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Medios de Pago Simples y Remesas

02 ASTURIAS CORPORACIÓN UNIVERSITARIA® Nota Técnica preparada por Asturias Corporación Universitar ia. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

Índice 1 Clasificación de los Medios de Pago ....................................................................................................... 3

2 Medios de Pago Simples ................................................................................................................................ 4

2.1 El Cheque.................................................................................................................................................... 4

2.1.1 El Cheque Personal ................................................................................................................. 4

2.1.2 El Cheque Bancario ................................................................................................................. 5

2.2 La orden de Pago ................................................................................................................................... 5

3 La Remesa ............................................................................................................................................................... 7

3.1 La Remesa Simple ................................................................................................................................ 8

3.2 La Remesa Documentaria .............................................................................................................. 10

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03 ASTURIAS CORPORACIÓN UNIVERSITARIA® Nota Técnica preparada por Asturias Corporación Universitar ia. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

Objetivos:

Conocer los diferentes medios de pago, que se utilizan en comercio exterior, y su operativa, en el marco de las transacciones internacionales.

Saber elegir el medio de pago más conveniente, según la relación comercial entre comprador y vendedor, el tipo de bien o servicio y los países involucrados.

1 Clasificación de los Medios de Pago

Los medios de pago se pueden clasificar en función de si están, o no, sujetos a una gestión de documentos, tanto financieros como comerciales, en:

Medios de pago simples (o no documentales):Están fundamentados en una relación de confianza máxima por ambas partes; los documentos comerciales no están vinculados al pago. Estos medios de pago son los billetes, el cheque personal o el cheque bancario y la orden de pago.

Medios de pago documentales.Dan mayor seguridad tanto al comprador como al vendedor ya que el movimiento de fondos está ligado al intercambio de documentos financieros y/o comerciales. Estos medios de pago son las remesas y el crédito documentario.

En materia documental, a modo de resumen, estamos hablando de documentos, algunos específicos de comercio internacional, dependientes de la mercancía y del Incoterms utilizado, tales como: certificado de origen, de calidad, de sanidad, fitosanitario, de fabricación y de inspección; certificados de transporte (B/L, AWB, CMR, CIM, FBL, etc.) y póliza del seguro del transporte; factura comercial y packing list; DUA, entre otros menos frecuentes.

Recuerda La mejor forma de pago será aquella que, con el menor coste, mejor satisfaga las necesidades del importador y del exportador.

Ejemplo

Si exporto en condiciones FCA y mi cliente me exige, entre otros documentos, el Bill of Lading de la operación ¿Su petición es correcta? Respuesta: NO; en esta posición el responsable de la selección y pago del transporte es el comprador; comprador y vendedor deberán acordar el documento o recibo de entrega de la mercancía al primer transportista ya que, además el término FCA es un Incoterms para transporte multimodal y el B/L es habitualmente usado en transporte marítimo.

Las remesas documentarias y los

créditos documentarios son medios

de pago específicos para operaciones

de comercio exterior

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2 Medios de Pago Simples

Nos vamos a centrar en el pago por cheque y por orden de pago.

Los billetes de banco son cada vez menos utilizados, para operaciones internacionales, por muchos factores como la incomodidad, los riesgos propios de su manipulación, las trabas a su uso en países con control de cambios pero, sobre todo, por la obligatoriedad creciente internacional de limitar la cuantía de esta operaciones al mínimo, según país, por la lucha contra el terrorismo, la corrupción, la evasión fiscal, el narcotráfico y, en general, la lucha contra la delincuencia organizada.

2.1 El Cheque

Es una orden de pago a la vista por el cual una persona (física o jurídica), que a partir de ahora llamaremos librador, ordena a otra (librado) el pago a una tercera (tenedor) de una cantidad de dinero.

Para la entrega del cheque se pueden dar tres situaciones:

a) Se envíe el cheque con antelación al suministro de las mercancías: Esta situación beneficia al exportador.

b) El cheque se envíe con posterioridad al suministro de las mercancías: Es la situación inversa a la anterior y el beneficiado es el Importador.

c) Cheque contra entrega de la mercancía: Tiene ventajas e inconvenientes para ambas partes.

