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Contenido

1. Justificación

2. Presentación

3. Objetivo del manual

4. Alcance

5. Marco Jurídico

6. Integración del Comité

7. Funciones generales del Comité

8. Funciones y responsabilidades específicas de los integrantes

9. Destitución y renuncia de los integrantes

10. Políticas y normas de operación del Comité

11. Indicadores

12. Anexos

12.1. Minuta de sesión ordinaria del Comité de Farmacia y Terapéutica

12.2. Minuta de sesión extraordinaria del Comité de Farmacia y Terapéutica. 12.3. Acta constitutiva del Comité de Farmacia y Terapéutica. 12.4. Calendario de sesiones ordinarias del Comité de Farmacia y Terapéutica 2019

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1. JUSTIFICACIÓN

Los costos crecientes y la escasez de recursos a menudo limitan la compra por los sistemas de

salud pública de medicamentos suficientes para satisfacer las necesidades de los pacientes. No

obstante, con frecuencia los medicamentos se gestionan y utilizan de forma ineficiente e

irracional, debido a numerosos factores, como una capacitación inadecuada del personal de salud,

la inexistencia de programas de actualización de conocimientos y supervisión permanentes, o la

ausencia de información farmacológica actual, confiable y no sesgada. En particular, se producen

las ineficiencias y problemas de uso de medicamentos siguientes:

Deficiente selección de medicamentos, sin tener en cuenta su eficacia relativa, la

relación entre la eficacia y el costo o la disponibilidad local.

Prácticas de adquisición ineficientes que producen agotamientos de existencias, calidad

deficiente, despilfarro o utilización de medicamentos más caros de lo necesario.

Prescripción que no se rige por los protocolos terapéuticos normalizados.

Prácticas de dispensación deficientes que dan lugar a errores de medicación y

desconocimiento por los pacientes de las pautas posológicas.

Incumplimiento por los pacientes de las pautas posológicas e instrucciones

terapéuticas.

La utilización de los medicamentos de forma ineficiente afecta a la seguridad y la calidad de la

asistencia terapéutica y supone un despilfarro de recursos. Según la OMS (1985): “el uso racional

de medicamentos implica la administración a los pacientes de medicamentos adecuados para sus

necesidades terapéuticas, en dosis que satisfagan sus necesidades particulares (dosis, pauta

posológica y duración correctas). Estos fármacos deben ser de calidad aceptable, deben estar

disponibles y deben ofrecerse a los pacientes y la comunidad a un precio asumible y lo más

reducido que sea posible”.

Cuando el uso de los medicamentos no cumple las anteriores condiciones, con frecuencia se

producen consecuencias indeseables de tipo sanitario o económico, como un efecto terapéutico

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insuficiente, reacciones adversas a los medicamentos, efectos secundarios e interacciones

medicamentosas evitables y una creciente resistencia de las bacterias patógenas a los

antimicrobianos; todo ello puede ocasionar un aumento del número o la duración de los ingresos

hospitalarios, lo que conlleva un costo alto.

Algunas prácticas ineficientes se deben a que no existe un foro eficaz que reúna a farmacéuticos,

médicos y administradores con el fin de encontrar un equilibrio entre la necesidad de satisfacer la

demanda de una atención de salud de calidad y las limitaciones financieras.

Pueden existir discrepancias entre los prescriptores y los responsables de la administración

financiera acerca de qué medicamentos deben utilizarse para cada problema médico. Los CFT son

un foro que reúne a todos los interesados que intervienen en las decisiones sobre el uso de

medicamentos; pueden constituirse en cualquier ámbito del sistema de atención de salud: en los

distritos (supervisando los centros de atención primaria de salud), en hospitales o en el ámbito

nacional. En los países desarrollados, se ha comprobado que los CFT de los hospitales garantizan e

impulsan con gran eficacia la utilización eficiente y racional de los medicamentos, por ejemplo por

medio de las medidas siguientes:

Establecer por escrito políticas y reglamentos relativos a todos los aspectos de la gestión

farmacológica, incluida la selección de los medicamentos de la lista del formulario y la

elaboración de protocolos terapéuticos acordados.

La realización de actividades de actualización de los conocimientos, auditorías y obtención

de información acerca de la opinión de los interesados, estudios de utilización de

medicamentos, y seguimiento de las reacciones adversas a los medicamentos y los errores

de medicación.

