Manifiesto político

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1 MANIFIESTO POLITICO DE INICIATIVA POR EL HIERRO Desde abajo y desde la izquierda, partiendo de nuestra realidad social y de nuestro territorio nos proponemos recuperar la iniciativa y la ilusión; recuperar las ganas de interve- nir en el campo socio-político para transformar la realidad, y no sólo para gestionarla, re- cuperar la apuesta por unas nuevas formas de hacer política plenamente democráticas, participativas, abiertas y transparentes, reoxigenando las formas de intervención y de orga- nización. Por eso surge Iniciativa por El Hierro, como un instrumento político unitario y de iz- quierdas que, partiendo de nuestra isla se proyecta más allá de ella, no siendo una realidad nueva, producto de voluntades aisladas u ocasionales, sino que, como organización popu- lar, recoge la herencia de quienes han escrito las mejores páginas de la lucha democrática y popular en nuestra isla, al mismo tiempo que aportando una visión crítica de los proble- mas de hoy. Asumimos que no venimos de la nada, y desde ese pasado nos proyectamos creativamente hacia el futuro, construyendo una alternativa empeñada en facilitar un efecti- vo protagonismo popular en la gestación, orientación y construcción de una realidad de futuro plenamente liberada. Somos conscientes de que, en nuestra isla, la izquierda alternativa perdió sus referen- tes políticos mayoritarios, mientras que la sociedad civil no ha encontrado el suficiente ner- vio democrático para articularse como alternativa al sistema de partidos establecido. La debilidad sindical, la práctica inexistencia del movimiento vecinal, el desmantelamiento del incipiente movimiento ecologista o la intervención neutralizadora en el tejido asociativo, son muestras de la desestructuración de la sociedad civil. Y eso nos obliga a un paciente trabajo de reagrupamiento, de movilización y de concienciación que, aunque parezca contradicto- rio, tiene la ventaja de que todo esté por hacer, y todo sea posible. Un instrumento político al servicio de la gente La profesionalización de la política es algo que se percibe más groseramente en nues- tra isla. Así, se ha asumido la actividad política como “un empleo más” –y a ser posible bien remunerado-, sustituyendo esta concepción a la militancia por las ideas. Es algo gene- ralizado, pero aquí nos lo encontramos más cercano y, por ello, más hiriente. De esta for- ma, los partidos políticos pierden su capacidad de generar en la sociedad un debate de ideas y se convierten en “oficinas de contratación”, claramente oligarquizadas –o seguido- ras de un “caudillo”- en donde la gente se apunta “a ver que toca”. Por eso apostamos por cambiar esa concepción por la de un instrumento político que intervenga en la sociedad formulando propuestas, articulando discurso y organización, vin- culando su crecimiento a que sus ideas vayan calando en la sociedad civil. Ello supone impulsar una auténtica “revolución cultural” en las concepciones políticas de la isla, así como asumir un crecimiento electoral más lento.

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MANIFIESTO POLITICO

DE INICIATIVA POR EL HIERRO

Desde abajo y desde la izquierda, partiendo de nuestra realidad social y de nuestro territorio nos proponemos recuperar la iniciativa y la ilusión; recuperar las ganas de interve-nir en el campo socio-político para transformar la realidad, y no sólo para gestionarla, re-cuperar la apuesta por unas nuevas formas de hacer política plenamente democráticas, participativas, abiertas y transparentes, reoxigenando las formas de intervención y de orga-nización.

Por eso surge Iniciativa por El Hierro, como un instrumento político unitario y de iz-

quierdas que, partiendo de nuestra isla se proyecta más allá de ella, no siendo una realidad nueva, producto de voluntades aisladas u ocasionales, sino que, como organización popu-lar, recoge la herencia de quienes han escrito las mejores páginas de la lucha democrática y popular en nuestra isla, al mismo tiempo que aportando una visión crítica de los proble-mas de hoy. Asumimos que no venimos de la nada, y desde ese pasado nos proyectamos creativamente hacia el futuro, construyendo una alternativa empeñada en facilitar un efecti-vo protagonismo popular en la gestación, orientación y construcción de una realidad de futuro plenamente liberada.

Somos conscientes de que, en nuestra isla, la izquierda alternativa perdió sus referen-

tes políticos mayoritarios, mientras que la sociedad civil no ha encontrado el suficiente ner-vio democrático para articularse como alternativa al sistema de partidos establecido. La debilidad sindical, la práctica inexistencia del movimiento vecinal, el desmantelamiento del incipiente movimiento ecologista o la intervención neutralizadora en el tejido asociativo, son muestras de la desestructuración de la sociedad civil. Y eso nos obliga a un paciente trabajo de reagrupamiento, de movilización y de concienciación que, aunque parezca contradicto-rio, tiene la ventaja de que todo esté por hacer, y todo sea posible.

Un instrumento político al servicio de la gente

La profesionalización de la política es algo que se percibe más groseramente en nues-tra isla. Así, se ha asumido la actividad política como “un empleo más” –y a ser posible bien remunerado-, sustituyendo esta concepción a la militancia por las ideas. Es algo gene-ralizado, pero aquí nos lo encontramos más cercano y, por ello, más hiriente. De esta for-ma, los partidos políticos pierden su capacidad de generar en la sociedad un debate de ideas y se convierten en “oficinas de contratación”, claramente oligarquizadas –o seguido-ras de un “caudillo”- en donde la gente se apunta “a ver que toca”.

Por eso apostamos por cambiar esa concepción por la de un instrumento político que

intervenga en la sociedad formulando propuestas, articulando discurso y organización, vin-culando su crecimiento a que sus ideas vayan calando en la sociedad civil. Ello supone impulsar una auténtica “revolución cultural” en las concepciones políticas de la isla, así como asumir un crecimiento electoral más lento.

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Esta definición como instrumento político al servicio de la gente tiene consecuencias políticas claras hacia dentro y hacia fuera de la Iniciativa. Hacia dentro, estableciendo me-canismos que impidan la oligarquización y el caudillismo en la organización, permeabili-zando la organización –y sus futuros representantes públicos- a las propuestas surgidas de la sociedad; hacia fuera, asumiendo como tarea política prioritaria la articulación social, por encima de la búsqueda rápida y fácil de electorado. En concreto supone:

⇒ Asumir la Asamblea como valor, como un principio democrático que ninguna or-

ganización que se considere a sí misma democrática puede omitir. Esto significa que todas las personas deben poder participar en el proceso de toma de decisiones.

⇒ El carácter colectivo de todos los organismos, sin que sea una persona la que di-

rige al colectivo, sino que las decisiones deben tomarse entre todas las personas que lo componen.

⇒ La incompatibilidad de cargos públicos e internos, permitiendo una mayor partici-

pación de las personas que componen la organización. ⇒ La rotatividad de los cargos, lo que supone que, por decisión de la Asamblea, las

personas que ostenten cualquier representación –interna o institucional- deben dar paso a otras, impidiendo la profesionalización.

⇒ La creación de espacios de encuentro y debate con personas no formalmente

adscritas a la organización. ⇒ El impulso de medidas de participación democrática directa en las instituciones

(asambleas abiertas, presupuestos participativos, consultas, etc.).

Somos una organización situada en la izquierda

Frente a quienes prefieren definiciones más ambiguas, Iniciativa por El Hierro no es-

conde su clara ubicación en el campo de la izquierda alternativa, construyendo día a día un nuevo modelo de sociedad basado en la socialización y democratización profunda de la economía, en la sostenibilidad, en la máxima participación en la política y en la liberación integral de las personas.

Iniciativa por El Hierro es una organización unitaria, producto de la síntesis de las di-ferentes culturas de la izquierda que se agrupan en su seno, pero que comparten todas una misma característica: la irrenunciable búsqueda de otra forma de hacer y de ser. A pesar de las derrotas vividas por la izquierda a finales del siglo XX y de las desviaciones que sufrieron algunas apuestas colectivas de cambio, la actual realidad global y local nos exige seguir articulando respuestas alternativas.

Hay quienes afirman que las diferencias entre izquierda y derecha no tiene sentido, e

incluso quienes, desde el neojipismo mal llevado, se apuntan a una vía superadora de cualquier contradicción que no sea la cósmica. Pero cuando se desciende a escenarios menos etéreos, cuando se aterriza en la práctica es cuando vemos claramente la diferencia

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entre un proyecto que representa los intereses objetivos de la mayoría social y quienes si-guen representando los privilegios de siempre. Claro que también hay que saber diferenciar la “posición” de la “pose”, de quienes realmente tienen una política alternativa a quienes barnizan con una ligera capa progre políticas de derecha.

