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LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN DERECHO CIVIL Y UNA LEGISLACIÓN IRRESTRICTA Autores: Rubén Darío Correa Moná Karen Stephany Ruiz Flórez Sergio Andrés Urrego Urrego UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA FACULTAD DE DERECHO PREGRADO EN DERECHO APARTADÓ 2021

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LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN DERECHO CIVIL Y

UNA LEGISLACIÓN IRRESTRICTA

Autores:

Rubén Darío Correa Moná

Karen Stephany Ruiz Flórez

Sergio Andrés Urrego Urrego

UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA

FACULTAD DE DERECHO

PREGRADO EN DERECHO

APARTADÓ

2021

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LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN DERECHO CIVIL Y

UNA LEGISLACIÓN IRRESTRICTA

Autores:

Rubén Darío Correa Moná

Karen Stephany Ruiz Flórez

Sergio Andrés Urrego Urrego

Trabajo de pregrado en derecho para optar por el título de:

Pregrado en derecho

Directora: Ángela María Araque García

UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA

FACULTAD DE DERECHO

PREGRADO EN DERECHO

APARTADÓ

2021

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Febrero de 2021

Rubén Darío Correa Moná

Karen Stephany Ruiz Flórez

Sergio Andrés Urrego Urrego

“Declaramos que este trabajo de grado no ha sido presentado para optar a un título, ya sea en

igual forma o con variaciones, en esta o cualquier otra universidad” Art 82 Régimen Discente de

Formación Avanzada.

Firma

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AGRADECIMIENTOS

Ante todo a Dios que derrama sus infinitas bendiciones sobre nuestras vidas de manera

especial a través de la intercesión de San Bruno en su día, que no es coincidencia.

A Nuestras familias por su apoyo irrestricto y su amor inalienable. A nuestras mascotas por

contenernos y acompañarnos siempre.

A la comunidad del Resguardo Ibudó Las Playas en cabeza de la directora de la escuela Maria

Eleyda Pérez Liñan y sus lideres ancestrales por la acogida y respaldo en este proceso que no

culmina con esta entrega sino que es apenas una semilla que ofrecemos para que se siga

germinando.

A nuestra universidad en cabeza de la decana Lucila Rentería y las maestras Ángela Araque y

Luz Marina Carrasco por su acompañamiento constante en la asesoría de este trabajo y por

inspirarnos a llevar la academia a realidades sociales concretas.

A Erika Vélez “la maga”, el cuarto elemento y el polo a tierra para concretar este ejercicio, este

sueño cumplido.

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RESUMEN

Los derechos de los seres humanos están consignados en La Declaración Universal de

los Derechos Humanos. Este documento marca un hito en la historia de los derechos

humanos el cual se debe enmarcar también en la historia de las comunidades indígenas

para corregir yerros del pasado y visionar el futuro de la comunidad del resguardo

Indígena de Ibudó Las Playas. Los capítulos que se presentan en este trabajo de grado

son una manera clara de hacer defender los derechos de los indígenas y más que hacer

defender es concienciar al Estado colombiano sobre la obligatoriedad y cumplimiento de

los derechos establecidos en la declaración que hace la ONU a los Estados miembros.

Para lograr tal objetivo, se presenta un trabajo que desde la investigación cuantitativa

etnográfica y mediante la encuesta realizada In situ, permita encontrar algunos

resultados y hallazgos que serán presentados con posterioridad a la comunidad de Las

Playas con el fin de evitar la vulnerabilidad de los derechos inalienables de dicho

resguardo, además la Corte Constitucional de Colombia desde la Jurisprudencia

establece la obligatoriedad y cumplimiento de los derechos inalienables de los indígenas.

PALABRAS CLAVES: Derechos, indígenas, vulnerabilidad, inalienable y dignidad,

Jurisprudencia

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ABSTRACT

The rights of human beings are consigned in The Universal Declaration of Human Rights.

It is a document that marks a milestone in the history of human rights, that must also be

framed in the history of indigenous communities to correct past mistakes and envision the

future of the Indigenous reservation community of Ibudó, Las Playas. The chapters that

are presented in this degree project, they are a clear way of defending the rights of

indigenous people and more to defend is to make the Colombian State aware of the

obligation and compliance with established rights in the declaration made by the UNO to

the member states. To achieve this goal, it presents a work that from quantitative

ethnographic research and through the survey carried out In situ, allow to find some

results and findings that will be presented later to the indigenous community las Playas

in order to avoid the vulnerability of the inalienable rights of said indigenous reservation,

in addition to, the Constitutional court of Colombia since the jurisprudence establishes the

obligation and fulfillment of the inalienable rights of indigenous people.

KEY WORDS: Rights, indigenous, vulnerability, inalienable and dignity, Jurisprudence

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CONTENIDO

Problema socio jurídico ................................................................................................................................ 6

MARCO TEÓRICO ........................................................................................................................................ 20

1.1 Los derechos irrestrictos de los indígenas .................................................................................. 26

1.2 Los indígenas como sujetos de derecho. .................................................................................... 27

1.3 El derecho a la propiedad colectiva de la tierra.......................................................................... 29

1.4 El derecho a la integridad cultural, social y económica. ............................................................. 32

1.5 El derecho colectivo a la vida y a la libertad frente a la desaparición forzada. .......................... 34

1.6 El derecho a la consulta previa y a la participación .................................................................... 36

MARCO LEGAL ............................................................................................................................................. 38

2.1 Marco legal internacional ....................................................................................................... 39

2.2 Marco Legal Nacional .............................................................................................................. 42

2.3 Sentencias de la Corte Constitucional de Colombia ............................................................... 47

2.4 Marco legal departamental .................................................................................................... 50

2.5 Marco legal Municipal ............................................................................................................. 52

2.6 Marco legal comunidad indígena las Playas resguardo Ibudó ................................................ 53

MARCO CONCEPTUAL ................................................................................................................................. 56

MARCO REFERENCIAL ................................................................................................................................. 66

4.1 Autor de referencia. ................................................................................................................ 66

4.2 Documentos gubernamentales ............................................................................................... 67

4.3 Documentos de las ONG ......................................................................................................... 68

4.4 Artículos de teóricos y reflexiones académicas sobre el tema ..................................................... 69

4.5 Documentos propios de la comunidad Indígena. ................................................................... 70

DISEÑO METODOLÓGICO ........................................................................................................................... 72

RESULTADOS Y HALLAZGOS ........................................................................................................................ 84

PROPOSICIONES Y CONCLUSIONES ............................................................................................................. 89

Anexos

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INTRODUCCIÓN

Con el título de trabajo de grado: Los derechos inalienables de los indígenas:

Derecho civil y una legislación irrestricta, se quiere pensar en la necesidad de que

los derechos de los indígenas sean, en la práctica, realmente inalienables y como a partir

del Derecho civil y la legislación colombiana se puede lograr una verdadera simbiosis

que ayude a contrarrestar esta presunta violación de los derechos de los indígenas y de

manera específica de la comunidad del resguardo indígena Ibudó Las Playas, puesto

que es evidente que cuando se violan los derechos de los indígenas se está violando la

dignidad humana de los ancestros en toda su condición: en lo psíquico, en lo físico, en

lo afectivo, en lo emocional, en lo cultural, en lo religioso, en lo político, en lo ético e

inclusive en la manera cómo se violan los derechos a la tierra a la que pertenecen los

indígenas.

Este trabajo de grado parte de un análisis exhaustivo de la realidad vivida y sentida

de los indígenas que hacen parte de la comunidad Ibudó Las Playas del municipio de

Apartadó en el departamento de Antioquia y sobre la necesidad de contrarrestar esta

situación que opaca la vida y la integridad de los indígenas en mención.

Los capítulos consignados a lo largo de este trabajo de grado son un aporte a las

comunidades indígenas del país; sobre todo para que el gobierno colombiano y las

organizaciones no gubernamentales se sensibilicen frente a la violación que se cometen

a diario sobre sus derechos y el abuso que se da en contra de los indígenas; es por ello

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que los derechos se convierten para las comunidades indígenas en un eje que

transversaliza toda la experiencia vivida desde sus comunidades, desde las familias, los

niños, los estudiantes e inclusive los docentes indígenas que hacen parte de la

comunidad indígena del resguardo Ibudó Las Playas.

En el capítulo uno denominado: Marco teórico, se recogen todas las reflexiones de los

referentes teóricos que han ahondado sobre la problemática de los derechos que se

vulneran a los indígenas.

En el capítulo dos se encuentra toda la parte del marco legal, las disposiciones

gubernamentales del Estado colombiano a partir de la constitución política de 1991, de

igual manera se hace un exhaustivo seguimiento a toda la normatividad por parte del

marco legal departamental, lo concerniente al municipio de Apartadó y su defensa de la

comunidad en mención.

En el capítulo tres se encuentra el marco conceptual, de donde se toman las

categorías y los conceptos que permiten elaborar las preguntas problemas.

En el capítulo cuarto se encuentra lo relacionado con el marco referencial donde se

especifica los autores que se toman y teóricos para la realización del presente trabajo.

El capítulo quinto está todo lo relacionado con el diseño metodológico, la encuesta, la

tabulación, el análisis de los datos y la interpretación de los resultados.

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Finalmente se presenta el capítulo sexto, que es el capítulo que nos presenta todos

los resultados y hallazgos del presente trabajo de grado para terminar con las

conclusiones propositivas.

Tema de Investigación: Los indígenas como sujetos de especial protección

La comunidad indígena del resguardo Ibudó Las Playas se encuentra ubicada en el

municipio de Apartadó, departamento de Antioquia. Esta comunidad es proveniente del

municipio de frontino quienes deciden migrar y establecerse en el Urabá antioqueño

hacia el año 1965 para ocupar tierras baldías llegando a tener alrededor de unas 4000

hectáreas. Para esta época, los indígenas no sabían nada sobre el proceso de

organización indígena y es por ello que acuden a los campesinos de la época para hacer

parte de la organización de la UP. Posteriormente deciden por cuenta propia conformar

su propio cabildo en el que a partir de la conformación de una junta organizativa se velara

por el bienestar de la comunidad, siendo el primer cabildante el señor José Joaquín

Domicó. Entre los años 1982 - 2014 han nombrado 14.

El modus vivendi de las familias indígenas que viven en lo alto de la cordillera se

da en tambos o viviendas circulares, tenían el techo de paja y el piso de maca, vestían

con ropas tradicionales y el cuerpo de todos era pintado para la realización de los rituales:

“Rituales relacionados con los procesos de embarazo, parto, dieta, niñez, adolescencia,

mantenimiento de la salud. Rituales para las cosechas. Las artesanías. Plantas

medicinales. Semillas para los cultivos. Territorio.” (Tomado del plan de vida indígena).

Tiene sus propias tradiciones ancestrales: artesanía y la medicina tradicional. Viven del

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cultivo y la caza, pero por cuestiones de la violencia en año 1996 tuvieron que

desplazarse para el centro de la llanura. Actualmente y según estadística del DANE del

año 2019 hay 83 familias para un total de 360 habitantes.

Actualmente la comunidad indígena Las Playas del resguardo indígena de Ibudó se

encuentra organizado de la siguiente manera:

Existe unan identidad, Cultura y Autonomía. -Las Familias habitan un territorio de 667

Hectáreas, de las cuales 176 están legalizadas. Poseen Sitios sagrados y cultivos. El

Resguardo está legalizado, con Código DANE N° 050451555 y la Resolución: 29-31-05-

99. Tiene un Cabildo local compuesto por: un Gobernador, Segundo gobernador,

secretario, Tesorero, Fiscal, Alguaciles (guardia indígena). Tiene Reglamento interno,

Plan de Salvaguarda. Plan de Vida. - Líderes. - Médico ancestral o Jaibaná, parteras,

promotores de salud.

Instituciones que desarrollan programas con la comunidad como:

• Bienestar Familiar

• Pastoral Social,

• Defensoría del Pueblo,

• DPS, Maná, Acción Social, OIA, UMATA, SENA,

• Posee una escuela con 3 docentes de la comunidad, entre ellos uno cultural.

• Existen grupos de: mujeres, jóvenes, de música y de danza.

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Que adolecen

• Insuficiente preparación del grupo de gobierno en legislación, temas

organizativos, en administración de recursos, elaboración y gestión de proyectos.

• Inconclusa ampliación y legalización del territorio.

• Tala de árboles

• Falta cuidado con el sitio sagrado. Con las fuentes de agua.

• No se habla de derechos, deberes y valores de los indígenas.

• Existe una perdida lenta de la cultura propia: pintura, vestido, juegos, cantos,

tejidos, cuentos. Se ignora a los adultos mayores.

• Hay pocos cultivos de plantas medicinales cerca de la vivienda. Falta apoyo a los

médicos tradicionales.

• Los jóvenes desconocen prácticas de medicina tradicional.

• Falta más respeto por los derechos de los niños y de las mujeres.

• Se valora poco el trabajo de la mujer. Poca participación de la mujer en la

gobernabilidad.

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Problema socio jurídico

El tema anterior permite centrarse en una problemática aún sin resolver, y aunque la

Corte Interamericana de Derechos Humanos Con la Sigla (CIDH) se ha manifestado

recientemente sobre la Jurisprudencia y la Corte Constitucional de Colombia en

consonancia con la CIDH a su vez y en el territorio propio Colombia ha determinado

también la Jurisprudencia para la problemática que se presenta a continuación.

Se parte desde la Jurisprudencia establecida por la Corte interamericana de los

Derechos Humanos y en la que presenta con mucha contundencia los siguientes

elementos:

Para la CIHD los derechos humanos de los indígenas no se pueden separar del medio-

ambiente, sus tierras, su idiosincrasia, sus resguardos, lo que permite reconocer un vacío

socio jurídico en los siguientes términos:

• Los indígenas como sujetos de derechos:

Los Estados Parte en esta Convención se comprometen a respetar los derechos

y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda

persona que éste sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos

de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole,

origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra

condición social (Corte Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, 1948, Art.

1).

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En ese orden de ideas y de acuerdo con la CIDH, la Corte Constitucional de Colombia

precisa en el decreto 2001 de 1988, los pueblos y comunidades indígenas como sujetos

de derechos en los siguientes términos:

El conjunto de familias de ascendencia amerindia que comparten

sentimientos de identificación con su pasado aborigen y mantienen

rasgos y valores propios de su cultura tradicional como formas de

gobierno y control social internos que las distinguen de otras

comunidades rurales. (Colombia, Corte Constitucional, 1988, Art. 2)

Lo que implica inferir, desde luego, que todas las comunidades indígenas del país

constitucionalmente, poseen unos derechos irrestrictos, que le son propios y que de

acuerdo a la Constitución Política de Colombia, lo establece y legaliza cuando dice: “El

Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana”

(Asamblea Nacional Constituyente, 1991, art. 7) lo que significa decir que, tanto

constitucionalmente como desde la jurisprudencia dictada y emanada desde la Corte

Constitucional las comunidades indígenas son sujetos de derechos colectivos y no una

acumulación de sujetos de derechos individuales que comparten los mimos derechos e

intereses comunes, cosa que no se ve latente aún en la comunidad indígena de del

resguardo indígena de Ibudó Las Playas y quienes desde el año de 1995 siguen aún

reclamando este derecho constitucional; ahora bien, no se trata simplemente de un

reconocimiento realizado en el tintero, se trata además del reconocimiento de las

diferentes perspectivas de vida y reconocimiento jurídico para que puedan ejercer sus

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derechos inalienables, como en efecto se ha resuelto por medio de la resolución, con

Código DANE N° 050451555 y la Resolución: 29-31-05-99.

