MANUAL DE CONVIVENCIA -...

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MANUAL DE CONVIVENCIA FORMANDO CIUDADANOS PARA UN MUNDO DINAMICO SEGUNDA EDICION MARZO 28 DE 2014 INSTITUTO MARIA MONTESSORI CIENAGA MAGDALENA CULTURA- MORAL-LIBERTAD

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MANUAL DE CONVIVENCIA

FORMANDO CIUDADANOS PARA UN MUNDO DINAMICO

SEGUNDA EDICION

MARZO 28 DE 2014

INSTITUTO MARIA MONTESSORI

CIENAGA MAGDALENA

CULTURA- MORAL-LIBERTAD

INSTITUTO MARIA MONTESSORI

CIENAGA MAGDALENA

CULTURA- MORAL-LIBERTAD

FORMANDO CIUDADANOS PARA UN MUNDO DINAMICO

MANUAL DE CONVIVENCIA

ÍNDICE

HORIZONTE INSTITUCIONAL

MISION

VISION

PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES

PRINCIPIOS INSTITUCIONALES

VALORES INSTITUCIONALES

FACTORES CLAVES DE ÉXITO

POLÍTICAS INSTITUCIONALES

FILOSOFIA INSTITUCIONAL

SIMBOLO DE IDENTIFICACION INSTITUCIONAL

BANDERA

ESCUDO

HIMNO

PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS

OBJETIVO

CONTRIBUCION

OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

APRENDIZAJES BASICOS PARA LA CONVIVENCIA SOCIAL

DECÁLOGO POR LA PAZ

MARCO LEGAL

CONSTITUCION DEL 1991

LEY GENERAL DE EDUCACION 115 DEL 1994

DECRETO 1860 DE AGOSTO 3 DE 1994

DERECHOS DEL NIÑO

CODIGO DE LA INFANCIA Y DE LA ADOLESCENCIA

LEY 30 DE 1986 LA PREVENCION DE LA DROGA

LEY 1620 DE 2013 "POR LA CUAL SE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE

CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS

DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA

PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR"

DECRETO 1965 LEY 1620 DE 2013 SISTEMA NACIONAL DE

CONVIVENCIA ESCOLAR

CONSIDERANDO

EL INSTITUTO MARIA MONTESSORI

PROCLAMA

GENESIS

RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 01 (28DE ABRIL DEL 2014)

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. CONDICCIONES PARA SER ESTUDIANTE

CAPITULO II

DEFINICIONES

Art. 2Comunidad Escolar:

Art 3 Convivencia Escolar:

Art. 4 Sana convivencia Escolar:

CAPITULO III

DE LOS ALUMNOS

Artículo 6. DERECHOS

Artículo 7. DEBERES

Art.8 DE LA PREVENCION DE FALTAS DISCIPLINARIAS

ACCIONES GENERALES DE ACOMPAÑAMIENTO PREVENTIVO

Art. 9 ESTRATEGIAS FORMATIVAS ESPECIALES Y DE

ACOMPAÑAMIENTO

ANTES DE LA TOMA DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS.

Artículo10: CONDUCTO REGULAR PARA RESOLVER CONFLICTOS

RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR.

COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA

CONVIVENCIA ESCOLAR.

PROTOCOLOS DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA

CONVIVENCIA ESCOLAR:

Artículo 11. El Gobierno Nacional define los lineamientos normativos,

operativos y financieros: para que los establecimientos educativos de

carácter oficial cuenten con orientación escolar para la convivencia para los

estudiantes.

Artículo 12. SEGÚN EL DECRETO 1965

DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA

ESCOLAR

Art.13 POR PARTE DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA.

Art.14. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES.

SITUACIONES TIPO I.

SITUACIONES TIPO II.

SITUACIONES TIPO III

ARTÍCULO 15: PROTOCOLOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS

EDUCATIVOS, FINALIDAD, CONTENIDO Y APLICACIÓN

ESTOS PROTOCOLOS DEBERÁN DEFINIR, COMO MÍNIMO LOS

SIGUIENTES ASPECTOS:

DE LOS PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO I

DE LOS PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO II

PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO III

CAPITULO IV

DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Artículo 24. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE

CONVIVENCIA.

ARTÍCULO 25. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA.

Artículo 26. OBJETIVOS DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA

Artículo 27 DE LOS COMITES DE CONVIVENCIA ESCOLAR

CAPITULO V

DE LA FAMILIA

Artículo 33. DERECHOS

Artículo 34. DEBERES

Artículo 35: RESPONSABILIDADES DE LOS PADRES DE FAMILIA

FRENTE A LOS VALORES DESARROLLADOS EN SUS HIJOS EN

RELACIÓN CON EL ENTORNO

Artículo 36. CON EL ENTORNO

CAPITULO VI

DE LOS ADMINISTRATIVOS Y DOCENTES

Artículo 37. PERFIL Un docente Montessoriano

Artículo 38. DERECHOS

Artículo 39. DEBERES

CON LOS ESTUDIANTES

CON LOS PADRES DE FAMILIA

CON LA INSTITUCIÓN

Artículo 40. ESTIMULOS

Artículo 41. SANCIONES

Artículo 42. DEBERES SEGÚN LAS AREAS

1. FILOSOFIA – ETICA – EDUCACION RELIGIOSAS

2. AREA DE TECNOLOGIA E INFORMATICA Y OTROS AFINES

3. AREA DE MATEMATICAS

4. EDUCACIÓN ARTISTICA

5. AREA DE SOCIALES Y DEMOCRACIA – FILOSOFIA – ECONOMIA

CONSTITUCION

6. AREA DE CIENCIAS NATURALES Y EDUCACIÓN AMBIENTAL

7. AREA DE HUMANIDADES – LENGUA CASTELLANA

8. AREA DE EDUCACION FISICA – RECREACION Y DEPORTES

9. IDIOMA EXTRANJERO

CAPITULO VII

EL GOBIERNO ESCOLAR

Artículo 43. CONSEJO DIRECTIVO

Artículo 44. FUNCIONES

Artículo 45. MECANISMO DE ELECCIÓN

Artículo 46. COMITÉ DE CALIDAD

Artículo 47.Funciones del comité de calidad

Artículo 48. CONSEJO DE PADRES

Artículo 49.Funciones del consejo de padre de familia

Artículo 50. CONSEJO ACADEMICO O CURRICULAR

Articulo 51. FUNCIONES

Artículo 52. MECANISMO DE ELECCION

Artículo 53.COMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

Artículo 54. Funciones del Comité de Evaluación y Promoción:

La Ley 230 replantea estas funciones así:

Artículo 55. Comisiones de evaluación y Promoción:

Artículo 56. ELECCION DELCOMITÉ DE CONVIVENCIA

Artículo 57.Funciones del comité de convivencia

Artículo 58. CONSEJO DE ESTUDIANTE

Artículo 59. FUNCIONES

Artículo 60. MECANISMO DE ELECCION

Artículo 61. EL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 62. FUNCIONES

Artículo 63. MECANISMO DE ELECCION

Artículo 64. CONDICCIONES PARA PODER SER PERSONERO

Artículo 65. MECANISMO PARA LA REVOCATORIA

Artículo 66. PERDIDA DE INVESTIDURA DEL PERSONERO

Artículo 67. COMITÉ DE EGRESADOS

Artículo 68.Función del comité de egresados

CAPITULO VIII

CENTRO DE INTERES Y COMITES DINAMIZADORES

Artículo 69. COMITÉ DE MEDIO AMBIENTE

Artículo 70. COMITÉ DE DERECHO HUMANOS .

Artículo 71. COMITÉ DE CIENCIA – ARTE Y CULTURA

Artículo 72. COMITÉ DE DISCIPLINA Y ORIENTACIÓN

Artículo 73. COMITÉ DE DEPORTE RECREACION Y TIEMPO LIBRE

CAPITULO IX

CALIDAD DE LOS SERVICIOS

Artículo 74. SERVICIO DE PSICOORIENTACIÓN

Articulo 75. SERVICIO DE LA BIBLIOTECA

Artículo 76. SERVICIO DE LABORATORIO

Artículo 77. CENTRO RECREATIVO Y DEPORTIVO

Artículo 78. SERVICIO DE LA SALA DE INFORMATICA

Artículo 79. Derechos

Artículo 80.Deberes

Artículo 81. SERVICIO DE LABORATORIO DE RADIO Y TV

Artículo 82. SERVICIO DE TIENDA ESCOLAR

CAPITULO X

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE

ESTUDIANTES

Artículo 83. AMBITOS

Artículo 84. EVALUACIÓN

Artículo 85.PROPÓSITOS

Artículo 86. CARACTERÍSTICAS

Artículo 87. DESEMPEÑOS

Artículo 88.CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 89. CRITERIOS DE PROMOCIÓN

Artículo 90. PROMOCIÓN

Artículo 91. CRITERIOS DE REPROBACIÓN

Artículo 92. ACTIVIDADES DE NIVELACIÓN

Artículo 93. ESCALA DE VALORACIÓN

Artículo 94. PERIODOS

Artículo 95. DERECHOS DEL ESTUDIANTE

Artículo 96. DEBERES DEL ESTUDIANTE

Artículo 97. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

Artículo 98. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

Artículo 99. REGISTRO ESCOLAR

HORIZONTE INSTITUCIONAL

MISION

Somos una institución educativa que trabaja para la formación integral de niños,

niñas y jóvenes a los que se le ofrece una propuesta pedagógica centrada en la

persona sus principios, valores y el conocimiento que respondan a las exigencias

de su entorno social a partir de:

Formación de líderes juveniles para la solución de conflictos Formación

humanística fundamentada en el desarrollo de competencias comunicativas,

manejo de una segunda lengua e implementación de medios de comunicación y

tecnología de punta motivando la actitud investigativa como herramientas para

enfrentar los retos de una sociedad siglo XXI.

VISION

El I.M.M. en el año 2020 será una institución educativa líder en propuestas

pedagógicas e innovadoras, contara con un grupo de maestros con altas calidades

académicas que trabajaran en la formación de niños, niñas y jóvenes que

participen activamente en la construcción de su `proyecto de vida para que estos a

su vez aporten al mejoramiento de su calidad de vida y a la transformación

significativa de una sociedad globalizada.

PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES

La comunidad educativa es una entidad social con sentido de pertenencia capaz

de formular participativamente propósitos relacionados con el desarrollo del ser

humano, es decir, con la apropiación de la crítica y la transformación de los

códigos de la cultura; con el fin de mejorar la calidad de vida y alcanzar los niveles

de estándares trazados por el mundo globalizado.

La comunidad educativa está formada por clientes interno y externo discriminados

en grupos sociales por edades e interés; entre estos: educando jóvenes y niños;

padres de familia y acudientes jóvenes mayores y ancianos; directores,

educadores, administrativos, servicio generales representantes de los medios de

producción; vecinos, autoridades gubernamentales.

Los principios de la actividad pedagógica se enmarcan en los lineamientos

establecidos por el MEN (MINISTERIO DE Educación Nacional) por tanto en la

institución se hacen así:

PRINCIPIOS INSTITUCIONALES

RESPETO POR LA VIDA Y LA DIGNIDAD HUMANA: es considerar el

pluralismo, las diferencias sociales como eje centrales de un cotidiano vivir.

FORMAR UNA CONCIENCIA CRITICA HISTORICA DE PERTENENCIA EN

DEFENSA DE LA NACIONALIDAD

LA JUSTICIA Y LA EQUIDAD: como valores que contribuyen a la solución de

problemas que enfrentan los miembros de una comunidad.

RESPETO POR LA CULTURA LA TRADICCIÓN Y LAS COSTUMBRES: visto

esto como un escenario para conservar un patrimonio que nos pertenezca a

todos y promover la preservación de las raíces históricas.

LA DINAMICA SOCIAL: dar respuestas a las necesidades socioculturales,

étnicas, religiosas, familiares, políticas y sociales de la comunidad educativa.

CONSERVACIÓN DEL MEDIO: promover una conciencia de relación con la

naturaleza para obtener un educando comprometido en la preservación de su

entorno.

RESPETO POR LAS INDIVIDUALIDADES: educar con principios pedagógicos,

psicológicos y epistemológicos desde la persona del alumno con sus

limitaciones y potencialidades.

CREAR UNA CONCIENCIA POLITICA: para que esta permita la formación de

ciudadanos con principios éticos para una nación necesitada de cambios

sustanciales para la comunidad internacional.

VALORES INSTITUCIONALES

JUSTICIA: la justicia es considerada como todo aquello que debe hacerse

según el derecho, la razón y la equidad, y desde lo social hace referencia al

conjunto de decisiones, normas y principios que son considerados razonables

de acuerdo a un colectivo social .

SOLIDARIDAD: es aquella que está llamada a impulsar los verdaderos vientos

de cambios que favorecen el desarrollo de los individuos y las naciones, está

fundada en la igualdad universal de todos los hombres.

LIBERTAD: es esa facultad natural que posee el ser humano de poder obrar

según su propia voluntad. O también es aquel estado en el que hombre no está

siendo esclavizado ni preso por otro.

FRATERNIDAD: significa a una alianza que une a las personas y los lleva a

estar juntos en situaciones felices o difíciles.

SINCERIDAD: esta es entendida como la condición que ostenta un juicio o un

razonamiento que se expresa de manera vinculante con la buena fe y la

honestidad.

MORAL: es considerada una escala ética donde el individuo la demuestra a la

hora de actuar; se relaciona estrechamente con la educación de cada uno

desde el ser pequeño hasta el desarrollo de su personalidad.

GRATITUD: es el sentimiento que experimenta una persona al estimar un favor

o beneficio que alguien le ha concedido y este a su vez desea corresponder de

alguna manera.

SERVICIO: es una acción y efecto de servir, implica ayudar a alguien de forma

espontanea adoptar una actitud permanente de colaboración hacia los demás.

ALEGRIA: es una emoción que se manifiesta desde un estado afectivo

subjetivo y de breve duración que provoca una sensación agradable y siempre

va acompañada de la risa y de actitudes positivas.

RESPETO: es un valor que permite que el hombre pueda reconocer, aceptar,

apreciar y valorar las cualidades del otro y sus derechos es decir, el respeto es

el reconocimiento del valor propio y de los derechos de los individuos y de la

sociedad.

AMOR: es el conjunto de sentimientos que intensifican las relaciones

interpersonales del ser humano que, partiendo de su propia insuficiencia,

desea el encuentro y unión con otros para sentirse completo.

LEALTAD: es un valor donde la correspondencia se vuelve una obligación, es

un compromiso a defender lo que creemos y en quien creemos este valor se

vivencia en temas como la patria, el trabajo, la familia, la unión con otra

persona y la amistad.

PERDON: es solicitar u otorgar a alguien la remisión de una obligación o una

falta al perdonar se expresa la indulgencia o comprensión ante el error ajeno.

TOLERANCIA: es entendida como el respeto a las ideas creencias o prácticas

de los demás cuando son diferentes o contrarias a las propias, también es

entendida como la capacidad de escuchar y aceptar a los demás,

comprendiendo el valor de las distintas formas de entender la vida y esta no

debe atentar contra los derechos ajenos.

FACTORES CLAVES DE ÉXITO

Educación integral

Comunicación afectiva y efectiva

Actitud investigativa

Competencias comunicativas en idioma extranjero (ingles)

Generar una cultura de la calidad

Aplicación de tecnología de punta

Clima institucional, fundamentado en excelentes relaciones interpersonales

Aportes al mejoramiento de calidad de vida.

Competitivos en una sociedad globalizada.

POLÍTICAS INSTITUCIONALES

Es política de la institución ofrecer a la comunidad educativa una enseñanza

orientada a:

El ejercicio pleno del derecho a la educación, que consagra nuestra constitución sin más distinciones que las que imponen las diferencia s individuales.

La igualdad de oportunidades a toda la comunidad cienaguera y del Magdalena, eliminando las barreras de distancia y estratos socioeconómicos.

La solidaridad y comprensión ante las limitaciones de algunas familias menos favorecidas.

La apertura hacia diferentes corrientes de la cultura, propiciando el dominio adecuado de más de una lengua hablada y escrita.

La motivación a la participación de la familia y su vinculación activa a todos los eventos de la vida escolar.

El respeto y acatamiento a las normas y directrices de las autoridades educativas del orden Nacional, Regional y Local.

Los estímulos al personal docente y de servicio vinculado a la institución.8.

Satisfacer las necesidades y expectativas de nuestros usuarios conforme a la misión.

Construir comunidad educativa con equipos humanos competentes.

Mejorar permanentemente en los procesos que promueven la calidad educativa.

FILOSOFIA INSTITUCIONAL

Inspiran nuestra filosofía los principios que avalan el respeto de la leyes morales,

sociales, religiosas y políticas de acuerdo con el libre albedrío de la familia

representada en nuestro estudiante; a quien desde la más temprana edad le

inculcamos el respeto por sí mismo, por los otros; por el ambiente, por las

autoridades cívicas, sociales y familiares, cultivándole las buenas costumbres, el

deseo de superación personal, el desarrollo intelectual y la autocrítica.

Por medio de estos principios la institución busca, un desarrollo armónico en

procura de una máxima contribución de todos los miembros donde las futuras

generaciones sean las forjadoras del progreso social y la valoración auténtica del

camino hacia la paz en el municipio y la nación.

Velamos por el desarrollo científico, humanístico, creativo y crítico de todos los miembros.

Brindamos la atención personal al educando que favorezca el encuentro con su personalidad.

Motivamos el desarrollo del sentido comunitario y la capacidad de competir con el otro.

Procuramos la valoración de la autoestima, la autenticidad y la sencillez de la personalidad de los miembros de la comunidad.

Estimulamos el espíritu para que siempre esté dispuesto a la superación y a la búsqueda de la formación integral de los miembros de la comunidad.

Motivamos a los miembros para que participen con propuestas culturales que permitan la identidad autóctona y propicien la integración.

Comprendemos nuestro compromiso como educadores, y nuestra función está ligada a la ayuda oportuna a nuestros estudiantes en la construcción de un proyecto de vida, para que nuestro verdadero trabajo educativo sea racional y esté acorde a las vivencias de la realidad local, regional y nacional; donde predomine la libertad y la responsabilidad por medio de decisiones justas y maduras.

El ser social, es una condición sine quanun de la existencia, lo cual conlleva a una

permanente introducción con sus congéneres, dando de esta manera respuesta a

las inquietudes de carácter ético, moral, axiológico, gnoseológico, antropológico,

político e ideológico que el hombre en su quehacer cotidiano se plantea. De

esta perspectiva el hombre es protagonista de su propia historia, o sea es sujeto

activo en la realización de las aspiraciones colectivas de cambio y mejoramiento

social; razón por la cual es necesario mirar a través de un espejo retrovisor de

esta, para poder comprender el presente y presentar alternativas de solución a los

males que agobian a las sociedades postmodernistas.

En la sociedad de Medioevo organizada entorno a realidades eternas. Dios

estaba al centro de todo, de él provenían las autoridades, las jerarquías, el nombre

de la cosas y los hombres. Era un mundo encantado donde el hombre no

tenía mayor libertad, pues, estaba enmarcado en jerarquías definitivas de las que

no podían escapar, amarrado de un libreto del que no podía desprenderse.

Frente a este mundo aparece una nueva forma de vivir en sociedad y de pensar

del hombre y su destino que fue lo que dio en llamarse modernidad. Esencial

resultado de la modernidad es la subjetividad moderna sin el cual no es posible

entender el significado de la nueva época como estadio del desarrollo humano ni

sus realizaciones y promesas.

Esta subjetividad en cuanto realidad, sintetiza un multiforme proceso histórico

cuyos afluentes son de carácter cultural como el renacimiento, la reforma y la

ilustración; de orden filosófico como el racionalismo y el empirismo; de naturaleza

económica como la sistemática aplicación de la ciencia y la técnica y la

racionalización de los procesos productivos, por último de los procesos de

conformación de las naciones.

