Los Trabajo CONAPRED · El presente trabajo tiene como objetivo principal proporcionar los insumos...

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Los Documentos de Trabajo del CONAPRED representan un medio para difundir los avances de la labor de investigación en estudios y para recibir comentarios sobre su posible publicación futura. Se agradecerá que éstos se hagan llegar directamente a la Dirección General Adjunta de Estudios, Legislación y Políticas Públicas del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. Dante 14, séptimo piso, Col. Anzures, Del. Miguel Hidalgo, CP 11590, México, D.F., TEL. 52 03 36 49; o a las direcciones de correo: [email protected] y [email protected] Producción a cargo de las y los autores, por lo que tanto el contenido como la redacción son responsabilidad suya. Este documento fue realizado por Abigail Zúñiga Balderas, a solicitud de la Dirección General Adjunta de Estudios, Legislación y Políticas Públicas. Dirección General Adjunta de Estudios, Legislación y Políticas Públicas Documento de Trabajo No. E-04-2007 “FICHA TEMÁTICA RELACIONADA CON LA SITUACIÓN DE LAS PERSONAS INDÍGENAS EN MÉXICO” Diciembre de 2007

Transcript of Los Trabajo CONAPRED · El presente trabajo tiene como objetivo principal proporcionar los insumos...

  • Los Documentos de Trabajo del CONAPRED representan un medio para difundir los avances de la labor de investigación en estudios y para recibir comentarios sobre su posible publicación futura. Se agradecerá que éstos se hagan llegar directamente a la Dirección General Adjunta de Estudios, Legislación y Políticas Públicas del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. Dante 14, séptimo piso, Col. Anzures, Del. Miguel Hidalgo, CP 11590, México, D.F., TEL. 52 03 36 49; o a las direcciones de correo: [email protected] y [email protected] Producción a cargo de las y los autores, por lo que tanto el contenido como la redacción son responsabilidad suya.

    Este documento fue realizado por Abigail Zúñiga Balderas, a solicitud de la Dirección General Adjunta de Estudios, Legislación y Políticas Públicas.

    Dirección General Adjunta de Estudios, Legislación y Políticas Públicas

    Documento de Trabajo No. E042007

    “FICHA TEMÁTICA RELACIONADA CON LA SITUACIÓN DE LAS PERSONAS INDÍGENAS EN MÉXICO”

    Diciembre de 2007

  • © Derechos Reservados 2008 COLECCIÓN ESTUDIOS 2007 Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación

    Dante Núm. 14, Col Anzures. Del. Miguel Hidalgo. CP 11590, México, D.F.

    Se permite la reproducción total o parcial del material incluido en esta obra bajo autorización de la institución y siempre que se cite la fuente completa.

    1

  • Directorio

    Gilberto Rincón Gallardo y Meltis Presidente

    José López Villegas Director General Adjunto de Estudios, Legislación y Políticas Públicas

    José Luis Gutiérrez Espíndola Director General Adjunto de Vinculación, Programas Educativos y Divulgación

    Vilma Ramírez Santiago Directora General Adjunta de Quejas y Reclamaciones

    María José Morales García Directora de Coordinación Territorial e Interinstitucional

    José Luis Páez Caballero Director de Administración y Finanzas

    Programa de Estudios 2007

    José López Villegas Director General

    Alejandra Rojas Pérez Directora de Programa

    Diana Paola Cerón Ruiz Coordinadora académica

    Lillian Valerie Alvarez Melo Coordinadora administrativa

    Diana Paola Cerón Ruiz Lillian Valerie Alvarez Melo Editoras de sección

    2

  • CONTENIDO TEMATICO

    1. Introducción………………………………………………………………………5

    2. Definición de indígena…………………………………………………………..7

    • Definición del Pueblo indígena………………………………………..……..9

    3. Antecedentes de los programas públicos de atención a las personas indígenas…………………………………………………………………………11

    4. Políticas públicas y gestión gubernamental de la administración 2000 – 2006 y 2007…………………………………………………………………….21

    • Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI).......................................................................................................22

    • Secretaria de Educación Pública…………………………………………..27 • Dirección General de Educación Indígena (DGEI)………………………27 • Consejo Nacional para la Cultura y las Artes…………………………….28 • Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI)………………………..28 • Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT)….29 • Secretaria de Desarrollo Social (SEDESOL)……………………………..30 • Secretaria de la Reforma Agraria (SRA)………………………………….31 • Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y

    Alimentación (SAGARPA)…………………………………………………..31 • Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI)…….32 • Tribunales Agrarios ………………………………………………………….32 • Procuraduría Agraria (PA)………………………………………………….33

    5. Instrumentos estadísticos que contienen información relacionada con este grupo………………………………………………………………………..34

    • Entidades federativas………………………………………………………..39 • Mujer Indígena………………………………………………………………..41 • Niñas y Niños Indígenas…………………………………………………….45 • Migrantes indígenas…………………………………………………………45

    6. Contexto Internacional………………………………………………………..46

    • Los derechos humanos de los pueblos indígenas en los organismos internacionales……………………………………………………………….48

    • Organización de las Naciones Unidas (ONU)…………………………48

    3

    http:internacionales������������������������.48

  • • Foro Permanente sobre Cuestiones Indígenas de las Naciones Unidas…...…………………………………………………………………….53

    • Relator Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de los Indígenas……………………………..54

    • Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Poblaciones Indígenas…………………………………………………….55

    • Organización Internacional del Trabajo………………………………..56

    • Otros organismos de la Organización de las Naciones Unidas…..57

    • Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)………………………………………………………......58

    • Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD)……………………………………………………….59

    • Organización Mundial de la Salud (OMS)…………………………………60 • Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)…………60

    • Organización de Estados Americanos (OEA)…………………………61

    • Documentos Internacionales relativos a la protección del derecho a la no discriminación de las personas indígenas……………………..62

    • Documentos Generales……………………………………………………..63 • Documentos Específicos ………………………………………………...…64

    7. Contexto Nacional…………………………………………………………...…64

    • Antecedentes…...…………………………………………………………….64 • Los derechos indígenas en la Constitución Política de los Estados

    Unidos Mexicanos…………………………………………………………...70 • Los derechos indígenas en la Legislación Federal………………………72 • Los derechos indígenas en las legislaciones estatales…………………74

    8. A manera de conclusión……………………………………………………...76

    9. Cuadros………………………………………………………………………….77

    10.Siglas Utilizadas………………………………………………………………..78

    11.Glosario…………………………………………………………………………..80

    12.Referencias……………………………………………………………………...88

    4

  • 1. Introducción

    El presente trabajo tiene como objetivo principal proporcionar los insumos

    necesarios para la elaboración del apartado de personas indígenas, del Programa

    Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación 2007 – 2012, tiene también

    como finalidad, contribuir, con la información aquí recabada, a la eliminación de la

    discriminación, no sólo de las personas indígenas, sino de todas aquellas

    personas que, por el hecho de su pertenencia a un grupo diferenciado, han vivido

    o viven la discriminación en carne propia, viendo con ello, violentados sus

    derechos fundamentales.

    Los pueblos indígenas de México, forman parte de éstos grupos que se

    encuentran en estado de vulnerabilidad, por una situación que es por demás

    contradictoria, ya que por un lado constituyen la riqueza y la diversidad cultural de

    la nación mexicana, y por otro lado, es precisamente esa diferencia cultural, lo que

    los ha hecho durante toda nuestra historia, sujetos de discriminación.

    Cabe destacar que la realización de este trabajo, se debe al Programa de

    Formación de Investigadores 2007, del Consejo Nacional para Prevenir la

    Discriminación, quien con este programa, por una parte, continúa llevando a cabo

    tareas encaminadas al cumplimiento de sus objetivos. Y por otra parte, apoya el

    trabajo de personas que nos interesamos en la investigación, pero sobre todo en

    poder tener espacios que nos permitan aportar y contribuir con el cumplimiento del

    mismo fin: prevenir y eliminar la discriminación.

    En este sentido, en el presente documento se abordan siete temas generales, en

    el primero tratamos sobre la dificultad de llegar a una definición de indígena y de

    cómo se da paso del sujeto individual al sujeto colectivo, que es el pueblo

    indígena; en un segundo apartado nos referimos a los antecedentes de los

    programas públicos de atención a las personas indígenas, en especifico lo que se

    5

  • conoce como indigenismo, en los diferentes periodos de gobierno, hasta nuestros

    días.

    El tercer apartado, señala cuales son las políticas públicas y la gestión

    gubernamental de la administración 2000 – 2006 y 2007, en la que hacemos una

    referencia a los programas e instancias de gobierno que actualmente atienden a la

    población indígena; en el siguiente apartado, recabamos información estadística

    relacionada con este grupo, de manera general, así como especifica de algunos

    subgrupos como son las mujeres, las niñas y los niños y las y los indígenas

    migrantes.

    Posteriormente analizamos el contexto internacional, relativo a los derechos

    humanos de las personas indígenas, realizando una revisión del proceso de

    reconocimiento de los derechos los pueblos indígenas en los organismos

    internacionales, tanto en las Naciones Unidas como en la Organización de los

    Estados Americanos, identificando las acciones y los instrumentos más relevantes

    que en la materia se han realizado.

    En el último apartado, hacemos una revisión del contexto nacional, del proceso de

    reconocimiento de derechos indígenas en nuestro país, y presentamos el marco

    jurídico vigente a la fecha. Y finalmente, nos permitimos hacer una pequeña

    conclusión de la situación de discriminación de las personas indígenas.

