Proyecto de Ley Generacion de Empleo Fomento Iniciativa Empresarialk
Medidas fomento del empleo
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4 LABORAL Y AYUDAS
ACTUALIDAD EMPRESARIAL CAJACANARIAS · número 149. febrero 2010
Concesión de préstamos reembolsables para la creación y consolidación de empresas de base tecnológica y realización de proyectos de desarrollo tecnológico e innovación
Organismo convocanteAgencia Canaria de Investigación, Innova-ción y Sociedad de la Información (ACIISI)
PublicaciónBOC nº 16 de 26 de enero de 2010.
Benefi ciarioslas empresas que tengan su estableci-miento permanente en la Comunidad Au-tónoma de Canarias.
Objeto de la subvención: Favorecer la creación de empresas de
base tecnológica (EBT). Consolidar actividades de las EBTs de
investigación, desarrollo e innovación tecnológica.
Proyectos empresariales de desarro-llo tecnológico para la creación o mejo-ra de un proceso productivo, producto o servicio.
Proyectos empresariales de innovación tecnológica que originen la incorpora-ción de tecnología en la empresa con-lleven la aplicación de un producto, ser-vicio, venta o método de producción mejorado.
Condiciones préstamos:Tipo de interés: 0%.Importe máximo: hasta el 75% del coste fi nanciable de los proyectos.Sin gastos ni comisiones.Plazo máximo de amortización: hasta 15 años.Plazo máximo de carencia de tres años.
Cuantía del préstamo:Importe mínimo de fi nanciación por proyecto y benefi ciario: 22.500 euros.Presupuesto mínimo de proyecto: 30.000 euros.Importe máximo de fi nanciación: 300.000 euros.
Se podrá fi nanciar sólo aquellos gas-tos que respondan a la naturaleza de la actividad fi nanciada, es decir; inversio-nes (en activos materiales, intangibles), personal, colaboraciones externas, cos-tes indirectos (hasta el 10% de los costes de personal dedicados al proyecto), otros gastos (de registro de propiedad, alquiler de local o difusión y publicidad)
Plazohasta el 27 de marzo de 2010.
Medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de personas desempleadas
OBJETIVO TIPO DE AYUDA
Mantenimiento del empleo
Bonifi cación del 50% en las cuotas empresariales a la Seguridad Social (SS) de los trabajadores afectados por situa-ciones de desempleo derivados de ERES temporales, con un límite máximo de 240 días.
Estimulo de la actividad laboral y mejora de la protección de los trabajadores mayores, afectados por un ERE y conve-nio especial con la SS, para que puedan compatibilizarlo con la realización de actividades que coticen a la SS.
Protección de las personas desempleadas
Reposición del derecho a la prestación por desempleo para el trabajador que lo hubiera consumido durante la suspen-sión de su contrato de trabajo por un ERE, en el caso de que con posterioridad se le extinga o se le suspenda nueva-mente el contrato de trabajo. El periodo máximo a recuperar será de 120 días en el caso de extinción y de 90 días en el de suspensión.
Eliminación del periodo de un mes de espera exigido para el acceso a los subsidios de desempleo.
Fomento del empleo
Bonifi caciones del 100 % de las cuotas de la SS por la contratación indefi nida de benefi ciarios de las prestaciones por desempleo, con el límite máximo del importe que tuviera pendiente de percibir a la fecha de entrada en vigor del con-trato, con un máximo de duración de la bonifi cación de tres años. Para contratos a tiempo parcial, bonifi cación redu-cida en proporción a la jornada laboral.
Impulso de la contratación a tiempo parcial incrementando un 30% la cuantía de las bonifi caciones de las cotizacio-nes empresariales a la SS.
Plan extraordinario de mantenimiento y fomento del empleo de los trabajadores con discapacidad
Personas con discapacidad contratadas por un centro especial de empleo mediante contrato indefi nido o temporal.Se aplicarán bonifi caciones del 100% de la cuota empresarial a la SS.
Ampliación transitoria de las subvenciones por mantenimiento del empleo en los centros especiales de empleo, el im-porte de las ayudas será del 75% del salario mínimo interprofesional. En caso de que el contrato sea a tiempo parcial, reducción en función a la jornada laboral realizada.
Fuente: Ley 27/2009, de 30 de diciembre, de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de las personas desempleadas.