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SUBDIRECCIÓN GENERAL DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y SANEAMIENTO GERENCIA DE PROGRAMAS FEDERALES DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PROGRAMA DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO EN ZONAS URBANAS (APAZU) MANUAL DE OPERACIÓN Y PROCEDIMIENTOS. FEBRERO DE 2009

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SUBDIRECCIÓN GENERAL DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y SANEAMIENTO

GERENCIA DE PROGRAMAS FEDERALES DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO

PROGRAMA DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO EN ZONAS URBANAS (APAZU)

MANUAL DE OPERACIÓN Y PROCEDIMIENTOS.

FEBRERO DE 2009

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Í N D I C E I.- PRESENTACIÓN II.- GENERALIDADES DEL PROGRAMA II.1.- Objetivo General. II.2.- Objetivos Específicos. II.3.- Requisitos Generales y Específicos. III.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN. IV.- CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS. IV.1.- Tipos de Apoyos. IV.2.- Montos Máximos y Mínimos. V.-. INSTANCIAS PARTICIPANTES V.1.-. Ejecutores. V.2.-. Normativa. VI.-. OPERACIÓN VI.1.- Actividades y Plazos. VI.1.1.- Reasignación de Recursos. VI.1.2.- Relación de Iniciativas de Inversión. VI.2.- Conclusión de Proyectos. VI.2.1.- Acta de Entrega-Recepción. VI.2.2.- Cierre de Ejercicio. VI.2.3.- Recursos no Devengados. VII.-. CONTROL Y SEGUIMIENTO VIII.- GASTOS DE OPERACIÓN IX.- EVALUACIÓN IX.1.- Interna. IX.2.- Externa. X.- TRANSPARENCIA XI.- QUEJAS Y DENUNCIAS FORMATOS - RESUMEN ANEXO TÉCNICO - REPORTE DE AVANCE - SOLICITUD DE TRASPASO - CIERRE DE EJERCICIO

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I.- PRESENTACIÓN

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 asume como premisa básica la búsqueda del Desarrollo Humano Sustentable, es decir, que todos los mexicanos tengamos una vida digna sin comprometer el patrimonio de las generaciones futuras.

Cuando vinculamos al agua con el bienestar social, básicamente nos referimos al suministro de los servicios de agua potable y alcantarillado a la población, así como al tratamiento de las aguas residuales.

En el Programa Nacional Hídrico 2007-2012, se establece que es necesario que se intensifiquen las acciones encaminadas a incrementar la eficiencia en la distribución de agua, ya que persisten pérdidas importantes por fugas en las redes, las cuales oscilan entre el 30 y 50%.

Debemos tener presente que el agua que se desperdicia, tanto en las redes como a nivel domiciliario es a un costo muy alto, ya que se tiene que extraer de las fuentes de abastecimiento, potabilizar, almacenar y conducir por una compleja y costosa infraestructura para poderla llevar a las industrias, comercios y hogares.

De igual manera, es indispensable que los organismos operadores implanten sistemas adecuados de medición, facturación y cobro, que les permitan cubrir sus costos de operación y mantenimiento, además de generar los recursos necesarios para renovar la infraestructura hidráulica.

Así mismo tiene como Objetivo 2. Incrementar el acceso y calidad de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, siendo el presente programa una línea estratégica para su consecución.

Sobre esta base, el aprovechamiento de la infraestructura es una de las más altas prioridades consignadas en el Programa de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento en Zonas Urbanas, en adelante el Programa, el cual dirige sus acciones para mantener, complementar e incrementar la infraestructura en los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y saneamiento, atendiendo y reforzando la infraestructura hidráulica; realizar las obras nuevas que requiere el crecimiento de la demanda; así como adecuar y utilizar plenamente la infraestructura existente.

En este manual se presentan los procedimientos específicos y formatos requeridos para la ejecución del Programa, mismos que serán aplicados por todos los que participen en el mismo.

El objetivo de este manual es establecer los lineamientos y procedimientos necesarios para la mejor aplicación de la normatividad estipulada en las Reglas de Operación, en adelante Reglas de Operación, para el Programa a cargo de la Comisión Nacional del Agua, publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

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II.- GENERALIDADES DEL PROGRAMA

II.1.- Objetivo General.

Incrementar el acceso y calidad de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento para la población de las zonas urbanas, impulsando el fortalecimiento de los organismos responsables del manejo de los servicios.

II.2.- Objetivos Específicos.

Fomentar y apoyar a las Entidades Federativas y Municipios en el desarrollo de los sistemas de agua potable, alcantarillado y saneamiento en centros de población mayores a 2,500 habitantes, mediante acciones de mejoramiento en la eficiencia operativa y uso eficiente del recurso, así como el manejo integral de los servicios para proporcionar agua para los diversos usos y fundamentalmente para el consumo humano. Las principales acciones que comprende este programa son: Las principales acciones que comprende este programa son: • Ampliación de la cobertura de los servicios de agua potable y alcantarillado. • Mejoramiento de la eficiencia física y comercial. • Apoyar acciones para el desarrollo institucional de los ejecutores, y • Realizar acciones de construcción, rehabilitación y conservación de la infraestructura hidráulica del

Subsector, incluyendo las requeridas para el desalojo de las aguas pluviales de las zonas urbanas.

II.3.- Requisitos Generales y Específicos.

Para acceder a los beneficios de este programa se requiere:

a) Que se haya suscrito un Convenio o Acuerdo de Coordinación entre el Gobierno Estatal y el Gobierno Federal, para la conjunción de acciones con objeto de impulsar el federalismo y la descentralización de los Programas Hidráulicos en cada entidad.

b) Que la contraparte de inversión estatal no este integrada con recursos provenientes de otro programa federal.

c) Que los recursos que aporte el Ejecutor no sean considerados como contraparte en más de un programa federal.

d) Presentar propuesta anual de inversiones, validada por el órgano de planeación estatal, para agua potable, alcantarillado y saneamiento, que cuente con estudios de ingeniería básica, proyectos validados, o en su caso Términos de Referencia correspondientes al proyecto o acción de que se trate, en todo caso validados por la Dirección General de Organismo de Cuenca o Local de la Comisión Nacional del Agua, de acuerdo con el ámbito territorial de competencia de éstas, en adelante las Direcciones de la CONAGUA, a más tardar en noviembre del año inmediato anterior, y estos cuenten con recursos autorizados y suficientes de la contraparte, en su caso, con rentabilidad técnica y socioeconómica conforme a las estipulaciones del programa, así como los indicadores que permitan medir los beneficios a obtener.

e) Los Ejecutores que hayan sido beneficiados con recursos del mismo Programa en el año inmediato anterior, deberán presentar el cierre de ejercicio, reintegro de saldos no ejercidos y en su caso, los respectivos intereses y comprobar haber elaborado las correspondientes actas de entrega-recepción para poder participar en el programa, siempre que no cuenten con ampliación de plazo para la terminación de las acciones. En caso de reintegro extemporáneo deberá presentar el pago efectuado por los productos financieros generados.

f) Suscribir Anexo de Ejecución y Técnico a más tardar en el mes de marzo del ejercicio fiscal correspondiente.