Pasando a lo más cercano: ¿qué significa ser una organización de izquierda en El

Hierro? No significa, desde luego, ser un simple “club de fans” de organizaciones de iz-quierdas en el exterior, ni un “círculo de personas ilustradas” a quienes les provoca sarpulli-dos mezclarse con la gente real mientras hablan de participación. Entendemos que una propuesta de izquierda para nuestra isla debe basarse en unos principios que marquen las propuestas programáticas y que en nuestro caso se concretan en:

⇒ Recuperar las instituciones para el conjunto de las personas de la isla, rompiendo

con el tradicional -y actual- control por parte de los sectores dominantes de la isla. ⇒ Una apuesta real y efectiva por la sostenibilidad, frente al actual modelo de desa-

rrollismo maquillado. ⇒ La superación de la “moral patriarcal”, generadora de opresión personal y, con

ello, colectiva. ⇒ El impulso del debate cultural, de la circulación libre de ideas en el seno de la so-

ciedad herreña.

Asumimos Canarias como una realidad nacional

El hecho nacional canario ha sido asumido –y analizado- por la izquierda canaria

desde sus comienzos. Desde el “autonomismo” impulsado por la Asociación Obrera de Canarias a principios del siglo XX hasta la actual aceptación generalizada en el conjunto de la izquierda. Iniciativa por El Hierro asume ese hecho nacional.

Canarias constituye una formación social específica con un marco autónomo de de-

sarrollo histórico, cuyo pueblo, sintetizando múltiples aportaciones a lo largo de su Historia, ha conformado una identidad propia. Una identidad que no es entendida como factor de exclusión, sino como elementos de identificación de una comunidad concreta que vive en un territorio concreto. Y es desde esa identidad y desde esa realidad, desde la que nos pro-yectamos al mundo.

Precisamente ahora, que se pretende estandarizar a todos los pueblos, eliminando la

etnodiversidad para convertirnos a todas en consumidoras de los mismos productos, el de-recho y el deber de hacer respetar la identidad de los pueblos se convierte en una tarea básica de la izquierda.

Esta realidad nacional debe tener su plasmación en el estatus jurídico. En este plano,

Iniciativa por El Hierro no se posiciona por un estatus específico, ni niega ninguno, asu-miendo el derecho a decidir del pueblo canario. Es decir, apostamos porque el pueblo ca-

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nario, democráticamente y sin más limitaciones que su voluntad libremente expresada, sea el que defina en cada momento su estatus jurídico.

Frente a algunas propuestas que podríamos catalogar de “originales”, desde Iniciativa

defendemos: ⇒ El reconocimiento y el ejercicio del Derecho a decidir del pueblo canario sin más

limitaciones que su voluntad democrática. ⇒ Aprobación de un Estatuto de Neutralidad que suponga la explícita e inequívoca

voluntad de Canarias de no convertirse en plataforma de agresión. ⇒ Reforma de la estructura institucional del Archipiélago que refuerce tanto la uni-

dad del mismo, como el respeto a las realidades territoriales. ⇒ La potenciación y defensa de nuestra identidad como pueblo, asumiéndola como

aportación desde Canarias al patrimonio cultural de la Humanidad.

Una apuesta real por la sostenibilidad de la isla

Pese a lo que repite la “propaganda oficial” y a lo que insinúa el “discurso opositor”, El Hierro no ha sido un punto y aparte en el modelo económico imperante en Canarias en los últimos años. Se ha construido una economía falsamente sostenible que se basaba en promover determinadas obras y servicios desde las instituciones insulares, mientras que el resto de los sectores se mantenían artificialmente para que salieran en la foto. Nada distinto a lo que se hacía en otras islas, salvo que aquí la propaganda que vendía eso como soste-nible era mayor. Y eso es algo que han vivido –más bien sufrido- quienes se han querido dedicar a la agricultura o a la ganadería, han querido montar un pequeño negocio o –incluso- quienes han querido hacer realmente viable las empresas públicas en la isla.

Apostar por la sostenibilidad de la isla no significa apostar por macroproyectos visto-

sos con los que quedar bien ante visitantes de afuera, significa apostar por una economía que realmente no destruya al medio y que permita la subsistencia de quienes habitan y habitarán en él. Si se “aburre” al sector primario, si se acogota a la pequeña empresa de la isla, si se deja a la deriva a las empresas públicas y cooperativas de la isla, si se promueve en la práctica el abandono real de los pueblos, pero se potencian las grandes obras o los proyectos inservibles, ¿de qué sostenibilidad están hablando? Pues simplemente de la coar-tada para seguir recibiendo fondos que permitan mantener una economía realmente insos-tenible.

Creemos necesaria una reformulación de la economía de la isla que, en un proceso

de planificación democrática determine los objetivos concretos sobre la base de los siguien-tes principios:

⇒ Reforzamiento de las economías locales frente a los macroproyectos propagandís-

ticos.

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⇒ Políticas destinadas a conseguir el objetivo de la soberanía alimentaria. ⇒ Equilibrio entre los diferentes sectores económicos. ⇒ Reducción del consumo de energía y de la producción de residuos.

Apostamos por un proceso de regeneración democrática

Hay quienes, en el grado máximo de disparate, afirman que es de izquierdas depen-

der de la “buena voluntad” de una “gran persona”. Y hay quienes asumen que eso es lo mejor para la sociedad. Pues no. Cuando una persona se acerca a una institución no tiene porqué ir con la idea de que pide un favor, sino ir con la certeza de que reclama un dere-cho.

Esa idea de depender de la voluntad de una sola persona es el resultado de que re-

almente no hayamos roto todavía con el pasado, manteniéndose en la práctica las institu-ciones en manos de las oligarquías tradicionales. Ello, además, agravado por la falta de democratización de las mismas, por el presidencialismo muchas instituciones que hacen de las instancias colectivas de las mismas meras comparsas de las decisiones de la Alcaldía o la Presidencia.

Por eso es necesario acabar con un marco legal que encorseta la participación y, so-

bre todo, con la usurpación de las instituciones formalmente democráticas por parte de los sectores dominantes tradicionales. No basta con lanzar organismos que hagan el papel de “pantomima de participación”, pero que al final no se les hace el menor caso, hay que cambiar desde abajo las formas de participación, que no deben limitarse a votar cada cua-tro años y quejarse en el bar, sino en el protagonismo activo de la gente.

Por otro lado, es necesaria una actitud efectiva y radical contra la corrupción en todas

sus sutiles variantes, constituyendo un objetivo irrenunciable de nuestro compromiso políti-co.

Entendemos que para construir esa sociedad de derechos es necesario: ⇒ La introducción de presupuestos participativos en todas las administraciones

públicas. ⇒ La creación de consejos ciudadanos para cada una de las áreas de gobierno, cu-

yas conclusiones tengan carácter vinculante para las mismas. ⇒ Eliminación de los cargos de confianza. ⇒ Limitación del sueldo de las personas que ocupen cargos públicos al mismo que

obtenían en su vida privada.

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⇒ Combatir y denunciar la corrupción para que se persiga judicialmente. Elimina-ción del aforamiento para todas las personas que ocupen cargos públicos.

No somos oposición, somos alternativa

Nos hemos acostumbrado a vivir en un clima de “frentismo político” en la sociedad herreña, hasta el punto de considerar “elemento marginable” al vecino o vecina que vota a una opción distinta. Nos hemos acostumbrado, decimos, pero desde Iniciativa por El Hierro no nos resignamos a esa situación. Aspiramos a propiciar una recomposición de la convi-vencia en la isla, donde ni se discrimine, ni se articulen bloques de unos/as contra otros/as; asumiéndose que lo importante no es “con quién” se coincide o discrepe, sino “en qué” se coincide o discrepe.

Lo hacemos, y lo podemos hacer, porque no nos consideramos una “simple oposi-

ción”, sino que pretendemos articular una alternativa a la actual situación de la isla, po-niendo encima de la mesa propuestas y proyectos sobre los cuales articular una mayoría social, y no simplemente “tumbar” a quienes están hoy en el poder para ejercer la misma política.

Nacemos desde abajo, pero sin vocación de encerrarnos.

En los últimos años y a lo largo de toda Canarias, han ido surgiendo alternativas de

izquierda de las mismas características que la nuestra. No somos la “representación” en la isla de ninguna, pero tampoco tenemos vocación de quedarnos encerradas en nuestra rea-lidad insular. Apostamos, por tanto, por unas relaciones permanentes de coordinación y relación en el marco de un “bloque alternativo” que parta de esa pluralidad de realidades.

De la misma forma, tampoco perdemos la necesaria perspectiva global, sin caer en

posiciones sucursalistas, pero asumiendo la necesidad de buscar interconexiones con orga-nizaciones de igual calado más allá de nuestro archipiélago.

Una convocatoria para ir más allá del horizonte.

Esta alternativa no es un “producto de usar y tirar”, una plataforma instrumental naci-

da al calor de una coyuntura electoral o aglutinada a través de liderazgos unipersonales. Todo lo contrario. Nacemos con una profunda vocación y convicción transformadora, en lo inmediato y en el largo plazo. Una Iniciativa amplia, cómoda para mucha gente, pegada al terreno. Una Iniciativa a la que convocamos a todas las personas que tengan el valor de tomar el cielo por asalto.

