MANUAL DE CONVIVENCIA 2012 - Inicio · EVALUACION DE LOGROS ACTITUDINALES ... Preescolar y 1º a...

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1 CONTENIDO CAPITULO I. IDENTIDAD DE LA INSTITUCIÓN Artículo 1 IDENTIFICACIÓN Artículo 2 MISIÓN Artículo 3 VISION Artículo 4 FILOSOFIA Artículo 5 MARCO LEGAL Y JUSTIFICACION Artículo 6 CONCEPTO DE FORMACION INTEGRAL Y DISCIPLINA CAPÍTULO II. ADMISIÓN Y MATRÍCULA Artículo 7. ADMISION Y PROCESO DE MATRICULA ALUMNOS NUEVOS Artículo 8. RENOVACION DE CUPO Y PROCESO MATRICULA ALUMNOS ANTIGUOS Artículo 9. COSTOS EDUCATIVOS CAPITULO III. DE LOS ESTUDIANTES Artículo 10. PERFIL DEL ESTUDIANTE Artículo 11. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES Artículo 12. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Artículo 13. COMPORTAMIENTO FUERA DEL COLEGIO Artículo 14. UNIFORMES DEL COLEGIO Artículo 15. EVALUACION DEL COMPORTAMIENTO Artículo 16. CORRECTIVOS PEDAGOGICOS Artículo 17. PROCESO DE CANCELACION DE CUPO Artículo 18. ESTIMULOS Y DISTINCIONES PARA LOS ESTUDIANTES DESTACADOS Artículo 19. SERVICIO SOCIAL CAPITULO IV. DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES Artículo 20. PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES Artículo 21 IMPEDIMENTOS PARA SER ACUDIENTE Artículo 22. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES Artículo 23. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES Artículo 24. CORRECTIVOS A LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES CAPITULO V. DE LOS DOCENTES Artículo 25. PERFIL DEL EDUCADOR DE NAZARET Artículo 26. DERECHOS DE LOS DOCENTES Artículo 27. DEBERES DE LOS DOCENTES Artículo 28. CORRECTIVOS A LOS DOCENTES CAPITULO VI. DE LOS CARGOS DIRECTIVOS Artículo 29. LA RECTORA O DIRECTORA Artículo 30. COORDINADOR GENERAL Artículo 31. COORDINADORES ACADEMICOS Y DE DISCIPLINA CAPITULO VII. OTROS SERVICIOS Artículo 32. REGLAMENTO GENERAL PARA EL SERVICIO DE PORTERIA

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CONTENIDO CAPITULO I. IDENTIDAD DE LA INSTITUCIÓN Artículo 1 IDENTIFICACIÓN Artículo 2 MISIÓN Artículo 3 VISION Artículo 4 FILOSOFIA Artículo 5 MARCO LEGAL Y JUSTIFICACION Artículo 6 CONCEPTO DE FORMACION INTEGRAL Y DISCIPLINA CAPÍTULO II. ADMISIÓN Y MATRÍCULA Artículo 7. ADMISION Y PROCESO DE MATRICULA ALUMNOS NUEVOS Artículo 8. RENOVACION DE CUPO Y PROCESO MATRICULA ALUMNOS ANTIGUOS Artículo 9. COSTOS EDUCATIVOS CAPITULO III. DE LOS ESTUDIANTES Artículo 10. PERFIL DEL ESTUDIANTE Artículo 11. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES Artículo 12. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Artículo 13. COMPORTAMIENTO FUERA DEL COLEGIO Artículo 14. UNIFORMES DEL COLEGIO Artículo 15. EVALUACION DEL COMPORTAMIENTO Artículo 16. CORRECTIVOS PEDAGOGICOS Artículo 17. PROCESO DE CANCELACION DE CUPO Artículo 18. ESTIMULOS Y DISTINCIONES PARA LOS ESTUDIANTES DESTACADOS Artículo 19. SERVICIO SOCIAL CAPITULO IV. DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES Artículo 20. PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES Artículo 21 IMPEDIMENTOS PARA SER ACUDIENTE Artículo 22. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES Artículo 23. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES Artículo 24. CORRECTIVOS A LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES CAPITULO V. DE LOS DOCENTES Artículo 25. PERFIL DEL EDUCADOR DE NAZARET Artículo 26. DERECHOS DE LOS DOCENTES Artículo 27. DEBERES DE LOS DOCENTES Artículo 28. CORRECTIVOS A LOS DOCENTES CAPITULO VI. DE LOS CARGOS DIRECTIVOS Artículo 29. LA RECTORA O DIRECTORA Artículo 30. COORDINADOR GENERAL Artículo 31. COORDINADORES ACADEMICOS Y DE DISCIPLINA CAPITULO VII. OTROS SERVICIOS Artículo 32. REGLAMENTO GENERAL PARA EL SERVICIO DE PORTERIA

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Artículo 33. REGLAMENTO GENERAL PARA EL SERVICIO DE SECRETARIA Artículo 34 REGLAMENTO GENERAL PARA EL SERVICIO DE ADMINISTRACION Artículo 35. REGLAMENTO GENERAL PARA EL SERVICIO DE PSICO-PEDAGOGIA

Y ORIENTACION Artículo 36. REGLAMENTO GENERAL PARA EL SERVICIO DE MEDICO Y AUXILIAR

DE ENFERMERIA CAPITULO VIII. DEL USO DE AULAS ESPECIALIZADAS Artículo 37. REGLAMENTO GENERAL PARA EL USO DE LOS LABORATORIOS Artículo 38. REGLAMENTO GENERAL PARA EL USO DE LA SALA DE SISTEMAS. Artículo 39. REGLAMENTO GENERAL PARA EL USO DE LA SALA DE MUSICA Artículo 40. REGLAMENTO GENERAL PARA EL USO DE PSICOMOTRICIDAD Y

MATERIAL DEPORTIVO Artículo 41. REGLAMENTO GENERAL PARA EL USO DE LA SALADE AUDIOVISUALES CAPITULO IX. DEL GOBIERNO ESCOLAR Artículo 42. ESTAMENTOS DEL GOBIERNO ESCOLAR Artículo 43. CONSEJO DIRECTIVO Artículo 44. PERSONERO Y REPRESENTANTE DE GRUPO Artículo 45. CONSEJO ESTUDIANTIL Artículo 46. CONSEJO ACADEMICO Artículo 47. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA CAPITULO X. DE LA EVALAUCION Y PROMOCIÓN Artículo 48. CONCEPTO DE EVALUACION Y DEFINICION DE LOS TERMINOS DE

EVALUACION Artículo 49. FUNCIONES DE LA COMISION DE EVALUACION Y PROMOCION Artículo 50. PROMOCION DE LOS EDUCANDOS Artículo 51. EVALUACION DE LOGROS ACTITUDINALES Artículo 52. RECUPERACION DE LOGROS PERDIDOS Artículo 53. FRAUDE EN EVALUACIONES Artículo 54. COMPROMISO ACADEMICO EN LA FIRMA DE MATRICULA Artículo 55. GRADUACION DE LOS ALUMNOS DE ONCE Artículo 56. OTRAS DETERMINACIONES DEL CONSEJO ACADEMICO Y/O DE LA

COMISION DE EVALUACION Y PROMOCION Artículo 57. VALIDEZ DE LAS PRESENTES DETERMINACIONES DE LA COMISIÓN

DE EVALUACION Y PROMOCION CONCLUSIONES

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CAPITULO I IDENTIDAD DE LA INSTITUCIÓN

ARTICULO 1. IDENTIFICACIÓN 1.1. Nombre: “Centro Educativo Sagrada Familia de Nazaret” (CESFN) 1.2. Dirección: Carrera 50 No. 166-75. 1.3. Teléfono: 669-83-09. 1.4. Página Web: www.colegionazaret.edu.co 1.5. E-Mail: [email protected] 1.6. Modalidad: Bachillerato Comercial. 1.7. Niveles:

• Preescolar: Caminadores, Párvulos Pre-kinder, Kinder y Transición. • Básica Primaria: 1º a 5º grado. • Básica Secundaria 6º a 9º. • Media Vocacional 10º a 11º.

1.8. Calendario: A 1.9. Horario

• Preescolar: Caminadores, Párvulos, Prekinder 6:30a.m.-2:20 p.m. Kinder y Transición 6:30 a.m.- 2:20 p.m. • Primaria 6:30 a.m.- 2:20 p.m. • Quinto y Bachillerato 6:30 a.m.- 2:30 p.m.

1.10. Naturaleza: Privado. 1.11. Carácter: Mixto. 1.12. Propietario: Congregación Misioneras Hijas de la Sagrada Familia de Nazaret. 1.13. Rectora: Hermana Inmaculada Velasco Polonio. 1.14. APROBACIÓN DE ESTUDIOS: Preescolar y 1º a 5º grado, Básica Primaria,

Resolución No. 950 del 08 de marzo de 1994. 6º a 11º grado, Básica Secundaria, y Media Vocacional Resolución No. 949 del 08 de marzo de 1994. Párvulos y caminadores se regirán por la Secretaria de integración Social.

1.15. INSCRIPCIÓN SECRETARIA DE EDUCACIÓN NACIONAL: No. 2716. Nota: Para efectos del Manual cuando se nombre el Centro Educativo Sagrada Familia de Nazaret, se hará de forma abreviada designándolo como Colegio Nazaret. ARTÍCULO 2. MISIÓN

Nuestra misión es formar familias cristianas a través de la educación integral de los niños/as y jóvenes de nuestros colegios, haciendo presente el modelo de la Sagrada Familia de Nazaret. Nuestro aporte a la sociedad se realiza en nombre de la Iglesia y en comunión con ella.

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El colegio Nazaret se caracteriza por un ambiente de familia en el que el alumno/a viva una experiencia de hogar que le lleve a su formación integral. La propuesta que presentamos responde al gran desafío de ofrecer desde el Evangelio de Jesucristo un nuevo modelo de persona, de familia y de sociedad. Nuestras escuelas están abiertas a todas las familias y hacen real la participación corresponsable de la comunidad educativa.

ARTÍCULO 3. VISIÓN

Nuestra Institución busca forjar al hombre, a la mujer y a la familia que el mundo necesita, para que, desde su ingenio y creatividad puestos al servicio de la vida, respondan al proyecto original con que Dios soñó a la humanidad. Pretendemos ser una institución que entregue hombres y mujeres capaces de participar en el progreso de la sociedad con sus aportes científicos, tecnológicos, culturales, humanos y espirituales.

ARTÍCULO 4. FILOSOFÍA

Presentamos como propuesta educativa la cultura del corazón y de la inteligencia, basados en la pedagogía de San José Manyanet que se fundamenta en la fe, la autoridad, la integridad, la unidad y la libertad. En nuestra pedagogía se destacan las siguientes pautas metodológicas: observación, prevención, persuasión, emulación y estímulo. Con ellas podemos encaminar a nuestros educandos/as a alcanzar nuestro lema: EXCELSIOR: “SIEMPRE MÁS Y MEJOR”. Como respuesta a las necesidades actuales en nuestra institución se inculcan, defienden e impulsan los más nobles ideales y valores de nuestro tiempo, la conservación y el cuidado de la familia como célula primera de la sociedad; el trabajo y el estudio como fuentes de todo bienestar humano, la conservación y la defensa del medio ambiente, los valores cívicos y patrióticos, la cultura y la ciencia, así como el espíritu investigativo y la proyección social. Resaltamos además la capacitación profesional de nuestro personal docente y administrativo que permite a la comunidad educativa hacer un uso adecuado de las nuevas tecnologías y materiales didácticos que hoy juegan un papel importante en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

ARTÍCULO 5. MARCO LEGAL Y JUSTIFICACIÓN

El Reglamento de Régimen Interno o Manual de Convivencia, se constituye en el eje que guía la convivencia y las responsabilidades y derechos de cada uno de los estamentos educativos. Contiene los principios y procedimientos fundamentales para ajustar la vida de la Institución al orden social, jurídico y cultural que exige educar en la pluralidad ideológica y la autonomía para la cultura de la paz, la democracia y la convivencia humana. El Reglamento Interno del Colegio Nazaret es el fruto del trabajo y la reflexión de los educandos, padres de familia, docentes y directivos docentes, apoyados en la Carta Internacional de los Derechos Humanos de 1948, la Constitución de la República de Colombia de 1991, la ley General de Educación 115 de 1994, el código del menor, decreto 2737 de noviembre 27 de 1989, el decreto 1423 de mayo 6 de 1993, las circulares Nro. 42 de agosto 13 de 1984 y Nro. 19 de marzo 14 de 1994, el decreto 1860 de agosto 3 de 1994, la Resolución 2343 de junio 5 de 1996. Demás Decretos

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y Resoluciones emanados de la Secretaría de Educación de Bogotá Distrito Capital o del Ministerio de Educación de la República de Colombia. Este Manual de Convivencia es concordado con la Constitución Política, Código del menor y la Ley de la Infancia y la Adolescencia y demás normas concordantes y pertinentes.

ARTICULO 6. CONCEPTO DE FORMACION INTEGRAL Y DISCIPLINA

Las relaciones del Colegio Nazaret con sus educandos/as están enmarcadas dentro del mutuo respeto que debe existir entre los integrantes de la institución y demás personas de la sociedad. La formación está en un proceso de diálogo que prevenga las conductas erróneas y que lleve al estudiante a comprender y aceptar las normas voluntariamente y a no sentirlas como una imposición. Lo anterior busca formar ciudadanos libres y respetuosos de las leyes, que acepten la autoridad y las normas considerándolas como una contribución al bienestar y a la convivencia social. El cumplimiento del Manual de Convivencia debe ser fruto de la interiorización de la norma por parte del educando, comprendiendo que a través de ésta se facilita y se disfruta de la convivencia armónica entre todos los miembros de la comunidad. Las acciones correctivas deben estar dirigidas a la reorientación de la conducta de quienes actúan en contra del Manual. El educador de Nazaret debe saber que sólo se recurrirá a la sanción cuando haya agotado todos los medios persuasivos a su alcance, de lo contrario procederá a aplicar las sanciones contempladas en el Manual de Convivencia. La disciplina debe entenderse como una de las vías que conduce al educando hacia una libertad responsable, y no como un medio coercitivo. La libertad se conquista paulatinamente a través de experiencias que hacen posible el ejercicio de la razón y el dominio de sí mismo, de ahí que nuestra institución favorece ante todo el desarrollo de la disciplina interior. Ello conducirá gradualmente a un régimen de libertad en el que cada uno sea responsable de sus actos; por consiguiente, el educador atiende individual y colectivamente a los educandos/as a través de un trato respetuoso fundamentado en una relación de amor, y no desde la frialdad de un reglamento en donde se establece qué decir, qué hacer, por qué, para qué y cómo. El Colegio Nazaret se fundamenta en la experiencia preventiva que se consigue a través de la constante presencia de los educadores en las situaciones en que se encuentren los jóvenes y en el contacto personalizado con ellos, es decir, con el acompañamiento y el diálogo permanente. En el tratamiento disciplinario las directivas del Colegio Nazaret, consideran que la labor educativa es una tarea que requiere de la participación activa y comprometida de los padres de familia, quienes son considerados como los principales educadores de sus hijos. Por esto es necesario una comunicación continúa con ellos. La disciplina del colegio debe ser tal que facilite: 1. El correcto uso de la libertad en todas las actividades propuestas por el colegio y

la familia. 2. La responsabilidad en el comportamiento y cumplimiento del deber de acuerdo a

convicciones y no imposiciones. 3. El desarrollo de actividades académicas, deportivas, culturales, religiosas y

recreativas de proyección a la comunidad.

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4. El respeto y el buen trato, no sólo con las directivas, profesores, personal administrativo y de servicios, sino también con los padres de familia, los compañeros y en general con las demás personas del entorno.

