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MANUAL DE CONVIVENCIA COLEGIO CAFAM 2013
El Manual de Convivencia es el resultado de un trabajo de reflexión y consenso que involucra a
todas las instancias de la Institución. Tiene en cuenta los lineamientos establecidos por la
Constitución Política de Colombia, la Ley 115 de 1994, el Decreto 1860 de 1994, el Acuerdo 04
del 2000, el Decreto 1286 de 2005, la Ley 1098 de 2006, el Decreto 1290 de 2009 y demás
normas que reglamentan la educación formal.
CAPÍTULO I
SENTIDO
ARTÍCULO 1. Dentro del Proyecto Educativo Institucional (PEI) el Manual de Convivencia del
Colegio Cafam es:
1. Un recurso para promover y mantener en la comunidad una reflexión permanente sobre la
ética cívica y la necesidad de toma de conciencia acerca de la dimensión pública de nuestra
conducta y de las consecuencias positivas o negativas derivadas de ella.
2. Un compendio de los compromisos de cada estamento, valorados como una expresión de la
comprensión de los derechos y aceptación de los deberes que cada uno de los integrantes
de la comunidad debe asumir para mantener un ambiente propicio para la formación
autónoma e integral.
3. Un conjunto de lineamientos que facilitan la autoevaluación del comportamiento de los
integrantes de la comunidad del colegio y la adopción de las medidas pedagógicas y
administrativas pertinentes.
4. Un documento que precisa el proceso que se debe seguir en caso de infringir alguno de los
compromisos establecidos y aceptados en el Manual de Convivencia
CAPÍTULO II
COMPROMISOS GENERALES DE LA COMUNIDAD EDUCADORA
El Manual de Convivencia compromete a todas las personas que conforman la comunidad
educadora: estudiantes, padres, madres de familia y/o acudientes, directivos docentes,
profesores, ex alumnos y personal administrativo y de servicios. Es responsabilidad cumplirlo,
socializarlo, velar por su cumplimiento y colaborar en su evaluación y perfeccionamiento.
ARTÍCULO 2. Las personas que conforman los diferentes estamentos de la comunidad
educadora asumen los siguientes compromisos:
1. Aceptar y promover el desarrollo integral y autónomo de las personas como fin y criterio de
todas las actividades y programas de la Institución.
2. Comprender, acatar y respetar los lineamientos del Proyecto Educativo del Colegio Cafam y
colaborar en su desarrollo y perfeccionamiento.
3. Respetar la integridad física, psicológica y moral de todos los miembros de la comunidad
educadora sin discriminación alguna.
4. Actuar con honestidad en todo momento y lugar.
5. Responsabilizarse del propio perfeccionamiento, capacitación y evaluación de los logros
individuales y grupales.
6. Mantener relaciones interpersonales cordiales con todos los integrantes de la comunidad
educadora y respetar las diferencias individuales privilegiando el fin del Colegio y la
convivencia comunitaria.
7. Buscar la solución de los conflictos por medio del diálogo directo y la conciliación, teniendo
en cuenta las implicaciones del caso en lo individual y colectivo, siguiendo el conducto
regular.
El conducto regular para resolver las situaciones de conflicto es el siguiente:
Primer nivel: Estudiante o padre de familia.
Segundo nivel: Docente de la asignatura o director de grupo.
Tercer nivel: Coordinador de área (aspectos académicos) o coordinador de ciclo (aspectos
convivenciales).
Cuarto nivel: Vicerrectoría Pedagógica.
Quinto nivel: Rectoría.
Sexto nivel: Consejo Directivo.
8. Atender las solicitudes de ayuda de la comunidad educadora y colaborar en el cumplimiento
de sus funciones.
9. Participar en los procesos de conformación del Gobierno Escolar, colaborar en el desarrollo
de sus programas y cumplir con las funciones establecidas de sus integrantes.
10. Presentar propuestas que ayuden al mejoramiento de la Institución y acatar las que sean
acordadas y autorizadas por la instancia respectiva.
11. Realizar con calidad las actividades y trabajos asignados buscando el mejoramiento
permanente de los procesos empleados para su ejecución.
12. Asistir con puntualidad a las celebraciones y actividades comunitarias dentro y fuera del
colegio, y seguir las instrucciones para el desarrollo de las mismas.
13. Hacer uso adecuado de las instalaciones, zonas verdes, muebles y equipos del colegio y
reparar los daños de manera oportuna.
14. Seguir las instrucciones de la Guía para Trámites. Ver Anexo 4.
15. Cuidar la imagen del colegio con la palabra y el comportamiento dentro y fuera de él.
16. No comercializar artículos o comestibles en el Colegio. La venta de textos usados entre
estudiantes del colegio sólo se hará con el aval institucional y la respectiva autorización de
padres, madres o acudientes.
17. No fumar ni consumir sustancias psicoactivas dentro o alrededor de las instalaciones del
colegio.
18. Conocer y seguir el procedimiento establecido para PQRS (peticiones, quejas, reclamos o
sugerencias) cuando sea pertinente.
PARÁGRAFO. Es responsabilidad de la Institución Educativa dar cumplimiento al Decreto 3518
por medio del cual se legisla el Sistema de Vigilancia en Salud Pública que contempla “La
violencia intrafamiliar, el maltrato infantil y la violencia sexual. Son eventos prioritarios y por ende
se notifican”. De acuerdo con lo anterior, en caso de presentarse cualquier evento relacionado, el
colegio tendrá la potestad de informarlo ante la entidad respectiva.
CAPÍTULO III
DEBERES Y DERECHOS DE LOS EDUCADORES
ARTÍCULO 3. SON DERECHOS DE LOS EDUCADORES:
1. Ser valorados y respetados como personas y profesionales por todos los miembros de la
comunidad educativa.
2. Participar en la construcción, seguimiento y evaluación del plan de estudios, el
direccionamiento estratégico institucional, el enfoque pedagógico del colegio y el Manual de
Convivencia.
3. Tener jefes idóneos, que quieran su profesión, respeten a sus colaboradores, evidencien los
indicadores de autonomía, se comuniquen en forma oportuna y efectiva, se preocupen por
fomentar un buen clima laboral, que apoyen la sostenibilidad y el desarrollo del colegio,
realicen seguimiento al proyecto educativo y lideren acciones pedagógicas acordes con el
enfoque pedagógico institucional.
4. Recibir orientación sobre el cargo, contar con acompañamiento de los coordinadores, ser
evaluado en su desempeño pedagógico e informado de manera oportuna sobre el resultado
de ésta y las acciones a seguir para mantener o mejorar su desempeño pedagógico integral.
5. Ejercer la autonomía en el desempeño de su cargo bajo los parámetros institucionales.
6. Contar con los recursos, espacios y servicios requeridos para desarrollar la acción
pedagógica.
7. Ser innovador y prospectivo en el diseño y ejecución de las unidades de formación y demás
actividades escolares.
8. Proponer y gestionar iniciativas de mejora profesional en las reuniones de área y ciclo.
9. Participar en procesos de autoformación en los seminarios institucionales.
10. Recibir de manera oportuna su salario y demás prestaciones legales.
11. Tener espacios de integración y esparcimiento con los pares.
12. Elegir y ser elegido para participar en el gobierno escolar.
13. Recibir información oportuna sobre hechos y datos que tengan que ver con su labor y ofrecer
la retroalimentación correspondiente.
14. Obtener reconocimientos de parte de la comunidad educativa o cualquiera de sus
estamentos por su desempeño.
15. Contar con la garantía del cumplimiento de las disposiciones legales y corporativas por parte
del colegio.
ARTÍCULO 4. DEBERES DE LOS EDUCADORES
Los educadores del Colegio Cafam se rigen por el Reglamento Interno de Trabajo y el Código del
Buen Gobierno y como miembros de la comunidad educativa asumen los siguientes
compromisos explícitos:
1. Realizar todos los procesos administrativos, pedagógicos de acuerdo con el cargo, teniendo
en cuenta la filosofía y las políticas de Cafam, la Misión y Visión del Colegio, la Legislación
Educativa y el Proyecto Educativo Institucional.
2. Mantener con todos los estudiantes un lenguaje y trato cordial para promover en el aula un
clima de libertad y de respeto en el cual cada quien se exprese con espontaneidad, valore las
ideas de los demás, se fomente la investigación, la creatividad y se generen propuestas y
acuerdos de mejoramiento permanente.
3. Asistir puntualmente a las clases.
4. Estimular y apoyar la participación de todos los integrantes de la comunidad en el Gobierno
Escolar, en los grupos voluntarios de participación de estudiantes y en otras formas de
participación que ayuden al desarrollo de la autonomía. Se propiciará en todas las
actividades curriculares y extracurriculares la mayor participación de los estudiantes.
5. Desempeñar el cargo con un alto nivel de responsabilidad profesional.
6. Generar y utilizar los medios necesarios para el perfeccionamiento permanente de su
profesión.
7. Participar en los eventos programados por la institución que requieran de su presencia.
Apoyar con intervención oportuna dentro y fuera del aula, el cumplimiento del presente
Manual de Convivencia y los demás acuerdos que se establezcan en el colegio.
8. Aplicar todos los pasos del proceso de seguimiento y superación del estudiante, teniendo en
cuenta el diálogo en cada uno de ellos (Ver Artículo 40).
9. Dar a conocer de manera oportuna al estudiante y a los padres/madres de familia las
estrategias de valoración integral de los desempeños propuestos en cada disciplina. Informar
sobre sus avances y dificultades en el logro de las competencias que debe alcanzar. Atender
sus procesos de autoevaluación; proponer y orientar las estrategias de apoyo necesarias
para resolver situaciones pedagógicas pendientes y las acciones de seguimiento para el
mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar.
10. Escuchar y gestionar con amabilidad los reclamos e inquietudes de cualquier miembro de la comunidad
dentro de los espacios y horarios establecidos por el colegio.
11. Dar a conocer de manera oportuna a los estudiantes la programación de actividades, los
recursos necesarios, los criterios de evaluación y los estímulos especiales para los
estudiantes sobresalientes.
12. Disponer y utilizar en forma oportuna y adecuada los recursos necesarios para el buen
desarrollo de todas las actividades.
13. Participar en los procesos democráticos de integración del Gobierno Escolar, haciendo uso
del derecho de conformar un Consejo de Profesores y de elegir los representantes al
Consejo Directivo. De este mismo modo, los directivos tienen el deber de impulsar este
proceso y conceder los espacios y tiempos pertinentes para el desarrollo de dichas
actividades.
14. Trabajar en equipo con el padre o madre representante y el estudiante representante de
cada curso en la dinamización del proyecto de curso para el diagnóstico, la verificación
oportuna del cumplimiento de las metas y la solución de los problemas relacionados con el
aprendizaje y la convivencia.
15. Comunicar de manera inmediata a quien corresponda, cualquier situación o comportamiento
que afecte de forma positiva o negativa al colegio o a cualquier persona de la comunidad
educativa.
16. Desarrollar con los estudiantes las guías que orientan la unidad de formación dentro del
horario de la clase. Los docentes del colegio no pueden asesorar o dictar clases particulares
a los estudiantes fuera de la institución.
17. Revisar y orientar oportunamente los trabajos realizados por los estudiantes.
18. Conocer los antecedentes académicos, de salud o condición especial de los estudiantes que
conformarán su clase como director(a) de grupo y docente ejecutante.
19. Comunicar de manera oportuna al Vicerrector Pedagógico la situación de retardo a la hora
de llegada al colegio o de ausencia laboral por enfermedad o calamidad doméstica.
20. Conocer y aplicar los acuerdos institucionales y corporativos, no concertar con los
estudiantes actividades de carácter pedagógico o convivencial que no estén alineados con
los mismos
CAPÍTULO IV
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Sabiendo que la educación es un derecho-deber se contemplan los siguientes derechos y
deberes
ARTÍCULO 5. Son derechos de los estudiantes:
1. Ser respetados, valorados y escuchados como personas por todos los miembros de la
comunidad educativa.
2. Recibir de la comunidad educativa buen ejemplo, acompañamiento, estímulo y atención
integral.
3. Recibir una educación integral acorde con los principios del Proyecto Educativo Institucional.
4. Alcanzar los desarrollos definidos en el plan de estudios.
5. Participar en el desarrollo de los proyectos y actividades programadas por el colegio.
6. Tener educadores idóneos, que quieran su profesión, evidencien los indicadores de
autonomía, se comuniquen en forma efectiva, se preocupen por su aprendizaje, realicen
seguimiento al proceso de formación y lideren acciones pedagógicas acordes con el enfoque
pedagógico institucional.
7. Conocer con anticipación los desarrollos que se esperan, los estándares de competencia de
las áreas, la programación de las unidades de formación, las evaluaciones, la entrega de
productos y demás actividades propias de las áreas.
8. Conocer el Manual de Convivencia y disfrutar de todas sus parámetros.
9. Recibir buen ejemplo de los padres, madres, compañeros, profesores y demás integrantes
de la comunidad educativa.
10. Ser tratado con justicia y sin ningún tipo de discriminación.
11. Utilizar los recursos, espacios y servicios que ofrece el colegio en condiciones de seguridad.
12. Elegir y ser elegido para participar en el Gobierno Escolar y aportar ideas que faciliten la
mejora en la planeación, ejecución y evaluación de las actividades escolares.
13. Expresar su pensamiento con respeto y tolerancia en las unidades de formación mediante el
uso adecuado de los medios de comunicación escolares.
14. Ser evaluado en forma justa, conocer los resultados de manera oportuna y recibir orientación
para superar las dificultades que se presenten en el proceso de formación.
15. Recibir apoyo académico si por justa causa no asistió al colegio, así mismo presentar de
acuerdo con la programación definida, las tareas y las evaluaciones correspondientes.
16. Representar al colegio en olimpiadas, campeonatos u otros eventos de carácter académico,
deportivo o cultural.
17. Contar con la garantía del cumplimiento de las disposiciones legales por parte del colegio.
18. Recibir del Colegio unidades de formación y actividades adicionales sobre el conocimiento de
la Ley de Infancia y Adolescencia y de procesos de prevención integral del estudiante, entre
ellos talleres, conferencias, divulgación por la emisora, el periódico virtual y en las direcciones
de grupo.
19. Disfrutar de todos los derechos consagrados en la Constitución Política, en la Ley de Infancia
y Adolescencia y demás normas que legislan en este campo.
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
El incumplimiento de los deberes de los estudiantes contemplados en los artículos siguientes es
considerado para cada uno de ellos como una falta leve.
Los deberes de los estudiantes son:
ARTÍCULO 6. Asumir con responsabilidad el proceso de su propia formación académica y
convivencial para alcanzar los estándares, habilidades y competencias contemplados en el plan
de estudios, teniendo en cuenta el contexto institucional mediante acciones como:
1. Asistir de manera puntual a las clases y a todos los programas establecidos en el Colegio. La
hora de entrada, todos los días es a las 6:45 a.m. y de salida a las 3:00 p.m., excepto el día
jueves cuya hora de salida de la institución es a la 1:30 p.m. Después de las 3:00 p.m. no
deben permanecer estudiantes dentro de las instalaciones del colegio a no ser que estén
acompañados por un docente y con autorización escrita del Coordinador de Ciclo y visto
bueno de la Vicerrectoría. En estos casos deben presentar el desprendible de la circular de
autorización de los acudientes.
