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MANUAL DE CONVIVENCIA Y REGLAMENTO ESCOLAR INTERNO

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MANUAL DE CONVIVENCIA Y REGLAMENTO ESCOLAR

INTERNO

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Fundamentación

Un clima escolar positivo y una convivencia pacífica son indispensables para generar en los

centros procesos educativos participativos, compartidos con inclusión y espacios

democráticos en la convivencia escolar. Pero la problemática de la referida convivencia es

una problemática con múltiples facetas que necesitan ser abordadas desde varias

perspectivas: educativo, familiar, informativo, cultural y social.

Es en este contexto en el que se inserta el Plan de Convivencia que viene a recoger,

potenciar y estructurar las buenas prácticas que se realizan actualmente en los centros

educativos y a plantear en sus diferentes líneas de actuación, acciones que responden a

nuevas demandas de la realidad educativa y del contexto socio-familiar del alumnado.

Por ese motivo, en el plan se proponen actuaciones dirigidas a todos los miembros de la

comunidad educativa y a todos los sectores sociales, puesto que su participación y

colaboración resulta imprescindible no sólo para encontrar solución a los problemas de

convivencia que puedan surgir, sino que también para favorecer una cultura de la

convivencia en el centro y en el conjunto de la comunidad educativa.

Promoción de la convivencia y la prevención de la violencia escolar.

Presentación

Se ha tomado la decisión de enfatizar la importancia de la convivencia escolar como factor

de mejoramiento de calidad de la educación, para ello se ha definido un Plan de

Convivencia Escolar cuyo objetivo central es “fortalecer el desarrollo de competencias

institucionales y personales en los actores educativos que contribuyan a una asertiva gestión

de la convivencia y prevención de la violencia en el ámbito escolar”.

Cuando reconocemos que mejorar la calidad de la educación constituye un compromiso

clave que tenemos como sociedad, debiéramos explicitar a qué tipo de calidad nos

referimos. Una educación de calidad trasciende la asimilación de un conjunto de contenidos

disciplinares, se refiere también, y principalmente, a la posibilidad de formar personas

íntegras, integrales e integradas, capaces de vivir en sociedad, sosteniendo relaciones

humanas respetuosas y significativas en la construcción de su propia identidad. Para ello, es

necesario enseñar a los niños, niñas y jóvenes a vivir con otros en un marco de respeto y de

solidaridad recíproca; un contexto en el que niños, niñas y jóvenes sean vistos como

personas, con capacidad para desarrollar en plenitud su capacidad afectiva, emocional y

social, y aprender valores y principios éticos que contribuyan a la construcción de una

sociedad más justa y solidaria. La convivencia escolar, entonces, supone un aprendizaje

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progresivo y permanente en que los adultos de la comunidad educativa, particularmente los

docentes y las familias, tienen el rol fundamental y decisivo de constituirse en modelos de

comportamiento y acompañantes en esta etapa crucial del proceso de socialización de los

estudiantes.

Orientaciones del Ministerio de educación

La LGE (Ley General de Educación)

En su Artículo 2º señala: “La educación es el proceso de aprendizaje permanente que

abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar

su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la

transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas. Se enmarca en el respeto y

valoración de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, de la diversidad

multicultural y de la paz, y de nuestra identidad nacional, capacitando a las personas para

conducir su vida en forma plena, para convivir y participar en forma responsable,

tolerante, solidaria, democrática y activa en la comunidad, y para trabajar y contribuir al

desarrollo del país.”1

En su Artículo 10º señala: “Sin perjuicio de los derechos y deberes que establecen las leyes

y reglamentos, los integrantes de la comunidad educativa gozarán de los siguientes

derechos y estarán sujetos a los siguientes deberes:

1. Los alumnos (as) tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca oportunidades

para su formación y desarrollo integral; a recibir una atención adecuada y oportuna, en

el caso de tener necesidades educativas especiales; a no ser discriminados

arbitrariamente; a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su

opinión y a que se respete su integridad física, y moral, no pudiendo ser objeto de tratos

vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos. Tienen derecho, además, a que se

respeten su libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas e ideológicas

y culturales, conforme al reglamento interno del establecimiento. De igual modo, tienen

derecho a ser informados de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de

acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento de cada

establecimiento; a participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del

establecimiento, y a asociarse entre ellos.

2. Son deberes de los alumnos (as) brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio

a todos los integrantes de la comunidad educativa; asistir a clases; estudiar y esforzarse

por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades; colaborar y cooperar en

mejorar la convivencia escolar, cuidar la infraestructura educacional y respetar el

proyecto educativo y el reglamento interno del establecimiento.

3. Los padres, madres y apoderados tienen derecho a ser informados por los directivos y

docentes a cargo de la educación de sus hijos respecto de los rendimientos académicos

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y del proceso educativo de éstos, así como del funcionamiento del establecimiento, y a

ser escuchados y a participar del proceso educativo en los ámbitos que les corresponda,

aportando al desarrollo del proyecto educativo en conformidad a la normativa interna

del establecimiento. El ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras instancias, a

través del Centro de Padres y Apoderados”.

Política de Convivencia Escolar

Parte constituyente de la cultura escolar son los estilos de interrelación entre los actores

educativos, la presencia o ausencia del afecto en el trato; la manera de abordar las

situaciones de sanción; la mayor o menor posibilidad de expresarse que tienen los

estudiantes, apoderados y miembros de la comunidad educativa; la apertura de los

espacios de la escuela para actividades no programadas de los alumnos (as); la acogida o

rechazo que alumnos (as), padres o docentes encuentren a sus propuestas o inquietudes, y

así, tantos factores que hacen la vida cotidiana.

El Marco Para la Buena Enseñanza promueve la creación de ambientes propicios para el

aprendizaje. Y los criterios que definen ese estándar se refieren directamente al clima de

confianza, respeto y equidad y a la consistencia de las normas de convivencia.

Descripciones Generales

Concepto de Convivencia Escolar.

Convivir es “vivir en compañía de otros”; por lo tanto, se entiende por convivencia, la

relación entre todas las personas que componen una comunidad. Una buena convivencia

exige: respeto mutuo, aceptación y cumplimiento de normas comunes, de otras

opiniones y estilos de vida, respeto a la diversidad, y de resolución pacífica de

tensiones y conflictos. Convivir es algo más que coexistir o tolerar.

En la escuela, un clima escolar positivo y una convivencia pacífica son indispensables para

generar en los establecimientos, procesos educativos participativos, compartidos y

vividos. Pero la problemática de la convivencia escolar es una problemática con múltiples

facetas que necesitan ser abordadas desde muchos frentes: educativo, familiar, informativo,

cultural y social. Sin embargo, el conflicto es consustancial a la existencia humana y por

tanto inevitable. Partimos de una concepción del conflicto como un proceso natural en las

relaciones entre personas y grupos, inherente a la vida en sociedad, y que forma parte y es

necesario para el desarrollo intelectual, emocional y social de las personas. Motivo por el

cual, la convivencia escolar, está en un proceso de cambio continuo, exigiendo adaptación y

actualización de las respuestas educativas frente a las demandas y necesidades de la

población.

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Aunque podemos afirmar que el clima escolar y la convivencia en la Escuela Rural La

capilla de isla Cahuach, en general es óptimo entre alumnos, entre alumnos y Educadores,

de Educadores y Apoderados, Educadoras y Dirección, y Apoderados-Dirección. Sin

embargo, como toda convivencia humana no estamos exentos de conflictos, dicho más

específicamente existen momentos en que se producen casos aislados de comportamientos

no apropiados, en los que es necesario actuar de manera rápida y eficaz, consciente de que

conductas de esa naturaleza no son compatibles con una convivencia democrática ni con la

naturaleza de la institución educativa.

Es en este contexto en el que se inserta el Plan de Gestión para la Convivencia Escolar,

para los establecimientos educacionales, el cual viene a recoger, potenciar y estructurar las

buenas prácticas que se realizan actualmente en los centros educativos, y a plantear en sus

diferentes líneas de actuación, acciones que responden a nuevas demandas de la realidad

educativa y del contexto socio-familiar de los alumnos.

Por ese motivo, en el Plan se proponen actuaciones dirigidas a todos los miembros de la

comunidad educativa, debido a que su participación y colaboración resulta

imprescindible, no sólo para encontrar solución a los problemas de convivencia que puedan

surgir en los establecimientos educativos, sino también para favorecer una cultura de la

convivencia en el centro y en el conjunto de la comunidad educativa.

Finalidad y contenido del Plan de Gestión para la Convivencia Escolar.

Este plan se centra en la prevención, ya que este es un concepto importante que al asumirlo

como estrategia pedagógica, permite anticiparse a las experiencias cotidianas de los

alumnos (as).

Definiciones

A continuación, se definirán una serie de conceptos que son relevantes para la comprensión

de una adecuada convivencia escolar.

Conflicto

El conflicto se origina en situaciones que involucran a dos o más personas que entran en

oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles,

donde las emociones y los sentimientos tienen especial preponderancia. Generalmente el

conflicto se tiende a connotar negativamente, sin embargo, la relación entre las partes

puede terminar robustecida en la medida que se utilicen, oportunamente,

procedimientos adecuados para abordarlo. En este sentido, conflicto no es sinónimo de

violencia, pero un mal manejo de la situación puede generar una respuesta violenta.

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Agresividad

La agresividad corresponde a un comportamiento defensivo natural en los seres vivos como

una forma de enfrentar situaciones de riesgo que se presentan en el entorno. Por lo tanto, el

comportamiento agresivo es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una

amenaza que eventualmente podría afectar su integridad. Por eso, en beneficio de la

convivencia, es indispensable aprender a canalizar la energía y a discernir adecuadamente

los potenciales riesgos y amenazas. Una respuesta agresiva no es, necesariamente,

violencia. Sin embargo, si la respuesta es desproporcionada o mal encauzada se puede

transformar en un acto violento. Conviene recordar que existe una relación importante y

una notoria influencia del entorno en la extinción o en el refuerzo de conductas agresivas.

Diversas variables influyen en el desarrollo de conductas agresivas inadecuadas.

i. El modelado: construido sobre la base de procesos de imitación por la exposición a

contextos agresivos en el medio familiar o social.

ii. El refuerzo: la carencia de respuestas oportunas y adecuadas para detener y/o eliminar

conductas agresivas actúa como refuerzo para su mantenimiento o consolidación las que,

en ciertas situaciones, reporta beneficios al sujeto.

iii. Variables situacionales: contextos y/o situaciones que exponen al sujeto a experiencias

de alta agresividad, dificultando su capacidad para responder de manera asertiva, como

por ejemplo, una reunión en la que todos gritan y se agreden entre sí.

iv. Variables individuales: por tratarse de una conducta defensiva natural de los seres

vivos, todas las personas contienen alguna dosis de agresividad, que se compensa o

regula a través de mecanismos del manejo de la impulsividad, de las emociones, de

tolerancia a la frustración, de la capacidad para anticipar las consecuencias de sus actos

o para visualizar formas alternativas de comportamiento, entre otras; si estos

mecanismos no se encuentran adecuadamente desarrollados en el sujeto, resulta más

probable que responda de manera violenta. Caracterización de actos de violencia en el

ámbito escolar.

Violencia

Existen diversas definiciones de violencia según la perspectiva que se adopte. Todas tienen

en común dos ideas básicas: i. El uso ilegítimo del poder y de la fuerza, sea física o

psicológica; y, ii. El daño al otro como una consecuencia. La violencia no es un algo

innato de los seres humanos, sino un hecho cultural, por lo tanto, aprendido, lo que permite

que pueda ser deconstruido en favor de relaciones sociales pacíficas. Es un fenómeno

relacional y multicausal, ya que se produce en el contexto de la interacción social y no es

posible atribuir su origen a un solo factor.