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ESTATUTOS DE INICIATIVA POR EL HIERRO

CAPÍTULO I.- DE LA DENOMINACIÓN, ÁMBITO, DOMICILIO Y SÍMBOLO Art. 1°.Art. 1°.Art. 1°.Art. 1°.---- Denominación.Denominación.Denominación.Denominación. Al amparo de los artículos 6° de la Constitución Española y 1º de la Ley Orgánica

6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos, se constituye la organización política deno-minada Iniciativa por El Hierro, cuyas siglas son IpH.

Art. 2°.Art. 2°.Art. 2°.Art. 2°.---- Ámbito.Ámbito.Ámbito.Ámbito. El ámbito territorial de actuación de Iniciativa por El Hierro, será la isla de El Hierro,

Comunidad Autónoma de Canarias. No obstante, IpH es soberana, por medio de su Congreso, para apoyar, integrarse,

establecer pactos o realizar coaliciones con aquellas formaciones políticas con las que se alcance los acuerdos pertinentes y que no supongan ninguna contradicción con los princi-pios y fines políticos de la organización.

Art. 3°.Art. 3°.Art. 3°.Art. 3°.---- Domicilio.Domicilio.Domicilio.Domicilio. Se establece como domicilio social de Iniciativa por El Hierro, la Avenida Dacio Da-

rias nº 13-Bajo, Valverde- EL HIERRO. Este domicilio puede cambiarse sin limitación de ningún tipo, por acuerdo de la Asamblea General.

Art. 4°.Art. 4°.Art. 4°.Art. 4°.---- Símbolo.Símbolo.Símbolo.Símbolo. Iniciativa por El Hierro tiene como símbolo una representación un arado romano en

los colores gris, rojo y verde dentro de la silueta de la isla de El Hierro, con la denomina-ción “Iniciativa por El Hierro” en la base del mismo.

La Asamblea General podrá adoptar las modificaciones técnicas del mismo que sean

necesarias, sin que ello suponga una modificación de los estatutos. También asume Iniciativa por El Hierro como símbolo la bandera canaria, de tres co-

lores (por este orden, de izquierda a derecha: blanco, azul claro y amarillo canario), en posición vertical y con la misma proporción, figurando en el interior de la franja central azul claro siete estrellas verdes de cinco puntas, colocadas en posición circular y una bandera roja con el símbolo de la organización en el centro en color blanco.

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CAPÍTULO II.- DE LOS PRINCIPIOS Y FINES Art. 5°.Art. 5°.Art. 5°.Art. 5°.---- Principios.Principios.Principios.Principios. Iniciativa por El Hierro se define como una organización autónoma y unitaria de la iz-

quierda canaria en El Hierro, que basa su funcionamiento y acción en las dinámicas asam-blearias y democráticas.

Art. 6°.Art. 6°.Art. 6°.Art. 6°.---- Fines. Fines. Fines. Fines. Iniciativa por El Hierro es una organización política de ámbito insular constituida para

contribuir democráticamente a la determinación de la política insular y local y a la forma-ción de la voluntad política de la ciudadanía, así como promover su participación en las instituciones representativas de carácter político mediante la presentación y apoyo de candi-datos en las correspondientes elecciones, con arreglo a los siguientes fines específicos:

6.1. Involucrar a la ciudadanía en la gestión de la política mediante los órganos e instrumentos que permitan la participación ciudadana, así como fomentar la propia agru-pación ciudadana en torno a realidades asociativas autónomas y reivindicativas.

6.2. Realizar un plan de desarrollo económico de El Hierro que favorezca la recupe-ración, mantenimiento y rentabilidad de la agricultura, la ganadería, la artesanía, el peque-ño comercio, así como los oficios tradicionales ligados a esta isla y que se encuentran en franco retroceso o en vías de desaparición.

6.3. Incrementar la calidad de nuestra educación, cultura y deportes, incluyendo, ob-viamente, los aspectos tradicionales y autóctonos, mediante los instrumentos y medidas que se consideren aceptables.

6.4. Lograr que la sanidad y los asuntos sociales sirvan para la extensión de la justicia social y la eliminación de las diferencias a las personas menos favorecidas.

6.5. Desarrollar una verdadera conciencia de solidaridad y cooperación con los paí-ses y pueblos más necesitados.

6.6. Incidir en nuestras señas de identidad y peculiaridad canarias, así como fomentar cuantas medidas contribuyan a su divulgación, conocimiento y asunción por parte de la sociedad canaria.

6.7. Mantener una comunicación constante y regular con la población a fin de cono-cer sus problemas, inquietudes e iniciativas para poder dar respuesta con las propuestas políticas e ideológicas de IpH a dichas cuestiones, y poder así lograr su confianza y su apo-yo.

6.8. Luchar contra el desempleo, la precariedad laboral y la discriminación en el tra-bajo, al mismo tiempo que promover acciones que mejoren la búsqueda de empleo, espe-cialmente en el sector juvenil.

6.9. Defender y fomentar el respeto por la conservación de nuestro medio ambiente, especialmente del paisaje, del suelo y de los elementos naturales que lo forman.

6.10. Fomentar el uso racional de los recursos naturales, potenciando las energías renovables y limpias, contribuyendo así a la sostenibilidad del planeta.

6.11. Propiciar y practicar políticas contra la discriminación por razones de raza, sexo, ideología, creencias religiosas, orientación sexual, etc.

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CAPÍTULO III.- DE LAS PERSONAS AFILIADAS. Art. 7°.Art. 7°.Art. 7°.Art. 7°.---- Condiciones de afiliación.Condiciones de afiliación.Condiciones de afiliación.Condiciones de afiliación. Podrán afiliarse a Iniciativa por El Hierro todas las personas físicas que cumplan las

siguientes condiciones: 7.1. Ser mayor de edad y no tener limitada ni restringida la capacidad de obrar. Los

ciudadanos extranjeros, residentes o no, podrán afiliarse a Iniciativa por El Hierro cuando la normativa vigente lo permita.

7.2. Aceptar los documentos básicos de la organización: principios políticos e ideoló-gicos, líneas estratégicas y principios económicos de Iniciativa por El Hierro, así como los presentes estatutos.

7.3. No estar afiliadas a ninguna otra organización política que no participe en Inicia-tiva Por El Hierro o con la que ésta tenga vínculos políticos u orgánicos.

Art. 8°.Art. 8°.Art. 8°.Art. 8°.---- Tramitación de la inscripción.Tramitación de la inscripción.Tramitación de la inscripción.Tramitación de la inscripción. La solicitud de inscripción se tramitará ante la Secretaría Administrativa, quien, a su

vez, la presentará a la Asamblea Permanente para su aprobación. Contra el acuerdo de la Asamblea Permanente cabrá recurso, en última instancia, ante la Asamblea General.

Art. 9°.Art. 9°.Art. 9°.Art. 9°.---- La Secretaría Administrativa comunicará el alta o la negativa de admisión a la

persona solicitante. Art. 10°.Art. 10°.Art. 10°.Art. 10°.---- De los derechos de las personas afiliadas.De los derechos de las personas afiliadas.De los derechos de las personas afiliadas.De los derechos de las personas afiliadas. Las personas afiliadas tienen los siguientes derechos: 10.1.- Ser electora y elegible para los órganos de gobierno y representación. El

número de mandatos consecutivos no excederá de dos para las responsables internas de la organización.

10.2.- Asistir y participar en todas las reuniones y asambleas, tanto ordinarias como extraordinarias, y en las sesiones de los organismos a los que, por derecho o elección, per-tenezca.

10.3.- Utilizar los servicios de la organización, reunirse en los locales de la misma y expresarse a través de sus órganos.

10.4.- Defender sus posiciones políticas personales, pudiendo pertenecer o crear ten-dencias organizadas dentro de la organización, siempre y cuando no contradigan la línea ideológica y política.

10.5.- Favorecerse de la solidaridad de la organización en caso de represalias por su actividad militante.

10.6.- Ser oída en cualquier expediente que contra ella se incoe. 10.7.- Participar en las actividades promovidas por la organización, así como recibir

información puntual y precisa sobre las mismas y sobre la composición de los órganos de de dirección.

10.8.- Participar en la elaboración de la línea y los estatutos de la organización, inter-viniendo en los debates, exponiendo sus críticas y opiniones.

10.9.- Ser respetada en sus opiniones políticas, religiosas y orientación sexual.

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10.10.- Plena libertad de expresión y a la manifestación de eventuales discrepancias sobre las decisiones adoptadas por los órganos de la organización, siempre desde el respe-to y sin causar perjuicio a la organización.

10.11.- Recibir la formación que se imparta en la organización. 10.12.- Recibir las publicaciones que se editen por la organización, en las condicio-

nes que determinen los órganos competentes. 10.13.- Ser consultada acerca del trabajo que vaya a realizar en el ámbito de la or-

ganización. 10.14.- Poder dirigirse a los órganos de la organización para demandar informes,

hacer sugerencias o presentar mociones de censura en la forma que se fije para cada caso. 10.15.- Impugnar los acuerdos de los órganos de gobierno de la organización. 10.16.- Estar informada de las diversas opiniones e ideas que circulan en la Organi-

zación, así como las decisiones tomadas por los distintos organismos. 10.17.- La utilización confidencial de sus datos personales y sólo para fines organiza-

tivos. 10.18.- Conocer el censo de personas afiliadas de cara a los procesos electorales in-

ternos. 10.19.- Solicitar la exención del pago de la cuota en caso de motivos especiales co-

mo: jubilaciones con pensiones no contributivas, desempleadas de larga duración, percep-toras de pensiones no contributivas y/u otras ayudas (AEBAS, RAI), madres/padres solteras con escasos recursos y otros casos debidamente justificados.