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2. PRESENTACIÓN

Las alternativas terapéuticas, los presupuestos institucionales y la responsabilidad ético-legal

con el paciente, así como la necesidad de garantizar la seguridad del paciente, obligan a que

cada hospital cuente con una política de Uso Racional de Medicamentos; que inicia con la

selección de medicamentos para el establecimiento de un Cuadro Básico de Medicamentos

Institucional, un catálogo de medicamentos y continúa con la elaboración de la Guía

Farmacoterapéutica. Estas actividades para los hospitales, son realizadas por un grupo

multidisciplinario, el cual debe de estar integrado por un presidente (Director o representante

de la dirección del hospital), Secretario Técnico (Profesional Farmacéutico) y vocales (jefes de

servicios clínicos y administrador del hospital).

La selección de medicamentos y la elaboración de la GFT, son el resultado de un proceso

continuo, participativo y multidisciplinario, cuya responsabilidad recae en todo el equipo de

salud del hospital. Por lo tanto, es necesario que dentro del hospital se conforme el Comité de

Farmacia y Terapéutica, el cual es un órgano de asesoramiento, consulta, coordinación e

información relacionada con los medicamentos en el hospital; además de promover y

desarrollar estudios de consumo y de utilización e medicamentos, de registro de reacciones

adversas, de farmacoeconomía, y de toda actividad dirigida a promover el uso racional de

medicamentos en el hospital.

El presente Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Farmacia y Terapéutica del

Centro de Excelencia Médica en Altura, documenta la acción organizada para dar

cumplimiento a la misión de dicho Comité, la estructura de organización, la división de trabajo,

los mecanismo de coordinación, y comunicación, las funciones y actividades encomendadas,

los procesos clave de la organización y los resultados que se obtienen.

Con base en los lineamientos y políticas definidas por la Secretaría de Salud para situar la

calidad en la Agenda Permanente del Sistema Nacional de Salud, se desarrolló el Programa

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SICALIDAD (2007-2012) de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, como una

estrategia para incorporar el compromiso a favor de la calidad en los niveles directivos de las

organizaciones de salud, auspiciar, dinamizar y homologar los diversos comités.

El Comité de Farmacia y Terapéutica (COFAT) se constituye a partir de las recomendaciones de

SICALIDAD, además de ser uno de los elementos principales que conforman el Modelo

Nacional de Farmacia Hospitalaria y el suplemento de la FEUM en su capítulo XX referente a

Farmacia Hospitalaria creado para establecer las políticas de Uso Racional de Medicamentos,

seguimiento a la aplicación de Guías de Práctica Clínica, vinculación con diversos comités en lo

relacionado al uso de medicamentos.

Modelo para COFAT. El grupo de trabajo para el uso y manejo de medicamentos fue creado teniendo como uno de

sus principales objetivos la creación del Cuadro Básico de Medicamentos Institucional, ya que

no se contaba con regulación al respecto. Sus funciones principales consistieron en: elaborar y

vigilar el cumplimiento de las normas para el abasto adecuado y oportuno de medicamentos y

materiales de curación, revisar y depurar el catálogo de medicamentos y realizar una

valoración de los medicamentos que presentan nulo o escaso movimiento, así como promover

a través de lineamientos el uso adecuado de los medicamentos bajo prescripción médica. En

ese momento, el CEMA contaba con un listado de medicamentos disponibles en la institución

para atender las necesidades de los pacientes, y en el cual existían 380 medicamentos, pero

no se encontraban agrupados en especialidades.

Derivado de lo anterior, surgió la necesidad de la creación de este comité. En la actualidad se

ha creado el Cuadro Básico de Medicamentos Institucional, que cuenta con 240 productos

diferentes para atender las distintas problemáticas terapéuticas de los pacientes.

A través de este documento se definen la estructura y las funciones básicas para la operación

del Comité, centrando su atención en la integración de diferentes estrategias.

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3. OBJETIVO DEL MANUAL

Establecer las bases para la integración y funcionamiento del Comité de Farmacia y

Terapéutica del Centro de Excelencia Médica en Altura, definir su ámbito funcional de

autoridad y responsabilidad, así como las actividades, competencias y obligaciones de sus

integrantes. El Comité promoverá y garantizará el uso eficiente de los medicamentos en la

Clínica, mediante una selección basada en evidencia científica que garantice los mejores

resultados en el proceso de atención de los pacientes, que considera el uso racional de los

medicamentos facilitando el acceso necesario en un determinado nivel o ámbito de atención

en el sistema de salud, teniendo en cuenta su calidad, eficacia, seguridad y costo.