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Caracterización de actos de violencia en el ámbito escolar.

En el ámbito escolar, un acto de violencia no necesariamente conlleva la intencionalidad

premeditada de provocar daño a otro, sino que puede ser una consecuencia cuyo origen es

el deseo de satisfacer necesidades de autoafirmación y reconocimiento por los pares y

permitir la verificación de los límites y reacciones de los otros. En este contexto, es

especialmente importante considerar que los y las estudiantes están pasando por una

etapa de desarrollo de alta influencia del grupo sobre sus conductas individua-les,

provocando fenómenos de imitación y presión social que niños/as y jóvenes no siempre

están capacitados para afrontar adecuadamente. Aún cuando la intencionalidad

primaria no sea la de causar daño al otro, se requiere observar la situación, considerar las

condiciones ambientales y tomar las decisiones que favorezcan el proceso formativo,

personal y social de los o las estudiantes, teniendo presente que la meta final es la

formación de personas para la construcción de una sociedad más pacífica y solidaria.

Comprender la motivación y/o lo factores personales y sociales que están generando

conductas violentas, permite orientar mejor las decisiones.

Tipos de violencia en el ámbito escolar.

Una situación de violencia puede responder a un episodio aislado y, por lo tanto, no

constituye un fenómeno de hostigamiento permanente (bullying). También pueden

producirse actos violentos en respuesta a una agresión o como mecanismo de autodefensa.

Precisar estas distinciones ayuda a tomar decisiones pedagógicas más apropiadas y

oportunas. Existen abundantes manifestaciones de violencia en el ámbito escolar con

características y niveles muy diferentes entre sí tanto por la gravedad como por su impacto;

entre ellas:

i. Violencia psicológica y/o emocional: amenazas; insultos; aislamiento; burlas

frecuentes; hostigamiento permanente.

ii. Violencia física: golpes, patadas, tirones de pelo, etc.

iii. Violencia física con uso de artefactos o armas: palos, cadenas, arma blanca o de

fuego.

iv. Violencia de connotación sexual: tocaciones, insinuaciones, abuso sexual.

v. Violencia a través de medios tecnológicos: insultos, amenazas o burlas a través de

mensajes de textos, Internet, Messenger, teléfonos celulares, etc. Cada una de estas

situaciones puede afectar de modo diferente al otro y reaccionar, por lo tanto, de modo

distinto. Esto indica que las consecuencias de una acción violenta se relacionan con los

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recursos y características individuales que él o la afectada posee y por la situación o

contexto en el que se producen.

Acoso, intimidación u hostigamiento permanente (bullying).

Es una manifestación de violencia en la que una persona, adulto o estudiante, es agredida

o se convierte en víctima al ser expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones

negativas que llevan a cabo un par (compañero/a) o grupo de pares. Se entiende por

acciones negativas cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico que puede ser

presencial, es decir directo, o mediante el uso los medios tecnológicos actuales a través de

mensajes y/o amenazas telefónicas o de la Internet.

Las características centrales del hostigamiento o bullying y que permiten diferenciarlo

de otras expresiones de violencia, son:

i. Se produce entre pares;

ii. Existe abuso de poder.

iii. Es sostenido en el tiempo, es decir, es un proceso que se repite.

El hostigamiento presenta diversos matices, desde los más visibles (de tipo físico, insultos,

descalificaciones) hasta los más velados (aislamiento, discriminación permanente,

rumores), lo que hace de este fenómeno un proceso complejo, que provoca daño profundo y

sufrimiento en quien lo experimenta.

Condición para la resolución pacífica de un conflicto.

Para llevar a cabo cualquier estrategia de resolución pacífica de un conflicto se requiere de

la voluntad de ambas partes y de una condición básica de simetría; es decir, de

igualdad de condiciones para garantizar que sean considerados los intereses y

derechos de todos los involucrados. Es importante dejar establecido que esto no es

posible en situaciones de violencia donde una de las partes es la agredida y, la otra, es el

agresor. En estos casos, las consideraciones anteriores no existen, debido al ejercicio

ilegítimo del poder por una de las partes (el agresor). En las situaciones de conflicto entre

pares (entre niños; entre niñas, entre jóvenes, entre adultos) el uso de de técnicas de

resolución pacífica del conflicto12 son, en general exitosas, pero, el requisito fundamental

sigue siendo la intención y voluntad de los implicados de tratar de resolverlo.

Estrategias de resolución pacífica de conflictos

1. Negociación: realizada entre las partes involucradas en un conflicto, sin interven-

ción de terceros, para que los implicados entablen una comunicación en busca de

una solución aceptable a sus diferencias; la solución se explicita en un compromiso.

Los involucrados se centran en el problema pensando en una solución conveniente

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para ambos y en la que las concesiones se encaminen a satisfacer los intereses co-

munes. Esta estrategia puede ser aplicada, también, entre personas que se encuen-

tran en asimetría jerárquica (un docente y un estudiante, por ejemplo), siempre y

cuando no exista uso ilegítimo del poder por una de las partes.

2. Arbitraje: este procedimiento será guiado por un adulto que proporcione garantías

de legitimidad ante la Comunidad Educativa, con atribuciones en la institución

escolar quien, a través del diálogo, la escucha atenta y reflexiva de las posiciones e

intereses de los involucrados, indaga sobre una solución justa y formativa para am-

bas partes. La función de esta persona adulta es buscar una solución formativa para

todos los involucrados sobre la base del diálogo y de una reflexión crítica sobre la

experiencia vivenciada en el conflicto.

3. Mediación: una persona o grupo de personas, ajenas al conflicto, ayuda a los invo-

lucrados a llegar a un acuerdo y/o resolución del problema, sin establecer sanciones

ni culpables. El sentido de la mediación es que todos los involucrados aprendan de

la experiencia y se comprometan con su propio proceso formativo. Es importante

tener presente que no es aplicable la mediación cuando ha existido un uso ilegítimo

de la fuerza o el poder, porque esta estrategia no está orientada a sancionar conduc-

tas de abuso.

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Normas y Procedimientos para el Cumplimiento del Plan de Gestión de Convivencia

Escolar.

Dado que el Plan de Gestión de Convivencia Escolar tiene por objeto garantizar una

respetuosa interacción entre los sujetos, el diálogo debe ser instrumento privilegiado para

canalizar los criterios y procedimientos acordados, para abordar los conflictos y problemas

en la comunidad escolar.

Las decisiones adoptadas no deben ser arbitrarias, sino que deben ceñirse a procedimientos,

criterios y valores conocidos.

Fundamentos

Artículo 1°

La escuela Rural La Capilla de isla Cahuach es una institución educacional ligada a la

Corporación Municipal de Educación de la comuna de Quinchao.

Articulo 2°

El colegio se encuentra en el sector La Capilla de la isla de Cahuach comuna de Quinchao

de la capital de Achao.

Articulo 3°

El manual de convivencia y reglamento escolar interno ha sido concebido como un

conjunto de normas y disposiciones que regulan la armonía de un grupo humano que se

encuentra relacionado a la escuela, pues todos ellos aceptan y comparten los mismos

valores y objetivos definidos en el PEI del establecimiento.

Artículo 4º

El principio fundamental que rige estas normas, es el respeto a cada persona independiente

del rol y función que cumpla dentro de la organización. Para ello es importante tener

presente que las responsabilidades de educar para los aprendizajes de comportamientos

favorables a una convivencia están en los adultos que modelan estilos de relación.

Artículo 5º

Por eso cobra especial importancia que quienes ejerzan la patria potestad o sean

responsables por los alumnos (as) (padres y apoderados) conozcan y acepten las normas

indicadas en el presente reglamento las cuales regulan el funcionamiento del colegio, de tal

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manera que al momento de efectuar su matricula se asume que han optado libremente por la

Escuela Rural La Capilla de Isla Caguach y aceptan los Principios Educativos que rigen

nuestro Proyecto Educativo Institucional y las Normas de Convivencia que regulan el

presente Manual.

Artículo 6º

Los valores y principios que entrega la familia y nuestro colegio en su diario quehacer

deben ser suficientes para que la vida escolar se dé en armonía, respeto y camaradería y

solidaridad. Por tanto, los alumnos (as) y padres y apoderados se comprometen en la tarea

de cumplir los objetivos del reglamento.

Artículo 7º

Cada uno de los miembros de esa comunidad educativa, desde su ingreso al colegio,

reconocen la existencia y conocimiento del presente reglamento, el cual deberá ser

cumplido en todas sus partes para garantizar el buen funcionamiento en nuestra comunidad

educativa.

Del Marco Legal

Artículo 8º

En la determinación de estos reguladores del comportamiento, están presentes tanto la

legislación vigente como los principios declarados en el PEI.

Artículo 9º

La policía del presente manual de convivencia se orienta en un conjunto de normas y

principios legales vigentes en la República de Chile entre los que destacan:

• La Constitución Política de la República de Chile1

• Declaración Universal de los Derechos Humanos.

• Convención sobre los Derechos del Niño.

• Decretos Supremos de Educación, N° 240 del 1999 y N° 220 de 1998, en lo que

respecta a los Objetivos Fundamentales Transversales.

• Instructivo presidencial sobre participación ciudadana.

• Política de Participación de Padres, Madres y Apoderados en el sistema

educativo. MINEDUC 2000.

• Ley General de Educación N°20.370-2009

• Estatuto Docente N°19.070 de 1991y sus modificaciones

• Código del Trabajo D.F.L. N° 1 de 1994 y sus modificaciones

• Ley J.E.C.D N° 19.979 1 Capítulo I : Bases de la institucionalidad y Capítulo II: Nacionalidad y ciudadanía

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• D.F.L. N° 2 de 1998 sobre subvención del Estado a Establecimientos

Educaciones.

• Ley 19.532sobre modificación a la ley de Jornada Escolar Completa y otros

textos legales.

De los ciclos o niveles de enseñanza.

La escuela Rural La Capilla de Isla Cahuach es multigrado, lo cual implica que cada

docente jefe es la autoridad de cada curso y la máxima autoridad es el Profesor Encargado.

La escuela recoge lo establecido en la Ley General de Educación en relación a los ciclos de

enseñanza siendo esta de la manera siguiente:

- Ciclo de educación Básica Niveles de 1° a 8° años de enseñanza general Básica,

Artículo 10º Deberes

“Del Alumno”

Al matricularse el alumno (a) adquiere los siguientes derechos:

- A conocer el Proyecto Educativo, el Plan de Gestión de Convivencia Escolar y

Reglamento de Evaluación de la Escuela.

- A recibir una educación integral de acuerdo al Proyecto Curricular del Centro

Educativo.

- A que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad, según las normas

establecida en el Reglamento Interno de Evaluación y Promoción del Centro

Educativo.

- A informarse oportunamente de sus calificaciones, y solicitar, en forma respetuosa,

una explicación cuando lo amerite.

- A recibir orientación escolar y profesional para conseguir el máximo desarrollo en

su formación integral, según sus capacidades.

- A que se respete su integridad física y moral y su dignidad personal, no pudiendo

ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes.

- A plantear inquietudes y problemas a la dirección, profesores, y/o encargados de

áreas, según sean las necesidades que se requieran.

- A sugerir ideas relativas a actividades que sean pertinentes a su formación integral,

canalizándolas en los estamentos correspondientes.

