Manual de Procedimientos de Clin. Adicciones 2014 v9

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2

SECRETARA DE SALUD

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

DE LA CLNICA DE TRASTORNOS ADICTIVOSMarzo 2015CODIGO:

INP/SCE/CEA/MPT01AREA: DIRECCIN DE SERVICIOS CLNICOS

DIRECCION O SUBDIRECCION:

SUBDIRECCIN DE CONSULTA EXTERNAFECHA DE ELABORACIN:

FEBREO DEL 2015

PAG1DE:FECHA ACTUALIZACION:

MARZO DEL 2015

ELABOR:REVIS:AUTORIZ:APROB:

COORDINADOR DE LA CLNICA DE TRASTORNOS ADICTIVOS

DR. HUGO GONZALEZ CANTU

SUBDIRECTOR DE CONSULTA EXTERNADRA. LOURDES GARCIA FONSECA

DIRECTOR DE SERVICIOS CLINICOSDR. ARMANDO VAZQUEZ LPEZ-GUERRA

JEFA DEL DEPARTAMENTO DE PLANEACIN Y MODERNIZACIN ADMINISTRATIVA

C.P. MA. CRISTINA LUCIA GONZLEZ MONCIVAIS

INDICE

I. INTRODUCCINII. OBJETIVO DEL MANUAL

III. MARCO JURIDICO

IV. POLITICAS

V. REVISIONES Y RECOMENDACIONES

VI. USO DEL MANUAL

VII. PROCEDIMIENTOS ESPECFICOS1. PROCEDIMIENTOS DE OTORGAMIENTO DE SERVICIOS ASISTENCIALES1.1 PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCION DE PRIMERA VEZ EN LA CLNICA DE TRASTORNOS ADICTIVOS1.2 PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCION SUBSECUENTE EN LA CLINICA DE TRASTORNOS ADICTIVOS1.3 PROCEDIMIENTO PARA GRUPOS PSICOEDUCATIVOS PARA PACIENTES CON TRASTORNOS POR USO DE ALCOHOL, TABACO O SUSTANCIAS ILEGALES 1.4 PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIN PSICOEDUCATIVA DE LOS FAMILIARES DE LOS PACIENTES QUE RECIBEN ATENCION EN LA CLINICA DE TRASTORNOS ADICTIVOS1.5 PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIN EN PSICOTERAPIA GRUPAL PARA PACIENTES CON TRASTORNOS POR USO SUSTANCIAS1.6 PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIN EN PSICOTERAPIA INDIVIDUAL, FAMILIAR O DE PAREJA PARA PACIENTES CON TRASTORNOS POR USO SUSTANCIAS

1.7 PROCEDIMIENTO PARA LA EXPEDICIN DE RECETAS DE FRACCION II (OPICEOS, BENZODIACEPINAS Y PSICOESTIMULANTES) A PACIENTES CON TRASTORNO POR USO DE SUSTANCIAS DE USO MDICOI.INTRODUCCINEl presente manual integra las formas, criterios, normas de operacin y mtodos de la Clnica de Trastornos Adictivos e incluye la informacin de los procesos bsicos que el personal debe conocer y aplicar para proporcionar atencin de calidad a los usuarios de este servicio.

Este documento constituye un importante auxiliar para orientar al personal mdico y paramdico que labora en dicho servicio sobre las actividades a desarrollar y por lo tanto mejorar la coordinacin en los esfuerzos encaminados a lograr la mayor eficiencia y eficacia de la Clnica de Trastornos Adictivos. Con la finalidad de estructurar los servicios otorgados por dicha Clnica funcionalmente se organiza de la siguiente manera:

II.OBJETIVO DEL MANUALIdentificar los procedimientos ms relevantes de la Clnica de Trastornos Adictivos

Disponer de un documento que sirva de gua donde se establezcan las polticas, normas y

mecanismos para el desarrollo de las actividades de la Clnica de Trastornos Adictivos

Dar a conocer al personal de la Clnica de Trastornos Adictivos los procedimientos

plasmados en el presente documento a fin de contribuir al proceso de atencin eficaz y

eficiente de los pacientes con trastornos adictivosDistinguir al personal responsable que interviene en las actividades de cada procedimiento

III.MARCO JURDICOA.Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos

Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos. DOF 05-II-1917, DOF 24-VIII-2009, ltima reforma 29-VII-2010

B.LEYES, CDIGOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES Ley de los Institutos Nacionales de Salud. DOF 26-V-2000, ltima reforma DOF 14-VII-2008

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Pblicos. DOF 13-III-2002, ltima reforma DOF 28-V-2009

Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Pblicos. DOF 31-XII-1982, ltima reforma DOF 13-VI-2003

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental. DOF 11-VI-2002, ltima reforma DOF 05-VII-2010

Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminacin. DOF 11-VI-2003, ltima reforma 27-XI-2007

Ley General de Salud. DOF 07-II-1984, DOF 30-XII-2009, ltima reforma 27-IV-2010

Ley General para el Control del Tabaco. DOF 30-V-2008, ltima reforma DOF 06-I-2010 Ley para la Proteccin de los Derechos de Nias, Nios y Adolescentes. DOF 29-V-2000, ltima reforma DOF 19-VIII-2010C.REGLAMENTOS

Reglamento de la Ley General de Salud en materia de investigacin para la salud. DOF 06-I-1987

Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestacin de Servicios de Atencin Mdica. DOF 14-V-1986, ltima reforma DOF 04-XII-2009

Reglamento Interno para Mdicos Residentes del Programa de Especializacin en Psiquiatra del Instituto Nacional de Psiquiatra Ramn de la Fuente Muiz 2009 Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco. DOF 27-VII-2000, ltima reforma 31-V-2009.D.DECRETOS Decreto por el que se expide la Ley Federal de Proteccin de Datos Personales en Posesin de los Particulares y se reforman los artculos 3, fracciones II y VII, y 33, as como la denominacin del Captulo II, del Ttulo Segundo, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental. DOF 05-07-2010E.NORMAS OFICIALES MEXICANAS

Norma Oficial Mexicana.-NOM-090-SSA1-1994, para la organizacin y funcionamiento de Residencias Mdicas. DOF 22-IX-1994

Norma Oficial Mexicana.-NOM-168-SSA1-1998, del expediente Clnico. DOF 30-IX-1999, resolucin que modifica 22-VIII-2003

Norma Oficial Mexicana.-NOM-010-SSA2-1993, Para la prevencin y Control de la Infeccin por Virus de la Inmunodeficiencia Humana. DOF 19-I-1995 ltima reforma DOF 21-VI-2000 Norma Oficial Mexicana.-NOM-025-SSA2-1994, Para la prestacin de servicios de salud en unidades de atencin integral hospitalaria mdicopsiquitrica y los Lineamientos para Unidades Mdicas de Salud Mental. DOF 16-XI-1995 Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009, Para la prevencin, tratamiento y control de las adicciones. DOF 21-VIII-2009

Norma Oficial Mexicana.-NOM-040-SSA2-2004, En materia de informacin en Salud. DOF 28-IX-2005 OTRAS DISPOSICIONES Estatuto Orgnico del Instituto Nacional de Psiquiatra Ramn de la Fuente Muiz (Vigente) Cdigo de tica y Conducta para el personal del Instituto Nacional de Psiquiatra Ramn de la Fuente Muiz 2010.

Declaracin de Helsinki de la Asociacin Mdica Mundial, relativa a las recomendaciones para guiar a los mdicos en la investigacin biomdica en humanos. 22-X-2008IV.POLTICAS

1. Es responsabilidad del Coordinador de la Clnica de Trastornos Adictivos facilitar el acceso a este documento.

2. Es responsabilidad del Coordinador de la Clnica de Trastornos dar a conocer los cambios realizados de los procedimientos al personal involucrado.

3. Es responsabilidad del Coordinador de la Clnica de Trastornos que los procedimientos descritos en este Manual sean aplicados en la prctica por el personal que labora en la Clnica de Trastornos AdictivosV.REVISIONES Y RECOMENDACIONESEl Manual de Procedimientos se revisar y actualizar una vez al ao. Las recomendaciones efectuadas se debern notificar por escrito a la Subdireccin de Consulta Externa y Departamento de Planeacin y Modernizacin Administrativa de la Subdireccin de Informacin y Desarrollo Organizacional.

VI.USO DEL MANUALEste manual consta de polticas y normas de operacin para la realizacin de los procedimientos que intervienen en el alcance referido anteriormente.

El manual contiene un formato de control de documentos donde se especifica:

a) Nombre del procedimiento

b) Cdigo del procedimiento c) rea a la que pertenece el procedimiento

d) Fecha de elaboracin

e) Fecha de actualizacin

f) Nmero de pginas que integran el procedimiento

Asimismo cada procedimiento se encuentra conformado por los siguientes apartados:

a) Propsito del procedimiento

b) Alcance

c) Polticas y/o normas de operacin

d) Descripcin del procedimiento

e) Diagrama de flujo

f) Documentos de referencia

g) Registros

h) Glosario y

i) Cambios de esta versin

Es importante mencionar que no se puede sustituir ninguna de sus partes sin previa autorizacin por escrito, adems cualquier modificacin deber ser registrada en el apartado de mejora continua.

1.PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE SERVICIOS ASISTENCIALES

1.1 PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCION DE PRIMERA VEZ EN LA CLNICA DE TRASTORNOS ADICTIVOS

1.0 PROPSITO Y DEFINICION Describir las actividades necesarias para brindar de manera uniforme la atencin de primera vez a los pacientes que acuden a la clnica de trastornos adictivos y los requisitos necesarios para elaborar la Historia Clnica con el objetivo de contar con el expediente clnico integrado y de calidad.

