ME 25-1 PM en Guarnicion

47
ME 25 – 1 MINISTERIO DE DEFENSA EJERCITO PERUANO POLICIA MILITAR MANUAL DE POLICIA MILITAR EN GUARNICION LIMA – PERU 1993

Transcript of ME 25-1 PM en Guarnicion

Page 1: ME 25-1 PM en Guarnicion

ME 25 – 1

MINISTERIO DE DEFENSA EJERCITO PERUANO

POLICIA MILITAR

MANUAL DE POLICIA MILITAR EN

GUARNICION

LIMA – PERU

1993

Page 2: ME 25-1 PM en Guarnicion

(X) ME 25-1 MANÚAL DEL EJERCITO MINISTERIO DE GUERRA Nº 25-11

POLICIA MILITAR MANUAL DE POLICIA MILITAR EN GUARNICIÓN

Pfo Pág. CAPITULO 1. GENERALIDADES.

Objeto y Alcance .. .. ..................................................... 1 5 CAPITULO 2. MISION Y FUNCIONES DE LA POLICIA MILITAR Sección I. COMANDO Y AUTORIDAD

Misión.......................................................................... 2 6

Comando y Autoridad ................................................. 3 6

Funciones del Comando con relación a la P M........... 4 7

Funciones Generales de la Policía Militar ................... 5 8

II. NORMAS DE CONDUCTA

Generalidades............................................................. 6 10

Presentación ............................................................... 7 11

Protección ................................................................... 8 11

Arrestos....................................................................... 9 12

III. PATRULLAS EN LA POBLACION.

Misiones...................................................................... 10 13

Organización de las Patrullas ..................................... 11 14

Técnica del Patrullaje ............................................... 12 15 CAPITULO 3. MOTIVOS DE DETENCION DE PERSONAL MILITAR Y CIVIL

Sección I. PERSONAL MILITAR

Uso incorrecto del Uniforme ...................................... 13 17

Militares de paseo o en Viaje ...................................... 14 17

Espectáculos y establecimientos públicos .................. 15 18

Militares que causen desorden ................................... 16 18

Reuniones Políticas .. .. .. ........................................... 17 19

Alejamiento de la Guarnición ...................................... 18 19

2

Page 3: ME 25-1 PM en Guarnicion

Pfo Pág. Otros motivos . ......................................................... .. 19 19

II. DETENCION DE EMPLEADOS DEL RAMO DE GUERRA.

Causas........................................................................ 20 20

La PM en caso de infracciones por Oficiales ............. 21 20

III. PREVENCION DE LAS FALTAS Y DETENCION DEL

PERSONAL DE TROPA Y EMPLEADOS CIVILES

Prevención de faltas ................................................... 22 21

La Policía Militar en los Vehículos de Trasportes Milita-

Res.............................................................................. 23 22

CAPITULO 4. LA POLICIA MILITAR DE TRANSITO.

Misiones...................................................................... 24 24

Caso de imposición de sanciones por infracciones de

tránsito ........................................................................ 25 26

CAPITULO 5. REPRESION DE FALTAS Y DELITOS.

Sección I. CASOS EN QUE LA POLICIA MILITAR PUEDE HA-

CER USO DE SUS ARMAS

Generalidades............................................................. 26 28

II. PAPELETAS, PARTES E INFORMES.

Generalidades............................................................. 27 29

III. TECNICA DE DETENCION.

Generalidades............................................................. 28 31

ANEXO 1. FORMATO DE PARTES DE DETENCIÓN................. 34

ANEXO 2. FORMATO DE PAPELETA DE INFRACCION MILITAR

DE TRANSITO ........................................................... 35

ANEXO 3. FORMATO DE PARTE RESUMEN DE DETENIDOS. 37

ANEXO 4. FORMATO DE ORDEN DE COMPARENDO ............. 38

ANEXO 5. FORMATO DE ORDEN –DE CAPTURA .................... 39

ANEXO 6. FORMATO DE FICHA DE IDENTIFICACION............. 40

ANEXO 7. FORMATO DE REGISTRO DE PROPIEDAD DE PRI-

SIONEROS. ................................................................ 41

ANEXO 8. FORMATO DE RECIBO DE PRISIONEROS Y DETENI-

DOS ............................................................................ 42

3

Page 4: ME 25-1 PM en Guarnicion

Pfo Pág. ANEXO 9. FORMATO DE REGISTRO DE DETENIDOS 43

ANEXO 10. FORMATO DE PARTE MENSUAL DE FALTAS

COMETIDAS Y SANCIONES IMPUESTAS ....................... 45

ANEXO 11. DE CODIGO DE HONOR DEL POLICIA MILITAR............. 46

4

Page 5: ME 25-1 PM en Guarnicion

CAPITULO 1

GENERALIDADES

1. Objeto y alcance. a. El presente Manual contiene los principios generales que rigen las normas y

procedimientos a que debe sujetarse la Policía Militar (P M) en la guarnición.

b. Responde al propósito de encausar la conducta de los Oficiales y tropa de la PM

así como de los encargados temporalmente de ésta, tanto en los establecimientos

militares como en las poblaciones y se limita a la exposición de los principios y

técnica que deben conocer y aplicar,

c. La PM debe ejercer sus funciones con sagacidad, tino y en forma cortés e

imparcial. Solamente hará uso de la fuerza cuando las circunstancias lo demanden.

d. La Superioridad militar no se inmiscuye en la forma cómo los militares utilizan su

tiempo libre mientras estén con permiso o licencia, no trata de limitar sus

actividades siempre que éstas no redunden en desprestigio del Ejército y no sean

perjudiciales a la salud y bienestar del mismo.

e. Todo militar tiene la obligación de estar enterado de las prescripciones que

contiene el presente Manual para facilitar la labor de las funciones del personal de

la PM; así como acatar las disposiciones de ésta y todo Superior a contribuir con su

autoridad a su mejor desempeño.

f. Proporcionar a los Comandantes de Unidad o Reparticiones Militares en todos los

escalones y la PM de otros IIAA y Fuerza Auxiliares; las normas necesarias para

actuar coordinadamente.

5

Page 6: ME 25-1 PM en Guarnicion

CAPITULO 2

MISION Y FUNCIONES DE LA POLICIA MILITAR Sección I. COMANDO Y AUTORIDAD

2. Misión.

La Policía Militar tiene por misión general hacer cumplir estrictamente los

reglamentos y disposiciones Superiores en lo que respecta al porte, disciplina y

conducta dei Personal Auxiliar, Especialista y Tropa fuera de los Cuarteles y

Dependencias Militares; así como vigilar y controlar las normas referentes al

empleo de los vehículos militares.

3. Comando y Autoridad.

a. La Policía Militar está bajo el control directo de los Comandantes Generales de

Región militar, por intermedio de sus Mayorías de Guarnición.

b. En el CGE Cuarteles Generales de Región Militar y de Grandes Unidades habrá

un Preboste, quien formará parte del Estado Mayor Especial.

c. El Preboste como miembro del EME no tejerte funciones de Comando, salvo el

caso en que el Jefe de la Unidad de Policía Militar desempeñe a la vez las fun-

ciones de Preboste.

d. El Preboste del Ejército como miembro del EME del CG del Ejército, no imparte

órdenes a los Prebostes Regionales o Divisionarios, sólo mantiene con ellos,

enlace directo por cuestiones de orden técnico, impartiendo las directivas

necesarias y realizando Inspecciones a las UU de PM.

e. El efectivo de la PM variará con la importancia de la guarnición, de los efectivos

militares y de la situación.

Su organización está contemplada en los cuadros de Organización del Ejército.

En las localidades que no sean sede de GU y existan cuerpos de tropa, se

designará un Oficial y el personal necesario, que recibirán instrucción especial

de la materia, para realizar las funciones de PM.

6

Page 7: ME 25-1 PM en Guarnicion

f. La autoridad de la PM se deriva de la de su Comandante la cual a su vez emana

'de los Reglamentos y de las 'Disposiciones que dicte el Comandante General

del Ejército o sus respectivos Comandantes Generales de Región o GU.

g. La PM representa el prestigio y la autoridad de la Ley para el personal militar, de

la misma manera que la Guardia Civil y Policía para todo ciudadano; por lo cual

todos sus componente; merecen el respeto, consideración y apoyo de los

miembros de los Institutos Armados y de aquellos civiles sujetos a las leyes y

reglamentos militares.

h. Resistirse a la acción de la PM en el desempeño de sus funciones constituye

falta grave.

i. Los Comandos de Unidad o Repartición dispondrán el aviso a la PM en los casos

que a continuación se indican, siendo ésta la única responsable de realizar los

trámites de investigación de los incidentes o de retiro de detenidos:

(1) Cuando personal de su Unidad cause incidentes en la calle o lugares

públicos.