El ser humano así entendido es el cimiento y el fin del orden político y jurídico de

la sociedad moderna.

El considerarse un ser llamado a la libertad le confiere al hombre la noción de su

propia dignidad. Precisamente, el concepto de dignidad humana se desprende el

compromiso de las instituciones educativas de nuestro tiempo de garantizar,

multiplicar y preservar la dignidad de sus asociados.

Sin embargo, al inicio del segundo milenio, al igual que en los comienzos de la

modernidad el hombre sigue observando la caída de paradigmas, con lo cual se

ve compelido como si se tratara de un círculo vicios a construir esquemas donde

los conceptos de libertad, dignidad, equidad y justicia social deje de ser una utopía

y se convierta en el “alma anímica” de la sociedad.

Colombia no escapa al decurso de los acontecimientos, y por ende estamos

supeditados a las contingencias e imposiciones de los centros de poder nacional e

internacional. En lo interno nuestra nación parece diseñada para el bienestar de

pocos y la escasez de las mayorías; en lo externo el reacomodamiento del capital

financiero internacional (FMI Banco Mundial), con la anuencia de la clase política

bien implementada; desde 10 años la apertura económica, la privatización y una

política financiera que es contraria al sentimiento de los trabajadores; con su

secuela de estancamiento económico, aumento de la tasa de desempleo, etc. La

globalización como punta de lanza del neoliberalismo, propende borrar las

diferencias culturales de los pueblos, se convierte en un serio obstáculo para

nuestra autonomía y la autodeterminación de los pueblos por cuanto viola la

soberanía.

La Institución María Montessori; consciente de esta realidad, no puede soslayar

sus compromiso con nuestra comunidad y la historia, sino que enarbola la bandera

de la construcción de un nuevo ciudadano cuya formación integral le permite

participar de una manera activa de las profundas transformaciones que requiere la

patria. Para ello, hemos definido en nuestro P. E. I. el perfil de nuestros

educandos: Autonomía, entendida como la capacidad de actuar con criterio propio

dejando a un lado los intereses personales para pensar en los universales;

Pensamiento crítico, es decir, la capacidad de atribuir sentido a la realidad;

Libertad, entendida como la posibilidad de la realización plena teniendo como

límite el derecho de los demás; Sentido de Pertenencia, entendida como la

búsqueda de nuestras raíces, como condición para comprender nuestra

especificad dentro de la generalidad de los hombres; Solidaridad, en el sentido en

que entienda que únicamente interactuando con los demás tiene sentido la

convivencia.

SIMBOLO DE IDENTIFICACION INSTITUCIONAL

BANDERA

La bandera de nuestro Instituto Maria Montessori, símbolo de grandeza

educativa, que imparte presencia y esencia en nuestro accionar habido de

conocimiento.

Con ese diseño bicolor que nos motiva a tener siempre presente que el

color blanco es símbolo de la paz que se construye día a día, el color azul

simboliza los valores que toda persona en el fondo de su corazón posee,

haciendo que se manifieste en la cotidianidad y unido a conocimientos

para que seamos unos líderes con proyección en el futuro.

EL ESCUDO

El escudo de nuestra institución es uno de los símbolos que nos indica los

principios fundamentales como la buena convivencia, la lealtad y la disciplina tanto

así como la adquisición de conocimiento y la búsqueda de la competitividad

laboral.

El escudo está enmarcado en doble círculo con el nombre la institución y el lugar

geográfico en el centro se encuentra un pergamino como símbolo del

conocimiento, encima una antorcha encendida que simboliza la luz que ilumina el

conocimiento. En su contorno lleva las palabras cultura – moral y libertad.

Cultura: que demuestre un alto nivel de desempeño no solamente en la

familia, sino en la sociedad, siempre en búsqueda de un mejor ciudadano

que esté acorde con las exigencias del nuevo siglo.

Moral: representado en el conocimiento de valores axiológicos para una

vida sana y una interrelación personal de alta calidad.

Libertad: apoyada en la formación de la autonomía, la autodisciplina de los

niños y los jóvenes educandos, la intencionalidad institucional de formar

personas capaces de tomar decisiones justas y asertivas siempre obrando

con responsabilidad y siendo consecuente con todas sus acciones.

HIMNO

Instituto María Montessori

Adelante montessoriano

Servir es siempre renacer

La antorcha va en mi mano

Como símbolo de saber

CORO

Jubilosos hoy marchamos

Por los campos del saber

Con amor y esperanza

Defendemos la libertad

Luchando siempre unidos

Con moral y decisión

Cultivando la cultura

Aquí en nuestro corazón

La ciencia es tu aliada

En el triunfo es tu hermana

Estándar a los valores

Que como hombre debes tener

Por Dios y por la patria

Vamos a la cumbre

Unidos como hermanos

Venceremos con alegría

Como siempre montessoriano

Letra: Hermanas Miranda Polo

Música: Jorge Isaac Amador

PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS

MARIA MONTESSORI

PEDAGOGA ITALIANA

PRINCIPIOS

Se propuso cambiar los viejos sistemas educativos que consideran al niño como ser pasivo y sin mayor capacidad de decisiones, con el fin de dar una mejor oportunidad a todos los seres humanos de desarrollar al máximo todo su potencial, su mensaje, lo dio a los educadores de su patria y a los de todo el mundo.

Propósito al que dedicó toda su vida y en que había de triunfar.

La pedagogía infantil de hoy, contempla las ideas de Montessori, como base fundamental de su quehacer.

OBJETIVO

Crear un ambiente de aprendizaje en el cual, el estudiante busca adquirir las “herramientas” de su cultura sin perder el sentimiento de su propia iniciativa.

Equilibrar la filosofía tradicional en el enfoque progresista de la pedagogía al establecer un sistema en el que la libertad se define como libertad de elegir entre distintas alternativas de la situación de un aprendizaje.

CONTRIBUCION

Dio una mejor oportunidad a todos los seres humanos de desarrollar al máximo todo su potencial, su mensaje, lo dio a los educadores de su patria y a los de todo el mundo.

desarrollo de la pedagogía infantil según Alfred Whteheard en sus concepciones científicas de la educación y aplicación práctica de la libertad.

OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

fortalecer la vida espiritual para garantizar la comprensión de los derechos y deberes de la comunidad

Favorecer las competencias ciudadanas en general y en particular en democracia, convivencia, participación y paz .

Fomentar el respeto a los derechos humanos, mediante la definición de los derechos y los deberes de cada uno de los integrantes de la comunidad educativa.

Fomentar la sana convivencia y el bienestar colectivo mediante la definición de acuerdos que regulen el comportamiento de los integrantes de la comunidad educativa.

Definir pautas y fomentar comportamientos que favorezcan la sana convivencia, la tolerancia, el respeto al otro y el respeto a la diferencia.

Establecer con claridad las consecuencias de los actos de incumplimiento de los acuerdos establecidos en el presente Manual de Convivencia.

Establecer los estímulos a que tienen derecho los integrantes de la comunidad educativa.

Establecer los criterios de aplicación de medidas disciplinarias tendientes a lograr en los estudiantes un comportamiento que contribuya a una buena convivencia escolar para sí mismo y, que ayude a cada alumno y alumna a expresar en lo cotidiano una condición de ser humano auténtico, respetuoso de los demás y comprometido en el mejoramiento del mundo natural y social que lo rodea.

Establecer protocolos de actuación para los casos de acoso escolar, los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones reparatorias para los afectados.

APRENDIZAJES BASICOS PARA LA CONVIVENCIA SOCIAL

Educando para ser posible la vid, la felicidad y la paz.

1. Aprender a conocernos como seres creados por Dios

2. Aprender a no agredir al congénere. Fundamento de todo modelo de convivencia social.

3. Aprender a comunicarse. Base del auto afirmación personal o grupal.

4. Aprender a interactuar. Base de los modelos de relación social

5. Aprender a decidir en grupo. Base de la política y la economía.

6. Aprender a cuidarse. Base de los modelos de la salud y la seguridad social.

7. Aprender a cuidar el entorno. Fundamento de la supervivencia.

8. Aprender a resolver pequeños problemas. Base de la sabiduría del vivir.

9. Aprender a valorar el saber social. Base de la evolución.

10. Aprender a administrarse. Base de la estética, belleza y el arte.

11. Aprender a mirar más allá. Base de la trascendencia, sentido de la vida y la competitividad.

DECÁLOGO POR LA PAZ

Los mandamientos de la paz fueron declarados en tiempo de guerra y libremente aceptados por quienes amamos y respetamos la vida. Que estos sean la guía de nuestras acciones de unos hombres nuevos para Colombia.

1. Amarás la vida de todos los hombres, niños y jóvenes, protegerás la vida como el valor fundamental.

2. Considerarás las guerras y conflictos y demás formas de violencia como contrarias a la dignidad humana y condenarás públicamente sus errores.

3. Te agruparas con personas que estén dispuestas a defender la vida y alcanzarás la paz.

4. Propondrás e imaginaras salidas, buscaras cambios para el diálogo, la relación y la paz.

5. No resolverás tus conflictos por medio de armas, repudiaras el uso de las mismas y no apoyaras a quienes la usan, negaras tu respaldo al armamentismo.

6. Enseñarás a los jóvenes los cambios de la paz, la solidaridad, el respeto a la vida y a la dignidad humana.

7. Te negaras a todo acto, decisión o palabra que destruya a las personas y origine hechos crueles, inhumanos o degradantes.

8. Pedirás insistentemente sin claudicar la justicia social, aquella que garantice una vida digna para todos, como fundamento de la paz.

9. Te exigirás a ti mismo total compromiso para la paz antes de pedir a otros que acojan las causas que enunciamos.

10. Protegerás la tierra y su diversidad como bien universal y como el hogar para la vida de todos los hombres.

MARCO LEGAL

CONSTITUCION DEL 1991

La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales. Es deber de los nacionales y de los extranjeros en Colombia acatar la Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades. Entre los artículos pertinentes para la gestión educativa podemos mencionar los siguientes: 41,42,44,45,67,68,73,78,79,80,82,85,86.

LEY GENERAL DE EDUCACION 115 DEL 1994

La ley general de educación 115 de 1994. Objeto de la ley. La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes.

La presente Ley señala las normas generales para regular el Servicio Público de la Educación que cumple una función social acorde con las necesidades e intereses de las personas, de la familia y de la sociedad. Se fundamenta en los principios de la Constitución Política sobre el derecho a la educación que tiene toda persona, en las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra y en su carácter de servicio público.

De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, define y desarrolla la organización y la prestación de la educación formal en sus niveles preescolares, básicos (primarios y secundarios) y media, no formal e informal, dirigida a niños y jóvenes en edad escolar, a adultos, a campesinos, a grupos étnicos, a personas con limitaciones físicas, sensoriales y psíquicas, con capacidades excepcionales,

y a personas que requieran rehabilitación social. La Educación Superior es regulada por ley especial, excepto lo dispuesto en la presente Ley.

En los artículos: 1,2,6,7,10,11,12,13,14,15,20,23,24,25,26,27,28,31,32,36,46,50,55,64,68,73,76,80,81,82 y 85.

DECRETO 1860 DE AGOSTO 3 DE 1994

Las normas reglamentarias contenidas en el presente Decreto se aplican al servicio público de educación normal que presten los establecimientos educativos del Estado, los privados, los de carácter comunitario, solidario, cooperativo sin ánimo de lucro. Su interpretación debe favorecer la calidad, continuidad y universalidad del servicio público de la educación, así como el mejor desarrollo del proceso de formación de los educandos.

La interpretación de estas normas deberá además tener en cuenta que el educando es el centro del proceso educativo y que el objeto del servicio es lograr el cumplimiento de los fines de la educación, definidos en la Ley 115 de 1994.

Las disposiciones del presente Decreto constituyen lineamientos generales para el Ministerio de Educación Nacional y las entidades territoriales, con el objeto de orientar el ejercicio de las respectivas competencias, y para los establecimientos educativos en el ejercicio de la autonomía escolar.

Artículo 17º.- Reglamento o manual de convivencia. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, todos los

Establecimientos educativos deben tener como parte integrante del proyecto educativo institucional, un reglamento o manual de convivencia.

El reglamento o manual de convivencia debe contener una definición de los derechos y deberes de los alumnos y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa. En particular debe contemplar los siguientes aspectos:

1. Reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas.

2. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos.

3. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar.

4. Normas de conducta de alumnos y profesores que garanticen el mutuo respeto. Deben incidir la definición de claros procedimientos para formular las quejas o reclamos al respecto.

5. Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. Deben incluir instancias de diálogo y de conciliación.

6. Pautas de presentación personal que preserven a los alumnos de la discriminación por razones de apariencia.

7. Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los alumnos, incluyendo el derecho a la defensa.

8. Reglas para la elección de representantes al Consejo Directivo y para la escogencia de voceros en los demás consejos previstos en el presente decreto. Debe incluir el proceso de lección del personero de los estudiantes.

9. Calidades y condiciones de los servicios de alimentación transporte, recreación dirigida y demás conexa con el servicio de educación que ofrezca la institución a los alumnos. Ver: Artículo 4 Decreto Nacional 2253 de 1995

10. Funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna del establecimiento, tales como periódicos, revistas o emisiones radiales que sirvan de instrumentos efectivos al libre pensamiento y a la libre expresión.

11. Encargos hechos al establecimiento para aprovisionar a los alumnos de material didáctico de uso general, libros, uniformes, seguros de vida y de salud.

12. Reglas para uso del bibliobanco y la biblioteca escolar. 13. Además los siguientes artículos: 32,4749,50 y 56.

DERECHOS DEL NIÑO

Los derechos del niño son un conjunto de normas de derecho internacional que protegen a las personas hasta determinada edad. Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos bajo ninguna circunstancia. Varios documentos consagran los derechos de la infancia en el ámbito internacional, entre ellos la Declaración de los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos del Niño.

Enmarcados en los artículos: 1 al 10.

CODIGO DE LA INFANCIA Y DE LA ADOLESCENCIA

Consagra los derechos del menor la forma de protección y, las obligaciones del Estado, la familia y las instituciones educativas.Los artículos relacionados con el proceso educativo son 1,2,3,7,8,10,11,12,15,25,28,30,31,32,83,235,272,311,312,314,315,316,317,318 Y 319

LEY 30 DE 1986 LA PREVENCION DE LA DROGA

Se fundamenta en la ley 30 de 1986 y el decreto reglamentario No 3788 esta

legislación responsabiliza a la secretaria de educación de cada unidad territorial de

desarrollar programas preventivos de la drogadicción de las instituciones

educativas privadas y oficiales de todos los tipos y niveles construir y fortalecer

organizaciones creativas estudiantiles, con el fin de apoyar y desarrollar los

programas diseñados por la secretaria correspondiente para prevenir la

drogadicción.

LEY 1620 DE 2013

"POR LA CUAL SE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA

ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS

HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCIÓN Y

MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR"

El objeto de esta Leyes contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato constitucional y la Ley General de Educación -Ley 115 de 1994- mediante la creación del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, que promueva y fortalezca la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, i de los niveles educativos de preescolar, básica y media y prevenga y mitigue la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia.

En los artículos: 2, 5,12, 13, 17, 18,19 y 21

DECRETO 1965

LEY 1620 DE 2013 SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

CONSIDERANDO

Que la Ley 1620 de 2013, creó el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y

Formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.

Que la misma Ley establece como herramientas de dicho Sistema: i) el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar y ii) la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar y sus protocolos de atención.

Que el Gobierno Nacional reconoce que uno de los retos que tiene el país, está en la formación para el ejercicio activo de la ciudadanía y de los derechos humanos, a través de una política. que promueva y fortalezca la convivencia escolar, precisando que cada experiencia que los estudiantes vivan en los establecimientos educativos, es definitiva para el desarrollo de su personalidad y marcará sus formas de desarrollar y construir su proyecto de vida; y que de la satisfacción que cada niño y joven alcance y del sentido que, a través del aprendizaje, le dé a su vida, depende no sólo su bienestar sino la prosperidad colectiva.

Por lo anterior, se requiere de un desarrollo normativo que permita fijar la conformación y funcionamiento del Sistema de Información Unificado y establecer las pautas mínimas sobre cómo aplicar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar y sus protocolos, para prevenir y mitigar las situaciones que afecten la· convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Que adicionalmente, se requiere regular la conformación, organización y funcionamiento del Comité Nacional de Convivencia Escolar; de los comités municipales, distritales y departamentales de convivencia escolar y de los comités escolares de convivencia.

Que finalmente, es necesario articular las entidades y personas que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, la familia y la sociedad, de tal forma que se creen las condiciones necesarias que permitan contribuir a la promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de los niveles educativos de preescolar, básica y media y para prevenir y mitigar la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia, todo dentro del marco de las competencias, a ellas asignadas, por la Constitución y la ley, en los artículos: 28,29 y 30.

EL INSTITUTO MARIA MONTESSORI PROCLAMA

El presente Manual de Convivencia Escolar, como el documento que establece los parámetros u orientaciones para:

1. Facilitar el desarrollo de actividades y las relaciones de las personas que interactúan.

2. Explica el orden jerárquico, las líneas de autoridad, los canales de comunicación, los derechos, funciones, deberes y compromisos de los diferentes estamentos de un centro educativo.

3. Presenta modos para conciliar intereses, necesidades, asegurar los logros de los objetivos preestablecidos, dentro de un ambiente armonioso, pacífico y productivo.

GENESIS

El manual de convivencia nace a partir de la propuesta planteada en la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994).

INSTITUTO MARIA MONTESSORI

CIENAGA-MAGDALENA

RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 01

(28DE ABRIL DEL 2014)

Por el cual se crea el comité de convivencia escolar y se realiza ajustes al manual de convivencia, para el año lectivo 2013,

LA RECTORA DEL INSTITUTO MARIA MONTESSORI en uso de las facultades legales conferidas por la Ley General de Educación 115 de 1994 y Decreto Reglamentario 1860 de 1994; Ley 715 de 2001, Decreto 3020 del 2002 y el Proyecto Educativo Institucional y,

CONSIDERANDO

1. Que el artículo 87 de ley 115 de 1994, establece la obligatoriedad del manual de convivencia.

2. Que el decreto 1860 de 1994 en su artículo 28 establece que en todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado que ofrezca la institución encargado de promover el ejercicio de los derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia.

RESUELVE Establecer en el presente Manual de Convivencia Escolar, que se evaluará según las necesidades para posibles ajustes y consta de los siguientes aspectos: CAPITULO I Disposiciones generales CAPITULO II Definiciones CAPITULO III De los Alumnos CAPITULO IV Del comité de convivencia escolar .

CAPITULO V De la familia CAPITULO VI De los administrativos y docentes CAPITULO VII Gobierno Escolar CAPITULO VIII Centro de interés y Comités dinamizadores CAPITULO IX Calidad de los servicios CAPITULO X Evaluación y Promoción Escolar ARTÍCULO PRIMERO: Comité Escolar de Convivencia. Créase el Comité Escolar de Convivencia como una instancia del establecimiento educativo encargada de apoyar la Labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos, así como al desarrollo del Manual de Convivencia y a la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

Corresponde a este comité mediar y ayudar en la conciliación y resolución de los conflictos escolares mediante la aplicación del manual de convivencia, garantizando en todo caso, el cumplimiento de las disposiciones establecidas en este último y una vez agotadas las instancias directas de mediación.

El comité será la instancia que activa la ruta de atención integral que define la presente ley 1620, cuando hayan sido agotadas las vías establecidas en el manual de convivencia. El Comité podrá incorporar recomendaciones de los Comités Municipales, Distritales o Departamentales de Convivencia Escolar, en el marco de la autonomía escolar y apoyará la implementación de mecanismos de prevención y mitigación de la violencia escolar.