Art. 11°.Art. 11°.Art. 11°.Art. 11°.---- De los deberes de las personas afiliadas. De los deberes de las personas afiliadas. De los deberes de las personas afiliadas. De los deberes de las personas afiliadas. Las personas afiliadas tienen los siguientes deberes: 11.1. Trabajar por el crecimiento y el arraigo de la organización, así como por la di-

fusión de sus principios y fines. 11.2. Participar en la realización del programa de la organización y en las tareas or-

ganizativas. 11.3. Cumplir los presentes estatutos y los acuerdos adoptados por los diferentes

órganos de Iniciativa por El Hierro. 11.4. Contribuir económicamente al sostenimiento de la organización mediante las

diferentes modalidades de cuotas establecidas, tomando en consideración las exenciones por motivos especiales (estudios, desempleo o paro, etc.).

11.5. Presentar la dimisión de los cargos orgánicos e institucionales cuando la Asam-blea General así lo decida.

Art. 12°.Art. 12°.Art. 12°.Art. 12°.---- Pérdida de la condición de persona afiliada.Pérdida de la condición de persona afiliada.Pérdida de la condición de persona afiliada.Pérdida de la condición de persona afiliada. Se causa baja, perdiendo la condición de persona afiliada a Iniciativa por El Hierro,

en los siguientes supuestos: 12.1. Renuncia voluntaria comunicada mediante escrito dirigido a la Secretaría Admi-

nistrativa o a la Asamblea Permanente. 12.2.- Por resolución de un expediente disciplinario. 12.3.- Por impago, no justificado, de la cuota ordinaria por un periodo de 6 meses,

siempre y cuando este impago haya sido advertido a la afiliada por el Secretaría Adminis-trativa. En este caso no será necesario el expediente contradictorio.

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CAPÍTULO IV.- DEL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO. Art. 13º.Art. 13º.Art. 13º.Art. 13º.---- Normas generales del Régimen Disciplinario.Normas generales del Régimen Disciplinario.Normas generales del Régimen Disciplinario.Normas generales del Régimen Disciplinario. 13.1.- Incurrirán en responsabilidad disciplinaria las personas afiliadas que cometan

las faltas tipificadas en los presentes estatutos. 13.2.- No podrán imponerse sanciones disciplinarias sin la incoación previa de expe-

diente disciplinario. 13.3.- Sólo se podrá incoar expediente disciplinario por la presunta comisión de las

faltas tipificadas en el artículo 14 de estos estatutos. 13.4.- Sólo se podrán imponer las sanciones contempladas en el Artículo 15 de estos

estatutos y por las causas en él contenidas. 13.5.- Podrá iniciarse expediente disciplinario a una persona afiliada a causa de una

denuncia o por decisión de un órgano de la organización, nombrándose en tal caso una Comisión de Conflictos de la que no pueden formar parte personas afectadas o vinculadas.

13.6.- Para que pueda ser iniciado un expediente disciplinario contra una persona afi-liada por la vía de denuncia, ésta deberá tener las siguientes características:

a) Deberá ser presentada por una persona afiliada a IpH y al corriente de las cuotas. b) Deberá referirse a la presunta comisión por la persona inculpada de una falta de

las señaladas en el Artículo 14 de los estatutos. c) Deberá estar fundamentada consistentemente (mediante indicios suficientes o prue-

bas que justifiquen la presentación de la denuncia). d) Deberá ser por escrito y siempre identificando a la denunciante. 13.7.- Para que un órgano pueda solicitar la apertura de un expediente disciplinario

deberá seguir los siguientes criterios: a) El órgano deberá abarcar el ámbito donde esté censada la persona encausada. b) La decisión deberá fundamentarse en pruebas o indicios suficientes. c) Deberá acordarse en sesión del organismo en cuestión. 13.8.- En ambos casos se deberá presentar a la Asamblea Permanente, quien pro-

pondrá a la Asamblea General el inicio del procedimiento disciplinario y el nombramiento de una Comisión de Conflictos.

13.9.- En un plazo no superior a 15 días naturales desde el acuerdo de la Asamblea General, la persona denunciada podrá presentar las alegaciones que considere oportunas ante la Comisión de Garantías.

13.10.- La Comisión de Garantías tendrá un plazo máximo de 60 días naturales a contar desde la presentación de la denuncia para la resolución del expediente.

13.11.- La Asamblea Permanente podrá apartar temporalmente a una persona afilia-da, hasta que la Asamblea General se pronuncie, sólo en casos de faltas muy graves.

13.12.- La Asamblea General es el único órgano con capacidad para expulsar a una afiliada, visto en informe de la Comisión de Conflictos.

Art. 14º.Art. 14º.Art. 14º.Art. 14º.---- DeDeDeDe las faltas disciplinarias.las faltas disciplinarias.las faltas disciplinarias.las faltas disciplinarias.---- 14.1.- Las faltas disciplinarias podrán ser leves, graves y muy graves. 14.2.- Son faltas leves: a) Alterar la dinámica de las actividades. b) Utilizar indebidamente el patrimonio de la organización. c) Incumplir los compromisos sin causa justificada.

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d) Ofensas a personas compañeras de la organización siempre que no sean graves. e) Impago de las cuotas por un plazo superior a tres meses sin justificación. 14.3.- Son faltas graves: a) La acumulación en menos de un año de tres o más faltas leves. b) Incumplir las sanciones leves impuestas. c) Faltas de respeto graves a las compañeras afiliadas, menosprecio a la sexualidad

ajena o de género. d) Difamación pública de la organización. e) La negligencia o imprudencia grave en el desarrollo de la actividad encomendada. f) Incumplimiento de los deberes que corresponden a los cargos electos en los órga-

nos de la organización. 14.4.- Son faltas muy graves: a) Dos faltas graves en el mismo año. b) Reiteración de la falta grave en el año siguiente. c) Incumplir alguna sanción por falta grave. d) La negligencia o imprudencia muy graves en el desarrollo de la actividad enco-

mendada. e) Contradecir de manera reiterada, pública e intencionada las directrices de la orga-

nización. f) Las conductas que atenten contra los principios éticos, ideológicos y políticos de

IpH. g) La comisión de acciones que obstaculicen y contravengan gravemente las decisio-

nes y estrategias de IpH. h) La violación grave de los estatutos y las normas democráticas internas de IpH. i) Intentar violentar la opinión de las personas afiliadas mediante la intimidación física

y/o psíquica y/o el chantaje. j) La utilización y/o difusión de información o documentación interna de la organiza-

ción sin la debida autorización explícita de los órganos de la organización. Art. 15º.Art. 15º.Art. 15º.Art. 15º.---- De las sanciones.De las sanciones.De las sanciones.De las sanciones.---- Las faltas se sancionarán de la siguiente manera: 15.1. Falta leve: Amonestación oral o escrita. 15.2. Faltas graves: a) Destitución de las responsabilidades que tenga. b) Inhabilitación temporal para el ejercicio de responsabilidades por un periodo com-

prendido entre 3 meses y un año. c) Separación temporal de la organización hasta un máximo de 2 años. 15.3. Faltas muy graves: expulsión.

CAPÍTULO V.- DE LAS LISTAS ELECTORALES, DE LOS CARGOS ELECTOS Y DE LOS INGRESOS GENERADOS POR LOS MISMOS

Art. 16°.Art. 16°.Art. 16°.Art. 16°.---- Confección de listas electorales.Confección de listas electorales.Confección de listas electorales.Confección de listas electorales. 16.1. Iniciativa por El Hierro, en la Asamblea Permanente, creará un Comité Electoral

para preparar la participación de la organización en cada uno de los comicios electorales a los que se concurra.

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16.2. El Comité Electoral presentará a la Asamblea General un Plan de Trabajo para coordinar la Campaña Electoral, que contemplará un diseño de estrategias, un programa de actividades y un presupuesto económico.

16.3. Este Comité Electoral, tras el establecimiento por la Asamblea Permanente de los criterios para la elaboración de la misma, propondrá la candidatura a la Asamblea Ge-neral, que será el único órgano válido para ratificarla, modificarla o rechazarla.

Art.Art.Art.Art. 17º.17º.17º.17º.---- De los cargos electos y miembros de listas electorales.De los cargos electos y miembros de listas electorales.De los cargos electos y miembros de listas electorales.De los cargos electos y miembros de listas electorales. 17.1. Los posicionamientos, manifestaciones y actuaciones de los cargos públicos de

Iniciativa por El Hierro responderán a criterios adoptados en los órganos correspondientes. 17.2. Los cargos electos y miembros de las listas electorales tienen la obligación de

presentar la renuncia al cargo electo cuando la Asamblea General así lo decida. 17.3. Los cargos electos y miembros de las listas electorales tienen la obligación de

aceptar cualquier tipo de rotación en el cargo electo cuando la Asamblea General así lo decida.