(2) Cuando sea detenido en las Comisarías.

j. En caso de producirse delitos en locales o zonas militares, las Comandos de

Unidad o Repartición solicitarán la intervención de la Sección de Investigaciones

de la PM, haciéndolo con carácter obligatorio en casos de muerte o de daños a

la salud y al cuerpo.

4. Funciones del Comando con relación a la Policía Militar.

a. La protección de la propiedad militar, la conservación del orden, disciplina y la

observación de las órdenes de la Superioridad son funciones del Comando,

siendo la PM uno de los medios de que dispone para el control de su

cumplimiento. Por consiguiente el Comando prescribe las funciones de la Policía

Militar y es responsable de su dirección y empleo. Anexo 11.

b. El Preboste coordina las funciones de la PM con la Guardia Civil y Policía y sus

similares de los otros Institutos Armados (Marina y Aviación) de modo que la

responsabilidad de cada una sea claramente determinada; estableciendo las

medidas necesarias.

7

Page 8: ME 25-1 PM en Guarnicion

5. Funciones Generales de la Policía Militar

a. La función principal de la Policía Militar es prevenir las faltas, detener a los

infractores o culpables una vez cometidas, y dar cuenta con el Parte

respectivo poniéndolos a disposición de la autoridad correspondiente.

b. La Policía Militar debe ser justa e imparcial al exigir el cumplimiento de las

disposiciones y órdenes. Ejerce sus funciones con espíritu de camaradería y

respeto. Da sus órdenes con mesura y exactitud, demostrando firmeza y

autoridad a fin de no provocar reacciones violentas o negativas del autor o

infractor.

c. La Policía Militar no castiga a los infractores de las leyes o reglamentos, ni

permite que se maltrate o ultraje al personal detenido.

d. La PM en las localidades tiene las siguientes funciones:

(1) Velar por el exacto cumplimiento de las disposiciones e instrucciones

diversas en lo referente al porte, uniforme, presentación, conducta,

cortesía y disciplina del personal militar y civil que presta servicios en

el Ejército, cuando se encuentren fuera de los establecimientos

militares (de paseo, comisión, servicio, etc.).

(2) Mantener el orden entre los individuos de la Fuerza Armada y entre

éstos con el elemento civil.

(3) Proteger al personal militar contra actos de violencias y custodiar a los

detenidos por infracciones o sometidos a la Justicia Militar.

(4) Detener a los faltos, desertores, mal uniformados, embriagados y a

todo individuo que no cumpla con las disposiciones prescritas en el

Reglamentos de Servicio en Guarnición.

(5) Investigar y prevenir delitos, robos, actos reñidos contra la moral,

escándalos e infracciones que tiendan a menoscabar el prestigio

Institucional.

(6) Recuperar la propiedad militar perdida, robada o abandonada, en

especial armas y municiones.

8

Page 9: ME 25-1 PM en Guarnicion

(7) Suministrar a los militares informaciones sobre la ubicación de

Unidades y otras Dependencias u oficinas militares.

(8) Auxiliar al personal enfermo o accidentado en la calle.

(9) Dar seguridad a las dependencias e instalaciones militares que la

Superioridad haya ordenado.

(10) Vigilar la circulación de los individuos tanto militares como civiles,

dentro de los establecimientos militares.

(11) Regular el tránsito vehicular dentro de los establecimientos militares.

(12) Cooperar con la Policía de Tránsito del Ministerio de Gobierno en la

regulación del tránsito militar cuando se efectúen movimientos de

tropas.

(13) Controlar el servicio de transporte de pasajeros en los vehículos del

Ejército.

(14) Custodiar los alojamientos del Comando, de Jefes, Oficiales y

Especialistas cuando la situación lo requiera y reciban orden para ello.

(15) Vigilar y controlar el conveniente empleo de los vehículos militares

considerados como material de guerra, de acuerdo a las disposiciones

vigentes y Reglamentos de Tránsito Militar.

(16) Cooperar a la protección de las personas que estén en peligro,

militares o civiles; y, en caso de ser solicitada, contribuir a la captura

de individuos sorprendidos en flagrante delito o perseguidos por el

clamor público, y entregarlos a la Guardia Civil, previo recibo.

(17) Cuando el Comando Militar lo disponga, prestar ayuda a las

autoridades civiles sea para proporcionar socorro en caso de desastre

o para reprimir un disturbio, en caso de alteración del orden público.

9

Page 10: ME 25-1 PM en Guarnicion

Sección II NORMAS DE CONDUCTA

6. Generalidades Los miembros de la PM regirán su conducta de acuerdo a las normas siguientes:

a. Ser corteses al dirigirse a cualquier persona, sobre todo cuando lo hagan

con un Superior para hacerle conocer alguna disposición emanada de la

Superioridad y cuyo cumplimiento les ha sido encomendado.

b. Cuando deban hacer cumplir una nueva disposición que pudiera causar

extrañeza, se les proporcionará una copia de tal disposición para ser

mostrada cuando sea menester; en este caso extremarán su cortesía

teniendo en cuenta que tal disposición no era conocida.

c. Cooperar con las autoridades civiles y la Guardia Civil y Policía en el

mantenimiento del orden y el respeto a las leyes por parte del personal

militar.

d. Dar protección a las personas que estén en peligro, y en caso de ser

solicitada, contribuir a la captura de individuos sorprendidos en flagrante

delito o perseguido por clamor público.

e. Hacer frente a cualquier situación que se presente demostrando firmeza,

imparcialidad, tacto e inteligencia.

f. No asumir mayor autoridad de la que está investido como PM.

g. No obstaculizar la acción de las autoridades civiles en el cumplimiento de

sus deberes.

h. En el desempeño de sus funciones les está prohibido aceptar regalos o

gratificaciones, debiendo dar cuenta inmediata a sus Superiores cuando

ello denote intento de soborno.

i. Estar enterado de la ubicación de los establecimiento militares, itinerarios

de vehículos de transporte urbano (trenes, tranvías, ómnibus, etc.)

principales plazas, avenidas, calles, edificios públicos, puestos de

asistencia pública, hospitales, bancos, teléfonos públicos, etc., a fin de

proporcionar información útil al personal militar.

10

Page 11: ME 25-1 PM en Guarnicion

7. Presentación

j. Estando encargado la PM de vigilar la corrección del uniforme reglamentario

así como el buen comportamiento del personal militar, ésta debe ser un

modelo de presentación y porte. Mientras esté de servicio, se abstendrá de

comer, tomar bebidas alcohólicas o entretenerse en tiendas o lugares

públicos. La PM lleva en la manga izquierda un brazal con las letras PM

negras, en fondo blanco y se usa únicamente cuando se encuentra de

servicio Fig 1.

k. Las tropas que temporalmente desempeñan el servicio de PM, tendrán las

misma atribuciones que ésta y están autorizadas a llevar el brazal de PM.

l. Durante la noche o en condiciones de poca visibilidad, la PM se identificará

antes de dirigirse a un militar o a otra persona.

m. El equipo que normalmente llevará la PM estará compuesto por vara,

pistola, cordón, silbato, libreta de parte, lápiz, plano de la localidad y

linterna eléctrica en el servicio de noche; además llevará esposas cuando

tenga que cumplir una misión de captura.

n. No debe reprenderse en público no poner bajo arresto a los miembros de la

PM cuando están efectuando su servicio, excepto por sus Superiores

directos. En casos excepcionales podrán ordenar su arresto otros Oficiales

debiendo justificarlo por escrito.

o. El PM está obligado a dar su nombre y unidad a la que pertenece,

mostrando su tarjeta de identidad a todo Oficial que lo pida y que

previamente se haya identificado como tal, especialmente cuando éste

lleve ropa civil.

