Los Gobiernos Locales en Costa Rica
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Gobiernos Locales en Costa Rica
HISTORIA
• Legado del imperio Romano siglo 1 antes de Cristo, llamadas MUNIAIUN.
• Conformados por:– Dunviros: Funciones ejecutivas y legislativas.– Curador: Proteger los intereses fiscales.– Ediles: Desarrollaban actividades privadas.– Defensor-Civitatis: Contralor de la inversión de la
renta.
• Modelo adquirido por los españoles.• Modificado por los Visigodos.• Implantado en la conquista española.• El sistema de ayuntamientos cae.• Levanta fuerzas a finales del siglo XIX.• Los municipios norte americanos fueron
verdaderos órganos receptores.
HISTORIA
ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
• Provincias– La creación de nuevas provincias es
competencia de la Asamblea Legislativa.• Cantones
– Promueve y administra sus propios intereses por medio del gobierno municipal.
• Distritos– Subdivisión de los cantones. Concejos
Municipales de Distrito.
Cantones, distritos, área geográfica ypoblación por provincia
Provincia Cantones Distritos Área Km2 Población
San José 20 118 4.965,90 1.633.282
Alajuela 15 108 9.757,53 876.073
Cartago 8 48 3.124.67 510.727
Heredia 10 46 2.656.98 449.257
Guanacaste 11 59 10.140,71 280.488
Puntarenas 11 57 11.265,69 368.827
Limón 6 27 9.188,52 444.884
TOTAL 81 463 51.100,00 4.563.538
¿Qué es una Municipalidad?
• La municipalidad es una persona jurídica estatal.
• Órganos del Gobierno Local que emanan de la voluntad popular.
• Son personas jurídicas de derecho público.
¿Qué es una Municipalidad?
• La jurisdicción territorial es el cantón respectivo.
• Posee Autonomía política, administrativa y financiera.
Atribuciones• Dictar los reglamentos autónomos de organización y de servicio• Acordar sus presupuestos y ejecutarlos.• Administrar y prestar los servicios públicos municipales.• Aprobar las tasas, los precios y las contribuciones municipales,
y proponer los proyectos de tarifas de impuestos municipales.• Percibir y administrar, los tributos y demás ingresos
municipales.• Concertar pactos, convenios o contratos necesarios para el
cumplimiento de sus funciones.• Convocar al municipio a consultas populares, para los fines
establecidos en esta ley y su reglamento.
Participación ciudadana en el nivel municipal
• Cabildo• Acto de audiencia y consulta al pueblo. Son
acordados por el Concejo Municipal.
• Referéndum• Es una institución por medio de la cual se
ratifica o desaprueba las decisiones de carácter normativo.
Participación ciudadana en el nivel municipal
• Plebiscito• Obliga al Concejo a ejecutar la decisión
soberana del pueblo.
• Audiencias Públicas• Permite a los vecinos opinar respecto a
determinados reglamentos que elabora la municipalidad
Participación ciudadana en el nivel municipal
• Comisiones de Trabajo• Agilizar y apoya el trabajo del Concejo
• Consejos de Distrito• Órgano de enlace y colaboración entre la
municipalidad y el distrito.• Considerados como pequeñas municipalidades
de distrito.
¿Cómo están conformados los gobiernos locales?
1. Consejo Municipal1. Órgano que compone, junto al alcalde.
2. Integración:
a) 9 Regidores propietarios y sus suplentes.
b) 11 Síndicos propietarios y sus suplentes.
c) Los regidores escogen al Presidente y Vicepresidente Municipal.
d) Solo los regidores tienen voz y voto.
e) Los demás solo voz.
1. Consejo Municipal1. Función de los síndicos
i. Miembros de sus respectivos consejos de distritos.
ii. Vigilan la actividad municipal.
iii. Velan por los intereses de los habitantes de su distrito.
1. Consejo Municipal• Funciones del Consejo:
– Fijar la política y las prioridades de desarrollo del municipio.
– Acordar los presupuestos y aprobar las contribuciones, tasas y precios que cobre por los servicios municipales.
– Dictar los reglamentos de la Corporación, conforme a esta ley.
– Organizar, mediante reglamento, la prestación de los servicios municipales.
1. Consejo Municipal• Funciones del Consejo:
Celebrar convenios, comprometer los fondos o bienes y autorizar los egresos de la municipalidad.
Nombrar y remover al auditor o contador, según el caso, y al Secretario del Concejo
Nombrar directamente, por mayoría simple, a los miembros de las Juntas Administrativas de los centros oficiales de enseñanza y de las Juntas de Educación
1. Consejo Municipal• Funciones del Consejo:
» Proponer a la Asamblea Legislativa los proyectos de ley necesarios para el desarrollo municipal.
» Acordar la celebración de plebiscitos, referendos y cabildos.
» Aprobar el Plan de desarrollo municipal y el Plan operativo anual,
» Crear las comisiones especiales y las comisiones permanentes asignarles funciones.
1. Consejo Municipal• Funciones del Consejo:
» Comunicar, al Tribunal Supremo de Elecciones, las faltas que justifiquen la remoción automática del cargo de regidor o alcalde municipal.
» Dictar las medidas de ordenamiento urbano.» Autorizar las membrecías ante entidades
nacionales y extranjeras, públicas o privadas.