17.4. Los cargos electos y miembros de las listas electorales tienen la obligación de renunciar al número de orden en la lista electoral para ocupar, por cualquier motivo, un cargo electo cuando la Asamblea General así lo decida.

17.5. Los miembros de las listas electorales firmarán y acatarán un documento en el cual se recojan los diferentes aspectos relacionados con los deberes de los afiliados y los compromisos de los cargos electos, reflejados en los presentes estatutos. Dicho documento será aprobado por la Asamblea General a propuesta de la Asamblea Permanente.

17.6. Los cargos electos facilitarán a la institución de la que forman parte los datos bancarios de Iniciativa por El Hierro, a fin de ingresar las asignaciones económicas corres-pondientes.

17.7. Los cargos electos liberados, si existieran, realizarán aquellas funciones que de-termine la Asamblea Permanente, teniendo en cuenta las necesidades del grupo político institucional y de la organización.

17.8. Los cargos electos no desempeñarán responsabilidades orgánicas en Iniciativa por El Hierro, salvo que la Asamblea General acuerde otra cosa por causas debidamente justificadas.

17.9. Los cargos electos informarán de su actuación institucional a la Asamblea Per-manente.

Art. 18º.Art. 18º.Art. 18º.Art. 18º.---- Destino de los ingresos institucionales.Destino de los ingresos institucionales.Destino de los ingresos institucionales.Destino de los ingresos institucionales. 18.1. Las asignaciones económicas que perciba cada uno de los cargos electos, deri-

vadas de su actividad institucional, deberán ser ingresadas por la institución correspondien-te en la cuenta bancaria de Iniciativa por El Hierro.

18.2. Las cantidades percibidas por Iniciativa por El Hierro pasarán a formar parte del presupuesto general de la organización.

18.3. Los cargos electos percibirán de Iniciativa por El Hierro las asignaciones económicas necesarias para cubrir los gastos que genere su actividad, con la aprobación de la Asamblea Permanente.

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CAPÍTULO VI.- ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Art. 19º.Art. 19º.Art. 19º.Art. 19º.---- De la democracia interna.De la democracia interna.De la democracia interna.De la democracia interna. 19.1.- La soberanía interna de la organización reside en la militancia, la cual se ejer-

ce mediante la libre discusión y el voto en los organismos que se integran de acuerdo a los presentes estatutos.

19.2.- La organización desarrolla los mecanismos adecuados para proporcionar las garantías políticas, informativas, estructurales y funcionales a fin de que las personas afilia-das puedan participar en la elaboración y desarrollo de la línea política, en la elección de las personas encargadas de llevarla a cabo, en su control y evaluación, así como para que las opiniones minoritarias tengan oportunidad de influir sobre el colectivo de personas afi-liadas y de poder convertirse en mayoritarias y, en general, para asegurar el ejercicio efecti-vo de los derechos reconocidos en los presentes estatutos.

19.3.- Los acuerdos serán adoptados por mayoría simple de votos favorables, salvo aquellos asuntos en los que estatutariamente se requiera mayoría cualificada.

Art. 20º.Art. 20º.Art. 20º.Art. 20º.---- Todos los órganos de IpH deben garantizar no solo la libertad de opinar si-

no las garantías y posibilidades suficientes para ser expresadas y divulgadas, sin más limita-ciones que aquellas que expresamente señalen los presentes Estatutos, en torno a cualquier aspecto global o parcial de la teoría, la política, la práctica, así como sobre los organismos y las personas afiliadas al partido. Igualmente tienen el derecho y el deber de rechazar y denunciar ante las instancias competentes de la organización, todo acto que a su juicio sea lesivo al ejercicio de la democracia interna.

Art. 21º.Art. 21º.Art. 21º.Art. 21º.---- Se establece la obligación de cada organismo de informar veraz, suficiente

y oportunamente de todas sus resoluciones, decisiones, discusiones, planes y ejecutorias. Art. 22º.Art. 22º.Art. 22º.Art. 22º.---- De las Tendencias.De las Tendencias.De las Tendencias.De las Tendencias.---- 22.1.- Como expresión de la democracia interna se reconoce la posibilidad de buscar

y originar apoyos y adhesiones a las posiciones que se sostienen. Cuando en el curso de un debate, el sostenimiento de opiniones comunes dé lugar a la formación de tendencias, estas serán reconocidas como legítimas en cada caso, siempre y cuando no signifiquen el empleo de mecanismos fraccionales, los cuales vulneren el libre ejercicio de los derechos de las personas afiliadas y atenten contra la unidad y la coherencia de la organización.

22.2.- Para constituir una tendencia es necesario la elaboración de un documento que contenga las posiciones teóricas y políticas en que se sustenta.

22.3.- Las tendencias no podrán desarrollar ni política ni disciplina paralela a las que aprueben los organismos regulares de la organización.

Art. 23°.Art. 23°.Art. 23°.Art. 23°.---- ÓÓÓÓrganos de Iniciativa por El Hierro:rganos de Iniciativa por El Hierro:rganos de Iniciativa por El Hierro:rganos de Iniciativa por El Hierro: 23.1. Áreas de Trabajo. 23.2. Comité de Pueblo. 23.3. Asamblea Permanente. 23.4. Asamblea General.

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23.5. Congreso. Art. 24°.Art. 24°.Art. 24°.Art. 24°.---- De las Áreas de Trabajo.De las Áreas de Trabajo.De las Áreas de Trabajo.De las Áreas de Trabajo. 24.1. Las Áreas de Trabajo son los órganos de participación directa de los afiliados

para la elaboración de las políticas sectoriales de Iniciativa por El Hierro. 24.2. Las Áreas de Trabajo se crearán, en la Asamblea General, atendiendo a crite-

rios de representación institucional, necesidades organizativas, demandas sociales, instru-mentos de divulgación, medios y recursos.

24.3. Podrán incorporarse a las Áreas de Trabajo personas no afiliadas a IpH, a ini-ciativa de los componentes de dichas áreas, si bien no podrán formar parte de la Asamblea Permanente.

24.4. Cada área dará cuenta de su trabajo a la Asamblea Permanente, a petición de ésta o por iniciativa propia.

24.5. Los acuerdos tomados en las reuniones de las Áreas de Trabajo deben recoger-se en el libro de actas correspondiente.

24.6. Al comienzo de cada reunión de área se nombrará al responsable de recoger los acuerdos que se tomen en el libro de actas.

24.7. Cada Área de Trabajo establecerá su propia frecuencia de reuniones, dando cuenta de ello a la Asamblea Permanente.

Art. 2Art. 2Art. 2Art. 25555º.º.º.º.---- Del Comité de Pueblo.Del Comité de Pueblo.Del Comité de Pueblo.Del Comité de Pueblo. 25.1. Podrán existir Comités de Pueblo en aquellos lugares donde la Asamblea Per-

manente lo considere necesario, o a propuesta de un grupo de afilados y así lo refrende la Asamblea Permanente.

25.2. El Comité de Pueblo dependerá en todo momento, a efectos organizativos, de la Asamblea Permanente y de las diferentes Secretarías, siendo equiparable en lo demás a las Áreas de Trabajo.

25.3. La función más importante del Comité de Pueblo será la de acercar la organi-zación a las vecinas, para dar respuesta inmediata a sus problemas, inquietudes e iniciati-vas, en coordinación con la Asamblea Permanente, además de las tareas que la propia Asamblea Permanente le asigne.

25.4. El Comité de Pueblo podrá proponer a la organización acciones de tipo reivin-dicativo y social a llevar a cabo en su ámbito de actuación.

Art. 2Art. 2Art. 2Art. 26666°.°.°.°.---- De la Asamblea Permanente.De la Asamblea Permanente.De la Asamblea Permanente.De la Asamblea Permanente. 26.1. La Asamblea Permanente es el órgano de participación periódica y constante de

las personas afiliadas a IpH. 26.2. La Asamblea Permanente estará formada por las siguientes personas: a) Las personas designadas por el congreso que ocuparán las secretarías y la Coordi-

nación, las Áreas de Trabajo y los cargos electos de IpH. b) También podrán asistir a las Asambleas Permanentes cualquier persona afiliada a

IpH a propuesta de cualquier órgano, teniendo derecho a voz pero no a voto. 26.3. Funciones de la Asamblea Permanente: a) Presentar ante la Asamblea General, anualmente, para su debate y aprobación, la

propuesta de planes de actuación, a la que se adjuntará un informe de valoración y evalua-ción de la actuación realizada hasta ese momento.

