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COLEGIO MONSEÑOR MANUEL LARRAIN

TALCA – CHILE

“Formar a Cristo en cada alumno”

14 Ote. 3 Sur N°895. FONO (071)2262021 www.colegiomanuellarrain.cl/ [email protected]

REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

2020

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TITULO I

INSTRODUCCIÓN.-

El Colegio Monseñor Manuel Larraín de Talca es una institución educacional

católica, cuyo principal fundamento es el compromiso de ser un ente colaborador en la tarea evangelizadora de todos los miembros que conforman su comunidad escolar.

Nuestro objetivo general se orienta a la formación integral y armónica del

estudiante en sus dimensiones intelectuales, afectivas, sociales y morales, en un sano ambiente de convivencia, que facilite la existencia de un sentido positivo de la vida.

Esperamos, por lo tanto, la formación e internalización de un sistema valórico personal, consistente y consecuente en los alumnos(as), donde se incorporan los valores que privilegia nuestra Institución: respeto, responsabilidad, solidaridad, compañerismo, honestidad, veracidad, amor por la vida, optimismo, alegría, esfuerzo y perseverancia.

El cumplimiento de nuestros objetivos educacionales está apoyado por la

existencia de un Reglamento Interno de Convivencia Escolar (R.I.C.E.) que contribuye a regular el comportamiento individual y social de los estudiantes, de todas y de todos los integrantes de la comunidad educativa.

Este Reglamento se ajusta a las normativas y leyes vigentes del Estado y emanadas de la resolución de la Superintendencia de Educación, constituye una herramienta de apoyo a la comprensión y cumplimiento de la normativa educacional.

Abordar la convivencia escolar es parte de la formación general e ineludible de nuestras alumnas y alumnos, además nos permite la búsqueda participativa y deliberada de los sentidos para la convivencia humana. La convivencia escolar es una construcción colectiva y dinámica, constituida por el conjunto de interrelaciones que establecen los distintos actores educativos al interior del establecimiento, donde cada una de las alumnas y alumnos que forman parte de la Comunidad Educativa, son personas con derechos, deberes, capacidades, responsabilidad y autonomía, siendo la familia y la escuela, principalmente, las responsables de entregar estos valores.

Considerando que este Reglamento Interno de Convivencia Escolar (R.I.C.E.)

está inspirado en la concepción cristiana de la vida, se espera un compromiso personal y familiar con estos principios y valores, siendo éstos el pilar fundamental para el ingreso y permanencia de los estudiantes en el establecimiento.

Este reglamento propicia una sana convivencia entre las diversas personas,

en la que predomina el diálogo, el respeto mutuo, el aprendizaje y la participación de alumnas y alumnos, personal docente, no docente y la familia.

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PRINCIPIOS ORIENTADORES DEL R.I.C.E.

1. Ser preventivo y formativo más que restrictivo.

2. Comprometer a la comunidad escolar en su aplicación.

3. Desarrollar el concepto de autodisciplina.

4. Ser acorde al desarrollo y capacidad de los estudiantes.

TÍTULO II

DE LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS

Son apoderados:

El padre y/o la madre de los estudiantes son, por derecho propio, los apoderados ante el colegio.

Sólo en casos justificados este rol lo puede cumplir otro pariente o persona mayor de edad, designada por sus padres o su tutor legal. Si los padres delegan este derecho, deberán hacerlo por escrito, en un documento que entregarán a la Dirección del establecimiento al momento de matricular.

La Dirección del colegio se reserva el derecho de exigir cambio de apoderado cuando éste no cumpla su rol, impidiendo que el colegio pueda realizar adecuadamente la tarea formativa de su pupilo(a) o afecte con su comportamiento el de los demás.

Para el Colegio Monseñor Manuel Larraín, los padres y/o apoderados son los primeros y principales responsables en la educación de sus hijos. El colegio es un ente colaborador en esta tarea, por lo tanto espera de ellos, la ayuda entusiasta y comprometida, la cual debe materializarse en las siguientes actitudes y acciones.

DE LOS DERECHOS Los Padres, Madres y/o Tutor tendrán derecho a: 1. Ser informados oportunamente, por el profesor(a) jefe, en instancias planificadas por el

Establecimiento y/o solicitadas por ellos, del rendimiento académico, conductual y/o actividades extraprogramáticas u otra situación que afecte a su pupilo/a. Registrado en el libro de clases.

2. Manifestar sus inquietudes en diversos aspectos, siguiendo el conducto regular. (Profesor jefe, U.T.P. (si la inquietud es de orden académico), Inspectoría general (si es de orden disciplinario), Convivencia escolar (si afecta el clima educacional) y Dirección.

3. Formar parte de toda organización relativa a Padres y/o Apoderados,(Directiva de Subcentros, C.G.P.A. y Pastoral)

4. Participar, en actividades del Plan de Acción del Colegio tales como: culturales, formativas y recreativas organizadas por el Establecimiento.

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DE LOS DEBERES A. Conocer el Proyecto Educativo y el Reglamento Interno de Convivencia Escolar, aceptando,

respetando y respaldando las decisiones de la Dirección del colegio relacionadas con las atribuciones señaladas en el presente Reglamento y en el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales.

B. Cumplir, responsablemente con las obligaciones económicas que, libremente, ha contraído con el establecimiento. Este cumplimiento tiene que ver, tanto con los montos como con los plazos previamente acordados.

C. Asistir a las reuniones de padres, madres y/o apoderados de curso, así como a jornadas, talleres, charlas, (informativas o formativas), desfiles cívicos y religiosos, etc., que el colegio programe durante el año escolar.

D. Deberá justificar, al menos con 24 hrs. de antelación, su inasistencia a reunión de padres, madres y apoderados, paralelo a ello deberá solicitar en inspectoría una entrevista con el profesor(a) jefe, para interiorizarse de los puntos tratados en dicha reunión.

E. Para mantener su calidad de apoderado del establecimiento, deberá cumplir con la asistencia mínimo a 4 reuniones de las 6 anuales.

F. Participar en forma activa y constructiva a través de los diferentes canales institucionales establecidos.

G. Tener una actitud comprometida, responsable y consistente con los valores del colegio. H. Colaborar y apoyar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de su pupilo(a). I. Colaborar y apoyar los procesos de investigación en casos excepcionales en que sea requerido. J. Seguir el conducto regular con respeto y vocabulario adecuado ante cualquier situación: Profesor

Jefe, Profesor de Asignatura, Inspectoría General, Encargada de Convivencia Escolar, Unidad Técnica Pedagógica, Orientación y Dirección. Respetar el ejercicio de las competencias profesionales del personal del establecimiento, absteniéndose de intervenir en éstos.

K. Resolver con respeto y adecuadamente con algún apoderado en particular o con cualquier miembro de la comunidad educativa, dificultades que se presenten en el quehacer diario.

L. Informar a la brevedad cualquier cambio de domicilio o número telefónico de red fija o celular de contacto.

M. Para resolver situaciones específicas en el curso o situaciones personales de un estudiante, el apoderado deberá solicitar entrevista con el Profesor Jefe y seguir conducto regular, si lo amerita.

N. Si existen dos o más hermanos en el Centro Educativo, cada uno debe tener un apoderado que responda por el alumno(a) ante el curso y sus obligaciones como tal.

O. En caso de que el alumno(a) presente una enfermedad preexistente (problema cardiaco, renal, epilepsia, etc.) debe ser informado al profesor jefe y a la técnico paramédico, además del respaldado con un certificado médico entregado a Inspectoría.

P. El no cumplimiento de su rol de Apoderado será motivo para que la dirección del establecimiento solicite cambio de dicha condición.

Esto implica: 1. Activa participación en las actividades y eventos organizados por el colegio. 2. Participar en la Pastoral Familiar del colegio. 3. Compromiso y colaboración con todas las iniciativas de apoyo que su hijo(a) requiera y el colegio

proponga. 4. Preocuparse de que su hija o hijo conozca y cumpla las normas del Reglamento Interno de

Convivencia Escolar del colegio. 5. Resguardo y promoción de un ambiente emocionalmente sano al interior de la familia. 6. Comunicación permanente y directa con las distintas instancias del colegio.

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7. Revisar diariamente la agenda del colegio y controlar tareas, trabajos y fechas de pruebas. 8. Firmar toda comunicación que llegue a través de la agenda u otro documento que envíe el colegio.

9. Supervisar que el alumno(a) realice diariamente sus deberes escolares. 10. Asistir al colegio cuando su presencia sea requerida por la Dirección, profesor(a) Jefe u otro

representante del colegio. La no presentación a dicha citación personal, asambleas generales debe ser justificada personalmente, en horarios estipulados por inspectoría, con anterioridad, o al día siguiente de la reunión o entrevista y, en la misma oportunidad, solicitar una nueva fecha de citación para informarse de los motivos de ella.

11. Retirar personalmente a su pupilo(a) durante la Jornada de clases, solo en caso de urgencia, control médico, del que deberá presentar constancia y nunca en el último período de clases de cada jornada. El retiro debe ser realizado en Inspectoría, antes de las 12:00 hrs y en jornada de la tarde después de las 16:00 hrs., dejando registro del retiro con su firma.

12. Es obligación del apoderado velar porque su hijo(a) sea retirado del establecimiento con un margen de 15 minutos luego del horario de salida. Retiro que puede ser tanto del padre, madre, Apoderado o Transporte escolar. El reiterado incumplimiento del retiro del estudiante del establecimiento según su horario se calificará como vulneración de derecho y se tomarán las medidas pertinentes según protocolo.

13. El Apoderado debe justificar personalmente las inasistencias de su pupilo(a) en Inspectoría y presentar los certificados médicos correspondientes en un plazo no mayor de 48 hrs. No serán válidos certificados presentados a final de año, por situación de salud ocurrida durante el transcurso del año escolar. Se debe tener presente que el porcentaje mínimo legal de asistencia para la promoción de un alumno es del 85% y que existe una Ley de Instrucción Primaria Obligatoria que obliga a los Padres y/o Apoderados a enviar todos los días a clases a su pupilo(a). En caso contrario estaría vulnerando los derechos del menor. Se debe tener presente que los certificados médicos, justifican el día de ausencia del estudiante, pero no lo resta.

14. Si un alumno no alcanza el porcentaje mínimo de asistencia, bajo el 85%, por razones de salud, es deber del apoderado, presentar por única vez, carta dirigida a la dirección del establecimiento solicitando la eximición del requisito de asistencia. El plazo para final para la entrega de la apelación será el último día hábil del mes de noviembre, fuera de plazo implicará la repitencia del estudiante.

15. En caso de inasistencia prolongada de su pupilo(a), deberá comunicarlo a Inspectoría General y

además al Profesor(a) Jefe en su horario de Atención de Apoderados, de manera que el estudiante mantenga al día su trabajo escolar (en la medida de lo posible).

16. Proporcionar oportunamente el material de trabajo solicitado por el colegio (cuadernos – textos – otros) y asegurarse que el alumno(a) se presente con los útiles necesarios para cada subsector. En caso de requerir materiales especiales, el profesor deberá comunicar esta necesidad al menos con 48 horas de anticipación, vía agenda escolar. Ya que éstos no serán recibidos ni entregados en horas de clases.

