MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS Y BIOSIMILARES · La seguridad de los medicamentos biológicos es...

13
MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS Y BIOSIMILARES RESUMEN Los medicamentos biológicos son productos cuyo principios activos se producen o se extraen a partir de una fuente biológica y que necesitan, para su caracterización y determinación de su calidad, una combinación de ensayos físicoquímicos y biológicos junto con el proceso de producción y su control. Aproximadamente el 10% de todos los principios activos comercializados en España (alrededor de 200, vs. 2.000) como medicamentos son biológicos, habiéndose incorporado en los últimos 25 años un total de 133. Se denomina medicamento biológico similar o biosimilar a un producto bioterapéutico que se considera similar a un medicamento biológico innovador aprobado previamente en cuanto a calidad, seguridad y eficacia. Los biosimilares se consideran fármacos independientes por sí mismos y por ello no sólo debe tenerse en cuenta los datos detallados de comparabilidad en calidad, sino también el conjunto de datos clínicos y no clínicos que permitan una comparación relativa con el medicamento innovador en lo referente a farmacocinética, farmacodinamia, eficacia y seguridad clínica. En algunos países europeos existen regulaciones específicas que impiden la sustitución automática de estos medicamentos, entre los que cabe citar a Francia, Alemania y España. Estas regulaciones especifican que el cambio de un medicamento biológico innovador o biosimilar por otro debe realizarse bajo la responsabilidad del facultativo tratante o siguiendo la política establecida en el centro asistencial, pero siempre procurando mantener la trazabilidad de las sustituciones realizadas, ya que ésta permite asociar los posibles efectos adversos a un paciente, a un producto y a un lote determinados. La seguridad de los medicamentos biológicos es especialmente importante porque los datos de los estudios clínicos previos a su lanzamiento al mercado están generalmente limitados a una población estrictamente seleccionada y bajo un riguroso control médico, en general subgrupos poblacionales de baja prevalencia. Por otro lado, las reacciones adversas de los medicamentos biológicos son frecuentes y pueden ser graves, mientras que su epidemiología (prevalencia, factores de riesgo, etc.) no es del todo conocida; además, algunas reacciones adversas, por su frecuencia e importancia clínica, requieren prevención o tratamiento farmacológico. Asimismo, es preciso conocer la epidemiología específica de los medicamentos en cada país, ya que la mayoría de los datos sobre seguridad generalmente proviene de observaciones en poblaciones diferentes. Antiguamente, se definía a los medicamentos biológicos como aquellos obtenidos a partir de material biológico, como tejidos o fluidos animales o humanos – heparinas, hemoderivados, etc. - o a partir de microorganismos – vacunas, etc. -, reservándose el término de biotecnológicos a aquellos obtenidos empleando técnicas de ingeniería genética. Dado que en la actualidad, la mayoría de los medicamentos biológicos son obtenidos mediante estas técnicas, los medicamentos biotecnológicos son denominados genéricamente también como medicamentos biológicos o, simplemente, biofármacos. Es decir, aquellos en los que es necesaria la participación de organismos vivos o sus extractos (células, tejidos, fluidos) para producir el principio activo y que se obtienen mediante procedimientos biotecnológicos a partir de ADN recombinante y procesos de hibridación. Legalmente, la Directiva 2003/63/EC define a los medicamentos biológicos como un producto cuyo principio activo se produce o se extrae a partir de una fuente biológica y que necesita, para su caracterización y determinación de su calidad, una combinación de ensayos físicoquímicos y biológicos junto con el proceso de producción y su control. Es decir, no sólo se considera esencial el origen del producto, sino también el proceso de producción para definir un medicamento biológico (innovador o biosimilar) concretos. La legislación sobre medicamentos en la Unión Europea (UE), íntegramente transcrita a la legislación española sobre esta materia, establece el procedimiento centralizado para todos los estados miembros de la Unión Europea, coordinado por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA, European Medicines Agency), como procedimiento obligado para la evaluación y autorización de medicamentos biotecnológicos. El período de evaluación tiene una duración de 210 días y concluye con la opinión científica del Comité de Medicamentos para Uso Humano (CHMP; Committee for Human Medicinal Products). Los medicamentos biológicos fueron, sin duda, los primeros fármacos en ser usados por los seres humanos. Diferentes productos procedentes de glándulas animales (o incluso humanas) eran comunes en las prácticas médicas de los antiguos griegos y egipcios. Las más antiguas farmacopeas también incluían un gran número de productos biológicos. Incluso en un sentido más moderno del término, la utilización de medicamentos biológicos data de hace

Transcript of MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS Y BIOSIMILARES · La seguridad de los medicamentos biológicos es...

Page 1: MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS Y BIOSIMILARES · La seguridad de los medicamentos biológicos es especialmente importante porque los datos ... complejidad adicional por la multiplicidad

MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS Y BIOSIMILARES

RESUMEN

Los medicamentos biológicos son productos cuyo principios activos se producen o se extraen a partir de una fuente biológica y que necesitan, para su caracterización y determinación de su calidad, una combinación de ensayos físicoquímicos y biológicos junto con el proceso de producción y su control. Aproximadamente el 10% de todos los principios activos comercializados en España (alrededor de 200, vs. 2.000) como medicamentos son biológicos, habiéndose incorporado en los últimos 25 años un total de 133. Se denomina medicamento biológico similar o biosimilar a un producto bioterapéutico que se considera similar a un medicamento biológico innovador aprobado previamente en cuanto a calidad, seguridad y eficacia. Los biosimilares se consideran fármacos independientes por sí mismos y por ello no sólo debe tenerse en cuenta los datos detallados de comparabilidad en calidad, sino también el conjunto de datos clínicos y no clínicos que permitan una comparación relativa con el medicamento innovador en lo referente a farmacocinética, farmacodinamia, eficacia y seguridad clínica. En algunos países europeos existen regulaciones específicas que impiden la sustitución automática de estos medicamentos, entre los que cabe citar a Francia, Alemania y España. Estas regulaciones especifican que el cambio de un medicamento biológico innovador o biosimilar por otro debe realizarse bajo la responsabilidad del facultativo tratante o siguiendo la política establecida en el centro asistencial, pero siempre procurando mantener la trazabilidad de las sustituciones realizadas, ya que ésta permite asociar los posibles efectos adversos a un paciente, a un producto y a un lote determinados. La seguridad de los medicamentos biológicos es especialmente importante porque los datos de los estudios clínicos previos a su lanzamiento al mercado están generalmente limitados a una población estrictamente seleccionada y bajo un riguroso control médico, en general subgrupos poblacionales de baja prevalencia. Por otro lado, las reacciones adversas de los medicamentos biológicos son frecuentes y pueden ser graves, mientras que su epidemiología (prevalencia, factores de riesgo, etc.) no es del todo conocida; además, algunas reacciones adversas, por su frecuencia e importancia clínica, requieren prevención o tratamiento farmacológico. Asimismo, es preciso conocer la epidemiología específica de los medicamentos en cada país, ya que la mayoría de los datos sobre seguridad generalmente proviene de observaciones en poblaciones diferentes.