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b) Solicitar a la Secretaría de Implantación, Secretaría Administrativa, Secretaría de Comunicación y Formación y Áreas de Trabajo información sobre su gestión.

c) Aprobar las asignaciones económicas necesarias que percibirán los cargos electos de IpH, para cubrir los gastos que genere su actividad.

d) Determinar las funciones de los cargos electos liberados, si existieran, teniendo en cuenta las necesidades del grupo político institucional y de la organización.

e) Elegir a las personas y áreas encargadas de realizar el programa electoral. f) Presentar a la Asamblea General la propuesta de programa electoral. g) Llevar un seguimiento de las políticas de pactos que puedan haberse adoptado por

la Asamblea General. h) Hacer efectivas las líneas estratégicas adoptadas por el Congreso y por la Asam-

blea General. 26.4. La Asamblea Permanente se reunirá regularmente una vez cada quince días,

determinando la misma el día y la hora, quedando, de esta manera, convocados todos sus miembros. Las alteraciones necesarias por cualquier motivo serán comunicadas por teléfono o a través del Tablón de Anuncios.

26.5.- El funcionamiento Interno de la Asamblea Permanente se realizará conforme a lo dispuesto en el Artículo 34º de los presentes estatutos.

Art. 2Art. 2Art. 2Art. 27777º.º.º.º.---- De la De la De la De la Coordinación GeneralCoordinación GeneralCoordinación GeneralCoordinación General.... 27.1- La Coordinación General será elegida por el Congreso, conforme a lo dispues-

to en el Art. 32º de los presentes estatutos. 27.2- La Coordinación General será la responsable de la representación legal y

pública de la organización, así como la coordinación de las secretarías y órganos de IpH. Art. 2Art. 2Art. 2Art. 28888º.º.º.º.---- De la Secretaría de Implantación.De la Secretaría de Implantación.De la Secretaría de Implantación.De la Secretaría de Implantación. 28.1.- La secretaría de Implantación será elegida por el Congreso, conforme a lo dis-

puesto en el Art. 32 de los presentes estatutos. 28.3. La Secretaría de Implantación será responsable de la extensión de IpH y de co-

ordinar, bajo mandato de la Asamblea General y de la Asamblea Permanente, las relacio-nes con otras fuerzas políticas y sociales.

Art. 2Art. 2Art. 2Art. 29999º.º.º.º.---- DeDeDeDe la Secretaría Administrativa.la Secretaría Administrativa.la Secretaría Administrativa.la Secretaría Administrativa. 29.1.- La Secretaría Administrativa será elegida por el Congreso conforme a lo dis-

puesto en el Art. 32 de los presentes estatutos. 29.2. La cuenta bancaria de IpH estará constituida por tres firmas, una de las cuales,

al menos, será miembro de la Secretaría Administrativa, requiriéndose siempre dos firmas para hacer efectivas las operaciones pertinentes.

29.3. Funciones de la Secretaría Administrativa: a) Ejecución, control y registro de los ingresos y gastos de la organización. b) Llevar el archivo y control de la documentación de la sede o sedes de IpH c) Elaboración del orden del día y del acta de las Asambleas Permanentes. d) Archivo actualizado de las hojas de afiliación y del registro de personas afiliadas. e) Trámites de solicitudes de inscripción de nuevos afiliados, y presentación de las

mismas a la Asamblea Permanente, comunicando el alta o la no admisión a los solicitantes, y entregando la documentación e información pertinente, en su caso.

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f) Información a la Asamblea Permanente de las renuncias voluntarias de afiliados. g) Información a la Asamblea Permanente de asuntos requeridos sobre su gestión. Art. Art. Art. Art. 30303030º.º.º.º.---- De la Secretaría de Comunicación y Formación.De la Secretaría de Comunicación y Formación.De la Secretaría de Comunicación y Formación.De la Secretaría de Comunicación y Formación. 30.1.- La Secretaría de Comunicación y Formación será elegida por el Congreso

conforme a lo dispuesto en el Art. 32 de los presentes estatutos. 307.2. Funciones de la Secretaría de Comunicación y Formación: a) Diseñar y elaborar el Boletín de Iniciativa por El Hierro. b) Mantener y mejorar las relaciones periódicas con los medios de comunicación. c) Recopilar y difundir documentación e información de interés para la formación y la

autoformación. d) Conservar y mantener los fondos bibliotecarios de IpH. e) Proponer actividades dirigidas a la formación y autoformación de las personas afi-

liadas y simpatizantes. Art. Art. Art. Art. 31313131°.°.°.°.---- De la Asamblea General.De la Asamblea General.De la Asamblea General.De la Asamblea General. 31.1. La Asamblea General es el máximo órgano de decisión de la organización, en-

tre congresos. 31.2. La Asamblea General está compuesta por la estructura organizativa de IpH y

sus afiliados. 31.3. Funciones de la Asamblea General: a) Acordar, por causas debidamente justificadas, el desempeño de responsabilidades

orgánicas en Iniciativa por El Hierro por parte de los cargos electos. b) Establecer los criterios de negociación de programas de gobierno, pactos, segui-

miento de acuerdos y posicionamientos ante otras fuerzas políticas, previo informe de la Asamblea Permanente.

c) Aprobar la política de pactos que pueda realizar Iniciativa por El Hierro con otras formaciones políticas.

d) Decidir sobre el Plan de Trabajo realizado por el Comité Electoral para coordinar la Campaña Electoral.

e) Aprobar, modificar o rechazar la candidatura propuesta por el Comité Electoral. f) Aprobar, modificar o rechazar la propuesta de Programa Electoral presentada por la

Asamblea Permanente. g) Aprobar los informes de gestión de las diferentes secretarías. h) Dar poderes de representación a personas físicas a efectos de cumplir con la repre-

sentación legad de la organización. i) Crear las Áreas de Trabajo, atendiendo a criterios de representación institucional,

necesidades organizativas, demandas sociales, instrumentos de divulgación, medios y recur-sos.

31.4.- La Asamblea General se reunirá, al menos, una vez al semestre, previa convo-catoria de la Asamblea Permanente, a iniciativa propia o a instancia del 25% de las perso-nas afiliadas que estén al día de sus deberes en Iniciativa por El Hierro.

31.5.- La Asamblea General será convocada mediante el correo, el telegrama, el teléfono, el fax, el correo electrónico o cualquier otro medio acordado entre la organización y la persona afiliada en cuestión, además de colocarse en el tablón interno de IpH. Se ga-rantizará que todas las afiliadas tengan a su disposición el orden del día y la documenta-

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ción relativa a cada uno de los puntos que se vayan a debatir desde el mismo momento de la convocatoria de la Asamblea General. Podrán también ser convocadas por mediación de un anuncio a un periódico insular, siendo entonces dirigida la convocatoria a todas las per-sonas afiliadas.

31.6.- El Orden del Día de la Asamblea General será propuesto por la Asamblea Permanente, debiendo ratificarse por parte de la Asamblea General. Cualquier modifica-ción al mismo deberá hacerse con el voto favorable de la mayoría de los asistentes.

31.7.- La Asamblea General quedará válidamente constituida con la asistencia, en primera convocatoria de la mitad más una de las personas afiliadas. En segunda convoca-toria, media hora más tarde, con el número que hubiera.

31.8.- Las reuniones de la Asamblea General estarán presididas por una Mesa pro-puesta por la Asamblea Permanente, que deberá ser ratificada por la Asamblea General. En caso contrario, deberá hacerse una nueva propuesta.

31.7.- La Asamblea General adoptará sus acuerdos por mayoría simple, obligando a todas las personas afiliadas, incluso a las no asistentes.

31.8.- Corresponde a la Mesa de la Asamblea General la elaboración del acta de la misma, que será ratificada por la siguiente Asamblea, debiendo expresar en aquella si se celebra en sesión ordinaria o extraordinaria, un resumen de los asuntos debatidos, las inter-venciones que se haya solicitado constancia en acta, los acuerdos adoptados y los resulta-dos de las votaciones.

31.9.- Cuando se convoque una Asamblea General Extraordinaria, el plazo de con-vocatoria será de al menos 15 días, realizándose la misma por el procedimiento que se estime más conveniente para que llegue a todas las personas afiliadas. En todo caso, de-berá publicarse en el tablón de anuncios.

Art. Art. Art. Art. 32323232º.º.º.º.---- Del Congreso.Del Congreso.Del Congreso.Del Congreso. 32.1. El Congreso es el máximo órgano de decisión y el referente político e ideológi-

co de Iniciativa por El Hierro. 32.2. Hasta que no se cuente con una afiliación excesivamente numerosa, en el Con-

greso podrán participar, en cuanto a delegados asistentes, las mismas personas que en una Asamblea General. Desde el momento en que el número imposibilite el mecanismo, la racionalidad y eficacia de los trabajos, se establecerá por la Asamblea General, convocada al efecto, la fórmula de participación de los delegados y las delegadas en el Congreso.

32.3.- El Congreso será convocado por acuerdo de la Asamblea General, quien de-berá nombrar a la Comisión Organizadora del mismo.

32.4.- El Congreso será convocado mediante el correo, el telegrama, el teléfono, el fax, el correo electrónico o cualquier otro medio acordado entre la organización y la perso-na afiliada en cuestión, además de colocarse en el tablón interno de IpH. Se garantizará que todas las afiliadas tengan a su disposición el orden del día y la documentación relativa a cada uno de los puntos que se vayan a debatir desde el mismo momento de la convoca-toria del Congreso. Podrán también ser convocadas por mediación de un anuncio a un periódico insular, siendo entonces dirigida la convocatoria a todas las personas afiliadas.

