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BOLETN MENSUALAbril 2018
MANEJO DE LAS PRESTACIONES LABORALES
BOLETN MENSUALAbril 2018
BOLETN MENSUALAbril 2018
MANEJO DE LAS PRESTACIONESLABORALES
I. SERVICIO DE ADMINISTRACIN TRIBUTARIA
A. El SAT presenta facilidades para la declaracin anual 2017 de las personas fsicas. B. Aviso del SAT sobre el complemento para pagos.
II. TEMAS FISCALES
A. Manejo de las Prestaciones Laborales.
III. SEGURIDAD SOCIAL A. Cmo localizar el NSS de los trabajadores.
IV. LEGAL
A. Contratos de adhesin (C.A.)
V. PRINCIPALES INDICADORES FISCALES
A. ndice Nacional de Precios al Consumidor B. Salario mnimo 2018 C. Unidad de Medida y Actualizacin (UMA) 2018 D. Tasas de Recargo 2018
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I. Servicio deAdministracinTributariaA. El SAT presenta facilidades para la declaracin anual 2017 de las personas fsicas
La Secretara de Hacienda y Crdito Pblico a travs del Servicio de Administracin Tributaria (SAT) dio a conocer hoy las facilidades y la herramienta para que las personas fsicas presenten su Declaracin Anual del impuesto sobre la renta del ejercicio fiscal 2017.
En su participacin en el evento, el jefe del SAT, Osvaldo Santn Quiroz, dijo que este 2018 es la primera vez que para la Declaracin Anual se utiliza directamente la informacin vertida en las facturas, a diferencia de otros aos, que se obtena de las declaraciones informativas de terceros y de las declaraciones mensuales.
Como parte de las novedades para este ao coment que, para los asalariados, se cre el aplicativo Visor con el cual podrn consultar los recibos de nmina que su patrn
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FISCAL
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o retenedor les emiti durante el ejercicio 2017, para eficientar las devoluciones automticas, se implementaron validaciones en la declaracin que anteriormente se hacan en forma manual y se incorpor al aplicativo el campo consulta de devolucin, donde se puede consultar el estatus de la devolucin y los motivos de rechazo.
La aplicacin se public en el portal la semana pasada y las primeras devoluciones se depositaron hoy 3 de abril, por un monto de 481.56 millones de pesos, a 105 mil contribuyentes que declararon y tuvieron saldo a favor.
Las personas fsicas obligadas a presentar declaracin, son aquellos que prestan servicios profesionales, realizan actividades empresariales, arrendamiento, intereses, asalariados con dos o ms patrones o con otra actividad, entre otros.
Como una facilidad, los asalariados que solo tengan un patrn no estn obligados a declarar, pero si tienen deducciones personales que pueden resultar en un saldo a favor, pueden presentar su declaracin en cualquier momento del ao.
Durante su mensaje, el administrador general de Tecnologas de la Informacin del SAT, Luis Fernando Cadena Barrera, expres que se est haciendo un uso ms intensivo de la plataforma de cmputo en la nube del SAT, y este ao la plataforma donde se presenta la declaracin es capaz de atender peticiones de consulta hasta de 100 mil contribuyentes simultneamente, recibir hasta 60 mil declaraciones por hora, es decir, se pueden procesar en un da hasta 250,000 declaraciones cuando antes solo se reciban 30 mil por hora. Otra novedad tecnolgica es la construccin de un proceso de punta a punta, que integra los sistemas de declaracin y de devoluciones en uno mismo, lo que dar fluidez y certeza al resultado de la autorizacin del pago parcial o total y/o el rechazo o inconsistencia del saldo a favor.
Presentar la declaracin es fcil y rpido, puede hacerse por internet en sat.gob.mx y a travs de SAT Mvil, solo con la
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Contrasea y nicamente en el caso que se obtenga saldo favor mayor a 50 mil pesos o si se va a modificar la cuenta clabe, se deber enviar con la e-firma.
Para facilitar el cumplimiento de esta obligacin, gracias a la informacin que provee la factura electrnica, el SAT pone a disposicin de los contribuyentes una propuesta de declaracin por lo que solo se tiene que revisar, aceptar y enviar.
Es importante precisar que, las deducciones personales y el estmulo, que pueden llevar a obtener un saldo a favor, ya estn pre llenados en la declaracin y corresponden a los gastos hechos el ao pasado por los contribuyentes, siempre que se haya pedido factura y se hayan pagado con tarjeta o transacciones electrnicas. Algunos de ellos son, honorarios mdicos, dentales, de psiclogos y nutrilogo, as como gastos hospitalarios, donativos, intereses reales pagados por crditos hipotecarios para casa habitacin, colegiaturas, entre otros.
