LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES...

87
LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍAS FORMAS SOCIALES P R I M I T I V O 1. Búsqueda conjunta de alimentos. 2. Caza y pesca colectiva (Cooperación simple) 3. Agricultura y ganadería. 4. Trabajo especializado (División del trabajo). 5. Mejora de la productividad. 6. Tiempo necesario y 1. Relaciones de distribución de carácter igualitario. 2. Se forman excedentes de producción- 3. Aparece el cambio. 4. Expansión del intercambio comercial. 1. Instrumento s de trabajo eran palos y piedras afiladas. 2. Descubrimie nto del fuego. 3. Invención del arco y la flecha. 4. El riego era artificial. 5. Desarrollo de la 1. Estructur a social igualitar ia. 2. Tribus de agriculto res y ganaderos . 3. Clase social de artesanos .

Transcript of LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES...

Page 1: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

LOS MODOS DE PRODUCCIONFORMAS DE

PRODUCCIÓNFORMAS DE

DISTRIBUCIÓNTECNOLOGÍAS FORMAS

SOCIALES

PRIMITIVO

1. Búsqueda conjunta de alimentos.

2. Caza y pesca colectiva (Cooperación simple)

3. Agricultura y ganadería.4. Trabajo especializado

(División del trabajo).5. Mejora de la

productividad.6. Tiempo necesario y

tiempo excedente.7. Surgen las

artesanías.8. Surge la propiedad

privada.

1. Relaciones de distribución de carácter igualitario.

2. Se forman excedentes de producción-

3. Aparece el cambio.

4. Expansión del intercambio comercial.

1. Instrumentos de trabajo eran palos y piedras afiladas.

2. Descubrimiento del fuego.

3. Invención del arco y la flecha.

4. El riego era artificial.

5. Desarrollo de la agricultura (Arado).

6. Surge la alfarería, fundición, textil.

1. Estructura social igualitaria.

2. Tribus de agricultores y ganaderos.

3. Clase social de artesanos.

Page 2: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

LOS MODOS DE PRODUCCIONFORMAS DE

PRODUCCIÓNFORMAS DE

DISTRIBUCIÓNTECNOLOGÍAS FORMAS

SOCIALESESCLAVISTA

1. Explotación de la fuerza laboral.

2. Implementación de instrumentos metálicos.

3. Aumento de la productividad.

4. Surge una nueva rama de actividad: El comercio.

1. Los dueños de los medios de producción se apropian del trabajo de otros.

2. Incremento en el intercambio comercial.

3. Aparece el dinero (oro).

4. Aparece la moneda metálica.

5. El dinero se convierte en capital.

1. Desarrollo de instrumentos metálicos.

2. Se perfeccionan los métodos de cultivo.

3. Se perfeccionan formas de extraer y trabajar los metales.

4. Surgen las ciencias: Matemáticas, física, medicina, literatura, etc.

1. Aparición de las clases sociales. Esclavista – esclavo.

2. Surgen los mercaderes.

3. Surgen las ciudades.

4. Aparece la política. (Estado esclavista).

5. Surgen las colonias.

Grecia: Sig V – IV a.c y Roma: Sig II a.c – II d.c

Page 3: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

LOS MODOS DE PRODUCCIONFORMAS DE

PRODUCCIÓNFORMAS DE

DISTRIBUCIÓNTECNOLOGÍAS FORMAS SOCIALES

FEUDALISMO

1. Aparecen los latifundios.

2. Supremacía de la agricultura sobre la industria.

3. Tras la agricultura surgen las industrias.

4. Se acelera la especialización del trabajo.

5. Aumento de la productividad del artesano.

1. Aparece la renta feudal de sueldo (Tributos).

2. El excedente de producción se entregaba al señor feudal:

• Prestación personal.

• Renta en especie.• Renta en dinero.

1. Progresaron todas las ramas de la agricultura.

2. Se perfeccionaron instrumentos de producción.

3. Se perfeccionó la técnica de fundición y elaboración del hierro.

4. Se inventó el molino de viento.

5. Se impuso la rotación de cultivos.

1. Supremacía del campo sobre la ciudad.

2. Surgimiento de la aristocracia seglar y eclesiástica.

3. Artesanos y comerciantes se asientan en las ciudades.

4. Se crean las ciudades feudales.

5. Se independizan las ciudades.

6. Surgen los gremios.

Siglos V – XV.

Page 4: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

LOS MODOS DE PRODUCCIONFORMAS DE

PRODUCCIÓNFORMAS DE

DISTRIBUCIÓNTECNOLOGÍAS FORMAS SOCIALES

CAPITALISTA

1. Surge en el feudalismo en forma de talleres.

2. Clara separación entre los medios de producción y trabajadores.

3. Separación entre el trabajo y el capital.

4. Predominio del capital.

1. Surge el concepto de asalariado.

2. Surge el mercantilismo: S XVI al XVIII.

3. Concepción individualista.

4. En función del poder económico.

1. Surge el renacimiento: S XV al XVI.

2. Surge la evolución industrial: Sig ½ XVIII al XIX.

1. Surge ciudades libres pero carentes de medios de producción.

2. El estado en función del capital.

3. Clases sociales según el poder económico.

Siglos XVI en adelante.