2. En caso de inasistencia, ésta debe estar respaldada por documentos idóneos (excusa
médica o de calamidad doméstica) que la justifiquen, dicha excusa debe estar registrada en
la agenda escolar. Los estudiantes de primaria entregarán la excusa a su director(a) de
grupo; en bachillerato el estudiante presentará y solicitará la firma a cada uno de los
docentes de las clases a las que no asistió, para acordar la presentación de trabajos o
evaluaciones pendientes. Terminada esta labor se radica la excusa firmada en la
coordinación de ciclo. El o la estudiante acordará con el respectivo docente de la asignatura
el día y la hora para la presentación de los trabajos o evaluaciones pendientes en un plazo
no mayor a cinco (5) días hábiles, previa presentación de la excusa escrita avalada por la
coordinación de ciclo o el correspondiente soporte si está fuera del carácter médico. Dicha
excusa no exonera al estudiante de entregar los trabajos o presentar las actividades
programadas durante su ausencia el día que retorna a clases.
3. Llevar y utilizar en las clases los implementos necesarios (guía de aprendizaje, cuaderno,
textos de consulta y materiales básicos) para las actividades académicas.
4. Participar en el desarrollo de las unidades de formación.
5. Realizar y entregar con calidad y en los tiempos acordados las tareas y proyectos propuestos
en las unidades de formación.
6. Proponerse metas personales de aprendizaje y superación y hacerles seguimiento y control.
7. Cumplir con el trámite para permisos establecido en la Guía para Trámites (Anexo 4).
8. Devolver en buen estado los libros, medios audiovisuales, casillero o cualquier elemento que
el colegio facilite para el desarrollo de las diferentes actividades de aprendizaje, respetando
el reglamento del área que hace el respectivo préstamo.
9. Entregar a la oficina de objetos perdidos, los dineros, materiales didácticos, prendas que
hagan parte del traje escolar, elementos electrónicos (celulares, IPOD, MP4, entre otros) o
útiles que sean encontrados por el estudiante en el colegio.
10. Promover la seguridad y cuidado de los estudiantes más pequeños con respeto y cariño.
ARTÍCULO 7. Acatar con respeto las orientaciones, los llamados de atención y los procesos de
seguimiento y superación que el Director de Grupo, los profesores y funcionarios del colegio le
brindan para su formación autónoma e integral.
ARTÍCULO 8. Estar siempre consciente de sus propios logros y falencias, a partir de un proceso
permanente de autoevaluación y, de las actividades de evaluación realizadas por los educadores.
ARTÍCULO 9. Presentarse siempre aseado y con pulcritud, llevando el traje escolar completo y
en buen estado de acuerdo con el horario de clases. El cabello debe dejar descubierto el rostro,
verse limpio, organizado y acorde con la elegancia y pulcritud del traje escolar y el uniforme de
educación física.
Evitar el uso de cortes y peinados propios de culturas juveniles y subculturas. Los accesorios
para el cabello deben ser de los colores institucionales y de un tamaño moderado. Mientras el
estudiante lleve el traje escolar, uniforme de educación física o esté representando a la
comunidad educativa del Colegio Cafam, se aplican las siguientes restricciones:
1. No se permite el uso de piercing, expansiones o accesorios que no hagan parte del traje
escolar (con excepción del uso de aretes pequeños para las estudiantes acordes a los
colores institucionales).
2. Maquillaje removible o permanente en rostro y cabello.
3. Uso de esmalte de color.
4. Porte de accesorios extravagantes y símbolos propios de culturas y subculturas juveniles.
PARÁGRAFO 1. Los miembros de la comunidad que tengan tatuajes deben cubrirlos mientras
porten el traje escolar sin que esto implique modificación de las características del traje escolar o
el uniforme de Educación Física.
PARAGRAFO 2. Como parte de la buena presentación e higiene personal, los estudiantes
deberán llevar el kit de aseo que consta de: jabón, crema dental, papel higiénico, toalla y cepillo
de dientes.
ARTÍCULO 10. El traje diario comprende el traje escolar y el uniforme de Educación Física, los
cuales deben portarse de acuerdo con lo contemplado en el Anexo 1: Traje Escolar.
Se debe permanecer durante toda la jornada con el traje escolar completo, en todos los espacios
del colegio. No se puede modificar el diseño original, ni agregar logos no contemplados
oficialmente por la Corporación. La chaqueta de Prom debe usarse únicamente sobre el traje
escolar de diario y no reemplaza ninguna prenda del mismo; no se debe usar con la sudadera.
Para el trabajo en el laboratorio de Química, Ciencias Naturales y Taller de Diseño Industrial es
indispensable utilizar bata blanca de mangas largas.
PARÁGRAFO 1. El estudiante que utilice una prenda diferente al traje escolar, deberá hacer
entrega de dicha prenda al docente que le haga el llamado de atención. Se registra el hecho en
un memorando. La prenda será devuelta únicamente a los padres de familia o acudiente.
PARÁGRAFO 2. Los estudiantes de décimo y undécimo grado podrán usar la sudadera del
colegio un día adicional al día que tienen dicha asignatura, según acuerdo con la Coordinación
del Ciclo Cuatro.
ARTÍCULO 11. Cumplir con las responsabilidades y compromisos asumidos en el Gobierno
Escolar, en los grupos voluntarios de participación y en las actividades especiales con las cuales
se compromete.
ARTÍCULO 12. No incurrir en comportamientos que molesten a los demás, impidan el desarrollo
de las actividades escolares o perjudiquen la buena imagen de la comunidad educadora. Éstos
son:
1. Incumplir con los deberes académicos,
2. Cohibir o burlarse de cualquier miembro de la comunidad, o compañero de la clase cuando
formule preguntas, exprese opiniones personales o sobresalga por su interés y capacidad.
3. Poner sobrenombres que degraden o afecten a la persona.
4. Usar celular, software, programas, accesorios electrónicos u otros elementos NO autorizados
por el profesor, que impidan el normal funcionamiento de las actividades durante la Unidad
de Formación, evaluaciones u otra actividad académica. En clase los teléfonos celulares
deben permanecer APAGADOS.
5. Utilizar inadecuadas manifestaciones de afecto o inapropiadas relaciones interpersonales,
dentro y alrededor de las instalaciones del colegio o cuando se está portando el traje escolar
en cualquier contexto.
6. Utilizar palabras que denigren de la integridad de la persona o del colegio
7. Usar un vocabulario soez.
8. Generar desorden en las tiendas escolares y en el comedor.
9. Arrojar basura al piso en cualquier zona del colegio.
10. Permanecer en los salones durante los descansos o en la hora de almuerzo, sin previa
autorización del docente correspondiente.
11. Practicar juegos de azar.
12. Usar en forma inapropiada un casillero.
13. Comercializar artículos o comestibles en el colegio sin autorización expresa a nivel
institucional.
14. Consumir alimentos, goma de mascar o bebidas dentro del aula de clase o en actividades
académicas.
15. Realizar compras o cualquier tipo de transacción, recibir o pasar objetos, adelantar
conversación con personas ajenas a la institución educativa a través de las mallas de cerramiento
de las instalaciones del colegio.
16. Descuidar las pertenencias. El uso de celulares, MP3, MP4, IPOD, u otros elementos
electrónicos o de comunicación y juegos didácticos está permitido sólo en los descansos o
en situaciones autorizadas por el docente. El colegio no se responsabiliza por la pérdida o
daño de los artículos mencionados o de otros necesarios para el desarrollo de las actividades
académicas, por lo tanto el daño o pérdida de dichos elementos es responsabilidad del
dueño.
17. Engañar de cualquier manera a un integrante de la comunidad educativa.
18. Tomar textos, gráficos, modelos, software y otros recursos de aprendizaje sin el debido
crédito o derecho de autor.
19. Usar en forma inadecuada las tecnologías de la información y la comunicación.
20. Evadir actividades escolares. Si el estudiante evade clase por segunda vez, mostrando así
que no atendió las orientaciones de sus docentes se considerará como falta grave y se
aplicará el proceso disciplinario para casos especiales.
21. Realizar acciones indebidas como: copiar o dejar que otros copien en exámenes, tareas o
trabajos, fotocopiar trabajos o producciones de otros(as) compañeros(as), pasar o recibir
respuestas por diferentes medios (borradores, tajalápiz, esferos, celulares, calculadoras,
comprimidos u otros). Utilizar material no autorizado para las actividades evaluativas.
22. Otros comportamientos que, aunque no estén explícitamente mencionados en este numeral,
por su naturaleza, circunstancias y efectos perjudiquen la integridad de las personas, la
buena imagen de la comunidad educadora o de Cafam.
PARÁGRAFO 1. Para los daños causados a los espacios, instalaciones, muebles y enseres del
colegio, se procede de la siguiente manera:
a. Descripción del daño.
b. Definición del grado de responsabilidad.
c. Registro del hecho en el memorando y acción formativa pertinente.
d. Citación al padre, madre o acudiente quien deberá cancelar el valor de los daños causados,
en el menor tiempo posible.
PARÁGRAFO 2. El estudiante que interrumpa la clase con el uso de elementos o accesorios que
impidan el normal funcionamiento de la misma y no acate las sugerencias dadas por el docente,
deberá hacer entrega de dicho elemento al profesor. Se registra el hecho en un memorando. El
elemento será devuelto únicamente a los padres de familia o acudiente.
PARÁGRAFO 3. Toda falta leve reiterativa se convierte en falta grave y su seguimiento será el mismo
de una falta grave.
PARÁGRAFO 4. Si el estudiante presenta durante el periodo varias faltas leves, el proceso
pedagógico que se realizará será igual que el de una falta grave.
PARÁGRAFO 5. La hora del almuerzo, el recorrido en el transporte escolar y la participación en
eventos deportivos, culturales y sociales que realiza el colegio fuera de sus propias instalaciones,
se constituyen en oportunidades de formación. Por esta razón, cualquier comportamiento
inadecuado en estos espacios o eventos es tratado de acuerdo con el proceso de seguimiento
establecido para las demás conductas dentro de las instalaciones del colegio Ver Anexo 2
comportamiento en el comedor y (Anexo 3). Comportamiento en el bus escolar.
ARTÍCULO 13. Hacer uso adecuado de muebles, instalaciones, servicios y equipos del colegio
respetando los horarios establecidos, manteniendo una relación de cordialidad con todos los
integrantes de la comunidad y con otras personas que utilicen las instalaciones o administren
estos servicios.
ARTÍCULO 14. Llevar el carné estudiantil y presentarlo cuando sea solicitado por el personal
administrativo, por el cuerpo docente o por el personal de seguridad del colegio. Finalizado el año
escolar el documento será perforado por un funcionario del colegio.
ARTÍCULO 15. Entregar de manera oportuna a los padres de familia o acudientes las circulares y
la información académica, convivencial y de cartera, y devolver firmados los desprendibles de
recibido al monitor(a) de asistencia con el debido seguimiento del(a) Director(a) de Grupo en los
tiempos estipulados.
ARTÍCULO 16. Mantener actualizada la información personal requerida por el colegio.
ARTÍCULO 17. Comunicar de manera oportuna a quien corresponda, cualquier situación o
comportamiento que afecte de forma positiva o negativa al colegio o a cualquier persona de la
comunidad educativa.
ARTÍCULO 18. CUMPLIR COMPROMISOS ACADÉMICOS. Quienes participen en eventos o
torneos deportivos representando al colegio o a nivel personal, en horario de clase, deben
responder por los compromisos académicos de las respectivas asignaturas, máximo en una
semana.
ARTÍCULO 19. No incurrir en faltas graves como:
1. Apropiarse o sustraer bienes ajenos dentro o fuera de la institución.
2. Agredir a cualquier miembro de la comunidad independientemente de la forma y el medio.
3. Realizar actos de vandalismo tales como: provocar incendios, destruir mobiliario, dañar
instalaciones o equipos, quitar o dañar señalizaciones y elementos de seguridad y otras que
por su naturaleza afecten la infraestructura física del colegio.
4. Calumniar, injuriar, difamar, generar mal ambiente y otras acciones que atenten contra el
derecho, la honra y el buen nombre de cualquier miembro de la comunidad, por cualquier
medio.
6. Utilizar sustancias tóxicas que atenten contra la salud pública.
7. Falsificar documentos, firmas o evaluaciones.
8. Salir del colegio sin autorización durante el horario académico.
9. Encubrir o ser cómplice de hechos que perjudiquen a personas de la comunidad y la
institución educativa.
10. Intimidar mediante actos que impidan el libre desarrollo o expresión de algún integrante de la
comunidad.
11. Suplantar a las personas.
12. Abrir casilleros que no sean de su uso personal sin autorización del usuario.
ARTÍCULO 20: No incurrir en faltas gravísimas como:
1. Llevar, comprar, vender, guardar, manipular o consumir sustancias psicoactivas dentro o
alrededor de las instalaciones del colegio o portando el traje escolar o uniforme de Educación
Física. Dentro de las sustancias psicoactivas se incluyen el cigarrillo y el alcohol.
2. Inducir a otros a portar, comprar, guardar, manipular o consumir sustancias psicoactivas
(incluidos el alcohol y el cigarrillo) dentro o alrededor del colegio o portando el traje escolar o el
uniforme de Educación Física.
3. Presentarse bajo los efectos de sustancias psicoactivas (incluido el alcohol) a cualquier
actividad del colegio.
4. Portar cualquier tipo de arma.
5. Ejercer sobre cualquier integrante de la comunidad escolar acciones de MATONEO, ACOSO
ESCOLAR, INTIMIDACIÓN O BULLYING.
6. Otros comportamientos que, por su naturaleza, circunstancias y efectos aunque no estén
explícitamente mencionados en este numeral, representen graves riesgos para la comunidad
o se constituyan en infracción de carácter penal de acuerdo con las leyes colombianas.
PARÁGRAFO 1: una falta es considerada gravísima, al estudiar sus características de intención,
daño causado y circunstancias en que se cometa.
PARÁGRAFO 2: si el estudiante presenta durante el periodo varias faltas graves las medidas
convivenciales que se tomarán serán iguales a las de una falta gravísima.
CAPÍTULO V
COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE MADRES, PADRES O ACUDIENTES
DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA.
(Decreto 1286 del 27 de abril de 2005)
ARTÍCULO 21. Los principales derechos de los padres de familia en relación con la educación de
sus hijos son los siguientes:
1. Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo
integral de los hijos, de conformidad con la Constitución y la ley;
2. Recibir información del Estado sobre los establecimientos educativos que se encuentran
debidamente autorizados para prestar el servicio educativo;
3. Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del
establecimiento educativo, los principios que orientan el Proyecto Educativo Institucional, el
Manual de Convivencia, el Plan de Estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema
de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional;
4. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso
educativo de sus hijos y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo de la
institución educativa;
5. Solicitar y recibir orientación sobre la educación de su hijo;
6. Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que están
matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del
proyecto educativo institucional;
7. Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del
establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus
hijos;
8. Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento
académico y el comportamiento de sus hijos;
9. Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad del
servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se encuentran matriculados
sus hijos;
10. Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos de Gobierno
Escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos en la Ley General de
Educación y en sus reglamentos.
11. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la
capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo
armónico de sus hijos.
12. Mantener actualizada la información personal requerida por el colegio.
13. Comunicar de manera oportuna a quien corresponda cualquier situación o comportamiento
que afecte de forma positiva o negativa al colegio o a cualquier persona de la comunidad
educativa.
DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
(Decreto 1286 del 27 de abril de 2005)
ARTÍCULO 22. Con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos con la
educación de sus hijos, corresponde a los padres de familia los siguientes deberes:
1. Matricular de forma oportuna a sus hijos en establecimientos educativos debidamente
reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria.
2. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la
educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales.
3. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el Manual de
Convivencia para facilitar el proceso educativo.
4. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que
favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los integrantes de la comunidad
educativa.
5. Comunicar de manera oportuna y en primer lugar a las autoridades del establecimiento
educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el
maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir
pronta respuesta, acudir a las autoridades competentes.
6. Apoyar al colegio en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del
servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la
formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional.
7. Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros
educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores
ciudadanos. Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo.
ARTÍCULO 23. Hacen parte de los compromisos específicos de los padres y madres de familia
Cafamistas los siguientes:
1. Conocer y apoyar el Proyecto Educativo del colegio, las acciones pedagógicas y
administrativas necesarias para la formación de los estudiantes y el mejoramiento de la
institución.
2. Acompañar al hijo(a) para que cumpla todos los deberes académicos y convivenciales
registrados en el documento de matrícula y en el Manual de Convivencia.
3. Asistir de manera puntual y participar en todas las reuniones convocadas por el colegio para
el análisis de la situación académica o convivencial de los estudiantes. Si los padres o
acudientes no asisten y no presentan excusa, el estudiante no podrá ingresar a clases hasta
que se presenten al colegio ante el director de grupo.
4. Respaldar las actividades formativas asumidas por su hijo(a) como el servicio social, los
grupos de participación y otros en los que el estudiante se comprometa.
5. Asumir con responsabilidad las sesiones de capacitación que ofrezca el colegio, tanto por
medio virtual como presencial. Asistir y participar activamente, mínimo en dos eventos de
capacitación presencial durante el año.
6. Asistir con puntualidad a las citaciones hechas por los docentes, solamente en los horarios
establecidos y, en ningún caso, interrumpir el desarrollo normal de las clases o actividades
programadas por el colegio.
7. Respetar y cumplir el horario de llegada y de finalización de clases dejando y recogiendo a
sus hijos en los horarios establecidos. Acatar las medidas administrativas que la institución
establezca para los casos de inasistencia o de retardos reiterados.
PARÁGRAFO. En primaria los estudiantes “peatones” deben ser recogidos por los padres de
familia o acudientes de forma puntual. En caso de los reiterados incumplimientos en el horario,
los padres de familia deberán asistir al taller educativo, un sábado.
8. Trabajar en equipo con el Director de Grupo, el Padre o Madre Representante y el Estudiante
Representante de cada curso en el desarrollo del proyecto de curso para el diagnóstico,
cumplimiento de las metas y solución de los problemas relacionados con el aprendizaje y la
convivencia.
9. Devolver de manera oportuna los desprendibles de las circulares.
10. Acatar las acciones pedagógicas y administrativas que el Consejo Directivo y/o Consejo de
Padres aplique a los padres, madres de familia o acudientes que lesionen la imagen
institucional o asuman una actitud irrespetuosa y agresiva con cualquiera de los integrantes
de la comunidad educadora.
PARÁGRAFO. Las actitudes irrespetuosas y agresivas con directivos, docentes o cualquier
miembro de la comunidad educadora es falta grave y amerita un llamado de atención escrito por
parte de la instancia correspondiente. En caso de reincidencia será remitido al Comité de
Convivencia en el cual debe estar presente un representante del Consejo de Padres, para que se
adopten las medidas pertinentes.
11. Establecer con las directivas, el Director de Grupo y los profesores de su hijo(a), una
comunicación respetuosa, abierta y oportuna con el fin de mantenerse enterado de su
rendimiento académico y convivencial. Cuando el estudiante presente dificultades
académicas y/o convivenciales debe comprometerse a brindar el acompañamiento escolar y
terapéutico que sea necesario, y presentar en forma oportuna el respectivo seguimiento
escrito a quien lo requiera.
PARÁGRAFO. Un medio de comunicación entre el colegio y los padres, madres o acudientes es
la página virtual del colegio, por lo tanto ésta debe ser consultada periódicamente.
12. Propiciar un ambiente familiar adecuado para el desarrollo integral y autónomo de su hijo(a).
Apoyar el aprendizaje, facilitando y respetando su tiempo de estudio, proporcionando
oportunamente los elementos necesarios, reconociendo sus logros y motivándolo a
establecer metas propias de superación personal.
13. Propiciar las condiciones necesarias para que su hijo(a) porte correctamente el traje escolar y
cuide su presentación personal.
14. Controlar el regreso oportuno a casa y la sana ocupación del tiempo libre.
15. Informar, devolver al día siguiente y tomar medidas correctivas, si el hijo(a) llega a casa con
elementos que no son de su propiedad.
16. Comunicar oportunamente al director de grupo cualquier recomendación realizada por el
médico del estudiante, para mantener el bienestar de su salud.
17. Cumplir oportunamente con los pagos de matrícula, pensiones y materiales de aprendizaje,
aprobados por el Consejo Directivo para el año escolar y demás servicios especiales como
transporte y comedor.
PARÁGRAFO. El pago puntual de las pensiones facilita al colegio la posibilidad de brindar una
calidad educativa y responder con los gastos y obligaciones administrativas que no admiten
demoras. El colegio ejerce su derecho a exigir el cumplimiento de este compromiso asumido el
día de la matrícula y establece estrategias compensatorias como el pago de extemporaneidad e
intereses por mora. En una situación reiterativa de morosidad, el colegio se reserva el derecho de
admisión.
18. Conocer y acatar las normas administrativas y del Gobierno Escolar respetando la
organización de la institución, los programas debidamente acordados, los horarios y espacios
autorizados para las actividades y para la atención de los docentes. Seguir los
procedimientos establecidos para los trámites académicos y administrativos.
PARÁGRAFO 1. El colegio se reserva el derecho de admisión de los estudiantes, cuyos padres o
acudientes incumplan cualquiera de los compromisos establecidos en el presente capítulo.
PARÁGRAFO 2. El padre/madre representante de curso y de grado deberá cumplir con el perfil y
los compromisos establecidos.
PARAGRAFO 3. El padre/madre representante de curso que no pueda continuar con su labor
deberá presentar la carta de renuncia a la Vicerrectoría con copia al Consejo de Padres, al
Director de Grupo y al Coordinador (a) de Gobierno Escolar.
CAPÍTULO VI
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
ARTÍCULO 24.
CONCEPTOS GENERALES QUE ORIENTAN EL PROCESO DE EVALUACIÓN
El colegio de hoy comparte el ideal teórico de pensar la autonomía como la finalidad de la
educación. En este marco, se valora como un desarrollo que permite a la persona tomar el
control de su vida desde las dimensiones social e intelectual. La dimensión social implica
responsabilidad frente a los propios actos, toma de conciencia y acción como miembro de una
sociedad civil, y la intelectual exige pensar por sí mismo y aprender a aprender. Desde esta
perspectiva los conceptos generales que orientan el proceso de evaluación son los siguientes:
1. EVALUACIÓN. Proceso pedagógico permanente y sistémico, conformado por actividades de
carácter verificable y racional, mediante las cuales el estudiante, el docente y los padres de
familia adquieren información sobre el desarrollo de la formación integral. La información que
ofrece la evaluación se constituye en un nuevo punto de partida para generar cambios en los
hábitos, en las estrategias y en los modelos de acompañamiento. En este proceso el
protagonista y principal responsable es el estudiante.
La evaluación implica la comparación de una realidad observada o medida, con un criterio
previamente establecido (indicador de desempeño), y la expresión de un juicio de valor, para
lo cual el docente recolecta información mediante el uso de variedad de estrategias e
instrumentos de evaluación. El colegio desarrolla la evaluación formativa como la principal
estrategia de mejoramiento permanente.
2. COMPETENCIA. Se entiende como un “Saber hacer en situaciones concretas que requieren
la aplicación creativa, flexible y responsable de conocimientos, habilidades y aptitudes”.
3. ESTÁNDAR BÁSICO DE COMPETENCIA. “Criterio claro y público que permite evaluar si un
estudiante, una institución o el sistema educativo en su conjunto cumple con las expectativas
comunes de calidad; expresa una situación deseada en cuanto a lo que se espera que todos
los estudiantes aprendan en cada una de las áreas a lo largo de su paso por la Educación
Básica y Media” .
4. DESEMPEÑO. Uso efectivo de las competencias en situaciones concretas.
5. INDICADOR DE DESEMPEÑO. Reto medible que evidencia avance en el alcance del nivel
de competencia, expresado de manera flexible, eficaz y con sentido. De este descriptor se
dará cuenta en los informes Académicos – Convivenciales.
6. ACCIONES DE MEJORA. Actividades que se desarrollan con el fin de lograr el aumento
progresivo del nivel de desempeño de los estudiantes desde sus propósitos, necesidades y
expectativas, a través del conocimiento y aplicación de herramientas apropiadas.
7. ROL DEL DOCENTE. Mediador pedagógico entre el estudiante y la información, diseñador
y/o ejecutor de situaciones de enseñanza orientadas a activar procesos de aprendizaje en los
estudiantes. En este marco propone retos, potencia desarrollos y retroalimenta a nivel
individual y grupal.
8. ROL DEL ESTUDIANTE. Aprendiente protagonista de su propio proceso de aprendizaje en
busca de su desarrollo integral y autónomo.
9. ROL DE LOS PADRES DE FAMILIA. Apoyar y acompañar el proceso de aprendizaje de sus
hijos de acuerdo con las orientaciones dadas por la institución.
ARTÍCULO 25.
ESCALA DE VALORACIÓN
A continuación se presenta la escala de valoración institucional de los desempeños y su
respectiva equivalencia con la escala nacional.
ESCALA NACIONAL ESCALA NUMÉRICA - RANGOS CRITERIOS ACADÉMICOS
DESEMPEÑO
SUPERIOR
9.5 < Desempeño < 10.0 Evidencia excelente nivel de
competencia Desempeño igual o superior a 9.5 hasta 10.0
DESEMPEÑO ALTO
8.0 < Desempeño < 9.5 Evidencia sobresaliente nivel de
competencia. Desempeño igual o superior a 8.0 hasta menor que 9.5
DESEMPEÑO
BÁSICO
7.0 < Desempeño < 8.0 Desempeño mínimo aprobatorio
Desempeño igual o superior a 7.0 hasta menor que 8.0
DESEMPEÑO BAJO
0 < Desempeño < 7.0 Desempeño deficiente o ausencia de
evidencia del nivel de competencia. Desempeño igual o superior a cero hasta menor que 7.0
ARTÍCULO 26.
APROBACIÓN DE ASIGNATURAS Y/O ÁREAS
APROBACIÓN POR PERÍODO: un área o una asignatura se aprueba en un periodo con una
calificación igual o superior a 7.0 como resultado del promedio de los indicadores de desempeño
definidos para ese periodo.
APROBACIÓN DEFINITIVA: un área se aprueba en definitiva si el promedio de las valoraciones
de los cuatro periodos es igual o superior a 7.0. La aprobación de un área compuesta por varias
asignaturas se logra si el resultado del promedio de las mismas es igual o superior a 7.0
PARÁGRAFO 1. En la Educación Básica Secundaria (sexto a noveno grado) el área de Ciencias
Naturales está conformada por tres saberes (Biología, Química y Física) por lo tanto la
aprobación del área se alcanza con el promedio de los tres saberes vistos en los cuatro
periodos.
PARÁGRAFO 2. La ausencia injustificada al 10% de las unidades de formación durante el año en
un área o asignatura conlleva a la no aprobación de la misma. La justificación debe ser médica,
por calamidad doméstica, caso fortuito, o fuerza mayor y debe presentarse a más tardar en la
unidad en la que se reintegre con el aval del padre de familia o acudiente.
ARTÍCULO 27. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE
LOS ESTUDIANTES
Cada una de las áreas o asignaturas determina un máximo de dos indicadores de desempeño
por periodo en donde se incluye el indicador de autonomía que lidera el área y articula los
aspectos cognitivos, procedimentales y actitudinales en concordancia con las competencias
específicas del área con el fin de garantizar una evaluación integral. Al finalizar cada periodo
académico deben aparecer los resultados de los indicadores evaluados.
ARTÍCULO 28. LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS
DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR
1. Aplicación de estrategias de evaluación formativa en cada asignatura
2. Diálogo permanente de los docentes con el estudiante para analizar los avances y
oportunidades de mejora que tiene el estudiante.
3. Atención especial a padres y estudiantes por parte del Director de Grupo y/o Docentes
Ejecutantes para informar sobre la situación académica.
4. Seguimiento del desempeño del estudiante en su hoja de vida, memorandos, cartas de
compromiso o felicitaciones.
5. Envío de preinforme académico a mitad de cada uno de los periodos para que sea
objeto de análisis y reflexión por parte de estudiantes y padres de familia para tomar las
medidas necesarias que permitan alcanzar los indicadores propuestos.
6. Seguimiento especial del Coordinador de Área (para lo académico) o de Ciclo (para lo
convivencial) con el estudiante y acudientes.
7. Seguimiento especial por parte de Vicerrectoría a los estudiantes y acudientes con
excesivas dificultades académicas.
8. Seguimiento por parte del Consejo Académico a los estudiantes, cursos o asignaturas
con dificultades.
9. Divulgación, orientación y seguimiento a las acciones de mejora presentadas desde las
diferentes asignaturas y en los diferentes períodos que permitan a los estudiantes
superar las dificultades presentadas.
10. Concientización del estudiante acerca de la importancia de diseñar, ejecutar, monitorear
y evaluar el plan de acción de mejora que evidencie cambio de actitud y superación de
los resultados académicos o convivenciales.
11. Seguimiento al proyecto de curso. En reunión dirigida por el equipo pedagógico del curso
integrado por el Director(a) de Grupo, el padre o madre representante, el estudiante
representante y los monitores de asignaturas. Se analiza el desarrollo del proyecto de
curso, sus fortalezas, avances y oportunidades de mejora para determinar las acciones
personales y grupales para alcanzar el éxito escolar. Dicha reunión se realizará una vez
terminado cada periodo académico.
ARTÍCULO 29. INCENTIVOS A ESTUDIANTES CON DESEMPEÑO SUPERIOR
En el Colegio Cafam se contará con los siguientes incentivos como reconocimiento a la
excelencia de los estudiantes en los diferentes campos de desarrollo.
1. Mención en el cuadro de honor por periodo para los estudiantes con mejor desempeño
académico y convivencial de cada curso.
2. Carta de reconocimiento al mejor estudiante del curso.
3. Apoyo a la participación activa en eventos académicos, artísticos y deportivos internos y
externos liderados por las diferentes áreas.
4. Beca al mejor estudiante de cada grado para el año siguiente.
5. Premio MELIORI al mejor estudiante de cada taller del Área de Expresión.
6. Beca por un año en cualquier universidad del país al mejor bachiller.
7. Beca para cursar una carrera en la Fundación Universitaria Cafam. Se concede al
estudiante destacado por su liderazgo social.
8. Beca por un año a los estudiantes que demuestren excelencia deportiva en
competencias nacionales e internacionales conforme a las condiciones definidas en la
Resolución.
PARÁGRAFO: las becas institucionales se mantienen si se cumple con los compromisos
académicos y convivenciales en cada periodo, en caso de no cumplirlos en un periodo
académico se pierde este incentivo de manera definitiva, por lo tanto el estudiante y su familia
deberán asumir las obligaciones económicas a partir del siguiente periodo y por el tiempo
restante del año escolar.
ARTÍCULO 30. PROCESO DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES
La autoevaluación se promueve mediante el uso regular de estrategias. Algunas de éstas son:
1. Rejillas de autoevaluación incluidas en las guías de aprendizaje en las que se establecen
criterios específicos de acuerdo con los desempeños esperados.