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g) Las localidades deberán cumplir con el pago de derechos de aguas nacionales y de descargas de aguas residuales. , o en su caso para las descargas residuales, haber presentado solicitud para participar en el Programa Federal de Saneamiento de Aguas Residuales (PROSANEAR).

h) Contar con la planeación integral de infraestructura del organismo ejecutor a través del diagnóstico técnico de organismos operadores, (Anexo III de las Reglas de Operación).

i) Los municipios y organismos operadores que hayan participado durante los tres ejercicios fiscales anteriores, de querer ser considerados en el programa, al presentar su propuesta deberán comprobar documentalmente ante las Direcciones de la CONAGUA que la obra(s) realizada(s) representaro(n) un avance físico y/o comercial para él mismo.

j) Promover la revisión y en su caso, la actualización de las tarifas. k) El Programa Operativo Anual deberá ser aprobado en el Subcomité Especial o en el Órgano de

Planeación estatal. l) Los Ejecutores que presten servicio en localidades mayores a 20,000 habitantes, deberán

presentar a las Direcciones de la CONAGUA, los índices de eficiencia soportados documentalmente, la CONAGUA se reserva el derecho de revisar la información por sí o a través de terceros.

La determinación de las eficiencias se efectuará acorde al siguiente cuadro:

Tabla índices= (valores y porcentajes)

Eficiencia Física (EF) EF = __Volumen facturado__ X 100 Volumen producido

Eficiencia Comercial (EC)

EC = ___Recaudación___X 100 Monto Facturado

Eficiencia Global (EG)

EG = (EF x EC) /100

III.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

Con base en la disponibilidad presupuestaria, la propuesta de acciones por Entidad Federativa que

hayan cumplido con los requisitos, es jerarquizada por Organismo Operador conforme a los siguientes criterios:

Criterio Puntos

Organismos Operadores que incluyan acciones para incrementar y mantener en operación los sistemas de macro y micromedición de volúmenes.

De 0 a 25

Organismos Operadores que incluyan acciones de Padrón de usuarios, facturación y cobranza.

De 0 a 25

Organismos Operadores que incluyan obras de ampliación de cobertura de agua potable.

De 0 a 20

Organismos Operadores que incluyan acciones de sectorización y detección y eliminación de fugas.

De 0 a 10

Organismos Operadores que incluyan obras de ampliación de cobertura de Saneamiento.

De 0 a 10

Organismos Operadores que incluyan otras acciones consideradas en el Programa.

De 0 a 10

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Las solicitudes de las acciones que integrarán el programa operativo anual deberán ser calificadas en el órgano de planeación estatal en el que participarán las Direcciones de la CONAGUA. Estas acciones serán priorizadas conforme a lo siguiente: primeramente se programan las acciones presentadas de macro y micromedición; en seguida las acciones de padrón de usuarios, facturación y cobranza; y así sucesivamente, de acuerdo al puntaje obtenido por acción, de acuerdo al cuadro siguiente, hasta cubrir el techo presupuestal.

Criterio Puntos

1.- Organismos Operadores que incluyan acciones para incrementar y mantener en operación los sistemas de macro y micromedición de volúmenes.

De 0 a 25

1.1.- Acciones para incrementar y/o mantener en operación su sistema de macro medición, en volumen, al 100 % y el de micromedición, en volúmenes, en un nivel superior al 80 %.

25

1.2.- Acciones para incrementar y/o mantener en operación su sistema de macro medición, en volumen, al 100 % y el de micromedición, en volúmenes, en un nivel superior al 65 %.

15

1.3.- Acciones para incrementar y/o mantener en operación su sistema de macro medición, en volumen, al 100 % y el de micromedición, en volúmenes, en un nivel superior al 50 %.

10

1.4.- Acciones para incrementar y/o mantener en operación su sistema de macro medición, en volumen, al 100 %.

5

2.- Organismos Operadores que incluyan acciones de Padrón de usuarios, facturación y cobranza. De 0 a 25

2.1.- Acciones para la actualización del padrón de usuarios, y la operación de los sistemas de facturación y cobranza.

25

2.2.- Acciones para impactar en al menos dos de los siguientes conceptos: actualización del padrón de usuarios; la operación del sistema de facturación y; la operación del sistema de cobranza.

15

2.3.- Acciones para impactar en al menos uno de los siguientes conceptos: actualización del padrón de usuarios; la operación del sistema de facturación y; la operación del sistema de cobranza.

5

3.- Organismos Operadores que incluyan obras de ampliación de cobertura de agua potable. De 0 a 20

3.1.- Obras de ampliación de cobertura del 100% al 80% de agua potable, que incorporen el servicio al mayor número de habitantes, asignando el 100% a la obra de mayor ampliación.

20

3.2.- Obras de ampliación de cobertura del 79% al 50% de agua potable. 10 3.3.- Obras de ampliación de cobertura menores al 50% de agua potable. 5 4.- Organismos Operadores que incluyan acciones de sectorización y detección y eliminación de fugas. De 0 a 10

4.1.- Acciones de sectorización, detección y eliminación de fugas. 10

4.2.- Acciones de sectorización o de detección y eliminación de fugas. 5

5.- Organismos Operadores que incluyan obras de ampliación de cobertura de Saneamiento. De 0 a 10

5.1.- Obras de ampliación de cobertura del 100% al 60% de tratamiento de aguas residuales, que incorporen el servicio al mayor gasto de agua tratada, asignando el 100% a la obra de mayor gasto.

10

5.2.- Obras de tratamiento de aguas residuales que incorporen gastos menores al 60%. 5 5.3.- Obras de ampliación de cobertura del 100% al 60% de alcantarillado sanitario que incorporen el servicio al mayor número de habitantes, asignando el 100% a la obra de mayor cobertura.

10

5.4.- Obras de ampliación de cobertura menores al 60% de alcantarillado sanitario. 5 6.- Organismos Operadores que incluyan otras acciones consideradas en el Programa. De 0 a 10

6.1.- Organismos operadores que programen acciones en los incisos 1 y 2 o que ya cumplan con estos criterios.

10

6.2.- Organismos Operadores que no programen acciones de los incisos 1 y 2 y que no cumplan con estos criterios.

5

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Como criterio de desempate se utilizará el mayor número de habitantes al que el Organismo Operador pudiera servir.

En comunidades que carezcan de un organismo operador, que no permita la programación de

acciones con base en los criterios antes descritos, los interesados podrán plantear su inclusión dentro del programa, para el dictamen y en su caso apoyo del mismo. Los apoyos federales que se otorguen no podrán ser utilizados para la operación y mantenimiento de la infraestructura.

Cuando el gobierno federal suscriba acuerdos internacionales que lo comprometan a apoyar

acciones en los estados fronterizos, el Estado, el Municipio y en su caso el Organismo Operador, deberán de dar prioridad a estas acciones, una vez que la CONAGUA lo solicite, siempre que se cuente con recursos de contraparte estatal y/o municipal.

IV.- CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS

El apoyo a los Organismos Operadores se dará primordialmente para el incremento en coberturas,

así como de las eficiencias tanto física como comercial. Por lo anterior, la programación de las obras estará sujeta a los siguientes criterios:

No. Dotación Eficiencia

Comercial Eficiencia

Física Obras a Ejecutar

1 Menor o igual a 250 l/hab/día

Mayor o igual al 65 % y

Mayor o igual al 50%

Las que requiera su programación

Menor al 65 % y/o Menor al 50 % No pueden programar mayor oferta de agua potable.

2 Mayor a 250 l/hab/día

Mayor o igual a 80% y

Mayor o igual 50 %

Las que requiera su programación

Menor al 80 % y/o Menor al 50 % No pueden programar mayor oferta de agua potable.