ARTICULO SEGUNDO: Conformación del Comité Escolar de Convivencia. El Comité Escolar de Convivencia estará conformado por:

1. El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité. 2. El personero estudiantil. 3. El docente con función de orientación. 4. El coordinador cuando exista este cargo. 5. El presidente del consejo de padres de familia. 6. El presidente del consejo de estudiantes.

Dos (2) representantes de los docentes en el Consejo Directivo.

ARTICULO TERCERO. Funciones del Comité Escolar de Convivencia. Son

funciones del comité:

1. Liderar la revisión periódica del manual de convivencia y garantizar la participación activa de toda la comunidad educativa, particularmente de los estudiantes, en este proceso.

2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa. El estudiante, estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo que haga las veces de amigable conciliador

5. Documentar, analizar y mediar los conflictos que se presenten entre estudiantes, entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, y entre docentes.

6. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 28 de esta ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte del Sistema y de la Ruta.

7. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los Derechos Humanos Sexuales y Reproductivos.

8. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, así como de los casos o situaciones que hayan sido mediados y conciliados por este.

ARTICULO CUARTO: Notifíquese de la presente resolución al Personero estudiantil, al presidente del Consejo estudiantil y a la comunidad educativa.

ARTICULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de su publicación y deroga otras que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en ciénaga, a los (28) día del mes de abril del dos mil catorce (2014).

CONSEJO DIRECTIVO

_________________________ ___________________________

RECTOR DOCENTE REP. ACADEMICO |

_________________________ ___________________________

DOCENTE REP. CONCEJO PADRE DE FAMILIA REP.

ACADEMICO CONCEJO DE PADRES

_________________________ ___________________________

ALUMNO REP.CONCEJO PERSONERO DE LOS

DE ESTUDIANTES ESTUDIANTES ________________________________________

REP, DEL SECTOR PRODUCTIVO Y COMERCIAL

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. CONDICCIONES PARA SER ESTUDIANTE

1. Cumplir con los requisitos exigidos por el M.E.N. y la institución para el proceso de matrícula.

2. Estar respaldado por un acudiente o tutor con condiciones morales y económicas para asistirlo en situaciones que lo requieren para cuando la institución lo citare.

3. Presentar documentos auténticos requeridos, legales sin cometer fraudes para diligenciar una situación escolar:

Registro civil.

Certificado de estudio de estudios grados anteriores debidamente diligenciados.

Certificado médico.

Certificado visual y Audiométrico sugerido en la EPS para estudiantes mayores de siete años.

Tres fotografías tamaño documento con el uniforme de diario y a color.

Ficha de seguimiento psicopedagógico (alumnos nuevos).

Tarjeta de identidad para estudiantes mayores de siete años

Carnet de atención de salud de su EPS

Paz y salvo del año anterior de costos educativos

Certificación de retiro del SIMAT para estudiantes que procede de otra institución

Fotocopia de cedula del padre de familia o acudiente

Carta laboral de la empresa donde trabaja con estipulación de salario

Certificación de asistencia a la escuela de padres

Presentar carta laboral y fotocopia de la cedula de un codeudor

4. Firmar y registrar el contrato de matricula con un codeudor ante la notaria única de Ciénaga

5. Firmar la matricula ante la secretaria académica de la institución entregando el contrato autenticado y diligenciado

CAPITULO II

DEFINICIONES Art. 2Comunidad Escolar: Se entiende por Comunidad Escolar a todo el personal, padres y/o apoderados y alumnos(as), quienes deben relacionarse entre sí respetando los principios y valores que sustenta la institución. Art 3 Convivencia Escolar: De acuerdo al documento “Orientaciones para la elaboración y revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar”, emanado de la División Educación General (2011), la Convivencia Escolar “es la capacidad que tienen las personas de vivir con otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.”. Agrega, que “La convivencia escolar es un aprendizaje, se enseña y se aprende, y se ve expresada en distintos espacios formativos: el aula, las salidas a terreno, los recreos, los talleres, los actos ceremoniales, la biblioteca, así como también en los espacios de participación, los Consejos Escolares, Centros de Padres, Centros de Alumnos, Consejos de Profesores/as, reuniones de padres y apoderados(as)” Art. 4 Sana convivencia Escolar: Según el Reglamento, emanado del Ministerio de Educación, sana convivencia escolar es “un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes” Según la Ley 20536, la buena convivencia escolar se entiende como “la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”. Art.5 De acuerdo a lo expuesto en el documento “Orientaciones para la elaboración y revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar”, emanado de la División Educación General (2011), se pueden presentar diversas situaciones en el ambiente escolar y que deben distinguirse entre ellas. A saber: a. Agresividad: “Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad”.

b. Conflicto: “Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles”. c. Violencia: “todas las definiciones de violencia tienen en común: el uso del poder y de la fuerza, sea física o psicológica y el daño al otro como una consecuencia”. d. Bullying: “Es una manifestación de violencia en la que un estudiante es agredido(a) y se convierte en víctima al ser expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones por parte de uno a más compañeros(as). Se puede manifestar como un maltrato psicológico, verbal o físico que puede ser presencial, es decir directo, o mediante el uso de medios tecnológicos como mensajes de texto, amenazas telefónicas o a través de las redes sociales de Internet”.

CAPITULO III

DE LOS ALUMNOS

Artículo 6. DERECHOS Son derechos fundamentales de la vida del colegio, la vida, la integridad física, la salud, la educación, la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Los derechos de los niños prevalecen ante los derechos de los demás (artículo 44 de la Constitución Nacional). Como miembro de la comunidad educativa María Montessori tengo derecho a: 1. El respeto de mi dignidad, mi identidad, mi intimidad, mis diferencias étnicas,

sin que su acción o práctica perjudique el bien común.

2. Recibir una formación integral en valores, orientado hacia lo afectivo, lo ético, lo intelectual, lo Espiritual y lo político.

3. Al cariño, la protección y el acompañamiento de los padres en todo el proceso de formación humana, a un hogar estable en el cual haya un ambiente de respeto, comprensión y tolerancia, donde se viva realmente el amor.

4. Que los maestros guíen el proceso formativo, cumplan con responsabilidades, sus deberes profesionales basados en la puntualidad, el desarrollo curricular, ético y estético, desarrollando actividades, proyectos pedagógicos que motiven mi interés del educando.

5. Ser orientado en los proceso evaluativo que permitan el alcance de logros, sean revisadas dichas evaluaciones y debidamente valoradas por el docente y devueltas a los estudiantes.

6. A que el maestro sea justo en sus apreciaciones, respete el ritmo del desarrollo intelectual y físico, la individualidad, diferencie lo académico de lo disciplinario, fijando pautas en la relaciones maestro-alumno; que no emplee amenazas, ni malos tratos que afecten la dignidad o estado emotivo del educando.

7. Ser evaluado en forma equitativa según el desempeño académico y personal.

8. Conocer oportunamente los resultados de las evaluaciones del proceso de aprendizaje, con el derecho de objetar o confrontar y ser escuchado con respecto antes de que los informes sean remitidos a la secretaria del colegio brindándole la oportunidad de mejorar la calidad académica y el proceso formativo.

9. Tener la posibilidad de acudir a instancias superiores en caso de no ser escuchado, siguiendo los conductos regulares.

10. A la libre expresión, a la discrepancia, a ser escuchado en las explicaciones de las equivocaciones, asumiendo las consecuencia de los actos.

11. Utilizar adecuada y responsablemente los espacios y recursos que posee la institución.

12. Disfrutar del descanso, el deporte y las distintas formas de recreación en los tiempos dispuestos para ello.

13. Una programación dosificada de trabajo escolar, con talleres, tareas, lecciones, aplicaciones de instrumentos de evaluación, trabajos de consulta, informes escritos, exposiciones utilizando tecnología de punta con debida orientación de los temas, respetando el cronograma y el horario establecido.

14. Que se respete el tiempo de vacaciones ya que este es para el disfrute del descanso físico y mental.

15. Participar de la planeación, realización, desarrollo de competencias y evaluación de los procesos de aprendizaje.

16. Elegir y ser elegido para conformar los diferentes organismos del gobierno escolar de la institución.

17. Que tengan en cuenta las excusas justificadas por retardos, ausencias hechas en forma personal, médica y/o mis padres o acudientes refrendadas por la coordinación y se me concedan plazos prudentes para cumplir lo que tengan a la luz de las disposiciones del M.E.N. En caso de ser previsible la ausencia, se debe solicitar con anticipación el respectivo permiso a la coordinación del colegio.

18. Tener acceso a mi ficha de seguimiento (observador del alumno, ficha Psicopedagógica) para enterarme de mi hoja de vida.

19. Ser estimulado cuando me haga merecedor de ello.

20. La expedición de certificados y constancia de la escolaridad de acuerdo con las normas oficiales vigentes.

21. La atención inmediata en caso de accidente y enfermedad dentro del colegio y le sea comunicado a los padres o acudiente.

22. Velar y exigir el buen uso y conservación de los bienes del colegio, a los miembros de la comunidad educativa y particulares.

Artículo 7. DEBERES

ILUSTRACIÓN

La libertad está condicionada y limitada por exigencias de la convivencia, lo cual supone inferir con la libertad de los demás; la responsabilidad genera la responsabilidad de otros, en tanto que no traspasen los derechos ajeno y se debe responder por las consecuencias de los actos.

Tener consciencia de que el ejercicio de la libertadad, derechos y otros intereses personales, excluye el abuso e implica claros deberes frente a la convivencia con los demás (artículo 95 de la Constitución Nacional).

Como miembro de la comunidad educativa “María Montessori” debo:

1. Aparecer como estudiante matriculado en los registros anuales de la institución para formar parte de los procesos de formación integral en la fecha indicada o establecida por la resolución emanada por la alcaldía municipal.

2. Reconocer y respetar en los otros, los mismos derechos que exijo para mi, como están indicados en el capitulo anterior sobre “mis derechos”.

3. Asistir puntualmente al colegio y estar en él desde las 6:15 a.m. hasta las 11:30 (preescolar), 12:30 (básica primaria), 12:45 (básica secundaria y media académica), como también en las actividades programadas para cada día o en ocasiones especiales.

4. Presentarse con el uniforme según el modelo requerido.

Descripción:

Uniformes de alumnos:

Uniforme de Diario: De Pre-jardín a Undécimo grado, pantalón azul de lino acrilón, camisa blanca de lino cuello, estilo sport, con almilla en el cuello y en orillo de los botones en la parte interna con el bolsillo al lado izquierdo donde aparece el escudo del colegio, camiseta o camisilla blanca debajo de la camisa, cinturón y zapatos azul oscuro según modelo, medias blancas colegiales, lucir corto el cabello sencillo sin accesorios de prendas.

Uniforme de educación física: Todos los alumnos y alumnos lucirán una sudadera azul celeste en algodón, camiseta blanca con el monograma que identifica a la institución, zapatos tenis blancos según modelo, medias

blancas y gorra según modelo.

Uniforme de gala: Todos deben lucirlo en ocasiones especiales y consta de pantalón azul de diario, camisa blanca mangas largas, cuello sport, corbata , zapatos azul oscuro y medias blancas.

Uniforme de Alumnas

Uniforme de Diario: De Pre-jardín a Undécimo grado, las niñas y jóvenes lucirán una jardinera azul de lino acrilón según modelo, el largo sobre la rodilla, blusa blanca manga corta, cuello camisero, botones blancos; zapatos azul oscuro modelo mafalda, medias blancas ruchadas, no se debe lucir joyas solo hebillas de color azul suave blanco o negro, las adolescentes pintaran sus uñas de color blanco natural, usando peinados sencillo sin maquillaje en su rostro.

Uniforme de educación física: Todos las estudiantes lucirán una sudadera azul celeste en algodón, camiseta blanca con el monograma que identifica a la institución, zapatos tenis blancos según modelo, medias blancas y gorra según modelo.

Uniforme de gala: Todas deben lucir este uniforme en ocasiones especiales consta de jardinera azul, camisa blanca mangas largas, cuello sport, corbata y zapatos azul oscuro y medias blancas.

5. Llevar oportunamente a los padres la información que anuncien en el colegio a través de circulares y boletines informativos.

6. Estar dispuestos al dialogo con el objeto de fortalecer las relaciones interpersonales y superar los conflictos diciendo siempre la verdad.

7. Contribuir al aseo, conservación, mejoramiento y embellecimiento de la planta física, medio ambiente y demás vienes de la institución.

8. Cuidar y preservar el entorno y ser solidario en forma especial cuando se presente calamidades, dificultades o accidentes.

9. Respetar y apoyar a los órganos colegiados que trabajan en bien de la comunidad (cruz roja, grupo ambientales, damas voluntarias, jóvenes que trabajan por los niños y ancianos, grupos juveniles y otros).

10. Respetar y valorar el trabajo de los directivos, administrativos, docentes y trabajadores de servicio general.

11. Entregar a la dirección todo objeto que se encuentre dentro de la institución y que no me pertenezca.

12. Tener un buen comportamiento en el momento del recreo (comprar merienda, consumo del agua, juegos programados) en cualquier sitio de la institución.

13. No permanecer dentro de las aulas de clase durante el descanso, de no hacerlo puedo ser responsable de la partida o destrucción de objetos que se presenten o pierdan.

14. Respetar los símbolos patrios, del municipio y del colegio; mantener un buen comportamiento en los actos cívicos y eventos extracurriculares.

15. No portar ni consumir sustancias nocivas ni drogas que no hayan sido recomendadas por un médico en caso de enfermedad.

16. Solucionar los conflictos y no a través del dialogo y no de la práctica de la violencia, de respuestas con gritos, puños, patadas o agresiones verbales, estas deben fundamentarse en la verdad, comprensión y respeto al otro.

17. Cancelar los costos educativos en los cinco (5) primeros días de cada mes, atendiendo al compromiso adquirido por los padres o acudientes en el momento de firmar contrato educativo con la institución.

18. No portar armas que puedan atentar contra mi integridad física y la de los demás.

19. No portar ni consumir sustancias psicotrópicas.

20. Responder a los llamados de atención con respeto y en tono de voz adecuado que demuestre mi reflexión.

21. Dedicarme con responsabilidad a las actividades académicas para cumplir con las metas, objetivos de los grados que cursare brindando satisfacción a mis padres maestros y reconociendo que ellos quieren lo mejor para mí.

22. Presentar evaluaciones y trabajos pendientes en un lapso de 3 días hábiles (presentando una incapacidad).

23. En caso de suspensión temporal me responsabilizaré de las consecuencias que esta acarree.

24. Trabajar en grupo y responder por el trabajo que se me asigne dentro de él.

25. Respetar la sala de profesores, no ingresar sin la autorización de los docentes o directivas.

26. Mantener las paredes de los cursos y baños en buen estado, no escribir en las paredes anuncios pornográficos o groseros que rebajen la autoestima de las personas que comparten el espacio del colegio, respetando el mantenimiento de la institución y teniendo sentido de pertenencia.

27. Cumplir con las actividades extracurriculares que programen en la institución

como complemento de la formación integral.

28. Tener un mínimo del 80% de asistencia a las clases reglamentarias, el 20% restante debe tenerlo como excusa medica o justificada; en caso contrario si alcanza todos los logros establecidos en cada asignatura, no se tendrá en cuenta la inasistencia para la promoción.

Parágrafo 1: El colegio no está obligado a mantener indefinidamente a quien de manera constante y reiterada quebrante los deberes y el Manual de Convivencia.

Parágrafo 2: El uso del celular y otros equipos tecnológicos está condicionado a: caso de emergencia familiar, enfermedad en la jornada escolar, trabajo de campo. La seguridad y conservación del mismo es responsabilidad de los educandos.

Art.8 DE LA PREVENCION DE FALTAS DISCIPLINARIAS

1. ACCIONES GENERALES DE ACOMPAÑAMIENTO PREVENTIVO

A. Acciones del componente de prevención. Se consideran acciones de prevención las que buscan intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos con el fin de evitar que se constituyan en patrones de interacción que alteren la convivencia de tos miembros de la comunidad educativa.

El instituto María Montessori con el fin de mantener una sana convivencia realiza las siguientes acciones preventivas:

a. Asambleas periódicas con énfasis valórico.

b. Devocionales diarios para la internalización de valores.

c. integraciones grupales con el fin de fortalecer la sana convivencia y crecimiento espiritual

d. Talleres preventivos sistemáticos para alumnos en consejos de curso.

e. Talleres de fortalecimiento del rol atraves de la escuela de padres microcentro.

f. Entrevistas del director de grupo con sus alumnos(as) con profesores de las otras áreas, con la finalidad de conocer las inquietudes, intereses y problemáticas de éstos.

g. entrevista de docente con coordinador de convivencia y académico con el fin de dar lectura a los documentos de contexto

h. Entrevistas del director de grupo o de área con sus padres de familia para tratar temas relacionados con su hijo.

i. Entrevistas de alumnos nuevos con Coordinador académico y de convivencia con la finalidad de detectar su grado de adaptación al Colegio y luego solicitar el apoyo de otras instancias si existiese una situación que requiere preocupación de la institución.

j. Entrevistas de alumnos nuevos con Orientadora para ayudarlos en su adaptación al Colegio.

k. Talleres de capacitación y desarrollo personal para los funcionarios de la institución

Art. 9 ESTRATEGIAS FORMATIVAS ESPECIALES Y DE ACOMPAÑAMIENTO

ANTES DE LA TOMA DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS.

Hacen parte de las acciones de prevención:

1. La identificación de los riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a partir de las particularidades del clima escolar y del análisis de las características familiares, sociales, políticas, económicas y culturales externas, que inciden en las relaciones interpersonales de la comunidad educativa, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 17 de la Ley 1620 de 2013.

2. El fortalecimiento de las acciones que contribuyan a la mitigación de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; identificadas a partir de las particularidades mencionadas en el numeral 1 de este artículo.

3. El diseño de protocolos para la atención oportuna e integral de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

a. Individuales: En el caso que un(a) alumno(a) vivencie alguna problemática, se adoptarán las siguientes estrategias formativas especiales y de acompañamiento, antes de aplicar las medidas de observación, condicionalidad, denegación o cancelación de matrícula.

Estrategias de apoyo Responsable Temporalización

Entrevistas al alumno que presente problemas disciplinarios, con el fin de conocer su problemática y establecer acuerdos para el cambio.

Director de grupo o asignatura

De acuerdo a la evolución

Entrevistas a los padres del alumno que presenten problemas disciplinarios, para informarle la situación, de los acuerdos con el alumno(a) y establecer acciones de apoyo de su parte

Director de grupo, docente de área, psicóloga

De acuerdo a la evolución

Consejería, compromiso y/o aplicación de reglamento al alumno.

Coordinación de convivencia

De acuerdo a la evolución

Consejería espiritual. Docente del área de religión

De acuerdo a la evolución

Apoyo y consejería al alumno con situación de indisciplina.

Psicóloga De acuerdo a la evolución

Diagnostico previo a alumnos que presenten dificultades de comportamiento, relaciones interpersonales u otras.

Psicóloga Según derivación y necesidad del proceso

Seguimiento a alumnos que están siendo tratados por especialistas externos.

Psicóloga y orientadora

Cada vez que la situación lo amerite

Aplicación de estrategias sugeridas por especialistas externos a alumnos que presenten dificultades de mcomportamiento, relaciones interpersonales u otras.

Psicóloga, docentes y coordinador

Durante el proceso de enseñanza

b. GRADOS ESCOLARES

Estrategias Responsables Temporización

Charlas preventivas Psicóloga, docente y orientador

Durante el proceso de enseñanza y aprendizaje

Talleres Psicóloga, docente y orientador

Durante el proceso de enseñanza y aprendizaje

Convivencia escolar Docentes y profesor del área de religión

Durante el proceso de enseñanza y aprendizaje

Artículo10: CONDUCTO REGULAR PARA RESOLVER CONFLICTOS

1. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR.