17. Aquellos apoderados(a) de alumnos(as) no beneficiados con la JUNAEB deberán hacer llegar los almuerzos a más tardar a las 12:30 hrs. Velando por el cumplimiento de la normativa del Ministerio de Salud, en referencia a evitar la contaminación cruzada, es que no se puede hacer uso de microondas. Se sugiere el uso de termos de comida. Queda prohibido: - La salida de los estudiantes a comprar todo tipo de comida chatarra para su consumo o el de otros compañeros, -Que los estudiantes soliciten a otros adultos la compra de alimentos o bebestibles fuera del establecimiento. - La venta de almuerzos en el hall de colegio atendiendo a las normativas de higiene emanadas del Ministerio de Salud - La ingesta de alimento, en horario de almuerzo, en cualquier dependencia del establecimiento que no sea el comedor. La transgresión de estos puntos tendrá como consecuencia una amonestación por escrito en la hoja de vida del estudiante.

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18. Velar por el cumplimiento del reglamento en referencia a la adecuada presentación personal del alumno(a), lo que incluye su uniforme completo y en buen estado, evitando cualquier uso de pintura, joya u otro objeto de valor, además de la higiene personal.

19. Durante la jornada de clases, con el objetivo de no alterar el normal desarrollo de las actividades académicas, el Apoderado solo tendrá acceso al área administrativa del Colegio, Inspectoría, Encargada de Convivencia Escolar, U.T.P., Orientación, entrevista con profesor jefe y de asignatura en los horarios establecidos.

20. Frente a cualquier dificultad o inquietud, respecto al desempeño de su pupilo(a), el Apoderado deberá hacer uso, de forma correcta, de los canales regulares de comunicación institucional: - Si el problema o inquietud es individual y/o colectivo y es de orden pedagógico, el apoderado(a)

debe entrevistarse en primer lugar con el profesor(a) Jefe. Para ello solicitará entrevista, a través de la Agenda Escolar o personalmente. Si de esta primera entrevista no se obtienen respuestas que satisfagan su inquietud, el apoderado(a) puede solicitar una entrevista con el profesor de asignatura, si así lo desea, solicitar una reunión con el o la Jefe de Unidad Técnica Pedagógica,(UTP) quedando como última instancia la entrevista con el Director(a) del colegio.

- Si el problema o inquietud es individual y/o colectivo, y es de orden conductual y/o disciplinario, el apoderado(a) debe entrevistarse en primer lugar con el profesor(a) Jefe. Para ello solicitará entrevista, a través de la Agenda Escolar o personalmente. Si de esta primera entrevista no se obtienen respuestas que satisfagan su inquietud, el apoderado(a) le puede solicitar una entrevista con el profesor de asignatura, si así lo desea, solicitar una entrevista con la Inspectora General, Encargada de Convivencia Escolar, quedando como última instancia la entrevista con el Director(a) del colegio.

21. Es deber de todos los apoderados del Colegio establecer y mantener una actitud de respeto y cordialidad, tanto entre apoderados, como con todos los miembros, en beneficio de la convivencia escolar de la comunidad.

22. Respetar siempre a todos los funcionarios del Establecimiento. Esto implica no responder con reacciones violentas de hecho o de palabra, calumnias, dichos groseros u otros que atenten a la honra o integridad física de cualquier funcionario del Establecimiento. El no cumplir con esta cláusula, será motivo de cambio de apoderado, posibilitando además, la presentación de la denuncia correspondiente en los respectivos juzgados por parte del afectado.

23. Acompañar con su presencia en situaciones excepcionales en que inspectoría requiera la revisión de las pertenencias de su pupilo(a).

24. Es deber del Apoderado respetar la prohibición de ingresar al Establecimiento sin autorización, por tanto los estudiantes deben ser entregados, por el Apoderado, en el hall del Establecimiento.

25. Hacer retiro de la documentación de su pupilo(a) al momento de terminar su permanencia como estudiante regular del Establecimiento, habiendo saneado todos los compromisos adquiridos con el colegio y aceptados por él en el momento de la matrícula.

26. Los apoderados deberán mantener el sentido comunitario durante el desarrollo de las Reuniones de Padres y Apoderados, respetando la tabla determinada por el profesor jefe en conjunto con la directiva del curso y/o alguna información entregada por el colegio. En caso de que el

apoderado(a) requiera entrevista privada con el Profesor Jefe o de asignatura, deberá solicitarlo vía

agenda, quedando prohibido todo requerimiento de los apoderados(as) al finalizar la reunión. 27. Es de responsabilidad del apoderado(a) cancelar los costos de reparación o reposición ocasionados

por la pérdida y/o deterioro de libros, instrumentos, equipos o parte de ellos, vidrios, mobiliario, ornamentación interna o externa y demás implementos de propiedad tanto del Colegio como de otros alumnos(as), ocasionados individualmente o por participación de su pupilo(a), sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que procedan, si el hecho es intencional.

28. Los apoderados no deben reunir dinero, ni organizar campañas sin la debida autorización de la Dirección del colegio.

29. Los apoderados deben cumplir los acuerdos de subcentro y del Centro General de Padres y Apoderados.

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TITULO III .

CONDUCTAS ESPERADAS EN LOS ALUMNOS(AS) ASOCIADAS A LOS

VALORES INSTITUCIONALES

Tomando en consideración nuestra institución, los objetivos que persigue y el conjunto de valores que los sustentan, se espera que nuestros alumnos y alumnas reflejen las siguientes conductas:

1.-Respeto:

a. Respeta y valora las creencias, opiniones e ideas de los otros miembros de la Comunidad educativa. b. Respeta y valora la labor docente y valórica que entrega el establecimiento. c. Expresa sus ideas en lugar y momento oportuno. d. Es cortés y deferente con los demás. e. Se expresa en forma respetuosa, absteniéndose de utilizar vocabulario soez. f. Respeta y valora a los otros, tanto en su corporalidad como en dignidad y derechos. g. Respeta y valora a todos los integrantes de la comunidad educativa. h. Respeta la intimidad de los otros, así como sus espacios y su propiedad. i. Usa lenguaje y modales adecuados en todo momento. j. Se recrea de acuerdo a su etapa de desarrollo. k. Cuida su intimidad. l. Respeta y cuida bienes propios y ajenos. m. Contribuye a mantener los espacios, infraestructura, materiales y dependencias del colegio limpias y ordenadas. n. Respeta los símbolos, valores y ceremonias oficiales. o. Cuida y preserva el medio ambiente. p. Respeta las normas establecidas.

2.-Responsabilidad:

a. Responde a los compromisos personales adquiridos y se responsabiliza de sus actos y opiniones. b. Usa el uniforme completo, limpio y ordenado en todo momento. c. Trabaja en las actividades solicitadas por el profesor. d. Se compromete y vela por su propio desarrollo integral. e. Asiste regularmente al colegio. f. Se presenta a clases con todos los útiles y materiales requeridos. g. Trae comunicaciones, justificativos y pruebas firmadas por el apoderado. h. Presenta comunicaciones y justificativos del apoderado en caso de inasistencia u otro. i. Se presenta a las evaluaciones planificadas por el colegio. j. Es puntual con el inicio de las actividades escolares durante la jornada escolar. k. Trabaja durante las clases en forma constante y ordenada. l. Presenta trabajos y tareas encomendadas en las fechas estipuladas. m. Vela por la integridad de los demás. n. Cuida los bienes ajenos. o. Propicia y cuida del sano ambiente y clima colectivo dentro y fuera de la sala de clases. p. Representa al colegio en aquellos actos o eventos a los cuales sea convocado. q. Cumple con las normas de funcionamiento establecidas por el Reglamento y Normativa de Funcionamiento

Institucional. 3.-Solidaridad y Compañerismo:

a. Sus conductas reflejan preocupación por el bien común. b. Actúa en forma desinteresada y generosa, tomando en cuenta el bien del otro. c. Ofrece ayuda en forma voluntaria. d. Se preocupa por el bienestar de sus compañeros (llamar cuando faltan a clases, facilitar material y útiles de estudio). e. Comparte con sus compañeros cosas que le son propias (útiles, materiales, etc.). f. Acoge, ayuda y escucha a sus compañeros. g. Participa en las iniciativas de acción social emprendidas por el colegio. h. Utiliza su capacidad de liderazgo en forma positiva y solidaria.

4.-Esfuerzo y Perseverancia

a. Es persistente o perseverante en el logro de su crecimiento personal y los desafíos asociados a ellos. b. Se esfuerza por obtener el máximo rendimiento académico de acuerdo a sus potencialidades. c. Manifiesta espíritu de superación para el logro de sus metas.

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5.-Optimismo y Alegría

a. Confía en sus propias capacidades y en las de los demás. b. Frente a diversas situaciones, es capaz de distinguir lo positivo y las posibilidades de mejorar. c. Enfrenta o afronta las dificultades con fortaleza y alegría. d. Mantiene y promueve una actitud de alegría.

TITULO IV

DE LOS DERECHOS Y LOS DEBERES DEL ALUMNADO. En el contexto de nuestra educación cristiana- católica, cada integrante de la Comunidad Escolar, tiene derechos y deberes. El Cuerpo Docente de la Unidad Educativa estimula a los alumnos(as) a mantener el firme propósito de vivir una sana convivencia y una integración positiva en la vida de la comunidad. Este establecimiento educacional ofrece a los estudiantes la oportunidad de preocuparse de la salud, de cultivar la inteligencia, ennoblecer sus sentimientos, fortalecer la voluntad, desarrollar hábitos y aptitudes valiosas, como asimismo, el sentido de solidaridad, por lo tanto, los alumnos(as) que ingresan a sus aulas deben tener una conciencia clara de sus obligaciones y deberes cumpliendo respetuosamente las normas contenidas en este Reglamento.

El Colegio Monseñor Manuel Larraín comparte y acepta plenamente en los alumnos(as) sus derechos como personas y estudiantes e incluso los estimula para que estos sean plenamente ejercidos. De acuerdo a lo anterior, el establecimiento en su PEI, pretende fortalecer la autoafirmación, que involucra un desarrollo integral de su personalidad y la formación de una espiritualidad cristiana. Las teorías actuales sobre el conocimiento indican que es el educando quien construye sus propias significaciones a la luz de estos antecedentes, se trata de visualizar al alumno(a), situado(a) en un contexto social y cultural determinado, que requiere de conocimiento e información para interpretar y explicarse el mundo en que vive y participar en forma autónoma y crítica en la gestión de su propio proyecto de vida. Por lo anteriormente afirmado él o ella requiere de un clima con normas claras y exigente, rico en valores para formarse.

1.-DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS 1.1. El respeto a los derechos de los alumnos(as).

-Todos los miembros de la comunidad educativa están obligados a respetar los derechos de los alumnos(as).

1.2. A recibir una formación integral.

- Los alumnos y alumnas tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo integral.

- Recibir formación religiosa, participar en encuentros y jornadas, asistir a las eucaristías y otras actividades espirituales dentro del colegio; de manera que pueda enfrentar al medio social con valores sustentables en la fe de la iglesia.

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1.3. A la igualdad de oportunidades.

Todos los estudiantes tienen derecho a las mismas oportunidades de acceso a las distintas instancias de enseñanza. A recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso de tener necesidades educativas especiales.

1.4. A estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo. 1.5. A no ser discriminados arbitrariamente.

Los alumnos(as) no serán discriminados bajo ningún aspecto ya sea este religioso, político, sexual, social, cultural o económico.

1.6. A que el rendimiento escolar sea evaluado acorde a lo trabajado.

- Los alumnos(as) tienen derecho a que su rendimiento escolar sea evaluado en coherencia con las destrezas, contenidos y metodologías utilizadas en clase.