IV.1.- Tipos de Apoyos. Las siguientes acciones pueden ser consideradas dentro del Programa Operativo Anual. • Mejoramiento de eficiencia

- Macro medición - Padrón de usuarios, Facturación y Cobranza - Micro medición - Sectorización - Detección y eliminación de fugas

• Agua potable • Plantas potabilizadoras • Saneamiento • Estudios y proyectos • Drenaje pluvial urbano

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ACCIONES TIPO DEL APAZU POR COMPONENTE

Mejoramiento de la eficiencia Agua Potable Plantas

Potabilizadoras Saneamiento Estudios

y Proyectos

Drenaje Pluvial

Macromedición, Micromedición; Sectorización de la red de distribución; Detección y reparación de fugas; Reparación o acciones de mejora para uso eficiente de la energía en motores, bombas y equipo eléctrico; Catastro de infraestructura; Facturación y cobranza; Actualización del padrón de usuarios. Compra e instalación de macro medidores; Actualización de Padrón de Usuarios; Mejoramiento de los sistemas contables; Mejoramiento del proceso de lectura, facturación y cobro; Modificación del marco legal del organismo; Establecimiento del sistema de información, con capacidad para dar seguimiento y monitorear a sus proyectos; Compra e instalación de micro medidores; Instalación de tomas domiciliarias; Seccionamiento de redes para mejorar la operación;; Rehabilitación de tanques; Interconexión de redes; Compra de equipo para detección de fugas, Reparación y sustitución de infraestructura para la eliminación de fugas; Reparación para uso eficiente de la energía en motores, bombas y equipo eléctrico.

Construcción de líneas de conducción y/o interconexión; Construcción de tanques de regulación y/o almacenamiento; Construcción de redes de distribución; Construcción de estaciones y cárcamos de bombeo de agua potable; Ampliación de estaciones de bombeo de agua potable Construcción de obras de captación subterráneas y/o superficiales Rehabilitación de pozos; Sustitución de pozos; Pozos; Rehabilitación de redes de agua potable; Desinfección; Suministro e instalación de equipos de desinfección, monitoreo y laboratorios.

Construcción y rehabilitación de Plantas Potabilizadoras Construcción de plantas potabilizadoras.

Construcción de redes de atarjeas; Rehabilitación de redes de alcantarillado; Construcción de estaciones y cárcamos de bombeo de aguas residuales; Construcción de colectores y/o interceptores; Construcción de emisores; Rehabilitación de subcolectores y emisores; Rehabilitación de estaciones y cárcamos de bombeo de aguas residuales.

Estudios y Proyectos asociados a los demás componentes y al desarrollo del Organismo Operador. Incluyendo los estudios de preinversión que permitan definir obras a realizar dentro de este programa.

Construcción de redes Rehabilitación de redes Construcción de estaciones y cárcamos de bombeo de aguas pluviales; Construcción de colectores y/o interceptores; Rehabilitación de estaciones y cárcamos de bombeo de aguas pluviales

Las acciones no consideradas en la relación anterior y que el ejecutor proponga en su propuesta de

programa, deberán remitirse a las Direcciones de la CONAGUA, acompañadas de la documentación que justifique su inclusión, las Direcciones de la CONAGUA con base en su análisis dictaminará su procedencia o no. Las acciones que se dictaminen de manera positiva, su inclusión será informada a oficinas centrales.

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IV.2.- Montos Máximos y Mínimos. Los recursos del programa serán utilizados de acuerdo a los siguientes porcentajes de participación

del apoyo federal: PARTICIPACIÓN DEL APOYO FEDERAL

COMPONENTE APORTACIÓN FEDERAL Agua potable Hasta 40% Plantas potabilizadoras Hasta 50% Saneamiento Hasta 50% Mejoramiento de eficiencia Hasta 60% Estudios y proyectos Hasta 75% Drenaje pluvial urbano Hasta 50%

Las acciones de los componentes de agua potable y saneamiento en lo relativo a alcantarillado, que

estén dirigidas a incrementar cobertura en número de habitantes incorporados por primera vez al servicio formal, se les otorgará hasta un 20% adicional. Cuando la obra integre más elementos que la ampliación de la cobertura, para efectos de programación presupuestación, se dividirá en dos partes dando a cada una el porcentaje de participación que le corresponda.

Estos porcentajes se aplicarán en la suma por componente, independientemente de los convenidos

para cada acción en los anexos técnicos. La contraparte de recursos podrá estar integrada por recursos estatales y/o municipales, del

Ejecutor, Organismos Operadores partiendo de su generación interna de caja, del sector social y/o participación de la iniciativa privada.

En caso de que el Organismo Operador participante cuente o integre un consejo de administración

en el que exista una amplia participación ciudadana, que implemente un sistema de permanencia del personal a su interior, junto con un sistema de gestión de la calidad, se le podrá apoyar hasta con un 15 % adicional en las acciones de mejoramiento de la eficiencia que programe para el ejercicio fiscal en que se implante, lo cual deberán demostrar mediante la presentación de las evidencias correspondientes.

En los casos de macroproyectos de agua potable (mayor de 300 millones de pesos) a realizar por los

Organismos Operadores, la federación podrá asignar recursos hasta por el 49% del costo de la obra, siempre que los beneficiarios se encuentren en el supuesto de poder programar las obras que su planeación requiera.

Este mismo apoyo se podrá otorgar cuando se trate de proyectos para rescate de acuíferos o

intercambio de fuentes subterráneas por superficiales, así mismo para cuando dos o más Estados o Municipios conjuntamente programen obras comunes que beneficien a todos ellos.

Cuando la CONAGUA determine como casos de excepción que existe riesgo para la salud o para la

integridad de los habitantes, apoyará acciones con recursos hasta 100% federales. Para ello se requerirá el soporte documental que justifique el caso y lo valida CONAGUA. Dichos recursos no excederán el 25% del Presupuesto Federal asignado, para este Programa.

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En el Programa se podrán incluir acciones cuyo esquemas de financiamiento corresponda a la modalidad 5 X 1 (Cinco Voluntades para una Acción) consistente en la integración de recursos provenientes de las aportaciones de la sociedad civil (beneficiarios, club de migrantes, cooperativas, asociaciones civiles, ONG's), y/o aportación de un organismo financiero, más las partes complementarias que podrán provenir de los tres niveles de gobierno hasta alcanzar el 100% del costo de las obras

V.- INSTANCIAS PARTICIPANTES

V.1.- Ejecutores. La ejecución de las acciones previstas, podrán realizarse a través de los Organismos Operadores,

los Municipios y/o los Estados; y en los casos que establecen los artículos 9o. fracciones IV y VI y 46 de la Ley de Aguas Nacionales, la CONAGUA. Cuando un municipio aporte los recursos de contraparte a los de la Federación y solicite ser el ejecutor, el Estado deberá asegurar que así se realice.

Las entidades federativas harán entrega a los municipios del monto total de los subsidios del

programa, incluyendo sus rendimientos financieros, a más tardar dentro de los 5 días hábiles posteriores a que éstas reciban los recursos de la Federación. La CONAGUA informará a los organismos operadores de agua la fecha en que los subsidios hayan sido radicados en la tesorería estatal.

Las entidades federativas y los municipios establecerán cuentas bancarias específicas para la administración de los recursos federales que les sean transferidos, para efectos de su seguimiento y fiscalización.

Los servidores públicos de la CONAGUA, de los organismos operadores de agua y, cualquier otro que tenga conocimiento de cualquier incumplimiento a lo señalado en los párrafos anteriores, estarán obligados a informar al respecto a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación con el objeto de que se finquen las responsabilidades que correspondan.

Los que actúen como ejecutores, serán los responsables de la contratación de las acciones del

programa, debiendo dar cumplimiento a lo correspondiente establecido en el presupuesto de Egresos de la Federación, en las Reglas de Operación y demás normatividad Federal aplicable e inducir la revisión y actualización en su caso, de las tarifas.