- A utilizar las dependencias del Centro Educativo que requiera para el desarrollo

normal de sus actividades estudiantiles, conforme a las normas establecidas por la

Administración del Establecimiento.

- A participar de las actividades Educativas ofrecidas por el Centro Educativo.

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- A solicitar la Declaración de Accidente Escolar para utilizar el Seguro

correspondiente, en el caso de que se requiera.

- A conocer las observaciones que se registren en la Hoja de Vida del Libro de

Clases, referida a la conducta y desempeño en el trabajo escolar.

- A apelar ante medidas disciplinarias que se consideren arbitrarias o injustas.

- Al reconocimiento por su desempeño académico, participación, colaboración,

compromiso con el proceso Educativo que lo identifique como alumno (a) de la

escuela rural La Capilla Cahuach.

- A elegir, mediante sufragio directo y secreto, a sus representantes al Centro General

de Alumnos(as).

- A participar en actividades que organice el Centro General de Alumnos (as).

Deberes “Del Apoderado”

a. Todo alumno (a) matriculado, debe contar con un apoderado, mayor de edad, que se

compromete y adquiere como propias las obligaciones que debe asumir su pupilo, y

responde por él ante el Establecimiento Educacional.

b. El apoderado se compromete a conocer y aceptar lo establecido en la matricula y el Plan

de Gestión de Convivencia Escolar del Centro Educativo.

c. Si existen dos ó más hermanos en el Centro Educativo, cada uno debe tener un apoderado

que responda por el alumno (a) ante el curso y sus obligaciones como tal.

d. Los alumnos (as) podrán tener un apoderado suplente, mayor de edad; que sea autorizado

personalmente por el apoderado titular al momento de matricular o, posteriormente en

Dirección.

e. La Dirección se reserva el derecho de solicitar cambios de apoderado cuando se

compruebe que éste no cumple con los compromisos adheridos, propios del PEI y del Plan

de Gestión de Convivencia Escolar del Centro Educativo.

f. A respetar el alumnado del establecimiento y todo el personal (trabajadores, auxiliares,

profesores, directivos), lo que implica no emitir juicios u opiniones que descalifiquen a los

profesores u otras personas, en forma verbal o escrita, ni en ningún medio de

comunicación.

Artículo 11 “De la Presentación Personal”

a. Los alumnos (as) deben mantener siempre una higiene y presentación personal óptima, lo

que se deberá expresar en el correcto uso del uniforme del colegio, en forma limpia y

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ordenada, que refleje una cuidadosa preocupación individual y familiar, dentro y fuera del

establecimiento y/o de otra prenda que se use en su reemplazo.

b. Los varones deberán mantener su pelo corto tradicional que no toque la camisa ni las

orejas, sin melenas, patillas, mechones (No se aceptarán cortes extravagantes, rapado, pelo

teñido, dibujos o letras en el casco, sin tendencias a ningún tipo de modas), peinados y

afeitados (salvo prescripción médica), sin joyas ante los actos oficiales del establecimiento

(presentaciones artísticas y/o desfiles).

c. Las damas, con su pelo ordenado, dejando su cara completamente visible, con aros

pequeños –si lo usa-, sin tinturas, sin maquillajes ni uñas pintadas.

d. No se aceptarán alumnos (as) ni alumnas que usen accesorios o adornos en su cuerpo,

tales como: aros, piercing, pulseras de cuero o metálicas, coles, expansiones u otros de

moda. Si un alumno (a) es sorprendido portando estos accesorios, serán requisados por los

profesores y/o inspectores.

e. El alumno (a) que se presente al Centro Educativo sin cumplir las normas de higiene y

presentación personal, será comunicado al apoderado con anotación en su hoja de vida,

hasta cumplir con lo establecido en los párrafos anteriores.

f. El alumno(a) del establecimiento educacional, mientras vista su uniforme debe mantener

su identidad con la institución, demostrando en todo momento una actitud disciplinada. De

no cumplir con este deber podrá ser amonestado verbalmente y/o por escrito en su hoja de

observaciones.

Artículo 12 “De los Horarios”

La jornada de clases es de lunes a viernes y se inicia a las 09:00 hrs y termina a las 16:30

horas, los días lunes se cantará la canción nacional, cuya asistencia es obligatoria. Según la

modalidad el horario es el siguiente:

Desayuno: 09:00 a 09:15 horas

Recreos: 10:45 a 11:00 horas y 14:45 a 15:00 horas

Almuerzo: 12:30 a 13:15 horas

Artículo 13º “De la asistencia a clases”

Una forma de manifestar el respeto a los demás es mediante la puntualidad y asistencia a

los compromisos contraídos.

a. Los alumnos (as) deben asistir diaria y puntualmente a todas las clases y/o actividades

educativas en las que se haya comprometido, como también a los actos oficiales que se les

cite, debiendo llegar a lo menos 5 minutos antes de la hora fijada.

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b. La asistencia a clases es obligatoria, el apoderado asume la responsabilidad ineludible de

que su pupilo cumpla con el compromiso de asistir a clases en forma regular, y de acuerdo

a los horarios establecidos por el Centro Educativo.

c. Durante el período de clases el alumno (a) no podrá retirarse del Centro Educativo salvo

casos en que el apoderado lo retire personalmente, dejando constancia de la salida en el

registro respectivo.

En casos excepcionales y debidamente justificados, el alumno (a) será autorizado a

retirarse, previa comunicación con el apoderado.

d. Si un alumno (a) tiene control médico y/o dental, éste debe realizarse prioritariamente en

horas alternas a la jornada escolar. En caso de ser requerida la autorización para los efectos

mencionados anteriormente, debe ser con la presencia del apoderado.

Artículo 14 “De las Inasistencias a clases”

a. La inasistencia a clases del alumno, deberá ser justificada personalmente por el

apoderado. Una vez autorizado, el alumno (a) podrá integrarse a sus actividades escolares.

b. El alumno (a) que falta por enfermedad, el apoderado deberá justificar su inasistencia

durante el tiempo que dure su licencia o al momento de reintegrarse el alumno (a) a clases,

presentando el certificado médico correspondiente.

c. Si un alumno (a) faltare por más de 15 días, sin aviso o por causas injustificadas, la

dirección citará a los padres o apoderados para explicar la situación.

d. Por disposición del Mineduc, para aprobar el año lectivo, se debe asistir –como mínimo-

al 85% del total de días de clases. En caso de no cumplirse, se debe enviar una solicitud

escrita a la Dirección del establecimiento, acompañada de los documentos que respalde tal

solicitud y justifiquen el no cumplimiento del requisito de aprobación. Dirección, previa

consulta del Consejo de Profesores, determina la promoción de los alumnos (as) con un

porcentaje de asistencia menor al establecido.

Artículo 15 “De las Inasistencias a reuniones de Padres y Apoderados”

a. Las inasistencias a Reuniones de Padres y Apoderados, deberán ser justificadas, en

Dirección, personalmente por el apoderado, inmediatamente al día siguiente transcurrida

la jornada. No se aceptarán justificaciones por escrito, dado que el apoderado tiene la

obligación de asistir a las actividades programadas por los diferentes estamentos del Centro

Educativo.

b. Será considerado falta grave la ausencia de los apoderados a las citaciones realizadas por

el Centro Educativo.

c. A la tercera falta del apoderado a una citación a jornada o reunión de apoderados durante

el año, el alumno (a) obtendrá Compromiso de Conducta, si reincide en su falta, el Profesor

Jefe debe solicitar cambio de apoderado al Consejo de Coordinación.

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Artículo 16 “De los Atrasos”

a. Serán considerados atrasos: el ingreso a clases del alumno (a) después del inicio de la

jornada, después de terminado los recreos y en cambios de hora.

b. Los atrasos al inicio de la jornada serán controlados por el profesor de asignatura o el

profesor de turno quedando registrado en el libro de clases. Del mismo modo serán los

atrasos después de recreo o cambio de hora serán controlados por el profesor y registrado

en el libro de clases.

c. Al inicio de la jornada, por atrasos igual o superior a 45 minutos, No se permitirá ingreso

de alumnos (as) sin previa comunicación con su apoderado.

d. Cumplido el tercer atraso, el alumno (a) no podrá ingresar a clases sin su apoderado, el

cual será notificado de la falta, dejando constancia del hecho en el libro de Clases.

Si el alumno (a) y/o apoderado, no cumplen con lo establecido en el párrafo anterior,

dirección considerará esta acción como una falta grave y tiene la facultad de solicitar la

firma de un Compromiso de Conducta. Si el alumno (a) y/o apoderado reinciden en esta

falta se exponen a una Condicionalidad de Matricula.

Artículo 17 “De las actividades de Educación Física”

a. Como uniforme deportivo, se considera lo señalado en Artículo 5º del presente Plan.

Todas las prendas deportivas deben estar marcadas con el nombre y apellido del alumno

(a).

b. Sólo podrán asistir con buzo a clases de Educación Física los alumnos (as).

c. Al alumno (a) no se le permitirá en ninguna actividad de destreza física (deportes,

competencias, actividades extraprogramáticas, juegos, etc.) estar con el dorso desnudo.

d. Terminada la clase o actividad deportiva el alumno (a) deberá realizar su higiene

personal.

e. La clase de Educación Física es obligatoria. Todo alumno (a) que no realice Educación

Física deberá estar justificado personalmente por su apoderado ante el Inspector respectivo

o en su efecto presentar el Certificado Médico.

Artículo 18 “Del comportamiento en dependencias del Centro Educativo”

a. Al inicio de cada jornada, el alumno (a) se ubicará en el lugar asignado para escuchar en

silencio y respeto los “Buenos Días”, y las informaciones pertinentes.

b. Los alumnos (as) deben saludar con respeto a los adultos y compañeros, evitando los

garabatos, los juegos bruscos y actos de grosería. El alumno (a) debe tener conciencia de

que haga lo que haga y esté donde esté, es alumno (a) de la escuela Rural La Capilla

Cahuach.

17

c. Los alumnos (as) deben respetar a todo el personal del Centro Educativo: Directivos,

Docentes, Asistentes de la Educación (Auxiliares).

d. Están prohibidos los pleitos, tanto callejeros como al interior de las dependencias del

Centro Educativo, los alumnos (as) deberán evitar involucrarse en estos, ya sea como

espectadores o participantes. Dígase lo mismo frente a las bromas que atenten contra las

personas.

e. Con el fin de prevenir accidentes, está prohibido jugar en los pasillos y corredores del

Centro Educativo con balones u otros objetos.

f. Durante el recreo los alumnos (as) deben abandonar las salas de clases, las que deben

quedar cerradas. Los profesores que atendieron a los cursos colaborarán con el profesor de

turno en esta labor.

h. Durante el cambio de hora, el alumnado debe permanecer en su sala de clases, en espera

de su Profesor. En ausencia de él no podrán salir del aula y ocuparán su tiempo en lo que

les indique la persona a cargo o profesor de turno.

i. El traslado de curso a otras dependencias del Centro Educativo se hará en forma ordenada

y silenciosa, bajo la responsabilidad del Profesor que los atiende en ese momento.

j. La colación debe hacerse al interior del Centro Educativo en los lugares asignados para

tal efecto.

k. El Comedor es un servicio de utilidad. Para que cumpla adecuadamente su finalidad, los

alumnos (as) deben cuidar su mobiliario y mantener una conducta de respeto hacia las

personas que lo atienden, como también por los compañeros que se encuentran en él,

conservando limpio el lugar que les corresponde.

l. No se permitirá a los alumnos (as) su permanencia en las puertas de acceso al Centro

Educativo o lugares adyacentes a ellas durante la jornada de clases.

m. Todo alumno (a) que haga uso de la Biblioteca en horario de clases, debe solicitar la

autorización del Profesor que le corresponda. El alumno (a) que no respete las normas

establecidas en los ambientes de la biblioteca, se le pedirá abandonar el lugar.

j. En caso de que un alumno (a) sea “Asaltado” en las inmediaciones del Centro Educativo,

se sugiere informar al establecimiento y que sus padres estampen la denuncia respectiva en

Carabineros o Investigaciones. Se recomienda no andar solo ni portar objetos de valor, así

como retirarse en grupos a sus hogares.

