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MANUAL DE GESTIÓN BANCO DE RECURSOS EDUCATIVOS

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MANUAL DE GESTIÓN

BANCO DE RECURSOS EDUCATIVOS

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Desde la Consejería de Educación, Cultura y Deporte editamos, por primera vez, este Manual de Gestión del Banco de Recursos con el fin de dotar a los centros educativos de nuestra Comunidad Autónoma, así como a padres y madres de alumnos y alumnas de una herramienta útil y práctica para conocer en profundidad este servicio. Sustentado en el principio de participación, y pasando por la idea de dotar a la comunidad educativa de una equidad que garantice la igualdad de oportunidades, el banco de recursos se convierte en instrumento

fundamental para compensar las desigualdades y contribuir a la universalización y no discriminación. Desde el Gobierno de Cantabria hemos querido esta legislatura impulsar el banco de recursos como herramienta de primer orden que potencie las medidas necesarias para que todos los alumnos de educación primaria y de educación secundaria obligatoria posean los recursos necesarios y el acceso a los mismos para cursar estas enseñanzas, independientemente de sus circunstancias personales, económicas y sociales. Mediante este ejemplar que tiene en sus manos pretendemos acercar a todos los agentes de la comunidad educativa implicados en la gestión y uso del banco de recursos la normativa de referencia. Además, este manual permite disponer de información precisa sobre estos recursos y un conocimiento riguroso sobre los requisitos demandados para su solicitud. La guía se completa con una compilación, accesible, a las finalidades de este programa, su gestión y la forma de participación para acceder al mismo. Contamos ya en este curso con la implicación de distintos ayuntamientos que mediante la suscripción de convenios han unido sus esfuerzos, más allá de sus competencias, como ejemplo de corresponsabilidad por el futuro de nuestra tierra. La educación es una responsabilidad compartida por todo el conjunto de la sociedad y sirve para formar a futuros ciudadanos libres, participativos y responsables. Este tipo de acuerdos constituyen un ejercicio de ciudadanía y muestran el esfuerzo de las administraciones para fomentar la excelencia en la educación, una excelencia fundamentada en la equidad y la igualdad de oportunidades.

Francisco Fernández Mañanes Consejero de Educación, Cultura y Deporte

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ÍNDICE

ASPECTOS BÁSICOS DEL BANCO DE RECURSOS

A1. Finalidad, principios y destinatarios del programa ............................................................... 9

Un banco de recursos, ¿para qué? ........................................................................................................ 9 ¿Qué es un banco de recursos? ............................................................................................................ 9 ¿En qué principios se sustenta el programa de recursos educativos? ................................................. 9 ¿Qué se entiende por recursos generales?...........................................................................................9

¿Qué se entiende por recursos específicos?........................................................................................10 ¿Qué disposiciones regulan las condiciones en que debe desarrollarse esta iniciativa en nuestros

centros educativos?........................................................................................................................... 10 ¿Cuáles son las principales características del modelo de banco de recursos? ................................. 10 ¿A quién va dirigido el banco de recursos? ......................................................................................... 11

A2. Acceso al programa ....................................... 11 Soy un centro público y quiero participar en un programa, ¿qué debo hacer? ................................. 11 Soy un centro concertado y quiero participar en el programa, ¿qué debo hacer? ............................ 12 Soy madre/padre o representante legal de un alumno que está cursando Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria, ¿Qué debo hacer para participar en el programa? ..................... 13 ¿Pueden incorporarse posteriormente al programa los alumnos que no lo hicieron en el momento de constituirse?........................................................................................................................................14

¿Qué medidas se van a tomar para las familias en situación económica desfavorable? ................... 14 Una vez solicitada nuestra participación como familia en el programa,

¿a qué nos comprometemos?...........................................................................................................14

A3. Financiación del programa: aportaciones ...... 15 ¿Cómo se financian las actuaciones del programa del banco de recursos? ....................................... 15

3.1 APORTACIONES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE. ................................... 16 ¿Qué aportaciones realiza la Consejería de Educación, Cultura y Deporte? ...................................... 16 ¿Cómo se calcula la cantidad que debe transferirse a cada centro? .................................................. 16

3.2. APORTACIONES DE LAS FAMILIAS. ................................................................................................... 17 ¿Qué tipos de aportaciones se pueden solicitar a las familias participantes? ................................... 18 ¿Qué trámites hay que seguir para solicitar la aportación de las familias? ........................................ 18

3.3. APORTACIONES DEL AYUNTAMIENTO............................................................................................. 19 ¿Cómo se articula la participación de los Ayuntamientos? ................................................................ 19

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A4. Gestión del banco de recursos ....................... 19

¿Cómo se organiza internamente el banco de recursos? ................................................................... 19 ¿Qué características debe tener la comisión específica del Consejo escolar del centro? .................. 19 ¿Qué características debe tener el órgano de gestión?...................................................................... 20 ¿Qué recursos y materiales pueden formar parte del programa? ..................................................... 20 ¿Están incluidos los dispositivos electrónicos? ................................................................................... 22 ¿Están incluidas las fotocopias y otro tipo de material fungible (compases, bolígrafos, etc)? .......... 22 ¿Están incluidas las licencias para la utilización de recursos educativos digitales?............................23

ASPECTOS PRÁCTICOS DE GESTIÓN DEL BANCO DE

RECURSOS

¿Cuándo desarrollar las actuaciones en el modelo general? ............................................................. 25

B1. Información a las familias. ............................ 26

B2. Acceso del alumnado al programa. ................ 31

B3. Gestión de las aportaciones. .......................... 33

3.1. LA COLABORACIÓN DE AYUNTAMIENTOS. ................................................................................ 35

¿Cómo realizar las primeras gestiones con el Ayuntamiento? ........................................................... 35 ¿En qué consisten sus aportaciones? .................................................................................................. 35 ¿Cómo se formaliza la colaboración?.................................................................................................. 35 ¿Qué duración tiene el convenio? ...................................................................................................... 35 ¿Qué pasos se deben seguir para la firma de un convenio? ............................................................... 36

3.2. LA APORTACIÓN DE LAS FAMILIAS. ............................................................................................... 39

B4. Gestión del material ...................................... 41

4.1. ADQUISICIÓN DEL MATERIAL. ....................................................................................................... 41 ¿Qué trámites hay que seguir para la adquisición de material? ......................................................... 41

4.2. REGISTRO DEL MATERIAL. .............................................................................................................. 45 ¿Cómo registrar el material adquirido con los fondos del banco de recursos? ................................. 45

¿Cómo se registran los libros de texto y material análogo? ............................................................... 45 ¿Cómo se registra el material fungible? ............................................................................................. 49

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4.3. PREPARACIÓN DE LOTES DE MATERIAL PARA EL NUEVO CURSO ................................................ 49

4.4. PRÉSTAMO DE LOS MATERIALES AL ALUMNADO ........................................................................ 51

4.5 USO Y DEVOLUCIÓN DEL MATERIAL. .............................................................................................. 56 ¿En qué condiciones se debe utilizar el material? ........................................................................ ……56 ¿Qué actuaciones es conveniente seguir en caso de traslado del alumno durante el curso escolar?.56

¿En qué condiciones debe producirse la devolución del material?....................................................57 ¿En qué medida podemos considerar el programa de recursos educativos como herramienta de

planificación?........................................................................................................................... .........57 ¿Es conviente promover la participación del alumnado?………………………………………..… ………………….58

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Documento A: Aspectos basicos del banco de recursos

educativos

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Aspectos básicos del banco de recursos Página 9

A1. Finalidad, principios y destinatarios del programa.

Un banco de recursos, ¿para qué?