    6

  • 2. Definición de indígena

    De acuerdo con Guillermo Bonfil la persona indígena nace con la colonia. También

    llamados “naturales”, “originales” u “originarios”, las y los indígenas fueron

    utilizados por la estructura del dominio colonial, para imponer una diferencia, así

    como para marcar e identificar al colonizado.

    “La categoría de ‘indio’ denota la condición de colonizado y hace referencia

    necesaria a la relación colonial…Antes de este proceso, no había ‘indios’ ni

    concepto alguno que calificara de manera uniforme a toda la población del

    continente…Población que tenía características muy diversas y que el proceso de

    la llamada conquista orilló a enmascarar su especificidad histórica y a convertirse

    en un ser uniforme…De una sola vez, al mismo tiempo, todos los habitantes del

    mundo americano precolonial entran en la historia europea ocupando un mismo

    sitio”,1 el de la discriminación, que hasta la fecha persiste en nuestra sociedad.

    Discriminación que se refleja en la visión del otro, del ser diferente, por

    considerarlo inferior a una raza y una cultura que no alcanzaba a comprender las

    formas de vida de las personas indígenas, y que hoy, continúan reivindicando su

    derecho a la diferencia, a su identidad. “Identidad que se afirma…sobre la base de

    las diferencias que los caracterizan como miembros del grupo y los distinguen de

    otros.”2

    Así, siguiendo a Bonfil, definir a la persona indígena, ha sido, de siempre, un

    problema con difícil solución, “no es una mera preocupación académica ni un

    problema de semántica. Por lo menos, no lo es en la medida en que se reconozca

    que el término en cuestión designa una categoría social específica y, por lo tanto,

    al definirla es imprescindible establecer su ubicación dentro del contexto más

    1 Cfr. Bonfil Batalla, Guillermo, “El concepto de indio en América: una categoría de la situación

    colonial”, en Obras escogidas de Guillermo Bonfil, Tomo 1, México, CONACULTA, INI – INAH, 1995, pp. 343 344.

    2 García Clark, Rubén R, Derecho a la diferencia y combate a la discriminación, Cuadernos de la Igualdad 7, México, CONAPRED, 2006, pp. 8.

    7

  • amplio de la sociedad global de la que forma parte. Y esto a su vez, esta preñado

    de consecuencias de todo orden, que tienen que ver con aspectos teóricos y con

    problemas prácticos y políticos de enorme importancia para los países que

    cuentan con población indígena.”3

    En general, señala el mismo autor, cualquier intento por definir a la población

    indígena de acuerdo con un solo criterio, se considera insuficiente.4 El criterio

    biológico, por ejemplo, es en nuestros días obsoleto; el criterio lingüístico, por su

    parte ha sido ampliamente utilizado, siendo hasta hoy la base principal para

    realizar estimaciones censales de la población indígena, aunque ya se reconoce

    que la lengua es sólo uno de los muchos factores que configuran la cultura

    indígena.

    Otro criterio más, es precisamente el cultural, “ha sido el criterio mas favorecido

    para basar en él la definición de indígena. Los indios, se dice, participan de

    culturas diferentes. Son indígenas –afirma Comas– quienes poseen predominio de

    características de cultura material y espiritual peculiares y distintas de las que

    hemos dado en llamar cultura occidental.”5

    Ahora, al terminar el siglo XX, han surgido en el escenario nacional un número

    importante de organizaciones sociales que en el campo y la ciudad, se

    autoidentifican como indias. Cuestionan radicalmente el paternalismo del

    indigenismo oficial; buscan la emancipación, pero no para convertirse en mestizos,

    sino para ser reconocidos al mismo tiempo como ciudadanos plenos y como

    indios. Vuelve a plantearse la pregunta ¿cómo definirlos? Ya nadie cree que el

    concepto de raza sea útil, ni siquiera para clasificar somáticamente a la población.

    El criterio cultural sigue teniendo utilidad, pero debe manejarse con cuidado. La

    3 Bonfil Batalla, Guillermo, “El concepto de indio en América: una categoría de la situación colonial”, op. cit., pp. 337.

    4 Ibidem, pp. 338. 5 Ibidem, pp. 339.

    8

  • lengua es importante pero insuficiente…lo indio debe entenderse como una

    dimensión identitaria, y como tal debe tratar de registrarse.6

    Lo cierto es que el criterio cultural ha dado mayores elementos para alcanzar una

    definición, misma que ha considerado dicho aspecto cultural como un todo y que

    ha dado como resultado, un nuevo sujeto, no individual, sino colectivo. La persona

    indígena, no puede pensarse ajena de ese colectivo, denominado pueblo

    indígena. Por lo que en la actualidad, la preocupación se ha centrado en la

    definición del pueblo indígena.

    Definición del Pueblo indígena

    Esta preocupación ha tenido una gran apertura en el ámbito internacional de los

    derechos humanos, en donde se empieza ha reconocer que para salvaguardar los

    derechos humanos de las personas indígenas, en lo individual, hay que

    reconocerlos como parte de un colectivo.

    El primer paso se dio en la Subcomisión sobre Prevención de la Discriminación y

    Protección de las Minorías, misma que recomendó la realización del Estudio del

    problema de la discriminación contra las poblaciones indígenas7, en el que se

    proponen medidas nacionales e internacionales para eliminar la discriminación en

    contra de las personas indígenas y en el que se adoptó una importante definición

    sobre las poblaciones indígenas, en el que se destacan elementos trascendentes

    para identificar al sujeto de protección:

    Son comunidades, pueblos y naciones indígenas los que, teniendo una continuidad histórica con las sociedades anteriores, a la invasión y precoloniales que se desarrollaron en sus territorios, se consideran distintos de otros sectores de la sociedad que ahora prevalecen en esos territorios o en parte de ellos.

    6 De la Peña, Guillermo, “¿Un concepto operativo de lo indio?”, en Estado del desarrollo económico y social de los pueblos indígenas de México, Tomo I, México, INI – PNUD, 2000, pp. 24. 7 Martínez Cobo, José R., “Estudio del problema de la discriminación contra las poblaciones indígenas”, citado por Stavenhagen, Rodolfo, Derechos humanos de los pueblos indígenas, México, Comisión Nacional de Derechos Humanos, 2000, pp. 53.

    9

  • Constituyen ahora sectores no dominantes de la sociedad y tienen la determinación de preservar, desarrollar y transmitir a futuras generaciones sus territorios ancestrales y su identidad étnica como base de su existencia continuada como pueblo, de acuerdo con sus propios patrones culturales, sus instituciones y sus sistemas legales.8

    Por su parte, el Convenio No.169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países

    Independientes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT),9 establece una

    definición de pueblo indígena, que hasta hoy es la más aceptada:

    …los pueblos en países independientes, considerados indígenas por el hecho de descender de poblaciones que habitaban en el país o en una región geográfica a la que pertenece el país en la época de la conquista o la colonización o del establecimiento de las actuales fronteras estatales y que, cualquiera que sea su situación jurídica, conservan todas sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas La conciencia de su identidad indígena o tribal deberá considerarse un criterio fundamental para determinar los grupos a los que se aplican las disposiciones del presente Convenio.10

    De igual forma, en dicho convenio se reconoce la aspiración de los pueblos

    indígenas de todas las regiones del mundo a “asumir el control de sus propias

    instituciones y formas de vida y de su desarrollo económico y a mantener y a

    fortalecer sur identidades, lenguas y religiones, dentro del marco de los Estados

    en que viven”. Y reconoce la contribución de tales pueblos a la diversidad cultural

    de la humanidad.11

    Con estos antecedentes internacionales, es que en el 2001, se reforma la

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para incluir en ella el

    reconocimiento de la pluriculturalidad de la nación, y a los pueblos indígenas que

    la conforman como sujetos de derecho:

    8 Derechos de los Pueblos Indígenas, Vitoria Gasteiz, Servicio de Publicaciones del Gobierno

    Vasco, 1998, pp. 339.

    9 Organización Internacional del Trabajo, “Convenio No. 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes”, 27 de junio de 1989, D.O.F 3 de agosto de 1990, Ratificado el 5 de septiembre de 1990, en Compilación de Instrumentos jurídicos en materia de no discriminación, Vol. I, Tomo I, Parte 1, México, CDHDF, 2004, pp. 308 311. 10

    Compilación de instrumentos internacionales en materia de no discriminación, op. cit., pág. 308. 11 García Clark, Rubén R, Derecho a la diferencia y combate a la discriminación, op. cit. pp. 33.

    10

  • La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas. La conciencia de su identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas. Son comunidades integrantes de un pueblo indígena, aquellas que formen una unidad social, económica y cultural, asentada en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres.

    Como se observa, el artículo 2º constitucional reconoce y define al pueblo

    indígena, pero también reconoce otros sujetos, “la primer referencia especifica a

    los pueblos indígenas se encuentra en el mismo artículo dos y es la referida a los

    sujetos titulares de derechos, que no sólo son los pueblos indígenas sino también

    las comunidades en que se organizan y los individuos que las integran”12 con lo

    cual se reconoce que las personas indígenas, forman parte de un pueblo indígena,

    y que de dicha pertenencia se deriva su existencia y sus derechos como

    mexicanos.