Cuando el ejecutor sea el Municipio deberá: • Aportar los recursos económicos que les correspondan y de existir aportación de la localidad,

garantizar la aportación convenida con las localidades participantes; • Coordinar y ejecutar el programa en el municipio con apego a la normatividad establecida; • Proporcionar a las Direcciones de la CONAGUA, a través del Gobierno Estatal, la información

correspondiente al avance de las acciones y ejercicio de los recursos; V.2.- Normativa. La CONAGUA oficinas centrales, está facultada para interpretar técnica y administrativamente las

disposiciones contenidas en las Reglas de Operación y las del presente manual. La CONAGUA a solicitud expresa del Organismo Operador o ejecutor interesado en el programa

interpretará las disposiciones técnicas y administrativas de las reglas de operación y del presente manual, dando la respuesta correspondiente.

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La CONAGUA, con base en la justificación y la información que presente el interesado, valorará la

procedencia o no, de los casos de excepción los cuales hará del conocimiento de la SHCP y del Órgano de Control Interno

Los ejecutores del programa, bajo su responsabilidad, podrán contratar adquisiciones, obras públicas y servicios, observando para ello las disposiciones federales establecidas en la “Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público” y la “Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas”, y sus correspondientes reglamentos vigentes.

Los recursos federales que se apliquen a través del Programa de Agua Potable, Alcantarillado y

Saneamiento en Zonas Urbanas, deberán sujetarse al cumplimiento de las Reglas de Operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación; así como a lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año en curso.

La aplicación de los recursos no pueden ser transferidos a otros programas; y aquellos que no sean formalizados de conformidad con la programación establecida podrán reasignarse. VI.- OPERACIÓN

VI.1.- Actividades y Plazos. Para los programas de agua potable, alcantarillado y saneamiento, los plazos límite son los

siguientes:

Actividad Plazo Inicio de recepción de solicitudes. Primer día hábil de febrero del año inmediato

anterior. Cierre de recepción de solicitudes. Ultimo día hábil de agosto del año inmediato

anterior. Notificación en caso de observaciones o documentos faltantes.

10 días hábiles a partir de la recepción de la solicitud.

Respuesta a las observaciones o complemento de documentos faltantes.

10 días hábiles posteriores a la notificación.

Dictamen de las solicitudes presentadas. 45 días naturales. Formalización de Anexos de ejecución y Técnico.

Ultimo día hábil de marzo del año correspondiente al apoyo.

Licitación de las Acciones convenidas en los Anexos de Ejecución y Técnicos.

De abril a julio del año correspondiente al apoyo.

Radicación de fondos comprometidos a las Entidades Federativas.

50%, 10 días hábiles después de la recepción de los anexos formalizados.

Radicación de diferencia de fondos comprometidos a las Entidades Federativas.

Porcentaje correspondiente, 10 días hábiles después de la recepción de avances presentados, para completar el 50 % a más tardar al 30 de noviembre del año correspondiente.

Presentación del Cierre de Ejercicio para efectos de Cuenta Pública.

Ultimo día hábil del mes de enero del siguiente ejercicio fiscal.

Publicación del programa concertado en los anexos técnicos.

Ultimo día hábil de junio.

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En lo particular se complementará con lo siguiente:

1. Los beneficiarios o sujetos elegibles presentarán su propuesta de programa operativo correspondiente validada por el órgano de planeación estatal, para uno o varios ejercicios, así como la documentación requerida a las Direcciones de la CONAGUA. Una vez que los beneficiarios cumplan con los requisitos y criterios de elegibilidad que se establecen en cada programa, las Direcciones Generales o Locales de Cuenca resolverá la petición anual presentada, con base en la puntuación obtenida.

2. El Gobierno Estatal, una vez que el techo presupuestal ha sido asignado, presentará a la Dirección de Organismo de Cuenca o Local el Programa Operativo anual a mas tardar en diciembre del año fiscal anterior al del año en que quieran participar.

3. El Gobierno del Estado deberá licitar las obras convenidas en los anexos a mas tardar en el mes de abril, licitándose cuando menos un 40% del techo del programa formalizado y concluir con el 100% de las licitaciones en el mes de julio del mismo año fiscal.

4. El Ejecutor ejercerá los recursos autorizados conforme al procedimiento descrito en el Manual de Operación de cada programa de agua potable, alcantarillado y saneamiento, que se encuentran a la disposición en el portal de Internet: www.conagua.gob.mx.

5. El ejecutor será el responsable de elaborar y remitir a las Direcciones de la CONAGUA los Reportes Mensuales y/o Trimestrales de Avance sobre Recursos Radicados y Ejercidos en cada uno de los componentes de los programas, así como de los avances físico-financieros de las obras en ejecución. El avance físico se refiere al costo de lo ejecutado y el avance financiero a lo pagado, que permitan evaluar la evolución del programa. Las Direcciones de la CONAGUA lo registran en el SISBA y remiten a oficinas centrales en los formatos debidamente suscritos.

6. El seguimiento físico-financiero trimestral y anual, a nivel nacional, se concentrará en las oficinas centrales de la CONAGUA, para ser remitido con la misma periodicidad a la SHCP y SFP.

7. El Gobierno del Estado o en su caso el Municipal, abrirá una cuenta bancaria, en la cual se depositarán los recursos requeridos para la ejecución del Programa. Las ministraciones de recursos federales al Gobierno del Estado o ejecutor, salvo el anticipo y mayores recursos a éstos con justificación, estarán sujetas al avance del programa operativo anual (acciones del Anexos suscritos). El estado que no solicite los recursos se entenderá que presenta atraso en la ejecución de su programa y, con el fin de evitar el subejercicio, los recursos no solicitados podrán ser reasignados por la CONAGUA oficinas centrales a otros estados.

8. El Gobierno del Estado es responsable de presentar en la CORESE, para su discusión por parte de los integrantes, las propuestas de modificación al programa original de acciones y obras, que en ninguna circunstancia pueden incluir incrementos al techo financiero autorizado, ni transferencia de recursos a otro programa, cuya autorización compete únicamente a CONAGUA oficinas centrales.

9. En caso de que se le suspendan los subsidios federales por incumplimiento a lo establecido en las Reglas de Operación y existan obras en ejecución, el Gobierno Estatal o Municipal en su caso, será responsable de concluir con sus recursos dichas obras, entregándolas en operación.

La CONAGUA hará del conocimiento de los Gobiernos Estatales a través de las Direcciones de la

CONAGUA, el techo anual de recursos federales que ha sido asignado a cada una de las entidades federativas para este Programa, para que se formule el Programa Operativo Anual del ejercicio fiscal, con base en los criterios de elegibilidad establecidos en las Reglas de Operación del Programa y de priorización establecidos en el presente Manual.