Antiguamente, se definía a los medicamentos biológicos como aquellos obtenidos a partir de material biológico, como tejidos o fluidos animales o humanos – heparinas, hemoderivados, etc. - o a partir de microorganismos – vacunas, etc. -, reservándose el término de biotecnológicos a aquellos obtenidos empleando técnicas de ingeniería genética. Dado que en la actualidad, la mayoría de los medicamentos biológicos son obtenidos mediante estas técnicas, los medicamentos biotecnológicos son denominados genéricamente también como medicamentos biológicos o, simplemente, biofármacos. Es decir, aquellos en los que es necesaria la participación de organismos vivos o sus extractos (células, tejidos, fluidos) para producir el principio activo y que se obtienen mediante procedimientos biotecnológicos a partir de ADN recombinante y procesos de hibridación.

Legalmente, la Directiva 2003/63/EC define a los medicamentos biológicos como un producto cuyo principio activo se produce o se extrae a partir de una fuente biológica y que necesita, para su caracterización y determinación de su calidad, una combinación de ensayos físicoquímicos y biológicos junto con el proceso de producción y su control. Es decir, no sólo se considera esencial el origen del producto, sino también el proceso de producción para definir un medicamento biológico (innovador o biosimilar) concretos.

La legislación sobre medicamentos en la Unión Europea (UE), íntegramente transcrita a la legislación española sobre esta materia, establece el procedimiento centralizado para todos los estados miembros de la Unión Europea, coordinado por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA, European Medicines Agency), como procedimiento obligado para la evaluación y autorización de medicamentos biotecnológicos. El período de evaluación tiene una duración de 210 días y concluye con la opinión científica del Comité de Medicamentos para Uso Humano (CHMP; Committee for Human Medicinal Products).

Los medicamentos biológicos fueron, sin duda, los primeros fármacos en ser usados por los seres humanos. Diferentes productos procedentes de glándulas animales (o incluso humanas) eran comunes en las prácticas médicas de los antiguos griegos y egipcios. Las más antiguas farmacopeas también incluían un gran número de productos biológicos.

Incluso en un sentido más moderno del término, la utilización de medicamentos biológicos data de hace

Page 2: MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS Y BIOSIMILARES · La seguridad de los medicamentos biológicos es especialmente importante porque los datos ... complejidad adicional por la multiplicidad

casi un siglo, cuando en la década de los 20 del siglo XX comenzó a generalizarse el uso de la insulina extraída de páncreas de cerdos y vacas para el tratamiento de pacientes diabéticos. Asimismo, en 1955 se obtuvo su secuencia completa de aminoácidos (fue la primera proteína de la que conoció su composición completa) y en 1978 fue también la primera proteína en ser obtenida mediante un procedimiento biotecnológico, siendo autorizada como medicamento por la FDA de Estados Unidos en 1982. De manera similar, la hormona de crecimiento de origen humano o somatropina (obtenida a partir de hipófisis de cadáveres humanos) se obtuvo en 1956 y comenzó a emplearse a finales de esa década en pacientes con trastornos del crecimiento debidos a un déficit de hormona de crecimiento; en 1981 se obtuvo la primera somatropina recombinante.

Producción y características diferenciales

Los fármacos biotecnológicos presentan unas características particulares respecto a los fármacos clásicos obtenidos por síntesis química, en cuanto a su origen y su estructura, lo que les confiere unas propiedades específicas (Tabla 1). En concreto, sus principales características diferenciadoras están en el tamaño (mucho mayor) y en su estructura molecular, casi siempre una proteína, lo que les hace poseer determinadas propiedades inherentes a las cadenas peptídicas que las forman y la estructura tridimensional en que se constituyen tras los diferentes plegamientos y configuraciones espaciales que se pueden producir. Por su naturaleza presentan una biodisponibilidad oral escasa, no superando el 1% la mayor parte de las veces. Esto es debido principalmente por la gran actividad enzimática que existe en el tubo digestivo donde se produce un elevado metabolismo de péptidos y proteínas, y por otro lado por la función barrera frente a la absorción de estas moléculas en la pared intestinal.

Además, muchos de los fármacos biológicos presentan diferentes formas de glucosilación (incorporación de una o más cadenas glucídicas, de diferente tamaño y grado de ramificación), que implica una complejidad adicional por la multiplicidad de factores que pueden variar el proceso de producción. Tanto es así, que para los medicamentos biotecnológicos se emplea la expresión el producto es el proceso, haciendo referencia a la diversidad de factores que pueden variar durante la producción y que pueden hacer que la actividad clínica pueda variar debido a la inmunogenicidad, aspecto éste clave en el desarrollo de medicamentos biotecnológicos que puede desencadenar la formación de anticuerpos neutralizantes (que inactivan biológicamente al fármaco) o provocar reacciones alérgicas clínicamente relevantes en un algunos pacientes.

Precisamente, uno de los aspectos más relacionados en la aparición de estas reacciones de inmunogenicidad es la posible variación en el patrón de glucosilación que experimentan este tipo de medicamentos. Pequeñas variaciones a ese nivel, que pueden producirse por multitud de factores (cambios pH, cambios en los estabilizantes empleados, etc.) pueden derivar en consecuencias clínicas no fáciles de prever.

Tabla 1. Principales diferencias entre medicamentos biotecnológicos y de síntesis química

Características Biotecnológicos De síntesis química

Obtención Participación de organismos vivos Técnicas de síntesis físico-química

Estructura química Compleja Simple

Grado de inestabilidad Mayor Menor

Peso molecular 20.000-600.000 200-3.000

Vía mayoritaria de administración Parenteral (SC, IV, IM) Oral

Costes de producción Mayores Menores

Medicamentos no innovadores Biosimilares Genéricos

Inmunogenicidad Mayor Menor

Medicamentos biológicos comercializados en España

Aproximadamente el 10% de todos los principios activos comercializados en España (alrededor de 200, vs. 2.000) como medicamentos son biológicos. En los últimos 25 años se han incorporado un total de 133, de los que un 33% (44) son anticancerosos y/o inunomoduladores (L), un 21% (28) son fármacos para el

Page 3: MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS Y BIOSIMILARES · La seguridad de los medicamentos biológicos es especialmente importante porque los datos ... complejidad adicional por la multiplicidad

sistema hematopoyético (antitrombóticos, hemostáticos, antianémicos), un 11% (15) son fármacos utilizados en metabolopatías y otro 11% en terapia antiinfecciosa (Tabla 2); de ellos, 17 se han autorizado como medicamentos huérfanos.

