MANUAL DE INDUCCION CI UNIQUE TRADE

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UNIVERSIDAD DEL QUINDÍO ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS - DISTANCIA “MANUAL DE INDUCCÓN” SEXTO SEMESTRE Presentado por: Blandón Román Diana Marcela. Ciro Díaz Yudi Angélica. Mejía González Isabel Cristina. Valencia Lina Marcela. Zuluaga Hurtado Diana María GESTIÓN DE TALENTO HUMANO PROFESORA: LINA MARIA PARRA ARMENIA, QUINDIO

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Manual inductorio para llevar a cabo la Gestión de Talento Humano

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UNIVERSIDAD DEL QUINDÍO

ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS - DISTANCIA

“MANUAL DE INDUCCÓN”

SEXTO SEMESTRE

Presentado por:

Blandón Román Diana Marcela. Ciro Díaz Yudi Angélica. Mejía González Isabel Cristina. Valencia Lina Marcela. Zuluaga Hurtado Diana María

GESTIÓN DE TALENTO HUMANO

PROFESORA: LINA MARIA PARRA

ARMENIA, QUINDIO

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GESTIÓN DE TALENTO HUMANO

“MANUAL DE INDUCCIÓN”

1. DESCRIPCIÓN DE LA EMPRESA

Presentación

Carta de bienvenida.

Introducción

Historia de la empresa.

Misión

Visión

Valores de la compañía

Políticas

2. ORGANIGRAMA

3. DERECHOS Y OBLIGACIONES

A. DERECHOS

Salario

Vacaciones y prima vacacional

Dotación

Días inhábiles

Derechos generales

B. OBLIGACIONES

Jornada de trabajo

Credencial de identificación

Retardos, Justificación, Ausencias Y Permisos

Horas Extras

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PRESENTACIÓN

Hemos diseñado este manual con el fin de facilitarle la

información necesaria sobre CI UNIQUE TRADE S.A.S., su

historia, su visión, su misión, estructura organizacional, políticas,

reglamento, derechos y obligaciones.

Queremos contarle durante esta jornada lo más destacado de CI

UNIQUE TRADE S.A.S., porque usted hace parte activa de

nuestra organización.

Todas las personas vinculadas a nuestra asociación, son

seleccionadas buscando condiciones especiales, que los hagan

ser gente CI UNIQUE TRADE S.A.S., con gran capacidad de

servir, porque nuestros clientes exigen lo mejor y prefieren gente

atenta y servicial como usted.

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“ CARTA DE BIENVENIDA” A quien corresponda: A partir de este momento eres nuestro(a) compañero(a) de labores. Tus cualidades y aptitudes, han permitido tenerte en cuenta para ingresar a CI UNIQUE TRADE S.A.S. Creemos que tu aporte va a ser muy importante en la marcha de la asociación. Te felicitamos; nos complace tenerte con nosotros y esperamos que una vez termines el MANUAL DE INDUCCION, entres a formar parte activa de este grupo humano que está trabajando para mejorar su propio nivel y desde luego, el de la sociedad. Deseamos también que CI UNIQUE TRADE S.A.S., sea un importante medio que permita tu superación mediante la interacción con personas con un alto sentido del compromiso dispuestos a la mejora continua. Al pertenecer a nuestra organización has contraído una serie de deberes y responsabilidades que es necesario cumplir y respetar, así como has adquirido derechos que la asociación gustosamente te reconocerá.

Bienvenido a lo que es ahora tu equipo de trabajo

A T E N T A M E N T E

La administración

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INTRODUCCIÓN

DEFINICIÓN

C.I. UNIQUE TRADE S.A.S., ofrece servicios de documentación para los

trámites de comercio exterior requeridos en el departamento del Quindío por

empresarios que se dediquen a comprar y vender productos no fabricados

en el territorio, o fabricados en el territorio. Con un énfasis importante en la

difusión de la información necesaria a empresarios locales que no conocen sobre

los procedimientos detallados y de las facilidades y beneficios que pueden

tener al acceder a los mercados internacionales, sin necesidad de intermediarios

de otras ciudades.