2. Autoevaluación convivencial por periodo, la cual se da desde un diálogo formativo entre
el estudiante y el/la Director(a) de Grupo a partir del análisis de los criterios establecidos
en el Manual de Convivencia y las metas personales. Ésta se registra en la Hoja de Vida
del estudiante.
ARTÍCULO 31. ESTRATEGIAS DE APOYO PARA RESOLVER SITUACIONES
PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES.
El estudiante que presente un nivel de desempeño bajo y aquellos que deseen demostrar mayor
aprendizaje y quieran mejorar la valoración de sus desempeños en alguna área o asignatura en
un periodo deben iniciar un proceso de mejora. Para ello es necesario que aplique las estrategias
que se relacionan a continuación.
1. La Autorregulación. Esta estrategia comprende la disposición activa en cada una de las
unidades de formación, la definición de metas de aprendizaje, el desarrollo de acciones
dirigidas a identificar las dificultades y la puesta en marcha de acciones correctivas
2. Acciones de mejora. En la página virtual del colegio se publicarán las acciones de mejora
de cada periodo. Éstas permitirán al estudiante avanzar en su nivel de desempeño. Su
ejecución deberá cumplir con altos niveles de calidad y evidenciar aprendizajes a nivel
cognitivo, procedimental y actitudinal
3. Trabajo individual extra-clase. El estudiante con base en su autoevaluación toma
conciencia, reflexiona y analiza su situación académica - convivencial y solicita la
orientación de un compañero o tutor externo para desarrollar acciones de mejora.
4. Evidencias de aplicación de acciones de mejora. Al término del trabajo individual
extraclase, en cada periodo, en fecha programada por la Institución, debe presentar las
acciones de mejora desarrolladas como requisito para presentar la evaluación de mejora
o nivelación.
5. Evaluación escrita. Mediante una evaluación escrita el estudiante demostrará el
aprendizaje. Si aprueba la evaluación, la valoración del periodo será modificada, de lo
contrario se mantendrá la valoración que obtuvo en el periodo para el promedio de la
valoración definitiva.
6. Apoyo de Bienestar Estudiantil. Si un estudiante presenta incumplimiento reiterado de los
deberes estudiantiles académicos o convivenciales será remitido a Bienestar Estudiantil,
según criterio del/la Director(a) de Grupo, con el fin de recibir apoyo continuo con
participación obligatoria de padres de familia y/o acudientes. Este proceso será
monitoreado y apoyado por el/la Director(a) de Grupo con la retroalimentación oportuna
de Bienestar Estudiantil.
PARÁGRAFO 1. En casos excepcionales definidos por el Coordinador de Ciclo y/o Consejo
Académico se podrá establecer la desescolarización de un(a) estudiante por un periodo
determinado. El (la) estudiante debe cumplir con los compromisos establecidos por el colegio
para su evaluación en las fechas estipuladas.
PARÁGRAFO 2. Si un estudiante no graduado solicita mediante carta, la opción de nivelar
situaciones académicas pendientes de años anteriores cursados en el colegio, éstas se
resolverán presentando pruebas escritas de suficiencia para las asignaturas que lo requieran. La
aprobación exige la nota de 7.0.
PARÁGRAFO 3. Para los estudiantes que no alcancen como mínimo el nivel de desempeño
básico en cualquier indicador de desempeño es obligatorio desarrollar el proceso de
mejoramiento en todas sus etapas.
ARTÍCULO 32. CORRECCIÓN DE UNA VALORACIÓN. Si se requiere la corrección de una
valoración, el profesor ejecutante debe diligenciar el formato de corrección de valoraciones
académicas o convivenciales, obtener el visto bueno del Coordinador de Área (si es académico)
o de Ciclo (si es convivencial). Este formato debe ser presentado a la Vicerrectoría Pedagógica
para su revisión. Desde esta dependencia se solicita la modificación en el sistema de
información.
ARTÍCULO 33. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA
El año escolar comprende cuatro periodos académicos. Al finalizar cada uno se entrega un
informe académico y convivencial conforme a la escala de valoración registrada en el Artículo 25.
En éste se registran los avances y dificultades presentados en el proceso de formación del
estudiante durante el periodo correspondiente en cada área o asignatura.
ARTÍCULO 34. ESTRUCTURA DE UN INFORME ACADÉMICO – CONVIVENCIAL
Un informe académico - convivencial describe los siguientes componentes:
1. Los indicadores de desempeño y autonomía evaluados en cada una de las áreas y
asignaturas.
2. Las valoraciones numéricas de cada una de las áreas y asignaturas con la respectiva
equivalencia con la escala nacional.
3. La valoración convivencial.
Al terminar el año escolar se entrega un informe académico y convivencial con las valoraciones
definitivas de cada área y la observación referida a la promoción en términos de aprobación o no
aprobación del grado.
PARÁGRAFO. Las acciones de mejora se publican en la página virtual del colegio y se
desarrollan con apoyo de los padres de familia. En los periodos 2, 3 y 4 se darán informes del
resultado del proceso de mejora o nivelación.
ARTÍCULO 35. PROMOCIÓN ESCOLAR
1. La promoción al grado siguiente se alcanza con la aprobación de la totalidad de las áreas
(Artículo 26) y la aprobación de la prueba estandarizada que determina el nivel de Inglés
que debe alcanzar cada estudiante en el grado que cursa según la siguiente tabla
GRADOS NIVEL DE COMPETENCIA EXAMEN ESTANDARIZADO
TRANSICIÓN A1 YLE STARTERS: 5/15 escudos o superior
PRIMERO YLE STARTERS: 10/15 escudos o superior
SEGUNDO A2.1 YLE MOVERS: 5/15 escudos o superior
TERCERO YLE MOVERS: 10/15 escudos o superior
CUARTO A2.2 YLE FLYERS: 5/15 escudos o superior
QUINTO YLE FLYERS: 10/15 escudos o superior
SEXTO A2.2 KET FOR SCHOOLS: 45 puntos o superior
SÉPTIMO KET FOR SCHOOLS: 70 puntos o superior
OCTAVO B1.1 PET: 40 puntos o superior
NOVENO PET: 50 puntos o superior
DÉCIMO B1.2 PET: 60 puntos o superior
UNDÉCIMO PET: 70 puntos o superior
PARÁGRAFO: la prueba de grado transición se realizará como medición de avances del
proceso, sin que esta implique criterio de promoción para grado primero.
2. Si al finalizar el año escolar el estudiante presenta una o dos áreas sin aprobar, podrá
presentar evaluación de nivelación en la fecha estipulada por la institución. Para ésta
deberá presentar evidencias escritas del trabajo de apoyo académico realizado (las
evidencias no tienen valoración).
3. La aprobación de la evaluación de nivelación es condición indispensable para
matricularse al grado siguiente. En caso contrario deberá repetir el grado cursado. Para
las áreas compuestas por dos o más asignaturas se presentará nivelación únicamente
de la asignatura no aprobada.
ARTÍCULO 36. REPETICIÓN DE UN GRADO
Debe repetir un grado el estudiante que tenga una valoración final con desempeño Bajo en más
de dos áreas o que no haya cumplido con las condiciones establecidas en el Artículo 35.
ARTÍCULO 37. PROCLAMACIÓN DE BACHILLERES
Los requisitos para proclamar un estudiante de grado once en ceremonia solemne son:
1. Aprobar todas las áreas definidas en el Plan de Estudios.
2. Aprobar el examen de competencias en inglés en la Prueba SABER ICFES 11º con un
nivel mínimo de B1.
3. Tener excelente o sobresaliente convivencia social
4. Certificar el cumplimiento del servicio social obligatorio.
5. Estar a paz y salvo por todo concepto con el colegio.
PARÁGRAFO. SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO
El servicio social es un espacio de formación en donde el estudiante tiene la posibilidad de
interactuar con su medio y la sociedad que lo rodea, aplicando los conocimientos, habilidades y
competencias desarrolladas en su proceso formativo. Es un requisito obligatorio para obtener el
título de bachiller y su duración es de 100 horas, las cuales deben ser cumplidas en el mismo año
escolar.
El servicio social NO se certificará por las siguientes causales:
1. No completar el número de horas exigidas por la ley.
2. Incumplir reiteradamente con el trabajo asignado.
3. Irrespetar a cualquiera de las personas con quien tiene relación en función de su servicio
social.
4. Presentarse en estado de embriaguez o bajo los efectos de otras sustancias psicoactivas
al sitio de prestación del Servicio Social.
5. Presentarse inadecuadamente sin el traje escolar del colegio o el establecido para la
prestación del Servicio Social.
6. Incumplir el reglamento de la institución donde se encuentre prestando su Servicio
Social.
El tiempo de Servicio Social no es recuperable, cualquier cambio del lugar de prestación del
servicio e inasistencias deben ser justificados por el padre de familia y/o acudiente y autorizados
por Bienestar Estudiantil. El estudiante que deje de asistir al lugar asignado sin causa justificada,
se retire o sea excluido, debe reiniciar su Servicio Social, previa firma de un compromiso de
cumplimiento por parte de los padres de familia y del estudiante. Bienestar Estudiantil es la
dependencia responsable de expedir la constancia.
Los deportistas de alto rendimiento pueden certificar su servicio social obligatorio si cumplen con
lo definido en la resolución 1758/1993
ARTÍCULO 38. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO
ESTUDIANTES NO PROMOVIDOS DE 0° A 11°.
Los estudiantes repitentes podrán solicitar promoción anticipada para el siguiente grado si en el
informe académico- convivencial del primer periodo del año registran valoración de desempeño
Superior o Alto en todas las áreas.
Para tal efecto, la familia o el acudiente presentan a la Vicerrectoría al siguiente día hábil de la
entrega del informe académico y convivencial los siguientes documentos:
Carta de solicitud de promoción anticipada con el compromiso de padres y estudiante de
presentar las validaciones de las asignaturas no aprobadas del año anterior en un tiempo
no superior al correspondiente al segundo periodo.
Informe académico y convivencial del primer periodo del año lectivo.
El estudiante debe aprobar las validaciones para poder promoverse al grado siguiente de
lo contrario deberá continuar en el grado que empezó repitiendo.
Si se cumple el requisito, la Vicerrectoría Pedagógica envía un acta de promoción con los
respectivos soportes a la Vicerrectoría Administrativa. Una vez promovido, el estudiante debe
programar junto con el Coordinador de Ciclo la presentación de la validación del primer periodo
de las áreas del nuevo grado. Ésta deberá hacerse a más tardar a mediados del tercer periodo
académico.
CASOS EXCEPCIONALES
1. El estudiante que demuestre un desempeño superior en todas las áreas en el primer
periodo, podrá presentar a la Vicerrectoría solicitud de promoción anticipada en forma
personal o a través de los acudientes o docentes.
2. Si cumple con el requisito del punto 1, el estudiante recibirá los esenciales de los
periodos restantes de todas las asignaturas.
3. Tendrá 15 días para prepararse y presentar una prueba de suficiencia de todas las
asignaturas. La valoración mínima aprobatoria de estas pruebas debe ser de Superior o
Alto,
4. Si se cumple el requisito definido en el punto 3, la Vicerrectoría envía un acta de
promoción con los soportes correspondientes a la Vicerrectoría Administrativa. Una vez
promovido, el estudiante debe programar junto con el Coordinador de Ciclo la
presentación de la validación del primer periodo de las áreas del nuevo grado. Ésta
deberá hacerse a más tardar a final del segundo periodo académico.
Este proceso es válido únicamente para solicitudes presentadas una vez finalizado el primer
período.
ESTUDIANTES DE GRADO UNDÉCIMO
El estudiante de grado once que presente desempeño Superior o Alto en todas las áreas y en
convivencia durante los dos primeros periodos podrá solicitar promoción anticipada.
Para tal efecto la familia o acudiente tramita la solicitud por escrito de promoción anticipada del
grado ante el/la Director(a) de Grupo. La solicitud será estudiada por el/la Director(a) de Grupo
para determinar su viabilidad con los siguientes documentos:
1. Carta de solicitud.
2. Informe académico y convivencial de los dos primeros periodos.
3. Paz y salvo por todo concepto con el colegio.
Si dentro del análisis de los documentos el/la Director(a) de Grupo considera que la solicitud
reúne el requisito para promoción anticipada, comenta el caso a la Vicerrectoría y es presentado
al Consejo Académico. Éste citará a pruebas de suficiencia de los indicadores de desempeño
correspondientes al tercer y cuarto periodo en un término no mayor a 15 días. La valoración
mínima aprobatoria de estas pruebas debe ser de Superior o Alto. La familia del estudiante
deberá cancelar la totalidad de la obligación económica contraída en el contrato de estudios
firmado al inicio del año escolar y deberá estar a paz y salvo por todo concepto con la institución.
Una vez aprobadas todas las áreas, la Vicerrectoría envía un acta de promoción con los soportes
correspondientes a la Oficina Administrativa.
PROMOCIÓN ANTICIPADA POR VIAJE A OTRA CIUDAD O FUERA DEL PAÍS DONDE EXISTA EL
CALENDARIO ESCOLAR B.
El (la) estudiante que por fuerza mayor deba trasladarse con su familia de ciudad o país donde se
estudie en el calendario B, puede solicitar la promoción anticipada si al término del tercer periodo
va aprobando el año escolar y su convivencia es de Alto o Superior.
Para tal efecto la familia o acudiente tramita la solicitud por escrito de promoción anticipada del
grado ante el/la Director(a) de Grupo. La solicitud será estudiada por el/la Director(a) de Grupo
para determinar su viabilidad con los siguientes documentos:
1. Carta de solicitud.
2. Informe académico y convivencial de los tres primeros periodos.
3. Paz y salvo por todo concepto con el colegio.
Si dentro del análisis de los documentos el/la Director(a) de Grupo considera que la solicitud
reúne el requisito para promoción anticipada, comenta el caso a la Vicerrectoría y es
presentado al Consejo Académico. Éste citará a pruebas de suficiencia de los indicadores de
desempeño correspondientes al cuarto periodo en un término no mayor a 15 días. La
valoración mínima aprobatoria de estas pruebas debe ser de Superior o Alto. La familia del
estudiante deberá cancelar la totalidad de la obligación económica contraída en el contrato de
estudios firmado al inicio del año escolar y deberá estar a paz y salvo por todo concepto con la
institución. Una vez aprobadas todas las áreas, la Vicerrectoría envía un acta de promoción
con los soportes correspondientes a la Vicerrectoría Administrativa.
CAPÍTULO VII
PROCESO DE SEGUIMIENTO AL DESEMPEÑO
CONVIVENCIAL
El proceso de seguimiento al desempeño convivencial de los estudiantes tiene como finalidad
ayudar a quienes presenten fallas en el cumplimiento de sus compromisos, a valorar las
normas de comportamiento ético y social que se deben aplicar para mantener el ambiente y
las condiciones que requiere su desarrollo autónomo e integral.
De acuerdo con lo anterior, el proceso de seguimiento ofrece al estudiante amplias oportunidades
para asumir de manera responsable y consciente una nueva forma de cumplir sus compromisos,
de reflexionar y analizar sobre los aspectos que debe mejorar con la ayuda oportuna de
profesores, padres, madres, acudientes y demás integrantes de la comunidad; puede reconocer
sus deficiencias y retomar la conciencia de los límites que no puede ni debe traspasar porque
perjudica a los demás y se perjudica a sí mismo.
ARTÍCULO 39. Los conceptos de valoración convivencial son los siguientes:
1. “EVIDENCIA EXCELENTE NIVEL DE CONVIVENCIA SOCIAL”.
Cuando el estudiante evidencia un excelente nivel de conciencia y actitud positiva en el
cumplimiento de las normas de convivencia del Colegio.
