Marco regulatorio de las tics y la educación en el país

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO Facultad de Ciencias de la Educación, Humanas y Tecnologías Escuela de Informática Aplicada a la Educación Portafolio del Estudiante Página 1 TICS EN LA EDUCACIÓN PREPARADO POR: Carla Paola Guamán Morocho FECHA: 30 de Abril del 2014 Marco regulatorio de las TICs y la Educación en el País D E S A R R O L L O Definiciones de las Tics (FUNDESCO, 1986) Denomina a las tics como un conjunto de tecnologías que permiten la adquisición, producción, almacenamiento, tratamiento, comunicación, registro y presentación de las informaciones, en forma de voz, imágenes y datos contenidos en señales de naturaleza acústica, óptica o electromagnética. http://www.creade ss.org/index.php/comparte/2012-02-10-21-38-04/blogs-creadess/pdf?id=5733 (UNESCO) Considera que las tics constituyen un conjunto de instrumentos cada vez más eficaces para crear y difundir el conocimiento, así como para aprovecharlo en común. http://www.unesco.org/bpi/pdf/memobpi15_informationtechno_es.pdf Para Antonio Bartolomé “la Tics encuentra su papel como una especialización dentro del ámbito de la Didáctica y de otras ciencias aplicadas de la Educación, refiriéndose especialmente al diseño, desarrollo y aplicación de recursos en procesos educativos, no únicamente en los procesos instructivos, sino también en aspectos relacionados con la Educación Social y otros campos educativos. Estos recursos se refieren, en general, especialmente a los recursos de carácter informático, audiovisual, tecnológicos, del tratamiento de la información y los que facilitan la comunicación” http://www.uv.es/~bellochc/pdf/pwtic1.pdf Criterio Personal Las dos instituciones (FUNDESCO-UNESCO) y el autor (Antonio Bartolomé) hablan acerca de lo mismo de las tecnologías de la información y comunicación dentro de la colectividad, entonces se podría definir a las Tics como tecnologías que se requieren para la gestión y transformación de la información, y específicamente en el uso de ordenadores y programas que permiten crear, modificar, almacenar, administrar, proteger y recuperar esa información. Por lo tanto las Tics tiene un papel muy importante en la sociedad y aún más dentro del ámbito educativo para el excelente rendimiento dentro del proceso enseñanza- aprendizaje, mediante ello sirve de gran ayuda tanto al docente como al estudiante a entender, a analizar, a dar su propio criterio y sobre todo a mejorar sus conocimientos.

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO Facultad de Ciencias de la Educación, Humanas y Tecnologías Escuela de Informática Aplicada a la Educación

Portafolio del Estudiante Página 1

TICS EN LA EDUCACIÓN PREPARADO POR: Carla Paola Guamán Morocho

FECHA: 30 de Abril del 2014

Marco regulatorio de las TICs y la Educación en el País

D E S A R R O L L O

Definiciones de las Tics

(FUNDESCO, 1986) Denomina a las tics como un conjunto de tecnologías que permiten la adquisición, producción, almacenamiento, tratamiento, comunicación, registro y presentación de las informaciones, en forma de voz, imágenes y datos contenidos en señales de naturaleza acústica, óptica o electromagnética. http://www.creade ss.org/index.php/comparte/2012-02-10-21-38-04/blogs-creadess/pdf?id=5733

(UNESCO) Considera que las tics constituyen un conjunto de instrumentos cada vez más eficaces para crear y difundir el conocimiento, así como para aprovecharlo en común. http://www.unesco.org/bpi/pdf/memobpi15_informationtechno_es.pdf

Para Antonio Bartolomé “la Tics encuentra su papel como una especialización dentro del ámbito de la Didáctica y de otras ciencias aplicadas de la Educación, refiriéndose especialmente al diseño, desarrollo y aplicación de recursos en procesos educativos, no únicamente en los procesos instructivos, sino también en aspectos relacionados con la Educación Social y otros campos educativos. Estos recursos se refieren, en general, especialmente a los recursos de carácter informático, audiovisual, tecnológicos, del tratamiento de la información y los que facilitan la comunicación” http://www.uv.es/~bellochc/pdf/pwtic1.pdf

Criterio Personal Las dos instituciones (FUNDESCO-UNESCO) y el autor (Antonio Bartolomé) hablan acerca de lo mismo de las tecnologías de la información y comunicación dentro de la colectividad, entonces se podría definir a las Tics como tecnologías que se requieren para la gestión y transformación de la información, y específicamente en el uso de ordenadores y programas que permiten crear, modificar, almacenar, administrar, proteger y recuperar esa información. Por lo tanto las Tics tiene un papel muy importante en la sociedad y aún más dentro del ámbito educativo para el excelente rendimiento dentro del proceso enseñanza-aprendizaje, mediante ello sirve de gran ayuda tanto al docente como al estudiante a entender, a analizar, a dar su propio criterio y sobre todo a mejorar sus conocimientos.

