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BASES DE DATOS MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS Fecha: Lunes, 25 de Julio de 2016

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BASES DE DATOS

MANUAL DE POLÍTICAS Y

PROCEDIMIENTOS Fecha: Lunes, 25 de Julio de 2016

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ÍNDICE

1. Base legal y ámbito de aplicación ………………………………………………………………. 2

2. Definiciones ………………………………………………………………. 2

3. Autorización de la política de tratamiento………………………………………………………………. 3

4. Responsable del tratamiento …….……………………………………………………………………. 4

5. Tratamiento y finalidades de las bases de datos …..………………………………………………. 5

6. Derechos de los titulares ….………………………………………………………………………. 5

7. Atención a los titulares de las bases de datos ………………………………………………………. 7

8. Procedimientos para ejercer los derechos del titular

8.1. Derecho de acceso o consulta …………………………………………………. 7

8.2. Derechos de quejas y reclamos …….…………………………………………. 8

9. Medidas de seguridad ..………………………………………………………………………. 9

10. Transferencia de datos a terceros países ………………………………………………… 12

11. Vigencia ……..……………………………………………………………………..……. 13

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1. Base legal y ámbito de aplicación

La política de tratamiento de la información se desarrolla en cumplimiento de los

artículos 15 y 20 de la Constitución Política; de los artículos 17 literal k) y 18 literal f) de

la Ley Estatutaria 1581 de 2.012, por la cual se dictan disposiciones generales para la

Protección de Datos Personales (LEPD); y del artículo 13 del Decreto 1377 de 2.013, por

el cual se reglamenta parcialmente la Ley anterior.

Esta política será aplicable a todos los datos personales registrados en bases de datos

que sean objeto de tratamiento por el responsable del tratamiento.

2. Definiciones establecidas en el artículo 3 de la LEPD y el

artículo 3 del Decreto 1377 de 2.013

· Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar

a cabo el tratamiento de datos personales.

· Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de

tratamiento.

· Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o

varias personas naturales determinadas o determinables.

· Dato público: Es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son

considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las

personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público. Por

su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros

públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales

debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva.

· Datos sensibles: Se entiende por datos sensible aquellos que afectan la intimidad

del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos

que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o

filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o

que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y

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garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la

vida sexual, y los datos biométricos.

· Encargado del tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por

sí misma o en asocio con otros, realice el tratamiento de datos personales por cuenta

del responsable del tratamiento.

· Responsable del tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que

por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el tratamiento de

los datos.

· Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de tratamiento.

· Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos

personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.

· Aviso de privacidad: Comunicación verbal o escrita generada por el responsable,

dirigida al Titular para el tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le

informa acerca de la existencia de las políticas de tratamiento de información que le

serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del tratamiento que

se pretende dar a los datos personales.

· Transferencia: La transferencia de datos tiene lugar cuando el responsable y/o

encargado del tratamiento de datos personales, ubicado en Colombia, envía la

información o los datos personales a un receptor, que a su vez es responsable del

tratamiento y se encuentra dentro o fuera del país.

· Transmisión: Tratamiento de datos personales que implica la comunicación de los

mismos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por

objeto la realización de un tratamiento por el encargado por cuenta del responsable.

3. Autorización de la política de tratamiento

De acuerdo al artículo 9 de la LEPD, para el tratamiento de datos personales se requiere

la autorización previa e informada del Titular. Mediante la aceptación de la presente

política, todo Titular que facilite información relativa a sus datos personales está

consintiendo el tratamiento de sus datos por parte de FONDO DE EMPLEADOS DE LA

CAJA COLOMBIANA DE SUBSIDIO FAMILIA COLSUBSIDIO - FEC, en los términos y

condiciones recogidos en la misma.

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No será necesaria la autorización del Titular cuando se trate de:

- Información requerida por una entidad pública o administrativa en ejercicio de

sus funciones legales o por orden judicial.

- Datos de naturaleza pública.

- Casos de urgencia médica o sanitaria.

- Tratamiento de información autorizado por la ley para fines históricos,

estadísticos o científicos.

- Datos relacionados con el Registro Civil de las personas.

4. Responsable del tratamiento

El responsable del tratamiento de las bases de datos objeto de esta política es FONDO

DE EMPLEADOS DE LA CAJA COLOMBIANA DE SUBSIDIO FAMILIA COLSUBSIDIO - FEC,

cuyos datos de contacto son los siguientes:

· Dirección: CALLE 33 # 20 - 40

· Correo electrónico: [email protected]

. Correo electrónico tratamiento de datos: [email protected]

· Teléfono: 2328455

5. Tratamiento y finalidades de las bases de datos

FONDO DE EMPLEADOS DE LA CAJA COLOMBIANA DE SUBSIDIO FAMILIA COLSUBSIDIO

- FEC, en el desarrollo de su actividad empresarial, lleva a cabo el tratamiento de datos

personales relativos a personas naturales que están contenidos y son tratados en bases

de datos destinadas a finalidades legítimas, cumpliendo con la Constitución y la Ley.