5. El orden a través de una adecuada presentación personal que refleje la cultura del educando y resalte el aseo, orden y buen gusto personal.

6. Fomentar en el alumno el sentido crítico que le permita incursionar en el medio. 7. El respeto hacia sus pertenencias y las del colegio.

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CAPÍTULO II ADMISIÓN Y MATRÍCULA

ARTICULO 7. ADMISION Y PROCESO DE MATRICULA ALUMNOS NUEVOS 7.1. PREINSCRICION

1. Haber cumplido los años requeridos: • CAMINADORES: Año y medio. Antes de Marzo • PARVULOS: dos años. Antes de Marzo • PREJARDIN- 3 AÑOS Antes del 29 de febrero • JARDIN- 4 AÑOS Antes del 29 de febrero • TRANSICIÓN- 5 AÑOS Antes del 290 de Febrero • PRIMERO- 6 AÑOS. Antes del 29 de febrero

2. Traer fotocopia de la Hoja de Vida, fotocopia de los boletines del año en curso y Registro Civil de nacimiento.

3. Valoración 4. Publicación de Alumnos preseleccionados. 5. Entrevista con Padres Y Acudientes en la Hora y Fecha señalada. 6. Conocimiento y Aceptación del Reglamento y de la Orientación Filosófica y

Religiosa del Colegio. 7. Adquisición del Formulario. 8. Cumplido este requisito se considera reservado el cupo.

7.2. PROCESO REGULAR DE MATRICULA EN DICIEMBRE. Para ello debe traer los siguientes documentos:

1. Registro Civil de nacimiento original. 2. Fotocopia de la Tarjeta de Identidad desde Tercero de Primaria. 3. Fotocopia de la Tarjeta de Vacunas hasta Segundo de Primaria. 4. Partida de Bautismo. 5. Consignación del Valor de la Matrícula en la oficina bancaria que se les

indique. 6. Calificaciones en papel membrete de todos los grados cursados. 7. Fotocopia del seguro estudiantil o de la EPS (se debe anexar la fotocopia de la

cédula de la persona cotizante). 8. Contrato de matrícula y pagaré, debidamente cumplimentado. 9. Presentación de la Hoja de Vida original completa. 10. Paz y salvo de la institución de procedencia.

Parágrafo 1: La solicitud de cupo y la participación en el proceso de admisiones (examen académico y entrevista) no implica compromiso alguno por parte del plantel para con el aspirante, el padre de familia o el acudiente. Parágrafo 2: Para acceder a la matrícula debe, además de toda la papelería solicitada, certificar el curso anterior al que se inscribe, totalmente aprobado. Se considera que el educando/a está matriculado en el centro sólo cuando ha traído absolutamente toda la papelería.

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Parágrafo 3: La matrícula debe hacerse en los días establecidos por el colegio, de no presentarse en estas fechas pierde el cupo. Con la firma de la matrícula, el educando/a y sus padres entran a formar parte de la Comunidad Educativa de Nazaret. Parágrafo 4: Con la firma de la matrícula los padres y/o acudientes, y los estudiantes aceptan tácitamente el Manual de Convivencia de la Institución. ARTICULO 8. RENOVACION DE CUPO Y PROCESO DE MATRICULA ALUMNOS ANTIGUOS 8.1. RENOVACIÓN DE CONTRATO

1. El Colegio se reserva el derecho de renovación de cupo. 2. Haber sido aceptada su renovación, previa revisión de antecedentes

académicos, disciplinarios y cumplimiento de todas las obligaciones adquiridas por sus padres en la matrícula

3. Conocer y aceptar el Manual de Convivencia 4. Estar paz y Salvo en todo concepto. 5. Separar el cupo en Secretaría dentro de los días señalados y adquirir el

Formulario. 8.2. PROCESO DE MATRICULA Asistir el día de matrícula con sus padres y/o acudientes autorizado DOCUMENTOS PARA EL DIA DE LA MATRICULA:

1. Recibos de pago, cancelados todos los derechos de matrícula en la entidad bancaria señalada.

2. Fotocopia del documento de identidad (Registro Civil y/o Tarjeta de Identidad) 3. Fotocopia del seguro estudiantil o EPS. (Ley 100 de 1993) y de la cédula de la

persona cotizante. 4. Último Boletín Informativo. 5. Paz y salvo del año anterior por todo concepto. 6. Contrato de matrícula y pagaré, debidamente cumplimentado.

Parágrafo 1: El alumno que no se matricule en el día asignado pierde el derecho al cupo. En caso de alguna situación particular deben comunicarlo a Administración o Rectoría para reserva especial de cupo. Parágrafo 2: Se considera que el educando/a está matriculado en el centro sólo cuando ha traído absolutamente toda la papelería. Parágrafo 3: Con la firma de la matrícula los padres y/o acudientes, y los estudiantes aceptan tácitamente el Manual de Convivencia de la Institución. ARTICULO 9. COSTOS EDUCATIVOS

9.1. El padre de familia o acudiente se compromete con el Colegio a cancelar el valor de la matrícula el mismo día que firma, al igual que consignar 10 mensualidades durante el año.

9.2. Debe cancelar los costos educativos correspondientes a salidas culturales, convivencias y retiros.

9.3. El estudiante que después de matriculado se retira oficialmente antes de que comiencen las clases tiene derecho a que se le devuelva el 50% del valor de

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la matrícula. Si ya se han iniciado las clases pierde este derecho. Hasta que no se haga el retiro oficial de la matrícula en Secretaría por la persona responsable del estudiante, se le considera a éste matriculado y por lo tanto debe cancelar este tiempo aunque no haya asistido a clases.

9.4. Los pagos deben hacerse dentro de los cinco primeros días del mes iniciado en la entidad bancaria, señalada por el Centro.

9.5. En el caso de tipificarse mora, los padres y/o acudientes se comprometen a pagar un interés moratorio equivalente a la tasa de interés corriente bancario, según certificación de la superintendencia Bancaria.

9.6. Es requisito indispensable estar a paz y salvo con el Colegio para solicitar certificados, constancias o boletines de calificaciones.

9.7. Si por cualquier circunstancia el padre de familia no puede cancelar oportunamente sus pensiones debe comunicárselo a la Institución para estudiar el caso.

9.8. El estudiante cuyos padres no cancelen las pensiones durante cuatro meses consecutivos, perderá el derecho al cupo para el año próximo.

9.9. Los costos educativos para el año 2012 son:

CURSO VALOR ANUAL

MATRÍCULA (Incluyendo el valor de los

otros cobros)

PENSION MENSUAL

CAMINADORES Y PARVULOS 2.223.000

397.300 (447.300 – 50.000) 200.070

PREKINDER 2.223.000 397.300

(447.300 – 50.000) 200.070

KINDER 2.100.000 385.000

(435.000 – 50.000) 189.000

TRANSICIÓN 1.975.050 372.505

(422.505 – 50.000) 177.755

PRIMERO 1.488.749 323.750

(373.750 – 50.000) 133.987

SEGUNDO A NOVENO 1.417.141

316.714 (366.714 – 50.000) 127.543

DÉCIMO Y ONCE 1.878.368 362.837

(412.837 – 50.000) 169.053

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CAPÍTULO III DE LOS ESTUDIANTES

ARTÍCULO 10. PERFIL DEL ESTUDIANTE El estudiante de Nazaret ha de ser:

10.1. Una persona de fe, que trate de adecuar su vida a la luz del Evangelio, teniendo como modelo a la persona de Jesucristo.

10.2. Respetuoso con los derechos propios y de los demás, con la suficiente madurez afectiva que le permita aceptar y amar a su familia y a la vez le ayude a crear y a vivir siempre en un ambiente de familia a imitación de Jesús, María y José.

10.3. Reflexivo y auto disciplinado, capaz de realizar un trabajo bien hecho individualmente y en equipo.

10.4. Poseedor de un amplio bagaje intelectual y de una buena formación manual y técnica.

10.5. Consciente siempre de su misión, responsable frente a Dios, a sí mismo y a la sociedad.

10.6. Con espíritu crítico que le permita discernir y valorar las diversas situaciones de la vida social

10.7. Debe hacer de la formación académica un medio de preparación, siendo cada vez más comprometido en la transformación de la sociedad, desde unos valores religiosos, humanos, cívicos, políticos y éticos.

10.8. Capaz de hacer uso adecuado del tiempo libre y asumir el trabajo como medio de realización personal y de responsabilidad social.

10.9. Una persona que se valora y tiene sentido de pertenencia a su colegio. ARTÍCULO 11. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

El Centro Educativo Sagrada Familia de Nazaret garantiza el ejercicio de los Derechos Humanos, los Derechos del Niño y los contemplados en la Constitución Política de Colombia, en el Código del Menor y en la Ley de la Infancia y la Adolescencia, destacando entre otros:

11.1. DERECHOS GENERALES COMO PERSONA

11.1.1 Expresar con libertad y respeto sus opiniones y puntos de vista personales a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, de manera tal que dicha expresión no atente contra los derechos de los demás ni entorpezca la buena marca del Plantel.

11.1.2 Ser tratado con cordialidad y justicia por parte de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

11.1.3 Ser escuchado antes de ser sancionado. 11.1.4 Mantener una continua comunicación, entre la orientadora, director de

grupo y coordinadores. 11.1.5 Ser atendido en sus reclamos y solicitudes particulares, que se hacen a

través de los conductos regulares, enmarcados en la veracidad, el respeto por la Institución y las personas vinculadas a ésta.

11.1.6 El conducto regular se establece de la siguiente manera: 1º Docente de la Asignatura. 2º Director de grupo. 3º Coordinador de disciplina y/o académica.

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4º Rectora. 5º Consejo Directivo.

11.1.7 Recibir oportunamente el Manual de Convivencia. 11.2. DERECHOS GENERALES COMO ESTUDIANTE

11.2.1. Representar al Plantel en diferentes tipos de eventos (sociales, deportivos, culturales, académicos).

11.2.2. Disfrutar de la planta física, de sus implementos, dependencias y servicios de acuerdo con el horario programado y reglamentado por las directivas de la Institución.

11.2.3. Recibir oportunamente y dentro de las horas establecidas, los servicios de bienestar estudiantil: (atención espiritual, consejería, orientación grupos juveniles, primeros auxilios y otros que ofrezca la Institución).

11.2.4. Ser aceptado como persona en formación dentro del proceso educativo.

11.2.5. Ser estimulado por su desempeño positivo dentro de la Institución. 11.2.6. Recibir una educación religiosa, ética y moral, que lo lleve a un

compromiso de vida. 11.2.7. Tener acceso al OBSERVADOR DEL ESTUDIANTE. 11.2.8. No ser sancionado con castigos que atenten contra la dignidad e

integridad física y moral. 11.2.9. Elegir y ser elegido REPRESENTANTE DE GRUPO, PERSONERO

O MIEMBRO DEL CONSEJO DIRECTIVO. 11.2.10. Obtener certificados de estudio de asistencia, y comportamiento de

acuerdo con las normas establecidas por la Institución y por el M.E. 11.2.11. Conocer el Sistema de Evaluación y Promoción que aplica el colegio. 11.2.12. Conocer todas las regulaciones para la vida en la comunidad

educativa. 11.2.13. Todos los estudiantes tienen derecho a que le sea expedido el carné

estudiantil, a solicitar y obtener certificados, constancias y diplomas siempre y cuando el o la estudiante y los padres de r familia se encuentren a paz y salvo por todo concepto con el colegio y hayan cancelado los derechos correspondientes.

11.2.14. A ser protegido en sus bienes y en el derecho de autoría de los trabajos individuales y colectivos.

11.3. DERECHOS ACADÉMICOS.

11.3.1. Recibir una educación integral, acorde con la actualidad cambiante y que apunte al logro de los fines de la educación, establecidos en la Constitución Política, Código del menor, Ley 115 de 1994 y demás normas concordantes y pertinentes.

11.3.2. Recibir una educación religiosa y moral dentro de los principios y valores cristiano - católicos, con criterios cristianos - católicos.

11.3.3. A pertenecer a grupos apostólicos y al movimiento juvenil SAFANA con oportunas experiencias evangelizadoras.

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11.3.4. Conocer de manera oportuna, por parte de la coordinación académica, los requisitos Indispensables para la aprobación de asignaturas y/o áreas de promoción escolar.

11.3.5. Recibir la asesoría y orientación necesaria para un mejor rendimiento académico.

11.3.6. Participar activamente en el proceso enseñanza-aprendizaje, en las programaciones culturales, sociales, religiosas, lúdicas y deportivas del Plantel. Serán excluidos cuando no cumplan con los requisitos establecidos o cuando su presentación o sus actitudes no estén de acuerdo con las circunstancias o perjudiquen el ambiente personal o comunitario.

11.3.7. Conocer el programa académico de cada una de las asignaturas. 11.3.8. Recibir tanto la jornada académica, como la hora de clase, en forma

completa, respecto a tiempo y calidad. 11.3.9. Conocer oportunamente los resultados de las evaluaciones realizadas

y presentar las aclaraciones pertinentes y oportunas a sus docentes, en forma cortés.

11.3.10. Conocer sus notas académicas y de comportamiento antes de ser registradas en las planillas.

11.3.11. Pedir correcciones de errores en las calificaciones, cuando las haya. 11.3.12. Ser evaluado posteriormente al día fijado para la evaluación o la

presentación de tareas, previa solicitud y presentación personal de la excusa por parte de sus padres o acudientes en un período máximo de 3 a 5 días hábiles

11.3.13. Obtener en cada asignatura el registro permanente de sus logros y dificultades, en el desarrollo de las diferentes actividades.

11.3.14. Recibir con anticipación información sobre cronograma, organigrama y horarios.

11.3.15. Ser evaluado con criterios justos, adecuados y de acuerdo con las disposiciones legales establecidas en la Ley 115 de 1994, Decreto 230 y demás normas concordantes y pertinentes que reglamenten al respecto y del Capítulo sobre Promoción y Evaluación del presente manual.

11.3.16. Ser informado por cada profesor de los criterios de evaluación. 11.3.17. Disponer de tres (03) días hábiles de ausencia en casos de fuerza

mayor o caso fortuito, justificados por escrito por los padres y acudientes dentro de los tres a cinco días después de su regreso o antes de la misma y de ser asesorados por cada docente en los diferentes temas de las asignaturas vistos durante su ausencia.

11.3.18. Ser exonerado de la práctica de Educación Física y Deportes cuando se presente incapacidad médica (escrita) y en su defecto, realizar un trabajo de investigación o administración deportiva asignado por el docente.

11.3.19. Proponer alternativas académicas tendientes a mejorar la calidad de la educación recibida.

11.3.20. Saber que las inasistencias, aun justificadas, no eximen de la responsabilidad por sus obligaciones académicas, y pueden ser tenidas en cuenta para la evaluación y promoción, según el caso.

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11.4. DERECHOS DISCIPLINARIOS. 11.4.1. Ser informado por parte de las autoridades escolares, acerca de las

normas disciplinarias a seguir, tanto en los días de actividad ordinaria como extraordinaria.

11.4.2. Analizar en dirección de grupo el Manual de Convivencia, con el fin de interpretarlo y conocer los derechos y deberes que los asisten.

11.4.3. Ser enterado con la debida anticipación acerca de los cambios o modificaciones en horarios y actividades del cronograma.

11.4.4. Recibir del servicio de orientación la oportuna asesoría para encauzar conductas que le afecten disciplinaria y/o académicamente.

11.4.5. Ser excusado de su inasistencia al plantel, por razones de justa causa o fuerza mayor presentando por escrito la justificación dentro de los tres a cinco días hábiles, Esta debe ser clara, debidamente diligenciada ,y firmadas por los padres y /o acudientes, por los médicos y por las entidades acreditadas para el efecto.