    Con esta disposición quedan atrás todas aquellas disquisiciones sobre qué

    personas pueden ser consideradas indígenas y cómo diferenciarlas de las que no

    lo son. Como bien se sabe, a través de la historia se hicieron muchos esfuerzos

    por encontrar los rasgos distintivos de los pueblos indígenas, para lo cual se

    utilizaron criterios biológicos, económicos, lingüísticos y culturales. En ese sentido

    el criterio mas aceptado es el cultural, también denominado de la autoadscripción,

    lo que se traduce en que una persona es indígena si acepta su pertenencia a un

    pueblo indígena, se identifica con su cultura, actúa conforme a ella y el pueblo

    indígena al que se adscribe la reconoce como parte de él. A eso se refiere la

    reforma introducida en la Constitución cuando afirma que la conciencia de su

    identidad debe ser el criterio fundamental para determinar qué personas forman

    parte de un pueblo indígena, y cuales no.13

    12 López Barcenas, Francisco, Legislación y Derechos Indígenas en México, México, COAPI, 2002, pp. 55. 13 Ibidem, 56 57.

    11

  • A pesar de que hoy se reconoce la pluriculturalidad de la nación, la situación de

    los pueblos indígenas no ha cambiado mucho, igual que el Estado colonial en su

    tiempo, el Estado nacional, ha establecido políticas y programas públicos, que no

    reconocen ni aceptan la riqueza de nuestra diversidad cultural, y cuyo objetivo

    principal ha sido la integración de los pueblos indígenas a la cultura nacional.

    3. Antecedentes de los programas públicos de atención a las personas

    indígenas

    El indigenismo en México, como política de Estado, se puede distinguir en tres

    grandes momentos: el periodo que podemos llamar el ”preinstitucional” que va

    desde el descubrimiento y la conquista del Nuevo Mundo y la construcción de la

    Nueva España hasta la Revolución Mexicana, el indigenismo institucionalizado

    que empieza en el período posrevolucionario, y finalmente, el periodo de la crisis

    del indigenismo institucionalizado que empieza en 1982, con la adopción formal y

    real del neoliberalismo como política oficial del Estado mexicano.14

    Para los efectos del tema en estudio, analizaremos los antecedentes, a partir del

    indigenismo institucionalizado, que inicia como se señaló, en la época

    posrevolucionaria con políticas integracionistas, asimilacionistas, paternalistas y

    asistencialistas. Terminada la Revolución mexicana, el nuevo Estado surgido se

    dio cuenta de que la desaparición de los pueblos indígenas había sido una falacia

    y se propuso hacerla efectiva integrándolos a la cultura nacional, para lo cual

    impulso una política de Estado que con el nombre de indigenismo buscaba

    terminar con sus culturas para integrarlos a la dominante.”15

    14 Korsbaek, Leif y Sámano Rentaría, Miguel Ángel, “El Indigenismo en México: Antecedentes y Actualidad”, en Ra Ximhai, Mochicahui, El Fuerte, Sinaloa, núm. 1, Enero – Abril 2007, año/Vol.3, pp.196, Página electrónica: Universidad Autónoma Indígena de México, disponible en www.uaim.edu.mx, agosto 2007.15 López Barcenas Francisco, Autonomía y Derechos Indígenas en México, México, CONACULTA – DGCP – COAPI, 2002, pp. 72.

    12

  • El indigenismo mexicano contemporáneo debe reconocer en la Revolución de

    1910 su punto de partida. La intención, las ideas fundamentales y las modalidades

    de la práctica indigenista se comprenden mejor si se las contempla al lado de la

    reforma agraria, la educación rural y el movimiento intelectual nacionalista, que

    alcanzaron su expresión más cabal durante el periodo cardenista.16

    En esencia, lo que norma la dirección y la intensidad de la política indigenista son

    los intereses dominantes en las sociedades nacionales,17 a través de acciones de

    aculturación dirigida sobre los pueblos y comunidades indígenas, a fin de facilitar

    su paulatina y armónica integración al sistema nacional. Se presupone, por lo

    tanto, que la causa fundamental de la problemática indígena radica en las

    diferencias culturales, en el rezago o en la inadecuación de los códigos culturales

    de los indígenas en relación con la cultura dominante a escala nacional.18

    La política indigenista posrevolucionaria fue originalmente una política de

    asimilación y luego de integración, con fuertes tintes de política colonialista.

    Durante los primeros años posrevolucionarios, se centró en una política de

    alfabetización y aculturación a través de la educación nacional.

    La meta del indigenismo, dicho brutalmente, consiste en lograr la desaparición del

    indio,…al indio hay que integrarlo, e integración debe traducirse no como el

    establecimiento de formas de relación entre los indios y el resto de la sociedad

    global, sino como una asimilación total del indígena, una pérdida de su identidad

    étnica, una incorporación absoluta a los sistemas sociales y culturales del sector

    mestizo mexicano.19

    16 Bonfil Batalla, Guillermo, “Del indigenismo de la Revolución a la antropología crítica”, en Obras escogidas de Guillermo Bonfil, op.cit., pp.295. 17 Bonfil Batalla, Guillermo, “El indio y la situación colonial: contexto de la política indigenista en América Latina”, en Obras escogidas de Guillermo Bonfil, op.cit., pp. 359. 18 Ibidem, pp. 365. 19 Bonfil Batalla, Guillermo, “Del indigenismo de la Revolución a la antropología crítica”, op.cit., pp.296 – 297.

    13

  • Durante el gobierno de Lázaro Cárdenas se consolidó la política de integración

    indígena. En el año de 1937 se creo el Departamento de Educación Indígena,

    dependiente de la Secretaría de Educación Pública, a él se incorporaron los

    internados indígenas con el nombre de Centros de Educación Indígena, en 1938

    estos centros pasaron al Departamento de Asuntos Indígenas convertidos en

    Centros de Capacitación Económica. Su objetivo fue brindar capacitación en

    técnica agrícola e industrial a indígenas. Una de las últimas actividades

    indigenistas del presidente Cárdenas fue el impulso a la realización del Primer

    Congreso Interamericano Indigenista, celebrado en Pátzcuaro, Michoacán en

    1940,20 cuyo objetivo fue reflexionar en torno a la situación de la población

    indígena de todo el continente y en el que se determinó que era preciso llevar a

    cabo una acción política respecto a los pueblos indios.

    A partir de ese evento se decidió la creación del Instituto Interamericano

    Indigenista (III), y los órganos similares en cada uno de los Estados.21 Podría

    entenderse esa ocasión como el momento de resumen e integración de los

    planteamientos y prácticas de las dos décadas anteriores en materia de educación

    y promoción económica de las comunidades indígenas.22

    En 1948 se creo el Instituto Nacional Indigenista (INI) para sustituir al

    Departamento Autónomo de Asuntos Indígenas, como un organismo público

    descentralizado del gobierno federal, dependiente de la Secretaria de Educación

    Pública, y encargado de diseñar e instrumentar la política gubernamental hacia los

    pueblos indígenas de México.

    Durante los primeros años sus actividades se orientaron al estudio, investigación,

    asesoría, difusión y capacitación para promover las medidas para el mejoramiento

    de los pueblos y comunidades indígenas, así como la coordinación con programas

    20 López Barcenas Francisco, Autonomía y Derechos Indígenas en México, op. cit., pp. 73. 21 Idem. 22 Bonfil Batalla, Guillermo, “Del indigenismo de la Revolución a la antropología crítica”, op.cit., pp. 295.

    14

  • de otras dependencias oficiales en regiones indígenas. “Con el paso de los años el

    INI fue asumiendo en los hechos funciones más operativas debido a la ausencia

    de acción de otras instituciones federales y estatales que atendieran los reclamos

    de los pueblos indígenas. El INI creció tanto que en los años noventa su estructura

    estaba diseñada para atender 23 estados de la República por medio de 96

    Centros Coordinadores Indígenas, organizados por 21 delegaciones estatales y 12

    subdelegaciones. En el año de 1992 el INI dejó de ser dependiente de la

    Secretaria de Educación Publica y pasó a formar parte de la Secretaria de

    Desarrollo Social.”23

    La política indigenista tuvo como principales acciones la castellanización de los

    indios, para una adecuada incorporación a la nación mexicana; se consolidó la

    creación de Centros Coordinadores Indigenistas, con la consigna de regular

    programas conectados con asuntos de agricultura, salubridad, comunicaciones y

    otros más que no lograban llegar hasta el mundo indígena; la construcción de

    infraestructura (caminos, electrificación, atención médica, etc.), la activación del

    comercio y el incremento de la división del trabajo, también fueron prioridades

    para la inserción de los indios al Estado mexicano.24

    Por lo tanto, el ámbito que ha recibido mayor consideración ha sido la educación,

    el interés por apoyar lingüísticamente el aprendizaje de los niños indígenas ha

    sido una constante desde la primera Reunión de Lingüistas y Filólogos de 1939, y

    continuada más sistemáticamente desde la creación del INI. La oferta educativa

    para la población indígena ha tenido un crecimiento impresionante desde que la

    Secretaria de Educación Publica retomó la responsabilidad de la educación

    bilingüe para los pueblos indígenas en 1964, por medio del Programa de

    Promotores Culturales Bilingües creado por el INI en 1951. El Programa de la SEP

    inicio con apenas 300 promotores, Actualmente, el personal docente adscrito al

    23 López Barcenas Francisco, Autonomía y Derechos Indígenas en México, op. cit., pp. 73 – 74. 24 Página electrónica: Cámara de Diputados, disponible en: www.archivos.diputados.gob.mx, agosto 2007.