- Ser evaluados integralmente, considerando el ámbito conceptual, procedimental y actitudinal. - Solicitar explicaciones de los contenidos durante las horas de clases.

- Conocer con anterioridad los contenidos y/o Objetivos que se considerarán en las distintas instancias evaluativas a las que sea sometido.

- Que sea evaluado en forma integral esto se refiere a todos los aspectos del rendimiento escolar: conocimientos, actitudes y valores.

- A ser informados de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento del establecimiento.

- Conocer el resultado de sus evaluaciones por lo menos en la clase anterior a la evaluación siguiente y en un plazo máximo de 15 días hábiles, además de la entrega de la prueba o trabajo realizado.

1.7. A consultar cuando tenga duda sobre sus evaluaciones.

Los alumnos(as) o sus padres o tutores legales podrán efectuar consultas y solicitar información de las decisiones y calificaciones que, como resultado del proceso de evaluación, se adopten al finalizar el período de evaluación. Los alumnos(a) al solicitar revisión de su evaluación no deben hacer correcciones previas en ésta.

1.8. A recibir orientación escolar y vocacional.

Todos(as) los alumnos(as) tienen derecho a recibir orientación escolar, vocacional para conseguir el máximo desarrollo escolar, según sus capacidades, aspiraciones e intereses.

1.9. A las debidas condiciones de seguridad e higiene.

Todos(as) los alumnos(as) tienen derecho a que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e higiene, para lo cual el establecimiento tiene personal de aseo que se encargará de mantener las dependencias comunes aseadas (patios, corredores, baños, talleres, gimnasio, etc.), este derecho comprende el deber del alumno o la alumna, de colaborar en la buena mantención del establecimiento. Además, tienen derecho a recibir atención primaria cuando ocurra un accidente dentro del colegio o se

estén desarrollando actividades institucionales, conforme a la normativa vigente, establecida en el protocolo del colegio.

1.10. A la libertad de conciencia.

Los(as) alumnos(as) tienen derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, e ideológicas, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias y convicciones. El límite de esta libertad estará dado por los principios de nuestro colegio católico, emanados del Proyecto Educativo Evangelizador, al cual se adhiere al momento de incorporarse a esta comunidad educativa. El ejercicio de este derecho por parte de los(as) alumnos(as) implicará el reconocimiento y respeto de la libertad de conciencia de los demás integrantes de la comunidad educativa.

1.11. Al respeto de la integridad física y moral.

Todos(as) los alumnos(as) tienen derecho a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos.

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1.12. A la reserva sobre las circunstancias personales de los alumnos y alumnas.

El colegio como centro docente está obligado a guardar reserva sobre toda aquella información que disponga acerca de las circunstancias personales y familiares del alumno(a). El Colegio se libera de esta obligación sólo en el caso que la información entregada atente contra la integridad física o moral del alumno o alumna. En tal caso dicha información será entregada a las autoridades correspondientes.

1.13. A participar de la vida del Colegio.

- Los alumnos(as) tienen derecho a participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento, excepto aquellos que se encuentren sancionados temporalmente por este Reglamento.

- Elegir, libre y voluntariamente, la participación en las actividades extraprogramáticas del establecimiento. -Asistir a actos externos en representación del Colegio durante el horario normal de clases, previa

autorización escrita del Apoderado y acompañado por un adulto responsable. 1.14. A elegir a sus representantes.

Los alumnos(as) tienen derecho a elegir libremente a sus representantes, mediante sufragio personal, directo y secreto, en conformidad a la legislación vigente.

1.15. A ser informados.

- Los alumnos(as) tienen derecho a ser informados de aquellas situaciones que le afecten directamente, sobre todo de las causas y motivos de alguna anotación y /o sanción disciplinaria que le sea aplicada.

- Conocer el contenido de las observaciones que se registren en su hoja de vida. 1.16. A la libertad de expresión.

Los alumnos(as) tienen derecho a manifestar sus propias opiniones y juicios críticos, en un marco de respeto a los demás y en conformidad a no transgredir las ideas plasmadas en nuestro proyecto educativo.

1.17. A discrepar dentro de un marco de respeto.

Los alumnos(as) tienen derecho a manifestar respetuosamente su discrepancia respecto a las decisiones educativas que les afecten. Cuando la discrepancia revista carácter colectivo, la misma será canalizada a través de los representantes de los alumnos(as) (Presidente, Coordinador, Delegado) y expuesta a las autoridades académicas a modo de sugerencia o reclamación del grupo al que representa, respetando los conductos regulares.

1.18. Al uso de las instalaciones.

Los alumnos(as) tienen derecho a utilizar las instalaciones del Colegio con las limitaciones derivadas de horarios, de la programación de actividades escolares y extraescolares y con las precauciones necesarias en relación con la seguridad de las personas, la adecuada conservación de los recursos y el correcto destino de los mismos. El uso del comedor está determinado para los alumnos(as) beneficiarios(as) de JUNAEB, y aquellos alumnos(as) que lo requieran en horario de almuerzo. Para aquellos estudiantes que lo requieran en otro horario deberán solicitar autorización en Inspectoría General con previa conversación con el docente encargado de dicho espacio.

1.19. A recibir las ayudas y atenciones con que cuenta el colegio.

- Los alumnos(as) tienen derecho a recibir las ayudas necesarias para compensar posibles carencias de tipo familiar, económico y sociocultural, de forma que se promueva su derecho de acceso a las distintas instancias educativas, conforme a los recursos y medios disponibles por la institución.

- Solicitar entrevistas con los miembros de los diferentes estamentos y ser recibidos por estos. Los alumnos(as) podrán acceder libremente, comunicando a secretaría, para dialogar con la dirección del establecimiento cuando así lo estimen o lo necesiten y plantear sus inquietudes y necesidades. Tienen, además, acceso libre a Inspectoría General, Unidad Técnico Pedagógica y al Equipo Multidisciplinario (Encargada de Convivencia Escolar, Orientadora, Psicóloga), para plantear sus inquietudes, dudas o problemas en que necesiten ser apoyados. Se les guardará reserva de sus confidencias y se buscarán los medios pertinentes para prestarles apoyo. Solo deben seguir el conducto regular al igual que los Padres, Madres y Apoderados.

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1.20. Garantizar la continuidad de la educación frente al embarazo.

Ante las situaciones de embarazo se procederá como está estipulado en el Reglamento de Evaluación y Promoción para cada nivel y según Protocolo del Manual de Convivencia Escolar, cautelando el bien de la alumna y del hijo que espera. En todo caso las medidas adoptadas se harán en beneficio de la vida del que está por nacer. Además de lo señalado anteriormente, el Colegio dispondrá de un sistema de evaluación diferenciada y

especial para la alumna, la que se podrá además complementar con medidas como, envío de guías a la casa, tutores y demás mecanismos que aseguren a la alumna su permanencia en el colegio. La alumna no podrá asistir a clases con su hijo, ya que el Colegio no cuenta con las instalaciones necesarias para poder atenderlo.

2.-DE LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS

Considerando que la disciplina escolar debe descansar en el respeto mutuo y que debe presentarse con caracteres constructivos, enfatizando al aspecto humano y de convivencia social; desde esta perspectiva se propicia que el alumno y alumna desarrolle un autocontrol progresivo, y asuma responsabilidades que lo lleven a superarse constantemente. Es importante guiar al alumno(a) para que conozca las normas establecidas para así lograr desarrollar en forma armónica su personalidad. El alumno(a) debe desarrollar su propio concepto de disciplina escolar, esto se trasunta en un comportamiento ejemplar que debe demostrar en todo lugar y momento.

A. SOBRE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

1.-Asistencia y atrasos.

2.A.1.a.- La asistencia a clases es obligatoria. Los alumnos(as) deben asistir puntualmente según horario correspondiente a clases y a todas las actividades escolares, extraescolares y a toda actividad que el colegio lo requiera. Es obligación que el alumno y alumna llegue puntualmente al inicio de la jornada, al igual que a las respectivas salas de clases después de cada recreo, evitando de este modo los atrasos. Serán considerados atrasos el ingreso a clases del alumno(a) después del inicio de la jornada, después de terminado los recreos y en cambios de hora.

2.A.1.b.- Los atrasos al inicio de la jornada (08:15 hrs.) serán controlados por inspectoría quedando registrado en su agenda escolar. Y deben esperar en el hall del establecimiento hasta las 08:30 hrs para su ingreso a sala, y así no interrumpir la oración diaria. Los atrasos después de recreo o cambio de hora serán controlados por el profesor quién enviará a los atrasados(as) a inspectoría para ser registrados 2.A.1.c.- Todo estudiante que al inicio de la jornada llegue después de las 08:30 hrs. deberá hacerlo en compañía de su apoderado quién firmará en inspectoría el atraso. 2.A.1.d.- Cumplido el tercer atraso semestral, el alumno podrá ingresar a clases solo acompañado de su apoderado, el cual será notificado de la falta, dejando constancia en la hoja de vida del estudiante y en el

libro de registro de Inspectoría. En el caso de aquellos estudiantes que reiteren dicha falta, éste deberá cumplir con una medida de apoyo pedagógico un viernes en la tarde de 14:30 a 16:00 hrs. 2.A.2. Si el alumno y/o apoderado, no cumplen con lo establecido en el párrafo anterior, Inspectoría considerará está acción como una falta grave y tiene la facultad de aplicar el R.I.C.E.

2.A.3. Básico a 4º de Enseñanza Media. El horario de los diferentes niveles, es el siguiente:

- Kinder en Jornada de la Mañana 08:30 a 12:30 hrs. - Pre-Kinder en Jornada de la Tarde 14:15 a 18:15 hrs. - 1º básico a 4º enseñanza Media (Mañana) 08:15 a 13:15 hrs. - 1º básico a 4º enseñanza Media (Tarde) 14:30 a 16:00 hrs. o 17:00 hrs. ó 17:45 hrs.

dependiendo la hora de salida y de las horas de clases contempladas en cada nivel.

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2.A.4. Se considerará inasistencia, la ausencia a cualquier hora del período normal de clases para cada nivel, extra programáticas, encuentros u otras actividades a las que el alumno(a) es convocado. 2.A.5 En caso de inasistencia, el alumno(a) que retorna al establecimiento, deberá ser justificado personalmente por su apoderado con certificado médico, si se trata de una enfermedad prolongada, control o exámenes médicos, antes del inicio de la jornada de clases, quedando registro de dicho trámite en Inspectoría y en la Agenda del alumno(a). No se aceptarán justificaciones por escrito o vía telefónica.