Asimismo, se le dará un seguimiento muy directo a los medicamentos utilizados con el fin de

detectar y registrar de manera oportuna la ocurrencia de reacciones adversas a

medicamentos, con el seguimiento farmacoterapéutico que se lleva a cabo en cada uno de los

pacientes hospitalizados del CEMA; también se dará seguimiento a los errores de medicación

detectados y de las necesidades que vayan surgiendo alrededor del manejo y uso de los

medicamentos con el fin de contribuir al uso seguro y racional de éstos, supervisando y

evaluando permanentemente sus riesgos, siguiendo patrones verificables, definidos y

generalizados enfocados a la protección del paciente y a la toma de medidas de prevención.

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4. ALCANCE

Este manual es de observancia obligatoria para todos los miembros que integran el Comité de

Farmacia y Terapéutica, así como al personal adscrito a las diferentes áreas y servicios que

participan en las actividades aquí descritas.

5. MARCO JURÍDICO

Ley General de Salud.

D.O.F. 07-II-1984.

Ref. 01-XII-2018.

Edición 2018, Cuadro básico y Catálogo de Medicamentos D.O.F. 23-XI-2018.

Modelo Nacional de Farmacia Hospitalaria, Gobierno Federal, México, 2010.

Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos (FEUM).

Suplemento para establecimientos dedicados a la venta y suministro de medicamentos

y demás insumos para la salud. Quinta Edición, México 2014, Secretaría de Salud.

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6. INTEGRACIÓN DEL COMITÉ

El COFAT del Centro de Excelencia Médica en Altura, estará conformado de la siguiente manera:

El Presidente, Secretario Técnico y los Vocales del Comité tendrán derecho a voz y voto,

en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.

Podrán asistir a las reuniones del Comité como invitados, los líderes de área o personal

externo al CEMA, que estén relacionados con los asuntos tratados en el orden del día y

apoyarán en la solución de los problemas planteados, con derecho a voz pero sin voto.

Los vocales designarán por escrito en cualquier momento a los servidores públicos que

les suplirán en su ausencia con voz y voto, quienes deberán de tener el nivel jerárquico

inmediato inferior al titular.

Los nombramientos de los suplentes deberán ser notificados oficialmente al Secretario

Técnico y dicha designación será ratificada en la primera sesión del Comité de cada año;

CARGO PERSONAL

Presidenta Directora General del CEMA

Secretario Técnico Responsable del Área de Farmacia

Vocales

Director Médico

Coordinadora Médica

Personal Farmacéutico

Médico del servicio de Urgencias

Jefa del servicio de Anestesiología

Encargada de Enfermería

Coordinadora de Calidad

Gerente Administrativo

Médico Radiólogo

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en caso de que el suplente designado no pueda asistir a alguna de las reuniones se le

dará derecho a voto a quien lo sustituya en ese momento solo si se notificó

previamente quién sería el suplente en esa reunión.

7. METAS Y OBJETIVOS DEL COMITÉ La finalidad de un Comité de Farmacia y Terapéutica es asegurar que se proporciona a los

pacientes una asistencia de la mejor calidad y con el mejor costo posible, determinando qué

medicamentos deben estar disponibles y a qué costo, y cómo deben utilizarse. Por ello, un

Comité de Farmacia y Terapéutica tendrá los objetivos siguientes:

Asegurar que se utilizan únicamente medicamentos eficaces, seguros, con un costo

equilibrado y de buena calidad.

Garantizar la mayor seguridad posible de los medicamentos, por medio de la vigilancia y

evaluación, y por consiguiente, en medida de lo posible, la prevención de las reacciones

adversas a los medicamentos y los errores de medicación.

Elaborar y ejecutar medidas destinada mejorar el uso de os medicamentos por los

prescriptores, los dispensadores y los pacientes.

8. FUNCIONES GENERALES DEL COMITÉ

Las funciones del COFAT serán las siguientes:

1. Asesorar al equipo de la Dirección General del hospital en la formulación e implementación

de las políticas relacionadas con la selección, adquisición, almacenamiento. prescripción,

dispensación, administración y uso racional de medicamentos.