Procedimiento anterior: Preconsulta (indispensable)Procedimiento posterior: Primera subsecuente (indispensable salvo que se refiera al paciente)

(uno o ms de los siguientes)Psicoeducativo

Psicoterapia grupal, individual, pareja o

FamiliaInterconsulta

Referencia

Procedimientos simultneos:Ninguno

Participan:

Personal secretarial

Mdico Rotante

Coordinador de la Clnica

Documentos:

Formato de integracin de expediente INPSCCE-0977

Consentimiento informado INPDSCEC-02.2

Formato electrnico de historia clnica

Cdula de Riesgos y Vulnerabilidad INPDSCEC - 02/01RecetarioSolicitud de estudios de laboratorio

Solicitud de estudios de gabinete

Trptico Grupos PsicoeducativosCarnet de citas

Cdula MECIC

Dato Primario: No. de Historias Clnicas elaboradas/mesIndicadores:

Porcentaje de Historias Clnicas CompletasPorcentaje de Familiares que fueron informados y canalizados al psicoeducativo de familiares

2.0ALCANCE

2.1A nivel interno aplica a la Clnica de Trastornos Adictivos2.2A nivel externo este procedimiento aplica a los pacientes canalizados desde Preconsulta para atencin de primera vez en la Clnica de Trastornos Adictivos3.0Polticas de operacin, normas y lineamientos

3.1La Clnica de Trastornos Adictivos a travs de su coordinador es responsable de:Difundir, capacitar, supervisar y verificar que el personal mdico asignado a la Clnica de Trastornos Adictivos cumpla con lo estipulado en las siguientes polticas de operacin, normas y lineamientos para la atencin de pacientes de primera vez en la Clnica de Trastornos Adictivos:

El personal asignado a la Clnica de Trastornos Adictivos cumplir con la Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009 Para la prevencin, tratamiento y control de las adicciones en el manejo de los pacientes que acuden a atencin de primera vez a la Clnica de Trastornos Adictivos El personal asignado a la Clnica de Trastornos Adictivos cumplir con el Manual de Procedimientos de la Consulta Externa vigente

El personal asignado a la Clnica de Trastornos Adictivos otorgar tratamientos que se basen en modelos basados en evidencias y en las mejores prcticas de acuerdo a las Guas de Prctica Clnica de Prevencin, Deteccin e Intervencin de las Adicciones en Atencin Primaria de Salud GPC SSA-023-08, en la GPC de Prevencin, Diagnstico y Tratamiento del Consumo del Tabaco y Humo Ajeno en el Primer Nivel de Atencin GPC SSA-108-08, as como en otras guas de prctica clnica internacionales. El personal mdico en entrenamiento otorgar atencin de primera vez a pacientes de cualquier sexo, mayores de 13 aos de edad (es indispensable la presencia de padres o tutores en caso de ser menores de edad), que acepten voluntariamente la atencin y que hayan sido enviados desde la Preconsulta para tal fin, cumpliendo alguno de los siguientes criterios: 1. Que cursen con Diagnstico Dual definido como a) o b)

a) Presencia de un trastorno psiquitrico primario, actual, moderado a grave, concurrente con un trastorno por uso de sustancias moderado a grave, actual o en remisin menor de 6 meses

b) presencia de un trastorno psiquitrico inducido por sustancias, actual, moderado a grave2. Pacientes referidos por otras instituciones para atencin especfica por parte de la Clnica de Trastornos Adictivos, cumpliendo con alguna de las dos definiciones sealadas3. Pacientes referidos por otras instituciones para atencin especfica de tabaquismo, siempre y cuando tengan un trastorno psiquitrico primario, actual, moderado a grave concurrente Se asignarn 2 horarios al da de lunes a jueves para programar citas de atencin de primera vez, uno matutino de 10:30 a 12:30 y uno vespertino de 14:30 a 16:30 La asignacin de la cita ser en orden consecutivo de acuerdo con el orden en que se presenten los pacientes para hacer la solicitud En caso de menores de edad ser necesario que acudan acompaados por alguno de los padres o tutor legal Se reserva la atencin en caso de pacientes que acudan en estado de intoxicacin Se evaluarn las Historias Clnicas elaboradas con el Mtodo del Expediente Clnico Integrado y de Calidad (MECIC)

3.2La Clnica de Trastornos Adictivos a travs de los mdicos en entrenamiento rotantes en el servicio tiene la responsabilidad de:

Identificar al paciente mediante su nombre, fecha de nacimiento y nmero de expediente al iniciar la evaluacin de primera vez Solicitar y recabar el consentimiento informado del paciente en el formato INPDSCEC-02.2 (o de padres o tutores legales en el caso de menores de edad) antes del inicio de la atencin de primera vez en la Clnica de Trastornos Adictivos Elaborar la historia clnica en formato electrnico del Sistema de Registro Hospitalario cumpliendo con la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clnico y la NOM-024-SSA3-2012 de Sistemas de informacin de registro electrnico Tomar los siguientes signos vitales al paciente: frecuencia cardiaca, frecuencia respiratoria, presin arterial, temperatura, talla, peso e ndice de masa corporal y registrarlos en la historia clnica Completar el Formato Evaluacin Inicial de Vulnerabilidad y Riesgos INPDSCEC - 02/01 en la consulta de primera vez para identificar a los usuarios vulnerables y en riesgo Determinar un diagnstico inicial, un plan de tratamiento , pronstico y las medidas psicoeducativas apropiadas al paciente y sus familiares Solicitar los estudios de laboratorio y gabinete necesarios como auxiliares del diagnstico, justificando y registrando su indicacin en la historia clnica Solicitar estudio de frmacos en orina para las 5 principales sustancias de abuso (benzodiacepinas, opiceos, cocana, cannabis y metanfetamina) Proporcionar al paciente despus de realizar la evaluacin de primera vez informacin, orientacin y educacin respecto a la impresin diagnstica, al plan de tratamiento inicial, a los posibles efectos adversos de los medicamentos indicados, los estudios de laboratorio y gabinete solicitados y al pronstico

Proporcionar los trpticos informativos especficos de acuerdo a las necesidades del paciente y sus familiares

Elaborar recetas para los medicamentos indicados, en cantidad suficiente para la prxima cita, siguiendo el Reglamento de Uso de Recetarios Programar una cita primera subsecuente al paciente en un plazo no mayor de 30 das naturales posteriores a la atencin de primera vez Derivar a los pacientes que han concluido su atencin de primera vez a uno o ms de los siguientes servicios dentro de la Clnica de Trastornos Adictivos de acuerdo a su diagnstico y al plan de tratamiento:1. grupos psicoeducativos para pacientes con trastornos por uso sustancias y tabaquismo 2. psicoterapia grupal para pacientes con trastornos por uso sustancias3. psicoterapia individual, familiar o de pareja para pacientes con trastornos por uso sustancias Informar a los familiares del paciente sobre el grupo psicoeducativo para familiares e invitarlos a participar Solicitar Interconsulta a otras clnicas de especialidad o servicios interconsultantes en los casos que sea necesario siguiendo el procedimiento especfico del manual de Procedimientos de Consulta Externa con los formatos: INPDSCEC-06/01, INPDSCEC-06/02 para el servicio de Psicoterapia y Rehabilitacin y INPDSCEC-15/01 para el servicio de Gentica Psiquitrica. Referir al establecimiento de salud adecuado a aquellos pacientes en los que se detecte en la atencin de primera vez que requieran otro tipo de atencin a la otorgada por parte de la Clnica de Trastornos Adictivos, solicitando la autorizacin del coordinador de la clnica de trastornos adictivos y de la subdireccin de consulta externa Requisitar y entregar el formato INPDSCEC 01-06 (nota de referencia / contra referencia) debidamente completado al paciente que sea referido a otra unidad mdica siguiendo el procedimiento especfico del Manual de Procedimientos de la Consulta Externa Canalizar al servicio de Atencin Psiquitrica Continua a aquellos pacientes en riesgo de generase dao a ellos mismos o a otras personas, que se encuentren en estados psiquitricos agudos que impidan su colaboracin o que se encuentren en estado de intoxicacin o cursando por un sndrome de abstinencia. Entregar la historia clnica completa y firmada junto con el expediente al coordinador de la clnica 3.3 La Clnica de Trastornos Adictivos a travs del personal secretarial tiene la responsabilidad de: Recibir al paciente proveniente de Preconsulta. Solicitar la ficha dirigida a la Clnica de Trastornos Adictivos y verificar que cuente con un nmero de registro

Programar una cita para evaluacin de primera vez en los horarios designados para tal fin Entregar al paciente el formato de integracin de expediente INPSCCE-0977 con el da, hora y mdico rotante de la cita programada Registrar la cita programada en el Sistema de Registro Hospitalario Health Centre y en la agenda escrita de la Clnica de Trastornos Adictivos4.0Descripcin del procedimiento No. de ActividadDescripcinResponsableDocumento de trabajo

1.

Solicitud de atencin 1.1

Se presenta con ficha de Preconsulta para solicitar cita de primera vez en la Clnica de Trastornos AdictivosusuarioFicha de PreconsultaINPSCC-025?

2. Programacin de cita para Atencin de Primera Vez2.1 Recibe al paciente que acude de Preconsulta para solicitar atencin de primera vez. 2.2 Indica el da y la hora en que acudir para que le sea integrada su Historia Clnica y Expediente. 2.3 Registra cita en el SRH Health Centre

2.4 Entrega al paciente el formato de integracin de expediente INPSCCE-0977Secretaria del Mdulo

formato de integracin de expediente

INPSCCE-0977

3.Recepcin paciente para Atencin de Pimera vez3.1 Recibe al paciente con el formato de integracin de expediente INPSCCE-0997

3.2 Verifica pago

3.3 Elabora Carnet de citas

3.3 Enva a paciente a elaboracin de estudio socioeconmico a rea de trabajo social

3.4 Avisa a mdico rotante de la llegada del paciente Secretaria del Mduloformato de integracin de expediente

INPSCCE-0977

Carnet de citas

4.

Identificacin

del paciente4.1 El da y hora de la integracin da la bienvenida al paciente y lo identifica por su nombre y fecha de nacimientonombre. ie encuentren incapacitados para coopen de la Historia

Clnica el responsable de su elaboracin da la bienvenida al paciente y lo identifica por su nombre, fecha de nacimiento y nmero de expedienteMdico Rotante

hoja de Integracin de DatosCarnet

5.

Recabar consentimiento informado5.1 Explica contenido del consentimiento informado para recibir atencin y recaba firma de aceptacinMdico rotanteConsentimiento informado

INPDSCEC-02.2

6. Elaborar

Historia Clnica6.1 Interroga y explora para obtener la informacin necesaria para elaborar la Historia Clnica de acuerdo a la NOM-004-SSA3-2012 incluyendo toma de signos vitalesMdico rotante

formato electrnico de historia clnica

7. Aplicar Cdula de Riesgos y vulnerabilidad7.1 Aplica la Cdula de Riesgos y Vulnerabilidad. Identifica pacientes vulnerables y/o en riesgo

7.2 Lo integra a la Historia ClnicaMdico Rotantecdula de Riesgos y Vulnerabilidad INPDSCEC - 02/01

8. Realizar un diagnstico inicial, plan de tramiento y pronstico8.1 Realiza a travs de un anlisis de la informacin obtenida un diagnstico inicial, un plan de tratamiento y pronstico.

8.2 Lo integra a la Historia Clnica.Mdico Rotante

formato electrnico de historia clnica

9.

Informar diagnstico inicial, plan de tramiento y pronstico9.1

Informa, orienta y educa al paciente de una manera clara y comprensible para su nivel educativo sobre su diagnstico inicial, plan de tramiento y pronsticoMdico Rotante

10.

Elaborar Referencia10.1 En caso de ser necesario de acuerdo a los resultados de la evaluacin refiere al paciente a un establecimiento de salud adecuado a sus necesidades de atencinMdico RotanteFormato de Referencia

INPDSCEC 01-06

11.

Elaborar solicitudes de laboratorio y gabinete11.1

Elabora en los formatos correspondientes las solicitudes de estudios de laboratorio y/o gabinete necesarios para auxiliar el diagnstico incluyendo deteccin en orina de las 5 sustancias de abuso principalesMdico RotanteSolicitud de estudios de laboratorio y gabineteINPDSCAC-05-01

INPDSCEC 04-02

INPDSCEC 04-03

12.

Expedir recetas para el tratamiento farmacolgico12.1

Expide recetas por los medicamentos indicados, en cantidad suficiente para la prxima cita, siguiendo el Reglamento de Uso de Recetarios Mdico Rotante

Recetario

13.

