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Expediente : Nº 01 Escrito Nº 01 Cuaderno Cautelar Sumilla : solicitud de medida cautelar de no innovar SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Empresa TRANSA debidamente representada por su gerente general Don Juan Tenorio Zapata con DNI Nº 44803679 y con domicilio procesal en la casulla judicial Nº 126 de la Corte Superior de Justicia de Piura, en los seguidos sobre procesos de impugnación de resolución Administrativa, contra el Viceministro Augusto Pérez Valderrama, a usted atentamente digo: Petitorio: En vía de proceso cautelar solicito se trabe medida cautelar de no innovar a fin de mantener la situación de hecho y de derecho existente al momento de presentar la demanda de impugnación de resolución administrativa suspendiendo el cumplimiento de la Resolución Viceministerial Nº 312 en la cual se dispone sancionarnos indebidamente con una multa ascendente a 1000 UIT, la misma que es materia de impugnación en el principal, solicitud cautelar que interpongo en atención a los siguientes fundamentos de hecho y de derecho. Fundamentos de Hecho:

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Expediente : Nº 01

Escrito Nº 01

Cuaderno Cautelar

Sumilla : solicitud de medida cautelar de no innovar

SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Empresa TRANSA debidamente representada por su gerente general Don Juan Tenorio Zapata con DNI Nº 44803679 y con domicilio procesal en la casulla judicial Nº 126 de la Corte Superior de Justicia de Piura, en los seguidos sobre procesos de impugnación de resolución Administrativa, contra el Viceministro Augusto Pérez Valderrama, a usted atentamente digo:

Petitorio:

En vía de proceso cautelar solicito se trabe medida cautelar de no innovar a fin de mantener la situación de hecho y de derecho existente al momento de presentar la demanda de impugnación de resolución administrativa suspendiendo el cumplimiento de la Resolución Viceministerial Nº 312 en la cual se dispone sancionarnos indebidamente con una multa ascendente a 1000 UIT, la misma que es materia de impugnación en el principal, solicitud cautelar que interpongo en atención a los siguientes fundamentos de hecho y de derecho.

Fundamentos de Hecho:

1. En el proceso de impugnación de Resolución Administrativa que se tramita ante su despacho, ha demostrado fehacientemente la ilegalidad de la resolución materia de la litis así como la incorrecta interpretación de las normas administrativas que motivaron su emisión.

2. Como dicha resolución indebidamente nos sanciona con una multa ascendente a 1000 UIT y por ser la misma exigible en cualquier momento, a pesar de existir un proceso judicial en donde se discute su legalidad, el cobro de la misma por se parte de la demandada, debido a su importante monto y al estado de fragilidad financiera de nuestra empresa, nos provocaría nefastas

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consecuencias económicas, las mismas que constituirían un perjuicio irreparable, al poder incluso retirarnos del mercado por el estado de insolvencia que nos produciría.

3. Por tal motivo a fin de evitar un perjuicio irreparable sobre el patrimonio de nuestra empresa, solicito a usted Señor Juez que dicte medida cautelar de no innovar, disponiendo que se mantenga la situación de hecho y de derecho existente al momento de presentarse la demanda esto es el suspender el cumplimiento de la resolución administrativa materia de impugnación en el principal.

Fundamentos de derecho

Se ampara la pretensión en lo establecido por los artículos 608 (oportunidad y finalidad del proceso cautelar) 612 (características de la medida cautelar) y 687 (medida de no innovar) del CPC y en los artículos 35,36 y 37 de la Le Nº 27584, Ley del Proceso Contencioso administrativo.

Ofrecimiento de contracautela

A fin de cumplir con lo dispuesto en el articulo 613 del CPC ofrezco en calidad de contracautela, caución juratoria hasta por el monto de S/635,235.00 con el objeto de asegurar los posibles resarcimientos por daños y perjuicios que pudiera causar la ejecución de la medida cautelar. Para la validez de este acto cumplo con legalizar mi firma ante el secretario cursor en el presente escrito

Anexos

1A) Copia del DNI del representante procesal del solicitante

1B) Copia simple de la demanda y anexos del expediente principal

1C) Balance de comprobación y estado de ganancias y pérdidas, ambos estados financieros cerrados al día 20 de junio de los corrientes, debidamente firmados por el contador general de la Empresa y el Gerente de la misma.

1D) Comprobante de pago de la tasa judicial correspondiente.

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Por tanto: A usted Señor Juez solicito se sirva admitir la presente solicitud, tramitarla conforme a su naturaleza y en su oportunidad declararla fundada.

Primer Otrosi digo: La medida cautelar debiera hacerse efectiva y posteriormente notificada, en el domicilio del demandado sitio en Av. Los Cocos 189.

Segundo Otrosi digo: De conformidad con el artículo 640 del CPC, sírvase agregar al cuaderno cautelar, copia certificada de la demanda y anexos que acompaño.

Tercer Otrosi digo: Adjunto copias de la presente solicitud y sus anexos, así como cedulas de notificación suficientes.

Piura, 3 de julio del 2006

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José Hernández y Figueroa Juan Tenorio Zapata

CAP 1456