• Propiedad comunitaria:

y que, de acuerdo con el Art. 21, la Convención Americana sobre Derechos Humanos

(1969) reza en los siguientes términos: “Toda persona tiene derecho al uso y goce de

sus bienes. La ley puede subordinar tal uso y goce al interés social. Ninguna persona

puede ser privada de sus bienes”(Comisión Interamericana de Derechos Humanos,

1969), y la carta magna en Colombia dice: “los resguardos son de propiedad colectiva

y no enajenable”; (Asamblea Nacional Constituyente, 1991, Art.330), artículo que

reglamenta la organización de los territorios indígenas, señalando que de

conformidad con la Constitución y las leyes, los mismos estarán gobernados por

consejos conformados y reglamentados según los usos y costumbres de sus

comunidades y establece sus funciones; ahora bien en consonancia, los indígenas

tienen derecho a asegurarles y certificar un territorio propio en el que puedan

desarrollar activa y participativamente de todas las actividades, ritos, cultos,

celebraciones tanto culturales como sociales sin que se les sean expulsados por sus

tierras, ni mucho menos por desplazamiento forzoso de ningún índole que conlleve a

denigrar del derecho a la tierra, situación que aún prevalece en las comunidades

indígenas, en la caso concreto, en la comunidad del resguardo indígena Ibudó las

Playas; de hecho el art. 12 de la Constitución política de Colombia afirma :” Nadie

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será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles,

inhumanos o degradantes” (Asamblea Nacional Constituyente, 1991, art.12).

• Recursos naturales;

Con respecto a los derechos sobre los recursos que poseen los pueblos indígenas, en

este caso el resguardo indígena de Ibudó, la Corte Interamericana de los Derechos

Humanos, obliga a los Estados a comprometerse responsable y eficazmente sobre el

tema cuando les recuerda a los pueblos y naciones del cono sur:

Los Estados Partes se comprometen a adoptar providencias, tanto a

nivel interno como mediante la cooperación internacional,

especialmente económica y técnica para lograr progresivamente la

plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas

económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura,

contenidas en la Carta de la Organización de los Estados

Americanos, reformada por el Protocolo de Buenos Aires, en la

medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios

apropiados (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 1969,

Art. 26).

Ahora bien, es cierto que este tema es de una gran sensibilidad social, sin embargo,

no quiere decir que, por ser sensible, se atropelle el derecho a cultivar la tierra en sentido

responsable y autónomamente; sin embargo, la Constitución política de Colombia

establece clara y ampliamente la finalidad de la autonomía cuando dice: “El Estado

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reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana” (Asamblea

Nacional Constituyente, 1991, Art. 7); lo que significa que esta autonomía no es sólo y

exclusivamente administrativa, financiera, fiscal, ordenamiento territorial sino también del

buen uso adecuado de los recursos naturales; pues como se bien es sabido, los cultivos

ilícitos atentan contra el buen nombre de los indígenas y sus tierras que cultivan sana y

responsablemente; pues bien, la Corte Suprema de Justicia lanza una clara advertencia

cuando desde la jurisprudencia afirma en el sentido de la autonomía indígena dice:

Maximización de la autonomía de las comunidades indígenas, según

el cual sólo se puede limitar esa autonomía “cuando su ejercicio

desconozca normas constitucionales o legales de mayor entidad” 7.

O, en los términos utilizados por esa misma Corporación en la

sentencia T-617/10, cuando la restricción sea necesaria para

salvaguardar un interés de mayor jerarquía y resulte la menos

gravosa, frente a cualquier otra medida alternativa, para la

autonomía de las comunidades étnicas». (Corte Suprema de

Justicia, 2017, pp. 10 - 11)

• Vida digna:

Desde el derecho a la vida digna, se establece: “Toda persona tiene derecho a que se

respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del

momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente (Comisión

Interamericana de derechos Humanos, 1969, Art. 4) derecho que aún se ve violado en

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el resguardo indígena Ibudó, pues si bien fue en el año de 1996 que la comunidad en

mención tuvo que desplazarse a la llanura por cuestiones de violencia, este derecho a la

vida digna sigue aun siendo violentado a través de la alta precariedad en los servicios

básicos y necesarios que debe tener todo ciudadano nacido en el territorio colombiano,

máxime si se trata de vivir en las llanuras de este país, lo que conlleva a interpretar que

la Comisión Interamericana de derechos Humanos insiste en este derecho fundamental

de la vida digna, toda vez que nadie tiene que ser violentado en su dignidad como

persona, de hecho la Constituyente Política de Colombia al respecto afirma:

Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma

protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades

y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de raza, sexo, origen

nación o familiar… el Estado protegerá especialmente a aquellas personas que

por su condc9ión económica, física o mental, se encuentren en circunstancias de

debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ello se

cometa. (Asamblea Nacional Constituyente, 1991, Art. 13)

Entendida la vida digna como posibilidad de diseñar un plan vital y de determinarse

según sus características, existencias de vivir e intangibilidad de los bienes no

patrimoniales, integridad física y moral, de hecho, en la Sentencia T -380 de 1993 la

Corte establece que:

Los derechos fundamentales de las comunidades indígenas no

deben confundirse con los derechos colectivos de otros grupos

humanos. La comunidad indígena es un sujeto colectivo y no una

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simple sumatoria de sujetos individuales que comparten los

mismos derechos o intereses difusos o colectivos. En el primer

evento es indiscutible la titularidad de los derechos

fundamentales, mientras que en el segundo los afectados pueden

proceder a la defensa de sus derechos o intereses colectivos

mediante el ejercicio de las acciones populares correspondientes.

Entre otros derechos fundamentales, las comunidades indígenas

son titulares del derecho fundamental a la subsistencia, el que se

deduce directamente del derecho a la vida consagrado en el

artículo 11 de la Constitución. (Colombia, Corte Constitucional,

1993a)

• Derecho a la consulta y previa participación.

Desde la Asamblea General de la ONU, en el Sexagésimo noveno período de

sesiones se establecen unos compromisos gubernamentales para que los gobiernos

y Estados miembros puedan dar aplicabilidad de las Constituciones políticas de los

países; en este orden de ideas, esta Asamblea establece unas políticas claras, las

cuales imprimen carácter de obligatoriedad y fiel cumplimientos a los acuerdos

pactados y firmados, de hecho, los países firmantes, se comprometen:

Nos comprometemos a apoyar el empoderamiento de las mujeres

indígenas y a formular y poner en práctica, en colaboración con los

pueblos indígenas, en particular las mujeres indígenas y sus

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organizaciones, políticas y programas destinados a promover la

creación de capacidad y fortalecer su liderazgo. Apoyamos las

medidas que aseguren la participación plena y efectiva de las

mujeres indígenas en los procesos de adopción de decisiones en

todos los niveles y ámbitos y eliminen los obstáculos a su

participación en la vida política, económica, social y cultural.

(Asamblea General, 2014, Numeral.17)

Participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por

medio de representantes libremente elegidos; b) de votar y ser

elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio

universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión

de la voluntad de los electores, y c) de tener acceso, en condiciones

generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.

(Comisión Interamericana de derechos Humanos, 1969, Art. 23)

Lo que implica entonces deducir, que este requerimiento que establece la ONU,

difícilmente se aplica en los contextos de las comunidades indígenas, en especial en el

sector de las Playas resguardo Ibudó; y aunque la ONU lo ha establecido como

obligación y cumplimiento para los Estados, estos aún siguen incumpliendo los acuerdos

establecidos, de hecho, la CIDH se ha manifestado al respecto cuando acota: “Todo

ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder

político. Para hacer efectivo este derecho puede: Elegir y ser elegido 2. Tomar parte en

elecciones, plebiscitos y referendos, consultas populares y otras formas de participación

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democrática” (Asamblea Nacional Constituyente, 1991, Art. 40).Además, la Corte

Constitucional en la Sentencia T-576/14 infiere al respecto:

De lo que se trata, es de garantizar que los pueblos indígenas y tribales

cuenten con la oportunidad de pronunciarse sobre aquellos proyectos o

decisiones que puedan alterar sus formas de vida, incidir en su propio

proceso de desarrollo o impactar, de cualquier manera, en sus costumbres,

tradiciones e instituciones. La convicción sobre la forma en que esa

garantía de participación materializa otros derechos fundamentales de esas

comunidades, como su autonomía y su subsistencia, es el punto de partida

del deber de consulta que el Convenio 169 les impuso a sus Estados parte,

con la intención de sustituir el criterio integracionista que rigió las relaciones

entre los pueblos indígenas y tribales mientras el Convenio 107 de 1957

estuvo vigente por uno consecuente con el enfoque de derechos humanos

que se impuso en el escenario internacional. (Colombia, Corte

Constitucional, 2014, numeral 4.3.)

Finalmente, este problema socio jurídico que se analizó desde la Asamblea General

de la ONU, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, desde la Constitución

Política de Colombia y desde luego de la Corte Suprema de Justicia y corte

Constitucional, dan pie para el análisis de los elementos establecidos desde la

Jurisprudencia del resguardo Ibudó Las Playas (Ver capitulo marco teórico e

interpretación respectiva).

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Pregunta problematizadora

¿Cuál ha de ser la manera más práctica de analizar la situación de vulnerabilidad en la

que se encuentran los indígenas del resguardo Ibudó Las Playas del Municipio de

Apartadó?

Sub-preguntas

• ¿Cómo propiciar un espacio investigativo en la comunidad indígena de las playas

que permita hacer un análisis exhaustivo que permita devolver los derechos de

los indígenas?

• ¿De qué manera se puede concienciar al cabildo y sus representantes de la

manera como deben luchar por los derechos de la comunidad?

• ¿Qué alternativas y soluciones se pueden proponer para evitar el atropello a la

dignidad de los indígenas y de sus derechos?

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OBJETIVOS

LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN DERECHO CIVIL Y

UNA LEGISLACIÓN IRRESTRICTA

Objetivo General

Interpretar la legislación colombiana y la jurisprudencia establecida por la Corte

Constitucional con respecto a los derechos de los indígenas y determinar si son

irrestrictos e inalienables en el resguardo indígena Ibudó Las Playas a la luz del derecho

civil

Objetivos Específicos

• Propiciar un espacio de investigación exhaustivo con respecto a las directrices

gubernamentales y no gubernamentales sobre los derechos indígenas.

• Determinar qué derechos de los indígenas del resguardo la Playa Ibudó son

violados y vulnerados para hacer reclamo justo ante la ley y el Estado.

• Concienciar a los indígenas del resguardo Ibudó, sobre la urgencia de una

formación en derechos humanos que permita el desarrollo de las comunidades.

• Proponer alternativas que solucionen el atropello en los indígenas del resguardo

Ibudó con la finalidad de hacer respetar sus derechos y tradiciones ancestrales,

teniendo en cuenta la jurisprudencia de la Corte Constitucional de Colombia

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JUSTIFICACIÓN

La Asamblea Nacional Constituyente (1991) en la Constitución Política de Colombia de

1991, artículo 7 reconoce la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana. En el

artículo 286 establece que los territorios indígenas son entidades territoriales,

posteriormente en el artículo 330 se refiere al gobierno indígena y a la tarea de diseñar

las políticas, planes y programas de desarrollo económico y social dentro sus territorios

en armonía con el plan Nacional de desarrollo y la inversión de los recursos y finalmente

establecen los artículos 39 y 364 donde aparecen los principios relacionados con la

elaboración y artículos del plan de desarrollo nacional y territoriales.

Dada la situación constitucional, se presenta el siguiente trabajo de grado que tiene

como título: Los derechos inalienables de los indígenas un derecho civil y una

legislación irrestricta, el cual quiere dar respuesta a una situación de vulnerabilidad de

los derechos de los indígenas del resguardo Ibudó Las Playas, perteneciente al del

Municipio de Apartadó, en el departamento de Antioquia.

Con lo anterior se quiere dar respuesta y justificar la pregunta genérica o prometedora

para coadyuvar a los miembros de la comunidad indígena a buscar soluciones que

permitan recuperar los derechos que les pertenecen puesto que son sujetos de derechos

como cualquier ciudadano colombiano pero incluso con una especial protección a la luz

de la Constitución Política de 1991.

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Es por ello que se plantea la siguiente pregunta: ¿cuál ha de ser la manera más práctica

de analizar la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran los indígenas del

resguardo indígena Ibudó Las Playas del municipio de Apartadó?

Responder a esta pregunta, es responder desde ya a las necesidades del resguardo

indígena y propiciar un modelo para que a las comunidades indígenas del país se les

respeten todos sus derechos como natural y legalmente corresponde. Solamente así se

podrá garantizar una comunidad libre que propenda por el desarrollo de sus

comunidades, en las que se respete la cultura, la creencia, las tradiciones ancestrales,

los ritos establecidos en la comunidad, el desplazamiento libre, la libre expresión, el

derecho a la tierra, a cultivarla desde sus propias maneras de producir el alimento

necesario para el sustento de sus miembros, las leyes propias y todo lo que concierne al

respeto por lo demás.

No de otra manera se podrá vivir en un país que respeta a sus ancestros indígenas, y

solo así se podrá garantizar el derecho inalienable de vivir en una nación, puesto que así

el Estado hace valer y respetar los derechos que por naturaleza se adquieren al nacer

en un determinado territorio para que las futuras generaciones indígenas puedan decir

lo que dicen hoy sus predecesores en el Plan de vida del indígena:

Las enseñanzas que nos dan los mayores y la historia que nos

cuentan, nos dice acerca de quiénes somos y de dónde venimos. El

estar unidos por esta identidad nos da sentido de pertenencia y nos

Page 27: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

19

facilita entender los valores que se transmiten a las generaciones

venideras. (Varela & Darío Guisao, 2014, p. 15)

La realidad nacional nos ha llevado a valorar toda aproximación al marco legal que

protege a las comunidades étnicas, expresiones de medios de comunicación que en el

marco del paro nacional de 2021 titularon “enfrentamiento entre ciudadanos e

indígenas” demuestran un gran desconocimiento de la condición de civiles con especial

protección que tienen los indígenas, incluso hay un desconocimiento de su condición

también de ciudadanos y como tal como sujetos de derecho. En Cali también,

recientemente, una médica fue despedida de su trabajo, una prestigiosa clínica de la

ciudad, por una conversación en WhatsApp en la que expresó “Que vengan las

autodefensas y acaben con unos 1.000 indios”, si la ley y las normas no se conocen

suficientemente la sociedad seguirá normalizando situaciones que no son normales y si

los mismos indígenas no conocen profundamente sus derechos y deberes seguirán

sufriendo de la vulneración de derechos que en muchas ocasiones ni siquiera llegan a

saber que tienen. Las generaciones venideras, deben entonces recibir un país libre, en

la que no se coaccione ni las libertades, ni la conciencia, ni la libre expresión, ni el

derecho a la vida, como un don que sostiene la Pachamama. Esta investigación se

propone hacer un aporte en dicho sentido.