    15

  • subsistema de educación indígena suma al menos 36,000 maestros de preescolar

    y primaria que atienden aproximadamente a 50 % de los niños indígenas en edad

    escolar.25

    El indigenismo institucionalizado sin embargo, no dio los frutos esperados, de

    pronto, los gobiernos y la opinión pública se dieron cuenta de que los grupos

    étnicos indígenas no eran en realidad reliquias vivientes del pasado que se

    pudieran echar al basurero de la historia, sino fuerzas sociales dinámicas que

    exigían su lugar en la sociedad contemporánea, en sus propios términos y no sólo

    en los que deciden las élites de los intelectuales, los ideólogos, políticos, y los

    burócratas gubernamentales.26

    Grandes cantidades de tinta han sido derramadas para explorar, defender y

    criticar a la política indigenista, pero parece que en algún momento se llegó a una

    opinión generalmente compartida que el indigenismo había llegado a un callejón

    sin salida, y que se tenían que buscar otros caminos, en lo que a la problemática

    indígena se refiere y su solución donde se observa un ambiente general de

    fracaso.27

    Así, de un primer periodo de indigenismo nacionalista acorde con las políticas de

    un Estado benefactor, se paso a establecer políticas públicas bajo la estrategia de

    disminuir la presencia del Estado, y de incluso hablar de una nueva relación del

    Estado con los pueblos indígenas, que bajo el nombre de desarrollo, se comenzó

    a implementar, sin tomar en cuenta a los propios interesados.

    Desde 1982 podemos seguir tres diferentes senderos complementarios para trazar

    la agonía del indigenismo en México. En primer lugar podemos seguir el discurso

    25 Estado del Desarrollo económico y social de los pueblos indígenas de México, op. cit., pp. 116.

    26 Stavengahen, Rodolfo, La cuestión étnica, México, El Colegio de México, México, 2001, pp. 89. 27 Korsbaek, Leif y Sámano Rentaría, Miguel Ángel, “El Indigenismo en México: Antecedentes y Actualidad”, op. cit., pp.207.

    16

  • indigenista, y darnos cuenta de que los planteamientos que se formularán en los

    años después de 1982, hasta hoy, van a ser un ejercicio verbal y nada más. En

    segundo lugar podemos seguir el desarrollo de los proyectos y llegar hasta lo que

    representa hoy el proyecto indigenista en su forma más pura: el Plan Puebla

    Panamá (PPP), y finalmente podemos seguir el desarrollo institucional, que se

    manifiesta claramente con la liquidación del Instituto Nacional Indigenista (INI)

    después de 55 años de existencia. 28

    Por ello, el indigenismo, primero con sus políticas de asimilación e integración y

    luego de etnodesarrollo y participación, ha sido la política nacional destinada a

    suplir la acción gubernamental en las regiones indígenas, y a generar los agentes

    y canales de representación y comunicación de los indígenas ante el Estado. La

    exclusión de los beneficios del desarrollo, el rechazo a las políticas de integración

    y la demanda por espacios de representación propios generaron los movimientos

    y organizaciones indígenas que, desde principios de los años setenta, se hicieron

    presentes en el escenario nacional,29 y que a la fecha han protagonizado un sin fin

    de luchas reivindicatorias de sus derechos, que el Estado, con sus políticas

    indigenistas no ha podido satisfacer.

    A continuación presentamos el desarrollo de las políticas indigenistas posteriores

    al gobierno de Lázaro Cárdenas, en el que se da inicio al indigenismo, como

    política de Estado y que en mayor o menor medida, se ha seguido implementando.

    Al final del periodo alemanista se creo un Centro Coordinador en la región

    tarahumara. En el periodo de Ruiz Cortínez se crearon tres Centros

    Coordinadores en diferentes regiones indígenas de Oaxaca, con en fin de

    promover el desarrollo regional. Durante el periodo de López Mateos se crearon

    28 Korsbaek, Leif y Sámano Rentaría, Miguel Ángel, “El Indigenismo en México: Antecedentes y Actualidad”, op. cit., pp. 210.

    29

    Estado del Desarrollo económico y social de los pueblos indígenas de México, op. cit., pp. 365.

    17

  • cinco Centros Coordinadores, y durante el periodo de Díaz Ordaz solo se creo un

    Centro Coordinador en la Sierra Norte de Puebla. Durante el periodo de

    Echeverría se crearon la mayoría de los Centros Coordinadores Indigenistas, pues

    pasaron de 12 a 70, y el presupuesto del INI se vio favorecido por varios

    programas implementados por el gobierno federal, como el PIDER (Programa

    Integral de Desarrollo Rural), CONASUPO, INMECAFE, FONART y otros

    fideicomisos, que fueron creados para impulsar el desarrollo rural.30

    De igual forma, durante el echeverrismo se realizo el Primer Congreso Nacional de

    Pueblos Indios, con el apoyo de la Confederación Nacional Campesina y la

    Secretaria de la Reforma Agraria, de donde surgieron los Congresos Supremos

    Indígenas, uno por cada una de las 56 etnias reconocidas por el INI. En 1970

    desapareció la Dirección de Asuntos Indígenas y se creo en 1972 la Dirección de

    Educación Bilingüe, dentro de la Secretaria de Educación Publica.31

    Durante la gestión de López Portillo se dio continuidad a la política indigenista de

    tipo populista instaurada durante el echeverismo, en 1977 se creo una

    Coordinación General del Plan Nacional de Zonas Deprimidas y Grupos

    Marginados, mejor conocida como COPLAMAR, con el fin de coordinar programas

    de alimentación, salud, educación, producción, aprovechamiento de recursos,

    caminos, agua potable, mejoramiento de vivienda, etc. Se trataba de un programa

    integral, estableciendo una nueva política indigenista cuyo ejecutante seria el INI,

    se crearon 14 centros coordinadores, llegando a ser 84 para 1982 y se

    establecieron 1,252 albergues escolares para niños indígenas, esta etapa fue la

    que dio auge al populismo gubernamental, a través de la política asistencialista.32

    30 Sámano Rentaría, Miguel Ángel, El indigenismo institucionalizado en México (1936 – 2000) un Análisis, en Página electrónica: Instituto de Investigaciones Jurídicas, disponible en: www.bibliojuridica.org, agosto 2007.

    31 Idem. 32 Idem.

    18

  • En el sexenio de Miguel de la Madrid, la política indigenista, dio un giro en sentido

    contrario al Estado benefactor, hacia una economía de mercado. Esto significo un

    cambio estructural para la sociedad mexicana, y los pueblos indígenas se vieron

    afectados, al replegarse el Estado en sus funciones. Sin embargo, dentro del plan

    de desarrollo de 1983 a 1988 se delineo una política indigenista en cuatro puntos:

    a) el reconocimiento de la realidad pluricultural del país y el apoyo a la educación

    bilingüe y bicultural; b) los grupos indígenas tendrían mayor participación en las

    planeaciones estatal y municipal; c) el objetivo básico de la estrategia de

    desarrollo rural sería el mejoramiento de los niveles de bienestar de la población,

    con base en la participación organizada y en la plena utilización de los recursos

    naturales y financieros; d) deberían intensificarse las acciones de apoyo, rescate y

    difusión de las culturas populares y regionales. 33

    A partir de 1988, la política de Salinas de Gortari cambio en materia indígena, la

    solución para los pobres fue el Programa Solidaridad, en varias localidades se

    establecieron comités comunitarios, en 1989 se creo la Comisión Nacional de

    Justicia para los pueblos indígenas y se establecieron los Fondos Regionales de

    Solidaridad, sin embargo, en este sexenio se hizo público el descontento de los

    indígenas del país, respecto del trato que hasta entonces se les había dado, a

    través del surgimiento en 1994 del Ejercito Zapatista de Liberación Nacional

    (EZLN), las voces y las demandas de los pueblos indígenas fueron tomadas en

    cuenta desde otra perspectiva, la del reconocimiento de derechos indígenas.34

    Por su parte, la Política de Zedillo, aunque fue una continuidad de la salinista, tuvo

    que conciliar con la nueva demanda de reconocimiento de los pueblos indígenas y

    con las del zapatismo, sin embargo, las políticas de gobierno siguieron

    implementándose a través del INI, sin que en la realidad se mostrara voluntad

    33 Sámano Rentaría, Miguel Ángel, El indigenismo institucionalizado en México (1936 – 2000) un Análisis, en Página electrónica: Instituto de Investigaciones Jurídicas, disponible en: www.bibliojuridica.org, agosto 2007. 34 Idem.

    19

  • política, para la satisfacción de dichas demandas. Destaca de este periodo, la

    realización de la Consulta Nacional sobre Derechos y Participación Indígenas que

    realizaran, lo poderes legislativo y ejecutivo.35

    El sistema político mexicano vio a la población indígena como otro sector al que

    había que corporativizar, y la política indigenista oficial sirvió para estos fines,

    hasta el año 2000, en que el partido oficial perdió la presidencia de la República.

    Con la alternancia en el poder se esperaba que hubiera cambios en la política

    indigenista de Estado, a partir del gobierno de Vicente Fox, pero curiosamente se

    volvieron a dar pasos ya andados.36

    Cabe señalar que en el periodo de Vicente Fox, se aprobó una reforma

    constitucional en materia indígena, que hasta la fecha es rechazada por los

    pueblos indígenas del país, en virtud de que no reconoce las demandas que éstos

    han venido realizando y continua dándoles trato de sujetos de interés publico, y no

    de sujetos de derecho.

    En este periodo el Instituto Nacional Indigenista dejó de existir, con lo cual (podría

    pensarse, que) se cierra el periodo de indigenismo institucionalizado en México,

    sin embargo, el “gobierno del cambio” transformó las siglas de la institución

    indigenista, pensando que el cambio del nombre significaría un cambio en la

    política, pero la verdad es que el Estado mexicano continúa con una política

    indigenista ahora llamada “desarrollo de los pueblos indígenas”, pero se ha

    quedado en las buenas intenciones sin lograr un cambio en la política paternalista

    y asistencialista que han caracterizado al indigenismo de Estado de viejo cuño. La

    35 Sámano Rentaría, Miguel Ángel, El indigenismo institucionalizado en México (1936 – 2000) un Análisis, en Página electrónica: Instituto de Investigaciones Jurídicas, disponible en: www.bibliojuridica.org, agosto 2007. 36 Idem.