El programa de recursos educativos para la educación básica

tiene como finalidad implantar de forma gradual las medidas necesarias para que todos los alumnos y alumnas de educación primaria y educación secundaria obligatoria posean los recursos necesarios, y/o el acceso a los mismos para cursar estas enseñanzas, independientemente de sus circunstancias personales, económicas y sociales.

¿Qué es un banco de recursos educativos?

Por banco de recursos educativos se entiende el conjunto de libros, materiales curriculares, recursos digitales y/o acceso a los mismos y otros recursos curriculares que el centro educativo pone a disposición del alumnado.

¿En qué principios se sustenta el programa de recursos educativos?

Los principios que se encuentran en la base de esta iniciativa son:

• Participación de la comunidad educativa. • Equidad que garantice la igualdad de oportunidades. • Compensación de desigualdades. • Universalización y no discriminación. • Progresiva gratuidad de los recursos educativos. • Sostenibilidad del programa.

¿Qué se entiende por recursos generales?

Por recursos generales se entienden aquellas aportaciones

económicas que la Consejería de Educación, Cultura y Deporte realiza a los centros educativos por cada alumno matriculado, sin considerar otras circunstancias.

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Página 10 Aspectos básicos del banco de recursos

¿Qué se entiende por recursos específicos?

Por recursos específicos se entienden aquellas aportaciones económicas que la Consejería de Educación, Cultura y Deporte realiza a los centros educativos por cada alumno perteneciente a familias que se encuentren en situación económica desfavorable (aquellas con unos ingresos inferiores al salario mínimo interprofesional).

¿Qué disposiciones regulan las condiciones en que debe desarrollarse esta iniciativa en nuestros centros educativos?

Las normas que regulan el banco de recursos son:

• Para centros públicos:

Orden ECD/87/2016, de 21 de julio, que establece y regula el programa de recursos educativos para la educación básica en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

• Para centros privados concertados:

Orden ECD/104/2016, de 16 de agosto, que establece y regula el programa de recursos educativos para la educación básica en centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Cuáles son las principales características del modelo de banco de recursos educativos?

La participación del alumnado en el programa consiste en el

uso, por préstamo, de los recursos educativos del banco durante su escolarización obligatoria.

Los recursos que forman parte del banco pueden tener distinta procedencia. Así encontramos:

- Recursos provenientes del banco de libros existente en el momento de implantar este programa. - Provisión de recursos generales y específicos a los centros por parte de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, en función del número de alumnos y alumnas matriculados. - Provisión de recursos por parte de las familias. - Provisión de recursos por parte de otras entidades (Ayuntamientos, asociaciones, fundaciones, etc).

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Aspectos básicos del banco de recursos Página 11

En general, los recursos educativos se entregan a título

de préstamo y, por tanto, deben ser devueltos al finalizar el curso en condiciones de uso para los alumnos y alumnas del curso siguiente. No obstante, en algunos casos (por ejemplo, cuadernos o material fungible) esta devolución no es necesaria.

¿A quién va dirigido el programa de recursos educativos?

Los destinatarios del programa del banco de recursos son los

centros públicos y privados concertados que imparten educación básica y va dirigido a los alumnos y alumnas que cursan Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria y sus familias.

En principio, todas las familias del alumnado matriculado en centros educativos públicos o privados concertados de la Comunidad Autónoma de Cantabria se pueden ver beneficiados por las actuaciones de este programa.

Los únicos requisitos son:

- Encontrarse matriculado en un centro público o en un centro privado concertado que haya solicitado participar en el programa.

- Que la familia del alumno solicite en el propio centro su incorporación al programa.

-

A2. Acceso al programa.

Soy un centro público y quiero participar en un programa, ¿qué debo hacer?

Los centros públicos (Colegios de Educación Infantil y Primaria

e Institutos de Educación Secundaria) según la Orden ECD/87/2016, de 21 de julio NO deben solicitar su participación en el Banco de recursos, ya que esta orden establece que todos los centros públicos participarán de forma obligatoria en este programa.

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Página 12 Aspectos básicos del banco de recursos

Soy un centro concertado y quiero participar en el programa, ¿qué debo hacer?

Los centros concertados, a diferencia de los centros públicos, SÍ

deben solicitar expresamente su participación en el programa.

Para ello, cada año, la Consejería de Educación, Cultura y Deporte envía a todos los centros concertados una circular que recoge las instrucciones en la que se recoge el procedimiento para la incorporación o, en su caso, renuncia a participar en el programa de recursos educativos.

Esta circular se envía a los centros en el mes de diciembre y establece un plazo para la presentación de la solicitud de participación o renuncia de participación en el Banco de Recursos Educativos. Este plazo finaliza el 31 de enero de cada año.

La solicitud de participación del centro concertado implica la incorporación al programa una vez verificado el cumplimiento de los requisitos, no siendo necesario repetir este trámite nuevamente en cursos posteriores.

La presentación deberá realizarse en el Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, (calle Vargas, 53, 7ª planta) o a través del Registro Electrónico Común situado en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria, o en cualesquiera de los lugares señalados en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre.

La solicitud deberá ir acompañada de un certificado del informe positivo del Consejo Escolar relativo a la participación del centro en el programa y contar con el visto bueno del titular del centro.

La solicitud debe presentarse según el siguiente modelo:

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Aspectos básicos del banco de recursos Página 13

Soy madre/padre o representante legal de un alumno que está cursando Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria, ¿Qué debo hacer para participar en el programa?

La solicitud de participación del alumnado en aquellos centros que formen parte del programa se realizará una sola vez para toda la etapa, pues el alumno y su familia se comprometen a permanecer en el programa durante toda su escolaridad en la etapa correspondiente.

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Página 14 Aspectos básicos del banco de recursos

¿Pueden incorporarse posteriormente al programa los alumnos y alumnas que no lo hicieron en el momento de constituirse?

Sí, y en el momento de incorporarse se comprometen a

mantenerse en el mismo durante toda la etapa educativa (educación primaria o educación secundaria obligatoria).

¿Qué medidas se van a tomar para las familias en situación económica desfavorable?

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte provee a los

centros públicos y privados concertados de recursos específicos, destinados a aquellos alumnos y alumnas cuyas características y necesidades socioeducativas así lo requieran.

Esta medida específica trata de compensar la provisión de recursos educativos a aquellas familias cuyos ingresos no superan el salario mínimo interprofesional (en el año 2018, 10.302,60 euros anuales).

En cursos anteriores estaba previsto que la aportación que los centros pudieran solicitar en estos casos no superara como máximo el 20 % de la provisión de recursos por parte del resto de las familias. Desde el curso 2018-2019, la Consejería de Educación, Cultura y Deporte compensará a los centros con un aumento de la cantidad destinada a cada alumno cuya familia reúna estas características, por lo que los centros no podrán solicitar a estas familias ninguna aportación adicional de recursos.

Una vez solicitada nuestra participación como familia en el programa, ¿a qué nos comprometemos?

La participación de la familia en el programa conlleva la asunción

de una serie de obligaciones:

• Mantenerse en el programa de recursos educativos durante el tiempo de permanencia en el centro.

La razón de este compromiso de mantenerse en el programa está tanto en los principios que sustentan el programa como en la necesidad que tienen los responsables del banco de recursos de hacer una previsión del material necesario para cada uno de los cursos y, por tanto, adquirir el material que falte en función del número de alumnos y alumnas participantes.

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Aspectos básicos del banco de recursos Página 15

No obstante, esta obligación de permanencia desaparece en caso

de traslado de centro o siempre que existan causas excepcionales que justifican la salida de un alumno del programa, valoradas por el director.