Page 5: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

LOS MODOS DE PRODUCCIONFORMAS DE

PRODUCCIÓNFORMAS DE

DISTRIBUCIÓNTECNOLOGÍAS FORMAS SOCIALES

CAPITALISTA

1. Surge en el feudalismo en forma de talleres.

2. Clara separación entre los medios de producción y trabajadores.

3. Separación entre el trabajo y el capital.

4. Predominio del capital.

1. Surge el concepto de asalariado.

2. Surge el mercantilismo: S XVI al XVIII.

3. Concepción individualista.

4. En función del poder económico.

1. Surge el renacimiento: S XV al XVI.

2. Surge la evolución industrial: Sig ½ XVIII al XIX.

1. Surge ciudades libres pero carentes de medios de producción.

2. El estado en función del capital.

3. Clases sociales según el poder económico.

Siglos XVI en adelante.

Page 6: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

LOS MODOS DE PRODUCCIONFORMAS DE

PRODUCCIÓNFORMAS DE

DISTRIBUCIÓNTECNOLOGÍAS FORMAS SOCIALES

SOCIALISTA

1. Propiedad social de los medios de producción.

2. El desarrollo de basa en la productividad del trabajo social.

3. El trabajo excedente es para el estado.

4. El trabajo no tiene valor.

1. Prioridad del bien común sobre el bien privado.

2. El plus producto debe llegar a las manos de todos los trabajadores.

1. Se apoya en el desarrollo de la revolución industrial.

1. No existen clases sociales.

2. Sociedades igualitarias.

Siglos XX en adelante.

Page 7: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

HOSTORIA DEL DERECHO LABORAL

• Antes de la llegada de los españoles: Los aborígenes se dedicaban a la caza y la pesca bajo las órdenes de un cacique.

• Época de la conquista: Los españoles impusieron usos y costumbres. Se obligó a cultivar la tierra y a trabajar en las minas en beneficio de ellos.

• Época de la colonia: Los españoles dominan todas las comarcas e imponen sus normas en todos los aspectos de la vida de las personas. Crean varias instituciones que perduran hasta la independencia.

Page 8: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

HOSTORIA DEL DERECHO LABORAL

• INSTITUCIONES DURANTE LA COLONIA:La esclavitud. Compra y venta de indígenas y

esclavos provenientes de áfrica.Los repartimientos. Indígenas obligados a cultivar la

tierra en beneficio de los conquistadores. Trabajo realizado en forma gratuita.

La encomienda. Se asigna una persona (el encomendero) en una circunscripción territorial para que instruya en religión y a cambio reciba unos tributos.

Page 9: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

HOSTORIA DEL DERECHO LABORAL

• INSTITUCIONES DURANTE LA COLONIA:La mita. Sin imponer el trabajo en forma

obligatoria, el indígena es obligado a laborar en forma remunerada durante algunos días al servicio de los españoles.

Resguardos indígenas. Se adjudica un terreno delimitado a una tribu para que los usufructúe. La tierra se titula al cacique y el indígena debe trabajar algunos días gratuitos. Era un trabajo obligado e impuesto.

Page 10: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

HOSTORIA DEL DERECHO LABORAL

• INSTITUCIONES DURANTE LA COLONIA:Durante la conquista y la colonia la situación

laboral fue de total explotación. Se abuso de los aborígenes hasta que

aparecieron grupos de defensores de la dignidad el hombre, el derecho al trabajo y a la elección de trabajo con el objetivo de mejorar las condiciones laborales.

Page 11: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

HOSTORIA DEL DERECHO LABORAL

• INSTITUCIONES DURANTE LA COLONIA:Para lograr sus objetivos, los españoles,

impusieron sus normas a través de órdenes y decretos que fueron recopilados con el nombre de legislación indiana. Su fin era proteger los derechos laborales de los indígenas.

El 1º de enero de 1852, bajo el gobierno de José Hilario López, queda abolida la esclavitud en Colombia.

Page 12: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORAL

• PRINCIPIOS GENERALES.• DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO. (Primera

parte)• DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO. (Segunda

parte)• VIGILANCIA Y CONTROL. (Tercera parte)

Page 13: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORAL

DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO. (Primera parte)TÍTULO I: CONTRATO INDIVIDUAL DEL TRABAJO:Capítulo I: Definición y normas generales.Capítulo II: Capacidad para contratar.Capítulo III: Representantes del empleador.Capítulo IV: Modalidades de contrato.Capítulo V: Ejecución y efecto del contrato.Capítulo VI: Terminación del contrato de trabajo.Capítulo VII: Sustitución de empleadores.Capítulo VIII: Enganches colectivos.Capítulo IX: Trabajadores colombianos y extranjeros.

