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MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO ECONÓMICO,COMERCIAL E INDUSTRIAL UNIDAD DE MERCADOS AYUNTAMIENTO DE XALAPA MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN Xalapa de Enríquez; Ver 06 de Mayo de 2010

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Xalapa de Enríquez; Ver 06 de Mayo de 2010

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AYUNTAMIENTO DE XALAPA, VER. 2008-2010

Manual Específico de Organización de la Unidad de Mercados de la Dirección General de DesarrolloEconómico, Comercial e Industrial

Primera Edición: Octubre de 2009

David Velasco ChedrauiPresidente del Ayuntamiento Constitucional de Xalapa

COLABORADORES

Ángel Lara PlatasDirector de Desarrollo Económico, Comercial e Industrial

José Marcelino Amaro MoralesJefe de la Unidad de Mercados

Malaika Michaud GarcimarreroEnlace de la Dirección de Desarrollo Económico Comercial e Industrial para el Programa de Elaboración deManuales Administrativos.

Hugo García RiveraEnlace de la Unidad de Mercados para el Programa de Elaboración de Manuales Administrativos.

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ÍNDICE

1. INTRODUCCION 1

2. ANTECEDENTES 2

3. MARCO JURIDICO 3

4. ATRIBUCIONES 4

5. MISION/ VISION 22

6. OBJETIVO GENERAL/OBJETIVOS ESPECIFICOS 23

7. ESTRUCTURA ORGANICA FORMAL 24

8. DESCRIPCION DE PUESTOS 25

8.1 Jefe de la Unidad de Mercados 26

9. ESTRUCTURA ORGANICA FUNCIONAL 34

9.1 Secretaria 35

9.2 Auxiliar administrativa 40

9.3Encargado de mantenimiento de los mercados y plazas Municipales 45

10.DESCRIPCION DE PUESTOS TIPO 50

10.1Supervisor de mercados 51

10.2Administrador de mercados 56

10.3Cobrador de sanitarios 61

10.4Conserje 66

10.5Barrendero 71

10.6Velador 76

11.FIRMAS DE AUTORIZACION 81

12.DIRECTORIO 82

13.BITACORA 83

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INTRODUCCIÓN

Es de suma importancia que cada área que integra la Dirección General deDesarrollo Económico, Comercial e Industrial cuente con una especificación depuestos, con la finalidad de alcanzar los objetivos planteados en el ProgramaOperativo Anual.

Es por ello que la Dirección de Desarrollo Económico, Comercial e Industrial, através de la Unidad de Mercados realiza este Manual Especifico para hacerevidentes las actividades diarias con la intención de maximizar la utilización delos recursos humanos con las que cuenta esta área.

El Manual Específico de Organización de la Unidad de Mercados pretendecumplir con los siguientes objetivos:

Presentar la visión de la Unidad; Precisar las funciones que deben realizar las áreas que integran; Deslindar responsabilidades y evitar duplicidad en las actividades que se

realizan; Dar a conocer al personal, la estructura orgánica y funcionamiento de las

áreas; Servir como guía y orientación en lo relativo a la estructura y

funcionamiento que observa actualmente la organización de la Unidad;

Para que este documento se constituya en un instrumento útil y dinámico

es necesario conservarlo actualizado y autorizado por el titular de la

Unidad.

Antecedentes, donde se escriben los cambios organizacionales yfuncionales que ha experimentado esta área. Marco Jurídico, en el que semencionan los documentos que norman su funcionamiento y el ejercicio desus atribuciones.

Organigrama, que muestra las áreas que integran la Unidad de Mercados ylas relaciones de la coordinación de los puestos hasta el nivel mínimo.

Descripción de Puestos, apartado que contempla la identificación y lasfunciones de cada uno de los subordinados inmediatos al titular del área.

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ANTECEDENTES

En la Administración Municipal del 2001-2004 la Unidad de Mercados fungía como

una Dirección dependiente de la Dirección General de Comercio, Abasto y

Desarrollo Rural, cuya principal función era la administración de los mercados, y

centrales de abasto.

Durante el período de la Administración Municipal 2001-2004, se propuso que la

Dirección de Mercados pasaría a formar parte como una Unidad Adscrita a la

Dirección General de Comercio, Abasto y Desarrollo Rural para manejar lo relativo

a los mercados y plazas municipales

Para el período de la Administración Municipal 2005-2007 la Unidad de Mercados

mantuvo el mismo nivel jerárquico conforme al Reglamento de la Administración

Publica Municipal del Ayuntamiento de Xalapa.

En la actual Administración Municipal 2008-2010 con el programa de reingeniería

aplicado a todas las áreas del Ayuntamiento, la Unidad de Mercados mantiene su

nivel jerárquico adscrita a la Dirección General ahora denominada de Desarrollo

Económico, Comercial e Industrial.

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MARCO JURÍDICORCO JURÍDICO

Con fundamento en el articulo 35, fracción IV de la Ley Orgánica del Municipio Libre

para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, se elabora el presente Manual

Especifico de Organización de la Unidad de Mercados en coordinación con la Dirección

General de Recursos Humanos, tal como lo dispone el articulo 35 fracción XVIII del

Reglamento de la Administración Pública Municipal del Ayuntamiento de Xalapa.

De conformidad a las atribuciones que le confiere el Reglamento de la Administración

Pública Municipal del Ayuntamiento de Xalapa, en sus artículos 58 y 59, a la Unidad de

Mercados, dentro de las actividades conferidas a la Dirección General de Desarrollo

Económico, Comercial e Industrial aplican en todo acto las disposiciones contenidas en

la Legislación Federal, Estatal y Municipal que a continuación se detallan:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz Llave.

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado Libre y

Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Ley Orgánica del Municipio Libre

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de

Veracruz de Ignacio de la Llave

Ley de Ingresos para el Municipio

Código Hacendario para el Municipio de Xalapa

Reglamento de la Administración Pública Municipal del Ayuntamiento de Xalapa

Reglamento Municipal para el Desarrollo Económico de Xalapa

Reglamento Municipal de Protección Civil

Plan Municipal de Desarrollo 2008 – 2010

Bando de Policía Y Gobierno

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ATRIBUCIONESATRIBUCI

Con fundamento en lo estipulado en el Reglamento de la Dirección General de

Desarrollo Económico, Comercial e Industrial en su:

CAPITULO DÉCIMO

De los Mercados y Centrales de Abasto, Sección Primera

De los Mercados

Artículo 68.- La administración de los mercados localizados en el Municipio es función

exclusiva del Ayuntamiento, que dictará los acuerdos y tomará las medidas necesarias

para lograr su eficiente funcionamiento. Queda prohibido establecer expendios

ambulantes, fijos o semifijos en las zonas de protección de los mercados determinadas

en el Bando.

Artículo 69.- Para efectos de este capítulo, los mercados pueden ser:

I. Permanentes: Aquellos que cuentan con un edificio, local especial o predio sin

construir, en donde se desarrollan las actividades comerciales;

II. Temporales: Aquellos que se establecen en el territorio del Municipio, con

autorización del Ayuntamiento, por días y horas determinadas;

III. Municipales: Aquellos que son propiedad del Ayuntamiento. En este concepto se

incluyen las plazas comerciales donde los comerciantes, previo contrato celebrado con

el Ayuntamiento, expenden sus mercancías, con excepción de flores y frutas;

IV. Concesionados: Aquellos cuya propiedad es del Ayuntamiento y son entregados a

particulares para su explotación y administración, previa autorización del Cabildo y del

Congreso del Estado, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del

Municipio Libre, y

V. De propiedad privada o en régimen de condominio: Aquellos que son propiedad de

particulares y cuya administración y explotación está a cargo de los mismos.

Artículo 70.- Los mercados abrirán sus puertas a las 6:00 horas y las cerrarán a las

20:00 horas todos los días. A la hora del cierre se concederá un margen de una hora,

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como máximo, para que todos los locatarios y usuarios abandonen el edificio. La salida

será por una sola puerta.

Artículo 71.- Las zonas en que se dividirán los mercados son:

I. Perecederos;

II. No perecederos, y

III. Área de alimentos.

Artículo 72.- El Ayuntamiento, por conducto de la Dirección, asignará los puestos y

locales de los mercados a los locatarios y los distribuirá atendiendo:

I. La zonificación por giros, y

II. Las necesidades del lugar e interés público.

Artículo 73.- Las mejoras, reformas o adaptaciones a los puestos y locales de los

mercados, se realizarán previa autorización del Ayuntamiento, por cuenta de los

locatarios y quedarán a beneficio del inmueble respectivo; para tal efecto, deberán

cumplirse los siguientes requisitos:

I. Que no afecten la construcción permanente del local o puesto;

II. Que no constituyan un obstáculo para el libre tránsito de los usuarios;

III. Que no rompan la armonía arquitectónica del edificio,

IV. Que no perjudiquen a terceros, y

V. Que los locatarios se encuentren al corriente en el pago de las contribuciones

municipales.

Los interesados deberán explicar en su solicitud en qué consistirán las mejoras,

reformas o adaptaciones, con el fin de que la Dirección General de Desarrollo Urbano

emita su opinión o dictamen. En caso de ser necesario, esta dependencia les brindará

la asesoría técnica.

Artículo 74.- Al efectuarse obras de servicio público en beneficio de los habitantes del

Municipio, serán inmediatamente removidos los puestos y locales que obstaculicen la

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realización de los trabajos. Cuando sea necesario realizar las obras a que se refiere el

párrafo anterior, la Dirección estará obligada a comunicar la iniciación de los trabajos

con una anticipación de quince días, con el objeto de que se realicen los cambios

pertinentes.