La siguiente tabla (Tabla I) presenta las distintas bases de datos que manejan la empresa

y las finalidades asignadas a cada una de ellas.

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Tabla I. Bases de datos y finalidades

Base de datos Finalidad

Empleados

Gestionar todo lo relativo con los datos personales con la relación legal empleado y empleador, tales como nómina y prestaciones sociales.

Asociados

Gestionar los datos personales en lo

relativo con la actividad principal del FEC,

como lo es el otorgamiento de créditos, el

ahorro de los asociados, servicios por

convenios, etc.

Ex asociados Se utilizan los datos de los ex asociados

que quedan con deuda a favor del FEC y se

requiere su recuperación.

Proveedores

Se utiliza esta base de datos para

gestionar compras propias de bienes y

servicios y para facilitar a los asociados la

adquisición de los mismos.

Codeudores Se utilizan los datos de los ex asociados

que quedan con deuda a favor del FEC y se

requiere su recuperación.

Trabajadores No Asociados De Las

Empresas Con Vínculo De Asociación

Datos de los trabajadores de las empresas

patronales que tienen el vínculo de

asociación que no han sido asociados al

FEC

Empresas Que Generan El Vínculo De

Asociación

Información propia de cada empresa

patronal que tiene el convenio de

asociación con el FEC

Hijos Menores de 12 años de los

asociados

Los Asociados informan cada años datos

de los hijos menores de 12 años.

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6. Derechos de los Titulares

De acuerdo con el artículo 8 de la LEPD y a los artículos 21 y 22 del Decreto 1377 de

2.013, los Titulares de los datos pueden ejercer una serie de derechos en relación al

tratamiento de sus datos personales. Estos derechos podrán ejercerse por las siguientes

personas.

1. Por el Titular, quién deberá acreditar su identidad en forma suficiente por los

distintos medios que le ponga a disposición el responsable.

2. Por sus causahabientes, quienes deberán acreditar tal calidad.

3. Por el representante y/o apoderado del Titular, previa acreditación de la

representación o apoderamiento.

4. Por estipulación a favor de otro y para otro.

Los derechos de los niños, niñas o adolescentes se ejercerán por las personas que estén

facultadas para representarlos.

Los derechos del Titular son los siguientes:

· Derecho de acceso o consulta: Se trata del derecho del Titular a ser informado por

el responsable del tratamiento, previa solicitud, respecto al origen, uso y finalidad que

le han dado a sus datos personales.

· Derechos de quejas y reclamos. La Ley distingue cuatro tipos de reclamos:

- Reclamo de corrección: el derecho del Titular a que se actualicen, rectifiquen o

modifiquen aquellos datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que

induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento esté expresamente prohibido o no haya

sido autorizado.

- Reclamo de supresión: el derecho del Titular a que se supriman los datos que

resulten inadecuados, excesivos o que no respeten los principios, derechos y garantías

constitucionales y legales.

- Reclamo de revocación: el derecho del Titular a dejar sin efecto la autorización

previamente prestada para el tratamiento de sus datos personales.

- Reclamo de infracción: el derecho del Titular a solicitar que se subsane el

incumplimiento de la normativa en materia de Protección de Datos.

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· Derecho a solicitar prueba de la autorización otorgada al responsable del

tratamiento: salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el

tratamiento de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la LEPD.

· Derecho a presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas

por infracciones: el Titular o causahabiente solo podrá elevar esta queja una vez haya

agotado el trámite de consulta o reclamo ante el responsable del tratamiento o

encargado del tratamiento.

7. Atención a los Titulares de datos

JAIME EDUARDO SAAVEDRA SANDOVAL con C.C. No.79274972, de FONDO DE

EMPLEADOS DE LA CAJA COLOMBIANA DE SUBSIDIO FAMILIA COLSUBSIDIO - FEC, será

el encargado de la atención de peticiones, consultas y reclamos ante la cual el Titular de

los datos puede ejercer sus derechos. Teléfono: 2328455 Correo electrónico:

[email protected].