Page 14: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORAL

DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO. (Primera parte)TÍTULO II: PERIODO DE PRUEBA Y APRENDIZAJECapítulo I: Periodo de prueba.Capítulo II: Contrato de aprendizaje.TÍTULO III: CONTRATO CON DETERMINADOS TRABAJADORES.Capítulo I: Trabajadores a domicilio.Capítulo II: Agentes colocadores de pólizas de seguros.Capítulo III: Representantes, agentes viajeros y vendedores.Capítulo IV: Trabajadores de notarías y oficinas de registro.Capítulo V: Profesores de estab. Particulares de enseñanza.Capítulo VI: Choferes de servicio familiar.

Page 15: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORAL

DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO. (Primera parte)TÍTULO IV: REGLAMENTO DE TRABAJOCapítulo I: Reglamento.Capítulo II: Mantenimiento del orden.TÍTULO V: SALARIOS.Capítulo I: Disposiciones generales.Capítulo II: Salario mínimo.Capítulo III: Retención, deducción y compensación.Capítulo IV: Embargo de salarios.Capítulo V: Prelación de créditos por salario.

Page 16: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORAL

DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO. (Primera parte)TÍTULO VI: JORNADA DE TRABAJOCapítulo I: Definiciones.Capítulo II: Jornada máxima.Capítulo III: Remun. del trabajo nocturno y suplementarioCapítulo IV: Trabajadores menores de edad.TÍTULO VII: DESCANSOS OBLIGATORIOS.Capítulo I: Descanso dominical remunerado.Capítulo II: Descanso remunerado en otros festivos.Capítulo III: Trabajo dominical y festivo.Capítulo VI: Vacaciones anuales remuneradas.

Page 17: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORAL

DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO. (Primera parte)TÍTULO VIII: PRESTACIONES PATRONALES COMUNES.Capítulo I: Disposiciones generales.Capítulo II: Accidentes de trabajo y enf. profesional.Capítulo III: Auxilio monetario por enferm no profesionalCapítulo IV: Suministro de calzado y vestido de labor.Capítulo V: Protección a la maternidad y de menores.Capítulo VI: Gastos de entierro del trabajador.Capítulo VII: Auxilio de cesantías.

Page 18: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALDERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO. (Primera parte)TÍTULO IX: PRESTACIONES PATRONALES ESPECIALES.Capítulo I: Introducción.Capítulo II: Pensión de jubilación.Capítulo III: Auxilio por enfermedad no profesional e invalidez.Capítulo IV: Escuelas y especialización.Capítulo V: Seguro de vida colectivo obligatorio.Capítulo VI: Prima de servicios.Capítulo VII: Trabajadores de la construcción.Capítulo VIII: Trabajadores de emp. de petróleos.Capítulo IX: Trabajadores de zonas bananeras.Capítulo X: Trabajadores de empresas mineras del chocó.Capítulo XI: Trabajadores de minas de oro, plata y platino.Capítulo XII: Trabajadores de empresas agrícolas, ganaderas y forestales.

Page 19: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORAL

DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO. (Primera parte)TÍTULO X: NORMAS PROTECTORAS DE LAS PRESTACIONES.Capítulo I: Irrenunciabilidad.Capítulo II: Inembargabilidad.Capítulo III: Relación de créditos.

TÍTULO XI: HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO.Capítulo único.

Page 20: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALDERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO. (Segunda parte)TÍTULO I:LOS SINDICATOS.Capítulo I: Disposiciones generales.Capítulo II: Organización.Capítulo III: Personería jurídica.Capítulo IV: Facultades y funciones sindicales.Capítulo V: Prohibiciones y sanciones.Capítulo VI: Régimen interno.Capítulo VII: Disolución y liquidación.Capítulo VIII: Fuero sindical.Capítulo IX: Trabajadores oficiales.Capítulo X: Federación y confederación.Capítulo XI: Disposiciones finales.

Page 21: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORAL

DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO. (Segunda parte)TÍTULO II: CONFLICTO COLECTIVO DE TRABAJO.Capítulo I: Disposiciones generales.Capítulo II: Arreglo directo.Capítulo III: Mediación.Capítulo IV: Declaraciones y desarrollo de la huelga.Capítulo V: Suspensión colectiva del trabajo.Capítulo VI: Arbitramento.Capítulo VII: Procedimiento arbitral.Capítulo VIII: Disposiciones comunes a los cap anteriores.Capítulo IX: Cierre de empresas y protección en despidos colectivos.

Page 22: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORAL

DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO. (Segunda parte)TÍTULO III: CONVENCIONES Y PACTOS COLECTIVOS.Capítulo I: Convenciones colectivas.Capítulo II: Pactos colectivos.Capítulo III: Contratos sindicales.

Page 23: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORAL

VIGILANCIA, CONTROL Y DISPOSICIONES FINALES. (Tercera parte)TÍTULO I: VIGILANCIA Y CONTROL.TÍTULO II: DISPOSICIONES FINALES.Capítulo I: Prescripción de acciones.Capítulo II: Vigencia del código.

Page 24: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Principios generales:

• La finalidad de la legislación laboral es lograr la justicia en las relaciones laborales, con espíritu de coordinación económica y equilibrio social.