Se recuerda que la fecha lmite para que los contribuyentes obligados presenten su Declaracin Anual es el 30 de abril.
Podrn consultar el contenido de dicho comunicado, debern ingresar en el siguiente link: https://www.gob.mx/sat/prensa/com2018_020
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B. Aviso del SAT sobre el complemento para pagos
Con motivo de la pasada publicacin de la Primera Resolucin de Modificaciones de la RFM 2018 dentro del portal del SAT, se da una prrroga para emitir el CFDI versin 3.3 sin incorporar el complemento para recepcin de pagos hasta el 31 de agosto de 2018, el pasado 20 de marzo de 2018, se modific el apartado de la factura electrnica en la pgina del SAT, en donde se public lo siguiente:
Derivado de la publicacin por parte de la autoridad fiscal, el uso del complemento contina siendo opcional hasta el 31 de agosto 2018. Sin embargo, dentro de este periodo de transicin la condicin y obligacin ser expedir un CFDI de ingreso por cada pago, dnde deber ir relacionado el UUID al CFDI por el total de la contraprestacin, debiendo utilizar las siguientes dos claves de relacin:
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- 08 Factura generada por pagos en parcialidades, entendindose en parcialidades el pago del CFDI en ms de un pago.
- 09 Factura generada por pagos diferidos, entendindose diferido el pago total del CFDI, despus de la fecha de emisin.
Cabe mencionar que esta opinin emitida por parte del SAT, entr en funcin a partir de la fecha en que se actualizo la pgina.
Para efectos de esta disposicin, nuestra recomendacin es comenzar a utilizar el complemento para recepcin de pagos.
Para ver el contenido, debern ingresar en el siguiente link:http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/CFDI_Factura.aspx
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II. TemasFiscales
A. Manejo de las Prestaciones Laborales
Las implicaciones que nacen al contratar un trabajador no son debidamente atendidas en la mayora de los casos, lo que trae un gran riesgo para las empresas ante las autoridades fiscales. Uno de los principales aspectos que el empleador debe tener plenamente identificado es la naturaleza de las prestaciones, distintas a su salario, que se otorgan al trabajador, pues dependiendo de aquella, podran generarse costos adicionales a la empresa. Por ello, para aminorar la carga fiscal a continuacin se muestran algunas de las principales prestaciones que en la prctica conceden las empresas a los trabajadores y el tratamiento aplicable para el:
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Prestacin
gravado comentarios LISR LSS LFTIntegraIntegra comentarios comentarios
ISR Salario Base de Cotizacin Salario Integrado paraIndemnizacin por despido
Servicio de comedor y comida, de forma
gratuita
Servicio de comedor y comida, de forma
onerosa
Servicio de comedor y comida, de forma
onerosa
Pagos por parti-cipacin de los
Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (PTU), cuando este sea
superior al que le corresponde al tra-bajador o no exista
PTU a repartir
PTU cuando no superen el monto
de la PTU a que tiene derecho el
subordinado
Aportaciones adi-cionales patronales al Seguro de Retiro,
Cesanta en Edad Avanzada y Vejez
Aportaciones al Instituto del
Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores
No son ingresos para el trabajador
No son ingresos para el trabajador
No son ingresos para el trabajador
Se consideran parte de la remuneracin
por los servicios
No se pagar el ISR hasta por una cantidad
que no exceda del equivalente a 15 veces
la UMA.
Son ingresos para el trabajador.
No obstante, si se otorgan como
una prestacin de previsin social, deben
reunir los requisitos previstos para ella,
adems de que se suje-tarn a las reglas para
previsin social
Exentas por disposi-cin expresa de ley
Si se cubren los 3 alimentos integrar a esta base el 25% del
salario cuota diaria del trabajador.
Cuando sean dos o un alimento el importe a
integrar es el 8.33% del salario en comedor por cada alimento propor-
cionado
Cuando el trabajador cubra por lo menos un
equivalente al
20 % de la UMA
Cuando el trabajador cubra por lo menos un
equivalente al
20 % de la UMA
Cambia la naturaleza del pago a la de una
gratificacin extraor-dinaria
Por disposicin expresa de ley
Las que el patrn convenga otorgar a sus trabajadores (presta-
cin contractual)
Por disposicin expresa de ley, pues se trata de una obligacin patronal
Integra
No se considera contraprestacin
por la prestacin de servicios
No se considera contraprestacin
por la prestacin de servicios
Por no ser una cantidad otorgada
al trabajador de manera constante
o habitual y no tratarse de una
retribucin por sus servicios
No es un pago derivado de la
contraprestacin por servicios, sino de una obligacin
patronal
No es un pago derivado