8. Protección. La Policía Militar desempeña la función de protección de un militar, cuando

asume la responsabilidad de custodiarlo por considerar que necesita ayuda o

socorro, sin que aquello signifique arresto, ni sea materia de Informe adverso en

contra de dicho individuo. La protección se asume en los siguientes casos:

11

Page 12: ME 25-1 PM en Guarnicion

a. Cuando un militar se encuentre en la calle sin los medios necesarios para

retornar a su cuartel .

b. Por encontrarse enfermo o accidentado.

c. Para impedir que un militar pueda ocasionar desprestigio a su instituci

d. Para salvaguardar a un miembro de la Fuerza Armada contra la violencia o

inhabilitación.

e. El modo de acción de la PM en estos casos es el siguiente:

(1) Caso de enfermedad o accidente: (a) Prestarle en el acto los Primeros Auxilios.

(b) Conducirlo al Puesto de Socorro más cercano o al HMC.

(c) Conducirlo a su Unidad o dejarlo internado según lo prescribe el

médico.

(d) Recabar un recibo por el individuo que entrega.

(e) Anotar todos los datos que señala el REGISTRO DE

PERSONAS BAJO PROTECCION.

(2) En cualquiera de los otros casos: (a) Conducirlo su Unidad.

(b) Recabar un recibo por el individuo que entrega.

(c) Anotar todos los datos en el REGISTRO DE PERSONAS BAJO

PROTECCION.

9. Arresto. a. La Policía Militar puede proceder a la detención del personal Auxiliar,

Especialista, Tropa y Civil que presta servicios en el Ejército, siempre que

la conducta observada así lo exija.

b. Un Oficial no podrá ser detenido por un individuo de tropa de la PM, en

caso que por su conducta o condición del momento, necesite protección y

no se encontrara presente ningún Oficial de la PM, el clase o el más

antiguo de la patrulla dará cuenta inmediatamente al Oficial de Guardia de

la PM por el medio más rápido a su alcance (teléfono, patrullero,

comisarías, policías, etc.) y en forma discreta permanecerá cerca del Oficial

protegido hasta que se haga presente el Oficial de la PM; en todo caso la

misión de la PM será de protección.

12

Page 13: ME 25-1 PM en Guarnicion

c. En ausencia de Policía Militar, la Guardia Civil y Policía deberá proceder en

la forma indicada en los dos párrafos anteriores, dando cuenta inmediata

del hecho a la PM a fin de que ésta, según se trate de un Oficial, de

Personal Auxiliar o Tropa, asuma la acción correspondiente.

d. Se recurre al arresto solo cuando los infractores no cumplan con las

indicaciones de la PM, no debe arrestar por infracciones leves, limitándose

una vez identificado el infractor a dar parte a sus Superiores exponiendo la

falta cometida.

e. La PM al efectuar arrestos empleará la fuerza sólo cuando haya agotado

los medios de persuasión para que el infractor acepte ser arrestado, no

debiendo tratar al detenido con rudeza ni violencia innecesarias.

f. En caso de emergencia puede pedir ayuda a los individuos de tropa,

cualquiera que sea su clase, para el desempeño de sus deberes.

g. Al efectuar detenciones, el personal de la PM está autorizado para hacer

un registro (cacheo) sumario al individuo a fin de asegurarse que no porta

ninguna clase de armas. Anexo 6.

h. La policía Militar de cualquier Instituto Armado está autorizada a tomar, en

caso necesario, medidas represivas, inclusive arrestar a cualquier Sub-

Oficial o individuo de tropa culpable de mal comportamiento o falta que

desacredite a los Institutos Armados. El personal arrestado será remitido a

la Repartición o Policía militar respectiva con el Parte correspondiente.

Anexo 1.

Sección III. PATRULLAS EN LA POBLACION

10. Misiones. a. Los Comandantes de Guarnición son responsables de controlar la

conducta del personal militar dentro de sus respectivas Guarniciones.

b. La misión de las patrullas de la PM es:

(1) conservar el orden entre los miembros de las Fuerzas Armadas,

proporcionarles las informaciones que soliciten, ayudarlos y prevenir

su mal comportamiento.

13

Page 14: ME 25-1 PM en Guarnicion

(2) Efectuar rondas en los lugares de diversión frecuentados por la tropa

a fin de evitar desórdenes, tanto entre los miembros de los Institutos

Armados como entre éstos y el elemento civil.

(3) Detener a los que cometan las infracciones puntualizadas en el

capítulo 3 del presente Manual; formulando el Resumen de Detenidos.

Anexo 3.

11. Organización de las Patrullas.

c. El Jefe de la PM determina el número y composición de las patrullas

necesarias en la población de acuerdo con:

(1) Los sectores en los cuales ejercerán su acción

(2) Los lugares de control especificados.

(3) La hora de entrada y salida de las patrullas.

(4) Los medios de movilidad y transmisiones utilizados.

(5) Efectivos de las tropas que se encuentren de paseo o permiso.

d. Se contará con un retén para acudir a llamadas de urgencia y reforzar a las

patrullas en casos imprevistos, el que debe encontrarse en condiciones de

ser utilizado en cualquier momento y estar dotado de los medios de

movilidad apropiados.

e. Las patrullas estarán al mando de un Oficial o clase.

f. El efectivo de la patrulla no podrá ser inferior a dos hombres.

g. La organización normal de las patrullas y su empleo es el siguiente:

(1) Patrullas a pie, Estas pueden ser de dos tipos: (a) Puestos fijos. Para vigilar al personal militaren los lugares más

importantes, en las estaciones terminales de trenes, ómnibuses

interprovinciales, etc., a fin de proporcionar información.

(b) Puestos móviles. Encargados de la vigilancia de determinadas

zonas y sectores de la población, de preferencia en aquellos

lugares donde se suscitan frecuentes desórdenes y afluye

personal militar.

14

Page 15: ME 25-1 PM en Guarnicion

(2) Patrullas Motorizadas, Las que emplean vehículos para su

transporte y pueden ser: (a) Patrullas Disciplinarias. Se emplean como un órgano adicional

a las patrullas a pie, para completar su acción en los sectores de

la población donde no alcanzan éstas. Estas patrullas

normalmente se mantienen en el vehículo y solo actúan a pie

para realizar una detención.

(b) Patrullas de tránsito. Encargadas de regular el tránsito militar, y

realizar el Control de Vehículos Militares.

(c) Patrullas de Vigilancia. A cargo de Oficiales y Clases de PM,

tienen por objeto verificar el normal desempeño de los demás

tipos de patrullas.

(d) Patrullas Mixtas. Son aquéllas provistas de un vehículo para

trasladarse a un lugar determinado, actuando luego como una

patrulla a pie.

(3) Patrullas de Retén. Son las que permanecen alertas en el Cuartel de

la Policía Militar, para ser empleadas de acuerdo con las situaciones

imprevistas o urgentes. (a) Patrullas Disciplinarias. Se emplean como un órgano adicional

a las patrullas a pie, para completar su acción en los sectores de

la población donde no alcanzan éstas. Estas patrullas

normalmente se mantienen en el vehículo y solo actúan a pie

para realizar una detención.

12. Técnica del Patrullaje. h. La PM en el patrullaje empleará la técnica siguiente:

(1) Al efectuar el servicio en las calles caminará por el borde de la vereda

que da a la calzada, lo cual lo pone en condiciones de: (a) Ver mucho más lejos a lo largo de la calle.

(b) Ser localizado con más facilidad por sus compañeros de

servicio.

(c) Estar menos expuestos a los ataques sorpresivos provenientes

del interior de las casas, locales y establecimientos.

15

Page 16: ME 25-1 PM en Guarnicion

(d) Ofrecer menos blancos a los objetos que arrojen sobre él desde

las partes altas.

(2) El servicio de patrulla de la PM en la población debe: (a) Localizar y tener presente los lugares donde con frecuencia se

producen escándalos, tales como bares, cantinas, cafetines,

restaurantes y salones de bailes, etc.

(b) Efectuar visitas a dichos lugares y a intervalos irregulares

observando la conducta del personal militar que en ellos se

encuentre; sobre todo debe controlarlos a la hora del cierre de

dichos lugares, Asimismo deberán darse cuente de los accesos

de entrada o salida, para ingresar a él sin tropiezos si la

situación lo requiere.

(c) Conocer la ubicación de los establecimientos o puestos dotados

de teléfonos para hacer llamadas en caso necesario.

(d) Nunca entablará discusión con su propio compañero sobre la

manera de actuar en determinado caso. Las diferencias de

opinión no se ventilarán en público.

i. El PM no usará la vara sino cuando su empleo sea justificado; pero, en

cualquier caso, evitará golpear en la cabeza de los infractores; sólo se

empleará los golpes al hombro, brazo, piernas, que someten al individuo

sin derramamiento de sangre o inhabilitación de gravedad.