Elaborar solicitud de interconsulta13.1

En caso de ser necesario de acuerdo a los resultados de la evaluacin solicita interconsulta a otras reas o servicios en la institucin Mdico RotanteINPDSCEC-06/01

INPDSCEC-06/02

INPDSCEC-15/01

14.

Asignar a grupo psiceducativo y/o tratamiento

psicolgica14.1 Asigna al paciente al grupo psicoeducativo correspondiente (tabaco o alcohol y drogas ilegales) y/o tratamiento psicolgico

14.2 Informa sobre el da y la hora en que se realizan las sesiones

14.3 Entrega trpticos correspondientesMdico Rotante

Trpticos Psicoeducativos (craving, adicciones, tabaquismo y familiares)

15.

Programar cita primera subsecuente 15.1 Programa una cita primera subsecuente en sistema en un plazo no mayor de 10 das naturales

15.2 Escribe fecha, hora y nmbre del mdico tratante de la cita subsecuente en carnet del pacienteMdico Rotante

Carnet de citas

16. Evaluar Expediente Clnico16.1

Evalua Expediente Clnico IntegradoCoordinador de la ClnicaCdula MECIC

17.

Verificar registro de cita.

Despedida del paciente17.1

verifica que la cita asignada por el mdico tratante est asignada en el Sistema de Registro Hospitalario. Despide al pacienteSecretaria del Mdulo

Carnet de citas

18.Salida del paciente18.1 Paciente se retira del servicioUsuario

TERMINA PROCEDIMIENTO

5.0Documentos de referenciaDocumentosCdigo (cuando aplique)

Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998 sobre el expediente clnicoNOM-168-SSA1-1998

Norma Oficial Mexicana NOM-024-SSA3-2012 de Sistemas de informacin de registro electrnicoNOM-024-SSA3-2012

Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009 Para la prevencin, tratamiento y control de las adiccionesNOM-028-SSA2-2009

Reglamento de Uso de RecetariosNo aplica

Manual de Procedimientos de Consulta ExternaNo aplica

6.0RegistrosRegistrosTiempo de conservacinResponsable de conservarloCdigo de registro o identificacin nica

Expediente Clnico5 aos a partir de la ltima cita del pacienteSubdirector de Consulta Externa

7.0Glosario de trminos

7.1 Adiccin o dependencia

As se denomina al conjunto de fenmenos del comportamiento, cognoscitivos y fisiolgicos, que se desarrollan luego del consumo repetido de una sustancia psicoactiva. Se identifica cuando aparecen tres o ms de los criterios descritos a continuacin, en un perodo de 12 meses: Tolerancia, o la necesidad de recurrir a cantidades crecientes de la o las sustancias para alcanzar la intoxicacin.

Abstinencia, que es el cambio de comportamiento desadaptativo, cuyos concomitantes cognoscitivos y fisiolgicos, tienen lugar cuando la concentracin de una sustancia en la sangre o los tejidos disminuye en un individuo que ha mantenido un consumo prolongado y en grandes cantidades. Patrn de uso compulsivo de una sustancia: que se da cuando el sujeto se administra la sustancia en cantidades mayores o durante un tiempo ms prolongado de lo que pretenda.

Intentos infructuosos de regular o abandonar el consumo de la sustancia.

Dedicar la mayor parte del tiempo a obtener la sustancia, a tomarla y a recuperarse de sus efectos.

Abandono o reduccin de importantes actividades sociales, laborales o recreativas.

Consumo de sustancias pese a reconocer sus implicaciones fisiolgicas o psicolgicas.7.2 Atencin de Primera vez: actividad en la que se evalua a un paciente que que acude por primera vez al Instituto Nacional de Psiquiatra (y que es canalizado de preconsulta a la clnica de trastornos adictivos), en donde se realiza la historia clnica, se solicitan los estudios necesarios y se hace un diagnstico y un plan de tratamiento inicial. Este servicio slo se puede brindar en una ocasin al paciente y es en el que se elabora el expediente clnico correspondiente

7.3 Consentimiento Informado: documentos escritos, signados por el paciente o su representante legal o familiar mas cercano en vinculo, mediante los cuales se acepta un procedimiento medico o quirurgico con fines diagnosticos, terapeuticos, rehabilitatorios, paliativos o de investigacion, una vez que se ha recibido informacion de los riesgos y beneficios esperados para el paciente7.4 Historia Clnica Documento donde se plasma la informacin recabada en la consulta de evaluacin de

primera vez, el diagnstico, el plan de tratamiento y las indicaciones que se realizan al paciente7.5 Mdico rotante. Residente de psiquiatra que ha sido asignado por la Direccin de Enseanza para realizar una rotacin en la Clnica de Trastornos Adictivos7.6 Tratamiento

Se refiere al conjunto de acciones que tienen por objeto conseguir la abstinencia y, en su caso, la reduccin del consumo de las sustancias psicoactivas, reducir los riesgos y daos que implican el uso o abuso de dichas sustancias, abatir los padecimientos asociados al consumo, e incrementar el grado de bienestar fsico, mental y social, tanto de quin usa, abusa o depende de sustancias psicoactivas, como de su familia. El tratamiento del alcoholismo implica la intervencin de un equipo integral de profesionales de la salud, de manera fundamental mdicos y psiclogos, los cuales brindan una combinacin de modalidades de terapia psicolgica junto con tratamiento mdico, en unidades de salud especficas. 7.7 Usuario

Es toda aquella persona que requiera y obtenga la prestacin de cualquier tipo de servicio relacionado con el uso, abuso o dependencia de sustancias psicotrpicas. 8.0Cambios de esta versin

Nmero de RevisinFecha de la actualizacinDescripcin del cambio

1Marzo 2015Se agrega procedimiento

9.0 Anexos

9.1 Modelo de Tratamiento Basado en GPC

9.2 Programa Salud mental Libre de Humo9.3 Programa de Prevencin, Tratamiento y Rehabilitacin de Trastrornos por Uso de

Alcohol9.4 Manual Tcnico del Taller Psicoeducativo para Familiares de Usuarios Consumidores de Sustancias

10. FLUJOGRAMA

PacienteSecretaria de MduloMdico RotanteCoordinador de la clnica

1.PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE SERVICIOS ASISTENCIALES1.2PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCION SUBSECUENTE EN LA CLINICA DE TRASTORNOS ADICTIVOS1.2.1PRIMERA SUBSECUENTE1.2.2SUBSECUENTE 30 MINUTOS

1.2.23SUBSECUENTE 60 MINUTOS

1.0 PROPSITO y definicion Describir las actividades necesarias para brindar de manera uniforme la atencin subsecuente al paciente que acude a la clnica de trastornos adictivos y describir las tareas necesarias para integrar la informacin de la revaloracin en expediente clnico

Tipos de atencin subsecuente: Primera subsecuente: es la primera consulta que se le da a un paciente despus de su consulta de primera vez y tambin de un egreso hospitalario, siempre y cuando se le haya realizado una interconsulta a hospital durante su internamiento. Tiene como fin revalorar al paciente de una manera amplia en las primeras etapas del tratamiento, para conocer cambios iniciales, presencia de reacciones adversas y evaluacin de las pruebas auxiliares de diagnostico.

Subsecuente 30 minutos: servicio indicado para la mayora de las situaciones, incluyendo atencin posterior a la consulta de primera vez, otras consultas subsecuentes, o despus de una interconsulta a consulta externa o despus de la primera subsecuente

Subsecuente 60 minutos: servici de mayor duracin para situaciones en las que se requiera ms tiempo en la evaluacin o atencin del paciente, incluyendo cuando se da informacin u orientacin a los familiares o se van a explicar de manera ms detallada caractersticas del tratamiento

Procedimiento anterior: (por lo menos uno)

Atencin de primera vez

Atencin subsecuente 30 minutos

Atencin subsecuente 60 minutos

Interconsulta de hospital

Interconsulta de consulta externa

Procedimiento posterior:

(por lo menos uno)

Atencin subsecuente 30 minutos

Atencin subsecuente 60 minutos

Interconsulta

Referencia

Procedimientos simultneos:Psicoterapia

Psicoeducativo

Participan:

Personal secretarial

Mdico Rotante

Mdico Adscrito

Coordinador de la Clnica

Documentos:

Formato electrnico de consulta subsecuenteFormato de receta

Solicitud de estudios de laboratorio INPDSCAC-05-01

Solicitud de estudios de gabinete INPDSCEC 04-02, INPDSCEC 04-03Carnet de citas

Dato Primario: No total de consultas subsecuentes (1 subsecuentes + subsecuentes 30 min + subsecuente 60 min)programadas /mes

Indicadores:Porcentaje de consultas mdicas subsecuentes asistidas por mes(No de consultas subsecuentes asistidas x 100/ No de consultas subsecuentes programadas por mes)Porcentaje de Notas de Consultas Mdicas Subsecuentes que cuentan con signos vitales(No de notas de evolucin con SV x 100/ No de notas de evolucin realizadas por mes)2.0ALCANCE

2.1A nivel interno aplica a la Clnica de Trastornos Adictivos2.2A nivel externo este procedimiento aplica a los pacientes que ya han tenido por lo menos una atencin previa en la Clnica de Trastornos Adictivos3.0Polticas de operacin, normas y lineamientos

3.1La Clnica de Trastornos Adictivos a travs de su coordinador es responsable de:Difundir, capacitar, supervisar y verificar que el personal mdico asignado a la Clnica de Trastornos Adictivos cumpla con lo estipulado en las siguientes polticas de operacin, normas y lineamientos para la atencin subsecuente en la Clnica de Trastornos Adictivos:

El personal mdico asignado a la clnica cumplir con la Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009 Para la prevencin, tratamiento y control de las adicciones en el manejo de los pacientes que acuden a atencin subsecuente a la Clnica de Trastornos Adictivos El personal asignado a la Clnica cumplir con el Manual de Procedimientos de la Consulta Externa vigente

El personal mdico adscrito y en entrenamiento (mdicos residentes y estudiantes de posgrado) debidamente registrado en el Sistema de Registro Hospitalario es el nico autorizado para realizar las Consultas Subsecuentes Los mdicos tratantes otorgarn atencin subsecuente a pacientes de ambos sexos, mayores de 15 aos de edad (es indispensable la presencia de padres o tutores en caso de ser menores de edad), que acepten voluntariamente la atencin y que hayan sido previamente valorados en atencin de primera vez o interconsulta y que cumplan alguno de los siguientes criterios: 1. Que cursen con Diagnstico Dual definido como a) o b)c) Presencia de un trastorno psiquitrico primario, actual, concurrente con un trastorno por uso de sustancias moderado a grave, actual o en remisin menor de 6 meses

d) presencia de un trastorno psiquitrico inducido por sustancias, actual

2. Pacientes referidos por otras instituciones para la atencin especfica por parte de la Clnica de Trastornos Adictivos, cumpliendo con alguna de los dos definiciones sealadas3. Pacientes referidos por otras instituciones para atencin especfica de tabaquismo, siempre y cuando tengan un trastorno psiquitrico primario, actual, moderado a grave concurrente Los mdicos tratantes brindarn atencin subsecuente en la frecuencia y periodicidad necesaria para el adecuado seguimiento del paciente y sealarn en la nota de evolucin la justificacin de esta periodicidad considerando la evolucin, el tiempo de tratamiento, la asistencia a otros servicios de atencin, entre otros factores

La Cl en cada consulta subsecuenteiento

nete necesarios como auxiliares del diagn

nica de Trastornos Adictivos dar atencin subsecuente en tres modalidades: Primera subsecuente Subsecuente 30 minutos

Subsecuente 60 minutos

3.2La Clnica de Trastornos Adictivos a travs de los mdicos tratantes tiene la responsabilidad de:

Identificar al paciente a travs de su nombre, fecha de nacimiento y nmero de expediente antes de brindar la atencin subsecuente Validar la asistencia del paciente a la consulta programada en el Sistema de Registro Hospitalario

Elaborar la nota de evolucin en formato electrnico en el Sistema de Registro Hospitalario cumpliendo con la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clnico y la NOM-024-SSA3-2012, Sistemas de informacin de registro electrnico Tomar y registrar los siguientes signos vitales en la historia clnica en cada consulta subsecuente: frecuencia cardiaca, frecuencia respiratoria, presin arterial, temperatura, talla, peso e ndice de masa corporal Brindar atencin de primera subsecuente a aquellos pacientes que hayan sido valorados previamente en la consulta de primera vez as como despus de una interconsulta en rea de hospital al acudir por primera vez a la Clnica de Trastornos Adictivos despus de su hospitalizacin.