8. Procedimientos para ejercer los derechos del Titular

8.1. Derecho de acceso o consulta

Según el artículo 21 del Decreto 1377 de 2.013, el Titular podrá consultar de forma

gratuita sus datos personales en dos casos:

1. Al menos una vez cada mes calendario.

2. Cada vez que existan modificaciones sustanciales de las políticas de tratamiento de

la información que motiven nuevas consultas.

Para consultas cuya periodicidad sea mayor a una por cada mes calendario, FONDO DE

EMPLEADOS DE LA CAJA COLOMBIANA DE SUBSIDIO FAMILIA COLSUBSIDIO - FEC,

solamente podrá cobrar al Titular gastos de envío, reproducción y, en su caso,

certificación de documentos. Los costos de reproducción no podrán ser mayores a los

costos de recuperación del material correspondiente. Para tal efecto, el responsable

deberá demostrar a la Superintendencia de Industria y Comercio, cuando ésta así lo

requiera, el soporte de dichos gastos.

El Titular de los datos puede ejercitar el derecho de acceso o consulta de sus datos

mediante un escrito dirigido a FONDO DE EMPLEADOS DE LA CAJA COLOMBIANA DE

SUBSIDIO FAMILIA COLSUBSIDIO - FEC, enviado mediante correo electrónico a

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[email protected], indicando en el Asunto “Ejercicio del derecho

de acceso o consulta”, o a través de correo postal remitido a CALLE 33 # 20 - 40. La

solicitud deberá contener los siguientes datos:

· Nombre y apellidos del Titular.

· Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del Titular y, en su caso, de la persona que

lo representa, así como del documento acreditativo de tal representación.

· Petición en que se concreta la solicitud de acceso o consulta.

· Dirección para notificaciones, fecha y firma del solicitante.

· Documentos acreditativos de la petición formulada, cuando corresponda.

El Titular podrá elegir una de las siguientes formas de consulta de la base de datos para

recibir la información solicitada:

· Visualización en pantalla.

· Por escrito, con copia o fotocopia remitida por correo certificado o no.

· Tele copia.

· Correo electrónico u otro medio electrónico.

· Otro sistema adecuado a la configuración de la base de datos o a la naturaleza del

tratamiento, ofrecido por FONDO DE EMPLEADOS DE LA CAJA COLOMBIANA DE

SUBSIDIO FAMILIA COLSUBSIDIO - FEC

Una vez recibida la solicitud, FONDO DE EMPLEADOS DE LA CAJA COLOMBIANA DE

SUBSIDIO FAMILIA COLSUBSIDIO - FEC, resolverá la petición de consulta en un plazo

máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma.

Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al

interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se

atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles

siguientes al vencimiento del primer término. Estos plazos están fijados en el artículo 14

de la LEPD.

Una vez agotado el trámite de consulta, el Titular o causahabiente podrá elevar queja

ante la Superintendencia de Industria y Comercio.

8.2. Derechos de quejas y reclamos

El Titular de los datos puede ejercitar los derechos de reclamo sobre sus datos mediante

un escrito dirigido a FONDO DE EMPLEADOS DE LA CAJA COLOMBIANA DE SUBSIDIO

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FAMILIA COLSUBSIDIO - FEC, enviado mediante correo electrónico a

[email protected], indicando en el Asunto “Ejercicio del derecho

de acceso o consulta”, o a través de correo postal remitido a CALLE 33 # 20 - 40. La

solicitud deberá contener los siguientes datos:

· Nombre y apellidos del Titular.

· Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del Titular y, en su caso, de la persona que

lo representa, así como del documento acreditativo de tal representación.

· Descripción de los hechos y petición en que se concreta la solicitud de corrección,

supresión, revocación o inflación.

· Dirección para notificaciones, fecha y firma del solicitante.

· Documentos acreditativos de la petición formulada que se quieran hacer valer,

cuando corresponda.

Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días

siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2)

meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información

requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.

Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos una leyenda que

diga “reclamo en trámite” y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días

hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.

EL FONDO DE EMPLEADOS DE LA CAJA COLOMBIANA DE SUBSIDIO FAMILIA

COLSUBSIDIO - FEC, resolverá la petición de consulta en un plazo máximo de quince

(15) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere

posible atender al reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los

motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso

podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

Una vez agotado el trámite de reclamo, el Titular o causahabiente podrá elevar queja

ante la Superintendencia de Industria y Comercio.

9. Medidas de seguridad

EL FONDO DE EMPLEADOS DE LA CAJA COLOMBIANA DE SUBSIDIO FAMILIA

COLSUBSIDIO - FEC, con el fin de cumplir con el principio de seguridad consagrado en el

artículo 4 literal g) de la LEPD, ha implementado medidas técnicas, humanas y

administrativas necesarias para garantizar la seguridad a los registros evitando su

adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.