Artículo 19 “Del uso y cuidado de los bienes”

1. El alumno (a) se responsabilizará de los recursos y los bienes que la Comunidad

Educativa coloca a su disposición.

2. Cualquier destrozo de recursos o bienes debe ser repuesto de acuerdo al valor del mismo

determinado por la Administración del Centro Educativo.

18

3. En caso deterioro de recursos o bienes sin que hayan responsable del hecho, los costos de

reparación y/o reposición serán a costa del curso si son al interior de un aula, y de todos los

cursos si son al exterior de las aulas.

4. Los costos de reparación y /o reposición si involucra a todos los cursos, será en partes

iguales y cobrados a las tesorerías de cada curso por la Administración del Centro

Educativo.

Artículo 20 “Del uso De la Biblioteca Escolar”

1.Todos los alumnos y alumnas pueden solicitar los diversos textos y material bibliográfico

que se encuentre en la biblioteca.

2. Los textos escolares pueden ser pedidos por un tiempo de una semana

3.La lista de los deudores del mes es entregada por el encargado y la dirección tomará las

medidas correspondientes.

4.Los alumnos que no respeten las fechas de devolución deben ser sancionados con el no

préstamo de libros durante una semana e informar a la brevedad a Dirección.

5.Los alumnos que pierdan algún libro u otro material de biblioteca deberán cancelar su

valor.

Artículo 21° “Del uso de laboratorios de Computación y Salas Multimedia”

1. Todo usuario deberá registrarse, al usar un computador, indicando la hora de inicio y la

hora de término de la sesión de trabajo personal.

2. Todo usuario, al momento de solicitar acceso al uso de los computadores, fuera de

horario de clases, deberá justificar la necesidad de uso para una asignatura o trabajo de

investigación específico.

3. Con el propósito de mantener el orden y disciplina, no se permitirá el ingreso de usuarios

al Laboratorio durante las horas de clases.

4. En caso de pérdida o daño intencional de algún material o equipo de laboratorio deberá

ser cancelada por el alumno responsable, en caso de ser identificado;

5. Aquel usuario que se le compruebe haber infectado un computador con un virus

informático, o bien haber borrado algún programa computacional en forma intencional, será

sancionado de acuerdo a lo estipulado en el presente Plan.

6. Queda terminantemente prohibida la instalación de programas (juegos, clientes de

mensajería, programas para descargas, etc.), sin la aprobación del encargado del

Laboratorio;

7. Queda terminantemente prohibido ingerir alimentos, o hacer uso de cualquier elemento

que dañe los equipos computacionales o cause molestias al resto de los usuarios del

laboratorio.

8. El uso de materiales y equipos para disertaciones y trabajos (data, retroproyector, TV,

radio, etc.) debe ser solicitado por el profesor de la asignatura en forma oportuna.

9. Se deberá dejar limpio y ordenadas las salas o Laboratorio al finalizar la clase.

19

Artículo 21 “De los Dispositivos electrónico de almacenamientos externos y de

comunicación”:

1. Queda prohibido el uso y de dispositivos de almacenamiento externos y de

comunicación, tanto al interior de la sala de clases, así como en otros espacios educativos,

que no corresponda al desarrollo de actividades educativas: MP3, MP4, equipos de audio

portátiles, telefonía celular y dispositivos electrónicos u otros incluyendo sus audífonos.

Sorprendido su uso sin autorización, el objeto será retirado para ser devuelto al apoderado

en la fecha que determine Dirección. Si el alumno (a) reincide por 2º vez en la falta, el

dispositivo será entregado al finalizar el año escolar.

2. El Centro Educativo no se responsabiliza por pérdida, hurto o robos de dispositivos de

almacenamiento externos y de comunicación ocurrida durante la permanencia del

alumno(a) en el establecimiento: MP3, MP4, celulares, dispositivos electrónicos,

ordenadores portátiles, u otros. Será de exclusiva responsabilidad del apoderado y el

alumno(a) la pérdida y o deterioro de estos aparatos, liberando al establecimiento de toda

responsabilidad.

Artículo 22 “Del Registro de las pertenencias del alumno”:

1. En aquellas situaciones excepcionales en que La Dirección del establecimiento requiera

realizar el registro de las pertenencias del alumno, sólo se podrá hacer en presencia del

afectado y con la autorización del apoderado. El apoderado autoriza este procedimiento

con la firma en el contrato de Prestación de Servicio Educacional.

Artículo 23 “De las Urgencias Médicas”

1. En caso de enfermedad del alumno (a) el Director/a avisará al apoderado para el retiro

del alumno.

2. En caso de accidente se avisará de inmediato al apoderado. Los alumnos(as) según la

gravedad serán derivados de inmediato al Servicio de Urgencia del Centro Asistencial.

Adjuntándose la documentación respectiva para el uso del Seguro Escolar.

3. Los alumnos (as) serán acompañados por un profesor y/o personal disponible del Centro

Educativo en caso que el accidente sea grave.

4. Una vez que el apoderado se hace presente en el Centro Asistencial, el alumno (a) queda

bajo su responsabilidad, debiendo el Inspector u otro, dar la información respectiva y

volver a sus labores habituales.

Artículo 24 “Del Acoso Escolar”

En el Centro Educativo no se permite ninguna manifestación de acoso escolar que atente

contra la integridad física y/o psicológica de un estudiante.

20

Serán consideradas como conductas de Acoso Escolar en el Centro Educativo:

1. Acto de agresión u hostigamiento reiterado.

2. Actos agresivos cometidos por un estudiante o por un grupo, dentro o fuera del

establecimiento educacional.

3. Valerse de una situación de superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque

maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave

4. Agresión por medios tecnológicos o cualquier otro medio, que produzca hostigamiento

realizado por medios virtuales.

5. Hechos de violencia ya sea física o sicológica, que cometan adultos a alumnos (as)

miembros de la comunidad educativa.

6. Acoso sexual en cualquiera de sus formas realizado por estudiantes, personal del

establecimiento, padres o apoderados, que atenten en contra de un estudiante.

Artículo 25 “Del Protocolo de Denuncia o Reclamo frente al Acoso Escolar”

1. El alumno, que se sienta víctima de Acoso Escolar en cualquiera de sus formas podrá

hacer su reclamo o denuncia, de la siguiente manera:

a) El afectado o a través de su apoderado, en entrevista personal coloca el hecho en

conocimiento de la Dirección del Centro Educativo, o a través de una carta que puede ser

depositada en el buzón de sugerencias y reclamos del establecimiento.

b) Podrá también, hacer reclamo o la denuncia a su profesor jefe, inspector o profesor más

cercano, quien solicitará al afectado su testimonio por escrito, bajo firma y fecha de tal

gestión.

2.- Frente al reclamo o denuncia de cualquier carácter, quien la recibe y una vez informada

la dirección, se reservará el derecho a cautelar lo informado (hechos, nombre del afectado,

nombre del o los causantes del ilícito) mientras se conocen e investigan más a fondo los

antecedentes denunciados.

3. Dicho reclamo o denuncia, si amerita, será derivado al encargado del área de Apoyo,

quien, en reserva, procederá a averiguar a través de un sumario interno los hechos

denunciados, dejando por escrito los antecedentes.

4. Una vez reunido los antecedentes se entregará un informe con los resultados a Dirección

y si procede, al Comité de la Buena Convivencia Escolar, quienes analizarán los hechos y

por escrito sugerirán las estrategias de solución.

5. Los resultados de la denuncia, una vez tomada las decisiones de acuerdo al protocolo

indicado en este Plan de Gestión de Convivencia Escolar, será dado a conocer al apoderado

del alumno(a) afectado por la Dirección o por quien delegue.

21

Artículo 26 “Del Consejo Escolar”

El Centro Educativo elegirá a un Consejo Escolar que estará constituido por el director del

establecimiento, la educadora diferencial, un profesor de enseñanza básica, el psicólogo de

la escuela, un integrante del centro de alumnos y un integrante del centro asumiendo como

Coordinador del Comité, el psicólogo del Establecimiento.

El Consejo Escolar tendrá las siguientes funciones:

1. Implementar campañas que promuevan el desarrollo de los valores y principios

declarados en el Plan de Gestión de Convivencia Escolar del Centro Educativo.

2. Analizar y estudiar los informes de alumnos (as) que han transgredido las normas de

buena convivencia escolar, consideradas de carácter muy grave y/o extremas, que no están

establecidas en el Plan de Gestión de Convivencia Escolar, para recomendar a la Dirección

la remedial pertinentes para solucionar el conflicto.

3. Velar para que, en todo momento, las partes involucradas en el conflicto, lleguen a

acuerdos conciliatorios, comprometiendo por escrito las intenciones de reparación y

conciliación de acuerdo a los hechos, para ello intervendrá como mediador el Coordinador

del Comité.

Procedimientos para los alumnos (as) que han transgredido los valores o normas

establecidas en el plan de gestión de convivencia escolar.

Artículo 27 “De la definición de Trasgresión de valores o normas”

Se define Transgresión como la conducta que es incompatible con los valores y normas

deseados por el Centro Educativo y que además de afectar el desarrollo del alumno, incide

negativamente en el cumplimiento de deberes y en la convivencia de la comunidad

educativa.

Artículo 28 “De la clasificación de las Transgresiones”

Según su gravedad y a fin de determinar las medidas educativas y sanciones a aplicar para

promover su superación, las trasgresiones a valores o normas, se clasifican de acuerdo a los

siguientes criterios:

1. Leves: conductas negativas que transgreden las normas que regulan la convivencia y que

sin llegar a alterar ésta de manera significativa ni a causar mayor daño o perjuicio a sí

mismo, a terceros y/o para la Comunidad Educativo, se apartan del perfil ideal definido

para nuestros alumnos (as).

2. Graves: conductas que transgreden las normas, perjudicando gravemente la convivencia

escolar o con graves repercusiones negativas para sí mismo, para terceros y/o para la

Comunidad Educativo.

22

3. Muy Graves: conductas que transgreden las normas, causando un gravísimo perjuicio a

la convivencia escolar o con muy graves repercusiones negativas para sí mismo, para

terceros y/o para la Comunidad Educativo.

4. Extremas: conductas extremas que transgreden las normas, causando un gravísimo

perjuicio a la convivencia escolar o con repercusiones negativas para sí mismo, para

terceros y/o para la Comunidad Educativo, que implica la cancelación de matrícula.

Artículo 29 “Son Transgresiones Leves”

1. Presentación personal inadecuada.

2. Usar prendas de vestir no autorizadas con el uniforme en actos oficiales (presentaciones

artísticas como en desfiles y otras instancias).

3. Falta de atención en clases.

4. Ingerir alimentos en la sala de clases.

5. Ensuciar el entorno físico del Centro Educativo.

6. Manifestar indiferencia a la clase o no seguir las instrucciones dadas durante la misma.

7. Concurrir a clases sin útiles, equipo de educación física.

8. No entregar tareas y trabajos oportunamente.

9. Molestar a sus compañeros con sobrenombres ofensivos y/o juegos bruscos.

10. Gritar o conversar interrumpiendo la clase.

11. Realizar juegos, bromas, chacoteos o reñir en horarios y lugares de trabajo.

12. Omisión en presentar justificativos, comunicaciones o respuestas de circulares

enviadas al hogar, debidamente firmadas.