Brindar atencin subsecuente de 30 minutos a aquellos pacientes que han sido valorados previamente en a) primera subsecuente, b) en interconsulta de consulta externa o c) posterior a otras consultas subsecuentes. Brindar atencin subsecuente de 30 minutos todas las ocasiones que sean necesarias con la frecuencia y periodicidad que determine el mdico tratante, de acuerdo a la evolucin y necesidades de atencin del paciente. Brindar atencin subsecuente de 60 minutos a aquellos pacientes que han sido valorados previamente en a) primera subsecuente, b) en interconsulta de consulta externa o c) posterior a otras consultas subsecuentes y que cumplan con alguno de los siguientes supuestos para justificar la atencin de 60 minutos:

Se requiere entrevistar a la familia del paciente para ampliar informacin sobre evolucin del paciente (con autorizacin del paciente en caso de mayores de edad)

El paciente solicita que en la consulta estn presentes sus familiares para brindarles informacin u orientacin sobre la atencin El paciente presenta una complejidad diagnstica o en su tratamiento que requiere mayor tiempo para su atencin, por ejemplo pacientes con diagnstico F1x.22 en rgimen clnico de mantenimiento Brindar atencin subsecuente de 60 minutos en todas las ocasiones necesarias si se da alguno de estos supuestos. El mdico tratante debe sealar en la nota de evolucin la justificacin de esta modalidad de consulta subsecuente Solicitar los estudios de laboratorio y gabinete que de acuerdo a la revaloracin resulten necesarios como auxiliares del diagnstico, justificando y registrando su indicacin en la historia clnica Proporcionar al paciente informacin, educacin y capacitacin respecto la revaloracin realizada en la consulta subsecuente incluyendo cambios en la impresin diagnstica, el plan de tratamiento, anlisis de los resultados de estudios de laboratorio y gabinete solicitados y cambios en el pronstico segn la respuesta al tratamiento. Programar al paciente una cita subsecuente de 30 o 60 minutos un plazo no mayor de 30 das naturales Verificar que los pacientes que fueron asignados a grupo psicoeducativo y/o a psicoterapia grupal, individual, de pareja o de familia estn acudiendo a los mismos Verificar que los familiares de los pacientes que recibieron informacin sobre el grupo psicoeducativo para familiares estn acudiendo al mismo Referir al establecimiento de salud adecuado a aquellos pacientes que requieran otro tipo de atencin a la otorgada por parte de la Clnica de Trastornos Adictivos, solicitando la autorizacin del coordinador de la clnica de trastornos adictivos y de la subdireccin de consulta externa

Canalizar al servicio de Atencin Psiquitrica Continua a aquellos pacientes en riesgo de generase dao a ellos mismos o a otras personas, que se encuentren en estados psiquitricos agudos que impidan su colaboracin o que se encuentren en estado de intoxicacin o cursando por un sndrome de abstinencia.

3.3 La Clnica de Trastornos Adictivos a travs del personal secretarial tiene la responsabilidad de: Recibir al paciente que acude a atencin subsecuente. Solicitar carnet de citas y comprobante de pago Informar al mdico tratante de la llegada del paciente Verificar al terminar la atencin que se hayan registrado correctamente los prximos servicios4.0Descripcin del procedimiento Secuencia de EtapasActividadResponsableDocumento de trabajo

1.

Llegada del paciente 1.1

Se presenta paciente con carnet de citas con cita programada y recibo de pagousuarioCarnet de citas

2.

Recepcin del Paciente 2.1 Recibe al paciente que acude con cita subsecuente registrada en el carnet de citas.

2.2 Corrobora pago de servicio

2.3 Informa al mdico tratante de la llegada del pacienteSecretaria del Mdulo

Carnet de citas

3.

IdentificarDel paciente3.1 El da y hora de la atencin subsecuente el mdico tratante da la bienvenida al paciente y lo identifica por su nombre, fecha de nacimiento y nmero de expedienteMdico Tratante

Hoja de integracin de datos

Carnet de citas

4.Validar de la Asistencia del paciente4.1 Valida la asistencia o falta del paciente a la consulta programada Mdico TratanteVentana de Validacin de Citas (SRH)

5.

Revalorar alpaciente5.1 Interroga para obtener la informacin necesaria para revalorar el estado actual del pacienteMdico Tratante Formato electrnico de nota de evolucin

6.Toma de Signos Vitales6.1 toma signos vitales: (PA, FC, FR, Temp, Peso, Talla, IMC)

6.2 Lo registra en la nota de evolucinMdico Tratante formato electrnico de nota de evolucin

7.Elaborar nota de evolucin7.1 Elabora travs de un anlisis de la informacin obtenida una nota de evolucin, un plan de tratamiento y pronstico actualizado

7.2 Lo integra a la Historia Clnica.Mdico Tratante formato electrnico de nota de evolucin

8.Informar y brindar educacin y capacitacin sobre padecimiento, plan de tramiento y pronstico8.1 Informa y brinda educacin y capacitacin a la/el paciente y su familia de una manera clara y comprensible para su nivel educativo sobre su padecimiento, los resultados de la revaloracin as como el plan de tramiento y pronstico actualizados

8.2 Solicita firma de recepcin y comprensin de la eduacin y capacitacin proporcionadaMdico Tratante

Registro de Necesidades Educativas y de Capacitacin

9.Elaborar Referencia9.1En caso de ser necesario de acuerdo a los resultados de la evaluacin refiere al paciente a un establecimiento de salud adecuado a sus necesidades de atencin

(Procedimiento de referencia y Contrareferencia en Manual de Procedimientos de consulta externa)Mdico TratanteFormato de Referencia

INPDSCEC-07

10.

Elaborar solicitudes de laboratorio y gabinete10.1

Elabora en los formatos correspondientes las solicitudes de estudios de laboratorio y/o gabinete necesarios para auxiliar el diagnstico Mdico tratanteSolicitud de estudios de laboratorio y gabinete INPDSCAC-05-01INPDSCEC 04-02 INPDSCEC 04-03

11.Expedir recetas para el tratamiento farmacolgico11.1 Expide recetas por los medicamentos indicados, en cantidad suficiente para la prxima cita, siguiendo el Reglamento de Uso de Recetarios Mdico Tratante

Formato de receta

12.

Elaborar solicitud de interconsulta12.1

En caso de ser necesario de acuerdo a los resultados de la evaluacin solicita interconsulta a otras reas o servicios en la institucin Mdico TratanteINPDSCEC-06/01INPDSCEC-06/02INPDSCEC-15/01

13.Programar cita subsecuente13.1 Programa una cita subsecuente en sistema en un plazo no mayor de 30 das naturales

13.2 Escribe fecha, hora y nmbre del mdico tratante de la cita en carnet del paciente

13.3 Despide al pacienteMdico Tratante

Carnet del paciente

14.Supervisar Atencin Subsecuente14.1 Supervisa y evala atencin subsecuente proporcionada por personal en entrenamientoCoordinador de la ClnicaSistema de Registro Hospitalario (seccin supervisin)

15.Verificar cita y despedir 15.1 Verifica que la cita asignada por el mdico tratante est registrada en el Sistema de Registro Hospitalario. Despide al pacientePersonal secretarialCarnet del paciente

16.Salida del paciente16.1Paciente se retira del servicioUsuario

TERMINA PROCEDIMIENTO

5.0Documentos de referenciaDocumentosCdigo (cuando aplique)

Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998 sobre el expediente clnicoNOM-168-SSA1-1998

Reglamento de Uso de RecetariosNo aplica

Manual de Procedimientos de Consulta ExternaNo aplica

6.0Registros

RegistrosTiempo de conservacinResponsable de conservarloCdigo de registro o identificacin nica

Expediente Clnico5 aos a partir de la ltima cita del pacienteSubdirector de Consulta Externa

7.0Glosario de trminos

7.1 Consulta Subsecuente: es el servicio mdico en el que se revalora al paciente, siempre despus de un servicio previo y se da a la atencin que requiera de acuerdo a la evolucin desde la cita anterior con base al tratamiento establecido. 7.2 Nota de Evolucin: es el documento escrito ya sea en medios fsicos o digitales donde se da cuenta del estado actual del paciente de acuerdo a la revaloracin realizada en la atencin subsecuente. En ella se plasman los cambios en el diagnstico, los hallazgos en los auxiliares de diagnstico, cambios en el tratamiento y nuevos planes 7.3 Mdico Tratante: Psiquiatra adscrito o mdico residente de psiquiatra asignados a la Clnica de Trastornos Adictivos, dados de alta en el sistema de registro hospitalario, que

son los responsables de la atencin mdica del paciente 7.4 Usuario: Es toda aquella persona que requiera y obtenga la prestacin de cualquier tipo

de servicio relacionado con el uso, abuso o dependencia de sustancias psicotrpicas. 8.0Cambios de esta versin

Nmero de RevisinFecha de la actualizacinDescripcin del cambio

1Febrero 2015Se agrega procedimiento

9.0Anexos

9.1 Modelo de Tratamiento Basado en GPC

9.2 Programa Salud mental Libre de Humo

9.3 Programa de Prevencin, Tratamiento y Rehabilitacin de Trastrornos por Uso de

Alcohol

9.4 Manual Tcnico del Taller Psicoeducativo para Familiares de Usuarios Consumidores de Sustancias

10. Flujograma

PacienteSecretaria de MduloMdico Rotante o de BaseCoordinador de la clnica

1.PROCEDIMIENTOS DE OTORGAMIENTO DE SERVICIOS ASISTENCIALES1.3 PROCEDIMIENTO PARA GRUPOS PSICOEDUCATIVOS PARA PACIENTES CON TRASTORNOS POR USO DE ALCOHOL, TABACO Y/O SUSTANCIAS ILEGALES 1.0 PROPSITO y definicion

Describir las actividades necesarias para brindar de manera uniforme la atencin en grupos psicoeducativos para pacientes con trastornos por uso de alcohol, tabaco y/o sustancias ilegales