Artículo 75.- En los casos de reconstrucción, ampliación o construcción de un mercado,

los puestos y locales se otorgarán en el siguiente orden:

I. Comerciantes que hayan estado establecidos por orden de antigüedad;

II. Comerciantes que hayan estado establecidos en zonas adyacentes al edificio del

mercado;

III. Comerciantes establecidos en lugares considerados como mercados;

IV. Comerciantes establecidos en lugares que no sean mercados;

V. Personas que deseen ejercer el comercio en mercados, y

VI. Comerciantes situados en otros mercados.

Artículo 76.- Corresponde a la Dirección, por conducto de la Unidad Administrativa que

designe para tal efecto:

I. Administrar y controlar los mercados municipales, con el fin de garantizar su correcta

operación y funcionamiento;

II. Planear, programar, organizar, evaluar y llevar un estricto control del desarrollo de los

Programas y trabajos inherentes a los mercados y centrales de abasto;

III. Proponer al Ayuntamiento, los programas, políticas, lineamientos y criterios que

norman el funcionamiento de los mercados y centrales de abasto a su cargo;

IV. Ordenar la puntual apertura y cierre de los mercados y centrales de abasto a las

horas fijadas;

V. Controlar y mantener actualizados los padrones de los locatarios de los mercados,

de acuerdo con su giro y al interés público; VI. Conservar actualizada la descripción

gráfica -planos- de la distribución de los locales y puestos asignados a los locatarios,

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así como vigilar la demarcación objetiva de las zonas de protección de cada mercado;

VII. Supervisar que el pago de derechos que corresponden a los locatarios, se realice

en las cajas que para tal efecto establezca la Tesorería;

VIII. Supervisar que los edificios y sus instalaciones en materia de mercados y centrales

de abasto, se encuentren en buen estado;

IX. Supervisar las subastas que se celebren en las centrales de abasto;

X. Conocer de los cambios de giro comercial, de los traspasos y las controversias que

se susciten entre locatarios, con objeto de resolverlos en coordinación con las

autoridades competentes;

XI. Contribuir, en el ámbito de su competencia, con las autoridades federales, y

estatales, cuando éstas así lo requieran;

XII. Supervisar la prestación de los servicios sanitarios dentro de los mercados, los

cuales no podrán concesionarse a particulares;

XIII. Ordenar de inmediato el retiro de mercancía que se encuentre en estado de

descomposición;

XIV. Autorizar los traspasos o cualquier otra forma de comprometer los puestos,

locales, alacenas similares a los locatarios o comerciantes de los mercados municipales

XV. Las demás atribuciones y facultades que establezca el presente reglamento y las

disposiciones legales y reglamentarias complementarias

Artículo 77.- En la cédula de empadronamiento se señalará el giro autorizado a los

locatarios y comerciantes, quedando prohibido que las alacenas, locales, puestos o

espacios dentro de los mercados sean destinados para actividades distintas al giro

autorizado.

Artículo 78.- Para obtener la cédula de empadronamiento como locatario de mercado,

se requiere:

I. Ser mexicano y mayor de edad

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II. No tener impedimento para ejercer el comercio;

III. Requisitar el formato que para tal efecto expida la Tesorería y pagar los derechos

correspondientes ante la Tesorería, de conformidad con lo establecido por el Código

Hacendario y la Ley de Ingresos para el Municipio del ejercicio fiscal correspondiente;

Presentar la licencia sanitaria expedida por la jurisdicción sanitaria y el certificado

médico expedido por un Centro de Salud de la localidad;

V. Presentar cinco fotografías tamaño credencial de tres cuartos;

VI. Presentar una carta de recomendación, expedida por un comerciante establecido en

el Municipio y con residencia en el Municipio expedida por el Ayuntamiento;

VII. Declarar bajo protesta de decir verdad que se dedicará al giro que se le autorice, y

VIII. Las demás que llegara a solicitar el Ayuntamiento .

Artículo 79.- La autoridad municipal resolverá sobre la procedencia del

empadronamiento solicitado, en el término máximo de quince días contados a partir de

la presentación de la solicitud.

En caso de resultar procedente, la Dirección remitirá el expediente a la Tesorería, para

que ésta expida la cédula de empadronamiento correspondiente.

Artículo 80.- En ningún caso se concederá al mismo locatario más de una cédula de

empadronamiento. Por ningún motivo se autorizarán cédulas de empadronamiento en

los mercados a menores de edad.

Artículo 81.- Los locatarios o comerciantes de los mercados son permanentes y

deberán estar establecidos en un lugar fijo, con las excepciones que establece este

reglamento.

Artículo 82.- Los mercados de propiedad privada o en régimen de condominio se

regirán por sus reglamentos internos, observando siempre en lo conducente el presente

reglamento y demás disposiciones municipales aplicables.

Artículo 83.- Son derechos de los locatarios o comerciantes los siguientes:

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ATRIBUCIONES

I. Ejercer el comercio en el giro autorizado, en el puesto o local que se le asigne, en el

horario señalado en el presente reglamento;

II. Realizar las mejoras, reformas o adaptaciones, a los puestos o locales que hayan

sido aprobadas por el Ayuntamiento;

III. Proponer al Ayuntamiento a la persona que tenga prelación en el otorgamiento de la

cédula de empadronamiento en caso de fallecimiento, y que sea sujeto para otorgarle el

puesto, local o lugar que ocupa, debiendo cumplir con los requisitos para ser locatario

del mercado, señalados en el presente reglamento;

IV. Traspasar o comprometer en cualquier forma sus derechos sobre los puestos,

locales, alacenas o similares en los mercados municipales, previa autorización de la

Dirección;

V. Los demás que deriven del presente ordenamiento y otras disposiciones legales y

reglamentarias aplicables.

Artículo 84.- En el supuesto a que se refiere la fracción III del artículo que antecede, la

persona propuesta, solicitará el canje de la cédula de empadronamiento ante la

Dirección, acompañándose de los siguientes documentos:

I. Copia certificada del acta de defunción del empadronado;

II. Cédula de empadronamiento que se hubiere expedido a favor del comerciante

fallecido; si esto no fuera posible, copia certificada de la misma expedida por la

autoridad competente;

III. Identificación y copia certificada del documento que acredite la relación o parentesco

con el empadronado

IV. Pagar los derechos por el canje, de conformidad con lo establecido en el Código

Hacendario y la Ley de Ingresos para el Municipio del ejercicio fiscal correspondiente,

Artículo 85.- La autoridad municipal, en el término de quince días contados a partir de la

presentación de la solicitud, resolverá sobre la procedencia del canje de cédula

solicitada y se extenderá la cédula correspondiente, cancelándose la anterior.

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ATRIBUCIONES

Artículo 86.- Si al hacerse la solicitud de canje de la cédula de empadronamiento por

causa de fallecimiento de un comerciante, se suscitare alguna controversia entre el

solicitante y otra persona que también alegue derechos, la tramitación se suspenderá

de plano y los interesados deberán sujetarse al procedimiento de solución de

controversias previsto en el presente reglamento.

Artículo 87.- Son obligaciones de los locatarios o comerciantes los siguientes:

I. Solicitar su empadronamiento al Ayuntamiento;

II. Pagar oportunamente las contribuciones que les corresponden, de conformidad con

lo establecido por el Código Hacendario y la Ley de Ingresos para el Municipio del

ejercicio fiscal correspondiente;

II. Observar la mayor limpieza, higiene y buena presentación, tanto personal como de

sus puestos o locales, siendo obligatorio la limpieza y el aseo diario, así como de los

frentes y techos que les correspondan;

IV. Realizar fumigaciones periódicas a sus locales o puestos, de conformidad con lo

establecido en los ordenamientos municipales de la materia;

V. Sujetarse a las disposiciones establecidas en el presente reglamento;

VI. Respetar las dimensiones que le hayan sido autorizadas y ejercer sólo el giro

autorizado;

VII. Abstenerse de ejercer el comercio al mayoreo y medio mayoreo;

VIII. Abstenerse de obstruir el paso a los usuarios;

IX. Realizar personalmente su actividad comercial o por conducto de sus familiares;

X. Sujetarse a los precios que fijen las autoridades competentes;

XI. Señalar los precios de sus mercancías en rótulos visibles;

XII. Ser respetuosos con el público;

XIII. En caso de comerciar con animales vivos, evitar todo maltrato o condiciones

inapropiadas e insalubres, de conformidad con el reglamento municipal de la materia;

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ATRIBUCIONES

XIV. Mantener su mercancía en condiciones higiénicas, cumpliendo las disposiciones

contenidas en el reglamento de la materia;

XV. Contar con depósitos cubiertos para la recolección de basura;

XVI. Depositar la basura para su destino final en los horarios y lugares que al efecto

establezca el Ayuntamiento;

XVII. Contar con extinguidores ubicados en lugar visibles, así como con un botiquín con

material de curación, medicinas y equipo necesario para el suministro de primeros

auxilios; ATRIBUCIONESXVIII. Implementar las medidas pertinentes para la protección de sus pertenencias;

XIX. Abstenerse de cerrar su puesto o local por un lapso mayor de diez días, en un

periodo de treinta días, salvo causa justificada debidamente autorizada por la Dirección;

XX. Solicitar al Ayuntamiento, a través de la Dirección, la autorización para traspasar o

comprometer de cualquier forma los locales, puestos, alacenas o similares en los

mercados municipales, y

XXI. Los demás que deriven del presente ordenamiento y otras disposiciones legales y

Reglamentarias aplicables

Artículo 88.- Para realizar traspasos o cualquier otra forma de comprometer los puestos,

locales, alacenas o similares en los mercados municipales, se deberán cumplir los

siguientes requisitos:

I. Presentar solicitud firmada por el cedente y el cesionario. La solicitud deberá ir

acompañada de una copia de la identificación con fotografía y firma del cedente y del

cesionario;

II. Tener cuando menos tres años de antigüedad como locatario;

III. Exhibir la cédula de empadronamiento que haya sido expedida al cedente

IV. Comprobar que se encuentra al corriente en el pago de contribuciones municipales;

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ATRIBUCIONES

V. El cesionario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 78 del

presente reglamento, y

VI. Pagar las contribuciones que para tal efecto señalen las disposiciones legales

aplicables.

