANTARILLADO DE PVC DE 12" 83.80 ML Q. Q.

6 CANDELAS DOMICILIARES 12.00 UNIDAD Q. Q.

7 POZOS DE VISITA 8.00 UNIDAD Q. Q.

8 RELLENO Y COMPACTACIÓN 1,712.40 M3 Q. Q.

9 TRANSVERSAL TIPO BÓVEDA 1.00 UNIDAD Q. Q.

10 REMOZAMIENTO DE TRANSVERSAL DE

CONCRETO 1.00 UNIDAD

Q. Q.

11 FOSA SÉPTICA 1.00 UNIDAD Q. Q.

12 RECONSTRUCCIÓN DE CUNETA 132.00 ML Q. Q.

COSTO TOTAL DEL PRYECTO: Q. FECHA DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA

SELLO DE LA EMPRESA

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SECCION VIII (EN HOJA MEMBRETADA DE LA EMPRESA)

MODELO DE INTEGRACION DE PRECIOS UNITARIOS

No. PROYECTO: MEJORAMIENTO SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO ALDEA LA CEIBA, SANTA CATARINA IXTAHUACAN, SOLOLA

Integración de precios unitarios 1 Trabajos preliminares 1,427.00 M2 Q Q MATERIALES CANTIDAD UNIDAD PRECIO UNIT. SUB TOTAL

1.1 1.2 1.3 1.4

Estacas Trompo de madera Clavos de 2” Arrendamiento de equipo de topografía

XX XX XX XX

unidad unidad libra día

Q Q Q Q

Q Q Q Q

MANO DE OBRA 1.1 1.2

Topografía planimetría y altimetría Limpieza de vegetación

XX XX

M2 M2

Q Q

Q Q

INTEGRACION DE COSTOS COSTOS DIRECTOS

(MATERIALES+MANO DE OBRA COSTOS INDIRECTOS Gastos Administrativos fianzas supervisión interna utilidad

Q Q Q Q Q

SUMA TOTAL DEL RENGLON Q

FECHA DE LA PRESENTACION DE LA OFERTA

NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA

SELLO DE LA EMPRESA

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SECCIÓN IX ESPECIFICACIONES TECNICA DEL PROYECTO (PODRÁN ADQUIRIRLAS EN LA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE PLANIFICACIÓN)

SECCIÓN X PLANIFICACIÓN (PLANOS) DEL PROYECTO (NO SE INCLUYEN EN FORMA DIGITAL DEBIDO A QUE CONTAMOS

SOLO CON COPIAS FISICAS). (PODRAN ADQUIRIRLOS EN LA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE PLANIFICACIÓN).

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SECCION XI PROYECTO DE CONTRATO

Cuentadancia No. T 3-7-06

CONTRATO ADMINISTRATIVO DE OBRA NÚMERO XX GUIÓN DOS MIL VEINTIUNO (XX-2021) PARA LOS TRABAJOS DEL PROYECTO DENOMINADO: MEJORAMIENTO SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO ALDEA LA CEIBA, SANTA CATARINA IXTAHUACAN, SOLOLA.

En el municipio de Santa Catarina Ixtahuacán del departamento de Sololá,

siendo las ___ horas del día __ de ___ del año dos mil veinte, Ante mí:

Lisbeth Antonia Tzep Catinac, Secretaria Municipal Interina de Santa Catarina

Ixtahuacán, Sololá, en forma personal y voluntaria, comparecen por una

parte: Pascual Tambriz Tzep, de sesenta años de edad, soltero, guatemalteco,

originario y vecino del municipio de Santa Catarina Ixtahuacán Sololá, quien

se identifica con Documento Personal de Identificación número un mil

seiscientos sesenta y cuatro espacio ochenta y cinco mil doscientos noventa y

dos espacio cero setecientos seis (1664 85292 0706), extendido por el

Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, quien actúa

en calidad de Alcalde Municipal y Representante Legal Administrativo de la

Municipalidad de Santa Catarina Ixtahuacán, departamento de Sololá, calidad

que acredita conforme Acta de toma de Posesión número: XXXX de fecha: XXXXX

(XXXXX) y Acuerdo de Adjudicación del Tribunal Supremo Electoral de Sololá

con número: XXXXXX (XXXXX) de fecha: XXXXX (XXXXX), quien en lo sucesivo se

denominará “LA MUNICIPALIDAD”; y por la otra parte el señor: _____, de _____

años de edad, casado o soltero, guatemalteco, Constructor, domiciliado en

__________, se identifica con Documento Personal de Identificación número:

___ (____) extendido por el Registro Nacional de las Personas, de la

República de Guatemala, quien actúa en carácter de propietario de la Empresa

Mercantil, _____, con sede en __________; inscrito en el Registro Mercantil

General de la República, bajo el número: ______ (____); folio _____ (___),

del libro: ___ (___), de empresas mercantiles, Categoría Única; Constancia

Transitoria de inscripción y precalificación código: XXXXX de fecha: XXXX de

XXXX del año dos mil XXXX donde para los efectos correspondientes se emitió

la constancia transitoria que lo habilita para: Proveedor Bienes, Suministros

y Servicios de Conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado; con plazo

de vigencia: hasta el XXXX de XXXX de XXXX, y Número de Identificación

Tributaria: ___(____), extendido por la Superintendencia de Administración

Tributaria; a quien en lo sucesivo se le denominará “EL CONTRATISTA”. Los

comparecientes aseguramos hallarnos en el libre ejercicio de nuestros

derechos civiles; que la documentación que presentamos y la calidad y

acreditación con que actuamos, es suficiente a nuestro juicio y conforme a la

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Ley, y por el presente instrumento celebramos CONTRATO ADMINISTRATIVO DE

EJECUCIÓN DE OBRA, de conformidad con las siguientes cláusulas: PRIMERA: Base

Legal: El presente contrato se suscribe con base en lo preceptuado por los

artículos doscientos cincuenta y tres y doscientos cincuenta y cuatro (253 y

254) de la Constitución Política de la República de Guatemala; uno, treinta

y ocho, cuarenta y siete y cuarenta y nueve (1, 38, 47 y 49) del Decreto

Número cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92) Ley de Contrataciones

del Estado y sus reformas contenidas en los Decretos números treinta y cuatro

guión dos mil uno (34-2001) y nueve guión dos mil quince (9-2015, ambos del

Congreso de la República y cuarenta y dos (42) del Acuerdo Gubernativo

Número ciento veintidós guion dos mil dieciséis (122-2016); Reglamento de la

Ley de Contrataciones del Estado, un mil quinientos setenta y cuatro, mil

quinientos ochenta y ocho y mil quinientos noventa y tres (1,574, 1,588 y

1,593) del Decreto Ley Número ciento seis (Código Civil). Y 54 literal e) del

Código Municipal SEGUNDA: Objeto del Contrato: El presente contrato tiene por

objeto contratar los servicios de “EL CONTRATISTA” por parte de “LA

MUNICIPALIDAD”, para la ejecución del proyecto denominado: MEJORAMIENTO SISTEMA

DE ALCANTARILLADO SANITARIO ALDEA LA CEIBA, SANTA CATARINA IXTAHUACAN, SOLOLA, de

conformidad con los planos respectivos y de acuerdo a los siguientes

renglones de trabajo:

Integración de costos unitarios de reglones de trabajo

No.