Psicoeducacin:Psicoeducacin se refiere a la educacin dirigida a individuos que tienen alguna condicin mental y a su familiares. Esta educacin tiene como objetivo que el paciente y su familia tenga ms habilidades y control para manejar ptimamente su condicin fortaleciendo sus propias capacidades, recursos y mecanismos de afrontamiento para contribuir a mejorar la salud y el bienestar a largo plazo.Procedimiento anterior: (por lo menos uno)

Atencin de primera vez

Interconsulta de consulta externa

Primera Subsecuente Procedimiento posterior: (por lo menos uno)

Psicoterapia grupal

Psicoterapia Individual

Psicoterapia de pareja

Psicoterapia de familia

Procedimientos simultneos:Atencin mdica subsecuente (indispensable)

Participan:

Personal secretarial

Mdicos en entrenamiento

Psiquiatras adscritos

Psiclogos

Coordinador de la Clnica

Documentos:

Formato electrnico de Consulta de PsicoeducativoCarnet de citas

Dato Primario:No. de pacientes que ingresan a psicoeducativo (drogas y tabaco) por mes

Indicadores: Porcentaje de pacientes que ingresan a la clnica que inician grupo psicoeducativo

Porcentaje de pacientes que completan el grupo psicoeducativo2.0ALCANCE

2.1A nivel interno aplica a la Clnica de Trastornos Adictivos2.2A nivel externo aplica a los pacientes atendidos en la Clnica de Trastornos Adictivos 3.0Polticas de operacin, normas y lineamientos

3.1La Clnica de Trastornos Adictivos a travs de su coordinador es responsable de:Difundir, capacitar, supervisar y verificar que el personal mdico y de psicologa asignado a la Clnica de Trastornos Adictivos cumpla con lo estipulado en las siguientes polticas de operacin, normas y lineamientos para la psicoeducacin para pacientes en la Clnica de Trastornos Adictivos: La Psicoeducacin es parte fundamental de la atencin de los pacientes con trastornos por uso de alcohol, tabaco y/o sustancias ilegales El personal mdico tanto en entrenamiento como de base y el personal de psicologa adscrito a la Clnica de Trastornos Adictivos brindar psicoeducacin a los pacientes con trastornos por uso de alcohol, tabaco y/o sustancias ilegales cuando acudan a cualquier servicio a esta clnica. El personal mdico y el personal de psicologa implementarn grupos psicoeducativos para los pacientes con trastornos por uso de alcohol y/o sustancias y tabaco que acuden a esta clnica.

El personal mdico y el personal de psicologa verificarn la atencin otorgada y el cumplimiento de la normatividad en los grupos psicoeducativos de la Clnica de Trastornos Adictivos

Se observarn las siguientes polticas para la atencin de grupos psicoeducativos para pacientes en la Clnica de Trastornos Adictivos: Las sesiones de grupo psicoeducativo tendrn una duracin de 120 minutos Se considera tratamiento completo una asistencia de 5 sesiones para los grupos psicoeducativos para pacientes con trastornos por uso de alcohol y/o sustancias Se considera tratamiento completo una asistencia de 10 sesiones para los pacientes con tabaquismo Es recomendable que el paciente complete las sesiones de grupo psicoeducativo programadas para poder continuar con otros tratamientos psicoteraputicos (grupal, individual, pareja o familia) En caso de menores de edad ser necesario que acudan acompaados por alguno de los padres o tutor legal

Se reserva la atencin en caso de pacientes intoxicados3.2La Clnica de Trastornos Adictivos a travs del personal mdico tanto en entrenamiento como de base y del personal de psicologa tiene la responsabilidad de: Brindar atencin en grupos psicoeducativos a aquellos pacientes que han sido valorados previamente por su mdico tratante en a) atencin de primera vez, b) en interconsulta de consulta externa o c) primera subsecuente y que han sido derivados a esta modalidad de atencin Coordinar los grupos psicoeducativos para pacientes con abuso o dependencia de alcohol y/o drogas ilcitas

Dar de alta en el Sistema de Registro Hospitalario a los pacientes que ingresen a grupos psicoeducativos Identificar al paciente a travs de su nombre, fecha de nacimiento y nmero de expediente antes de brindar la atencin de grupos psicoeducativos Validar la asistencia del paciente a los grupos psicoeducativos programados en el Sistema de Registro Hospitalario

Proporcionar al paciente informacin respecto al proceso psicoeducativo3.3 La Clnica de Trastornos Adictivos a travs del personal secretarial tiene la responsabilidad de: Recibir al paciente que acude a grupos psicoeducativos. Solicitar carnet de citas y comprobante de pago Informar al paciente la hora de inicio de la sesin de grupos psicoeducativos y solicitar que espere a la misma para ingresar al aula

Verificar al terminar la atencin que se hayan registrado correctamente los prximos servicios

Despedir al paciente4.0Descripcin del procedimiento No de ActividadDescripcinResponsableDocumento de trabajo

1.Llegada el paciente1.1Se presenta el da y hora del grupo psicoeducativo asignado y registrado en el carnet de citas y trptico

UsuarioCarnet de citas

Trptico

2.Recepcin del Paciente 2.1 Recibe al paciente que acude con cita para grupos psicoeducativos. 2.2 Corrobora asignacin grupo psicoeducativo2.1 Informa al responsable del grupo psicoeducativo de la llegada del pacienteSecretaria del Mdulo

Trptico

3.Identificacin

Del paciente3.1

El da y hora del grupo psicoeducativo el mdico o psiclogo responsable da la bienvenida al paciente y lo identifica por su nombre, fecha de nacimiento y nmero de expedienteMdico o

Psiclgo responsable

del GrupoCarnet de citas

4.

Integracin

grupo psicoeducuativo4.1 Integra al paciente al grupo

4.2 Informa al paciente sobre caractersticas, frecuencia y fecha de prxima sesinMdico o

Psiclgo responsable

del Grupo

5.

Registro del paciente a grupo psicoeducuativo5.1

Da de alta al paciente en el grupo psicoeducativo correspondiente en el Sistema de Registro HospitalarioMdico o

Psiclgo responsable

del GrupoSistema de Registro Hospitalario (registro psicoeducativo)

6.

Atencin engrupo psicoeduactivo6.1Brinda psicoeducain de manera grupal a los pacientes con trastornos por uso de alcohol y/o sustancias registrados en el grupo con periodicidad semanal y con duracin 5 sesiones

6.2Brinda atencin en grupo psicoeduactivo a los pacientes con trastorno por tabaquismo

Registrados, con periodicidad semanal y con duracin de 10 sesiones Mdico o

Psiclgo responsable

del Grupo

7.Validacin de la Asistencia del paciente7.1

Valida la asistencia o falta del paciente a la sesin grupo psicoeduactivo programada en el Sistema de Registro HospitalarioMdico o

Psiclgo responsable

del GrupoVentana de Validacin de Citas Grupos Psicoeducativos (SRH)

8.Programacin prxima sesin grupo psicoeduactivo8.1

Anota en el carnet fecha, hora y responsable de prxima sesin de grupo psiceducativo

8.2 Programa cita en sistemaMdico o

Psiclgo responsable

del GrupoCarnet de citas

9.Derivacin a psicoterapia grupal, indivual, de pareja o familia9.1

Al completar las sesiones de grupo psiceduactivo programadas deriva al paciente a atencin psicoteraputica grupal, individual, de pareja o familia segn plan de tratamiento

9.2 Registra fecha, hora y responsable de cita en psicoterapiaMdico o

Psiclgo responsable

del GrupoCarnet de citas

10.Verificacin cita y despedida del paciente 10.1

Verifica que el paciente est registrado en el grupo de psicoterapia correspondiente en el Sistema de Registro Hospitalario.

10.2 Despide al pacientePersonal secretarialCarnet del paciente

11.Salida del paciente11.1Paciente se retira del servicioUsuario

TERMINA PROCEDIMIENTO

5.0Documentos de referenciaDocumentosCdigo (cuando aplique)

Gua Prctica Clnica SSA-108-08 prevencin, diagnstico y tratamiento del consumo de tabacoGPS SSA-108-08

Manual de Procedimientos de Consulta ExternaNo aplica

6.0Registros

RegistrosTiempo de conservacinResponsable de conservarloCdigo de registro o identificacin nica

Expediente Clnico5 aos a partir de la ltima cita del pacienteSubdirector de Consulta Externa

7.0Glosario de trminos 7.1 Educacin para la Salud Mental: Proceso organizado y sistemtico mediante el cual se busca orientar a las personas a fin de modificar o sustituir determinadas conductas por aquellas que son saludables en lo individual, lo familiar, lo colectivo y en su relacin con el medio ambiente.7.2 Grupo Psicoeducativo : es el servicio psicolgico otorgado de manera grupal, en el que se da educacin referente al problema que se est tratando, con el fin de generar cambios en el usuario que le permitan afrontar de una manera ms efectiva el problema.

7.3 Psicoeducacin:

Educacin dirigida a individuos que tienen alguna condicin mental y a su familiares. Tiene como objetivo que el paciente y su familia cuente con ms habilidades y control para manejar ptimamente su condicin para contribuir a mejorar la salud y el bienestar a largo plazo.7.3 tabaquismo: Psiquiatra adscrito o mdico residente de psiquiatra asignados a la Clnica de Trastornos Adictivos, dados de alta en el sistema de registro hospitalario, que

son los responsables de la atencin mdica del paciente8.0Cambios de esta versin

Nmero de RevisinFecha de la actualizacinDescripcin del cambio

1Febrero 2015Se agrega procedimiento

9.0Anexos

9.1 Programa Salud mental Libre de Humo

9.2 Manual Tcnico del Taller Psicoeducativo para Familiares de Usuarios Consumidores de Sustancias

10. Flujograma

PacienteSecretaria de MduloResponsable Grupo

Psiceducativo

1.PROCEDIMIENTOS DE OTORGAMIENTO DE SERVICIOS ASISTENCIALES1.4 PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIN PSICOEDUCATIVA DE LOS FAMILIARES DE LOS PACIENTES QUE RECIBEN ATENCION EN LA CLINICA DE TRASTORNOS ADICTIVOS

1.0 PROPSITO y definicion

Describir las actividades necesarias para brindar de manera uniforme la atencin en grupos psicoeducativos para los familiares de los pacientes con trastornos por uso de alcohol y sustancias y tabaquismo que acuden a la clnica de trastornos adictivos .