Queda prohibido comprometer la cédula de empadronamiento como garantía para

cualquier tipo de acto mercantil, civil o administrativo. Artículo 89.- La Unidad de

Regulación Sanitaria, verificará que los Mercados y Centrales de Abasto cumplan con

las disposiciones de regulación sanitaria establecidas en el presente reglamento y las

normas técnicas que se emitan para tal efecto.

Artículo 90.- Las maniobras de carga y descarga en los mercados se sujetarán a los

horarios y condiciones señalados en el Reglamento de Tránsito y Vialidad.

Artículo 91.- La Dirección podrá autorizar, previo cumplimiento de los requisitos

establecidos en las disposiciones aplicables y pago de los derechos respectivos, el

cambio de giro de la actividad mercantil que soliciten los locatarios o comerciantes.

Artículo 92.- Para que surta efectos cualquier petición que realicen los locatarios o

comerciantes a la Dirección, deberán acreditar que se encuentran al corriente en el

pago de sus contribuciones ATRIBUCIONESArtículo 93.- Para obtener autorización de cambio de giro se requiere:

I. Presentar ante la Dirección, en las formas valoradas emitidas por la Tesorería, la

solicitud firmada por el comerciante o locatario;

II. Presentar la cédula de empadronamiento respectiva, y

III. Pagar los derechos por cambio de giro, de conformidad con lo establecido en el

Código Hacendario y la Ley de Ingresos para el Municipio del ejercicio f iscal

correspondiente

Artículo 94.- La autoridad municipal, en el término de quince días contados a partir de la

Presentación de la solicitud, resolverá sobre la procedencia del cambio de giro

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ATRIBUCIONES

solicitado. En caso de resultar procedente, la Dirección remitirá el expediente a la

Tesorería, para que ésta expida la cédula de empadronamiento correspondiente,

cancelándose la anterior.

Artículo 95.- Si los cambios de giro se realizan sin la autorización de las autoridades

municipales, serán nulos de pleno derecho, procediéndose a la cancelación de la

cédula de empadronamiento correspondiente y a la asignación del puesto, local o lugar

a otro comerciante que lo solicite. Se procederá igualmente, en términos de este

artículo, en los casos en que se formalice el cambio de giro, bastando contar con

elemento de prueba de lo anterior y que el infractor haya recibido un beneficio

económico o material.

Artículo 96.- La Dirección en coordinación con la Subdirección retirarán de los puestos o

locales las mercancías que se encuentren en estado de descomposición, aun cuando el

propietario manifieste no tenerlas para su venta. Lo mismo se hará tratándose de

mercancías abandonadas, sea cual fuere su estado y naturaleza, levantando el acta

correspondiente y anotando la cantidad y productos desechados.

Artículo 97.- Cuando los vigilantes de mercados encuentren que la mercancía de algún

puesto o local no ha sido debidamente protegida, tomarán las medidas adecuadas para

su aseguramiento. Dicha mercancía quedará a disposición de su propietario a primera

hora hábil del día siguiente, en cuya entrega intervendrá el personal de la Dirección

designado para tal efecto.

Artículo 98.- Las controversias que se susciten entre dos o más personas por atribuirse

derechos sobre un mismo puesto, local o lugar, serán resueltas por la Dirección a

solicitud escrita de cualquiera de los interesados.

La solicitud deberá presentarse por escrito y contener los datos siguientes:

I. Nombre y domicilio del solicitante;

II. Nombre y domicilio de la persona o personas contra quienes se tiene la controversia;

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ATRIBUCIONES

III. Local o puesto controvertido, señalando exactamente su ubicación;

IV. Razones o motivos que funden la solicitud, y

V. Pruebas que presente u ofrezca para acreditar sus afirmaciones.

Artículo 99.- En el término de cinco días posteriores a la fecha de presentación de la

solicitud, la autoridad dictará acuerdo sobre si se admite, desecha o manda aclarar la

solicitud presentada, exponiendo en los últimos dos casos los motivos que existen para

hacerlo. Tratándose de aclaración, se concederá un plazo de cinco días al interesado

para que lo haga.

Artículo 100.- Admitida la solicitud, la Dirección notificará de inmediato a los demás

interesados, requiriéndolos para que, en un término de cinco días hábiles, contesten por

escrito lo que a sus intereses convenga y presenten los documentos probatorio

necesarios para demostrar su derecho, apercibiéndolos de que, en caso de no hacerlo,

se tendrá por abandonado su interés y por perdidos sus derechos.

Transcurridos los cinco días hábiles posteriores al requerimiento de todos los

interesados, formulada o no la contestación, la Dirección emitirá la resolución

correspondiente.

Artículo 101.- Las controversias distintas a las mencionadas en el artículo anterior serán

desechadas de plano, con el fin de que se diriman ante las autoridades competentes.

Artículo 102.- Los locatarios o comerciantes de cada mercado municipal podrán

agruparse en una asociación o unión, para procurar la mejoría y protección de sus

intereses.

Artículo 103.- Las asociaciones deberán colaborar con las autoridades municipales para

el debido cumplimiento de las disposiciones de este reglamento.

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ATRIBUCIONES

Sección Segunda

De las Centrales de Abasto

Artículo 104.- Son centrales de abasto las unidades comerciales de acopio al mayoreo,

medio mayoreo y distribución de mercancías en las que concurren oferentes y

demandantes de productos, para satisfacer sus necesidades, siendo sus principales

actividades: la recepción, el almacenamiento especializado y la exhibición de productos.

Artículo 105.- Los productos que se recibirán, comercializarán, almacenarán y exhibirán

en las centrales de abasto son considerados como fundamentales y de consumo

básico; principalmente son los siguientes:

I. Frutas, hortalizas y raíces feculentas;

II. Abarrotes;

III. Granos y semillas;

IV. Lácteos;

V. Avícolas;

VI. Pescados y mariscos;

VII. Cárnicos, y

VIII. Flores y plantas de ornato.

Las centrales de abasto se dividirán en secciones de acuerdo con los giros existentes y

conforme al consumo básico antes señalado.

Artículo 106.- Las centrales de abasto podrán ser:

I. Municipales: Aquellas propiedad del Ayuntamiento;

II. Concesionadas: Aquellas que son propiedad del Ayuntamiento y son entregadas a

particulares para su explotación y administración, previa autorización del Cabildo y del

Congreso del Estado, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del

Municipio Libre, y De propiedad privada o en régimen de condominio: Aquellas que son

propiedad de particulares y cuya administración y explotación están a cargo de los

mismos.

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ATRIBUCIONES

Artículo 107.- Las centrales de abasto de propiedad privada o en régimen de

condominio se regirán por sus reglamentos internos, pero observando siempre el

presente reglamento y demás disposiciones municipales aplicables

Artículo 108.- La operación, mantenimiento y limpieza de la central de abasto se llevará

a cabo dentro de los siguientes horarios:

I.Operación: de 24:00 a 18:00 horas;

II. Desalojo: de 18:00 a 19:00 horas, y

III. Mantenimiento y limpieza: de 19:00 a 22:00 horas.

Artículo 109.- Las centrales de abasto estarán ubicadas en lugares de fácil acceso y

vialidad y contarán con los siguientes servicios: IBUCIONESI. Infraestructura urbana:

a) Agua potable;

b) Drenaje y alcantarillado;

c) Energía eléctrica;

d) Pavimentación;

e) Instalaciones telefónicas;

f) Alumbrado público, y

g) Fácil acceso vial.

II. Instalaciones y servicios básicos:

a) Bodegas;

b) Básculas;

c) Maduración y frigoríficas;

d) Andén de carga y descarga a cubierto;

e) Áreas de circulación peatonal como banquetas;

f) Áreas de circulación vehicular y de maniobras

g) Estacionamientos para automóviles;

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ATRIBUCIONES

h) Estacionamientos para camiones;

i) Áreas verdes;

j) Acceso vehicular y peatonal;

k) Oficinas administrativas;

l) Sanitarios públicos;

m) Caseta de vigilancia;

n) Caseta de control de entradas y salidas;

o) Barda perimetral;

p) Depósitos de basura y área para equipo de limpieza, y

q) Área de reserva para futuro crecimiento.

III. Instalaciones y servicios auxiliares:

a) Nave abierta para productores;

b) Andén peatonal a cubierto, como pasillos interiores;

c) Área de trasbordo vehicular;

d) Cuarto de máquinas, herramientas y taller de mantenimiento,

e) Local de reparación de envases;

f) Servicios médicos;

g) Oficinas de asesoría contable, jurídica, fiscal y otras;

h) Oficinas de asociaciones de comerciantes y transportistas;

i) Cafeterías, y

j) Servicios bancarios.

IV. Instalaciones y servicios complementarios:

) Oficina de correos;

b) Oficina de telégrafos;

c) Oficina de servicios telefónicos;

d) Oficina de servicios de televisiones y radiotelefonía;

e) Casetas de servicio de transporte urbano y suburbano;

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18AYUNTAMIENTO DE XALAPA

ATRIBUCIONES

f) Talleres y distribución de refacciones automotrices;

g) Gasolineras, estaciones de gas, así como servicio de lavado y engrasado;

h) Baños públicos y peluquerías;

i) Locales de distribución de insumos agrícolas y pecuarios;

j) Tabaquerías, estanquillos de periódicos y similares;

k) Restaurantes;

l) Auditorio y centro social;

m) Hoteles, y

n) Locales comerciales para satisfacer las necesidades de los usuarios.