DESCRIPCION DEL RENGLON

CANTIDAD

UNIDAD DE

MEDIDA

PRECIO

UNITARIO

PRECIO

RENGLON

1 TRAZO Y NIVELACIÓN (REPLANTEO) 1,427.00 ML Q. Q.

2 EXCAVACIÓN PARA DRENAJE 3,424.80 M3 Q. Q.

3 LÍNEA CENTRAL DE ALCANTARILLADO TUBERÍA CONCRETO 36"

665.00 ML Q. Q.

4 LÍNEA DE ALCANTARILLADO DE PVC DE 6" 762.00 ML Q. Q.

5 LÍNEA DE ALCANTARILLADO DE PVC DE 12" 83.80 ML Q. Q.

6 CANDELAS DOMICILIARES 12.00 UNIDAD Q. Q.

7 POZOS DE VISITA 8.00 UNIDAD Q. Q.

8 RELLENO Y COMPACTACIÓN 1,712.40 M3 Q. Q.

9 TRANSVERSAL TIPO BÓVEDA 1.00 UNIDAD Q. Q.

10 REMOZAMIENTO DE TRANSVERSAL DE

CONCRETO 1.00 UNIDAD

Q. Q.

11 FOSA SÉPTICA 1.00 UNIDAD Q. Q.

12 RECONSTRUCCIÓN DE CUNETA 132.00 ML Q. Q.

COSTO TOTAL DEL PROYECTO: Q.

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COSTO TOTAL DEL PROYECTO: ____ (Q. ____). TERCERA: Valor del Contrato. El

valor del presente contrato asciende a la cantidad de: ____ (Q. ____), que

incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA).El costo del Proyecto será

financiado en su totalidad por la municipalidad de Santa Catarina Ixtahuacán,

Sololá, como unidad ejecutora de fondos. CUARTA: De la Variación de los

precios: Los precios señalados en el presente contrato podrán estar sujetos a

variaciones en caso de cambios bruscos a precios oficiales de material y/o

mano de obra, de sobre costos por trabajos no contemplados en el presente

contrato, para lo cual la Municipalidad, no absorberá incremento en los

precios. QUINTA: De La Forma de Pago. La Municipalidad se compromete a

cancelar a El Contratista el veinte por ciento (20%), en concepto de

anticipo, equivalente a:___ (Q.______) Previo a suscribirse el Acta de Inicio

de los trabajos de la obra; los siguientes desembolsos se efectuarán de

acuerdo al avance físico de la obra, para lo cual se requerirá del informe

del supervisor de obras, estos pagos se realizaran mediante afectación de las

fuentes: 22 0101-02; 10% Constitucional y 21 0101-02; aportes IVA PAZ.

SEXTA: Inicio y Entrega de la Obra. El Contratista se compromete a iniciar

inmediatamente los trabajos, el día de haberse suscrito el acta de inicio de

obra, previo hacerse efectivo el desembolso económico en concepto de anticipo

por un 20% sobre el monto total del contrato, de conformidad con la Ley de

la materia; asimismo se compromete a entregar la obra totalmente finalizada

en un plazo de:___, dicho plazo sólo podrá ser prorrogado por un sola vez, en

los casos siguientes: a) Por convenio expreso entre los otorgantes, b)cuando

se convengan modificaciones, c) por fuerza mayor debidamente comprobada y

justificada. SEPTIMA: Ampliación del Monto Contractual: En la variación del

valor del presente contrato, podrá efectuarse hasta el veinte por ciento

(20%) en más o menos del valor del mismo, para tal efecto se emitirán órdenes

de cambio, órdenes de trabajo suplementario o acuerdo de trabajos extra que

deben ser aprobados por la autoridad administrativa superior de la

municipalidad, caso contrario una ampliación al contrato original. OCTAVA: De

los pagos establecidos en la Ley. El Contratista se obliga a cubrir los

impuestos establecidos por la ley que estén debidamente normados, así como al

pago puntual de los trabajadores que tenga bajo su cargo; al pago de la cuota

patronal y laboral ante el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, en

cuyo régimen deberá inscribirse el contrato, al inicio de la obra y cancelar

al finalizarse. NOVENA: De las fianzas. Como requisito posterior a la

aprobación del presente contrato, el contratista deberá otorgar a favor de

la Municipalidad de Santa Catarina Ixtahuacán, Sololá, de una Institución

Afianzadora que opere en el país, de conocida capacidad financiera, lo

siguiente: A) fianza de anticipo del veinte por ciento (20%) de conformidad

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con la Ley; B) Fianza de cumplimiento del diez por ciento (10%) otorgada a

favor de la municipalidad de Santa Catarina Ixtahuacán, Sololá, para

garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato;