2.A.6. El alumno (a) no debe asistir a clases si se encuentra con cuadros febriles, enfermedades contagiosas (pediculosis, sarampión, hepatitis, peste, tifus, etc. o cualquier enfermedad que impida su desempeño normal). El apoderado deberá justificar con un plazo máximo de 48 horas desde la primera inasistencia. 2.A.7. El alumno(a) que por su salud no pueda realizar ejercicios prácticos en la asignatura de Educación Física, deberá presentar previamente el certificado médico en Inspectoría, indicando diagnóstico y período de convalecencia. 2.A.8. Si durante su inasistencia el alumno(a) tuviera evaluaciones fijadas con anterioridad, estas deberán realizarse a su reintegro a clases. Solo en casos debidamente justificados (certificado médico), la U.T.P. podrá autorizar en concordancia con el Reglamento de Evaluación, fecha distinta a la establecida, rendir las evaluaciones pendientes previo acuerdo con el profesor de las asignaturas respectivas. Válido para todas las evaluaciones. En caso que el alumno(a) no presente certificado médico, el profesor realizará la evaluación con un 70% de exigencia, usando otro instrumento y apuntando a los mismos objetivos. La rendición de las evaluaciones por inasistencia con o sin justificación médica, se realizarán los días viernes de 14:30 a 16:00 hrs. Lo que U.T.P. informará vía agenda. 2.A.9. En caso de inasistencias por cualquiera de los casos expuestos anteriormente, es responsabilidad de los alumnos(as) informarse sobre los contenidos, tareas y evaluaciones asignadas durante su ausencia. 2.A.10. Los alumnos no podrán retirarse del establecimiento durante la Jornada de clases. El retiro solo lo

podrá realizar el padre, madre y/o apoderado personalmente dejando constancia con su firma en el registro de salida y en horario establecido en el R.I.C.E. 2.A.11. En Horario de almuerzo podrá retirarse del establecimiento solo aquel alumno/a que cuente con la autorización del padre, madre y/o apoderado, registrado en inspectoría y timbrado en su agenda escolar con sus datos personales y foto. 2.A.12. Si hubiese alumnos(as) que se retiraran del Colegio sin autorización, el establecimiento no se responsabiliza por hechos fortuitos que le ocurriesen, (accidentes, asalto, etc.) Además se sancionará según el R.I.C.E. 2.A.13. Las situaciones de retiro no previstas en este reglamento serán resueltas por Inspectoría General. 2.A.14. Se considerará atraso después del segundo timbre que da inicio a la Jornada de clases, sea ésta en

jornada de mañana (08:15 hrs.) o tarde (14:30 hrs.). 2.A.15. Los alumnos(as) que lleguen atrasados(as) ya sea al inicio de la jornada o posterior al recreo, debe presentarse en la oficina de Inspectoría, donde se registrará el atraso y se le otorgará el pase correspondiente que presentará al profesor lo que le permitirá su ingreso a clases. 2.A.16. El alumno(a) que llegue después de las 08:30 hrs o 14:45 horas, es decir, atrasado a clases en más de tres ocasiones, deberá presentarse con su apoderado en Inspectoría. Si el alumno atrasado llega sin su apoderado se le solicitara su presencia vía telefónica y el alumno lo esperará en secretaría. 2.A.17 Si pese a todo este proceso el alumno(a) no mejorara esta conducta se notificará a la madre padre y/o apoderado del inicio de un procedimiento sancionatorio. 2.A.18 En los cambios de hora, al alumnado le está estrictamente prohibido hacer abandono de la sala, salvo cuando les corresponda realizar una actividad en otra dependencia del establecimiento; en cuyo caso le corresponderá al profesor o inspector dar las indicaciones y autorizaciones necesarias para el cumplimiento de esta normativa. 2.A.19 Durante las horas de clases, los alumnos no deambularán por los pasillos ni podrán permanecer en la biblioteca, sala de computación, comedor, baños o en otras dependencias del establecimiento, salvo en caso que sea autorizado por un docente o inspectoría. 2.A.20 Atender las indicaciones que dé el adulto responsable en caso que un profesor falte a clases o por cualquier razón llegue tarde a ésta, En ningún caso los alumnos podrán ausentarse de la clase o llegar tarde a ella argumentando la falta de asistencia del profesor.

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B. SOBRE LA PRESENTACIÓN PERSONAL

1. El Uniforme del colegio es parte de los símbolos institucionales por ello la presentación de los alumnos (as)

debe ser excelente en cuanto a higiene personal y limpieza del uniforme. 2. El Uso del Uniforme es obligatorio y el alumnado debe presentarse en todo momento con su uniforme

reglamentario de acuerdo a la instancia educativa y previamente determinado por la Dirección e Inspectoría General del Establecimiento. En ceremonias oficiales y desfile el alumnado debe presentarse con el uniforme oficial. Es obligatorio dentro del establecimiento el uso del delantal, marcado con su nombre y curso. Todos los días lunes los alumnos deben presentarse con su uniforme oficial.

3. El Uniforme oficial del colegio Monseñor Manuel Larraín es el siguiente:

Damas: -Jumper azul marino con su insignia institucional, (largo hasta cuatro dedos sobre la rodilla), no

ceñido al cuerpo, blusa blanca, corbata institucional, calcetas o pantys azul marino, ( No bucaneras), zapato negro escolar, no tipo zapatilla, sin caña, chaleco azul marino institucional

sin gorro, pinches de pelo de color azul o blanco, delantal cuadrillé azul de kinder a 8º básico y blanco de 1º a 4º medio.

En invierno las damas, excepcionalmente, pueden usar pantalón azul marino de corte recto sin bolsillos en la parte trasera, en ningún caso tipo jean, quedando prohibido el uso del pantalón ajustado y/o apitillado, uso de cinturón.

Varones: -Vestón de color azul marino con su insignia, pantalón gris de corte recto, no se aceptaran

pantalones ajuntados o pitillos, camisa blanca, corbata e insignia institucional, zapatos negros lustrados, sin caña, no tipo zapatilla ni militar, chaleco azul marino escote V, según modelo institucional, sin gorro. No se aceptarán chalecos negros, polerones negros o de otros colores, cotona beige de kínder a 8º Básico y blanca de 1º a 4º medio.

En invierno de forma excepcional tanto las damas como los varones podrán usar: en días de lluvia parka azul marino y en días fríos parka azul o polar institucional. 4. Uniforme alternativo en los meses de verano e invierno.

Verano: Desde Marzo al 30 de Abril y del 01 de Octubre a diciembre.

“Con excepción del día lunes o actos oficiales, en que todo el alumnado debe presentarse con uniforme oficial.” - Damas: Jumper, polera institucional, calceta azul, zapatos negro sin caña, pinche o cole

blanco o azul marino. Prohibido el uso de pantalón. - Varones: Pantalón gris de corte recto, polera institucional, calceta gris, zapatos negro.

Invierno: Desde el 01 de mayo al 30 de septiembre

- Damas:

En invierno las damas, excepcionalmente, pueden usar pantalón azul marino de corte recto sin bolsillos en la parte trasera, en ningún caso tipo jean, quedando prohibido el uso del pantalón ajuntado y/o apitillado, uso de cinturón.

- Varones:

En invierno las damas y los varones pueden usar el polar institucional. 5. Uniforme Educación Física:

Damas y Varones: Buzo, short y polera institucional, calcetas blancas, zapatillas blancas o negras, ambas

sin adornos llamativos, pinche o cole blanco o azul marino. El pantalón de buzo no

puede ser modelo pitillo. El short institucional es solo de uso interno, no para traslado.

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6. El Uniforme de Educación Física es solo para las clases de Educación Física y actividades deportivas. No se aceptarán alumnos(as) en horas de clases sistemáticas o después de clases de Educación Física con vestimenta deportiva, salvo que sean autorizados por Inspectoría General en situaciones debidamente justificadas. Debiendo en este caso vestir el buzo completo (chaqueta y pantalón de él), quedando prohibido el uso del chaleco del uniforme oficial como prenda deportiva. En estos casos los alumnos están obligados a traer algunas prendas de recambio. Esta disposición es obligatoria para los alumnos(as) de 5º a 4º Medio. Los alumno de Kinder a 4º Básico el día que tengan Educación Física pueden permanecer con Buzo durante la Jornada.

7. Para actividades extraprogramáticas los alumnos deben presentarse con uniforme o con buzo institucional (completo). Cualquier modificación debe estar en conocimiento de Inspectoría General.

8. Los Alumnos(as) del Colegio Monseñor Manuel Larraín deben destacarse por una presentación personal

impecable, que de cuenta de una preocupación especial y esmerada en este sentido, tanto de los padre, madre y/o apoderado, como del propio alumno(a). Esta preocupación debe materializarse en:

a) Las damas deben presentarse a clases con el pelo tomado, con alguna traba, cintillo u objeto de

color azul o blanco. con su jumper medianamente largo, hasta 5 cm. sobre la rodilla, b) Los varones deben usar siempre el cabello corto ordenado y peinado (no se permitirán cortes ni

peinados de moda, mohicanos, rapados en los lados y largo arriba). c) Los varones deben presentarse a diario debidamente afeitados. d) Se considera impropio el uso de objetos de valor o artesanales (pudiendo sólo las alumnas usar

un anillo y un par de aros sencillos (no es recomendable el uso de aros colgantes, ni de colores). El colegio no se responsabiliza por su pérdida.

e) Se prohíbe estrictamente el uso de maquillaje, tintura en el pelo, colorantes, ni extensiones, pintura en las uñas, tatuajes visibles, el uso de aros para los varones, pearcing, y otros

accesorios. Mientras vista el uniforme institucional

f) El asistir al colegio no debe considerarse como una instancia para que los alumnos(as) instauren o usen estilos y modas que no se condicen con su calidad de alumnos(as).

g) Todas las prendas de vestir y útiles escolares deben estar debidamente marcados con el nombre del alumno.

El no cumplimiento de todos los puntos anteriormente mencionados será causal de medida de apoyo pedagógico y la reiteración de la falta en inicio de un procedimiento sancionatorio.

C. SOBRE LA RESPONSABILIDAD

1. Todo alumno(a) es responsable de sus útiles escolares y pertenencias. 2. Es obligación de los alumnos(as) de este Establecimiento dar cumplimiento a las tareas (incluido el

Consejo de Curso) y actividades extraescolares. La falta a esta normativa se sancionará con amonestación escrita en la hoja de vida. Si es reincidente se citará al apoderado(a) para su conocimiento y fines.

3. Los alumnos que presenten problemas de salud, durante la jornada escolar, deben dirigirse a enfermería para ser evaluados por la TENS encargada.

4. Los textos, cuadernos, agenda y materiales de estudio deben ser individualizados en forma clara e indeleble con el nombre y curso.

5. Los cuadernos, deben permanecer limpios y ordenados y con sus contenidos al día. 6. La Agenda Escolar debe llevar toda la identificación del alumno, además estar forrada con plástico,

debe portarla diariamente pues en ella se registran los atrasos, permisos, tareas, evaluaciones y citaciones.

7. Es de responsabilidad del alumno(a) presentarse diariamente con sus materiales necesarios para cada asignatura. No se recibirán útiles y colaciones iniciada la jornada escolar.

8. Durante los recreos, los alumnos(as) abandonarán las salas de clases para su ventilación siempre que las condiciones climáticas lo permitan. En los meses de invierno tanto por frío y/o lluvia los alumnos podrán ser autorizados a permanecer en su sala, siempre que sean responsables en el cuidado y aseo de ésta.

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9. Todo daño o destrozo a bienes del establecimiento en forma intencional o producto de actividades indebidas será de responsabilidad del alumno(a) infractor(a), quien deberá reponer o reparar los daños originados con supervisión de Inspectoría General, en un máximo de 15 días. En el caso que la edad del alumno no le permita cumplir con esta responsabilidad, será el padre, madre y/o, apoderado, quien deba hacerlo.

10. Si no fuera posible ubicar al o los responsable del deterioro de bienes o inmuebles, será el curso quien responda económicamente por los daños causados.

11. Es obligación de los(as) alumnos(as) contribuir al aseo del Colegio; debe mantener su banco limpio y sin rayas, no botar papeles o desperdicios en la sala, patios y corredores. Debe recoger los papeles que encuentre en su camino y contribuir a que el colegio esté tan limpio e higiénico como su propia casa.

