Mapa conceptual
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIAINSTITUTO UNIVERSITARIO POLITECNICO
“SANTIAGO MARIÑO”EXTENSIÒN BARINAS
Autor: Yeison MoraDocente: Lcda. Virginia Chávez
RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA
Barinas, Febrero 2017
Ética y Deontología
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Responsabilidad
Disciplinaria
InscripciónDe títulos
Responsabilidad
Clases deResponsabilida
desReglamento Colegio de Ingenieros
Disposiciones
Generales
Uso del Título
Para ejercer en cualquiera de las actividades, los profesionales deberán inscribir sus títulos en el colegio de Ingenieros de Venezuela Es la capacidad que
tiene toda persona de conocer y aceptar las consecuencias de un acto propio.
El colegio de Ingenieros de Venezuela es un cuerpo moral de carácter publico y como tal, tiene personalidad jurídica y patrimonio propio, con todos los derechos, obligaciones, poderes y personalidad que señala la ley.
Se regirá a esta Ley y su reglamento de ética profesional
Las oficinas de la administración debe hacer cualquier clase de tramitación para la ejecución de trabajos
El uso de los títulos propios de los profesionales
Se considera usurpación de los títulos a las personas que no lo tengas con los términos adecuados
![Page 3: Mapa conceptual](https://reader036.fdocuments.ec/reader036/viewer/2022083115/58ecdb721a28ab69728b46c9/html5/thumbnails/3.jpg)
PENAL
CIVIL
FISCAL
ADMINISTRATIVA
DISCIPLINARIA
La responsabilidad penal es, en Derecho, la sujeción de una persona que vulnera un deber de conducta impuesto por el Derecho penal al deber de afrontar las consecuencias que impone la ley.
En esta se clasifica la responsabilidad de la persona (particular o funcionario público) frente al estado y frente al particular por los perjuicios causados con su actuación en desarrollo y cumplimiento de la actividad función a su cargo.
La responsabilidad fiscal se deriva de la gestión fiscal que hagan los funcionarios públicos, o los particulares que administren recursos del estado.
La responsabilidad administrativa es propia de quienes ejercen cargos directivos, de quienes tomas las decisiones que luego causan los perjuicios, y son las consecuencias jurídicas de sus actos las que configuran la responsabilidad administrativa la que bien puede tener implicaciones penales o civiles.
A este tipo de responsabilidad, pertenecen aquellos actos o hechos de un funcionario o empleado, que sin tipificarse como un delito, son hechos y actos que perturban el normal, cabal y adecuado cumplimiento de las funciones asignadas a la persona.
CULPAVoluntad omisión de diligencia en calcular las consecuencias posibles y previsibles del propio hecho
DOLOVoluntad consciente, encaminada u orientada a la perpetración de un acto que la ley revé como delito.