ARTÍCULO 12. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

La libertad del estudiante está condicionada y limitada por las exigencias de la Convivencia. Mi libertad es responsable: genera la obligación de no traspasar el derecho ajeno así como de responder por las consecuencias de mis actos. Soy consciente de que el ejercicio de mis libertades y derechos anteriores y otros inherentes a mi ser personal, excluye el abuso e implica claros deberes frente a mi convivencia con los demás (Art. 95 CNC).

12.1. DEBERES DE TIPO SOCIAL

12.1.1. Identificarse en cualquier lugar como estudiante del Plantel, portando como documento de identidad el carné estudiantil.

12.1.2. Portar con dignidad y respeto el uniforme dentro y fuera del Plantel. 12.1.3. Asistir a todas las actividades programadas para el estudiante, de

acuerdo con el respectivo curso y nivel. 12.1.4. Aceptar a los distintos miembros de la comunidad (directivos, docentes,

servicios generales) respetando sus funciones, acatando sus orientaciones y/o llamadas de atención.

12.1.5. Brindar un trato afable y respetuoso a todos los miembros de la Comunidad Educativa.

12.1.6. Emplear un lenguaje preciso, cortés y respetuoso de tal manera que no suscite reacciones negativas o malos entendidos y abstenerse de utilizar expresiones vulgares o soeces.

12.1.7. Respetar y enaltecer los símbolos patrios y del Colegio. 12.1.8. Evitar la crítica destructiva. 12.1.9. Velar y cuidar por el buen mantenimiento de las instalaciones, los

muebles y enseres que tenga a su disposición. En caso de pérdida o destrucción además de la sanción disciplinaria, el alumno o acudiente deben sustituir lo dañado o perdido en calidad y cantidad, de manera inmediata.

12.1.10. Participar con civismo en los procesos democráticos de la vida escolar con sentido de pertenencia a la Patria y a la Institución.

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12.1.11. Comunicar oportunamente a quien corresponda toda conducta de cualquier miembro de la Comunidad Educativa que contraríe los parámetros de este manual, las buenas costumbres, la moral social, la honestidad, la ética estudiantil y el orden establecido dentro y fuera del Centro Educativo.

12.1.12. Comportarse adecuadamente dentro y fuera del Plantel, según las normas de convivencia social y las establecidas en este Manual.

12.1.13. Velar por el cuidado del medio ambiente dentro y fuera de la Institución en lo que concierne a los árboles, jardines, ruidos y basuras.

12.1.14. Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa, evitando comentarios, burlas y descalificaciones de carácter individual o grupales.

12.1.15. El Servicio Social estudiantil obligatorio hace parte integral de currículo y por ende del Proyecto Educativo Institucional, como tal debe ser adoptado en los términos establecidos en el Artículo 39 del Decreto 1860 del 1994.

12.1.16. La Institución debe programar una intensidad mínima de 80 horas de prestación de Servicio Social Estudiantil obligatorio como un Proyecto Pedagógico en los grados 9º 10º y 11º (Decreto 1860). Lo anterior es requisito indispensable para la obtención del título de Bachiller, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 11 del decreto 1860 y Resolución 4210 de Septiembre 12 de 1996. La institución ofrecerá la oportunidad de prestar el Servicio Social dentro del Colegio. La prestación del servicio social está regido por el reglamento interno que será dado a conocer a los estudiantes y padres de familia.

12.2. DEBERES DE TIPO ACADÉMICO

12.2.1. Asistir puntualmente y participar activamente de la reflexión matutina, las actividades académicas, culturales, sociales, religiosas y deportivas, programadas por el Colegio, en el horario establecido por la Institución.

12.2.2. Presentar las evaluaciones, entregar las tareas y trabajos en forma ordenada, con pulcritud y calidad debidamente sustentadas y dentro del tiempo indicado.

12.2.3. Permanecer en el Plantel durante el horario establecido. 12.2.4. Asistir con respeto y atención a los diferentes actos litúrgicos y/o

culturales. 12.2.5. Mantener el orden evitando gritos, carreras, silbidos u otros

ademanes durante los descansos, la hora de salida y actividades extracurriculares. Asistir a las actividades extracurriculares.

12.2.6. Buscar las lecturas y los ejercicios complementarios a las clases recibidas para ampliar y fijar conceptos.

12.2.7. Proveerse de los elementos y útiles de estudio necesarios para el desarrollo de las actividades escolares.

12.2.8. Participar ordenada, y efectivamente en clase. 12.2.9. Cumplir con las obligaciones propias de su condición de estudiante,

dedicando tiempo suficiente y adecuado a la preparación de tareas, lecciones, consultas y evaluaciones.

12.2.10. Buscar la superación académica a través de la auto corrección.

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12.2.11. Conocer y cumplir el horario de clases 12.2.12. Organizarse y cumplir un horario de estudio en la casa. 12.2.13. Esforzarse para que su rendimiento académico sea cada vez mejor. 12.2.14. Reclamar, trabajar y entregar los talleres de recuperación en el

tiempo indicado por su docente. 12.2.15. Presentarse a su recuperación en la hora y fecha establecida por la

institución. 12.2.16. Acoger de buena manera y agradecer las observaciones que le sean

realizados por parte de un miembro de la comunidad educativa. 12.2.17. No recibir tareas, trabajos, objetos, comida ni ninguna clase de

artículos una vez ha iniciado la jornada escolar. 12.2.18. Ante cualquier actividad fuera del colegio, el alumno debe presentar

la autorización de salida firmada por sus padres o acudientes; si no lo presenta el alumno se quedará en la institución hasta que los padres o acudientes se presenten por él.

12.2.19. Los alumnos deben responsabilizarse de diligenciar diariamente la agenda, llevar y entregar oportunamente a los padres o acudientes toda la información que envié al colegio y regresar los desprendibles correspondientes debidamente firmado y dentro de los plazos estipulados.

12.3. DEBERES DE TIPO DISCIPLINARIO

12.3.1. Conocer y cumplir el Manual de Convivencia. 12.3.2. Permanecer en orden y dentro del aula en las horas de clase y

cambios de la misma. 12.3.3. Cuidar los bienes personales y respetar los bienes ajenos. 12.3.4. Evitar el uso de sobrenombres que ridiculicen al estudiante o

cualquier miembro de la comunidad educativa dentro y fuera de la Institución.

12.3.5. Mantener la disciplina dentro y fuera del colegio. 12.3.6. No traer al colegio objetos de valor ni cantidades de dinero que no

esté en capacidad de manejar; el colegio NO se hace responsable por la pérdida o sustracción de ellos.

12.3.7. No portar ni consumir sustancias que al ser introducidas al organismo alteren su comportamiento o produzcan adicción, lo anterior, dentro o fuera de la Institución, portando o no el uniforme.

12.3.8. Mantener el orden evitando gritos, carreras, silbidos u otros ademanes durante los descansos, la hora de salida y actividades extracurriculares. Asistir a las actividades extracurriculares.

12.3.9. No consumir chicles durante la jornada escolar, ni en actividades extracurriculares.

12.3.10. No ingerir alimentos, dulces, bebidas u otro tipo de comidas delante de clase.

12.3.11. No portar, guardar o utilizar armas corto-punzantes u objetos con los que pueda ocasionar daños o lesiones: (bisturí, cuchillos, navajas,...), armas de fuego o artefactos explosivos.

12.3.12. No mantener coqueteos ni noviazgos entre estudiantes, ni manifestaciones que expresen relaciones de este tipo.

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12.3.13. No permanecer en grupo o corrillos en las vías públicas aledañas al colegio, ya que alteran o entorpecen la movilidad de los demás.

12.3.14. No permanecer en grupo dentro de los baños respetando la privacidad de los compañeros (as).

12.3.15. No portar al colegio elementos innecesarios con los cuales pueda entorpecer las labores académicas y el desarrollo social de los descansos En caso de ser decomisados por el uso en momentos y espacios inadecuados les serán retenidos y entregados directamente a sus padres, previa firma de compromiso disciplinario. El colegio no se hace responsable por la pérdida o daño de los mismos.

12.3.16. El alumno que requiera el uso de celular por deseo expreso de sus padres y por una necesidad que lo justifique debe ser solicitado por escrito por sus padres y mantenerlo apagado totalmente desde que entra al colegio hasta que sale del mismo (el permiso no implica que el colegio se haga responsable de la pérdida del mismo). De lo contrario será decomisado y entregado a sus padres y denegado el permiso bajo nueva sanción disciplinaria.

12.3.17. Está completamente prohibido traer al colegio cualquier otro aparato electrónico. Las cámaras fotográficas se podrán traer sólo en caso de actividades especiales y siempre con permiso solicitado con anterioridad. El computador se podrá traer con permiso expreso del profesor y siempre con fines académicos. Fuera de estos fines no podrá ser utilizado.

12.3.18. Permanecer en los lugares indicados para realizar las actividades escolares (patio, salones, laboratorios, etc.).

12.3.19. No se permite realizar negocios (ventas o compras), rifas ni juegos de azar, sin autorización de la Rectoría.

12.3.20. En ningún modo, falsificar firmas de documentos, sustraer cuestionarios, planillas, sellos y material de uso exclusivo del Colegio.

12.3.21. Mantener las uñas cortas, limpias y sin pintar. 12.3.22. Aceptar y cumplir las sanciones o correctivos de cualquier docente de

preescolar, primaria o bachillerato siempre de acuerdo con el manual de convivencia.

12.3.23. No sacar de la Institución libros u otros materiales sin la debida autorización.

12.3.24. Abstenerse de ingresar sin autorización a la Dirección, Secretaría, Sala de Profesores, Coordinación, Laboratorio, Sala de Sistemas y demás zonas de acceso restringido.

12.3.25. Presentarse aseado/a, con el uniforme requerido y completo, es obligatorio desde el primer día de clase.

12.3.26. Velar por mantener el orden y el aseo en los espacios del colegio. 12.3.27. Está prohibido llevar con el uniforme accesorios, aretes grandes,

cachuchas (excepto la del colegio) maquillaje, pearsing, tatuajes u otros similares (hombre o mujer).

12.3.28. No se permite el uso de aretes en los niños o más de un par de aretes en las niñas y el porte de más de un anillo y /o pulsera en la mano.

12.3.29. Debajo de la camisa del uniforme sólo se podrá llevar camiseta totalmente blanca y de cuello bajo.

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12.3.30. Evitar el uso de cortes y peinados de moda y extravagantes; y no se permite el uso de geles, fijadores, crema para el cabello, etc. Sólo se permitirán corte y peinado clásico, tanto en niños y niñas.

12.3.31. Abstenerse de llevar barba o bigote. 12.3.32. Las niñas de cabello largo deben tenerlo recogido con moños o

hebillas de color azul oscuro, negro o blanco. El cabello debe ir sin tinturas ni iluminaciones.

12.3.33. Llevar correctamente y limpio el uniforme de diario y el de educación física, según se estipula en el presente Manual de Convivencia.

12.3.34. Cumplir puntual y responsablemente con los horarios de entrada y salida del colegio.

12.3.35. Únicamente para efectos académicos, mantener contacto vía electrónica entre profesores, estudiantes y padres de familia.

ARTÍCUL0 13. COMPORTAMIENTO FUERA DEL COLEGIO

Los deberes de todo miembro de la Comunidad estudiantil del colegio, no se limitan solamente al interior de la Institución. La formación integral tiene que estar representada en los comportamientos que cada uno de los integrantes de esta comunidad manifiesta cuando actúa en otros medios, como el familiar y el social, favoreciendo la continuidad del proceso formativo y educativo. Fuera del Colegio llevando o/no el uniforme de la Institución el estudiante debe: 13.1 Responder a nuestro lema Excelsior: “Siempre más y mejor”. 13.2 Observar un comportamiento correcto y ejemplar en la calle, medios de

transporte y en lugares públicos, sin gritar, ni utilizar palabras soeces, respetando los diferentes espacios y personas.

13.3 No usar el uniforme en ninguna actividad que no sea programada por el colegio ni acceder con él a lugares que vayan contra la moral y la ética.

13.4 Está prohibido dirigirse a ninguna Institución, o persona, representando al Colegio o a un miembro del mismo, sin permiso previo y por escrito de la Rectora.

13.5 Respetar y cumplir las normas de comportamiento ciudadano. 13.6 A la salida o entrada al colegio no comprar en la calle, por motivos de salud

y seguridad. 13.7 No organizar fiestas, ni rifas, ni ningún tipo de actividad en nombre de la

Institución sin consentimiento por escrito por parte de la Rectora de la misma.

13.8 No pertenecer ni ser afines a bandas delictivas, culturas urbanas (tribus juveniles), ni agrupaciones subversivas que atenten contra los bienes de los otros o hacia su integridad física.

13.9 Los/as alumnos/as no deben relacionarse con sus parejas portando el uniforme del Colegio en los alrededores del mismo, ni tener manifestaciones que expresen dicha relación.

13.10 Al ingresar y salir de la institución el alumno(a) debe portar el uniforme completo y en forma limpia y ordenada.

ARTICULO 14. UNIFORMES DEL COLEGIO

La presentación personal del alumno es parte formativo y una expresión de su personalidad. El Colegio velará por educar a los alumnos en este aspecto.

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14. 1. UNIFORME DE DIARIO

NIÑAS: Jardinera azul oscura de gabardina (tapando la rodilla, según modelo del colegio), blusa blanca con cuello camisero y manga larga, medias blancas con dos rayas azules en la parte superior (según modelo, obligatorias desde el año 2009), zapatos colegial negros de amarrar (cordones negros), corbata azul oscura, chaleco y saco azul oscuro. Todo según modelo del Colegio. Solo se permite: el uso de pantaloneta de color azul oscuro debajo de la falda, el uso de la chaqueta del colegio y bufanda de color azul oscuro (según modelo). NIÑOS: Pantalón azul oscuro de gabardina (debe estar bien portado, a la cintura y ser de modelo clásico, no bota tubo), camisa blanca de manga larga con cuello camisero por dentro del pantalón, medias azules sin diseño, zapatos colegial negros de amarrar (no mocasín ni tenis negros ni botas), corbata azul oscura , chaleco y saco según modelo del Colegio. Sólo se permite el uso de la chaqueta del colegio. Bufanda de color azul oscuro PREESCOLAR: Los alumnos de preescolar deben tener el uniforme de diario para las ocasiones en que se les indique (el chaleco no es obligatorio). ALUMNOS DE PREESCOLAR HASTA SEGUNDO: Deben tener delantal según modelo.

14.2. UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA.

PARA TODOS: El uniforme de educación física está conformado para todos los estudiantes (desde preescolar hasta once) por:

• Sudadera azul oscura (según modelo). • Camiseta blanca (según modelo). • Pantaloneta azul (según modelo). Medias blancas para deporte (no tienen

que ser las del uniforme de diario de las niñas). No se permite ni la media tobillera ni la que cubre la rodilla.

• Tenis totalmente blancos de amarrar, sin adornos ni franjas; de preescolar hasta grado segundo, se permiten tenis con adhesivo (velcro). No se permiten tenis de tela.

• Las niñas pueden usar bicker (bicicletero) de color azul oscuro, según uniforme, debajo de la pantaloneta, sin que éste sea más largo.

PREESCOLAR: Los alumnos de Preescolar vendrán todos los días con sudadera azul o amarilla según modelo, excepto las jornadas en que se les indique que deben portar el de diario.

14.3. INFORMACIONES GENERALES SOBRE EL USO DEL UNIFORME

• Al iniciar el año a cada grado se les indicará qué día deben traer cada uno de los uniformes. No está permitido ingresar con el uniforme que no corresponda para la jornada.

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• Para las actividades de refuerzo, recuperación u otras, el alumno debe presentarse al Colegio con uniforme de diario.