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La rentabilidad socioeconómica, así como los indicadores que permitan medir los beneficios a obtener, serán establecidos en los proyectos y será responsabilidad del ejecutor de las obras, por lo que quedarán bajo su resguardo y formará parte del expediente de cada una de las acciones y obras del programa. Para ello se procederá de la siguiente forma: a) Acciones menores de inversión; las acciones menores de cinco millones de pesos, al ser primordialmente acciones correctivas y de infraestructura menor, no requerirán de ficha alguna. b) Acciones de fortalecimiento institucional; acciones de rehabilitación de cualquier tipo de infraestructura de cualquier monto, siempre y cuando no incremente la capacidad de diseño original del activo o su vida útil; así como todos los proyectos de nueva infraestructura con montos de inversión menores a 20 millones de pesos: se realizará una FICHA DE JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA, la cual contendrá principalmente los siguientes puntos:

Nombre de la obra y ubicación. Descripción de la problemática particular que determina la necesidad del proyecto. Identificación de los beneficios del proyecto, que serán de dos tipos:

Beneficios sociales: (Beneficios de carácter socioeconómico tales como mayor consumo de agua, disminución de enfermedades de tipo hídrico, ahorro de recursos en la población beneficiada, ahorro de recursos en los procesos de producción, terrenos con mayor valor económico, nuevas zonas agrícolas o con mejores cultivos, etc.) Beneficios cuantitativos: (Estimados en habitantes mejorados y/o incorporados, l/s incorporados y/o mejorados.) Descripción general del proyecto. Justificación de la obra: Mencionar cual sería la situación en caso de no realizarse las obras y el impacto en la zona de influencia una vez que entre en operación la infraestructura del proyecto.

Inversión total y periodo de ejecución. c) Acciones de rehabilitación de cualquier tipo de infraestructura cuando se incremente la capacidad de diseño del activo o su vida útil; así como todos los proyectos de nueva infraestructura con montos de inversión entre 10 y 100 millones de pesos: se realizará una FICHA COSTO-EFICIENCIA.

La ficha contendrá los mismos rubros que la ficha de justificación económica plasmada en el inciso b), pero además incluirá un análisis de al menos dos alternativas. Se utilizará como indicador de rentabilidad el costo anual equivalente (CAE) de las alternativas, explicando cual es la más viable. d) Todos los proyectos de nueva infraestructura con un monto mayor a 100 millones de pesos requerirán un estudio costo-beneficio o evaluación socioeconómica de acuerdo a los lineamientos vigentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Es importante aclarar de que en caso de ser necesario, la CONAGUA requerirá dichas fichas y, obedeciendo a la importancia o trascendencia del proyecto, se reserva el derecho de solicitar la realización del estudio costo-beneficio sin importar monto o tipo de obra. Así mismo cabe señalar que los lineamientos podrán variar si la Secretaría de Hacienda y Crédito Público señale una normatividad diferente que aplique para los recursos de este Programa.

Estos lineamientos podrán variar si la SHCP, emite indicaciones aplicables a este tipo de recursos.

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Una vez determinado el programa de acciones, el estado o área responsable de la integración del Programa presenta a las Direcciones de la CONAGUA el formato “Desglose de Acciones” el cual formará parte integrante del Anexo Técnico del Anexo de Ejecución a nivel componente y acción específica. En el cual se establecerán los indicadores de impacto correspondientes, con los que se evaluará el programa.

Los formatos de anexos de ejecución y técnicos y su respectivo “Desglose de acciones” serán enviados por oficinas centrales en los primeros meses de cada año, a las Direcciones de la CONAGUA para su uso. De no requerirse la actualización de dichos anexos, o si no se hubieren emitido nuevos, se usarán los del ejercicio inmediato anterior.

Con base en el formato “Desglose de Acciones”, el Gobierno del Estado celebrará con la CONAGUA a través de las Direcciones de la CONAGUA el anexo de ejecución, que es el documento mediante el cual se formalizan las acciones relativas al Programa a través de la conjunción de acciones y la descentralización de programas a las entidades federativas para fomentar el desarrollo regional; así como para establecer los compromisos por parte de las instancias que intervienen. Este documento se integra de:

“Anexo Técnico”, documento que se celebrará con cada municipio participante en el Programa de acuerdo a lo establecido en las Reglas de Operación, y que se complementará con formato de “Desglose de Acciones”, en el que se asentará la descripción, responsables de la ejecución de las acciones, metas, montos, estructuras financieras y fechas de inicio y término.

Las fichas de diagnósticos técnicos y/o documentos de planeación de cada Organismo Operador,

deberán ser requisitadas por estos y entregadas a las Direcciones de la CONAGUA. La adhesión de los municipios participantes al anexo de ejecución y su compromiso para garantizar la

aportación de los recursos que les correspondan, se establecerá como un compromiso jurídico con la firma por parte del municipio de los anexos técnicos correspondientes. Dicho compromiso incluye el implantar un programa de corto y mediano plazo, definido con la Comisión Nacional del Agua, que incluya metas cuantitativas intermedias y contemple un incremento gradual de la eficiencia física, comercial y financiera, con énfasis en tarifas que reflejen el verdadero costo de ofrecer los servicios. Una vez elaborada y formalizada la documentación citada, que se compone de: 1. Anexo de Ejecución. 2. Anexo Técnico. 3. Ficha de Diagnóstico Técnico y/o Documento de Planeación.

Las Direcciones de la CONAGUA remiten a sus oficinas centrales los anexos de ejecución y técnicos suscritos, para su conocimiento y trámites correspondientes.

Las modificaciones que no requieran de un presupuesto adicional al programa anual, como aumento en el número de obras o acciones en los municipios participantes, cambio de obras o acciones, o aplicación por economías, etc., una vez formalizados los anexos de ejecución y técnicos no se podrán llevar a cabo sin la validación de la CORESE, que las Direcciones de la CONAGUA estén de acuerdo y dichas modificaciones respeten la priorización de acciones. En estos casos no se requerirá necesariamente elaborar anexos modificatorios, pudiéndose usar el formato de “solicitud de traspaso”. Las Direcciones de la CONAGUA, conforme a la planeación de mediano plazo, presentada por la entidad federativa, verificarán que dichas modificaciones no modifiquen metas a la baja y en la medida de lo posible no excedan el 25%.

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Se deberán elaborar necesariamente anexos modificatorios cuando se incremente la aportación de

recursos federales; cuando se incluya un municipio no contemplado en el anexo original o cuando por razones específicas así lo requiera la CONAGUA.

Una vez que se cuente con los anexos de ejecución y técnicos formalizados los ejecutores procederán a la licitación de las obras y/o acciones, contenidas en el “Desglose de Acciones”.

Los ejecutores, bajo su responsabilidad, podrán contratar adquisiciones, obras públicas y servicios, observando para ello las disposiciones federales establecidas en la “Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público” y la “Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas”, y sus correspondientes reglamentos vigentes, mediante los procedimientos de adjudicación que a continuación se señalan: • Licitación Pública. • Adjudicación directa e Invitación a cuando menos tres personas. En este Programa NO se podrán ejecutar obras por administración directa.

Licitación Pública.- Los contratos de obras públicas y los de servicios relacionados con las mismas se adjudicarán, por regla general, a través de licitaciones públicas, mediante convocatoria pública, para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

Adjudicación Directa e Invitación a cuando menos tres personas.- Los ejecutores, bajo su responsabilidad, podrán llevar a cabo adquisiciones, servicios y obra pública, sin sujetarse al procedimiento de licitación pública, a través del procedimiento de adjudicación directa o invitación a cuando menos tres proveedores o contratistas, siempre y cuando el importe de cada contrato no exceda los montos máximos que al efecto se establezcan para el Ejercicio Fiscal del año en curso y a que los contratos no se fraccionen para quedar comprendidos en los supuestos de excepción a la licitación pública.

El presupuesto del programa se integra con las aportaciones del Gobierno Federal a través de la CONAGUA, de los Gobiernos Estatales y/o Municipios y/u Organismos Operadores u otros. Deberán identificarse las inversiones por componente, por cada Organismo de Cuenca involucrado. De igual forma se deberá diferenciar las acciones que se programen con cargo a los recursos de ampliación otorgada por los Diputados. Esta información se presentará a las Direcciones de la CONAGUA para su aprobación y correspondiente suscripción de los anexos de Ejecución y Técnico.