16

Page 17: ME 25-1 PM en Guarnicion

CAPITULO 3 MOTIVOS DE DETENCION DE PERSONAL MILITAR Y CIVIL

Sección I. PERSONAL MILITAR

13. Uso incorrecto del Uniforme Será motivo de detención por uso incorrecto del uniforme:

a. Los que no lleven el uniforme reglamentario o se encuentren desaseados,

lleven prendas antirreglamentarias o usen insignias, divisas o

condecoraciones que no les correspondan.

b. Los que no acaten las indicaciones de la PM sobre el uso incorrecto del

uniforme.

c. Los sospechosos de usar indebidamente el uniforme militar, quienes serán

entregados a la Guardia Civil y policía para sufrir el castigo

correspondiente, procediéndose al decomiso de las prendas militares; y

d. Los que usen indebidamente el traje civil, salvo que tengan autorización

escrita.

14. Militares de paseo o en viaje. La PM detendrá a los militares de paseo o en viaje que no sean Oficiales en los

casos que a continuación se indican:

a. Los que no lleven consigo sus documentos de Identificación y la respectiva

papeleta de paseo, permiso o vacaciones.

b. Los que presenten papeletas de salida con firma dudosa o ilegible, o se

encuentren sin postfirma; las que serán retenidas para ser enviadas a la

Unidad correspondiente.

c. Los que transiten por la calle de las 0100 horas salvo tengan autorización

especial.

d. Los que viajando en vehículos de transporte público, ocupen los asientos

delanteros o de primera clase y se nieguen a ocupar los lugares que les

corresponde.

17

Page 18: ME 25-1 PM en Guarnicion

e. Los que no lleven el cabello corto, sobre todo en las caídas y en la parte de

atrás.

f. Los que conversen en la calle o establecimientos públicos asuntos

relacionados con la política o con el servicio del Cuartel.

g. Los que no tengan mesura en el lenguaje, especialmente con las damas y

niños, ancianos, así como los que no acaten las disposiciones de la PM o

de la Guardia Civil y Policía.

h. Los que porten paquetes que contrasten con la irreprochabilidad del

uniforme.

i. Los que transiten por las calles cuando exista orden de inamovilidad

absoluta, salvo el caso del desempeño de comisión, previa papeleta de

autorización.

j. Los desertores o perseguidos por la Justicia Militar.

k. Los que porten indebidamente armas blancas o de fuego.

15. Espectáculos y Establecimientos Públicos. Se detendrá en los espectáculos y establecimientos públicos, al personal de

tropa que:

a. Los que ocupen localidades de preferencia o de primera clase,

especialmente en los cinemas, estadios, etc.

b. Los que ingresen uniformados a casas de juego o de tolerancia.

16. Militares que causen desorden. La PM procederá a detener a los militares que causen desorden, en los

siguientes casos:

a. Los que participen en riñas o manifestaciones públicas, cualquiera que sea

su naturaleza, inclusive las manifestaciones de júbilo o protesta deportiva.

b. Los que se encuentren embriagados, presentando aspecto incorrecto ante

el público o fomentando escándalos.

18

Page 19: ME 25-1 PM en Guarnicion

17. Reuniones Políticas. Serán motivo de detención por la PM:

a. Los que participen en actividades políticas.

b. Los que caminen acompañados de civiles que se dediquen a actividades

políticas.

c. Los que se encuentren merodeando locales políticos.

18. Alejamiento de la Guarnición.

Procederá la PM a detener por alejamiento de la Guarnición a los que sin

autorización escrita se encuentren fuera de la Guarnición en que prestan servicio

y a una distancia mayor de 50 Kilómetros.

19. Otros motivos. Otros motivos de detención por la PM será:

a. Cualquier miembro del Personal Auxiliar, Especialista o Tropa que no

cumpla con las disposiciones prevista en los reglamentos de Servicio

Interior y en Guarnición.

b. Los que cometan delitos por el Código de Justicia Militar, tales como robos,

crímenes, asaltos, abusos, etc.

c. Los que faltaren de palabra u obra a la PM o Guardia Civil y no cumplan

con las indicaciones de la PM.

d. Cuando exista orden de detención contra determinado individuo. Anexo 5

e. Los que pretendan sobornar a la PM con promesas, dinero objetos u otros;

mofarse o pretender ridiculizar la labor de la PM.

f. Los que no presten ayuda a la PM cuando hayan sido requeridos para el

efecto solicitado.

19

Page 20: ME 25-1 PM en Guarnicion

Sección II. DETENCION DE EMPLEADOS DEL RAMO DE GUERRA INCLUSIVE PERSONAL FEMENINO

20. Causas. Será motivo de detención de empleados del Ramo de Guerra, inclusive personal

femenino:

a. Los sospechosos de usar indebidamente el informe militar.

b. Los que se encuentren embriagados y en peligro de divulgar documentos

secretos o infidencia sobre sus labores militares.

c. Los que conversen en la calle o establecimiento públicos, asuntos

relacionados con la oficina militar donde trabajan.

d. Los que no participen en actividades políticas.

e. Los que no cumplan con las observaciones o indicaciones de la PM.

f. Por faltar de palabra u obra al PM., mofarse o pretender ridiculizarlo.

g. Cuando exista orden de detención para determinado empleado civil. Anexo

4.

h. Cuando cometan delitos previstos y penados por el Código de Justicia

Militar.

21. La Policía Militar en caso de Infracciones por Oficiales.

a. El procedimiento a seguir por la PM, en caso de infracciones por Oficiales,

es el siguiente:

(1) Cuando un Oficial infrinja alguna disposición de la que está obligada a

hacer observar la Policía Militar, ésta se acercará al Superior y previo

saludo, le indicará en forma respetuosa la disposición sobre el

particular, retirándose en seguida.

(2) Conforme al párr. 9. b. del presente Manual un Oficial no podrá ser

detenido por la PM por infracciones cometidas en la calle, pero está

obligada a identificarse ante ella, la que le dará protección en los

casos siguientes:

20

Page 21: ME 25-1 PM en Guarnicion

(a) Cuando demuestren encontrarse embriagados.

(b) Cuando participen en riñas entre militares o en las que

intervienen civiles.

b. Solamente la PM, podrá a un Oficial, cuando reciba orden escrita de la

Superioridad Militar o Justicia Militar y en este caso, el Oficial encargado de

la detención debe ser de superior o igual graduación; podrá usar la fuerza

empleando miembros de la PM únicamente cuando se le oponga

resistencia.

Sección III. PREVENCION DE LAS FALTAS Y DETENCION DEL PERSONAL DE TROPA Y EMPLEADOS CIVILES

22. Prevención de la faltas.

a. Siendo la función principal de la PM la prevención de las faltas, debe, en

todo momento, observar y prevenir a las tropas sobre las infracciones que

puedan cometer en determinadas circunstancias, para lo cual se acercara

al infractor indicándole la trasgresión cometida y si éste accede a lo

indicado, se retirará después de darle las gracias; en caso contrario

procederá a deternelo.

b. Una vez que la falta cometida ha motivado el arresto de algún miembro de

tropa del Ejército o empleado civil, la PM procederá en la siguiente forma:

(1) Practica al detenido un simple registro (cacheo) destinado a localizar

armas blancas o de fuego con las cuales pueda herirse o atacar.

(2) Conduce al infractor en el vehículo de la patrulla al Cuartel de la PM

en caso de no poder disponer de vehículo, podrá depositarlo en la

Comisaría más cercana, hasta cuando pueda ser conducido al

Cuartel. Anexo 8.

(3) En el cuartel de la PM el Oficial de Guardia dispone que se efectúe al

infractor un registro (cacheo) más completo, exigiendo que éste

exponga todos los efectos personales que lleve consigo, anotándose

en el Libro “Registro de Propiedad de Detenidos” Anexo 7, procede a

21

Page 22: ME 25-1 PM en Guarnicion

notificar, por el medio más rápido, a las Unidades a las que

pertenezcan los detenidos a fin de que los hagan recoger por u

Oficial, quien firmará el libro “Registro de Personal Detenido” una vez

constatada la devolución de sus efectos personales al interesado,

Anexo 9.