    20

  • Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas es igual que la vieja INI,

    como la llaman los indígenas, pues en esencia es una institución indigenista.37

    4. Políticas públicas y gestión gubernamental de la administración 2000 –

    2006 y 2007 – 2012.

    Las modificaciones realizadas a la Constitución en el 2001, trajeron consigo

    cambios en la forma de implementar los programas de atención a las personas y a

    los pueblos indígenas del país, fue en el articulo 2º de la ley fundamental en su

    apartado B, donde se establecieron las líneas programáticas a seguir para el

    desarrollo de los indígenas, el citado precepto “contiene una serie de obligaciones

    de innegable pertinencia. Son acciones que el gobierno, en todos sus niveles,

    debe tomar a la brevedad para compensar un rezago social secular. La duda que

    surge, sin embargo, es si todos esos nobles y justificados propósitos deben o no

    formar parte del texto constitucional. Hay algunas fracciones del apartado B que

    parecen extraídas de un Plan Nacional de Desarrollo, de un plan de políticas

    públicas o incluso de un informe de gobierno.”38

    Podemos observar que el artículo citado obliga al Estado mexicano a promover,

    procurar y fomentar el desarrollo integral, el desarrollo regional, el desarrollo

    sustentable, planes y programas de desarrollo educativo, sin señalar qué debemos

    entender por cada uno de estos tipos de desarrollo, y sobre todo, cómo se llevarán

    a cabo. “Desde luego, pese a su ambigüedad, todas las fracciones del apartado B

    son, de alguna manera, justiciables y exigibles; tienen un contenido normativo

    mínimo que no puede ser vulnerado y que, en su caso, podrá ser exigido ante la

    jurisdicción constitucional. Es tarea de los intérpretes poner de manifiesto (o

    intentarlo) que no son una lista de recomendaciones o de buenos deseos que las

    autoridades pueden ir cumpliendo como mejor les parezca: son, por el contrario,

    37 Sámano Rentaría, Miguel Ángel, El indigenismo institucionalizado en México (1936 – 2000) un Análisis, en Página electrónica: Instituto de Investigaciones Jurídicas, disponible en: www.bibliojuridica.org, agosto 2007. 38 Carbonell, Miguel, “Constitución y derechos indígenas”, en Carbonell, Miguel y Pérez Portilla, Karla, Comentarios a la reforma constitucional en materia indígena, México, Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM, 2002, p. 29

    21

  • mandatos constitucionales, es decir, normas vinculantes para autoridades y

    particulares.”39

    En este sentido, el mandato de que haya instituciones enfocadas a la atención de

    los indígenas se encuentra fundamentado en el artículo segundo constitucional en

    el primer párrafo del Apartado B, que textualmente dice: “La Federación, los

    Estados y los Municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los

    indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las

    instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de

    los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y

    comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con

    ellos”. Es decir, los tres niveles de gobierno se obligan a establecer instituciones y

    a formular políticas, en cuatro aspectos fundamentales: 1) Promover la igualdad

    de oportunidades de los indígenas; 2) Eliminar cualquier práctica discriminatoria;

    3) Garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas; y 4) Garantizar el

    desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas. Así mismo esas

    instituciones y políticas “deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con

    ellos”.

    Es por ello que a la fecha existen diversas instituciones que pretenden velar por el

    cumplimiento de este mandato, algunas son de reciente creación y en otras se han

    modificado sus leyes reglamentarias, para facultarlas en la materia.

    Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI)

    La Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas

    (CDI)40 , abrogó la Ley de creación del Instituto Nacional Indigenista (INI),

    institución que por muchos años llevó a cabo la política indigenista del país. En

    cumplimiento del artículo 2º constitucional, la nueva ley establece que la CDI tiene

    39 Ibidem, pp. 31. 40 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2003.

    22

  • por objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y

    evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el

    desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas, es decir,

    tiene a su cargo el establecimiento y la ejecución de las políticas de desarrollo de

    los pueblos indígenas. Continuando con una tendencia asistencialista,

    considerando que la comunidad indígena es una entidad de interés público, a

    pesar de enunciarlas como políticas transversales, lo que decreta son propuestas

    de desarrollo indígena, más no propuestas indígenas de desarrollo.

    En cuanto a sus funciones la CDI será instancia de consulta para la formulación,

    ejecución y evaluación de los planes, programas y proyectos que las

    dependencias y entidades de la Administración Pública Federal desarrollen en la

    materia, y coadyuvará al ejercicio de la libre determinación y autonomía de los

    pueblos y comunidades indígenas en el marco de las disposiciones

    constitucionales. Ello dependerá, por supuesto, del reconocimiento que realicen

    las entidades federativas, sin mencionar, que de hecho, los pueblos y

    comunidades indígenas no requieren que se les ayude a ejercer su autonomía,

    sino más bien que se les reconozca.

    Asimismo, realizará tareas de colaboración con las dependencias y entidades de

    la Administración Pública Federal, las cuales deberán consultarla en las políticas y

    acciones vinculadas con el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas; de

    coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios;

    de interlocución con los pueblos y comunidades indígenas, y de concertación con

    los sectores social y privado. Deberá proponer y promover las medidas que se

    requieran para el cumplimiento de lo dispuesto en el apartado B del artículo 2o.

    constitucional y evaluar las políticas públicas y la aplicación de los programas,

    proyectos y acciones gubernamentales que conduzcan al desarrollo integral de

    dichos pueblos y comunidades.

    Por otra parte, realizará investigaciones y estudios para promover el desarrollo

    integral de los pueblos indígenas; de igual manera, deberá diseñar y operar, en el

    23

  • marco del Consejo Consultivo de la Comisión, un sistema de consulta y

    participación de los indígenas, estableciendo los procedimientos técnicos y

    metodológicos para promover la participación de las autoridades, representantes

    y comunidades de los pueblos indígenas en la formulación, ejecución y evaluación

    de los planes y programas de desarrollo. Existe ya un sistema de consulta y

    participación, que no es una política pública, sino un derecho fundamental, el

    principio establecido en el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en

    países independientes de la Organización Internacional del Trabajo, que se refiere

    a tomar en cuenta la opinión de los pueblos interesados, a través de sus

    instituciones propias y en todos los actos que se realicen tanto administrativa

    como legislativamente, y no sólo en lo que se refiere a los planes y programas de

    desarrollo.

    La CDI debe también asesorar y apoyar en materia indígena a las instituciones

    federales, así como a los estados, municipios y a las organizaciones de los

    sectores social y privado que lo soliciten: instrumentar y operar programas y

    acciones para el desarrollo de los pueblos indígenas cuando no correspondan a

    las atribuciones de otras dependencias o entidades de la Administración Pública

    Federal o en colaboración, en su caso, con las dependencias y entidades

    correspondientes y desarrollar programas de capacitación para las dependencias

    y entidades de la Administración Pública Federal, así como para las entidades

    federativas y municipios que lo soliciten, con el fin de mejorar la atención de las

    necesidades de los pueblos indígenas.

    Además, deberá establecer acuerdos y convenios de coordinación con los

    gobiernos de las entidades federativas, con la participación que corresponda a

    sus municipios, para llevar a cabo programas, proyectos y acciones conjuntas en

    favor de los pueblos y comunidades indígenas; concertar acciones con el sector

    social y privado, para que coadyuven en la realización de acciones en beneficio

    de los indígenas. Será igualmente, instancia de consulta para las dependencias y

    entidades de la Administración Pública Federal con el fin de formular el proyecto

    24

  • de presupuesto consolidado en materia de desarrollo de los pueblos y

    comunidades indígenas a incluir en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

    Para la ejecución de sus acciones la Comisión observará entre otros principios

    los de impulsar la integralidad y transversalidad de las políticas, programas y

    acciones de la Administración Pública Federal para el desarrollo de los pueblos y

    comunidades indígenas, y fomentar el desarrollo sustentable para el uso racional

    de los recursos naturales de las regiones indígenas sin arriesgar el patrimonio de

    las generaciones futuras.

    Otro principio a seguir será el de consultar a pueblos y comunidades indígenas

    cada vez que el Ejecutivo Federal promueva reformas jurídicas y actos

    administrativos, programas de desarrollo o proyectos que impacten

    significativamente sus condiciones de vida y su entorno.

    Para el ejercicio de sus funciones la Comisión estará conformada por una Junta

    de Gobierno como órgano de gobierno, un Director General como órgano de

    administración y un Consejo Consultivo, como órgano de consulta y vinculación

    con los pueblos indígenas y la sociedad. El Consejo Consultivo es el único órgano

    que contará con participación indígena, estableciendo que estará integrada por

    representantes de los pueblos indígenas, de conformidad con las disposiciones

    legales aplicables derivadas del artículo 2o. de la Constitución Política, es decir de

    acuerdo a las formas propias de elección de autoridades y representantes de

    cada pueblo y comunidad indígena, en la composición del Consejo siempre habrá

    mayoría de representantes indígenas.