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Por otra parte, EL FONDO DE EMPLEADOS DE LA CAJA COLOMBIANA DE SUBSIDIO

FAMILIA COLSUBSIDIO - FEC, mediante la suscripción de los correspondientes contratos

de transmisión, ha requerido a los encargados del tratamiento con los que trabaje la

implementación de las medidas de seguridad necesarias para garantizar la seguridad y

confidencialidad de la información en el tratamiento de los datos personales.

A continuación se exponen las medidas de seguridad implantadas por FONDO DE

EMPLEADOS DE LA CAJA COLOMBIANA DE SUBSIDIO FAMILIA COLSUBSIDIO - FEC, que

están recogidas y desarrolladas en su Manual Interno de Seguridad (Tablas II, III, IV y V).

Tabla II. Medidas de seguridad comunes para todo tipo de datos (públicos, semiprivados, privados, sensibles) y bases de datos (automatizadas, no automatizadas)

Gestión de documentos y

soportes

Control de acceso

Incidencias Personal Manual Interno de

Seguridad

1. Medidas que eviten el acceso indebido o la recuperación de los datos que han sido descartados, borrados o destruidos. 2. Acceso restringido al lugar donde se almacenan los datos. 3. Autorización del responsable para la salida de documentos o soportes por medio físico o electrónico. 4. Sistema de etiquetado o identificación del tipo de información. 5. Inventario de soportes.

1. Acceso de usuarios limitado a los datos necesarios para el desarrollo de sus funciones. 2. Lista actualizada de usuarios y accesos autorizados. 3. Mecanismos para evitar el acceso a datos con derechos distintos de los autorizados. 4. Concesión, alteración o anulación de permisos por el personal autorizado

1. Registro de incidencias: tipo de incidencia, momento en que se ha producido, emisor de la notificación, receptor de la notificación, efectos y medidas correctoras. 2. Procedimiento de notificación y gestión de incidencias.

1. Definición de las funciones y obligaciones de los usuarios con acceso a los datos 2. Definición de las funciones de control y autorizaciones delegadas por el responsable del tratamiento. 3. Divulgación entre el personal de las normas y de las consecuencias del incumplimiento de las mismas

1. Elaboración e implementación del Manual de obligado cumplimiento para el personal. 2. Contenido mínimo: ámbito de aplicación, medidas y procedimientos de seguridad, funciones y obligaciones del personal, descripción de las bases de datos, procedimiento ante incidencias, procedimiento de copias y recuperación de datos, medidas de seguridad para el transporte, destrucción y reutilización de documentos, identificación de los encargados del tratamiento.

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Tabla III. Medidas de seguridad comunes para todo tipo de datos (públicos, semiprivados, privados, sensibles) según el tipo de bases de datos

Bases de datos no automatizadas Bases de datos automatizadas

Archivo Almacenamiento de documentos

Custodia de documentos

Identificación y autenticación

Telecomunicaciones

1. Archivo de documentación siguiendo procedimientos que garanticen una correcta conservación, localización y consulta y permitan el ejercicio de los derechos de los Titulares.

1. Dispositivos de almacenamiento con mecanismos que impidan el acceso a personas no autorizadas.

1. Deber de diligencia y custodia de la persona a cargo de documentos durante la revisión o tramitación de los mismos.

1. Identificación personalizada de usuarios para acceder a los sistemas de información y verificación de su autorización. 2. Mecanismos de identificación y autenticación; Contraseñas: asignación, caducidad y almacenamiento cifrado.

1. Acceso a datos mediante redes seguras.

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Tabla IV. Medidas de seguridad para datos privados según el tipo de bases de datos

Bases de datos automatizadas y no automatizadas

Bases de datos automatizadas

Auditoría Responsable de seguridad

Manual Interno de Seguridad

Gestión de documentos y soportes

Control de acceso

Identificación y

autenticación Incidencias

1. Auditoría ordinaria (interna o externa) cada dos meses. 2. Auditoría extraordinaria por modificaciones sustanciales en los sistemas de información. 3. Informe de detección de deficiencias y propuesta de correcciones. 4. Análisis y conclusiones del responsable de seguridad y del responsable del tratamiento. 5. Conservación del Informe a disposición de la autoridad.

1. Designación de uno o varios responsable de seguridad. 2. Designación de uno o varios encargados del control y la coordinación de las medidas del Manual Interno de Seguridad. 3. Prohibición de delegación de la responsabilidad del responsable del tratamiento en el responsable de seguridad.