2. Participar en la formulación de programas diseñados para satisfacer las necesidades del

equipo de salud relacionados con el conocimiento del manejo y uso adecuado de los

medicamentos.

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3. Evaluar y seleccionar los medicamentos que se incluirán en el Cuadro Básico de

Medicamentos del Hospital, considerando como criterios mínimos: datos de

morbi/mortalidad de la población que se atiende, medicamentos con registro sanitario

vigente, que sean seguros, eficaces, de calidad y con un perfil beneficio/riesgo/costo

favorables y que estén disponibles para su adquisición.

4. Elaborar y actualizar periódicamente el Cuadro Básico de Medicamentos Institucional

(CBMI), las Guías de Práctica Clínica (GPC) y las Guías Farmacoterapéuticas (GFT). La

inclusión y exclusión de un medicamento en el CBMI es una decisión científica, médica y

farmacéutica que se debe tomar dentro de este comité.

5. Realizar las actividades y funciones estipuladas en la NOM-220-SSA1-2016, coordinar,

ejecutar y vigilar el cumplimiento de las actividades en materia de farmacovigilancia a

través de un responsable del área, con el fin de identificar, registrar, notificar, documentar,

estudiar y evaluar la incidencia de la morbi/mortalidad relacionada con el uso, aplicación y

administración de los medicamentos, así como identificar los riesgos que presentan los

paciente atendidos en la institución por el uso de los medicamentos.

6. Implementar medidas para contrarrestar los riesgos derivados del uso de los

medicamentos e informar al respecto a la Autoridad Sanitaria, profesionales de la salud,

pacientes y a la comunidad.

7. Diseñar las políticas de URM mediante las siguientes actividades:

a. Actualización y aplicación de las Buenas Prácticas de Prescripción y las Buenas

Prácticas de Farmacia.

b. Establecimiento de sistemas de evaluación y seguimiento de las guías y de la calidad

de la farmacoterapia en la institución.

c. Definir los criterios para la inclusión de medicamentos en el Cuadro Básico.

d. Fijar los criterios en los que se basará el hospital para la obtención de

medicamentos que no formen parte del listado de medicamentos básicos.

e. Establecer la política de uso de medicamentos no incluidos en el cuadro básico,

caros o peligrosos, como antibióticos de tercera generación o medicamentos

oncológicos, cuyo uso se restringe a determinados médicos, departamentos o

pacientes.

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8. Colaborar con los demás comités como son: comité de Farmacovigilancia, comité para la

detección y control de las infecciones nosocomiales (CODECIN) y el comité de calidad y

seguridad del paciente (COCASEP).

9. Difundir las decisiones adoptadas al seno del Comité.

10. Coordinar los grupos de trabajo que dependan de este Comité.

11. Reportar regularmente al COCASEP aquellas propuestas y hallazgos en materia de calidad

que deban ser conocidos.

12. Formular el calendario anual de sesiones ordinarias.

13. Mantener en estricta confidencialidad la información que se maneje dentro del Comité.

14. Fomentar y participar en actividades de formación continua en terapéutica dirigida al

equipo de salud.

9. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS DE LOS INTEGRANTES

Del Presidente:

a) Presidir las reuniones.

b) Presentar a consideración de los miembros del Comité, para su aprobación, la orden del día

de las reuniones ordinarias y extraordinarias.

c) Convocar, cuando sea necesario, a reuniones extraordinarias.

d) Cuando no pueda asistir a alguna reunión del comité y tampoco pueda asistir el Secretario

Ejecutivo, designar a un suplente para que se pueda realizar la reunión.

e) Emitir su voto para cada uno de los casos que se sometan a consideración del Comité y en

caso de empate su voto será de calidad.

f) Revisar las minutas y firmar las actas correspondientes.

g) Llevar a cabo todas aquellas otras funciones inherentes al cargo.

h) Proponer el calendario de sesiones ordinarias.

i) Vigilar que los acuerdos se cumplan en tiempo y forma.

