Manejo del proceso tributario de personas morales...consejo de vigilancia, para el caso en que ésta...
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• ¿Que es una persona moral ?
Persona moral es una agrupación de
personas que se unen con un fin
determinado, por ejemplo, una sociedad
mercantil, una asociación civil. De acuerdo
con su objeto social, una persona moral
puede tributar en regímenes específicos
Personas morales del régimen general
Personas morales con fines no lucrativos
El código civil del
distrito federal de
acuerdo a las
personas morales
Artículo 25. Son personas morales:
I. La Nación, los Estados y los Municipios;
II. Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley;
III. Las sociedades civiles o mercantiles;
IV. Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refiere
la fracción XVI del artículo 123 de la Constitución Federal;
V. Las sociedades cooperativas y mutualistas;
VI. Las asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines
políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquiera otro fin lícito, siempre
que no fueren desconocidas por la ley.
Sabritas
Bimbo
Barcel
Marinela
Ejemplos de personas morales(empresas)
Artículo 7.- Cuando en esta Ley se haga
mención a persona moral, se entienden
comprendidas, entre otras, las sociedades
mercantiles, los organismos descentralizados
que realicen preponderantemente
actividades empresariales, las instituciones
de crédito, las sociedades y asociaciones
civiles y la asociación
Personas morales según la LISR
La sociedad mercantil es una persona jurídica que tiene
como finalidad realizar actos de comercio sujetos al
Derecho comercial. La sociedad mercantil posee carácter
nominativo en donde existe la obligación y la aplicación de
ese aporte para lograr un fin económico.
Las sociedades mercantiles se originan cuando 2 o más
personas a través de un contrato se obligan a realizar aportes
para construir el capital social de la empresa que se
transformara en los bienes que permitan llevar a cabo la
actividad comercial y, a su vez, los socios participan en las
ganancias y pérdidas que sufre la empresa.
existen diferentes tipos de sociedades mercantiles como:
sociedad anónima, sociedad en nombre colectivo, sociedad
limitada, sociedad en comandita existen diferentes tipos de
sociedades mercantiles como: sociedad anónima, sociedad en
nombre colectivo, sociedad limitada, sociedad en comandita
Que es una sociedad mercantil?
La fusión de las sociedades como lo indica su
nombre se refiere a la integración de 2 o más
sociedades para formar una sola entidad
jurídicamente. La fusión puede darse bajo 2 figuras;
una primera conocida fusión por
absorción consiste en que una empresa absorbe
las demás empresas y asumirá las obligaciones, los
derechos y bienes de las demás, mientras
que fusión por integración se observa cuando
todas las empresas desaparecen y se crea una
nueva que adquiere todos los derechos,
obligaciones y bienes de las otras empresas.
Fusión de las sociedades
b) Sociedad En Comandita Simple
Bolaños, Chávez y Cía, S. en C.
c) Sociedad de Responsabilidad Limitada
Envases y embalajes S.de R.L. de C.V.
d) Sociedad por Cooperativa
Sociedad Cooperativa de Trabajadores de Pascual, S.C.L.
e) Sociedad anónima
Richer, S.A.
f) Sociedad anónima de capital variable
Nextel de México, S.A. de C.V.
Ejemplos de sociedades mercantiles
La Sociedad de responsabilidad limitada (S. de R. L.),
en México exigencias de la sociedad anónima , que se
constituye mediante una razón social o denominación y en
donde la participación de los socios se limita al monto de su
aportación representada mediante partes sociales o de
interés y nunca mediante acciones.
El marco legal de la S. de R. L. son los artículos 58 al 86 de
la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), pero en
este último se establece también la aplicación de algunos artículos de la Sociedad en Nombre Colectivo.
Sociedad de responsabilidad limitada
Constituye un tipo social que sin alejarse plenamente de los esquemas
propios de las sociedades de personas; como es el conocimiento
personal de los socios, un número máximo autorizado de ellos (50
actualmente), cierta limitación para transferir a terceros la participación
social, instituyendo en tal supuesto el derecho del tanto, entre otras,
contiene por otro lado, aspectos que la acercan a las sociedades
capitalistas, en donde se destaca la limitación de la responsabilidad de
los socios a la simple aportación, por las obligaciones sociales. El
capital social será el que establezca el contrato social y éste se dividirá
en partes sociales que podrán ser de valor y categoría desiguales, pero
que en todo caso serán un múltiplo de un peso (art.6LGSM).