“De la revisión de las pertenencias del alumno”:

En aquellas situaciones excepcionales en que Inspectoría requiera la revisión de las pertenencias del estudiante, sólo lo podrá hacer el afectado en presencia del Profesor/a Jefe y/o Inspectora y su apoderado, al que se le requerirá su presencia de inmediato en el establecimiento.

DE INFORMÁTICA

La computación es una herramienta de trabajo dentro del Establecimiento, por lo tanto, todos los alumnos (as) deben ser responsables y comprometerse a:

1. Respetar a los demás usuarios no alterando o destruyendo información que no le pertenece o atentando

contra su integridad a través de imágenes, textos, etc. 2. No modificar el funcionamiento normal de las redes de computadores del establecimiento 3. Respetar la configuración de los aparatos. 4. No descargar archivos sin la aprobación del profesor o encargado de la sala. 5. Respetar los valores humanos y sociales no accediendo, ni almacenando, en ningún medio, documentos

de carácter racista, pornográfico, difamatorio, etc. 6. Es necesario mantener una correcta actitud de respeto dentro de la sala de informática, por lo tanto,

se debe respetar el derecho a concentración dentro de ésta. 7. No se permite comer ni beber ningún producto dentro del laboratorio de computación.

CRA (Centro de Recursos para el Aprendizaje)

La biblioteca es un recurso de apoyo al que pueden acceder todos los alumnos. Aquí un extracto del reglamento.

1.- Es necesario mantener una correcta actitud de respeto dentro del CRA, por lo tanto, se debe respetar el derecho a concentración dentro de éstas. 2. Los alumnos (as) deberán devolver en forma oportuna todo material que le sea facilitado por el

CRA. La retención indebida se sancionará y se considerará como una falta. 3. Los libros de consulta (diccionarios, enciclopedias.) solo se prestaran al interior de la biblioteca. 4. El plazo de préstamo de libros de lectura personal es de 4 a 7 días. 5. En caso de destrucción o pérdida del material entregado, se exigirá el reembolso del valor

correspondiente en un plazo de 30 días. 6. Es necesario mantener una correcta actitud de respeto dentro del CRA, por lo tanto, se debe respetar

el derecho a concentración dentro de ésta. 7. No se permite comer ni beber ningún producto dentro de la biblioteca.

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DE LA LICENCIATURA

1.- La ceremonia de Licenciatura es una actividad que el colegio realiza para los alumnos (as). de Kínder, 8º año básico y 4º año de Enseñanza Media, pudiendo ser modificada por una misa que marque el término de un ciclo a otro. 2.- El colegio establece las ceremonias de licenciaturas como un acto de premiación a sus estudiantes que finalizan un ciclo académico, donde podrán asistir solo aquellos estudiantes que cumplan los siguientes requisitos: a) Haber sido promovido y no hubiesen ocasionado problemas disciplinarios internos o externos. b) Presentación personal impecable con su uniforme oficial, esto es:

Damas: -Jumper azul marino con su insignia institucional, (largo hasta cuatro dedos sobre la rodilla),

no ceñido al cuerpo, blusa blanca, corbata institucional, calcetas azul marino, ( No bucaneras), zapato negro escolar, no tipo zapatilla, sin caña, pinches de pelo de color azul o blanco, pelo

no teñido, no peinado de fantasía, cortes no rapados, sin maquillaje, sin piercing, sin joyas ostentosas.

Varones: -Vestón de color azul marino con su insignia, pantalón gris de corte recto, no se aceptaran

pantalones ajuntados o pitillos, camisa blanca, corbata e insignia institucional, zapatos negros lustrados, sin caña, no tipo zapatilla ni militar, sin piercing, corte de pelo escolar, (sin figuras, no teñidos, no rapados, no corte a los lados y largo arriba), sin maquillaje, sin joyas ostentosas.

3.- Dado que esta ceremonia es interna, la Dirección del Establecimiento puede suspender dicha ceremonia de Licenciatura si los alumnos (as) transgreden los principios y las normas que sustenta el Colegio Monseñor Manuel Larraín. Esto en ningún caso significa que el alumno(a) no recibirá su licencia. 4.- Cada estudiante licenciado contará con dos invitaciones para ser acompañados a esta ceremonia.

D. SOBRE LAS RELACIONES HUMANAS Se entenderá por ACOSO ESCOLAR, MATONAJE O BULLYNG la agresión que sufra algún alumno(a) del

establecimiento por parte de sus mismos compañeros, en forma sostenida en el tiempo, ya sea que esta agresión sea de carácter psicológico, en forma de insultos, amenazas verbales, desprecios, ridiculizaciones, exclusión, críticas, murmuraciones, robos de material, etc., y/o de carácter física, como patadas, golpes, empujones, etc. Se entenderá que el Acoso es directo, cuando se trate de peleas y agresiones físicas. Se entenderá que el Acoso es indirecto, cuando se pretenda el aislamiento social del individuo, mediante

conductas tales como difundir rumores, rechazar el contacto social con la víctima, amenazar a los amigos, hacer críticas de la persona aludiendo a sus rasgos físicos, grupo social, forma de vestir, religión, raza, discapacidad, etcétera. Se estimará también como acoso escolar aquel conocido como CYBER BULLYING: también llamado Ciber

acoso o acoso online, que es el uso de información electrónica y medios de comunicación tales como e-mail, mensajería instantánea, mensajes de texto, redes sociales y sitio web para acosar a un individuo o grupo, mediante ataques personales u otros medios, con el que se pretende causar angustia emocional y preocupación en el otro.

Los alumnos y alumnas del Colegio Monseñor Manuel Larraín deben caracterizarse por mantener siempre y en todo lugar, una actitud de respeto, tolerancia, compromiso y solidaridad en su actuar.

Su lenguaje y actitud debe estar acorde con las circunstancias, por lo que en todo

momento debe ser respetuoso(a), evitando las groserías (hablada, gesticulada o escrita), los sobrenombres y las descalificaciones. Esto rige dentro y fuera del colegio, para con sus pares como con sus profesores, inspectores(as) y comunidad en general.

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No deben provocar situaciones que alteren el normal desarrollo de las actividades del colegio. Los alumnos y alumnas deben respetar el derecho a aprender de sus compañeros, ya sea durante el desarrollo de una actividad grupal o individual, manteniendo una actitud deferente que permita el normal desarrollo de una clase, no realizando interrupciones injustificadas (emitir gritos, realizar sonidos, masticar chicle, conversar, etc.). También se considerará el esperar oportunamente el turno para tomar la palabra, que debe ser autorizado por quien dirige la actividad, sea éste un docente o un alumno (disertación, representación artística, desarrollo de tareas o actividades, etc.).Si es enviado fuera de la sala de clases, deberá hacerlo con trabajo y además con su agenda, dirigirse a inspectoría para que se le designe un lugar de trabajo.

Las agresiones verbales, físicas o psicológicas relacionales deberán evitarse a

fin de asumir un compromiso con la No violencia y el respeto de los derechos de las personas.

Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes

conductas: amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa. (Por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.).

Entre otras conductas consideradas como maltrato escolar y que perjudican las relaciones humanas, se encuentran:

a) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

b) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, sitio web, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

c) Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aún cuando no sean constitutivos de delitos. d) Amedrentar, amenazar con superioridad asociada con conductas matonezcas. e) Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya

sean genuinos o con apariencia de ser reales, aún cuando no se haya hecho uso de ellos. f) Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas o sustancias ilícitas, o encontrarse

bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por este.

Respetar los bienes ajenos, evitando en todo momento el hurto de especies de

propiedad de alumnos(as), profesores u otros.

Los alumnos (as) abanderadas y portaestandartes deben representar dignamente a su establecimiento y, como tales, ameritan categoría personal y académica para desempeñar dicha actividad. En caso de cometer alguna falta grave, serán reemplazados.

Es obligación de todo el alumnado cuando participen en actividades cívico-culturales mantener

una conducta acorde con su calidad de alumno(a) del Colegio Monseñor Manuel Larraín y respeto por nuestros Himnos Nacional y del Colegio y/o oraciones en actos cívicos y/o religiosas donde las circunstancias lo requieran. El no cumplimiento a este punto, será sancionado de acuerdo

a lo establecido en el R.I.C.E. De lo anterior, se desprende que toda actividad relacionada con la vida estudiantil, tales como: salidas pedagógicas, convivencias, actividades fuera del Establecimiento, etc., son válidos para los aspectos indicados en el R.I.C.E.

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TITULO V

DE LAS PROHIBICIONES A LOS ALUMNOS Y ALUMNAS

Las transgresiones de alguna de las prohibiciones descritas a continuación por parte de

los alumnos y alumnas será motivo de la aplicación de las medidas disciplinarias según

el R.I.C.E. Se prohíbe a los alumnos(a)

1. Salir de la sala de clases, sin previa autorización del profesor(a). 2. Entorpecer, a través de cualquier medio, el desarrollo de la clase, actos cívicos, ceremonias religiosas. 3. Transferir la agenda a otro alumno(a). 4. Fumar, ingerir bebidas alcohólicas, drogas, apostar dinero en juegos de azar al interior del establecimiento. 5. Participar como autor, cómplice o encubridor de la comercialización o internación de drogas y alcohol al

establecimiento, o realizar tales conductas fuera del establecimiento. 6. Intervenir en el manejo de documentos administrativos propios del establecimiento tales como libros de

clases, libro de asistencia u otros de seguimiento o conductuales del alumnado. 7. Portar libros, revistas, láminas, soportes tecnológicos u otros que contengan o difundan contenido

pornográfico. 8. El uso de aros en varones y piercing tanto en damas como varones, joyas y accesorios, pues no son parte

del uniforme. 9. Masticar chicle e ingerir alimentos durante la hora de clase, (excepto por razones de salud) tanto por

respeto a los demás y como buena educación. 10. Manifestaciones efusivas de parejas, expresiones amorosas exageradas molestando al resto de la

comunidad, tanto al interior del establecimiento, como en sus alrededores si viste el uniforme. 11. Ingresar y utilizar en el aula objetos o aparatos que distraigan la atención del proceso de enseñanza

aprendizaje, tales como, juego de azar, balones, celulares, MP3, MP4, alisadores o planchas de pelo, maquillaje y accesorios, etc. Si es necesario la utilización de un equipo de audio o video para alguna clase se solicitará expresamente a través de la agenda escolar.

12. Filmar o grabar con distintos sistemas tecnológicos a miembros de la comunidad escolar sin la debida autorización de éstos o del establecimiento, como así también la difusión no autorizada en todo tipo de soporte (celular, papel, Internet, etc.).

13. Rayar paredes al interior o exterior del establecimiento, mesas, sillas, libros, cuadernos u otros objetos ajenos. Deterioro de material de uso común.

14. Copiar trabajos escritos, engañar con tareas incompletas, copiar en pruebas, falsificar y /o alterar documentos, firmas de apoderados o profesores, notas de libro de clases o pruebas, faltas a clases sin autorización del apoderado, son acciones que van en contra de los principios del colegio y su formación ética.