El uniforme se exigirá desde el primer día y no se hará excepción alguna. ARTÍCULO 15. EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO

Para facilitar la vida comunitaria se requiere un ordenamiento, Reglamento Interno o Manual de Convivencia que establezca pautas de comportamiento que induzcan a actuar de manera adecuada. La observación de ese ordenamiento se denomina disciplina. El objetivo de la disciplina es ayudar al educando a convertirse en una persona que sepa regularse a sí mismo, por lo tanto debe conducir a la formación de hábitos como puntualidad, estudio, trabajo, independencia, tolerancia, cooperación, orden y a la formación de una conciencia ética. Código del menor, ley de la infancia y la adolescencia y demás normas concordantes y pertinentes La evaluación de la conducta y la disciplina será continua y permanente y en ella participarán los diferentes estamentos. Contamos con dos instrumentos de soporte. Para ello se ha establecido la hoja de vida donde se consignarán además de los aspectos positivos, los procedimientos correctivos en caso de sanción. Además de la hoja de vida, se llevará el seguimiento detallado de la disciplina del educando en un documento que refleje el proceso de crecimiento del alumno, al cual tendrá acceso el alumno, el personal docente y el padre de familia. También se constatará la disciplina en los Boletines Informativos de Calificaciones. La disciplina y la conducta se evaluarán siguiendo las directrices del Decreto 1290, según se concreta en el Sistema Institucional de Evaluación (SIE) Para la evaluación del comportamiento de los educandos, así como sus actitudes y disposiciones de ánimo manifiestas habitualmente, se tendrá en cuenta el procedimiento contemplado en el capítulo III de este Manual. Se consideran tres aspectos fundamentales en la evaluación de la disciplina:

a. Comportamiento acorde al Manual de Convivencia en sus actos y actitudes cotidianas.

b. Presentación personal y uniforme c. Puntualidad

Se considera falta toda infracción que vulnere las normas contempladas en la Constitución Nacional, Código el Menor, Ley de la Infancia y de la Adolescencia y el presente Manual de Convivencia.

15.1. FALTAS LEVES

15.1.1. Usar objetos ajenos sin la debida autorización del dueño. 15.1.2. Impuntualidad a clases o actos comunitarios. 15.1.3. Arrojar basura, papeles o desperdicios fuera de las canecas destinadas

para tal fin. 15.1.4. Comer fuera de los tiempos y espacios de descansos a no ser por

observación médica justificada por escrito. 15.1.5. Comer chicle. 15.1.6. Utilizar objetos de arreglo personal durante las clases (espejos,

maquillajes, peinillas).

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15.1.7. Impedir el normal desarrollo del proceso educativo como: desórdenes en las formaciones y en los actos generales de la comunidad; conversaciones que interrumpan las clases y el estudio; realizar en horas de clase asuntos diferentes a los realizados por sus compañeros y el profesor; perder el tiempo o hacerlo perder a los compañeros y profesores.

15.1.8. Salir o entrar al salón de clases, sin la autorización del docente de la asignatura.

15.1.9. Entrar o permanecer en las dependencias del colegio sin autorización del respectivo funcionario.

15.1.10. Permanecer fuera del salón durante las horas de clase o cambio de las mismas.

15.1.11. Permanecer en los espacios que no les corresponden. 15.1.12. Desordenes en las formaciones, reflexiones y /o en los actos generales de

la comunidad. 15.1.13. El descuido en el aseo personal y del Colegio. 15.1.14. Reincidir en los retardos (hasta 3 retardos se consideran como falta leve).

Toda falta en puntualidad es acumulable para la evaluación final. 15.1.15. El porte de uniforme incompleto, acompañado de adornos y accesorios no

permitidos con el uniforme, o desaseado en más de dos ocasiones. 15.1.16. Portar el uniforme en horas y actividades diferentes a las programadas

por la Institución o traer el uniforme que no corresponde a la jornada 15.1.17. Portar de manera inadecuada el uniforme dentro y fuera de la Institución

por más de dos ocasiones. 15.1.18. Permanecer en el salón en horas de descanso. 15.1.19. El no cumplimiento de los deberes especificados en este Reglamento o

Manual. 15.1.20. 15.1.20. Portar más de un accesorio de los permitidas en orejas y dedos,

por más de dos ocasiones. 15.1.21. Entrar tarde a la reflexión. 15.1.22. Traer por una vez objetos, aparatos electrónicos o celulares fuera de las

condiciones indicadas en los deberes del alumno.

PARAGRAFO 1: En caso de pérdida o robo de pertenencias o sospechas de portar sustancias o elementos prohibidos se podrá solicitar a los estudiantes que muestren su material de estudio. 15.2. FALTAS GRAVES

15.2.1. No entregar a sus padres y/o acudientes las circulares y la información que sea enviada para ellos, así como las reuniones a que hayan sido citados con su Director de grupo u otros educadores del Colegio y la no devolución de los desprendibles.

15.2.2. Demostrar mal comportamiento dentro o fuera de la Institución. 15.2.3. Propiciar o participar en manifestaciones, motines o hacer proselitismo

político o religioso en forma verbal o escrita dentro o fuera de las instalaciones del Plantel.Consumo reiterado de chicle en los diferentes actos escolares después de habérsele llamado la atención.

15.2.4. Desobedecer las órdenes impartidas por las directivas y docentes del Colegio.

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15.2.5. Salir del Colegio sin la autorización de la persona que corresponda. 15.2.6. Hacerse justicia por sí mismo y en general, tomar decisiones que estén

reservadas a docentes y directivas del Plantel. 15.2.7. Efectuar demostraciones excesivas y/o continuadas de afecto, dentro o

fuera del Plantel. 15.2.8. Realizar actos que atenten contra el buen nombre de las personas o de la

Institución. 15.2.9. Proferir o escribir vocablos, apodos o frases que lesionen la honorabilidad

y dignidad de las distintas personas del colegio. 15.2.10. Ocasionar deterioro, daño o destrucción del mobiliario, laboratorio,

material de enseñanza, carteles, servicios sanitarios, plantas y demás enseres del colegio o de las personas.

15.2.11. Demostrar incultura en los servicios públicos. 15.2.12. Reincidir en la mala presentación del uniforme después de habérsele

llamado la atención. Toda falta en el porte del uniforme es acumulable para la evaluación final.

15.2.13. Actitud permanente de agresividad e insubordinación. 15.2.14. Traer al Colegio de forma reiterativa grabadoras, radios, aparatos

electrónicos o similares, celulares fuera de las especificaciones que se apuntan en los deberes de los alumnos.

15.2.15. Conservar, mostrar, distribuir revistas, libros, películas o láminas pornográficas y/o chismógrafos.

15.2.16. Fraude en actividades programadas como evaluaciones, tareas, planchas, informes, cuaderno de apuntes, excusas, permisos y documentos.

15.2.17. Ingresar o salir del colegio por cualquier otro sitio de acceso diferente a la entrada o salida destinada para el personal del plantel y/o sin la debida autorización.

15.2.18. Mantener en forma reiterada un bajo rendimiento escolar. 15.2.19. Falta de interés y responsabilidad en el cumplimiento de los deberes

académicos. 15.2.20. Entrar tarde a la reflexión de forma reiterada, no asistir o salir sin previa

autorización 15.2.21. Encubrir cualquier clase de falta grave. Todas aquellas faltas a los

deberes que tienen como estudiantes y que sean consideradas graves por el Comité de disciplina.

15.2.22. Encubrir cualquier clase de falta estipulada como grave. 15.2.23. Reincidencia en las faltas leves.

15.3. FALTAS MUY GRAVES.

15.3.1. Toda falta grave contra la ética y la moral Católica 15.3.2. Presentarse al Colegio bajo efectos de sustancias que alteren su

comportamiento. 15.3.3. Traer al Colegio armas, licores, sustancias que alteren su

comportamiento, revistas pornográficas, música, CD. o programas informáticos, libros o folletos que atenten contra la disciplina y moral del Plantel. O promover la venta, el uso y/o consumo a otros alumnos.

15.3.4. Utilizar el nombre del Colegio sin autorización de la Rectora, con el fin de hacer paseos, rifas, bailes y otras actividades.

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15.3.5. Suplantar a algún miembro de la comunidad o utilizar su nombre para conseguir algún fin sin ser autorizado expresamente por él.

15.3.6. Participar o incitar a otros dentro o fuera de la Institución a tomar parte en pandillas, peleas callejeras, grupos satánicos, música metal o en actos que atenten contra la disciplina y la moral.

15.3.7. Realizar escritos o dibujos que atenten contra su moral y buen nombre o el de los demás.

15.3.8. Faltar injustificadamente dos (2) o más veces al mes, de conformidad con artículo 313 y 314 del Código del Menor.

15.3.9. Los noviazgos entre docentes y estudiantes, la corrupción de menores y los actos sexuales

15.3.10. Introducir o propiciar en otros la introducción al organismo de sustancias que alteren su comportamiento dentro o fuera de la Institución.

15.3.11. Se prohibe toda actividad de tipo económico en beneficio de cualquier miembro de la comunidad educativa, sin previa autorización de las directivas.

15.3.12. Mal uso del servicio de Internet. 15.3.13. Participar de celebraciones, encuentros, paseos u otros eventos que

atenten contra los principios morales y religiosos que son fundamento de la educación del Colegio Nazaret y en los que se propicie la introducción al organismo de sustancias que alteren su comportamiento, y actos sexuales.

15.3.14. Irrespeto de hecho, palabra u omisión a cualquier miembro de la comunidad educativa dentro y/o fuera de la Institución Independiente de cuál sea el medio utilizado.

15.3.15. Distribución de escritos injuriosos y comentarios calumniosos contra la dignidad de cualquier persona que pertenezca a la Institución.

15.3.16. Irrespeto a los principios, actividades y creencias de fe que profesa la Institución.

15.3.17. Irrespeto a los símbolos patrios, a los del colegio y a nuestros valores culturales y nacionales.

15.3.18. Todos aquellos actos graves que atenten contra la integridad y la moral y las buenas costumbres a juicio del Consejo Directivo, dando aplicación a las Leyes concernientes al presente Manual de Convivencia.

15.3.19. Anexo: Artículos 322 y 323 contemplados en el Código del Menor, los cuales se consideran como FALTAS MUY GRAVES, con o sin el uso del uniforme ya que atentan contra la dignidad y la moral. a. Artículo 322. Prohíbase la entrada de menores de 14 años a las salas

de juegos electrónicos. b. Artículo 323. Prohíbase la venta de bebidas alcohólicas a menores, y

su ingreso a sitios de diversión donde se presenten espectáculos que atenten contra su integridad moral, salud física y mental.

15.3.20. Reincidencia en quebrantar las normas reglamentarias del plantel u oponerse sistemáticamente a ellas.

15.3.21. Promover y/o participar en actos que atenten contra la moral o integridad física, tales como: Introducir al organismo sustancias que alteren su comportamiento, fumar, usar vocabulario indebido, atentar verbal y/o físicamente contra cualquier persona (amenaza, acoso, chantaje, soborno, intimidación...), alterar el orden, provocar escándalos o conflictos

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sociales, portar, distribuir y/o consumir sustancias que alteren su comportamiento y generen adicción, todo lo anterior dentro o fuera del plantel, portando o no el uniforme.

15.3.22. Alterar, dañar o sustraer las notas del sistema de calificaciones u otros documentos del Colegio o de los docentes y falsificar firmas.

15.3.23. Encubrir cualquier clase de falta muy grave. 15.3.24. Hurto. 15.3.25. Actitud permanente de agresividad verbal y/o física (entendiéndose este

cuando atente contra la dignidad de la persona y/o de la Institución y vaya en contra de los principios morales de la misma) o insubordinación.

15.3.26. Reincidir en las faltas graves que contempla este Manual de Convivencias.

15.4. EMBARAZO O PATERNIDAD IRRESPONSABLE

Solo una justa concepción de la persona humana, principio y fundamento de la Doctrina de la Iglesia, abre el camino hacia una recta ordenación social. La comunidad Educativa del Colegio Nazaret, guiándose por los principios cristianos de la Iglesia que considera al hombre como un ser indivisible tanto humano como espiritualmente dotado de inteligencia y libertad y que por dicha razón su comportamiento debe ser acorde a su condición, exige y sanciona aquellos comportamientos (embarazo o paternidad irresponsable) que no están de acuerdo a los principios del Colegio sin perjuicio de los derechos fundamentales de la persona constitucionalmente tutelados. Por lo tanto constituye infracción muy grave al reglamento del Plantel el que algún estudiante sea responsable de un embarazo extramatrimonial. De presentarse tal situación, el Colegio hace responsable a los Padres de Familia, puesto que éstos son los primeros llamados a educar y prevenir dichas situaciones, y el Colegio de común acuerdo con la familia determinará la forma como el/la alumno/a deberá continuar sus estudios.

ARTÍCULO 16. CORRECTIVOS PEDAGOGICOS.

16.1. FUNDAMENTOS Y RECURSOS PEDAGÓGICOS Y PALIATIVOS Las sanciones tienen su razón de ser desde el punto de vista del cultivo de la personalidad y de la voluntad. Por lo tanto “quedan prescritos los castigos físicos y psicológicos y en general todos aquellos que tienden a deprimir o menoscabar el carácter y la dignidad del hombre” (Decreto Departamental 2496/78). Los mecanismos utilizados para orientar al educando son los siguientes:

1. EL DIALOGO: Se traduce en capacidad de escuchar y aprender del otro, esfuerzo para comprender las situaciones, dificultades, exigencias y sinceridad para reconocer los valores y las faltas.

2. ACOMPAÑAMIENTO: Permanente atención a las situaciones, presencia continua para apoyar, estimular y corregir. Educandos, padres y educadores nos formamos recíprocamente y compartimos fatigas, enseñanzas, sueños y proyectos.

3. ESTÍMULOS: Cada uno de los logros, por mínimo que sea, merece en nuestra experiencia educativa un estímulo, es decir un

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reconocimiento sincero a la capacidad de lucha y al crecimiento de los valores de cada uno.

4. EXIGENCIA: Creemos en la capacidad de superación y no compartimos la pereza y la incapacidad para luchar. La exigencia para nosotros es sentido de responsabilidad y solidaridad. Es una invitación a una respuesta generosa en el proceso de la formación; es abandono de la mediocridad y esfuerzo por mejorar la calidad de vida. La experiencia educativa del Colegio no contempla las sanciones como únicas alternativas para la solución de problemas comportamentales. Siempre se recurre previamente a otras instancias para que el educando tenga la oportunidad de ser escuchado, dar explicaciones, presentar excusas y formular compromisos.

16.2. DEBIDO PROCESO: en toda acción disciplinaria o académica que afecte al estudiante se debe seguir el “debido proceso (pasos que deben seguirse en la aplicación de un correctivo, frente a una dificultad o conflicto de intereses). Los estudiantes que pueden ser amonestados o sancionados por el Establecimiento Educativo, solo por la infracción o violación de las normas contenidas en el Manual de Convivencia y con la observancia de la plenitud del procedimiento previamente establecido.

16.3. PRINCIPIOS ORIENTADORES EN LA APLICACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO NAZARET: En todos los casos, en la decisión de tomar acciones correctivas o sancionar a un estudiante, se tendrán en cuenta los siguientes principios orientadores: Reconocimiento de la dignidad humana. Todo estudiante o miembro de la Comunidad Educativa que se relacione con el colegio y le sea atribuida una falta, tiene derecho a ser tratado con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano. Buena fe: siempre debe presumirse la buena fe en la conducta del educando sujeto de acción correctiva o sanción. Cuando se cometa una falta y esta afecte el normal desarrollo de las actividades, sin que exista causal de justificación, se considerara contraria a la ley Legalidad: como miembro de la comunidad educativa solo seremos investigados, sancionados y tratados por comportamientos descritos como falta disciplinaria en el manual vigente al momento de la realización u omisión del derecho reprochado. Debido proceso: como miembro de la comunidad educativa, cuando deba ser tratado con lo aquí dispuesto, serán aplicadas las normas existentes al caso atribuido, ante quien sea competente previamente establecido observando las formas propias de la constitución y este manual, salvo que se trate del personal administrativo o educador caso en el cual se aplicara el procedimiento descrito para ellos.