13. Ingresar tardíamente a clases, especialmente después de los recreos.

14. No justificar inasistencia o atraso a jornada escolar.

15. No traer comunicaciones o pruebas firmadas.

16. Retener o esconder pertenencias ajenas (prestados o encontrados) o usar útiles de

otros sin su consentimiento.

17. Salir de la sala o lugar de práctica sin permiso del educador.

18. No llevar con dignidad y respeto el uniforme oficial, tanto dentro como fuera del

Centro Educativo.

19. Hacer mal uso de la beca de alimentación de la JUNAEB

20. No cumplir por tercera vez la Lectura Silenciosa Sostenida.

21. No asistir a la actividad de formación del día lunes” estando en el establecimiento.

22. No asistir actividades programadas y convocadas por el Cetro Educativo, tales

como: desfiles, olimpiadas, coros o talleres instrumentales.

23. Hacer mal uso de la red de Internet en clase, tales como chatear, Facebook y otros

no permitidos por los educadores.

24. Utilizar inadecuadamente dependencias, materiales o mobiliario del Centro

Educativo sin autorización del director o profesor a cargo de la sala.

23

25. Usar dentro de las instalaciones de Centro Educativo (salas, patios, casino, teatro,

gimnasio, laboratorios, sala de computación, multimedia, entre otros) equipos de música,

y sus audífonos, como: celulares, MP3, MP4, y otros.

26. Desobedecer normas de seguridad en el desempeño de las labores que lo requieran.

27. Inventar enfermedades o excusas que eviten la realización de sus labores cotidianas.

Artículo 30 “De los procedimientos para las Transgresiones Leves”

1. Llamado de atención verbal o escrita: El alumno (a) al cometer una falta considerada

como una transgresión Leve, recibirá un llamado de atención por parte de del educador, que

lo invite a cambiar de actitud, dicho llamado de atención, si es escrito, deberá ser

informado al alumno (a) y quedar consignado en su hoja de vida.

2. Si el alumno (a) acumula tres o más faltas leves deberá -su profesor jefe- informar de

inmediato a su apoderado, quien bajo su firma se responsabilizará de las acciones de

conducta de su pupilo.

3. Si al completar seis o más faltas leves el alumno (a) deberá -junto a su apoderado- firmar

una carta de compromiso de conducta, donde se estipularán las exigencias que el alumno

(a) deberá responder para cambiar su actitud.

Artículo 31 “Son Transgresiones Graves”

1. Las reincidencias de actitudes negativas consideradas transgresiones leves.

2. Expresarse con garabatos o gestos ofensivos contra integrantes del Centro Educativo o

personas de la comunidad local.

3. Participar o promover juegos violentos que dañen la integridad física de las personas

4. Ingresar al Centro Educativo eludiendo el control de atrasos.

5. No acatar órdenes impartidas por los docentes o por cualquier funcionario del Centro

Educativo, dentro del aula o de cualquier dependencia del colegio.

6. Interrupciones intencionales o reiterativas en clases interfiriendo manifiestamente el

desarrollo de la tarea docente, tanto individual como colectivamente.

7. Acumulación de atrasos, sin que se evidencie una voluntad de superación del problema

ante el primer llamado de atención.

8. Por “irregularidades” en evaluaciones, tales como “copiar”, “negarse a rendirlas”, “no

entregarlas”, “adulterarlas”.

9. Acumulación de inasistencias a clases, sin justificativo médico.

10. Por reincidir en las inasistencias a actividades programadas y convocadas por el

Colegio, tales como: desfiles, taller instrumental, taller de coro.

11. Comportamiento inadecuado, irrespetuoso o grosero en ambientes tales como: sala de

clases, recreos y espacios públicos.

12. Producir intencionadamente daño serio o irreparable hacia los bienes materiales del

Centro Educativo que están al servicio de la Comunidad Educativa.

24

13. Vender artículos de cualquier especie sin autorización de la dirección.

14. Negarse a mantener su presentación personal de acuerdo a lo que estipula el Plan de

Gestión de Convivencia Escolar.

15. Burlarse de las cualidades físicas, emocionales o intelectuales de otros.

16. Involucrar a terceros en trasgresiones, con el propósito de perjudicarlos o beneficiarse a

sí mismo.

17. Faltar intencionadamente a clases, sin conocimiento del apoderado.

18. Fumar al interior de las dependencias del Centro Educativo.

19. Lanzar objetos de cualquier tipo, desde las ventanas o pisos superiores, al interior o

exterior del edificio del Centro Educativo.

20. Por reincidencia en anotaciones por incumplimiento de la Lectura Silenciosa

Artículo 32 “De los procedimientos para las Transgresiones Graves”

1. Compromiso de Conducta: El alumno(a) que incurra en una falta considerada como

transgresión grave de los valores y normas establecidas en el Plan de Gestión de

Convivencia Escolar, deberá firmar junto a su apoderado una carta de compromiso de

conducta.

2. El Compromiso de Conducta tiene como objetivo que el alumno, acompañado de su

apoderado, se comprometan por escrito a asumir -dentro de un plazo prudente y

determinado- las normas de convivencia y disciplina estipuladas en el Manual de

Convivencia y que no han podido ser cambiadas con llamadas de atención verbal o escritas.

3. El procedimiento de firma de la carta de compromiso de conducta será tramitado por la

directora y el Profesor Jefe. Se firmarán tres copias del documento, quedando una en

archivo de dirección, otra en el expediente del alumno(a) y la tercera en poder del

apoderado.

4. El Compromiso tendrá duración limitada desde la fecha que se firma el protocolo, y

podrá ser levantado por el Consejo de Evaluación de Profesores.

Artículo 33 “Son Transgresiones Muy Graves…”

1. Las reincidencias de actitudes negativas consideradas graves.

2. Incumplimiento del compromiso de conducta

3. Usar, sin autorización de la dirección, el nombre del establecimiento para fines

particulares.

4. Falta de respeto, insultos, garabatos, gestos inadecuados o de doble sentido a cualquier

miembro de la Comunidad Educativa.

6. Falsificación de la firma del apoderado.

7. Ser sorprendido portando alcohol o en estado de ebriedad, en actividades del Centro

Educativo.

25

8. Abandonar sin autorización el Establecimiento o fugarse de clases.

9. Ser sorprendido portando, distribuyendo, intercambiando, mirando o copiando material

pornográfico.

10. Mal uso de las tecnologías en detrimento de compañeros, funcionarios y docentes a

través de imágenes, referencias o páginas de Internet.

11. Faltar el respeto o descalificar a etnias y culturas, personajes destacados de la historia

de Chile, sus símbolos o manifestaciones culturales.

12. Incitar a otros o manifestar complicidad en situaciones que trasgreden gravemente los

valores del Centro Educativo.

13. Agredir físicamente, en peleas o conatos, a compañeros o alumnos (as) de otros

establecimientos educacionales.

14. Adulterar, deteriorar, apropiarse, copiar parte o la totalidad de un instrumento de

evaluación, para ser uso indebido de la información en beneficio personal o colectivo.

15. La sustracción o robo de insumos, materiales y herramientas de alguna de las secciones

de la Escuela.

Artículo 34 “De los procedimientos para las Transgresiones Muy Graves”

1. Condicionalidad de Matrícula: El alumno (a) que incurra en una falta considerada

como transgresión muy grave de los valores y normas establecidas en el Plan de Gestión de

Convivencia Escolar, deberá firmar junto a su apoderado una Condicionalidad de

Matrícula.

2. La Condicionalidad de Matricula tiene como objetivo que el alumno, acompañado de su

apoderado, se comprometan por escrito a asumir -dentro de un plazo prudente y

determinado- las normas de convivencia y disciplina estipuladas en el Manual de

Convivencia y que no han podido ser cambiadas con llamadas de atención verbal o escritas.

3. Suspensión: El alumno (a) que incurra en falta muy grave será suspendido de sus

actividades educativo-, por no más de tres días, tiempo oportuno para que el Área de

Apoyo reúna los antecedentes, estudie el caso y lo presente al Consejo de Coordinación

4. El procedimiento de firma de la carta de Condicionalidad de Matricula y/o suspensión,

será tramitado por el Inspector General y profesor Jefe. Se firmarán tres copias del

documento, quedando una en archivo de Inspectoría, otra en el expediente del alumno (a) y

la tercera en poder del apoderado.

5. La Condicionalidad de Matricula tendrá duración limitada desde la fecha que se firma el

protocolo, y podrá ser levantado por el Consejo de Evaluación Anual de Profesores.

6. Terminar el año escolar sin superar la condicionalidad, podrá ser causal de no renovación

del contrato de matrícula para el año lectivo siguiente.

Artículo 35 “De las Transgresiones extrema”

1. Las reincidencias de actitudes negativas consideradas muy graves.

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2. Robar o hurtar especies o valores.

3. Adulterar, deteriorar o falsear documentos oficiales del Centro Educativo: Libros de

Clases, Planillas, Registros Computacionales y otros.

4. Porte de cualquier tipo de arma que ponga en riesgo la seguridad de los integrantes del

Centro Educativo.

5. Realizar Bullying a algún compañero del Centro Educativo.

6. Agredir física y/o psicológicamente a algún educador o personal del Centro Educativo

7. Realiza actos que atentan contra una sexualidad sana. (acoso sexual en los diferentes

grados, intento de violación, ultrajes, insinuaciones deshonestas, presión psicológica, entre

otros).

8. Ser sorprendido portando, consumiendo, distribuyendo o vendiendo drogas ilícitas en las

dependencias del Centro Educativo.

9. Confeccionar, colocar y/o activar bombas de humo o ruido.

Artículo 36 “De los procedimientos para la Cancelación Matrícula”

1. La dirección del Centro Educativo tiene el deber de denunciar a las autoridades

pertinentes, al alumno(a) sorprendido cometiendo actos ilícitos de acuerdo a la Ley 20. 084

de Responsabilidad Penal Adolescente o la Ley 20.000 de Drogas, que sanciona el tráfico

Ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.

2. Suspensión: El alumno (a)que incurra en falta extrema será suspendido de sus

actividades educativas, por no más de cinco días, tiempo oportuno para que el Área de

Apoyo reúna los antecedentes, estudie el caso y lo presente al Consejo de Coordinación.

3. El Inspector General dará aviso al apoderado, quien de inmediato deberá presentarse al

Centro Educativo para ser informado de los hechos y aplicación de la medida.

4. El Consejo de Coordinación revisará la situación y determinará la reincorporación del

alumno, a través de la Condicionalidad de Matrícula o bien, la Cancelación de

Matrícula.

5. El procedimiento de firma de la Cancelación de Matrícula será tramitado por la dirección

y profesor Jefe. Se firmarán tres copias del documento, quedando una en archivo de

dirección, otra en el expediente del alumno (a) y la tercera en poder del apoderado.

Artículo 37 “De las Leyes que establecen consecuencias para los transgresores”.

1. Ley 20.084 Responsabilidad de los Adolescentes por infracciones a la ley Penal: Busca

“Hacer efectiva la responsabilidad de los adolescentes por los hechos delictivos que

comentan, de tal manera que la sanción forme parte de una intervención socioeducativa

amplia y orientada a la plena integración social” Art. 20 LGE.