2.1.1 El Cheque Personal

O de cuenta corriente, son aquellos que se emiten contra la propia cuenta del titular en una entidad bancaria, es decir, a cargo de la entidad en la que tienen depositados los fondos.

Cobrar por adelantado es perfecto

para el que exporta pero, en general,

el que compara o importa no suele

aceptarlo o si lo hace pone muchas

trabas que le otorguen seguridad.

Puede, entonces, ser menos

interesante o más difícil para el

exportador

El cheque personal siempre tiene la

incertidumbre de saber si el librador

tiene dinero en cuenta. Por eso casi no

se utiliza en comercio exterior

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2.1.2 El Cheque Bancario

Son aquellos que la propia entidad financiera libra contra sí misma o contra otra entidad financiera, a favor del exportador por orden y cuenta del importador.

Para el importador prácticamente todo son ventajas: medio económico, reporta solvencia y garantía frente al vendedor y se puede solicitar el cheque en cualquier moneda aunque el ordenante no disponga de cuenta corrientes en divisas, pero con el inconveniente de que este instrumento de pago sea aceptado por el vendedor – exportador como forma de pago de la transacción comercial.

Recuerda: Si el cheque, personal o bancario, esta emitido en divisa distinta a la del país de pago o en divisa no convertible, son tomados por los bancos sólo en gestión de cobro.

2.2 La orden de Pago

La orden de pago es el instrumento de pago más utilizado internacionalmente para liquidar transacciones internacionales y está basado en la confianza mutua entre el importador y el exportador.

Es un medio de pago en el que el importador emite un mandato a su entidad financiera, que será la entidad emisora, para que ponga a disposición del exportador una determinada cantidad de dinero, bien en divisas o en euros.

La orden de pago y la transferencia, aunque son modalidades distintas, suelen considerarse términos equivalentes. La única diferencia está en que la primera es un pago en efectivo al

El cheque bancario elimina el riesgo de

pago, por su propia naturaleza, pero no

anula la revocabilidad de la operación

Exportador Importador

Banco del Exportador

(Pagador) o

Banco Negociador

Banco del Importador

o

Banco Emisor

1

4

8

5

2 3

1. Solicitud de Cheque

2. Mercancías+Documentos

3.Cheque Bancario

(Adeudo en cuenta)

4 +5+6 Cheque Bancario

7

6

7. Abono

8. Pago

CHEQUE BANCARIO

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exportador, mientras que se utiliza el término transferencia cuando el abono se hace en su cuenta. Por su propia operativa, la orden de pago ha caído en desuso; por el contrario, la transferencia se utiliza más y más.

El banco emisor envía por mensaje SWIFT (Society for Worldwide Interbank Financial Telecommunications) las instrucciones al banco del beneficiario, directamente o a través de otra entidad intermediaria. La entidad pagadora comunica al exportador la recepción de la transferencia y procede a su abono.

Las órdenes de pago o/ transferencias suelen ser transmitidas por medios bancarios electrónicos como el swift, que es un sistema cifrado y de alta seguridad que permite enviar mensajes a cualquier parte del mundo en cuestión de segundos.

Ejemplo

La transferencia es el medio de pago más utilizado en el mundo pero ¿porque hay confianza entre las partes?....NO, solo porque es muy conocido, por ser simple en su utilización y porque todas las personas, empresas y entidades financieras saben perfectamente cómo opera

Los tipos principales de órdenes de pago pueden ser:

Por la forma de emisión: directas, cuando el banco emisor es quien abona la orden de pago; en este caso el banco emisor y el pagador mantienen cuenta entre sí en la divisa de la operación e indirectas, si la entidad emisora utiliza los servicios de otro banco para efectuar el pago; el banco emisor y banco pagador no mantienen cuenta en la divisa de la operación.