La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar define los procesos y los protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y litigación de la violencia escolar, en todos los casos en que se vea afectada la convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de las instituciones educativas, articulando una oferta de servicio ágil, integral y complementario. En cumplimiento de las funciones señaladas en cada uno de los niveles, las instituciones y entidades que conforman el Sistema deben garantizar la atención inmediata y pertinente de los casos de violencia escolar, acoso o vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presenten en los establecimientos educativos o en sus alrededores y que involucren a niños, niñas y adolescentes de los niveles de educación preescolar, básica y media, así como de casos de embarazo en adolescentes.

2. COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR.

La Ruta de Atención Integral tendrá como mínimo cuatro componentes: de promoción, de prevención, de atención y de seguimiento.

A. El componente de promoción se centrará en el desarrollo de competencias y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este componente determina la calidad del clima escolar y define los criterios de convivencia que deben seguir los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios del establecimiento educativo y los mecanismos e instancias de participación del mismo, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores e instituciones 1e acuerdo con sus responsabilidades.

B. El componente de prevención deberá ejecutarse a través de un proceso

continuo de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las condiciones del contexto económico, social, cultural y familiar. Incide sobre las causas que puedan potencialmente originar la problemática de la violencia escolar, sobre sus factores precipitantes en la familia y en los espacios sustitutivos de vida familiar, que se manifiestan en comportamientos violentos que vulneran los derechos de los demás, y por tanto quienes los manifiestan están en riesgo potencial de ser sujetos de violencia o de ser agentes de la

misma en el contexto escolar.

C. El componente de atención deberá desarrollar estrategias que permitan asistir al niño, niña, adolescente, al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de manera inmediata, pertinente, ética, e integral, cuando se presente un caso de violencia ú acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades de las instituciones y entidades que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Este componente involucra a actores diferentes a los de la comunidad educativa únicamente cuando la gravedad del hecho denunciado, las circunstancias que lo rodean o los daños físicos y psicológicos de los menores involucrados sobrepasan la función misional del establecimiento educativo.

D. El componente de seguimiento se centrará en el reporte oportuno de la información al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, del estado de cada uno de los casos de atención reportados.

3. PROTOCOLOS DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR:

La Ruta de Atención Integral inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al Comité Escolar de Convivencia, para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del manual de convivencia.

El componente de atención de la ruta será activado por el Comité de Convivencia Escolar por la puesta en conocimiento por parte de la víctima, estudiantes, docentes, directivos docentes, padres de familia o acudientes, de oficio por el Comité de Convivencia Escolar o por cualquier persona que conozca de situaciones que afecten la convivencia escolar. Los protocolos y procedimientos de la ruta de atención integral deberán considerar como mínimo los siguientes postulados:

1. La puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y estudiantes involucrados.

2. El conocimiento de los hechos a los padres de familia o acudientes de las víctimas y de los generadores de los hechos violentos.

3. Se buscarán las alternativas de solución frente a los hechos presentados procurando encontrar espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando

el debido proceso, la promoción de las relaciones participativas, incluyentes, solidarias, de la corresponsabilidad y el respeto de los derechos humanos

4. Se garantice la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso. 5. Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia

escolar o vulneración de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes de los establecimientos educativos en los niveles de preescolar, básica y media que puedan ser resueltas por las vías que establece el manual de convivencia y se requiera de la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por el rector de la institución, de conformidad con las decisiones del Comité Escolar de Convivencia, al ICBF, la Comisaría de Familia, la Personería Municipal o Distrital o a la Policía de Infancia y Adolescencia, según corresponda.

PARÁGRAFO. Los postulados, procesos, protocolos, estrategias y mecanismos de la Ruta de Atención Integral serán reglamentados por el Gobierno Nacional en un plazo no mayor a seis meses después de promulgada esta Ley. Para tal efecto se tendrán como base los protocolos y rutas ya establecidos por las entidades e instituciones que pertenecen al Sistema. Estos postulados, procesos, estrategias y mecanismos de la ruta de atención integral se deben actualizar con una periodicidad de dos años, como resultado de evaluaciones que se realicen sobre su funcionamiento.

Artículo 11. El Gobierno Nacional define los lineamientos normativos, operativos y financieros: para que los establecimientos educativos de carácter oficial cuenten con orientación escolar para la convivencia para los estudiantes.

La mencionada orientación escolar para la convivencia podrá implementarse mediante alianzas estratégicas con las instituciones de educación superior, a través de la creación de espacios de práctica de los estudiantes de último semestre de las carreras de psicología, psiquiatría y programas afines.

El personal encargado de realizar o apoyar la orientación escolar para la convivencia, en relación con la ruta de atención integral deberá:

1. Contribuir con la dirección del establecimiento educativo en el proceso de identificación de factores de riesgo que pueden influir en la vida escolar de los estudiantes.

2. Documentar y registrar en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar los casos de acoso o violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos.

3. Participar en el proceso de acompañamiento así como de la evaluación de los resultados de esta orientación.

4. Actuar como agentes de enlace o agentes que apoyan la remisión de los casos de violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos a las instituciones o entidades según lo establecido en la

Ruta de Atención Integral. 5. Participar en la definición de los planes individuales y grupales de

intervención integral y seguir los protocolos establecidos en la Ruta de Atención Integral.

6. Apoyar al comité escolar de convivencia en el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar y la promoción de los derechos sexuales y reproductivos, así como documentar los casos que sean revisados en las sesiones del mismo.

7. Participar en la construcción, redacción, socialización e implementación del manual de convivencia y de los proyectos pedagógicos de que trata el artículo 20 de la presente ley.

8. Involucrar a las familias, a través de la escuela para padres y madres, en los componentes y protocolos de la ruta de at Atención integral.

A. Salud Mental. La atención en Salud Mental a los niños, niñas, adolescentes y las familias afectadas por la violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos, será prioritaria con base en el Plan Obligatorio de Salud, en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

B. Divulgación y difusión. A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, el Gobierno Nacional a través de los programas institucionales de televisión y de las páginas web oficiales de las entidades públicas que integran y están vinculadas al Ministerio de Salud y la Protección Social, al Ministerio de Educación Nacional y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, divulgarán permanentemente el contenido de la presente Ley y en todo caso, el contenido a que hace referencia la Ruta de Atención Integral, deberá ser entregado en medio impreso o por vía electrónica a los padres de familia al momento de matricular a sus hijos en cualquier establecimiento educativo del país .

Artículo 12. SEGÚN EL DECRETO 1965

DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR

Garantía de Derechos y aplicación de Principios. En todas las acciones que se realicen en el marco de los diversos componentes de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, debe garantizarse la aplicación de los principios de protección integral, incluyendo el derecho a no ser re victimizado; el interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes; la prevalencia de los derechos; la corresponsabilidad; la exigibilidad de los derechos; la perspectiva de género y los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes de los grupos étnicos, como se definen en los artículos 7 al 13 de la Ley 1098 de 2006. Así mismo, se deberá garantizar el principio de proporcionalidad en las medidas adoptadas en las situaciones que afecten la convivencia, y la protección de datos contenida en la Constitución, los tratados internacionales y la Ley 1581 de 2012. Artículo 36. Acciones del Componente de Promoción. Se consideran acciones de promoción

las políticas institucionales que se concentran en el fomento de la convivencia y en el mejoramiento del clima escolar, con el fin de generar un entorno para el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en los términos establecidos en la Ley 1620 de 2013. En virtud del componente de promoción, las entidades que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar deberán adelantar las siguientes acciones:

Art.13 POR PARTE DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA.

A. Liderar el ajuste de los manuales de convivencia, conforme a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 1620 de 2013 y en el Título 111 del presente Decreto.

B. Proponer políticas institucionales que favorezcan el bienestar individual y colectivo, que puedan ser desarrolladas en el marco del proyecto educativo institucional - PEI, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 11 S de 1994.

C. Liderar el desarrollo de iniciativas de formación de la comunidad educativa en temáticas tales como derechos humanos, sexuales y reproductivos, sexualidad, competencias ciudadanas, desarrollo infantil y adolescente, convivencia, y mediación y conciliación, para fortalecer el Sistema Nacional de Convivencia Escolar.

D. Fortalecer la implementación y evaluación de proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad y construcción de ciudadanía desde preescolar, que correspondan a las particularidades socioculturales del contexto en el que se encuentra el establecimiento educativo. Estos proyectos deben garantizar el derecho que tienen niñas, niños y adolescentes de recibir información fundamentada en evidencia científica con el fin de que, progresivamente, vayan desarrollando las competencias que facilitan la toma de decisiones autónomas frente al ejercicio de la sexualidad y la realización de proyectos de vida.

E. Articular el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de proyectos para el desarrollo de competencias ciudadanas orientados a fortalecer un clima escolar y de aula positivos que aborden como mínimo temáticas relacionadas con la clarificación de normas, la definición de estrategias para la toma de decisiones, la concertación y la negociación de intereses y objetivos, el ejercicio de habilidades comunicativas, emocionales y cognitivas a favor de la convivencia escolar, entre otros.

F. Generar mecanismos y herramientas para que el desarrollo de competencias ciudadanas y la formación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos se lleve a cabo de manera transversal en todas las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación establecidas en el proyecto educativo institucional. Acciones del componente de prevención. Se consideran acciones de prevención

1. Acciones del componente de atención. Se consideran acciones de atención aquellas que permitan asistir a los miembros de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, mediante la implementación y aplicación de los protocolos internos de los establecimientos educativos y la activación cuando fuere necesario, de los protocolos de atención que para el efecto se tengan implementados por parte de los demás actores que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar en el ámbito de su competencia.

2. Definiciones. Para efectos del presente Decreto se entiende por:

A. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

B. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

C. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.

D. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

E. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

F. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.

G. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.

H. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

I. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción,

aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.

J. Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

K. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".

L. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes

M. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

Art.14. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES.

Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos:

1. SITUACIONES TIPO I. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

2. SITUACIONES TIPO II. Corresponden a este tipo las situaciones de

agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

A. Que se presenten de manera repetida o sistemática. B. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna

para cualquiera de los involucrados.

3. SITUACIONES TIPO III Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro ll de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

ARTÍCULO 15: PROTOCOLOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, FINALIDAD, CONTENIDO Y APLICACIÓN

1. ESTOS PROTOCOLOS DEBERÁN DEFINIR, COMO MÍNIMO LOS SIGUIENTES ASPECTOS:

A. La forma de iniciación, recepción y radicación de las quejas o informaciones sobre situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

B. Los mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los documentos en medio físico o electrónico, así como de las informaciones suministradas por las personas que intervengan en las actuaciones y de toda la información que se genere dentro de las mismas, en los términos establecidos en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia.

C. los mecanismos mediante los cuales se proteja a quien informe sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra.

D. Las estrategias y alternativas de solución, incluyendo entre ellas los mecanismos pedagógicos para tomar estas situaciones como oportunidades para el aprendizaje y la práctica de competencias ciudadanas de la comunidad educativa.

E. Las consecuencias aplicables, las cuales deben obedecer al principio de proporcionalidad entre la situación y las medidas adoptadas, y deben estar en concordancia con la Constitución, los tratados internacionales, la ley y los manuales de convivencia.

F. Las formas de seguimiento de los casos y de las medidas adoptadas, a fin de verificar si la solución fue efectiva.

G. Un directorio que contenga los números telefónicos actualizados de las siguientes entidades y personas: Policía Nacional, del responsable de seguridad de la Secretaría de Gobierno municipal, distrital o departamental, Fiscalía General de la Nación Unidad de Infancia y Adolescencia, Policía de Infancia y Adolescencia, Defensoría de Familia, Comisaría de Familia, Inspector de Policía, ICBF - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, del puesto de salud u Hospital más cercano, Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, Medicina Legal, de las entidades que integran el Sistema Nacional de convivencia Escolar, de los padres de familia o acudientes de los niños, niñas y adolescentes matriculados en el

establecimiento educativo.

Parágrafo. La aplicación de los protocolos tendrá lugar frente a las situaciones que se presenten de estudiantes hacia otros miembros de la comunidad educativa, o de otros miembros de la comunidad educativa hacia estudiantes.

2. DE LOS PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO I : Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo 1, a que se refiere el numeral 1 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento;

A.Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo.

B.Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia.

C.Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del presente Decreto.

PARÁGRAFO. Los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores o conciliadores escolares podrán participar en el manejo de estos casos en los términos fijados en el manual de convivencia.

3. DE LOS PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO II Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo ll, a que se refiere el numeral 2 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento:

A. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

B. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia.

C. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.

D. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

E. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, Preservando, en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.

F. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

G. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del presente Decreto.

H. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.

I. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

PARÁGRAFO. Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 4S del presente Decreto.

4. PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO III Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo lll a que se refiere el numeral 3 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento: A. En casos de daño al cuerpo o a la salud. Garantizar la atención inmediata

en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

B. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

C. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.

D. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de

convivencia. De la citación se dejará constancia. E. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los

participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.

F. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.

G. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

H. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual

se presentó el hecho.

Artículo 16. De los protocolos de los establecimientos educativos, finalidad, contenido y aplicación. Los protocolos de los establecimientos educativos estarán orientados a fijar los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Estos protocolos deberán definir, como mínimo los siguientes aspectos:

1. La forma de iniciación, recepción y radicación de las quejas o informaciones sobre situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

2. Los mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los documentos en medio físico o electrónico, así como de las informaciones suministradas por las personas que intervengan en las actuaciones y de toda la información que se genere dentro de las mismas, en los términos establecidos en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia.

3. los mecanismos mediante los cuales se proteja a quien informe sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra.

4. Las estrategias y alternativas de solución, incluyendo entre ellas los mecanismos pedagógicos para tomar estas situaciones como

oportunidades para el aprendizaje y la práctica de competencias ciudadanas de la comunidad educativa.

5. Las consecuencias aplicables, las cuales deben obedecer al principio de proporcionalidad entre la situación y las medidas adoptadas, y deben estar en concordancia con la Constitución, los tratados internacionales, la ley y los manuales de convivencia.

6. Las formas de seguimiento de los casos y de las medidas adoptadas, a fin de verificar si la solución fue efectiva.

7. Un directorio que contenga los números telefónicos actualizados de las siguientes entidades y personas: Policía Nacional, del responsable de seguridad de la Secretaría de Gobierno municipal, distrital o departamental, Fiscalía General de la Nación Unidad de Infancia y Adolescencia, Policía de Infancia y Adolescencia, Defensoría de Familia, Comisaría de Familia, Inspector de Policía, ICBF - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, del puesto de salud u Hospital más cercano, Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, Medicina Legal, de las entidades que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, de los padres de familia o acudientes de los niños, niñas y adolescentes matriculados en el establecimiento educativo.

Parágrafo. La aplicación de los protocolos tendrá lugar frente a las situaciones que se presenten de estudiantes hacia otros miembros de la comunidad educativa, o de otros miembros de la comunidad educativa hacia estudiantes.

Artículo 17. De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo l. Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo 1, a que se refiere el numeral 1 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente

Procedimiento:

1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación delos daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo.

2. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia.

3. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del presente Decreto.

Parágrafo. Los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores o

conciliadores escolares podrán participar en el manejo de estos casos en los términos fijados en el manual de convivencia.

Artículo 18. De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo II. Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las $situaciones tipo II, a que se refiere el numeral 2 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente

Procedimiento:

1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia.

3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.

4. Informar de manera inmediata a los padres. Madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados. Actuación de la cual se dejará constancia.

5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres. Madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido. Preservando. En cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.

6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

7. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del presente Decreto.

8. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.

9. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

Parágrafo. Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 4S del presente Decreto.

Artículo 19. Protocolo para la atención de Situaciones Tipo III. Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo III a que se refiere el numeral 3 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente

Procedimiento:

1. En casos de daño al cuerpo o a la salud Garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.

4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia.

5. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.

6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.

7. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.

Artículo 20. Activación de los protocolos de otras entidades. Las autoridades que reciban por competencia las situaciones reportadas por los comités escolares de convivencia deberán cumplir con lo siguiente:

1. Adelantar la actuación e imponer de inmediato las medidas de verificación, prevención o de restablecimiento de derechos de las partes involucradas en la situación reportada a que hubiere lugar, acorde con las facultades que para tal efecto les confiera la Constitución y la ley, y conforme a los protocolos internos o procedimientos que para el efecto tengan implementados las

respectivas entidades. 2. Realizar el reporte en el aplicativo que para el efecto se haya implementado

en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. 3. Realizar el seguimiento a la situación puesta bajo su conocimiento hasta que

se logre el restablecimiento de los derechos de los involucrados. En aquellos lugares en donde no exista Policía de Infancia y Adolescencia para la atención de las situaciones tipo lll, de que trata el numeral 3 del artículo 40 de este Decreto, las mismas serán reportadas o puestas en conocimiento ante la Policía de Vigilancia.

4. Frente a las situaciones que requieran atención en salud se deberá acudir al prestador del servicio de salud más cercano, el cual en ningún caso podrá abstenerse de prestar el servicio, conforme a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 109a de 2006, en el Título III "Atención Preferente y Diferencial para la Infancia y la Adolescencia" de la Ley 143a de 2011 y sus normas concordantes.

5. En los municipios en donde no haya Defensor de Familia, las funciones que la Ley 109a de 2006 le atribuye serán cumplidas por el Comisario de Familia. En ausencia de este último, las funciones asignadas al Defensor y al Comisario de Familia corresponderán al Inspector de Policía, de conformidad con lo establecido en el Decreto 4a07 de 2007, o la norma que lo modifique, sustituya o derogue. En los municipios en donde exista Defensoría de Familia y Comisaría de Familia o Comisaría de Familia e Inspección de Policía, cualquiera de estas autoridades competentes asumirá a prevención, el conocimiento del caso de inobservancia, amenaza o vulneración; verificará inmediatamente el estado de derechos; protegerá al niño, niña o adolescente a través de una medida provisional, si es del caso, y a la primera hora hábil siguiente remitirá las diligencias a la autoridad competente.

Parágrafo 1. En materia de prevención de la violencia sexual y atención integral de los niños, niñas y adolescentes abusados sexualmente, además de la aplicación del protocolo correspondiente, se deberá aplicar lo contemplado en la Ley 1146 de 2007 y en su reglamentación.

Parágrafo 2. Cuando surjan conflictos de competencia administrativa éstos se superarán conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley 1437 de 2011. Las actuaciones administrativas de las autoridades deberán desarrollarse acorde con los principios Constitucionales y los consagrados en el artículo 3 de la Ley 1437 de 2011.

Parágrafo 3. Cuando la Policía Nacional tenga conocimiento de las situaciones tipo lll de que trata el numeral 3 del artículo 40 del presente Decreto, deberá informar a las autoridades administrativas competentes, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 4840 de 2007, con el fin de que éstas adopten las medidas de restablecimiento de derechos a que haya lugar. De esta actuación se deberá dejar constancia.

Artículo 21. Garantía del restablecimiento de derechos. Lo dispuesto en los

artículos 41, 42, 43 Y 44 del presente Decreto se aplicará sin perjuicio de las competencias que le corresponden a las autoridades administrativas frente al restablecimiento de derechos de lo niños, niñas y adolescentes, en el marco de la Ley 1098 de 2006.

Artículo 22. Informes o Quejas. Cualquiera de las partes involucradas en una situación que afecte la convivencia escolar, o los padres o madres de familia o acudientes, o cualquier otra persona, pueden informar o presentar queja ante la secretaría de educación municipal, distrital o departamental, a la que pertenezca el establecimiento educativo donde se generó la situación; sobre los casos en los cuales las autoridades educativas o los funcionarios responsables no adelanten las acciones pertinentes, no adopten las medidas necesarias o éstas sean desproporcionadas, o apliquen el protocolo equivocado respecto de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicios de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Recibida la información o la queja la entidad adelantará las acciones a que hubiere lugar e informará a las autoridades que se requieran a fin de verificar y solucionar de fondo la situación informada.