Page 28: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

20

MARCO TEÓRICO

Desde diferentes referentes teóricos, los derechos de los indígenas en Colombia han

sido el caballo de batalla de las políticas de Estado de los entes no gubernamentales, de

las asociaciones en pro y en defensa de los Derechos Humanos, entendidos estos como:

la posibilidad de todo ciudadano a acceder libremente a ellos teniendo en cuenta su

nacionalidad, el Estado social de derecho y desde luego la posibilidad de habitar en un

país o en una nación que le garantice todos los derechos para poder actuar como una

persona realmente libre.

Desde esta perspectiva, el marco teórico que se presenta a continuación maneja unos

referentes teóricos muy importantes que conminan a pensar en la necesidad urgente de

buscar alternativas que coadyuven al respeto de los derechos de los indígenas

colombianos; además se trata de hacer de los derechos de los indígenas un grito de

defensa que permita recuperar su dignidad como seres humanos y como los que tienen

la ancestralidad de la cual proviene cada ser humano nacido en tierras colombianas.

En este orden de ideas, los indígenas de nuestras tierras, las cuales les pertenecen

por naturaleza, necesitan que sus derechos les sean plenamente reconocidos y que a

través de eso puedan ejercer el reclamo efectivo de sus derechos como sujetos de

especial protección, para que se les respete su cultura, su tradición, su idiosincrasia, sus

percepciones cosmogónicas, la visión que pueden tener acerca de la naturaleza así

como la percepción que tienen de organizaciones que desde antes existían como

Page 29: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

21

organismos interculturalmente organizados, lo cual significa que se les debe respetar e

insertárseles a una sociedad en los que se respete la interculturalidad, para Durango

Álvarez, esta significa:

La interculturalidad se funda en la necesidad de construir espacios

dialógicos entre grupos, en leer de forma diferente lo universal, en

percibir lógicas y conocimientos distintos, en confrontar y transformar

las relaciones del poder –incluyendo las estructuras e instituciones

de la sociedad– que han naturalizado las asimetrías sociales.

(Durango Álvarez, 2008, p. 36)

Espacios biológicos que están marcados por las diferencias sociales y las

experiencias significativas que se tienen de bando y bando es decir por las experiencias

sociales económicas y ancestrales que tienen los indígenas y por las experiencias

significativas que tienen los citadinos y por lo tanto se debe construir un diálogo fluido

entre ambos, basado en el respeto intercultural por el otro y la manera de pensar de vivir

y de actuar; lo cual significa entonces decir que desde esta perspectiva es donde

verdaderamente se debe empezar a tener a los Indígenas como sujetos de especial

protección, protección que está amparada por la legalidad meramente de ser ciudadano

donde los derechos deben respetarse y dónde prima en ellos la supremacía del respeto

por el derecho a las tierras y a las posiciones geopolíticas y el modo vivendi de los

indígenas de nuestra nación, reforzado por mandato constitucional y como una manera

Page 30: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

22

de reivindicar a una población históricamente vilipendiada, de hecho según Durango

Álvarez:

En Colombia existen, a partir de la Constitución de 1991, unas

garantías jurídicas y unas políticas de reconocimiento de los

derechos de los pueblos indígenas, logradas mediante la

positivización en el ordenamiento jurídico de sus derechos. Así, la

confirmación Constitucional sobre el carácter pluricultural y

multiétnico del Estado colombiano, posibilita el reconocimiento de los

pueblos indígenas como sujetos de derechos cuyo ejercicio implica

la existencia de diversas formas de Administración de Justicia.

(Durango Álvarez, 2008, p. 35)

Los derechos entonces, de Cada ciudadano no son un mero juego de palabras es una

responsabilidad por parte del Estado colombiano, sea cual sea su condición social,

económica, religiosa, política, cultural o de tradición, sea cual sea su género, en general

lo que importa es que el Estado colombiano como un Estado social de derecho debe

propender por respetar y hacer valer los derechos de sus ciudadanos y en este sentido

los indígenas juegan un papel importante en este desarrollo cultural y e integral del país

por lo tanto, los derechos se deben respetar, de hecho la Organización de los Estados

Americanos (OEA) en la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos afirma que:

Page 31: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

23

Los pueblos indígenas y tribales tienen formas de vida únicas, y su

cosmovisión se basa en su estrecha relación con la tierra. Las

tierras tradicionalmente utilizadas y ocupadas por ellos son un factor

primordial de su vitalidad física, cultural y espiritual. Esta relación

única con el territorio tradicional puede expresarse de distintas

maneras, dependiendo del pueblo indígena particular del que se

trate y de sus circunstancias específicas; puede incluir el uso o

presencia tradicionales, la preservación de sitios sagrados o

ceremoniales, asentamientos o cultivos esporádicos, recolección

estacional o nómada, cacería y pesca, el uso consuetudinario de

recursos naturales u otros elementos característicos de la cultura

indígena o tribal. Como lo ha señalado la Corte Interamericana de

Derechos Humanos, “para las comunidades indígenas la relación

con la tierra no es meramente una cuestión de posesión y producción

sino un elemento material y espiritual del que deben gozar

plenamente, inclusive para preservar su legado cultural y transmitirlo

a las generaciones futuras” (Organización de los Estados

Americanos, 2009, p. 1)

Derechos que deben ser irrestrictos y de los cuales el Estado colombiano debe ser el

primero en respetarlos y hacerlos respetar como si fuera su máxima carta de navegación

política en pro de la defensa de los indígenas y de sus derechos inalienables; es por ello

que la Organización de los Estados Americanos apunta a decir que:

Page 32: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

24

La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre

es fuente de obligaciones jurídicas para los Estados Miembros de la

Organización de los Estados Americanos [OEA] 17, que fluyen de

las obligaciones de derechos humanos contenidas en la Carta de la

OEA (artículo 3) 18. Los Estados Miembros han acordado que los

derechos humanos a los que se refiere la Carta están contenidos y

definidos en la Declaración Americana. Varias de las disposiciones

centrales de la Declaración también son obligatorias en tanto

costumbre internacional. (Organización de los Estados Americanos,

2009, p. 3)

Además, acota la Corte Interamericana sobre los derechos humanos en este sentido:

La CIDH y la Corte Interamericana también aplican el principio de

efectividad, al establecer que las características propias que

diferencian a los miembros de los pueblos indígenas y tribales de la

población general y que conforman su identidad cultural deben

tomarse en consideración, para efectos de asegurar “una protección

efectiva que tome en cuenta sus particularidades propias, sus

características económicas y sociales, así como su situación de

especial vulnerabilidad, su derecho consuetudinario, valores, usos y

costumbres. (Organización de los Estados Americanos, 2009, p. 5)

Page 33: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

25

Es por eso que urge la necesidad en los Estados, en este caso concreto en el Estado

colombiano, de asegurar a los pueblos indígenas para que gocen efectivamente los

Derechos Humanos como cualquier ciudadano que habita la República de Colombia, por

lo tanto lo que está desfasado de este querer de la organización Interamericana OEA va

en contra de la dignidad de los indígenas y por tanto se está manifestando abiertamente

un atropello contra sus derechos y su dignidad como ciudadanos, al respecto afirma la

OEA:

Cada Estado debe asegurar que los miembros de los pueblos

indígenas y tribales gocen efectivamente de todos los derechos

humanos, en pie de igualdad con el resto de la población. El artículo

1.1 de la Convención Americana dispone que “el Estado está

obligado a respetar y garantizar a las personas bajo su jurisdicción

el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos”. El

incumplimiento de esa obligación por la acción u omisión de

cualquier autoridad pública puede comprometer la responsabilidad

internacional del Estado. (Organización de los Estados Americanos,

2009, p. 18)

En este orden de ideas, se cree oportuno profundizar sobre la situación socio jurídica y

sobre los elementos que, aunque se han dado desde las entidades gubernamentales y

no gubernamentales sobre el atropello que se tiene contra los derechos de los indígenas,

Page 34: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

26

en caso concreto la comunidad Ibudó Las Playas del municipio de Apartadó en el

departamento de Antioquia.

1.1 Los derechos irrestrictos de los indígenas

Se define literalmente el concepto irrestricto a la definición incondicional, sin límites; es

por ello que el respeto irrestricto a los Derechos Humanos constituye un nuevo

paradigma nacional como lo hace entender que cualquier ciudadano, sin distingo de su

condición social y/o económica tiene un derecho irrestricto que es inviolable e

incalculable y que por ende necesita ser respetado desde su esencia, para poder

manifestarse como sujeto libre de derechos.

De hecho, la Sala de Casación Penal desarrolla una jurisprudencia hasta el año 2017

en el que se propone el reconocimiento de los derechos irrestrictos de los indígenas en

el país, al respecto afirma la Corte Suprema de Justicia, como lo indicó la Corte

Constitucional en la Sentencia T-254 del 30 de mayo de 1994:

Las comunidades indígenas son verdaderas organizaciones, sujetos

de derechos y obligaciones, que, por medio de sus autoridades,

ejercen poder sobre los miembros que las integran hasta el extremo

de adoptar su propia modalidad de gobierno y de ejercer control

social. Respecto de las decisiones de la comunidad que afectan a

uno de sus integrantes, no existen medios de defensa judicial. En

consecuencia, el patente se encuentra en situación de indefensión

Page 35: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

27

respecto de una organización privada, la comunidad indígena, razón

por la que está constitucional y legalmente habilitado para ejercer la

acción de tutela en defensa de sus derechos fundamentales.

(Colombia, Corte Constitucional, 1994).

Se presentan a continuación cuáles son los derechos que tienen los indígenas en

nuestra nación colombiana, derechos más irrestrictos de los indígenas en Colombia y

que están consignados en la Constitución Política (Asamblea Nacional Constituyente,

1991), como estos derechos son un mecanismo de defensa y a la vez de protección de

los indígenas a quienes se les vulnera constantemente sus derechos, pero en muchas

ocasiones esta situación es invisibilizada.

1.2 Los indígenas como sujetos de derecho.

El ser humano desde cualquier posición social o política a la que pertenece es un sujeto

de derecho, es decir, su esencia como ser humano sólo le es exclusiva; no importando

su condición social, su condición política económica y por qué no decirlo también así; su

calidad de pertenecer a una comunidad indígena.; en este orden de ideas, la

jurisprudencia que emana la Sala de Casación Penal, establece a los indígenas como

sujetos de derecho cuando en la sentencia de T-380/93 regula:

Los derechos fundamentales de las comunidades indígenas no

deben confundirse con los derechos colectivos de otros grupos

Page 36: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

28

humanos. La comunidad indígena es un sujeto colectivo y no una

simple sumatoria de sujetos individuales que comparten los mismos

derechos o intereses difusos o colectivos. En el primer evento es

indiscutible la titularidad de los derechos fundamentales, mientras

que en el segundo los afectados pueden proceder a la defensa de

sus derechos o intereses colectivos mediante el ejercicio de las

acciones populares correspondientes. Entre otros derechos

fundamentales, las comunidades indígenas son titulares del derecho

fundamental a la subsistencia, el que se deduce directamente del

derecho a la vida consagrado en el artículo 11 de la Constitución.

(Colombia, Corte Constitucional, 1993a).

En este sentido, cabe destacar que el decreto 2001 de 1998 en su artículo 2 reza lo

siguiente:

El conjunto de familias de ascendencia amerindia que comparten

sentimientos de identificación con su pasado aborigen y mantienen

rasgos y valores propios de su cultura tradicional como formas de

gobierno y control social internos que las distinguen de otras

comunidades rurales. (Colombia, Corte Constitucional, 1988, Art. 2).

Lo que implica tener un reconocimiento de tradición, cultura, vida y derechos

inalienables de los indígenas y que la Constitución Política de Colombia de 1991” El

Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.”

Page 37: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

29

(Asamblea Nacional Constituyente, 1991, Art.7). Lo cual implica decir que todos los seres

tenemos la capacidad inherente de pensar, de sentir, hablar, dialogar, producir; esa

capacidad que tiene el ser humano o sujeto le es sola y exclusivamente suya, por lo

tanto, cualquier ciudadano que habite en cualquier lugar, merece respeto y dignidad: por

lo cual los indígenas son sujetos con capacidades enormes, con organizaciones y

conocimientos ancestrales, pero sobre todo humanos y por tanto sujetos de derecho y

como sujetos de derecho merecen todo el respeto y el reconocimiento por parte del

Estado colombiano a que se respeten sus derechos inalienables a vivir como cualquier

ciudadano en una tierra y en una nación bajo los derechos y deberes que les son

inherentes.

1.3 El derecho a la propiedad colectiva de la tierra.

Para cualquier indígena no importando su posición geopolítica, el concepto de

Pachamama no es únicamente la esfera terrestre sino que abarca mucho más, es de la

naturaleza que está en contacto permanente con el ser humano, con quién incluso

interactúa través de diversos rituales, por eso para los indígenas se entiende más

expresamente la Pachamama como la manera de proteger a las personas y les permite

vivir gracias a todo lo que le aporta, agua, alimentos, los hombres, los niños, las

mujeres, la tierra; y en este orden de ideas los derechos inalienables a la propiedad

colectiva de la tierra significa para ellos un reconocimiento de las tradiciones ancestrales,

inclusive de los orígenes mismos de la historia de los indígenas, porque es a partir del

sentido de pertenencia a la tierra donde los derechos a su tierra son irrefutables,

irrestrictos e inalienables y que hacen que sean los dueños de la tierra porque pertenecen

Page 38: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

30

a la historia de la humanidad, es por ello Olsen (2008) recoge el derecho a la tierra en la

siguiente apreciación.

