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Manual de cumplimentación y validación del Currículum Vitae Edición 01 Julio 2011 Servicio de Evaluación y Desarrollo de Recursos Humanos Subdirección de Gestión, Organización y Desarrollo de RRHH. Organización Central de Osakidetza.

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Manual de cumplimentación y

validación del Currículum Vitae

Edición 01 Julio 2011

Servicio de Evaluación y Desarrollo de Recursos Humanos Subdirección de Gestión, Organización y Desarrollo de RRHH. Organización Central de Osakidetza.

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Edición 01 Julio 2011

INDICE

1 INTRODUCCIÓN.......................................................................................................................................................... 3 2 INFORMACIÓN GENERAL ........................................................................................................................................ 4

2.1 Acceso a la aplicación Curriculum Vitae................................................................................................. 4 2.2 Apartados de la aplicación de Currículum Vitae ................................................................................. 5 2.3 ¿Cómo cumplimentar y añadir registros al curriculum? .................................................................. 6 2.4 ¿Qué significan los Estados de un registro del Curriculum Vitae?............................................... 6 2.5 ¿Cómo se valida el Curriculum Vitae?..................................................................................................... 7 2.6 Funciones de la Secretaría Técnica .......................................................................................................... 7 2.7 Documentación acreditativa de méritos ................................................................................................ 8 2.8 Registro de Fechas ......................................................................................................................................... 9 2.9 Ayudas e Instrucciones ................................................................................................................................ 9

3 INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN DE REGISTROS....................................................................... 10 3.1 Datos personales .......................................................................................................................................... 10 3.2 Experiencia Profesional .............................................................................................................................. 11 3.3 Registro del campo “Organizadores” correspondiente a Actividades Formativas y

Docentes........................................................................................................................................................... 11 3.4 En el apartado Certificados/Reconocimientos ................................................................................. 13 3.5 Registro de Créditos de Actividades Formativas y Docentes ....................................................... 14 3.6 Registro del campo Área-Área temática de la actividad correspondiente a los

apartados de Formación y Docencia...................................................................................................... 14 3.7 Formación ........................................................................................................................................................ 15

3.7.1 Titulación académica .................................................................................................................................... 15 3.7.2 Titulación Postgrado ..................................................................................................................................... 18 3.7.3 Formación Continua...................................................................................................................................... 19 3.7.4 Euskera ........................................................................................................................................................... 21 3.7.5 It txartela ....................................................................................................................................................... 21 3.7.6 Idiomas ........................................................................................................................................................... 21

3.8 Docencia y difusión del conocimiento................................................................................................... 22 3.8.1 Docencia Pregrado ........................................................................................................................................ 22 3.8.2 Docencia Residentes y Alumnos................................................................................................................. 23 3.8.3 Docencia Postgrado y Formación Continuada ......................................................................................... 24 3.8.4 Difusión del Conocimiento: Reuniones Científicas.................................................................................. 24 3.8.5 Difusión del conocimiento: Publicaciones................................................................................................. 26

3.9 Investigación.................................................................................................................................................. 29 3.9.1 Proyectos de Investigación ......................................................................................................................... 29 3.9.2 Ensayos Clínicos Aprobados........................................................................................................................ 30 3.9.3 Tesis Doctorales ............................................................................................................................................ 31 3.9.4 Evaluación de Proyectos de Investigación ............................................................................................... 31 3.9.5 Premios y Distinciones a la Investigación ................................................................................................ 32 3.9.6 Patentes y Modelos Registrados................................................................................................................. 32 3.9.7 Estancias de Investigación .......................................................................................................................... 32 3.9.8 Revisor Revista Médica ................................................................................................................................ 32 3.9.9 Redes de Investigación ................................................................................................................................ 33 3.9.10 Tesinas.................................................................................................................................................... 33

3.10 Otros Méritos .................................................................................................................................................. 34 3.10.1 Comités Internos .................................................................................................................................. 34 3.10.2 Comités y Asociaciones Externas ...................................................................................................... 35 3.10.3 Tribunales y Otros órganos designados por Resolución y/o publicados en Boletines Oficiales 36 3.10.4 Grupos de trabajo de Osakidetza ...................................................................................................... 36 3.10.5 Méritos Adicionales ............................................................................................................................... 37

ANEXO: REGISTRO DE INFORMACIÓN EN CV SOBRE ENTIDADES ORGANIZADORAS DE LAS ACTIVIDADES FORMATIVAS Y DOCENTES ............................................................................................................ 38

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1 INTRODUCCIÓN

La aplicación informática Currículum Vitae ha sido desarrollada por Osakidetza para facilitar a sus profesionales una herramienta que les posibilite registrar, mantener actualizadas y conocer en cada momento el conjunto de informaciones relativas a su Currículum formativo y profesional disponibles en los sistemas de información de Osakidetza.

El Currículum Vitae contempla seis grandes apartados; Datos Personales, Experiencia profesional, datos de Formación, datos relativos a actividades de Docencia, datos relativos a actividades de Investigación y un apartado denominado Otros Méritos, los cuales serán actualizados tanto por Osakidetza como por el propio profesional según proceda.

Los apartados del currículum en los que se visualizan los datos disponibles sobre el profesional en los sistemas de información de Osakidetza son los siguientes:

Datos Personales; refiere datos personales y organizativos relativos al puesto ocupado.

Experiencia profesional; refiere los servicios prestados en Osakidetza y otras entidades.

Perfiles acreditados de Euskera

Formación Continua; actividades formativas realizadas en los programas de formación de Osakidetza o de sus Organizaciones de Servicios.

Por otro lado, el profesional procederá a registrar el conjunto de actividades, que deberán ser acreditadas documentalmente, en el ámbito de la Formación, la Docencia, la Investigación u otros méritos reseñables.

Toda nueva actividad incluida en la aplicación Currículum Vitae habrá de ser validada por Osakidetza, para lo cual el profesional habrá de poner a disposición de la Organización la documentación justificativa que proceda en cada caso y con las características que para la misma se hayan establecido, siendo este requisito imprescindible para que se produzca dicha validación.

Una vez los méritos incluidos en el currículum y las documentaciones justificativas aportadas para los mismos sean validadas por Osakidetza, dichos méritos constarán como méritos acreditados ante Osakidetza en los sistemas de información del Ente para el conjunto de procesos que implican presentación de méritos tales como concursos de traslados, comisiones de servicio, desarrollo profesional, etc.

Se trata por tanto de una herramienta que simplifica y facilita, tanto para Osakidetza como para el profesional, las actividades relacionadas con la presentación de méritos, compulsa de documentaciones, etc. implícitas en los procesos mencionados, ya que la documentación justificativa de los méritos aportados habrá de ser presentada en una única ocasión para su correspondiente validación.

La validación de un mérito por parte de Osakidetza implica la veracidad del mismo y de las informaciones y características que sobre éste se han registrado.

En ningún caso esta validación implica consideración alguna sobre la valoración de dicho mérito en relación al baremo de méritos del proceso para el cual se haya presentado, siendo responsabilidad y decisión del comité, tribunal o equipo correspondiente responsable del proceso determinar si dicho mérito curricular cumple o no los requisitos establecidos en el baremo de méritos y ha de ser por ello valorado.

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2 INFORMACIÓN GENERAL

2.1 Acceso a la aplicación Curriculum Vitae

A través del navegador se accede a la página principal de la aplicación. http://cv.osakidetza.net/

El usuario deberá introducir su DNI con letra en mayúscula y su Password o Clave para acceder.

La Password o Clave es facilitada por el Departamento de Personal de la Organización de Servicios a la que se está adscrito.

Si se dispone de dos perfiles de acceso a la aplicación, se encontrará la siguiente pantalla en la que puede seleccionarse el perfil con el que acceder, ya sea como Profesional para registrar el propio currículum o como Secretaría Técnica.

Si el perfil de usuario es “Secretaría Técnica” se accederá al listado de los empleados de la Organización de Servicios cuyos curriculums puede validar.

Para acceder a un curriculum sólo debe marcarlo y pulsar sobre el botón seleccionar.

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Existe en esta pantalla la opción de “Buscar” que permite hacer una búsqueda individual por profesional, utilizando los siguientes campos; D.N.I., nombre, primer apellido, segundo apellido o bien una selección de varios profesionales usando la combinación que se requiera de los filtros: Grupo Profesional, Puesto Funcional, Relación laboral, Organización de Servicios y Unidad Organizativa.

2.2 Apartados de la aplicación de Currículum Vitae

DATOS PERSONALES

EXPERIENCIA PROFESIONAL

FORMACIÓN DOCENCIA Y DIFUSIÓN DEL CONOCIMIENTO

INVESTIGACIÓN OTROS MÉRITOS

Serv. Registrados Osakidetza

Titulación Académica

Docencia Pregrado Proyectos de Investigación

Comités internos

Serv. Registrados Resto Admin.

Titulación Postgrado

Docencia Residentes y Alumnos

Ensayos Clínicos Aprobados por el CEIC

Comités y Asociaciones Externas

Serv. Registrados Otras Entidades

Formación continua

Docencia Postgrado y Form. Continuada

Tesis Doctorales

Méritos Adicionales

Euskera Difusión del Conocimiento: Reuniones Científicas y de Divulgación

Evaluación de Proyectos de Investigación

Tribunales y Otros Órganos

En este formulario se recogen una serie de datos de identificación relativos al profesional y al puesto que desempeña. Osakidetza ha volcado estos datos desde sus sistemas de información

Certificaciones It-Txartela

Difusión del Conocimiento: Publicaciones

Premios y Distinciones a la Investigación

Grupos de trabajo de Osakidetza

Idiomas Patente o Modelo Registrado

Estancias de Investigación

Revisor Revista Médica

Redes de Investigación

Tesinas

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2.3 ¿Cómo cumplimentar y añadir registros al curriculum?

En cada apartado del curriculum hay dos tipos de pantallas: Pantallas de listado y pantallas de detalle.

• Pantallas de listado: presentan la información resumida de los datos que tiene registrados el profesional en cada apartado del curriculum, con las opciones de ver, modificar, eliminar y añadir.

• Pantallas de detalle: Se muestran los diferentes campos que conforman un registro determinado. Permiten crear o modificar la información que aparece en cada registro.

Para incluir un registro debe presionarse la opción de "añadir", para posteriormente ir completando cada uno de los campos que se indican.

Una vez se haya completado el registro debe presionarse la opción "guardar" con el fin de grabar el registro introducido. Para guardar un registro deben al menos completarse los campos en que aparece el símbolo * en rojo. Posteriormente podrán seguir completándose los campos restantes.

Si se desea modificar un registro ya introducido, ha de seleccionarse el registro a modificar y presionar sobre "modificar". A continuación se abrirá la pantalla con los datos, sobre los que podrán realizarse cambios. Para que estos cambios sean efectivos debe presionarse la opción de "guardar".

Cada pantalla dispone además de un icono de ayuda (parte superior derecha) que presenta información relativa al contenido de la pantalla y las acciones que pueden llevarse a cabo en la misma.

Igualmente, existen ayudas en los campos que deben rellenarse para cumplimentar un registro. En el momento de introducir el registro, si se posiciona el cursor encima de un campo identificado con "?" en azul, aparecerá una aclaración sobre el mismo.

Todos los registros disponen de un campo de Observaciones que posibilita realizar aclaraciones, ampliaciones y/o puntualizaciones de la información introducida.

Todas las pantalla presentan un icono para imprimir (debajo del nombre del usuario) que permite acceder a una pantalla para la configuración de la impresión del curriculum (formato pdf).

2.4 ¿Qué significan los Estados de un registro del Curriculum Vitae?

El estado de cada registro de un Currículum Vitae se muestra de forma clara al usuario al final de la pantalla correspondiente al mismo.

Los estados de un registro de información del Currículum Vitae pueden ser:

• Estado "No Validado": estado por defecto que se asigna a cada nuevo registro introducido por el profesional que no ha sido verificado por la Secretaría Técnica.

• Estado "En validación": es indicativo de que el registro está siendo revisado por la Secretaría Técnica y por ello se encuentra cerrado a modificaciones por parte del profesional.

• Estado "Validado": estado asignado por la Secretaria Técnica una vez verificada la información con la documentación justificativa aportada por el profesional.

• Estado "Rechazado": estado asignado por la Secretaria Técnica a los méritos no admitidos en razón de carecer de la documentación justificativa necesaria, presentar carencias en la documentación aportada, no corresponder a la tipología de méritos curriculares previstos para su registro, etc.

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2.5 ¿Cómo se valida el Curriculum Vitae?

Toda actividad curricular incluida a través de la aplicación informática será verificada por Osakidetza. a partir de la documentación justificativa aportada por el profesional.

Mientras el curriculum está siendo rellenado por el profesional y hasta el momento en que Osakidetza no procede a verificar los datos introducidos, los registros se encuentran en Estado "No validado". Los registros en Estado "No validado" pueden seguir siendo modificados por el profesional.

La revisión del Currículum Vitae se llevará a cabo por una Secretaría Técnica, constituida al efecto en cada Organización de Servicios, quien comprobará la documentación acreditativa correspondiente a los méritos que se han incluido y validará la corrección de los mismos.

La Secretaría Técnica puede marcar un registro con Estado "En validación". El Estado "En validación" es indicativo de que el registro está siendo revisado por Osakidetza y por ello se encuentra cerrado a modificaciones por parte del profesional.

Si los datos aportados en cada registro se consideran correctamente acreditados documentalmente, dicho registro constará como Estado "Validado" no pudiendo ser modificado a partir de dicho momento por el profesional.

Si los méritos aportados carecen de documentación, no se consideran correctamente acreditados documentalmente, no se corresponden con la tipología de méritos curriculares previstos para su registro o presentan alguna otra deficiencia en su cumplimentación, dicho registro constará como Estado "Rechazado".