    La función del Consejo Consultivo de la Comisión será analizar, opinar y hacer

    propuestas a la Junta de Gobierno y al Director General sobre las políticas,

    programas y acciones públicas para el desarrollo de los pueblos indígenas. El

    Consejo Consultivo sesionará de manera trimestral y será presidido por un

    representante indígena. En el cual deben de participar los representantes de todos

    los pueblos indígenas del país. En este sentido, se señala que será el Estatuto

    25

  • Orgánico de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas41 el

    que determinará la forma de integración de dicho Consejo. Sin embargo, del citado

    ordenamiento sólo se desprende, que: El Consejo Consultivo se constituirá por los

    representantes a que se refiere el artículo 12 de la Ley y tendrá como funciones

    las de analizar, opinar y hacer propuestas a la Junta de Gobierno y al Director

    General sobre las políticas, programas y proyectos de carácter público para el

    desarrollo de los pueblos indígenas. El Consejo Consultivo de la Comisión

    sesionará de manera trimestral; será presidido por un representante indígena y su

    integración se regirá por el Reglamento que expida la Junta de Gobierno.

    “El Programa Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y la Comisión

    Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas son la normatividad y la

    instancia responsables de poner en práctica el apartado B del artículo 2

    constitucional, sobre el papel de las autoridades para promover la igualdad de

    oportunidades de los indígenas y eliminar las prácticas discriminatorias. Aunque el

    Programa Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (2000 – 2006) fue

    resultado de las propuestas recogidas en 33 foros de consulta realizados en 23

    entidades federativas, muchas comunidades indígenas no se sintieron

    representadas por éstas. Muchas personas se sienten inconformes con el

    Programa y cuestionan su legitimidad: los foros fueron objetados por diversas

    organizaciones y comunidades indígenas, así como por organismos civiles de

    derechos humanos por considerar que no cumplieron con los criterios de buena fe,

    ni fueron realizadas con base en las instancias tradicionales de los pueblos

    indígenas, reconocidas en el Convenio 169 de la Organización Internacional del

    Trabajo. Se afirma además, que la presencia de tres mil individuos en los 33 foros,

    no puede considerarse representativa de los casi 13 millones de indígenas que

    hay en el país. En virtud de que las consultas realizadas se hicieron teniendo

    como base una reforma constitucional impugnada, las acciones emprendidas con

    41 Diario Oficial de la Federación del 24 de abril de 2004.

    26

  • fundamento en la misma no pueden ser legitimadas ni aprobadas por los

    involucrados y menos ser consideradas como actos bien intencionados.”42

    A partir de la creación de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los

    Pueblos Indígenas y propiamente de la CDI, se inició un proceso de creación y

    establecimiento de instancias gubernamentales o bien, de programas dentro de

    las instancias ya existentes, que prestan atención a indígenas.

    Entre los principales programas que lleva a cabo la CDI, de acuerdo con sus

    Reglas de Operación 200743, encontramos:

    Programa Albergues Escolares Indígenas;

    Programa Fondos Regionales Indígenas;

    Programa Promoción de Convenios en Materia de Justicia;

    Programa Fomento y Desarrollo de las Culturas Indígenas;

    Programa Organización Productiva para Mujeres Indígenas;

    Programa de Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas,

    Programa de Coordinación para el Apoyo de la Productividad;

    Programa Turismo Alternativo en Zonas Indígenas

    Secretaria de Educación Pública

    Dirección General de Educación Indígena (DGEI)

    La Dirección General de Educación Indígena44, se encuentra regulada dentro del

    Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario

    Oficial de la Federación el 26 de marzo de 1994, es decir, antes de la reforma

    42 Cisneros, Isidro H. Derechos humanos de los pueblos indígenas, México, Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, 2004, p. 137. 43Página electrónica: Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, disponible en www.cdi.gob.mx.programas., octubre 2007.

    44Página electrónica: Secretaria de Educación Pública, disponible en www.basica.sep.gob.mx/dge, octubre 2007.

    27

  • constitucional de 2001, su objetivo general es ofrecer, de manera corresponsable

    con las entidades federativas, a la población indígena una educación básica de

    calidad con equidad en el marco de la diversidad, que considere su lengua y su

    cultura como componentes del currículo, y le permita desarrollar competencias

    para participar con éxito en los ámbitos escolar, laboral y ciudadano que demanda

    la sociedad del conocimiento.

    Asimismo, dentro de la Secretaría de Educación Pública, existen otras instancias

    que manejan programas para indígenas:

    Consejo Nacional para la Cultura y las Artes

    El Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, a través de la Dirección General

    de Culturas Populares e Indígenas45 lleva a cabo los siguientes programas:

    Programa de apoyo a las culturas Municipales y Comunitarias –PACMYC;

    Programa de Arte Popular

    Programa de Escuelas Itinerantes de Diseño Artesanal;

    Programa de apoyo a las Culturas Indígenas Migrantes.

    Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI)

    Tiene su origen en la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos

    Indígenas46 (LGDLPI) derivada a su vez de la reforma constitucional en materia

    indígena.

    45 Página electrónica: Dirección General de Culturas Populares e indígenas, disponible en www.culturaspopulareseindigenas.gob.mx, octubre 2007. 46 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2003.

    28

  • La LGDLPI, decreta la creación del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, como

    un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, de servicio

    público y social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado en la

    Secretaría de Educación Pública, cuyo objeto es promover el fortalecimiento,

    preservación y desarrollo de las lenguas indígenas que se hablan en el territorio

    nacional, el conocimiento y disfrute de la riqueza cultural de la nación, y asesorar a

    los tres órdenes de gobierno para articular las políticas públicas necesarias en la

    materia.

    Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT)

    La SEMARNAT actualmente se encuentra implementando el Programa para los

    Pueblos Indígenas47 , cuyo objetivo principal es el de coadyuvar en el

    mejoramiento de la calidad de vida de los pueblos indígenas, a través diversas

    acciones que incidan en el manejo, conservación y aprovechamiento sustentable

    de sus recursos naturales y de la biodiversidad existente en sus territorios,

    rescatando y revalorando sus conocimientos así como respetando y protegiendo

    su propiedad intelectual.

    El Programa se lleva a cabo de conformidad con las siguientes líneas estratégicas:

    • Promover, coordinar y evaluar las políticas públicas del Sector Medio

    Ambiente que incidan en el uso, manejo o conservación de los recursos

    naturales de los Pueblos Indígenas.

    • Apoyar las estrategias comunitarias de aprovechamiento sustentable de los

    recursos naturales, y fomentar la adaptación y apropiación de los

    instrumentos de política ambiental por parte de los Pueblos Indígenas.

    47 Página electrónica: Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, disponible en www.smarnat.gob.mx.participacionsocial.programapueblosindigenas, octubre 2007.

    29

  • • Facilitar y fortalecer la participación equitativa, representativa y efectiva de

    los Pueblos Indígenas en los espacios de planeación y análisis de políticas

    públicas del Sector Medio Ambiente.

    • Promover la difusión y aplicación de la normatividad ambiental y los

    derechos de los Pueblos Indígenas respecto a la conservación y manejo

    sustentable de los recursos naturales y el medio ambiente.

    Las líneas estratégicas planteadas son complementarias, en su desarrollo se

    trabajará de manera coordinada con las distintas áreas de la SEMARNAT y sus

    órganos desconcentrados y descentralizados, así como con la Comisión para el

    Desarrollo de los Pueblos Indígenas y otras dependencias gubernamentales.

    Dicho programa es ejecutado directamente por los enlaces de atención a pueblos

    indígenas en las Delegaciones Federales de la Secretaría de Medio Ambiente y

    Recursos Naturales, mismas que brindan asesoría a los indígenas en cada uno de

    los Estados de la República Mexicana.

    Secretaria de Desarrollo Social (SEDESOL)

    Por su parte, la Secretaria de Desarrollo Social, maneja diversos programas de

    atención a los indígenas entre los que destacan el Programa de Vivienda Rural48 ,

    así como el Programa Hábitat49, cuyo objetivo es contribuir a superar la pobreza

    urbana, mejorar el hábitat popular y hacer de las ciudades y sus barrios espacios

    ordenados, seguros y habitables, prestando especial atención a grupos

    vulnerables entre los que se encuentra la población indígena.

    48 Página electrónica: Fondo Nacional , disponible en www.fonhapo.gob.mx, octubre 2007. 49Página electrónica: Secretaria de Desarrollo Social, disponible en www.sedesol.gob.mx, octubre 2007.

    30

  • Secretaria de la Reforma Agraria (SRA)

    De igual forma la Secretaria de la Reforma Agraria50 ha implementado diversos

    programas de apoyo y proyectos productivos tales como:

    Fondo de Apoyo a Proyectos Productivos (FAPPA),

    Programa de la Mujer en el Sector Agrario (PROMUSAG),

    Fondo de Tierra e Instalación del Joven Emprendedor Rural.

    Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

    (SAGARPA)

    La SAGARPA estableció desde 2002 el Programa Especial Concurrente para el

    Desarrollo Rural Sustentable51 cuyo fin primordial es que la población rural alcance

    un mayor bienestar y satisfacer sus aspiraciones de vivir un clima de justicia,

    equidad y libertad consolidadas, que les permita realizarse como ciudadanos,

    familia y comunidades.

    A través de dicho programa se han ejecutado programas como:

    PAPIR (Apoyo a los Proyectos de Inversión Rural);

    PRODESCA (Desarrollo de Capacidades en el Medio Rural);

    PROFEMOR (Fortalecimiento de Empresas y Organización Rural).

    50Página electrónica: Secretaria de la Reforma Agraria, disponible en www.sra.gob.mx, octubre 2007. 51 Página electrónica: Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, disponible en www.sagarpa.gob.mx.desarrollorural, octubre 2007.

    31

  • Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI)

    El Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), no es

    propiamente una institución en el que su objeto central sea la incidencia en el

    ámbito indígena, sino más bien tiene incumbencia solo en el diseño de la

    metodología para la realización del censo sociolingüístico con el fin de conocer el

    número y distribución de los hablantes de lenguas indígenas con apoyo del INALI,

    según lo dispuesto por la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos

    Indígenas.