La Corte llegó a explicar que la especial importancia de la relación

entre los pueblos indígenas y sus territorios no sólo se debe al hecho

de que en ellos se encuentre el material básico para su subsistencia,

sino también a que para los pueblos indígenas sus territorios son

elementos integrantes de su cosmovisión y de su religión, (Olsen,

2008, p. 14)

Además, con la Sentencia T188/93 la Corte suprema de Justicia establece la

Jurisprudencia sobre el derecho a la tierra de los indígenas cuando dice:

El derecho de propiedad colectiva ejercido sobre los territorios

indígenas reviste una importancia esencial para las culturas y

valores espirituales de los pueblos aborígenes. Esta circunstancia es

reconocida en convenios internacionales aprobados por el

Congreso, donde se resalta la especial relación de las comunidades

indígenas con los territorios que ocupan, no sólo por ser éstos su

principal medio de subsistencia sino además porque constituyen un

elemento integrante de la cosmovisión y la religiosidad de los

pueblos aborígenes. Adicionalmente, el Constituyente resaltó la

Page 39: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

31

importancia fundamental del derecho al territorio de las comunidades

indígenas. (Colombia, Corte Suprema de Justicia, 1993b)

En consonancia entonces, con la sentencia T188/93, la Corte Suprema de Justicia, El

Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (INCORA), hoy Agencia Nacional de Tierras;

con resolución No. 029 del 31 de 11 de mayo de 1998, resuelve:

Conferir el carácter de legal del resguardo de la comunidad indígena

Embera Chamí y de la Palma en predio del Fondo Nacional Agrario

ubicada en el municipio de Apartadó, departamento de Antioquia,

con una extensión de Ciento Cuatro Hectáreas Seis Mil Quinientas y

en que se adquiere el carácter de legal de dicha comunidad.

(Agencia Nacional de Tierras, 1998)

Y el Ministerio del Interior de la República de Colombia (2019) con la resolución 128

del 23 de diciembre de 2019, por medio de la cual resuelve: “el recurso de reposición

contra el artículo primero de la certificación No. 0535 del 20 de septiembre de 2019”, en

el que se le pedía al Ministerio del Interior tener claridad sobre los predios en el área del

proyecto “Conexión Urabá -Nueva Colonia -Apartado a 110 KB puesto que dicho

proyecto necesitaba para su ejecución que el ministerio del interior certificara sobre la

presencia étnicas en el área del proyecto, entre ellas, el resguardo indígena La Palma, y

dicho Ministerio resuelve: “No se registra presencia de comunidades indígenas en el área

del proyecto”, en mención.

Page 40: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

32

Lo anterior entonces, permite concluir con la Constitución política de Colombia en la ley

21 de 1991: “el derecho a la propiedad de tierra comunitaria” (Congreso de Colombia,

1991, art.11); y, además, estar en consonancia con la Jurisprudencia de la Corte

Suprema de Justicia en la sentencia analizada.

1.4 El derecho a la integridad cultural, social y económica.

Con el derecho a la integridad cultural, social y económica se sobreentiende la manera

amplia y consciente que los indígenas tienen a unas tradiciones culturales que les son

propias; tradiciones que no se les puede vulnerar y que a partir de esas manifestaciones

cosmogónicas permiten que ellos tengan cierta relación con la naturaleza, con sus

tradiciones, con sus ancestros lo que permite que socialmente se les reconozcan el

derecho a pertenecer a una cultura sin ser violentada, sin ser maltratada y sin ser

vulnerable; de igual manera acontece con la situación económica puesto que son sujetos

de derechos que tienen que tener una sustentabilidad económica para desarrollo y

supervivencia de sus propias comunidades, es por ello que el Estado colombiano tiene

la obligación de hacer cumplir el derecho a la integridad cultural social y económica, de

hecho ACNUR declara lo siguiente sobre el convenio con la OIT en el numeral 199:

El Convenio OIT N° 169 declara que los Estados signatarios tienen

el deber de promover la plena efectividad de los derechos sociales,

económicos y culturales de los pueblos indígenas respetando su

identidad social y cultural, sus costumbres y tradiciones y sus

instituciones. (ACNUR, s.f.)

Page 41: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

33

En este orden de ideas, Jurisprudencia que establece la Corte Constitucional en la

sentencia T-188/93, regula:

La Constitución Política de 1991 reconoce la diversidad étnica y

cultural de la Nación Colombiana (art. 7). Lejos de ser una

declaración puramente retórica, el principio fundamental de

diversidad étnica y cultural proyecta en el plano jurídico el carácter

democrático, participativo y pluralista de nuestra República. Las

comunidades indígenas - conjuntos de familias de ascendencia

amerindia que comparten sentimientos de identificación con su

pasado aborigen y mantienen rasgos y valores propios de su cultura

tradicional, formas de gobierno y control social internos que las

diferencian de otras comunidades rurales (Colombia, Corte

Constitucional, 1988, art. 2) -, gozan de un status constitucional

especial. Ellas forman una circunscripción especial para la elección

de Senadores y Representantes (CP arts. 171 y 176), ejercen

funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de acuerdo

con sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean

contrarios a la Constitución o a las leyes (CP art. 246), se gobiernan

por consejos indígenas según sus usos y costumbres de

conformidad con la Constitución y la ley (CP art. 33O) y sus territorios

o resguardos son de propiedad colectiva y de naturaleza

Page 42: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

34

inenajenable, inalienable, imprescriptible e inembargable (CP arts.

63 y 329). (Colombia, Corte Constitucional, 1993b)

Además, es claro que la identidad cultural de los indígenas, conservan una tradiciones

e idiosincrasias vistas desde diferentes cosmogonías que deben ser respetada por el

derecho a la integridad social, cultural y económica, de hecho, la Constitución Política en

el artículo 68 afirma: (Los) integrantes de los grupos étnicos tendrán derecho a una

formación que respete y desarrolle su identidad cultural”.

1.5 El derecho colectivo a la vida y a la libertad frente a la desaparición forzada.

La vida es un don incalculable: El derecho a nacer y el derecho a morir es propio de la

naturaleza humana; de igual manera acontece con la libertad, los seres humanos somos

libres por naturaleza y por lo tanto esa naturaleza sobre la libertad permite que podamos

desplazarnos por cualquier parte del planeta porque es nuestra la tierra la que hace que

podamos ser más libres; en el caso de los indígenas después de tantos atropellos a

través de la historia sí que cierto se debe respetar el derecho a la vida y a la libertad.

Pues, para la Corte Constitucional en la Sentencia T-523/97, es del cumplimiento

obligatoria cuando afirma:

Los límites mínimos que en materia de derechos humanos deben

cumplir las autoridades indígenas en el ejercicio de sus funciones

jurisdiccionales responden, a juicio de la Corte, a un consenso

Page 43: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

35

intercultural sobre lo que verdaderamente resulta intolerable por

atentar contra los bienes más preciosos del hombre, es decir, el

derecho a la vida, la prohibición de la esclavitud, la prohibición de la

tortura y, por expresa exigencia constitucional, la legalidad en el

procedimiento, en los delitos y en las penas (entendiendo por ello,

que todo juzgamiento deberá hacerse conforme a las normas y

procedimientos de la comunidad indígena, atendiendo a la

especificidad de la organización social y política de que se trate, así

como a los caracteres de su ordenamiento jurídico). Estas medidas

se justifican porque son “necesarias para proteger intereses de

superior jerarquía y son las menores restricciones imaginables a la

luz del texto constitucional”. (Colombia, Corte Constitucional, 1997)

Se sabe que el conflicto armado en Colombia ha generado desplazamiento forzoso en

el campo donde viven los indígenas y que el Estado colombiano debe responder por la

seguridad y por el respeto a la vida de los indígenas y que para la Corte Constitucional

se ve en los siguientes términos:

La cultura de las comunidades indígenas, en efecto, corresponde a

una forma de vida que se condensa en un particular modo de ser y

de actuar en el mundo, constituido a partir de valores, creencias,

actitudes y conocimientos, que de ser cancelado o suprimido –a ello

puede llegarse si su medio ambiente sufre un deterioro severo–,

Page 44: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

36

induce a la desestabilización y a su eventual extinción. La prohibición

de toda forma de desaparición forzada (Constitución Política art.12)

también se predica de las comunidades indígenas, quienes tienen

un derecho fundamental a su integridad étnica, cultural y social. (T-

380/93, sección II. 7.) (Colombia, Corte Constitucional, 1993a, art 12)

1.6 El derecho a la consulta previa y a la participación

Finalmente se tienen derechos a la consulta previa y a la participación; en ese orden de

ideas y siendo coherentes todos los indígenas tienen derecho a la consulta previa y a la

participación en los estamentos del Estado, a la elección popular para la JAL, ser

elegidos al concejo municipal, derecho a ser elegidos a las alcaldías, a las

gobernaciones, a las asambleas departamentales y al congreso de la república. Y

también inclusive ser elegido a ser elegido presidente de la república. Al respecto afirma

Olsen (2008):

La Corte consideró que, en el caso de los pueblos indígenas, el derecho a participar,

mediante el mecanismo de consulta previa, tiene rango de derecho fundamental debido

a su importancia para la protección de su integridad cultural, social y económica. (Human

Rights , 2008, pág. 17) y que en la Sentencia T-606/01, la Corte Constitucional

Adhiere:

Aun cuando hasta el momento no se haya expedido la

correspondiente ley llamada a regular el trascendental aspecto del

régimen territorial del país, es posible, no obstante, distinguir que, a

Page 45: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

37

diferencia de lo que acontece frente a otras entidades, a los

miembros de las comunidades indígenas se les garantiza no solo

una autonomía administrativa, presupuestal y financiera dentro de

sus territorios, como puede suceder con los departamentos, distritos

y municipios, sino que también el ejercicio, en el grado que la ley

establece, de autonomía política y jurídica, lo que se traduce en la

elección de sus propias autoridades (CP art. 330), las que pueden

ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial (C.P.

art. 246). Lo anterior no significa otra cosa que el reconocimiento y

la realización parcial del principio de democracia participativa y

pluralista y el respeto de la diversidad étnica y cultural de la nación

colombiana (CP art. 7) (Colombia, Corte Constitucional, 2001).

Además, el Congreso de Colombia (1991) en el artículo 6 de la ley 21, dice con

respecto a la participación de los pueblos y comunidades indígenas emplear el

instrumento de consulta previa, para la toma de decisión legislativa o administrativas que

pudieran afectar la convivencia de las comunidades indígenas:

Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio

deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las

circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el

consentimiento acerca de las medidas propuestas. (Congreso de

Colombia, 1991, Art. 6)

Page 46: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

38

MARCO LEGAL

En el desarrollo del Marco legal sobre el tema: Los derechos inalienables de los

indígenas: Un Derecho civil y una legislación irrestricta; se tiene en cuenta la

Constitución Política de Colombia, el desarrollo de la normatividad que se presenta a

nivel internacional, lo que los departamentos, en este caso el departamento de Antioquia

hace entorno a la legalidad, a la normatividad pertinente para que los derechos de los

indígenas puedan ser verdaderamente acogidos por la comunidad.

Además se tiene en cuenta también los aportes legales desde la municipalidad y por

qué no decirlo de una manera mucho más amplia, lo que presenta cada una de las

comunidades indígenas, en este caso la comunidad indígena de Ibudó Las Playas. Dada

las circunstancias que se viven en el país y la situación de vulnerabilidad de los

indígenas, se hace necesario tener en cuenta que ellos tienen unos derechos

inalienables y especialmente reforzados por la Asamblea Nacional Constituyente (1991)

en la Constitución Política de Colombia; bajo esta perspectiva se presentan entonces a

manera de síntesis todas las normas, los decretos, las leyes, las resoluciones y los

acuerdos que se han establecido para que los indígenas puedan tener unos derechos

propios, de cada una de las comunidades sin ser atropellados en su dignidad ni muchos

su convivencia pacífica.

Page 47: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

39

2.1 Marco legal internacional

En el marco legal internacional la comunidad internacional está muy pendiente de los

derechos de los indígenas, organismos como la Organización de las Naciones Unidas,

la UNESCO, la Comunidad Europea, la Comunidad Internacional de los Indígenas, entre

otros, cumplen un papel fundamental al presionar a los Estados para que velen de

manera efectiva por el respeto y la dignidad de los indígenas, es por ello que se presenta

a continuación la síntesis de lo que se considera los elementos y leyes más importantes

a nivel internacional que deben estar en torno a una obligatoriedad de los Estados, en

este caso Colombia, para que haga cumplimiento a los estándares internacionales sobre

el respeto por los indígenas de nuestro país.

NORMATIVIDAD ARTICULO CONSAGRA

Declaración Universal de

las Naciones Unidas

(ACNUR, s.f.) sobre los

Derechos (Unidas., s.f.)

(Naciones Unidas, 2013)

8 El cual trata de la obligación que tiene

el Estado de prevenir actos que pongan

en riesgo la integridad cultural

11 Se habla sobre el derecho que tienen

los pueblos a practicar sus tradiciones

y costumbres culturales

17, numeral 2 Se habla sobre la obligación del Estado

de proteger a los niños en situación de

vulnerabilidad

Page 48: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

40

Normatividad (Naciones

Unidas, 2008)

20 numeral 1 Indica que tienen derecho a disfrutar de

forma segura de sus propios sustentos

económicos tradicionales.

21 Habla del derecho que tienen en cuanto

a salud y educación sin discriminación

alguna.

24

Se refiere al derecho que tienen

sobre sus prácticas en salud, uso de

plantas medicinales, incluida la

conservación de estas plantas

25 Se habla sobre el derecho que tienen

los pueblos de mantener su relación

espiritual con sus territorios

26 Habla del derecho de utilizar, poseer

tierras que son propias por posesión

territorial

31 Se habla de la protección del

patrimonio cultural, incluyendo fauna,

flora, semillas, medicinas, etc.

32 Se habla de la determinación que

tienen los pueblos de escoger las

Page 49: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

41

prioridades y estrategias para el

desarrollo de su territorio.

Conferencia Mundial de la

Alimentación, (Universidad

Nacional de Colombia,

1974)

“se habla de la determinación que

tienen los pueblos de escoger las

prioridades y estrategias para el

desarrollo de su territorio”34

Conferencia Internacional

sobre Nutrición,

(Organización Mundial de

la Salud, 1992).

“se reconoció que la pobreza, la

desigualdad social y la ignorancia son

las principales causas del hambre y la

malnutrición y se aprobó por

unanimidad la Declaración Mundial que

reconoce el derecho de cada persona a

acceder a una alimentación

nutricionalmente balanceada y apta

para el consumo humano”

Cumbre Mundial de

Alimentación, (La Vía

Campesina: Movimiento

Campesino Internacional,

2002)

Celebrado en la sede la FAO en Roma

del 10 al 13 de junio de 2002, en la cual

se aprobó la Declaración Mundial de

seguridad alimentaria, además se

recalcó la importancia de unir esfuerzos

para erradicar el hambre en todos los

países y con el objetivo inmediato de

reducir el número de personas

Page 50: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

42

desnutridas a la mitad de su nivel no

más tarde del año 2015

2.2 Marco Legal Nacional

Como punto de partida del Marco legal nacional, se tiene en cuenta la Constitución

Política de Colombia de 1886; en donde los derechos de los indígenas eran totalmente

livianos y constantemente vilipendiados, no se tenía en cuenta su posición geopolítica,

económica, cultural y tradicional; prácticamente un siglo después en la última

Constitución Política de Colombia , la Asamblea Nacional Constituyente (1991) presenta

unas directrices legales claras que permiten el respeto por las comunidades indígenas,

por sus derechos, por sus tierras, por su convivencia, por la manera como labran la

tierra, por el derecho a pertenecer a una nación y a un Estado pluriétnico y pluricultural

como lo es el colombiano.