Características
La única obligación que tienen los socios es
la de cubrir al ente social el monto de su
aportación. Sin embargo, conforme al artículo
70, cuando así lo establezca el contrato
social, los socios, además de sus
obligaciones generales, tendrán la de hacer
aportaciones suplementadas en proporción a
sus primitivas aportaciones.
Obligaciones de los socios
El primero de los derechos es el del reconocimiento de su calidad de socio, y es
por ello que el artículo 73 establece que llevará un libro especial de socios, en el
cual se inscribirá el nombre y el domicilio de cada uno, con indicación de sus
aportaciones, y la transmisión de las partes sociales.
Derecho del Tanto: Consiste en que cuando se autorice la cesión a favor de una
persona extraña de la sociedad, los socios tendrán derecho preferencial para
adquirirlo.
Derecho a Heredar: Consiste en que un socio pueda heredar su parte social sin
la necesidad del consentimiento de los otros socios (como sucede en las
sociedades de personas).
Patrimoniales: consiste en que los socios participen de las utilidades que las
sociedades obtengan anualmente, proporcionalmente al monto de su aportación.
Y de participar también en la cuota final de liquidación.
Corporativos: Destacan desde luego el derecho que tienen los socios de
participar en las deliberaciones de la sociedad mediante el voto, así como formar
parte de los órganos de la sociedad: en la administración como gerentes o en el
consejo de vigilancia, para el caso en que ésta se conforme.
Derechos de los socios
El artículo 77 expresa que la asamblea de los socios
es el órgano supremo de la sociedad. Sus
resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los
socios que representen, por lo menos, la mitad del
capital social, a no ser que el contrato social exija
una mayoría más elevada. Salvo estipulación en
contrario, si esta cifra no se obtiene en la primera
reunión, los socios serán convocados por segunda
vez, tomándose las decisiones por mayoría de votos,
cualquiera que sea la porción del capital
representado.
La asamblea
Este tipo de Personas Morales con fines No Lucrativos, no pueden
prestar servicios a personas que no sean miembros o socios, ni pueden
enajenar bienes distintos de su activo fijo, salvo que estén Autorizados
para Recibir Donativos.
Deberán Pagar ISR en los siguientes casos:
Venta de Bienes
Intereses
Premios
En dado caso de que tengan el tipo de ingresos antes mencionados y
estos sobrepasen el 5% de los ingresos totales en el ejercicio, la utilidad
determinada de estos ingresos deberán de ser gravados a la tasa del Art.
10 de la LISR.
Existen diferentes tipos de Personas Morales con Fines No Lucrativos,
entre las mas conocidas están:
Persona de régimen moral
IVA: Las personas morales con fines no lucrativos causarán el impuesto al valor agregado en caso de realizar actividades que se encuentren gravadas con dicho impuesto.
IETU: no están gravados para el IETU los obtenidos por personas morales con fines no lucrativos o fideicomisos, autorizados para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta.
IDE: no están obligados al pago del IDE las personas morales con fines no lucrativos conforme al título III de LISR.
Espero que esta información les sea de gran ayuda.
IVA, IETU E IDE en Personas Morales con Fines no Lucrativos:
Sindicatos de Obreros
Asociaciones Civiles
Sociedades Civiles
Cámaras de Comercio
Colegios de Profesionales
Todos Sin Fines de Lucro.
Tendrán las siguientes Obligaciones:
Llevar Contabilidad: de conformidad con el Código Fiscal de la Federación
Expedir Comprobantes: Denominación, RFC, folio, domicilio, etc…
Pagos Provisionales de Retenciones: pagar las retenciones de ISPT, Honorarios, Arrendamiento y Fletes.
Declaraciones Informativas: Sueldos y Salarios Anexo 1, Retenciones Anexo 2, si sus operaciones gravan IVA el Anexo