La radicación de recursos, se realizará conforme a la estructura financiera establecida por componente en los anexos de ejecución y técnicos. Enviando el anticipo y hasta el 50 %, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, una vez que se hayan suscrito los anexos de Ejecución y Técnico. Los recursos restantes se radicará con base en los avances físico- financieros que presenten los ejecutores, finalizando en el mes de Noviembre. • Recursos Federales.

Los recursos federales autorizados a través del Presupuesto de Egresos de la Federación tienen el carácter de federalizados, los cuales se transfieren a las entidades federativas. Para la recepción y manejo de estos recursos y los de la contraparte, los estados y/o los municipios deberán aperturar o

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mantener vigente cuenta bancaria específica para el programa, cuyos datos deben proporcionarse a la Comisión Nacional del Agua para las radicaciones de recursos federales.

Conforme a la operación del Sistema Integral Financiero (SIF) de la CONAGUA, los programas formalizados en los anexos de ejecución y técnicos deberán regionalizarse de acuerdo a la circunscripción territorial de las Direcciones Generales de los Organismos de Cuenca de la Comisión Nacional del Agua, conforme al formato denominado “Resumen Anexo Técnico” • Recursos Estatales o de contraparte.

El Gobierno del Estado depositará en la cuenta aperturada para el programa las aportaciones que de acuerdo a la estructura financiera le correspondan, dichas aportaciones incluyen, de ser el caso, las propias y las de los municipios y organismos operadores u otros.

VI.1.1. Reasignación de recursos.

Los recursos no ejercidos por causas imputables a los ejecutores, podrán ser reasignados a otras acciones y/o programas, cuyas fechas de ejecución serán definidas por la CONAGUA.

VI.1.2.- Relación de Iniciativas de Inversión.

Las Direcciones de la CONAGUA, según sea el caso, con base en las solicitudes presentadas y dictaminadas por el órgano de planeación del Estado, generará y en su caso actualizará una base de datos de proyectos y acciones que dé sustento al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación del siguiente ejercicio fiscal.

VI.2.- Conclusión de Proyectos.

VI.2.1.- Acta de Entrega-Recepción. Concluida la obra el Gobierno del Estado o el Municipio en su carácter de entidad ejecutora, la recibe

y levanta el acta de entrega correspondiente e informa a las Direcciones de la CONAGUA. Una vez constatada dicha terminación, personal de las instancias de gobierno hacen entrega formal del sistema y del manual de operación respectivo, cuando así aplique, al Organismo Operador que será responsable de su manejo, administración y mantenimiento, suscribiéndose el Acta de Entrega-Recepción correspondiente, de la cual deberá enviarse copia a las Direcciones de la CONAGUA.

VI.2.2.- Cierre de Ejercicio.

El Gobierno del Estado remitirá a las Direcciones de la CONAGUA, para su ingreso en el SISBA y

envío a oficinas centrales en los formatos correspondientes debidamente suscritos, la información del cierre de ejercicio para efectos de la Cuenta Pública a más tardar el último día hábil del mes de enero del siguiente año.

a) Cuando el gobierno municipal sea el ejecutor, deberá enviar la información del cierre de ejercicio

al gobierno estatal para su consolidación.

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b) El Gobierno del Estado, o en su caso el municipal, será responsable de integrar y mantener el resguardo de la documentación y los expedientes de obras y acciones del programa anual. Asimismo, deberá elaborar oportunamente el cierre de ejercicio en los formatos establecidos, el cual deberá ser congruente con la información remitida en los informes y responder a las metas e indicadores de evaluación establecidos en el presente manual, mismas que están acordes con las Reglas de Operación.

En el caso de que por causas de fuerza mayor las obras programadas no sean terminadas en el

ejercicio fiscal correspondiente, pero los recursos federales convenidos se hayan devengado, la Entidad Federativa podrá solicitar prórroga para su ejecución a más tardar el último día hábil de octubre del ejercicio fiscal correspondiente, presentando para ello a las Direcciones de la CONAGUA escrito relacionando estas causas y el impacto al programa la cual la dictaminará a más tardar el 30 de noviembre del ejercicio fiscal correspondiente, informando oportunamente a la Gerencia de Programas Federales de Agua Potable y Alcantarillado. Salvo aquellos casos de excepción, no se podrá aceptar más del 30% de retraso en la ejecución del programa y aceptar prórroga que vaya más allá del 31 de marzo del ejercicio fiscal siguiente, así como modificación a las acciones convenidas en anexos las cuales deben estar contratadas a mas tardar el 31 de diciembre del ejercicio correspondiente. Esto no exime a la Entidad Federativa de presentar un cierre preliminar al 31 de diciembre, en el que se reflejen los recursos ejercidos a esa fecha, y los recursos por ejercer al término de la prorroga otorgada, mismos que sumados respalden el 100% de los recursos radicados. Y cierre definitivo al término de la prorroga. Este último no debe modificarse ya que será la base para el Informe de la Hacienda Pública Federal. No obstante lo anterior las obras que por sus características requieran más de un ejercicio fiscal para su ejecución podrán contratarse una sola vez, estableciendo en el contrato que la ejecución del o los siguientes ejercicios fiscales estará sujeta a la disponibilidad presupuestal para dicha obra.

El Ejecutor elaborará el documento de cierre de ejercicio y lo enviará a las Direcciones de la

CONAGUA, una vez avalado por el Estado. Este documento debidamente formalizado será revisado y conjuntado por las Direcciones de la

CONAGUA y los remitirán a oficinas centrales. Este documento será la fuente para integrar la información de este programa al Informe Anual de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

VI.2.3.- Recursos no Devengados.

Los recursos no devengados al 31 de Diciembre del ejercicio fiscal correspondiente, conforme a la

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y a su Reglamento, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación.

Será responsabilidad de CONAGUA a través de las Direcciones de la CONAGUA, gestionar que los

recursos federales ministrados que no hayan sido devengados en el ejercicio fiscal de que se trate, así como los productos financieros generados por el total de los recursos federales ministrados durante el mismo ejercicio fiscal, sean reintegrados a la TESOFE, conforme a la normatividad vigente.

VII.- CONTROL Y SEGUIMIENTO

Es responsabilidad de los Ejecutores realizar la supervisión de las acciones en proceso, con el fin de que en ningún caso, se efectúen pagos o se cubran estimaciones que amparen trabajos no ejecutados o de aquellos que no se ajusten a las normas y especificaciones técnicas establecidas.

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Las Direcciones de la CONAGUA, conforme a los recursos humanos y financieros de que disponga, podrán llevar a cabo o no, visitas de supervisión normativa por sí o a través de terceros.

Las Direcciones de la CONAGUA, apoyados en la información proporcionada por el ejecutor, reportarán a oficinas centrales, a través del Sistema de Información de Servicios Básicos del Agua (SISBA), mensualmente o con la periodicidad que se requiera acorde con el avance físico-financieros sobre el ejercicio presupuestal de las obras y/o acciones y en su caso metas. Esto deberá hacerse cinco días antes del plazo establecido.

VIII. Contraloría Social. En los programas de agua potable, alcantarillado y saneamiento, la CONAGUA implementará un

esquema de Contraloría Social, con la finalidad de que la población de las localidades beneficiadas, a través de los Comités que al efecto se constituyan, verifiquen el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos, por parte de los ejecutores.

IX.- GASTOS DE OPERACIÓN

La CONAGUA podrá disponer de recursos presupuestales para las actividades de seguimiento, control, supervisión y evaluación de los apoyos otorgados, el cual no será mayor al cuatro por ciento del presupuesto destinado al otorgamiento de apoyos al programa. Con cargo a estos recursos se pueden contratar empresas especializadas para el adecuado seguimiento normativo y evaluación del programa.