Artículo 110.- Los comerciantes usuarios de las centrales de abasto tendrán, en lo

conducente, los mismos derechos y obligaciones establecidos para los locatarios y

comerciantes de los mercados; además tendrán el derecho a utilizar la bodega que les

sea otorgada y los demás servicios que se proporcionan en la central de basto. En el

caso de la utilización de básculas, los usuarios se sujetarán al pago de derechos que

establezca el Ayuntamiento.

Artículo 111.- Los comerciantes de las centrales de abasto, ya sean municipales,

concesionadas o de propiedad privada, deberán obtener del Ayuntamiento su cédula de

empadronamiento, para lo cual deberán satisfacer los siguientes requisitos:

I. Ser mexicano y mayor de edad;

II. No tener impedimento para ejercer el comercio en mayoreo y medio mayoreo;

III. Requisitar el formato que para tal efecto expida la Tesorería;

IV. Presentar cinco fotografías tamaño credencial;

V. Cubrir las contribuciones correspondientes, de conformidad con lo establecido en el

Código Hacendario y la Ley de Ingresos para el Municipio del ejercicio fiscal

correspondiente, y

VI. Las demás que llegara a solicitar el Ayuntamiento.

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19AYUNTAMIENTO DE XALAPA

ATRIBUCIONES

Artículo 112.- Se consideran faltas o infracciones de los comerciantes, dentro de los

mercados y en sus zonas de protección, así como en las centrales de abasto:

I.-Cambiar el giro del negocio o utilizar el puesto, local o bodega para un fin distinto al

autorizado.

II. Ejercer el comercio en estado de ebriedad; ingerir, introducir o vender bebidas

alcohólicas o embriagantes, así como consumir o vender drogas o cualesquiera otras

sustancias con efectos psicotrópicos o que produzcan daños a la salud;

III. Comercializar, almacenar, distribuir, fabricar, transportar o cualquiera otra actividad

relacionada con materiales corrosivos, reactivos, explosivos, tóxicos, inflamables o

biológico-infecciosos;

IV. Encender veladoras, velas o lámparas y hacer fuego o cocinar en estufas o cómales

de gas, gasolina, petróleo y combustibles similares. Las fondas y restaurantes quedan

exceptuadas, pero tienen la obligación de apagar completamente los fuegos antes de

cerrar sus establecimientos, cumpliendo con las disposiciones de seguridad

establecidas en el reglamento de la materia;

V. El funcionamiento de aparatos eléctricos, con excepción de aquellos indispensables

a la naturaleza del giro y solamente durante el tiempo que sea necesario. En este caso,

al retirarse los comerciantes de sus puestos o locales, deberán apagar su alumbrado

interior y exterior, y sólo podrán dejar encendido el necesario para su seguridad;

VI. Vender mercancía al mayoreo o medio mayoreo en los mercados;

VII. El ejercicio del comercio ambulante, incluyendo a los comerciantes establecidos,

que no podrán, por sí mismos o por otra persona, ejercer dicho comercio;

VIII. Ejecutar o hacer ejecutar música que sobrepase los niveles autorizados en el

reglamento de la materia, así como el uso de aparatos altoparlantes para llamar a los

compradores a que prefieran los productos;

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20AYUNTAMIENTO DE XALAPA

ATRIBUCIONES

IX. La instalación de marquesinas, toldos, rótulos, tarimas, cajones, tablas, huácales,

jaulas, canastos, mesas para tasajear y cualesquiera otros objetos que deformen los

puestos, obstruyan puertas y pasillos, obstaculicen el tránsito del público o impidan la

visibilidad;

X. Practicar en las instalaciones de la central de abasto cualquier tipo de deporte,

juegos de azar con o sin cruce de apuestas, así como entrar al mercado con animales o

bicicletas;

XI. El lavado y preparación de mercancías fuera de los lugares acondicionados o

señalados para ese efecto;

XII. Instalar bambalinas, promociones, carteles, anuncios luminosos o cualquier tipo de

publicidad en los muros o columnas de la central de abasto, así como fuera de las

instalaciones de la misma. Igualmente está prohibido instalar letreros que excedan las

dimensiones del puesto o local respectivo;

XIII. Tirar basura fuera de los depósitos destinados a este fin;

XIV. Obstruir el uso de lugares comunes, tales como tomas de aguas, lavabos,

sanitarios o similares;

XV. Alterar el orden público;

XVI. Introducir a la central de abasto productos de consumo humano en mal estado o

carne sin sello de sanidad, aún en los frigoríficos;

XVII. Hacer mal uso de las instalaciones de baños, lavaderos, red de drenaje, luz

eléctrica del mercado municipal; así como instalar conexiones clandestinas;

XVIII. Hacer uso de bodega o vendimia en los locales o bodegas abandonados o

desocupados, sin permiso de la autoridad municipal que los respalde;

XIX. Instalar en las bodegas de las centrales de abasto, equipos para la transformación

de productos o mercancías, así como talleres y equipos, excepto los que sean para los

fines de preservación, limpieza, clasificación, envase y embalaje de sus productos;

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21AYUNTAMIENTO DE XALAPA

ATRIBUCIONES

XX. Utilizar las bodegas y áreas comunes de las centrales de abasto para uso

habitacional;

XXI. Cocinar o preparar alimentos en áreas comunes o dentro de las bodegas de las

centrales de abasto;

XXII. Prestar, permitir o propiciar el establecimiento o la prestación de servicios para

maniobras de carga, descarga y acarreo por personas no autorizadas por el

Ayuntamiento en las centrales de abasto;

XXIII. Bloquear u obstaculizar los accesos a la Central de Abasto, a sus

establecimientos o instalaciones, así como la circulación de motocicletas, bicicletas,

triciclos o cualquier tipo de vehículo no autorizado en los andadores peatonales, así

como en las áreas de maniobras, carga y descarga; y

XXIV. Los demás establecidos en el presente ordenamiento y otras disposiciones

legales y reglamentarias aplicables.

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22AYUNTAMIENTO DE XALAPA

MISIÓN

VISIÓN

La Unidad de Mercados evaluará los procedimientos internos para llevar acabo una

regularización de las concesiones de los mercados y plazas municipales y así conducir

adecuadamente esta Unidad Administrativa manteniendo actualizados los padrones, a

su vez para elevar los niveles de eficiencia en el ámbito gubernamental municipal y

ofrecer servicios de calidad tanto de manera interna como externa.

ISIÓN

Mejorar las relaciones humanas entre la autoridad municipal y los particulares, en base

a la correcta aplicación de procedimientos en los planes, programas y políticas

gubernamentales del ámbito municipal, así como por el personal que labora en esta

Unidad Administrativa, lo que dará como resultado mejoras a las infraestructuras de los

mercados y plazas municipales con la finalidad de ofrecer a los locatarios y a la

población en general, mercados dignos.

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23AYUNTAMIENTO DE XALAPA

OBJETIVO GENERAL

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

OBJETIVO GENERAL

Cumplir con cada uno de los programas y/o Acciones que nos permita obtener como

resultado las mejoras en las infraestructuras de los mercados y plazas Municipales así

como también para buscar un equilibrio con otras áreas que apoyan en esta labor.

Actualizar los padrones de los mercados y plazas municipales para mejorar el

desempeño administrativo de la Unidad.

Coadyuvar el cumplimiento de los objetivos y metas dispuestas en el programa

Operativo Anual.

Coordinarse con diferentes áreas del Ayuntamiento para alcanzar las metas

establecidas en el presente Programa.

Definir las funciones administrativas del personal que labora en esta Unidad.

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24AYUNTAMIENTO DE XALAPA

ELABORÓ: REVISÓ: AUTORIZÓ: FECHA:

ESTRUCTURA ORGÁNICA FORMAL

JEFATURA DEÁREA DE FOMENTO

AL EMPLEO

DIRECCION DETURISMO

PresidenciaMunicipal

DIRECTOR GENERAL DEDESARROLLOECONÓMICO,COMERCIAL EINDUSTRIAL

UNIDAD DEDESARROLLO

RURAL

UNIDAD DERASTROS

MUNICPALES

UNIDAD DEMERCADOS

UNIDAD DEREGULACION

SANITARIA

UNIDADNORTE

UNIDADCENTRO-SUR

UNIDADESTE

UNIDADOESTE

DIRECCION DETURISMO

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UNIDAD DE MERCADOS

25AYUNTAMIENTO DE XALAPA

DESCRIPCIÓN

DE

PUESTOS

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26AYUNTAMIENTO DE XALAPA

IDENTIFICACIÓNNombre del Puesto: Jefe de la Unidad de MercadosJefe inmediato: Director de Desarrollo Económico, Comercial e industrial

Subordinados inmediatos: Secretaria

Auxiliar administrativo

Supervisor de mercados

Encargado de mantenimiento de los mercados y Plazas

Municipales

Administrador de mercados

Cobradores de sanitarios

Conserjes

Barrenderos

Veladores

Suplencia en caso deausencia:

El servidor Público que designe el Presidente Municipal

de Xalapa en términos de lo que establece la Ley

Orgánica del Municipio Libre

DESCRIPCIÓN GENERAL/OBJETIVO

Coordinar y contribuir dentro del ámbito de su competencia con el desarrollo de

programas indispensables para garantizar y perfeccionar la función de los mercados y

plazas municipales, lo anterior interactuando primordialmente con el Director General de

Desarrollo Económico, Comercial e Industrial y posteriormente con otras áreas del

Ayuntamiento nos permitirá alcanzar cada uno de los objetivos así como lograr una

agilización administrativa.