23. La Policía Militar en los vehículos de transporte militares.

a. El personal militar y empleados civiles, inclusive el personal femenino, debe

tener presente cuando viajen en vehículos de transporte militares, que

éstos deben ser considerados como la prolongación del establecimiento

militares donde prestan servicios; por lo tanto están obligados a observar

las reglas de disciplina y las disposiciones que al respecto dicte la

Superioridad.

b. El militar de mayor graduación que viaje en el vehículo, velará por el

mantenimiento del orden y apoyará con su autoridad al personal de la PM

en el cumplimiento de sus consignas. En la parte visible del vehículo y en

tamaño apropiado se fijarán letreros, avisos, consignas, con la indicación

de la reglamentación respectiva (itinerario, horas de viaje, personal

autorizado para viajar, distribución de asientos, etc.)

c. Ningún pasajero, cualquiera que fuera su grado, podrá hacer variar el

itinerario del vehículo ni hacerlo detener en sitios diferentes a los paraderos

establecidos.

(1) Para cada clase de vehículo estará específicamente determinada la

distribución de los asientos con indicación de los que deben ocupar

los Jefes y Oficiales, personal femenino y demás pasajeros.

(2) Los pasajeros ocuparán los asientos que les corresponden, aunque

las filas anteriores se encuentren desocupadas, pudiendo utilizar

éstas solamente, cuando sus respectivas filas se encuentren

totalmente ocupadas y no hayan subido los pasajeros para quienes

están reservada, debiendo desocuparlas cuando se presenten dichos

pasajeros.

22

Page 23: ME 25-1 PM en Guarnicion

d. Es requisito para ingresar al vehículo la presentación del Carnet de

Identidad para los oficiales vestidos de civil, así como para los empleados y

personal femenino aún cuando viajen diariamente; en caso de no llevarlo

consigo no podrán viajar en él, absteniéndose los pasajeros cualquiera que

sea su grado de garantizarlo o autorizarlo así lo conociera. No se aceptará

constancia o autorización sino la presentación del Carnet mismo.

e. Es prohibido el viajar en los omnibuses militares al personal de tropa y

personas que no presten servicio en el ramo de Guerra, incluyendo los

familiares de los Jefes, Oficiales y empleados civiles.

f. Los pasajeros inclusive el personal femenino, catarán las indicaciones de la

PM y se abstendrán de criticarlos, mofarse o pretender ridiculizarlos. Si

persistieran en ello, el PM previa advertencia, está autorizado a detener el

vehículo y obligar a bajar al infractor o infractores no debiendo oponerse a

ello ningún otro pasajero sin distinción de grado. Asimismo los pasajeros no

podrán llevar paquetes o bultos que incomoden a los demás.

g. El PM está obligado a dar parte a sus superiores de las ocurrencias

habidas durante su servicios en el vehículo, haciéndolo en forma detallada

cuando se haya producido un incidente con algún pasajero o accidente de

tránsito.

23

Page 24: ME 25-1 PM en Guarnicion

CAPITULO 4

LA POLICIA MILITAR DE TRANSITO

24. Misiones. a. La PM de Tránsito tiene las siguientes misiones:

(1) Velar por el cumplimiento de las disposiciones dictadazas por la

Superioridad referente a hora de empleo y uso de los vehículos

militares.

(2) Sancionar las infracciones de tránsito militar, imponiendo papeletas a

los chóferes de los vehículos militares que contravengan las

disposiciones contenidas en el reglamentos de Tránsito Militar en

Tiempo de Paz.

(3) Prestar ayuda a los vehículos militares que colisionen y a los heridos

que pudieran resultar en caso de choque o atropello, dando cuenta al

Juzgado de Transito Militar.

(4) Controlar que los vehículos del Ejército (camiones, jeeps, camionetas,

etc.) que hayan sido rematados, no lleven impreso ningún distintivo ni

número del Ejército y disponer que todos aquellos carros que sean

encontrados en circulación sin habérseles cambiado la pintura, placa

de rodaje o distintivo propio del Ejército sean internados al Depósito

Oficial del Ministerio de Guerra.

b. La Policía Militar cada vez que se efectúe remate de vehículos militares

recibirá del Servicio de Material de Guerra del Ejército, una relación de los

carros rematados en los cuales está indicado el tipo, modelo y nombre del

rematante a fin de controlar que después de los 15 días que la Ley confiere

para la transferencia, su circulación sea sin distintivos militares (placa,

pintura, etc.).

c. La PM que encontrara vehículos militares que transitan después de las

1900 horas en días de trabajo y en cualquier hora de los días feriados y no

viajando en ellos algún Jefe u Oficial podrá, detenerlos e internarlos en el

Depósito Militar salvo que el chofer porte la autorización respectiva del Jefe

de la Repartición.

24

Page 25: ME 25-1 PM en Guarnicion

d. La PM cuando esté en la necesidad de detener la marcha de un vehículo

militar que haya cometido alguna infracción de transito, lo hará

previniéndolo por medio de un toque de silbato. Una vez que el vehículo se

haya detenido se acercará y solicitará del chofer la presentación de los

documentos reglamentarios (brevete, papeleta de salida si hay lugar) le

hará conocer la infracción cometida y si no procede la justificación que dé

el conductor sobre el motivo de ella, reimpondrá la papeleta de infracción

correspondiente. Si el motivo es justificado y la falta es leve, le indicará que

no vuelva a repetirla dejándolo continuar su marcha.

e. Si en el caso del párrafo anterior, al detener un vehículo el PM constatara

que viaja un Oficial, previamente antes de dirigirse al chofer, lo saludará y

le pedirá permiso para indicar al conductor la infracción cometida, dejando

después que el vehículo continúe su marcha. En este caso dará cuenta al

Oficial de quien dependa con la indicación de la clase de vehículo, su

número, la infracción cometida, el grado y el arma, nombre y Unidad (si

conoce) del Oficial que viajaba.

f. El Jefe de la PM dará cuenta a la Superioridad por medio de un Parte

acompañando la papeleta respectiva, para la sanción correspondiente,

remitiendo el duplicado de dicha papeleta al Juzgado de Tránsito Militar.

g. En caso que la PM constatara la presencia de un vehículo militar

estacionado fuera de las horas y en lugares no autorizados (domicilios

particulares, bares, cines, clubs, playas, etc.). tratará de identificar al chofer

y averiguar el motivo de su presencia en dicho lugar; si éste no es

justificado, procederá a la detención del vehículo y su conducción al

Depósito Militar. Aun, si algún Oficial se encontrara presente, se procederá

como se ha indicado anteriormente.

h. La PM dará cuenta de todo vehículo militar del Ejército que pernocte en la

calle.

i. La División Automóvil remitirá al Preboste respectivo, periódicamente, la

afectación a las Unidades de los vehículos del cargo del Ejército, así como

las nuevas afectaciones que se produzcan, para facilitar la identificación de

la Unidad a que pertenece el vehículo.

25

Page 26: ME 25-1 PM en Guarnicion

25. Casos de Imposición de Sanciones por Infracciones de Tránsito.

La PM impondrá las sanciones que se indican en los casos siguientes:

a. Detención del chofer y envío del vehículo al Depósito Militar, por:

(1) Conducir un vehículo motorizado sin tener brevete.

(2) Manejar un vehículo militar en estado etílico.

b. Papeletas de infracción, por:

(1) Salirse del itinerario directo o el fijado por la Superioridad.

(2) Utilizar un vehículo militar en un servicio particular.

(3) Ceder el puesto del volante a otro sin brevete, o chofer militar no

designado, en cuyo caso la responsabilidad por cualquier accidente

que se produjera, será solidaria.

(4) Sacar un vehículo militar sin autorización burlando la vigilancia para

utilizarlo en servicio particulares.

(5) Conducir un vehículo militar falto de conservación y aseo.

(6) Interrupción del servicio del vehículo motorizado por la falta de

carburante o agua, lo que debe prever el chofer antes de utilizar el

vehículo.

(7) Conducir en el vehículo pasajeros civiles o carga particular sin orden

expresa para ello, constituyendo circunstancia agravante obtener

lucro de ello.

(8) Conducir un vehículo a velocidades superiores a los límites

establecidos en el reglamentos de Tránsito y Manuales de Transporte

Militares:

(a) 7 Kms. A la hora, en el cruce de avenidas o en las intersecciones

de calles de tránsito en ambos sentidos.