2. “EVIDENCIA SOBRESALIENTE NIVEL DE CONVIVENCIA SOCIAL”. Cuando el
estudiante evidencia un sobresaliente nivel de conciencia y actitud positiva en relación
con las normas de convivencia del Colegio.
3. “EVIDENCIA UN ACEPTABLE NIVEL DE CONVIVENCIA SOCIAL”. Cuando el
estudiante incumple varios deberes o persiste en el incumplimiento de algunas de las
normas de convivencia del Colegio.
4. “EVIDENCIA BAJO NIVEL DE CONVIVENCIA SOCIAL, DEBE CUMPLIR
COMPROMISO ESPECIAL POR FALTA GRAVE”.
Cuando hay desconocimiento de los acuerdos adquiridos en los períodos anteriores, persiste
reiteradamente en el incumplimiento de sus compromisos y desaprovecha las oportunidades de
mejora que le brinda la institución para reforzar su proceso de formación. Esta valoración también
se asigna frente a faltas graves de acuerdo con el estudio realizado por el Comité de
Convivencia.
ARTÍCULO 40.
Etapas del proceso de seguimiento. Lo más importante del seguimiento del estudiante es el
procedimiento pedagógico-administrativo, con el cual el Colegio ayuda al estudiante a superarse.
Este procedimiento se aplica reiteradamente en cada una de las etapas descritas a continuación
y se establece teniendo en cuenta los criterios de valoración anteriormente mencionados. Del
proceso y decisiones de cada una de las etapas se deja registro escrito.
El debido proceso comprende las etapas siguientes:
ETAPA UNO
En el caso de que cualquiera de los directivos o docentes del colegio, dentro o fuera de la
institución observe un comportamiento contrario a los compromisos establecidos en el Manual de
Convivencia, a excepción de las faltas graves y gravísimas consideradas en los Artículo 19 y 20
del Capítulo IV, procederá a dialogar con el estudiante, invitándolo a reflexionar sobre los motivos
o causas de dicho comportamiento, haciéndole las recomendaciones pertinentes y procurando
que el resultado del diálogo sea un compromiso de mejoramiento por parte del estudiante. Dichas
recomendaciones son registradas por el profesor o directivo que atendió el caso como parte del
seguimiento sistemático del estudiante, pero no implica modificar su valoración convivencial.
Se espera que la observación y orientación oportuna sea suficiente para que el estudiante que
infrinja el Manual de Convivencia, reflexione y mejore su comportamiento.
ETAPA DOS
Cuando el estudiante continúa incumpliendo uno o varios de sus compromisos, a pesar de las
observaciones hechas en la etapa anterior, se realiza el siguiente proceso:
a. Análisis de la situación y los compromisos del estudiante. Este análisis debe ser
realizado principalmente por el mismo estudiante que está incumpliendo los
compromisos. El Director de Grupo o profesor, según el caso, debe apoyar su reflexión
utilizando estrategias tales como entrevista personal, diálogo con otros estudiantes,
solicitud de un trabajo escrito o desarrollo de una acción social sobre la importancia de
la convivencia o del compromiso en el que está fallando. El análisis debe concluir con
unos acuerdos y compromisos de mejoramiento. Los padres y acudientes deben estar
enterados de la estrategia que el hijo debe aplicar.
b. Registro del análisis de la situación y de los compromisos adquiridos en el memorando
que se diligenció en la etapa 1.
c. Valoración del comportamiento al finalizar el período. El Director de Grupo establecerá la
valoración correspondiente, teniendo en cuenta la autoevaluación del estudiante, los
informes entregados por los profesores y las explicaciones del estudiante. Es importante
que el estudiante comprenda la valoración de su comportamiento como parte de su
proceso de autoevaluación integral y de la construcción de su proyecto de vida.
d. Información a los padres de familia y/o acudientes sobre la situación y valoración
convivencial. Se remitirán a Bienestar Estudiantil los casos que lo ameriten.
e. Registro de la situación en la hoja de vida del estudiante que administra el Director de
Grupo. El criterio de valoración convivencial que se asigna en este caso es: “EVIDENCIA
SOBRESALIENTE NIVEL DE CONVIVENCIA SOCIAL”.
ETAPA TRES.
En el caso que el estudiante continúe incumpliendo los compromisos señalados, se cita a los
padres de familia o acudientes quienes, junto con el estudiante, el Director de Grupo y/o el
Coordinador de Ciclo, analizan la situación y precisan las causas para acordar los nuevos
correctivos educativos. De esta reunión debe quedar un informe escrito. El criterio de valoración
convivencial del estudiante para este caso será de: “EVIDENCIA UN ACEPTABLE NIVEL DE
CONVIVENCIA SOCIAL”. Si, por petición de cualquiera de las partes que intervienen en el
proceso se solicita atención especial para el estudiante y/o los padres de familia y/o acudiente, el
caso será remitido a Bienestar Estudiantil para dar apoyo psicológico o asistencia a talleres de
superación personal, según sea el caso
ETAPA CUATRO.
En caso de que el estudiante siga manifestando una actitud abiertamente negativa y persista el
incumplimiento de sus compromisos se citará, con carácter obligatorio a los padres de familia y/o
acudiente. Deben atender el llamado para conocer las causas y firmar nuevos acuerdos con los
cuales se debe reforzar el proceso educativo de superación. Este compromete tanto al estudiante
como a los padres de familia y/o acudiente.
En este caso se aplica el criterio convivencial de “EVIDENCIA BÁJO NIVEL DE CONVIVENCIA
SOCIAL”, DEBE CUMPLIR COMPROMISO ESPECIAL POR FALTA GRAVE”, la cual implica
el cumplimento adicional de compromisos especiales y la definición de un tiempo para
alcanzarlos. Esta determinación será tomada por el Comité de convivencia. El Coordinador de
Ciclo comunica a los padres de familia y/o acudientes la decisión tomada. El estudiante en esta
situación recibe atención del personal especializado del Área de Bienestar Estudiantil del Colegio.
Si esta área lo considera necesario, será enviado a otros especialistas que según el caso y de
acuerdo con los padres de familia requiera el estudiante.
ETAPA CINCO.
Si el estudiante con un criterio convivencial de “EVIDENCIA BÁJO NIVEL DE CONVIVENCIA
SOCIAL”, DEBE CUMPLIR COMPROMISO ESPECIAL POR FALTA GRAVE”, no evidencia un
mejoramiento sustancial en su comportamiento y cumplimiento de compromisos adquiridos al
realizar el proceso en el tiempo definido, el Director de Grupo presenta al Coordinador de Ciclo el
proceso de seguimiento realizado para el análisis del caso.
El Coordinador de Ciclo después de estudiar el caso, lo presenta al comité de convivencia. En
este comité, el Coordinador de Ciclo da a conocer el proceso pedagógico llevado a cabo, el
seguimiento del Área de Bienestar Estudiantil, los descargos por escrito del estudiante y el
informe de los padres de familia también por escrito. El comité analiza una vez más el caso. Si
por consenso encuentra suficientes fundamentos y aplicación del debido proceso, toma la
decisión de solicitar al Consejo Directivo la cancelación de la matrícula, informando al
estudiante, los padres de familia y la rectoría para los fines administrativos y legales pertinentes.
Si el Comité de Convivencia, no encuentra suficientes fundamentos, y/o no aplicación del debido
proceso, propone las condiciones que debe cumplir el estudiante para continuar en el Proyecto
Educativo Institucional del Colegio. En cualquiera de los casos, el Coordinador de Ciclo informa la
decisión a los padres de familia y/o acudientes.
PARÁGRAFO. En los casos que se considere que la valoración sea “EVIDENCIA BÁJO NIVEL
DE CONVIVENCIA SOCIAL”, DEBE CUMPLIR COMPROMISO ESPECIAL POR FALTA GRAVE”,
se tendrán en cuenta los antecedentes del estudiante.
PROCESO DISCIPLINARIO PARA CASOS ESPECIALES
(Faltas graves o gravísimas).
ARTÍCULO 41. Los comportamientos que por sus características ameritan un procedimiento
disciplinario especial son aquellos que representan un grave riesgo o perjuicio para el estudiante
o la comunidad, y corresponden a las faltas definidas en los Artículos 19 y 20.
El Comité de convivencia tendrá en cuenta el siguiente procedimiento para los casos especiales
Iniciación: Es la etapa previa o indagación preliminar la cual tiene por objeto aclarar los hechos
que se hayan presentado, el Coordinador de Ciclo junto con el docente, y el estudiante implicado,
hacen el análisis y el registro de los hechos con el fin de establecer si existen méritos para iniciar
la investigación.
Apertura del proceso: Cuando exista la conducta anómala y serios indicios que comprometen al
estudiante, el Coordinador de Ciclo cita de inmediato a los padres o acudientes del estudiante
con el fin de notificar al estudiante de la apertura del proceso y a los padres para informarles de
manera clara y precisa de los hechos, las conductas y las faltas disciplinarias, les comunica por
escrito, con los fundamentos de hecho y derecho a que esas conductas dan lugar. De igual
manera se trasladan al estudiante y a los padres o acudientes todas y cada una de las pruebas
que fundamentan los cargos formulados de las conductas violatorias al Manual de Convivencia,
y se informa sobre el plazo de dos días para presentar los descargos. El estudiante y sus
acudientes pueden aceptar las faltas ante el coordinador de ciclo en esta etapa y asumir las
decisiones que tome el Comité de Convivencia.
Etapa probatoria: El Coordinador de Ciclo traslada el caso al Comité de Convivencia quien se
encarga de analizar el caso, mediante el recurso de la prueba. El estudiante implicado hace uso
de la defensa, quien puede estar acompañado por sus padres o representantes legales, es oído
en descargos y puede solicitar las pruebas que considere convenientes. También puede aceptar
los cargos tal como han sido formulados. Esta etapa puede durar una o más sesiones,
dependiendo de la complejidad del caso. De lo actuado se deja la correspondiente acta.
Fallo: luego de la etapa probatoria, el Comité de Convivencia puede tomar tres decisiones:
Exoneración: si se exonera, se archiva el caso.
Proceso Pedagógico: si se aplica sanción, se determinan las acciones pedagógicas para
desarrollar, iniciando el proceso correctivo o reeducativo,
Cancelación de Matricula: Si se determina la cancelación de la matricula se solicita al Consejo
Directivo estudiar y fallar sobre la misma e informa a las partes, el Coordinador de Ciclo debe
notificar al estudiante y su familia la decisión, indicándole que pueden interponer recurso de
reposición ante el Consejo Directivo, el fallo puede realizarse en la misma sesión de la etapa
probatoria o en sesión independiente, dependiendo de la complejidad del caso.
El Consejo directivo se reúne y con las pruebas y demás soportes que presenta el Comité de
Convivencia, analiza el caso y determina un fallo de exoneración, proceso pedagógico o
cancelación de matrícula.
En caso de hacer uso del recurso de reposición el Consejo Directivo analizará nuevamente el
caso atendiendo los argumentos y las nuevas pruebas presentados por el estudiante, el
Consejo Directivo puede exonerar, mantener la sanción al estudiante o disminuirla según sea el
resultado del nuevo análisis.
El estudiante puede presentar el recurso de apelación.
Aplicación de la sanción: después de resueltos los recursos se aplica la sanción al estudiante, por
parte del Coordinador de Ciclo si es de carácter correctivo o reeducativo o por resolución
rectorial si es de cancelación de matrícula.
CAPÍTULO VIII
REQUISITOS PARA LA RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA
ARTÍCULO 42. Para tener derecho a cupo para el grado siguiente se debe cumplir con las
siguientes condiciones:
1. Tener un concepto final de Excelente, Sobresaliente o Aceptable convivencia social. De
ninguna forma se renueva matrícula al estudiante que haya cometido falta gravísima.
2. Estar a paz y salvo con todos los compromisos económicos derivados de los servicios
prestados.
3. Haber aprobado las áreas correspondientes al grado cursado.
ARTÍCULO 43. Los estudiantes que soliciten repetición de grado deben tener un concepto de
Excelente o Sobresaliente convivencia social.
La solicitud se debe hacer por escrito a la Vicerrectoría con el visto bueno del director de grupo y
el Coordinador de Ciclo.
La autorización para repetir el año escolar se dará si hay cupos disponibles y se cumple con los
requisitos.
Un estudiante NO puede repetir dos veces el mismo grado escolar en la institución.
ARTÍCULO 44. No se renueva la matrícula a los estudiantes cuyos padres hayan incumplido los
compromisos económicos con el colegio y los compromisos firmados con la Rectoría, las
Vicerrectorías, la Coordinación de Ciclo, la Coordinación de un área, Bienestar Estudiantil,
Director(a) de Grupo o Docentes de las Áreas, los eventos de capacitación convocados por el
Consejo de Padres y/o Bienestar Estudiantil o hayan maltratado física, virtual o verbalmente a
cualquier funcionario del colegio.
CAPÍTULO IX
GOBIERNO ESCOLAR
ARTÍCULO 45. Comité de Elecciones. El Consejo Directivo atendiendo a la Resolución 181 del
27 de enero de 2009 constituye un grupo representativo de la comunidad educativa encargado
de fijar las normas relacionadas con inscripciones, escrutinios y resolución de controversias para
las diferentes instancias participativas elegidas dentro del Gobierno Escolar. Con su constitución
se establecen la conformación y funciones. El Comité de Elecciones debe considerar que los
procesos electorales que adelante el colegio, cuenten con la participación de los estamentos en
sus diversas etapas:
1) Pre electoral: alistamiento institucional, selección de jurados y testigos electorales,
convocatoria, inscripción de candidatos(as) y presentación de propuestas.
2) Electoral: elecciones, escrutinio y posesión.
3) Post electoral: acompañamiento y apoyo a los elegidos y a las instancias de participación
y representación.
ARTÍCULO 46. El Comité de Elecciones divulgará las decisiones relacionadas con el sistema de
elección y procedimiento que se debe realizar en cada caso (elección directa, elección indirecta,
designación y delegación), características de las votaciones (voto secreto, u otro), sistema para
proveer los cargos por elegir (mayoría simple, mayoría absoluta, cociente, cifra repartidora u
otro), existencia de suplentes y forma de elegirlos y alternativas para resolver empates.
CONSEJO DIRECTIVO
ARTÍCULO 47. El Consejo Directivo como instancia de participación de la Comunidad Educativa,
es un organismo que coadyuva en la orientación del Proyecto Educativo Institucional.
ARTÍCULO 48. El Consejo Directivo está integrado por:
1. El Rector, quien lo convoca y preside.
2. Un Representante de la Dirección Administrativa de Cafam.
3. Dos representantes de los profesores. Uno de Transición y Básica Primaria y otro de
Básica Secundaria y Media.
4. Dos representantes de los padres de familia.
5. Un representante de los estudiantes, elegido por el Consejo de Estudiantes entre los
estudiantes de grado 11º.
6. El Personero del Colegio.
7. Un representante de los exalumnos nombrado por la Asociación de Exalumnos.
ARTÍCULO 49. Son funciones del Consejo Directivo:
1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento del Colegio excepto las que sean
competencia de la Subdirección de Educación, de la Dirección Administrativa o del
Consejo Directivo de la Corporación.
2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y
administrativos con los estudiantes del colegio después de haber agotado los
procedimientos previstos en el Manual de Convivencia.
3. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa cuando
alguno de sus miembros se sienta lesionado.
4. Participar en la planeación, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Institucional
y apoyar innovaciones que favorezcan su desarrollo.
5. Estudiar y aprobar las solicitudes e iniciativas de los miembros de la comunidad
educativa.