Psicoeducacin:

La Psicoeducacin se refiere a la educacin dirigida a individuos que tiene alguna condicin mental y tambin a la ofrecida a sus familiares. Esta educacin tiene como objetivo que el paciente tenga ms habilidades y control para manejar ptimamente su condicin fortaleciendo sus propias capacidades, recursos y mecanismos de afrontamiento para contribuir a mejorar la salud y el bienestar a largo plazo.Procedimiento anterior: (por lo menos uno)

Atencin de primera vez

Interconsulta de consulta externa

Primera Subsecuente Procedimiento posterior: Psicoterapia de pareja

Psicoterapia de familia

Procedimientos simultneos:Atencin mdica subsecuente (indispensable)

Participan:

Personal secretarial

Psiclogos

Coordinador de la Clnica

Documentos:

Formato electrnico de Consulta de Psicoterapia

Carnet de citas

Dato Primario:No. de familiares de pacientes que ingresan a psicoeducativo

por mesIndicador: Porcentaje de pacientes que ingresan a la clnica con un familiar que ingresa a psicoeducativo x mes

Porcentaje de familiares que completan el psicoeducativo

2.0ALCANCE

2.1A nivel interno aplica a la Clnica de Trastornos Adictivos2.2A nivel externo aplica a los pacientes atendidos en la Clnica de Trastornos Adictivos 3.0Polticas de operacin, normas y lineamientos

3.1La Clnica de Trastornos Adictivos a travs de su coordinador es responsable de:Difundir, capacitar, supervisar y verificar que el personal mdico y de psicologa asignado a la Clnica de Trastornos Adictivos cumpla con lo estipulado en las siguientes polticas de operacin, normas y lineamientos para la psicoeducacin para familiares en la Clnica de Trastornos Adictivos La Psicoeducacin a la familia es parte fundamental de la atencin de los pacientes con trastornos por uso de alcohol y/o sustancias que acuden a la Clnica de Trastornos Adictivos por lo que se recomienda que se brinde cuando sea posible en las consultas que reciba el usuario El personal de psicologa adscrito a la Clnica de Trastornos Adictivos brindar psicoeducacin grupal a los familiares de los pacientes con trastornos por uso de alcohol y/o sustancias y tabaco que acuden a esta clnica.

Se observarn las siguientes polticas para la atencin de grupos psicoeducativos para familiares en la Clnica de Trastornos Adictivos: Se debe invitar a participar a los familiares a los grupos psicoeducativos, solicitando autorizacin previa a los pacientes

Los pacientes mayores de edad pueden rechazar la inclusin de sus familiares en los psicoeducativos Se considera familiar a toda persona relevante en la vida del paciente y que l mismo lo considere as Las sesiones de grupo psicoeducativo tendrn una duracin de 120 minutos

Se considera tratamiento completo una asistencia de 10 sesiones en grupo psicoeducativo para familiares Es necesario que el familiar complete las sesiones de grupo psicoeducativo programadas para poder continuar con otro tratamiento psicoteraputico En caso de menores de edad ser necesario que acudan acompaados por alguno de los padres o tutor legal3.2La Clnica de Trastornos Adictivos a travs del personal de psicologa tiene la responsabilidad de: Brindar psicoeducacin grupal a los familiares de aquellos pacientes que han sido valorados previamente por su mdico tratante en a) atencin de primera vez, b) en interconsulta de consulta externa o c) primera subsecuente y que han sido derivados a esta modalidad de atencin Coordinar los grupos psicoeducativos para familiares Registrar en el Sistema de Registro Hospitalario a los familiares que ingresen a grupos psicoeducativos usando el nmero de expediente del paciente Identificar al familiar a travs del nombre del paciente, fecha de nacimiento y nmero de expediente antes de brindar la atencin en los grupos psicoeducativos Validar la asistencia del familiar del paciente al grupo psicoeducativo programado en el Sistema de Registro Hospitalario utilizando para tal fin el nmero de expediente del paciente Proporcionar al familiar informacin respecto al proceso psicoeducativo 3.3 La Clnica de Trastornos Adictivos a travs del personal secretarial tiene la responsabilidad de: Recibir al familiar que acude a grupos psicoeducativos. Solicitar carnet de citas y comprobante de pago

Informar al familiar la hora de inicio de la sesin del grupo psicoeducativo y solicitar que espere a la misma para ingresar al aula

Verificar al terminar la atencin que se hayan registrado correctamente los prximos servicios

Despedir al familiar4.0Descripcin del procedimiento No de ActividadDescripcinResponsableDocumento de trabajo

1.

Ingreso a Tratamiento 1.

El paciente concluye atencin de primera vez, interconsulta de consulta externa o primera subsecuente e ingresa a tratamiento a la Clnica de Trastornos AdictivosUsuario

2.Invitacin a grupo psiceducativo de familiares2.1

Se le pide autorizacin verbal para invitar a sus familiares al psicoeducativo2.2

En caso de aceptar informar sobre prxima sesin de grupo psicoeducativo para familiares

2.3

Anotar fecha, hora y responsable del grupo psicoeducativo para familiares asignado en el trpticoMdico TratanteTrptico Familia

3.Recepcin del familiar 3.1 Recibe al familiar que acude con cita para grupo psicoeducativos para familiares y corrobora cita registrada en el carnet.

3.1 Informa al responsable del grupo psicoeducativo de la llegada del pacienteSecretaria del Mdulo

Carnet de citas

4.

Identificacin

del familiar4.1

El da y hora del grupo psicoeducuativo el psiclogo responsable da la bienvenida al familiar y lo identifica por el nombre del paciente, fecha de nacimiento y nmero de expedientePsiclgo responsable

del GrupoCarnet de citas

5.Ingreso del familiar a grupo psicoeducuativo5.1 Integra al familiar al grupo

5.2 Informa al familiar sobre caractersticas, frecuencia y fecha de prxima sesinPsiclgo responsable

del Grupo

6.Registro del familiar a grupo psicoeducuativo6.1

Registra al familiar en el grupo psicoeducativo en el Sistema de Registro Hospitalario utilizando el nmero de expediente del pacientePsiclgo responsable

del GrupoSistema de Registro Hospitalario (registro psicoeducativo)

7.Atencin en

grupo psicoeduactivo7.1

Brinda psicoeducain de manera grupal a los familiares registrados en el grupo con periodicidad semanal y con duracin de 10 sesiones Psiclgo responsable

del Grupo

8.Validacin de la Asistencia del paciente8.1

Valida la asistencia o falta del familiar a la sesin del grupo psicoeduactivo programada en el Sistema de Registro HospitalarioPsiclgo responsable

del GrupoVentana de Validacin de Citas Grupos Psicoeducativos (SRH)

9.Programacin prxima sesin grupo psicoeduactivo9.1

Anota en el carnet fecha, hora y responsable de prxima sesin de grupo psiceducativo

9.2 programa cita en sistemaPsiclgo responsable

del GrupoCarnet de citas

10.Derivacin a psicoterapia grupal, indivual, de pareja o familia10.1Al completar las sesiones de grupo psiceduactivo programadas deriva si es necesario al familiar a atencin de pareja o familia segn plan de tratamiento

10.2 Registra fecha, hora y responsable de cita en psicoterapiaPsiclgo responsable

del GrupoCarnet de citas

11.Verificacin cita y despedida del paciente 11.1

Verifica que el familiar est registrado en el grupo de psicoterapia correspondiente en el Sistema de Registro Hospitalario con el nmero de expediente del paciente.

11.2 Despide al pacientePersonal secretarialCarnet del paciente

12.Salida del paciente12.1Paciente se retira del servicioUsuario

TERMINA PROCEDIMIENTO

5.0Documentos de referenciaDocumentosCdigo (cuando aplique)

Gua Prctica Clnica SSA-108-08 prevencin, diagnstico y tratamiento del consumo de tabacoGPS SSA-108-08

Manual de Procedimientos de Consulta ExternaNo aplica

6.0Registros

RegistrosTiempo de conservacinResponsable de conservarloCdigo de registro o identificacin nica

Expediente Clnico5 aos a partir de la ltima cita del pacienteSubdirector de Consulta Externa

7.0Glosario de trminos

7.1 Familiares: personas con relacin consanguinea o no, que conviven de manera cercana con el paciente. Pueden ser los parientes en primer grado (padres, conyuges, hermanos, hijos) o cualquier otro pariente o persona cercana que el paciente considere como familiar. 8.0Cambios de esta versin

Nmero de RevisinFecha de la actualizacinDescripcin del cambio

1Diciembre 2014Se agrega procedimiento

9.0Anexos

9.1 Manual Tcnico del Taller Psicoeducativo para Familiares de Usuarios Consumidores de Sustancias

10. FLUJOGRAMA

PacienteSecretaria de MduloResponsable Grupo

PsiceducativoMdico Tratante

1.PROCEDIMIENTOS DE OTORGAMIENTO DE SERVICIOS ASISTENCIALES

1.5 PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIN EN PSICOTERAPIA GRUPAL PARA PACIENTES CON TRASTORNOS POR USO SUSTANCIAS

1.0 PROPSITO y definicion

Describir las actividades necesarias para brindar de manera uniforme la atencin psicoteraputica grupal para pacientes que acuden a la clnica de trastornos adictivos.

Tipos de atencin psicoteraputica:

Psicoterapia Grupal: servicio psicoteraputico indicado para la mayora de los pacientes que se brinda de manera posterior al ingreso del paciente a la Clnica de Trastornos Adictivos (posterior a la consulta de primera vez, despus de una interconsulta a consulta externa o primera subsecuente). Se basa en el modelo cognitivo conductual y est dirigido a pacientes con trastornos por uso de alcohol y/o drogas ilegalesProcedimiento anterior: (por lo menos uno)

Atencin de primera vez

Interconsulta de consulta externa

Primera Subsecuente

Psicoeducativo

Procedimiento posterior:

Psicoterapia IndividualPsicoterapia de pareja

Psicoterapia de familia

Grupo de psicoterapia para pacientes Procedimientos simultneos:Atencin subsecuente (indispensable)

Psicoeducativo

Participan:

Personal secretarial

Psiclogo

Coordinador de la Clnica

Documentos:

Formato electrnico de Consulta de Psicoterapia

Carnet de citas

Dato Primario: No. de pacientes que asisten a psicoterapia de grupo/mes

2.0ALCANCE

2.1A nivel interno aplica a la Clnica de Trastornos Adictivos2.2A nivel externo aplica a los pacientes atendidos en la Clnica de Trastornos Adictivos 3.0Polticas de operacin, normas y lineamientos

3.1La Clnica de Trastornos Adictivos a travs de su coordinador es responsable de:Difundir, capacitar, supervisar y verificar que el psicologa asignado a la Clnica de Trastornos Adictivos cumpla con lo estipulado en las siguientes polticas de operacin, normas y lineamientos para la psicoterapia grupal para pacientes en la Clnica de Trastornos Adictivos: El tratamiento psicolgico en sus diversas modalidades es parte fundamental de la atencin de los pacientes con trastornos por uso de alcohol y/o sustancias El personal de psicologa adscrito a la Clnica de Trastornos Adictivos brindar psicoterapia grupal a los pacientes con trastornos por uso de alcohol y/o sustancias que han sido derivados a esta modalidad por su mdicos tratantes como parte del plan de tratamiento La Psicoterapia grupal es la intervencin psicolgica indicada para la mayora de los pacientes de la Clnica de Trastornos Adictivos

Para el ingreso del paciente a psicoterapia grupal es recomendable que haya completado las 5 sesiones de grupo psicoeducativo Se observarn las siguientes polticas para la atencin de psicoterapia grupal en la Clnica de Trastornos Adictivos: Las sesiones de psicoterapia grupal tendrn una duracin de 120 minutos

Se considera tratamiento completo una asistencia de 10 sesiones

En caso de menores de edad ser necesario que acudan acompaados por alguno de los padres o tutor legal

Se reserva la atencin en caso de pacientes intoxicados

3.2La Clnica de Trastornos Adictivos a travs del personal de psicologa tiene la responsabilidad de:

Brindar atencin psicoterapia grupal a aquellos pacientes que han sido valorados previamente por su mdico tratante en a) atencin de primera vez, b) en interconsulta de consulta externa o c) primera subsecuente y que han completado las 5 sesiones de grupo psicoeducativo Coordinar los grupos de Psicoterapia para pacientes con trastornos por uso de alcohol y/o drogas ilcitas Registrar en el Sistema de registro Hospitalario a los pacientes que ingresen a psicoterapia grupal Identificar al paciente a travs de su nombre, fecha de nacimiento y nmero de expediente antes de brindar la atencin psicoteraputica grupal Validar la asistencia del paciente a la sesin de psicoterapia grupal programada en el Sistema de Registro Hospitalario

Proporcionar al paciente informacin respecto al proceso psicoteraputico 3.3 La Clnica de Trastornos Adictivos a travs del personal secretarial tiene la responsabilidad de: Recibir al paciente que acude a atencin psicoteraputica grupal. Solicitar carnet de citas y comprobante de pago

Informar al paciente la hora de inicio de la sesin de Psicoterapia Grupal y solicitar que espere a la misma para ingresar al aula

Verificar al terminar la atencin que se hayan registrado correctamente los prximos servicios

Despedir al paciente

4.0Descripcin del procedimiento No de ActividadDescripcinResponsableDocumento de trabajo

1.