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27AYUNTAMIENTO DE XALAPA

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

ELABORÓ: REVISÓ: AUTORIZÓ: FECHA:

DIRECCIONGENERAL DEDESARROLLOECONOCMICO,COMERCIAL EINDUSTRIAL

JEFATURA DEÁREA DE FOMENTO

AL EMPLEO

DIRECCION DETURISMO

SUBDIRECCION DESUPERVISION DEREGLAMENTOS

UNIDAD DEDESARROLLO

RURAL

UNIDAD DERASTROS

MUNICPALES

UNIDAD DEMERCADOS

UNIDADNORTE

UNIDADCENTRO-SUR

UNIDADESTE

UNIDADOESTE

UNIDAD DEREGULACIÓN

SANITARIA

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UNIDAD DE MERCADOS

28AYUNTAMIENTO DE XALAPA

FUNCIONESONES

1. Coordinar los programas y actividades inherentes a la conservación y mejora de

los mercados y plazas municipales:

2. Mantener actualizados los Padrones de los mercados y plazas municipales.

3. Elevar la calidad de atención y servicio administrativo de cada uno de los

trámites, que permitan agilizar los traspasos, cambios de giro, etc.

4. Mejorar el desempeño del marco institucional supervisando que se cumpla con

las disposiciones contenidas en el Reglamento interno.

5. Revisar periódicamente que los compromisos y responsabilidades adquiridos se

cumplan conforme a la normatividad Municipal.

6. Comunicar a los veladores de los mercados y plazas municipales los horarios de

apertura y cierre.

7. Autorizar los traspasos o movimientos administrativos en coordinación con la

Dirección.

8. Programar operativos para supervisar el control de los mercados, plazas y

centrales de abasto municipales.

9. Supervisar que el personal administrativo se desempeñe de manera eficiente

para cumplir con los objetivos de la Unidad.

10.Trabajar en conjunto con los sindicatos para vigilar y asegurar lo relativo a la

función y desempeño de cada trabajador.

11.Solicitar al área correspondiente el abastecimiento de insumos para el

mantenimiento y conservación de los mercados y plazas municipales.

12. Informar periódicamente las actividades inherentes al funcionamiento de la

Unidad.

13.Asistir a reuniones para recibir información e indicaciones de sus superiores para

mejorar la función administrativa de los mercados y plazas municipales.

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UNIDAD DE MERCADOS

29AYUNTAMIENTO DE XALAPA

FUNCIONES

14.Comunicar a su superior las necesidades de mantenimiento general de los

mercados y plazas municipales para optimizar el servicio eléctrico, hidráulico y

sanitario.

15.Programar reuniones de trabajo con los subordinados de la Unidad para revisar y

asegurar el cumplimiento de los objetivos planeados.

16.Fungir como intermediario para establecer mejores laborales entre los lideres de

los mercados y plazas municipales y el ayuntamiento.

17.Las demás funciones que en el ámbito de su competencia le confiera

expresamente el Director General de Desarrollo Económico, Comercial e

Industrial y los demás que determinen los ordenamientos legales aplicables.

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UNIDAD DE MERCADOS

30AYUNTAMIENTO DE XALAPA

COORDINACIÓN INTERNA

CON:

1. El Presidente Municipal

2. El Director de DesarrolloEconómico, Comercial eIndustrial

3. La Subdirección desupervisión de Reglamentos

4. La Unidad de RegulaciónSanitaria

5. Comisión Municipal de Aguay Saneamiento

PARA:

1. Recibir instrucciones y tratar asuntos

concernientes a los mercados y plazas

municipales

2. Turnar y coordinar asuntos referentes y

concernientes a dicha área

3. Programar y realizar inspecciones y

verificaciones en el interior de los

mercados y plazas municipales, para

cumplir con el Reglamento interno.

4. Programar recorridos de inspección

sanitaria de acuerdo al Reglamento en

los centros de abasto

5. Para coordinar los programas de

desazolve y limpieza de los mercados y

plazas municipales

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UNIDAD DE MERCADOS

31AYUNTAMIENTO DE XALAPA

COORDINACIÓN INTERNA

COORDINACIÓN EXTERNA

CON:

6. Dirección General deServicios Municipales

7. Dirección de ProtecciónCivil

8. Dirección General deTránsito y Vialidad

PARA:

6. Coordinar Operativos concernientes a la

conservación y mejora de los mercados y

plazas municipales

7. Solicitar dictámenes técnicos que

prevengan posibles incidentes o siniestros

en los mercados y plazas municipales

8. Solicitar apoyo para retirar vehículos en

lugares prohibidos

CON:

1. Policía intermunicipalXalapa-Banderilla-Tlanelhuayocan (PIXBT)

2. Instituto de PolicíaAuxiliar de Xalapa (IPAX)

PARA:

1. Solicitar apoyo en para vigilar los

mercados y plazas municipales

2. Recibir apoyo y mantener la tranquilidad

interna de los mercados y plazas

municipales

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UNIDAD DE MERCADOS

32AYUNTAMIENTO DE XALAPA

PERFIL PROFESIONAL

EL JEFE DE LA UNIDAD DE MERCADOS DEBERA CUMPLIR CON LOSIGUIENTE:

Preparación AcadémicaLicenciatura en Derecho, Administración, Administración Pública, Políticas y

Humanísticas o áreas afines

Deberá contar con Titulo y Cedula Profesional, legalmente expedidas

Conocimientos NecesariosLeyes, códigos, reglamentos y demás normatividad aplicable en materia Municipal

Procesos de administración general

Planeación estratégica

Desarrollo organizacional

Políticas públicas

Resolución y manejo de conflictos

Derecho laboral y Seguridad Social

Derecho Administrativo

Experiencia1 año de experiencia en la Administración Pública

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UNIDAD DE MERCADOS

33AYUNTAMIENTO DE XALAPA

PERFIL PROFESIONAL

Habilidades y DestrezasDominio de la comunicación oral y escrita

Atención, asesoría y solución a peticiones y problemáticas de la ciudadanía con

relación a la administración de los Mercados y Plazas Municipales

Negociación y diálogo

Capacidad de dirigir

Cualidades de liderazgo

Capacidad resolutiva de problemas y organización del trabajo y de las actividades

propias

Conocimientos para desarrollar, fomentar y orientar el trabajo en equipo

Manejo de personal

Dominio de las relaciones públicas

Iniciativa, creatividad e innovación

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ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

34AYUNTAMIENTO DE XALAPA

ESTRUCUTRA ORGÁNICA FUNCIONALNota: La presente Estructura Orgánica Funcional no está aprobada por el cabildo, es una grafica para ubicar los puestosoperativos que existen en el área y cuya función contribuye al cumplimiento de los objetivos de la misma.

ELABORÓ: REVISÓ: AUTORIZÓ: FECHA:

SUPERVISOR DEMERCADOS

AUXILIARADMINISTRATIVO

ADMINISTRADORDE MERCADOS

SECRETARIA

CONSERJE

BARRENDERO

VELADOR

COBRADOR DESANITARIOS

JEFE DE LAUNIDAD DEMERCADOS

ENCARGADO DEMANTENIMIENTO DE

MERCADOS Y PLAZASMUNICIPALES

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ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

35AYUNTAMIENTO DE XALAPA

IDENTIFICACIÓN

DESCRIPCIÓN GENERAL/OBJETIVO

Nombre del Puesto: Secretaria AdministrativaFunción: Secretaria

Jefe inmediato: Jefe de la Unidad de Mercados

Subordinados inmediatos: Ninguno

Suplencia en caso deausencia:

El servidor Público que designe el Jefe de la Unidad

previo acuerdo con el Director General de Desarrollo

Económico, Comercial e Industrial en términos de lo

que establece la Ley Orgánica del Municipio Libre

La secretaria es responsable de asistir al Jefe de la Unidad para tomar indicaciones

para la elaboración de oficios, y mejorar el desempeño administrativo de la Unidad.

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ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

36AYUNTAMIENTO DE XALAPA

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

ELABORÓ: REVISÓ: AUTORIZÓ: FECHA:

SUPERVISOR DEMERCADOS

AUXILIARADMINISTRATIVO

ADMINISTRADORDE MERCADOS

JEFE DE LAUNIDAD DEMERCADOS

SECRETARIA

CONSERJE

BARRENDERO

VELADOR

COBRADOR DESANITARIOS

ENCARGADO DEMANTENIMIENTO DE

MERCADOS Y PLAZASMUNICIPALES

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

37AYUNTAMIENTO DE XALAPA

FUNCIONES

1. Informar al jefe de la Unidad de Mercados sobre el seguimiento de la

correspondencia recibida de otras dependencias de la Administración Pública

Municipal.

2. Recibir instrucciones del Titular del área para agilizar la elaboración y tramitación

de documentos internos y externos.

3. Archivar oficios y la documentación recibida en los expedientes

correspondientes, así como realizar las actividades administrativas de la Unidad.

4. Apoyar en todas aquellas actividades que coadyuven al correcto desempeño de

la Unidad Administrativa.

5. Las funciones que en el ámbito de su competencia le confiera expresamente el

titular de la Unidad de Mercados, el Director General de Desarrollo Económico,

Comercial e Industrial y las demás que determine los ordenamientos legales

aplicables

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DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

38AYUNTAMIENTO DE XALAPA

COORDINACIÓN INTERNA

COORDINACIÓN EXTERNA

CON:

1. Jefe de la Unidad deMercados

2. Los demás puestosde la Unidad de Mercados

CON:NO APLICA

PARA:

1. Recibir instrucciones para la elaboración

de oficios.

2. Proporcionar información de las

actividades administrativas y apoyar con

actividades propias de su

funcionamiento.

PARA:NO APLICA

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

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ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

39AYUNTAMIENTO DE XALAPA

PERFIL PROFESIONAL

LA SECRETARIA DEBERA CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:Preparación AcadémicaCarrera técnica en secretariado y contar con certificado expedido legalmente.

Conocimientos NecesariosManejo de teléfono/fax

Manejo de máquina de escribir

Manejo de Pc’s

Paquetería: Word, Excell, Power Point, etc.