• Tiene un aplicación en el ámbito nacional.• Regula las relaciones de derecho individual y

colectivo del trabajo.

Page 25: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Principios generales:• Para efectos de esta ley se entiende por

trabajo toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo.

Page 26: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Principios generales:• Para efectos de esta ley se entiende por

trabajo ocasional, accidental o transitorio el de corta duración y no mayor de un mes, que se refiere a labores distintas de las actividades normales del empleador.

• El estado garantiza los derechos de asociación y huelga, en los términos prescritos en la constitución nacional y las leyes.

Page 27: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Principios generales:• Las disposiciones que regulan el trabajo

humano son de orden público. Derechos y pre rogativas que conceden son irrenunciables.

• Las disposiciones del código laboral contiene el mínimo de derechos y garantías, cualquier estipulación que afecte o desconozca este derecho no produce efecto alguno.

Page 28: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo:• Contrato de trabajo es aquel por el cual una

persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.

Page 29: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo:• Para que hayan contrato de trabajo deben

concurrir tres elementos esenciales:La actividad personal del trabajador.La continuada subordinación o dependencia

con respecto al empleador. Un salario como retribución del servicio.

Page 30: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo:• Tienen capacidad para celebrar contrato

individual del trabajo las personas que hayan cumplido 18 años de edad.

• Los menores de 18 años necesitan autorización del inspector del trabajo o de la primera autoridad local, a solicitud de los padres o del defensor de familia.

• Se prohíbe el trabajo a los menores de 14 años.

Page 31: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo:• Son representantes del empleador, además de

quienes tienen ese carácter según la ley:– Las que ejerzan funciones de administración o

dirección.– Los intermediarios.

Page 32: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: EL CONTRATO• Los contratos de trabajo pueden ser verbales,

escritos, a término fijo, a término indefinido.• El contrato verbal es aquel que se origina por

el simple acuerdo oral entre las partes, conviniendo la índole del trabajo, el sitio donde se realiza, la cuantía y la forma de pago.

Page 33: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: EL CONTRATO• El contrato escrito el que consta en un

documento que debe contener como mínimo: Identificación y domicilio de las partes, lugar y fecha de celebración, lugar donde se presta el servicio, lugar donde se contrata al trabajador, naturaleza del contrato, remuneración, duración del contrato y terminación.

Page 34: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: ELCONTRATO• Los siguientes acuerdos deben pactarse

siempre por escrito:– El periodo de prueba.– El salario integral.– Pagos que por acuerdo no constituyen salario,

dentro de los permitido por la ley.

Page 35: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: EL CONTRATO• Los siguientes contratos deben celebrarse

siempre por escrito:– El contrato a término fijo, sus prórrogas y el

preaviso.– El que se celebre con extranjeros no residentes en

él país.

Page 36: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: EL CONTRATO• Características del contrato a término fijo:Debe celebrarse por escrito.Su duración no puede ser superior a tres años.Puede ser inferior a un año; ó entre uno y tres

años el cual es renovable indefinidamente.Para su terminación se exige preaviso con

antelación no inferior a 30 días.

Page 37: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: EL CONTRATO• Características del contrato a término fijo:Debe celebrarse por escrito.Su duración no puede ser superior a tres años.Puede ser inferior a un año; ó entre uno y tres

años el cual es renovable indefinidamente.Para su terminación se exige preaviso con

antelación no inferior a 30 días.

Page 38: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: EL CONTRATO• En los contratos de trabajo no producen ningún

efecto las estipulaciones o condiciones que desmejoren la situación del trabajador en relación con la legislación del trabajo, pactos, convenciones colectivas y reglas de trabajo.

• El trabajador no está obligado a NO trabajar en determinada actividad o a NO prestar sus servicios a los competidores una vez concluya el contrato.

Page 39: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: EL CONTRATO• El contrato se suspende cuando: Fuerza mayor o caso fortuito que impida su

ejecución.Por muerte o inhabilitación del empleador.Suspensión de actividades o clausura temporal

de la empresa hasta por 120 días, por razones técnicas o económicas u otra independiente a la voluntad del empleador.

Page 40: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: EL CONTRATO• El contrato se suspende cuando: Por ser llamado a prestar el servicio militar. El puesto

se conserva hasta por 30 días una vez terminado el servicio.

Por detención preventiva del trabajador o arresto correccional no mayor a 8 días y cuya causa no justifique la terminación del contrato.

Por huelga declarada en la forma determinada en la ley.

Page 41: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: EL CONTRATO• Efectos de la suspensión: Durante el periodo de suspensión se interrumpe para el trabajador la obligación del servicio y para el empleador la de pagar los salarios. Continúan las obligaciones por muerte o enfermedad.

Page 42: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: obligaciones/prohibiciones• Efectos del contrato (obligaciones del empleador): Poner a disposición de los trabajadores instrumentos y

materias primas para realizar su labor. Procurar al trabajador locales apropiados y elementos de

protección contra accidentes y enfermedades profesionales.