2. Ley 20.000 de Drogas: Sanciona el tráfico de ilícito de estupefacientes y sustancias

psicotrópicas.

27

3. Ley 20.005 Abuso sexual: Modifica el Código Penal, con el objeto de sancionar un delito

de connotación pública pero que no era denunciado, por no haber norma expresa que lo

tipificara.

Artículo 38 “Del compromiso de denunciar delitos que atente en contra de las leyes

establecidas en el artículo anterior.”

1. El director, inspectores y profesores se comprometen a denunciar cualquier acción u

omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad

educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia

ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros

de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales

competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin

perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del

Código Procesal Penal.

Artículo 39 “Protocolo de actuación”.

1. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las

medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad,

privacidad y respeto por su dignidad y honra.

2. De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos

propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo.

No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a

excepción de la autoridad pública competente.

3. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los

involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones

y la posibilidad de impugnarlas.

Artículo 40 “De las Impugnaciones o apelaciones”

1. Una vez establecida e informada la sanción al alumno (a)y apoderado, estos podrán

apelar a la medida si fuese el caso, fundamentando sus descargos por escrito al Consejo de

Coordinación del Centro Educativo, quien, con los antecedentes presentados, revisará

nuevamente el caso y dará su veredicto final.

2. La apelación escrita deberá dejarse en el Secretaría General, en sobre sellado, Dirigido al

Director o profesor encargado del Establecimiento e indicando como referencia “Apelación

a Sanción Disciplinaria”.

3. El Consejo de Coordinación tendrá 15 días a contar de la fecha que recibe la apelación

para dar su resolución final.

4. El Coordinador del Área de Apoyo será el responsable de informar al apoderado de

resolución adoptada por el Consejo de Coordinación.

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Artículo 40 “De los comportamientos no tipificados”

1. Aquellos comportamientos que no se encuentren clasificados según la gravedad de

la trasgresión en este Manual, serán analizados y tipificados por la Dirección del

Centro Educativo.

II. OTROS

Eventos del colegio

1. Todo evento de colegio, en la que se incluyen reuniones con apoderados, actos,

asambleas, o cualesquiera que convoque a la comunidad, deben ser aprobados por

Dirección e incluido en la calendarización anual del colegio y agendar en la página web.

2. El evento a aprobar deberá ser presentado con una pauta que especifique: objetivos,

actividades, comité organizador, requerimientos, responsables de cada actividad antes,

durante y después del evento, forma de publicación de resultados de la actividad.

3. Dependiendo del evento se formará una comisión para el diseño, gestión y ejecución de

la actividad.

4. El profesor a cargo debe evaluar la actividad y entregarlo como reporte a la Dirección.

5. Entregará un resumen de la actividad para el boletín, diario mural y página web. Para

este fin, se pide que se tomen y entreguen fotografías digitales al encargado de

computación y comunicaciones o quien sea designado para esta actividad.

II. 3. Envío de circulares a apoderados

1. Las circulares a apoderados son enviadas por la Dirección del Colegio, (Director) y

Coordinación Académica, con aprobación de la Dirección.

2. De ser fotocopiadas, se deberán entregar con 48 hrs. de anticipación, antes de las 13 hrs.,

salvo que la Dirección le dé urgencia.

3. De acumularse más de una en un día, serán integradas en una comunicación única.

III. De las responsabilidades profesionales docentes

III. 1. De Ausencias, reemplazos

Cualquier ausencia de un profesor ocasiona un problema grave en el orden y secuencia de

las actividades de aprendizajes que realizan los alumnos, por tanto, deben ser evitadas en la

mayor medida posible. De no poder evitarse, debido a razones médicas no postergables o

tratables en un horario extra laboral, o de urgencias similares, deberán ser solicitadas con

48 horas de anticipación a la Dirección del colegio, quién deberá autorizar o no la salida del

profesional y buscar formas de reemplazar (3 días administrativos al año y con el respectivo

permiso administrativo firmado por el trabajador, las Coordinaciones respectivas y la

autorización explícita del Director).

29

Si la situación es de emergencia, que justifique la no asistencia o retiro de clases, deberá ser

notificada personalmente al Director. En ningún caso es válido dejar o mandar recados.

Es responsabilidad del profesor que se ausenta dejar una pauta expresa, clara y completa de

las clases que deberán ser reemplazadas. Se espera que cada unidad temática tenga al

menos una guía para ser profundizada por el curso, la que podría ser usada en la hora de

reemplazo.

III.2. Atrasos de profesores

Los profesores están obligados a pasar por secretaría de Dirección a firmar en el libro de

asistencia, consignando la hora que efectivamente ha llegado al establecimiento y el horario

en que se ha retirado.

III.3. Turnos de patio.

Es deber de cada profesor y de Asistentes de Educación, o bien, del personal designado a

realizar los turnos de patio en las horas de colaboración que se le asignen. En cada turno el

profesor debe velar por el cumplimiento del manual de convivencia escolar, para ello es

crucial la revisión permanente de la zona asignada. Si ésta es el baño es necesario que esté

atento a lo que sucede al interior del baño que corresponde a su género y coordinar la

revisión del otro baño con otro profesor o auxiliar.

IV. Del área académica

IV. 1. Evaluaciones

1. Planificar las evaluaciones en un calendario de pruebas mensual según los acuerdos de

ciclo: 1º ciclo máximo 2 veces a la semana, controles y pruebas de unidad. El 2º ciclo

máximo tres pruebas a la semana, controles o pruebas de unidad. Los trabajos pueden

agregarse a este calendario ya que tienen más tiempo para prepararlos.

2. Las evaluaciones y guías de trabajo deben ser confeccionadas según el formato dado por

la Dirección.

3. Toda evaluación debe ser entregada a la Encargada de UTP de ciclo, con 72 horas de

anticipación a la aplicación de ésta.

4. Las pruebas de unidad deben ser acompañadas por una escala de apreciación y tabla de

especificaciones.

5. Los profesores deben entregar los resultados a sus alumnos a la semana siguiente de

realizada la prueba, en las pruebas de unidad debe entregar los resultados por contenido

curricular de todo el curso (en una planilla).

IV. 2. Planificaciones

1. Las planificaciones se deben preparar durante las semanas del mes de diciembre, o bien,

en aquélla que asigne la dirección del colegio.

30

2. Todas las planificaciones deben ser entregadas a dirección antes de salir de vacaciones.

3. Cada planificación debe ser entregada en el formato dado por la institución, el que debe

estar llenado en su totalidad, en el cual se incluye, entre otros: objetivos, contenidos,

metodología, actividades, tiempo, recursos y tipo de evaluación.

4. Las planificaciones deben incluir el material audiovisual y las salidas a terreno que serán

utilizadas durante el año y las que deben ser debidamente justificadas y trabajadas en las

clases. No se podrá ver más de 1 película por unidad de contenido.

5. Todas las planificaciones son revisadas por la Coordinación de ciclo y comparadas junto

al profesor con los planes del ministerio, durante diciembre o febrero u otra fecha.

6. Los profesores deben tener una copia de sus planificaciones en sus salas.

IV. 3. Uso del libro de clases

1. El profesor jefe debe completar el horario diario con el nombre correcto de cada

asignatura.

2. Es responsabilidad de todo profesor firmar diariamente el libro de clases y anotar la

asistencia.

3. Se debe registrar en el libro el retiro de algún alumno o salida a enfermería.

4. Anotar las unidades trabajadas especificando los contenidos curriculares tratados, en la

sección asignada a su sub sector.

5. Las notas deben ser puestas en el libro de clases (no basta que estén en cuadernos pues

deben ir a SINEDUC) proporcionalmente durante el semestre para evitar topes de pruebas

al final del período y retroalimentar oportunamente a alumnos y apoderados.

6. Los libros son revisados cada mes por los Encargados de UTP y de Convivencia Escolar

de ciclo y comparados los contenidos trabajados en las clases con las planificaciones y

cuadernos de los alumnos. Es responsabilidad del profesor mantenerlo al tanto de sus

avances.

7. Cada nota debe ser descrita en el libro poniendo el contenido curricular evaluado y entre

paréntesis o punto seguido, el tipo de evaluación empleado.

8. Los profesores deben registrar en la hoja de vida de cada alumno las anotaciones

positivas y negativas, de manera clara, exhaustiva y justa.

9. Se debe usar sólo lápiz pasta negro.

IV. 4. Registro y procesamiento de información computacional

1. El Director es responsable de la supervisión del sistema computacional, tanto en su

aspecto técnico como de actualización y uso de la información. El programa computacional

en uso del I.C.S. es SINEDUC. La información básica será digitada por la encargada de

computación. Al comienzo de cada año escolar se ingresará la matrícula del I.C.S. por cada

curso.

31

2. Cada profesor jefe deberá ingresar semanalmente los días viernes las anotaciones de

conductas tanto positivas como negativas.

3. Cada profesor de asignatura deberá ingresar sus calificaciones semanalmente.

4. El Encargado de Convivencia Escolar deberá supervisar diariamente:

a) Ingreso y retiro de todos los alumnos.

b) Asistencia diaria.

1) Esta información será accesible para los padres debidamente registrados en el sistema.

V Derivación y atención de alumnos con necesidades especiales

1. En consejo de ciclo se determinará si el alumno/a deberá ser derivado a algún

especialista, o bien, a través de otras vías. Una vez tomado el acuerdo, la o el profesor(a)

jefe entrevistará al apoderado solicitando la consulta al especialista. En el caso que no

quede claro qué especialista es el indicado, la Psicóloga y/o Orientadora o Psicopedagoga

del colegio evaluará y decidirá al respecto.

2. Los problemas psicosociales vistos en los consejos de ciclo se derivarán a la psicóloga

y/o Orientadora o Psicopedagoga del colegio, quien, a su vez, si lo considera necesario,

puede derivar a algún especialista externo.

3. Evaluación diferenciada: revisar procedimientos.

Artículo “aspectos no especificados”

Todos aquellos puntos, faltas y/o sanciones que no hayan sido incluidas en el presente

manual serán sometidos a consulta al consejo de profesores, quienes decidirán la resolución

final a tomar.

Procedimientos y estrategias para el acompañamiento de los alumnos (as) que han

transgredido los valores o normas establecidas en el plan de gestión de convivencia

escolar

32

La vivencia de las Normas y Valores en el Centro Educativo, lo mismo que su trasgresión,

exigen un atento y delicado trabajo de acompañamiento y seguimiento, de manera se

exprese a través del diálogo y del respeto a las personas y a las normas de convivencia.

A través de los procedimientos y estrategias de acompañamiento y seguimiento se busca:

Potenciar los valores y las actitudes esperadas de los alumnos (as);

Prevenir situaciones que contradigan la propuesta Educativo del Establecimiento.

Corregir y orientar el comportamiento no deseado de los alumnos (as).

a. Programa de Acompañamiento elaborado y monitoreado por el equipo multidisciplinar

que consiste en una serie de encuentros en la modalidad de “intervención especial”, con

resultados esperados y plazos establecidos, con conocimiento y participación del profesor

jefe y el apoderado:

b. Entrevista mensual del alumno (a) y/o apoderado con el profesor Jefe, con el objeto

de potenciar logros y de establecer metas de crecimiento a corto plazo.

c. Entrevista del alumno (a) y/o apoderado con las coordinaciones de área. Cuando así

lo solicita el profesor jefe a través de la derivación correspondiente y de acuerdos a

causales razonable: bajo rendimiento escolar, escasa o nula participación en actividades del

Centro Educativo (reuniones, jornadas de formación, experiencias significativas, etc.), mal

comportamiento reiterado, suspensión de clases y reincorporación.

d. Entrevista del alumno (a)y su apoderado con el equipo Multidisciplinar:

1. Cuando el alumno (a) reincide en algún comportamiento no deseado y es derivado por el

profesor jefe.