El manual que tienes en tus manos, ha sido elaborado con el propósito de servirte

de guía para tu adecuada integración al que desde ahora es tu lugar de trabajo.

En este manual se encuentra la información básica para tu adaptación a tu medio

ambiente de trabajo. Al integrarte a nuestro equipo de trabajo te haces partícipe de

lograr nuestra visión y misión al brindar un servicio de calidad a través de tu

trabajo.

Nos acogemos a la reglamentación colombiana y las normas según el Código

Sustantivo de Trabajo.

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HISTORIA DE LA EMPRESA

CI UNIQUE TRADE S.A.S.

Los estudiantes de la carrera de Administración de Negocios – Modalidad

Distancia (CREAD Armenia) de la Universidad del Quindío en Armenia, Quindío,

específicamente el grupo de Sexto Semestre en el año 2012 en la clase de

Gestión de Talento Humano impartida por la profesora Lina María Parra,

analizamos y proponemos un modelo de administración del Recurso Humano para

nuestra idea de negocio creada desde el Tercer Semestre en la clase de Creación

de Empresas, para la adquisición de conocimientos en cuanto al Talento Humano

se refiere, actualmente nuestro CIPAS se encuentra integrado por cinco personas

la cual cada una desempeña una actividad organizacional.

La empresa se encuentra en una lucha constante por alcanzar un crecimiento

redituable, y es por ello que ha implementado diversas estrategias que le permitan

incursionar en un mercado ampliamente competido.

El producto de nuestra empresa son los servicios relacionados con los

trámites de importación y exportación, ya que debido a la estricta normatividad

nacional se requieren de diversos procesos y documentos para la ejecución de

estas operaciones. Por esta razón, nuestros principales servicios ofrecidos son:

Preinspección de mercancías, Importaciones y Exportaciones en diversas

modalidades, Elaboración y trámite de registros de importación, y por último la

Obtención de vistos buenos del gobierno nacional para la comercialización de las

mercancías.

Así como ofreciendo la satisfacción buen trato a nuestro equipo de trabajo; porque

formen equipos sólidos y desarrollen sus capacidades, como también fomente y

hagan parte de nuestra misión, visión y objetivo.

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CI UNIQUE TRADE S.A.S.

Nuestra Misión: Ofrecer al mercado un portafolio de servicio en Documentación Aduanera para todos sus clientes, con una variedad de servicios; a través de la capacitación, tecnología y personal calificado, para poder garantizar un nivel de servicio y calidad, con una cobertura nacional e internacional. Buscando satisfacer las expectativas financieras de nuestros accionistas, sin despreocupar el bienestar de nuestros empleados.

Nuestra Visión: Ser en el año 2018 la empresa líder en documentación aduanera más desarrollada en nuestra región teniendo un mejoramiento continúo en cada servicio ofrecido con la audacia y calidad humana de nuestra gente, con una gestión que se anticipe y adapte al cambio, aprenda de la experiencia e innove permanentemente.

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VALORES QUE CARACTERIZAN NUESTRA EMPRESA

Calidad Lograr cada día la mejora continua, aportando valor a nuestros clientes, ofreciendo aún más de lo que ellos esperan recibir. Excelencia

Anticiparnos a las necesidades de nuestros clientes, buscando permanecer en los estándares más altos de calidad en el servicio. Compromiso Estamos comprometidos con nuestros clientes, empleados y sociedad en su conjunto, asumimos una conducta ética y responsable en vías del desarrollo sustentable de la región. Crecimiento Estamos comprometidos en el corto plazo a alcanzar nuestra máxima capacidad productiva, involucrando para ello a nuestros empleados, clientes y capacitadores. Nos adaptamos a los cambios y desarrollamos estrategias que nos permitan operar en distintos escenarios. Servicio