Llegada el paciente1.1

Se presenta el da y hora de la Psicoterapia Grupal asignada y registrada en el carnet de citas

UsuarioCarnet de citas

Trptico

2.Recepcin del Paciente 2.1

Recibe al paciente que acude con cita para psicoterapia grupal, registrada en el carnet de citas.

2.2 Corrobora pago de servicio

2.3 Informa al psiclogo responsable de la llegada del pacienteSecretaria del Mdulo

Carnet de citas

3.

Identificacin

Del paciente3.1 El da y hora de la atencin psicoteraputica el psiclogo responsable da la bienvenida al paciente y lo identifica por su nombre, fecha de nacimiento y nmero de expedientePsiclgo responsable

Carnet de citas

4.

Ingreso del paciente a Psicoterapia Grupal4.1 Integra al paciente al grupo

4.1 Informa al paciente sobre caractersticas, frecuencia y fecha de prxima sesinPsiclogo

Responsable

5.

Registro del paciente a Psicoterapia Grupal5.1

Registra al paciente en el Grupo Psicoteraputico para Pacientes Consumidores de Alcohol y/o Sustancias Ilcitas correspondiente en el Sistema de Registro HospitalarioPsiclogo ResponsableSistema de Registro Hospitalario (registro psicoeducativo)

Interconsulta

6.

Atencin en Psico terapia de grupo6.1

Brinda atencin psicoteraputica en formato grupal a los usuarios registrados en el grupo con periodicidad semanal y por 10 sesiones a cada pacientePsiclogo responsable

7.Validacin de la Asistencia del paciente7.1 Valida la asistencia o falta del paciente a la sesin de psicoterapia grupal programada en el Sistema de Registro HospitalarioPsiclogo ResponsableVentana de Validacin de Citas (SRH)

8. Programacin fecha de prxima sesin de psico terapia de grupo8.1

Indica al paciente la fecha de la prxima sesin de psicoterapia de grupo, la anota en el carnet

5.2 Programa cita en sistemaPsiclogo ResponsableCarnet de citas

9.Verificar cita y despedir 9.1

Verifica que el paciente est registrado en el grupo de psicoterapia correspondiente en el Sistema de Registro Hospitalario.

9.2 Despide al pacientePersonal secretarialCarnet del paciente

10.Salida del paciente10.1Paciente se retira del servicioUsuario

TERMINA PROCEDIMIENTO

5.0Documentos de referenciaDocumentosCdigo (cuando aplique)

Gua Prctica Clnica SSA-108-08 prevencin, diagnstico y tratamiento del consumo de tabacoGPS SSA-108-08

Manual de Procedimientos de Consulta ExternaNo aplica

6.0Registros

RegistrosTiempo de conservacinResponsable de conservarloCdigo de registro o identificacin nica

Expediente Clnico5 aos a partir de la ltima cita del pacienteSubdirector de Consulta Externa

7.0Glosario de trminos

7.1 Psicoterapia grupal. Modalidad de terapia psicolgica, con diversos enfoques, que se brinda a un grupo de personas. Tiene como objetivo facilitar y generar cambios cognitivos y en la conducta de las participantes. En general los pacientes tiene en comn un diagnstico o tipo de problema 8.0Cambios de esta versin

Nmero de RevisinFecha de la actualizacinDescripcin del cambio

1Febrero 2015Se agrega procedimiento

9.0Anexos

9.1 Modelo de Tratamiento Basado en GPC

9.2 Programa de Prevencin, Tratamiento y Rehabilitacin de Trastrornos por Uso de

Alcohol

10. FLUJOGRAMA

PacienteSecretaria de MduloPsiclogo

Responsable

1.PROCEDIMIENTOS DE OTORGAMIENTO DE SERVICIOS ASISTENCIALES

1.6 PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIN EN EN PSICOTERAPIA INDIVIDUAL, FAMILIAR O DE PAREJA PARA PACIENTES CON TRASTORNOS POR USO SUSTANCIAS1.0 PROPSITO y definicion

Describir las actividades necesarias para brindar de manera uniforme la atencin psicoteraputica individual, de pareja y de familia para pacientes que acuden a la clnica de trastornos adictivos .

Tipos de atencin psicoteraputica:

Psicoterapia Individual: servici para pacientes que de acuerdo a su condicin clnica requieran una atencin individual, dando prioridad para este servicio a los pacientes identificados con riesgo o vulnerabilidad

Psicoterapia de Pareja: servicio para pacientes cuya dinmica de pareja influya de manera importante en su problemtica y en la que ambos miembros de la pareja estn de acuerdo en asistir

Psicoterapia de Familia: servicio para pacientes cuya dinmica familiar influya de manera importante en su problemtica y cuando los miembros estn de acuerdo, dando prioridad a pacientes con riesgo o vulnerabilidad

Procedimiento anterior: (por lo menos uno)

Atencin de primera vez

Interconsulta de hospital

Interconsulta de consulta externa

Psicoeducativo

Psicoterapia de Grupo

Procedimiento posterior:

(por lo menos uno)

Psicoterapia Individual

Psicoterapia de pareja

Psicoterapia de familia

Procedimientos simultneos:Atencin subsecuente (indispensable)

Psicoeducativo

Participan:

Personal secretarial

Psiclogo

Coordinador de la Clnica

Documentos:

Formato electrnico de Consulta de Psicoterapia

Carnet de citas

Dato Primario: No. de consultas de psicoterapia individual/mes

No. de consultas de psicoterapia pareja/mes

No. de consultas de psicoterapia de familia/mes

Indicador:Porcentaje de sesiones psicoterapia individual, de pareja y de familia con notas clnicas elaboradas

2.0ALCANCE

2.1A nivel interno aplica a la Clnica de Trastornos Adictivos2.2A nivel externo aplica a los pacientes atendidos en la Clnica de Trastornos Adictivos 3.0Polticas de operacin, normas y lineamientos

3.1La Clnica de Trastornos Adictivos a travs de su coordinador es responsable de:Difundir, capacitar, supervisar y verificar que el psicologa asignado a la Clnica de Trastornos Adictivos cumpla con lo estipulado en las siguientes polticas de operacin, normas y lineamientos para la psicoterapia individual, de pareja y de familia para pacientes en la Clnica de Trastornos Adictivos: El tratamiento psicolgico es parte fundamental de la atencin de los trastornos por uso de sustancias

El personal de psicologa adscrito a la Clnica de Trastornos Adictivos brindar atencin especializada a los pacientes con trastornos por uso de sustancias

La Clnica de Trastornos Adictivos brinda los siguientes servicios de terapia psicolgica

Terapia Individual Terapia de Pareja Terapia Familiar3.2La Clnica de Trastornos Adictivos a travs del personal de psicologa tiene la responsabilidad de:

Brindar atencin psicoteraputica individual de manera preferente a los pacientes identificados con riesgos o vulnerabilidad Brindar atencin psicoteraputica de pareja a aquellos pacientes que han sido valorados previamente en a) atencin de primera vez, b) en interconsulta de consulta externa o c) primera subsecuente y que han sido derivados a este tipo de atencin.

Brindar atencin psicoteraputica de familia a aquellos pacientes que han sido valorados previamente en a) atencin de primera vez, b) en interconsulta de consulta externa o c) primera subsecuente y que han sido derivados a este tipo de atencin

Identificar al paciente a travs de su nombre, fecha de nacimiento y nmero de expediente antes de brindar la atencin psicoteraputica grupal Validar la asistencia del paciente a la consulta programada en el Sistema de Registro Hospitalario

Elaborar una nota de psicoterapia individual, de pareja o de familia en el formato electrnico en el Sistema de Registro Hospitalario cumpliendo con la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clnico y la NOM-024-SSA3-2012, Sistemas de informacin de registro electrnico

Proporcionar al paciente informacin respecto al proceso psicoteraputico Programar citas para atencin psicoteraputica al paciente en un plazo no mayor de 30 das 3.3 La Clnica de Trastornos Adictivos a travs del personal secretarial tiene la responsabilidad de: Recibir al paciente que acude a atencin psicoteraputica. Solicitar carnet de citas y comprobante de pago Informar al paciente la hora de la consulta en psicoterapia y solicitar que espere Informar la psiclogo de la llegada del paciente que acude a psicoterapia individual, de pareja o de familia Verificar al terminar la atencin que se hayan registrado correctamente los prximos servicios

Despedir al paciente4.0Descripcin del procedimiento No de ActividadDescripcinResponsableDocumento de trabajo

1.

Llegada el paciente1.1

Se presenta el da y hora de la Psicoterapia asignada y registrada en el carnet de citas

UsuarioCarnet de citas

Trptico

2.

Recepcin del Paciente 2.1

Recibe al paciente que acude con cita para psicoterapia individual, de pareja o familia, registrada en el carnet de citas.

2.2 Corrobora pago de servicio

2.3 Informa al psiclogo responsable de la llegada del pacienteSecretaria del Mdulo

Carnet de citas

3.

Identificacin

Del paciente3.1

El da y hora de la atencin psicoteraputica el psiclogo responsable da la bienvenida al paciente y lo identifica por su nombre, fecha de nacimiento y nmero de expedientePsiclgo

responsable

Carnet de citas

4.Validacin de la Asistencia del paciente4.1 Valida la asistencia o falta del paciente a la sesin de psicoterapia individual, de pareja o de familia programadaPsiclogo ResponsableVentana de Validacin de Citas (SRH)

5.Atencin en Psicoterapia individual, de pareja o de familia5.1

Brinda atencin psicoteraputica individual de pareja o de familia a los pacientes derivados a esta modalidad

5.2 Otorga las sesiones necesarias de acuerdo a diagnstico y plan de tratamientoPsiclogo responsable

6.