En el supuesto de cambio de centro (por ejemplo, un cambio de etapa que implique el cambio de centro), los centros deben coordinarse y asegurar que el alumno deposite previamente en el centro de origen los recursos que tiene en préstamo.

Si el cambio se produce durante el curso, el alumno, que participe

en el programa en su centro de origen, también lo hará en el centro de destino, siempre que deposite los materiales curriculares en el primero.

• Donar al banco de recursos del centro los recursos que aporten anualmente.

• Devolver al banco de recursos los que le han sido asignados, garantizando el buen uso de los mismos.

A3. Financiación del programa: aportaciones.

¿Cómo se financian las actuaciones del programa del banco de recursos?

La adquisición de los recursos que forman parte de cada centro requiere una financiación variable, en función de una serie de circunstancias como son la existencia previa de fondos provenientes de sistemas anteriores, la colaboración de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos (en adelante, AMPA) y Ayuntamientos, el modelo pedagógico vigente en el centro, etc.

Las vías más comunes de financiación son:

• La aportación de determinadas cantidades (tanto recursos generales como específicos) por cada alumno matriculado en la cuenta de gestión del centro realizada por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte,

• En algunos casos, las aportaciones en dinero o material realizadas por las propias familias.

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Página 16 Aspectos básicos del banco de recursos

También es importante la colaboración de los Ayuntamientos de nuestra región, que responde a diferentes modelos: desde la asunción de la gestión de los materiales por los servicios municipales hasta la aportación de una determinada cantidad adicional por cada alumno del municipio matriculado en los centros.

3.1. APORTACIONES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE.

¿Qué aportaciones realiza la Consejería de Educación, Cultura y Deporte?

Los centros públicos y privados concertados reciben en sus cuentas una cantidad por cada alumno matriculado. Estas cantidad se fija anualmente por resolución del Consejero de Educación, Cultura y Deporte en función del crédito presupuestario asignado al programa y de los alumnos matriculados en el centro. Para el curso 2018/2019, está prevista la aportación de las siguientes cantidades:

- Por alumnado matriculado en 1º o 2º de Educación Primaria: 100 euros/alumno, para atender la mayor necesidad de materiales fungibles. - Por alumnado matriculado en el resto de los cursos de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria: 30 euros/alumno.

- Por alumnado matriculado perteneciente a familias con ingresos no superiores al salario mínimo interprofesional: 155 euros/alumno. - Por alumnado de Centros y Unidades de Educación Especial: 50 euros/alumno.

¿Cómo se calcula la cantidad que debe transferirse a cada centro?

La cuantía económica que se ingresa a los centros con cargo al

programa de recursos educativos para la educación básica es un ingreso a cuenta (cuantía ESTIMADA), basado en una previsión tanto de la matrícula que va a tener el centro en el curso siguiente como del número previsible de alumnos y alumnas cuyas familias no tienen ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional.

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Aspectos básicos del banco de recursos Página 17

Para calcular la diferencia entre la matrícula estimada y la

matrícula real, la Consejería compara la matrícula estimada con la matrícula que tienen los centros a 31 de enero del curso.

Para calcular la diferencia entre el alumnado cuyas familias perciben ingresos por debajo de Salario Mínimo Interprofesional estimada y real, la Consejería de Educación, Cultura y Deporte recaba información a la Agencia Tributaria o, en el caso de que los padres no autoricen a recabar dicha información, comprueba esta circunstancia en base a la información suministrada por los padres.

Tomando como base la matrícula a 31 de enero y comprobados los datos fiscales de las familias, tenemos una cuantía REAL.

Hasta el 31 de enero del curso siguiente, el alumno nos va a aparecer en el último centro en el que está matriculado. A partir de esa fecha el centro debe comunicar los traslados a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte en la siguiente dirección:

[email protected]

La diferencia entre la cuantía REAL y la ESTIMADA arroja un

SALDO positivo o negativo que se repercute en el ingreso a cuenta del curso siguiente.

Si participan menos alumnos y alumnas de los matriculados, el

ingreso de recursos provenientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte no debe reintegrarse sino que debe repercutir en la mejora de la dotación del alumnado participante.

3.2. APORTACIONES DE LAS FAMILIAS.

Las familias que participen en el programa pueden contribuir a la financiación del banco de recursos mediante la entrega de una aportación, que deberá ser igual para todos los alumnos y alumnas de la etapa (salvo aquellos que soliciten la aportación de recursos específicos).

Las familias participantes deben comprometerse por escrito a

que los recursos que aporten pasarán a formar parte del banco de recursos educativos del centro.

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Página 18 Aspectos básicos del banco de recursos

¿Qué tipos de aportaciones se pueden solicitar a las familias participantes?

Los centros podrán solicitar la aportación de recursos por parte de las familias adoptando alguna de las siguientes fórmulas: a) Aportación de una determinada cantidad económica.

En este caso, se deben cuantificar las dos partes (aportación de la Consejería de Educación y aportación de la familia). El centro debe asegurar que la valoración de la aportación económica es la misma para todos los alumnos de la etapa. b) Aportación de recursos educativos. Se debe hacer una valoración de esos materiales (tanto inventariables como fungibles) para que la aportación sea la misma para todos los alumnos de la etapa. c) Aportación de una cantidad económica y de recursos educativos. Por aportación total de las familias debe considerarse la suma de ambas aportaciones, incluyendo el material fungible.

En ninguno de estos supuestos se podrán solicitar aportaciones adicionales a las transferidas por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte a las familias en situación económica desfavorable que hayan solicitado la aportación de recursos específicos.

¿Qué trámites hay que seguir para solicitar la aportación de las familias?

El director, teniendo en cuenta el estado del banco de recursos

educativos y las previsiones para el curso siguiente, si considera necesario solicitar una aportación a las familias, deberá recabar un informe positivo al consejo escolar del centro de la aportación que deben realizar cada uno de los alumnos y alumnas, que será igual para todos los cursos de la etapa.

Aunque la normativa prevé la posibilidad de que la Consejería de Educación, Cultura y Deporte establezca anualmente un tope máximo para esta aportación, hasta el momento no ha sido necesario.

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Aspectos básicos del banco de recursos Página 19

3.3. APORTACIONES DEL AYUNTAMIENTO.

¿Cómo se articula la participación de los Ayuntamientos?

En algunos centros el banco de recursos cuenta con la

colaboración del Ayuntamiento, que se compromete con la educación de los más jóvenes, aportando cantidades económicas complementarias a la aportación de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.

Existen muchas posibilidades en la determinación de las cantidades que aportan los Ayuntamientos: cantidad fija por alumno matriculado en el centro (conveniente en el caso de Ayuntamientos pequeños que aportan un número reducido de alumnos y alumnas al centro), cantidad global fija anual, etc.

A4. Gestión del banco de recursos.

¿Cómo se organiza internamente el banco de recursos?

Los centros disponen de autonomía organizativa y de gestión para

llevar a cabo las actuaciones del banco de recursos. No obstante, la normativa establece una serie de requisitos necesarios:

- Una comisión específica del Consejo escolar. - Un órgano de gestión, coordinado preferentemente por el

responsable de la biblioteca del centro.

¿ Qué características debe tener la comisión específica del Consejo escolar del centro?

Todos los centros participantes deben constituir una comisión

específica del consejo escolar formada por:

- el director del centro. - dos profesores. - una padre, madre o representante legal designado por la AMPA. - el representante del Ayuntamiento. En el caso de los centros

privados concertados, en los que no existe representante del Ayuntamiento, formará parte de la comisión otro padre, madre o representante legal integrante del consejo escolar del centro.

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Página 20 Aspectos básicos del banco de recursos

Esta comisión supervisa el funcionamiento del programa y la gestión que el centro está llevando a cabo y se encarga específicamente de conocer, informar y evaluar el programa.