C) Fianza de conservación de obra del quince por ciento (15%); y, D) Fianza

de saldos deudores del cinco por ciento (5%). DÉCIMA: Del anticipo: De

conformidad con el Articulo cincuenta y ocho de la Ley de Contrataciones del

Estado, El Contratista tendrá derecho a recibir un anticipo por el veinte por

ciento del valor total del contrato. Si El Contratista no inicia la obra e

invierte el anticipo recibido, dentro de los términos contractuales, pagará

el interés legal (tasa activa), sobre el anticipo recibido, a favor del

Estado o reintegrará el anticipo. UNDÉCIMA: Del Incumplimiento en la entrega

de la obra. El retraso de El Contratista en la entrega de la obra o de los

bienes y suministros contratados y por causas imputables a él, se sancionará

con el pago de una multa por cada día de atraso equivalente al cero punto

cinco por millar (0.5 millar), del valor del saldo del contrato por atraso en

que incurra, salvo caso fortuito o de fuerza mayor, debidamente comprobados.

DUODÉCIMA: Derechos de la municipalidad. El Contratista deberá permitir el

ingreso a las autoridades municipales y/o personas para inspeccionar los

trabajos y actividades inherentes a la presente obra municipal y

proporcionará la información que le sea requerida oportunamente, presentar

constancia de la calidad de los materiales, pruebas de laboratorio, y

solicitud de bitácora. DÉCIMA TERCERA: Prohibiciones. A El Contratista le

quedará terminantemente prohibido, bajo pena de nulidad, enajenar, ceder,

traspasar o gravar parcial o totalmente los derechos del presente contrato.

DÉCIMA CUARTA: Declaración jurada. El Contratista declara, bajo juramento,

que no se encuentra comprendido dentro de las limitaciones contenidas en el

artículo ochenta (80) de la ley de Contrataciones del Estado. DÉCIMA QUINTA:

De la Recepción, Liquidación y Finiquito, El Contratista permitirá la

supervisión de la obra por la persona que designe La Municipalidad, debiendo

proporcionar la información que le sea requerida; asimismo, El Contratista

deberá dar aviso por escrito a La Municipalidad, cuando los trabajos estén

totalmente finalizados, a efecto de realizar la inspección final para los

efectos consiguientes. El acta de recepción definitiva de la obra le servirá

a El Contratista como finiquito, debiendo previamente constituir las fianzas

de conservación y de saldos deudores para la cancelación del último pago.

DÉCIMA SEXTA. De la aprobación del contrato. Para que el presente contrato

surta sus efectos legales y obligue a las partes debe ser aprobado por la

autoridad correspondiente de acuerdo al artículo cuarenta y ocho de la Ley de

Contrataciones del Estado. DÉCIMA SEPTIMA: Obligaciones de El Contratista. El

Contratista se compromete legal y formalmente a suministrar mano de obra

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calificada y tecnificada, y materiales de la mejor calidad para la ejecución

de la presente obra, y al cumplimiento de lo contenido en este contrato.

DÉCIMA OCTAVA: Caso fortuito. Los hechos que ocurran, considerados casos

fortuitos o de fuerza mayor que impidan el cumplimiento del contrato y cuando

por dichos casos se solicitare prórroga del plazo, El Contratista, dentro del

plazo de diez días de ocurrido el hecho notificará a la Supervisión o su

equivalente, indicando las implicaciones en la ejecución del contrato para

que se faccione el acta respectiva. Desaparecidas las causas que motivaron a

El Contratista para hacer la notificación, éste lo hará del conocimiento de

la Supervisión o su equivalente para que se faccione nueva acta en la

que se hará constar la prórroga a que tiene derecho El Contratista; La

Municipalidad no cubrirá indemnizaciones en los casos fortuitos o de

fuerza mayor. DECIMA NOVENA: “Clausula Relativa al Cohecho: Yo el

Contratista, manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho

así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del

Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente,

conozco, las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la

entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren

corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS”.