1. Controles periódicos de cumplimiento

1. Registro de entrada y salida de documentos y soportes: fecha, emisor y receptor, número, tipo de información, forma de envío, responsable de la recepción o entrega

1. Control de acceso al lugar o lugares donde se ubican los sistemas de información.

1. Mecanismo que limite el número de intentos reiterados de acceso no autorizados.

1. Registro de los procedimientos de recuperación de los datos, persona que los ejecuta, datos restaurados y datos grabados manualmente. 2. Autorización del responsable del tratamiento para la ejecución de los procedimientos de recuperación.

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10. Transferencia de datos a terceros países

De acuerdo con el Título VIII de la LEPD, se prohíbe la transferencia de datos personales

a países que no proporcionen niveles adecuados de protección de datos. Se entiende

que un país ofrece un nivel adecuado de protección de datos cuando cumpla con los

estándares fijados por la Superintendencia de Industria y Comercio sobre la materia, los

cuales en ningún caso podrán ser inferiores a los que la presente ley exige a sus

destinatarios. Esta prohibición no regirá cuando se trate de:

“- Información respecto de la cual el Titular haya otorgado su autorización expresa e

inequívoca para la transferencia.

- Intercambio de datos de carácter médico, cuando así lo exija el tratamiento del Titular

por razones de salud o higiene pública.

Tabla V. Medidas de seguridad para datos sensibles según el tipo de bases de datos

Bases de datos no automatizadas Bases de datos automatizadas

Control de acceso

Almacenamiento de

documentos

Copia o reproducción

Traslado de documentaci

ón

Gestión de documentos y soportes

Control de acceso Telecomunicaciones

1. Acceso solo para personal autorizado. 2. Mecanismo de identificación de acceso. 3. Registro de accesos de usuarios no autorizados.

1. Archivadores, armarios u otros ubicados en áreas de acceso protegidas con llaves u otras medidas.

1. Solo por usuarios autorizados. 2. Destrucción que impida el acceso o recuperación de los datos.

1. Medidas que impidan el acceso o manipulación de documentos.

1. Sistema de etiquetado confidencial. 2. Cifrado de datos. 3. Cifrado de dispositivos portátiles cuando salgan fuera.

1. Registro de accesos: usuario, hora, base de datos a la que accede, tipo de acceso, registro al que accede. 2. Control del registro de accesos por el responsable de seguridad. Informe mensual. 3. Conservación de los datos: 2 años.

1. Transmisión de datos mediante redes electrónicas cifradas.

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- Transferencias bancarias o bursátiles, conforme a la legislación que les resulte

aplicable.

- Transferencias acordadas en el marco de tratados internacionales en los cuales la

República de Colombia sea parte, con fundamento en el principio de reciprocidad.

- Transferencias necesarias para la ejecución de un contrato entre el Titular y el

responsable del tratamiento, o para la ejecución de medidas precontractuales siempre

y cuando se cuente con la autorización del Titular.

- Transferencias legalmente exigidas para la salvaguardia del interés público, o para el

reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial.

En los casos no contemplados como excepción, corresponderá a la Superintendencia de

Industria y Comercio proferir la declaración de conformidad relativa a la transferencia

internacional de datos personales. El Superintendente está facultado para requerir

información y adelantar las diligencias tendentes a establecer el cumplimiento de los

presupuestos que requiere la viabilidad de la operación.

Las transmisiones internacionales de datos personales que se efectúen entre un

responsable y un encargado para permitir que el encargado realice el tratamiento por

cuenta del responsable, no requerirán ser informadas al Titular ni contar con su

consentimiento, siempre que exista un contrato de transmisión de datos personales.

11. Vigencia

Las bases de datos responsabilidad de EL FONDO DE EMPLEADOS DE LA CAJA

COLOMBIANA DE SUBSIDIO FAMILIA COLSUBSIDIO - FEC, serán objeto de tratamiento

durante el tiempo que sea razonable y necesario para la finalidad para la cual son

recabados los datos. Una vez cumplida la finalidad o finalidades del tratamiento, y sin

perjuicio de normas legales que dispongan lo contrario, EL FONDO DE EMPLEADOS DE

LA CAJA COLOMBIANA DE SUBSIDIO FAMILIA COLSUBSIDIO - FEC, procederá a la

supresión de los datos personales en su posesión salvo que exista una obligación legal o

contractual que requiera su conservación. Por todo ello, dicha base de datos ha sido

creada sin un periodo de vigencia definido.

La presente política de tratamiento permanece vigente desde Lunes, 25 de Julio de

2016.