Los gastos de operación son aquellos destinados a dar el seguimiento normativo al programa para que las obras y servicios contratados se realicen conforme a lo programado. Los recursos autorizados para estos gastos pueden cubrir los siguientes conceptos: materiales y útiles de oficina, compra de combustibles y lubricantes, peajes, gastos menores de mantenimiento y conservación de vehículos, pasajes y viáticos en el ámbito de las acciones del programa, mantenimiento y actualización de equipo informático, así como reuniones nacionales de seguimiento del programa. Los lineamientos establecidos para el ejercicio de los gastos de operación, son los siguientes: 1.- La comprobación de los gastos de operación se hará con la presentación de una factura que reúna los requisitos fiscales vigentes. 2.- La asignación de recursos para este concepto será bajo la responsabilidad exclusiva de las Direcciones de la CONAGUA. 3.- En el ejercicio de los recursos no se podrán efectuar erogaciones relativas a adquisiciones,

servicios y/o arrendamientos de carácter restringido, las cuales se encuentran señaladas en las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria contenidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año en curso, publicado en el Diario Oficial de la Federación. 4.- De igual forma, bajo ninguna circunstancia los gastos de operación podrán ser destinados a la adquisición de vehículos de transporte de ningún tipo. 5.- Quien utilice recursos de gastos de operación, llevará un registro de los gastos efectuados, a fin de contar con elementos que demuestren su aplicación en los diferentes rubros que los componen.

Para la supervisión técnica que realiza el ejecutor, ésta se deberá reflejar en el anexo técnico dentro del techo autorizado y no podrá ser superior al 2.8 % de la inversión comprometida en obra y servicios relacionados, acorde con la participación federal del componente de que se trate. No aplica a adquisiciones.

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Con cargo a estos recursos el ejecutor no podrá efectuar erogaciones relativas a adquisiciones, servicios y/o arrendamientos de carácter restringido, las cuales se encuentran señaladas en las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria contenidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año en curso, publicado en el Diario Oficial de la Federación. X.- EVALUACIÓN

X.1.- Interna. Al término del ejercicio fiscal se verificará por las Direcciones de la CONAGUA, el cumplimiento de

las acciones e indicadores establecidos en los anexos del programa, por cada Organismo Operador. Indicadores de Medición del Impacto. Es indispensable incluir los indicadores que permitan medir el impacto del programa, los cuales se

reflejan en cuatro grandes rubros: a) Sostener el incremento de las coberturas de agua potable y alcantarillado.

• Número de habitantes de zonas urbanas beneficiados con agua potable. (Habitantes incorporados)

• Número de habitantes de zonas urbanas beneficiados con alcantarillado sanitario. (Habitantes incorporados).

b) Realizar acciones de construcción, rehabilitación y conservación de la infraestructura hidráulica

del subsector • Número de habitantes de zonas urbanas beneficiados con servicio de agua potable mejorado

(habitantes mejorados). • Número de habitantes de zonas urbanas beneficiados con alcantarillado sanitario mejorado

(habitantes mejorados). • Litros por segundo mejorados de aguas residuales tratadas. Mejorar la capacidad instalada para

tratar aguas residuales provenientes de zonas urbanas, en calidad y/o cantidad (litros por segundo mejorados).

c) Promover el tratamiento de las aguas residuales.

• Litros por segundo nuevos de aguas residuales tratadas. Incrementar la capacidad instalada para tratar aguas residuales provenientes de zonas urbanas. (Litros por segundo incorporados).

d) Apoyar acciones para el desarrollo institucional de los organismos operadores de agua.

• A las acciones que no estén ligadas con los indicadores de impacto se les deberá establecer

metas con base en los componentes y acciones del Programa. El costos per cápita por habitante beneficiado con infraestructura de agua potable o alcantarillado

será hasta de $3,500.00, y aquellos proyectos y acciones que rebasen dicho monto requerirán presentar ante las Direcciones de la CONAGUA, para su dictamen y probable inclusión en el Programa, una justificación del mismo.

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X.2.- Externa. En los términos del artículo 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y

180 de su Reglamento, los programas a que se refieren las Reglas de Operación serán sujetos a una evaluación de sus resultados, de sus beneficios económicos y sociales y de su efectividad costo.

La CONAGUA contratará las instituciones académicas y de investigación preferentemente nacionales con reconocimiento y experiencia en la materia de acuerdo a los lineamientos generales emitidos por la SHCP, SFP y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, los cuales señalan entre otros aspectos que: las dependencias y entidades, sin modificar su estructura, deberán designar una unidad administrativa ajena a la operación de los programas federales para coordinar la contratación, operación y supervisión de las evaluaciones.

Para apoyar la citada evaluación de resultados, se realizará el seguimiento de los Indicadores considerados en el marco lógico (matriz de desempeño) para los programas Hidroagrícola y de agua potable, alcantarillado y saneamiento.

XI.- TRANSPARENCIA Para fomentar la transparencia en el ejercicio y asignación de los apoyos, la CONAGUA

instrumentará las acciones siguientes: Difusión y promoción de las Reglas a través de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y

el sitio de Internet www.conagua.gob.mx Para las obras de mayor relevancia desde el punto vista económica social, el ejecutor deberá

instalar, durante el proceso constructivo en un lugar público de amplia concurrencia de las localidades beneficiadas, un anuncio de fácil visibilidad con el siguiente contenido:

• Nombre del Programa, el logo de la CONAGUA y en su caso el de las dependencias del gobierno estatal participante.

• Monto de los subsidios federales y las aportaciones de los gobiernos locales, así como la de los beneficiarios, cuando hayan efectuado aportaciones.

• Incluir la leyenda “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.

La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de los apoyos de la

CONAGUA y en su caso los ejecutores, deberán incluir la siguiente leyenda: “Los apoyos de la CONAGUA son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente”.

Toda la publicidad y promoción que adquiera la CONAGUA y en su caso los ejecutores, tales como anuncios en medios electrónicos, escritos, gráficos y de cualquier otra índole deberá incluir invariablemente la Leyenda siguiente: “Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios”. Para el caso en que el Ejecutor adquiera publicidad sobre obras en particular, ésta deberá de considerar la leyenda previamente establecida y mencionar, si es el caso, a todas las instancias participantes.

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Publicar la información de los apoyos y los padrones de beneficiarios conforme a lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, así como en la Ley de Información Estadística y Geográfica. Asimismo, los padrones deberán identificar en lo posible la clave del Registro Federal de Contribuyentes.

Con fundamento en los artículos 106, 107, 108 y 109 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 283, 284, 285 y 287 de su Reglamento; 1, 2, 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; y, 1, 3, 8 y 9 de su Reglamento; la información relativa a los programas y proyectos aprobados para el año que corresponda, será difundida periódicamente por las entidades federativas entre la población a través de medios remotos o locales de comunicación electrónica, incluyendo el avance en el cumplimiento de sus objetivos y metas; y a más tardar a los 15 días hábiles posteriores a la fecha en que se haya generado la información.

Los programas operativos anuales que se concreten con las Entidades Federativas, serán difundidos por éste en su página electrónica o cualquier otro medio de difusión, haciendo la CONAGUA lo propio en su página de Internet.

Se pondrá a disposición de los beneficiarios, los manuales de operación en la página Web de la CONAGUA www.conagua.gob.mx que contienen los procedimientos específicos que se utilicen para los programas, los cuales son de carácter complementario, no contravendrán lo dispuesto en las mismas y no podrán contener requisitos adicionales a las Reglas.