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Culpabilidad: cuando sea necesario llevar un proceso disciplinario-pedagógico, quedara prohibida toda forma de responsabilidad objetiva, en todo caso las faltas solo serán sancionables a titulo de dolo o culpa. Igualdad: todos los estudiantes recibirán la misma protección y trato del colegio tendrán los mismos derechos libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por su edad, raza, origen nacional o familiar, lengua, opinión política o filosófica. Finalidad del manual y las funciones disciplinarias-pedagógicas: El manual de convivencia garantiza el cumplimiento de los fines y funciones propuestas por el colegio en relación con el comportamiento de sus estudiantes cuando con él, lo afecten lo afecten o pongan en peligro. Las sanciones disciplinarias cumplen esencialmente los fines de prevención y formación de valores para la garantía de la buena marcha de la labor educativa. Toda sanción que se imponga busca la formación de los valores o la extinción de comportamientos que contraríen el proceso de aprendizaje propio y ajeno. Derecho al defensa: El estudiante que sea objeto de una investigación tiene derecho a conocer la queja y las pruebas que se alleguen a la investigación; a que se practiquen las pruebas que solicite, a ser oído en declaración de descargos, para lo cual puede estar acompañado de sus padres, acudientes o personero estudiantil, y a interponer los recursos establecidos en este manual. Proporcionalidad: la sanción disciplinaria debe corresponder a la gravedad de la falta cometida. Al graduar la sanción se debe aplicar los criterios contenidos en este manual. Motivación: toda decisión de fondo debe ser motivada. Las sanciones que se impongan deben contener una sustentación desde el querer pedagógico y un fin formativo. El colegio fomentara el respeto, la dignidad y la garantía de la defensa, difundirá el contenido del manual y capacitara para su aplicación. Interpretación del orden interno: en la interpretación y aplicación de la ley disciplinaria, se debe tener en cuenta que la finalidad del proceso es la prevalencia de la justicia, la creación de valores positivos y la formación integral de los estudiantes. Aplicación de principios e integración normativa: En la aplicación del régimen disciplinario prevalecerán los principios Rectorales contenidos en este manual y la Constitución Nacional. Garantía de la labor educativa: Todo miembro de la comunidad educativa, ejercerá sus derechos, cumplirá sus deberes y respetara las prohibiciones establecidas.

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Abuso del derecho: El estudiante que abuse de los derechos, incumpla sus deberes o compromisos e incurra en faltas contra la disciplina o la conducta, se hará acreedor a una acción correctiva o sanción. Función de la acción correctiva y de la sanción: tiene función preventiva, retributiva, protectora, reparadora, resocializadora y ante todo pedagógica. Protección de Derechos e Interese de la Comunidad Educativa. (Bien Común): El ejercicio de los derechos de los estudiantes, de sus padres o acudientes autorizados, supone responsabilidad frente a los derechos de las demás educandas, y de cada uno de los estamentos que componen la comunidad educativa de la institución. Presunción de inocencia: El estudiante se presume inocente de la falta que se le atribuye mientras no se declare su responsabilidad en ésta. Participación: todos los estudiantes y sus padres o acudientes tienen derecho a ser escuchados y solicitar pruebas en el momento de encontrarse en un proceso de análisis comportamental. Necesidad de la prueba: El proceso debe buscar la verdad de los hechos con pruebas contundentes y pertinentes. Favorabilidad: si existen varias normas que regulan una situación se debe aplicar la más favorable al estudiante.

16.2. CORRECTIVOS POR IMPUNTUALIDAD A CLASE, ACTOS COMUNITARIOS O A LA INSTITUCIÓN POR FALTAS POR UNIFORMES

1. Amonestación verbal y escrita en la planilla de control hasta la tercera vez que ocurra la falta. En caso de que la presentación personal se distancia de forma notable a lo dispuesto en este Manual, a juicio del Comité de Disciplina, se llamará inmediatamente a los padres o acudientes.

2. A la tercera oportunidad se da aviso a los padres para que se presenten al siguiente día hábil, con el fin de firmar un compromiso. Hasta que el padre o acudiente no se presente el educando no podrá ingresar a la institución.

3. En caso de no cumplir con el compromiso firmado, se procederá a aplicar las sanciones estipuladas para las faltas graves, acudiendo a la suspensión y a la anotación en la Hoja de Vida del alumno/a.

16.3. CORRECTIVOS POR IMCUMPLIMIENTO AL MANUAL DE CONVIVENCIA EN GENERAL Los pasos a seguir como correctivos a las faltas serán los siguientes:

1. Amonestación verbal: Se asume como correctivo pedagógico. La debe aplicar el educador que fue testigo de la falta o que fue informado de la misma. Consiste en un diálogo con el educando para hacerlo reflexionar sobre su comportamiento

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erróneo y para fijar metas de rectificación. Por primera vez, no se requiere dejar constancia escrita si el caso no es de gravedad. Esta se hará sólo si el alumno persiste en la falta o si no hay cambios en el comportamiento. En todo caso siempre se debe informar al director de grupo y coordinación de disciplina.

2. Amonestación escrita: Si el educando/a persiste en su comportamiento erróneo y no manifiesta deseo de mejorar, se hará acreedor a la amonestación escrita en el libro de seguimiento interno, firmando el alumno y el educador que le ha amonestado. El padre de familia será avisado para que tenga constancia de los hechos y para que firme. En caso de no ser grave, se puede esperar a la entrevista ordinaria de los padres para informarlos de ello. Toda amonestación escrita implica una rebaja en disciplina.

3. En caso de reincidencia se procederá a: a. Dejar constancia en la Hoja de Vida del alumno. Al mismo tiempo, el alumno

firmará un compromiso. El compromiso facilita correctivos y objetivos concretos a lograr en un tiempo prudente. Deben firmar: Educando, padre de familia (citado expresamente para la ocasión), director de grupo, rector y/o coordinador de disciplina. En el caso de faltas graves se podrán saltar los pasos previos e iniciar el proceso en este punto.

b. Privación total o parcial en la participación de actos culturales, cívicos, deportivos o religiosos según el caso.

4. Suspensión por uno, dos o tres días hábiles. Esta sanción debe ser producto de un análisis profundo por parte de los comités correspondientes, sopesando los pros y los contra de la medida. De lo anterior quedará constancia en la hoja de vida del estudiante. En las faltas graves pueden eximirse los pasos anteriores y proceder a éste de inmediato. Dicha suspensión implica perder las oportunidades de evaluación y de actividades que se realicen en estos días. Esta suspensión sólo se podrá efectuar si el educando/a puede ser entregado directamente al padre o acudiente, en el caso contrario la suspensión se realizará al día siguiente.

5. Suspensión por más de tres días. El Consejo Directivo puede determinar la desescolarización del alumno por más de tres días ante la reincidencia continúa. Siempre se otorgará la posibilidad de continuar con las tareas académicas del grado para no restringir el derecho a la educación. En las faltas muy graves pueden eximirse los pasos anteriores y proceder a este de inmediato.

6. Si el estudiante persiste en su actitud a pesar de todo el proceso disciplinario formativo condiciona su cupo o la proclamación de grado si es de 9º u 11º y el Consejo Directivo se reserva el derecho a tomar la decisión.

7. Los alumnos que hayan tenido un seguimiento por dificultades disciplinarias o académicas firmarán un compromiso para el curso siguiente.

8. Los alumnos que tengan proceso disciplinario no podrán asistir a las salidas lúdico-pedagógicas, a juicio del Comité de Disciplina.

Parágrafo 1: La no asistencia de los padres a las citaciones, llevará a que el educando no sea admitido a clases hasta que sus padres se hagan presentes. Cuando la falta de disciplina sea grave, no se admitirá la presencia de los acudientes regulares sino que deberán asistir los tutores legales. Parágrafo 2: Los exámenes anulados y/o el fraude en trabajos producen pérdida del logro y recuperación en Noviembre y pérdida en disciplina: si esto ocurriera en los exámenes de

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Noviembre, quedará con nota Insuficiente definitiva. Los alumnos que sean suspendidos realizarán los exámenes en la fecha de recuperación. ARTÍCULO 17. PROCESO DE CANCELACIÓN DE CUPO

Los alumnos tendrán derecho al cupo para el curso siguiente en la institución con la adquisición del formulario. Este puede ser retenido temporalmente por:

a. Problemas académicos b. Inasistencia a actividades formativas como retiros, convivencias, salidas

pedagógicas...) c. Problemas disciplinarios. d. Por incumplimiento de los padres en los deberes con la Institución. e. La persistencia por dos años consecutivos en compromisos académicos y/o

disciplinarios. 17.1. CAUSALES DE CANCELACION DE CUPO

a. Por disciplina. Los padres de familia deben tener conocimiento de las dificultades disciplinarias del alumno a lo largo del acompañamiento que se le realiza en la Institución. Llegado el momento y si el alumno persiste en el incumplimiento al Manual de Convivencia se procederá a la cancelación definitiva del cupo. El Consejo Disciplinario debe remitir el caso al Consejo Directivo para su estudio. El Consejo Directivo, examina el proceso seguido durante el año de estudio en el colegio y es el que tiene la decisión última sobre el derecho al cupo y debe notificarlo a los padres. En caso de una falta muy grave, aunque no exista otras faltas anteriores el Consejo Directivo puede proceder a la cancelación del cupo.

b. Cuando el alumno pierde el año y ya ha repetido en la institución. c. Por incumplimiento de los padres a los deberes adquiridos con la institución

(inasistencia a talleres, entrega de informes académicos, incumplimiento en el pago de pensiones y matricula...)

d. Por retiro de papelería así haya adquirido el formulario. ARTÍCULO 18. ESTÍMULOS Y DISTINCIONES PARA LOS ESTUDIANTES DESTACADOS

Para estimular a los estudiantes que se distingan por su presentación personal, rendimiento académico, disciplina, colaboración, compañerismo y demás valores contemplados en el perfil del estudiante de Nazaret se han establecido los siguientes estímulos: 18.1. Derecho a izar el Pabellón Nacional, de acuerdo al cronograma establecido

y constancia en su Hoja de Vida. 18.2. Mención Honorífica en las izadas de bandera y al finalizar el año y

constancia en su Hoja de Vida. 18.3. Derecho a ser nombrado monitor, teniendo en cuenta el liderazgo positivo,

su excelente comportamiento disciplinario, buen rendimiento académico y perfil del estudiante

18.4. Anotaciones en el observador del estudiante, destacando los estímulos recibidos, durante el transcurso del año escolar.

18.5. Menciones específicas por la vivencia en grado destacado de algunos de los valores del Alumno de Nazaret o por su desempeño académico.

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18.6. El esfuerzo por mantener las materias y la disciplina en excelencia se premiará apareciendo en el Cuadro de Honor.

ARTICULO 19. SERVICIO SOCIAL

19.1. DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL DE LOS ESTUDIANTES El Servicio Social estudiantil para todos los alumnos de los tres (3) últimos cursos de Bachillerato es un requisito indispensable para que los educandos obtengan su diploma de bachiller. (Según lo estipulado en los Decretos 2059/62; 1002/84; 1860/94, Art. 39; Decreto 1743/94 Art. 7; Resolución 4210/96 del Ministerio de Educación Nacional.

19.2. DURACION DEL SERVICIO SOCIAL Total 80 horas dentro de las cuales se debe considerar el tiempo empleado para la inducción, elaboración del programa, plan de actividades y elaboración de un informe final.

19.3. OBJETIVO DEL SERVICIO SOCIAL. El Servicio Social tendrá como objetivo proyectar al estudiante a la comunidad, por lo tanto debe presentar o acogerse a una propuesta clara en donde se incluyan, entre otros: • Área de ejecución • Población beneficiada • Descripción general de actividades (cronograma de actividades) • Tiempo aproximado para la ejecución • Información detallada de la institución que dirige su proyecto,

debidamente acreditada. 19.4. LUGAR Y TIEMPO DE EJECUCION.

Los estudiantes podrán cumplir con este requisito realizando trabajos dentro de la misma institución, con el visto bueno de los docentes encargados, el coordinador del proyecto y las directivas del Colegio. Además es posible que el educando preste su servicio en instituciones ajenas al Colegio (en áreas de la salud, áreas de la cultura, et), siempre y cuando presente y sea aprobado un proyecto que se ajuste a los requisitos. El coordinador del programa deberá hacer seguimiento a cada estudiante a través de la comunicación permanente con la persona encargada. El alumno/a se hace responsable de su hoja de seguimiento en la cual la persona que le coordina el proyecto le firmará las horas prestadas en servicio social. Se deberá hacer una evaluación final de cada alumno para proceder a expedir el certificado de cumplimiento de la práctica. Para ello es indispensable que éste presente la respectiva documentación que certifiquen el cumplimiento de las horas (hojas con las firmas de cada día de trabajo, etc.) y la evaluación y/o certificados expedidos por las instituciones que colaboraron en el proceso.

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CAPITULO IV DE LOS PADRES DE FAMILIA

ARTICULO 20. PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE

El Colegio Nazaret, acepta y define el derecho sagrado e inviolable, que tienen los padres de familia de dar a sus hijos la educación que crean más conveniente. Por eso nos sentimos llamadas a “complementar esta obra educativa, nunca suplirla”. Se entiende pues que los padres que envían a sus hijos (as) a nuestro centro son los que libremente, haciendo uso de ese derecho, quieren una educación cristiana-católica integral como complemento de la que ya realizan en su hogar.

ARTÍCULO 21. IMPEDIMENTOS PARA SER ACUDIENTE

21.1. Ser menor de edad. 21.2. Tener dificultad de orden moral, penal o psicológico. 21.3. Carecer de capacidad económica mínima, para respaldar al acudido. 21.4. Estar vinculado a la Institución como estudiante. 21.5. Ningún estudiante de la institución puede ser acudiente, debido a que en

algunas situaciones tendría que acudir simultáneamente como juez, fiscal, o defensor y por consiguiente esta situación es contraproducente. Los casos especiales serán autorizados por la Rectora, por escrito.

21.6. NO compartir con el estudiante ningún grado de consanguinidad a menos que esté acreditado legalmente para ser acudiente.

ARTICULO 22. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES

La Institución Educativa Nazaret, acepta y define el derecho sagrado e inviolable, que tienen los padres de familia de dar a sus hijos la educación que crean más conveniente. Por eso nos sentimos llamadas a “complementar esta obra educativa, nunca suplirla”. Se entiende pues que los padres que envían a sus hijos (as) a nuestro centro son los que libremente, haciendo uso de ese derecho, quieren una educación cristiana integral como complemento de la que ya realizan en su hogar. 22.1. Recibir una orientación cristiana. 22.2. Conocer la filosofía, Proyecto Educativo Institucional, Reglamento Interno

del Colegio. 22.3. Ser atendidos por los educadores, coordinadores y rectora, cuando lo

requieran con previa cita, o el día destinado para ello. 22.4. Participar en las diferentes actividades organizadas por el colegio o

Asociación de padres de familia con el fin de contribuir a la formación de la comunidad educativa.

22.5. Ser informado sobre los procesos académicos y disciplinarios de sus hijos. 22.6. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones

respecto del proceso educativo de sus hijos y exponer sugerencias y recomendaciones para el mejoramiento de la organización y buena marcha del Colegio, en forma comedida, por escrito o verbalmente a la Rectora o a los Docentes de forma personal o a través de su representante en el Consejo de Padres.