Artículo 23. Acciones del componente de seguimiento. El componente de seguimiento se centrará en el registro y seguimiento de las situaciones de tipo ll y lll de que trata el artículo 40 del presente Decreto a través del Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

Sin perjuicio de lo anterior, los comités escolares de convivencia harán seguimiento y evaluación de las acciones para la promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; para la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia; y para la atención de las situaciones que afectan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

SITUACIONES DE IMPACTO LEVE (TIPO I)

Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. Se consideran situaciones de impacto leve (Tipo I) las siguientes:

1. Llegar tarde o faltar un día al colegio sin causa justificada. 2. Presentarse desaseado, con el uniforme modificado o con el que no

corresponde según el horario de clases. 3. No portar el carné del colegio ni la agenda institucional. 4. Incumplir con tareas, trabajos asignados o elementos necesarios para el

desarrollo de las clases. 5. Trabajar en actividades diferentes durante la clase. 6. Permanecer dentro del aula en horas de descanso. 7. Negarse a colaborar con el aseo de los espacios institucionales.

8. Transitar o permanecer en sitios restringidos. 9. Utilizar juegos de azar dentro de la institución con fines no pedagógicos. 10. Interrumpir las clases 11. Pasar elementos de cualquier naturaleza a través de la reja. 12. Propiciar indisciplina en las rutas escolares y en los alrededores del colegio u

otros espacios públicos. 13. Tener manifestaciones afectuosas propias de la intimidad mientras porte el

uniforme.

SITUACIONES DE IMPACTO GRAVE (TIPO II)

Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

A. Que se presenten de manera repetida o sistemática. B. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para

cualquiera de los involucrados.Se consideran situaciones de impacto grave (Tipo II) las siguientes:

1. Acumulación de cuatro situaciones de impacto leve (Tipo I) registradas en el seguimiento del estudiante. Reiteración de situaciones de impacto leve, incumplimiento de compromisos.

2. Ausencias injustificadas por más de dos días consecutivos.Colegio La Merced I.E.D. PEI – AVANCES 2013 22

3. No justificar oportunamente las inasistencias 4. . Bajo rendimiento académico 5. Retirarse del área comercial después de estar matriculada en la titulación o

programa elegido. 6. Evadir clase. 7. Obstaculizar el trabajo en equipo. 8. Vender comestibles o comercializar artículos. 9. Uso del celular en horas de clase o en actividades programadas por la

institución 10. Uso no autorizado por escrito (profesoras o coordinadoras) de MP3, MP4, Ipod,

cámaras o similares dentro de la jornada escolar o en actividades programadas por el colegio.

11. Realizar prácticas espiritistas o de cualquier índole que comprometan la salud mental o la integridad de las personas.

12. Cometer fraude en evaluaciones o actividades académicas. 13. Facilitar el ingreso de personas ajenas a la institución sin el permiso

reglamentario. 14. Dañar las instalaciones o implementos del colegio. 15. Encubrir faltas graves cometidas por las compañeras. 16. Amenazar, agredir, chantajear, acosar (bullyng), ciberacosar (ciberbullyng) o

intimidar de cualquier forma a algún miembro de la comunidad. 17. Incumplir la segunda citación que se haga de sus acudientes. 18. Participar en juegos violentos o desordenados. 19. Publicar pasquines, escribir frases vulgares, pintar figuras obscenas o

leyendas en espacios institucionales. 20. Sentarse en barandas, ventanales, puertas y pasillos de la institución,

obstaculizando la movilidad y poniendo en riesgo su integridad y la de sus compañeros.

21. Establecer acuerdos grupales para el incumplimiento de las normas contempladas en éste manual ya sean de carácter académico o convivencial.

22. Incumplir los reglamentos de los distintos proyectos y servicios de la institución.

23. Incumplir con la práctica comercial y el servicio social estudiantil. 24. Faltar a la práctica empresarial uno o más días sin justificar o cambiarse de

empresa sin la autorización debida de la asesora de práctica docente. 25. Irrespetar a cualquier miembro de la comunidad educativa con palabras o

acciones. 26. Irrespetar símbolos patrios, religiosos o celebraciones institucionales. 27. .No entregar a los padres o acudientes las comunicaciones enviadas por el

colegio.

SITUACIONES TIPO III. Corresponden a esta tipo constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

SON CONSIDERADAS SITUACIONES DE IMPACTO GRAVÍSIMO (TIPO III):

1. Reincidir en cualquiera de las situaciones de impacto grave (Tipo II) o acumular dos de esas situaciones.

2. Incumplir el compromiso académico o disciplinario, después de llevar un proceso.

3. Reincidir en la acción que ameritó matrícula de observación. 4. Reprobar el año escolar por causas asociadas con alguna de las situaciones

de impacto ravísimo. 5. Reprobar el año escolar por segunda vez en el colegio 6. Realizar actividades en nombre del colegio sin la respectiva autorización de

Rectoría o Consejo Directivo. 7. Ausentarse del colegio sin autorización escrita de coordinación de ciclo o de

quien haga sus veces. 8. Cometer dentro de la institución cualquier tipo de falta relacionada con la

Ley 1098 de 2006, Código de la Infancia y la Adolescencia. 9. Entrar o salir por sitios no permitidos como rejas, muros, o puertas no

autorizadas.10. Impedir el normal desarrollo de las actividades escolares, con actos que atenten contra la dignidad, integridad y los derechos propios y

de los demás. 10. Protagonizar o promover escándalos en sitios públicos, comprometiendo el

nombre del colegio.Colegio La Merced I.E.D. PEI – AVANCES 2013 23 11. Protagonizar acciones de desorden o mal uso del sistema de transporte

público o escolar poniendo en riesgo su integridad personal. 12. Agredir física o verbalmente por cualquier medio a algún miembro de la

comunidad educativa. 13. Hurtar, ocultar, o sustraer objetos de propiedad o uso de la institución o de

cualquier miembro de la comunidad educativa. 14. Adulterar o falsificar información académica, firmas, registros evaluativos y

documentos que se manejen en las diferentes dependencias. 15. Portar, divulgar o estimular el comercio o uso de material pornográfico. 16. Hacer mal uso de la información confidencial de la Institución o de otra

entidad en el servicio social o en la práctica comercial. 17. Suplantar al acudiente para resolver situaciones o problemas. 18. Presentarse a cualquier actividad escolar o al colegio en estado de

embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas 19. Pertenecer a pandillas delincuenciales o promover la formación de las

mismas. 20. Portar, consumir, traficar o comercializar licor o sustancias psicoactivas. 21. Inducir a las compañeras al consumo o adquisición de licor o sustancias

psicoactivas, dentro o fuera del colegio. 22. Negarse a recibir tratamiento sugerido por el colegio o interrumpirlo cuando

se trata de procesos de rehabilitación. 23. Situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos

contra la libertad, integridad y formación sexual. 24. Situaciones que constituyan cualquier otro delito establecido en la ley penal

colombiana vigente.

CAPITULO IV

DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR

DE SU DEFINICION:

El Comité de Convivencia Escolar es una instancia permanente que fomenta la armonía y la sana convivencia de la comunidad Colegio Bautista, creando e impulsando acciones que fortalezcan los valores institucionales. Su principal propósito está referido a la gestión preventiva y a la resolución de conflictos conforme al presente Reglamento.

Artículo 24. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA.

EL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA ESTARÁ CONFORMADO POR:

.El rectora del establecimiento educativo, quien preside el comité

El personero estudiantil

El docente con función de orientación

El coordinador cuando exista este cargo

El presidente del consejo de padres de familia

El presidente del consejo de estudiantes

Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

PARÁGRAFO: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

ARTÍCULO 25. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA.

SON FUNCIONES DEL COMITÉ:

1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se

adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las Características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte dela estructura del Sistema y de la Ruta.

6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y ' Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

Artículo 26. DE SUS OBJETIVOS: El Comité tiene los siguientes objetivos:

a. Diseñar, implementar, promover y evaluar los planes de prevención y mantenimiento de un clima escolar sano en el establecimiento.

b. Determinar qué alumnos o alumnas precisan de apoyo para superar sus problemas de comportamiento.

c. Cautelar que las instancias correspondientes apliquen las medidas indicadas en este Reglamento, en los casos fundamentados y pertinentes.

d. Optimizar los planes de prevención y mantenimiento de un clima escolar sano en el Colegio.

e. Mantener informada permanentemente a Rectoría sobre el diseño y ejecución de planes de Convivencia Escolar y asesorarla en la toma de decisiones.

Artículo 27 DE LOS COMITES DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Conformación de los Comités Escolares de Convivencia. Todas las instituciones educativas y centros educativos oficiales y no oficiales del país deberán conformar el comité escolar de convivencia, encargado de apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, así como del desarrollo y aplicación del manual de convivencia y de la prevención y mitigación de la violencia escolar.

El respectivo consejo directivo de las referidas instituciones y centros educativos dispondrá de un plazo no mayor a seis (6) meses, contados a partir de la publicación del presente Decreto, para conformar el comité escolar de convivencia y elaborar su reglamento, el cual deberá hacer parte integral del manual de convivencia.

Parágrafo 1. Para el caso de los centros educativos, el director será el presidente del comité escolar de convivencia. En ausencia del director, presidirá el docente que lidera procesos o estrategias de convivencia y que hace parte del respectivo comité.

Parágrafo 2. Para el caso de los centros educativos donde no se cuenta con los integrantes para conformar el comité escolar de convivencia, éste será integrado como mínimo por el representante de los docentes, el presidente del consejo de padres de familia y el representante de los estudiantes. En este caso, el docente será quien presida el comité.

Artículo 28. Sesiones. El comité escolar de convivencia sesionará como mínimo una vez cada dos (2) meses. Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el presidente del comité escolar de convivencia, cuando las circunstancias lo exijan o· por solicitud de cualquiera de los integrantes del mismo.

Artículo 29. Quórum decisorio. El quórum decisorio del comité escolar de convivencia será el establecido en su reglamento. En cualquier caso, este comité no podrá sesionar sin la presencia del presidente.

Artículo 30. Actas. De todas las sesiones que adelante el comité escolar de

convivencia se deberá elaborar un acta, la cual deberá contener como mínimo los requisitos establecidos en el artículo 10 del presente Decreto.

Parágrafo. El comité escolar de convivencia deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que este adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia. DECRETO NÚMERO 1965 Continuación del Decreto "Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar".

Artículo 31. Acciones o decisiones. El comité escolar de convivencia, en el ámbito de sus competencias, desarrollará acciones para la promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; para la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia; y para la atención de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos a partir de la implementación, desarrollo y aplicación de las estrategias y programas trazados por el Comité Nacional de Convivencia Escolar y por el respectivo comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar, dentro del respeto absoluto de la Constitución y la ley.

Artículo 32. Conflictos de Interés y Causales de Impedimento y Recusación. Cuando en las actuaciones adelantadas por parte de los comités escolares de convivencia de los establecimientos educativos oficiales se presenten conflictos de interés o causales de impedimento o recusación, respecto de los integrantes que ostenten la calidad de servidores públicos, los mismos se tramitarán conforme a lo establecido en el artículo 11 y 12 de la Ley 1437 de 2011.

Tratándose de los establecimientos educativos no oficiales, los respectivos reglamentos de los comités escolares de convivencia deberán definir los conflictos de interés, las casuales de impedimento y de recusación así como el procedimiento para resolverlos, de tal forma que se garantice la imparcialidad de los integrantes de los referidos comités. Características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte dela estructura del Sistema y de la Ruta.

1. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

2. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la

Prevención y ' Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

3. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

CAPITULO V

DE LA FAMILIA

Artículo 33. DERECHOS

Al matricular sus hijos en el Instituto María Montessori, los siguientes son los derechos de los padres de familia:

1. Recibir informes sobre el rendimiento académico y disciplinario de su acudido en los periodos establecidos en el P.E.I.

2. A que sus hijos reciban una educación de acuerdo a lo contemplado en la carta política y la Ley General de Educación y el Proyecto Institucional.

3. Conocer a través de la agenda del alumno, las citaciones que hace la coordinación académica y disciplinaria sobre las dificultades en la consecución de los logros de área y/o de actitud comportamental.

4. Ser llamado de manera oportuna para asistir a las reuniones que programe la institución.

5. Ser atendido en forma oportuna cuando la dirección o profesores de las áreas citen y en un horario establecido.

6. Ser orientado en aspectos relacionados con la formación de sus hijos (Psicoorientadora, directora, coordinadores, profesores).

7. A elegir y ser elegidos para participar en los diferentes organismos del gobierno escolar.

Artículo 34. DEBERES

Al matricular a su hijo en el Instituto María Montessori deben:

1. Matricular a sus hijos en las fechas establecidas según la resolución anual emanada desde la alcaldía municipal.

2. Firmar el contrato de matrícula asumiendo el compromiso económico con responsabilidad.

3. Brindar cariño, protección y seguridad, ofreciendo un hogar estable que le permita un crecimiento personal óptimo.

4. Conocer y apoyar la filosofía del colegio y contribuir con la formación del educando.

5. Asistir puntualmente a todo tipo de reuniones o encuentros programados y colaborar en todas las actividades del colegio y participar en la asociación de Padres de Familia.

6. Respetar los horarios establecidos por el colegio para situaciones, reuniones y otras actividades y otras actividades y entradas a clases diariamente.

7. Enviar oportunamente excusas que justifiquen la ausencia del alumno a clases o reuniones promovidas por el colegio.

8. Enviar desprendibles, comunicaciones y otro tipo de requerimiento debidamente firmados cuando el colegio lo necesite.

9. Dirigirse con respeto cordial y serenamente a maestros, directivos y personal de servicio siguiendo los conductos regulares.

10. Evitar comentarios negativos con otros padres o extraños ante sus hijos que vayan en detrimento de la buena imagen del colegio.

11. Dar muestra de responsabilidad frente a los niños y jóvenes acudiendo oportunamente a los llamados que haga el colegio.

12. Compartir y hacer sugerencias de manera respetuosa respecto a la metodología pedagógica por motivo de desadaptación del alumno al medio escolar.

13. Apoyar al colegio en las determinaciones que tome el gobierno escolar y que contribuya a la educación integral de los estudiantes.

14. Proporcionar un ambiente de paz, tranquilidad y buenos ejemplos para que los estudiantes sean el reflejo de un hogar sano.

15. Ser vigilantes de las campañas y programas de televisión, libros o revistas que utilicen los estudiantes.

16. Dosificar el suministro de dinero diario necesario y cuidar de la distribución de este en necesidades sanas.

17. Regular las visitas en lugares de diversión como piscinas, salas de teatro, salas de video, clubs sociales, salas de internet.

18. Vigilar por la no presencia de los jóvenes en lugares públicos que atenten con la dignidad, moral y desempeño ético de los jóvenes y niños como cantinas, juegos electrónicos, billares, casas de juego de azar, casas nocturnas.

19. Proveer de libros, textos escolares, equipos y material didáctico para que se

desarrollen las potencialidades y habilidades de su acudido.

20. Revisar la presentación personal de su acudido antes de salir para las jornadas escolares diarias.

21. Propiciar un ambiente de formación espiritual y de valores a su acudido.

Artículo 35: RESPONSABILIDADES DE LOS PADRES DE FAMILIA FRENTE A LOS VALORES DESARROLLADOS EN SUS HIJOS EN RELACIÓN CON EL

ENTORNO

Los padres de familia tienen la responsabilidad ante Dios y ante la comunidad de desarrollar en sus hijos e hijas las buenas prácticas de las normas de sana convivencia como:, respeto a los derechos humanos, respeto por la cultura, la Honradez, los buenos modales, paz y solidaridad, en todos los valores como miembros de una familia, de una escuela y de una sociedad.

Los niños, niñas y jóvenes deben:

1. Tener el carnet estudiantil dentro de sus pertenencias personales.

2. En la convivencia diaria hacer uso de los valores institucionales y buenos modales de respeto hacia los demás, utilizar un vocabulario decente con directivos, profesores, empleados, compañeros y demás miembros de la comunidad.

3. Asistir puntualmente a todos los eventos y actividades programadas por la institución.

4. Permanecer dentro del aula en horas de clase y cuando por algún motivo el maestro no esté presente, guardar compostura siguiendo las normas de la sana convivencia.

5. No traer equipos como audífonos, celulares de alta gama, Mp3, tablas, bicicletas, motos y otros elementos y vehículos que no sean necesarios para las actividades académicas, solo se traerán estos equipos si son utilizados como ayuda educativa, con previa planeación del titular del área o titular de grado.

6. Salir de clase o del colegio en forma ordenada siguiendo la señalización de transito dentro de la institución

7. Arrojar las basuras dentro de las canecas destinadas para ello siguiendo el aprendizaje del reciclamiento para contribuir a la protección del medio ambiente.

8. Permanecer en el colegio dentro del horario establecido o en caso de citas o excusas, estas deben venir firmadas por los padres de familia o acudientes.

9. Dar un trato amable a todos y especialmente a los más pequeños como medio de protección.

10. Las clases deben propiciar un ambiente pacífico y disciplinado para contribuir al éxito laboral.

11. Cuando por algún motivo sea necesario asistir en ropa particular, el vestuario debe estar de acuerdo con la dignidad y las buenas costumbres enseñadas en la institución por lo general es preferible asistir con blue jean, camiseta blanca con cuellos y mangas cortas y tenis con medias.

12. No consumir alimentos ni gomas de mascar durante las clases.

13. Los zapatos deben ser lustrados todos los días, ropa cambiada, usando desodorante, colonias o talcos que permitan buena higiene personal.

14. Las clases y tareas deben ser consignadas organizadamente en los cuadernos para permitir la evaluación y aplicación de adecuadas técnicas de estudio. Evitar que estos se pierdan o que sean tomados como motivo de indisciplina, rompiéndolos, escondiéndolos o lanzándolos al ventilador junto con otros útiles.

Artículo 36. CON EL ENTORNO

1. Respetar los principios de buenos modales y comportamientos sociales propios de personas educadas haciendo gala de representar una institución cuyos principios son la cultura, moral y libertad.

2. Comportarse adecuadamente cuando se forme parte de alguna representación en encuentros deportivos, culturales y religiosos con otras instituciones.

3. Comportarse con responsabilidad y respeto en la calle, en los medios de transporte y en sitios públicos donde vaya vestido con el uniforme del colegio.

4. Ser el reflejo de los logros alcanzados cada día en el colegio; siendo ejemplo de superación y dinamismo para la familia.

5. Brindar apoyo y ser solidario ante la presencia de discapacitados tratándolos con amor y respeto

6. Desarrollar hábitos ambientalistas que contribuyan al cuidado y mantenimiento de jardines y parques.

7. Desarrolla hábitos de reciclaje haciendo Uso de las canecas apropiadas en

el colegio y en cualquier lugar de la ciudad

8. Depositar en los centros de acopios los desechos tecnológicos

9. Desarrollar el habito del ahorro de la energía eléctrica, el agua y otros recursos no renovables

10. Desarrollar una convivencia basada en el respeto con los vecinos de la institución y de sus hogares

CAPITULO VI

DE LOS ADMINISTRATIVOS Y DOCENTES

Artículo 37. PERFIL

Un docente Montessoriano:

1. Es aquel que mantiene una auto confrontación para luego tener criterios sólidos en la evaluación a otros.

2. Es el que cumple las leyes del estado y la Institución que lo caracteriza como tal.

3. Es el que a través de su quehacer pedagógico es capaz de contribuir al enriquecimiento de los valores en la vida de sus estudiantes.

4. Es el que sabe, prepara con responsabilidad y dedicación sus programaciones de área y de aula.

5. Es el que teniendo una vida plena, administra bien su vida y promueve enseñanza efectiva.

6. Es el que se despoja de su yo maestro para sentirse como estudiante entre sus estudiantes.

7. Es el que está seguro que debe continuar creciendo y cambiando constantemente en dirección a las exigencias del medio.

8. Es el que comprende que la enseñanza efectiva capacita a las generaciones para hacer frente a los conflictos de la vida y enseña con su ejemplo como hacerlo día tras día.