(b) 10 Kms. A la hora, al dar la vuelta en una esquina.

(c) 15 Kms. A la hora, en intersecciones de calles congestionadas y

donde existan rieles de tranvía; en las calles donde existan

escuelas; y al ingresar a un puente.

(d) 25 Kms. A la hora, en las calles del interior de la ciudad(20 Km/h

para vehículos de carga)

26

Page 27: ME 25-1 PM en Guarnicion

(e) 35 Kms. A la hora, en parques y paseos.

(f) 45 Kms. A la hora, en avenidas urbanas y zonas interurbanas (30

Kms/h para vehículos de carga).

(g) 70 Kms. A la hora, en carreteras.

(9) Accidentes. Si hay lesionados, el chofer no deberá abandonar el lugar

del accidente sino después de haber intervenido la policía; cuando se

trate de accidente sin lesiones, deberá dar cuenta al puesto de policía

más cercano.

(10) Manejar un vehículo del cargo de los Institutos Armados y Fuerzas

Auxiliares, cualquiera que sea, sin ser el chofer designado,

constituyendo agravante que sea manejado por personas ajenas a la

unidad a la que esta afectado el vehículo.

(11) Conducción de un vehículo militar por un chofer sin uniforme

reglamentario, salvo que posea autorización escrita del jefe de unidad

o repartición respectiva.

(12) No tener el chofer consigo la papeleta de comisión del vehículo.

(13) Conducir un vehículo militar que no lleve los números de rodaje

claramente pintados ni las marcas que reglamentariamente le

corresponde, dificultando su identificación y control.

c. Cuando la PM de transito constate que un vehículo militar es

manejado por un Oficial, se limitara a tomar nota del numero y clase

del vehículo, lugar donde fue visto, fecha y hora, dando cuenta a sus

superiores para la identificación anterior respectiva; este mismo

procedimiento se observara para los vehículos que se den a la fuga, o

la PM se vea imposibilitada para efectuar su detención

27

Page 28: ME 25-1 PM en Guarnicion

CAPITULO N° 5

REPRESIÓN DE FALTAS Y DELITOS

Seccion I CASOS EN QUE LA PM PUEDE HACER USO DE SUS ARMAS 26. Generalidades.

a. La PM antes de proceder al empelo de sus armas de fuego deberá tener

presente que solo en situaciones excepcionales podrá emplearlas; por lo

que nunca sacara su arma sino en las ocasiones que sea forzoso herir o

matar.

b. La PM no exhibirá sus armas de fuego, haciendo alarde innecesario y, si en

todo caso es preciso disparar, tendrá cuidado de no poner en peligro la

vida de los espectadores inocentes.

c. La PM cuando agotados los medios normales, si se viera obligada a

emplear sus armas de fuego, lo hará en los siguientes casos:

(1) Cuando es atacada.

(2) Cuando sea rodeada y amenazada en forma tal que peligre la mision

del personal

(3) Para impedir que un individuo escape de la reclusion o prision.

(4) En defensa de la vida del projimo.

(5) Para aprehender a un individuo o evitar su fuga, si existen fundamentos razonados de que este ha perpetrado un delito de gravedad.

d. El PM que se haya visto obligado por la fuerza de las circunstancias a

emplear su arma, dará cuenta a la mayor brevedad posible al superior de

quien dependa, explicando con todo detalle las razones y causas que

justifiquen se empleo. El superior en referencia procederá a esclarecer los

hechos y deslindar las responsabilidades consiguientes.

e. Para emplear sus armas la PM procederá en la siguiente forma:

(6) Notificara en alta voz, precedida si es posible de toques de silbato,

que va a emplear las armas.

28

Page 29: ME 25-1 PM en Guarnicion

(7) Repetira dos veces esta notificacion, indicando que a la tercera

empleara las armas.

(8) Si con ello no obtiene el resultado deseado procedera a emplear las

armas disparando a los pies.

(9) Si no obtiene resultado favorable disparara al aire.

(10) En caso de que la PM se viera atacada sorpresivamente y no

hubiera lugar a hacer las notificaciones indicadas anteriormente,

procedera a emplear las armas en forma resuelta y energica.

Seccion II. PAPELETAS, PARTES E INFORMES 27. Generalidades.

a. Toda infracción de transito cometida por el personal militar, será motivo de

una PAPELETA, Anexo 2, impuesta por el PM que constato la falta. En

dicha papeleta se consignaran los siguientes datos: Clase le vehículo, N°

de Rodaje, Unidad a la que pertenece el vehículo; grado, nombre y

apellidos del conductor, N° del brevete; lugar de la infracción, hora día, mes

y año; y, la firma del PM.

b. La Papeleta de Infracción Militar de Transito, será confeccionada en triple

ejemplar, para los siguientes destinatarios:

(11) Uno para la GU, Reparticion o Servicio donde presta servicio el

infractor..

(12) Otro para el juzgado de Transito Militar , para los fines que

determine el Reglamento respectivo.

(13) El tercer ejemplar para el archivo de la PM y que servira para la

formulacion del Parte o Resumen Semanal.

d. Las detenciones que efectué la PM darán lugar a un PARTE DE

DETENCIÓN, con la indicación de la fecha, hora, clase, nombre y

apellidos, Unidad, faltas constatadas y lugar; el que será confeccionado por

el PM que intervino en el hecho, llevara la firma del Oficial o clase Jefe de

la Patrulla y el V° B° del Preboste o Jefe de la PM.

e. Se confeccionara en triple ejemplar y su distribución será la siguiente:

29

Page 30: ME 25-1 PM en Guarnicion

(1) Dos para la GU, Repartición o Servicio a la que pertenece el detenido;

los que servirán uno para el G-1 dela GU y el otro para su remisión a

la Unidad interesada.

(2) El tercer ejemplar para el archivo de la PM y que servira para la

formulacion del parte Resumen Semanal de Detenciones, que remitira

el Preboste o Jefe de la Policia Militar a la Superioridad Militar de

quien depende los dias lunes de cada semana.

f. Independientemente de los Partes Semanales a que se refieren los sub

párrafos anteriores, los Prebostes de Lima, confeccionaran semestralmente

en el ultimo día útil de Junio y Diciembre, un Cuadro Resumen de

Detenidos e Infracciones con indicación de las Unidades, Reparticiones,

Servicios y faltas, el que será remitido a la Comandancia General del

Ejercito en la Guarnición de Lima y a la Comandancia General respectiva

en las demás Guarniciones para su estudio y recomendaciones a que

hubiera lugar.

g. A fin de que la Comandancia General del Ejercito conozca las medidas

tomadas y las sanciones impuestas al personal considerado en los Partes,

Papeletas e informes remitidos por la PM a las diferentes Unidades, los

Comandantes de las Regiones Militares, GGUU, Servicios, Unidades

autónomas y Juzgado de Transito Militar, reemitirán el día 8 de cada mes,

a la Dirección de Personal del CGE una relación del personal comprendido

en los citados documentos, indicando las medidas tomadas y las sanciones

impuestas, conforme al formato respectivo. Anexo 10

h. Todo incidente o falta en la que intervenga la PM o la Guardia Civil y policía

con miembros de los Institutos Armados y según el caso, civil implicado, así

como hechos graves que interese poner en conocimientos de la

Superioridad Militar o que se presuma constituyan faltas graves o delitos

serán motivo de un INFORME elevado a la Comandancia General del

Ejercito o Gran Unidad según corresponda, el que debe contener

detalladamente la forma y circunstancias del hecho, con la responsabilidad

y sugerencias a que lugar. Dicho Informe debe ir acompañado de las

manifestaciones de los que hayan intervenido, copia del Parte Policial, así

30

Page 31: ME 25-1 PM en Guarnicion

como de los Certificados Médicos y demás documentos que fueran

necesarios.

i. Copia de este Informe será remitido a la Unidad, Servicio o Repartición donde

prestan servicios los autores del hecho.

j. En el caso de faltas relacionadas con la Seguridad del Estado,

conservación del orden publico, seguridad del Ejercito o producido muertes

o daños serio a la salud, al cuerpo o a la propiedad, el Jefe de la Policía

Militar dará cuenta inmediatamente a la Superioridad Militar de quien

depende y al Comando de la Unidad, Servicio o Repartición donde presta

servicios el infractor, aparte del informe correspondiente.

Sección III. TÉCNICA DE DETENCIÓN 28. Generalidades.