No obstante, la dirección del centro es responsable de la correcta gestión del programa.

¿Qué características debe tener el órgano de gestión?

Por otro lado, la coordinación y aplicación del programa será

realizada por un órgano de gestión que será coordinado preferentemente por el responsable de biblioteca del centro.

La composición de este órgano dependerá en cada centro del nivel de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa (profesores, familias, alumnado, etc).

La implicación del profesorado en la gestión es importante y, por ello, la Consejería de Educación, Cultura y Deporte va a establecer a partir del curso 2018-2019 un reconocimiento en forma de compensación en su horario individual. La determinación del número de profesores implicados y la gestión y distribución de las horas de reconocimiento serán responsabilidad del centro.

¿Qué recursos y materiales pueden formar parte del programa?

Una de las cuestiones que más dudas están generando en la

gestión del banco de recursos tiene que ver con el tipo de materiales que pueden formar parte del mismo.

La orden que regula el banco de recursos establece que pueden integrarse en el banco de recursos el conjunto de libros, materiales educativos, recursos digitales y/o el acceso a los mismos, y otros recursos curriculares que el centro educativo pone a disposición del alumnado, y cuya aportación por el centro supone una merma en el desembolso de las familias.

Sin embargo, en el día a día, siguen surgiendo dudas respecto a la inclusión de determinados materiales (fotocopias, ordenadores portátiles, tablets, material deportivo, etc), que hace muy difícil cualquier tipo de definición a priori.

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Aspectos básicos del banco de recursos Página 21

En este sentido, los criterios para determinar la inclusión de un determinado material son: 1º. No debemos olvidar que, como primer criterio, el recurso educativo que el centro adquiriera debe suponer una merma y nunca un incremento del desembolso de las familias. 2º. En general, quedan incluidos en el banco de recursos, aquellos recursos educativos que determinen los equipos docentes, y que se caractericen conjuntamente por los siguientes aspectos:

a) Los materiales deben ser de uso eminentemente didáctico. b) Los materiales deben ser preferentemente transmisibles. c) Los materiales deben ser de uso personal/individual.

Estas tres características hacen que no puedan incluirse en el banco de recursos educativos materiales como:

· Prendas de vestir y ropa deportiva. · Salidas didácticas u otras actividades complementarias y

extraescolares. · Material deportivo, excepto cuando sea de uso individual,

transmisible y de uso habitual en el desarrollo de las programaciones.

· Materiales de aula o dotación para el centro, tales como: ordenadores de aula, proyectores, instrumentos de laboratorio, material de educación física o de música que sea equipamiento de centro, mobiliario, recursos para el profesorado. Las dotaciones para el centro se realizan con cargo a otros conceptos.

¿Están incluidos los dispositivos electrónicos?

Se podrán incluir dispositivos electrónicos siempre que:

1º. No supongan un incremento de la aportación de las familias. 2º. Los dispositivos electrónicos sean de uso individual. 3º La metodología y organización sea coherente con el recurso que se vaya a utilizar. Es decir, que su uso suponga un avance metodológico, en la línea de la integración curricular y la innovación educativa.

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Página 22 Aspectos básicos del banco de recursos

La adquisición de dispositivos electrónicos que reúnan las tres

características anteriores debe ser previamente autorizada por la Dirección General de Innovación y Centros Educativos, previo informe favorable realizado conjuntamente por el Servicio de Inspección de Educación y de la Unidad Técnica de Innovación Educativa.

¿Están incluidas las fotocopias y otro tipo de material fungible (compases, bolígrafos, etc.)?

Muchos centros han sustituido, dentro de su metodología, los libros de texto por fichas de trabajo y material didáctico de elaboración propia que se entrega al alumnado mediante fotocopias. En este sentido, las fotocopias, aunque no sean transmisibles, pueden formar parte del banco de recursos.

Como en el caso de las fotocopias, la orden que regula el banco de recursos permite incorporar a este otro tipo de material fungible de uso habitual.

• Cuadernos de escritura o de actividades. • Lápices, bolígrafos, rotuladores, etc. • Pegamento. • Otros.

En ambos casos (fotocopias y otro material fungible), aunque se trate de material no inventariable, es necesario tener un control de su localización y coste (especialmente, en el caso de las fotocopias donde deberá llevarse una contabilidad separada de las realizadas con cargo al programa, para una eventual justificación posterior).

Para el registro de este material, a partir del curso 2018-2019, los

centros dispondrán de un modelo de hoja de cálculo. Para la justificación de la adquisición será suficiente la

conservación y, en su caso, presentación de la factura.

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Aspectos básicos del banco de recursos Página 23

¿Están incluidas las licencias para la utilización de recursos educativos digitales?

Algunos centros han decidido sustituir los libros de texto y material impreso por materiales digitales que exigen el uso de licencias. Respecto a la aplicación de las aportaciones que hemos visto en páginas anteriores a la adquisición de recursos educativos, estas estarían incluidas siempre que:

• Las licencias sean de uso individual.

• La metodología y organización sea coherente con el recurso que

se vaya a utilizar. Es decir, que su uso suponga un avance metodológico, en la línea de la integración curricular y la innovación educativa.

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Página 24 Aspectos básicos del banco de recursos

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Documento B: Aspectos practicos de gestion del banco de recursos

educativos

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos educativos Página 25

En las páginas anteriores, hemos visto los aspectos más importantes que plantea la normativa sobre el banco de recursos. En esta segunda parte, se desarrolla un modelo de gestión, basado en las buenas practicas que están llevando a cabo algunos centros educativos de nuestra región. Todas estas recomendaciones no tienen más finalidad que servir de orientación y apoyo a los centros.

En primer lugar, vamos a definir algunas características tomando como referencia un modelo de gestión donde el trabajo del profesorado del centro se complemente con la participación de la AMPA en alguna de sus fases. Hemos agrupado las actuaciones en las siguientes etapas, que se desarrollan de forma sucesiva:

En segundo lugar, vamos a recoger varios modelos, con distintas características, desarrollados por centros educativos de nuestra región.

¿Cuándo desarrollar las actuaciones en el modelo general?

Antes de exponer las distintas etapas para la gestión del banco

de recursos, recomendamos ajustar las actuaciones al siguiente calendario:

Información a las familias

Acceso de los alumnos

Aportación de recursos

Compra de material

Gestión del material

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Página 26 Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos

B1. Información a las familias. La primera actuación del centro relacionada con este programa

corresponde a la información a las familias. Esta información permite que las familias conozcan en detalle las condiciones, el modelo de funcionamiento del programa y las ventajas que tiene su participación.

En relación con esta fase, podemos tener en cuenta:

• La información a las familias puede enviarse por escrito (página web del centro, correo electrónico, etc.), invitando a estas a participar e incidiendo en las ventajas sociales del programa y en los beneficios de la donación de fondos al banco de recursos.

• Es importante que la información recoja las medidas contempladas para las familias en situación económica desfavorable y el procedimiento que deben seguir para que el centro pueda recibir los recursos específicos.

• Información a las familias • Presentación de las solicitudes de

participación Mayo/ junio

• Devolución de materiales y revisión de su estado Junio

• Ingreso, en su caso, y justificación de aportación económica

• Solicitud de recursos específicos

Periodo de matrícula

• Adquisición de material • Registro y etiquetado • Clasificación y elaboración de lotes

Julio/septiembre

• Entrega de lotes de material educativo Septiembre

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos educativos Página 27

• Si la información se envía con una comunicación escrita,

esta puede incluir, además de la información, la solicitud de participación que puede ser devuelta al centro (especificando claramente el plazo para presentar la solicitud).