15. Apropiarse indebidamente de cualquier objeto e inculpar a otros. 16. Participar u organizar bromas durante el año o a fin de curso que atenten contra la seguridad, respeto y

dignidad de los compañeros(as) u otras personas del Establecimiento y fuera de éste. 17. Fotografiar sin autorización modificando ésta, para realizar mal uso de ella. 18. La practica de juegos bruscos que atenten contra la integridad física de otro. 19. Levantar falso testimonio o difamar al cualquier integrante de la comunidad educativa. 20. Queda prohibido el uso de dispositivos de almacenamiento externos y de comunicación, al interior del

Establecimiento, que no corresponda al desarrollo de actividades educativo o pastorales: MP3, MP4, equipos de audio portátiles, telefonía celular y dispositivos electrónicos u otros incluyendo los audífonos. Sorprendido su uso sin autorización, el objeto será retirado por inspectoría o por docente del colegio, este quedará en custodia en Inspectoría General, donde el apoderado podrá retirarlo previo reconocimiento registro y firma por parte del estudiante. El horario de retiro de celulares por parte del apoderado será solo

los días lunes de 15: a 17:00 hrs. Si el alumno reincide por 2º vez en la falta, el dispositivo será entregado al finalizar el año escolar.

21. El Colegio Monseñor Manuel Larraín, no se responsabiliza por pérdida, hurto o robos de dispositivos de almacenamiento externos y de comunicación ocurrida durante la permanencia del alumno en el establecimiento: MP3, MP4, celulares, dispositivos electrónicos, ordenadores portátiles, u otros. Será de exclusiva responsabilidad del apoderado y del alumno la pérdida y o deterioro de estos aparatos, liberando al Colegio Monseñor Manuel Larraín de toda responsabilidad.

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TITULO VI

DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS

UNA NORMA MANDA, PERMITE O PROHÍBE, PRESCRIBE, PREMIA O SANCIONA, DEBE TENER DOBLE CARÁCTER:

RESTRICTIVO: de las actitudes y comportamientos no acordes al Proyecto Educativo Institucional. PROTECTOR: donde las normas y su aplicación dan garantías de un trato digno y acorde a la

Institución. Cuando alguien no cumple una norma, es legítimo que la Comunidad le aplique una sanción, no sin antes dejar de analizar el contexto con sus agravantes y atenuantes; escuchar los argumentos de las personas involucradas, y posibilitar instancias de apelación. Es primordial privilegiar el diálogo entre las personas implicadas en las situaciones; es importante que tanto la familia como el colegio tengan una buena disposición y abierta voluntad para resolver los conflictos propios de la vida en comunidad. Así, darán un buen ejemplo a las niñas, niños y jóvenes, sobre cómo resolver los problemas en convivencia y fortalecerán sus procesos formativos. Se utilizarán técnicas de arbitraje, negociación y mediación para resolver conflictos entre las partes involucradas. Entre las técnicas a utilizar y de acuerdo a la normativa vigente, el colegio señala que utilizará los procedimientos de Resolución Alternativa de Conflicto.(R.A.C.),(también se denominan Métodos de Resolución Alternativa de Conflicto) y se incluyen a aquellos caminos distintos a los Tribunales para resolver los

conflictos. Algunos autores consideran que la terminología correcta sería métodos "adecuados", ya que para cada conflicto puede existir un camino para su administración o resolución. Consideramos que cabe en el ámbito educativo la acepción amplia de la expresión, dado que, de hecho, estas técnicas pueden aportar un marco útil para la prevención en algunos casos, para la resolución en otros y, para una adecuada gestión en aquellos en que no sea factible encontrar una solución. Sostenemos la importancia de estas técnicas en la administración de los conflictos dado que, en aquellas situaciones que no permitan una solución, se podrán gestionar los mismos de manera tal que no impidan el normal funcionamiento de la institución escolar. Dentro de los mecanismos R.A.C. se incluyen, entre otros:

• NEGOCIACION: Es un procedimiento por el cual las partes intentan resolver sus conflictos sin la

intervención de un tercero. • MEDIACION: Es un procedimiento en el cual un tercero neutral ayuda a las partes a resolver sus

conflictos-negociación. • CONCILIACION: La conciliación está prevista en los Códigos de Procedimientos y se realiza ante el

mediador que determine el Colegio. Existe otra acepción de esta palabra en el sentido de un procedimiento similar al de la mediación en el que el conciliador puede proponer fórmulas de arreglo, conservando las partes el poder de aceptarlas o no.

• ARBITRAJE: Es un procedimiento en el cual la decisión de la disputa se delega en un tercero (árbitro).

Las partes plantean sus posiciones, se puede producir pruebas o no y se dicta un fallo. .

A. SOBRE LAS OBSERVACIONES

1. Toda observación significativa debe quedar registrada en la Hoja de Vida del alumno(a). La indicación debe ser clara, precisa y objetiva, en términos de explicar la acción de la que se quiere dejar registro, y no podrá incluir juicios de valor o interpretaciones personales de lo ocurrido.

2. Pueden registrar observaciones en la hoja de vida del alumno(a) los docentes que atienden el curso, u otros que observe una determinada conducta del alumno(a) que amerite quedar registrada.

3. Este registro en el libro de clases debe darse a conocer al apoderado y firmado por éste al momento de una entrevista con él.

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4. Al registrar 6 o más observaciones leves (de carácter negativo) en su hoja de vida, el alumno junto a su apoderado deberá firmar un compromiso de conducta en Inspectoría, documento que se firmará para los archivos internos del colegio, donde se estipularán las exigencias y medidas de apoyo pedagógico que el alumno deberá cumplir para cambiar su actitud. Debiendo quedar todo ello registrado en hoja de vida del estudiante.

B. DE LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS

1. La aplicación de las medidas disciplinarias seguirá el siguiente orden. No obstante, según la gravedad de la falta, esta secuencia podría ser alterada:

Amonestación verbal Es un llamado de atención frente a una conducta inadecuada del

alumno(a), recurriendo a un diálogo con él o ella, de manera de analizar dicha conducta inadecuada para que no se repita. De debe registrar en su hoja de vida como entrevista con el estudiante y el acuerdo al que llegó con éste..

Amonestación escrita Registro escrito de carácter acumulativo. Se aplica a la reiteración de

faltas leves. En ella se señala las faltas reiteradas y medidas a tomar para que el estudiante enmiende su conducta. Se registraran los compromisos que adquiere el estudiante para modificar su comportamiento, se le notifica tanto a él como a su apoderado de las medidas de apoyo pedagógico y psicosocial a realizar.

Medidas de apoyo pedagógico. Serán asignadas por Inspectoría General, Encargada de

Convivencia Escolar y/o Directora. La ejecución de esta medida debe llevarse a cabo fuera del horario lectivo. Las sanciones de este tipo pueden ser: Servicio comunitario (ejemplo: limpiar sala de clases, apoyo en biblioteca, ). Servicio Pedagógico (ejemplo: ayudar en un primero básico u otro curso). De reparación (ejemplo: restituir un cuaderno u otro objeto roto). De recuperación de estudios (ejemplo: disertación o trabajo específico)

Citación o entrevista con el Apoderado. Notificación con constancia en el libro de clases. Las

entrevistas serán realizadas siguiendo el conducto regular.(Profesor jefe, profesor de asignatura, jefe U.T.P. inspectoría y en última instancia dirección)

Suspensión de clases por tres a cinco días los que pueden ser prolongados por una sola vez. Se

aplicará en caso de faltas graves y/o gravísimas. El tiempo de suspensión dependerá de la gravedad y relevancia de los hechos. Mientras dure la suspensión el alumno(a) no podrá participar en actividades del colegio de ningún tipo. En caso de tener alguna evaluación o trabajo este deberá rendirlo inmediatamente se reintegre a clases. La suspensión de clases de un estudiante podrá responder a:

a) medida disciplinaria b) medida de apoyo pedagógico y/o psicosocial c) medida cautelar

Condicionalidad de matrícula : Se sanciona con condicionalidad de matrícula a un estudiante,

cuando Incurra en faltas de carácter Graves. A la vez se aplicará de igual forma cuando el colegio haya agotado todas las instancias educativas establecidas para producir un cambio conductual positivo en el estudiante, poniendo de manifiesto que la continuidad de él, en el colegio, está supeditada a la reorientación de su conducta. Esta se registra en la hoja de vida del alumno(a) y en un documento que el apoderado, alumno(a), profesor jefe y Directora firman tomando conocimiento de la sanción y de las causales que la motivaron.

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Cancelación de matrícula. Es la notificación al padre, madre y/o apoderado de la sanción como

resultado de un procedimiento sancionatorio que consiste en la no renovación de la matrícula para el año siguiente

La expulsión de un estudiante por problemas conductuales será considerada como una medida

extrema, excepcional y última, legítima sólo cuando efectivamente la situación implique un riesgo real y actual (no potencial o eventual) para el resto de la comunidad y ya se haya cumplido con todos los procedimientos exigidos. Esta medida será informada con anticipación a la familia y al estudiante, en un procedimiento que les permita hacer descargos y con una instancia de revisión real al interior de la comunidad escolar. Una vez agotadas todas las instancia esta medida será inapelable y se oficiará a la Secretaría Ministerial de Educación todos los antecedentes que respalden esta medida extrema.

Término de Contrato de Prestación de Servicio Educacional. Se aplicará excepcionalmente a

los estudiantes cuando el alumno(a) es sancionado como resultado del término del proceso sancionatorio el alumno(a) pierde su calidad de estudiante del colegio Monseñor Manuel Larraín por cancelación de matrícula o expulsión. También se puede poner término al Contrato de Prestación de Servicio Educacional, cuando el apoderado en forma reiterada no cumple con el Contrato que firmó al momento de matricular a su pupilo(a).

2. Toda medida disciplinaria y seguimiento para la solución de los problemas de este tipo, debe quedar

registrada en la hoja de vida del alumno (a) en el libro de clases y debe ser firmada por el estudiante, padre, madre y/o Apoderado, con lo cual demuestra el conocimiento de la situación y el acuerdo de las decisiones tomadas.

“DE LAS FALTAS AL ORDEN DISCIPLINA Y BUENA CONVIVENCIA POR PARTE DE LOS ESTUDIANTES” Según su gravedad y a fin de determinar las medidas educativas y sanciones a aplicar para promover su superación, las trasgresiones a valores o normas, se clasifican de acuerdo a los siguientes criterios: Leves, Graves y Gravísimas. Estas faltas verán afectada su graduación en atención de la aplicación del criterio de proporcionalidad junto a las atenuantes y/o agravantes que procedan. ATENUANTES Se considera circunstancia atenuantes a las siguientes:

1.- El reconocimiento espontaneo de la conducta incorrecta. 2.- La falta de intencionalidad en el hecho. 3.- De haber procedido de parte del ofendido(a) provocación o amenaza proporcional a la conducta indebida. 4.- Si ha procurado con esmero reparar el mal causado o impedir sus posteriores consecuencias. 5.- Irreprochable conducta anterior. AGRAVANTES Se considera circunstancias agravantes las siguientes:

1.- La premeditación del hecho. 2.- Abusar de la relación de poder asociada a distintas circunstancias como por ejemplo a su género o de sus Fuerzas. 3.- La reiteración del mismo hecho. 4.- La reiteración de una falta

Toda reiteración de un falta agrava la misma, por lo tanto, la reiteración de una falta leve será considerada como grave y la reiteración de una grave será considerada como gravísima.

A la luz de estos principios y tomando como referencia lo expresado, así como en los anteriores, a continuación, se establece una clasificación general de faltas y una secuencia de pasos a seguir que hagan posible una sana convivencia escolar.