VIGÉSIMA: Controversias. Los otorgantes convienen en que cualquier

diferencia, reclamo o controversia que surja entre ambos, derivado de las

actuaciones, se resolverán agotando la vía conciliatoria; casos contrario se

someterán al órgano jurisdiccional competente. VIGÉSIMA PRIMERA: Aceptación.

En los términos relacionados, nosotros, en la calidad con que actuamos,

leemos lo escrito y enterados de su contenido, objeto, validez y efectos

legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos.

Pascual Tambriz Tzep

Rep. Legal Municipalidad

EMPRESA ADJUDICADA

Lisbeth Antonia Tzep Catinac

Secretaria Municipal

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ACTA DE LEGALIZACIÓN DE FIRMAS

En la Población de Santa Catarina Ixtahuacán, municipio del departamento de

Sololá, siendo las ___ horas del día __ de ___del año dos mil veintiuno, como

Notaria, DOY FE: que las firmas que anteceden son AUTENTICAS, por haber sido

puestas el día de hoy en mi presencia por los señores Pascual Tambriz Tzep,

de sesenta años de edad, soltero, guatemalteco, de este domicilio, con

Documento Personal de Identificación número un mil seiscientos sesenta y

cuatro espacio ochenta y cinco mil doscientos noventa y dos espacio cero

setecientos seis (1664 85292 0706), extendida por el Registro Nacional de las

Personas, de la República de Guatemala, quien actúa en calidad de Alcalde

Municipal, de Santa Catarina Ixtahuacán Sololá, persona de mi anterior

conocimiento y _____, de___ años de edad, casado, guatemalteco, Constructor,

domiciliado en ____, se identifica con Documento Personal de Identificación

número:___ (___) extendido por el Registro Nacional de las Personas, de la

República de Guatemala, quien actúa en carácter de Propietario de la Empresa

Mercantil, _____, Lisbeth Antonia Tzep Catinac, de 39 años de edad,

soltera, guatemalteca, de profesión Secretaria y Oficinista, con residencia

en el Barrio Chuichó, Cabecera Municipal de Santa Catarina Ixtahuacán,

Sololá, Secretario Municipal Interina de Santa Catarina Ixtahuacán, Sololá,

se identifica con Documento Personal de Identificación número: Mil

novecientos noventa y seis espacio Ochenta y seis mil ochocientos noventa

espacio Cero setecientos seis (1996 86890 0706), extendido por el Registro

Nacional de las Personas, de la República de Guatemala, los signatarios

quedan enterados del contenido de la presente Acta de Legalización de firmas

por lo que ratifican, aceptan y firman ante el Notario que autoriza.

Pascual Tambriz Tzep

Rep. Legal Municipalidad

EMPRESA ADJUDICADA

Lisbeth Antonia Tzep Catinac

Secretaria Municipal

ANTE MÍ:

Page 29: MEJORAMIENTO SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO …

SECCION XII

MODELO DE ETIQUETA DE IDENTIFICACIÓN DEL SOBRE

NOG: ________

NOMBRE DEL PROYECTO: MEJORAMIENTO SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO ALDEA LA CEIBA, SANTA CATARINA IXTAHUACAN, SOLOLA

MUNICIPIO: SANTA CATARINA IXTAHUACÁN

DEPARTAMENTO: SOLOLÁ. NOMBRE DE LA EMPRESA: XXXX TELEFONO:XXXX PROPIETARIO Y/O REPRESENTANTE LEGAL: XXXX

Page 30: MEJORAMIENTO SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO …

SECCION XIII

CONSTANCIA DE VISITA DE CAMPO

Por este medio se hace constar que el señor: _______, propietario de

la _____, con dirección en el _________, visitó el área de trabajo del

proyecto: MEJORAMIENTO SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO ALDEA LA

CEIBA, SANTA CATARINA IXTAHUACAN, SOLOLA, Con el propósito de evaluar

los aspectos referentes al acceso al área de trabajo, conocer las

condiciones y características del predio para la ejecución del

proyecto antes referido.