La transferencia es un medio de pago

ágil y barato pero inseguro y revocable

La orden de pago documentaria es un

medio de pago simple y no

documentario. No ofrece ninguna

ventaja especial y, de hecho, se utiliza

poco en el comercio exterior

Exportador Importador

Entidad Pagadora Entidad Emisora

1

5 2 3

1. Mercancía+Documentos

2. Orden de Transferencia

3.Adeudo en cuenta

4 Transferencia

4

5. Abono

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Por la forma de abono: orden de pago - abono en caja u orden de abono - ingreso en cuenta

Por los documentos exigidos: simple, cuando: se abona el dinero sin más requisito que la identificación del beneficiario receptor, o contra recibo o documentaria, cuando para proceder al abono al beneficiario se le requiere aportar algún documento que debe estar previamente indicado en la orden (y acordado en el contrato comercial); el pago queda condicionado a la presentación de tales documentos exigidos por el ordenante.

Recuerda: Cualquier transferencia realizada en el mundo es controlada por una institución financiera multinacional especial y específica creada para detectar movimientos ilícitos de dinero, luchar contra la corrupción y evitar el fraude fiscal. Este banco está en New York (EE.UU.)

Para el exportador es el medio de pago con menos coste por comisiones y el más seguro ya que una vez recibidos los fondos no existe posibilidad de devolución sin su consentimiento.

No olvidar la revocabilidad de las órdenes de pago y tener en cuenta que la transferencia no permite tesorería flotante al comprador.

Recuerda: Cualquier medio de pago simple es revocable, es decir, que el comprador puede en cualquier momento cambiar de idea y no querer lo que ha comprado o no pagar o resolver unilateralmente el contrato firmado entre las partes

Ejemplo

Si en un pedido me van a dar un pago adelantado mediante un anticipo a cuenta ¿Con que medio, normalmente, me van a adelantar esa cantidad de dinero? Respuesta: Será por medio de una transferencia, ya que es el medio más seguro y rápido entre dos partes (vendedor y comprador) en países distintos. No es frecuente el uso de cheques para esto.

3 La Remesa

Remesa o cobranza, es la tramitación por parte de las entidades bancarias, según las instrucciones recibidas, de documentos comerciales y/o financieros generados en una operación comercial.

Los documentos financieros son los instrumentos para obtener el pago, normalmente letras de cambio, pagarés, cheques, etc., y los documentos comerciales son los documentos

En la remesa es el medio de pago en el

que, por primera vez hasta ahora, la

iniciativa para cancelación de la deuda la

toma el exportador

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requeridos, distintos de los financieros, normalmente facturas, documentos de transporte, de seguro, etc., para hacerse cargo de la mercancía, de la gestión de aduanas, etc.

Las remesas están reguladas internacionalmente por la Cámara de Comercio Internacional (Reglas Uniformes Relativas a las Cobranzas. Publicación nº 522). En esta publicación se regulan y homogenizan las relaciones, obligaciones y responsabilidades de las distintas partes que intervienen. Las reglas uniformes relativas a los cobros regulan las gestiones de cobro, así como las relaciones, obligaciones y responsabilidades de las partes que intervienen en una remesa siempre que así se establezca en la instrucción de cobro.

Recuerda: Se entienden por documentos financieros las letras de cambio, recibos, cheques, pagarés, etc. y por comerciales los documentos acreditativos de la propiedad-transmisión de la mercancía y de la operación (facturas, documentos de transporte, pólizas de seguro, etc.).

La remesa se diferencia del resto de los medios de pago, hasta ahora comentados, en que la iniciativa para la cancelación de la deuda parte del exportador, que es quien generalmente libra un documento (financiero o comercial) contra el importador y lo entrega a una entidad financiera para que se encargue de su cobro o aceptación.

Inconvenientes, para el vendedor, que el comprador se niegue a pagar y a hacerse cargo de la mercancía; el cobro no es seguro, salvo que medie algún aval o seguro sobre la operación.

Recuerda Para comprender mejor el funcionamiento de este medio de pago, es útil y recomendable, bajarse de internet y leer la publicación 522 de la CCI relativa a las remesas o cobranzas.

3.1 La Remesa Simple

Remesa simple o cobranza simple, consiste en un efecto (letras de cambio, giros, cheques, pagarés, recibos, etc.) que gira el exportador a cargo del importador por el importe, plazo y divisa convenidos y permiten al exportador gestionar el cobro de operaciones a través de una entidad financiera.