Tabla 2. Medicamentos biológicos comercializados en España en los últimos 25 años (1990-2015)*

GT Grupo N TOTAL

A10AB Antidiabéticos: Insulinas de acción rápida 6 15

A16AB Otros productos aparato digestivo y metabolismo: Enzimas 9

B01AB Antitrombóticos: Heparinas y derivados 5

28

B01AC Antitrombóticos: Antiagregantes plaquetarios (excluida heparina) 1

B01AD Antitrombóticos: Enzimas 4

B01AE Antitrombóticos: inhibidores directos de la trombina 3

B02AB Hemostáticos: Antifibrinolíticos inhibidores de la proteinasa 1

B02BD Hemostáticos: Factores de coagulación sanguínea 4

B02BX Hemostáticos: Otros 2

B03XA Antianémicos: Factores estimulantes de la eritropoyesis 7

B06AB Otros preparados hematológicos 1

D03AX Cicatrizantes :Debridantes de úlceras cutáneas 1 1 G03GA Gonadotrofinas 5 1 H01AC Somatropina y análogos 1

3 H01AX Antagonistas de la somatropina 1

H05AA Hormonas paratiroideas 1

J06BB Inmunoglobulinas específicas 1 J07AE Vacunas bacterianas 6 J07BA Vacunas virales 8 15 L01XC Antineoplásicos: Anticuerpos monoclonales 11 L03AA Inmunoestimulantes: Agentes estimulantes de colonias 5 L03AB Inmunoestimulantes: Interferones 6 L03AC Inmunoestimulantes: Interleukinas 1 L03AX Inmunoestimulantes: Otras citocinas e inmunoduladores 3 L04AA Inmunosupresores: Selectivos 13 L04AB Inmunosupresores: Inhibidores del Factor de Necrosis Tumoral 2 L04AC Inmunosupresores: Inhibidores de interleucinas 3 44 M03AX Relajantes musculares de acción periférica: Otros 2 M05BC Proteínas morfogénicas del hueso 2 M05BX Fármacos que afectan a la mineralización: Otros 1 M09AB Otros fármacos para alteraciones músculo-esqueléticas: Enzimas 2 7 N02BG Otros analgésicos y antipiréticos: Otros 1 1 R03DX Otros antiasmáticos sistémicos: Otros 1 R07AA Otros productos para el aparato respiratorio: Surfactantes pulmonares 1 R07AX Otros productos para el aparato respiratorio: Otros 2 4 S01LA Oftalmológicos: Agentes antineovascularizantes 1 S01XA Oftalmológicos: otros 1 2 V01AA Extractos alergénicos 1 V03AF Agentes destoxificantes para tratamientos antineoplásicos 2 V04CD Agentes de diagnóstico: Pruebas funcionales 2 V08DA Medios de contraste para ultrasonidos 1 V09EB Radiofármacos para diagnóstico 5 V10XX Radiofármacos terapéuticos 1 12 TOTAL 133

Biosimilares: definición y presencia en España

Según las Directivas 2003/63/EC y 2004/27/EC, un medicamento biológico similar (o biosimilar) es un producto bioterapéutico que se considera similar a un medicamento biológico innovador aprobado

* A día 25 de febrero de 2015.

Page 4: MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS Y BIOSIMILARES · La seguridad de los medicamentos biológicos es especialmente importante porque los datos ... complejidad adicional por la multiplicidad

previamente en cuanto a calidad, seguridad y eficacia1. Sin embargo, la legislación europea no establece el tipo ni la cantidad de datos clínicos y no clínicos que son necesarios para autorizar los medicamentos biosimilares; esta decisión es adoptada individualmente en cada caso concreto según las directrices científicas que correspondan al tipo de medicamento de referencia.

Los principios activos de un medicamento biosimilar y de su medicamento de referencia son esencialmente la misma sustancia biológica, aunque existen leves diferencias provocadas por la complejidad molecular de su naturaleza bioquímica y por los métodos de producción. Al igual que el medicamento de referencia, el biosimilar posee un grado de variabilidad natural, por lo que para que sea autorizado debe demostrar que dicha variabilidad y las diferencias entre él y su medicamento de referencia no afectan a la seguridad ni a la eficacia. En general, un medicamento biosimilar se utiliza en la misma dosis para tratar la misma enfermedad y, si existieran precauciones específicas que deban considerarse para utilizar el medicamento de referencia, también serían aplicables al biosimilar. En cualquier caso, debe quedar claro que los medicamentos biosimilares no son equiparables a los medicamentos genéricos (EFG), ya que estos últimos tienen una estructura química y una formulación galénica mucho más simples y se consideran idénticos a sus medicamentos de referencia.

Los biosimilares son producidos por un segundo fabricante (diferente del productor del medicamento de referencia), generalmente utilizando nuevas líneas celulares, procesos y/o métodos analíticos. Por todo ello, para su aprobación por la autoridad reguladora (EMA, en la Unión Europea), necesitan datos originales de ensayos clínicos así como una certificación que demuestre que son “similares” al producto original; pero también requieren estudios específicos de seguridad, eficacia y calidad suficientes.

Como ya se ha indicado, no se puede caracterizar la identidad estructural de un biosimilar con respecto al biológico innovador con el mismo grado de certeza que en el caso de los medicamentos genéricos, cuyos principios activos son moléculas pequeñas, tanto por la complejidad de la estructura molecular como por la heterogeneidad del producto final extraído de fuentes biológicas. Por este motivo, los biosimilares se consideran fármacos independientes por sí mismos y por ello no sólo debe tenerse en cuenta los datos detallados de comparabilidad en calidad, sino también el conjunto de datos clínicos y no clínicos que permitan una comparación relativa con el medicamento innovador en lo referente a farmacocinética, farmacodinamia, eficacia y seguridad clínica. Además, el laboratorio titular de la autorización de un medicamento biosimilar deben presentar, al igual que otro laboratorio lo hizo para el biológico de referencia, un detallado plan de gestión de riesgos (PGR; risk management plan, RMP), así como un programa de farmacovigilancia que asegure un seguimiento post-comercialización adecuado.

Como sucede con cualquier otro tipo de medicamento, un biosimilar debe recibir la autorización de comercialización por parte de las autoridades sanitarias antes de su puesta en el mercado. Dicha autorización se concede por la autoridad correspondiente que, en el caso de este tipo de medicamentos, es la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), como ya se ha indicado, tras haber realizado la correspondiente evaluación científica de la eficacia, seguridad y calidad del medicamento. En concreto, la vía para la autorización de los medicamentos biosimilares en la Unión Europea fue establecida en 2003; en ella, la EMA evalúa especialmente los datos correspondientes a la comparación del medicamento biosimilar con su medicamento de referencia para demostrar que no existen diferencias importantes entre ellos. Para ello, la autoridad reguladora aplica unos criterios estrictos de calidad, seguridad y eficacia, incluyendo extensas comparaciones de la estructura y la actividad biológica de sus principios activos, así como datos clínicos específicos sobre seguridad y eficacia deben demostrar que no existen diferencias importantes entre sus beneficios y sus riesgos, como el riesgo de reacciones inmunitarias. Además, por supuesto, los medicamentos biosimilares se fabrican siguiendo las mismas normas que otros medicamentos biológicos, y las autoridades reguladoras (EMA) realizan inspecciones periódicas de las plantas de fabricación.