En el caso de registros rechazados, es imprescindible que la Secretaria Técnica cumplimente con el mayor detalle posible el campo “Causa del Rechazo”.

Los registros “Rechazados” podrán validarse con posterioridad siempre y cuando el profesional subsane la deficiencia detectada.

Los usuarios no podrán modificar los registros que se encuentren en Estado “Validado”, “Rechazado” o “En validación”.

2.6 Funciones de la Secretaría Técnica

En lo concerniente a las actividades de Validación de los méritos registrados en la aplicación de C.V. cuya supervisión corre a cargo de la Secretaría Técnica, se establecen los siguientes objetivos fundamentales:

− Verificar la certeza de los datos introducidos por el profesional acorde a la documentación acreditativa presentada.

− Revisar la información introducida por el profesional, completándola y/o corrigiéndola cuando sea preciso para su mejor comprensión.

− Verificar que la información quede registrada en el apartado correspondiente de la aplicación y acorde a las pautas e instrucciones establecidas en cuanto a su orden y clasificación.

De esta forma, tan importante como la validación de la veracidad de los datos introducidos, es la verificación de que la información se halla adecuadamente ubicada en su apartado y correctamente caracterizada y clasificada en los distintos desplegables establecidos para ello, siendo aspectos imprescindibles para su posterior explotación. La validación implica por ello un amplio conocimiento de la herramienta informática y la necesidad de discernir en algunos casos la tipología del mérito presentado por el profesional y la forma de caracterizarlo en las clasificaciones que se ofrecen.

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Acorde a los objetivos de homogeneidad en el registro de la información y adecuada caracterización de la misma que hagan posible su explotación y utilización, es necesario que en el momento de la validación se procure clasificar la información en las opciones existentes, dejando la opción inespecífica de “Otros” exclusivamente para aquellos casos en que el mérito no responda, en su significado o contenido, a ninguna de las opciones predeterminadas. Deben, por ello, asimilarse terminologías y utilizarse las opciones disponibles cuando se nos presentan eventos cuya denominación no coincide con las ofrecidas en los desplegables y sin embargo se trata de un evento que responde en su contenido y significado a los que se han preestablecido (p.e “V Encuentro de la Sociedad de Medicina de .…” habría de registrarse como “Reuniones Científica” si es que la denominación “Encuentro” no estuviera en las opciones del desplegable, tal y como ocurre.) En ningún caso, la forma de registro de la información en la aplicación de Currículum Vitae condiciona la validez de un mérito formativo en lo concerniente a un baremo de méritos, siendo responsabilidad y decisión del comité, tribunal o equipo correspondiente responsable del proceso la consideración acerca de si una actividad curricular cumple o no los requisitos de un baremo.

Igualmente, la Secretaría Técnica actuará como soporte y ayuda a los profesionales en el manejo y cumplimentación de la aplicación informática, efectuando las actividades siguientes;

• Gestión de las solicitudes de entrada al sistema: solicitud de claves de acceso y notificación de las mismas a los usuarios.

• Soporte Técnico a los profesionales tanto a nivel de manejo de la aplicación como en relación a los conceptos y datos solicitados por la misma.

• Organización de citas con los profesionales para la recepción y revisión de la documentación justificativa de los datos registrados y/o solicitud de la misma.

• Recepción de la documentación justificativa de los datos curriculares, efectuando su validación y/o rechazo.

• Notificación y gestión de posibles rechazos, estableciendo las pautas para su subsanación si procede.

2.7 Documentación acreditativa de méritos

La documentación acreditativa para la validación de los méritos registrados en la aplicación será documentación original, o fotocopia compulsada de la misma, conteniendo fecha, nombre y apellidos, DNI y firma legible del responsable de la compulsa.

La documentación original presentada deberá haber sido emitida por la entidad organizadora o responsable del evento, constando en la misma los datos de identificación de la entidad, sello y firma original.

Respecto a las certificaciones emitidas en soporte informático por las entidades organizadoras (certificados que se obtienen on-line por el propio profesional, certificados enviados al profesional vía e-mail, etc.), se solicitará al profesional información complementaria para su confrontación: Ruta de acceso a la página Web en donde se encuentra la certificación, Registro de correo electrónico y dirección de correo electrónico de la entidad emisora, etc. En todo caso, dichas certificaciones habrán de cumplir los requisitos generales de la documentación: identificación clara de la entidad organizadora, sello y firma.

Los artículos y otras publicaciones incluidos en Revistas Electrónicas, así como las intervenciones en eventos de difusión del conocimiento on-line o vía Web, habrán de acreditarse preferentemente mediante documento expedido por la entidad editora de la publicación u organizadora del evento. Sólo se aceptarán como acreditación documentos directamente impresos desde páginas Web, cuando conste en los mismos la Ruta de acceso a la publicación, intervención o evento y siempre y cuando éstos

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puedan ser comprobados en el momento de la validación. No se validarán otras intervenciones, publicaciones o eventos que no puedan ser contrastadas.

En el caso de certificaciones emitidas por profesionales en calidad de sujetos particulares (y no en calidad de cargos, representantes o integrantes de una entidad) sólo se admitirán aquellas cuando conste el profesional como responsable o referente único de la actividad o evento.

Osakidetza podrá solicitar traducción oficial para aquella documentación acreditativa que se presente en idioma no oficial en la CAPV.

Los títulos obtenidos en los Estados miembros de la Unión Europea deberán estar acompañados de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de reconocimiento del título expedido en dichos Estados.

2.8 Registro de Fechas

En caso de no disponer de la información exacta en relación al Día o Mes en que comenzó o finalizó una acción formativa, este dato (dd y/o mm) deberá substituirse por 01 y/o 01, siendo el año obligatorio.

Respecto a los méritos en cuya certificación no figura una fecha de fin por tratarse de actividades que siguen desarrollándose en la actualidad (p.e. pertenencia a grupos cuyos certificados constan como “y continúa en la actualidad”) se registrará como fecha fin la fecha de expedición del certificado.

Para la actualización de dichos méritos de cara a futuros procesos/convocatorias, deberán presentarse de nuevo los certificados actualizados con los nuevos periodos de tiempo procediéndose a modificar únicamente la fecha fin del mérito ya registrado de manera que conste como nueva fecha fin la de la última expedición del certificado. En ningún caso se procederá la mecanización de un nuevo registro cuando se trate de méritos que se han desarrollado de forma ininterrumpida.

2.9 Ayudas e Instrucciones

La aplicación de C.V. dispone de distintas modalidades de consulta:

- Instrucciones Generales de la aplicación (situadas en la parte inferior izquierda de la pantalla).

- Glosario de términos utilizados en la aplicación de C.V. (situado en la parte inferior izquierda de la pantalla).

- Ayudas de las Pantallas como instrucciones para la cumplimentación del apartado correspondiente (situadas en la parte superior derecha de la pantalla)

- Ayudas de los Campos identificadas con el signo - ? - para referir observaciones al registro de la información en dicho campo.

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3 INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN DE REGISTROS

3.1 Datos personales

Comprende una serie de datos de identificación relativos al profesional, así como datos organizativos relativos al puesto que desempeña actualmente.

Osakidetza vuelca estos datos desde su sistema de información de personal (SAP) y los actualiza periódicamente.

Sí se detecta alguna incorrección y/o necesidad de actualización en estos datos, debe comunicarse a la Secretaria Técnica de la Organización de Servicios (Departamento de Personal).

Para ello puede utilizar el enlace “Modificar datos” situado en la parte inferior de la pantalla que le permitirá remitir un correo electrónico a la Secretaría Técnica de la Organización de Servicios con las incidencias detectadas.

Los datos cuya modificación se solicita podrían requerir documentos justificantes, por lo que dichas modificaciones no se verán reflejadas en la Aplicación C.V. hasta que se lleve a cabo el correspondiente proceso de validación y registro en el sistema de información de personal (SAP).

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3.2 Experiencia Profesional

Osakidetza vuelca en este apartado de Experiencia Profesional los datos de que dispone en sus sistemas de información de personal (SAP) relativos a los Servicios Prestados del profesional.

En este apartado se muestran por tanto los Servicios Prestados en organizaciones sanitarias dependientes de Osakidetza y los Servicios Prestados en otras Administraciones Públicas o Entidades siempre y cuando éstos hayan sido acreditados por el profesional ante Osakidetza y registrados en el sistema de información (SAP).

Los datos se actualizan periódicamente constando en la pantalla la fecha de la última actualización.

Si se detecta alguna omisión o incorrección en los datos, debe comunicarse a la Secretaria Técnica de la Organización de Servicios (Departamento de Personal).

En el caso de los Servicios Prestados dentro de Osakidetza/SVS, puede utilizarse el enlace “Modificar datos” situado en la parte inferior de la pantalla que permite remitir un correo electrónico a la Secretaría Técnica de la Organización de Servicios con las incidencias detectadas.

Los datos cuya modificación se solicita podrían requerir documentos justificantes, por lo que dichas modificaciones no se verán reflejadas en la Aplicación C.V. hasta que se lleve a cabo el correspondiente proceso de validación y registro en SAP.

3.3 Registro del campo “Organizadores” correspondiente a Actividades Formativas y Docentes

En lo concerniente al campo “Organizadores” de actividades formativas y docentes y con el objetivo de unificar los criterios para su registro en la aplicación de Currículum Vitae, se ha desarrollado como Anexo a este Manual una Instrucción específica.

Se entiende por Organizador aquella entidad que organiza y gestiona una actividad formativa o docente, pudiendo impartirla directamente o a través de otras entidades. En cualquier caso se entenderá como Organizador la entidad que certifica la realización de la actividad y/o expide las titulaciones o acreditaciones correspondientes a la misma.

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Los epígrafes bajo los que se desglosa en primera instancia el apartado “Organizador” en la aplicación de C.V. son los siguientes:

• Centros docentes no universitarios privados. • Dpto. de Sanidad / Osakidetza/Svs. • Empresas, Sindicatos, Asociaciones, otros organismos privados. • Organismos y Centros sanitarios. • Universidades, Escuelas, Administración, Colegios Profesionales y Sociedades Científicas. • Otros (Especificar).

Algunas de estas opciones, al ser seleccionadas, desplegarán a su vez nuevas subdivisiones que se denominan “Organizado por 2” e incluso “Organizado por 3”.

- Universidades, Escuelas, Administración, Colegios Prof. y Soc. Científicas

Se entenderá como tales:

− Colegios Profesionales. − Sociedades Científicas / Asociaciones Profesionales. − Universidades / Escuelas Universitarias. − Centros Docentes no Universitarios Públicos. − Entidades y Organismos de la Administración (p.e.: IVAP, OSALAN, INEM, LANBIDE, etc.…). − Otras organizaciones (especificar).

- Dpto. de Sanidad/Osakidetza Svs

Acciones organizadas (en forma exclusiva o no) por el Departamento de Sanidad, por Osakidetza o por cualquiera de sus Organizaciones de Servicios.

Así mismo, se incluirán en este apartado las acciones organizadas por la Escuela de Enfermería de Osakidetza, BIOEF, O+iker, O+berri y OSATEK.

- Organismos y Centros Sanitarios

Comprende Instituciones Sanitarias, Centros Sanitarios y organismos dedicados a actividades asistenciales, no debiendo incluirse en este apartado otras organizaciones relacionadas con la Sanidad pero sin dedicación asistencial: p.e. dedicadas a formación, investigación, etc.

Bajo el epígrafe Organismos sanitarios públicos (Servicio Nacional de Salud) deben incluirse el conjunto de Organismos Asistenciales y Centros Sanitarios que constituyen el Sistema Nacional de Salud.

Bajo el epígrafe de Organismos sanitarios privados (estatales) deben incluirse todos aquellos Organismos Asistenciales y Centros Sanitarios no pertenecientes al Sistema Nacional de Salud o

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privados. Se registrarán bajo este apartado aquellos organismos privados de carácter benéfico o sin ánimo de lucro; Cruz Roja, DYA, Federación de Salvamento y Socorrismo, etc.

Bajo el epígrafe Organismos sanitarios (no estatales) deben incluirse todos aquellos Organismos Asistenciales y Centros Sanitarios no estatales.

- Centros docentes (no universitarios) privados

Se incluyen en este apartado todos aquellos centros, organizaciones y entidades de carácter privado dedicadas a la actividad docente (de forma exclusiva o como actividad preferente), independientemente de su entidad jurídica como empresas, asociaciones, asociaciones sin animo de lucro, fundaciones, etc.

Puede tratarse de centros formativos dedicados a la enseñanza profesional (academias, etc.) así como de centros o entidades dedicadas a la formación continua y reciclaje de trabajadores (asociaciones, fundaciones, etc.)

- Empresas, Sindicatos, Asociaciones, otros organismos privados:

Se entenderá como tales todas aquellas otras empresas y entidades de carácter privado que, no siendo centros docentes, imparten formación.

En la actualidad se despliegan las siguientes opciones: Laboratorios, Editoriales, Sindicatos, Escuelas de negocios (EADA, ESADE, IESE, etc.).

Igualmente se registrarán en este apartado dentro de la opción “Otros (especificar)” las O.N.G.s, Asociaciones de enfermos y familiares, Cámaras de Comercio, Mutuas de accidentes de Trabajo, Organizaciones empresariales (ADEGI- Asociación de empresarios de Gipuzkoa, CEBEK- Confederación empresarial de Bizkaia, CONFEBASK – Confederación empresarial vasca, etc.)

Es recomendable consultar la Instrucción específica recogida en el Anexo a este Manual y conocer previamente las opciones disponibles en los desplegables antes de registrar el mérito para poder encuadrarlo correctamente.