Al producir el arresto de un infractor, debe tenerse en cuenta lo siguiente:

a. Alejar lo ante posible de la vista del publico al detenido, evitando

discusiones protegiéndolo contra cualquier posible daño. En todo caso

debe resguardarse el decoro del uniforme.

b. Deberan tomarse todas las medidas de seguridad para evitar que el

detenido pueda fugarse. Al detenerlo,se le indica: “queda Ud. Arrestado”. Si

son dos o mas los detenidos, se les conducira delante de la pareja de PM o

bien, entre los miembros de esta. Figura 2.

c. Una vez que al infractor se le ha apartado del lugar en que se le detuvo, se

le registra rápidamente para ver si lleva consigo alguna arma escondida,

Figura 3. En caso de ofrecer resistencia, la PM lo reducirá aplicando la

técnica que el caso requiera.

d. Cuando a causa de la violencia, sea necesaria refrenar a un detenido, lo

cual es esposarlo. Las esposas pueden ser un arma temible en las

muñecas de un preso que esta en condiciones de blandir los brazos; para

evitar esto, se debe esposarlo con las manos a la espalda, Figura 4 o

afianzarle las manos por delante pasándole su propio cinturón entre las

manos sobre la cadena de las esposas, evitando que con aquellas puede

alcanzar la hebilla; finalmente, para dificultar los movimientos del detenido

31

Page 32: ME 25-1 PM en Guarnicion

se le puede sentar afianzándole las manos por debajo de las corvas. Figura

5.

e. A cuatro hombres se les puede sujetar en un mismo grupo, mediante dos

pares de esposas, poniéndola cadena de uno de los pares sobre la muñeca

de cualesquiera de los cuatro individuos y afianzando una de las anillas del

otro por sobre la expresada cadena alrededor de la muñeca del individuo.

Los tres presos restante, quedaran sujetos por una muñeca en cada una de

las otras tres anillas. Figura 6.

f. Debe tomarse toda clase de medidas de seguridad para evitar que los

detenidos utilicen ciertos objetos como herramientas, piezas de madera o

metal y otros que puedan esgrimirlos a manera de armas. En la medida de

lo posible se usara vehículo cuya caja de herramientas vaya cerrada y

acerrojada. En el caso de utilizar carros de reconocimiento, debe cuidarse

de que el compartimiento de herramientas este bien cerrado. Los

detenidos, serán colocados en el lugar en donde puedan ser mejor

vigilados por la PM. Figura 7.

g. La PM lleva al costado izquierdo una vara, que la utilizara siempre

justificadamente. La emplea por lo común una prolongación del brazo para

hurgar o hincar al contrincante; para descargar un golpe blandiente,

evitando darle en la cabeza; los golpes dirigidos al hombro, brazo, piernas

o estomago, vencerán al individuo sin infligirle grave lesión

h. El PM no debe olvidar que al interrogar a individuos de las fuerzas armadas

después de sus primeras palabras se producirá un momento de tensión en

el que puede dominar la situación, o provocar un estado de violencia por

cuyo motivo, uno de los miembros de la PM formulara las preguntas con

voz clara y que demuestre autoridad a la vez que amistad; mientras el otro,

se mantendrá a la expectativa. A fin de evitar altercados, con las personas

que se encontraran presentes, a los infractores se les apartara

previamente, a otro lugar para su interrogatorio.

i. La PM durante el interrogatorio, tomara una posición tal que no le permita

al detenido tomarlo por sorpresa, para golpearlo o quitarle el arma; por lo

que cuidara siempre de no estar frente a frente con el interrogado, sino

32

Page 33: ME 25-1 PM en Guarnicion

tenerlo un poco hacia la izquierda; el otro policía, se mantendrá a corta

distancia y alerta a cualquier movimiento del detenido. Figura 8.

33

Page 34: ME 25-1 PM en Guarnicion

ANEXO 1

FORMATO DE PARTE DE DETENCIÓN

CGE E.N. Cía P.M.

PARTE DE DETENCIÓN Nº ...................

Grupo Fecha - Hora ..............................................................................................................................................................................

Clase, Nombre y Apellidos ....................................................................................................................................................................

Unidad...................................................................................................................................................................................................

Faltas constatadas ................................................................................................................................................................................

..............................................................................................................................................................................................................

..............................................................................................................................................................................................................

..............................................................................................................................................................................................................

..............................................................................................................................................................................................................

Lugar .....................................................................................................................................................................................................

Observaciones ......................................................................................................................................................................................

..............................................................................................................................................................................................................

Vº Bº El Oficial Jefe de Patrulla Intervine

(Nº Clave)

34

Page 35: ME 25-1 PM en Guarnicion

ANEXO 2

FORMATO DE PAPELETA DE INFRACCIÓN MILITAR DE TRÁNSITO

CÍA DE POLICÍA MILITAR PAPELETA Nº ............................

INFRACCIÓN MILITAR DE TRÁNSITO

Clase de Veh .......................................................................... Nº ................................................. Unidad del Veh. ............................

Piloto: Grado ...................................................................... Nombres ..................................................................................................

Brevete Nº ........................................................................... Lugar ......................................................................................................

Indicativo del PM ..................................................................................................................................................................................

Infracción del RARMTP, Art. 59, inciso .......................................................................................................... Detalles de la infracción

..............................................................................................................................................................................................................

..............................................................................................................................................................................................................

..............................................................................................................................................................................................................

Hora ...................... día ............................. mes ................................................... año ........................................................................

Indicativo del PM Firma del PM ..............................................................................................................................................................................................................

DISTRIBUCIÓN: Original JMT; duplicado CGE y triplicado GU, pertenece vehículo. NOTA.- Incisos infracciones a la vuelta.

35

Page 36: ME 25-1 PM en Guarnicion

ARTICULO 59 DEL RATMTP

a. Piloto sin brevete

b. Salirse del itinerario directo o fijado , inclusive vehículos detenidos en casas particulares

c. Utilizar vehículo militar en servicio particular

d. Ceder volantes a otros sin brevete o chofer no designado

e. Manejar vehículo motorizado en estado etílico

f. Sacar vehículo del garaje burlando vigilancia para utilizarlo en servicios particulares

g. Conducir vehículo en estado de falta de conservación y aseo.

h. Interrupción del vehículo, por falta de combustible, lubricante y agua.

i. Conducir en el vehículo pasajeros civiles o carga partícular, sin orden escrita para ello, constituyendo agravante obtener

lucro en este.

j. Conducir el vehículo a velocidades superiores a los límites del RGT, MT.

k. Abandonar el lugar de un accidente con lesiones sin haber intervenido la Policía de Tránsito.

l. Manejar un vehículo del Ejército sin ser chofer designado, inclusive personas ajenas a la Unidad a la que está afectado el

vehículo.

m. Chofer sin el uniforme reglamentario conduciendo un vehículo, salvo autorización de la CGE para usar traje civil.

36

Page 37: ME 25-1 PM en Guarnicion

ANEXO Nº 3

FORMATO DE RESUMEN DE DETENIDOS ___________________________________________________________________________________________________________________________________________ CGE E .N. CIA. PM

PARTE DEL RESUMEN DE DETENIDOS CORRESPONDIENTE AL SERVICIO DE PATRULLAS DEL

………..AL …….DEL……. de 19………………………..

HORA Y FECHA DE DETENCION DETENIDOS LUGAR DE LA

DETENCION

FALTAS QUE DIO MOTIVO LA DETENCION

HORA DIA CLASE NOMBRE YAPELLIDOS

UNIDAD

Vº Bº ES CONFORME LIMA……………..DE…………………………………DE 20……………..

EL OFICIAL JEFE DE PATRULLA ………………………………………..

37

Page 38: ME 25-1 PM en Guarnicion

ANEXO 4

FORMATO DE ORDEN DE COMPARENDO

CGE E.N. Cía P.M.

(1) …………………………………..de comparendo

Don…………………………………………………………………………………………………………………………………….Domiciliado

En……………………………………………………………………………Nº……………………Int. Nº………………………………………..

Distrito……………………………………………………………………………………………………………comparecerá a este despacho

(cuartel Sta Catalina) el día …………………………………………………………..de………………………………………………………..

del presente año a fin de.......................................................................................................................................................................

..............................................................................................................................................................................................................

..............................................................................................................................................................................................................

..............................................................................................................................................................................................................

..............................................................................................................................................................................................................