Prestar inmediatamente primeros auxilios en caso de accidente o de enfermedad.

Pagar la remuneración pactada en las condiciones, periodos y lugares convenidos.

Page 43: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: obligaciones/prohibiciones• Efectos del contrato (obligaciones del empleador): Guardar absoluto respeto a la dignidad personal, a sus

creencias y sentimientos. Conceder al trabajador las licencias para ejercer el sufragio,

desempeñar cargos oficiales transitorios, calamidad doméstica debidamente comprobada, desempeñar comisiones sindicales, ó funeral de sus compañeros.

Dar al trabajador que los solicite, a la terminación del mismo, certificación en que conste tiempo de servicio, índole de la labor y salario.

Page 44: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: obligaciones/prohibiciones• Efectos del contrato (obligaciones del empleador): Pagar al trabajador gastos razonables de venida y regreso, si

para prestar el servicio lo hizo cambiar de residencia. Cumplir el reglamento y mantener el orden, la moralidad y

el respeto a las leyes. Conceder por fallecimiento de cónyuge, compañero (a)

permanente o de familiar hasta segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad, y primero civil licencia remunerada por 5 días hábiles cualquiera que se la modalidad laboral.

Page 45: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: EL CONTRATO• Efectos del contrato (prohibiciones al empleador): Deducir, retener o compensar de monto del salario y prestaciones

en dinero sin autorización previa escrita o mandato judicial; considerando las excepciones.(art 113,150,151,152 y 154). Y coop hasta el 50% de salarios y prestaciones.

Obligar al trabajador a comprar mercancías o víveres en proveedurías que establezca el empleador.

Exigir dinero al trabajador como gratificación para que se le admita en el trabajo.

Limitar o presionar a los trabajadores en el ejercicio del derecho de asociación.

Page 46: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: obligaciones/prohibiciones• Efectos del contrato (prohibiciones al empleador): Imponer obligaciones de carácter religioso o político o

impedir el derecho del sufragio. Hacer autorizar o tolerar propaganda política en los

sitios de trabajo. Hacer o permitir todo género de rifas, colectas o

suscripciones en el mismo sitio. Emplear en las certificaciones signos convencionales

que perjudique al interesado.

Page 47: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: obligaciones/prohibiciones• Efectos del contrato (obligaciones del trabajador): Realizar personalmente la labor en los términos

estipulados. No comunicar a terceros informaciones que tengan sobre

su trabajo, especialmente las de naturaleza reservada. Conservar y restituir en buen estado, salvo el desgaste

natural, instrumentos y útiles que le hayan sido entregados y materia prima sobrante.

Guardar la moral con sus compañeros y superiores.

Page 48: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: obligaciones/prohibiciones• Efectos del contrato (obligaciones del trabajador): Comunicar al empleador observaciones que eviten

daños y perjuicios. Prestar colaboración posible en caso de siniestro o

riesgo inminente. Observar las medidas preventivas higiénicas prescritas

por el médico del empleador. Observar con diligencia y cuidado instrucciones

preventivas de accidente o enfermedades profesionales.

Page 49: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: obligaciones/prohibiciones• Efectos del contrato (prohibiciones del trabajador): Sustraer del establecimiento útiles de trabajo, materiales o

productos elaborados sin permiso del empleador. Presentarse al trabajo en esto de embriaguez o bajo

influencia de narcóticos o enervantes. Conservar armas de cualquier clase en el sitio de trabajo. Faltar al trabajo sin justa causa o sin permiso del

empleador, excepto en los casos de huelga.

Page 50: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: obligaciones/prohibiciones• Efectos del contrato (prohibiciones del trabajador): Disminuir intencionalmente el ritmo de trabajo, suspender

labores, promover suspensiones intempestivas o excitar a su declaración.

Hacer colectas, rifas y suscripciones, o cualquier clase de propaganda en los lugares de trabajo.

Coartar la libertad para trabajar o no trabajar, para afiliarse o no a un sindicato o permanecer en el o retirarse.

Usar los útiles o herramientas en objetos distintos del trabajo contratado.

Page 51: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Terminación del contratoa) Por muerte del trabajador.b) Por mutuo consentimiento.c) Expiración del plazo fijado.d) Terminación de la obra o labor contratada.e) Liquidación o clausura definitiva del establecimiento. (pm)f) Suspensión de actividades por el empleador por mas de 120 días.

(Permiso del ministerio del trabajo).g) Por sentencia ejecutoriada.h) Por decisión unilateral.i) Por no regreso del trabajador a su empleo al desaparecer las

causas de la suspensión del contrato.

Page 52: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Terminación del contrato por justa causa: Por parte del empleador:a) Haber sufrido engaño por parte del trabajador. b) Todo acto de violencia, injuria, malos tratos o grave

indisciplina dentro y fuera de la empresa.c) Daño material causado intencionalmente a edificio, máquinas,

materiales, obras. Negligencia que ponga en peligro la seguridad de las personas o cosas.

d) Todo acto inmoral o delictuoso que el trabajador cometa en el establecimiento.

e) Violación grave de las obligaciones o prohibiciones (art 58 y 60 CST).