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Del Secretario Técnico:

a) Realizar y enviar la convocatoria para las sesiones ordinarias (con 48 horas de anticipación)

y extraordinarias (hasta con 12 horas de anticipación o de forma inmediata de ser

necesario) con los documentos e información de los casos a tratarse.

b) Elaborar el acta de acuerdos de los asuntos tratados en las sesiones del Comité, recabar las

firmas y garantizar su custodia.

c) Presentar un informe al pleno del Comité, dirigido al Presidente, sobre los acuerdos

propuestos y realizados en las reuniones.

d) Llevar un adecuado registro de los acuerdos, verificar su cumplimiento y mencionar los

acuerdos adoptados en cada sesión.

e) Firmar las Actas correspondientes a cada sesión.

f) Aquellas que le encomiende el Presidente o el Comité en pleno.

g) Participará con voz y voto en las sesiones.

De los Vocales:

a) Designar a su suplente al iniciar en su cargo o en la primera sesión del año.

b) Enviar al Secretario Técnico al menos con tres días hábiles de anticipación a la reunión, los

asuntos que se deban someter a consideración del Comité.

c) Asistir a las reuniones ordinarias y/o extraordinarias a las que son convocados, así como a

las reuniones de trabajo que sean citados.

d) Analizar el orden del día y los documentos de los asuntos a tratar.

e) Opinar sobre los asuntos a tratar en las sesiones.

f) Revisar y firmar las actas correspondientes de las sesiones del Comité.

g) Propiciar la integración del Comité y acatar los acuerdos bajo los criterios de

responsabilidad, coordinación y participación conjunta.

h) Llevar a cabo todas aquellas otras funciones inherentes al cargo.

i) Llevar a cabo las demás funciones que le encomiende el Presidente del Comité o el Comité

en pleno.

j) Tienen derecho a voz y voto.

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De los Invitados:

a) Serán invitados por algún miembro del Comité en caso que se requiera tratar algún tema

del que sean considerados expertos, al seno del mismo.

b) Asistirán a las reuniones del Comité cuando sean requeridos y pueden ser miembros de la

Institución o personal externo.

c) Proporcionar información o aclarar algunos de los asuntos por tratar.

d) Tendrán derecho a voz, pero no a voto, en las deliberaciones del Comité.

10. DESTITUCIÓN Y RENUNCIA DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ

a) Serán causas de destitución de los miembros del Comité las siguientes:

a. Ausentarse del Hospital durante 3 meses o más.

b. Dejar de asistir a tres sesiones en forma consecutiva sin autorización del Comité.

c. Descuidar o incumplir las funciones que le haya asignado el propio Comité.

b) Los miembros del Comité tendrán derecho a renunciar a su cargo por causas debidamente

comprobadas a juicio del Comité. La renuncia se presentará al Presidente, por escrito, con

quince días de anticipación, a fin de someterla a consideración del Comité.

c) En caso de destitución o renuncia, se deberá asentar por escrito, y en su lugar se integrará

a otra persona con la formación académica afín y la experiencia laboral correspondiente.

11. POLÍTICAS Y NORMAS DE OPERACIÓN DEL COMITÉ

El Comité se reunirá en sesiones ordinarias mensuales de acuerdo al calendario anual realizado

y aprobado de conformidad por los miembros del comité (Anexo 4).

El Comité se reunirá en sesiones extraordinarias a solicitud del Presidente del Comité o de

alguno de sus miembros siempre y cuando el Presidente lo autorice.

En la última sesión ordinaria del año, se deberá presentar al pleno del Comité, para votación y

en su caso autorización, el calendario anual de reuniones para el siguiente año.

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Fecha: Firma: Nombre: L.F. Brianda Irais Torres Lucas Puesto: Encargada de Almacén

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Fecha: Firma: Nombre: MCD. Vicente Moreno Calva Puesto: Dirección de Calidad CEMA

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Fecha: Firma: Nombre: Dra. Gabriela Murguía Cánovas Puesto: Dirección General del Centro de Excelencia Médica en Altura

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El Comité elaborará y difundirá un informe anual de sus actividades, el cual deberá presentarse

en la primera sesión ordinaria del año.

Las reuniones ordinarias serán convocadas por el Presidente y/o Secretario Técnico vía

electrónica (a través de enlace operativo) y se desarrollarán de acuerdo al orden del día, la cual

se enviará conjuntamente con los documentos que serán analizados en la reunión, cuando

menos con 2 días hábiles de anticipación a la fecha prevista para su celebración. En el caso de

sesiones extraordinarias, se requerirá la entrega de la documentación soporte de los asuntos a

tratar, con 12 horas de anticipación.