6. Estudiar las solicitudes presentadas por el Comité de Convivencia y aprobar o presentar
la orientación correspondiente.
7. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones.
8. Adoptar los costos educativos para el siguiente año escolar.
ARTÍCULO 50. Son funciones de El Rector:
1. Atender las directrices de la Subdirección de Educación, de la Dirección Administrativa y
del Consejo Directivo de la Corporación para el funcionamiento del Colegio.
2. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del
Gobierno Escolar.
3. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de
los recursos necesarios para el efecto.
4. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el
colegio.
5. Establecer una comunicación permanente con las diferentes dependencias de la Caja
que atienden servicios del colegio y mantener una actitud de apoyo para el cumplimiento
de las políticas corporativas.
6. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas y con la comunidad local,
para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida
comunitaria.
7. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad
educativa.
8. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.
9. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el Manual de
Convivencia.
10. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor
del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional.
11. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la
comunidad local.
12. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, relacionadas con la
prestación del servicio público educativo.
13. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el
Proyecto Educativo Institucional.
ARTÍCULO 51. El Consejo Académico es el organismo consultivo y asesor de la Rectoría. Está
conformado por:
1. El Rector.
2. El Vicerrector Pedagógico
3. Los Coordinadores de cada una de las Áreas de estudio.
4. Los Coordinadores de Ciclo.
ARTÍCULO 52.
Son funciones del Consejo Académico:
1. Organizar el plan de estudios.
2. Estudiar, modificar, desarrollar, verificar, hacer seguimiento y validar los ajustes al plan de
estudios.
3. Asesorar a los docentes en la aplicación de la evaluación formativa y sumativa.
4. Realizar análisis de los resultados académicos por período y proponer acciones de
mejora en las asignaturas, grados o ciclos.
5. Hacer la evaluación institucional.
6. Recibir y decidir como última instancia los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación
educativa.
7. Preparar el plan de actividades académicas para el año escolar y hacer el respectivo
seguimiento.
ARTÍCULO 53.
Son funciones del Vicerrector Pedagógico:
1. Orientar la implementación del plan de formación autónomo e integral de los estudiantes
del colegio, de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional y la normatividad del
Ministerio de Educación Nacional.
2. Promover y orientar las investigaciones pedagógicas requeridas que se van a
implementar en la institución, con el fin de fundamentar las innovaciones metodológicas.
3. Asesorar a los Coordinadores de Ciclo y a los Coordinadores de Área en el diseño,
ejecución y evaluación del plan de estudios y de los procesos formativos a su cargo, con
el propósito de garantizar la calidad de los mismos.
4. Asesorar el proceso de elaboración y producción de las guías de aprendizaje para
asegurar que se lleven a cabo de acuerdo con el enfoque pedagógico de Cafam.
5. Coordinar las actividades complementarias de las áreas educativas, con el fin de
garantizar que estén articuladas con el Proyecto Educativo Institucional.
6. Promover y mantener entre el personal a cargo un ambiente de trabajo armónico, con el
objeto de contribuir al logro de los objetivos trazados.
ARTÍCULO 54.
Son funciones de la Vicerrectoría Administrativa:
1. Apoyar a la Rectoría en el cumplimiento de las directrices de la Subdirección de
Educación, de la Dirección Administrativa y del Consejo Directivo de la Corporación para
el funcionamiento de la institución.
2. Mantener una comunicación permanente y eficaz con las diferentes dependencias de la
Caja que atienden servicios del colegio, a través de una actitud de apoyo para el
cumplimiento de las políticas corporativas.
3. Hacer seguimiento y control del estado de la cartera procurando un buen recaudo en
busca del punto de equilibrio del colegio.
4. Supervisar el desarrollo de las labores de los funcionarios de mantenimiento y aseo del
colegio.
5. Supervisar las labores de caja y revisión de la misma.
6. Coordinar los procesos informáticos, el mantenimiento electrónico de equipos y sistemas del
colegio.
7. Llevar control de inventarios del colegio.
8. Coordinar las acciones encaminadas al mantenimiento de la imagen física del colegio.
9. Mantener comunicación continua con el personal de seguridad para salvaguardar la
propiedad del cliente y de la institución.
10. Colaborar para el buen funcionamiento del sistema de transporte escolar y organizar el
servicio de transporte para las diferentes salidas pedagógicas y eventos fuera del
colegio.
11. Atender y solucionar los requerimientos de padres y estudiantes referentes a la
prestación de servicios de transporte y alimentación.
12. Proveer los recursos logísticos necesarios para los diferentes eventos de la institución.
13. Mantener excelente comunicación y relación con todos los miembros de la comunidad.
14. Promover y mantener entre el personal a su cargo un ambiente de trabajo armónico con
el fin de contribuir al logro de los objetivos trazados.
15. Evaluar el desempeño de las personas a cargo.
ARTÍCULO 55.
Son funciones del Coordinador de Ciclo:
CONTROL DE ESTUDIANTES
1. Recibir las instalaciones locativas y el mobiliario de su sección y dirigir acciones
orientadas al control y seguimiento de su cuidado.
2. Planificar, ejecutar y hacer el seguimiento a las acciones dirigidas a la apropiación del
Manual de Convivencia y el Manual de Comportamiento en la ruta de transporte y en el
comedor.
3. Recibir a los estudiantes al iniciar la jornada de estudio y hacer observaciones a la
presentación personal y a la puntualidad.
4. Dirigir el control de asistencia y la notificación de ausencias a los padres de familia y/o
acudientes durante la primera unidad de formación.
5. Controlar el ingreso oportuno de los estudiantes al aula de clase o al sitio donde tiene
lugar la unidad de formación o la actividad pedagógica programada.
6. Planificar acciones pedagógicas, ejecutarlas y hacer seguimiento con apoyo de los
Directores de Grupo. Dichas acciones están dirigidas a los estudiantes que presenten
problemas de convivencia o incumplan con sus deberes académicos.
7. Atender a los padres y madres de familia y/o acudientes de los estudiantes que
presenten problemas de convivencia o académicos, definir acciones pedagógicas y
establecer acuerdos conforme al Manual de Convivencia.
8. Dirigir la planeación del Proyecto de Ciclo y hacer seguimiento permanente.
9. Preparar las Direcciones de Grupo, ilustrar a los docentes para su aplicación y hacer
seguimiento a los estándares de formación.
10. Participar en la reunión del Comité de Convivencia cuando sea necesario mediante la
presentación de informes de convivencia del Ciclo y el seguimiento de las acciones
acordadas.
11. Hacer acompañamiento a los estudiantes con el apoyo de los docentes, durante los
tiempos de descanso, almuerzo y demás actividades que se desarrollen fuera del horario
de clase.
12. Controlar la salida de los estudiantes.
BIENESTAR Y CONTROL DE DOCENTES
1. Promover un ambiente de armonía y bienestar en el ciclo.
2. Mantener excelente comunicación y relación con sus colaboradores y demás miembros
de la comunidad.
3. Hacer inducción general a los docentes nuevos.
4. Controlar la asistencia diaria de los docentes.
5. Hacer observación de campo en forma permanente durante la jornada, con el fin de
verificar la puntualidad de los docentes y la normalidad académica.
6. Hacer evaluación y seguimiento a los docentes con apoyo del Coordinador de Área y
llevar el registro correspondiente.
7. Presentar a la Rectoría los informes de evaluación y seguimiento de los docentes del ciclo.
8. Presentar a los docentes del ciclo la información corporativa e institucional requerida.
9. Desarrollar acciones orientadas a suplir la ausencia inesperada de un docente.
10. Hacer acompañamiento en el aula a sus docentes como parte del proceso de evaluación
integral del docente y presentar con los Coordinadores de Área al final del año un
informe de dicho proceso a la Vicerrectoría y Rectoría.
ARTÍCULO 56.
Son funciones del Coordinador de Área:
1. Dirigir la elaboración de los planes de estudio para cada grado, conforme a los
estándares del MEN y a los Lineamientos Curriculares de las Áreas.
2. Planificar, desarrollar, ejecutar y controlar las actividades propias del Área.
3. Hacer parte del Consejo Académico, asistiendo a todas las reuniones y participando
activamente en las funciones propias de éste.
4. Revisar y retroalimentar las elaboraciones preparadas por cada docente en el proceso de
autoformación.
5. Revisar las guías de aprendizaje y retroalimentarlas, teniendo en cuenta los distintos
contextos en los cuales se aplican.
6. Autorizar las fotocopias de las guías de aprendizaje (cuando el número de copias sea
menor a 1.000), llevar control y consecutivo de la autorización de éstas y controlar el uso
adecuado.
7. Dirigir las reuniones de Área y enviar a la Vicerrectoría cada semana una muestra de las
elaboraciones individuales y el protocolo de la misma.
8. Presentar a los docentes del área sus propias elaboraciones como productos orientadores
para el grupo.
9. Revisar las evaluaciones bimestrales, controlar su aplicación y hacer seguimiento a los
resultados.
10. Presentar a la Vicerrectoría y Rectoría candidatos idóneos para desempeñarse como
docentes del Área cuando se requiera.
11. Hacer la inducción general del área y de la asignatura, a los docentes nuevos.
12. Hacer acompañamiento a los estudiantes con el apoyo de los docentes, durante los
tiempos de descanso, almuerzo y demás actividades que se desarrollen fuera del horario
de clase.
13. Atender a los padres y madres de familia y/o acudientes de los estudiantes que
presentan problemas académicos, definir acciones pedagógicas y establecer acuerdos
conforme al Manual de Convivencia.
14. Hacer acompañamiento en el aula a sus docentes como parte del proceso de evaluación
integral de ellos y presentar al final del año un informe de dicho proceso a la
Vicerrectoría Pedagógica y Rectoría.
CAPÍTULO X
PARTICIPACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. EL CONSEJO DE ESTUDIANTES
ARTÍCULO 57. El Consejo de Estudiantes es un organismo de participación que tiene como fin
escuchar, analizar y plantear propuestas de carácter general, a favor de toda la institución.
ARTÍCULO 58. El Consejo de Estudiantes está integrado por un vocero de los estudiantes de
transición a tercero y un representante por grado de cuarto a undécimo.
ARTÍCULO 59.
Son funciones del Consejo de Estudiantes:
1. Elegir el representante ante el Consejo Directivo y asesorarlo en el cumplimiento de su
representación, este estudiante debe pertenecer al grado undécimo y caracterizarse por
tener excelente rendimiento académico y convivencial, ser líder y ejemplo para sus
compañeros y presentar propuestas de interés general para la institución.
2. Escuchar, analizar y generar iniciativas de carácter general, a favor de toda la comunidad
educativa.
3. Invitar a sus deliberaciones a los estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo
de la vida estudiantil.
El Personero de los estudiantes
ARTÍCULO 60. Es un estudiante de grado undécimo, destacado por su buen rendimiento
académico y convivencial, elegido de acuerdo con los requisitos establecidos por el Comité de
Elecciones. Es responsable de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los
estudiantes.
ARTÍCULO 61. Son funciones del Personero:
1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual
puede utilizar los medios de comunicación interna del colegio, pedir la colaboración al
Consejo de Estudiantes y organizar foros u otras formas de deliberación.
2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus
derechos.
3. Presentar a la Rectoría y al Consejo Directivo las solicitudes orientadas a facilitar el
cumplimiento de los deberes de los estudiantes y la protección de sus derechos.
PARÁGRAFO. El perfil del Personero y el estudiante representante, así como las causas de su
destitución, son definidos por el Comité de Elecciones y se consignan en el acta de posesión.
CAPÍTULO XI
PARTICIPACIÓN DE PADRES Y MADRES DE FAMILIA
(Decreto 1286 del 27 de abril de 2005).
Para los fines previstos en la presente norma, la expresión “padres de familia” comprende a los
padres y madres de familia, así como a los tutores o quienes ejercen la patria potestad o
acudientes debidamente autorizados.
La Asamblea General de Padres y Madres de Familia
ARTÍCULO 62. La Asamblea General de Padres de Familia está conformada por la totalidad de
padres y madres de familia del establecimiento educativo, quienes son los responsables del
ejercicio de sus deberes y derechos en relación con el proceso educativo de sus hijos. Debe
reunirse obligatoriamente mínimo dos veces al año por convocatoria de El Rector.
El Consejo de Padres de Familia
ARTÍCULO 63. El Consejo de Padres de Familia es un órgano de participación de los padres de
familia del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el
proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. Estará integrado por mínimo
uno (1) y máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los grados que ofrezca el
establecimiento educativo, de conformidad con lo que establezca el Proyecto Educativo
Institucional, PEI.
Durante el transcurso del primer mes del año escolar, contado desde la fecha de iniciación de las
actividades académicas, El Rector convocará a los padres de familia para que elijan a sus
representantes en el Consejo de Padres de Familia.
La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año lectivo se efectuará
en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%)
de los padres, o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la
reunión.
Los padres representantes de grado no deben pertenecer a la junta directiva de la Asociación de
Padres de Familia. La conformación del Consejo de Padres es obligatoria y así deberá registrarse
en el Manual de Convivencia.
Estructura y funcionamiento del Consejo de Padres de Familia.
ARTÍCULO 64. El Consejo de Padres de Familia deberá conformarse en todos los
establecimientos educativos. Podrá organizar los Comités de Trabajo que guarden afinidad con el
Proyecto Educativo Institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo, de
conformidad con los planes de trabajo que acuerde con El Rector. Los comités podrán contar con
la participación de un directivo o docente del establecimiento educativo designado por El Rector
para tal fin.
El Consejo de Padres es un órgano de participación educativa que no requiere registro ante
ninguna autoridad y para pertenecer a él no se podrán establecer cuotas de afiliación o
contribución económica de ninguna especie. Se reunirá como mínimo tres veces al año por
convocatoria de El Rector o por derecho propio. Las sesiones del Consejo de Padres serán
presididas por un padre de familia, elegido por ellos mismos.
Las secretarías de educación apoyarán a los establecimientos educativos para que se conformen
los consejos de padres de familia y solicitarán informes periódicos sobre su funcionamiento.
ARTÍCULO 65. Son funciones del Consejo de Padres:
1. Contribuir con la Rectoría en el análisis, difusión y uso de los resultados de las
evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado.
2. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de
competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la
Educación Superior, ICFES.
3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el
establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en
las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.
4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos
planteados.
5. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar
estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los
aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la
autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a
promover los derechos del niño.
6. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación
entre todos los estamentos de la comunidad educativa.
7. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la
Constitución y la ley.
8. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los
educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de
integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.
9. Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan
de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del
Decreto 1860 de 1994.
10. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el Consejo Directivo del
establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2º del artículo 9º
del presente decreto.
ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PADRES DE FAMILIA EN EL CONSEJO
DIRECTIVO
(Decreto 1286 del 27 de abril de 2005)
ARTÍCULO 66. El Consejo de Padres de Familia, en una reunión convocada para tal fin por El
Rector elegirá dentro de los primeros treinta días del año lectivo a los dos representantes de los
padres de familia en el Consejo Directivo del establecimiento educativo. Los representantes de
los padres de familia sólo podrán ser reelegidos por un período adicional.
En todo caso los representantes de los padres ante el Consejo Directivo deben ser padres de
alumnos del establecimiento educativo.
Los docentes, directivos o administrativos del establecimiento educativo no podrán ser
representantes de los padres de familia en el consejo directivo del mismo establecimiento en que
laboran.
