Mapa mental fuentes del derecho laboral

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Universidad Fermín Toro Vice Rectorado Académico Facultad de Ciencias Jurídicas y Política ESCUELA DE DERECHO GUILLERMO ALBAHACA CI: 13.268.407 SAIA “A”

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Universidad Fermín ToroVice Rectorado Académico

Facultad de Ciencias Jurídicas y Política ESCUELA DE DERECHO

GUILLERMO ALBAHACACI: 13.268.407

SAIA “A”

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FUENTES DEL DERECHO LABORAL SEGÚN LA LOTTT

Nos referimos a la manera como se producen las normas que constituyen el ordenamiento jurídico. Son fuentes de producción o fuentes propias en el DT los siguientes poderes o instancias sociales, que se manifiestan a través de sus formas normativas correspondientes:

Según el Dr. Rafael Caldera este considera que por su especialidad, el derecho del trabajo tiene fuentes propias son aquellas que “han hallado dentro del derecho del trabajo, nacimiento y vida específica”.

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Javillier, considera fuentes internacionales las normas de la OIT por la influencias de las disposiciones contenidas en los convenios y recomendaciones de la organización, las normas emanadas de la OEA, como también los tratados bilaterales. Considera este autor como fuentes nacionales: la constitución, la legislación y la codificación

El profesor Rafael Alfonzo Guzmán señala como fuentes del derecho del trabajo La Ley, en sentido amplio, las convenciones colectivas y las decisiones arbitrales dictadas para resolver conflictos colectivos.

Las fuentes del derecho del trabajo se pueden clasificar: -Fuentes formales, Fuentes subsidiarias, Fuentes materiales.

Fuentes formales: son aquellas que necesitaron procedimientos previos para su existencia.-Las normas constitucionales, legales, reglamentarias, los derechos sobre materia del trabajo, las convenciones colectivas y los contratos individuales de trabajo.

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Fuentes subsidiarias: son aquellas que sin estar determinadas en el

derecho positivo, contribuyan a la formación del derecho del trabajo, entre los

que tenemos la costumbre y los usos ajustados a derecho

Fuentes materiales: En esta se incluyen los distintos factores que condicionan la creación del derecho del trabajo como: factores históricos, religiosos, morales, económicos entre otros.

Fuentes del derecho del trabajo según la LOTTT.La redacción de la reforma de la LOT del 2012, denominada LOTTT, en su artículo 16 establece su definición de fuentes del derecho del trabajo, en este mezcla las fuentes formales, con las fuentes subsidiarias y hasta presenta como fuentes “el ideario Bolivariano”, además de los idearios Zamoranos y Robinsoniano, de todas maneras esto no es doctrina con argumentaciones reales, sino una norma impuesta con la intención de legalizar consignas políticas.

El Estado: Es el primer ente con capacidad para crear normas a través de sus poderes especializados como:- El Parlamento, que se expresa normativamente a través de sus leyes.- La Administración, que se expresa normativamente a través de sus reglamentos, subordinados a las leyes y excepcionalmente a través de Decretos Legislativos.

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Los Organismos Supra-Estatales, como:- La Comunidad Internacional, de la que surgen Tratados y Convenios Internacionales- La ONU, la OIT, la UE, a través de los Reglamentos y las Directivas* La Sociedad, es un ente abstracto, pero que es otra fuente de crear normas como la costumbre.

Los Interlocutores Sociales, a través de los Convenios Colectivos. Es una fuente peculiar que se da en el

Derecho del Trabajo, y son las asociaciones de empresarios, los sindicatos. Estos dos organismos por si

solos no tiene poder social, pero conjuntados llegan a acuerdos con son fuentes en sentido propio.

Cada una de estas fuentes se encuentra ordenada, conforme a su respectivo rango, de acuerdo con un

sistema piramidal, sistema de aplicación de las normas.

En las constituciones se contemplan las garantías y libertades que tienen los individuos, y la protección de que gozan frente al Estado. En ellas han comenzado a incorporarse derechos sociales que regulan garantías mínimas asegurables para los trabajadores, y frente a sus empleadores. Es así como empiezan a aparecer, en los textos constitucionales, principios y derechos laborales que adquieren el rango normativo máximo: el constitucional. Entre ellos se pueden mencionar:

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-Derecho al trabajo.-Derecho al salario mínimo.-Indemnización ante despido injusto.-Jornada de trabajo, descanso semanal y las vacaciones.-Seguridad social. En algunos países este es un mecanismo tripartito: el empleado, el patrono y el estado aportan dinero.-Estabilidad de los funcionarios públicos.-Seguridad e higiene en la empresa, para tener un ambiente limpio y sano de trabajo.-La materia contempla dos temas específicos: los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales, entre otros.