Desde 2003 se han realizado numerosos avances regulatorios por parte de las autoridades europeas, fundamentalmente a través del Biosimilar Medicinal Products Working Party2. Se trata de procedimientos dirigidos a orientar a la industria en los requisitos para el desarrollo y la aprobación de medicamentos biosimilares, atendiendo a la gran complejidad que plantea el desarrollo de este tipo de medicamentos. Entre los documentos más relevantes adoptados por la EMA en este tema pueden citarse a los siguientes: - Guideline on similar biological medicinal products3, adoptada el 30 de octubre de 2005.

Page 5: MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS Y BIOSIMILARES · La seguridad de los medicamentos biológicos es especialmente importante porque los datos ... complejidad adicional por la multiplicidad

- Similar biological medicinal products containing biotechnology-derived proteins as active substance: non-clinical and clinical issues, adoptada4 el 22 de febrero de 2006.

- Similar biological medicinal products containing biotechnology-derived proteins as active substance: quality issues, adoptada5 el 22 de febrero de 2006.

Entre las guías específicas que se han ido adoptando por la EMA se pueden citar las siguientes: - Hormona folículoestimulante (FSH): Similar biological medicinal products containing recombinant

follicle stimulation hormone, adoptada6 el 21 de febrero de 2013. - Interferón beta: Similar biological medicinal products containing interferon beta, adoptada7 el 21 de

febrero de 2013. - Anticuerpos monoclonales: Similar biological medicinal products containing monoclonal antibodies:

non-clinical and clinical issues, adoptada8 el 30 de mayo de 2012. - Eritropoyetinas (epoetinas): Similar biological medicinal products containing recombinant

erythropoietins, adoptada9 el 18 de marzo de 2010. - Heparinas de bajo peso molecular: Similar biological medicinal products containing low-molecular-

weight heparins, adoptada10 el 19 de marzo de 2009. - Interferón alfa: Non-clinical and clinical development of similar medicinal products containing

recombinant interferon alpha, adoptada11 el 23 de abril de 2009. - Insulina humana: similar biological medicinal products containing Recombinant Human Insulin,

adoptada12 el 22 de febrero de 2006. - Factor Estimulante de Colonias de Granulocitos: similar biological medicinal products containing

recombinant granulocyte-colony stimulating factor, adoptada13 el 22 de febrero de 2006 - Criterios de comparabilidad:

o Comparability of biotechnology-derived medicinal products after a change in the manufacturing process - non-clinical and clinical issues, adoptada14 el 19 de Julio de 2007.

o Comparability of medicinal products containing biotechnology-derived proteins as active substance - Quality issues, adoptada15 en junio de 2005.

o Comparability of medicinal products containing biotechnology-derived proteins as drug substance: non-clinical and clinical issues, adoptada16 el 17 de diciembre de 2003.

- Innmunogenicidad: o Immunogenicity assessment of biotechnology-derived therapeutic proteins, adoptada17 el 13 de

diciembre de 2007. o Immunogenicity assessment of monoclonal antibodies intended for in vivo clinical use,

adoptada18 el 24 de mayo de 2012. Actualmente†, en España hay 5 principios activos comercializados como medicamentos biosimilares en

un total de 9 medicamentos en España (Tabla 3): Epoetinas alfa (1) y zeta (1), infliximab (2), filgrastim (4) y somatropina (1). En cuanto a los autorizados por la EMA, hay 7 principios activos en 19 medicamentos biosimilares: insulina glargina (1), epoetinas alfa (2) y zeta (5), infliximab (2), filgrastim (8), somatropina (1) y folitropina alfa (2).

Tabla 3. Medicamentos biosimilares autorizados en la Unión Europea y comercializados en España

Principio activo Medicamento Laboratorio Autorización

UE Comercializado

en España Insulina glargina Abasaglar Lilly 2014

Epoetina alfa

Abseamed Medice 2007

Binocrit Sandoz 2007 SI Epoetin Alfa Hexal Hexal 2007

Epoetina zeta Retacrit Hospira 2007 SI Silapo Stada 2007

Folitropina alfa Bemfola Finox 2014

Ovaleap Teva 2013

Somatropina Omnitrope Sandoz 2006 SI

Filgrastim Accofil Accord 2014

† A día 25 de febrero de 2015.

Page 6: MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS Y BIOSIMILARES · La seguridad de los medicamentos biológicos es especialmente importante porque los datos ... complejidad adicional por la multiplicidad

Biograstim AbZ 2008

Filgrastim Hexal Hexal 2009

Grastofil Apotex 2013

Nivestim Hospira 2010 SI Ratiograstim Ratiopharm 2008 SI Tevagrastim Teva 2008 SI Zarzio Sandoz 2009 SI

Infliximab Inflectra Hospira 2013 SI Remsima Celltrion 2013 SI‡

El concepto de biosimilitud introducido por vez primera en la legislación de la Unión Europea en 2003 ha

sido adoptado en la actualidad mundialmente, y el marco regulatorio de referencia se ha convertido en modelo para la mayoría de los países desarrollados de todo el mundo19.

Prescripción y dispensación de biosimilares en España La intercambiabilidad entre medicamentos biológicos, incluyendo a los biosimilares, supone la

posibilidad de elegir un fármaco de entre dos o más dirigidos a la misma indicación terapéutica. Sin embargo, el concepto de intercambiabilidad no está contemplado en las directrices europeas en el ámbito de evaluación de la EMA. Por tanto, una vez aprobado el medicamento biosimilar por ésta, pasa a estar sometido a las políticas de sustitución según la legislación en vigor de cada Estado.

En algunos países europeos existen regulaciones específicas que impiden la sustitución automática de estos medicamentos, entre los que cabe citar a Francia, Alemania y España. Estas regulaciones especifican que el cambio de un medicamento biológico innovador o biosimilar por otro debe realizarse bajo la responsabilidad del facultativo tratante o siguiendo la política establecida en el centro asistencial, pero siempre procurando mantener la trazabilidad de las sustituciones realizadas, ya que ésta permite asociar los posibles efectos adversos a un paciente, a un producto y a un lote determinados.