Perfil del Padre Representante
ARTÍCULO 67. La persona seleccionada para ser representante de curso y su suplente deben
tener el siguiente perfil:
1. Deseo de ejercer el cargo con alto sentido de pertenencia al colegio.
2. Claridad con respecto a sus funciones.
3. Buen manejo de las relaciones interpersonales.
4. Capacidad de liderazgo para motivar tanto a los padres como a los alumnos del curso
con el fin de trabajar mancomunadamente en las actividades que promueva el colegio.
5. Conocimiento y empeño por trabajar a favor de la filosofía tanto de la empresa como del
colegio.
6. Juicio crítico para privilegiar lo colectivo sobre lo particular, evitando de esta forma situar
sus intereses personales sobre los de la comunidad y el afán de protagonismo.
7. Iniciativa para proponer alternativas de solución a los problemas del curso.
8. Prudencia, respeto y lealtad.
9. Interés por capacitarse en pedagogía de la participación.
10. Disponibilidad de tiempo.
PARÁGRAFO. Cuando se tienen dos o más hijos estudiando en el colegio, únicamente se
permite ser padre representante en un solo curso.
Funciones del padre, madre o acudiente representante
ARTÍCULO 68.
Son funciones del padre o madre representante:
1. Colaborar y apoyar el proceso pedagógico que realiza el colegio siendo parte activa del
EQUIPO PEDAGÓGICO del curso y por lo tanto del PROYECTO DE CURSO.
2. Conocer y acatar los compromisos de padres y madres de familia consignados en el
Manual de Convivencia.
3. Motivar la participación activa tanto de los padres de familia o acudientes como de los
estudiantes en la información y toma de decisiones sobre las problemáticas del curso.
4. Presentar propuestas al curso que conlleven al mejoramiento académico y disciplinario.
5. Trabajar en coordinación con el Director de Grupo y con el Estudiante Representante en
la solución de los problemas del curso.
6. Participar en las actividades del curso, del ciclo o del colegio en las que su presencia sea
indispensable.
7. Asistir a las reuniones ordinarias o extraordinarias convocadas por el colegio. En caso de
no poder hacerlo en alguna ocasión, informar oportunamente el motivo de su
inasistencia, y comunicar a tiempo al suplente para que lo reemplace.
8. Canalizar, en primera instancia con el Director de Grupo, las inquietudes de los padres
de familia, con miras a obtener soluciones, manteniendo constante comunicación con las
demás instancias del colegio.
9. Ser conciliador en las situaciones y decisiones de conflicto
10. Ser el multiplicador de las decisiones y programas del colegio.
PARÁGRAFO. Cada representante tendrá un suplente con las mismas funciones.
Causas para perder la calidad de padre o madre representante
ARTÍCULO 69. Se considera justa causa para perder la calidad de Padre Representante del
curso o suplente, una de las siguientes:
1. Retiro voluntario u obligatorio de su hijo matriculado como alumno del Colegio Cafam.
2. Inasistencia a dos reuniones consecutivas convocadas por el colegio o por el Consejo de
Padres, sin justificación oportuna.
3. Actos que atenten contra la integridad de cualquiera de los miembros de la comunidad
educativa.
4. Desacato a las normas establecidas en el Manual de Convivencia.
5. Desacuerdo con la filosofía institucional.
6. Decisiones que afecten al colegio, sin contar con la aprobación de los directivos de la
institución.
7. Incumplimiento de sus funciones.
ASOCIACIÓN DE PADRES Y MADRES DE FAMILIA
(Decreto 1286 del 27 de abril de 2005)
ARTÍCULO 70. Para todos los efectos legales, la Asociación de Padres de Familia es una entidad
jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria
de los padres de familia de los estudiantes matriculados en un establecimiento educativo.
Sólo existirá una Asociación de Padres de Familia por establecimiento educativo y el
procedimiento para su constitución está previsto en el artículo 40 del Decreto 2150 de 1995 y
solo tendrá vigencia legal cuando haya adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la
Cámara de Comercio. Su patrimonio y gestión deben estar claramente separados de los del
establecimiento educativo.
PARAGRAFO 1. La Asamblea General de la Asociación de padres es diferente de la Asamblea
General de Padres de familia, ya que esta última está constituida por todos los padres de familia
de los estudiantes del establecimiento educativo, pertenecientes o no a la asociación.
PARÁGRAFO 2. Cuando el número de afiliados a la asociación de padres alcance la mitad más
uno de los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, la asamblea de la
asociación elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el Consejo Directivo, caso
en el cual el consejo de padres elegirá solamente a un padre de familia como miembro del
Consejo Directivo.
PARÁGRAFO 3. En el momento de la afiliación el padre de familia recibirá copia de los estatutos
de la asociación en los que conste que ha sido inscrita en la Cámara de Comercio.
ARTÍCULO 71. Las principales finalidades de la Asociación de Padres de Familia son:
1. Apoyar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y el plan de mejoramiento del
establecimiento educativo.
2. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los
miembros de la comunidad educativa.
3. Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia.
4. Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para
mejorar sus resultados de aprendizaje.
5. Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacífica de los
conflictos y compromiso con la legalidad.
6. Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar
acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo
establecido en el artículo 315 del Decreto 2737 de 1989.
CAPÍTULO XII
EL COMITÉ DE CONVIVENCIA
ARTÍCULO 72.
Harán parte integral del Comité de Convivencia:
1. Un representante del personal docente elegido por el Consejo de Profesores.
2. Un representante elegido por el Consejo de Estudiantes.
3. El personero de los estudiantes
4. Dos (2) representantes de los padres de familia, uno del Consejo de Padres y uno de la
Asociación de Padres de Familia.
5. Los coordinadores de ciclo.
6. El Vicerrector Pedagógico.
7. Un representante de Bienestar Estudiantil.
ARTÍCULO 73. Las finalidades principales del Comité de Convivencia son:
1. Llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la comunidad educativa.
2. Desarrollar actividades para la divulgación de los derechos fundamentales, los derechos
del niño y las garantías que amparan a la comunidad educativa.
3. Desarrollar foros y talleres con la comunidad educativa con el objetivo de promover la
convivencia y los valores dentro de los ámbitos institucional, estudiantil y familiar.
4. Promover la vinculación de las entidades educativas a los programas de convivencia y
resolución pacífica de los conflictos que adelanten las diferentes entidades distritales.
5. Instalar mesas de conciliación cuando alguno o algunos de los actores de la comunidad
educativa lo solicite con el objetivo de resolver pacíficamente sus conflictos. Para tal
efecto, el Comité designará un conciliador cuando las partes en conflicto lo estimen
conveniente.
6. Evaluar y mediar los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, y los que
surjan entre estos últimos.
7. Llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el
Manual de Convivencia.
8. Atender las responsabilidades definidas dentro del debido proceso, descritas en los
artículos 40 y 41.
ARTÍCULO 74. El Comité de Convivencia se instalará dentro de los primeros sesenta (60) días
calendario escolar y se reunirá ordinariamente cada dos (2) meses.
Además, lo podrán hacer extraordinariamente cuando los miembros del Comité lo estimen
conveniente.
ARTÍCULO 75. El Comité de Convivencia, establecerá su propia metodología de trabajo,
teniendo en cuenta su finalidad y las disposiciones contempladas en el manual de convivencia.
CAPÍTULO XIII
COSTOS EDUCATIVOS
ARTÍCULO 76. El Colegio Cafam maneja diferentes valores de acuerdo con las categorías de
subsidio, las cuales dependen del salario y comisiones de los afiliados a la Caja de
Compensación Familiar Cafam.
Para la fijación de los costos educativos se realiza el siguiente proceso:
1. Se presenta la propuesta de incremento para el año siguiente al Consejo Directivo,
teniendo en cuenta las regulaciones establecidas por el Ministerio de Educación
Nacional.
2. Una vez aceptada la propuesta por el Consejo Directivo, se fija en lugares públicos para
que sea conocida por la Comunidad Educativa.
3. El Consejo Directivo aprueba los valores propuestos.
4. Esta información se ingresa al Sistema de Autoevaluación de Instituciones Educativas
Privadas para la aprobación del Ministerio de Educación Nacional, quien emite la
resolución respectiva con las tarifas aprobadas.
5. Las matrículas tendrán dos fechas estipuladas, una llamada ordinaria que tendrá el costo
aprobado por el Consejo Directivo del Colegio y otra de carácter extraordinario para
aquellas familias que no lo puedan hacer en la fecha ordinaria. Si la pensión se paga
después de los plazos establecidos por la institución, se aplica una multa por pago
extemporáneo que equivale al 5% del valor de la pensión. Adicional, se aplican los
intereses por mora aprobados por las normas legales.
CAPÍTULO XIV
PROCESO DE ADMISIÓN
ARTÍCULO 77. Anualmente el colegio abre su proceso de admisión en el mes de julio, de
acuerdo con las proyecciones definidas para el año siguiente, el cual consta de las siguientes
actividades:
1. Publicación del formulario de inscripción y lista de documentos.
2. Pago de inscripción y recepción de documentos.
3. Examen para aspirantes e inducción a padres.
4. Publicación de lista de aspirantes para citación a entrevista.
5. Entrevista.
6. Publicación lista de admitidos y documentos necesarios para matrículas.
7. Entrega de recibos de matrícula.
8. Matrícula y legalización final del proceso de matrícula para el año siguiente.
Requisitos:
1. Tener la edad contemplada para cada grado.
2. Tener un desempeño académico y convivencial Superior o Alto o su equivalente en la
escala institucional.
3. Aprobar el examen.
4. Ser admitido en la entrevista.
PARÁGRAFO 1. Solicitud de reintegro. El aspirante que con anterioridad estuvo matriculado en
la institución podrá hacer solicitud de reintegro a la Vicerrectoría del colegio siempre y cuando al
haberse retirado su valoración de convivencia haya sido Superior o Alto o la escala de conceptos
convivenciales vigente. La solicitud deberá estar apoyada por el concepto del Director de Grupo
y/o el Coordinador de Ciclo al que perteneció en el momento del retiro y de igual manera cumplir
con las diferentes actividades y requisitos del proceso de admisión.
El reintegro se otorgará si hay cupos disponibles al grado que se solicita.
PARAGRAFO 2. El Colegio da prioridad a los estudiantes aspirantes hijos de afiliados a la Caja
de Compensación Familiar Cafam.
CAPITULO XV
VIGENCIA
ARTÍCULO 78. El presente Manual de Convivencia rige para el calendario escolar del año 2013,
reemplaza la versión anterior de 2012 y tiene vigencia en todas sus partes, mientras no sea
modificado por el Consejo Directivo del Colegio Cafam.
ANEXO 1
TRAJE ESCOLAR
El traje escolar es el primer símbolo de pertenencia al colegio, por lo tanto debe portarse de
manera apropiada, lo que significa CON PULCRITUD, DIGNIDAD Y CARIÑO. Comprende las
prendas que usa el estudiante a diario y se denomina así porque tiene diferentes combinaciones,
a diferencia del uniforme de Educación Física que sí tiene un modelo único.
En el Colegio Cafam los estudiantes pueden seleccionar los colores y modelos de las prendas
del traje escolar dentro de las siguientes posibilidades
Traje Escolar.
Color: Azul Oscuro, Verde o Vinotinto
Pantalón
Saco Cerrado Opción: Traje Escolar Mujer
A la Cintura
Bota Recta
Saco Abierto
Color:
Verde, Azul
o Vinotinto
Zapatos Escolares
Negros de Cuero
Opcional:
Chaqueta Impermeable
Azul Oscuro con Logo.
Bufanda Oficial de Colegio
Falda o
Falda Pantalón
Medias Azules
(A la Rodilla)
Uniforme Deportivo.
Color: Azul Oscuro y Blanco
Camisa o Blusa Escolar.
Color: Blanco
No se permite el uso de prendas
distintas o de otros colores a los
establecidos.
Camiseta. Blanca
Pantaloneta. Azul Oscuro (Hombres)
Sudadera.
Pantalón a la Cintura
Bota Recta
Medias Largas (Hasta la Rodilla)
Zapato Tenis Completamente Blancos
Bicicletero. Azul Oscuro (Mujeres)
PRENDA MUJERES POSIBILIDAD A ESCOGER
MODELO /COLOR
PRENDA HOMBRES
Camisa o camiseta blanca. Camisa blanca o camiseta tipo polo y cuello redondo.
Camisa o camiseta blanca.
Falda prensada, o pantalón en dacrón paño y bota recta conforme
al diseño. No usar minifalda.
COLORES: Azul oscuro. Verde oliva. Vinotinto.
Pantalón en dacrón paño y bota recta de acuerdo con el
modelo. El pantalón debe usarse a la cintura.
Saco.
Saco en lana (Abierto o cerrado) con logo de Cafam. Colores: azul
oscuro, verde oliva o Vino- tinto y con ribete de un color diferente dentro de la gama existente.
Saco
.
Medias azules para dama a la rodilla.
Medias pantalón de lana
Azules. No se admiten medias veladas.
Color azul oscuro.
Medias para caballero.
No se admiten medias tobilleras.
Zapatos de cuero de línea escolar.
Negro
Zapatos de cuero de línea escolar.
Uniforme de Educación Física.
• Sudadera con el logotipo de Cafam de acuerdo con el modelo establecido en material polar.
• El pantalón de la sudadera con bota recta y suelta.
• Zapatos tenis completamente blancos. • Camiseta blanca de cuello tipo polo. • Medias blancas deportivas. • No se admiten medias tobilleras. • Pantaloneta azul oscuro para hombres y mujeres,
con la posibilidad en las damas de usar bicicletero azul oscuro debajo de la pantaloneta.
Uniforme de Educación Física.
Opcional.
Traje Escolar.
Bufando oficial del Colegio, azul oscuro. Chaqueta impermeable color azul oscuro con el logotipo del colegio. En caso de absoluta necesidad, se puede usar cachucha institucional la cual se deberá portar únicamente en espacios exteriores.
No se Permite el Uso de Prendas Distintas a las Establecidas
ANEXO 2
COMPORTAMIENTO EN EL COMEDOR
Considerando el tiempo de permanencia de los estudiantes en la jornada escolar diaria, el colegio ofrece el servicio de
almuerzo a través del Departamento de Servicios de Alimentación. Ésta es una opción voluntaria que busca satisfacer las
necesidades de alimentación y nutrición mediante la entrega de un menú balanceado y variado.
Para apoyar este servicio el colegio colabora con la organización del ingreso al comedor y con el acompañamiento a los
estudiantes por parte de los docentes.
Con el fin de garantizar la prestación efectiva de este servicio, el padre y/o madre del estudiante debe:
1. Cancelar el servicio de almuerzo dentro del tiempo estipulado en el recibo de pago.
2. Asumir el pago de daños causados por su hijo(a) a la vajilla, los cubiertos y/o muebles del comedor.
Por su parte el estudiante de bachillerato se compromete a:
1. Identificarse al momento de ingresar al comedor.
2. Hacer buen uso del comedor.
3. Comportarse según las normas de convivencia.
Todos los usuarios del comedor deben:
1. Presentarse al comedor siguiendo las normas de higiene y aseo.
2. Ingresar al comedor en completo orden, respetando la fila.
3. Colaborar con el aseo de las mesas llevando platos, vasos y cubiertos al lugar destinado para este fin.
4. Evidenciar buenos hábitos y maneras en la mesa.
5. Proceder siempre con honestidad, evitando acciones inadecuadas para alterar la naturaleza de los alimentos.
ACLARACIONES:
a. El cobro del servicio de almuerzo escolar se realiza mensualmente y es pagado por el usuario dentro de las fechas
establecidas en el recibo.
b. Se factura únicamente el número de días del cronograma escolar.
c. No se efectúa reembolso de dinero cancelado por el servicio de alimentación escolar, por ausencias del usuario.