2. Alcalde(del idioma Griego Edinsun, que significa "Justo")
Cargo público que se encuentra al frente de la administración local básica de un país o parte de ella.
• Requisitos:» Ser costarricense y ciudadano en ejercicio» Pertenecer al estado seglar.» Estar inscrito electoralmente, por lo menos
con dos años de anterioridad, en el cantón donde ha de servir el cargo.
2. Alcalde• No pueden ser Alcaldes:
» Quienes estén inhabilitados por sentencia judicial firme para ejercer cargos públicos.
» Los funcionarios o empleados.
2. Alcalde• Funciones:
» Ejercer las funciones inherentes a la condición de administrador general .
» Delegar las funciones encomendadas por la ley.
» Asistir, con voz pero sin voto, a todas las sesiones del Concejo Municipal.
» Sancionar y promulgar las resoluciones y los acuerdos aprobados por el Concejo Municipal y ejercer el veto.
2. Alcalde• Funciones:
» Presentar, al concejo municipal, un programa de gobierno basado en un diagnóstico de la realidad del cantón.
» Rendir cuentas a los vecinos del cantón, mediante un informe de labores ante el Concejo Municipal
» Presentar los proyectos de presupuesto, ordinario y extraordinario, de la municipalidad.
» Proponer al Concejo la creación de plazas y servicios indispensables para el buen funcionamiento del gobierno municipal.
2. Alcalde• Pérdida de Credenciales:
» Ausentarse injustificadamente de sus labores por más de ocho días.
» Ser declarado, por sentencia judicial firme, inhabilitado para ejercer cargos públicos.
» Incurrir en alguna de las causales previstas en el artículo 73 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.
» Renunciar voluntariamente a su puesto.
SalarioMonto del Presupuesto Salario
Hasta 50.000.000 100.000
De 50.000.001 a 100.000.000 150.000
De 100.000.001 a 200.000.000 200.000
De 200.000.001 a 300.000.000 250.000
De 300.000.001 a 400.000.000 300.000
De 400.000.001 a 500.000.000 350.000
De 500.000.001 a 600.000.000 400.000
De 600.000.001 en adelante 450.000
3. Regidores• Elección de regidores de acuerdo a la
población del cantón:» 1% - 5 regidores» 1% → 2% - 7 regidores» 2% → 4% - 9 regidores» 4% → 8% - 11 regidores» 8% en adelante – 13 regidores
3. Regidores• Deberes:
» Concurrir a las sesiones. » Votar en los asuntos que se sometan a su
decisión; el voto deberá ser afirmativo o negativo.
» No abandonar las sesiones sin el permiso del Presidente Municipal.
» Desempeñar las funciones y comisiones que se les encarguen.
» Responder solidariamente por los actos de la Corporación municipal.
» Justificar las solicitudes de licencia referidas en el artículo 32 de este código.
3. Regidores• Facultades:
» Pedirle al Presidente Municipal la palabra para emitir el criterio sobre los asuntos en discusión.
» Formular mociones y proposiciones.» Pedir la revisión de acuerdos municipales.» Apelar ante el Concejo las resoluciones del
Presidente Municipal.» Llamar al orden al Presidente Municipal.» Solicitar por escrito la convocatoria a
sesiones extraordinarias.
Prohibiciones• Alcalde municipal y a los regidores:
» Intervenir en la discusión y votación en su caso.
» Ligarse a la municipalidad o depender de ella.» Pedir la revisión de acuerdos municipales.» Intervenir en asuntos y funciones de su
competencia.» Integrar las comisiones que se creen .
4. Presidente del Consejo• Funciones:
» Presidir las sesiones, abrirlas, suspenderlas y cerrarlas.
» Preparar el orden del día.» Recibir las votaciones y anunciar la
aprobación o el rechazo de un asunto.» Conceder la palabra y retirársela a quien
haga uso de ella sin permiso, o se exceda en sus expresiones.
» Vigilar el orden en las sesiones y hacer retirar de ellas a quienes presencien el acto y se comporten indebidamente.
» Firmar, junto con el Secretario, las actas de las sesiones.
5. Auditor y Contador• Cada municipalidad contará con un contador;
además, aquellas con ingresos superiores a cien millones de colones deberán tener además un auditor.
6. Secretario del Consejo• Funciones
– Asistir a las sesiones del Concejo.– Transcribir, comunicar o notificar los acuerdos del Concejo.– Extender las certificaciones solicitadas a la municipalidad.– Cualquier otro deber que le encarguen.
Competencias de los gobiernos locales
• Competencias funcionales– Servicios urbanos– Servicios a propietarios omisos– Servicios de infraestructura– Servicios de regulación económica
Adicionalmente, se ha permitido a las municipalidades proveer el servicio de policía municipal, el cual por una tradición de más de un siglo había sido de exclusividad del Gobierno Central.
Competencias de los gobiernos locales
• Competencias fiscales– En 1995, se aprobó la Ley No. 7509 sobre Bienes
Inmuebles, mediante la cual se sustituyó el impuesto territorial de gestión del Ministerio de Hacienda por el impuesto inmobiliario que sería administrado directamente por las municipalidades.
Competencias de los gobiernos locales
• Competencias políticas– El Código Municipal aprobado en 1998 amplió las
competencias políticas de los municipios al permitir la elección directa de autoridades locales y crear instancias para promover la participación ciudadana en las decisiones municipales.