Aquellas actividades formativas en las que los profesionales pudieran participar, a instancia y sufragadas por Osakidetza, realizadas en entidades de formación privadas y cuya documentación acreditativa esté certificada por dicha entidad externa, requerirán, para poder ser validadas bajo el epígrafe “Organizado por” Osakidetza/Organización de Servicios, certificación de la Organización de Servicios correspondiente acreditando que las mismas se hayan incluidas en sus planes de formación.

3.4 En el apartado Certificados/Reconocimientos

En el campo “Certificados/Reconocimientos” aparecen las opciones de Título, Asistencia y la opción Otros. Igualmente, se registran en este apartado los Certificados y Reconocimientos que pudiera tener la actividad formativa, como por ejemplo los siguientes: - Acuerdo Nacional de Formación Continuada

- Acuerdos de Formación Continuada de las Administraciones Públicas.

- Certificado de Asistenta

- FORCEM Fundación para la Formación Continua

- Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo

- Hobetuz Fundación Vasca para la Formación Profesional Continua

- Reconocimiento de interés sanitario/científico/docente

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- Reconocimiento de oficialidad Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias

- Reconocimiento de oficialidad Escuela Valencia de Estudios de la Salud

- Título

- Otros Certificados-Reconocimientos

3.5 Registro de Créditos de Actividades Formativas y Docentes

Las pantallas para el registro de diversas actividades formativas y docentes incluyen el campo “Tipo de Créditos”. Dicho campo presenta las siguientes opciones:

- Actividad sin Créditos: se debe consignar aquí aquellas actividades formativas que no disponen de créditos

- Universitarios; créditos concedidos por las entidades universitarias a las actividades formativas que desarrollan. Caso de seleccionar esta opción se desplegará automáticamente el campo Tipo de Subcrédito en el que se podrá elegir entre:

• Créditos de Universidades nacionales: Un crédito es equiparable a 10 horas lectivas. • Créditos Europeos-ECTS: El valor del crédito se sitúa entre 25 y 30 horas de dedicación. Este

nuevo sistema de créditos ECTS está regulado por el Real Decreto 1125/2003 (BOE de 18/09/2003), por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

• Créditos de Universidades Extranjeras

Se abre igualmente un campo de texto que se utilizará para hacer cualquier tipo de anotación o descripción adicional sobre el tipo de subcrédito o sobre el organismo acreditador.

- Créditos de la Comisión de Formación continuada: créditos concedidos a actividades formativas conforme a los protocolos de valoración establecidos por la Comisión de Formación Continuada

- Homologados Otros Organismos: créditos concedidos por otros organismos.

Caso de seleccionar esta opción se desplegará automáticamente el campo Tipo de Subcrédito en el que se seleccionará Créditos de otros organismos extranjeros o Créditos de otros organismos nacionales. Se abre igualmente un campo de texto que se utilizará para hacer cualquier tipo de anotación o descripción adicional sobre el tipo de subcrédito.

En el apartado Certificados/Reconocimientos se podrá elegir entre las posibilidades que aparecen en una lista desplegable (ver apartado 3.4).

3.6 Registro del campo Área-Área temática de la actividad correspondiente a los apartados de Formación y Docencia

Distintas actividades formativas y docentes incluyen el campo Área (Área temática de la actividad), a fin de recoger el contenido o la materia en torno a la que trata la actividad.

En la lista desplegable sobre áreas temáticas se reflejan distintas tipologías de contenidos que son habituales en las actividades formativas o docentes.

En lo concerniente a actividades realizadas por profesionales sanitarios y a fin de recoger las distintas especialidades de que pueden tratar, se abre a su vez otro campo “Subarea Especialidad” con su correspondiente desplegable que concreta aún más el tema de la acción formativa, coincidiendo en muchos casos con las especialidades médicas y de enfermería.

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Es recomendable revisar previamente los diferentes desplegables a la hora de validar el mérito para encuadrarlo lo más correctamente posible.

3.7 Formación

Comprende un conjunto de epígrafes al objeto de registrar la Titulación Académica, las Titulaciones Postgrado, las actividades de Formación Continua, las acreditaciones de Perfiles lingüísticos de Euskera, las certificaciones IT Txartelak y las titulaciones en Idiomas.

3.7.1 Titulación académica

Este formulario está destinado a recoger el nivel y la Titulación Académica aportada por el profesional (a excepción de las identificadas como Titulaciones Postgrado que tienen un apartado específico).

Se deben recoger en este apartado únicamente los estudios académicos finalizados y de los cuales se esté en posesión del correspondiente título (las referencias a estudios no finalizados pueden reflejarse en el apartado Otros Méritos, Méritos Adicionales).

Únicamente es preciso registrar la Titulación Académica de carácter superior

Nivel académico: nivel de titulación académica obtenida que podrá ser de Licenciado Universitario, Diplomado Universitario, Técnico Superior, Técnico, etc.

Denominación título: según el Nivel académico elegido en el campo anterior, encontraremos los distintos títulos para en el mismo (por ejemplo; si hemos elegido el nivel académico “Licenciado Universitario”, tendremos acceso en este campo de “Denominación título” a todas las Licenciaturas

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Universitarias, si hemos elegido el nivel académico “Técnico superior” accederemos a las titulaciones profesionales de este nivel (Administración, Informática, Sanidad …).

Cuando sea preciso registrar datos relativos al Expediente Académico obtenido en la titulación académica, el número total de asignaturas del expediente y el número de asignaturas en las que se ha obtenido cada calificación se consignarán en el campo “Observaciones”.

3.7.1.1 Registro de Títulos Homologados

Los desplegables relacionan las Titulaciones académicas que se expiden en la actualidad.

En caso de tratarse de títulos académicos anteriores que no se expiden en la actualidad y se encuentran homologados a los actuales, se registrará el título actual al que se han equiparado, dejando constancia de la denominación exacta del título aportado por el profesional en el campo “Observaciones”.

Se entiende como homologación el reconocimiento expreso de que un título tiene los mismos efectos que otro, requiriéndose para ello una norma de carácter general que así lo establezca o un trámite administrativo individualizado.

Homologación de Titulaciones de Formación Profesional:

El título de Técnico Auxiliar (F.P. I y Módulos Experimentales Nivel II) en la correspondiente profesión tiene los mismos efectos profesionales que el título de Técnico. El título de Técnico Especialista (F.P. II y Módulos Profesionales Nivel III) en la correspondiente especialidad tiene los mismos efectos académicos y profesionales que el título de Técnico superior.

El título de Oficialía Industrial se declara equivalente a todos los efectos al Título de Técnico Auxiliar. El título de Maestría Industrial se declara equivalente a todos los efectos al Título de Técnico Especialista.

Como referencia para la homologación de Titulaciones de Formación Profesional, se pueden consultar el Anexo II y el Anexo III del Real Decreto 777/1998 de 30 de abril (B.O.E. nº 110) que establece los criterios generales para efectuar las convalidaciones y correspondencias en el ámbito de la Formación Profesional.

Homologación de Titulaciones Universitarias:

Como referencia para la homologación de Titulaciones Universitarias se puede consultar el Catálogo de títulos universitarios oficiales que se rige por los criterios establecidos en el Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del Catálogo de títulos universitarios oficiales, creado por el Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre.

3.7.1.2 Registro de Especialidades

En determinadas titulaciones sanitarias, se despliega el campo “Especialidad” para que el usuario pueda registrarla.

En el caso de que se posea más de una especialidad, se deberá mecanizar la titulación académica nuevamente para posibilitar el registro de una nueva especialidad.

Licenciados Sanitarios

En el caso de los Licenciados Sanitarios se debe prestar especial atención a la mecanización correcta del campo “Forma de obtención” de la especialidad, atendiendo a la documentación acreditativa que presenta el profesional, por su repercusión en los diferentes procesos que convoca Osakidetza (OPE, Desarrollo Profesional, …).

En este campo, se despliegan las siguientes opciones:

- Especialistas en Formación anteriores al RD 127/1984 (anteriores a la Regulación Vía MIR) - Formación en Residencia (Especialistas vía MIR, FIR, etc.)

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- Formación en Residencia en Centros Extranjeros (Especialistas vía MIR en Centros Extranjeros) - Especialistas vía RD 2490/1998 (MESTOS), que regula un proceso excepcional de acceso al título. - RD 2490/1998, aplicable a los Licenciados en Psicología ya que regula el título de Psicólogo

Especialista en Psicología Clínica. - Otros

Diplomados Sanitarios

También en el caso de los D.U.E. debe prestarse especial atención a la mecanización del campo “Especialidad.

En el campo se abre un desplegable con las siete especialidades vigentes reguladas por el Real Decreto 450/2005 sobre especialidades de Enfermería. Una vez seleccionada la “Especialidad” habrá de identificarse la “Forma de Obtención”. Si se dispone de una de estas especialidades vigentes reguladas en dicho Decreto, existen las siguientes opciones en su “Forma de Obtención”:

- Formación en Residencia ó Formación en Residencia Centros Extranjeros; Acceso al título de especialista vía EIR.

- Acceso a un nuevo título de especialista mediante “equiparación” (conforme a la Disposición adicional segunda del RD 450/2005) para aquellas especialidades suprimidas por este Decreto. En este caso la “Forma de obtención” que debe elegirse es “Especialista anterior al RD 992/1987” (en el caso de haberse mecanizado el título antiguo debiera eliminarse ya que se trata de una única y misma titulación).

- Acceso Excepcional al título de especialista (conforme a la Disposición transitoria segunda del RD 450/2005). En este caso se elegirá como Forma de obtención la opción “Otros (especificar)” registrando en el campo de texto Acceso Excepcional RD 450/2005.

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En el caso de disponer únicamente de un título de Especialista anterior al Real Decreto 992/1987 por el que se regula la obtención del título de Enfermero Especialista, se seleccionará esta opción en el campo “Especialidad”.

A continuación, se seleccionará la Especialidad de que se trate (Análisis Clínicos, Urología y Nefrología, etc.) y su “Forma de Obtención”, donde de nuevo habrá que elegir Especialista anterior al RD 992/1987.

3.7.2 Titulación Postgrado

Este formulario está destinado a recoger aquellas Titulaciones Oficiales de Postgrado de que disponga el profesional.

Se consignarán en este apartado los Títulos y Diplomas expedidos por las Universidades o entidades adscritas a las mismas, destinados a la formación avanzada de carácter especializado o multidisciplinar, dirigida a la especialización académica, profesional o investigadora.

El formulario permite registrar como titulaciones de postgrado las siguientes; Doctor, Suficiencia Investigadora, Licenciado de Grado, Master Postgrado, Diplomatura de Postgrado-Experto, Diploma Estudios Avanzados, Postgrado Especialista Universitario y Certificado de Aptitud Pedagógica. - Título de Doctor: Para la obtención del título de Doctor será necesario estar en posesión del título de Licenciado, superar los cursos del doctorado y aprobar una tesis doctoral.

Se registrará exclusivamente la obtención de la titulación de Doctor, identificando en el campo Denominación de la Acción Formativa la especialidad académica correspondiente (Doctor en Medicina y Cirugía, etc.).

Además del Titulo de Doctor, es necesario cumplimentar el registro relativo a Tesis Doctoral en el apartado Investigación, en el cual existe un epígrafe específico.

La posesión del Título de Doctor implica la realización de los Cursos de Doctorado requeridos equivalentes a 32 créditos, por lo que no es necesaria la mecanización de los cursos.

Dado que el título de Doctor engloba la titulación Suficiencia Investigadora, en caso de estar en posesión de ambas titulaciones, sólo se mecanizará la de rango superior.

- Suficiencia Investigadora: acreditación obtenida tras la superación de la prueba correspondiente, una vez completados los 32 créditos requeridos en los programas de doctorado.

- Diploma Estudios Avanzados: acreditación obtenida una vez completados los 32 créditos requeridos en los programas de doctorado y reconocida la suficiencia investigadora.

- Licenciado de Grado: acreditación universitaria obtenida tras la superación de una Revalida; prueba específica realizada una vez cursados los años correspondientes a la licenciatura o la presentación de una Tesina de Licenciatura.

- Certificado de Aptitud Pedagógica: acreditación obtenida para impartir docencia en la educación secundaria

- Master Postgrado: titulaciones impartidas por universidades y entidades adscritas con una duración, a nivel general, equiparable a dos cursos académicos.

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- Diplomatura de Postgrado-Experto, Postgrado Especialista Universitario: titulaciones impartidas por universidades y entidades adscritas con una duración, a nivel general, equiparable a un curso académico.

En todos los registros del apartado de Titulación Postgrado el campo denominado “Certificación” aparece cumplimentado por defecto con la opción de “Título”.

3.7.3 Formación Continua

3.7.3.1 Actividad formativa registrada por Osakidetza (Apartado superior de la pantalla)

En el apartado superior de esta pantalla se recogen aquellas actividades formativas realizadas por el profesional incluidas en los Planes de Formación de Osakidetza o de sus Organizaciones de Servicios, las cuales están ya registradas en los sistemas de información de Osakidetza (SAP). Las actividades formativas se reflejan siempre y cuando se haya superado el nivel de asistencia requerido para la obtención del correspondiente certificado de asistencia (80%). Si se detecta algún error u omisión en este apartado, debe comunicarlo a la Secretaria Técnica de la Organización de Servicios (Departamento de Personal) presentando la documentación acreditativa correspondiente. También puede utilizar la opción Solicitar Modificación a través del cuál la Secretaría Técnica de su Organización de Servicios recibirá un correo electrónico con el tipo de incidencia detectada.

Los datos se actualizan periódicamente constando en la pantalla la fecha de la última actualización.