22.7. Elegir y formar parte del Consejo de Padres y del Consejo Directivo. 22.8. Formar parte del Consejo de Padres, órgano que se regirá por el Decreto

1286 del 27 de Abril de 2005 y por los estatutos que le serán entregados en el momento de afiliarse.

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22.9. Recibir trato amable y respetuoso de las Directivas, Docentes y demás funcionarios del Plantel.

ARTICULO 23. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES

23.1. Como miembros de la comunidad educativa tienen la obligación de cumplir con los compromisos de la formación integral del niño/a. (Artículo 311 Código del menor).

23.2. Solicitar información sobre el rendimiento y comportamiento del niño/a, buscando espacios en los horarios establecidos. En caso de una entrevista urgente, solicitará la cita a través de la agenda del alumno/a.

23.3. Asistir al colegio cuando sea citado por el profesor/a o por los Coordinadores o la Rectora. La no asistencia conlleva que el niño no entre al aula de clase hasta que usted no se persone en la Institución.

23.4. Asistir puntualmente a las reuniones y actividades programadas por el Colegio: Escuelas de Padres, inducciones, entrega de informes, Eucaristías, Domingos Familiares, etc.

23.5. Apoyar con responsabilidad para que su hijo/a participe activamente en todas las actividades planeadas dentro y fuera del plantel. En eventos de actividades extracurriculares, debe firmarle al alumno/a la autorización para la asistencia.

23.6. Responder por los daños que ocasionen los hijos en el plantel 23.7. Cancelar durante los primeros cinco días de cada mes la pensión, en caso

de mora se deberán pagar los intereses correspondientes. 23.8. Hacerse responsable del comportamiento del educando/a fuera del colegio. 23.9. Responsabilizarse de que el alumno no porte al colegio objetos costosos:

celulares, relojes, máquinas digitales o de video, grabadoras, etc. o una cantidad de dinero que no sea capaz de manejar a su edad. El colegio no se responsabiliza de la pérdida.

23.10. Velar que su hijo/a tengan los útiles y elementos necesarios para el trabajo escolar, durante todo el curso y evitar todo aquello que sea distractor y/o innecesario.

23.11. No respaldar comportamientos inadecuados, ni justificarlos. Deben colaborar siempre con el proceso correctivo de la Institución, acatando la sanción o correctivo impuesto por el Consejo de Disciplina.

23.12. Enviar con anticipación y por escrito en la agenda, cuando el educando necesite ausentarse del colegio en horas de clase. Siempre debe venir a recogerlo un acudiente. Nunca el alumno/a saldrá solo, así traiga el permiso por escrito para ello. Cuando regrese, ustedes son los responsables de cerciorarse que el alumno ingrese en la Institución y sea recibido.

23.13. Cuando no vaya a asistir y haya conocimiento previo también debe reportar la ausencia.

23.14. Solicitar las citas médicas y compromisos sociales fuera del horario escolar y de actividades complementarias, ya que las ausencias perjudican su proceso académico y formativo. Salvo casos excepcionales no se realizarán las evaluaciones hechas durante su ausencia.

23.15. Si la ausencia es por enfermedad o calamidad doméstica de carácter inmediato, deberá reportar al regreso, la ausencia con la causa y la duración de la misma en cuanto reingrese a la institución.

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23.16. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos/as y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa.

23.17. Incentivar en sus hijos los valores: religiosos, patrios, morales y éticos. 23.18. Deben responsabilizarse de que sus hijos/as no adquieran productos a los

vendedores ambulantes que se encuentran en las afueras de la Institución por el bien de su integridad y su salud.

23.19. Presentarse a diligenciar el proceso de matrícula en las fechas y horarios señalados por el colegio.

23.20. Tener presente los horarios establecidos por el plantel para la atención a los padres de familia.

23.21. Dirigirse en forma respetuosa al funcionario del plantel a quien deba hacer algún reclamo para buscar posibles soluciones.

23.22. Los padres de familia no tienen derecho a negocios particulares dentro de la Institución o en nombre del Colegio. Pueden ofrecer sus servicios en Rectoría quien los atenderá y les aprobará su propuesta si es pertinente y para el bien de la Institución.

23.23. Colaborar espontáneamente en las actividades organizadas por el colegio, la asociación de padres de familia y el consejo de padres de familia.

23.24. Proporcionar a sus hijos una educación acorde con la que recibe en el plantel conscientes de que son los primeros educadores de sus hijos/as con el fin de mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos y de cristianos comprometidos consigo mismo y con la sociedad.

23.25. Comprometerse con la salud mental y física de su hijo y desarrollar procesos de acompañamiento profesional cuando sea necesario para el niño/a o joven y cuando le sea sugerido por los profesionales Psicopedagogos de la Institución.

23.26. Enviar a sus hijos aseados, vistiendo correctamente el uniforme. 23.27. Estar atentos a circulares, calendarios, citaciones y demás comunicaciones

del Colegio que informen sobre las distintas actividades en las cuales su participación y aporte son fundamentales y enviar firmados los desprendibles.

23.28. Fomentar en sus hijos la responsabilidad, la puntualidad, la honestidad y la fe con el ejemplo.

23.29. Fomentar la responsabilidad del alumno evitando traerle al Colegio las tareas, trabajos y materiales olvidados en casa.

23.30. Informar oportuna y personalmente a las directivas del plantel el motivo del retiro del alumno.

23.31. Revisar, controlar y animar las tareas y lecciones de sus hijos, para mejorar el rendimiento académico y organizar y garantizar un horario de estudio en el hogar.

23.32. Respetar, controlar y cumplir los horarios de clase establecidos por la Institución en cuanto a entrada y salida de los estudiantes.

23.33. Conocer, cumplir y evaluar el Reglamento o Manual de Convivencia del Colegio.

23.34. Emplear el diálogo y el buen ejemplo para corregir a sus hijos evitando la agresión física, verbal y psicológica.

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23.35. Evitar corrillos y comentarios que atenten contra la dignidad y buen desempeño de la Institución.

23.36. Controlar las amistades y el uso del tiempo libre de sus hijos. 23.37. Las demás que señala la Ley General de Educación 115/94, el Código del

menor, la Ley de la Infancia y la Adolescencia y el Reglamento Interno del Colegio.

ARTICULO 24. CORRECTIVOS A LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES

En caso de que los Padres de Familia incumplan en forma reiterada algunos de los puntos del presente reglamento o por primera vez con actitudes y faltas muy graves, se procederá de la siguiente manera: 24.1. Llamada de atención por parte de las Directivas, para hacerlo caer en

cuenta de las anomalías presentadas como el mal uso de sus derechos, incumplimiento de sus deberes u omisión de normas contempladas en este reglamento.

24.2. De no hacerse presente el padre o acudiente cuando sea llamado, el educando no ingresará a clases hasta que no se reporte.

24.3. En caso de reincidencia del alumno en puntualidad y presentación personal, el acudiente y el estudiante deberán asistir a un taller formativo.

24.4. En caso de reincidencia en la falta a sus deberes como padres y/o acudientes se les citará con carácter extraordinario para que den cuenta de su actitud dejando anotación de ello en el observador de su representado y en un memorando que se guardará en los archivos de la Institución. Se considera falta la no asistencia a las Escuelas de Padres, citaciones de Docentes o Rector y demás reuniones de acompañamiento a la formación del alumno/a.

24.5. El Colegio se reserva, finalmente, el derecho de negar la matrícula a los estudiantes cuyos padres no hayan cumplido o mostrado interés y sentido de pertenencia a la Institución a través del cumplimiento de sus deberes y/o hayan faltado de forma grave al respeto o a la integridad física y la salud mental de alguno de los miembros de la comunidad educativa. Este proceso se llevará a cabo después de un estudio del caso en el Consejo Directivo y se acatará la determinación tomada por éste.

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CAPITULO V DE LOS DOCENTES

ARTICULO 25. PERFIL DEL EDUCADOR El Padre Manyanet quería que sus educadores se caracterizaran por:

25.1. Conciencia de la dignidad de su misión. 25.2. Vida ejemplar y competencia profesional. 25.3. Adelantarse a los estudiantes con el ejemplo. 25.4. Estudio continuado. 25.5. Paciencia. 25.6. Afabilidad que excluye la debilidad. 25.7. Generosidad y perseverancia en la entrega. 25.8. Firmeza, prudencia y condescendencia. 25.9. Capacidad para aunar lo útil con lo agradable. 25.10. Alta calidad humana y espiritual. 25.11. Sólida formación ética y moral. 25.12. Conocer y estar comprometido con la filosofía de la Institución. 25.13. Acreditar una formación profesional y psicopedagógica amplia. 25.14. Poseer alto sentido de responsabilidad, justicia y lealtad. 25.15. Trabajar en equipo y estar en actualización permanente. 25.16. Establecer relaciones de acogida y acompañamiento hacia los estudiantes. 25.17. Estar abierto al cambio en la búsqueda de una sociedad más justa. 25.18. En su trato personal con compañeros, estudiantes y padres de familia, ha

de ser justo en sus apreciaciones, en todos los aspectos de formación. ARTICULO 26. DERECHOS DE LOS DOCENTES "Una capacitación consciente profesional, un espíritu de adaptación y superación, así como el ejercicio responsable y la evaluación de la experiencia, son hoy características predominantes de cualquier buen educador" (Beato José Manyanet). 26.1. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación de Proyecto educativo Insittucional y de los Planes curriculares. 26.2 Ser informados por parte de las Directivas sobre la filosofía del colegio. 26.3 Recibir un trato respetuoso y justo de las directivas, compañeros, padres de familia y educandos. 26.4 Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y de los planes curriculares. 26.5 Libre expresión siempre y cuando se respete la filosofía del Colegio. 26.6 Tener material didáctico para un mejor rendimiento académico, de acuerdo a las posibilidades de la Institución. 26.7 Participar activamente en celebraciones, convivencias, actos deportivos, culturales, retiros espirituales. 26.8 Recibir puntualmente el salario y sus prestaciones de acuerdo con el contrato realizado. 26.9 A que se guarde y respete su privacidad (dirección, teléfono, vida familiar, etc.) frente a los padres de familia y a los alumnos. 26.10 A ausentarse del colegio en caso de enfermedad o calamidad doméstica, previo aviso a la rectoría. Se debe reportar la incapacidad médica cuando ésta sea expedida. ARTICULO 27. DEBERES DE LOS DOCENTES.

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San José Manyanet decía que los medios más eficaces para que nuestra educación produzca frutos abundantes entre la juventud que frecuenta nuestras escuelas, son: trato amable, persuasivo, animado de una prudente indulgencia y de una suave severidad. 27.1. El primer y principal deber es presentarse siempre dando testimonio de vida cristiana. 27.2. Proporcionar un ambiente de familia, de comprensión, amor y alegría al estilo de Nazaret. Amar y valorar su profesión y a sus estudiantes. 27.3. Conocer, respetar, asumir y amar la filosofía del colegio e identificarse con ella. 27.4. Fomentar el trabajo en equipo y la sana convivencia cordial entre los docentes con espíritu de colaboración y responsabilidad. 27.5. Colaborar en todo y siempre con la Rectora, los coordinadores, y demás compañeros. 27.6. No llegar tarde al trabajo ni faltar a éste sin causas debidamente justificadas ante Rectoría. Avisar a la Rectora por teléfono en caso de ausencia, no por los compañeros de trabajo. En caso de incapacidad debe reportar el formato de la EPS. 27.7. Cumplir con el horario de la jornada escolar respondiendo por las funciones que le han sido asignadas y estando disponibles para las suplencias que le sean encomendadas por el Coordinador/a o la Rectora. 27.8. Cumplir con el proceso de acompañamiento de los estudiantes en todo momento (descansos, actos culturales, domingos familiares, actos religiosos, desplazamientos, salidas pedagógicas, etc.) 27.9. No permitir la salida de la Institución para una actividad fuera del Colegio sin la autorización por escrito de sus padres o acudientes. 27.10. Durante las horas en las que no tengan clases deben permanecer en la Sala de Profesores o en las oficinas de su Departamento. 27.11. Asistir todos los días a la reflexión a no ser que tenga autorización de la Rectora para lo contrario. 27.12. Transmitir los valores del Colegio a sus estudiantes y fomentar en ellos el sentido de pertenencia. 27.13. Orientar, evaluar y corregir a los estudiantes no sólo en conocimientos sino también en sus hábitos y actitudes siendo siempre un ejemplo para ellos. 27.14. Dar cumplimiento a los planes de estudio y órdenes de la Dirección y/o Coordinación Académica y al Ministerio de Educación Nacional y Secretaría Municipal en todas sus reglamentaciones. 27.15. Actualizarse permanentemente en cuanto a los contenidos de su especialidad, legislación escolar vigente, metodología educativa y recursos pedagógicos. 27.16. Asistir y participar en todas las reuniones, actos y actividades programadas o convocadas por el Colegio y motivar a los alumnos en las que se precise la presencia y participación de ellos. 27.17. Presentarse siempre de forma adecuada, de acuerdo a los parámetros exigidos por el Colegio y exigirlo de igual manera a los alumnos. 27.18. Entregar puntualmente todos los libros reglamentarios y los documentos solicitados desde Rectoría, Coordinación, Secretaría y/o Administración. 27.19. Guiar el proceso formativo de los estudiantes y cumplir a cabalidad con los deberes profesionales: puntualidad, preparación de clases y actividades complementarias. 27.20. Hacer buen uso del material didáctico y entregarlo según inventario cada vez que se le exija y a final de año.

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27.21. Velar para que todos respeten y cuiden los materiales y dependencias de la Institución. 27.22. Velar para que entre todos se dé la disciplina y el aseo necesario para una sana convivencia y para poder llevar a cabo la labor educativa que se realiza en la Institución. 27.23. Corregir oportunamente los trabajos escolares asignados y los exámenes y dar a conocer a los estudiantes los logros alcanzados en los distintos periodos 27.24. Responsabilizarse del comportamiento de todos los educandos de la Institución, no sólo del grupo que se la ha asignado, durante toda la jornada escolar y en las inmediaciones de la Institución a la entrada y salida de la misma. 27.25. No participar en fiestas ni reuniones organizadas por los alumnos o sus padres que vayan en contra de los principios morales, ni acompañarlos en viajes o en paseos si no es con el consentimiento de Rectoría. 27.26. Aplicar lo establecido en el presente Manual de Convivencia. 27.27. Mantenerse en estrecha comunicación con los padres de familias, informándoles del proceso formativo de su hijo a nivel académico, humano y religioso. Asegurarse de que el alumno/a hace llegar las notificaciones del colegio y de los docentes a sus padres, así como las citas que solicitan para las entrevistas con ellos. 27.28. Informar oportunamente a la Rectora de todas aquellas anomalías o irregularidades que se presenten en alumnos/as concretos, en grupos de aula o en padres y acudientes de los alumnos, ya sea de tipo académico, disciplinario u otro. ARTICULO 28. CORRECTIVOS A LOS DOCENTES 28.1. Amonestación verbal por parte de los Coordinadores o del Rector. 28.2. En caso de reincidencia en la misma falta y/o incurrir en falta grave, se realizará un memorando que quedará como constancia en su archivo personal. 28.3. En caso de las faltas muy graves consideradas como tales las que vayan en contra de la filosofía del colegio, de los principios morales y de los valores que fundamentan el modelo educativo del Colegio Nazaret, se llevará el caso al Consejo Directivo quién comunicará el correctivo determinado. 28.4. Todos los correctivos señalados en el Código Laboral y conocidos en la firma del contrato.

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CAPITULO VI DE LOS CARGOS DIRECTIVOS

ARTÍCULO 29. LA RECTORA O DIRECTORA Es la representante legal del Centro ante el Ministerio de Educación Nacional y actúa siempre en nombre de las Misioneras Hijas de la Sagrada Familia de Nazaret. Es importante que tenga capacidad de escucha e iniciativas y decisión frente a docentes, padres de familia, estudiantes y empleados. A ella le corresponde: La formación integral de toda la comunidad educativa.