A continuación, se presenta una síntesis de las leyes más importantes, los artículos y

decretos que son tan necesarios como cualquier ciudadano colombiano que habite en el

territorio nacional.

NORMATIVIDAD ARTICULO CONSAGRA

Constitución política

de 1991 (Asamblea

Nacional

7 “El Estado reconoce y protege la

diversidad étnica y cultural de la Nación

colombiana.”

Page 51: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

43

Constituyente,

1991)

329 Hace referencia al derecho de grupo a la

propiedad de la tierra como colectivo y no

enajenable.

44, 64,

66

Establece el derecho a una alimentación

equilibrada, como derecho fundamental de

los niños.

La ley 21 de 1991,

(Congreso de

Colombia, 1991),

mediante la cual

decreta el Convenio

169 de la Conferencia

Internacional del

Trabajo, “Convenio

sobre Pueblos

Indígenas y Tribales

en países

independientes”

(Evaluación

asignación especial

5 Se debe reconocer y proteger los valores y

prácticas culturales de las comunidades

indígenas, se deben respetar y adoptarse

medidas de participación que den solución

a sus problemas y dificultades para afrontar

sus condiciones de vida y trabajo

Page 52: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

44

sistema general de

Participaciones para

resguardos indígenas ,

2018) (ACNUR, s.f.)

Ley 41 de 1993, por la

cual se organiza el

subsector de

adecuación de tierras y

se establecen sus

funciones. (Evaluación

asignación especial

sistema general de

Participaciones para

resguardos indígenas,

2018)

9 Se crea un Consejo Superior de Adecuación

de tierras, encargado de asesorar y

recomendar la aplicación de las políticas del

Subsector de Adecuación de Tierras, en el

cual debe haber participación de un

representante de las comunidades indígenas.

(Ulloa, Escobar, Escobar, & Donato, 2008).

Ley 160 de 1994, de

reforma agraria y

desarrollo rural

campesino. (Evaluación

asignación especial

sistema general de

Participaciones para

1 Promover y consolidar la paz, a través de la

justicia social.

Prevenir la concentración de terrenos y dotar

a hombres y mujeres de escasos recursos

mayores de 16 años, que no posean tierras.

“Promover y apoyar el mejoramiento

económico, social y cultural de la población

rural y estimular la participación de las

Page 53: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

45

resguardos indígenas.,

2018) (Betancur,2013).

organizaciones campesinas en el proceso

integral de la reforma agraria y el desarrollo

rural campesino para lograr su

funcionamiento”.

“Garantizar a la mujer indígena las

condiciones y oportunidades de participación

equitativa en los planes, programas y

proyectos de desarrollo agropecuario”

85 Trata del estudio de las necesidades de

tierras de las comunidades indígenas, para

facilitar su asentamiento y desarrollo.

Los territorios tradicionalmente utilizados por

las comunidades, harán parte del resguardo,

pero tendrán un uso según establezca el

Ministerio de Medio Ambiente.

Ley 397 de 1997,

(Congreso de Colombia,

1997) por la cual se

desarrollan los artículos

70, 71 y 72 y demás

artículos concordantes

de las Constitución

política y se dictan

1 Se define como cultura las diversas

manifestaciones, que constituyen para

integrar de la identidad y la cultura

colombiana. Además, habla sobre la

obligación que tiene el Estado de impulsar y

estimular los procesos, proyectos y

actividades culturales en un marco de

reconocimiento y respeto por la diversidad y

Page 54: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

46

normas sobre patrimonio

cultural, fomentos y

estímulos a la cultura, se

crea el Ministerio de la

Cultura y se trasladan

algunas dependencias

variedad cultural, garantizar la conservación

de las culturas. El desarrollo económico y

social deberá articularse con el desarrollo

cultural.

4 Se define como patrimonio cultural todas las

costumbres, tradiciones, hábitos,

manifestaciones culturales y bienes

inmateriales y materiales relacionados con la

cultura.

Decreto 804 de 1995

(Aguirre , 1997)

2 Se habla de los principios de la

etnoeducación: integralidad, diversidad

lingüística, autonomía, participación

comunitaria, interculturalidad, flexibilidad,

progresividad, solidaridad.

Decreto 2164 de 1995

(Aguirre , 1997)

1 Se deben realizar los estudios necesarios en

cuanto a las necesidades que tienen las

comunidades indígenas, con la finalidad de

contribuir a su asentamiento y desarrollo.

2 Se define como territorio indígena las áreas

poseídas regular o permanentemente por una

comunidad indígena. (libro legislación)

Page 55: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

47

Resolución 970 de 2010.

(Instituto Colombiano

Agropecuario, 2018).

Todos Por medio de la cual se establecen los

requisitos para la producción,

acondicionamiento, exportación, importación,

almacenamiento, comercialización, y uso de

semillas para siembra de semillas en el país,

su control y se dictan otras disposiciones

Plan de desarrollo

Territorial 2010- 2014,

prosperidad para todos

(Alcaldía de Apartadó,

2010)

En cuanto al ítem de agricultura y desarrollo

rural, se proponen lo siguiente:

Facilitar el acceso a la tierra con fines

productivos a través de la implementación de

la Ley General de Tierras y Desarrollo Rural.

En cuanto a grupos étnicos: garantizar sus

derechos, y asegurar igualdad de

oportunidades para ellos.

2.3 Sentencias de la Corte Constitucional de Colombia

SENTENCIA PRINCIPIO NORMALIZA

Sentencia No. T-380/93

(Colombia, Corte

Constitucional, 1993a)

Sobre la

Propiedad

colectiva

Los derechos fundamentales de las

comunidades indígenas no deben

confundirse con los derechos colectivos

de otros grupos humanos. La comunidad

Page 56: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

48

indígena es un sujeto colectivo y no una

simple sumatoria de sujetos individuales

que comparten los mismos derechos o

intereses difusos o colectivos. En el

primer evento es indiscutible la titularidad

de los derechos fundamentales, mientras

que en el segundo los afectados pueden

proceder a la defensa de sus derechos o

intereses colectivos mediante el ejercicio

de las acciones populares

correspondientes.

Sentencia No. T-

254/94

(Colombia, Corte

Constitucional, 1994).

Sobre la

jurisdicción

indígena

Las comunidades indígenas son verdaderas

organizaciones, sujetos de derechos y

obligaciones, que, por medio de sus

autoridades, ejercen poder sobre los

miembros que las integran hasta el extremo

de adoptar su propia modalidad de gobierno

y de ejercer control social. Respecto de las

decisiones de la comunidad que afectan a

uno de sus integrantes, no existen medios

de defensa judicial.

Sentencia No. T-523/97

(Colombia, Corte

Constitucional, 1997).

sobre

principio de

diversidad

étnica y

cultural

el Estado tiene que hacer compatible su

deber de preservar la convivencia pacífica

dentro de su territorio, garantizando los

derechos de sus asociados en tanto

ciudadanos, con el reconocimiento de sus

necesidades particulares, como miembros

de grupos culturales distintos. En esta tarea,

además, le está vedado imponer una

concepción del mundo particular, así la vea

Page 57: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

49

como valiosa, porque tal actitud atentaría

contra el principio de respeto a la diversidad

étnica y cultural y contra el trato igualitario

para las diferentes culturas, que el mismo ha

reconocido.

Sentencia T-634/99

(Colombia, Corte

Constitucional, 1999).

Principio de

diversidad

étnica y

cultural-

protección

constitucional

En consecuencia, los resguardos son algo

más que simple "tierra" y algo menos que

"Territorio indígena"; es decir, que no son

términos iguales en la conceptualización

constitucional, aunque, en una ley de

ordenamiento territorial, geográficamente

podrían coincidir. Pero, actualmente, todavía

no se puede decir que un resguardo es una

Entidad Territorial. Ese carácter de los

resguardos permite una calificación diferente

a tierra y territorio y es la de "ámbito

territorial"

Sentencia T-606/01

(Colombia, Corte

Constitucional, 2001).

Jurisdicción

indígena y

bloque de

constitucional

idad

Para la Corte la jurisdicción indígena está

integrada por sus propias autoridades

judiciales, la potestad que estas tienen para

establecer normas y procedimientos propios,

con sujeción de estos a la ley y a la

Constitución. Según la jurisprudencia, la

jurisdicción indígena no está supeditada a la

expedición de la ley previa, pues la

Constitución tiene efectos normativos

directos. Pero no solamente es la

Constitución la que establece esta

jurisdicción especial indígena.

Page 58: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

50

Sentencia T-439/18

(Colombia, Corte

Constitucional,

2018).

Derecho a la

salud y a la

vida digna

La concepción del derecho a la salud ha

tenido un desarrollo jurisprudencial y

legislativo que ha llevado a categorizarlo

como un derecho fundamental autónomo;

pues anteriormente, para ser protegido era

necesario que tuviera una relación de

conexidad con otros derechos

fundamentales reconocidos como tales para

ese momento.

2.4 Marco legal departamental

Desde la gobernación de Antioquia y la Asamblea departamental se viene haciendo

esfuerzos que permitan llevar a cabo el reconocimiento de las comunidades indígenas

del departamento, con la finalidad de hacer reconocimiento de sus derechos y deberes

como ciudadanos de la nación colombiana, en este orden de ideas, el plan de desarrollo

departamental afirma:

Históricamente se ha venido trabajando con las comunidades

indígenas en la búsqueda del reconocimiento a la diversidad étnica

y cultural, promoción de la autonomía y protección y defensa de su

territorio, por medio de políticas públicas definidas en la Ordenanza,

20 de diciembre (Asamblea Departamental de Antioquia, 2004).

Hacia la construcción de alternativas se debe valorar y fortalecer los

programas de familia, niñez y equidad de género con la activa

participación, no sólo de los grupos organizados de mujeres y

Page 59: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

51

autoridades indígenas; sino de todas las comunidades desarrollando

este eje de vida como fundamental para su permanencia. (Alcaldía

de Apartadó, 2016, p. 310)

En este orden de ideas se presentan a continuación algunas resoluciones del

departamento de Antioquia y la Asamblea Departamental con respecto a los derechos

inalienables de los indígenas del departamento.

ORDENAZA ARTICULO CONSAGRA

32 del 20

de

diciembre

de 2004

(ACNUR,

s.f.)

2004

32 del 20 de

diciembre de

2004

por la cual se adopta la política pública para

reconocer y garantizar el ejercicio de los

derechos de los pueblos indígenas del

departamento de Antioquia.

Art. 2.1 Procurar condiciones de paz y desarrollo

alternativo y equitativo para los pueblos

indígenas y comunidades étnicas de Antioquia.

Art. 2.3 Garantizar el reconocimiento de la integridad

sostenibilidad de los resguardos y territorios

indígenas.

Art. 2.4 Respetar, apoyar y fortalecer las formas

propias y tradicionales de gobierno y las

organizaciones indígenas departamentales

zonales y locales.

Page 60: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

52

Art. 2.5 Respetar y apoyar las economías indígenas de

subsistencia y la adopción de nuevas

alternativas de producción que permita morara

la calidad de vida de las comunidades y la

implementación de sus planes de vida de forma

integral.

2.13 Implementar espacios de consulta que

aseguren la participación de los pueblos

indígenas en los planes, programas y proyectos

de que los afecten

2.5 Marco legal Municipal

Desde el Plan de desarrollo territorial, (2016-2019) de la Alcaldía Municipal de Apartadó.

(2016) el acuerdo 005 de 2016 se establece un programa con las comunidades

indígenas en especial con los resguardos de las comunidades Emberá Chamí con la

resolución 003 del 11 de mayo de 1998 y la resolución de ampliación 040 del 03 de

octubre del 2000 con extensión territorial de 317 Y él y el resguardo y Ibudó Las Playas

ubicado en corregimiento de San José de Apartadó, en el que se establece las siguientes

disposiciones y el que nos compete para el presente trabajo:

FUNCIONES ACTIVIDAD INDICADOR

Plan de desarrollo

territorial, 2016-2019

1 Actividades anuales realizadas para el

apoyo a la medicina tradicional.

2 Política pública de comunidades indígenas

diseñada

Page 61: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

53

3 Casa tradicional indígena construida para el

desarrollo de actividades culturales.

4 Planes Integrales de vida acompañados

para su formulación.

5 Acciones realizadas anualmente para la

promoción de la identidad sociocultural de

los indígenas del Municipio de Apartadó

6 Acciones de formación en liderazgo y

derechos humanos realizadas anualmente.

(Derecho Internacional Humanitario, s.f.)

2.6 Marco legal comunidad indígena las Playas resguardo Ibudó

Con respecto al marco legal de los indígenas se tiene el reglamento de indígenas Ibudó

las playas, del Municipio de Apartadó, Antioquia, en los que se nombra la junta directiva

del Cabildo y se dan a conocer a los miembros de la comunidad que habitan la quebrada

El Muerto, actualmente Ibudó las playas, donde se eligen a quienes van a representar la

comunidad indígena en todos los ámbitos y espacios que posibilitan algún tipo de gestión

para el desarrollo y avances la comunidad. En el cuadro siguiente se encuentran algunas

disposiciones indígenas al respecto.

FUNCIONES ARTICULO CONSAGRA

Funciones del cabildo 1 Mantener la unidad y hacer valer la ley 89 de

1890, además los usos y costumbres de los

Embera.

Page 62: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

54

2 Adjudicar o entregar a los comuneros

mayores de 18 años, o que hayan formado

familia porciones de tierra según la tradición

cultural (artículo 7 ley 89 de 1890) (Congreso

de Colombia, 1890).

3 Hacer respetar el derecho de uso y goce que

cada indígena tiene sobre la tierra (artículo 7

ley 89 de 1890, articulo 76 decreto 74 de

1890) (Congreso de Colombia, 1890).

4 Procurar que todos los miembros de la

comunidad tengan el uso y gocen de una

porción de terreno del resguardo.

5 Impedir que se arriende, hipoteque o venda

porción alguna de las tierras del resguardo

(artículo 7 ley 89 de 1890). (Congreso de

Colombia, 1890).

6 Velar por el adecuado uso y correcto manejo

de los recursos naturales de manera que no

alteren el equilibrio natural, determinando en

casos específicos aquellos cuyo

aprovechamiento sean en beneficio de la

comunidad.

Page 63: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

55

7 laborar anualmente el censo distribuido por

familias anotando los nacimientos y muertes.

Page 64: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

56

MARCO CONCEPTUAL

Para la elaboración del marco conceptual se tomaron las categorías presentes en la

pregunta problematizadora, al igual que los objetivos generales y específicos presentes

en el trabajo de grado. Todos los conceptos están compuestos por más de un término,

lo cual hizo que su búsqueda fuera mucho más específica y puntual que la búsqueda de

cada concepto presente en las categorías.