Page 53: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Terminación del contrato por justa causa: Por parte del empleador:f) La detención preventiva del trabajador por más

de 30 días, a menos que posteriormente sea absuelto. O arresto correccional que exceda de 8 días o menor cuando la causa sea suficiente.

g) Que el trabajador revele secretos técnicos o comerciales o dé a conocer asuntos reservados que la afecte económicamente.

Page 54: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Terminación del contrato por justa causa: Por parte del empleador:h) Deficiente rendimiento en el trabajo en relación

con la capacidad del trabajador y el rendimiento promedio en labores análogas cuando no se corrija en un plazo razonable.

i) Sistemática inejecución, sin razones válidas de obligaciones convencionales o legales.

j) Todo vicio del trabajador que perturbe la disciplina del establecimiento.

Page 55: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Terminación del contrato por justa causa: Por parte del empleador:k) Renuncia sistemática del trabajador a aceptar las medidas

prescritas por el médico o las autoridades para evitar enfermedades o accidentes.

l) Ineptitud del trabajador para realizar la labor encomendada.m) Reconocimiento del trabajador de la pensión de jubilación o

invalidez. n) Enfermedad contagiosa o crónica que no tenga el carácter

profesional; u otra enfermedad o lesión que lo incapacite cuya curación no haya sido posible en 180 días.

Page 56: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Terminación del contrato por justa causa: Por parte del trabajador:1. Haber sufrido engaño por parte del empleador respecto a las

condiciones de trabajo.2. Todo acto de violencia, malos tratos o amenazas contra el

trabajador o su familia por empleador, su familia, representantes o dependientes.

3. Cualquier acto del empleador o sus representantes que induzca a cometer un acto ilícito, o contrario a sus convicción política o religiosa.

4. Condiciones que pongan en peligro la seguridad o salud del empleado.

5. Perjuicio causado maliciosamente por el trabajador.

Page 57: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Terminación del contrato por justa causa: Por parte del trabajador:6. Incumplimiento sistemático de las obligaciones

convencionales o legales del empleador.7. La exigencia del empleador de la prestación de un

servicio distinto o en lugar diferente para el cual se le contrató.

8. Violación grave de las obligaciones o prohibiciones acorde con los artículos 57 y 59 del CST.

Page 58: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Terminación del contrato sin justa causa: Todo contrato laboral contiene una condición resolutoria por

incumplimiento de lo pactado. En caso de terminación sin justa causa por el empleador, o si da

lugar a ello por las justas causas contempladas en la ley, se genera una indemnización:

En los contratos a término fijo el valor de los salarios correspondientes al tiempo faltante.

En contratos por obra o labor el lapso determinado por la duración de la obra que no puede ser inferior a 15 días.

Page 59: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Terminación del contrato sin justa causa: En los contratos a término indefinido la indemnización se

pagará así:Para trabajadores con salario inferior a 10 salarios mínimos:• 30 días de salario si el tiempo de servicio no es mayor a

1 año.• 30 días de salario por el primer año y 20 días adicionales

por cada año subsiguiente o por fracción si el tiempo de servicio es mayor a un año.

Page 60: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Terminación del contrato sin justa causa: En los contratos a término indefinido la indemnización se

pagará así:Para trabajadores con salario igual o superior a 10 salarios mínimos:• 20 días de salario si el tiempo de servicio no es mayor a 1

año.• 20 días de salario por el primer año y 15 días adicionales

por cada año subsiguiente o por fracción si el tiempo de servicio es mayor a un año.

Page 61: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Terminación del contrato sin justa causa:Para proceder a la terminación del contrato se debe informar por escritos al trabajador, dentro de los 60 días siguientes, el estado de pago de las cotizaciones a la seguridad social y parafiscales sobre los 3 últimos meses, adjuntar comprobantes de pago.Si el empleador no lo demuestra, la terminación del contrato no tendrá efectos.

Page 62: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Indemnización por falta de pago. A la terminación del contrato el no pago salarios y

prestaciones, excepto las retenciones autorizadas, implica el pago de una indemnización de un salario diario por cada día de retraso hasta por 24 meses.

• Si transcurridos 24 meses y el trabajador no ha realizado reclamación de ahí en adelante se deberán pagarse intereses moratorios. (Tasa máxima de libre destinación).

Lo anterior aplica tanto para salarios como prestaciones sociales.

Page 63: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: El periodo de prueba:

Etapa inicial que tiene por objeto apreciar las aptitudes del trabajador y las conveniencias de las condiciones de trabajo.Se debe estipular siempre por escrito.En el caso de los servidores domésticos se presume de 15 días.No puede exceder de dos meses.En los contratos a término fijo < 1 año; no podrá ser superior a 1/5 del tiempo sin exceder de los dos meses.

Page 64: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: El periodo de prueba:Solo es válido para el primer contrato en caso de contratos sucesivos. Puede darse por terminado unilateralmente sin previo aviso.Los trabajadores gozan de todas las prestaciones.