Buscamos siempre responder a las necesidades de nuestros clientes con una actitud positiva, dinámica y abierta al cambio. Mostrar respeto a todas las personas con quienes interactuamos y ser siempre atentos con ellos. Respeto

Estamos comprometidos a respetar a nuestros empleados, clientes, proveedores, acreedores y toda aquella persona que entre a nuestro establecimiento como también si forma parte de nuestro equipo de trabajo. Igualdad Nuestra filosofía fundamental es la “calidad”

Están obligados a no discriminar a ninguna persona que tenga diferente religión, partido político o preferencia sexual; se fomentara la armonía laboral.

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FILOSOFÍA DEL TRABAJO

Estamos comprometidos con la satisfacción total de nuestros clientes a través de nuestros productos y servicios con la calidad que ellos requieren, y para ello hemos establecido las siguientes políticas y objetivos: Política de servicio y atención al cliente. Tres son las bases sobre los que descansa nuestra política de clientes:

1. Seguridad en la satisfacción del cliente por el cual nos comprometemos al cumplimiento de los estándares de calidad en el servicio.

2. Ofrecemos un servicio personalizado y excelencia en la atención. 3. La Fidelidad basada en los siguientes elementos:

Cliente preferente en función del volumen o la constancia

Acciones promociónales distintas de modo que mantengamos su interés, atención y regularidad en el consumo.

Política de promociones y descuentos.

A través de una demostración de los beneficios de contar con nuestros servicios y una demostración palpable de la reducción de costos que implicaría la contratación de nuestros servicios Objetivos de calidad

1. Satisfacer las especificaciones y requerimientos de nuestros clientes. 2. Cumplimiento en los tiempos de entrega. 3. Contar con personal capacitado, calificado y competitivo. 4. Alcanzar la mejora continua a través del trabajo en equipo.

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ORGANIGRAMA DE LA EMPRESA

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DERECHOS Y OBLIGACIONES

C. DERECHOS

1. Salario:

Artículo 145 CST.- Establece que el salario es la retribución que debe pagar el

patrón al trabajador en retribución a su trabajo.

Los salarios que perciban los trabajadores como pago a sus servicios serán los consignados en el tabulador de salarios dispuestos por la Administración de la empresa.

Los salarios de los trabajadores no podrán ser retenidos ni disminuidos por ningún concepto, excepto por aquellos casos que la ley disponga.

Los salarios de los trabajadores serán pagados en moneda de curso legal y depositado a su cuenta personal los días 15 y 30 de cada mes.

2. Vacaciones y prima vacacional:

ARTICULO 186. DURACION.

1. Los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante un año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas. 2. Los profesionales y ayudantes que trabajan en establecimientos privados dedicados a la lucha contra la tuberculosis, y los ocupados en la aplicación de rayos X, tienen derecho a gozar de quince (15) días de vacaciones remuneradas por cada seis (6) meses de servicios prestados. ARTICULO 187. EPOCA DE VACACIONES.

1. La época de vacaciones debe ser señalada por el {empleador} a más tardar dentro del año subsiguiente, y ellas deben ser concedidas oficiosamente o a petición del trabajador, sin perjudicar el servicio y la efectividad del descanso. 2. El {empleador} tiene que dar a conocer con quince (15) días de anticipación, la fecha en que le concederá las vacaciones. 3. Todo {empleador} debe llevar un registro especial de vacaciones en que el anotará la fecha en que ha ingresado al establecimiento cada trabajador, la fecha en que toma sus vacaciones anuales y en que las termina y la remuneración recibida por las mismas. ARTICULO 188. INTERRUPCION. Si se presenta interrupción justificada en el disfrute de las vacaciones, el trabajador no pierde el derecho a reanudarlas. ARTICULO 189. COMPENSACION EN DINERO DE LAS VACACIONES.