Se ha tomado en consideración cuatro categorías indispensables para la comprensión

y el posterior desarrollo del proceso investigativo del presente trabajo.

CATEGORIA CONCEPTO INDICADORES PREGUNTAS

DERECHOS

La palabra

derecho

proviene del

término latino

directum, que

significa “lo que

está conforme a

la regla”. El

derecho se

inspira en

postulados de

justicia y

Los derechos humanos

son fundamentales para

cada persona que habite

en cualquier pueblo de

cualquier raza pueblo o

nación; eso derechos

humanos son inherentes

a su propia naturaleza

pues este tiene unas

características únicas e

ineludibles y que hacen

parte de este

¿Qué tipo de

derechos se

vulneran en la

comunidad

Ibudó?

Page 65: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

57

constituye el

orden normativo

e institucional

que regula la

conducta

humana en

sociedad. La

base del

derecho son las

relaciones

sociales, las

cuales

determinan su

contenido y

carácter. Dicho

de otra forma, el

derecho es un

conjunto de

normas que

permiten

resolver los

conflictos en el

conglomerado tan

importante del mundo en

el que se vive se

comparte y se aprende a

ser libre. Como

consecuencia de los

Derechos Humanos las

sociedades pueden

disfrutar de la libertad de

expresión, la libertad de

comunicarse, entre

muchos otros derechos.

Los Derechos Humanos

juegan un papel

importante en el

desarrollo de todas las

actividades a las que

están encaminadas las

sociedades de hoy; para

el caso de los indígenas

sí que cierto que se

necesitan recuperar los

derechos humanos para

Page 66: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

58

seno de una

sociedad.

que estos puedan vivir

dentro de una sociedad

que les permita entender

la manera de convivivir

y la capacidad racional.

Sin los derechos

humanos el ser humano

cae en el error de la

esclavitud, de la

vulneración del derecho

a la vida, del derecho al

respeto a los demás y el

derecho a saber si

expresar por eso es

derecho humano es tan

fundamental que

permite que el ser

humano puede conducir

su vida con toda libertad

y responsabilidad. (DIH,

s.f.)

INALIENABLES

Este término

proviene de un

El concepto inalienable

tiene una relación

¿Por qué los

derechos de los

Page 67: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

59

vocablo latino

que hace

referencia a algo

que no se puede

enajenar, es

decir, cuyo

dominio no se

puede pasar o

transmitir de un

individuo a otro.

Lo inalienable,

por tanto, no

puede venderse

o cederse de

manera legal.

directa con la conciencia

del ser humano, esta le

permite al hombre actuar

rectamente si la

necesidad de estar

supeditado por parte de

una presión psicológica

afectiva o emocional.

Cuando se aliena a la

conciencia se pierde la

voluntad y al perderse la

voluntad se cae en el

error de la esclavitud del

libertinaje y se pierde por

tanto la Libertad: En el

caso en que nos ocupa

los indígenas son

sujetos de derechos a

los que nunca se les

debe alienar la

conciencia y las

acciones, porque son

ellos los que les

indígenas del

resguardo Ibudó

deben ser

inalienables?

Page 68: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

60

pertenecen las tierras

las tradiciones culturales

y la autonomía de sus

propios pueblos.

INDÍGENA

Indígena es

aquel

que pertenece a

un pueblo

originario de una

región o

territorio donde

su familia,

cultura y

vivencias

son nativas del

lugar donde

nacieron y han

sido

transmitidas por

varias

generaciones.

Indígena

es sinónimo

Como es bien sabido, la

historia que nos han

dejado nuestros

ancestros nos permite

entender que el indígena

es el que le pertenece un

pueblo originario y que

se ubica en una región,

con una tierra digna, una

familia y una cultura. El

indígena posee todas las

cualidades inherentes al

ser humano, cualidades

que son importantes

para el desarrollo de las

habilidades y en la

manutención de la Tierra

y la cultura y las

tradiciones orales. Los

¿Qué derechos

se violan

constantemente

en entre los

indígenas Ibudó?

Page 69: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

61

de nativo,

aborigen,

autóctono, indio.

La palabra

indígena deriva

del latín

indígena que se

compone de

inde que

significa “de ese

lugar” y gens

que significa

“población” por

lo tanto la

palabra se

refiere a una

población de un

lugar

determinado.

Los indígenas

son los

habitantes

originarios de un

indígenas son personas

a las que se les debe de

todo el respeto y la

admiración por la

manera como

consiguieron durante la

historia perpetuar en el

tiempo y el espacio sus

tradiciones y riquezas

culturales.

Page 70: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

62

territorio y se

agrupan en

diferentes

pueblos

indígenas que

tienen su propia

cultura, lengua y

tradiciones.

Algunos pueblos

indígenas que

existen hasta el

día de hoy.

(UNICEF, s.f.)

LEGISLACIÓN

Término que

viene del latín:

“legalatio”, que

significa acción

o efecto de

generar leyes.

La legislación,

por lo tanto, es

el cuerpo de

reglas que

La ley o la norma es un

precepto creado por el

ser humano para regir

los comportamientos,

las maneras de vivir y el

modus vivendi de los

sujetos en sociedad. La

acción de la ley es

legislar por lo tanto la

legislación tiene que ver

¿porque la

legislación

indígena no está

enfocada con la

legislación

colombiana?

Page 71: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

63

permiten

ordenar la vida

de un territorio.

Se trata del

ordenamiento

jurídico que

establece

cuáles son las

acciones o

conductas

prohibidas y

cuáles son

aquellas que se

encuentran

permitidas o que

resultan

obligatorias en

determinadas

circunstancias.

en la el conjunto de

normas y reglas que

permiten un

ordenamiento jurídico

para el sana convivencia

de las personas que

conforman la sociedad

en este caso, los

indígenas la legislación

colombiana juega un

papel importante en el

desarrollo de las

habilidades y los

comportamientos de los

indígenas; al igual que

los derechos como el

derecho es un derecho

inalienable las leyes

colombianas son

deberes que deben

cumplir también los

indígenas y a quienes se

les pide una

Page 72: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

64

organización de sus

propias leyes

ancestrales dentro del

marco jurídico nacional

colombiano, de

organizar y reestructurar

las normas para la

convivencia del bien

común de los

ciudadanos que la

habitan.

JURISPRUDENCIA

Jurisprudencia e

s el conjunto

de sentencias o

resoluciones

judiciales

emitidas por

órganos

judiciales y que

pueden

repercutir en

sentencias

posteriores. En

algunos países,

la jurisprudencia

puede ser una

fuente del

Si la Jurisprudencia es

un término utilizado para

referirse a las sentencias

determinadas por la

Corte Constitucional de

Colombia, se

sobreentiende entonces

que las sentencias

emanadas, deben ser de

obligatorio

cumplimiento, en el caso

concreto, en el

cumplimiento de los

derechos irrestrictos de

los indígenas.

¿Cuál es la mejor

manera de

interpretar las

sentencias

emanadas de la

Corte

constitucional en

beneficio de los

derechos de los

indígenas?

Page 73: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

65

Derecho, directa

o indirecta.

Este término

también se

refiere a

la doctrina

jurídica que

estudia las

sentencias

judiciales. Hace

referencia

también a un

criterio o forma

de ejecutar una

sentencia

basado en otras

sentencias

anteriores.

Page 74: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

66

MARCO REFERENCIAL

Para encauzar el logro de los objetivos del presente trabajo de grado, se acude el empleo

de técnicas de investigación; rastreos bibliográficos en bases de datos

internacionalmente avaladas y debidamente indexadas; la consulta de textos técnicos en

el campo de aplicación el contenido y análisis de conceptos técnicos y el contraste

teórico-práctico emergente de algunas situaciones fácticas producto de la experiencia

investigativa.

Como referentes principales de contexto para abordar la problemática planteada y

aterrizar el enfoque, se recurre principalmente a cuatro grandes fuentes del

conocimiento.

4.1 Autor de referencia.

(Durango Álvarez, 2008), Derechos Fundamentales de los pueblos indígenas. El caso

del pueblo Embera Katío y la represa de Urrá: un análisis desde la Corte Constitucional

Colombiana.

Este autor presenta un análisis que hace desde la Corte Constitucional de Colombia

y el impacto que genera; además del análisis que hace el autor de la Corte Constitucional

Colombiana sobre el derecho de los indígenas, también hace un barrido sobre el impacto

de los derechos de los indígenas que son violados es decir que no se tiene en cuenta en

el desarrollo de sus derechos a tierras y obviamente de los derechos a la libertad. Esta

Page 75: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

67

situación amerita tenerse en cuenta en el trabajo que se está desarrollando y cuyo tema

es significativo también: Los derechos inalienables de los indígenas: un derecho civil

y una legislación irrestricta. Ya que dicho análisis nos permite ubicarnos legalmente

sobre que es lo que se viola y en que se atenúa estas violaciones de los derechos de los

indígenas en el resguardo de Ibudó.

4.2 Documentos gubernamentales

Dentro del marco de referencia, se tienen los documentos gubernamentales que son las

disposiciones legales con respecto a los derechos establecidos en el marco de la

Organización de las Naciones Unidas (ACNUR, s.f.) conocida con la sigla (O.N.U)

además todo lo concerniente a la Organización de los Estados de Americanos (O.E.A)

y como esos documentos gubernamentales son de suma importancia para darle

aplicabilidad a los derechos de los indígenas en la nación colombiana; además, se tiene

también en cuenta lo que la Corte Constitucional de Colombia habla al respecto y la Corte

Interamericana de los Derechos Humanos; por lo tanto, todos estos documentos son

de suma importancia para poder entender que los derechos de los indígenas son

totalmente irrestrictos, es decir que son sin límites y son incondicionales; por lo cual

Colombia como un Estado de derecho, debe dar pleno cumplimiento a cada uno de estos

estamentos que están declarados tanto por la Organización de las Naciones Unidas,

como por la Corte Interamericana derechos humanos y la OEA, para evitar los atropellos

que se puedan llegar a dar dentro d ellos resguardos indígenas. (Ulloa, Escobar,

Escobar, & Donato, 2008).

Page 76: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

68

También es oportuno tener en cuenta la Constitución Política de Colombia de la

Asamblea Nacional Constituyente (1991), junto con las ordenanzas de la gobernación de

Antioquia emitidos por la Asamblea y lo que hacen los municipios, en este caso el

municipio de Apartadó, sobre los derechos fundamentales de los indígenas.

Todo esto con la finalidad de restablecer los derechos inalienables de los indígenas,

aunque aparezcan tan claramente en el papel, importante es que se pueda dar en la

realidad esa defensa los derechos de los indígenas y de sus resguardos.

4.3 Documentos de las ONG

Uno de los aportes importantes al trabajo son las ONG qué son los organismos no

gubernamentales, o como comúnmente se les llama: Instituciones sin ánimo de lucro,

que no dependen del gobierno y que realiza actividades de interés social y se trata de

entidades con iniciativa y fines humanitarios por el respeto a la vida, por el respeto a la

libertad de expresión, el respeto a la libertad política, el respeto a las libertades sociales

y en el caso que nos ocupa por el derecho de los indígenas.

En ese orden de ideas, uno de los referentes importantes para el desarrollo del

presente trabajo se tenemos con la organización nominada "Human Rights Every

Where", que es una organización de Derechos Humanos no gubernamental y sin fines

de lucro; conformada por aproximadamente 400 miembros de todas partes del mundo y

cuyo personal está integrado por profesionales en derechos humanos, incluidos

expertos en los países en los que operan, donde existen abogados, periodistas y

Page 77: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

69

académicos de diversos orígenes y nacionalidades cuya finalidad es defender los

derechos de los seres humanos.

En el presente trabajo, se tiene como punto de referencia el documento: Marco legal

para los derechos de los pueblos indígenas en Colombia. (Olsen, 2008).

4.3 Artículos de teóricos y reflexiones académicas sobre el tema

Finalmente se tiene como de referencia o referentes teóricos sobre el tema diferentes

artículos sobre académicos que han profundizado sobre: Los derechos inalienables de

los indígenas: un derecho civil y una legislación irrestricta y que han contradicho la

situación de vulnerabilidad en la que se encuentran los indígenas en nuestro país

colombiano; estos autores de la academia hacen una reflexión sistemática en torno a

cómo debería ser verdaderamente el respeto por los derechos, por las personas, por sus

orígenes, por su idiosincrasia, por su manera de pensar de vivir y de actuar. Todos los

artículos que se elaboran en torno a esta temática son de suma importancia porque

permiten profundizar académicamente sobre la aplicabilidad de esos derechos en los

resguardos indígenas, entre los que se encuentran los siguientes:

• Asociación de cabildos e indígenas del Cauca. UkawesxNasaCxhab Sath Tama

Kiwe; Tierra Adentro. (Vidal, 2003).

• Universidad de los Andes. Conquista de Colombia- conquista del territorio

[internet]. Disponible en: http://www.todacolombia.com/conquista.html

(Universidad de los Andes, s.f.)

Page 78: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

70

• Acción ecológica. Soberanía alimentaria [internet]. Disponible en:

http://edualter.org/material/sobirania/soberania%20AE.pdf (Acción ecológica,

2020) (Patiño y Acuña, 2007) (Arias, s.f.)

• La vía campesina: Movimiento Campesino Internacional. Que es la soberanía

alimentaria [internet]. Disponible en:

http://www.hegoa.ehu.es/congreso/bilbo/doku/bat/soberania_alimentaria.pdf (La

vía campesina: movimiento campesino internacion, 2002) (Arias, s.f.)

4.4 Documentos propios de la comunidad Indígena.

La comunidad indígena del resguardo Ibudó Las playas, ubicada en el municipio de

Apartadó, departamento de Antioquia, tiene su propio Plan de vida de vida. En la cartilla

elaborada con el lema “Educación para saber y actuar” se encuentran unas directrices

en torno al plan de vida, al marco normativo para el desarrollo propio de la comunidad, a

la manera cómo construyen sus territorios étnicos con bienestar, además de la manera

como se está recuperando la historia para tener la afinidad y la identidad indígena y sobre

todo se presentan algunas directrices sobre “construyendo futuro” en el que se plantean

una necesidades y unas acciones a seguir; todo este conglomerado de directrices

recogidos en esta experiencia del plan de vida de la comunidad indígena, es una apuesta

por llevar a cabo procesos que permitan concienciar a los miembros de la comunidad, a

los jóvenes y a los niños, a los mayores y a los adultos, sobre la importancia de recuperar

los espacios perdidos por causa de la vulnerabilidad de los derechos indígenas de la

comunidad del resguardo Ibudó Las playas:

Page 79: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

71

El presente documento recoge la experiencia de trabajo realizada

coordinadamente con la Comunidad Indígena Las Playas resguardo

Ibudó municipio de Apartadó, en el marco del Proyecto: “Apoyo al

Fortalecimiento de Familias de Grupos Étnicos que tienen la

Estrategia de Recuperación social del territorio Indígena”. Este

trabajo es recopilado en una cartilla, donde se registra la visión que

los participantes tienen de su comunidad, en el ayer, el hoy y el

mañana; miradas necesarias para la consolidación del Plan de Vida

y la pervivencia de su cultura. Para lograr esta recopilación se

organizaron cuatro encuentros denominados “Para Saber y Actuar”

con el fin de darle voz a la comunidad y propiciar un escenario de

participación en la que todos (niños/as jóvenes, hombres, mujeres,

mayores, profesores/as, sabios/as) tuvieran momentos de reflexión

sobre el pasado, el presente y el futuro de su comunidad. (Varela &

Darío Guisao, 2014, p. 7)

Page 80: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

72

DISEÑO METODOLÓGICO

5.1 Tipo de investigación

Esta investigación es de carácter cuantitativo –etnográfico, se realiza en el resguardo

indígena IBUDÚ Las Playas, del municipio de Apartadó - Antioquia, tiene como finalidad:

analizar los derechos de los indígenas a la luz del derecho civil y la legislación

colombiana, observado si son irrestrictos e inalienables en el resguardo indígena Ibudó.