• En la medida de lo posible conviene aprovechar las reuniones de acogida para las familias de nuevos alumnos y alumnas organizadas por algunos centros.

• El momento más adecuado para informar son los meses de

abril y mayo.

• Los equipos docentes o departamentos tienen que elaborar antes de finalizar el curso la lista de libros de texto. El alumnado que no participe en el banco de recursos debe disponer de esta lista para garantizar que se adquiere el material adecuado.

• Se debe promover que la información llegue a las familias a través de diferentes vías (página web del centro, por escrito, tablón de anuncios del centro, reuniones de padres, etc). El objetivo es que todas las familias tengan conocimiento de la existencia y características del programa de recursos educativos.

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Página 28 Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos

EJEMPLO DE NORMATIVA

SOBRE BANCO DE RECURSOS

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Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos educativos Página 29

MODELO DE INFORMACIÓN Y COMPROMISO

DE PARTICIPACIÓN

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Página 30 Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos

EJEMPLO DE COMUNICACIÓN A FAMILIAS DE

LIBROS NECESARIOS

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos educativos Página 31

B2. Acceso del alumnado al programa.

La participación de las familias en el programa es voluntaria y necesita la presentación de una solicitud previa, que no es necesario renovar cada año: En relación con esta fase, se hacen las siguientes recomendaciones:

• Esta solicitud de participación del alumno es conveniente que pueda presentarse con anterioridad o, al menos, en el momento de formalizar la matrícula.

o Para alumnos y alumnas que ya están matriculados en el centro y no pertenecen aún al programa, como acabamos de ver, es conveniente que el tutor recoja las solicitudes de cada uno de sus alumnos.

o En los centros con mayor número de alumnos, para facilitar la gestión y poder realizar un control más eficaz, se entrega la solicitud directamente en Secretaría.

o Para nuevo alumnado, una vez cumplimentada, puede ser entregada en la secretaría del centro.

• Es conveniente que la solicitud de participación de las familias recoja el compromiso de éstas de aceptar las normas sobre el funcionamiento del programa (como, por ejemplo, en el modelo de compromiso de participación, en la página siguiente).

• Para garantizar la devolución de los libros en caso de cambio de

centro (por ejemplo, en el cambio de etapa) puede condicionarse la participación a la presentación de un justificante del centro de procedencia en el que se indique que han cumplido con la entrega.

• Algunos centros establecen, en sus normas sobre el programa de recursos educativos, que la solicitud de participación (e incluso la permanencia en el programa) está supeditada a la devolución o donación de los libros del año anterior, incluyendo los casos de cambio de etapa que impliquen un cambio de centro.

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Página 32 Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos

• Cuando esté prevista la aportación de determinada cantidad por las familias, el ingreso debería realizarse en los días previos a la formalización de matrícula, de forma que pueda presentarse el justificante en el momento de realizar la misma. Algunos centros establecen plazos concretos para facilitar esta aportación.

MODELO DE COMPROMISO DE

PARTICIPACIÓN

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos educativos Página 33

• Durante este periodo de matrícula también debe realizarse la solicitud por parte de aquellas familias por las que se reciban recursos específicos.

• Una vez finalizado el periodo de matrícula, deberá comprobarse

por los responsables de la recaudación que los ingresos han sido correctos y facilitar al responsable de la gestión del programa la relación de familias participantes.

• Debe recordarse que los centros enviarán la relación de participantes a la Dirección General de Innovación y Centros Educativos una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

B3. Gestión de las aportaciones.

En términos generales, la vía principal (aunque en muchos casos no exclusiva) para la financiación de los bancos de recursos lo constituyen las aportaciones realizadas por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.

• La gestión de las aportaciones económicas que pueden solicitarse a las familias deben ser ingresadas directamente en la cuenta corriente del centro.

• En algunos casos, el compromiso en la colaboración en la gestión de las aportaciones por la AMPA reduce la carga burocrática de los centros y facilita la recaudación.

• Cuando el centro cuente con la colaboración de la AMPA en la

recaudación de las aportaciones, esta debe incluir las aportaciones procedentes de todas las familias participantes en el programa (y no sólo las de los socios de la AMPA).

• En todo caso, se entregarán un recibo de esta aportación a la

familia (se adjunta un sencillo modelo en la página siguiente) .

• Finalizado el plazo establecido para la realización de las aportaciones, los responsables de la AMPA ingresan estas en la cuenta del centro, evitando el goteo de apuntes individuales. Este apunte conjunto conlleva la necesidad de recoger en un documento anexo al justificante del ingreso la identidad de todos aquellos que han realizado su aportación.

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Página 34 Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos

• Si la colaboración de la AMPA en la gestión de la recaudación supone también la cesión a esa asociación de datos personales protegidos, se hace aconsejable la firma previa de algún documento de cesión:

MODELO DE RECIBO DE

CANTIDADES APORTADAS POR FAMILIA

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos educativos Página 35

3.1. LA COLABORACIÓN DE AYUNTAMIENTOS.

La forma de colaboración es diferente pero en todo caso hay una serie de pasos o recomendaciones que conviene tener en cuenta:

¿Cómo realizar las primeras gestiones con el Ayuntamiento?

Se considera importante observar las siguientes recomendaciones:

• Es conveniente la implicación de la dirección del centro en todo

el proceso y del representante del Ayuntamiento, allí donde forme parte del consejo escolar del centro.

• Se debe promover una cita con las personas responsables del Ayuntamiento aprovechando, en lo posible, las relaciones que ya existan.

• Aprovechar la relación con los responsables de Ayuntamientos con los que se han acordado las condiciones para entrar en contacto con responsables de otros Ayuntamientos.

¿En qué consisten sus aportaciones?

Existen muchas posibilidades en la determinación de las

cantidades aportan los Ayuntamientos: cantidad fija por alumno matriculado en el centro (conveniente en el caso de Ayuntamientos pequeños que aportan un número reducido de alumnos y alumnas al centro), cantidad global fija anual, etc.

¿Cómo se formaliza la colaboración?

Una vez que hemos llegado a un acuerdo con el Ayuntamiento correspondiente, los centros cuentan con el apoyo de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte (Unidad Técnica de Ordenación Académica) para la elaboración y tramitación del convenio.

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Página 36 Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos

¿Qué duración tiene el convenio?

El convenio puede tener una vigencia anual o establecerse genéricamente “mientras esté vigente la partida regional”. La experiencia nos dice que está última posibilidad se acepta mejor por los Ayuntamientos. En todo caso, legalmente, los convenios no se pueden firmar por un periodo superior a cuatro años.

¿Qué pasos se deben seguir para la firma de un convenio?

La tramitación de un convenio es un proceso que implica a varios órganos de distintas Consejerías del Gobierno de Cantabria y que necesita varias semanas para su conclusión. El proceso es el siguiente:

Por su posible interés, se incluye en este manual un modelo tipo de convenio, similar al firmado con varios Ayuntamientos durante estos últimos meses:

Preparación del texto y memoria y acuerdo con el Ayuntamiento

Informe favorable de la Asesoría Jurídica

Informe favorable de la Dirección General del Servicio Jurídico

Acuerdo del Consejo de Gobierno

Firma del Convenio

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos educativos Página 37

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE CANTABRIA Y EL AYUNTAMIENTO DE ………………….. POR EL QUE SE ARTICULA LA COOPERACIÓN DEL AYUNTAMIENTO CON EL PROGRAMA DE RECURSOS EDUCATIVOS PARA LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.