Page 65: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: El contrato de aprendizaje:Aquel por el cual un empleado se obliga a prestar su servicio a cambio de que el empleador le proporcione los medios para adquirir formación profesional metódica para cuyo desempeño ha sido contratado, por un tiempo determinado y por el salario convenido.

Puede celebrar contrato de aprendizaje personas mayores de 14 años con estudios primarios en los términos y restricciones que menciona el código del trabajo.

Debe celebrase por escrito, en caso contrario se asemejará a un contrato normal de trabajo.

Page 66: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: El contrato de aprendizaje (Estipulaciones):

1. Nombre de la empresa o empleador.2. Nombre, apellidos, edad y datos del aprendiz.3. Oficio que es materia de aprendizaje, programa respectivo y

duración del contrato.4. Obligaciones y deberes tanto del empleador como del aprendiz.5. Salario del aprendiz.6. Condiciones de trabajo, duración, vacaciones, y periodo de

estudios.7. Firma del contratante o representante.

Page 67: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: El contrato de aprendizaje (Obligaciones del aprendiz):

1. Concurrir asiduamente a los cursos como a su trabajo sujetándose al régimen del aprendizaje y a las órdenes del empleador.

2. Procurar el mayor rendimiento en su estudio.

Page 68: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: El contrato de aprendizaje (Obligaciones del empleador):

1. Facilitar los medios para recibir la formación profesional metódica.

2. Pagar al aprendiz el salario pactado según lo establecido en el contrato tanto en los periodos de trabajo como de enseñanza.

3. Preferirlo en igualdad de condiciones para llenar las vacantes relativas a la profesión u oficio aprendido.

Page 69: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: El contrato de aprendizaje (Efecto jurídico):

1. El contrato empieza a regir desde el momento en que se inicie la formación metódica.

2. Los primeros tres meses se consideran de prueba.3. El periodo de prueba se rige por las disposiciones

generales de CST.4. En cuanto no se oponga a las disposiciones especiales,

el contrato se regirá por las del CST.

Page 70: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: La jornada de trabajo:

1. La jornada ordinaria es la que convengan las partes o, a falta de convenio, la máxima legal.

2. Trabajo suplementario es aquel que excede la jornada diaria y en todo caso el que excede de la máxima legal.

3. Trabajo ordinario es el que se realiza desde la 6:00 a.m. y las 10:00 p.m.

4. Trabajo nocturno es el comprendido entre las 10:00 p.m. y las 6:00 a.m.

5. La duración máxima legal de la jornada ordinaria es de 8 horas al día y 48 a la semana.

Page 71: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Liquidación de trabajo extra o suplementario:

1. El trabajo extra diurno se remunera con un recargo del 25 % sobre el valor del trabajo ordinario diurno.

2. El trabajo extra nocturno se remunera con u recargo del 75% sobre el valor del trabajo ordinario diurno.

3. El trabajo nocturno se remunera con un recargo del 35 % sobre el valor del trabajo ordinario diurno.

Page 72: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Liquidación de trabajo extra o suplementario:

Valores para liquidar turnos según salario mínimo

Salario mínimo legal mensual $ 644.350.oo

Auxilio de transporte mes $ 74.000.00

Valor día(salario / 30) $ 21.478,33

Valor hora ordinaria (salario / 240) $ 2.684,79

Valor hora extra diurna (hora x 1.25) $ 3355,98

Valor extra nocturna (hora x 1,75) $ 4.698,38

Valor hora recargo nocturno normal (hora x 0.35)

$ 939,67

Page 73: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Liquidación de trabajo dominical y festivos:Trabajo ocasional: Cuando el trabajador labora hasta dos

domingos durante el mes calendario.El trabajador que labore excepcionalmente el día de

descanso obligatorio tiene derecho a un descanso compensatorio o a una retribución en dinero a su elección.

El trabajo dominical o festivo se remunera con un recargo del 75 % sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.

Page 74: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Liquidación de trabajo dominical y festivos: Trabajo habitual: Cuando el trabajador labora hasta

tres o más domingos durante el mes calendario. El trabajador que labore habitualmente en día de

descanso obligatorio tiene derecho a un descanso compensatorio remunerado, sin perjuicio de la retribución en dinero prevista en el art 180 CST.

El trabajo habitual en domingo o festivo se remunera con un recargo del 75% sobre el salario ordinario.

Page 75: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Liquidación de trabajo extra dominical y festivos:

Valor hora extra dominical diurna:((Salario x 2.0*) x # horas trabajadas )/ 240 Hrs* Se multiplica por 2.0 que incluye el 75 % del recargo dominical sobre el valor de la hora normal (1.75) y el 25 % del valor de la hora extra diurna.* Se divide por 240 por ser jornadas de 8 hrs al día los 30 días del mes.

Page 76: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Liquidación de trabajo extra dominical y festivos:

Valor hora extra dominical nocturna:((Salario x 2.5*) x # horas trabajadas )/ 240 Hrs* Se multiplica por 2.5 que incluye el 75 % del recargo dominical sobre el valor de la hora normal (1.75) y el 75 % del valor de la hora extra nocturna.* Se divide por 240 por ser jornadas de 8 hrs al día los 30 días del mes.