Dado que se realizan actualizaciones frecuentes en este apartado que recogen las nuevas actividades formativas realizadas (así como posibles correcciones en registros existentes), se recomienda, para evitar duplicidades, no mecanizar en el apartado inferior de esta pantalla las acciones formativas recientes o sobre las que se ha solicitado corrección.

Se trata, igualmente, de un apartado que se actualiza siempre que se realiza una nueva convocatoria o cualquier otro proceso que implique baremación de méritos.

3.7.3.2 Otras actividades formativas / Incluir Actividad (Apartado inferior de la pantalla)

En el apartado inferior de la pantalla se han de registrar el resto de las actividades de formación continua en las que se haya participado como Asistente.

Se entiende como actividades de formación continua aquellas destinadas a mantener, aumentar o mejorar la competencia profesional siempre que no formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación oficial ya sea básica o de la especialidad correspondiente.

No deben registrarse en este formulario actividades formativas que formen parte de un plan de estudios para la obtención de una Titulación Oficial ya consignada en su correspondiente apartado de Titulación Académica o Postgrado.

Tipo de Acción Formativa

El formulario permite registrar los siguientes Tipos de acciones formativas, además de la opción “Otros”:

Asistencia a Cursos; Cursos de Doctorado, Cursos, Seminarios, Talleres, Estancias de formación, Sesiones clínicas.

Asistencia a Reuniones; Reuniones Científicas, Jornadas, Congresos, Mesas Redondas, Simposiums.

Se entenderá por estancia de formación aquel periodo de tiempo de permanencia en una organización, diferente al centro de trabajo al que se esté adscrito en dicho momento, destinada a la adquisición de conocimientos o habilidades específicas de la profesión, mediante “metodologías in situ” o de “formación en el puesto de trabajo”.

Se entenderá como Reunión científica o de profesionales, aquellas convocatorias o foros dirigidos expresamente a la divulgación o debate de los conocimientos específicos de una profesión o área de conocimiento entre los profesionales relacionados con la materia.

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A fin de caracterizar adecuadamente la información, es necesario que en el momento de la validación se procure utilizar las opciones existentes, dejando la opción inespecífica de “Otros” exclusivamente para aquellos casos en que el mérito no responda, en su significado o contenido, a ninguna de las opciones predeterminadas. Deben asimilarse terminologías cuando se nos presentan términos cuya denominación no coincide con las ofrecidas, por lo que se entenderá como sinónimo de Reunión Científica: Encuentros, Coloquios, Certámenes, Foros, Conferencias.

La posesión del Título de Doctor implica la realización de los Cursos de Doctorado requeridos por lo que no es necesaria la mecanización de los cursos.

Denominación de la Acción Formativa:

Campo de texto en el que se introducirá el título o denominación de la acción formativa que conste en el certificado.

Carácter Seleccionaremos en el desplegable el carácter Presencial, No presencial o Mixto de la actividad formativa.

Las horas de duración reflejadas para la actividad formativa se entenderán referidas al tipo de actividad (presencial, no presencial o mixta) que aquí se especifique.

En cualquier caso si se desea registrar con mayor detalle las horas de uno u otro tipo se utilizará el apartado de observaciones.

Registro de fechas

En caso de no disponer de la información exacta en relación al Día o Mes en que comenzó o finalizó una acción formativa, este dato (dd y/o mm) deberá sustituirse por 01 y/o 01, respectivamente, siendo obligatorio que en la documentación acreditativa figure el año.

Duración

Se consignará en primer lugar la duración en horas que venga acreditada en la documentación del mérito. Las horas consignadas en este epígrafe se considerarán presenciales, no presenciales o mixtas según se haya especificado en el campo previo.

La duración en horas se referirá a horas lectivas exigidas para la expedición del correspondiente título o certificación e incluidas en su programa formativo. En todo caso las horas lectivas se referirán a horas de formación tuteladas y dirigidas, bien se desarrollen dentro o fuera del aula, en modalidad presencial o no presencial.

Cuando en el certificado se distingan del total de horas; horas teóricas y horas de prácticas u horas presenciales y no presenciales, se registrará este desglose en el campo observaciones.

No se considerarán horas lectivas, a efectos de actividades de formación continua, aquellas prácticas profesionales en organizaciones que pudieran derivarse o estar vinculadas a una actividad formativa, con carácter opcional o sin estar incluidas en su programa formativo. Este tipo de prácticas profesionales en organizaciones pueden ser registradas como “Estancia de Formación” en el apartado Tipo de Acción Formativa.

En el caso de que el dato de horas no aparezca en la documentación acreditativa se elegirá del desplegable la opción “No constan en el certificado”. No obstante se puede indicar información sobre la duración de la actividad en las observaciones.

En cuanto a la duración en días lectivos de la acción formativa, y siempre y cuando consten en la certificación, es recomendable cumplimentar este campo aunque la aplicación no nos obligue a ello, ya que si la acción formativa carece de horas y créditos, pudiera valorarse por días dependiendo del carácter de la actividad formativa y del proceso/convocatoria de que se trate.

Así mismo, si el documento que acredita el mérito no refleja ni horas ni créditos, ni tampoco fechas concretas de celebración del evento, al menos se mecanizará como fecha la de expedición del certificado y su duración se identificará como un día lectivo.

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Certificados / Reconocimientos

En este campo aparecen las siguientes opciones:

- Acuerdo Nacional de Formación Continua - Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas - FORCEM Fundación para la Formación Continua - Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo - Hobetuz Fundación Vasca para la Formación Profesional Continua - Reconocimiento de oficialidad Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias - Reconocimiento de oficialidad Escuela Valenciana de Estudios de la Salud - Reconocimiento de interés sanitario/científico/docente - Título - Certificado de asistencia - Otros Certificados - Reconocimientos.

3.7.4 Euskera

Este apartado recoge la información referente al perfil lingüístico acreditado por el profesional ante Osakidetza.

Osakidetza visualiza los datos existentes en sus sistemas de información de personal (SAP) por lo que si se detecta alguna incorrección y/o necesidad de actualización en los mismos se pondrá en conocimiento de la Secretaría Técnica de la Organización de Servicios (Dpto. de Personal).

3.7.5 It txartela

Refleja las certificaciones de las IT TXARTELAS acreditadas por el ESI European Software Institute

Estos datos se actualizan periódicamente por Osakidetza con los datos suministrados por el ESI European Software Institute.

Si hay errores o faltan registros se informará a la Secretaría Técnica de la Organización de Servicios (Dpto. de Personal).

3.7.6 Idiomas

En el formulario de Idiomas, se pueden registrar los conocimientos de Idiomas (a excepción del Euskera que posee un apartado específico en esta aplicación).

Los Idiomas que se visualizan en el desplegable son Francés, Inglés y Alemán. En caso de tener conocimientos de otros idiomas, se deberá indicar en el desplegable de Idioma la opción "Otros" y en el campo inmediatamente posterior el nombre del idioma.

En cuanto al campo “Titulación”, el desplegable da las siguientes opciones; además de la opción “Otros”

− Ciclo elemental de la EOI (Escuela Oficial de Idiomas): equivale a tener hasta 3º curso aprobado

− Ciclo superior de la EOI: equivale a tener hasta 5º curso aprobado

− Lengua Materna; en relación a la validación de registros así identificados, queda a criterio del

Secretario/a valorar la fiabilidad de dicha información determinando si procede o no su validación.

La regulación de la enseñanza de idiomas y sus equivalencias puede consultarse en el Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial, y el Decreto 46/2009, de 24 de febrero, por el que se implantan las enseñanzas de régimen especial en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

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3.8 Docencia y difusión del conocimiento

Incluye los apartados necesarios para registrar la actividad ejercida en el ámbito de la Docencia; tanto Pregrado, como Postgrado y en relación a la Formación Continuada.

Este apartado comprende, asimismo, las actividades de Difusión del conocimiento realizadas en los diversos tipos de Reuniones Científicas así como en el ámbito de las Publicaciones.

3.8.1 Docencia Pregrado

La Docencia Pregrado se entiende como la docencia impartida para la obtención de una titulación académica oficial de las que se incluyen en el apartado Titulación Académica de esta aplicación de CV (carreras universitarias, carreras técnicas, estudios profesionales).

Las actividades de Docencia Pregrado registradas se entenderán como una actividad compatibilizada con el servicio activo en Osakidetza, otros Servicios de Salud u otras Administraciones. Para ello es preciso que exista un convenio, acuerdo u otro tipo de regulación de la colaboración formativa entre la Entidad Académica y la Organización de Servicios u Osakidetza.

La Docencia Pregrado debe por ello certificarse, bien mediante el acuerdo suscrito entre las entidades, bien mediante certificación expedida por la Entidad Académica.

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Categoría

Las actividades de docencia pregrado se consignarán según la categoría en: Catedrático, Profesor Titular, Profesor Asociado, Profesor Colaborador y Tutor de Prácticas.

La categoría Tutor de Prácticas se corresponde en el ámbito de la Enfermería con la denominada “Venia Docendi”.

Se entiende como Tutor de Prácticas, aquel profesional designado por la Organización, en el marco de un acuerdo de colaboración con una Entidad Académica para la realización de prácticas profesionales, como responsable de los alumnos en practicas, encargado de su seguimiento y evaluación hacia la entidad educativa.

Otra tipo de colaboraciones en lo concerniente a la formación práctica de alumnos en el centro de trabajo se registrarán en el apartado “Otros (especificar)”

Denominación docencia: curso y tipo de estudios correspondiente

Materia/Asignatura: materia o asignatura que se imparte.

Nivel académico: nivel de titulación académica en que se imparte la docencia que podrá ser de Licenciado Universitario, Diplomado Universitario, Técnico Superior y Técnico.

Denominación título: según el Nivel académico elegido en el campo anterior, encontraremos las opciones de Títulos disponibles para el mismo. Así mismo, la elección de ciertas opciones del desplegable abrirá un nuevo campo a rellenar con las especialidades que pueda haber de esa titulación académica concreta. (Por ejemplo si hemos elegido Medicina, se desplegarán todas sus especialidades)

Centro Universitario: se elegirá de entre las opciones, la Universidad donde se imparta la docencia. Si no se trata de un centro universitario se elegirá la opción “Otros”.

Fechas Inicio/Fin: se indicará la fecha del inicio/fin del curso académico o bien el intervalo de fechas en las que se ejerce la labor docente, según sea el caso.

3.8.2 Docencia Residentes y Alumnos

En este formulario se recogen actividades de tutoría y adiestramiento dirigidas al personal residente en formación de las profesiones sanitarias.

Categoría

Las actividades que pueden registrarse son las siguientes; Jefe de Estudios, Tutor de Especialidad Lic. Sanitarios (Serv. Acreditado), Tutor de Residentes Lic. Sanitarios (Serv. Acreditado), Tutor de Residentes Lic. Sanitarios (Serv. no Acreditado), Coordinador Docencia Especialidades Enfermería y Tutor Residentes Diplomados Sanitarios (Serv. Acreditado).

• Jefe de Estudios: responsable de la organización y coordinación de las actividades de docencia postgraduada del Centro.

• Tutor de especialidad Lic. Sanitarios (Servicio Acreditado): el profesional es tutor de su especialidad en un servicio acreditado para la formación MIR y está nombrado por la Dirección del Centro.

• Tutor de Residentes Lic. Sanitarios (Servicio Acreditado): el profesional pertenece a un servicio acreditado para la formación de residentes no siendo tutor de la especialidad.

• Tutor de Residentes Lic. Sanitarios (Serv. no Acreditado): profesional que perteneciendo a un servicio no acreditado, recibe a residentes de otras especialidades para que realicen estancias cortas en su servicio o unidad.

• Coordinador Docencia Especialidades Enfermería: coordinador de la Unidad Docente de la especialidad correspondiente.

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• Tutor Residentes Diplomados Sanitarios (Serv. Acreditado): tutor de residentes en un servicio acreditado para la formación EIR de especialidades de enfermería.

Denominación de la especialidad

Se registrará la especialidad del Residente (no la del tutor).

Las actividades de tutoría y adiestramiento a Residentes se registrarán en función de la especialidad del residente y de su periodo de permanencia.

En el caso de los Servicios No acreditados se cumplimentará, siempre que la documentación acreditativa lo especifique, un registro por residente y periodo de estancia a cargo del profesional.

3.8.3 Docencia Postgrado y Formación Continuada

En este formulario se consignarán las actividades docentes de carácter postgrado y/o vinculadas a la formación continuada, así como las actividades de organización y gestión de estos eventos formativos.

Categoría

Las actividades a registrar consideran las siguientes tipologías:

• Evaluador de Proyectos curso postgrado • Organizador: Otros participantes • Organizador: Presidente/Director/Secretario • Otros (especificar) • Ponente-Formador • Profesor Docencia Especialidades de Enfermería • Tutor de Prácticas curso postgrado

Tipología de acciones docentes; la tipología de acciones docentes contempla;

• Certificado - Diploma Estudios Avanzados • Cursos (incluyendo talleres, seminarios, sesiones clínicas, etc.) • Cursos de doctorado • Cursos postgrado • Diplomaturas postgrado-Experto • Master postgrado • Otros (especificar)

Denominación de la acción docente: se registrará el nombre de la titulación o tipo de estudios (título del curso postgrado, master, etc.) en la que se integra la actividad docente, que podrá coincidir o no con el nombre de la asignatura impartida, siguiente campo a rellenar.

En cuanto al resto de campos; Área, Especialidad, Organizador, Créditos, etc. se remite a las indicaciones recogidas en los apartados anteriores de Titulación Académica, Titulación Postgrado o Formación Continua.

3.8.4 Difusión del Conocimiento: Reuniones Científicas

En este formulario se recogen todos aquellos méritos relativos a Reuniones Científicas en las que el profesional ha intervenido como Ponente, así como aquellas actividades de organización de este tipo de eventos.