XII.- QUEJAS Y DENUNCIAS Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias con respecto a la indebida aplicación de las

Reglas ante cualquiera de las siguientes instancias: • El Órgano Interno de Control en cada una de las Direcciones Generales de Organismos de

Cuenca y Direcciones Locales, así como en oficinas centrales de la CONAGUA. • La Secretaría de la Función Pública ubicada en avenida Insurgentes Sur 1735, piso 10, ala Sur,

colonia Guadalupe Inn, código postal 01020, Delegación Álvaro Obregón, México, D. F., vía telefónica a través de SACTEL (Servicio de Atención Ciudadana Telefónica) lada sin costo 01800 1120584 o al teléfono 01(55) 14542000.

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FORMATOS

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RESUMEN ANEXO TÉCNICO

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DATOS DE LA CUENTA BANCARIA Nombre del banco: Número de Cuenta: Clave Interbancaria Estandarizada: R.F.C. del Beneficiario de la cuenta Nombre del Beneficiario: Plaza: Sucursal: Certificación de la Vigencia:

PROGRAMA: APAZU ESTADO: Fecha:

INDICADOR CANTIDAD

0.00 0 TOTAL

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y SANEAMIENTO PROCESO DE REGISTRO DE LA INVERSIÓN FEDERAL AL SISTEMA INTEGRAL FINANCIERO

EJERCICIO 2009 RESUMEN ANEXO TÉCNICO

CLAVE SISPI CLAVE SISPE CÓDIGO DE

EGRESOS

MONTO FEDERAL DE ANEXO

(PESOS)

METAS

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REPORTE DE AVANCE

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ESTADO:ANEXOS DE EJECUCIÓN (ORIGINAL O MODIFICATORIO): DE FECHA: HOJA _ DE _DIRECCIÓN (DE ORGANISMO DE CUENCA O LOCAL):ENTIDAD EJECUTORA:

Clave de INEGI (9) Dígitos

Municipio Localidad Total Federal Total Federal Avance Suma Federal Estatal Mpal. G.I.C OtroNombre del

IndicadorProgramada Alcanzada

AutorizadoLicitadoContratadoFisicoFinancieroAutorizadoLicitadoContratadoFisicoFinancieroAutorizadoLicitadoContratadoFisicoFinanciero

TOTAL

INICIO Y TERMINACIÓN ITINICIO Y CONTINUACION ICCONTINUACIÓN, CONTINUACIÓN CCCONTINUACIÓN, TERMINACIÓN CT

Representante del Gobierno del Estado Director del Organismo de Cuenca o Local(Nombre, Cargo y Firma) (Nombre, Cargo y Firma)

Situación de la Obra

Año de Inicio ComponenteFecha

Reporte

COMISIÓN NACIONAL DEL AGUASUBDIRECCIÓN GENERAL DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y SANEAMIENTO

PROGRAMA DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO EN ZONAS URBANAS (APAZU)REPORTE DE AVANCE 2009

(PESOS)

Localización Costo de la Obra Ejercido al año anterior Inversión Metas por Indicador

No.Nombre del Organismo

OperadorNombre y Descripción de la

Obra

Situación de la Obra

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SOLICITUD DE TRASPASO

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ESTADO: HOJA: __ DE __ ANEXOS DE EJECUCIÓN (ORIGINAL O MODIFICATORIO): DE FECHA: DIRECCIÓN (DE ORGANISMO DE CUENCA O LOCAL):ENTIDAD EJECUTORA: DIA MES AÑO

Nombre del Indicador

Programada Original

Programada Modificada

Representante del Gobierno del Estado Director del Organismo de Cuenca o Local(Nombre, Cargo y Firma) (Nombre, Cargo y Firma)

Subtotal Componente 1

Subtotal Componente 2

Subtotal Componente 3

Subtotal Componente 4

Componente

FECHA DE ELABORACIÓN:

Municipio TOTAL FEDERAL MUNICIPIO FEDERAL ESTATAL

Tipo de Movimiento

Alta

COMISIÓN NACIONAL DEL AGUASUBDIRECCIÓN GENERAL DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y SANEAMIENTO

PROGRAMA DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO EN ZONAS URBANAS (APAZU)SOLICITUD DE TRASPASO EJERCICIO 2009

(PESOS)

OTROFEDERAL MUNICIPIOESTATALTOTAL

METASREDUCCIÓN O AMPLIACIÓNINVERSIÓN AUTORIZADA

OTRON°

Localización

Clave del INEGI (9 digitos) Localidad TOTALESTATAL MUNICIPIO

INVERSIÓN MODIFICADA

Descripción de la Obra.Nombre del Organismo Operador

Tipo de Acción Anexo IV Baja Modificada Sin

Cambio

Total

OTRO

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CIERRE DEL EJERCICIO

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ESTADO: Hoja de

DIRECCIÓN (ORGANISMO DE CUENCA O LOCAL): ENTIDAD EJECUTORA: Día Mes Año

Clave INEGI (9 posiciones)

Municipio Localidad Total Federal Estado Municipio Otros Total Federal Estado Municipio Otros Total Federal Estado Municipio Otros

0 0 0

0 0 0

0 0 0

0 0 0

0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 00 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

100 100

Representante del Gobierno del Estado Director del Organismo de Cuenca o Local (Nombre, Cargo y Firma) (Nombre, Cargo y Firma)

(Pesos)

COMISIÓN NACIONAL DEL AGUASUBDIRECCIÓN GENERAL DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y SANEAMIENTO

PROGRAMA DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO EN ZONAS URBANAS (APAZU)CIERRE DE EJERCICIO 2009

Año de inicio

Costo total de la obra

Fecha de elaboración

METAS

AlcanzadaProgramada Observación

INVERSIÓN AUTORIZADA INVERSIÓN EJERCIDA SALDO

Nombre del Indicador

COMPONENTE:

ESTRUCTURA FINANCIERA (%)

No.Nombre del Organismo Operador

Suma de la hojaTotal

Descripción de la obra

Localización

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ESTADO: Día Mes Año

Total Federal Estado Municipio Otros Total Federal Estado Municipio Otros

0 0 Habitantes incorporados

0 0 lps

ALCANTARILLADO 0 0 Habitantes incorporados

PTAR0 0 lps incorporados

AGUA POTABLE 0 0 Habitantes mejorados

ALCANTARILLADO 0 0 Habitantes mejorados

PTAR 0 0 lps mejorados

OTRO 0 0 Estudio o proyecto

AGUA POTABLE 0 0 Estudio o proyecto

ALCANTARILLADO 0 0 Estudio o proyecto

SANEAMIENTO 0 0

0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

Representante del Gobierno del Estado Director del Organismo de Cuenca o Local (Nombre, Cargo y Firma) (Nombre, Cargo y Firma)

ESTUDIOS Y PROYECTOS

Municipios Costo total de las obras

AUTORIZADAComponente Indicador

COMISIÓN NACIONAL DEL AGUASUBDIRECCIÓN GENERAL DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y SANEAMIENTO

PROGRAMA DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO EN ZONAS URBANAS (APAZU)CIERRE DE EJERCICIO 2009

Fecha de elaboración

SUMA

Localidades

No. de participantesMetas

Programada

(Pesos)

RESUMEN DE TODOS LOS COMPONENTES

AGUA POTABLE

PLANTAS POTABILIZADORAS

MEJORAMIENTO DE LA EFICIENCIA

Monto federal a reintegrar

INVERSIÓN EJERCIDA

SANEAMIENTO

Alcanzada