En …………, a de de 2018

De una parte el Excmo. Sr. Don Francisco Javier Fernández Mañanes, Consejero de Educación, Cultura y Deporte en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en virtud de Decreto 3/2017, de 20 de septiembre, (BOC de 20 de septiembre), expresa y previamente facultado para la firma del presente convenio y autorizada la celebración del mismo por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha

De otra, D………………………………………………………………..………….., actuando en su calidad de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de ……………………..., actuando en este acto conformidad con la autorización concedida por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de fecha…………. de …………………..…………… de 2017.

Ambas partes se reconocen capacidad suficiente para suscribir el presente Convenio y a tal efecto:

MANIFIESTAN

Primero.- La Consejería de Educación, Cultura y Deporte, ha publicado la Orden ECD/87/2016, de 21 de julio, que establece y regula el programa de recursos educativos para la educación básica en centros públicos de Comunidad Autónoma de Cantabria.

Segundo.- La citada Orden prevé en su artículo 4 la posibilidad de participación de otros organismos e instituciones, especialmente las entidades locales, en relación al programa de recursos educativos para la educación secundaria obligatoria.

Tercero.- El Ayuntamiento de Ayuntamiento de …................, a la vista de la Orden citada ut supra, quiere actuar de manera coordinada con el [Nombre del centro educativo] de …………….., perteneciente a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria en dicho fin.

Cuarto.- En consecuencia, ambas partes, en aplicación de lo establecido en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, consideran procedente articular la cooperación económica, técnica y administrativa entre la Administración local y la de la Comunidad Autónoma en esta materia a través del presente convenio administrativo.

Por todo lo cual, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primero.- Es objeto del presente convenio la regulación de la colaboración del Ayuntamiento de ……………….. con la Comunidad Autónoma en relación al programa de recursos educativos para educación secundaria obligatoria regulado en la Orden ECD/87/2016 citada ut supra, de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en fecha ………….. de ……………….…..…… de 2017.

MODELO DE CONVENIO PARA COLABORACIÓN

DE AYUNTAMIENTO

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Página 38 Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos

Segundo.- A los efectos previstos en la cláusula primera de este Convenio, el Ayuntamiento de ……............................. aportará la cantidad de……………………………. mientras este vigente la partida que concede el Gobierno Regional en el IES/CEIP……………………………….

Tercero.- La aportación municipal se ingresará al IES/CEIP …………….. de ………………… e irá dirigida exclusivamente a reducir la cuantía que deben aportar las familias participantes en el programa de recursos educativos para la educación secundaria obligatoria, con el objetivo de conseguir la gratuidad al final del convenio.

Cuarto.- Para la justificación de la ayuda concedida, el IES/CEIP……………… de ………………….. aportará al Ayuntamiento, no más tarde del 31 de diciembre de 2017, 2018 y 2019 respectivamente, la siguiente información:

1. Nombre del Centro Escolar.

2. Importe de la aportación total de la Consejería:

a) La general (artículo 4º, apartado.

b) Las específicas (artículo 4º, apartado d).

3. Número de alumnos y alumnas que reciben las ayudas.

4. Copia del acuerdo del Consejo Escolar relativo a la aportación final de cada alumno a los recursos educativos.

Quinto.- La no presentación de la justificación indicada en el plazo indicado en el apartado anterior dará lugar al reintegro al Ayuntamiento de la cantidad no justificada.

Sexto.- El presente convenio tiene vigencia exclusivamente durante los cursos escolares 2016-2017, 2017-2018 y 2018-2019, efectuándose por el Ayuntamiento las ayudas que se recogen en los correspondientes presupuestos anuales 2017, 2018 y 2019.

Séptimo.- Con la finalidad de proceder al seguimiento de la ejecución y desarrollo del presente Convenio ambas partes acuerdan la constitución de una Comisión de Seguimiento, de la que formarán parte dos representantes: 1 representante de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, el Director del IES/CEIP ………………….. de ………….y dos representantes nombrados por el Ayuntamiento de ……………………………..

Octavo.- El presente convenio tiene carácter administrativo, sujetándose las controversias que en cuanto a su interpretación, ejecución y extinción puedan producirse a los Juzgados y Tribunales del orden Contencioso-Administrativo.

Por el Gobierno de Cantabria Por Ayuntamiento de ………

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos educativos Página 39

3.2. LA APORTACIÓN DE LAS FAMILIAS.

• Hay que recordar que el alumnado que se incorpore al banco de recursos una vez iniciada la etapa debe realizar la donación al banco de recursos educativos de los libros del curso anterior.

• Si los centros han solicitado la colaboración voluntaria de las familias mediante la donación de libros, es conveniente que se especifiquen claramente los días de recogida, de forma que se facilite tanto la compra posterior del material necesario como la gestión, en general, del material existente (elaboración de lotes, etc.).

• En la determinación de las aportaciones económicas, algunos

centros determinan estas a priori y otros concretan la aportación una vez adquirido el material necesario para completar los lotes y deduciendo del coste de la adquisición las aportaciones realizadas desde la Consejería de Educación, Cultura y Deporte. La aportación es igual para las familias de todos los niveles, independientemente de que unos cursos necesiten adquirir más materiales que otros.

En la página siguiente se incluye un modelo de comunicación personalizada a las familias, procedente de un centro que aplica, en la determinación de las aportaciones de estas, el último sistema y al mismo tiempo, se informa sobre las condiciones de la retirada del material.

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Página 40 Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos

FAMILIA DEL ALUMNO/A: ___________________________ BANCO DE RECURSOS DEL CEIP_______________ Estimada familia: Teniendo claro nuestro objetivo de reutilizar nuestros LIBROS DE TEXTO, dándoles la oportunidad de una vida un poco más larga que la de un curso escolar, no solo por un motivo económico sino también educativo, hemos contado con la ayuda de la AMPA para asignar de forma aleatoria a vuestro hijo/a el lote de libros que llevará a casa. Lo más importante es vuestra colaboración para que se cuiden responsablemente los libros que se os han asignado, ya que ahora son propiedad de todos los participantes en este proyecto. Por ello os pedimos que los reviséis cuidadosamente, los forréis si es necesario y no les pongáis el nombre de vuestro hijo/a ya que están controlados mediante un código para saber quien los usará durante el Curso escolar. La cuota que corresponde para este curso es de XX € Los alumnos y alumnas que reciban la ayuda de recursos específicos, como establece la normativa, no deben realizar aportación adicional. Esta cantidad es la misma para el alumnado participante y debéis ingresarla en la cuenta a nombre del niño/a indicando también el Curso. XXXXXXX de la oficina de XXXXXXXX: ES*9 *0*8 **0* 8***00000*** El día XXXXXX de septiembre a las XXXXX horas en la clase de vuestro hijo/a se os hará entrega del lote. Debéis presentar el justificante del ingreso ya que en caso contrario no los podréis retirar

El Director/a

EJEMPLO DE COMUNICACIÓN

A FAMILIAS

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos educativos Página 41

B4. Gestión del material.

Tras el ingreso de todas las aportaciones en la cuenta del centro, llega el momento de invertir estos fondos en la adquisición de los recursos educativos que cada centro considera necesarios en el desarrollo del proceso de aprendizaje.

4.1. ADQUISICIÓN DEL MATERIAL.

¿Qué trámites hay que seguir para la adquisición de material?

La adquisición de material supone la apertura por el centro de

un expediente de contratación. En este sentido, la normativa vigente prevé la delegación en los directores de centros docentes públicos no universitarios de competencias en materia de contratación. Esta delegación tiene como límite cuantitativo el contrato menor.

En este sentido, a partir del 9 de marzo de 2018, con la entrada en vigor de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 15.000 euros (IVA excluido), cuando se trate, como en el caso de la adquisición de los materiales del banco de recursos, de contratos de suministros o de servicios.