1. Empleador y trabajador, podrán acordar por escrito, previa solicitud del trabajador, que se pague en dinero hasta la mitad de las vacaciones.

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3. Para la compensación de dinero de estas vacaciones, en el caso de los numerales anteriores, se tomará como base el último salario devengado por el trabajador. ARTICULO 190. ACUMULACION.

1. En todo caso, el trabajador gozara anualmente, por lo menos de seis (6) días hábiles continuos de vacaciones, los que no son acumulables. 2. Las partes pueden convenir en acumular los días restantes de vacaciones hasta por dos años. 3. La acumulación puede ser hasta por cuatro (4) años, cuando se trate de trabajadores técnicos, especializados, de confianza, de manejo o de extranjeros que presten sus servicios en lugares distintos a los de la residencia de sus familiares. 4. Si el trabajador goza únicamente de seis (6) días de vacaciones en un año, se presume que acumula los días restantes de vacaciones a las posteriores, en términos del presente artículo. ARTICULO 191. EMPLEADOS DE MANEJO. El empleado de manejo que hiciere uso de vacaciones puede dejar un reemplazo, bajo su responsabilidad solidaria, y previa aquiescencia del {empleador}. Si este último no aceptare al candidato indicado por el trabajador y llamare a otra persona a reemplazarlo, cesa por este hecho la responsabilidad del trabajador que se ausente en vacaciones. ARTICULO 192. REMUNERACION.

1. Durante el período de vacaciones el trabajador recibirá el salario ordinario que esté devengando el día en que comience a disfrutar de ellas. En consecuencia, sólo se excluirán para la liquidación de vacaciones el valor del trabajo en días de descanso obligatorio y el valor del trabajo suplementario en horas extras. 2. Cuando el salario sea variable las vacaciones se liquidaran con el promedio de lo devengado por el trabajador en el año inmediatamente anterior a la fecha en que se concedan.

3. Dotación

ARTICULO 230. SUMINISTRO DE CALZADO Y VESTIDO DE LABOR. Todo {empleador} que habitualmente ocupe uno (1) o más trabajadores permanentes, deberá suministrar cada cuatro (4) meses, en forma gratuita, un (1) par de zapatos y un (1) vestido de labor al trabajador, cuya remuneración mensual sea hasta dos (2) meses el salario mínimo más alto vigente. Tiene derecho a esta prestación el trabajador que en las fechas de entrega de calzado y vestido haya cumplido más de tres (3) meses al servicio del empleador.

4. Días inhábiles

Artículo 177-178 C.S.T. Tienen derecho al descanso remunerado en los siguientes días de fiesta de carácter civil o religioso: Primero de enero, seis de

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enero, diecinueve de marzo, primero de mayo, veintinueve de junio, veinte de julio, siete de agosto, quince de agosto, doce de octubre, primero de noviembre, once de noviembre, ocho de diciembre y veinticinco de diciembre, además de los días jueves y viernes santos, Ascensión del Señor, Corpus Christi y Sagrado Corazón de Jesús. Pero el descanso remunerado del seis de enero, diecinueve de marzo, veintinueve de junio, quince de agosto, doce de octubre, primero de noviembre, Ascensión del Señor, Corpus Christi y Sagrado Corazón de Jesús cuando no caigan en día lunes se trasladarán al lunes siguiente a dicho día. Cuando las mencionadas festividades caigan en domingo, el descanso remunerado, igualmente se trasladará al lunes. Las prestaciones y derechos que para el trabajador origina el trabajo de los días festivos, se reconocerán en relación al día de descanso remunerado establecido en el inciso anterior. La remuneración correspondiente al descanso en los días festivos se liquidará como para el descanso dominical, pero sin que haya lugar a descuento alguno por falta al trabajo. ARTICULO 178. SUSPENSION DEL TRABAJO EN OTROS DIAS DE FIESTA. Cuando por motivos de cualquier fiesta no determinada en el artículo anterior el {empleador} suspendiere el trabajo, está obligado a pagar el salario de ese día, como si se hubiere realizado. No está obligado a pagarlo cuando hubiere mediado convenio expreso para la suspensión del trabajo o su compensación en otro día hábil, o cuando la suspensión o compensación estuviere prevista en reglamento, pacto, convención colectiva o fallo arbitral. Este trabajo compensatorio se remunera sin que se entienda como trabajo suplementario o de horas extras.