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Fundamento legal de las Tics con el plan Nacional para el buen vivir

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5.1.2. Tecnología, innovación y conocimiento

o La posibilidad de alcanzar una estructura productiva basada en el conocimiento tecnológico depende, en gran parte, de la inversión en investigación, desarrollo e innovación (I+D+i).

o La inversión destinada al desarrollo tecnológico debe realizarse en el marco del fortalecimiento de los mecanismos institucionales y de planificación, para mejorar la articulación y dinamizar la interacción entre el sistema educativo, otras instituciones generadoras de conocimiento, los procesos de innovación tecnológica y los sectores productivo y comercial.

Objetivo 4

o Fortalecer las capacidades y potencialidades de la ciudadanía

En la generación de conocimiento, la relación de la ciencia con la tecnología

se complementa con el arte, las ciencias sociales y humanas, el pensamiento

crítico y la solidaridad. En esta relación, la generación de riquezas se orienta al

Buen Vivir colectivo, a la justicia social y a la participación de la sociedad en

los frutos del modelo económico.

Para el periodo 2013-2017 apuntamos al establecimiento de una formación

integral para alcanzar la sociedad socialista del conocimiento y al salto de una

economía de recursos finitos (materiales) a la economía del recurso infinito:

el conocimiento. Es preciso centrar los esfuerzos en garantizar el derecho a la

educación a todos, en condiciones de calidad y equidad, ubicando en el

centro al ser humano y al territorio. Fortaleceremos el rol del conocimiento

promoviendo la investigación científica y tecnológica responsable con la

sociedad y con la naturaleza. Construiremos un conocimiento emancipador,

ampliaremos la cobertura y superaremos la calidad en todos los niveles

educativos. Fortaleceremos la investigación para la innovación científica y

tecnológica.

Políticas y lineamientos

o Asegurar en los programas educativos la inclusión de contenidos y actividades

didácticas e informativas que motiven el interés por las ciencias, las

tecnologías y la investigación, para la construcción de una sociedad socialista

del conocimiento.

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Fundamento de las Tics en la LOEI DE LAS OBLIGACIONES DEL ESTADO RESPECTO DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN

o i. Impulsar los procesos de educación permanente para personas adultas y la

erradicación del analfabetismo puro, funcional y digital, y la superación del rezago educativo;

o j. Garantizar la alfabetización digital y el uso de las tecnologías de la información y comunicación en el proceso educativo, y propiciar el enlace de la enseñanza con las actividades productivas o sociales;

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

o DÉCIMA SEGUNDA.- En el caso del Sistema de Educación Intercultural y Bilingüe, durante una década a partir de la publicación de esta ley, la asignación y ejecución presupuestaria para los centros educativos de las comunidades, pueblos y nacionalidades será preferencial, para mejorar la calidad educativa en las siguientes áreas: formación y capacitación docente, infraestructura educativa, formación y participación comunitaria, elaboración y dotación de materiales didácticos e implementación de las tecnologías de información y comunicación

TITUTLO II

CAPITULO SEGUNDO

DE LAS OBLIGACIONES DEL ESTADO RESPECTODEL DERECHO A LA EDUCACIÓN

o Art. 5.- La educación como obligación de Estado.-

j. Garantizar la alfabetización digital y el uso de las tecnologías de la

información y comunicación en el proceso educativo, y propiciar el enlace

de la enseñanza con las actividades productivas o sociales.

k. . Asegurar una educación con pertinencia cultural para los pueblos y

nacionalidades, en su propia lengua y respetando sus derechos. Fortalecer

la práctica, mantenimiento y desarrollo de los idiomas de los pueblos y

nacionalidades.

m. Propiciar la investigación científica, tecnológica y la innovación, la creación

artística, la práctica del deporte, la protección y conservación del

patrimonio cultural, natural y del medio ambiente, y la diversidad cultural

y lingüística.