Categoría de difusión

La tipología de intervenciones hace referencia a los siguientes méritos:

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• Como Ponente: Ponente, Primer autor, Autor Colaborador, Moderador, etc. • Como Organizador: Presidente, Vicepresidente, Director, Secretario, etc. • Otras Colaboraciones y Agradecimientos • Otros (especificar)

Tomando como referencia las “Normas de Vancouver” se entenderán como Autores de una publicación o ponencia;

- Aquellos profesionales cualificados que hayan tomado parte en el trabajo de manera suficiente como para responsabilizarse públicamente del contenido.

- Aquellos profesionales cualificados que hayan efectuado contribuciones sustanciales a aspectos como los siguientes: a) concepción y diseño o análisis e interpretación de los datos; b) redacción o elaboración del borrador del artículo o revisión crítica del contenido intelectual relevante; c) visto bueno definitivo de la versión a publicar. La participación en otro tipo de actividades relacionadas con la publicación; recogida de datos, etc. o la supervisión general del grupo investigador no justifican la autoría. Los miembros del equipo que no satisfagan estos criterios podrán figurar en la sección de agradecimientos o en un anexo.

Por tanto, aquellos otros profesionales o miembros del equipo que hayan colaborado en la elaboración de la publicación o ponencia realizando otro tipo de actividades; recogida de datos, asesoría, revisión de documentación, etc. no podrán ser registrados como Autores sino que habrán de registrarse bajo el epígrafe de Otras Colaboraciones y Agradecimientos.

Tipo de Reunión

Las actividades relativas a Reuniones Científicas que pueden registrarse hacen referencia a: Jornadas, Congresos, Mesas redondas, Simposiums, Charlas de divulgación, etc.

Se entenderá como Reunión científica o de profesionales, aquellas convocatorias o foros dirigidos a la divulgación de conocimientos específicos de una profesión o área de conocimiento entre los profesionales relacionados con la materia.

Si la acreditación utilizase otras denominaciones no especificadas pero que indicasen un evento de características comunes a los señalados (p.e. Encuentros, Coloquios, Certámenes, Foros, Conferencias, etc.) se identificará preferentemente como Reunión Científica. En este caso se recogerá la denominación literal del evento en el campo “Denominación”.

Bajo el epígrafe de “Otros” se registrarán aquellas actividades que por su contenido no quepa equiparar a los mencionados.

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Tipo de comunicación

El tipo de comunicación puede ser: Ponencia, Comunicación oral, Comunicación Póster, Comunicación Vídeo, Otros. En el caso de las charlas de divulgación se seleccionará la opción de “Otros (especificar)”.

Las intervenciones en medios de comunicación (radio, prensa, TV…) tales como entrevistas, intervención en debates, etc. se registrarán en el apartado “Otros méritos-Méritos adicionales”.

La denominación de Ponencia o Comunicación oral se registrará según la documentación acreditativa presentada, no obstante, las ponencias suponen, habitualmente, invitaciones a la participación en el evento con una duración superior a las denominadas comunicaciones orales. Las comunicaciones orales son seleccionadas a partir de todos los trabajos presentados por los asistentes.

Denominación: se registrará el título del tema/ponencia/comunicación presentado en la reunión científica (además de la denominación literal del evento, si no se ha especificado con anterioridad).

Ámbito de la Reunión: se registrará según la documentación acreditativa presentada.

3.8.5 Difusión del conocimiento: Publicaciones

En este formulario se recogen todas aquellas Publicaciones en las que el profesional ha participado: Libros, Capítulos de libros e inserciones en Revistas, en calidad de Primer Autor, Autor Colaborador, Director, Editor o Coeditor, etc. Tomando como referencia las Normas de Vancouver; se entenderán como Autores de una publicación o ponencia;

- Aquellos profesionales cualificados que hayan tomado parte en el trabajo de manera suficiente como para responsabilizarse públicamente del contenido.

- Aquellos profesionales cualificados que hayan efectuado contribuciones sustanciales a aspectos como los siguientes: a) concepción y diseño o análisis e interpretación de los datos; b) redacción o elaboración del borrador del artículo o revisión crítica del contenido intelectual relevante; c) visto bueno definitivo de la versión a publicar. La participación en otro tipo de actividades relacionadas con la publicación; recogida de datos, etc. o la supervisión general del grupo investigador no justifican la autoría. Los miembros del equipo que no satisfagan estos criterios podrán figurar en la sección de agradecimientos o en un anexo.

Por tanto, aquellos otros profesionales o miembros del equipo que hayan colaborado en la elaboración de la publicación o ponencia realizando otro tipo de actividades; recogida de datos, asesoría, revisión de documentación, etc. no podrán ser registrados como Autores sino que habrán de registrarse bajo el epígrafe de Otras Colaboraciones y Agradecimientos.

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Tipo Publicación:

Permite registrar los tipos de publicaciones siguientes:

Se entenderán como Revistas aquellas publicaciones de carácter científico o aquellas de carácter divulgativo vinculadas a la difusión de conocimientos especializados; propios de una disciplina profesional o área de conocimiento.

En lo que respecta a Revistas o Boletines internos propios de Osakidetza o sus Organizaciones de Servicios, se admitirán exclusivamente aquellos artículos o reportajes cuyo contenido y objetivo sea la difusión de conocimientos especializados; propios de una disciplina profesional o área de conocimiento, para su difusión entre los profesionales.

En relación a Publicaciones en Revistas, se encontrarán las siguientes:

• Artículo de Revista: - Artículo original: son artículos originales o de investigación los que implican trabajo

experimental y describen la metodología y resultados de un proyecto concreto de investigación realizado por los autores del artículo. Las revistas científicas los definen como tales en sus índices, diferenciándolos de los demás apartados habitualmente comprendidos en el índice: editorial, revisiones, notas clínicas, cartas al editor, etc.

- Artículos de revisión: son artículos de revisión aquellos que no se refieren a un proyecto de investigación concreto o no implican trabajo experimental. Suponen habitualmente trabajos que revisan la literatura publicada en los últimos años, efectúan una recopilación crítica o suponen ámbitos una puesta al día (state of the art) sobre determinadas temáticas.

- Artículos especiales/otros • Informe de casos o notas clínicas: casos puntuales de especial interés por su aparición, evolución,

tratamiento, etc. • Editoriales: temas de interés general o comentarios sobre artículos publicados en la Revista • Cartas al Editor: observaciones, comentarios o cuestiones de interés sobre otro artículo publicado

previamente. • Comunicaciones breves: resultados de investigación originales caracterizados por constituir un gran

avance o noticia en un determinado campo, suelen ser trabajos preliminares.

No se consideran como artículos publicados los resúmenes (abstracts) de comunicaciones y ponencias a congresos que también aparecen en las publicaciones científicas.

Tipo de Revista

Revista Indexada-No Indexada. Se entiende como Revista Indexada aquella incluida en los índices de las bases de datos nacionales o internacionales; I.M.E. (Índice Médico Español), MEDLINE, S.C.I. (Science Citation Index), EMBASE-Excerpta Medica, etc.

Una revista indexada es una publicación incluida en bases de datos comerciales y que cumple ciertos criterios de calidad, tales como la calidad del contenido de la investigación, las características técnicas o formales, y el factor de impacto (media de veces que en un año determinado fueron citados los artículos publicados por esta revista en los dos años anteriores).

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Para conocer si una revista está indexada pueden consultarse las siguientes referencias:

Bases de datos Bibliográficas del Consejo Superior de Investigaciones Científicas CSIC (Directorios de revistas y bases de datos ICYT (Ciencia y Tecnología), ISOC (Ciencias Sociales y Humanidades) e IME (Biomedicina).

http://www.csic.es/web/guest/bases-de-datos http://bddoc.csic.es:8080/index.jsp

MEDLINE - National Library of Medicine: http://www.ncbi.nlm.nih.gov/entrez/query.fcgi?db=journals

S.C.I. (Science Citation Index):

http://thomsonreuters.com/products_services/science/free/essays/impact_factor/ EMBASE-Excerpta Medica: http://www.embase.com/ Revistas de enfermería: http://www.index-f.com/bibliometria/incluidas.php

Factor de Impacto de las Revistas

Índice elaborado por el Institute for Scientific Information (ISI) a través de las bases de datos o índices de citas, denominadas Science Citation Index (SCI), y Social Sciences Citation Index (SSCI).

El Factor de Impacto de una revista para un año concreto se calcula a partir del número de veces que las revistas fuente del ISI han citado durante dicho año los artículos publicados por dicha revista durante los dos años previos (media de veces que en un año determinado fueron citados los artículos publicados por esta revista en los dos años anteriores).

Para identificar el Factor de Impacto de una publicación puede consultarse el Journal Citation Reports que elabora el Institute For Scientific Information (I.S.I.).

Factor de Impacto JCR 2009:

http://biblioteca.unex.es/PDF/JCR2009CCAT.pdf El Factor de Impacto de las revistas estatales puede consultarse en la siguiente dirección del Instituto de Historia de la Ciencia y la Documentación López Piñeiro de Valencia. http://ime.uv.es/imecitas/impacto_ime.asp Revistas españolas con factor de impacto incluidas en el ranking del ISI Journal Citation Reports del año 2009 : http://biblioteca.unex.es/buscarinfoe.htm Libros y Capítulos de Libros Permite registrar los libros publicados como autor así como las colaboraciones en capítulos de libros. En relación a los libros es necesario registrar el ISBN (Número Internacional Normalizado de Libros) que identifica la obra y volumen concreto. Igualmente puede registrarse el ISSN (Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas), código de identificación de las publicaciones seriadas (revistas, periódicos, boletines, anuarios, series monográficas, etc.). Caso de que la publicación no disponga de ISBN, se registrará en su lugar el Depósito Legal. Además de la publicación o colaboración en libros editados externamente, es posible registrar en este apartado los libros y publicaciones editadas por Osakidetza.

En este caso se tratará de libros y publicaciones editados específicamente para su difusión en un ámbito amplio de Osakidetza: a nivel de diversas organizaciones, a nivel corporativo o incluyendo su difusión en ámbitos externos.

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En el caso de Protocolos, Manuales, Guías, etc., su consideración como publicaciones a registrar en este apartado dependerá del ámbito de difusión, según el criterio mencionado anteriormente.

No se considerarán como libros y publicaciones aquellos documentos de trabajo editados para uso interno de un servicio o unidad o para la coordinación operativa con otras unidades de la organización. Tampoco se considerarán publicaciones a registrar en este apartado los documentos que recogen planes, memorias, informes, etc. de carácter periódico elaborados por las Organizaciones (Plan Estratégico, Memorial anual de actividades, etc. Caso de que el profesional considere necesario hacer mención en su Currículum a este tipo de publicaciones, puede registrarlas en el apartado de Otros Méritos – Méritos Adicionales

3.9 Investigación

Presenta una serie de aspectos habilitados para el registro de actividades de investigación y/o actividades de promoción y gestión de actividades en este ámbito.

3.9.1 Proyectos de Investigación

En este formulario se registrarán los Proyectos de Investigación en que ha participado el profesional, entendiendo como tales aquellos evaluados y financiados por un Comité de Investigación Interno, Organismo Financiador, o una Agencia de Evaluación de proyectos concedidos a través de una Convocatoria Pública.

Comité de investigación: órgano dependiente de la Dirección Médica de los centros sanitarios encargado de coordinar las actividades y proyectos de investigación del centro.

Agencia de Evaluación de proyectos: se entiende por Agencia de Evaluación de proyectos a organismos reconocidos entre cuyas funciones está la de realizar dictámenes sobre la calidad científico-técnica de los proyectos de investigación. Son ejemplos; la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP), o la Oficina de Evaluación de Proyectos de Investigación del Fondo de Investigaciones Sanitarias (F.I.S.).

Organismo financiador: organismo público o privado que otorga ayudas a la investigación, de forma competitiva (convocatoria) o no competitiva.

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Categoría

El profesional puede participar en un Proyecto de Investigación como Investigador principal, Investigador colaborador, Asesor y Trabajo de campo. La acreditación de estas intervenciones en un proyecto de Investigación requiere formar parte del equipo de investigación.

Investigador Principal: Se considera como tal al investigador jefe o líder de un equipo de investigación.

Investigador Colaborador: Investigador designado como miembro de un equipo de investigación.

Asesor: Designado como asesor dentro del equipo de investigación para temas específicos.

Trabajo de campo: Se consideran en este apartado las actividades de carácter experimental o las actividades de obtención, recogida y registro de datos e información “sobre el terreno” requeridas por un proyecto de investigación.

La participación de otras personas que hayan actuado como colaboradores en aspectos puntuales del proyecto o colaborado en actividades administrativas; registro de información, edición de documentos, edición gráfica, etc., pudieran acreditarse en calidad de Otras Colaboraciones y agradecimientos.

Órgano

Se registrará el organismo que evalúa y financia el Proyecto de Investigación: BIO, Dpto. de Sanidad/Osteba, Osakidetza, Organización de Servicios, FIS, Comunidad Europea, Universidades, Sociedades científicas y Entidades Privadas u Otros.

Fecha Evaluación/Aprobación: al objeto de registrar la fecha de evaluación o aprobación del proyecto que pudiera no ser coincidente con la fecha de inicio del mismo.

3.9.2 Ensayos Clínicos Aprobados

En este formulario se recogen los Ensayos Clínicos en los que haya participado el profesional aprobados por un Comité de Ética de Investigación Clínica (CEIC) perteneciente a los Centros o Fundaciones de Investigación.

El CEIC se define, según el Real Decreto 223/2004 de 6 de febrero, como un organismo independiente, constituido por profesionales sanitarios y no sanitarios, encargado de velar por la protección de los sujetos que participen en un ensayo clínico y de ofrecer garantía pública al respecto.

