Mapa conceptual

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITECNICO “SANTIAGO MARIÑO” EXTENSIÒN BARINAS Autor: Yeison Mora Docente: Lcda. Virginia Chávez RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA Barinas, Febrero 2017 Ética y Deontología

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Page 1: Mapa conceptual

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR

PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIAINSTITUTO UNIVERSITARIO POLITECNICO

“SANTIAGO MARIÑO”EXTENSIÒN BARINAS

Autor: Yeison MoraDocente: Lcda. Virginia Chávez

RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA

Barinas, Febrero 2017

Ética y Deontología

Page 2: Mapa conceptual

Responsabilidad

Disciplinaria

InscripciónDe títulos

Responsabilidad

Clases deResponsabilida

desReglamento Colegio de Ingenieros

Disposiciones

Generales

Uso del Título

Para ejercer en cualquiera de las actividades, los profesionales deberán inscribir sus títulos en el colegio de Ingenieros de Venezuela Es la capacidad que

tiene toda persona de conocer y aceptar las consecuencias de un acto propio.

El colegio de Ingenieros de Venezuela es un cuerpo moral de carácter publico y como tal, tiene personalidad jurídica y patrimonio propio, con todos los derechos, obligaciones, poderes y personalidad que señala la ley.

Se regirá a esta Ley y su reglamento de ética profesional

Las oficinas de la administración debe hacer cualquier clase de tramitación para la ejecución de trabajos

El uso de los títulos propios de los profesionales

Se considera usurpación de los títulos a las personas que no lo tengas con los términos adecuados

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PENAL

CIVIL

FISCAL

ADMINISTRATIVA

DISCIPLINARIA

La responsabilidad penal es, en Derecho, la sujeción de una persona que vulnera un deber de conducta impuesto por el Derecho penal al deber de afrontar las consecuencias que impone la ley.

En esta se clasifica la responsabilidad de la persona (particular o funcionario público) frente al estado y frente al particular por los perjuicios causados con su actuación en desarrollo y cumplimiento de la actividad función a su cargo.

La responsabilidad fiscal se deriva de la gestión fiscal que hagan los funcionarios públicos, o los particulares que administren recursos del estado.

La responsabilidad administrativa es propia de quienes ejercen cargos directivos, de quienes tomas las decisiones que luego causan los perjuicios, y son las consecuencias jurídicas de sus actos las que configuran la responsabilidad administrativa la que bien puede tener implicaciones penales o civiles.

A este tipo de responsabilidad, pertenecen aquellos actos o hechos de un funcionario o empleado, que sin tipificarse como un delito, son hechos y actos que perturban el normal, cabal y adecuado cumplimiento de las funciones asignadas a la persona.

CULPAVoluntad omisión de diligencia en calcular las consecuencias posibles y previsibles del propio hecho

DOLOVoluntad consciente, encaminada u orientada a la perpetración de un acto que la ley revé como delito.