Cuando la cuantía del contrato supere el importe de mil ochocientos euros, en la adquisición de bienes, servicios y suministros, excluido el IVA, deberá recabarse la previa autorización de la Consejería mediante el oportuno expediente de contratación (en las páginas siguientes se adjuntan los correspondientes modelos), acompañando al mismo, si es posible, tres presupuestos de casas suministradoras diferentes, en los que conste la garantía y validez de los mismos, así como el IVA incluido.

Dada la cuantía habitual de estos contratos, con la implantación de la factura electrónica, todas las facturas que superen la cuantía de 5.000,00 euros deberán abonarse mediante la presentación por parte de los proveedores de forma electrónica.

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Página 42 Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos

Para el abono de la factura electrónica, la dirección de los centros deberá informar a los proveedores de los códigos DIR 3 asignados a estos.

No se podrá admitir facturas de forma tradicional que superen la cuantía de 5.000 euros.

Para facilitar el conocimiento del procedimiento de contratación, se incorporan los documentos del expediente de contratación:

EJEMPLO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

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Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos educativos Página 43

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Página 44 Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos educativos Página 45

4.2 REGISTRO DEL MATERIAL.

¿Cómo registrar el material adquirido con los fondos del banco de recursos?

La orden que establece y regula el programa de recursos

educativos dispone (art. 6.1) que los centros deberán incluir el inventario del banco de recursos educativos en la aplicación informática que la Consejería de Educación, Cultura y Deporte ponga a disposición del programa.

Las compras de recursos educativos con las aportaciones realizadas al banco de recursos es aconsejable que sean registradas para facilitar, en primer lugar, el control de su distribución entre el alumnado y, en segundo lugar, el control y justificación del gasto.

En el caso de libros de texto y material inventariable de naturaleza análoga, desde el curso pasado se ha solicitado a los centros su inclusión en la aplicación informática AbiesWeb. Sin embargo, AbiesWeb no permite el registro de todos los recursos que pueden formar parte de este programa.

Por esta razón, para el curso 2018-2019, la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, pone a disposición de los centros un modelo específico de hoja de cálculo para el registro de este material.

¿Cómo se registran los libros de texto y material análogo?

Los centros que reciben aportación de la Consejería de

Educación, Cultura y Deporte deben mantener actualizado en banco de recursos educativos del centro en la aplicación informática creada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: AbiesWeb.

Para la catalogación en AbiesWeb, el proceso a seguir es el siguiente: 1º-. Establecer la política de préstamos: Hay que crear un tipo de ejemplar referido a los materiales del “banco de recursos”. Puede denominarse simplemente “banco de recursos”, “libro de texto”,… y establecer dos parámetros:

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Página 46 Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos

a) Cuántos días va a estar el préstamo activo: Dentro de este número hay que contar exactamente los días transcurridos desde que se realiza el préstamo hasta el día que queremos recogerlos. No conviene poner una número “al azar” porque, de esa manera, no podremos comprobar quién/es no han realizado la devolución dentro de la fecha. b) La cantidad de ejemplares que se van a prestar: Incluyendo no sólo las asignaturas sino teniendo en cuenta que algunas editoriales disponen de un libro diferente por trimestre. 2º-. Determinar los valores por defecto: Con esto agilizaremos el proceso de catalogación. Escogeremos por defecto los siguientes parámetros:

• Ejemplar: “banco de recursos”, “libro de texto”,… o como lo

hayamos denominado al crearlo en la política de préstamos.

• Ubicación” un término que refiera que está en el “Domicilio del Alumnado”

• Procedencia: podemos poner “Programa Banco de Recursos” o simplemente “Adquisición”.

Para poder establecer los parámetros de “ubicación” y

“procedencia” tenemos que tener creada esa categoría. De lo contrario, deberemos hacerlo en el apartado de “Auxiliares”. 3º-. Catalogar los fondos:

Lo primero que tenemos que hacer es catalogar los fondos que vamos a prestar al alumnado. Para ello, tenemos tres procedimientos: a)-. Buscar e importar el fondo de Rebeca (Búsqueda local). b)-. Buscar e importar el fondo de la Biblioteca Nacional de España. (Importación de registros). c)-. Dar de alta el fondo “manualmente” desde el botón de “Nuevo”.

Para los libros de texto, lo más rápido es crear el fondo manualmente pues al trabajar con la última edición, no suele estar catalogado por las bibliotecas.

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Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos educativos Página 47

Así que creamos un nuevo ejemplar introduciendo los datos del título + Primer Trimestre/Segundo Trimestre/ Tercer Trimestre (en su caso) , el año de edición (que puede ser perfectamente el actual) y la editorial.

Una vez que hemos creado el fondo, simplemente tenemos que añadir tantos ejemplares como tengamos desde la opción: “Cantidad de ejemplares”: Habrá que añadir tantos como ejemplares tenemos para prestar al alumnado.

Cuando hayamos creado todos los ejemplares, ya podemos imprimir las etiquetas correspondientes.

Esta acción puede realizarse de dos formas: a)-. Individualmente para cada ejemplar: desde el icono del menú que está a la derecha: “Imprimir etiqueta”

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Manual de Gestión del Banco de Recursos Educativos

Página 48 Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos

b)-. Conjuntamente para varios ejemplares: En este caso se seleccionan activando la casilla que está en la parte izquierda del título.

Se seleccionar tantos ejemplares como etiquetas se quieran imprimir. Después se elige la opción “Imprimir etiquetas” y se pulsa el botón de “Aceptar.

Algunos centros imprimen dos copias: una para la portada y otra para la primera hoja (por si la primera se cae/desaparece,…).

Se abre una pantalla donde podemos escoger el tipo de etiqueta. En virtud de la escogida, aparecerá en la parte superior derecha de la pantalla, el modelo de etiqueta APLI que debemos adquirir.

Finalmente, solo nos queda pulsar el icono de “Imprimir” y proceder al etiquetado de los ejemplares.

Para más información puede consultarse: Educantabria > Recursos > AbiesWeb > Banco de Recursos o enviar un correo a la dirección: [email protected]

¿Cómo se registra el material fungible?

El material fungible de uso inmediato de un año (fotocopias, bolígrafos, cuadernos de completar…), por su propia naturaleza, no debe inventariarse.

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Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos educativos Página 49

Algunos centros han solicitado disponer de un herramienta que

les permita un mayor control de este material. Otros, por el contrario, realizan directamente el control del gasto en este material directamente de los datos que figuran en la factura. Para atender la solicitud de los primeros, la Consejería de Educación pone a su disposición una hoja de cálculo para aquellos que voluntariamente quieran utilizarla. Si estás interesado, puedes solicitar esta hoja de cálculo en la dirección:

asesorí[email protected]

4.3. PREPARACIÓN DE LOTES DE MATERIAL PARA EL NUEVO CURSO.

• Resulta aconsejable constituir una Comisión formada por profesorado y familias como órgano de gestión que controla todo lo relacionado con el préstamo de fondos del banco de recursos: calendario, préstamo, estado de conservación, etc.

• Esta Comisión establece el calendario para la gestión de los

materiales del banco de recursos determinando un plazo para la entrega de los libros del curso (segunda quincena de junio).

• Durante el período de recogida, los miembros de la Comisión comprueban el estado de los ejemplares devueltos. En este sentido, sería conveniente disponer de algún procedimiento consensuado para la reposición de los ejemplares deteriorados o de su valor económico, cuando este deterioro provenga de un uso inadecuado.

A título de ejemplo, incluimos dos modelos de solicitud de

reposición:

MODELO DE COMUNICACIÓN DE REPOSICIÓN

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MODELO DE COMUNICACIÓN DE REPOSICIÓN

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Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos educativos Página 51

• Cuando se produzca una entrega de material en mal estado, antes de solicitar su reposición a la familia, se debe valorar si el deterioro es consecuencia de causas justificadas.