32.5.- La convocatoria indicará, al menos, las fechas, horario y lugar de celebración y expresará con claridad y precisión los asuntos y ponencias que componen el orden del día.

32.6.- El Congreso se convocará con carácter ordinario cada cuatro años.

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32.7.- Con carácter extraordinario, podrá ser convocado a iniciativa de: a) La Asamblea General b) La Asamblea Permanente. c) El 25% de las personas afiliadas al corriente de sus obligaciones. 32.8.- En caso de convocatoria realizada a solicitud del 25% de las personas afilia-

das, ésta deberá ser ejecutada por en el plazo máximo de 30 días. 32.9.- El Congreso Ordinario será convocado con, al menos, seis meses de antela-

ción, conociéndose el orden del día, las ponencias y el material de trabajo que se enviarán a todas las personas afiliadas con al menos tres meses de antelación, el reglamento del congreso y el informe general con dos meses y las enmiendas a las ponencias con un mes de antelación. El Congreso Extraordinario será convocado con, al menos, un mes de ante-lación.

32.10.- Cuando se trate de Congresos Ordinarios deberá incluir en su orden del día el informe de Gestión de las Secretarías y la elección de los nuevos miembros de las mis-mas.

32.11.- El Congreso ordinario podrá adelantarse o atrasarse hasta 6 meses si su ce-lebración coincidiera con un periodo electoral.

32.12.- La petición de un 10% de la militancia será suficiente para incluir, en el plazo de un mes, cualquier punto no previsto en el orden del día del Congreso Ordinario.

32.13.- Para que el Congreso se considere válidamente constituido, deberán concu-rrir, en primera convocatoria, la mitad más una de las personas afiliadas y, en segunda convocatoria, una hora más tarde, con el número que hubiere siempre que no sea inferior al 5% del conjunto total de las personas afiliadas al corriente de sus obligaciones.

32.14.- El Congreso adoptará sus decisiones, por norma general, por mayoría sim-ple, salvo la modificación de los estatutos, que requerirá de mayoría cualificada de 2/3 de las personas asistentes.

32.15.- Las votaciones se harán a mano alzada, salvo en los siguientes casos: a) La elección de las personas que componen la Asamblea Permanente. b) A petición de los 2/3 de las personas asistentes. 32.16.- Corresponde a la Presidencia y Secretaría del Congreso la redacción y dar fe

mediante acta de lo acontecido en las sesiones, debiendo expresar en aquella la fecha o fechas de las deliberaciones, si se celebra en sesión ordinaria o extraordinaria, un resumen de los asuntos debatidos, las intervenciones de las que se haya solicitado constancia en el acta, los acuerdos adoptados y los resultados de las votaciones.

32.17.- El Acta de la sesión podrá ser aprobada por el propio Congreso a continua-ción de haberse celebrado éste y, en su defecto, habrá de serlo, dentro del plazo de veinte días, por los componentes de la Mesa y cuatro asistentes designadas en el mismo Congre-so. En todo caso, el acta pasará al correspondiente libro de actas y resoluciones del Con-greso por la secretaría que dará fe estampando su firmo junto a la Presidencia y las cuatro personas asistentes designadas.

32.18.- Los acuerdos adoptados por los Congresos producirán los efectos a ellos in-herentes desde el momento en que hayan sido tomados.

32.19.- Cuando los acuerdos sean inscribibles deberán presentarse en la oficina pública destinada al efecto, dentro de los treinta días siguientes a la aprobación del acta, bajo responsabilidad de la Coordinación General.

32.20. Funciones del Congreso:

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a) Aprobar las bases estatutarias, políticas, ideológicas y estratégicas de Iniciativa por El Hierro.

b) Dictar cuantas resoluciones y acuerdos estime convenientes para el desarrollo y cumplimiento de los fines de Iniciativa por El Hierro.

c) Acordar la disolución de la organización. d) Elegir a las personas que componen la Asamblea Permanente. e) Aprobar la fusión o federación con otras organizaciones. Art. 3Art. 3Art. 3Art. 33333º.º.º.º.---- Del Régimen Electoral IDel Régimen Electoral IDel Régimen Electoral IDel Régimen Electoral Interno.nterno.nterno.nterno.---- 33.1.- Las responsables internos de la organización se elegirán mediante el procedi-

miento de listas abiertas y votación secreta, debiendo ser todas las responsabilidades electi-vas.

33.2.- En todo momento, las personas elegidas podrán ser revocadas si así lo deci-dieran la mayoría de las personas que las han votado.

33.3.- El procedimiento de presentación de candidaturas será el siguiente: a) En la Asamblea o Congreso en el que se vayan a elegir personas, tanto para res-

ponsabilidades internas, como para candidatas a las elecciones u otros cargos instituciones, se abrirá una primera ronda en la que se podrán proponer candidatas. Ninguna persona afiliada se podrá proponer a sí misma.

b) Las personas propuestas manifestarán por escrito o en viva voz en el órgano co-rrespondiente, su aceptación o su rechazo de la candidatura.

c) Con las personas que hayan aceptado se procederá a elaborar la lista de candida-tas.

33.4.- Serán elegidas las personas que más votos hayan obtenido. 33.5.- La duración de cada mandato será igual al de los periodos entre Congresos

Ordinarios. Art. 3Art. 3Art. 3Art. 34444º.º.º.º.---- Del control democrático de las personas responsables.Del control democrático de las personas responsables.Del control democrático de las personas responsables.Del control democrático de las personas responsables. 34.1.- Las Secretarías y Áreas de Trabajo de IpH vendrán obligadas a presentar ante

la Asamblea General un informe de sus actividades, debiendo responder colectivamente de las mismas.

34.2.- La Asamblea General podrá revocar a una persona o a la totalidad de las que componen esos colectivos en caso de incumplimiento grave de sus funciones, debiendo razonarse la decisión y siempre con audiencia a la persona o personas a revocar.

Art. 3Art. 3Art. 3Art. 35555º.º.º.º.---- Disposiciones generales del funcionamiento de la AsaDisposiciones generales del funcionamiento de la AsaDisposiciones generales del funcionamiento de la AsaDisposiciones generales del funcionamiento de la Asammmmblea Permanente.blea Permanente.blea Permanente.blea Permanente. 35.1.- La Asamblea Permanente funcionará por autoconvocatoria, fijándose al final

de cada reunión la fecha de la siguiente. 35.2.- En cada una de las reuniones de estos organismos se nombrará una persona

que, con carácter rotatorio, se encargará de la secretaría, debiendo levantar el acta de la reunión que será remitida a todas las personas que la componen, incluyendo las no asisten-tes, sirviendo el acta como convocatoria de la siguiente reunión.

35.3.- La Asamblea Permanente quedará válidamente constituida con la asistencia, en primera convocatoria, de la mitad más uno de sus miembros de pleno derecho y, en segunda, con el número que hubiere siempre que fuera superior al 25%.

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35.4.- En caso de reunión extraordinaria de la Asamblea Permanente, esta será con-vocada por la Secretaría Administrativa a iniciativa propia o del 10% de los miembros de la Asamblea Permanente.

35.5.- Las decisiones se procurará que sean por consenso, preferentemente, o bien por mayoría, recogiéndose en acta las posturas minoritarias

CAPÍTULO VII.- DE LAS PERSONAS AMIGAS DE IpH.

Art. 3Art. 3Art. 3Art. 36666º.º.º.º.---- Definición.Definición.Definición.Definición.---- Tendrán la consideración de personas amigas de Iniciativa

aquellas personas que voluntariamente adopten tal consideración, adscribiéndose a un censo de personas amigas cuyo control corresponderá a la Secretaría de Implantación.

Art. 3Art. 3Art. 3Art. 37777º.º.º.º.---- Condiciones.Condiciones.Condiciones.Condiciones.---- Las personas amigas tendrán derecho a que sus opiniones

sean consideradas por la organización, así como recibir información de las actividades de la misma.

CAPÍTULO VII.- DEL PATRIMONIO, RECURSOS ECONÓMICOS Y RENDICIÓN

DE CUENTAS Y RÉGIMEN DOCUMENTAL Art. 3Art. 3Art. 3Art. 38888°.°.°.°.---- Del Patrimonio.Del Patrimonio.Del Patrimonio.Del Patrimonio.---- Iniciativa por El Hierro podrá adquirir, administrar y enajenar los bienes y derechos

que resulten necesarios para el cumplimiento de sus fines, careciendo de patrimonio funda-cional.

Art. 3Art. 3Art. 3Art. 39999°.°.°.°.---- De los Recursos Económicos y Rendición de Cuentas.De los Recursos Económicos y Rendición de Cuentas.De los Recursos Económicos y Rendición de Cuentas.De los Recursos Económicos y Rendición de Cuentas. 39.1. Los recursos económicos de Iniciativa por El Hierro estarán constituidos por las

cuotas, las aportaciones voluntarias de las personas afiliadas, los rendimientos de su patri-monio, los ingresos producidos por las actividades de sus cargos y representaciones públi-cas, las donaciones, herencias, legados, subvenciones, etc., así como los créditos que con-cierte.