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a. Leves: comportamiento que transgreden las normas que regulan la convivencia y que sin llegar a alterar

ésta de manera significativa ni a causar mayor daño o perjuicio a sí mismo, a terceros y/o para la Comunidad Educativo Pastoral, se apartan del perfil ideal definido para nuestros alumnos.

b. Graves: se consideran faltas graves actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad de

otro miembro de la comunidad educativa y/o del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia.

c. Gravísima: se consideraran faltas gravísimas actitudes y comportamientos que atenten contra la

integridad física y/o psicológica de cualquier miembro de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delito o actos que afecten gravemente la convivencia escolar o el proyecto educativo de nuestra institución.

“DE LAS TRANSGRESIONES LEVES”

1. Presentación personal inadecuada o incompleta (uñas pintadas, pelo teñido, maquillaje, jumper corto (cuatro dedos sobre la rodilla), sin delantal, percing, expansores, pulseras), corte de pelo no adecuado (mohicanos, rapados en los lados y largo arriba), peinados de moda, las alumnas pelo no

tomado (pinche o cole debe ser de color azul o blanco). 2. Atrasos tanto al inicio de la jornada, como luego de recreos y cambios de hora. 3. Usar prendas de vestir no autorizadas con el uniforme como: casacas negras, polar no institucional,

pantalón pitillo, chalecos con capucha, zapatillas de colores flúor o muy llamativas, zapato negro con caña.

4. Uso de vocabulario grosero y soez. 5. Responde de forma hostil y/o irónica y/o sube tono de voz al momento de responder a compañeros. 6. Actitudes leves de desobediencia, rebeldía, descortesía o desacato a la orden. 7. Realizar gestos obscenos y/o groseros al momento de hablar con compañeros, docentes u otro

miembro de la comunidad educativo. 8. Falta de atención en clases.(lanzando papeles, goma, estudiando otras asignaturas o preparando otros

trabajos, creando ruidos distractores, etc.). 9. Atrasado(a) a una actividad evaluada.

10. No portar Agenda escolar. 11. No reponer agenda escolar en caso de pérdida o deterioro 12. No tener fotografía tamaño carnet pegada en agenda escolar y datos personales. 13. Ingerir alimentos en la sala de clases.(masticar chicle, u otros)

Ensuciar el entorno físico del Establecimiento.(salas, baños, patios, auditorio, gimnasio y otros) 14. Manifestar indiferencia a la clase o no seguir las instrucciones dadas durante la misma, es decir la no

disposición y actitud para el trabajo. 15. Concurrir a clases sin útiles, equipo de educación física, cotona, delantal. 16. No entregar tareas y trabajos oportunamente 17. Molestar a sus compañeros con sobrenombres ofensivos y/o juegos bruscos. 18. Gritar, conversar, deambular por sala sin autorización o incitar a otros a distraerse interrumpiendo la

clase. 19. Omisión en presentar justificativos, comunicaciones o respuestas de circulares enviadas al hogar,

debidamente firmadas. 20. No justificar inasistencia o atraso a jornada escolar. 21. Cumplir tres atrasos. 22. No traer comunicaciones o pruebas firmadas. 23. No devolver a tiempo cualquier prestación de la biblioteca. 24. Retener o esconder pertenencias ajenas (prestados o encontrados) o usar útiles de otros sin su

consentimiento. 25. Salir de la sala sin permiso del docente. 26. No llevar con dignidad y respeto el uniforme oficial, tanto dentro como fuera del Colegio Monseñor

Manuel Larraín..

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27. No asistir a actividades programadas y convocadas por el Colegio Monseñor Manuel Larraín, tales como: desfiles, actos litúrgicos, campamentos, misas, visitas educativas.

28. Hacer mal uso de la red de Internet en clases, tales como chatear, ver páginas sociales, y otros no permitidos por los docentes.

29. No formarse luego del recreo o en actos institucionales. Usar dependencias tales como baños, patios o salas de clases de niveles superiores o inferiores.

30. No respetar las condiciones mínimas del medio ambiente. 31. Usar dentro de las instalaciones del Colegio Monseñor Manuel Larraín (en salas, patios, casino,

auditorio, gimnasio, laboratorios, sala de computación,, entre otros) equipos de música, y sus audífonos, como: celulares, MP3, MP4, Parlantes musicales y otros.

32. Actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad física del estudiante u otro miembro de la comunidad educativa.

“DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LAS TRANSGRESIONES LEVES”

a. Llamado de atención verbal y escrita: El alumno al cometer una falta considerada como una falta Leve,

recibirá un llamado de atención por parte del educador, que lo motive a cambiar de actitud. Dicho llamado

de atención deberá quedar consignado en la hoja de vida del alumno. b. Al incurrir el estudiante en 3 faltas leves el profesor jefe deberá actuar formativamente a través de la

aplicación de una o más medidas de apoyo pedagógico que deberán ser acordadas en entrevista con el apoderado y dejar registro de ello en hoja de vida del estudiante.

c. El objetivo de ésta medida es que el alumno(a) aprenda a: responsabilizarse respecto de sus deberes;

responder conflictos de manera dialogante y pacifica; reconocer las consecuencias de su actuación y repara la situación generada.

d. Cuando proceda se aplicarán medidas que correspondan, las que serán determinadas siempre a la luz de

los criterios de proporcionalidad e imparcialidad. . “DE LAS TRANSGRESIONES GRAVES”

1. Las reincidencias de faltas leves. 2. Plagiar de internet un trabajo y presentarlo como propio. 3. Ser sorprendido copiando en evaluaciones. 4. No presentarse a rendir evaluación, estando en el establecimiento. 5. Acceder a las redes de computadores del establecimiento sin autorización del encargado de informática,

conectando, computadores, (rouster) u otros dispositivos. 6. Participar o promover juegos violentos que dañen la integridad física de las personas. 7. Ingresar al colegio eludiendo el control de atrasos. 8. No acatar órdenes impartidas por los docentes o por cualquier funcionario del Colegio, dentro del aula o

de cualquier dependencia del Establecimiento. 9. Negarse a participar de actividades programadas por docentes u otros, coludiéndose con compañeros. 10. Interrupciones intencionales o reiterativas en clases interfiriendo manifiestamente el desarrollo de la tarea

docente, tanto individual como colectivamente. 11. No tener el debido respeto, dentro o fuera de la sala, en actos, y por nuestros himnos. 12. Impertinencias graves y/o actos de indisciplina, injuria u ofensas graves hacia cualquier miembro de la

comunidad educativa. 13. Acumulación de atrasos, sin que se evidencie una voluntad de superación del problema ante el primer

llamado de atención. 14. Acumulación de inasistencias a clases, especialmente en las tardes, sin justificativo médico. 15. Por reincidir en las inasistencias a actividades programadas y convocadas por el Colegio Monseñor

Manuel Larraín, tales como: desfiles, actos litúrgicos, retiros, pasantías, visitas educativas, etc. 16. Comportamiento inadecuado, irrespetuoso o grosero en ambientes dedicados a la oración, celebraciones

litúrgicas y actividades pastorales.

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17. Producir intencionadamente daños serio o irreparable hacia los bienes materiales del Colegio Monseñor Manuel Larraín y que están al servicio del personal y de la Comunidad Educativa.

18. Vender artículos de cualquier especie sin autorización de la Dirección. 19. Negarse en más de tres ocasiones a mantener su presentación personal de acuerdo a lo que estipula el

Reglamento Interno de Convivencia Escolar.(R.I.C.E.) 20. Participar o promover juegos, que atenten contra la integridad física de las personas, tanto dentro como

fuera del colegio mientras porte el uniforme institucional, como festejar cumpleaños, onomásticos, premiación a través de tirarse huevos, agua sucia, harina, etc.)

21. Burlarse de otros, en especial de aquellos con características diferentes tanto en aspecto físico, emocional o intelectual.

22. Utilizar inadecuadamente dependencias, materiales o mobiliario del Colegio Monseñor Manuel Larraín. 23. Rayar, deteriorar mobiliario y/o dependencias del Colegio Monseñor Manuel Larrain. 24. Involucrar a terceros en trasgresiones, con el propósito de perjudicarlos o beneficiarse a sí mismo 25. Ocultar y/o deformar la verdad. 26. Faltar intencionadamente a clases, sin conocimiento del apoderado. 27. Faltar intencionadamente a evaluación fijada con anterioridad. 28. Fumar y/o beber bebidas alcohólicas al interior de las dependencias del Colegio Monseñor Manuel

Larraín. 29. Lanzar objetos de cualquier tipo, desde las ventanas o pisos superiores, al interior o exterior del edificio

del Colegio Monseñor Manuel Larraín. 30. Hacer mal uso de la beca de alimentación de la JUNAEB como inasistencia injustificada del estudiante

con permanencia en el colegio, botar la comida, ceder su alimentación a otro estudiante sin autorización de la encargada.

31. Manifestaciones efusivas de parejas, expresiones amorosas exageradas molestando al resto de la comunidad, tanto dentro como fuera del Colegio vistiendo su uniforme institucional (actitudes lascivas,

demostraciones de cariño muy efusivas u otros.) 32. Portar, dibujar o exhibir material del carácter pornográfico. 33. Salir de la sala de clases, laboratorios u otras dependencias del establecimiento durante el desarrollo de las actividades respectivas, sin autorización del profesor.

34. Amenazas y/o agresiones físicas moral o discriminación a cualquier miembro de la comunidad educativa. 35. Suplantación de personalidad y sustracción o falsificación (o asistencia para la sustracción o falsificación) de documentos académicos (justificativos, comunicaciones, informes, pruebas escritas y documentos oficiales del establecimiento). 36. Responder con engaños o mentiras ante indagaciones practicadas por los funcionarios del colegio. 37. Actos injustificados que perturben el normal funcionamiento de las actividades del colegio. Ej. Protestas, manifestaciones políticas, manifestarse al interior del establecimiento sin seguir los conductos regulares con antelación para buscar soluciones. 38. No dar cumplimiento a compromisos de participación en eventos para los cuales el estudiante se haya comprometido y como consecuencia de ello se deteriore la imagen del colegio. 39. Utilización de información o imágenes de terceros sin su autorización. 40. Grabar, filmar o capturar imágenes utilizando cualquier medio audiovisual sin el previo consentimiento de las personas involucradas.

“DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LAS TRANSGRESIONES GRAVES”

a. Compromiso de Conducta: El alumno que incurra en una falta considerada como transgresión grave de

los valores y normas establecidas en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar, será notificado del inicio de un procedimiento sancionatorio.

b. Al incurrir el estudiante en una falta grave el profesor jefe deberá actuar formativamente a través de la aplicación de una o más medidas de apoyo pedagógico que deberán ser acordadas en entrevista con el apoderado y dejar registro de ello en hoja de vida del estudiante.

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c. Con el objetivo que el estudiante aprenda a: responsabilizarse respecto de sus deberes, responder conflictos de manera dialogante y pacifica; reconocer las consecuencias de su actuar y reparar la situación generada.

d. En caso de ser necesario, y teniendo siempre a la vista el interés superior del niño, frente a una falta grave

se aplicara las sanciones que van desde, amonestación escrita hasta condicionalidad, las que para su aplicación tendrán siempre a la luz de los criterios de proporcionalidad e imparcialidad. Para lo anterior, se consideraran además las atenuantes y agravantes establecidas en el presente reglamento, teniendo a la vista las condiciones y características específicas de la situación en particular.

e. Los elementos que conforman el criterio de proporcionalidad, individualizado en el artículo anterior

siempre deben concurrir en el proceso sancionatorio que tiene como objeto la aplicación de una medida disciplinaria, toda vez que los procedimientos contemplados en el presente reglamento interno respetan la garantías del debido proceso y un justo y racional procedimiento.