Experiencia1 año de experiencia

Habilidades y destrezasCapacidad para trabajar bajo presión

Capacidad resolutiva de problemas

Capacidad de memorizar

Capacidad de trabajar en equipo

Agilidad para manejar la Pc’s

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

40AYUNTAMIENTO DE XALAPA

IDENTIFICACIÓN

DESCRIPCIÓN GENERAL/OBJETIVO

Nombre del Puesto: Técnico AdministrativoFunción: Encargado de Mantenimiento Mercados y Plazas

Municipales

Jefe inmediato: Jefe de la Unidad de Mercados

Subordinados inmediatos: Ninguno

Suplencia en caso deausencia:

El servidor Público que designe el Jefe de la Unidad

previo acuerdo con el Director General de Desarrollo

Económico, Comercial e Industrial en términos de lo

que establece la Ley Orgánica del Municipio Libre.

Es el responsable de supervisar, inspeccionar y proporcionar asistencia técnica a los

mercados y plazas municipales, para mantener en óptimas condiciones de uso las

instalaciones hidráulicas, sanitarias y eléctricas para la ciudadanía y los mismos

locatarios.

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ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

41AYUNTAMIENTO DE XALAPA

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

ELABORÓ: REVISÓ: AUTORIZÓ: FECHA:

SUPERVISOR DEMERCADOS

AUXILIARADMINISTRATIVO

ADMINISTRADORDE MERCADOS

JEFE DE LAUNIDAD DEMERCADOS

SECRETARIA

CONSERJE

BARRENDERO

VELADOR

COBRADOR DESANITARIOS

ENCARGADO DEMANTENIMIENTO DE

MERCADOS Y PLAZASMUNICIPALES

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

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ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

42AYUNTAMIENTO DE XALAPA

FUNCIONES

1. Informar al Jefe de la Unidad de Mercados de las necesidades de los mercados y

plazas municipales en cuestiones relativas de reparación y mantenimiento de

instalaciones sanitarias, hidráulicas y eléctricas.

2. Recibir instrucciones del Titular del área para asistir a los mercados y plazas

municipales que necesiten mantenimiento.

3. Informar y solicitar material eléctrico, sanitario, hidráulico y todo aquel que

considere necesario para resolver incidentes o problemáticas.

4. Evaluar los riesgos inherentes a los servicios básicos de los mercados y plazas

municipales.

5. Las demás funciones que en el ámbito de su competencia le confiere

expresamente el Titular de la Unidad de Mercados, el Director General de

Desarrollo Económico, Comercial e Industrial y los que determinen los

ordenamientos legales aplicables.

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

43AYUNTAMIENTO DE XALAPA

COORDINACIÓN INTERNA

COORDINACIÓN EXTERNA

CON: PARA:1. Jefe de la Unidad de Mercados 1. Recibir instrucciones para atender

las necesidades técnicas en los

mercados y plazas municipales

2. Personal adscrito a la Unidad deMercados

2. Programar actividades propias de su

funcionamiento y conocer las

situaciones que afecten el

funcionamiento de los mismos.

CON: PARA:NO APLICA NO APLICA

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UNIDAD DE MERCADOS

44AYUNTAMIENTO DE XALAPA

PERFIL PROFESIONAL

EL ENCARGADO DE MANTENIMIENTO DE LOS MERCADOS Y PLAZASMUNICIPALES DEBERÁ DE CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

Preparación académicaPreparatoria, Carrera Técnica o áreas afines y contar con certificado expedido

legalmente.

Conocimientos NecesariosEvaluación de Proyectos Técnicos

Trabajos técnicos en fontanería

Trabajos técnicos en electricidad e hidráulicas

Experiencia1 año de Experiencia

Habilidades y DestrezasIniciativa, creatividad e innovación.

Organización

Capacidad resolutiva de problemas

Manejo de Herramientas

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ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

45AYUNTAMIENTO DE XALAPA

IDENTIFICACIÓN

DESCRIPCIÓN GENERAL/ OBJETIVO

Nombre del Puesto: Auxiliar AdministrativoFunción: Auxiliar Administrativo

Jefe inmediato: Jefe de la Unidad de Mercados

Subordinados inmediatos: Ninguno

Suplencia en caso deausencia:

El servidor Público que designe el Jefe de la Unidad

previo acuerdo con el Director General de Desarrollo

Económico, Comercial e Industrial en términos de lo

que establece la Ley Orgánica del Municipio Libre.

Es el responsable de apoyar administrativamente las actividades de la Unidad

coadyuvando en la elaboración, seguimiento y organización de los documentos, así

como de llevar la organización del archivo y la correspondencia que se recibe y se

envía a otras Dependencias de la Administración Pública Municipal.

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UNIDAD DE MERCADOS

46AYUNTAMIENTO DE XALAPA

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

ELABORÓ: REVISÓ: AUTORIZÓ: FECHA:

SUPERVISOR DEMERCADOS

AUXILIARADMINISTRATIVO

ADMINISTRADORDE MERCADOS

SECRETARIA

CONSERJE

BARRENDERO

VELADOR

COBRADOR DESANITARIOS

JEFE DE LAUNIDAD DEMERCADOS

ENCARGADO DEMANTENIMIENTO DE

MERCADOS Y PLAZASMUNICIPALES

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

47AYUNTAMIENTO DE XALAPA

FUNCIONES

1. Apoyar en la elaboración de oficios varios y funciones administrativas para

cumplir en tiempo y forma con los compromisos adquiridos.

2. Llevar un control del archivo de la Unidad para darle seguimiento a los oficios

recibidos.

3. Llevar la correspondencia a otras áreas para agilizar los trámites internos y

externos que permitan un buen funcionamiento.

4. Recibir instrucciones del jefe de la Unidad para coadyuvar en sus funciones.

5. Las demás funciones que en el ámbito de su competencia le confiera

expresamente el Titular de la Unidad, el Director General de Desarrollo

Económico, Comercial e Industrial y las que determinen los ordenamientos

legales aplicables.

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UNIDAD DE MERCADOS

48AYUNTAMIENTO DE XALAPA

COORDINACIÓN EXTERNA

COORDINACIÓN INTERNA

CON: PARA:1. Jefe de la Unidad de Mercados 1. Recibir instrucciones y proporcionar

información de las actividades

propias de la oficina

2. Personal adscrito a la Unidad deMercados

2. Apoyar con las actividades propias

de su funcionamiento.

CON: PARA:NO APLICA NO APLICA

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UNIDAD DE MERCADOS

49AYUNTAMIENTO DE XALAPA

PERFIL PROFESIONAL

EL AUXILIAR ADMINISTRATIVO DEBERÁ DE CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

Preparación AcadémicaCarrera Técnica en secretariado o áreas afines y contar con certificado legalmente

expedido.

Conocimientos NecesariosManejo de máquina de escribir. Pc`s

Administración y organización

Experiencia1 año de experiencia

Habilidades y DestrezasCapacidad resolutiva

Capacidad de memorizar

Capacidad de trabajar en equipo

Iniciativa

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UNIDAD DE MERCADOS

50AYUNTAMIENTO DE XALAPA

DESCRIPCIÓN

DE

PUESTOS TIPO

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UNIDAD DE MERCADOS

51AYUNTAMIENTO DE XALAPA

IDENTIFICACION

DESCRIPCIÓN GENERAL/OBJETIVO

Nombre del Puesto: Técnico ProfesionalFunción: Supervisor de Mercados

Jefe inmediato: Jefe de la Unidad de Mercados

Subordinados inmediatos: Ninguno

Suplencia en caso deausencia:

El servidor Público que designe el Jefe de la Unidad

previo acuerdo con el Director General de Desarrollo

Económico, Comercial e Industrial en términos de lo

que establece la Ley Orgánica del Municipio Libre.

Es el responsable de supervisar el trabajo que se realiza en oficina así como de

participar en las inspecciones de los mercados y plazas municipales para mantener

orden y regular las obligaciones de los locatarios mediante la debida aplicación de las

normas contenidas en el Reglamento Municipal para el Desarrollo Económico de

Xalapa en vigor.

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UNIDAD DE MERCADOS

52AYUNTAMIENTO DE XALAPA

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

ELABORÓ: REVISÓ: AUTORIZÓ: FECHA:

SUPERVISOR DEMERCADOS

AUXILIARADMINISTRATIVO

ADMINISTRADORDE MERCADOS

SECRETARIA

CONSERJE

BARRENDERO

VELADOR

COBRADOR DESANITARIOS

JEFE DE LAUNIDAD DEMERCADOS

ENCARGADO DEMANTENIMIENTO DE

MERCADOS Y PLAZASMUNICIPALES

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ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

53AYUNTAMIENTO DE XALAPA

FUNCIONES

1. Asistir en la evaluación de proyectos y programas de la Unidad relacionados

con los mercados y plazas municipales, con la finalidad de brindar asesoría

para el cumplimiento de las funciones encomendadas por el titular de la

Unidad.

2. Revisar reglamentos, acuerdos y convenios que le sean requeridos por el

Titular de la Unidad, para contribuir institucionalmente.

3. Asesorar en la solución de conflictos tanto externos como internos que afecten

la armonía de los mercados y plazas municipales.

4. Apoyar al titular en operativos de los mercados con el objetivo de la elaboración

de citatorios y actas de inspección.

5. Integrar y revisar la información suministrada para la elaboración de los

diferentes reportes de actividades de la Unidad emitidos con el fin de

presentarlos en tiempo y forma.

6. Las demás funciones que en el ámbito de su competencia le confiera

expresamente el Titular de la Unidad de Mercados, el Director General de

Desarrollo Económico, Comercial e Industrial y las que determinen los

ordenamientos legales aplicables.