Page 77: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Liquidación de trabajo nocturno dominical y festivos:

Valor trabajo dominical y fest nocturno:((Salario x 2.1*) x # horas trabajadas )/ 240 Hrs* Se multiplica por 2.1 que incluye el 75 % del recargo dominical sobre el valor de la hora normal (1.75) y el 35 % del valor de la hora nocturna.* Se divide por 240 por ser jornadas de 8 hrs al día los 30 días del mes.

Page 78: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Liquidación del recargo por trabajo dominical y festivo:

Valores para liquidar turnos según salario mínimo

Valor hora extra diurna dominical (hora x 2.0)

$ 5.369,58

Valor hora extra nocturna dominical (hora x 2.5)

$ 6.711,97

Valor hora recargo nocturno dominical o festivo (hora x 2.1)

$ 5.638,06

Valor dominical (valor día x 1.75) $ 37.587,08

Valor hora dominical (valor hora x 1.75) $ 4.698,38

Valor auxilio de transporte día (Valor auxilio / 30)

$ 2.466,67

Page 79: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Prestaciones patronales especiales- Prima de servicios: Están obligados a pagarla empleadores que tengan carácter de

empresa. 30 días de salario pagaderos en forma semestral por partes iguales y

proporcionalmente por fracción para empresas con capital = > a $ 200.000.

15 días de salario pagaderos en forma semestral por partes iguales y proporcionalmente por fracción para empresas con capital < a $ 200.000.

Se incluye el subsidio de transporte si la persona gana hasta 2 salarios mínimos.

El salario para liquidación es el promedio del semestre.

Page 80: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Prestaciones patronales especiales- Prima de servicios:Fórmula general:(días laborados x salario ) / 360

Page 81: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Descansos obligatorios y su remuneración - Vacaciones: 15 días hábiles consecutivos por año o proporcionalmente por

fracción. Si se presenta interrupción justificada de ellas no se pierde el

derecho a reanudarlas. Para computar el tiempo de servicio se puede descontar aspectos

como suspensión del contrato tales como huelga, suspensión disciplinaria o de fuerza mayor, faltas al trabajo no justificadas.

No se pueden descontar días por permisos remunerados, Incapacidades, grave calamidad doméstica ni licencia de maternidad.

Page 82: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Descansos obligatorios y su remuneración - Vacaciones: No so incluye el subsidio de transporte para su liquidación. Las vacaciones no son salario, ni prestación social, sino un

descanso remunerado para liquidar aportes. Solo se excluyen para su liquidación el valor del trabajo en

días de descanso obligatorio y el valor del trabajo suplementario o de horas extras.

Solo se puede pagar en dinero hasta la mitad de las vacaciones, previa solicitud del empleado y acuerdo del empleador.

Page 83: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Prestaciones patronales comunes - Cesantías:1 mes de salario por c/ año de servicio y

proporcionalmente por fracciones de año.El salario base de liquidación es el último

salario siempre y cuando este no haya tenido variación en los 3 meses anteriores.

El subsidio de transporte se incluye en el salario base de liquidación.

Page 84: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Prestaciones patronales comunes - Cesantías: No tienen derecho a esta prestación la industria puramente familiar,

artesanos que no ocupen mas de 5 empleados diferentes a u su familia.

El empleado pierde el derecho por actos delictuosos, daño material grave contra la propiedad y revelación de secretos técnicos o comerciales.

Se liquida con corte al 31 de diciembre en forma definitiva por la anualidad o fracción.

El valor liquidado se debe consignar antes de 15 de febrero. El incumplimiento genera multa de 1 día de salario por c/ día de retardo.

Page 85: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Prestaciones patronales comunes - Cesantías:Fórmula general:(salario promedio x # días laborados)/360

Page 86: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Prestaciones patronales comunes – Interés de cesantías: Todo empleador que está obligado a pagar cesantías, debe pagar

un interés de cesantías sobre las mismas. Se deben cancelar a mas tardar el 31 de enero del año siguiente

directamente al trabajador. Deberán reconocer y pagar intereses del 12% anual. Para trabajadores que se retiran durante el año, deberán

cancelarse los intereses a razón del 1% mensual y proporcionalmente por fracción.

El no pago de las mismas en los tiempos señalados causa una sanción equivalente al valor de las cesantías por una sola vez.

Page 87: LOS MODOS DE PRODUCCION FORMAS DE PRODUCCIÓN FORMAS DE DISTRIBUCIÓN TECNOLOGÍASFORMAS SOCIALES PRIMITIVOPRIMITIVO 1.Búsqueda conjunta de alimentos. 2.Caza.

DERECHO LABORALEL DERECHO INDIVIDUAL

Derecho individual de trabajo: Prestaciones patronales comunes – Interés de cesantías:Formula general:

(Vr cesantía x # días trabajados x 0.12) / 360