9. Es el que tiene la conciencia de sí mismo como ser.

10. Es el que es capaz de verse reflejado en la realidad y tomar decisiones con autonomía.

11. Es el que construye su escala de valor, fundamentadas en principios humanos.

12. Es el que busca el equilibrio entre la necesidad y la libertad, empleando mecanismos autor reguladores de su comportamiento.

13. Es el que defiende sus derechos sin atropellar los de los demás.

14. Es exigente consigo mismo en el cumplimiento de sus deberes.

15. Es el que mantiene una interacción con los otros reconociéndolos tanto en las posibilidades como en las limitaciones.

16. Es el que posee un comportamiento divergente, lateral proyectado a la creación y a la crítica.

17. Es el que prevee las consecuencias de sus acciones está dispuesto afrontarlas.

18. Es el que organiza su proyecto de vida basado en los sentimientos de reciprocidad, en el goce estético y la vivencia plena de la cotidianidad fundada en valores.

19. Es el que asume posiciones fundamentales frente a la autoridad y las personas con poder.

20. Es el que asume las funciones de padre, amigo o consejero en el momento oportuno.

Artículo 38. DERECHOS

Los derechos de los docentes son los que están contemplados en los derechos fundamentales que establecen la Constitución Política, el Estatuto Docente, la Ley General de Educación, el Código Laboral, el Derecho Administrativo y otras legislaciones vigentes.

Estos derechos tiene que ver con los aspectos que contribuyan al crecimiento de la labor docente haciéndola más profesional y digna.

El docente del Instituto María Montessori disfruta de los siguientes derechos:

1. Presentar proyectos y sugerencias que contribuyan a la formación integral de la comunidad educativa a través de los diversos comités y consejos, reconociéndoles los derechos intelectuales.

2. Conformar grupos de estudio, investigación, literarios, lingüísticos, pedagógicos que proporcione el crecimiento personal y profesional.

3. Participar en actividades formativas que conlleven al respecto y dignificación del docente.

4. Recibir un trato digno y cortes por parte de todos los estamentos de la institución.

5. A ser evaluado de manera justa de acuerdo con las normas vigentes.

6. Participar en actividades de actualización, capacitación y eventos socio-culturales que redunden en su beneficio como persona y como educador.

7. A un llamado de atención de acuerdo a las instancias que se contemplen en el Estatuto Docente.

8. A conocer previamente la programación del colegio, asignación académica, horarios y demás responsabilidades asignadas por la institución.

9. A que se le conceda permiso por motivo de enfermedad y calamidad doméstica.

10. Participar en la elaboración del P.E.I.

11. Participar de manera dinámica en el diseño de la propuesta curricular.

12. Trabajar en un ambiente sano, agradable y seguro.

13. Representar a la institución en actividades culturales, pedagógicas, sociales, etc.

14. Elegir y ser elegido para los diferentes organismos del Gobierno Escolar.

15. Expresar libremente opiniones e ideas, corregir errores y asumir consecuentemente de sus actos.

16. Que se respeten las convicciones religiosas, políticas e ideológicas.

Artículo 39. DEBERES

Son todos los compromisos que se deben cumplir contribuyendo al buen funcionamiento de la institución y crecimiento personal.

1. CON LOS ESTUDIANTES A. Motivar a los estudiantes para demostrar el amor por la institución teniendo

sentido de pertenencia, respeto a los valores históricos y culturales, a los símbolos patrios y medio ambiente.

B. Hacer un seguimiento consciente y eficaz del proceso de aprendizaje da cada uno de los estudiantes.

C. Devolver oportunamente las evaluaciones y trabajos para darle la oportunidad a las verificaciones.

D. Respetar las diferentes formas de pensamiento y libertad de consciencia de los alumnos.

E. Promover la formación de valores morales, espirituales, cívicos, conservación del medio ambiente.

F. Dialogar permanentemente con los alumnos que presentan dificultades de

aprendizaje, muestra de actitudes de tristeza, preocupación, etc. G. Orientar y corregir los trabajos, controlar la asistencia, puntualidad, hábitos y

modales de los alumnos dentro del proceso de enseñanza y aprendizaje. H. Ser imparcial y justo con cada uno de los alumnos, sin tener preferencias,

simpatía o compromisos personales que los una afectivamente. I. Acompañar a los alumnos en los descansos y actividades programadas por el

colegio u otra institución de carácter comunitario. J. Llamar la atención o corregir a cualquier estudiante que este faltando a las

normas sin tener en cuenta a qué nivel o grado pertenezca. K. Preparar las clases y diseñar evaluaciones de tal forman que favorezcan el

desarrollo de los diferentes niveles de pensamiento y habilidades cognitivas, motoras y afectivas.

2. CON LOS PADRES DE FAMILIA

A. Elaborar un diagnóstico relacionado con la situación personal y académica de los estudiantes y darla a conocer al padre.

B. Mantener una comunicación sana, abierta y espontanea que facilite los vínculos de unión y fraternidad con los padres de familia para contribuir a la construcción del nuevo proyecto de nación.

C. Involucrar a los padres de familia para que participen activamente en el proceso de formación de los alumnos.

D. Atender a los padres de familia de acuerdo con el horario establecido por el colegio (10:00 – 10:30 a.m.) y reuniones según agenda establecida.

E. Visitar los hogares para unir lazos de amistad.

3. CON LA INSTITUCIÓN

A. ELABORAR la programación de su área o asignatura, teniendo en la cuenta la programación de valores según los objetivos de la institución, filosofía, política, y perfil ideal del estudiante Montessoriano.

B. Conocer la estructura orgánica identificando los diferentes estamentos y sus respectivas funciones.

C. Disponer de los recursos con los que cuenta el colegio y darle uso adecuado.

D. Planear, organizar, ejecutar y evaluar las actividades en coordinación con la institución.

E. Hacer seguimiento y control al desarrollo de los contenidos programáticos

de sus áreas o asignaturas a la luz de los objetivos institucionales aplicando instrumentos de evaluación determinados en el Proyecto Educativo Institucional.

F. Mantener actualizada las carteleras con las programaciones generales y periódicos con informes que se desataquen dentro del campo de la enseñanza.

G. Presentar oportunamente el proyecto de área, ejecutarlo y evaluarlo.

H. Participar activamente en los encuentros culturales y sociales que organice la institución.

I. Denunciar todo hecho que atente contra el buen nombre de las personas que conforman la institución.

J. Asumir con madurez las sugerencias y correctivos que se hagan en beneficio de la labor docente.

K. Presentar excusas justificadas por ausencia al colegio en forma oral o escrita.

L. Escoger un monitor o líder de área.

M. En caso de ausencia por fuerza mayor, dejar trabajo de su área al grupo que le corresponda haciendo que el estudiante sea responsable en la ausencia del maestro.

N. Contribuir a que los padres de familia interioricen los principios y filosofía de la institución, creando un sentido de pertenencia con la misma.

O. Mantener una conducta acorde con el decoro y la digna formación de los estudiantes para lograr su integridad.

P. Capacitar a los estudiantes para hacer buen uso de la tecnología de punta

Q. Motivar al estudiante para que adquiera una visión sobre su proyecto de vida como profesional exitoso que trascienda su participación con un mundo globalizado

Artículo 40. ESTIMULOS

Son algunos reconocimientos por parte de las directivas del colegio en procurar mantener el nivel de rendimiento profesional y superación personal del docente a manera de estímulo no solo de tipo económico sino humano. Estos se otorgarían de acuerdo a las políticas de la institución teniendo como fundamento la exaltación de sus valores, logros y capacidades que orienten como trabajador. Serán estímulos:

Condecoraciones

Menciones

Subsidios de estudios a los hijos

Pergaminos

Placas

Capacitación

Artículo 41. SANCIONES

No consiste en deteriorar a la persona del docente, sino en concientizarlo de sus faltas que impiden la sana convivencia social y velar por la buena marcha de la Institución Educativa.

Es motivo de suspensión del contrato:

A. Hacer proselitismo político religioso.

B. Abandono del cargo.

C. El acoso sexual.

D. Darle mala utilización a los recursos de la institución.

E. Fomentar actos que vayan en contra de la moral y el buen nombre de los demás.

F. Presentar actitud disociadora como miembros de la comunidad educativa.

G. No someterse a las normas de convivencia de la institución.

H. No cumplir sus funciones establecidas en el manual de convivencia.

I. Llegar a la institución en estado de embriagues, bajo el efecto de estupefacientes o cualquier tipo de dopaje.

J. Negociar con informes académicos, certificados de estudio, material escrito o fílmico, tecnológico, trabajo de investigación en cualquier modalidad que tenga que ver con la vida institucional.

K. La no transparencia en el manejo de dinero que recaude la institución. (excursiones, trabajos de campo de cualquier otra índole).

L. Sustraer documentos y vender o regalar ideas o fundamentos de la institución.

M. Maltratar psicológica o físicamente a cualquier miembro de la comunidad.

N. No conservar una forma da vida ética que testifique su labor docente dentro de la institución o fuera de esta.

Artículo 42. DEBERES SEGÚN LAS AREAS

1.FILOSOFIA – ETICA – EDUCACION RELIGIOSAS

A. Trazar objetivos que sirvan de parámetro para las demás áreas.

B. Rescatar lo espiritual, lo moral y los valores de la sociedad en que vivimos.

C. Presentar otros enfoque filosóficos en la valoración de lo espiritual, lo moral, lo metafísico y los valores de la sociedad actual.

D. Analiza los planteamientos filosóficos del cristianismo, las principales enseñanzas, códigos morales sobre los cuales se desarrolla la sociabilización.

E. Analiza críticamente el porqué de las diferentes corrientes como, el islamismo, el budismo y otras religiones no cristianas.

F. Identificar los fines que persiguen las religiones y el porqué de las diferentes culturas y momentos históricos de estas.

G. Reconocer el origen, función e importancia de las leyes el derecho y las normas morales.

H. Preparar a los estudiantes para efectuar juicios morales acertados, a través de la enseñanza de la moral, la ética y la axiología, para aplicarlos en las decisiones de su vida.

I. Efectuar análisis críticos de los problemas sociales para plantear soluciones (drogadicción, prostitución, cuidado del medio ambiente, etc.)

J. Planear conjuntamente con el orientador y profesores estrategias dinámicas y contenidos a desarrollar para la educación en valores.

K. Explicar porque los hechos o comportamientos que se da en nuestro entorno social, no puede justificarse o juzgarse por lo que se da, se acepta o se rechaza en otras culturas como la norteamericana, rusa, francesa, árabe, etc.

L. Fomentar la actividad periodística, foros, debates y otros medios para expresión respetuosa del pluralismo ideológico.

M. Diseñar estrategias para la preparación de los exámenes de estado y el ingreso a la universidad de los estudiantes de último grado.

2. AREA DE TECNOLOGIA E INFORMATICA Y OTROS AFINES

Tienen la responsabilidad de acercar todo el proceso de realidad socio-económica, laboral y científico-tecnológica, deben solicitar el apoyo de los demás profesores que orienten la construcción de los conocimientos de sus áreas a los objetivos que pretenden la institución educativa en su afán de formar un perfil en el alumno.

Promover los objetivos institucionales, asociados a los filosóficos y ético-morales, quienes constituyen los ejes del proceso educativo, por siguiente el diseño de estos objetivos deben ser cuidadosos y fundamentados en argumentos legales y pedagógicos.

3. AREA DE MATEMATICAS

A. Fomentar la justicia, la equidad, la responsabilidad y la autoestima por medio del área, al orientarla como medio para efectuar operaciones comerciales, liquidaciones laborales justas y equitativas. Como un medio para desarrollar o comprobar investigaciones objetivas, responsables o para presentar análisis o informes honrados. Buscar que las matemáticas se valoren como un medio para desarrollar la actividad laboral cotidiana y para el desarrollo científico-tecnológico.

B. Buscar el aprecio por esta área del conocimiento, el gusto por su saber, propiciar y facilitar la construcción de este conocimiento, borrar el tabú, el temor o rechazo que se ha formado alrededor del aprendizaje de las matemáticas.

C. Desarrollar una preparación adecuada para el éxito de los exámenes de Estado y el ingreso a la universidad.

D. Actuar como un líder donde se comprometa y logre el desarrollo eficiente de los objetivos educativos.

E. Programar concursos, olimpiadas y otras actividades que promuevan el aprecio por el área y demostrar que las matemáticas son más fáciles de aprender y aplicar.

4. EDUCACIÓN ARTISTICA

A. Promover la valoración o aprecio por lo bello. Establecer que estas valoraciones han cambiado en las culturas y según el desenvolvimiento histórico que en cada cultura y momento histórico de análisis y aprecio por la belleza y lo sensible es diferente.

B. Fomentar el respeto por el otro, por los conceptos y apreciaciones diferentes, por los valores culturales de otras regiones o naciones.

C. Programar actividades artísticas o estéticas, eventos, concursos, exposiciones que desarrollen la creatividad y exaltación de nuestros valores culturales y morales; eventos que propicien la internalización, el respeto y la práctica de los valores humanos y culturales.

5. AREA DE SOCIALES Y DEMOCRACIA – FILOSOFIA – ECONOMIA CONSTITUCION

A. Buscar la socialización del estudiante.

B. Preparar a los alumnos para que se desenvuelvan en la sociedad, aprender a vivir en comunidad aplicando las normas que rigen al país, la Constitución Nacional, los derechos y deberes a nivel personal, familiar, comunitario, civil y penal para que actúen con justicia y honradez; desarrollen los avlo9res sociales y políticos con el fin de lograr una educación ético-moral, que existe en los males sociales, drogadicción, daños al medio ambiente y otros.

C. Identificar el origen, función e importancia de las leyes, el derecho y las normas morales.

D. Utilizar la historia para desarrollar el sentido de pertenencia destacando la importancia de la intensidad nacional y el nacionalismo y los valores culturales y el desarrollo de la sociedad, conocimiento indispensable para comprender el pasado, el presente y proyectar el futuro.

E. Programar publicaciones, foros y otros eventos que promueven la internalización y la práctica de los valores humanos y sociales. Además preparar a los alumnos para los exámenes de los estados y el ingreso a la universidad.

6. AREA DE CIENCIAS NATURALES Y EDUCACIÓN AMBIENTAL

A. Desarrollar actividades para que los estudiantes valoren la importancia del funcionamiento de los órganos vitales, con relación a los comportamientos sociales.

B. Puntualizar la necesidad de la autoestima y la importancia que tiene cada uno de los órganos del cuerpo, con el fin de proporcionar sus cuidados, la utilización apropiada, evitar el abuso, reconocer las enfermedades que se pueden adquirir, identificar las causas que conllevan al homosexualismo, el lesbianismo, la drogadicción el aborto, la prostitución, el alcohólico, y presentar alternativas para prevenir, corregir y curar estas desviaciones y enfermedades.

C. Establecer que el equilibrio emocional depende del equilibrio fisiológico.

D. Fomentar la utilización de recursos naturales para evitar el desequilibrio ecológico y los prejuicios en los biosistemas; desarrollar campañas para el cuidado del medio ambiente.

E. Valorar los alimentos por su contenido nutritivo, costos comerciales y no por la apariencia física.

F. Programar actividades para promover la creatividad, la internalización de valores, la educación sexual, ambiental, prevención de la drogadicción y el desarrollo científico y tecnológico.

7. AREA DE HUMANIDADES – LENGUA CASTELLANA

A. Fomentar la práctica y el aprecio por los valores por medio de la dramatización, la comunidad individual, grupal, masiva, simbólica.

B. Realizaran análisis de artículos informativos de la radio y televisión, para desarrollar destreza en los estudiantes de distinguir la fantasía, la realidad, los valores presentes en estos, etc.

C. Desarrollaran la parte afectiva de los alumnos para que comprendan los mensajes e internalicen las normas y los valores.

D. Propiciarán la comunicación pictórica, grafica, composiciones literarias, la creatividad y la participación en concursos para promover las normas, valores y suavizarlos por medio de la jocosidad que le puedan imprimir a las dramatizaciones e ilustraciones chistosas.

E. Fomentar el aprecio y la valoración por nuestro folclor nacional, el respeto y su práctica. Desarrolla actividades periodísticas para utilizarlas como medio en la promoción de los valores humanos, filosóficos y literarios.

F. Planearan actividades para preparar los estudiantes los exámenes de estado y el ingreso a la universidad.

8. AREA DE EDUCACION FISICA – RECREACION Y DEPORTES

A. Satisfacer la necesidad del equilibrio emocional del respeto por la persona humana, el reconocimiento de capacidades y limitaciones.

B. Fomentar las acciones justas: el manejo adecuado de la alegría que causa el éxito y la tristeza que ocasiona un fracaso.

C. Desarrollar el espíritu de superación.

D. Propiciar las competencias honestas, el uso adecuado del tiempo libre y otras que colaboren en la formación integral del estudiante.

9. IDIOMA EXTRANJERO

A. Enfatizar en el aspecto en el reconocimiento del valor de otras culturas, resaltar la importancia de otros idiomas para la comunicación internacional, el comercio, el intercambio de avances científicos y tecnológicos, el conocimiento de otros modos de vida, costumbres y concepciones del mundo.

B. Actualizar al joven estudiante en relación a las traducciones e interpretaciones del idioma extranjero para resolver problemas de su vida cotidiana (instrucciones de electrodomésticos, computadoras, maquinas e informaciones tecnologías, científicas y culturales).

C. Preparar concursos y eventos donde los alumnos demuestren y apliquen los conocimientos adquiridos.

D. Preparar a los alumnos para los exámenes de estado y el ingreso a la universidad.

CAPITULO VII

EL GOBIERNO ESCOLAR

Todos los consejos se organizaran para el periodo de un año y serán elegidos y cumplirán sus funciones a partir de la octava semana de clase e inmediatamente se haya instalado el gobierno escolar en ceremonia especial presidida por la rectora.

Artículo 43. CONSEJO DIRECTIVO

En la instancia superior administrativa y académica en la institución, está:

1. La rectora (quien lo preside y lo convoca)

2. Un directivo docente (escogido por el rector)

3. Dos representantes de los docentes elegidos en una asamblea por la mayoría de los votos.

4. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la junta directiva de la asociación de padres o acudientes.

5. El representante y personero de los estudiantes que eligieron los alumnos.

6. Un representante de los ex alumnos de la institución seleccionado por el consejo directivo de una terna que le presente la organización que reúna la mayor cantidad de ellos.

7. Un representante de los sectores productivos del área de influencia del sector productivo.

Parágrafo: La renovación y elección de los miembros de este comité e excepción del rector será anual.

Artículo 44. FUNCIONES

Las funciones del consejo directivo serán las siguientes:

1. Tomar las decisiones para solucionar situaciones que afecten el funcionamiento de la institución y que no sean competencia de otra autoridad.

2. Servir de última instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos y otros funcionarios, después que hayan agotado los recursos previstos en el presente Manual de Convivencia.

3. Adoptar el Manual de Convivencia de la institución.

4. Fijar los criterios para la asignación de cupos.

5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.

6. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudio y someterlos a consideración de la Secretaria de Educación para que verifique el cumplimiento de los requisitos legales.

7. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución.

8. Establecer estímulos y sanciones para el desempeño académico y social de los alumnos.

9. Participar anualmente en la evaluación institucional.

10. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

11. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

12. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes.

13. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente decreto.

14. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos provenientes de pagos autorizados, efectuados por los padres de familia y acudientes, tales como derechos académicos, uso de libros de textos.

15. Darse su propio reglamento.

Artículo 45. MECANISMO DE ELECCIÓN

1. Se elegirán padres y maestros representantes en asamblea general.

2. Dos delegados de los padres de familia por curso.

3. En asamblea de delegados se eligen los miembros de la junta directiva y estos a su vez eligen los representantes al consejo directivo.