2. Cuando el apoderado solicita apoyo al Centro Educativo para mediar en algún tipo de

conflicto originado en el Colegio y que incide en la convivencia familiar.

Otros procedimientos llevados por La Dirección para un mejor orden y desarrollo de

las actividades y el bienestar de los alumnos (as)

A) Accidente Escolar

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Cuando un alumno (a)se encuentra en el establecimiento, sus padres confían en que cada

uno de nosotros, educadores, asumimos la responsabilidad de su cuidado y bienestar; sin

embargo, por más que nos esmeremos, siempre está presente la posibilidad de un accidente,

lo que se encuentra cubierto por el Seguro Escolar (Dec. 313/73). Por ello, al tener

conocimiento de un alumno (a) accidentado, se adoptará el siguiente procedimiento:

1. El Inspector (o profesor, jefe de sección) que tenga conocimiento de un accidente, deberá

informar a inspector para derivar a primeros auxilios.

2. El encargado de Primeros Auxilios evalúa. Si se requiere atención médica, informa al

inspector y jefe de emergencias para coordinar la derivación al centro médico.

3. El inspector informa al apoderado y coordina la asistencia de éste al colegio u hospital,

dependiendo de la gravedad del accidentado. También informa al Profesor Jefe.

4. La Inspectoría emitirá el formulario de Accidente Escolar.

5. El colegio asistirá al accidentado hasta que este sea entregado a su apoderado. (en el

colegio o centro médico).

6. El responsable de emergencias, en conjunto con los Inspectores, investiga la causa u

origen del accidente a fin de evitar o minimizar su riesgo.

7. Se debe considerar que el traslado de accidentados al servicio de Salud en vehículos

institucionales o particulares queda limitado sólo a casos menos graves y en las situaciones

de mayor gravedad, el traslado se realizará por medio de los organismos de emergencia

correspondiente.

B) En Caso De Enfermedad del Alumno

1. Todo alumno (a) que durante la jornada escolar presente síntomas de enfermedad

(dolores o malestar), será derivado por profesor a Inspectoría y este entregara un pase para

ser presentado al encargado de primeros auxilios quien, al momento de atención lo exigirá

y registrara en su bitácora de atención diaria, en caso de ser necesario, solicitará la

derivación al hogar, o devolución a su sala. (una vez atendido el alumno(a) debe volver a

Inspectoría)

2. Inspectoría se comunica con el apoderado para que se presente al establecimiento y retire

al alumno. E informara a profesor para que este registre la situación en el libro de clases

3. EL Inspector junto al encargado de PP. AA. fijará el lugar en que el alumno (a) espere a

su apoderado dependiendo de la situación particular que presente.

4. El inspector pondrá en conocimiento de la situación al Profesor Jefe del curso

correspondiente.

5. El apoderado realiza el trámite de retiro del alumno (a) en la inspectoría, firmando los

registros correspondientes.

C) Retiro De Alumno (a) Durante La Jornada De Clases

Para el retiro de un alumno (a) durante el periodo normal de clases se procede:

34

1. El apoderado se presenta en portería e informa su intensión de retiro de alumno, siendo

derivado a la inspectoría correspondiente (nunca puede ir directamente a la sala de clases),

previo registro de ingreso.

2. El portero informa al inspector del ingreso del apoderado.

3. El Inspector retira al alumno (a) de la sala o lugar en que se encuentre (registrando el nº

de lista del alumno (a) junto a la frase “se retira de clases”) y lo entrega al apoderado,

realizando el registro en el libro “Registro de salida del Colegio”. Con la respectiva firma y

RUT del apoderado.

4. El inspector registra la autorización de salida al alumno (a) en su libreta, la que debe ser

presentada en la portería.

D) Retiro De Alumnos (as) Y Documentación Por Traslado. U otro motivo

En caso de retiro de un alumno (a) y documentación por traslado a otro establecimiento

educacional, el procedimiento es el siguiente:

1. El retiro de un alumno (a) sólo puede ser efectuado por el apoderado titular.

2. El apoderado se presenta en portería e informa su intensión de retiro de alumno, siendo

derivado a entrevista con el Inspector General y profesor Jefe, previo registro de ingreso.

3. El inspector, junto al profesor Jefe, y/u orientador(a) conocen y analizan la situación

planteada por el apoderado, especialmente respecto de la causa que origina el motivo del

retiro.

4. Se entrega al apoderado el Formulario de NO DEUDAS, a fin de que el apoderado o

alumno(a) obtenga el timbre correspondiente de Biblioteca, administración, etc. que

indique que el alumno(a) tiene su situación en regla.

5. Se cita al apoderado para que al día hábil siguiente se le entregue la documentación y

firme los registros correspondientes.

6. Una vez firmado el libro de retiro, Inspector y Secretaria proceden a dar de baja al

alumno (a) en el libro de matrícula, libro de clases y SIGE

7. Se informa la baja del alumno (a) a los profesores del curso por medio de e-mail.

8. Área académica vera la situación de rendimiento del alumno(a) y su respectivo informe.

(UTP)

E) Robo O Extravío de Objeto Al Interior Del Colegio

De acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Convivencia, el Colegio no se hace

responsable por la pérdida de objetos personales y de valor que el alumno (a) trae al

establecimiento. De acuerdo a lo anterior, este procedimiento sólo tiende a ayudar a

encontrar lo extraviado y, eventualmente, descubrir y corregir posibles malos hábitos en los

alumnos (as).

La persona que recibe la denuncia, debe comunicarse inmediatamente con el inspector.

El inspector hará las gestiones necesarias, en el orden que la contingencia requiera:

35

1. Conversar con la persona afectada para recoger la mayor cantidad de información,

registrando las características de lo extraviado y las circunstancias en que se produjo el

extravío, especialmente la última vez que fue visto el objeto.

2. Conversar con potenciales testigos y/o la/s personas que podrían aportar más

información. Si se considera necesario se llamará a la casa para verificar que el objeto

extraviado no se haya quedado en la casa o en el vehículo de transporte.

3. Si ocurre en la sala de clase se procede de inmediato a preguntarle al curso, se les pide

revisar su propia mochila y/o casillero frente al adulto a cargo.

4. Si el aviso de extravío ocurre después del término de la jornada escolar, se le pide ayuda

al auxiliar del sector; si no hay resultados positivos, se realiza a la mañana siguiente, el

procedimiento anterior.

5. En caso de no ser encontrado, se envía comunicación a las casas para que los apoderados

ayuden a buscar lo extraviado.

6. Si lo extraviado se detecta en casa, el apoderado debe informar a la brevedad posible al

colegio.

7. Si existen antecedentes para pensar que se está frente a una situación de ROBO, se

informa al Inspector General, quien coordina nuevas acciones.

8. Si se descubre al autor de un robo, se cita apoderado y se aplican las sanciones que

contempla el Reglamento Interno, incluyendo la posibilidad de efectuar la denuncia a los

organismos policiales pertinentes.

F) En Caso De Abuso Sexual

El abuso sexual es definido como cualquier actividad sexual entre dos o más personas sin

consentimiento de una persona y puede producirse entre adultos, de un adulto a un menor o

incluso entre menores Todo funcionario que tenga conocimiento de una situación de abuso

sexual tiene la obligación de informar al coordinador de área y éste a su vez, a la dirección.

La dirección o en quien delegue, efectúa la primera evaluación y, si los antecedentes lo

ameritan, se efectúa la denuncia correspondiente, según lo exige la legislación vigente,

dentro del plazo de 24 hrs., de conocido el hecho.

Posterior a la denuncia ante fiscalía, se informa inmediatamente a la Oficina de Resguardo

de Derechos de la Secretaría Regional Ministerial de Educación.

El procedimiento es:

1. Quien tiene conocimiento del acto, informa al Coordinador de Área y/o Dirección.

2. Se verifican los antecedentes recopilados a fin de obtener suficiente certeza de que ha

ocurrido el abuso.

3. Dirección –o en quien delegue- informa a él o los apoderados y efectúa la denuncia ante

la fiscalía y a la Oficina de Resguardo de Derechos de la Secretaría Regional de Educación

36

4. En caso de tratarse de un adulto que provoque Abuso Sexual a un niño o niña, una vez

formalizado por tribunales, la Dirección deberá cambiar de funciones al acusado,

alejándolo del contacto con los niños, en tanto se lleva a cabo el proceso judicial.

5. En caso de Abuso Sexual entre menores de edad: Respecto de los supuestos

responsables, se debe distinguir:

a. Si se trata de menores de edad sin responsabilidad penal (menos de 14 años de edad) se

realiza la derivación para atención de especialistas en la institución (psicólogo) o por medio

de redes de apoyo.

b. Si se trata de menores de edad con responsabilidad penal, mayores de 14 años, y

sometidos a proceso por la Fiscalía, se suspenderá de actividades escolares al denunciado a

fin de proteger a la supuesta víctima, otorgando facilidades para que continúe su proceso

educativo.

6. Se prestará ayuda a la víctima, derivándolo al Psicólogo del establecimiento y/o por

medio de redes de apoyo correspondientes.

7. En todos los casos, se deberá llevar a cabo un sumario interno, a fin de contar con todos

los antecedentes para colaborar con la investigación judicial que se realiza.

G) Maltrato, Violencia O Agresión De Estudiantes

A. De la denuncia en casos de violencia o agresión:

Cualquier miembro de La comunidad escolar que tenga conocimiento de una situación de

maltrato o agresión, deberá informar de forma inmediata a inspectores o Profesores Jefes y

estos –a su vez- a los respectivos coordinadores de área.

1. El docente o inspector que sorprenda a un alumno (a) incurriendo en alguna

manifestación de agresión deberá registrar la anotación – de manera inmediata – en el libro

de observaciones del alumno (a) e informar al área de apoyo para analizar la situación

agresión.

2. Asimismo, cualquier alumno (a) u otro miembro de la institución escolar que conozca o

esté involucrado en una situación de agresión en cualquiera de sus manifestaciones, deberá

denunciar la situación a inspectores o profesores jefes.

3. En relación a la participación de padres, madres y/o apoderados en caso de denuncia de

hechos de agresión o violencia escolar, deberán hacerlo en inspectoría, donde quedará

escrita la denuncia con la firma del respectivo denunciante.

4. Quien recibe la denuncia, en un plazo no mayor a 24 hrs. deberá informar al área de

apoyo y/o encargado de convivencia del establecimiento para comenzar la investigación

interna. Sus resultados serán informados a la Dirección.

5. en el proceso de investigación, se recopilarán la Fichas de Entrevistas con la información

requerida y respetando la confidencialidad necesaria.

6. El uso y acceso al registro de denuncia y/o investigación, será reservado al inspector,

encargado de Convivencia escolar, Dirección del establecimiento y la autoridad ministerial

correspondiente.

37

7. Los padres de los alumnos (as) involucrados tendrán derecho a ser informados de la

situación que afecta a sus hijos. Los apoderados deberán suscribir acuerdos y compromisos

desde el rol que les compete, como del comportamiento de sus hijos y/o pupilos.

8. Para efectos de la aplicación de sanciones, el inspector previa consulta al área de apoyo,

deberá presentar a la dirección, la propuesta de sanciones de acuerdo a la gravedad de las

faltas y según lo prescrito en el Reglamento Interno.