“DE LAS TRANSGRESIONES GRAVÍSIMAS”

1- Por reincidir en “irregularidades” en las evaluaciones. 2- Las reincidencias de actitudes negativas consideradas graves.

3- Incumplimiento de la condicionalidad. 4- Usar sin autorización de la dirección, el nombre del establecimiento para fines particulares. 5- Faltas de respeto hacia los símbolos religiosos del Colegio Monseñor Manuel Larraín. 6- Faltas de respeto, insultos, garabatos, gestos inadecuados o de doble sentido a cualquier miembro de la

Comunidad Educativa y/o en lugares públicos a otras personas. 7- Falsificación de la firma de la madre, padre y/ol apoderado. 8- Ser sorprendido portando alcohol o en estado de ebriedad, con drogas en actividades del Establecimiento. 9- Abandonar sin autorización el establecimiento en jornada escolar, en forma individual o colectiva. 10- Mal uso de las tecnologías en detrimento de compañeros, funcionarios y docentes a través de imágenes, referencias o páginas de Internet. 11- Faltar el respeto o descalificar a etnias y culturas, personajes destacados de la historia de Chile, sus símbolos o manifestaciones culturales. 12- Incitar a otros o manifestar complicidad en situaciones que trasgreden gravemente los valores del Colegio Monseñor Manuel Larraín. 13- Agredir físicamente, en peleas o conatos, a compañeros(as) o alumnos(as) del Colegio Monseñor Manuel Larraín y/o otros establecimientos educacionales. 14- Adulterar, deteriorar o falsear documentos oficiales del Colegio Monseñor Manuel Larraín: Evaluaciones, Libros de Clases, Planillas, Registros Computacionales y otros. 15- Porte de armas, tales como: pistola, cuchillo, bisturí, etc., que pongan en riesgos la seguridad de los integrantes de la Comunidad Educativa. 16- Agredir física y/o psicológicamente a algún educador o personal del Colegio Monseñor Manuel Larraín, tanto fuera como dentro del colegio. 17- Realizar actos que atentan contra una sexualidad sana. ej.: acoso sexual en los diferentes grados, intento de violación, ultrajes, insinuaciones deshonestas, presión psicológica, entre otros, hechos ocurridos al interior o exterior del establecimiento. 18- Ser sorprendido portando, consumiendo, distribuyendo o vendiendo drogas ilícitas en las dependencias y alrededores del Colegio Monseñor Manuel Larraín. 19- Confeccionar, colocar y/o activar bombas de humo, ruido o fuego.

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“DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LAS TRANSGRESIONES GRAVÍSIMA”

a. En caso de ser necesario, y teniendo siempre a la vista el interés superior del niño(a), frente a una falta gravísima se aplicaran las sanciones que van desde, condicionalidad hasta la expulsión o cancelación de matrícula, las que para su aplicación tendrán siempre a la luz los criterios de proporcionalidad e imparcialidad. Para lo anterior, se consideraran las atenuantes y agravantes establecidas en el presente R.I.C.E. teniendo a la vista las condiciones y características específicas de la situación en particular.

PROCESO SANCIONATORIO.-

Corresponde a aquel procedimiento que se debe llevar a cabo frente a conductas graves o gravísimas establecidas como tal en el reglamento interno de cada establecimiento, o que afecte gravemente la convivencia escolar, conforme a lo dispuesto en la ley.

El Director tendrá la facultad de suspender como medida cautelar y mientras dure el procedimiento sancionatorio, al o los estudiantes y miembros de la comunidad escolar que en el establecimiento educacional hubieren incurrido en algunas de las faltas graves o gravísimas establecidas como tales en este reglamento, y que conlleven como sanción la expulsión o cancelación de matrícula, o afecten gravemente la convivencia escolar conforme a lo dispuesto en la ley.

Etapas y plazos del proceso sancionatorio son:

ETAPAS DEL PROCESO SANCIONATORIO Plazos

-Amonestación escrita -Suspensión de clases -Suspensión de ceremonias

-Advertencia de condicionalidad -Condicionalidad

-Cancelación de matrícula/ expulsión SIN medida cautelar -Cancelación de matrícula/ expulsión CON medida cautelar*

1

Notificación inicio procedimiento sancionatorio

El director notifica al estudiante y a su madre, padre o apoderado del inicio del proceso sancionatorio en su contra, de la falta por la cual se le pretende sancionar y de los hechos que dan lugar a la falta. También se les informan las etapas siguientes del procedimiento y los plazos correspondientes. La notificación debe ser por escrito.

2

Presentación de descargas y medios de prueba

El estudiante y su madre, padre o apoderado tienen derecho a presentar los descargos y medios de prueba que estimen pertinentes, por escrito.

3 días hábiles 5 días hábiles 5 días hábiles

3

Resolución El director, a la luz de los antecedentes presentados resolverá si aplica o no la medida. Notificará de su resolución y sus fundamentos, por escrito, al estudiante afectado, a su madre, padre o apoderado.

3 días hábiles 5 días hábiles 5 días hábiles

4 Solicitud de reconsideración

El estudiante y su madre, padre o apoderado tienen derecho a solicitar ante el director, por escrito, la reconsideración de la medida adoptada.

3 días hábiles 5 días hábiles 5 días*

5 Resolución final El director resolverá la solicitud de reconsideración previa consulta al Consejo de Profesores, el que se pronunciará por escrito.

3 días hábiles 5 días hábiles 5 días hábiles

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PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN CASO DE EXPULSIÓN O CANCELACION DE LA MATRÍCULA.

El procedimiento a seguir en caso de expulsión o cancelación de la matrícula contiene los principios fundamentales de un debido proceso, siendo un procedimiento racional y justo, reguardando el interés superior de todos los estudiantes. 1.- El Director, Inspectora General y/o Encargada de Convivencia Escolar notifica por escrito al estudiante y a su padre, madre y/o apoderado del inicio del procedimiento sancionatorio, la posible aplicación de la medida de expulsión o cancelación de la matrícula, la falta por la cual se le pretende sancionar y los hechos que dan lugar a la falta. 2.- El Director, Inspectora General y/o Encargada de Convivencia Escolar podrán suspender al estudiante, como medida cautelar, desde el momento de su notificación hasta el término de procedimiento sancionatorio. 3.- Si se ha decidido usar la suspensión como medida cautelar, se tendrá un plazo de 10 días hábiles para resolver la aplicación de la medida, contados desde que la suspensión se haya decretado. 4.- El estudiante y su padre, madre y/o apoderado, pueden presentar sus descargos y medios de prueba en un plazo de 5 días hábiles desde la notificación de la posible aplicación de la medida disciplinaria. 5.- El director resolverá dicha presentación y notificará de su decisión al estudiante, padre, madre y/o apoderado. 6.- Dentro de los siguientes 5 días posteriores a la notificación, el estudiante, padre, madre y/o apoderado tienen derecho a solicitar la reconsideración de la medida al director del colegio, la que deberá ser realizada por escrito y contener todos los medios de prueba que estimen pertinentes. 7.- La interposición de la solicitud de reconsideración de la medida, ampliará el plazo de suspensión del estudiante, si es que esta se ha decretado como medida cautelar, hasta culminar la tramitación del procedimiento. 8.- Una vez recepcionada la solicitud de reconsideración de la medida el director consulta al Consejo de Profesores. 9.- Una vez finalizada la etapa probatoria, el Consejo de Profesores debe emitir un informe escrito, teniendo a la vista los informes del apoyo al estudiante. 10.- Una vez que el director tome conocimiento del informe escrito al que se refiere el, punto anterior, resolverá en un plazo de 5 días hábiles. Dicha resolución será notificada al estudiante, padre, madre y/o apoderado. 11.- La dicción final, si determina la expulsión o cancelación de matrícula, debe informarse por el colegio a la Dirección Regional de la Superintendencia de Educación, dentro de cinco (5) días hábiles desde su pronunciamiento. 12.- El estudiante mantendrá su matrícula durante todo el proceso, hasta que el Director dicte la resolución a la que se refiere el punto anterior. 13.- Corresponderá al Ministerio de Educación la reubicación del afectado y las medidas de apoyo pertinente, y la información a la Defensoría de los Derechos del Niño, si se trata de estudiantes menores de edad.

NOTA: Siempre constituirán infracciones graves contra la Convivencia Escolar:

Aquellos actos que causen un severo daño a la integridad física o psíquica de cualquiera de los miembros de la Comunidad Educativa o de terceros que se encuentren en el establecimiento.

Aquellos actos que atenten contra la infraestructura esencial para la prestación de servicios educativos.

En caso de que estudiante. Madre padre y/o apoderado renuncien de manera expresa a ejercer sus derechos de presentar descargos y/o solicitar la reconsideración de la medida, reconociendo de esta manera la falta y las consecuencias aparejadas, la sanción será aplicada de manera inmediata.

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COLEGIO MONSEÑOR MANUEL LARRAIN

TALCA – CHILE

“Formar a Cristo en cada alumno”

14 Ote. 3 Sur N°895. FONO (071)2262021 www.colegiomanuellarrain.cl/ [email protected]

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TITULO VII

DE LOS INCENTIVOS

El sistema de reconocimiento y estímulos tiene por objetivo fomentar el cumplimiento de las normas de convivencia escolar, destacar el buen desempeño académico y la adhesión a los valores de Monseñor Manuel Larraín.

Las buenas acciones, cumplimiento destacado, superaciones, éxitos deportivos, artísticos, académicos, compromisos cristianos, pastorales, misioneros, serán debidamente estimulados y premiados.

Acciones meritorias

ACCIONES ESTÍMULO

Notoria

- Observación en el libro de clases. - Reconocimiento ante sus pares en la clase de orientación. - Felicitaciones frente a su curso.

Muy notoria

- Observación en el libro de clases. - Reconocimiento ante sus pares en la clase de orientación. - Felicitaciones, en acto cívico frente a toda la comunidad educativa. - Carta a los padres - Publicación en nuestro sitio web

Extraordinaria

- Observación en el libro de clases. - Reconocimiento ante sus pares en la clase de orientación. - Felicitaciones, en acto cívico o ceremonias institucionales, frente a toda la comunidad educativa. - Carta a los padres - Publicación en el cuadro de honor ubicado en el hall del colegio. - Publicación en nuestro sitio web - Distinciones a través de diplomas, galvanos y medallas.

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TITULO VIII

CONSIDERACIONES FINALES

1. Es responsabilidad de todo el alumnado del Colegio Monseñor Manuel Larraín cumplir con los Reglamentos

Complementarios al Reglamento Interno de Convivencia Escolar del Colegio, como son: Biblioteca, Laboratorios, Salidas a Terreno, Giras de estudios, etc.

2. Es responsabilidad de toda la comunidad escolar del Colegio Monseñor Manuel Larraín velar por el fiel

cumplimiento de este Reglamento Interno de Convivencia Escolar. 3. Cualquier situación no prevista o no contemplada en este Reglamento Interno de Convivencia Escolar, será

resuelta por Inspectoría General y/o por el Equipo Directivo del Establecimiento.

Este Reglamento será revisado anualmente para realizar las modificaciones que fueren necesarias. Talca, Marzo de 2020 Yo, apoderado de………………………………………………………………………… del curso…………………… Declaro conocer y aceptar el R.I.C.E. del establecimiento. Nombre: ……………………………………………………………………. Rut………………………………………. Firma:……………………………………………….