• Velar tanto por el educador como por el estudiante de su plantel. • Admitir estudiantes nuevos. • Contratar y despedir al profesorado. • Distribuir cargos y carga académica y asignar dirección de curso. • Estimular e impulsar a toda la comunidad educativa y velar por ella. • Velar por la disciplina, el buen nivel académico y la calidad educativa del Centro a través de los coordinadores.

ARTÍCULO 30. COORDINADOR GENERAL. En comunión con la Rectora debe velar por la buena marcha del Plantel. En ausencia de la misma asume sus funciones. ARTÍCULO 31. COORDINADORES ACADÉMICOS Y DE DISCIPLINA Nombrados por la Rectora colaboran en la organización del Centro. Corresponde al coordinador académico

• Fomentar el interés por el estudio y proponer seminarios y conferencias de carácter académico. • De acuerdo con la Rectora, debe revisar los programas y parcelaciones. Es competencia del coordinador de disciplina: • En perfecta coordinación con la Rectora, procurar el máximo orden dentro del Plantel. • Velar por el buen mantenimiento del mismo. • Comprobar las inasistencias, retrasos de profesores y estudiantes y velar por el recto cumplimiento de sus funciones y obligaciones.

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CAPITULO VII

OTROS SERVICIOS ARTICULO 32. REGLAMENTO GENERAL PARA EL SERVICIO DE PORTERÍA 32.1. La recepcionista debe ser una persona que se caracterice por sus buenas relaciones sociales y atenderá con acogida a las personas que lleguen al Colegio para requerir la información que necesiten. 32.2. No debe permitirse el ingreso ni la salida de estudiantes sin previa autorización en la agenda, firmada por el padre/madre de familia y por el Coordinador de disciplina o la Rectora. En el caso de la salida, siempre debe realizarse acompañado por un acudiente. Nunca se dejará salir solo al alumno/a, ni aún trayendo un papel firmado por los papás autorizándolo a salir solo. 32.3. Debe controlar el acceso a aquellas personas particulares que soliciten algún servicio del colegio. Los padres de familia sólo pueden ingresar a la institución, para acudir a alguna de las oficinas o con previa autorización para ser atendidos por los profesores. 32.4. Debe prohibir la entrada de vendedores ambulantes así como promotores de productos de cualquier tipo. Esta información se recogerá por escrito y se hará llegar a la oficina correspondiente. 32.5. El/la recepcionista está autorizado/a para revisar los paquetes, bolsos o similares que ingresen o porten a la salida los visitantes y padres de familia. 32.6. Debe reportar a la Rectora o a la Administradora todos los inconvenientes o novedades que se presenten en el ejercicio de su trabajo. 32.7. Los alumnos sólo podrán utilizar el teléfono público, durante el horario escolar con una autorización por escrito en la agenda del Coordinador de disciplina o académico o de la Rectora. 32.8. Las llamadas telefónicas a profesores o personal del colegio no se pasarán en horario escolar, a no ser en caso de una urgencia familiar. El/la recepcionista se encargará de anotar el mensaje y hacérselo llegar. 32.9. El/la recepcionista tiene prohibido recibir poncheras, ni dinero, materiales de estudio u otras encomiendas particulares. 32.10. El ingreso de los suministradores de la tienda, tendrá un horario específico, fuera del cual no le será permitido pasar. 32.11. El/la recepcionista no puede abandonar su lugar de trabajo sin autorización previa. 32.12. Debe dar información oportuna de todo aquello que le hayan autorizado las Directivas del Colegio. 32.13. Debe tomar nota de los recados y comunicarlos lo más rápido posible. 32.14. No debe permitir el ingreso de los alumnos a la zona de portería durante el horario escolar a no ser por causa justificada. ARTICULO 33. REGLAMENTO GENERAL PARA EL SERVICIO DE SECRETARÍA 33.1. La Secretaria debe ser una persona que se caracterice por sus buenas relaciones sociales y atenderá con acogida a las personas que lleguen a su oficina para requerir sus servicios. 33.2. Para la tramitación de cualquier papelería que usted requiera debe acudir primero a Administración, donde abonará los costos pertinentes. Con el desprendible que le entreguen deberá encargar sus documentos en la secretaría. 33.3. La Secretaria entregará la papelería solicitada en cinco días hábiles.

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33.4. La papelería solicitada se entregará sólo a los padres o acudientes. 33.5. El retiro de la papelería y de la hoja de vida, implica la pérdida de cupo. Esta papelería no se entregará nunca a los alumnos/as, deben recogerla los padres de familia. 33.6. El horario de secretaría se comunicará a través de una circular a principio de año. Abstenerse de llamar fuera de ese horario. 33.7. Los alumnos sólo podrán solicitar servicios de secretaría durante los descansos, nunca en horario escolar. 33.8. La secretaria debe cuidar su espacio. Por seguridad y respeto hacia su trabajo no se permitirá el ingreso de alumnos, de profesores o de otros trabajadores si no es por motivo del servicio que se presta en la oficina. ARTICULO 34. REGLAMENTO GENERAL PARA EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN 34.1. La administradora debe ser una persona que se caracterice por sus buenas relaciones sociales y atenderá con acogida a las personas que lleguen a su oficina para requerir sus servicios. 34.2. El horario para el servicio de Administración se comunicará a través de circular a principio de año. Fuera de ese horario no se atenderá si no es con cita previa con la Administradora. 34.3. El pago de matrículas y pensiones no se recibirá bajo ningún concepto en efectivo. Debe cancelar el valor indicado en las oficinas bancarias que se determinen. El consignatario es el/la alumno/a, no el padre de familia ni quien realiza el pago. 34.4. No se recibirá ninguna consignación realizada con cheque ni por transacción desde otra entidad bancaria. No se reciben fotocopias de consignaciones ni la remisión de éstas vía Fax. 34.5. Las consignaciones deben entregarse en Administración para ser selladas y registradas. La Administración no responde por las consignaciones que ustedes extravíen antes de ser reportadas y registradas en el colegio. 34.6. El retraso en el pago de las pensiones después de los 5 primeros días hábiles supone el pago de intereses por mora. 34.7. La Libreta de Pago y las consignaciones selladas son su soporte de los pagos realizados. En caso de pérdida, deberá confrontarse con los libros de la Administración y se emitirá un duplicado por el cual deberá cancelar el costo que se le indique. 34.8. El Paz y Salvo sólo se firmará cuando el alumno haya realizado todos los pagos de las pensiones y otros pagos que adeuden; en caso de negligencia con el material del colegio, haya abonado los daños realizados al mismo. 34.9. La libreta de pago con el paz y salvo del año anterior se entregará en Administración, el día de la matrícula para el siguiente curso escolar. 34.10. Los alumnos podrán llevar las consignaciones o hacer sus diligencias en Administración, a las 6.30 h. y antes del inicio de reflexión y en las horas de descanso. 34.11. El día de la entrega de boletines y de matrículas no se reciben pagos. ARTICULO 35. REGLAMENTO GENERAL PARA EL SERVICIO DE PSICOPEDAGOGÍA Y ORIENTACIÓN PROFESIONAL 35.1. El servicio de Psicología del Colegio Nazaret se ofrece especialmente a los alumnos/as y padres de familia, aunque también se podrán beneficiar de él en casos particulares, los trabajadores de la comunidad educativa.

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35.2. Para el servicio de psicología se debe solicitar una cita previa. Los alumnos, a través de su Director de Grupo; los padres de familia, por teléfono, con la recepcionista y/o por medio de la agenda del niño. 35.3. La respuesta a su solicitud le será remitida por escrito asignándole día y hora. En el caso de los alumnos, el psicólogo/a escribirá la hora de salida, al terminar. 35.4. En caso de no poder asistir, se debe anular la entrevista con 24 horas de antelación. 35.5. Desde el servicio de psicología se realizarán asesorías, pero no un tratamiento profesional. 35.6. Los profesores también pueden remitir a un alumno/a si lo consideran oportuno. 35.7. Desde el departamento de Psicología también se orientará a los profesores en el procedimiento a seguir con alumnos/as que manifiesten unas particularidades comportamentales o en su proceso aprendizaje. ARTICULO 36. REGLAMENTO GENERAL PARA EL SERVICIO DE MEDICO Y AUXILAR DE ENFERMERÍA 36.1. El médico prestará sus servicios todos los días en el horario que se les indique a principio de curso. 36.2. Para ser atendido en la enfermería, debe asistir con un profesor o llevar la autorización del mismo firmada en la agenda escolar, con la hora de salida de clase. La enfermera firmará la hora de salida del servicio. 36.3. El servicio de enfermería será prestado para urgencias ocasionadas por lesiones ocurridas en el colegio o por malestar general desarrollado en el curso del día. 36.4. Los/as alumnos/as que necesiten tratamientos específicos deberán traer la fórmula médica y una hoja con las indicaciones de horarios, dosificaciones, etc. firmado por el padre/madre de familia. Deberán suministrar el material necesario para el tratamiento o las curas. 36.5. En la enfermería sólo ingresará el alumno que va a recibir atención. 36.6. Si el malestar persiste se avisará a la familia para que recojan al alumno/a y llevarlo a su casa o al servicio de urgencias de la EPS. En caso de no encontrar a ningún familiar o de una urgencia, la enfermera acompañará al alumno a la EPS hasta que se personen sus acudientes. Recordemos que no atienden sin la fotocopia del carné del alumno/a y de la persona cotizante (es un requisito en la papelería de matrícula). 36.7. Recordemos actualizar los teléfonos en portería para poder localizar a los acudientes en caso de urgencia.

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CAPITULO VIII DEL USO DE AULAS ESPECIALIZADAS

ARTICULO 37. REGLAMENTO GENERAL PARA EL USO DE LOS LABORATORIOS 37.1. Los estudiantes sólo podrán hacer uso de los laboratorios en los horarios asignados para cada grupo. 37.2. Las prácticas de laboratorio solo se podrán realizar cuando esté presente un profesor autorizado. 37.3. Todos los alumnos del grupo al que le corresponda la práctica, deberán permanecer dentro del laboratorio durante el desarrollo de la experiencia correspondiente. 37.4. El desplazamiento hacia el laboratorio debe hacerse en forma organizada. 37.5. Todos los estudiantes que van a realizar la práctica deben presentarse con la bata de laboratorio. El no tenerla equivale a Insuficiente. 37.6. En el momento de llegar al laboratorio, el equipo de trabajo debe revisar que los implementos asignados estén completos y en perfecto estado. En caso que falte algo, deben reportarlo inmediatamente al profesor encargado. De no hacerse ese reporte antes de iniciar la practica, todos los integrantes del equipo deben reponer el material faltante o que resulte deteriorado. Los estudiantes se hacen responsables del equipo asignado a su mesa de trabajo y deben reponer el material que dañen durante la realización de la práctica respectiva. 37.7. Cada estudiante debe permanecer durante toda la práctica de laboratorio en el puesto de trabajo asignado. 37.8. Los estudiantes deben manipular con prudencia los reactivos utilizados en la práctica correspondiente. 37.9. Al laboratorio está prohibido ingresar alimentos, bebidas, comer y/o masticar chicle. 37.10. Al terminar la práctica de laboratorio, el equipo debe dejar su puesto de trabajo organizado y limpio. 37.11. Al finalizar la práctica, el equipo de trabajo debe revisar que los implementos asignados a su puesto estén completos y en perfecto estado y notificar inmediatamente las anomalías. 37.12. Dentro del laboratorio no se debe correr, ni jugar. 37.13. Los estudiantes deben cumplir con las normas de seguridad estipuladas párale manejo de los equipos e implementos (mecheros, reactivos, entre otros). 37.14. No se debe tocar ni probar sustancias, a menos que así se le haya indicado. 37.15. No se deben mezclar sustancias al azar. 37.16. Para la realización de la práctica deben ceñirse a las instrucciones dadas por el profesor autorizado. 37.17. No manipular sustancias o equipos no autorizados o que no necesiten para esa práctica, pues esto puede atentar contra su propia seguridad y la de los demás. ARTICULO 38. REGLAMENTO GENERAL PARA EL USO DE LA SALA DE SISTEMAS 38.1. No ingresar con maletas a la sala de sistemas, sin previo permiso del educador. 38.2. No ingresar Discos 3 ½, CD-ROM o CD-RW o DVD, sin autorización del educador. 38.3. Nunca ingrese elementos de Hardware o Software de otros lugares (como los personales). 38.4. Velar por el buen uso de los equipos de la sala. 38.5. Está prohibido ingresar alimentos, bebidas, comer y/o masticar chicle 38.6. Mantener un buen estado y respetar los avisos y señales de seguridad.

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38.7. Verifique que los equipos de sistemas estén en óptimo funcionamiento (CPU., MONITOR, TECLADO, MOUSE Y LA MULTIMEDIA) en caso contrario informarle al educador encargado 38.8. No energice los equipos hasta revisar que las terminales estén firmemente conectados y asegurados. 38.9. Antes de encender los equipos, compruebe que la fuente de voltaje o regulador se encuentre apagado. Después de encenderlo continué con la CPU y después el monitor. 38.10. Al terminar la práctica dejar el equipo encendido. 38.11. No cambie elementos de Hardware de un computador a otro. 38.12. No cambiarse de equipos sin previa autorización. 38.13. Siempre asuma que la fuente está energizada, cualquier regulador o equipo en la sala de sistemas se puede energizar en cualquier momento. 38.14. Evite colocar cerca de las fuentes de voltaje: cables, correas, prendas de vestir, collares, etc. 38.15. Responder por las alteraciones y daños en el Hardware y Software de los equipos utilizados. Parágrafo 1: Los puestos de trabajo deben quedar en el mismo estado de orden y limpieza en el que se encontraron. Parágrafo 2: En el caso de acceso a Internet: ��No se permite el uso de Internet sin la autorización del profesor. Los alumnos que se encuentren visitando otras páginas diferentes de las indicadas serán sancionados. ��Está prohibido ingresar a páginas donde ofrezca lenguaje soez, violencia y sexo. ��Está prohibido ingresar a páginas donde se irrespete la integridad del prójimo. ARTICULO 39. REGLAMENTO GENERAL PARA EL USO DE LA SALA DE MÚSICA 39.1. Queda totalmente prohibida la entrada a los alumnos si no están acompañados del profesor. 39.2. Queda totalmente prohibido a alumnos o profesores sacar de la sala ningún instrumento sin autorización por escrito de la Rectora. 39.3. Velar por el buen uso de los instrumentos y materiales de la Sala. 39.4. Utilizar los instrumentos siguiendo las indicaciones del profesor. 39.5. No entrar comida en la Sala de Música. ARTICULO 40. REGLAMENTO GENERAL PARA EL USO DE PSICOMOTRICIDAD Y MATERIAL DEPORTIVO 40.1. Mantener el orden en la sala de Psicomotricidad. 40.2. Sólo pueden ingresar a la Sala de Psicomotricidad los alumnos acompañados de un profesor. 40.3. Conservar y cuidar todos los materiales deportivos y utilizarlos sólo con este fin. 40.4. Abstenerse de entrar comida a la sala de Psicomotricidad. Durante la clase sólo se pueden utilizar los materiales siguiendo las instrucciones del profesor. ARTICULO 41. REGLAMENTO GENERAL PARA EL USO DE LA SALA DE AUDIOVISUALES 41.1. Profesores: 41.1.1. Reservar con anterioridad el horario y los equipos que se necesitan. 41.1.2. No conectar o desconectar los equipos sin autorización y/o supervisión del docente encargado.