• Utilizando la aplicación informática AbiesWeb, se consigna en el apartado “Observaciones”, el estado de conservación de cada ejemplar siempre que éste sea relevante.

• Resulta aconsejable que la característica “estado de

conservación” se tenga en cuenta con vistas a la formación de los lotes que se adjudicarán para el próximo curso procurando que haya un reparto equitativo de las tres categorías: nuevos, en buen uso y de último uso.

• La preparación de los lotes para el próximo curso se

realizarán a finales de junio y/o principios de septiembre.

4.4 PRÉSTAMO DE LOS MATERIALES AL ALUMNADO Una vez conformados los lotes de materiales, utilizando la aplicación AbiesWeb resulta muy sencillo y rápido realizar el préstamo a cada alumno/a. Para ello, se debe tener: 1º-. Registrados y etiquetados todos los materiales que se van a prestar. 2º-. Dados de alta como usuarios todo el alumnado del centro: Para dar de alta usuarios en AbiesWeb se puede hacer: a)-. Masivamente, realizando una importación desde Yedra. (Ver procedimiento). b)-. Individualmente, en el caso de alumnado de nueva incorporación. Para ello, se pulsa en el botón dentro de la pestaña de “Lectores”. Se abre una pantalla, en la que se introducen los datos del nuevo lector/a:

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Cuando se haya terminado, se pulsa el botón . Resulta imprescindible que la asignación del curso esté actualizada en relación con el año académico en el que se realiza el préstamo. Este requisito puede ejecutarse desde la funcionalidad de “Promocionar” dentro de la pestaña Lectores > Curso. Una vez registrados los materiales, por un lado, y dados de alta los alumnos y alumnas por otro, se puede proceder a realizar el préstamo. Para ello, disponer de uno o varios lectores de códigos de barras y una copia de los carnets del alumnado agilizará mucho el trabajo pudiendo realizarse como sigue:

a. Se escoge un lote de libros de texto y se determina a qué alumno/a se le va a adjudicar.

b. Se prestan con la aplicación AbiesWeb a un alumno/a determinado. Este proceso supone: b.1. Pasar el lector de código de barras por el libro que se va a prestar para identificarlo.

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Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos educativos Página 53

b.2. Pasar el lector de código de barras por el carnet del alumno/a al que se va a prestar dicho ejemplar.

En la parte derecha de la pantalla, pueden comprobarse los datos tanto del ejemplar como del lector:

Por último, se pulsa en el botón para efectuar el préstamo.

Así se realiza con todos los ejemplares del lotes asignado a dicho alumno/a.

c. Realizando una consulta del listado de préstamos de un alumno/a determinado introduciendo el número de lector aparece el listado de ejemplares prestados a ese alumno/a.

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La herramienta permite realizar dos opciones con este listado:

Imprimir el listado. También permite generar una copia en formato digital (pdf).

Esta opción puede utilizarse para que el centro lo guarde firmado como resguardo del préstamo realizado. Este resguardo se coloca encima de cada lote para facilitar el reparto al alumno/a correspondiente.

Genera un archivo en hoja de datos.

• Una vez adjudicados todos los lotes, la Comisión establece un calendario para la distribución de los materiales al alumnado.

• Conviene informar de este calendario a las familias por distintos medios: correo en Yedra, tablón de anuncios o a través de la página web del centro.

• Para facilitar una distribución ordenada, los centros pueden fijar el día y la hora en función del curso o nivel correspondiente.

• En las etapas en las que exista una jornada de presentación de alumnado, puede dedicarse parte de esta jornada a esta tarea. • La distribución de los lotes de libros y material didáctico a las familias puede realizarse bien directamente por el órgano responsable de la gestión (profesorado o asociación de madres y padres) a las familias o bien por los tutores. • Si la distribución la realiza el órgano de gestión se utilizará un espacio común del centro: biblioteca, local de la AMPA, etc.).

• Sin embargo, si la distribución la realizan los tutores puede utilizarse la propia aula del grupo.

• Es conveniente que la distribución de los libros de texto y demás material didáctico estén disponibles desde el primer día lectivo del curso.

• Además del registro en AbiesWeb o, en el caso de material fungible, archivo correspondiente, las familias pueden firmar un justificante de recepción en el que la familia se comprometa además a devolver los libros en buen estado al finalizar el curso escolar (se adjunta modelo en la página siguiente).

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MODELO DE JUSTIFICANTE DE

RECEPCIÓN

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4.5. USO Y DEVOLUCIÓN DEL MATERIAL.

¿En qué condiciones se debe utilizar el material?

• Se debe concienciar al alumnado que participa en el programa (y en general, a todo el alumnado), acerca de las razones de sostenibilidad que subyacen en el funcionamiento del banco y que, en consecuencia, está obligado al buen uso de los recursos educativos.

• La entrega de los materiales se realiza en condiciones de

préstamo y, por tanto, estos deben ser restituidos en condiciones adecuadas de uso para los alumnos y alumnas del curso siguiente, teniendo en cuenta el lógico deterioro que se deriva de su reutilización.

• Este cuidado debe ser especialmente importante en el caso

de libros de texto. Para su mejor conservación y reutilización, los libros de texto deben ser forrados (algunos centros establecen en sus normas el compromiso de las familias de forrar los libros de texto) y se recomienda que no se subraye o, si fuera imprescindible, que el subrayado se realice con lápiz blando (Número 0 o 2B).

¿Qué actuaciones es conveniente seguir en caso de traslado del alumno durante el curso escolar?

En caso de traslado, los materiales prestados deben ser devueltos al banco de recursos. Para acceder a los recursos del nuevo centro, es conveniente que este se ponga en contacto con el centro de procedencia para confirmar la devolución.

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Aspectos prácticos de gestión del banco de recursos educativos Página 57

¿En qué condiciones debe producirse la devolución del material?

• La devolución del material prestado debe realizarse, en las

últimas semanas del curso, una vez finalizadas las actividades lectivas. En este sentido, la gestión de la devolución del material se realiza habitualmente durante la segunda quincena del mes de junio.

• Las dos vías más usuales para gestionar la devolución son:

a) Devolución directa al órgano responsable de la gestión.

b) Devolución al tutor.

• Tras la entrega, debe comprobarse que no falte ningún libro y el estado de los mismos.

• En el caso de que se opte la devolución a través de los tutores, puede solicitarse al tutor/a la elaboración de un informe escrito sobre el estado de los libros y material, para facilitar la detección de necesidades que agilice el proceso de compra de nuevo material una vez finalizado el curso.

• La permanencia del programa puede quedar supeditada a la

presentación al órgano responsable de la gestión del programa de los libros del curso finalizado o al buen uso de los mismos.

¿En qué medida podemos considerar el programa de recursos educativos como herramienta de planificación?

Algunos centros donde el calendario de final de curso lo permite, especialmente en educación primaria, se utiliza el programa de recursos educativos para preparar el curso siguiente. En los últimos días lectivos del mes de junio, los tutores pueden recoger las listas de alumnos y alumnas a los que van a impartir docencia el curso siguiente. Durante estos días, se puede supervisar el material que ya forma parte del banco de recursos educativos y realizar la petición de otro material al órgano responsable de la gestión.

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¿Es conveniente promover la participación del alumnado?

La participación del alumnado en la gestión del banco de recursos educativos, especialmente de aquellos de mayor edad, puede ser una medida educativa que ayude a promover y concienciar al alumnado acerca los valores que sustentan este programa (sostenibilidad, cuidado del material, etc.) y, al mismo tiempo, ayudar a los responsables en la gestión.