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

54AYUNTAMIENTO DE XALAPA

COORDINACIÓN INTERNA

COORDINACIÓN EXTERNA

CON: PARA:1. Jefe de la Unidad de Mercados 1. Recibir instrucciones y proporcionar

información y supervisar los mercados y

plazas municipales

2. Personal adscrito a la Unidadde Mercados

2. Realizar trabajos de manera coordinada

para cumplir con los objetivos

administrativos de la oficina

CON: PARA:1. Locatarios de los Mercados 1. Supervisar que cumplan con sus

obligaciones

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

55AYUNTAMIENTO DE XALAPA

PERFIL PROFESIONALEL SUPERVISOR DE MERCADOS DEBERÁ DE CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:Preparación AcadémicaLicenciatura en Derecho, Administración, Administración Pública, Políticas y

Humanísticas o en áreas afines. Deberá contar con Titulo y Cédula Profesional,

legalmente expedidos.

Conocimientos NecesariosLeyes, códigos, reglamentos y demás normatividad aplicable en materia Municipal

Procesos de administración general.

Planeación Y Desarrollo Organizacional

Políticas públicas.

Resolución y Manejo de conflictos

Manejo de Pc`s

ExperienciaDe 1 año de experiencia en la Administración Pública.

Habilidades y DestrezasDominio de la comunicación oral y escrita.

Atención, asesoría y solución a peticiones y problemática de la ciudadanía con relación

a la administración de los Mercados y Plazas Municipales

Capacidad de Dirigir

Cualidades de Liderazgo

Capacidad resolutiva de problemas.

Conocimientos para organizar, desarrollar, fomentar y orientar el trabajo en equipo.

Manejo de personal.

Dominio de las relaciones públicas.

Iniciativa

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DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

56AYUNTAMIENTO DE XALAPA

IDENTIFICACIÓN

DESCRIPCIÓN GENERAL/OBJETIVO

Nombre del Puesto: Técnico AdministrativoFunción: Administrador de mercados

Jefe inmediato: Jefe de la Unidad de Mercados

Subordinados inmediatos: Cobradores de sanitarios

Conserjes

Barrenderos

Veladores

Suplencia en caso deausencia:

El servidor Público que designe el Jefe de la Unidad

previo acuerdo con el Director General de Desarrollo

Económico, Comercial e Industrial en términos de lo

que establece la Ley Orgánica del Municipio Libre.

Es el responsable de vigilar y reportar las actividades o incidentes que se susciten en

el interior de los mercados y plazas municipales, así como de procurar mantener orden

recorriendo los pasillos.

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

57AYUNTAMIENTO DE XALAPA

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

ELABORÓ: REVISÓ: AUTORIZÓ: FECHA:

SUPERVISOR DEMERCADOS

AUXILIARADMINISTRATIVO

ADMINISTRADORDE MERCADOS

SECRETARIA

CONSERJE

BARRENDERO

VELADOR

COBRADOR DESANITARIOS

JEFE DE LAUNIDAD DEMERCADOS

ENCARGADO DEMANTENIMIENTO DE

MERCADOS Y PLAZASMUNICIPALES

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DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

58AYUNTAMIENTO DE XALAPA

FUNCIONES

1. Vigilar que en su respectiva área de trabajo no se susciten incidentes que

pongan en riesgo la integridad física de los locatarios y de la misma ciudadanía.

2. Controlar las situaciones entre los locatarios por conductas inapropiadas que

atenten contra el orden.

3. Recibir instrucciones del jefe de la Unidad para comunicar a los locatarios de los

mercados y plazas municipales las actividades o programas de

descacharrizacion, limpieza, fumigación, etc.

4. Tener conocimiento de la descripción gráfica de los puestos o locales con la

finalidad de detectar irregularidades administrativas.

5. Supervisar periódicamente que los servicios de agua, luz y sanitarias funcionen

para garantizar su uso.

6. Las demás funciones que en el ámbito de su competencia le confiera

expresamente el Titular de la Unidad de Mercados, el Director General de

Desarrollo Económico, Comercial e Industrial y las que determinen los

ordenamientos legales aplicables.

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

59AYUNTAMIENTO DE XALAPA

COORDINACIÓN INTERNA

COORDINACIÓN EXTERNA

CON: PARA:1. Jefe de la Unidad de Mercados 1. Recibir instrucciones y reportar

todas las actividades que atenten

contra la armonía de los mercados y

plazas municipales.

2. Personal adscrito a la Unidadde Mercados

2. Apoyar coordinadamente con otras

actividades operativas

CON: PARA:NO APLICA NO APLICA

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DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

60AYUNTAMIENTO DE XALAPA

PERFIL PROFESIONAL

EL ADMINISTRADOR DE MERCADOS DEBERÁ DE CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

Preparación AcadémicaLicenciatura en Administración, Carrera Técnica o Áreas afines y contar con Título y

Cédula Profesional expedidos legalmente

Conocimientos NecesariosReglamentos y demás normatividad aplicable en materia Municipal

Procesos de administración general.

Planeación estratégica.

Desarrollo organizacional.

Resolución y Manejo de conflictos

ExperienciaNo indispensable

Habilidades y DestrezasDominio de la comunicación oral y escrita.

Atención y coordinación

Capacidad de manejo de personal

Capacidad resolutiva de problemas y organización del trabajo y de las actividades.

Dominio de las relaciones públicas.

Capacidad de trabajar en equipo

Iniciativa

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DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

61AYUNTAMIENTO DE XALAPA

IDENTIFICACIÓN

DESCRIPCIÓN GENERAL/OBJETIVO

Nombre del Puesto: Cobrador(a) de sanitariosFunción: Cobrador de sanitarios

Jefe inmediato: Administrador de mercados

Subordinados inmediatos: Ninguno

Suplencia en caso deausencia:

El servidor Público que designe el Jefe de la Unidad

previo acuerdo con el Director General de Desarrollo

Económico, Comercial e Industrial en términos de lo

que establece la Ley Orgánica del Municipio Libre.

Es el responsable de cobrar y recaudar las cuotas por concepto del uso de los

sanitarios en los mercados y plazas municipales.

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

62AYUNTAMIENTO DE XALAPA

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGANICA

ELABORÓ: REVISÓ: AUTORIZÓ: FECHA:

SUPERVISOR DEMERCADOS

AUXILIARADMINISTRATIVO

ADMINISTRADORDE MERCADOS

SECRETARIA

ENCARGADO DEMANTENIMIENTO DE

MERCADOS Y PLAZASMUNCIPALES

JEFE DE LAUNIDAD DEMERCADOS

CONSERJE

BARRENDERO

VELADOR

COBRADOR DESANITARIOS

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

63AYUNTAMIENTO DE XALAPA

FUNCIONES

1. Recibir Instrucciones del titular del área para garantizar la atención de los

usuarios.

2. Controlar y llevar a cabo el cobro de sanitarios por concepto de su uso.

3. Entregar en tiempo y forma lo recaudado diariamente en la sección tercera

correspondiente de la Subdirección de Ingresos.

4. Las demás funciones que en el ámbito de su competencia le confiera

expresamente el Titular de la Unidad de Mercados, el Director General de

Desarrollo Económico, Comercial e Industrial y las que determinen los

ordenamientos legales aplicables.

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

64AYUNTAMIENTO DE XALAPA

COORDINACIÓN INTERNA

COORDINACIÓN EXTERNA

CON: PARA:1. Jefe de la Unidad de

Mercados1. Recibir instrucciones y reportar todas

las actividades que atenten contra la

armonía de los mercados y plazas

municipales.

2. Personal adscrito a la Unidadde Mercados

3. El Administrador deMercados

4. Subdirector de Ingresos

2. Apoyar coordinadamente con otras

actividades operativas.

3. Solicitar apoyo para cuestiones propias

de su funcionamiento.

4. Entregar la recaudación.

CON: PARA:NO APLICA NO APLICA

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ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

65AYUNTAMIENTO DE XALAPA

PERFIL PROFESIONAL

EL COBRADOR DE SANITARIOS DEBERÁ DE CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

Preparación AcadémicaCarrera Técnica o Áreas afines y contar con certificado expedido legalmente

Conocimientos NecesariosAplicación de habilidades Matemáticas

Destreza Numérica

Resolución y Manejo de conflictos

Organización

Experiencia1 año de experiencia

Habilidades y DestrezasDominio de la comunicación oral y escrita

Atención y Organización

Capacidad resolutiva de problemas y organización del trabajo y de las actividades

Conocimientos para organizar y trabajar en equipo

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

66AYUNTAMIENTO DE XALAPA

IDENTIFICACIÓN

DESCRIPCIÓN GENERAL/OBJETIVO

Nombre del Puesto: ConserjeFunción: Conserje de limpieza

Jefe inmediato: Administrador de Mercados

Subordinados inmediatos: Ninguno

Suplencia en caso deausencia:

El servidor Público que designe el Jefe de la Unidad

previo acuerdo con el Director General de Desarrollo

Económico, Comercial e Industrial en términos de lo

que establece la Ley Orgánica del Municipio Libre.

Es el responsable de mantener limpia e higiénica las áreas de los sanitarios, los pasillos

internos y las zonas de protección de los mercados y plazas municipales, para ofrecer

un servicio de calidad.

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

67AYUNTAMIENTO DE XALAPA

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

ELABORÓ: REVISÓ: AUTORIZÓ: FECHA:

SUPERVISOR DEMERCADOS

AUXILIARADMINISTRATIVO

ADMINISTRADORDE MERCADOS

SECRETARIA

ENCARGADO DEMANTENIMIENTO DE

MERCADOS Y PLAZASMUNCIPALES

JEFEDE LA UNIDADDE MERCADOS

CONSERJE

BARRENDERO

VELADOR

COBRADOR DESANITARIOS

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

68AYUNTAMIENTO DE XALAPA

FUNCIONES

1. Recibir información e instrucciones por parte del jefe de la Unidad de Mercados

para mejorar las actividades propias de su área.