Aunque los medicamentos biotecnológicos – incluyendo los biosimilares – no pueden ser sustituidos según la legislación sanitaria española20 sin autorización expresa del médico, una modificación21 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, introducida en 2012, vino establecer algunas particularidades regulatorias para la prescripción y dispensación de medicamentos biosimilares en España. En este sentido, el punto 4 del artículo 85 (Prescripción de medicamentos y productos sanitarios) de la Ley de Garantías establece en su actual redacción que “cuando la prescripción se realice por principio activo, el farmacéutico dispensará el medicamento de precio más bajo de su agrupación homogénea y, en el caso de igualdad, el medicamento genérico o el medicamento biosimilar correspondiente”. Igualmente, en el artículo 86 (Sustitución por el farmacéutico), en su punto 5, dispone que “cuando la prescripción se realice por denominación comercial, si el medicamento prescrito tiene un precio superior al de precio más bajo de su agrupación homogénea el farmacéutico sustituirá el medicamento prescrito por éste y, en caso de igualdad, dispensará el medicamento genérico o el medicamento biosimilar correspondiente”.

Finalmente, el punto 2 del artículo 93 (Sistema de precios de referencia) se especifica que: “Los conjuntos incluirán todas las presentaciones de medicamentos financiadas que tengan el mismo principio activo e idéntica vía de administración entre las que existirá incluida en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud, al menos, una presentación de medicamento genérico o biosimilar, salvo que el medicamento o su ingrediente activo principal hayan sido autorizados con una antelación mínima de diez años en un Estado miembro de la Unión Europea, en cuyo caso no será indispensable la existencia de un medicamento genérico para establecer un conjunto. Las presentaciones indicadas para tratamientos en pediatría, así como las correspondientes a medicamentos de ámbito hospitalario, incluidos los envases clínicos, constituirán conjuntos independientes”.

‡ Comercializado en España por Kern Pharma

Page 7: MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS Y BIOSIMILARES · La seguridad de los medicamentos biológicos es especialmente importante porque los datos ... complejidad adicional por la multiplicidad

Utilidad y valor de los medicamentos biosimilares Se estima22 que los medicamentos biosimilares en España podrían generar un ahorro de 1.500 millones

de euros entre 2014 y 2020 si se lanzasen e incorporaran biosimilares de todos aquellos medicamentos biológicos cuya patente expire. Este ahorro se podría incrementar a partir de 2020 como consecuencia del ritmo de expiración de las patentes de nuevos productos biológicos. En esta misma línea se mueven las conclusiones del Estudio IGES (Institute of Global Environment and Society), que estima que la introducción de biosimilares de epoetinas y de filgrastim en los sistemas sanitarios europeos supondrá un ahorro del 20-25% de los costes hasta el año 2020, mientras que en el ámbito de los anticuerpos monoclonales, el ahorro podría alcanzar el 15%, particularmente con la introducción de biosimilares de etanercept, rituximab y trastuzumab23.

Los medicamentos biosimilares aportan valor a los Sistemas Sanitarios, al permitir maximizar las ganancias marginales de salud de la sociedad. Esta mayor eficiencia se fundamenta en la reducción de los precios, que hace que la ganancia marginal neta por euro gastado se incremente; asimismo, la reducción de costes en terapias que cada vez son utilizadas por más pacientes hace que se liberen del presupuesto recursos que sirven para poder financiar más terapias y hacer que el número de pacientes que se beneficien de los tratamientos biotecnológicos sea mayor24.

Por otro lado, en los próximos cinco años, el 64% de las patentes de medicamentos biotecnológicos expiraran. Durante 2013 la cuota de mercado de los productos biosimilares alcanzó los 50 millones de euros, mientras que en 2017, con la expiración de la mayoría de las patentes de los fármacos biológicos, se podrían alcanzar los 450 millones de euros, lo que representaría una cuota de mercado acumulativo, en los próximos cinco años de 1.150 millones de euros25.

Seguridad de los medicamentos biológicos

La seguridad de los medicamentos biológicos es especialmente importante porque los datos de los estudios clínicos previos a su lanzamiento al mercado están generalmente limitados a una población estrictamente seleccionada y bajo un riguroso control médico, en general subgrupos poblacionales de baja prevalencia.

Por otro lado, las reacciones adversas de los medicamentos biológicos son frecuentes y pueden ser graves, mientras que su epidemiología (prevalencia, factores de riesgo, etc.) no es del todo conocida; además, algunas reacciones adversas, por su frecuencia e importancia clínica, requieren prevención o tratamiento farmacológico. Asimismo, es preciso conocer la epidemiología específica de los medicamentos en cada país, ya que la mayoría de los datos sobre seguridad generalmente proviene de observaciones en poblaciones diferentes.

Muchos de los medicamentos biológicos son capaces de reconocer selectivamente moléculas clave en la respuesta inmunitaria, bloqueando su función o las células que las expresan. Aunque esto, en principio, permitiría reducir el espectro y la frecuencia de sus reacciones adversas, sin embargo, dicha selectividad no se correlaciona en muchos casos con efectos clínicos más específicos, ni con un mejor perfil de seguridad, debido fundamentalmente a que:

La diana farmacológica sobre la que actúa el medicamento biológico puede expresarse en otras células diferentes de las que interesan terapéuticamente.

La modulación de una vía de señalización bioquímica puede afectar a otras vías, en ocasiones desconocidas.

Es frecuente que no haya una correlación lineal entre el perfil farmacocinético del medicamento biológico y la duración e intensidad de los efectos, tanto terapéuticos como adversos.

Los usos no ajustados a las indicaciones y condiciones de uso autorizados (off label) pueden contribuir decisivamente a la epidemiología de las reacciones adversas del medicamento, favoreciendo la aparición de algunas inesperadas o desconocidas, o bien modificar la frecuencia de las conocidas.

Los mecanismos de acción de gran parte de los medicamentos biológicos implican alteraciones de la respuesta del sistema inmunológico del paciente. Esto tiene un importante potencial de generación de reacciones adversas, que en el caso de las vinculadas a la administración parenteral de anticuerpos monoclonales puede alcanzar frecuencias mayores del 30% de los pacientes, lo que obliga administrar

Page 8: MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS Y BIOSIMILARES · La seguridad de los medicamentos biológicos es especialmente importante porque los datos ... complejidad adicional por la multiplicidad

medicación previa o concomitante en forma rutinaria.

Tampoco se conocen datos respecto a los riesgos a largo plazo de muchos de estos medicamentos. Básicamente, desde una perspectiva toxicológica, los medicamentos biológicos presentan algunas

peculiaridades que obligan a un especial control clínico. Esto es particularmente cierto en lo referido a su capacidad antigénica (derivada de su elevado peso molecular) y por sus efectos inmunomoduladores, directos o indirectos.