9. Quien da a conocer las sanciones a los alumnos (as) involucrados en un incidente y sus

respectivos apoderados, será el inspector, dejando registro escrito del comunicado.

10. Es deber de todo el profesorado velar por el cumplimiento de dicho reglamento

11. Dentro y fuera del colegio. (Estando el alumno con su uniforme, de ida al colegio o

regreso a su domicilio)

12. El o los profesores jefes de los respectivos alumnos (as) serán informados y consultados

en forma permanente y su opinión considerada también al momento de determinar

sanciones, debiendo asumir un rol protagónico en el posterior seguimiento y

acompañamiento de los alumnos (as) involucrados.

H) Maltrato, Violencia O Agresión De Padres y/o Apoderados

De la denuncia en casos de violencia o agresión:

El funcionario de La comunidad escolar que tenga protagonismo de una situación de

maltrato o agresión, deberá informar de manera verbal y escrita de forma inmediata a

inspector general y este a su vez a la Dirección del establecimiento.

13. El funcionario de la Comunidad Educativa víctima de agresión o maltrato, deberá

comunicar a la brevedad la situación en forma verbal y escrita.

14. La Dirección del establecimiento o quien se determine deberá iniciar proceso de

investigación ante la situación señalada.

15. Al término de la investigación se notificará a ambas partes el resultado y la sanción

correspondiente.

16. La Dirección del establecimiento acorde a los resultados de la investigación evaluara si

es necesario el cambio de apoderado o la cancelación del contrato de matrícula del alumno.

I) Licencias Médicas

La licencia médica, presentada oportunamente, justifica la ausencia a clases de un

alumno(a) para ser considerada en situaciones de evaluación y/o si al término del período

lectivo no se ha cumplido con el 85% de asistencia exigido para aprobar el año escolar

Procedimiento:

1. El apoderado debe presentar la licencia médica exclusivamente en la Inspectoría del

nivel que le corresponde. Licencias médicas presentadas en plazo de 24 hrs.

38

2. El inspector, al momento de recibir la licencia, debe llenar el registro respectivo y

archivarla, Previa entrega de una copia a profesor Jefe, e informar a profesores de

asignatura.

3. En el caso de licencias por uno o dos días, se registrará su recepción en el o los días que

corresponde, en la agenda del estudiante, mediante la rúbrica: “alumno (a) ausente por

licencia médica”, además del timbre y firma del inspector, con el fin de presentarlo a los

profesores que realizaron evaluaciones en esos días.

4. En licencias por tres o más días, el inspector deberá enviar correo electrónico dando

cuenta de la situación al profesor jefe, UTP y demás profesores que realizan clases en el

curso, a fin de tomar las medidas que la situación amerite.

5. Si el alumno (a) se reintegra a clases al término de su licencia, debe presentarse en

Inspectoría –con o sin apoderado- para el recibir el respectivo pase.

6. Si, luego de terminado el período de licencia, el alumno (a) sigue faltando, al reintegrarse

a clases debe presentarse en Inspectoría acompañado de su apoderado para firmar el

registro correspondiente y recibir el pase de ingreso.

J) Ausencias Reiteradas Sin Aviso.

Profesores Jefes e inspectores deben estar al tanto de lo que pasa con los alumnos (as),

especialmente cuando estos dejan de asistir a clases sin que se conozca una razón que lo

fundamente, por ello:

1. Es deber del profesor Jefe comunicarse con el apoderado de sus alumnos (as) cuando

note que se produce ausencia reiterada de alguno de ellos, sin que se conozca razón que lo

justifique.

2. Si dicha comunicación no diere resultado, deberá solicitar la colaboración de la

inspectoría para lograr su cometido.

3. En caso de que los inspectores no logren la ubicación de apoderado o alumno, se deberá

informar al coordinador del área para gestionar una visita domiciliaria.

4. Transcurridos 10 días sin tener noticias del alumno (a) o su apoderado y agotados todos

los medios de que se dispone, la coordinación del área informará a la Dirección del

establecimiento para notificar la situación a la Dirección Provincial de Educación y dejar

una constancia en carabineros por abandono escolar.

5. Cuando la ausencia del alumno (a) supere los 15 días continuos sin tener justificaciones

ni contacto con su apoderado, se procederá a dar de baja por abandono y se comunicará el

hecho a la Dirección Provincial de Educación.

6. En caso de ausencias reiteradas durante la jornada de la tarde, el apoderado deberá

justificar personalmente la situación del alumno.

K) Embarazo Y Maternidad

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De conformidad a la Ley, es deber del establecimiento acoger a las alumnas embarazadas o

que ya son madres y brindar las facilidades que su situación requiere. Para ello:

J.1. Alumnas Embarazadas.

1. Se debe presentar en inspectoría, certificado médico que avale su condición de

embarazada.

2. Inspectoría informa, vía e-mail, a los coordinadores de área y profesor jefe, así como a

los docentes del curso a fin de tomar las medidas que le corresponda a cada uno.

3. La alumna, mediante el carné de control maternal, solicitará los permisos o justificará la

ausencia a clases con motivo de control de su embarazo, lo que quedará registrado en

Inspectoría mediante registro ad-hoc.

4. Los profesores le otorgarán las autorizaciones necesarias cada vez que la alumna requiera

asistir al baño.

5. Si el curso de la alumna embarazada tiene clases en 2º o 3º piso, Inspectoría sólo

efectuará los ajustes necesarios para evitar las escalas si el médico tratante lo solicita

mediante certificado.

6. Apoderado y alumna deberá firmar autorización en inspectoría para salida por

maternidad. (amamantar, control médico, etc.). Portería deberá dejar un registro de salida.

J.2. Alumnas con hijos hasta 2 años de edad.

1. Acordar con Inspectoría, previa presentación del certificado de nacimiento del niño, los

horarios de salida y regreso para amamantar a su hijo, firmando registro especial de salida y

entrada del establecimiento. (previa autorización firmada por apoderado y la alumna).

K Denuncia o reclamo frente al acoso escolar

- definir que se entenderá por acoso.

- El profesor acusado debe ser informado oportunamente.

- El buzón: reclamo debe ser firmado con la debida calificación del alumno o apoderado.

- Acotación del tiempo que debe durar cada proceso.

- El o la afectada(o) debe seguir conducto regular. Primer paso es hablar con profesor jefe

el cual tendrá la obligación de entrevistarse con ambas partes, de esto debe quedar un

registro (carpeta).

- De no llegar a un acuerdo el conflicto se tratará en instancias superiores.

2. Justificar en Inspectoría mediante carné de niño sano o certificado médico, cada vez que

se ausente a clases por control o enfermedad de su hijo (hasta los 2 años) o su propio

control médico derivado de su embarazo.

3. En el registro de asistencia del curso se anotará como observación cada vez que la

alumna sale de clases por motivo de su condición.

40

4. Si en el año escolar, producto de su embarazo y maternidad, la asistencia de la alumna a

clases es inferior al 50 % requerirá elevar solicitud a la dirección del establecimiento para

ser promovida en estas condiciones.

L Transgresiones leves del reglamento

- Después de dos citaciones de entrevista con el apoderado, se sugiere solicitar apoyo de

inspectoría.

M Para las transgresiones graves al reglamento

- ¿Qué pasa si no se cumple?

- Indicar protocolo de seguimiento (profesor jefe, etc.).

- 5) de no cumplir con dicho compromiso será considerado como transgresión muy grave y

se procederá a la condicionalidad de matrícula.

N Para las transgresiones muy graves”

- Especificar procedimiento por destrucción de propiedad del o los docentes por parte de los

alumnos.

- Consejo de evacuación semestral y anual

- Extremas: “agresión a docente o paradocente”, el colegio deberá acompañar y proteger al

afectado y denunciar en el momento a quien corresponda (PDI CARABINEROS).

41

Documentos De Apoyo al Plan de Gestión

La presencia constante del educador en medio de los jóvenes constituye un elemento de

cercanía y de estímulo para su crecimiento y hace posible prevenir y evitar situaciones de

abusos. Por lo tanto, debe ser una presencia activa y responsable.

Elementos que deben tenerse en cuenta en el trato con menores:

Todos los menores merecen ser tratados con igual respeto: hay que evitar todo

favoritismo.

El educador debe saber ubicarse en lugares estratégicos que le permitan tener una visión

amplia de lo que sucede.

Los castigos físicos son inadmisibles en toda circunstancia.

El Bullying verbal, sicológico o físico debe ser totalmente excluido.

Para el logro de los objetivos educativos es siempre mejor incentivar que amenazar o

descalificar.

El educador no se dirija a los menores con sobrenombres que humillan o ridiculizan.

Hay que apelar siempre a motivos razonables; explicar el porqué de las normas o de las

exigencias; cuidar que las órdenes puedan realmente ser cumplidas.

Hay que tratar los temas de sexualidad con naturalidad y respeto, evitando todo lo que

pueda ser grosero.

Las actividades con menores tienen que desarrollarse siempre en lugares públicos y

visibles.

Incluso las conversaciones privadas tienen que hacerse en lugares públicos.

En situaciones de coloquios individuales o de acompañamiento personal, hay que

asegurarse que las oficinas tengan puertas o ventanas de vidrio que permitan plena

visibilidad desde el exterior.

Es aconsejable no pasar un tiempo desproporcionado, en relación con las exigencias

concretas, con cualquier menor o grupo particular de menores.

Ningún miembro del personal de nuestras obras, por motivo alguno, debe proporcionar

alcohol, cigarrillo o drogas a menores.

Ningún miembro del personal, encargado de la asistencia o de otro trabajo con menores,

puede permitirse el uso de alcohol, cigarrillo o drogas mientras ejerce su trabajo.

B.- Muestras de afecto.

Presentamos algunas formas inapropiadas de expresar la cercanía y el afecto, que el

educador debe evitar.

Cualquier expresión de afecto que el menor no acepta y rechaza.

Abrazos demasiado apretados.

Dar palmadas en los glúteos, tocar el área de los genitales o el pecho.

42

Recostarse o dormir junto a menores.

Dar masajes con características obsenas.

Luchar o realizar juegos que implican tocarse de manera inapropiada.

Abrazar por detrás.

Besar a los alumnos (as).

Particular prudencia hay que tener en las muestras de afecto realizadas en lugares no

públicos.

C.- Cuidados necesarios para educar con libertad y resguardo.

Las personas que trabajan en contacto directo con menores, deben actuar con serenidad y

prudencia, debiendo tomar todos los cuidados necesarios para educar con libertad,

resguardando su acción.

Conductas que pueden ser mal interpretadas y que por lo tanto hay que evitar:

Estar a solas con menores en lugares aislados o en ambientes donde no haya visión

desde el exterior.

Regalar dinero u otros objetos de valor a algún menor en particular, a menos que se

haga con el conocimiento y consentimiento de sus padres.

Mantener con algún menor un contacto demasiado frecuente por teléfono o por

email.

Establecer con algún menor algún tipo de relaciones “posesivas” o de tipo secreto.

Mantener con algún menor una relación emocional afectiva propia de adultos.

Transportar en vehículo a un menor, sin la presencia de otro adulto, o al menos de

otros jóvenes.

Estar en casas o dormitorios de menores, sin que al menos otro adulto esté presente.

Violar la privacidad, mirando o sacando fotos mientras los menores están desnudos,

se visten o se duchan.

Usar lenguaje inapropiado y soez.

Desarrollar actividades con los menores no acordes a su edad. También el material

mediático (internet, videos, etc.) que se usa con ellos debe ser conforme a su edad.

Cualquier materia sexualmente explícita o pornográfica es absolutamente

inadmisible.