ANEXO 3
COMPORTAMIENTO EN EL BUS ESCOLAR
Es importante tener en cuenta que cuando las rutas se desplazan fuera del colegio, éstas se convierten en una extensión
del mismo y en consecuencia, de su imagen institucional. Por lo tanto, es necesario que los estudiantes cumplan con los
siguientes principios:
PUNTUALIDAD
En la mañana estar preparado en la puerta de su domicilio, conjunto residencial, portería o paradero con 10 minutos de
antelación para ser recogido por la ruta. Siguiendo las normas establecidas en el Código de Transporte en referencia a la
contaminación auditiva, ningún vehículo puede utilizar la bocina para avisar su llegada.
En la tarde, estar dentro del vehículo a la hora determinada para el inicio del recorrido hacia la casa. Se debe permanecer
en el interior del vehículo mientras los otros estudiantes terminan de abordar la ruta respectiva.
ORGANIZACIÓN
Conservar la silla asignada y permanecer en orden dentro del vehículo.
AMABILIDAD Y CORTESÍA
Saludar al conductor, a la monitora y a los compañeros. Mantener una conducta de respeto y cortesía con todas las
personas que viajan en la ruta.
ASEO
Mantener limpio el vehículo. No se pueden consumir alimentos ni bebidas dentro del mismo.
CUIDADO DE LOS OBJETOS PERSONALES
Mantener el cuidado de los objetos personales.
ACATAR LAS INDICACIONES DE LA MONITORA
Acatar las indicaciones de la monitora, escuchar y aceptar a las personas y sus conceptos y exponer los propios
con amabilidad, propiciando el diálogo de ser necesario.
RESPETO DEL ESPACIO PÚBLICO
No arrojar ningún tipo de elemento por las ventanas del vehículo de transporte. Un acto de esta naturaleza produce
accidentes que comprometen la integridad física de las personas y puede ocasionar daños a los demás vehículos.
NOTA: Cuando el estudiante muestre un comportamiento contrario a los compromisos convivenciales, se procederá de la
siguiente manera:
1. Diálogo de la Monitora con el estudiante, para invitarlo a reflexionar sobre sus comportamientos.
2. Diálogo de la Monitora con el padre, madre de familia o acudiente para informar sobre las novedades presentadas.
3. En caso de reincidencia por parte del estudiante, la Monitora informará de la situación a la Coordinadora de
Transporte.
4. La Coordinadora de Transporte hará el reporte correspondiente el Vicerrector Administrativo.
5. El Vicerrector Administrativo trasladará la queja al Coordinador de Ciclo respectivo.
6. El Coordinador de Ciclo hará el seguimiento correspondiente.
Los padres de los estudiantes usuarios de transporte escolar deben tener presente las siguientes indicaciones:
1. AVISO DE RETIRO: Por efectos de organización y programación, es necesario informar por escrito, con treinta (30)
días de anticipación la decisión de retiro de la prestación del servicio de transporte escolar.
2. COMPROMISO DE PAGO: De acuerdo con las fechas de pago estipuladas, se debe proceder a realizar las
consignaciones o pago en efectivo y entregar a más tardar el día 10 de cada mes. A partir del día 11 no se prestará
el servicio a quienes no estén al día con sus pagos.
3. INFORMACIÓN OPORTUNA: Se debe informar a la Monitora por escrito y con firma del padre, la madre o el
acudiente, con cinco (5) días de anticipación, cualquier variación en el paradero en la mañana o en la tarde, cambio
de ruta o cualquier otra situación particular. Así mismo, es necesario informar por escrito a la Vicerrectoría
Administrativa del Colegio.
4. AUTORIZACIÓN ESPECIAL: Los padres o acudientes de los estudiantes deberán autorizar por escrito para dejar a
los estudiantes en el paradero sin compañía de adultos.
Si el estudiante es recibido en el paradero por sus padres o acudiente y por algún motivo no lo pueden recibir, sólo
bajo autorización escrita, se dejará, sin su presencia. En caso contrario, SE LLAVARÁ AL FINALIZAR LA RUTA A
LAS OFICINAS DE LA EMPRESA TRANSPORTADORA para que sea recogido por sus padres o acudiente.
5. TRATO RESPETUOSO: Los padres, madres de familia o acudientes de los estudiantes deben tratar al personal de
las rutas con la dignidad y el respeto que toda persona requiere y exige; propiciar el diálogo para lograr acuerdos
que beneficien a todos los miembros de la ruta.
6. CONDUCTO REGULAR: En caso de cualquier sugerencia o reclamo, los padres de familia o acudientes deben
seguir el conducto regular:
• Diálogo con la Monitora.
• Carta dirigida a la Empresa Transportadora a través la Monitora, de la Coordinadora o vía Fax.
• De no ser atendidos, carta a la Vicerrectoría Administrativa del colegio.
SALIDAS PEDAGÓGICAS:
En caso de estas salidas, además de los puntos anteriores se debe tener en cuenta:
• Presentar permiso escrito (desprendible de circular) firmado por los padres o acudiente.
• Estar puntual en el lugar de salida, de acuerdo con la hora indicada en la circular.
• Portar el traje escolar o uniforme de Educación Física del colegio según las instrucciones del área organizadora de la
salida.
• Portar el carné del colegio y de la EPS.
• Acatar las instrucciones de los docentes acompañantes y/o del guía del lugar visitado, demostrando un comportamiento
respetuoso hacia las personas que intervienen en la salida.
• Los padres deben presentarse puntualmente para recoger a los estudiantes (en caso de ser necesario) de acuerdo con la
hora y el lugar indicados en la circular.
ANEXO 4
GUÍA PARA TRÁMITES
1. MATRÍCULA
1.1 Diligenciar el formulario “Actualización de datos” y entregarlo cuando el Director de Grupo lo solicite.
1.2 Ingresar a la página web www.cafam.com.co y seguir las instrucciones en el enlace ADMISIONES COLEGIO CAFAM.
1.3 Cancelar el valor de la matrícula en los puntos de pago relacionados.
1.4 Registrar la matrícula en el día y hora señalados en el calendario programado para ello.
2. NOVEDADES DE AFILIACIÓN
En caso de afiliación a Cafam acercarse a la Vicerrectoría Administrativa con la copia del carné o formulario de inscripción
para la respectiva actualización en el sistema.
3. RETIRO DE ALUMNOS DEL COLEGIO
Si el padre, madre de familia o acudiente decide retirar definitivamente a su hijo(a) del colegio, debe acercarse a la
Vicerrectoría Administrativa y Financiera con una carta (original y copia) indicando los motivos por los cuales retira al
estudiante del colegio. Esta carta debe contar con el visto bueno del Director de Grupo.
4. PERMISO PARA SALIR DEL COLEGIO
4.1. El padre, madre de familia envía por escrito con el estudiante una solicitud de permiso de salida.
4.2. El estudiante hace firmar la solicitud de permiso al Director de Grupo y los profesores de las unidades en las cuales se
ausentará.
4.3 La secretaria de la Vicerrectoría Pedagógica o la persona encargada en primaria expiden la autorización de
salida, cuando llegue el padre, madre de familia o acudiente, a retirar al estudiante. El padre, madre de familia o
acudiente debe presentar el documento de identidad y firmar el Registro de Salida de Estudiantes (EFO 17). La
autorización de salida debe ser presentada en la portería al momento de salir.
NOTA: Por razones de seguridad NO se permite la salida del estudiante SOLO. En todos los casos debe ser recogido por
el padre, la madre o el acudiente.
5. INCAPACIDAD POR MÁS DE TRES DÍAS
En caso de que la incapacidad sea por más de tres (3) días, el padre, madre de familia o acudiente debe:
5.1 Acercarse a la Vicerrectoría Pedagógica y presentar la incapacidad expedida por el médico y una carta firmada por los
padres o acudiente (original y copia).
5.2. La Vicerrectoría Pedagógica verifica y autoriza la carta de los padres y entrega la autorización al estudiante quien la
presenta al Director de Grupo y a los profesores de las asignaturas a las cuales faltó.
5.3. La familia debe conservar los originales para cualquier tipo de explicación posterior.
6. PRESENTAR UNA EXCUSA
6.1 El estudiante elabora la excusa y la hace firmar por el padre, madre o acudiente.
6.2. El estudiante la presenta al Director de Grupo y a los profesores con los que tuvo ausencia, tan pronto regrese al
colegio.
7. SALIR DEL COLEGIO POR INCAPACIDAD MÉDICA. Si el estudiante está en el colegio y se encuentra enfermo, debe
proceder de la siguiente manera:
7.1 Solicitar atención en la enfermería en forma personal, autorizado por el profesor, el director de grupo o cualquier
funcionario del colegio.
7.2. El médico efectuará la consulta del caso y si es necesario que abandone el colegio por incapacidad, la enfermera se
comunicará con la casa para que el padre o la madre de familia se acerque a recogerlo. La autorización de salida se
entrega en la portería.
7.3. Presentar incapacidad a los profesores de las asignaturas a las cuales faltó para poder presentar evaluaciones y
trabajos no entregados.
8. SOLICITAR PERMISO PARA VIAJAR DENTRO DEL PAÍS O AL EXTERIOR
8.1 Elaborar carta de solicitud dirigida al Director de Grupo para que él dé el visto bueno.
8.2. Con esta carta, reclamar en la Vicerrectoría Pedagógica, el formato respectivo, para que el estudiante comunique a
cada uno de los profesores del equipo pedagógico del curso y ellos den el visto bueno y observación correspondiente.
8.3. Una vez enterado y firmado por el equipo pedagógico de profesores del curso, sacar fotocopia y llevar a la
Vicerrectoría Pedagógica original y copia. La copia debe entregarse al Monitor de Asistencia como soporte de las
ausencias. El original queda en la Vicerrectoría Pedagógica.
NOTA: Los permisos se conceden a estudiantes que no presenten dificultades académicas y/o convivenciales y debe
tenerse en cuenta que no se autorizan en época de evaluaciones.
9. DUPLICADO DEL CARNÉ ESTUDIANTIL
9.1 Solicitar el DUPLICADO DEL CARNÉ ESTUDIANTIL.
9.2 Pagar en la caja del colegio el valor que se le indique.
9.3 Entregar a la secretaria de la Vicerrectoría Administrativa, el recibo de pago para su respectiva elaboración.
10. SOLICITAR UN CASILLERO
Por razones de organización, el colegio ofrece los casilleros para que los estudiantes guarden temporalmente en este
espacio, útiles que se relacionan con las actividades académicas. En ningún caso se puede utilizar como CAJA DE
SEGURIDAD para depositar objetos de valor o suntuosos, como tampoco mascotas. El colegio no realiza inventario de los
objetos que los estudiantes guardan en sus casilleros.
El trámite para solicitar un casillero es el siguiente:
10.1. Realizar el pago individual en la caja del colegio.
10.2. Presentar el recibo de pago en la Recepción en don-de se hará entrega del casillero, según lista del curso. En
ningún caso se entregarán llaves.
10.3. Utilizar únicamente el casillero que sea asignado por la Vicerrectoría Administrativa.
10.4 Desocupar y entregar el último día de clases.
NOTA: Cuando se extravíe la llave, es necesario pagar en la caja del colegio el valor que se le indique y con el recibo de
pago dirigirse en los descansos a la Recepción a solicitar el servicio. Únicamente se atiende en los descansos.
11. SOLICITAR CERTIFICADOS DE NOTAS
11.1. Cancelar el valor que se le indique.
11.2. Escribir claramente los datos personales en el formulario de solicitud que entrega la funcionaria de caja.
11.3. Reclamar el certificado de estudio, en tres (3) días hábiles. Si el estudiante es activo, debe presentar el recibo de
pensión al día.
12. SOLICITAR CERTIFICADOS DE VALORACIÓN
CONVIVENCIAL (Comportamiento)
12.1. Cancelar en la caja del colegio el valor que se le indique.
12.2. Escribir claramente los datos personales en el formulario de solicitud que entrega la funcionaria de Caja.
12.3. Solicitar al Director de Grupo el concepto y visto bueno. Entregar en la Vicerrectoría Administrativa.
12.4. Reclamar la Constancia de Valoración Convivencial en dos (2) días hábiles.
13. SOLICITAR CONSTANCIAS DE ESTUDIO
13.1. Cancelar en la caja del colegio el valor que se le indique.
13.2. Escribir claramente los datos personales en el formulario de solicitud que le entrega la funcionaria de caja.
13.3. Reclamar la Constancia de Estudio en dos (2) días hábiles.
14. SOLICITAR DILIGENCIAMIENTO DEL FORMATO
DE EMPRESAS
14.1. Traer el formato de la empresa y entregarlo en la caja del Colegio.
14.2. Cancelar en la caja del colegio el valor que se le indique.
14.3. Reclamar el formato de la empresa en dos (2) días hábiles.
15. SEGURO ESCOLAR POR FALLECIMIENTO DEL PADRE O MADRE
Por fallecimiento de padre o madre, presentar en la oficina 218 la Partida de Defunción correspondiente, para realizar los
trámites del SEGURO ESCOLAR.
16. SOLICITAR DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTACIÓN
16.1. Solicitar el paz y salvo expedido por la Vicerrectoría Administrativa.
16.2. Reclamar la documentación correspondiente.
16.3. Firmar el registro de entrega de documentos, como prueba de que los recibió.
17. SERVICIOS DE BIENESTAR ESTUDIANTIL
Desde Bienestar Estudiantil se ofrecen los siguientes servicios:
SALUD:
A través de los servicios de medicina, psicología, odontología y enfermería se busca brindar atención primaria en salud a
los estudiantes, personal docente y administrativo del colegio, controlando su adecuada y oportuna prestación, con el fin
de contribuir al bienestar de los miembros de la comunidad educadora. El horario de atención es de lunes a viernes de
7:00 a.m. a 3:45 p.m.
PROGRAMA DE APOYO ESCOLAR:
Tiene como objetivo apoyar a los estudiantes que presenten dificultades académicas y/o convivenciales, con el fin de
ofrecerles alternativas de solución para la superación de las mismas, diseñar y ejecutar programas de prevención a partir
de las necesidades identificadas en los diferentes grados con el fin de promover en el estudiante la toma de conciencia
sobre su responsabilidad frente al proyecto de vida.
En caso de ser citado a jornadas de superación por aspectos CONVIVENCIALES la asistencia es de carácter obligatorio
con los Padres de Familia.
CENTRO DE RECURSOS EDUCATIVOS (CRE)
A través de éste se busca proporcionar a la comunidad educadora recursos didácticos y espacios complementarios con
el fin de enriquecer los procesos pedagógicos del aula.
El servicio de biblioteca se presta de 7:00 a.m. a 12:30 p.m. y de 1:30 p.m. a 3:00 p.m.
El A.M.I. (Aula de Multimedia e Internet) se utiliza de acuerdo con la programación que realice cada área académica para
los diferentes grados.
Las aulas existentes en el CRE de primaria al igual que el Aula de Cristal se facilitarán de acuerdo con la reserva que se
haga de dichos espacios.
El procedimiento parar utilizar los servicios del CRE es el siguiente:
1. Solicitar al funcionario de la biblioteca el servicio que requiere (préstamo interno, préstamo domiciliario, préstamo
inter bibliotecario, servicio de referencia y espacios del CRE).
2. Pedir información sobre el procedimiento a seguir para el servicio requerido.
3. Utilizar de manera adecuada los recursos de información e infraestructura física y tecnológica del Centro de
Recursos Educativos.