Están ligadas a la antigenicidad la formación de anticuerpos neutralizantes, que determina una disminución de la acción farmacológica, y la aparición de reacciones de hipersensibilidad (aguda o tardía, localizada o sistémica, desde cuadros leves hasta mortales). Por su parte, la acción inmunomoduladora de muchos medicamentos biológicos puede traducirse en la aparición de infecciones por patógenos u oportunistas, eventualmente graves, así como por la reactivación de infecciones latentes (virus BK§, herpes simplex, hepatitis B o C, etc.), enfermedades autoinmunes, como psoriasis o el síndrome de tipo lupus (lupus-like syndrome), carcinogénesis (linfomas y leucemias, principalmente), síndrome de lisis tumoral, etc. Todo ello, además de la posible toxicidad órgano-selectiva (cardíaca, neurológica, renal, hepática, etc.) y las interacciones farmacocinéticas y farmacodinámicas que, como cualquier otro medicamento, pueden producir.

Los procesos de producción propios de la biotecnología tienen sus limitaciones, entre ellas la dificultad de desarrollar un producto idéntico a otro ya comercializado. Este argumento se ha empleado para cuestionar la comparabilidad de los medicamentos biosimilares; sin embargo, también podría ser igualmente aplicable a situaciones en las que los pacientes cambian de un medicamento biológico a otro, tanto si se trata de un biosimilar como de un innovador, o cuando se introducen cambios en el proceso de fabricación de un producto ya comercializado. En cualquier caso, para caracterizar el potencial inmunogénico de los medicamentos biosimilares, las directrices europeas exigen que se proporcionen datos clínicos y no clínicos previos a la comercialización (con un seguimiento mínimo de un año). Los requisitos de evaluación del potencial inmunógeno se describen en directrices específicas (Guideline on immunogenicity assessment of biotechnology-derived therapeutic proteins).

Farmacovigilancia de los medicamentos biológicos

No hay una única forma de realizar un seguimiento del uso y respuesta de los medicamentos biológicos. De hecho, son múltiples las formas de farmacovigilancia que deben complementarse entre sí y que permiten conocer de forma más precisa y global la seguridad de estos medicamentos.

Estudios pre-comercilización: son fundamentales, dado que surgen de poblaciones estrictamente definidas y controladas, pero están limitados por el bajo número de individuos expuestos, el corto periodo de uso y un estrecho espectro de uso y comorbilidad.

Notificación espontánea: es sencilla y fácil de implementar, pero sus principales factores limitantes son el subregistro y el sesgo de notificación (dependiente de la voluntad del notificador);

Notificación obligatoria por el laboratorio titular: particularmente importante en el caso de medicamentos nuevos o con perfil no bien establecido;

Estudios epidemiológicos observacionales (casos y controles, cohortes, meta-análisis): aportan información relevante y sistematizada, pero tienen limitaciones importantes derivadas su coste económico, número de individuos necesario para acreditar una adecuada significación estadística y un tiempo de ejecución prolongado.

Estudios de farmacovigilancia específica (comunitaria u hospitalaria): dirigidos a obtener datos locales sobre determinado fármaco.

Bancos de datos: Permiten agregar información. Su uso restringido y su control les hace relativamente fáciles de implementar con un adecuado protocolo de uso y administración, y con una mínima tecnología informática. Permiten conocer tanto la efectividad de un medicamento en las diferentes situaciones de uso clínico, como su perfil de seguridad.

§ El virus BK es un patógeno oportunista del sistema nervioso central humano.

Page 9: MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS Y BIOSIMILARES · La seguridad de los medicamentos biológicos es especialmente importante porque los datos ... complejidad adicional por la multiplicidad

Estudios farmacoeconómicos: están ligados fundamentalmente a la determinación de la eficiencia económica de las intervenciones clínica (coste-efectividad).

Todos los medicamentos de origen biológico requieren un plan específico de vigilancia post-comercialización continuo, lo que se conoce como Plan de Gestión de Riesgos (PGR; Risk Management Plan, RMP) que permite registrar acontecimientos adversos poco frecuentes que se observan cuando los medicamentos son empleados por un gran número de pacientes (mayor, en cualquier caso, que el de los pacientes incluidos en los ensayos clínicos previos a la comercialización del medicamento). Asimismo, éste sistema resulta especialmente útil para evaluar y monitorizar la seguridad en poblaciones específicas de pacientes, con la ayuda de los sistemas de trazabilidad para registrar el nombre comercial y el número de lote, así como el nombre del principio activo.

La AEMPS remitió una nota de seguridad a los profesionales sanitarios el 2 de octubre de 2013 recordando26 que “los medicamentos sometidos a seguimiento adicional son aquellos que, por contener nuevos principios activos, ser medicamentos biológicos de reciente autorización o porque se requieren datos o estudios adicionales posteriores a la autorización, están sujetos a una vigilancia más estricta de su seguridad. Estos medicamentos son prioritarios para la notificación de sospechas de reacciones adversas. Se diferenciarán por un triángulo negro ( ▼ ) en la ficha técnica, prospecto y otros materiales informativos y se podrán consultar en la web de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

La farmacovigilancia de un medicamento biológico autorizado por la EMA está soportada oficialmente sobre los siguientes pilares fundamentales:

Informes periódicos de seguridad

Plan de gestión de riesgos:

Especificaciones de seguridad

Plan de farmacovigilancia

Plan de minimización de riesgos Informes periódicos de seguridad, IPS (Periodic Safety Update Reports, PSUR)

Los Informes Periódicos de Seguridad son documentos preparados por el laboratorio titular de la autorización de comercialización conforme a las directrices establecidas al respecto en la Unión Europea, cuya finalidad es actualizar la información de seguridad del medicamento que, entre otros elementos, debe contener:

Información de las sospechas de reacciones adversas de las que haya tenido conocimiento en el periodo de referencia

Evaluación científica del balance beneficio-riesgo del medicamento. La presentación de dicho Informe Periódico de Seguridad debe efectuarse inmediatamente a solicitud de

la AEMPS y de forma periódica, siempre que no se hayan establecido otros requisitos como condición para conceder la autorización de comercialización del medicamento; no obsante, el titular de la autorización de comercialización podrá solicitar la modificación de los periodos citados anteriormente, junto con la solicitud de autorización, o bien una vez concedida la misma. Habitualmente, la periodicidad de los informes periódicos de seguridad es:

Semestral, a partir de la autorización y hasta su comercialización.

Semestral (una vez comercializado) durante los dos primeros años tras la primera comercialización en cualquier país de la Unión Europea.

Anual, los dos años siguientes.

Trianual: a partir del quinto año. Plan de Gestión de Riesgos, PGR (Risk Management Plan)

La evaluación científica del balance beneficio-riesgo se realiza localizando (Tabla 4) el área en la que es especialmente determinante la gestión (detección y actuaciones preventivas y paliativas) de los riesgos de los medicamentos autorizados, especialmente en los recientemente autorizados.