Artículo 46. COMITÉ DE CALIDAD

Es el órgano que planea y toma decisiones sobre sistema de gestión de la calidad de la

institución, a través de este comité se mantiene la integralidad, se planean e implementan

los cambios y planes de mejoramiento, se demuestra la conformidad y el mejoramiento

continuo del sistema de gestión de la calidad en la institución, está conformado por :

Rector

Coordinador de calidad

Coordinador académico

Coordinador de convivencia

Coordinador administrativo

Lideres de las áreas de mejora

Un Representante de los estudiantes – Personero

Un Representante de los Padres de Familia – Su escogencia se hará entre los

miembros del Consejo de Padres de familia-

Auditores

Artículo 47.Funciones del comité de calidad

Liderar el proyecto de calidad.

Sugerir a la alta dirección (consejo directivo) los lineamientos para la

implementación y sostenimiento del Sistema de Gestión de Calidad.

Participación en la construcción del Direccionamiento Estratégico Institucional y

seguimiento a las metas e indicadores planteados.

Implementar mejoramiento continuo a todos los procesos del sistema de gestión

de calidad.

Velar por la calidad de todos los procesos que se trabajan durante el año escolar

Llevar a cabo la evaluación permanente de los procesos para alcanzar la

excelencia

Realizar auditoría interna periódicamente a los procesos

Implementar las orientaciones dadas por el proyecto líderes siglo XXI, la

Secretaría de educación.

Tomar decisiones y buscar estrategias frente al proceso de calidad.

Artículo 48. CONSEJO DE PADRES

El concejo de padres de familia, como órgano de la asociación de padres de familia es un medio para asegurar la continua participación de los padres o acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento.

Está integrado por los voceros de los padres de los alumnos que cursan cada uno los grados que ofrece.

Es un medio para asegurar la continua participación de los padres o acudientes en el

proceso pedagógico de la institución. Esta integrado por un representante y su respectivo

suplente de los padre de los estudiantes de cada uno de los cursos. Son elegidos

democráticamente por medio de votaciones en la primera reunión de padres de familia

que se realiza iniciando el año escolar

Artículo 49.Funciones del consejo de padre de familia

Velar por la buena imagen de la institución

Promover actividades culturales y deportiva entre los miembros de la comunidad

Elegir democráticamente el representante de los padres de familia al consejo

directivo

Organizar y desarrollar talleres, seminarios, conferencias que contribuyan a la

formación integral e padre y estudiantes

Asistir puntualmente a las reuniones

Seguir el conducto regular para cualquier actividad relacionada con la institución

PARÁGRAFO1: el consejo de padres surge de los representantes de la asociación de

padres de familia

PARAGRAFO2: La ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA es la agrupación de todos

los padres o acudientes de todos los estudiantes de la institución los cuales se congregan

para asegurar la participación de estos en las diferentes actividades curriculares y

extracurriculares del plantel educativo. Esta organización se rige por los estatutos y

acuerdos.

Artículo 50. CONSEJO ACADEMICO O CURRICULAR

Este proceso precedido por los directivos docentes, un profesor de cada área, el representante y el personero de los estudiantes. A excepción del rector y los directivos los demás funcionarios son elegidos por periodos de un Año lectivo de febrero a noviembre.

Articulo 51. FUNCIONES

Como instancia en la orientación pedagógica de la institución, se reunirán periódicamente para:

1. Estudiar ajustes o innovaciones al currículo en concordancia con las disposiciones legales vigentes y asesorar al consejo directivo en la revisión de la propuesta del P.E.I.

2. Organizar el plan de estudio y orientar su ejecución

3. Recibir y decidir los reclamos de los alumnos con relación a las evaluaciones, de acuerdo a los artículos 50 al 56 del decreto 1860 de 1994.

4. Planear la evaluación institucional anual y personal del rendimiento escolar. Supervisar el proceso general de evaluación, para elaborar propuestas de mejoramiento y promoción estudiantil.

5. Planear normas, funciones y actividades, la calidad de la educación, la superación, el bienestar de los estudiantes, el éxito de las pruebas del Estado, el ingreso a la universidad y el buen desempeño laboral.

6. Llevar un registro del rendimiento académico para mejorar la responsabilidad académica del alumno.

7. Plantear estrategias de mejoramiento en los procesos de aprendizaje, elaborando propuestas pedagógicas y evaluativas.

8. Programar y coordinar las jornadas pedagógicas institucionales.

Artículo 52. MECANISMO DE ELECCION

1. En asamblea de docentes se escogen dos representantes de cada área en bachillerato.

2. Los profesores de primaria y preescolar serán representantes a este

consejo.

Artículo 53.COMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

La ley 1290 del 2009

Artículo 54. Funciones del Comité de Evaluación y Promoción:

Definir la promoción de los estudiantes al finalizar los diferentes grados y entregar el

informe al consejo académico.

Hacer seguimiento a los estudiantes especialmente a aquellos que merecen mayor

atención y compromiso.

Determinar las actividades complementarias especiales cuando sea necesario a

cumplir con los estudiantes para alcanzar los logros académicos.

Presentar los nombres de los estudiantes al consejo académico, cuando se requiera

hacer promociones anticipadas con los argumentos del caso.

La Ley 230 replantea estas funciones así:

Artículo 55. Comisiones de evaluación y Promoción:

El consejo académico conformará para cada grado una comisión de evaluación y promoción integrada por un número de hasta tres docentes, un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución y el rector o su delegado, quien la convocará y presidirá con el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para estudiantes que presenten dificultades.

En la reunión de la comisión de evaluación y promoción al finalizar cada periodo escolar se analizarán los casos de los educandos con evaluación insuficiente o deficiente en cualquier parea y se harán recomendaciones generales o particulares a los profesores u otras instancias del establecimiento educativo, en términos de actividades de refuerzo y superación analizadas las condiciones de los educandos, se convocará a los padres de familia o acudientes o acudientes del educando y al

educador respectivo, con el fin de presentarles un informe junto con el plan de refuerzos y acordar los compromisos por parte de los involucrados.

Las comisiones además analizarán los casos de los educandos con desempeños excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades especiales de motivación o promoción anticipada. Así mismo, se establecerá si educadores y educandos siguieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos del periodo.

Las decisiones observadas y recomendaciones de cada comisión se consignarán en actas y estas constituirán evidencias para posteriores decisiones de la promoción de educandos.

Artículo 56. ELECCION DELCOMITÉ DE CONVIVENCIA

Busca mejorar los procesos dentro y fuera de la institución en procura de una sana

convivencia de toda la comunidad educativa, brindando espacio de conciliación y

herramientas para la resolución de conflictos.

El comité de convivencia lleva a cabo el seguimiento del cumplimiento de las normas

establecidas en el manual de convivencia.

Esta conformado de la siguiente manera:

El director (a)

Coordinador de convivencia

Coordinador académico

Orientador escolar

Un docente del área de sociales

Un representante del consejo de padres

Un representante del consejo de estudiantes

Un mediador de conflictos elegido entre los representante de curso vocero

Artículo 57.Funciones del comité de convivencia

Estudiar los casos graves de comportamientos

Llevar a cabo actividades que fomenten la sana convivencia entre los miembros de

la comunidad

Desarrollar actividades para la divulgación de los derechos fundamentales, los

derechos del niño y el reglamento interno o manual de convivencia

Desarrollar foros y talleres con la comunidad educativa con el objeto de promover

la sana convivencia y los valores morales dentro del ámbito institucional,

estudiantil y familiar

Evaluar y mediar los conflictos que se presenten entre docentes y/ estudiantes,

entre estudiantes, entre personal administrativo y de servicios generales

Llevar a cabo el seguimiento en los diferentes formatos del proceso de manejo de

conflictos, y el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de

convivencia

Paragrafo1: las decisiones de este comité se tomaran por mayoría, mediante voto

secreto

Paragrafo2: Ninguna decisión de este comité tendrá validez sin la presencia del padre de

familia

Paragrafo3: la persona que funcione como secretario si no es miembro del comité no

tendrá derecho a voz ni voto

Paragrafo4: en caso de la ausencia de los padres de familia de los estudiantes

involucrados en el conflicto se nombrara un tutor que los represente

Paragrafo5: su aplicación estará sometida a la autoridad del director(a)

Artículo 58. CONSEJO DE ESTUDIANTE

Los representantes al consejo estudiantil son voceros de cada grupo, elegidos por sus compañeros a través del voto secreto.

Artículo 59. FUNCIONES

Son funciones del consejo de curso las siguientes:

1. Mantener las mejores relaciones humanas con los directores de grupo, profesores y alumnos.

2. Solicitar comedidamente la colaboración de sus compañeros para lograr el efectivo cumplimiento de sus funciones y la buena marcha del curso.

3. Coordinar los monitores, auxiliares de disciplina, directores de grupo y directiva de los comités motivadores, las funciones y actividades comunes para evitar malos entendidos, enfrentamientos, propiciar la armonía, el éxito de sus labores en pro de sus compañeros y de la institución.

4. Informar al director de grupo y profesores sobre la asistencia de los alumnos clase y el desarrollo de las mismas.

5. Diligenciar diariamente el control de asistencia y entregarlo a la penúltima

hora a la coordinación de disciplina.

6. Fomentar los buenos modales entre sus compañeros y evitar comentarios, actividades que lesionen la dignidad de la persona humana, para propender una educación integral.

7. Involucrar el habito en las horas libres y la disciplina en coordinación con los auxiliares de está y monitores; en este caso mantener el aula abierta.

8. Llevar la vocería del curso ante el director de grupo, coordinadores, en casos especiales ante el director del plantel, con el fin de estudiar y buscar soluciones a las necesidades, problemas e inquietudes en el curso y la institución. Si estas expectativas no son atendidas o solucionadas, presentárselas al personero y/o representantes de los estudiantes para las gestiones en el consejo académico o el consejo directivo.

9. Velar porque el salón de clase permanezcan limpio, decorado y ordenado, promover campañas escolares de aseo entre sus compañeros con el fin de preservar el medio ambiente y en buenas condiciones los muebles y enseres del respectivo salón de clases y la institución.

10. Motivar diariamente a sus compañeros sobre la importancia de la asistencia, la formación y la disciplina en general.

11. Pasar informe por escrito al director de grupo, de los compañeros que sobresalgan por sus actividades positivas o negativas.

12. Reemplaza al monitor de las asignaturas o áreas en caso de ausencia.

Artículo 60. MECANISMO DE ELECCION

El consejo directivo deberá convocar en una fecha dentro de las dos primeras semanas del calendario académico. Las asambleas por cursos, con el fin de elegir de su seno mediante votación secreta un vocero estudiantil para el año lectivo.

Los alumnos del nivel preescolar y de los primeros grados ciclos de primaria, serán convocados a un asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes.

Artículo 61. EL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES

Es el alumno encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes fijados en la Constitución Nacional y en el presente Manual de Convivencia. Será elegido dentro de los primeros 30 días calendario después de iniciadas las labores será convocadas por la dirección del colegio.

Artículo 62. FUNCIONES

1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes.

2. Utilizar medios de comunicación del colegio (periódico, mural, cartelera para dar informes, etc.)

3. Promover cursos, conferencias, debates de interés.

4. Recibirá y evaluará las quejas y reclamos que presenten los estudiantes con lesiones en sus derechos. Además que formule cualquier persona de la comunidad educativa sobre el incumplimiento de los deberes del alumno.

5. Presentar ante la directora y coordinación académica, si el caso es académico las solicitudes que considere pertinente para proteger los derechos de los estudiantes.

Artículo 63. MECANISMO DE ELECCION

1. Los candidatos se escogen del curso 11º en forma democrática.

2. Se darán a conocer los nombres de los candidatos a toda la comunidad educativa.

3. Iniciaran la campaña con la asesoría del comité de los derechos humanos de la institución, bajo sus reglamentos.

4. Se convoca a elección bajo los parámetros que la Constitución Nacional y la Ley General de Educación estipule.

Artículo 64. CONDICCIONES PARA PODER SER PERSONERO

1. Estar matriculado en el Instituto María Montessori.

2. Ser alumno de 11º.

3. Haber cursado, por lo menos, decimo grado en la institución.

4. Elaborar plan de gobierno.

5. Haber mantenido buen rendimiento académico y una disciplina acorde con lo contemplado en el Manual de Convivencia.

Artículo 65. MECANISMO PARA LA REVOCATORIA

1. Dirigirse al comité de democracia y derechos humanos.

2. El presidente del consejo estudiantil quien actuará como vocero de los educandos presentará por escrito la demanda.

3. La demanda será admitida si la solicitud va acompañada del 60% de las firmas de acuerdo el censo electoral.

4. El comité de democracia y derechos humanos, recepcionara la demanda y una vez reunido, la estudiará y podrá decidir la mitad más uno de sus integrantes acerca de la viabilidad de está en un término de cinco (05) días hábiles a partir de la aceptación de la demanda.

Artículo 66. PERDIDA DE INVESTIDURA DEL PERSONERO

La investidura de personero estudiantil se pierde bajo las siguientes causales:

1. Por incurrir en faltas graves contempladas en el Manual de Convivencia y por el bajo rendimiento académico.

2. Por cancelación de la matricula debido a cambio de domicilio o institución.

3. Por fallecimiento.

4. El no cumplimiento del programa de gobierno trascurrido 60 días calendario.

Parágrafo: En caso de pérdida de la investidura del personero, será remplazado por el candidato que haya obtenido la segunda votación; y se posesionara ante el comité de Derechos Humanos y Democracia.

Artículo 67. COMITÉ DE EGRESADOS

Los egresados son aquellos estudiantes que cursaron buena parte de sus estudios y se

graduaron en la institución. Así mismo, son: Los que continúan el estudio educativo y

ofrecen a la sociedad su aporte en la contrición de una sociedad nueva desde la justicia y

fraternidad.

Artículo 68.Función del comité de egresados

Establecer su organización y reglamentación interna

Participar en las reuniones anuales o semestrales de las egresadas (os)

Apoyar los programas del colegio atreves de aportes técnicos, profesionales y

obras de infraestructura que beneficien a la comunidad educativa

Colaborar con la institución en el mejoramiento del proyecto educativo institucional

aportando ideas basadas en nuevas experiencias

Colaborar solidariamente en las obras educativas y sociales, que se promueven en

la institución

Organizar jornadas de orientación profesional en diferentes campos para las para

las futuras generaciones

CAPITULO VIII

CENTRO DE INTERES Y COMITES DINAMIZADORES

Estos comités propenderán por la ocupación del tempo libre, organizando actividades para buscar mejor ambiente estudiantil a través de la participación dinámica en las actividades complementarias que busquen el desarrollo integral del educando y la participación del conocimiento en la vivencia cotidiana. Se organizaran 5 comités o centros de interés en los cuales todos los estudiantes y profesores deben participar en uno de ellos, que seleccionen voluntariamente.

Comités:

1. Medio Ambiente

2. Derechos Humanos

3. Ciencia, Arte y Cultura

4. Disciplina y Orientación

5. Deporte, Recreación y Tiempo Libre

Artículo 69. COMITÉ DE MEDIO AMBIENTE

Este comité será conformado por estudiantes de todos los grados y serán liderados por los profesores de ciencias naturales y educación ambiental, 2 profesores de primaria y 1 de preescolar. Sus funciones son:

1. Preservar el medio ambiente escolar hacia una visión armónica.

2. Promover campañas de decoración en aulas, pasillos y el patio.

3. Diseñar planes que conlleven a la puesta en marcha de actividades ambientalistas dentro y fuera de la institución.

4. Asistir a foros, seminarios, congresos y eventos institucionales.

5. Organizar campañas de aseo no solo a nivel interno, sino en otros lugares de la ciudad.

6. Promover la formación de valores que permitan una sana convivencia.

7. Celebrar fechas significativas de campañas mundiales por el medio ambiente.

8. Elaborar propuestas pedagógicas que motiven la conservación del medio ambiente.

Artículo 70. COMITÉ DE DERECHO HUMANOS

Este comité está conformado por estudiantes de cada curso y liderados por los profesores de ciencias sociales, 2 profesores de primaria y 1 de preescolar. Sus funciones son:

1. Elaborar propuestas pedagógicas que motiven la práctica de la democracia.

2. Organizar el proceso electoral para el personero estudiantil y la elección de líderes.

3. Para el proceso electoral de las diferentes elecciones de líderes de estudiantiles, se elige un grupo administrador que cumpla con las funciones que tenga relación con la organización y fiscalización semejante a los cumplidos por la Registraduria y consejo electoral nacional, para garantizar el desarrollo normal del proceso educativo en estas actividades democráticas.

4. El comité trazara reglamentos y actividades que permitan la presentación de los estudiantes elegibles para las diferentes dignidades; la promoción de sus planes de trabajo su divulgación o propaganda y los mecanismos para las votaciones y demás aspectos necesarios.

5. Fomentar la formación integral de los educandos y demás miembros de la comunidad.

6. Celebrar fechas significativas de la vida nacional.

7. Organizar eventos que se relacionen con la preservación de los derechos humanos.

8. Organizar la instalación del gobierno escolar.

9. Proyectar la práctica de los derechos humanos hacia toda la comunidad.

Artículo 71. COMITÉ DE CIENCIA – ARTE Y CULTURA

Corresponde a este comité proponer y desarrollar las siguientes actividades:

1. Realizar conferencias sobre nuestra cultura literarias y folclóricas, centros literarios, actividades periodísticas, obras de teatro, concursos literarios, conferencias sobre el origen de nuestra cultura, principales grupos de

nuestro país, concursos de pinturas, dibujos, danzas, grupos instrumentales.

2. Fomentar la formación integral de los educandos y demás miembros de la comunidad.

3. Organizar la celebración de fechas significativas para los miembros de toda la comunidad educativa.

4. Liderar programas que permiten el fortalecimiento de las relaciones interpersonales entre los miembros de la comunidad.

5. Destacar las fechas de cumpleaños de los docentes y alumnos, organizar los actos de clausura, promover integraciones, emprender campañas de solidaridad.

Artículo 72. COMITÉ DE DISCIPLINA Y ORIENTACIÓN

Corresponde a este comité:

1. Velar la formación disciplinaria de los miembros de nuestra comunidad educativa.

2. Diseñar estrategias disciplinarias y formativas a través de consejería que contribuyan a la formación integral de los niños, jóvenes, docentes, personal administrativo, de apoyo y servicios generales.

3. Liderar los procesos de tipo disciplinario con apoyo del departamento de psicología y psicoorientación para una mejor convivencia.

4. Apoyar y orientar a los auxiliares de disciplina (alumnos) para que cumplan sus funciones.

5. Motivar a los jóvenes y niños a la realización de los planes que tengan que ver con la valoración de la disciplina con un componente de la vida personal de ellos.

6. Emprender campañas y actividades que tengan como propósito destacar la disciplina grupal.

7. Procurar estar presente delegando funciones y controlando la disciplina en todos los eventos institucionales e interinstitucionales.

8. Emprender campañas y actividades que tengan como propósito destacar la disciplina grupal.

Artículo 73. COMITÉ DE DEPORTE RECREACION Y TIEMPO LIBRE

Corresponde a este comité:

1. Velar por el desarrollo físico de los miembros de la comunidad.

2. Programar eventos deportivos, recreativos con integración de todos los miembros (campeonatos Intercursos, competencias municipales, departamentales, nacionales; integraciones deportivas estudiantes – docentes – padres de familia – ex alumnos).