5. Derechos generales El desempeñar el trabajo en un ambiente seguro. Recibir un trato respetuoso. Contar con las herramientas necesarias para el cumplimiento de las labores

requeridas.

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D. OBLIGACIONES Tus obligaciones como trabajador serán:

1. Jornada de trabajo. Según Art. 158-160 del CST. Los horarios de trabajo para CI UNIQUE TRADE

S.A.S. serán de 8:00 a 12:00 horas y de las 14:00 a las 18:00 horas de lunes a viernes y sábado de 9:00 a 12:00 hrs. Se contará con un receso de actividades al medio de día de dos horas para consumir sus alimentos y tomar el descanso requerido.

2. Credencial de identificación.

Al ser parte de nuestra empresa se proporcionará una credencial, la cual representa una medida de identificación y seguridad.

3. Retardos, Justificación, Ausencias, Permisos.

Retardos: La tolerancia en el horario de entrada es de 15 minutos.

o Si llega después de la hora de tolerancia es decir desde las 8:16 hrs. En adelante, deberá reportarse con su jefe inmediato.

o Si el jefe inmediato pide que se retiré, el empleado deberá presentarse

al día siguiente en su horario habitual de trabajo. Justificación: Cuando el empleado necesite ausentarse de sus labores, deberá:

o Pedir autorización a su jefe inmediato con anticipación. o Si el permiso es otorgado, deberá entregar un documento en el que haga

constancia de la inasistencia acompañada de la firma del jefe inmediato. o Presentarse al día siguiente del que se le autorizó faltar.

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Ausencias:

o Si por alguna situación el empleado faltase a su trabajo sin haber pedido permiso a su jefe inmediato o sin ningún justificante médico o social se le descontará el día completo.

o Si marca más de tres ausencias sin permiso se hará acreedor a una carta

administrativa y suspensión de sus actividades no remunerada.

o Al reunir tres cartas administrativas; se hará acreedor a la cancelación del contrato laboral, es decir se entenderá como terminó laboral.

o Si por algún motivo el trabajador no tiene cinco ausencias seguidas se

delimitará como abandono laboral. ¿Cómo afectará la ausencia en las percepciones del empleado?

o Si el jefe otorga el permiso a cuenta de vacaciones, se pagará el día como si fuera de vacaciones.

o En el caso de ser un permiso justificado, se descontará un día más el

proporcional de sábado y domingo. Permisos: En el caso de que un empleado necesite retirarse antes de su horario de salida o entrada después de su horario habitual de ingreso por distintos motivos, deberá:

o Deberá pedir permiso a su jefe inmediato con anticipación (un día antes). o Si el jefe autoriza el permiso, deberá completar el formato de permiso y

hacerlo firmar por el jefe inmediato superior (antes de retirarse o el día anterior a su llegada tarde).

4. Horas Extras. ARTICULO 168. TASAS Y LIQUIDACION DE RECARGOS.

1. El trabajo nocturno por el solo hecho de ser nocturno se remunera con un

recargo del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el valor del trabajo diurno,

con excepción del caso de la jornada de treinta y seis (36) horas semanales

previstas en el artículo 20 literal c) de esta ley.

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2. El trabajo extra diurno se remunera con un recargo del veinticinco por

ciento (25%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno.

3. El trabajo extra nocturno se remunera con un recargo del setenta y cinco

por ciento (75%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno.

4. Cada uno de los recargos antedichos se produce de manera exclusiva,

es decir, sin acumularlo con algún otro.