Hay dos modalidades de remesa simple, en función del plazo de pago:

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Remesa a la vista. Son las remesas pagaderas al contado. El documento financiero negociado es un giro o letra a la vista.

Remesa a plazo: Son remesas con pago aplazado. El documento financiero negociado es un giro, letra a un vencimiento que habrá sido pactado entre exportador e importador.

En las remesas simples no hay vinculación

directa ente los documentos comerciales,

representativos de la mercancía, y el

medio de pago Exportador

Cedente

Importador

Librado

Entidad Remitente

Banco del Exportador Entidad Cobradora

Banco del Importador

1

7

2

5 4

1. Mercancías+Documentos

2. Entrega efecto+Instrucciones

de Cobro

3. Envío efecto+Instrucciones

de cobro

4. Aviso llegada Efecto +

Instrucciones de cobro

6

3

5. Autorización de Pago

6. Reembolso

7. Abono

REMESA A LA V ISTA

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En la remesa simple sólo hay documentos relativos al pago o a la aceptación del pago y esos son documentos financieros. Los documentos comerciales, los que sirven para despacho de aduanas y para la transmisión de la propiedad de la mercancía, son remitidos por el exportador directamente al importador, fuera del circuito de pago, que se comprometerá a pagar cuando le sea presentado el efecto contenido en la remesa simple.

Recuerda: La remesa simple utiliza exclusivamente documentos financieros.

3.2 La Remesa Documentaria

Remesa documentaria o cobranza documentaria, es un medio de pago mediante el cual el exportador encarga a su entidad financiera la gestión del juego de documentos de exportación acordados con el importador, que pueden ir acompañados o no, de documentos financieros.

Los documentos comerciales que acreditan la propiedad de la mercancía y detallan la operación, serán entregados por el banco cobrador al importador contra pago del importe indicado o contra la aceptación del efecto, pudiendo así retirar la mercancía en el lugar de destino.

Exportador

CedenteImportador

Librado

Entidad Remitente

Banco del Exportador Entidad Cobradora

Banco del Importador

1

8

2

5 4

1. Mercancías+Documentos

2. Entrega efecto+Instrucciones

de Cobro

3. Envío efecto+Instrucciones

de cobro

4. Presentación del Efecto al

vencimiento

7

3

5. Autorización de Pago

6. Adeudo

7. Reembolso

8. Abono

REMESA A PLAZO

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Al igual que en la remesa simple, podemos distinguir dos modalidades de remesa documentaria, según sea el plazo de pago:

Remesa a la vista: La entrega de los documentos relativos a la mercancía (los que acreditan su propiedad, documentos de transporte, etc.) está condicionada al pago de los mismos. El exportador da instrucciones a su banco para que gestione el cobro de los documentos (comerciales y/o financieros) contra su pago.

Remesa a plazo: Son remesas con pago aplazado en una fecha de vencimiento determinado. El exportador emite un efecto a cargo del importador con un vencimiento determinado y da instrucciones a su banco para que gestione la aceptación por parte del importador. Este procedimiento implica incluir junto a los documentos comerciales un documento financiero.

Una remesa documentaria no añade

seguridad en el cobro y puede ser

revocada en cualquier momento.

Simplemente es un paso más hacia

la protección del vendedor

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Para el exportador, la remesa documentaria tiene como principal ventaja que tendrá la posesión de los documentos y por tanto de la mercancía hasta que el importador realice el pago o se acepte los efectos. También hay que considerar que el exportador tiene una mayor facilidad de financiación, ya que el banco remitente es quien tiene el control de la remesa. Además, al igual que las remesas simples, es el exportador el que inicia la gestión del pago.

Recuerda: La remesa documentaria utiliza documentos financieros y comerciales

Ejemplo

Si se va a utilizar un medio de pago documentario, los documentos que vayan a requerir, comerciales y/o financieros, ¿deben acordarse en el momento de la firma del contrato entre comprador y vendedor? Respuesta: NO, es algo tan importante, para ambas partes, que deberían estar incluidos en la oferta preparada, acordados en las negociaciones del contrato e incluidos, luego, de forma clara e inequívoca en el contrato comercial que firmen comprador y vendedor.