El ensayo clínico se define, según el citado Real Decreto, como toda investigación efectuada en seres humanos para determinar o confirmar los efectos clínicos, farmacológicos y/o demás efectos farmacodinámicos, y/o de detectar las reacciones adversas, y/o de estudiar la absorción, distribución, metabolismo y excreción de uno o varios medicamentos en investigación con el fin de determinar su seguridad y/o su eficacia.

Categoría: Las actividades realizadas por el profesional pueden registrarse como Investigador principal, Investigador colaborador, Asesor o Trabajo de Campo, con las observaciones ya indicadas en epígrafes previos.

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Órgano: Se registrará el organismo que financia el Estudio Clínico: BIO, Dpto. de Sanidad/Osteba, Osakidetza, Organización de Servicios, FIS, Comunidad Europea, Sociedades científicas, Universidades, Entidades Privadas u Otros.

Fecha Evaluación/Aprobación: al objeto de registrar la fecha de evaluación o aprobación del proyecto que pudiera no ser coincidente con la fecha de inicio del mismo.

3.9.3 Tesis Doctorales

Trabajo original de investigación cuya presentación y defensa ante el Tribunal competente es imprescindible para optar al título de Doctor.

Aun cuando se halla registrado el título de doctor en la pantalla de Titulación Postgrado es necesario cumplimentar la pantalla Tesis Doctoral al objeto de recoger información más específica sobre ésta.

Categoría: En este formulario se recogen las Tesis Doctorales en las que un profesional haya podido participar, tanto a nivel de Doctorando (quien está realizando el Doctorado) como a nivel de Director de Tesis Doctoral.

Se registrará la Denominación de la Tesis, así como la Universidad/Centro en que haya sido presentada.

Igualmente se recogerán las fechas de inicio, fin y presentación junto con la calificación obtenida por la misma.

3.9.4 Evaluación de Proyectos de Investigación

Se entiende como Evaluador de Proyectos de Investigación al Investigador que ha sido designado oficialmente por una Agencia de Evaluación de Proyectos para realizar dicha tarea.

Órgano Evaluador: En este campo se recogen las Organizaciones y Entidades para las cuales el profesional ha actuado como Evaluador de Proyectos.

Al introducir y guardar un registro en este apartado indicando la Organización o Entidad con la que colabora como evaluador, se mostrará una pantalla que permite registrar cada uno de los Proyectos de Investigación que se hayan evaluado.

Debe marcarse la Organización y pulsar el enlace “Proyectos”

En esta pantalla se recogerá la Denominación del Proyecto evaluado, así como las fechas de inicio, fin y presentación

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3.9.5 Premios y Distinciones a la Investigación

En este formulario se recogen aquellos Premios y Distinciones a la Investigación que el profesional haya podido recibir a lo largo de su carrera profesional.

Se contemplan los siguientes:

Premios y distinciones a la investigación de ámbito estatal y reconocido prestigio en el ámbito científico, entendiéndose como tales aquellas en que compiten candidaturas de los ámbitos internacional o estatal y en las que el organismo que concede el premio está constituido por instituciones públicas, adscrito a ellas o las incluye en su Patronato-Junta Directiva. Se especifica en el desplegable una relación de las principales distinciones.

Otro tipo de premios y distinciones a la investigación de ámbito local y/o aquellos premios o distinciones de ámbito más amplio pero cuyos órganos de concesión o méritos premiados no reúnen las características antes apuntadas. Ejemplos; Premios de Sociedades Científicas, Premios de la industria farmacéutica que no incorporen instituciones públicas en el órgano que concede el premio; etc.

Las distinciones obtenidas en Reuniones Científicas (premio a la mejor comunicación, mejor póster, etc.) y a Proyectos de Investigación específicos deben registrarse en la pantalla donde se registra dicho mérito existiendo en la misma un apartado específico para ello.

3.9.6 Patentes y Modelos Registrados

En este formulario se recogen los méritos relativos a registro de Patentes o Modelos.

Se entiende como patente el título que reconoce el derecho de explotación exclusiva de a invención patentada, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin el consentimiento del titular. Una patente puede referirse a un nuevo procedimiento, un nuevo equipo, producto o el perfeccionamiento o mejora de materiales.

Se entiende como modelos de utilidad aquellas invenciones con un rango menor que las patentes, por ejemplo, el hecho de dar a un objeto una configuración o estructura de la que deriva alguna utilidad o ventaja práctica.

Se registrarán en este apartado las Patentes o Modelos concedidos por la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) del Ministerio de Ciencia y Tecnología, por la European Patent Office (EPO), por el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (Patent Cooperation Treaty PCT) o concesiones tramitadas directamente en otros estados.

3.9.7 Estancias de Investigación

En este formulario se recogen todas aquellas Estancias de Investigación entendidas como períodos de duración variable dedicados a la formación en Investigación y/o a la realización de una Investigación, fuera del Centro habitual de trabajo.

3.9.8 Revisor Revista Médica

Se entiende como Revisor de Revista o Revisión por expertos (peer-review), aquel científico de contrastada experiencia y reconocimiento en la materia a tratar que, sin formar parte del consejo editorial

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de la revista, evalúa la calidad de un trabajo de investigación, para recomendar al editor su publicación o rechazo.

3.9.9 Redes de Investigación

En este formulario se recoge la participación del profesional en Redes de Investigación entendidas como "Conjunto de centros y grupos de investigación, de carácter multidisciplinar, dependientes de las diferentes Administraciones públicas o del sector privado y pertenecientes a diferentes zonas geográficas que tienen como objetivo la realización de proyectos de investigación cooperativa de interés general para todos ellos".

Se consideran Redes de Investigación aquellas promovidas y financiadas por organismos acreditados en el ámbito de la investigación. Son ejemplo de estos organismos el Instituto de Salud Carlos III, BIO, Osteba, FIS, etc.

Categoría/Función

La participación en Redes de Investigación se ha de registrar acorde a la categoría desarrollada en las mismas: Coordinador Nacional, Coordinador de Nodo, Investigador principal dentro del Nodo, Colaborador Nodo. En este formulario se registra igualmente la participación como "Médico Vigía".

Se entiende como nodo el elemento integrante de cada red de investigación cooperativa. Suele definir un ámbito geográfico determinado, cuando está a su vez integrado por varios grupos locales de investigación o puede definir un solo centro monográfico de investigación.

Las redes de médicos vigía o “centinela” son un instrumento de recogida de información para la vigilancia e investigación epidemiológica, basado en la colaboración voluntaria de profesionales sanitarios de Atención Primaria, orientado a mejorar el conocimiento de las enfermedades y la calidad de la asistencia en la atención primaria. Las enfermedades estudiadas a través de las redes vigía han abarcado una amplia gama de procesos, desde las patologías infecciosas a otras de tipo crónico.

Órgano Promotor

Se registrará el órgano promotor-financiador de la Red de Investigación; BIO, Dpto. de Sanidad/Osteba, Osakidetza, Organización de Servicios, FIS, Comunidad Europea, Sociedades científicas, Entidades Privadas u Otros.

3.9.10 Tesinas

En este formulario se recogen las Tesinas realizadas por el profesional o aquellas que haya podido dirigir.

Se entiende como Tesina aquel trabajo científico monográfico exigido en las Universidades para la obtención de la licenciatura de grado. Actualmente menor profundidad y extensión que la tesis doctoral,

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Igualmente pueden existir Titulaciones/Diplomaturas Postgrado para cuya obtención sea requisito la elaboración de una Tesina.

Se registrará la Denominación de la Tesina, así como la Universidad/Centro en que haya sido presentada. Igualmente se recogerán las fechas de inicio, fin y presentación de la misma.

3.10 Otros Méritos

Incluye los apartados necesarios para registrar la pertenencia a comités internos, grupos de trabajo de Osakidetza, participación en Tribunales y otros órganos así como comités y asociaciones de carácter externo.

Igualmente incluye un apartado, denominado Méritos Adicionales, para registrar cualquier otro mérito relativo al Currículum que no tenga cabida en los apartados especificados (La información registrada en Méritos Adicionales no será objeto de validación por parte de Osakidetza).

3.10.1 Comités Internos

En este formulario se recogen todos aquellos comités de tipo interno a los que el Profesional pertenece o ha pertenecido.

Tipo de comité

Se entienden como Comités Internos, a nivel general, aquellos propios de la Organización de Servicios y cuyo ámbito de actuación esta circunscrito a la misma.

El desplegable presenta las siguientes opciones:

- Comité de Ética en la Investigación - Comité de Docencia y Formación Continuada - Comité de Biblioteca - Comité de Farmacia - Comité de Infecciosos - Comité de Mortalidad - Comité de Tumores - Comité de Bioética / Ética Asistencial - Comité de Historia Clinica - Comité de Calidad

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- Comité de Trasfusiones - Comisión Asesora de la Un. Docente de At. Prim - Comité de Evaluación del Desarrollo Profesional - Comité de Salud Laboral - Comité de Lactancia Materna - Comité Medioambiental - Comisión de Contratación de Personal - Comisión de Euskera - Comisión de Movilidad - Comité de Compras - Otros (especificar)

Cargo/Función en el Comité

Aparecen las opciones de Presidente/Responsable, Vicepresidente, Secretario, Vocal y Otros.

La categoría de Vocal se entenderá como equiparable a denominaciones afines; miembro, componente, etc. dejando la opción de Otros para otras colaboraciones no coincidentes con las anteriores.

3.10.2 Comités y Asociaciones Externas

En éste formulario se recogen aquellos Comités de tipo externo y aquellas Asociaciones a los que el Profesional pertenece o ha pertenecido.

Se entienden como Comités externos aquellos cuya organización o liderazgo no recae en la Organización de Servicios, Osakidetza o el Departamento de Sanidad (el registro de estos Comités debe de hacerse en el apartado de Comités Interno o en Tribunales y Otros órganos según proceda).

Tipo de comité/asociación

La tipología de Asociaciones o Comités que se especifican son las siguientes; Comités Editoriales, Sociedades Científicas, Paneles de Expertos, Euskalit (Fundación vasca para la calidad) además de aquellas otras cuya denominación habrá de especificar a partir de la opción "Otras".

Se entiende como Comité editorial el grupo de personas seleccionadas por una publicación científica para asesorar a la Dirección de la misma, sobre las líneas editoriales y criterios científicos seguidos en su elaboración.

Se entiende como Panel de expertos reconocido aquel grupo de personas que un organismo, entidad pública o privada, acreditada y competente en la materia, ha reconocido como expertos en la misma.

Órgano del que depende

Se especifican las siguientes; Administraciones Públicas, Fundaciones o Centros de Investigación, Instituciones Académicas, Instituciones Sanitarias, Sociedades Científicas u Otros.

Cargo/Función en el Comité

Aparecen las opciones relativas a la pertenencia al Club de Evaluadores de Euskalit en la categoría de Evaluador Senior (realización de evaluaciones como Responsable de un equipo de Evaluadores) y Evaluador (realización de evaluaciones como miembro de un equipo de Evaluadores). En ambos casos es requisito para incluir el registro la realización efectiva de procesos de evaluación en organizaciones externas.

Igualmente se presentan las opciones de Presidente/Responsable, Vicepresidente, Secretario, Vocal y Otros. La categoría de Vocal se entenderá como equiparable a denominaciones afines; miembro, componente, etc. (en el caso de las sociedades científicas la categoría de miembro será equivalente a la de vocal cuando se refiera a miembro de su junta directiva), dejando la opción de Otros para otras colaboraciones no coincidentes con las anteriores.

Ámbito de difusión (local, autonómico, nacional, etc.): se entenderá referido a la composición y ámbito de actuación de la Asociación o Comité que se registra.

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3.10.3 Tribunales y Otros órganos designados por Resolución y/o publicados en Boletines Oficiales

En este formulario se registrará la participación en calidad de Presidente, Vicepresidente, Secretario o Vocal, bien sea suplente o titular, en aquellos Órganos y Tribunales cuya designación se realiza por Resolución de la Dirección competente para nombrar a sus miembros o cuya designación es publicada en Boletines Oficiales.

Tipo de Órgano

Entre los Órganos presentados se especifican, además de la opción Otros, los siguientes:

- Comisiones derivadas del Acuerdo de Condiciones de Trabajo - Comisión paritaria de seguimiento del Acuerdo de Condiciones de trabajo - Comisión de Ayudas a la ampliación de estudios - Comisión de Ayudas a la organización de Reuniones Científicas - Mesa Sectorial del Sanidad - Comité Corporativo de Desarrollo Profesional - Consejo Asesor del Departamento de Sanidad - Consejo Técnico - Consejo de Dirección - Comisión de Formación, Comisión de Euskera, Comité de Seguridad y Salud (estos tres últimos

referidos a nivel Corporativo) - Mesa de Contratación (a nivel Corporativo y de Organizaciones de Servicios) - Tribunales de Selección (a nivel Corporativo y de Organizaciones de Servicios) - Instrucción de Expediente Disciplinario

Se especificará la Resolución y órgano que resuelve la designación como miembro del comité u órgano especificado, el tipo de Organización a que se adscribe y el Cargo/Función en el mismo.

Si procede, se especificará la Publicación en Boletín Oficial de la designación, haciendo constar la Denominación y Nº de Boletín.

3.10.4 Grupos de trabajo de Osakidetza

En este formulario se registrará la participación en grupos de trabajo organizados, designados y avalados por las Direcciones de las Organizaciones de Servicios, la Organización Central de Osakidetza, o el Departamento de Sanidad.