    Aunque no esta demás recordar que siendo el INEGI, el responsable de estimar,

    la marginación, pobreza, desigualdad, etc., diseña los indicadores y encuestas

    para medir el estado de desarrollo de las diferentes entidades del país, con lo cual

    aporta elementos que permiten conocer la situación de las comunidades y pueblos

    indígenas en diferentes materias, como salud, educación, vivienda, alimentación,

    etc.

    Tribunales Agrarios

    El Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios, publicado en el Diario Oficial de

    la Federación el 13 de mayo de 1992, en su artículo 41, faculta a los magistrados

    del Tribunal Superior Agrario, en coordinación con los magistrados numerarios de

    dicho Tribunal, a realizar inspecciones a los Tribunales Unitarios Agrarios del país,

    señalando que se podrá inspeccionar cualquiera de los expedientes o alguno en

    especial, para verificar que se encuentren debidamente integrados, asimismo, que

    los miembros de las comunidades indígenas, los ejidatarios, comuneros o

    avecindados, hayan sido debidamente representados; que la audiencia haya sido

    substanciada conforme a la ley y que las pruebas hayan sido correctamente

    desahogadas; que las notificaciones hayan sido legalmente hechas en tiempo y

    forma; que el procedimiento haya sido realizado conforme a derecho y que la

    resolución haya sido dictada y en la misma se haya respetado la jurisprudencia del

    32

  • Tribunal Superior y la del Poder Judicial de la Federación; además de que se

    inspeccionará con especial cuidado que los miembros de las comunidades

    indígenas tengan un efectivo acceso a la jurisdicción del Estado y que en los

    juicios y procedimientos agrarios en que aquellos sean parte, se tomen en cuenta

    sus prácticas y cuenten siempre con un intérprete.

    Procuraduría Agraria (PA)

    De igual forma, la Procuraduría Agraria de conformidad con las atribuciones

    contenidas en la Ley Agraria y en su reglamento interior, publicado en el Diario

    Oficial de la Federación, el 13 de mayo de 1992, tiene a su cargo funciones de

    servicio social, mediante la defensa de los derechos de los sujetos agrarios y de

    su asesoramiento derivado de la aplicación de la ley, y para el logro de su objeto,

    la Procuraduría Agraria ejercerá sus facultades a petición de parte o de oficio,

    contando con las siguientes facultades: Promover la defensa de los derechos y

    salvaguardar la integridad de las tierras de los pueblos indígenas. Estará a cargo

    de un Procurador Agrario y contará con las unidades administrativas y técnicas,

    entre ellas la Coordinación General de Programas Interinstitucionales y tendrá las

    siguientes facultades: Participar en los programas gubernamentales destinados a

    brindar atención a grupos y comunidades indígenas, jóvenes y mujeres

    campesinas, jornaleros agrícolas y avecindados, así como concertar el apoyo de

    los sectores social y privado en beneficio. Por su parte la Dirección General de

    Organización Agraria tendrá las siguientes facultades: Diseñar e implantar, en

    coordinación con otras instituciones, programas destinados a fortalecer la

    organización interna de los grupos y comunidades indígenas, buscando con ello

    salvaguardar su identidad, preservar sus costumbres y promover el mejor

    aprovechamiento de sus recursos.

    33

  • 5. Instrumentos estadísticos que contienen información relacionada con este

    grupo.

    Hasta hace algunos años, las estadísticas que existían sobre población indígena

    se formulaban únicamente en base al criterio lingüístico, sólo se consideraba

    indígena a la persona que se manifestaba hablante de una lengua indígena. Aun

    cuando México se caracteriza por ser un país con un importante porcentaje de

    población indígena – alrededor de 10 % de la población total , existe una notable

    ausencia de trabajos científicos basados en el análisis demográfico de dicho

    sector poblacional. De hecho, las investigaciones en este campo se encuentran

    rezagadas respecto de otras áreas de estudio de la demografía. Esto se debe,

    entre otros factores, a la falta de una metodología de investigación aplicable a

    poblaciones indígenas, cuyo perfil demográfico se ha intentado asimilar por parte

    del Estado mexicano a una sola cultura nacional.52

    Hoy resulta evidente que las fuentes con las que se cuenta –particularmente las

    estadísticas provenientes de los censos para realizar un estudio demográfico

    sobre este sector de la población son insuficientes, pese a los cambios que el

    Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) incorporo en la

    información sobre hablantes de lengua indígena (HLI) en el censo de 1990 y el

    Conteo de Población y Vivienda de 1995. No obstante las limitaciones de las

    cifras censales, éstas constituyen la principal fuente de información para delimitar,

    a través de la variable lingüística, el universo indígena.53

    Los censos nacionales de población constituyen una rica fuente de información

    histórica. Sin embargo, los procesos de recolección de información sobre

    población indígena, a partir de la variable lingüística, han sido diferentes en los

    distintos censos, lo que se refleja en el número y los nombres de las lenguas

    registradas en los periodos censales. En 1910, por ejemplo, se reportaron 49

    52 Estado del Desarrollo económico y social de los pueblos indígenas de México, op. cit., pp. 23.

    53 Idem.

    34

  • lenguas, mientras que entre 1921 y 1960 este numero disminuye censo tras

    censo: en 1921, 43; en 1930, 35; en 1940, 32; en 1950, 28 y en 1960, 29. Para

    1970 y 1980, el número de lenguas registradas se mantiene en 30 y 40,

    respectivamente, mientras que en 1990 se incrementa poco más del doble

    respecto al censo anterior: 92 lenguas y variables lingüísticas. Finalmente, para el

    Conteo de Población y Vivienda de 1995, la cifra de lenguas disminuye a 81. Esta

    diferencia es resultado, en gran parte, de los diversos criterios que se han

    empleado para la cuantificación e identificación del sector indígena, lo que expresa

    claramente la manera en que el Estado ha visto a los pueblos indígenas en los

    diferentes periodos.54

    A pesar de que se han incorporado otras variables en la presentación de la

    información censal sobre población indígena, todavía se tienen importantes vacíos

    que es necesario cubrir.

    Así, de acuerdo con el Informe sobre Desarrollo Humano de los Pueblos Indígenas

    de México 200655 en las últimas décadas se han generado cambios importantes,

    los cuales se pueden ver en la manera en que se han acrecentado y diversificado

    los trabajos, temas, disciplinas y materiales tanto cualitativos como cuantitativos

    sobre los pueblos indígenas y su lugar entre la sociedad mexicana. En particular,

    es de resaltar su cada vez mayor visibilidad en los sistemas de estadísticas

    nacionales y regionales que, si bien con dificultad, dada la complejidad misma de

    contar con indicadores adecuados y comprehensivos sobre las diversas culturas e

    identidades indígenas, sí han permitido construir una perspectiva más amplia y

    profunda sobre los pueblos indígenas.

    Se ha mejorado sustancialmente el conocimiento sobre sus asentamientos

    históricos o recientes en las diferentes regiones y en las ciudades de todo el país,

    54 Estado del Desarrollo económico y social de los pueblos indígenas de México, op. cit., pp. 26

    27. 55

    Informe sobre Desarrollo Humano de los pueblos Indígenas de México 2006, Versión electrónica, México, Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, 2006, pp. 59.

    35

  • las magnitudes, características y dinámicas socioeconómicas y demográficas que

    predominan en cada uno de ellos, distinguiéndolos en sus especificidades, o bien

    las que comparten con otros pueblos y grupos sociales, indígenas o no, así como

    sobre los rezagos y problemas que prevalecen entre ellos y en los lugares en

    donde viven.56

    De esta manera, la apertura de estos campos de visibilidad para el reconocimiento

    de la diversidad indígena como parte central de la sociedad nacional, deberá servir

    para que tanto ellos mismos, como la totalidad de las estructuras de gobierno y la

    propia sociedad mexicana, nos reconozcamos en las riquezas, debilidades,

    potencialidades, limitaciones y capacidades que ofrecen nuestras realidades, y en

    ellas, las alternativas para transformarnos en una sociedad que se reconoce a si

    misma como una totalidad mas justa.57

    Las características propias de una encuesta de representatividad nacional o un

    censo hacen prácticamente imposible aprehender en su totalidad las

    complejidades de la etnicidad. Un censo, y casi siempre una encuesta, es el reflejo

    de la población y sus características básicas en un momento dado en el tiempo.

    Por otro lado y como primer paso hacia el conocimiento de las diferencias

    interétnicas de México, es necesario preguntarse si las inequidades remiten a las

    cualidades del individuo, a su pertenencia a una comunidad étnica, cultural y

    lingüísticamente diferenciada, o si éstas están relacionadas con el contexto

    socioeconómico regional y local de residencia .58

    En este sentido es conveniente comprender claramente los instrumentos utilizados

    para identificar a la población indígena así como las metodologías que se han

    construido para que su estimación cumpla con los requisitos mínimos de calidad,

    confiabilidad y oportunidad, y además permita su correcta desagregación y

    56 Informe sobre Desarrollo Humano de los pueblos Indígenas de México 2006, op.cit., pp.59

    57 Idem. 58 Ibidem. pp. 60 61.

    36

  • desglose a diferentes niveles de análisis, para los distintos pueblos indígenas y

    por género. 59

    Así, en el XII Censo General de Población y Vivienda de 2000 las variables

    usadas fueron la condición de habla de lengua indígena y la Adscripción o

    Pertenencia étnica, a estas variables se les tomo en cuenta una referencia a)

    Individual, b) Por hogar, c) Por localidad, d) Por municipio, y e) Por entidad

    federativa, de modo tal, que a partir de ellas se pueda catalogar como indígena o

    no a cada a) Individuo, b) Hogar, c) Localidad; d) Municipio y e) Entidad

    federativa.60

    Por lo que se considera indígena a las personas o individuos si: a) hablan lengua

    indígena; b) pertenecen a algún grupo indígena, c) forman parte de un hogar

    indígena, d) viven en una localidad indígena, o e) viven en un municipio indígena.