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41.1.3. Organizar a los alumnos a la entrada y la salida de la sala, dejando la sala organizada y limpia y con las sillas bien dispuestas. 41.1.4. Velar por el buen uso de las sillas y enseres de la sala. 41.1.5. No permitir la entrada y consumo de alimentos. 41.1.6. Reportar cualquier anomalía al Docente encargado. 41.1.7. No dejar la sala abierta al finalizar la sesión ni dejar a los alumnos solos en la sala en ningún momento. 41.1.8. En caso de necesitar el Video Beam solicitar autorización por escrito con anterioridad a la Rectora. 41.2. Alumnos: 41.2.1. Utilizar las sillas y enseres de la sala de manera adecuada, manteniéndolas en buen estado. 41.2.2. No mover las sillas sin autorización. 41.2.3. No conectar o desconectar los equipos sin autorización y/o supervisión del docente encargado. 41.2.4. No entrar y/o consumir alimentos en la sala. 41.2.5. Dejar las sillas organizadas después del uso de la sala y en óptimas condiciones. 41.2.6. Reportar cualquier objeto encontrado en la sala.

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CAPITULO IX DEL GOBIERNO ESCOLAR

ARTICULO 42. ESTAMENTOS DEL GOBIERNO ESCOLAR En el Colegio Nazaret el Gobierno Escolar está conformado por los siguientes estamentos: 1. Rectora, nombrada por la Congregación de las Misioneras Hijas de la Sagrada Familia de Nazaret. 2. Consejo Directivo 3. Consejo Estudiantil 4. Consejo Académico 5. Consejo de Padres ARTICULO 43. CONSEJO DIRECTIVO 43.1. MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO. De Acuerdo a la ley 115 de 1994 está constituido por:

• La rectora, que convoca y preside todas las reuniones • Dos representantes de la Comunidad Religiosa, Misioneras Hijas de la Sagrada Familia de Nazaret. • Dos representantes de los docentes, elegidos en consejo de profesores, que tengan por lo menos tres años de antigüedad en el Centro, se identifiquen con su filosofía y den testimonio de vida cristiana. • Dos representantes de los padres de familia o acudientes, elegidos por el Consejo de Padres de Familia, que tengan por lo menos tres años de antigüedad en el Centro, que se distingan por el sentido de pertenencia Colegio, y el respeto a su filosofía y den testimonio de vida cristiana. • Un representante de los alumnos elegido por el Consejo de estudiantes, y que esté cursando el último grado. • Un representante de los exalumnos • Un representante del personal de Administración y Servicios.

43.2. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO 43.2.1. Colaborar con la Dirección del Centro y apoyar su gestión educativa para un buen funcionamiento. 43.2.2. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas. 43.2.3. Adoptar el Manual de Convivencia y el Reglamento de la Institución 43.2.4. Adoptar el Proyecto Educativo Institucional, el currículo y el Plan de Estudios, horarios y otros pertinentes. 43.2.5. Servir de instancia para resolver los conflictos que pueden presentarse entre docentes, administrativos y estudiantes del colegio, después de haber agotado todos los procedimientos normales. 43.2.6. Determinar procesos de cancelación de cupo u otras sanciones que se deban determinar en caso de situaciones disciplinarias graves. 43.2.7. Conocer el Plan operativo anual del Colegio y apoyarlo. 43.2.8. Debe levantar acta en todas las reuniones.

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ARTICULO 44. PERSONERO Y REPRESENTANTES DE CURSO 44.1. El personero debe ser un estudiante de Grado Undécimo, destacado por su buen rendimiento académico y disciplinario y estar identificado con la filosofía del Plantel. Es el encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes. La elección se realizará de acuerdo a lo establecido por el Comité correspondiente. 44.2. Los Representantes de curso son elegidos por sus compañeros a través de voto secreto, deben ser destacados por su rendimiento académico y disciplinario. ARTICULO 45. CONSEJO ESTUDIANTIL 45.1. El Consejo estudiantil, está formado por el representante de cada salón desde cuarto de primaria, por el personero, por la rectora y por los docentes responsables del Comité de Humanidades y Democracia. 45.2. Los estudiantes de Preescolar, Primero, Segundo y Tercero serán convocados a una Asamblea para elegir un vocero único de entre los estudiantes de grado Tercero, que los represente en el Consejo estudiantil. 45.3. El Consejo Estudiantil se reunirá una vez cada tres meses. ARTICULO 46. CONSEJO ACADÉMICO 46.1 MIEMBROS DEL CONSEJO ACADEMICO:

• La Rectora que lo preside • El coordinador académico • Un Docente por cada área. • Un orientador

46.2. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO 46.2.1. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento. 46.2.2. Participar en la evaluación periódica y la institucional anual. 46.2.3. Participar en la programación al inicio del curso escolar. 46.2.4. Proponer y asumir actividades remediales y de refuerzo. 46.2.5. Levantar acta firmada en todas las reuniones. 46.2.6. Es la última instancia para dirimir cualquier conflicto en materia de evaluación de estudiantes. ARTICULO 47. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA 47.1. MIEMBROS DEL CONSEJO. El Consejo de Padres de Familia es un órgano de participación de los padres de familia del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. Estará integrado por un padre de familia por grado. En el caso de que se superen los 80 alumnos por Grado se podrá elegir un segundo representante. Sus funciones son: 47.2. FUNCIONES 47.2.1. Reunirse como mínimo tres veces al año por convocatoria del rector o director, o por derecho propio. 47.2.2. Las sesiones del Consejo de Padres serán presididas por un padre de familia, elegido por ellos mismos. 47.2.3. Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de estado y exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES.

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47.2.4. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad. 47.2.5. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados. 47.2.6. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño. 47.2.7. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa. 47.2.8. Presentar propuestas del mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la constitución y la ley 47.2.9. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente. 47.2.10. Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y promoción de acuerdo con el decreto 230 de 2002. 47.2.11. Presentar las propuestas de modificación del Proyecto Educativo institucional que surjan de los padres de familia. 47.2.12. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el Consejo Directivo del establecimiento educativo. Si existe Asociación de Padres constituida con más de un 50 % del total de padres de familia, un representante será del Consejo de Padres y otro de la Asociación. 47.2.13. Todas las decisiones sugeridas en el Consejo de Padres se llevarán a estudio al Consejo Directivo quién es el último órgano competente para modificar el Plan de Estudios y todo lo referente a la marcha y organización del Colegio. Parágrafo: El Consejo de Padres de cada establecimiento educativo ejercerá estas funciones en directa coordinación con los rectores o directores y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades. 47.3. REQUISITOS PARA PODER FORMAR PARTE DE CONSEJO DE PADRES. Se deben reunir las siguientes características: 47.3.1. Identificación plena con la filosofía y la opción cristiana fundamental del Colegio Nazaret. 47.3.2. Tener hijos matriculados en el plantel como mínimo desde dos años continuados antes del curso que se está iniciando. 47.3.3. Capacidad de diálogo, voluntad de bien común, conocimiento de la legislación educativa o compromiso de formarse en ese aspecto. 47.3.4. Disponibilidad de tiempo para las reuniones. 47.3.5. Ser padres de alumnos que están matriculados en el establecimiento educativo y cumplen rigurosamente con el Manual de Convivencia. Parágrafo: Los padres que falten a las reuniones sin excusa en dos ocasiones quedan excluidos del Consejo y quedará en su lugar la persona que hubiere quedado de suplente

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en las elecciones de principio de curso. Asimismo quedarán excluidos los que incumplan en lo establecido en el Manual de Convivencia. El Consejo de Padres tendrá la autoridad para excluir del mismo a aquellos Padres de Familia que de manera continua entorpezcan el ritmo y las finalidades fundamentales de las reuniones del Consejo, saltándose las normas del sano diálogo y la convivencia

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CAPITULO X DE LA EVALUACION Y PROMOCION

ARTICULO 48. CONCEPTO DE EVALUACIÓN Y DEFINICIÓN DE LOS TÉRMINOS QUE INFORMAN SOBRE LA EVALUACIÓN ACADÉMICA. La Evaluación es un concepto que abarca integralmente todos los campos de formación del alumno. Durante cada periodo se evaluarán conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que serán descritos en indicadores de logros y sus logros correspondientes y que serán comunicados en su momento y cuya evaluación se reflejará en el informe a través de los siguientes conceptos: NO EVALUADO: Aquel alumno que no ha asistido a la evaluación con una causa justificada por escrito (y con doble copia). Si la ausencia estaba prevista se debe presentar la excusa el día anterior de la falta. Si se trata de un imprevisto se debe presentar el día siguiente a la ausencia. EXCELENTE (9.1-10): Es el resultado de un esfuerzo que siempre ha reportado constancia y excelente actitud y cuyos trabajos, pruebas, sustentaciones orales y exámenes han sido de forma totalmente satisfactoria. SOBRESALIENTE (8.1-9): El alumno ha mostrado dedicación, empeño, ganas de superación. Sus pruebas escritas, trabajos, sustentaciones orales son óptimas pero no alcanzan la excelencia. Su desempeño ha sido constante para alcanzar el logro que va a ser evaluado. ACEPTABLE (6.6-8): Aunque la actitud del alumno no haya sido siempre constante se percibe el esfuerzo. Los contenidos y procedimientos han sido alcanzados en forma mínima. INSUFICIENTE (3.5-6.5): El alumno no alcanza los logros propuestos. El alumno que no ha presentado las actividades por suspensión, presenta copia en los trabajos y/o tareas. Este insuficiente se asignará tanto a la persona que copia como a la que facilita la tarea y/o evaluación. DEFICIENTE (0-3.4): Se aplicará para los alumnos desde Grado Quinto y recibirán esa calificación los alumnos que además de no alcanzar los logros propuestos, no han mostrado absolutamente ningún interés por ello, deja exámenes totalmente o blanco o hace copia en las evaluaciones. La decisión de un Deficiente será tomada en acuerdo de Consejo Académico. ARTICULO 49. FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. La Comisión de Evaluación y Promoción se reunirá al finalizar cada periodo escolar, analizando el rendimiento académico de cada alumno, deteniéndose con especial interés en aquellos casos en los que el alumno presenta evaluación Insuficiente o Deficiente en una o más materias. Estudiará las recomendaciones realizadas por el Consejo Académico y las adoptará con las modificaciones que crea pertinentes. Estas actividades de refuerzo y superación serán comunicadas a los padres de los estudiantes en el momento de la

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entrega de informes y/o en las reuniones periódicas de atención a padres programadas desde principio de curso. Este plan de refuerzos irá acompañado de un compromiso en el que se proyectará, en el plazo de un periodo académico, cuáles son los objetivos a superar. Será revisado y confrontado al terminar ese plazo. En caso de la inasistencia de los padres a las citaciones con el docente y/o director de grupo y/o coordinador o rector, queda bajo responsabilidad de sus padres o acudientes la situación académica del alumno. Asimismo la Comisión de Evaluación y promoción, analizará los casos de los educandos con desempeños excepcionalmente altos con el fin de recomendar las actividades acordes a su capacidad. ARTICULO 50. PROMOCIÓN DE LOS EDUCANDOS. 50.1. En el Colegio Nazaret, la promoción se hace año por año sin excepción alguna. 50.2. El estudiante que no sea promovido tendrá la oportunidad el grado en la Institución a juicio del Comité de Promoción y Evaluación y siempre que no tenga proceso disciplinario. 50.3. Al finalizar el año la Comisión de Evaluación y Promoción se reunirá con el fin de decidir los alumnos que son promovidos y aquellos que deben reiniciar el grado, teniendo en cuenta que se consideran para la repetición los casos siguientes:

a. Educandos con valoración Insuficiente o Deficiente en tres o más áreas. b. Educandos que hayan obtenido valoración Insuficiente o Deficiente en Matemáticas o Lenguaje durante dos grados consecutivos. c. Educandos que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25 % de las actividades académicas durante el año escolar. d. En todo caso se debe asegurar la Promoción mínima del 95% de los estudiantes matriculados. Cuando el número de alumnos propuestos para la repetición supera ese 5%, el Consejo determinará quiénes son los que repiten y los otros serán promovidos pero sus evaluaciones finales no se podrán modificar.

ARTICULO 51. EVALUACIÓN DE LOGROS ACTITUDINALES Los logros actitudinales perdidos se reevaluarán al finalizar el año escolar de acuerdo a la disposición y responsabilidad del alumno al finalizar cada periodo y su evolución durante el año académico. ARTICULO 52. RECUPERACIONES DE LOGROS PERDIDOS Las recuperaciones de los logros perdidos se realizarán después de haber entregado el informe de cada uno de los cuatro periodos en que se divide el año académico, y en caso de reprobación se podrá presentar habilitaciones en las recuperaciones de Noviembre. Los logros del cuarto periodo se recuperan sólo en Noviembre, al finalizar el periodo académico. Los logros que no sean alcanzados al finalizar el año escolar, siempre y cuando no se trate de alumnos considerados por el comité de Evaluación y Promoción para la repetición, podrán presentar en enero, antes de iniciar el siguiente año escolar. En caso de no aprobar la materia ésta queda Insuficiente en las Actas hasta nuevas habilitaciones. ARTICULO 53. FRAUDES EN EVALUACIONES Cuando el estudiante comete fraude en cualquier tipo de evaluación sólo tendrá oportunidad de recuperarlo en el mes de noviembre y quien lo cometa en el último período sólo tendrá la oportunidad de recuperarlo en el mes de enero del año siguiente. La nota será Deficiente y tendrá repercusión, además, en su disciplina.

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ARTICULO 54. COMPROMISO ACADÉMICO EN LA FIRMA DE LA MATRÍCULA El estudiante que no demuestre superación en el proceso formativo, deberá hacer un compromiso especial en el momento de la matrícula al cual se le hará seguimiento durante el siguiente año lectivo. De persistir estas insuficiencias, su cupo quedará sujeto a la decisión del Consejo Directivo. ARTICULO 55. GRADUACIÓN DE LOS ALUMNOS DE ONCE En caso de no recuperar en noviembre los estudiantes de grado 11 no se podrán graduar y tendrán que realizar actividades de recuperación durante los últimos quince días del mes de enero del año siguiente, con fechas especiales de evaluación. En caso de persistir en la insuficiencia tendrán un año para recuperar. ARTICULO 56. OTRAS DETERMINACIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO Y/O DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN El Consejo Académico, como máxima autoridad en el aspecto académico, estudiará y tomará decisiones para resolver cualquier cuestión que no esté contemplada en la presente resolución y que por funciones le competa realizar, siempre de acuerdo a las directrices de la legislación educativa vigente a través de sus leyes, decretos y resoluciones. ARTICULO 57. VALIDEZ DE LAS PRESENTES DETERMINACIONES DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN Lo estipulado en el presente Manual de Convivencia sobre Evaluación y Promoción, rige a partir del año lectivo 2008 y hasta cuando el Consejo Directivo lo determine.

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CONCLUSIONES Todos los que integran la Comunidad Educativa deben estar conscientes de:

• Que han leído y entendido las exigencias de que el centro quiere realizar su Ideario Pedagógico.

• Que aceptan dichas exigencias como adecuadas y justas y se comprometen a promoverlas y cumplirlas.

• Que reconocen el derecho del Centro de tomar las medidas necesarias, en caso de incumplimiento según lo que este Reglamento Interno determina.

• Que este compromiso lo han tomado libremente al ser matriculado el alumno en la institución y aceptan las consecuencias que esta obligación exige a los que integran la Comunidad Educativa.

• El grado de identidad y respeto que cada integrante de esta Comunidad Educativa tenga por el Centro se manifestará en el empeño que demuestre en el cumplimiento del presente Reglamento Interno y en la medida en que éste se cumpla se garantiza el éxito del año escolar.

• Este Manual de Convivencia fue adoptado por el Consejo Directivo el 05 de noviembre del año 2008 y tienen vigencia hasta nuevas disposiciones de este estamento.