2. Mantener en óptimas condiciones de higiene los sanitarios de los mercados y

plazas municipales.

3. Informar de las necesidades de los implementos básicos de limpieza para

garantizar el servicio de sanitarios.

4. Reportar al Jefe de la Unidad situaciones que pongan en riesgo las actividades

propias de su área.

5. Mantener en inmejorable condiciones de higiene los pasillos de los mercados y

plazas municipales.

6. Recorrer diariamente sus áreas para detectar los sitios donde se necesiten sus

servicios.

7. Las demás funciones que en el ámbito de su competencia le confiera

expresamente el Titular de la Unidad de Mercados, el Director General de

Desarrollo Económico, Comercial e Industrial y las que determinen los

ordenamientos legales aplicables.

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

69AYUNTAMIENTO DE XALAPA

COORDINACIÓN INTERNA

COORDINACIÓN EXTERNA

CON: PARA:1. Jefe de la Unidad de

Mercados1. Recibir instrucciones y reportar todas las

actividades que atenten contra la armonía

de los mercados y plazas municipales.

2. Personal adscrito a laUnidad de Mercados

2. Apoyar coordinadamente con otras

actividades operativas.

CON: PARA:NO APLICA NO APLICA

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

70AYUNTAMIENTO DE XALAPA

PERFIL PROFESIONAL

EL CONSERJE DEBERÁ DE CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

Preparación AcadémicaSecundaria terminada y contar con certificado expedido legalmente

Conocimientos NecesariosResponsabilidad

Resolución y Manejo de conflictos

Organización

ExperienciaCon o sin experiencia

Habilidades y DestrezasComunicación

Atención y Organización

Capacidad resolutiva de problemas y organización del trabajo y de las actividades.

Conocimientos para organizar y trabajar en equipo.

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

71AYUNTAMIENTO DE XALAPA

IDENTIFICACIÓN

DESCRIPCIÓN GENERAL/OBJETIVO

Nombre del Puesto: BarrenderoFunción: Barrendero

Jefe inmediato: Administrador de Mercados

Subordinados inmediatos: Ninguno

Suplencia en caso deausencia:

El servidor Público que designe el Jefe de la Unidad

previo acuerdo con el Director General de Desarrollo

Económico, Comercial e Industrial en términos de lo

que establece la Ley Orgánica del Municipio Libre.

Es el responsable de mantener limpio los pasillos externos y las áreas de protección

de los mercados y plazas municipales para mantener una buena imagen de los centros

de abastos.

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

72AYUNTAMIENTO DE XALAPA

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

ELABORÓ: REVISÓ: AUTORIZÓ: FECHA:

SUPERVISOR DEMERCADOS

AUXILIARADMINISTRATIVO

ADMINISTRADORDE MERCADOS

SECRETARIA

ENCARGADO DEMANTENIMIENTO DE

MERCADOS Y PLAZASMUNCIPALES

CONSERJE

BARRENDERO

VELADOR

COBRADOR DESANITARIOS

JEFEDE LA UNIDADDE MERCADOS

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

73AYUNTAMIENTO DE XALAPA

FUNCIONES

1. Recibir información e instrucciones por parte del jefe de la Unidad de Mercados

para mejorar las actividades propias de su área.

2. Mantener limpias las áreas de protección de los mercados y plazas municipales

para proyectar una imagen de higiene para los usuarios.

3. Informar de las necesidades de los implementos básicos de limpieza para

garantizar su uso.

4. Las demás funciones que en el ámbito de su competencia le confiera

expresamente el Titular de la Unidad de Mercados, el Director General de

Desarrollo Económico, Comercial e Industrial y las que determinen los

ordenamientos legales aplicables.

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

74AYUNTAMIENTO DE XALAPA

COORDINACIÓN INTERNA

COORDINACIÓN EXTERNA

CON: PARA:1. Jefe de la Unidad de Mercados 1. Recibir instrucciones para atender

sus áreas y cumplir cabalmente con

sus objetivos

2. El Administrador de Mercados 2. Solicitar y reportar la necesidad de

materiales de limpieza que permitan

desarrollar sus funciones.

CON: PARA:NO APLICA NO APLICA

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

75AYUNTAMIENTO DE XALAPA

PERFIL PROFESIONAL

EL BARRENDERO DEBERÁ DE CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

Preparación AcadémicaSecundaria o primaria terminada y contar con certificado expedido legalmente

Conocimientos NecesariosResponsabilidad

Administración

Organización

ExperienciaNo indispensable

Habilidades y destrezasAtención y Organización

Capacidad resolutiva de problemas y organización del trabajo y de las actividades.

Conocimientos para organizar y trabajar en equipo.

Disposición e iniciativa

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

76AYUNTAMIENTO DE XALAPA

IDENTIFICACIÓN

DESCRIPCIÓN GENERAL/ OBJETIVO

Nombre del Puesto: VeladorFunción: Velador

Jefe inmediato: Administrador de Mercados

Subordinados inmediatos: Ninguno

Suplencia en caso deausencia:

El servidor Público que designe el Jefe de la Unidad

previo acuerdo con el Director General de Desarrollo

Económico, Comercial e Industrial en términos de lo

que establece la Ley Orgánica del Municipio Libre.

Es el responsable de mantener la vigilancia interna y externa de los mercados y plazas

municipales, así como de reportar incidentes que se presenten durante su turno de

trabajo.

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

77AYUNTAMIENTO DE XALAPA

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

ELABORÓ: REVISÓ: AUTORIZÓ: FECHA:

SUPERVISOR DEMERCADOS

AUXILIARADMINISTRATIVO

ADMINISTRADORDE MERCADOS

SECRETARIA

ENCARGADO DEMANTENIMIENTO DE

MERCADOS Y PLAZASMUNCIPALES

CONSERJE

BARRENDERO

VELADOR

COBRADOR DESANITARIOS

JEFEDE LA UNIDADDE MERCADOS

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

78AYUNTAMIENTO DE XALAPA

FUNCIONES

1. Recibir información e instrucciones por parte del jefe de la Unidad de Mercados

para mejorar las actividades propias de su área.

2. Vigilar durante su turno mediante recorridos constantes para protección de los

mercados y plazas municipales.

3. Informar inmediatamente a su superior de los incidentes que se pudieran suscitar

en el interior de los mercados y plazas municipales.

4. Verificar que los locatarios salgan de los inmuebles en tiempo y forma, así como

supervisar que no se queden objetos abandonados en los pasillos que puedan

ocasionar incidentes.

5. Las demás funciones que en el ámbito de su competencia le confiera

expresamente el Titular de la Unidad de Mercados, el Director General de

Desarrollo Económico, Comercial e Industrial y las que determinen los

ordenamientos legales aplicables.

MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

79AYUNTAMIENTO DE XALAPA

COORDINACIÓN INTERNA

COORDINACIÓN EXTERNA

CON: PARA:1. Jefe de la Unidad de Mercados 1. Recibir instrucciones para atender

sus áreas y cumplir cabalmente con

sus objetivos

2. El Administrador de Mercados 2. Reportar incidentes que considere

pongan en riesgo la tranquilidad del

mercado o plaza municipal.

CON: PARA:NO APLICA NO APLICA

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UNIDAD DE MERCADOS

80AYUNTAMIENTO DE XALAPA

PERFIL PROFESIONAL

EL VELADOR DEBERÁ DE CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

Preparación AcadémicaSecundaria o primaria terminada y contar con certificado expedido legalmente

Conocimientos NecesariosOrientación y Vigilancia

Responsabilidad

ExperienciaCon o sin Experiencia

Habilidades y DestrezasAtención

Capacidad resolutiva de problemas y organización del trabajo y de las actividades.

Conocimientos para organizar y trabajar en equipo.

Disposición e iniciativa

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ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

81AYUNTAMIENTO DE XALAPA

FIRMAS DE AUTORIZACIÓN

ELABORÓ:

______________________________________LIC. HUGO GARCIA RIVERA

SUPERVISOR DE MERCADOS

REVISÓ

______________________________________LIC. JORGE JAVIER PABELLO OLMOS

DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Vo. Bo.

______________________________________LIC. ANGEL LARA PLATAS

DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO ECONOMICO,

COMERCIAL E INDUSTRIAL

Vo. Bo.

______________________________________LIC. JOSE MARCELINO AMARO MORALES

JEFE DE LA UNIDAD DE MERCADOS

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ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

82AYUNTAMIENTO DE XALAPA

DIRECTORIO

David Velasco ChedrauiPresidente Municipal de Xalapa

Antonio Ballesteros GrayebSíndico Único

José Alberto Hernández MelgarejoSecretario del Ayuntamiento

Ricardo Ruiz MartínezRegidor Primero

Miguel Ángel Briones MéndezRegidor Segundo

Roberto Carlos Carbajal HernándezRegidor Tercero

Minerva Salcedo BacaRegidora Cuarta

José Luis Sosa MartínezRegidor Quinto

José Luis Hernández LópezRegidor Sexto

Fernando Acosta VelázquezRegidor Séptimo

José Luis Larraga CruzRegidor Octavo

Carlos Gabriel Fuentes UrrutiaRegidor Noveno

Ana María Córdoba HernándezRegidora Decima

Dulce María Dauzon MárquezRegidora Decima Primera

Esteban Hidalgo GómezRegidor Decimo SegundoSalome Jiménez Picazzo

Regidora Decima Tercera

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DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

ECONÓMICO, COMERCIAL E INDUSTRIAL

UNIDAD DE MERCADOS

83AYUNTAMIENTO DE XALAPA

No. de Revisión Fecha de Revisión ComentariosBÍTACORA DE CAMBIOS

1.- Noviembre 2009

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UNIDAD DE MERCADOS

84AYUNTAMIENTO DE XALAPA