Elaboracin Nota Psicoterapia6.1

Elabora nota de psicoterapia en el Sistema de Registro Intrahospitalario Psiclogo

ResponsableNota de Psicoterapia SRH Health Centre

7.Programacin

cita psicoterapia

subsecuente7.1 Programa cita psicoterapia subsecuente en sistema7.2 Escribe fecha, hora y nmbre del Psiclogo Responsable en carnet del paciente

Psiclogo

Responsable Carnet del paciente

SRH Health Centre

8.Verificar cita y despedir 8.1 Verifica que la cita asignada por el psiclogo responsable est registrada en el Sistema de Registro Hospitalario.

8.2 Despide al pacientePersonal secretarialCarnet del paciente

9. Salida del paciente9.1Paciente se retira del servicioUsuario

TERMINA PROCEDIMIENTO

5.0Documentos de referenciaDocumentosCdigo (cuando aplique)

Gua Prctica Clnica SSA-108-08 prevencin, diagnstico y tratamiento del consumo de tabacoGPS SSA-108-08

Reglamento de Uso de RecetariosNo aplica

Manual de Procedimientos de Consulta ExternaNo aplica

6.0Registros

RegistrosTiempo de conservacinResponsable de conservarloCdigo de registro o identificacin nica

Expediente Clnico5 aos a partir de la ltima cita del pacienteSubdirector de Consulta Externa

7.0Glosario de trminos

7.1 Psicoterapia Individual: servici para pacientes que de acuerdo a su condicin clnica requieran una atencin individual, dando prioridad para este servicio a los pacientes identificados con riesgo o vulnerabilidad

7.2 Psicoterapia de Pareja: servicio para pacientes cuya dinmica de pareja influya de manera importante en su problemtica y en la que ambos miembros de la pareja estn de acuerdo en asistir

7.3 Psicoterapia de Familia: servicio para pacientes cuya dinmica familiar influya de manera importante en su problemtica y cuando los miembros estn de acuerdo, dando prioridad a pacientes con riesgo o vulnerabilidad8.0Cambios de esta versin

Nmero de RevisinFecha de la actualizacinDescripcin del cambio

1Febrero 2015Se agrega procedimiento

9.0Anexos

9.1 Modelo de Tratamiento Basado en GPC

9.2 Programa Salud mental Libre de Humo

9.3 Programa de Prevencin, Tratamiento y Rehabilitacin de Trastrornos por Uso de

Alcohol

9.4 Manual Tcnico del Taller Psicoeducativo para Familiares de Usuarios Consumidores de Sustancias

10. FlujogramaPacienteSecretaria de MduloPsiclogo Tratante

1.PROCEDIMIENTOS DE OTORGAMIENTO DE SERVICIOS ASISTENCIALES

1.7PROCEDIMIENTO PARA LA EXPEDICIN DE RECETAS DE FRACCION II (OPICEOS, BENZODIACEPINAS Y PSICOESTIMULANTES) A PACIENTES CON TRASTORNO POR USO DE SUSTANCIAS DE USO MDICO1.0 PROPSITO Y DEFINICION

Describir las actividades necesarias para la expedicin uniforme de recetas de sustancias de uso medico de la fraccin II (opiceos, benzodiacepinas y psicoestimulantes) a los pacientes con dependencia a ellas que acuden a la clnica de trastornos adictivos.

Procedimiento anterior:

Preconsulta (indispensable)

Atencin de primera vez

Atencin psiquitrica subsecuente

Interconsulta consulta externa

Interconsulta hospitalizacin

Procedimiento posterior:

(uno o ms de los siguientes)

Atencin psiquitrica subsecuente

Interconsulta a otras reas

Referencia

Procedimientos simultneos:Atencin de primera vez

Atencin psiquitrica subsecuente

Interconsulta consulta externa

Interconsulta hospitalizacin

Participan:

Personal secretarial

Mdico TratanteDocumentos:

Formato electrnico de historia clnica

Formato electrnico de cita subsecuente

RecetarioDato Primario: No. de pacientes identificados con el diagnstico F1x.22 por mes

2.0ALCANCE

2.1A nivel interno aplica a la Clnica de Trastornos Adictivos2.2A nivel externo este procedimiento aplica a los pacientes atendidos en la Clnica de Trastornos Adictivos3.0Polticas de operacin, normas y lineamientos

3.1La Clnica de Trastornos Adictivos a travs de su coordinador es responsable de:

Capacitar, difundir y verificar que el personal mdico asignado a la Clnica de Trastornos Adictivos cumpla con lo estipulado en el Reglamento para el Uso de Recetarios as como con las siguientes polticas de operacin, normas y lineamientos para la expedicin de recetas de sustancias de uso medico de la fraccin II (opiceos, benzodiacepinas y psicoestimulantes) a los pacientes con dependencia a ellas que acuden a la clnica de trastornos adictivos: El personal asignado a la Clnica de Trastornos Adictivos cumplir con la Norma Oficial Mexicana.-NOM-025-SSA2-1994, Para la prestacin de servicios de salud en unidades de atencin integral hospitalaria mdicopsiquitrica y en relacin al presente procedimiento de manera particular con el artculo 8.11.: Que toda medicacin sea prescrita por un especialista autorizado por la ley, y que ello se registre en la expediente clnico del paciente El suministro de recetas de sustancias de uso mdico a pacientes de la Clnica de Trastornos Adictivos con dependencia a sustancias de uso mdico contar con polticas de continuidad de atencin y de procedimientos que las regulen para evitar la suspensin abrupta y con ello riesgos a la salud e integridad del usuario.

Los pacientes particularmente vulnerables a problemas con el suministro de recetas son aquellos que cuentan con los siguientes diagnsticos de acuerdo a la Clasificacin Internacional de Enfermedades 10 edicin y que estn utilizando actualmente medicamentos de la fraccin II de acuerdo al artculo 226 de la Ley General de Salud:

F11.2 dependencia de opioides.

F13.2 dependencia de sedantes o hipnticos. F15.2 dependencia otros estimulantes Los pacientes con los diagnsticos sealados en el apartado anterior que ingresen a la Clnica de Trastornos Adictivos bajo un esquema de tratamiento de mantenimiento supervisado sern identificados y registrados en el expediente clnico con el siguiente diagnstico (donde x corresponde a la clave de la sustancia utilizada por el paciente): F1x.22 En la actualidad en un rgimen clnico de mantenimiento o sustitucin supervisado (dependencia controlada). Se contar con un registro de los pacientes activos atendidos en la Clnica de Trastornos Adictivos que cuenten con el diagnstico F1x.22 segn el apartado anterior Los pacientes con diagnstico F1x.22 podrn designar a un familiar u otra persona para que puedan recoger recetas de medicamentos de la Frac. II en caso de que no puedan acudir por las recetas personalmente. Para tal efecto se registrarn en el expediente clnico los nombres de las personas designadas por el paciente. El personal mdico podr expedir recetas de la Fracc. II nicamente a pacientes que se encuentren activos en la clnica, considerndose como paciente activo para tal efecto que su ltima consulta asistida haya ocurrido en un trmino no mayor a 6 meses al momento actual.

El personal mdico canalizar para su atencin al servicio de Atencin Psiquitrica Continua a los pacientes no activos en la Clnica (ltima consulta asistida ms de seis meses previos a la fecha de la solicitud de receta) que soliciten recetas de medicamentos de la Fraccin II y que requieran atencin urgente El personal mdico asignar una cita subsecuente en la Clnica de Trastornos Adictivos en un plazo no mayor de 7 das naturales a los pacientes no activos sealados en el apartado previo para que reinicien su tratamiento El personal mdico asignado a la Clnica registrar en las notas de evolucin correspondientes la expedicin de recetas de medicamentos del grupo II en las consultas a las que asista el paciente, incluyendo la siguiente informacin: nombre genrico del medicamento indicado, marca comercial, presentacin, posologa, nmero de recetas, tiempo esperado de duracin de la receta y nmero de folio (s)

El personal mdico podr expedir recetas fuera de consulta programada a los pacientes activos de la clnica, registrando el motivo de su expedicin al final de la ltima nota de evolucin que tenga en el expediente clnico. En estos casos tambin se registrar la siguiente informacin: nombre genrico medicamento indicado, marca comercial, presentacin, posologa, nmero de recetas, tiempo esperado de duracin de la receta y nmero(s) de folio(s). Para tal efecto, es necesario solicitar el expediente al archivo clnico. El personal mdico deber documentar en la nota la(s) causa(s) de la solicitud de la receta en fechas no programadas, y evaluar la procedencia de expedirla de acuerdo a la evolucin y fecha de ltima receta expedida, considerando en todo caso la seguridad y el beneficio del paciente El personal mdico asignado a la clnica programar una cita subsecuente a los pacientes que solicitan recetas fuera de consulta y que no cuenten con cita subsecuente programada. Esta cita se debe programar en un plazo no mayor al tiempo que durar la medicacin recetada a las dosis indicadas El personal mdico podr entregar recetas de medicamentos de la Frac. II a los familiares u otras personas a quien haya autorizado el paciente de acuerdo a lo registrado en el expediente clnico sealando en una nota la justificacin del paciente para no acudir personalmente y en caso de ser posible documentarla con documentos mdicos, cartas u otros justificantes Se solicitar al familiar o persona sealada por el paciente para recoger recetas que firme de recibido en la nota de evolucin sealando el nmero de recetas que se le entreg y el medicamento indicado Se cambiarn recetas expedidas por otras nuevas en caso de que la marca comercial indicada no se encuentre en el mercado, para tal fin es menester presentar la receta no surtida para intercambiarla por una nueva. La receta devuelta debe ser cancelada y anexada al expediente del paciente El personal conocer el plan de continuidad de operaciones de la Secretara de Salud y se integrar a l para la expedicin de recetas de medicamentos de la Frac. II a los pacientes que se encuentren en tratamiento de la Clnica de Trastornos Adictivos

3.2La Clnica de Trastornos Adictivos a travs de los mdicos tratantes tiene la responsabilidad de:

Suministrar al paciente las recetas para medicamentos de la fraccin II necesarias para completar su tratamiento hasta la siguiente cita programada Identificar como usuarios vulnerables a problemas en el suministro de recetas a los pacientes con los siguientes diagnsticos de acuerdo con la Clasificacin Internacional de Enfermedades 10 ed.: F11.2 dependencia de opioides.

F13.2 dependencia de sedantes o hipnticos. F15.2 dependencia otros estimulantes Registrar en el expediente clnico a los pacientes que ingresen a la modalidad de tratamiento de mantenimiento con el siguiente diagnstico de acuerdo con la Clasificacin Internacional de Enfermedades 10 ed

F1x.22 En la actualidad en un rgimen clnico de mantenimiento o sustitucin supervisado (dependencia controlada). Registrar en las notas de evolucin correspondientes la expedicin de recetas de medicamentos del grupo II en las consultas a las que asista el paciente, incluyendo la siguiente informacin: fecha, nombre medicamento indicado, marca comercial, presentacin, posologa, nmero de recetas, tiempo estimado de duracin de la receta y nmero de folio(s)

En caso de expedir recetas fuera de cita, el personal mdico deber solicitar el expediente del paciente y sealar en la cara posterior de la ltima nota de evolucin la siguiente infor