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Organizado por

Exige determinar el órgano que designa, avala o supervisa el grupo de trabajo. Se especifican los órganos siguientes: • Departamento de Sanidad • Dirección General de Osakidetza o miembros de su Consejo de Dirección • Dirección Gerencia de las Organizaciones de Servicios o miembros de su Equipo Directivo

Para el registro de esta información será necesario aportar el certificado de la Dirección de la Organización de Servicios/Organización Central/Departamento de Sanidad, que designa al profesional como miembro de ese equipo de trabajo.

Existe la opción de “Otros” a fin de registrar las designaciones realizadas por otros cargos o unidades de las Organizaciones. Cargo/Función

Se especifican las opciones de Director-Coordinador-Responsable, Secretario, Vocal y Otros. La categoría de Vocal se entenderá como equiparable a denominaciones afines; miembro, componente, etc. dejando la opción de Otros para otras colaboraciones no coincidentes con las anteriores.

3.10.5 Méritos Adicionales

El apartado de Méritos Adicionales permite al profesional registrar aquellas actividades y méritos que carezcan de encaje en las áreas establecidas o no se correspondan con las mismas y que desean ser aportadas como complemento al Currículum Vitae.

Este apartado del Currículum Vitae se plantea, por tanto, como un espacio para uso abierto del profesional ya que la información contenida en el mismo no será validada por Osakidetza.

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ANEXO: REGISTRO DE INFORMACIÓN EN CV SOBRE ENTIDADES ORGANIZADORAS DE LAS ACTIVIDADES FORMATIVAS Y DOCENTES

1 INTRODUCCION Con el objetivo de unificar los criterios para el registro de actividades formativas en la aplicación de Currículum Vitae, en lo que concierne al registro del apartado Organizadores se ha preparado la presente instrucción. Se trata de dar a los usuarios y, sobre todo, a los Validadores unas instrucciones básicas de Registro de ésta Información en el C.V. al objeto de disponer de una información más ordenada y homogénea que facilite su uso y explotación. 2 TIPOS DE ORGANIZADORES DE ACTIVIDADES FORMATIVAS Y DOCENTES Se entiende por “Organizador” aquella entidad que organiza y gestiona una actividad formativa y docente, pudiendo impartirla directamente o a través de otras entidades. En cualquier caso se entenderá como Organizador la entidad que certifica la realización de la actividad y/o expide las titulaciones o acreditaciones correspondientes a la misma. Los epígrafes bajo los que se desglosa en primera instancia el apartado “Organizador” son los siguientes:

1. Centros docentes (no universitarios) privados.

2. Dpto. de Sanidad / Osakidetza/Svs.

3. Empresas, Sindicatos, Asociaciones, otros organismos privados.

4. Organismos y Centros sanitarios.

5. Universidades, Escuelas, Administración, Colegios Profesionales y Sociedades Científicas.

6. Otros (Especificar). 2.1 UNIVERSIDADES, ESCUELAS, ADMINISTRACIÓN, COLEGIOS PROFESIONALES Y

SOCIEDADES CIENTÍFICAS Bajo este epígrafe se contemplan los siguientes tipos de entidades:

1. Centros Docentes no Universitarios Públicos.

2. Colegios Profesionales.

3. Entidades y Organismos de la Administración (p.e.: IVAP, OSALAN, INEM, LANBIDE, etc.…).

4. Sociedades Científicas / Asociaciones Profesionales.

5. Universidades / Escuelas Universitarias.

6. Otras organizaciones (especificar). Se mencionan a continuación los distintos tipos de entidades mostrando, en aquellos casos en que ha sido posible, referencias para la consulta de información. 2.1.1 Universidades /Escuelas Universitarias Comprende las Universidades públicas o privadas, así como las Escuelas Universitarias. La aplicación informática de C.V. refleja la lista de universidades existentes en el Estado además de la opción “otros”.

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Referencia de consulta: Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) del Ministerio de Educación creado por REAL DECRETO 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos: https://www.educacion.es/ruct/home.do Información sobre Universidades del Ministerio de Educación: http://www.educacion.es/educacion/universidades/educacion-superior-universitaria/que-estudiar-donde.html 2.1.2 Centros Docentes (no universitarios) Públicos Comprende los Centros Docentes de carácter público no Universitarios: Colegios Públicos, Institutos de Educación Secundaria, Institutos de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Educación de Personas Adultas y resto de Centros públicos orientados a la formación primaria, secundaria o de formación profesional. Igualmente se registrarán en este apartado aquellos títulos académicos o méritos de formación que cuenten con Validez oficial obtenidos en Centros de Formación Concertados. Referencia de consulta: Registro Estatal de centros docentes no universitarios del Ministerio de Educación. Este Registro incluye todos los Centros públicos, privados concertados y privados. https://www.educacion.es/centros/. 2.1.3 Entidades y Organismos de la Administración Comprende los distintos órganos de la Administración Pública, así como aquellas entidades y organismos integrados en la Administración: Sociedades Públicas, Entes Públicos, Organismos Autónomos, etc. Igualmente se han incluido entidades como las Fundaciones Públicas que sin formar parte de la Administración, están vinculados a la misma en su funcionamiento. Se incluyen también las Escuelas de Formación de Profesionales dependientes de la Administración. Se adjunta relación de entidades a registrar en este apartado; − Administración Pública − AENOR. Asociación Española de Normalización y Certificación − EGAILAN Soc. de Promoción de la Formación y el Empleo − EOI Escuela de Organización Industrial − Escuela Andaluza de Salud Publica − Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias (ESSSCAN) − Escuela Nacional de Medicina del Trabajo − Escuela Nacional de Sanidad − Escuela Valenciana de Estudios de la Salud (EVES) − ESI European Software Institute − Euskalit − FEMP Federación Española de Municipios y Provincias − INAP Instituto Nacional de Admón..Pública − INEM Instituto Nacional de Empleo − Instituto de Salud "Carlos III" − Instituto nacional de gestión sanitaria (INGESA) − IVAP Instituto Vasco de Admón. Pública − KZgunea − LANBIDE Servicio Vasco de Empleo − OSALAN. Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laboral − SPRI. Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial − Otros Organismos Públicos (especificar)

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2.1.4 Colegios Profesionales. Se registrarán en este apartado los Colegios Profesionales así como los Consejos Generales en que puedan agruparse. El registro de los Colegios Profesionales se efectuará independientemente de su carácter provincial, regional, autonómico, etc., dejando constancia en el apartado de Observaciones de esta característica. Se adjunta relación de Colegios a registrar en este apartado; Colegio Nacional de Ópticos y Optometristas

Colegio Oficial de Biólogos

Colegio Oficial de Físicos

Colegio Oficial de Psicólogos

Colegios de Ingenieros

Colegios de Abogados

Colegios de Arquitectos

Colegios de Economistas

Colegios de Enfermería

Colegios de Fisioterapeutas de España

Colegios de Graduados Sociales

Colegios de Químicos

Colegios Oficiales de Farmacéuticos

Colegios Oficiales de Médicos y Organización Médica Colegial

Colegios Oficiales de Odontólogos y Estomatólogos

Colegios Oficiales de Químicos Colegios de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales. Colegios de Ingenieros en Informática Colegios de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias Colegios de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales Colegios de Aparejadores y Arquitectos Técnicos Colegios de Educadores y Educadoras Sociales.

Referencia de consulta: Relación de Colegios y Consejos de Colegios Profesionales ofrecida por el Ministerio de Sanidad (En cuanto a profesiones sanitarias): http://www.msc.es/profesionales/socCientificas/colegios.htm Registros de Colegios Profesionales de las Comunidades Autónomas 2.1.5 . Sociedades Científicas y Asociaciones de Profesionales Se registrarán en este apartado las Sociedades Científicas de Profesionales Sanitarios. Igualmente se incluyen en este apartado aquellas Asociaciones Profesionales representantes de una “Profesión o Cualificación Profesional”. La aplicación informática de C.V. refleja la siguiente relación de Sociedades Científicas/Asociaciones Profesionales. Academia de Ciencias de Enfermería Asociación de Técnicos Superiores Sanitarios

Academia de Ciencias Médicas Asociación Española de A.T.S. y D.E. en Análisis Clínicos

Academia Española de Dermatología y Venereología Asociación Española de Bioética y Ética Médica

Asociación de Auxiliares Psiquiátricos Asociación Española de Biopatología Médica

Asociación de Diplomados en Dietética y Nutrición de Euskadi (ADDENE)

Asociación Española de Cirugía Mayor Ambulatoria

Asociación de Educación para la Salud Asociación Española de Cirugía Podológica

Asociación de Enfermería Comunitaria (AEC) Asociación Española de Cirujanos

Asociación de Secretariado Médico y Administrativos de la salud-AESMAS

Asociación Española de Coloproctología

Asociación de Técnicos de Laboratorio (AETEL) Asociación Española de Derecho Farmacéutico

Asociación de Técnicos en Radiología (AETR) Asociación Española de Derecho Sanitario

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Edición 01 Julio 2011 Asociación Española de Dietistas/Nutricionista (AEDN) Fundación de Estudios Sanitarios-Colegio de Médicos

Asociación Española de Dirección de Personal (AEDIPE) Grupo Español de Dermatología Pediátrica

Asociación Española de Ecografía Digestiva Grupo para el Estudio de Ulceras por Presión y Heridas Crónicas

Asociación Española de Economía de la Salud Medicina Forense, Legal y Derecho Sanitario

Asociación Española de Endoscopia Digestiva Red Española de Atención Primaria

Asociación Española de Enfermería de Cuidados Intensivos Neonatales

SEMERGEN (Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria)

Asociación Española de Enfermería del Trabajo y Salud Laboral semFYC (Sociedad Española de Medicina Familiar y Comunitaria)

Asociación Española de Enfermería Docente SEMG (Sociedad Española de Medicina General)

Asociación Española de Enfermería en Anestesia-Reanimación y Terapia del Dolor

Sociedad Científica Española de Estudios sobre el Alcohol, las Toxicomanías y otras Dependencias

Asociación Española de Enfermería en Cardiología Sociedad de Odontología para el Minusválido y Pacientes Especiales

Asociación Española de Enfermería en Pediatría Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica

Asociación Española de Enfermería en Traumatología y Ortopedia

Sociedad Española de Anatomía Patológica

Asociación Española de Enfermería en Urología Sociedad Española de Anestesiología, Reanimación y Terapéutica del dolor

Asociación Española de Enfermería Quirúrgica Sociedad Española de Angiología y Cirugía Vascular

Asociación Española de Enfermería Vascular Sociedad Española de Arteriosclerosis

Asociación Española de Especialistas en Medicina del Trabajo Sociedad Española de Bioquímica Clínica y Patología Molecular

Asociación Española de Farmacéuticos Analistas Sociedad Española de Calidad Asistencial

Asociación Española de Fisioterapeutas Sociedad Española de Cardiología

Asociación Española de Gastroenterología Sociedad Española de Cirugía Cardiovascular

Asociación Española de Hematología y Hemoterapia Sociedad Española de Cirugía Oral y Maxilofacial

Asociación Española de Investigación sobre el Cáncer Sociedad Española de Cirugía Ortopédica y Traumatología

Asociación Española de Logopedia, Foniatría y Audiología Sociedad Española de Cirugía Plástica, Reparadora y Estética

Asociación Española de Medicina y Cirugía del Pie Sociedad Española de Contracepción

Asociación Española de Nomenclatura, Taxonomía y Diagnósticos de Enfermería

Sociedad Española de Cuidados Paliativos

Asociación Española de Ostomizados Sociedad Española de Diabetes

Asociación Española de Pediatría Sociedad Española de Dietética y Ciencias de la Alimentación

Asociación Española de Pediatría de Atención Primaria Sociedad Española de Directivos de Atención Primaria

Asociación Española de Perfusionistas Sociedad Española de Documentación Médica

Asociación Española de Radioterapia y Oncología Sociedad Española de Educación Médica

Asociación Española de Salud Mental Sociedad Española de Endocrinología Pediátrica

Asociación Española de Toxicología Sociedad Española de Endocrinología y Nutrición

Asociación Española de Urología Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica

Asociación Española de Vacunología Sociedad Española de Enfermería de Urgencias

Asociación Española para el estudio de Hígado Sociedad Española de Enfermería Informática e Internet

Asociación Juristas de la Salud Sociedad Española de Enfermería Intensiva y Unidades Coronarias

Asociación Nacional de Directivos de Enfermería Sociedad Española de Enfermería Nefrológica

Asociación Nacional de Enfermería de Salud Mental (ANESM) Sociedad Española de Enfermería Oncológica

Asociación Nacional de Enfermería Hematológica Sociedad Española de Epidemiología y Salud Publica Oral

Asociación Nacional de Matronas Sociedad Española de Especialistas en Tabaquismo

Asociación para el Progreso de la Dirección (APD) Sociedad Española de Estomaterapia

Asociación Profesional de Auxiliares de Enfermería Sociedad Española de Farmacéuticos de Atención Primaria

Asociación Profesional de Terapeutas Ocupacionales Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria

Association for Medical Education in Europe Sociedad Española de Farmacología Clínica

Documentación e Información Científica Sociedad Española de Fertilidad

Escuela de Ciencias de la Salud de la Org.Colegial de Enfermería Sociedad Española de Física Médica

Federación de Asociaciones de Enfermería Comunitaria y Atención Primaria (FAECAP)

Sociedad Española de Gastroenterología, Hepatología y Nutrición Pediátrica

Federación Española de Asociaciones de Educadores en Diabetes Sociedad Española de Genética

Federación Española de Asociaciones de Enfermería Radiológica Sociedad Española de Geriatría y Gerontología

Federación Española de Asociaciones de Psicoterapeutas Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia

Federación Española de Hospitalización a Domicilio Sociedad Española de Hidrología Médica

Federación Española de Medicina del Deporte Sociedad Española de Hipertensión - Liga Española para la lucha contra la HTA

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Edición 01 Julio 2011 Sociedad Española de Informática de la Salud Sociedad Española de Patología Digestiva

Sociedad Española de Inmunología Clínica y Alergia Pediátrica Sociedad Española de Pediatría Extrahospitalaria y Atención Primaria

Sociedad Española de Investigaciones Oseas y Metabolismo Mineral

Sociedad Española de Periodoncia

Sociedad Española de Medicina Aeroespacial Sociedad Española de Protección Radiológica (S.E.P.R.)