Tabla 4. Evaluación del balance beneficio-riesgo

Page 10: MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS Y BIOSIMILARES · La seguridad de los medicamentos biológicos es especialmente importante porque los datos ... complejidad adicional por la multiplicidad

Riesgo inaceptable en ningún caso DESFAVORABLE DESFAVORABLE

Riesgo aceptable para algunos pacientes (ciertas subpoblaciones)

DESFAVORABLE GESTIÓN DEL RIESGO

Riesgo aceptable para cualquier paciente DESFAVORABLE ACEPTABLE (AUTORIZADO)

Nivel de eficacia clínica Eficacia irrelevante

(inaceptable) Eficacia relevante

(aceptable)

Los objetivos del Plan de Gestión de Riesgos (PGR) son anticipar los riesgos de los medicamentos

biológicos a partir de la información que ya se conoce, identificar las áreas donde la información es más escasa o incluso no se conoce, organizar científicamente los procesos para la identificación y caracterización de los riesgos (nuevos y antiguos) y evaluar la necesidad y, en su caso, ejecutar y valorar la efectividad de un plan de minimización de riesgos.

En concreto, las especificaciones de seguridad del PGR son:

Riesgos importantes identificados o potenciales.

Poblaciones a riesgo (o potencialmente a riesgo)

Información que podría ser importante pero no está disponible en el momento de la comercialización, incluyendo situaciones relevantes insuficientemente estudiadas y escasa experiencia clínica, tanto en los estudios pre-comercialización como en condiciones reales de uso (post-comercialización):

Características demográficas específicas: edad, sexo, raza, etc.

Condiciones de uso: pautas posológicas, duración del tratamiento, indicaciones

Criterios de inclusión y exclusión en los estudios clínicos

Epidemiología: incidencia y prevalencia de la indicación autorizada, morbimortalidad, distribución geográfica, incidencia de ciertos acontecimientos, etc.

Presencia de efectos de clase farmacológicos.

Especificaciones adicionales. En particular, valoración del potencial para:

Sobredosificación

Transmisión de agentes infecciosos

Uso fuera de las especificaciones autorizadas en la ficha técnica (off label)

Uso pediátrico fuera de especificaciones autorizadas (indicaciones y/o dosificación improcedentes)

En el Plan de Farmacocovigilancia deben especificarse:

Los sistemas y procesos que se van a realizar para asegurar que toda la información de seguridad comunicada es debidamente registrada en un lugar accesible

Los informes que deben realizarse para las autoridades reguladoras (AEMPS, EMA)

Notificación expeditiva (situaciones especiales)

Informes periódicos de seguridad

Práctica de un seguimiento de la seguridad:

Evaluación de los problemas detectados

Actualización de la ficha técnica, etc. Los tipos de seguimiento pueden clasificarse según:

Motivación (voluntariedad)

Vigilancia pasiva (notificación): espontánea y estimulada

Vigilancia activa: centros centinelas, monitorización de eventos asociados a la prescripción, registro de expuestos y de casos, etc.

Estructura específica:

Estudios observacionales comparativos (transversales, de cohortes, de casos y controles)

Ensayos clínicos (explicativos, pragmáticos)

Otros (epidemiología de la enfermedad o condición, estudios de utilización de medicamentos, etc.).

Page 11: MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS Y BIOSIMILARES · La seguridad de los medicamentos biológicos es especialmente importante porque los datos ... complejidad adicional por la multiplicidad

Plan de minimización de riesgos

Además de las medidas ordinarias de minimización de riesgos, basadas en la elaboración y actualización adecuada de la ficha técnica (sumario de características) para profesionales sanitarios y del prospecto para pacientes, muchos medicamentos biológicos requieren algunas medidas adicionales de minimización de riesgos, que deben ser presentadas antes de la comercialización en cada Estado Miembro por el laboratorio titular de la autorización de comercialización.

Frecuentemente, se acuerda un programa educacional para profesionales sanitarios y pacientes con la autoridad nacional competente (la AEMPS, en el caso de España). Siguiendo esta línea, por ejemplo, en cada Estado Miembro donde se comercializa Lemtrada® (alemtuzumab)27, todos los médicos que vayan a prescribir este medicamento deben recibir materiales educacionales actualizados con los siguientes elementos:

Ficha técnica oficial del producto

Guía para profesionales sanitarios, conteniendo:

◦ Una descripción de los riesgos asociados al uso de Lemtrada®, concretamente: Púrpura trombocitopénica inmune (PTI), nefropatías (incluyendo enfermedad de anticuerpos anti-membrana basal glomerular) y trastornos de tiroides

◦ Recomendaciones sobre cómo reducir estos riesgos a través del asesoramiento, la supervisión y la gestión adecuados del paciente.

◦ Una sección de “Preguntas frecuentes”

Lista de comprobación para el médico que emite la receta, con siguientes mensajes clave:

◦ Lista de las pruebas que hay que realizar antes del cribado inicial del paciente

◦ Curso de vacunación que hay que completar 6 semanas antes del tratamiento

◦ Premedicación y pruebas de salud general, embarazo y anticoncepción inmediatamente antes del tratamiento

◦ Actividades de supervisión durante el tratamiento y hasta 4 años después del último

◦ Una mención específica al hecho de que el paciente ha sido informado y comprende los riesgos de los trastornos autoinmunes, las infecciones graves y tumores malignos, y las medidas para reducirlos

Guía para el Paciente, que debe contener:

◦ Una descripción de los riesgos asociados al uso de Lemtrada®, concretamente: Púrpura trombocitopénica inmune (PTI), nefropatías (incluyendo enfermedad de anticuerpos anti-membrana basal glomerular), trastornos de tiroides e infecciones graves

◦ Una descripción de los signos y síntomas de los riesgos autoinmunes

◦ Una descripción de la mejor forma de proceder en caso de aparición de los signos y síntomas de dichos riesgos (por ejemplo, cómo ponerse en contacto con los médicos)

◦ Recomendaciones para planificar la programación de supervisión

Tarjeta de alerta de Paciente, que debe contener los siguientes mensajes clave:

◦ Un mensaje de advertencia para los profesionales sanitarios que traten al paciente en cualquier momento, incluyendo en condiciones de emergencia, que indique que el paciente ha sido tratado con Lemtrada®

◦ El tratamiento con Lemtrada puede aumentar el riesgo de: Púrpura trombocitopénica inmune (PTI); nefropatías, incluyendo enfermedad de anticuerpos anti-membrana basal glomerular; trastornos de tiroides e infecciones graves.

◦ Detalles de contacto del médico que emite la receta de Lemtrada®.