    De igual forma, se consideran hogares indígenas cuando: a) ciertos parientes

    hablan lengua indígena; b) ciertos parientes pertenecen a un grupo indígena, c)

    están en una localidad indígena, o d) están en un municipio indígena.61

    Por otra parte, una localidad es considerada indígena, si: a) existe un porcentaje

    significativo de población indígena (30%+ ó 40%+), o b) Si existen otros elementos

    (organización social, tierras comunales, etc.) indígenas. Asimismo, un municipio es

    indígena, cuando a) existe un porcentaje significativo de población indígena (30%+

    ó 40%+)o bien, b) existe alta proporción de localidades indígenas.62

    En este sentido, en el XII Censo General de Población y Vivienda de 2000 se

    incorporaron preguntas para captar ambas características (hablante de lengua

    indígena y autoadscripción) en la población de cinco años o más, lo que permite

    59 Informe sobre Desarrollo Humano de los pueblos Indígenas de México 2006, op.cit., pp. 60 – 61.

    60 Fernández, Patricia, et al, “Estimaciones de la población indígena en México,” en La situación demográfica de México 2002, tomado de Página electrónica: Consejo Nacional de Población, disponible en: www.conapo.gob.mx, julio 2007.

    61 Idem. 62 Idem.

    37

  • identificar con mayor amplitud a la población indígena del país. Con base en esta

    información y en la aplicación de una aproximación metodológica que considera el

    hogar como unidad de análisis, el Consejo Nacional de Población estimó que el

    número de personas que estaban asociadas a hogares indígenas o tenían

    características indígenas, ascendía a 12.7 millones en el año 2000.63

    De acuerdo a los niveles de referencia utilizados, se desprendió la siguiente

    información64:

    Cuadro 1

    Características individuales

    6.04 millones de personas de cinco años o más que en el censo se declararon hablantes de lengua indígena

    1.10 millones de personas mayores a cinco años que aún cuando no hablan lengua indígena, dijeron pertenecer a un grupo indígena

    83.8 por ciento de los indígenas son hablantes de lengua indígena.

    16.2 por ciento no habla pero se adscribe a un grupo (incluyendo la estimación correspondiente a los niños menores de 5 años).

    Cuadro 2

    Hogares indígenas TOTAL 2.55 millones de hogares indígenas 5.99 millones de los indígenas son hablantes que residen en hogares indígenas (48.3%) 1.10 millones no hablan, pero pertenecen a un grupo indígena y residen en hogares indígenas (8.8%) 5.26 millones no hablan ni pertenecen pero forman parte de un hogar indígena (42.4%) 53.31 mil son hablantes de lengua indígena o pertenecientes que se encuentran fuera de hogares indígenas (0.4%), de los cuales 32.73 mil son hablantes de lengua indígena que residen en viviendas colectivas. La mayoría de la población indígena (86.3%) se clasifica como tal por pertenecer a un hogar donde alguno de los miembros habla lengua indígena 13.3 está inserto en “hogares de pertenecientes” 0.4 por ciento de la población indígena no vive en un hogar indígena pero el individuo presenta características indígenas.

    63 Fernández, Patricia, et al, “Estimaciones de la población indígena en México,” en La situación demográfica de México 2002. 64 La información presentada en los cuadros se tomo de “Estimaciones de la población indígena en México” op. cit.

    38

  • Entidades federativas

    La población indígena se ubica en su gran mayoría en los estados del sureste

    mexicano, seis estados de la República Mexicana, concentran a 7.81 millones de

    indígenas que representan casi 63 por ciento de los indígenas: Oaxaca (2.02

    millones), Veracruz (1.19 millones), Chiapas (1.19 millones), Yucatán(1.18

    millones), estado de México (1.17 millones) y Puebla (1.06 millones). En contraste,

    en estados como Aguascalientes, Zacatecas, Colima, Baja California Sur y

    Coahuila, la población indígena es poco numerosa, alcanzando 65.08 mil

    indígenas en conjunto para los cinco estados. Cabe señalar que en estados como

    Oaxaca y Yucatán, con elevados volúmenes de hablantes, también son

    significativos los hogares de pertenecientes. Mientras que, en entidades

    federativas con población inmigrante, como el estado de México o Distrito Federal,

    destacan los indígenas fuera de hogares indígenas.

    Cuadro 3

    Municipios indígenas En 489 municipios (20.0% del total de municipios del país) los indígenas representan 70 por ciento o más de la población total. En estos municipios residen 4.8 millones de personas, de los cuales 4.3 millones son indígenas, la mayoría de ellos hablantes de lengua autóctona (73.3%). En 179 municipios (7.1% de los municipios) los indígenas representan entre 40 y el 69 por ciento de la población total. Estos municipios concentran 1.86 millones de indígenas, de los cuales 57.9 por ciento es hablante de lengua indígena. En el total de municipios clasificado como indígenas (40% o más) radica 57.1 por ciento del total de la población indígena estimada y 69.8 por ciento de los hablantes. En los municipios con presencia indígena, se concentra 37.1 por ciento de la población indígena del país y 26.7 por ciento de los hablantes, lo que en números absolutos asciende a casi 4 millones de indígenas y 1.6 millones de hablantes. La mayor concentración se presenta en 119 municipios urbanos del país con más de 10 mil indígenas en cada uno de ellos, en donde radican casi 3.0 millones de indígenas. Estas poblaciones, a pesar de su gran número, son poco visibles a las políticas públicas orientadas a estos grupos de la sociedad, debido a su relativamente reducida concentración espacial.

    Por otro lado, las estadísticas también reflejan la situación socioeconómica de la

    población, en cuanto a la población indígena, los datos señalan que la

    marginación se concentra de manera importante en los municipios con mayor

    población indígena. De los municipios donde 40% o más de la población habla

    lengua indígena, 95% muestra índices de marginación altos o muy altos. Los

    39

  • estados menos desarrollados presentan las mayores concentraciones de

    hablantes de lengua indígena.65

    De acuerdo con los resultados del II Conteo de Población y Vivienda 2005, en

    nuestro país residen poco más de 6 millones de personas con cinco o más años

    que hablan alguna lengua indígena, lo que representa el 6.7% de la población de

    dichas edades; la mayoría de los hablantes vive en los estados del sur y sureste

    del territorio nacional, aunque también se encuentran montos importantes en los

    estados del centro y en los de las costas del golfo y del pacífico. Las entidades

    federativas con mayor presencia de población indígena son Yucatán y Oaxaca.

    Las estadísticas indican que la población hablante de lengua indígena tiene

    condiciones sociales más desfavorables que la población nacional en su conjunto:

    un alto porcentaje de monolingüismo (12.3%); en tanto que la tasa de asistencia

    escolar para los hablantes de 6 a 14 años (88.7%) es menor que para el total de la

    población de la misma edad (93.3%); el porcentaje de los hablantes de 15 años y

    más que no saben leer y escribir es de 31.7%, más del triple que el registrado para

    el total de la población de esta edad (8.4%), y su promedio de escolaridad es de

    4.5 años, 3.5 menos que el del total de la población de 15 y más años que fue de

    8 años. 66

    De igual forma los resultados sobre Grupos Vulnerados de la “Primera Encuesta

    Nacional sobre Discriminación en México 2005,”67 señalan que:

    Cuadro 4

    Las cinco entidades con mayor proporción de población indígena (Puebla, Michoacán, Guerrero, Chiapas y Oaxaca) se encuentran en los últimos cinco lugares de la clasificación del Índice de Desarrollo Humano de todo el país. De los 386 municipios considerados de alta marginación en el país, 209 son de población mayoritariamente indígena Según el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, 75% de la población indígena no ha terminado la educación primaria Más de 50% de las viviendas de los indígenas no cuenta con servicio de electricidad, 68%

    65 Dinámica de la población en México y el mundo, Pagina electrónica: disponible en:

    www.ine.gob.mx, septiembre 2007.

    66

    Población hablante de lengua indígena, Pagina electrónica: INEGI, disponible en www.inegi.gob.mx, septiembre de 2007. 67 Página electrónica: Indesol, disponible en: www.indesol.gob.mx, septiembre de 2007.

    40

  • carece de agua, 90% no tiene drenaje y 76% tiene piso de tierra. Las y los alumnos indígenas de cuarto año de educación primaria que cumplen con habilidades de lectoescritura constituyen apenas el 8%, cuando el promedio nacional asciende a 25%. Entre la población indígena la mortalidad infantil es de 48 de cada 1,000, casi el doble de la media nacional (28 de cada 1,000). La reproducción del ciclo discriminaciónpobrezamayor discriminación mantiene a los pueblos y comunidades indígenas en una permanente situación de desventaja e indefensión sociales.

    En cuanto a la situación de discriminación contra las personas indígenas, el mismo

    documento refleja que:

    Cuadro 5

    Nueve de cada 10 indígenas afirman que sí hay discriminación en su contra. Nueve de cada 10 indígenas afirman que no obtienen trabajo a causa de su origen étnico. Tres de cada cuatro indígenas consideran que tienen menos posibilidades para asistir a la escuela que los demás mexicanos. Dos de cada