Sociedad Española de Medicina de Emergencias y Urgencias (Semes)

Sociedad Española de Psicofisiología

Sociedad Española de Medicina Estética Sociedad Española de Psicología de la Violencia

Sociedad Española de Medicina Homeopática Sociedad Española de Psiquiatría

Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias

Sociedad Española de Radiología Médica

Sociedad Española de Medicina Interna (SEMI) Sociedad Española de Radiología Vascular e Intervencionista

Sociedad Española de Medicina Marítima Sociedad Española de Rehabilitación y Medicina Física

Sociedad Española de Medicina Nuclear Sociedad Española de Reumatología

Sociedad Española de Medicina Preventiva, Salud Pública e Higiene

Sociedad Española de Salud Pública y Administración Sanitaria

Sociedad Española de Medicina y Auxilio en Montaña Sociedad Española de Sanidad Ambiental (SESA)

Sociedad Española de Medicina y Cirugía Cosmética Sociedad Española de Sanidad Penitenciaria

Sociedad Española de Medicina y Seguridad del Trabajo Sociedad Española de Toxicomanías

Sociedad Española de Nefrología Sociedad Española de Transfusión Sanguínea

Sociedad Española de Neonatología Sociedad Española de Traumatología del Deporte

Sociedad Española de Neumología Pediátrica Sociedad Española de Trombosis y Hemostasia

Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica Sociedad Española de Ultrasonidos

Sociedad Española de Neurocirugía Sociedad Española del Dolor

Sociedad Española de Neurología Sociedad Española Interdisciplinaria del SIDA (SEISIDA)

Sociedad Española de Nutrición Parenteral y Enteral Sociedad Española para el Estudio de la Obesidad

Sociedad Española de Odontopediatría Sociedad Española para el Estudio de los Trastornos de la Personalidad

Sociedad Española de Oncología Médica Sociedades Oftalmológicas españolas

Sociedad Española de Ortodoncia The Association for the Study of Medical Education

Sociedad Española de Otorrinolaringología y Patología Cervico-Facial

Unión Profesional de Médicos y Cirujanos Estéticos de España

Referencia de consulta: En lo relativo a Sociedades Científicas y Asociaciones de Profesionales Sanitarios la referencia se halla en la relación ofrecida por el Ministerio de Sanidad: http://www.msc.es/profesionales/socCientificas/especialidades.htm En lo relativo a Otras Asociaciones: Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior (asociaciones registradas en el Registro nacional de Asociaciones) https://sede.mir.gob.es/webasocia/asoAmbNacional.jsp Fichero de denominaciones – Ministerio del Interior: (asociaciones registradas en todos los Registros; nacional y autonómicos) https://sede.mir.gob.es/webasocia/formBusqueda.jsp Registros de Asociaciones de las Comunidades Autónomas 2.2 DPTO. DE SANIDAD / OSAKIDETZA/SVS Comprende la relación de las Organizaciones de Servicios de Osakidetza; incluyendo la Escuela Universitaria de Enfermería y el Departamento de Sanidad. Igualmente, se incluyen en dicha relación Organizaciones vinculadas a Osakidetza o el Departamento de Sanidad tales como: BIOEF, O+iker Instituto Vasco de Investigaciones Sanitarias, O+berri Instituto Vasco de Innovación Sanitaria OSATEK, S.A.

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2.3 ORGANISMOS Y CENTROS SANITARIOS Comprende Instituciones Sanitarias, Centros Sanitarios y organismos dedicados a actividades asistenciales (no debiendo incluirse otras organizaciones relacionadas con la Sanidad pero sin dedicación asistencial: p.e. dedicadas a formación, investigación, etc.). 2.3.1 Organismos sanitarios públicos (S. Nacional de Salud) deben incluirse el conjunto de Organismos Asistenciales y Centros Sanitarios que constituyen el Sistema Nacional de Salud. En un futuro se pretende que la aplicación C. V. refleje la relación de los Servicios autonómicos de salud. 2.3.2 Organismos sanitarios (no estatales) deben incluirse el conjunto de Organismos Asistenciales y Centros Sanitarios no estatales. 2.3.3 Organismos sanitarios privados (estatales) deben incluirse todos aquellos Organismos Asistenciales y Centros Sanitarios no pertenecientes al Sistema Nacional de Salud o privados. Se adjunta relación de organismos que, a modo de ejemplo y en base a su frecuencia de aparición en los registros existentes, se registrarían en este apartado. Clínica Universidad de Navarra Cruz Roja DYA Federación de Salvamento y Socorrismo Hospital Miguel Dominguez-Pontevedra Hospital San Juan de Dios Instituto Oncológico de San Sebastián. Policlínica Guipúzcoa Otros Organismo Sanitarios (especificar) Referencia de consulta:

Centros y servicios del Sistema Nacional de Salud (Ministerio de Sanidad) http://www.msc.es/ciudadanos/prestaciones/centrosServiciosSNS/home.htm Catalogo Nacional de Hospitales 2010 (Ministerio de Sanidad) con información de todos los hospitales, tanto públicos como privados. http://www.msc.es/ciudadanos/prestaciones/centrosServiciosSNS/hospitales/home.htm Catálogo de Centros de Atención Primaria del SNS (Ministerio de Sanidad) http://www.msc.es/ciudadanos/prestaciones/centrosServiciosSNS/hospitales/home.htm Bajo el epígrafe Organismos sanitarios extranjeros deben incluirse todos aquellos Organismos Asistenciales y Centros Sanitarios no estatales. Por eso está previsto que pase a llamarse “Organismos Sanitarios (no estatales)”. 2.4 CENTROS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS PRIVADOS Se incluyen en este apartado todos aquellos centros, organizaciones y entidades de carácter privado dedicadas a la actividad docente (de forma exclusiva o como actividad preferente), independientemente de su entidad jurídica como empresas, asociaciones, asociaciones sin animo de lucro, fundaciones, etc. Puede tratarse de centros formativos dedicados a la enseñanza profesional (academias, etc.) así como de centros o entidades dedicadas a la formación continua y reciclaje de trabajadores.

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Se adjunta relación de organismos que, a modo de ejemplo y en base a su frecuencia de aparición en los registros existentes, se registrarían en este apartado. Actividades Docentes y Médicas Escuela de Gestión Sanitaria AULA MAGNA. Asociación Científico Sanitaria Formación Alcalá Asociación Formación Continuada en CC. Salud y Educación FUDEN. Fundación para el Desarrollo de la Enfermería. DOMO. Fundación-Escuela de Enfermería LOGOSS. Asoc. Nacional Formación Integral Socio-Sanitaria CVES. Centro Vasco de Estudios Sanitarios CESYT Centro de Estudios Sanitarios y Técnicos CCC Centro de Estudios CEAC Centro de Estudios CEBANC Centro de Formación Profesional CEINPRO Centro de Formación Profesional FAE. Fundación para la formación y avance de la enfermería (SAE) FOREM Fundación Formación y Empleo Miguel Escalera (CCOO) IFES. Instituto de Formación y Estudios Sociales (UGT) Otros (especificar) Referencia de consulta: Registro Estatal de centros docentes no universitarios del Ministerio de Educación. Este Registro incluye todos los Centros docentes, tanto públicos como privados especificando su carácter. https://www.educacion.es/centros/. Consulta de la base de datos de Fundaciones del Ministerio de Educación https://www.educacion.es/fundaciones/consulta/busqueda.action Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior (asociaciones registradas en el Registro nacional de Asociaciones) https://sede.mir.gob.es/webasocia/asoAmbNacional.jsp Fichero de denominaciones - Ministerio del Interior: (asociaciones registradas en todos los Registros; nacional y autonómicos) https://sede.mir.gob.es/webasocia/formBusqueda.jsp Registros de Asociaciones y Fundaciones de las de las Comunidades Autónomas 2.5 EMPRESAS, SINDICATOS, ASOCIACIONES, OTROS ORGANISMOS PRIVADOS En este apartado se registrarán entidades como las siguientes; − Editoriales − Escuelas de negocios − Laboratorios − Sindicatos − Asociaciones de enfermos y familiares − O.N.G.s − Organizaciones empresariales − Otras organizaciones (especificar) (Cámaras de Comercio, Mutuas laborales, ADEGI Asociación de

Empresarios de Gipuzkoa, CEBEK Confederación empresarial de Bizkaia, COMFEBASK Confederación empresarial vasca)

2.5.1 Escuelas de negocios Se incluyen en este apartado aquellos centros y escuelas privadas de formación postgrado y Master, generalmente en el ámbito de la Dirección de Empresas. No deben incluirse en este apartado, las Escuelas dependientes de organismos de la administración (EOI Escuela de Organización Industrial, Escuela Andaluza de Salud Pública, Escuela Nacional

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de Sanidad, etc). Tampoco deben incluirse otros centros docentes privados cuya oferta formativa no coincida con la especificada. Se adjunta relación de organismos que, a modo de ejemplo y en base a su frecuencia de aparición en los registros existentes, se incluirían en este apartado. - CESMA. Escuela de Negocios - EADA. Escuela de Alta Dirección y Administración - ESADE. (Universidad Ramón Llull) - ESEUNE Escuela de Negocios - ESDEN. Escuela superior de negocios y tecnologías - ESIC. Business & Marketing School - IESE (Universidad de Navarra) - Instituto de Empresa. IE - Instituto de Fomento Sanitario - Marqueting y Finanzas - Otros 2.5.2 Sindicatos Se registrarán en este apartado las Organizaciones Sindicales además de aquellas organizaciones creadas por éstas con fines de carácter formativo. Se incluye también en este apartado el registro de Organizaciones Empresariales. Se adjunta relación de organismos que, a modo de ejemplo y en base a su frecuencia de aparición en los registros existentes, se incluirían en este apartado. - Comisiones Obreras - ELA - ESK - LAB - SAE Sindicato Auxiliares de Enfermería - SATSE Sindicato de Enfermería - SEA Empresarios Alaveses - SM Sindicato Médico - UGT Unión General de Trabajadores - USO Unión Sindical Obrera - UTESE Unión de Técnicos Sanitarios de Euskadi - Otros En tanto no se habiliten los nuevos apartados propuestos de Asociaciones de enfermos y familiares y de ONGs, se mecanizarán estos méritos en el epígrafe “Otros” del Apartado Empresas, Entidades y otros Organismos Privados. Referencia de consulta: Relación de enfermedades que tienen constituidas a nivel nacional asociaciones (Ministerio de sanidad) http://www.msc.es/ciudadanos/asocEnfermosYFamiliares/home.htm 3 RECONOCIMIENTOS A ACTIVIDADES FORMATIVAS Con el objeto de ordenar el registro de información relativo a actividades formativas en cuya certificación se hace referencia a Reconocimientos de distintos Organismos de la Administración, se ha habilitado el apartado Certificados / Reconocimientos. Se recogen en este apartado los siguientes tipos de Reconocimientos que pueden constar en la certificación de una actividad formativa:

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3.1.1 Reconocimientos de oficialidad a actividades formativas otorgados por distintas

Comunidades Autónomas, entre las que se encuentran:

- Reconocimiento de oficialidad de la Escuela Valenciana de Estudios de la Salud. ORDEN de 20 de mayo de 2003, de la Conselleria de Sanidad, por la que se regula el reconocimiento de oficialidad de los cursos que en materia de sanidad se celebren en la Comunidad Valenciana.

- Reconocimiento de oficialidad Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias ORDEN de 16 de enero de 1997, por la que se regula el reconocimiento de oficialidad de los cursos que en materia de sanidad y asuntos sociales se celebren en la Comunidad Autónoma de Canarias

3.1.2 Reconocimiento de interés sanitario/científico/docente:

- Reconocimiento de Interés Sanitario, Interés Científico-Sanitario, Interés Docente-Sanitario otorgados por el Ministerio de Sanidad o las Comunidades Autónomas, entre las que se encuentran: - Cantabria - Castilla La Mancha - Castilla y León - Consejería Sanidad Madrid - Departamento de Sanidad y Consumo del Gobierno Vasco - Extremadura - Institut d’Estudis de la Salut de la Generalitat de Catalunya - Junta de Andalucía - Murcia - Navarra - Osakidetza - Departamento de Sanidad - Valencia

3.1.3 Acuerdos de Formación Continua:

En este apartado se quiere recoger información en relación a la inclusión de la actividad formativa en alguno de los Acuerdos de Formación Continua suscritos a nivel estatal o autonómico.

− Acuerdos Nacionales de Formación Continua − Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Publicas − FORCEM Fundación para la Formación Continua (entidad gestora de la Formación continua hasta el

año 2000) − Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (entidad gestora de la Formación continua a

partir del III Acuerdo Nacionales de Formación Continua firmado en el año 2000) − Hobetuz. Fundación Vasca para la Formación Profesional Continua; Entidad Tripartita que gestiona

la formación profesional continua en la CAPV desde la firma de los Acuerdos Interprofesional y Tripartito sobre Formación Continua en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en septiembre de 1.995, entre la Confederación Empresarial Vasca CONFEBASK, las Centrales Sindicales ELA, CCOO, UGT, LAB y el GOBIERNO VASCO.

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