Page 12: MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS Y BIOSIMILARES · La seguridad de los medicamentos biológicos es especialmente importante porque los datos ... complejidad adicional por la multiplicidad

El papel del farmacéutico

Los farmacéuticos hospitalarios tienen un papel decisivo al liderar los equipos multidisciplinares dedicados a la evaluación de los biosimilares previa a su utilización, a través de las correspondientes Comisiones de Farmacia y Terapéutica hospitalarias. La inclusión de un biosimilar como alternativa o sustituyendo al producto innovador de referencia se debe analizar y acordar en el seno de las comisiones, en las que el menor coste de los medicamentos biosimilares debe ser un factor a tener en cuenta, pero nunca debe ser una consideración primaria y fundamental en la toma de decisiones. Cada centro debería establecer, en consenso con todos los profesionales sanitarios implicados, cuáles son los protocolos que determinen cuándo y en qué condiciones un biológico es intercambiable por el biosimilar correspondiente. Las políticas, procedimientos y algoritmos terapéuticos deben incluir las diferentes opciones terapéuticas, dosis y estrategias para evitar confusiones en las transiciones del paciente entre los diferentes niveles asistenciales28.

Gran parte de los nuevos medicamentos biológicos incorporados durante los últimos años han sido calificados administrativamente para su dispensación exclusiva en los servicios de farmacia hospitalaria, a pesar de que su uso por los pacientes es mayoritariamente extrahospitalario. Sobre este aspecto, es importante tener en cuenta lo siguiente:

Una parte muy importante del desarrollo de nuevos medicamentos biológicos corresponde al esfuerzo por disponer de medicamentos que no requieran medidas especiales de control como la monitorización continua durante la administración o tras ésta, única justificación clínica que soportaría la exclusividad de uso intrahospitalario de un medicamento** (más allá de los formatos diseñados específicamente para un manejo más conveniente por la farmacia hospitalaria).

Asimismo, la mayoría de los nuevos medicamentos biológicos pueden ser autoadministrados por el propio paciente mediante inyección subcutánea (como viene ocurriendo desde hace décadas con las insulinas o con las heparinas de bajo peso molecular, por ejemplo). Todo ello, obviamente, sin perjuicio del cumplimiento de la obligación profesional de farmacovigilancia, tan inherente al farmacéutico comunitario como a cualquier otro profesional sanitario. De hecho, desde hace décadas se han venido dispensando medicamentos biológicos en oficinas de farmacia comunitarias (heparinas, insulinas, etc.), a plena satisfacción y seguridad de los pacientes, y manteniendo todos los controles sanitarios y administrativos pertinentes.

La localización de la oficina de farmacia, más próxima al paciente y, en muchos casos, el conocimiento personal del paciente por parte del farmacéutico comunitario, puede facilitar un seguimiento más estrecho del plan de gestión y de minimización de riesgos de los medicamentos, sean biológicos o no, incluyendo la comunicación de sospecha de reacciones adversas por los propios pacientes. Cuando no se trata de una situación de urgencia o emergencia, para el paciente es más fácil, cómodo y rápido acudir a una oficina de farmacia – abierta durante un amplio horario y con guardias periódicas – que a la consulta del médico especialista, necesariamente sujeta a planificación. Todo ello, sin perjuicio – obviamente – de los necesarios controles médicos que cada paciente requiera.

En definitiva, la farmacovigilancia desde la oficina de farmacia no es una alternativa al seguimiento clínico directo por parte del médico prescriptor, sino un complemento de este seguimiento, que permite optimizar la gestión del control farmacoterapéutico, adaptándose a las necesidades y circunstancias específicas de cada paciente y dándole un valor añadido a los recursos asistenciales sanitarios, tanto en el ámbito público como en el privado.

Bibliografía 1 European Medicines Agency. Preguntas y respuestas sobre medicamentos biosimilares (medicamentos biológicos similares). EMA/837805/2011.

** Así como las indicaciones dirigidas específicamente para intervenciones necesariamente intrahospitalarias (anestesia, sedación, etc.) o para soporte vital en este entorno clínico.

Page 13: MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS Y BIOSIMILARES · La seguridad de los medicamentos biológicos es especialmente importante porque los datos ... complejidad adicional por la multiplicidad

27 de septiembre de 2012. http://www.ema.europa.eu/docs/es_ES/document_library/Medicine_QA/2009/12/WC500020062.pdf 2 http://www.emea.europa.eu/ema/index.jsp?curl=pages/contacts/CHMP/people_listing_000024.jsp&mid=WC0b01ac0580028d97 3 http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2009/09/WC500003517.pdf 4 http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2009/09/WC500003920.pdf 5 http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2009/09/WC500003953.pdf 6 http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2013/03/WC500139624.pdf 7 http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2013/03/WC500139622.pdf 8 http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2012/06/WC500128686.pdf 9 http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2010/04/WC500089474.pdf 10 http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2009/09/WC500003927.pdf 11 http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2009/09/WC500003930.pdf 12 http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2009/09/WC500003957.pdf 13 http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2009/09/WC500003955.pdf 14 http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2009/09/WC500003935.pdf 15 http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2009/09/WC500002805.pdf 16 http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2009/09/WC500003963.pdf 17 http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2009/09/WC500003946.pdf 18 http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Scientific_guideline/2012/06/WC500128688.pdf 19 López-Púa Y, Ruiz S, Calvo G. Medicamentos biosimilares. Un concepto europeo exportado con éxito a todo el mundo. BioPharmaceuticals. 2013; 2(3): 20-30. 20 Orden SCO 2874/2007, de 28 de septiembre, por la que se establecen los medicamentos que constituyen excepción a la posible sustitución por el farmacéutico con arreglo al artículo 86.4 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. 21 Real Decreto-Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. 22 Del Llano-Señaris JE. Prefacio. En: Libro Blanco de los Medicamentos Biosimilares; coord.: Gema Pi Corrales. Fundación Gaspar Casal; Madrid, 2014. 23 Gascón P. El estudio IGES: un análisis del ahorro que para los sistemas de salud europeos significará la introducción de biosimilares. BioPharmaceuticals. 2015; 3(2): 7-12. 24 Hidalgo Vega A. Utilidad de los medicamentos biosimilares. En: Libro Blanco de los Medicamentos Biosimilares; coord.: Gema Pi Corrales.

Fundación Gaspar Casal; Madrid, 2014. 25 Monteverde Junyent J, Alerany Pardo C. Mercado de los medicamentos biosimilares en España. En: Libro Blanco de los Medicamentos

Biosimilares; coord.: Gema Pi Corrales. Fundación Gaspar Casal; Madrid, 2014. 26 Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS). Medicamentos sometidos a seguimiento adicional de su seguridad. http://www.aemps.gob.es/informa/notasInformativas/medicamentosUsoHumano/seguridad/2013/docs/NI-MUH_FV_25-2013-seguimiento-adicional.pdf 27 Lemtrada®. Ficha técnica. http://www.ema.europa.eu/docs/es_ES/document_library/EPAR_-_Product_Information/human/003718/WC500150521.pdf 28 Poveda Andrés JL. Medicamentos biosimilares: la visión desde la farmacia hospitalaria. En: Libro Blanco de los Medicamentos Biosimilares; coord.: Gema Pi Corrales. Fundación Gaspar Casal; Madrid, 2014.