3. Promover el aprovechamiento del tiempo libre, entrenamiento y preparación de los deportistas.

4. Promover la integración con otras instituciones a nivel interno y externo.

5. Promover el civismo y el sentido de pertenencia institucional y municipal.

6. Asistencia a desfile, marchas y actividades organizadas a nivel local y regional.

7. Conformar las diferentes disciplinas deportivas (microfútbol, baloncesto, atletismo, voleibol, ajedrez).

8. Estimular a los estudiantes deportistas premiándolos en cada una de las disciplinas deportivas.

9. Velar por el desarrollo estético y ético de los deportistas.

10. Desarrollar los valores éticos y morales a través de las actividades deportivas.

11. Fomentar la participación de los estudiantes en talleres deportivos desarrollando la fundamentación técnica de los deportes colectivos e individuales

CAPITULO IX

CALIDAD DE LOS SERVICIOS

El Instituto María Montessori ofrece a su comunidad educativa los servicios de:

A. Psicoorientación

B. Biblioteca

C. Laboratorios

D. Centro de recreación y deporte

E. Sala de informática

F. Laboratorio de radio y televisión

G. Tienda escolar

Artículo 74. SERVICIO DE PSICOORIENTACIÓN

El instituto presta este servicio al estudiantado con el fin de llevar un seguimiento en el comportamiento y rendimiento académico; especialmente en aquello estudiantes que presentan un problema de adaptación, dificultades de aprendizaje, problemas de bajo rendimiento académico, problemas de conducta, asesoría a padres de familia y profesores entre otros.

El trabajo está organizado en horario de veinte (20) horas semanales las cuales se encuentran distribuidas así:

1. Seis (6) horas con el estudio de ética para lograr detectar problemas de comportamiento y de conducta llevando a cabo el desarrollo de los proyectos pedagógicos de valores y educación sexual.

2. Seis (6) horas para el desarrollo de talleres de hábitos de estudio que sirven para observar y ayudar a los estudiantes a obtener disciplinas en su responsabilidad académica.

3. Cinco (5), treinta (30) minutos para at5ender casos especiales en problemas de aprendizaje.

4. Una (1) hora, treinta (30) minutos en atención a padres de familia para brindarles asesoría que fortalezcan las aéreas débiles de familia.

5. Una (1) hora, para orientación a docentes para la práctica pedagógica y pautas para detectar problemas de aprendizaje en los alumnos.

6. La Psicoorientadora informara a los coordinadores académicos y de disciplina del seguimiento de los alumnos atendidos y deben remitir fichas informativas con cada informe académico a los padres de familia.

7. Se le brinda charla a los alumnos de 11º con diferentes profesionales para orientar la vocación de estos en la elección de las diferentes carreras universitarias.

8. Orientar la escuela para padres con charlas, talleres y dinámicas con temas de interés que sirven para exhortar y concienciar al padre de familia en su papel como tal.

9. Se lleva a cabo la elaboración de registros informativos de los alumnos que presentan comportamientos y debilidades en la responsabilidad de sus estudios.

De esta manera en la institución se lleva a cabo actividades que fortalecen las relaciones interpersonales y sociales de los miembros de la comunidad.

Articulo 75. SERVICIO DE LA BIBLIOTECA La institución presta este servicio a la comunidad con la biblioteca “Rafael Pombo” con un horario de 6:30 a.m. a 12: 45 p.m. 1. El bibliotecario (a), tiene la obligación de atender en el horario estipulado a

todo usuario con amabilidad y respecto; y orientar la búsqueda de los diferentes temas.

2. La biblioteca puede ser utilizada para la lectura silenciosa, consulta e investigaciones en las diferentes áreas del conocimiento del hombre.

3. El usuario debe presentar su carnet estudiantil y firmar el registro de visitas.

4. En caso de que el usuario necesite prestar el libro debe dejar en consignación su documento de identidad.

5. El uso extra biblioteca se cumple las 24 horas.

6. El deterioro de los libros por el usuario requiere la cancelación del costo del libro el cual debe ser reportado por el bibliotecario y efectuarse en la pagaduría de la institución.

7. Cuando el deterioro del libro no sea denunciado a tiempo; entonces debe ser cancelado por el bibliotecario (a).

Artículo 76. SERVICIO DE LABORATORIO

1. Los alumnos reciben la parte experimental para complementar el conocimiento

de las áreas de química y física.

2. Todo alumno que realice práctica deberá hacerlo con la bata cerrada (abotonada), escarapela y con los alimentos necesarios para su protección personal (guantes, lentes de laboratorio), cuando se requieran elementos necesarios para su protección personal (guantes, lentes de laboratorio), cuando estos se requieran.

3. Al entrar al laboratorio no está permitido:

a. Jugar con las sustancias químicas, ni con los implementos de laboratorio.

b. Oler, tocar y probar cualquier sustancia química, a menos que seas autorizado por el profesor de grupo o coordinador de práctica.

c. Manipular o poner en funcionamiento los implementos que se encuentran en el laboratorio sin ser autorizado.

d. Utilizar los implementos para otros usos de indicado en la guía de cada práctica.

e. Entrar al salón en voz alta o llamando a los compañeros a gritos.

f. Distraerse al realizar su práctica (por que pierde concentración y la observación en parte fundamental de ella).

g. Molestar a los otros grupos por cosas que no sean relativos al desarrollo del laboratorio.

h. Presentarse sin sus útiles escolares requeridos para cada práctica (lápices, bolígrafos, libros de consulta o con el material exigido por el profesor), necesarios para la práctica.

4. La hora de entrada al laboratorio será fijada en el calendario de práctica y no

se permitirá la entrada de los alumnos después del llamado a lista.

5. No se permitirá el ingreso al salón de laboratorio a los alumnos en estado de embriagues u otro estado no normales.

6. Las guías de laboratorio deben ser leídas y comprendidas antes de realizarse la práctica.

7. Advertencias:

a. No aspires ácidos u otros líquidos volátiles con la pipeta.

b. Adicione los reactivos en pequeñas cantidades.

c. No comas dentro del laboratorio.

d. No arroje papeles o materiales plásticos, dentro de las cañerías, utilice las canecas.

e. Lávese las manos después de cada práctica.

f. Utilice espátulas para adicionar reactivos sólidos (nunca con las manos).

g. De su comportamiento y responsabilidad en la realización de la práctica depende su seguridad personal.

h. Ante todo evite accidentes, cuando no este grupo solicite orientación.

Artículo 77. CENTRO RECREATIVO Y DEPORTIVO

El propósito es garantizar el funcionamiento de la actividad física a través del deporte lo cual se construirá en el inicio de un proceso de formación integral que le permita a los alumnos utilizar la recreación y el tiempo libre como medio de integración social y de esparcimiento.

Las canchas deportivas y zona recreativas son para la práctica del deporte en las disciplinas del basketball, voleibol, futbol de salón, patinaje, entre otros; y en actividades lúdicas como rondas, juegos, danzas y tardes recreativas para el desarrollo físico, psíquico, social y cultural de los alumnos en un ambiente sano.

1. Estos espacios para la utilidad exclusiva de actividades institucionales como son: encuentros deportivos, integraciones, festivales, convivencia y otros.

2. Los horarios para la utilización son estipulados por el cronograma institucional.

3. Es deber de todo miembro de la comunidad vela por el mantenimiento, ornamentación y buen estado de este espacio físico.

4. El desarrollo de las actividades deportivas estará reglamentado debidamente de acuerdo al proyecto pedagógico de la recreación y la utilización de tiempo libre.

Artículo 78. SERVICIO DE LA SALA DE INFORMATICA

El instituto presta el servicio de la sala de informática; con el fin de garantizar que el alumno tenga a su disposición un paquete tecnológico en el cual le brinda las bases necesarias para el desarrollo de sus competencias y así obtener personas capaces de desenvolverse dentro del contexto tecnológico, esta sala presta las siguientes funciones:

1. Brinda las herramientas necesarias a los alumnos para que desarrollen sus competencias.

2. Ofrece el espacio a los alumnos para que a través de su creatividad utilicen las aplicaciones informáticas para crear nuevas propuestas que conduzcan al desarrollo de su conocimiento.

3. Promueve la investigación de las aéreas para que a través de la tecnología, los alumnos puedan desenvolverse utilizando el computador como fuente de control, ejecución y presentación de la información.

4. Compenetra al alumno en la manipulación de las herramientas que ofrece el computador para que sea una persona competente dentro del ambiente escolar.

Artículo 79. Derechos

1. Los alumnos tiene el derecho de manipular el computador, utilizando los espacios disponibles que ofrece el nivel en el cual el alumno está cursando así:Preescolar a tercer grado de básica, una (1) hora semanal. Cuarto a quinto básica dos (2) horas semanales. Sexto a noveno de básica y 10º y 11º de media vocacional, tres (3) horas semanales.

2. El titular del área debe dar las instrucciones necesarias para conocer las bases en la manipulación de las aplicaciones informáticas.

Artículo 80.Deberes

1. Proporcionar un ambiente apto dentro de las instalaciones para el desarrollo de las actividades propuestas.

2. Cuidar los equipos que están sujetos de la manipulación.

3. Evitar el hurto de los componentes físicos y/o lógicos dl computador.

4. Durante la estadía en la sala debe hablarse en voz baja y estar atento a las instrucciones del profesor.

5. Mantener las salas libres de papeles en el suelo y siempre en orden.

6. En caso del deterioro de algún equipo o pérdida de alguna otra herramienta de trabajo, deben responder por el valor de estos los usuarios efectuando el aporte en la pagaduría de la institución.

7. El docente debe reportar por escrito los daños de cualquier equipo a la coordinación de disciplina del establecimiento en un tiempo de 24 horas; en caso de no hacerlo debe cancelar el valor total del daño o pérdida de la correspondiente oficina.

Artículo 81. SERVICIO DE LABORATORIO DE RADIO Y TV

Este servicio abre las puertas para capacitar a los estudiantes en el aspecto del desarrollo de habilidades comunicativas buscando una formación integral en los educandos que le permitan un desempeño social y una sana convivencia, manifestando dominio y la expresión de sus ideas, que tienda a posibles cambios del ámbito donde se desenvuelva.

Este trabajo se lleva a cabo en los alumnos de cuarto de básica primaria hasta once de media vocacional; desarrollando las siguientes actividades:

1. Los estudiantes deben asistir en grupos dirigidos por el docente guía.

2. Deben llevar el laboratorio, materiales de trabajo.

3. Deben seguir estrictamente las instrucciones del maestro.

4. Usar los audífonos para todas las actividades.

5. No deteriorar el material periodístico que se encuentra en hemeroteca.

6. Cuidar todos los equipos que se encuentran al servicio de las actividades radiodifusoras.

7. Trabajar con mucha alegría y responsabilidad.

8. En caso deterioro de algún equipo o perdida de casettes, CD, entre otros, deben de estos responder por el valor de estos los usuarios efectuando el aporte en la pagaduría de la institución.

9. El docente debe reportar por escrito los daños de cualquier equipo a la coordinación de disciplina del establecimiento en un tiempo de 24 horas; en

caso de no hacerlo este debe cancelar el valor total del daño o pérdida en la oficina correspondiente.

Artículo 82. SERVICIO DE TIENDA ESCOLAR

Este servicio lo presta la institución con el propósito de suministrar en el tiempo de descanso un alimento que satisfaga las necesidades de alimentación primaria (merienda) en los alumnos, docentes y servicios y administrativos.

Reglamento

1. Respetar el puesto en el orden de llegada en las filas por curso.

2. Mantener la disciplina en las filas durante la compra del artículo.

3. Una vez adquirido el artículo tomarlo en un ambiente higiénico.

4. Los desechos deben ser depositados en su respectivo lugar (caneca).

5. Conservar el buen uso del vocabulario en la interacción durante el descanso.

6. Evitar los roces cuerpo a cuerpo.

7. Denunciar el abuso de robo contra la merienda de compañeros y amigos por parte de avivatos.

8. Denunciar los actos de extorsión donde se vea comprometido la merienda o artículos.

CAPITULO X

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES

Artículo 83. AMBITOS

La evaluación de los aprendizajes de los estudiantes se realiza en los siguientes ámbitos:

Internacional: El estado promoverá la participación de los estudiantes del país en pruebas que den cuenta de la calidad de la educación frente a estándares internacionales.

Nacional: El Ministerio de EDUCACIÓN Nacional y el Instituto Colombiano para el fomento de la Educación Superior –ICFES-, realizaran pruebas censales con el fin de monitorear la calidad de la educación de los establecimientos educativos con fundamento en loe estándares básicos. Las pruebas nacionales que se aplican al finalizar el grado undécimo permiten, además, el acceso de los estudiantes a la educación superior.

Institucional: La evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en los establecimientos de educación básica y media, es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes.

Artículo 84. EVALUACIÓN

La evaluación es una estrategia de aprendizaje que consiste en valorar o estimar por el estudiante en función de lo planeado.

Artículo 85.PROPÓSITOS

Diagnosticar el estado de desarrollo del estudiante.

Identificar características personales, intereses, potencialidades, ritmos y estilos de aprendizaje.

Detectar logros y dificultades.

Valorar el plan de estudio, metodologías, recursos, manejo del tiempo, y contenidos.

Fortalecer aciertos en la implementación de estrategias.

Establecer el alcance de metas de calidad.

Evaluar la pertinencia del modelo curricular.

Artículo 86. CARACTERÍSTICAS

La evaluación como estrategia de aprendizaje en el I.M.M. debe ser:

INTEGRAL: Porque tiene en cuenta las dimensiones del desarrollo humano.

SISTEMATICA: Porque guarda relación con los principios pedagógicos, con los fines y objetivos de la educación y contenido del plan de estudio. La misión y la visión.

CONTINUA: Porque se realiza de manera permanente, para fortalecer logros y mejorar dificultades.

FLEXIBLE: Tiene en cuenta, las características individuales, ritmos de aprendizaje, intereses, condiciones y limitaciones.

PARTICIPATIVA: Está centrada en el estudiante, involucra al docente y al padre de familia para facilitar la autoevaluación, la Coevaluación y la Hetereoevaluación.

INTERPRETATIVA: Que el estudiante comprenda el significado de los procesos y los resultados obtenidos en el desempeño.

FORMATIVA: Reorienta los procesos educativos analizando causas que permitan su mejoramiento.

Artículo 87. DESEMPEÑOS

Desempeño es la aplicación de los conocimientos, aptitudes, hábitos y habilidades en la esfera práctica, en la solución de ciertas clases de problemas y situaciones.

SUPERIOR: Cuando el estudiante demuestra el cumplimiento en un nivel excepcional en las metas básicas de formación expresadas en el P.E.I. en términos de logros.

ALTO: Corresponde al estudiante que ha cumplido de manera total el logro de las metas básicas de formación expresadas en el plan de estudios.

BASICOS: Corresponde al estudiantes que logra los estándares básicos establecidos en el plan de estudios con oportunidades de mejorar el alcance de los logros.

BAJO: Corresponde al estudiante que no supera los desempeños básicos previstos en las áreas o asignaturas, teniendo un ejercicio muy limitado en todos los procesos de desarrollo cognitivos, psicomotor, comunicativo, afectivo y axiológico, por lo que su desempeño no alcanza metas de calidad previstos en el P.E.I.

Artículo 88.CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

Al evaluarse el proceso de aprendizaje se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

CONGNITIVOS: Hacen referencia a los aspectos que deben tenerse en cuenta para valorar los desempeños académicos de los estudiantes a la luz de los estándares y las competencias establecidas en el P.E.I. (participación activas de estrategias y metodologías para el aprendizaje).

ACTIDUDINALES: Son directrices que regulan y promueven la actuaciones y el comportamiento del estudiante en su vida escolar, como la presentación personal, su desempeño ético como estudiante, interés por su formación, cumplimiento de compromisos, demostración de actitudes ecológicas, motivación por participar en la vida institucional.

PROCEDIMENTALES: Se refiere al desenvolvimiento Que alcanza el estudiante en las actividades planteadas para obtener los aprendizajes necesarios que le permitan mejores desempeños tales como: creatividad, manipulación de materiales, dominio del procedimiento, resultados experimentales, originalidad en las propuestas, pertinencia en las consultas y tareas, imaginación para la construcción del conocimiento. AXIOLOGICOS: Están basados en el fomento y prácticas de valores en la convivencia y el desarrollo del estudiante como ser bio-psicosocial. Los principios y valores que se encuentran en la filosofía institucional nos proponen un ser cooperativo, responsable, respetuoso, tolerante, con conciencia ambientalista, con capacidad de amar, sincero, crítico y transformador de su contexto. Artículo 89. CRITERIOS DE PROMOCIÓN La promoción es un estado de superación de logros, comprensión de nuevos conceptos, desarrollo de habilidades y destrezas, mejoramiento de dificultades, culminación de un ciclo cuando finaliza un nivel educativo.

Para alcanzar la aprobación de las áreas el estudiante debe obtener una valoración mínima de tres. (Desempeño básico)

Los criterios de promoción están establecidos en P.E.I.

Artículo 90. PROMOCIÓN:

Son promovidos al grado siguiente los estudiantes que cumplen estos requisitos:

Aprobar todas las áreas, asignaturas y proyectos establecidos en el plan de estudio.

Aquellos estudiantes que asisten al 80% del tiempo estipulado para el calendario escolar.

De igual forma es promovido el estudiante que al no aprobar una o dos áreas al finalizar el año lectivo realiza las actividades de nivelación y las aprueba.

Artículo 91. CRITERIOS DE REPROBACIÓN

La reprobación se da en los siguientes casos:

Cuando el estudiante registra desempeño bajo en tres o más áreas establecidas en el plan de estudios.

Registrar el 20% de inasistencia a las actividades académicas.

Los estudiantes que al culminar el año lectivo reprobaron una o dos áreas tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:

Reprobada una o dos áreas y no superadas las dificultades en el tiempo estipulado reprobara.

Reprobada dos áreas y si una de ellas no es aprobada en el tiempo estipulado reprobara.

Artículo 92. ACTIVIDADES DE NIVELACIÓN

Los alumnos que al finalizar el año lectivo obtengan valoración de desempeño bajo en una o dos áreas tendrán como plazo una semana (ultima del mes de enero del año siguiente) para realizar las actividades de nivelación necesarias y suficiente para superar estos bajos desempeños.

Al finalizar el primer semestre se programara una semana de actividades de refuerzo en todas las áreas con aplicación de instrumentos de evaluación, modelo PRUEBA SABER.

Para presentar las actividades de nivelación al finalizar el grado debe presentar paz y salvo expedido por la pagaduría de la institución.

Al desarrollarse el programa de actividades de nivelación y el alumno no se presenta pasada una semana reprobara, salvo excusa médica.

Artículo 93. ESCALA DE VALORACIÓN

Se aplicara valoraciones numéricas de 1.0 a 5.0 en cada área o asignatura y de manera acumulativa de los dos seguimientos en cada semestre.

Artículo 94. PERIODOS

El año lectivo lo conforman cuatro periodos académicos de 10 semanas cada uno:

Artículo 95. DERECHOS DEL ESTUDIANTE

El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, tiene derecho a:

Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales.

Conocer el sistema institucional de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.

Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas.

Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje.

Artículo 96. DEBERES DEL ESTUDIANTE

El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, debe:

Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el establecimiento educativo.

Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la

DESEMPEÑO VALORACIÓN

SUPERIOR 4.6 – 5.0

ALTO 4.0 – 4.5

BASICO 3.0 – 3.9

BAJO 1.0 – 2.9

PERIODO %

PRIMERO 20%

SEGUNDO 30%

TERCERO 20%

CUARTO 30%

superación de sus debilidades.

Artículo 97. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

En el proceso formativo de sus hijos, los padres de familia tienen los siguientes derechos:

Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.

Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.

Recibir los informes periódicos de evaluación.

Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos.

Artículo 98. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

De conformidad con las normas vigentes, los padres de familia deben:

Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar.

Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos.

Analizar los informes periódicos de evaluación.

Artículo 99. REGISTRO ESCOLAR

Los establecimientos educativos deben llevar un registro actualizado de los estudiantes que contenga, además de los datos de identificación personal, el informe de valoración por grados y el estado de la evaluación, que incluya las novedades académicas que surjan.

MANUAL DE CONVIVENCIA

FORMANDO CIUDADANOS PARA UN MUNDO DINAMICO

PRIMERA EDICION

ENERO 8 DE 1996

INSTITUTO MARIA MONTESSORI

CIENAGA MAGDALENA

CULTURA- MORAL-LIBERTAD