39.2. La Secretaría Administrativa presentará, anualmente, ante la Asamblea General, las cuentas justificativas de ingresos y gastos y los presupuestos de IpH.

39.3.- La organización no se hará responsable de ninguna obligación contraída sin el acuerdo documentado del órgano competente.

39.4.- Las cuentas anuales deberán ser presentadas por Secretaría Administrativa ante la Asamblea General antes de que pasen seis meses desde el fin del ejercicio económico, que coincidirá con el año natural, estando las mismas a disposición de cualquier persona afiliada u organismo que lo solicite en los locales respectivos de la organización.

39.5.- La contabilidad se adecuará a los principios y normas de contabilidad gene-ralmente aceptados.

Art. Art. Art. Art. 40404040°.°.°.°.---- Del Régimen Documental.Del Régimen Documental.Del Régimen Documental.Del Régimen Documental. Los órganos de Iniciativa por El Hierro llevarán como mínimo los siguientes libros: de

Registro de Personas Afiliadas, de Actas, de Contabilidad, de Inventarios y Balances y de Tesorería, que serán cumplimentados adecuadamente y exhibidos a requerimiento de las personas afiliadas o de los órganos correspondientes.

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CAPITULO VIII.- DE SU PERSONALIDAD JURÍDICA

Art. Art. Art. Art. 44441111°.°.°.°.---- Iniciativa por El Hierro se constituye de acuerdo con la legalidad vigente, y

tendrá personalidad jurídica propia, a efectos de comparecer ante la Administración, tanto electoral como general, para comparecer ante los tribunales de justicia, en todos los órga-nos jurisdiccionales, y ante el Tribunal Constitucional, para llevar a efecto cualquier activi-dad entre personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, incluso ante las entidades de crédito, sin ninguna restricción, llevando a cabo cualquier acto de administración o disposi-ción y, por ello, cualquier acto de arrendamiento de obras y servicios, incluido el de locales e instalaciones en el más amplio sentido de la expresión, y, en general, llevar a efecto cuan-to estime necesario, útil o simplemente conveniente para sus fines.

CAPÍTULO IX.- DE LAS CAUSAS DE DISOLUCIÓN Y DESTINO DE LOS FONDOS

ECONÓMICOS Art. Art. Art. Art. 44442222°.°.°.°.---- Iniciativa por El Hierro se constituye con carácter indefinido. Se disolverá

cuando así lo decidan las dos terceras partes del Congreso, debidamente convocado al efecto. Los fondos serán destinados a organizaciones no gubernamentales (ONGs), proyec-tos de solidaridad y cooperación, o a otros fines si así lo estima oportuno el Congreso.

CAPÍTULO X.- DE LA MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS Art. Art. Art. Art. 44443333°.°.°.°.---- Los estatutos podrán modificarse en los Congresos de Iniciativa por El Hie-

rro, debiendo contar con la mayoría de dos tercios. Las modificaciones se presentarán para su registro y depósito ante la administración competente.

DISPOSICIONES FINALES.

PRIMERA.PRIMERA.PRIMERA.PRIMERA.---- En las votaciones que celebre Iniciativa por El Hierro en cualquiera de sus

órganos, si la abstención fuera la opción mayoritaria en un asunto, se procederá a una nueva votación, tras un nuevo debate y discusión, para que la mayoría de los presentes opte por situarse a favor o en contra. Si esto no sucediera en una segunda oportunidad, se optará por dejar el asunto para la siguiente reunión, en la que habrá necesariamente una mayoría de votos a favor o en contra, pero nunca de abstenciones.

SEGUNDA.SEGUNDA.SEGUNDA.SEGUNDA.---- Cualquier asunto que no esté contemplado en los presentes estatutos, y

sobre el cual deba proceder Iniciativa por El Hierro, será tratado, en primera instancia, por la Asamblea Permanente, quien determinará la conveniencia de trasladarlo al órgano que considere más oportuno, para su mejor resolución, preservando siempre los derechos de las personas afiliadas a la organización.

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SOBRE LA CONVERGENCIA DE LA IZQUIERDA

En nuestro Manifiesto Político hemos manifestado nuestra voluntar de converger con otras fuerzas políticas situadas en la izquierda sin renunciar por ello a nuestro carácter autónomo. Es ese un compromiso que está en la propia esencia de IpH, ya que no nace-mos con una vocación cerrada y autárquica, sino que nos consideramos parte de una ten-dencia ideológica que supera con creces las fronteras de nuestra isla.

En los últimos años, han surgido en diferentes territorios del Archipiélago expresiones

unitarias de la izquierda que comparten las formas de actuación y organización, las pro-puestas políticas y los principios ideológicos de Iniciativa, realidades organizativas con las que se pueden y deben trabar relaciones permanentes de coordinación y colaboración con el fin de recuperar el espacio socio-político de la izquierda canaria respetando las realida-des territoriales del país. Evidentemente, eso supondría superar los esquemas tradicionales de la izquierda canaria, muy dados a formulaciones estandarizadoras, adaptándolas a las nuevas tendencias de la izquierda internacional –con las articulaciones en red y desde aba-jo- así como a la realidad social que vivimos en Canarias.

Por supuesto, el mismo respeto que pedimos para nuestra propia identidad colectiva,

lo tendremos para las de las demás organizaciones de la izquierda, sin embargo, si enten-demos necesario deslindar un campo concreto en el que movernos a la hora de establecer vínculos más permanentes. Los “majanos ideológicos y políticos” que marcarían ese campo serían:

a) Identidad inequívocamente de izquierdas. b) Apuesta por nuevas formas de organización y acción política. c) Voluntad unitaria y respeto a los ritmos y estrategias territoriales. Creemos que, desde esas bases mínimas, se puede articular un proyecto para Cana-

rias que sea una alternativa real al bloque dominante en el Archipiélago, debiendo ser una de las tareas de IpH en el próximo periodo.

En base a lo antedicho, el Congreso Constituyente de Iniciativa por El Hierro adopta

las siguientes

RESOLUCIONESRESOLUCIONESRESOLUCIONESRESOLUCIONES

1ª.1ª.1ª.1ª.---- Encargar a la Secretaría de Implantación que resulte elegida en este Congreso Encargar a la Secretaría de Implantación que resulte elegida en este Congreso Encargar a la Secretaría de Implantación que resulte elegida en este Congreso Encargar a la Secretaría de Implantación que resulte elegida en este Congreso iniciar contactos con organizaciones políticas afininiciar contactos con organizaciones políticas afininiciar contactos con organizaciones políticas afininiciar contactos con organizaciones políticas afines a fin de estes a fin de estes a fin de estes a fin de estaaaablecer vínculos de coordblecer vínculos de coordblecer vínculos de coordblecer vínculos de coordi-i-i-i-nación y confluencia estables. Las organizaciones concretas con las que se establezcan rnación y confluencia estables. Las organizaciones concretas con las que se establezcan rnación y confluencia estables. Las organizaciones concretas con las que se establezcan rnación y confluencia estables. Las organizaciones concretas con las que se establezcan re-e-e-e-laciones deberán ser aprobadas por la Asamblea Permanente.laciones deberán ser aprobadas por la Asamblea Permanente.laciones deberán ser aprobadas por la Asamblea Permanente.laciones deberán ser aprobadas por la Asamblea Permanente.

2ª.2ª.2ª.2ª.---- Autorizar a la Asamblea General a que, por mayoría de 2/3, apAutorizar a la Asamblea General a que, por mayoría de 2/3, apAutorizar a la Asamblea General a que, por mayoría de 2/3, apAutorizar a la Asamblea General a que, por mayoría de 2/3, apruebe los víncruebe los víncruebe los víncruebe los víncu-u-u-u-

los elos elos elos esssstables que se deriven de esos contactostables que se deriven de esos contactostables que se deriven de esos contactostables que se deriven de esos contactos, bien sean por fórm, bien sean por fórm, bien sean por fórm, bien sean por fórmuuuulas de coalición política o las de coalición política o las de coalición política o las de coalición política o de otras fórmulas jurídicas. En caso de que no se alcance esa mayoría se procedería a la de otras fórmulas jurídicas. En caso de que no se alcance esa mayoría se procedería a la de otras fórmulas jurídicas. En caso de que no se alcance esa mayoría se procedería a la de otras fórmulas jurídicas. En caso de que no se alcance esa mayoría se procedería a la cocococonnnnvocatoria de un Congreso Extrvocatoria de un Congreso Extrvocatoria de un Congreso Extrvocatoria de un Congreso Extraaaaordinario.ordinario.ordinario.ordinario.

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ASAMBLEA PERMANENTE DE IpH

- Coordinador General: Antonio Peraza Chinea

- Secretario Administrativo: José Maria Serna Porro

- Secretario de Implantación: Abel Fernández Acosta

- Secretario de Formación y Comunicación: Miguel Ángel Robaina Díaz

- Vocal: Salvador Expósito Fernández.