Las sesiones serán de carácter ejecutivo con una duración máxima de 90 minutos con la

posibilidad de ampliar ese término cuando existan casos excepcionales que por su propia y

especial naturaleza requieran mayor tiempo para llevar a cabo la sesión, sin que implique

violentar el tiempo previamente establecido y el quórum estará integrado por mayoría simple,

esto es, por la mitad más uno de los integrantes del Comité.

De cada reunión se levantará una minuta, que debe ser firmada por todos los asistentes y que

será enviada a los miembros del Comité, presentándose en la siguiente sesión ordinaria y que

deberá contener la siguiente información (Anexo 1):

o Número de minuta.

o Lugar, fecha y hora.

o Lista de asistencia, nombre y cargo de los asistentes.

o Puntos del orden del día.

o Asuntos tratados.

o Acuerdos tomados, qué actividades se proponen para alcanzar los acuerdos, así como

la fecha de inicio. Asimismo, deberán quedar asentados en la minuta los nombres de

los responsables de la ejecución de los acuerdos que se tomen, y en su caso, los plazos

para su cumplimiento.

o El avance de los acuerdos tomados en sesiones anteriores y el porcentaje de avance,

así como el resultado hasta el momento de la sesión.

En ausencia del Presidente del Comité, el Secretario Ejecutivo presidirá la reunión o el suplente

designado por alguno de los dos.

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La vigencia del COFAT es permanente, sin embargo la estancia de cada uno de los miembros

del Comité puede variar de acuerdo a los cargos y a las actividades desarrolladas dentro de

este comité; su continuidad, baja y/o sustitución será acorde con su desempeño y necesidades

de la institución, misma que será ratificada por escrito anualmente por la alta dirección en

turno.

El Comité podrá ser renovado pero no en su totalidad, para evitar la pérdida en la continuidad

en las actividades y compromisos establecidos.

El Comité sesionará válidamente con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de los

miembros; el quórum legal estará integrado por el Presidente y el Secretario Técnico.

La ausencia de cualquiera de los miembros debe ser comunicada al Secretario Técnico para

que justifique su ausencia. La inasistencia injustificada por tres ocasiones consecutivas será

motivo de una primera llamada de atención por escrito y firmada por el Secretario Técnico con

copia para el Presidente, y de continuar, será dado de baja.

Los integrantes del COFAT sólo podrán ser suplidos en sus funciones por servidores públicos

designados específicamente por los miembros titulares de aquellos, quienes deberán tener el

rango inmediato inferior pero con la competencia para poder atender las exigencias del

comité.

El COFAT adoptará sus decisiones por mayoría de votos.

El Comité podrá integrar a sus reuniones a los servidores públicos que considere necesarios

con el fin de asesorarlos y apoyarlos en sus funciones, quienes asistirán a las reuniones con voz

pero sin derecho a voto.

Los acuerdos del COFAT adoptarán siempre la forma de recomendaciones y se incluirán en las

minutas de las sesiones y se harán del conocimiento de todo el personal de salud involucrado.

Las minutas del COFAT que se generen de las reuniones celebradas deberán ser firmadas por

todos los asistentes.

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X 100

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12. INDICADORES El Comité de Farmacia y Terapéutica ha decidido implementar los siguientes indicadores para medir el cumplimiento del mismo dentro del hospital:

NO. TIPO NOMBRE ALGORITMO OBJETIVO FRECUENCIA DE REVISIÓN

1 Proceso

Porcentaje de solicitudes de inclusión/exclusión de medicamentos al CBI que son atendidas por el COFAT.

# de solicitudes atendidas # de solicitudes recibidas

100% de solicitudes atendidas por el comité.

Mensual

2 Proceso

Porcentaje de asistencia a las reuniones ordinarias del COFAT.

# de asistentes titulares a las reuniones # total de titulares del Comité

90% de asistentes titulares del Comité a las reuniones.

Mensual

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13. ANEXOS

Anexo 1. Minuta de sesión ordinaria del Comité de Farmacia y Terapéutica.

14. VISIÓN DEL ÁREA DE ALMACÉN

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Anexo 2. Minuta de sesión extraordinaria del Comité de Farmacia y Terapéutica.

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Anexo 3. Acta de instalación del Comité de Farmacia y Terapéutica.

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Anexo 4. Calendario de sesiones ordinarias del Comité de Farmacia y Terapéutica 2019 CALENDARIZACIÓN COFAT.xlsx