Lima…………..de…………….de 19………

(1) orden o pedido

38

Page 39: ME 25-1 PM en Guarnicion

ANEXO 5

FORMATO DE ORDEN DE CAPTURA

CGE E.N. CIA P.M.

(1) …………………………………..de captura Nombre y apellidos de la persona por capturar………………………………………………………………………………………………….

…………………………………………………alias………………………………………………………por ser (2)…………………………….

……………………………………………perteneciente……………………………………………………………………………………………

Residente en Jr. O calle………………………………………………………………………………………………………Nº………………….

Interior Nº ……………………Distrito ………………………………………………………………..características, otros del individuo por

detener:

Hijo de ………………………………………………………….y de………………………..……………………………………………………..

Lugar de nacimiento: Dep. ………………………………....Prov…………………………….Dist……………………………………………

Edad…………………….años y de raza……………………Talla………………………………………………………………………………..

Cabellos…………………………………Frente…………………………………………………..Cara…………………………………………..

Ojos………………………………………Nariz………………Boca……………………………..Labios…………..……………………………

Barba……………………………………..Color……………………………………………..Constitución………………………………………

Lima…………..de…………….de 19………

(1) Orden o pedido (2) Motivo especifíco de la captura

39

Page 40: ME 25-1 PM en Guarnicion

ANEXO 6

FORMATO DE FICHA IDENTIFICACION COMPAÑÍA DE POLICIA MILITAR DEL EJERCITO

FICHA DE IDENTIFICACION REGISTRO Nº………….

Apellidos ………………………………………………………………Nombre………………………………………………………………….

……………………………………………………………………Unidad…………………………………………….…………………………….

Señas:Raza……………………………………………………….Color………………………………………………Cabello…….……………

Talla………………………………Peso………………………………………………………………………………Constitución………………

Lugar de nacimiento : Distrito ……………………………………..Provincia …………………………………………………………………...

Dpto.………………………el día …………………de……………………………………………………………de 19………………………….

Profesión antes de ingresar al servicio……………………………………………………………………………………………………………

Domicilio de sus padres o parientes : Jr. o Calle………………………..……………………………………………………………………...

……………………………Nº………………Int Nº ………………Dist…..…………………………………………………………………………

Prov. ………………………………………………………………….………………………..……………………………………………………..

Antecedentes policiales ………………………………….…………………………………………………………………………………………

…………………….………………………………………………….………………………………………………………………………………..

40

Page 41: ME 25-1 PM en Guarnicion

Huellas Digitales

Formula Dactiloscopica

OPERADOR

…………………………………………….….de…………………..de 19…………….

Pulgar Derecho Indice Derecho Medio Derecho

DETENCIONES SUFRIDAS

PAPELETA Nº FECHA MOTIVO DE LA

DETENCION

DIA MES AÑO

41

Page 42: ME 25-1 PM en Guarnicion

ANEXO 7

FORMATO DE REGISTRO DE PROPIEDAD DE PRISIONEROS CGE E.N. CIA P.M.

REGISTRO DE PROPIEDAD DE PRISIONEROS Nº DE REGISTRO A LA DETENCION ………………..……………………………FECHA :………………………………………………….

……………………………………………………….………………………………………………………………….…………………………….

(Grado nombre del detenido Unidad)

Cantidad Propiedad que entrega Observaciones RECIBIDO POR:…………………………………………………………………………………………………………………………………… (Grado) (Nombre del que recibe) ATESTIGUADO POR :…………………………………………………………………………………………………………………………………………………….. (Grado) (Nombre del testigo) (Unidad) FECHA…………….....................................................………………………………………………………………………………………… ………………………………………… (ES CONFORME) (Firma del testigo) ……………………………………. (Firma del detenido)

RECIBI …………………………………………………..

(Firma de la persona que recibe)

42

Page 43: ME 25-1 PM en Guarnicion

ANEXO 8

FORMATO DE RECIBO POR PRISIONEROS Y DETENIDOS CGE E.N. CIA P.M.

RECIBO POR PRISIONEROS O DETENIDOS Por orden de……………………..………………..……………………………he recibido.. :…………………………………………………. .

Grado Nombre Nº Individuos comprometiéndome a su custodia hasta la entrega al Puesto de destino con el presente documento. RECIBO DE :……………………………………………………………………………………………………………………………………… Unidad Cuerpo o Cárcel

Clase Unidad Nombre UNIDAD DE DESTINO: …………......………PUESTO DE CAPTURA……….......................…………………………………… Hora :………….:…………………………… Fecha……….........……………………………….…………………………………..

ENTREGUE RECIBI CONFORME

43

Page 44: ME 25-1 PM en Guarnicion

ANEXO 9

REGISTRO DE DETENIDOS

DATOS DE LA DEVOLUCION DEL DETENIDO A SU UNIDAD

Nº P A P E L E T A

FECHA DE LA

DETENCION

DATOS DEL DETENIDO

DATOS DEL PM QUE HIZO LA DETENCION

DEL DETENIDO

DEL OFICIAL QUE

RECOGE AL DETENIDO

H O R A

D I A

ME S

A ÑO

C L A S E

NOMBRE

Y

APELLIDOS

UNI DAD

GRAN UNIDAD

Nº DEL PM

MOT I V O

LUGAR DE LA DETENCION

FIRMA DEL PM

R E C L A M O S

F I R M A

C L A S E

N O M B R E

HORA

D I A

M E S

R E C L A M O S

F I R M A

44

Page 45: ME 25-1 PM en Guarnicion

ANEXO Nº 10

FORMATO DE PARTE MENSUAL DE FALTAS COMETIDAS Y SANCIONES IMPUESTAS

……………………………. G U (Repartición) ……………………………. Lugar y fecha

Parte Mensual de Faltas Cometidas y Sanciones Impuestas

Informe o parte de la PM Unidad Fecha Nº

Clase y Nombre del Infractor

Faltas Cometidas Medidas adoptadas o

sanción impuesta

………………………………………… Cmdte G U o Repartición

45

Page 46: ME 25-1 PM en Guarnicion

A N E X O 1 1

CODIGO DE HONOR DEL POLICIA MILITAR

TODO POLICIA MILITAR DE HONOR DEBE: 1. Tener solida moral, excelente porte militar y disciplina ejemplar, debiendo ser “El mejor Soldado del Ejercito”. 2. Su uniforme debe ser impecable y modelo para los demas miembros del Ejercito. 3. Ser respetuoso, leal y franco con sus superiores. 4. Rechazar energicamente todo intento de soborno, recomendación. 5. Ser cortés y atento, respetuoso y justo con sus camaradas y subalternos, y

elemento civil en inflexible son los infractores a las leyes y reglamentos. 6. Ser ejemplo de obediencia, para lo cual sera el fiel cumplidor de las leyes, reglamentos y ordenes. 7. Ser constante, abnegado, honardo, puntual, desinteresado y de ucho carácter

para hacer cumplir las disposiciones reglamentarias. 8. Mantenerse siempre alerta para no dejarse sorprender ni engañar. 9. Tener mucho tino, vivacidad e iniciativa para hacer frente a las situaciones

que se le presenten y estar en condiciones de prestar ayuda al que le necesite.

10. Ser físicamente muy fuerte para estar en condiciones de poder doblegar,

además de su valor einteligencia , las resistencias que se opongan en el desempeño de sus funciones.

11. Tener presente que tiene los siguientes medios para cumplir su misión :

persuación – energía – la vara y su arma sólo en el caso que peligre su vida. 12. Tener presente siempre en mente, que ser policía militar es un honor y una

dicha , ya que es el gurdián del prestigio y seguridad del Ejército.

46

Page 47: ME 25-1 PM en Guarnicion

(AGE X18-041(6 Jul 62) Dir Per) Aprobado por el Ministro de Guerra, General de División ALEJANDRO CUADRA RABINES (RM Nº 99 CGE del 05 Jul 62). NICOLAS LINDLEY LOPEZ

General de División

Comandante General del Ejército

REGISTRADO: ALFREDO DEL CARPIO MALDONADO Coronel Ayudante General del Ejército Reimpresión aprobada por el Comandante General del Ejército NICOLAS DE BARI HERMOZA RIOS (H/R Nº 008 DEDOC/05.21 de Oct 93). NICOLAS DE BARI HERMOSA RIOS

General de Ejército

Comandante General del Ejército

DISTRIBUCION : “A” AGE : 1046

47