Para efectos del presente proceso, se extiende la presente CONSTANCIA,

el ___ de ____ del 2,021.

Santos Tuy Ecoquij

Director Municipal de Planificación

Page 31: MEJORAMIENTO SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO …

SECCION XIV

MODELO DE CARTA DE OFERTA Lugar y fecha.

A _______ Presente. Ofrezco construir y entregar totalmente terminado el proyecto denominado___ de la comunidad _____, Municipio _____, departamento _____, de conformidad con el CUADRO DE CANTIDADES ESTIMADAS DE TRABAJO Y PRECIOS UNITARIOS adjunto, que forma parte de la oferta, con apego a lo indicado en los Datos de la licitación, las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE CONSTRUCCIÓN y PLANOS proporcionados por Dirección Municipal de Planificación DMP. Para preparar la oferta he visitado el área de trabajo y he evaluado las condiciones de acceso, las características de la región, conversado con miembros de la comunidad.

Me comprometo a Ejecutar el Proyecto, bajo mi cuenta y riesgo, por los medios más adecuados, todos los materiales necesarios para la ejecución, he incluido este costo en cada uno de los precios unitarios por renglón. En esas condiciones ofrezco ejecutar el proyecto descrito anteriormente por el monto _______________ LETRAS ____________Q. _________ (escribir el monto en letras y números utilizando cifras enteras múltiplos de 10) y propongo el plazo de _____________________ meses calendario [escribir en letras y números]. Entiendo que LA MUNICIPALIDAD no está obligada a aceptar mi oferta ni ninguna otra que pueda perjudicar los intereses de la comuna. Declaro que conozco y acepto íntegramente todas las condiciones y requisitos fijados por la entidad en los documentos de licitación. Confirmo que la presente oferta tiene la validez de ciento veinte (120) días y que adjunto a la presente la Fianza de Sostenimiento de oferta por un monto no menor del 1% ni mayor 5% del monto ofertado. Firma autorizada__________________________________________(estampar sello) Nombre y Cargo del Firmante: _______________________________________

Nombre del Oferente: ________________________________________________ Dirección para recibir notificaciones __________________________________ Teléfono __________________ Fax ____________________

Dirección para recibir notificaciones __________________________________ Teléfono __________________ Fax _____________________

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SECCION XV

DICTÀMEN TÉCNICO

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SECCIÓN XVI INVITACIÓN A OFERTAR

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SECCIÓN XVII INTEGRANTES DE LA JUNTA DE LICITACIÓN

MIEMBROS TITULARES NOMBRE CARGO NIVEL

ACADEMICO/EXPERIENCIA Santa Tambriz Carrillo

Secretaria de la Dirección Municipal de la Mujer

Maestra de Educación Primaria Profesora de Enseñanza Media Ciencias de la Educación Énfasis en Pedagogía

Elsa Micaela Saquic Tambriz

Oficial III de la secretaría municipal y encargado de la oficina de acceso a la información pública

Maestra de Educación Primaria Profesora de Segunda Enseñanza con Orientación en dirección y administración de Centro Educativos

Manuel Guachiac Tzep Policía Municipal VII

Maestro de Educación Primaria

MIEMBROS SUPLENTES

Pascual Guarchaj Coj Electricista Municipal

Bachiller Industrial y Perito en Electricidad

Teresa de Jesús Tambriz y Tambriz

Encargada de la Oficina de Servicios Púbicos

Profesora de Enseñanza Media en Ciencias de la Educación.

SECCIÓN XVIII

ACREDITACIÓN

Todos los miembros de la Junta de Cotización cuentan con acreditación, mediante taller recibo de parte de la asociación Nacional de Municipalidades de la República de Guatemala –ANAM- el taller sobre el Decreto No. 57-92 Ley de Contrataciones del Estado y sus Reformas, Decretos No. 9-2015 y No. 46-2016, realizado en la municipalidad de Santa Catarina Ixtahuacán, Sololá el 14 de septiembre de 2017, febrero y junio del 2020. En el expediente se adjunta fotocopia de los diplomas obtenidos.