Esta investigación capta, mediante la encuesta, como los indígenas del resguardo

Ibudó las Playas, sienten que sus derechos ciudadanos son vulnerados y atropellados.

5.2 Población y muestra

El objetivo de estudio de la investigación se centra la comunidad indígena Las Playas del

resguardo Ibudó, del Municipio de Apartadó, cuya población es la siguiente: 83 familias

para un total de 360 habitantes. (Tomado de el Plan de Vida de la Comunidad Indígena

Las Playas Resguardo Ibudó Municipio de Apartadó. (Varela & Darío Guisao, 2014, p.

22)

5.3 Muestra

De los 360 habitantes de la comunidad indígena las Playas del resguardo Ibudó, se toma

la siguiente población: (1) Gobernador, (1) Segundo gobernador, (1) secretario, (1)

Tesorero, (1) Fiscal, (2) Alguaciles (guardia indígena). (4) Líderes, (1) Médico ancestral

Page 81: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

73

o Jaibaná, (2) parteras, (1) Promotor de salud, (3) docentes de la comunidad, entre ellos

uno cultural, (4) mujeres indígenas, (4) hombres indígenas y (4) jóvenes indígenas

mayores de 18 años para un total de 30 indígenas, población objeto de estudio.

5.4 Unidad de análisis

Está conformada por: 30 indígenas de diferentes servicios en la comunidad a quienes se

aplica la encuesta. (Ver numeral 4.3)

5.5 Técnicas e instrumentos para la obtención de la información

Entre las técnicas e instrumentos que se utilizan para la obtención de la información, se

tiene: La encuesta (anexo A)

Page 82: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

74

5.6 Análisis de la Información.

Cuadro 1: Derechos que se vulneran en la comunidad Ibudó 1. DERECHOS QUE SE VULNERAN EN LA COMUNIDAD IBUDÓ

PORCENTAJE NUMERO DE RESPUESTAS

Libertad de expresión 20% 6

Derecho la vida 13.4% 4

Derecho a la tierra 26.6% 8

Derecho a la alimentación 40% 12

TOTAL 100% 30

Información de la pregunta 1.

En la pregunta sobre los derechos que se vulneran en la comunidad de Ibudó, el 40% de

los encuestados, es decir 12 indígenas responder que esta se da por la falta del derecho

a alimentación; mientras que 8 de ellos, es decir el 26.6% responden que se falta al

derecho a la tierra, en tanto que 6 suelen decir que se el derecho a la libre expresión,

mientras solo el 13.3% dicen que falta respeto por el derecho a la vida. (Ver figura1)

Figura 1. Derechos que se vulneran en la comunidad Ibudó

0%

200%

400%

600%

800%

1000%

1200%

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

DERECHO LA VIDA DERECHO A LA TIERRA DERECHO A LA ALIMENTACIÓN

20% 13,3% 26,6% 40%

6

4

8

12

DERECHOS QUE SE VULNERAN EN LA COMUNIDAD IBUDÓ

Page 83: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

75

Cuadro 2: Derechos inalienables de los indígenas del resguardo Ibudó

2. DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS DEL RESGUARDO IBUDÓ

Porcentaje Numero de respuestas

La vida 20% 6

La tierra 26.6% 8

La tradición 26.6% 8

La cultura 16.6% 5

A desplazarse libremente 10% 3

TOTAL 100% 30

Información de la pregunta 2.

Con respecto a la pregunta 2: los derechos inalienables de los indígenas del resguardo

Ibudó, el 26% tanto del derecho a la tierra, así como el derecho a la tradición, ocupan un

alto porcentaje; mientras que 6 de los indígenas encuestados, es decir el 20% de entre

ellos dicen que se aliena los derechos con respecto a la vida, 5 lo ven desde la cultura y

3 de entre ellos dicen que se aliena el desplazamiento libre. (Ver figura 2)

Figura 2: Derechos inalienables de los indígenas del resguardo Ibudó

0%

100%

200%

300%

400%

500%

600%

700%

800%

LA VIDA LA TIERRA LA TRADICIÓN LA CULTURA A DESPLAZARSE LIBREMENTE

20% 26,6% 26,6% 16,6% 10%

6

8 8

5

3

DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS DEL RESGUARDO IBUDÓ

Page 84: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

76

Cuadro3: Derechos que se violan constantemente entre los indígenas de la comunidad del resguardo indígena Ibudó

3. DERECHOS QUE SE VIOLAN CONSTANTEMENTE ENTRE LOS INDÍGENAS DE LA

COMUNIDAD DEL RESGUARDO INDÍGENA IBUDÓ

Porcentaje Numero de respuestas

Libertad de expresión 53.3% 16

Libre desplazamiento 26.6% 8

N/S 13.3 4

N/R 6.6 2

TOTAL 100% 30

Información de la pregunta 3.

Desde la pregunta 3 titulada: derechos que se violan constantemente entre los indígenas

de la comunidad del resguardo indígena Ibudó, 16 de los encuestados, es decir el 53.35

de entre ellos, dicen que se viola el derecho entre ellos a la libre expresión, en tanto que

8 manifiestan que coacciona el libre desplazamiento, mientras que 4, ósea el 13.3%

suelen decir que se no saben y un solo 6.6% dicen que no responden. (ver figura 3)

Figura 3: derechos que se violan constantemente entre los indígenas de la comunidad del

resguardo indígena Ibudó

0

2

4

6

8

10

12

14

16

53.3% 26.6% 13.3 6.6

LIBERTAD DE EXPRESIÓN LIBRE DESPLAZAMIENTO N/S N/R

3. DERECHOS QUE SE VIOLAN CONSTANTEMENTE ENTRE LOS INDÍGENAS DE LA COMUNIDAD DEL RESGUARDO INDÍGENA

IBUDÓ

Page 85: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

77

Cuadro 4: La legislación indígena no enfocada con la legislación colombiana

4. LA LEGISLACIÓN INDÍGENA NO ENFOCADA CON LA LEGISLACIÓN

COLOMBIANA

Porcentaje Numero de respuestas

Somos autónomos 33.3% 10

Tenemos nuestras propias leyes 26.6% 8

Desconfían en la ley civil 20% 6

Atropella más los derechos 13.3% 4

N/S 6.66% 2

TOTAL 100% 30

Información de la pregunta 4.

Finalmente se tiene la información de la pregunta 4: la legislación indígena no enfocada

con la legislación colombiana, en la que afirman el 33.3% de los encuestados, es decir

10 indígenas dicen que no es articulada porque son autónomos de sus propias leyes, en

tanto que 8 de entre ellos afirman que tienen sus propias leyes, en tanto que 6 desconfían

de las leyes colombianas, el 13.3% por que se atropellan más los derechos y solo 2 de

entre los no saben. (ver figura 4.)

Figura 4. La legislación indígena no enfocada con la legislación colombiana

0123456789

10

33.3% 26.6% 20% 13.3% 6.66%

SOMOS AUTÓNOMOS

TENEMOS NUESTRAS PROPIAS

LEYES

DESCONFÍAN EN LA LEY CIVIL

ATROPELLA MÁS LOS DERECHOS

N/S

4. LA LEGISLACIÓN INDÍGENA NO ENFOCADA CON LA LEGISLACIÓN COLOMBIANA

Page 86: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

78

5.7 Análisis interpretativo

Cuando se habla de los Derechos Humanos, sobre todo de los Derechos en las

comunidades indígenas, inmediatamente se hace imperativo pensar que todo ser

humano tiene derecho a una estabilidad emocional, psicológica, afectiva económica,

social, religiosa y cultural; en este orden de ideas se presentan las categorías que hacen

parte importante del desarrollo de este trabajo que titula: Los derechos alienables de

los indígenas un derecho civil y la legislación irrestricta; pues bien se presentan

cuatro categorías que se desarrollaron a partir de las cuatro preguntas que sirvieron

como encuesta para recoger información sobre la vulnerabilidad de los Derechos en la

comunidad indígena Ibudó.

Entre las categorías se tiene: Los derechos que se vulneran en la comunidad Ibudó,

derechos inalienables de los indígenas del resguardo Ibudó, derechos que se violan

constantemente entre los indígenas de la comunidad del resguardo indígena Ibudó y la

legislación indígena no enfocada con la legislación colombiana.

A continuación, se hace un análisis de cada una de estas y el impacto que generan

en la comunidad Indígena del resguardo Ibudó.

En la categoría: Los derechos que se vulneran la comunidad Ibudó que está ligado

al título de este trabajo y a toda la temática del desarrollo que se viene elaborando

durante el presente trabajo; se presume que para los indígenas de la comunidad Ibudó

consideran que los derechos se violan constantemente por ejemplo el derecho a la vida,

Page 87: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

79

a la tierra, a la tradición a la cultura, etc. Estas respuesta se encuentran entrelazadas en

las respuestas dadas a las preguntas 2, 3 y 4: cabe decir que no se menciona la pregunta

número 4 y su respectiva respuesta ya que para los indígenas respecto a la violación de

los Derechos Humanos en las comunidades indígenas, en este caso la comunidad Ibudó,

no es muy seguro el apoyo del Estado colombiano, por eso se incluye la categoría

número 4 y que se puede constatar perfectamente en Plan de Vida de la Comunidad

Indígena Las Playas Resguardo Ibudó Municipio de Apartadó cuando afirma:

El Plan de Vida es una guía que nos orienta, tanto a las comunidades

como a las autoridades, es un camino a seguir. Debe estar orientado

a mejorar nuestras condiciones y calidad de vida espiritual y material.

Para seguir viviendo. Para resistir. Para mantener la cultura. Para

mantener la unidad. Para mantener la autonomía. Para mantener el

territorio. Para exigir nuestros derechos. (Varela & Darío Guisao,

2014, p. 10)

Desde la categoría: Los derechos inalienables de los indígenas del resguardo

indígena Ibudó, se puede constatar que los derechos más importantes a la vida, a la

posesión de las tierras, a la cultura y a la tradición son de suma importancia para

cualquier ciudadano que puede habitar en cualquier nación, máxime para los indígenas

a quienes duele tanto su tierra su tradición, su idiosincrasia y su cultura: Desde esta

óptica las respuestas a las preguntas 1 donde ellos hacen un análisis sobre el derecho

Page 88: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

80

a la vida y el derecho de la tierra coincidiendo prácticamente en un 40% entre ambas

categorías y en donde las respuestas a la pregunta dos coinciden en sus respuesta.

Hay que tener en la cuenta que esas preguntas no fueron diseñadas exclusivamente

para grupo pequeño de indígenas, esas preguntas fuera diseñadas inclusive para que

el gobernador del Cabildo, el secretario, tesorero, el fiscal, la guardia indígena, los

líderes, el médico ancestral, las parteras, los promotores de salud, los docentes de la

comunidad, las mujeres, los hombres, inclusive los jóvenes que apenas están sintiendo

que se violen los derechos de su comunidad respondieran todos unánimemente sobre la

violación que se tiene constantemente en esta comunidad y que ellos reclaman desde

las siguientes apreciaciones consignadas en el Plan de vida indígena:

Somos una comunidad indígena de la etnia Embera Eyabida y

Chamí, (habitantes de montaña). Hablamos la lengua materna

Embera y conservamos algunos aspectos culturales tradicionales

como la pintura facial, danza, música, vestido. Es importante la figura

del Jaibaná, quien se desempeña como médico tradicional, además

ejerce autoridad, control cultural y social. Anteriormente se vivía en

tambos o viviendas circulares. Tenían el techo de paja, el piso de

macana. El vestido tradicional. Pintura en el cuerpo sacado de la

planta jagua. Se hacían rituales. Había cultivos, buena producción.

Alimentos naturales. Había monte bonito, muchos árboles. Animales

para cazar. Mucha agua y pescado. No había escuela. Había

Page 89: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

81

autoridad de los mayores. Se castigaban las faltas, fueran leves o

graves. Se curaba con medicina tradicional la picadura de culebra,

los espíritus malignos. Rituales relacionados con los procesos de

embarazo, parto, dieta, niñez, adolescencia, mantenimiento de la

salud. Rituales para las cosechas. Las artesanías. Plantas

medicinales. Semillas para los cultivos. (Varela & Darío Guisao,

2014, pp. 15 - 20)

Y con respecto a las tierras que les pertenece aducen en El Plan de vida:

Para los pueblos indígenas el territorio es base material y espiritual

de su existencia, en una relación con la Madre Tierra que es a la vez

sagrada, propiedad colectiva, fuente de vida, base para el desarrollo

de la comunidad y de sus planes de vida. (Varela & Darío Guisao,

2014, p. 24)

Con respecto a la categoría: Los derechos que se violan constantemente entre los

indígenas de la comunidad del resguardo Ibudó, se puede constatar que el mayor

índice de derecho que se viola al interior de la comunidad es la libertad de expresión

manifestado en un 53.3% de la población encuestada y un segundo derecho que se viola

es el libre desplazamiento con un 26.6.%, lo cual significa que al interior de las

comunidades indígenas, en caso del resguardo Ibudó – la playa se violan entre ellos

mismos los derechos al ser humano a la libertad de expresión a la manera de vivir, de

Page 90: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

82

pensar de actuar, de relacionarse, y de concebir las cosmogonías que presenta el mundo

el mundo indígena y que en el Plan de vida de ya en mención se acota la siguiente

percepción.

La vida cotidiana de nuestras comunidades se ha venido

transformando por las formas de relación establecidas por la

sociedad occidental, nuestras particularidades están

desapareciendo por la imposición del modelo de desarrollo

dominante. Se han debilitado nuestras formas tradicionales de

autoridad y hoy en día son necesarios conocimientos occidentales,

olvidando las enseñanzas de nuestros dioses; con poca capacidad

para hacer cumplir nuestros reglamentos y formas de justicia, porque

no se comparten con las nuevas generaciones. (Varela & Darío

Guisao, 2014, p. 20)

Finalmente se tiene la categoría: La legislación indígena enfocada con la

legislación colombiana. En esta categoría se puede constatar que si se suman todos

los porcentajes se tienen que hay un 59.9% de los indígenas es decir 18 de los 30

encuestados que dicen que ellos son autónomos y que tienen sus propias leyes, por lo

tanto, esta normatividad que rige a los indígenas, son leyes para la convivencia al interior

de la comunidad; entendidas las cosas desde este punto de vista, se considera necesario

y oportuno acotar que las leyes dictadas por los indígenas están en cierta conexión con

Page 91: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

83

el derecho internacional humanitario*, desde luego por los derechos humanos

establecidos en la ONU que recoge en los treinta artículos la declaración de los

documentos más importantes de la historia de la humanidad: la Declaración Universal

de los Derechos Humanos; Ahora bien cada comunidad indígena tiene su propia

normatividad para garantizar la convivencia al interior de los resguardos, lo que hace

que se propenda por un equilibrio en la sana toma de decisiones para el bien de la

comunidad y para la prosperidad del pueblo y de sus costumbres.

* El derecho internacional humanitario es la rama del derecho internacional destinado a limitar y evitar el sufrimiento humano en tiempo de conflicto armado. En este sentido, el derecho internacional humanitario limita los métodos y el alcance de tierra provee lo más universales tratados y costumbres que limitan los efectos del conflicto armado con lo que tiene proteger a personas civiles y a personas que ya no estén participando en hostilidades. (OEA)

Page 92: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

84

RESULTADOS Y HALLAZGOS

Con el trabajo de grado titulado: Los derechos inalienables de los indígenas: un

derecho civil y una legislación irrestricta cómo concienciar y analizar los derechos de

los indígenas a la luz del Derecho civil y la legislación colombiana. En el escrito

académico es necesario y oportuno recalcar los siguientes hallazgos después de haber

analizado las respuestas a las cuatro preguntas que marcaron el diseño metodológico y

que a través de la encuesta realizada a diferentes grupos y miembros sociales de la

comunidad indígena la playa del resguardo Ibudó, ubicado en el municipio de Apartadó,

en el departamento de Antioquia y a quienes sus respuestas fueron de suma importancia,

puesto que eran personas que de una u otra manera tienen unos cargos de servicio para

la comunidad indígena las playas, entre ellos encontramos por ejemplo: al gobernador

de la comunidad, al secretario al tesorero, al fiscal, los alguaciles o indígenas líderes, al

médico ancestral entre otras tantas personas que aportaron significativamente a ese

trabajo, es por ello que una vez realizado el análisis de la información y el análisis

interpretativo se concluye como propuesta y hallazgo que hay una situación latente en la

comunidad donde se ve que se usurpan los derechos de los indígenas a la tierra, a la

vida y a la alimentación, en los siguientes parámetros.

1. La vida indudablemente sigue siendo el mayor legado que podemos tener los

seres humanos. Se concluye que en la comunidad indígena del resguardo Ibudó

Las Playas, se cometen atrocidades en contra de la vida y en contra de lo que

para ellos significa la supervivencia relacionada con la vivencia frente a la sana

manera de adquirir los alimentos necesarios, puesto que si no hay alimentos, la

Page 93: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

85

vida en si misma languidece hasta llegar al punto de encontrar indígenas que tiene

que vivir en situaciones muy precarias porque les falta el alimento y el sustento

diario y si el Estado colombiano no hace presencia efectiva para ayudarles a los

Indígenas a garantizar la alimentación suficiente por medio del cultivo de la tierra

y mientras esto suceda seguirán pasando afugias, como se pudo constatar en el

desarrollo del trabajo y especialmente en la aplicabilidad que se le dio a la

encuesta. Además, en el resguardó se construyó un centro de salud que nunca

ha entrado en funcionamiento, las paredes se quedaron vacías y la salud y la vida

de los habitantes del resguardó en inminente riesgo.

2. En la época de la colonización a los indígenas se les vulneraron sus derechos, le

saquearon su riquezas, sus tradiciones su cultura, su idioma, poniéndole una

nueva cultura que violaba sus tradiciones ancestrales; pero pareciera que la época

de la colonización no ha terminado aún; puesto que hoy en día en pleno Siglo XXI

después varios siglos se perpetúa la vulneración y violación a los derechos de los

indígenas donde sus tierras se convierten en tierras baldías, donde son

desplazados forzosamente por la guerra y por la violencia y aunque existan una

gran cantidad de documentos gubernamentales y no gubernamentales, caso

concreto por ejemplo la ley la Constitución Política de 1991, o la UNESCO o la

OEA donde se declaran los derechos de los indígenas; parece ser que estas

declaraciones solamente quedaran en el papel puesto que no hay garantía por el

respeto a los derechos de los indígenas y a diario se vulneran cada vez más, lo

Page 94: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

86

que nos lleva a constatar que la colonización no ha pasado y que la colonización

con sus aires de despojo y violencia todavía sigue en pie.

3. El ser humano desde los inicios de la historia se ha regido por medio de las leyes

las cuales le permiten un orden dentro de las instituciones, la familia, la sociedad,

los organismos y las comunidades indígenas entre muchas más; las leyes son

dictadas por un Estado. Todas estas leyes son significativas porque propenden

por el buen comportamiento de los ciudadanos que pertenecen a cierto Estado o

Nación; los indígenas por ser sujetos de derecho y dueños de la tierra merecen

que sus leyes sean respetadas, que sean valoradas, que se tengan en cuenta

para el ordenamiento jurídico de un Estado y que se tengan en cuenta también

como elemento correctivo para las comunidades; por lo tanto no se puede

equiparar la ley indígena con la ley colombiana en su totalidad pues aunque ellos

son seres sujetos de derecho y también los rige la ley de una nación y un estado

en realidad la intención del constituyente es que se les respete su cosmovisión

tradicional y por tanto ellos tienen sus propias maneras de corregir y de educar en

la norma, lo que hace que desde los derechos de los indígenas a nivel mundial su

ley debe respetarse al igual que su tradición e idiosincrasia cultural.

4. Colombia es un país rico en biodiversidad y hacen parte del pulmón del mundo

por medio de sus selvas amazónicas: Las comunidades indígenas tienen el

derecho a vivir tranquilamente y esto sólo se puede dar si se les respeta

efectivamente su derecho a la tierra. El amor por la Pachamama que profesan los

Page 95: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

87

indígenas, no es una quimera, no es ilusión ni una simple frase de cajón con la

que los terratenientes juzgan a los indígenas como acaparadores de la tierra; es

una realidad que nace desde el interior del indígena por el sentido de pertenencia

por la tierra. La manera cómo se socavan en diferentes regiones el suelo para

explotar los recursos naturales sigue y seguirá siendo un atropello contra la

Pachamama a la que los indígenas aman, veneran y respetan. Desde el Estado

colombiano se debe propender para que la tierra no siga siendo más maltratada,

de lo contrario vendrán consecuencia de catástrofes ambientales que se viven a

diario. Los indígenas desde su experticia saben cuidar la tierra y a ellos se les

debe garantizar plenamente este derecho para que sigan cuidando lo que por

tradición y justicia les pertenece.

5. Uno de los resultados y hallazgos que genera la encuesta frente a la pregunta que

se formuló acerca de los derechos que se violan constantemente entre los

indígenas de la comunidad del resguardo indígena Ibudó; se tiene que para la

mayoría de los encuestados los derechos de los indígenas se vulneran también al

interior de la comunidad, lo cual quiere decir entonces, que el derecho a la libre

expresión y el derecho al libre desplazamiento se violan constantemente, resulta

totalmente incongruente e incoherente el que se pida el respeto por los derechos

de los indígenas al Estado colombiano, pero al interior de la comunidad indígena

se vulneran otros tantos sin contar lo que no se reflejan en la encuesta; por lo

tanto urge la necesidad de concienciar a la comunidad indígena del resguardo y

para hacer campañas que permitan respetar a los demás: desde niño hasta el

Page 96: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

88

anciano, desde los hombres hasta las mujeres, desde las tradiciones hasta la

manera de pensar de vivir y actuar; lo que hace que sea congruente si

verdaderamente se están exigiendo unos derechos que se vulneran y se violan a

diario, pero que en el interior de la comunidad se cometen la mismas

arbitrariedades en contra de los derechos humanos.

6. Finalmente se tiene que con el título que se propuso en el desarrollo de este

trabajo de grado: los derechos inalienables de los indígenas: un derecho civil

y una legislación irrestricta, el trabajo aún queda inconcluso, puesto que hay

una gran cantidad de situaciones al límite de las comunidades indígenas en el

caso concreto la comunidad indígena del resguardo Ibudó Las Playas, se

necesitan alternativas que solucionen y contrarresten la violación de los derechos

humanos, pues la evidencia más clara que arroja este trabajo es que la

vulneración a los derechos de las comunidades se da en medio de la

invisibilización de los mismos, vivir en situaciones precarias se ha normalizado.

Las puertas quedan abiertas para que otros académicos, docentes, gobernadores

indígenas e inclusive el mismo Estado colombiano puedan hacer de esta experiencia,

una experiencia tan significativa que permita contrarrestar efectivamente la

vulneración de los derechos de los indígenas en el país.

Page 97: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

89

PROPOSICIONES Y CONCLUSIONES

Con los objetivos que se plantearon al inicio del trabajo, por ejemplo, con el objetivo

general se realiza: Analizar los derechos de los indígenas a la luz del Derecho civil la

legislación colombiana observado si son irrestrictos inalienables al recuerdo indígena

Ibudó, y con los objetivos específicos, desarrollo concienzudamente durante todo este

trabajo los capítulos que anteceden a la elaboración que permiten concluir de los

siguientes parámetros

1. Se sabe que la declaración universal de los Derechos Humanos es un documento

que marca un hito en la historia de los Derechos Humanos y qué fue elaborado

por los representantes de todas las regiones del mundo con diferentes

antecedentes jurídicos y culturales proclamado desde luego el 10 de diciembre de

1948 en la asamblea general de las Naciones Unidas, en París Francia y en su

resolución 217 A (III) y que tenía finalidad para todos pueblos y Naciones el que

se proteja el mundo entero a los hombres y mujeres de m cualquier raza, pueblo

o nación; sin embargo han pasado ya casi 90 años y la resolución sigue todavía

en el tintero sin que se respeten los derechos humanos en todos los pueblos y en

especial en los pueblo indígenas, en este caso en la comunidad del resguardo

indígena Ibudó Las Playas, lo cual quiere decir que hace falta voluntad política

para poder empezar a implementar la verdadera declaración de los derechos

humanos promulgados de en la en la posguerra.

2. Como los derechos son inherentes al ser humano, es decir que por naturaleza el

hombre y la mujer son libres y por consiguiente deben respetarse sus derechos

Page 98: LOS DERECHOS INALIENABLES DE LOS INDÍGENAS: UN …

90

no importando su nacionalidad, su credo, sus razas, su posición política social y

económica; por lo tanto, si son derechos inherentes al ser humano los Estados en

este caso el Estado colombiano debe respetar y deben buscar estrategias que

permitan contrarrestar el atropello de los derechos de los indígenas.

3. Existe un adagio paisa popular que dice: “la caridad empieza por casa” En ese

orden de ideas como la caridad empieza por casa, el respeto por la diferencia, por

los otros debe empezar desde la “casa”, lo cual equivale a decir que si se exige a

los entes gubernamentales y no gubernamentales la aplicabilidad de los derechos

de los indígenas, se deben pensar primero en que esos derechos deben aplicarse

desde el interior de la comunidad del resguardo indígena Ibudó Las Playas,

porque de lo contrario sería totalmente incongruente y contradictorio el que se

exigiendo el respeto por los derechos ad extra pero no ad intra y esto hace que

se pierda credibilidad en lo que se exige cuando no se aplica.

4. Parece ser una constante el que las ONG y organismos no gubernamentales que

defienden los derechos de las personas frente a los Estados, este caso frente al

Estado colombiano, pero que se silencien frente el atropello que se vive también

al interior de las comunidades indígenas (Ulloa, Escobar, Escobar, & Donato,

2008). Si bien es cierto ellos juegan un papel importante para que los pueblos,

este caso los estados pueden tomar decisiones que contrarresten toda esa

situación, también es necesario que las ONG se promulgan con respecto a la

violación que se cometen al interior de las comunidades indígenas, bien es sabido

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91

por todos que también existen violaciones al interior, maltrato físico entre otras

que también se necesitan ser denunciados.

5. Es imperativo que al interior de las comunidades indígenas se haga pedagogía en

torno a los derechos humanos, la constitución política de Colombia y demás

tratados internacionales para que estos instrumentos que se enuncian en este

trabajo realmente puedan ser instrumentos eficaces de comunidades como Ibudó,

Las Playas que viven en el ostracismo porque en el interior de las propias

comunidades ni siquiera hay consciencia de los derechos que se poseen y si uno

no conoce sus derechos es imposible percibir cuando se le vulneran y por ende

menos posibilidades existen de hacerlos proteger.

6. Si la Corte Constitucional de Colombia ha emanado unas sentencias de obligatorio

cumplimiento es porque determina por medio la normalización de la ley,

especialmente las concernientes a los derechos inalienables de los indígenas; lo

que implica concluir que, aunque se hayan establecido leyes para el respeto de

los derechos de las etnias, resguardos y comunidades indígenas, todavía se

necesitan más que sentencias, dar aplicabilidad a ese cumplimiento obligatorio.

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92

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Diario Oficial 43102

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ANEXOS

Anexo A: Encuesta

Los estudiantes de la universidad N.N, están realizando una encuesta en la Comunidad

Las Playas del resguardo Ibudó del Municipio de Apartadó, que tiene como objetivo:

Analizar los derechos de los indígenas a la luz del derecho civil y la legislación

colombiana observado si son irrestrictos e inalienables al resguardo indígena Ibudó, es

por ello que le solicitamos comedidamente responder a la preguntas que a continuación

se presentan, con la certeza que este trabajo servirá como beneficio para su comunidad,

agradeciendo de antemano sus sinceras respuestas.

1. ¿Qué tipo de derechos se vulneran en la comunidad Ibudó?

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

________________

2. ¿Por qué los derechos de los indígenas del resguardo Ibudó deben ser

inalienables?

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

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______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

________________

3. ¿Qué derechos se violan constantemente en entre los indígenas de la comunidad

del resguardo indígena del resguardo Ibudó?

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

________________

4. ¿porque la legislación indígena no está enfocada con la legislación colombiana?

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

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“Para los pueblos indígenas el territorio es base material y espiritual de su existencia, en

una relación con la Madre Tierra que es a la vez sagrada, propiedad colectiva, fuente de

vida, base para el desarrollo de la comunidad y de sus planes de vida”. (Plan de Vida de

la Comunidad Indígena Las Playas Resguardo Ibudó Municipio de Apartadó. p. 24)

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Anexo B: Evidencia

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Anexo C: Evidencia

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Anexo D: Evidencia

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