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LOS RESPONSABLES DE LA PROBLEMÁTICA DEL TRABAJO INFANTIL EN ARGENTINA Y SUS CONSECUENCIASi
Por Rafael Lirman Mabé
Sumario: I. Introducción. II. El Crecimiento del trabajo infantil en Argentina en
los últimos 15 años. Falta de datos certeros y actualizados. III. Causas del
trabajo infantil en Argentina. IV. Riesgos asociados al lugar de trabajo. V.
Perjuicios psicofísicos. VI. Daños provocados por la inexperiencia, falta de
conocimientos, uso inapropiado de maquinarias y herramientas. VII. Daños
que puede provocar en los niños el trabajo de recolección de basura y
cartones. VIII. Perjuicios en la educación. IX. Inspección del trabajo infantil. X.
Listado de trabajo infantil peligroso prohibido para menores de 18 años: una
deuda pendiente. XI. Conclusiones y aportes.
I. INTRODUCCIÓN
Este trabajo actualiza algunos aspectos centrales examinados en mi tesis de
maestría1, con el fin de volver sobre cuestiones que hoy, transcurridos ya tres
años desde la realización de la investigación, considero de plena vigencia.
En la “Palabras Preliminares” de la Encuesta de Actividades de Niños, Niñas y
Adolescentes (EANNA)2, el Dr. Carlos Tomada, en su carácter de Ministro de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social, manifiesta que, cada vez que se enfrenta
al resultado de encuestas o de mediciones que reflejan problemáticas sociales,
surge por un lado el dolor inevitable generado por el reconocimiento de las
situaciones adversas que aún sufre parte de nuestro pueblo, y por otro lado
aparece la esperanza de alcanzar un futuro diferente creando herramientas y
acciones que ayuden a recorrer el camino de las soluciones.
El mismo sentimiento de dolor expresado por el Dr. Tomada es lo que me
motivó a efectuar esta tesis, con el objetivo de aportar herramientas que
1 Lirman Mabé, Rafael, “Los responsables de la problemática del trabajo infantil en Argentina y sus consecuencias”, Tesis de Maestría, UNTREF (2008). 2 Infancia y adolescencia: trabajo y otras actividades económicas. Primera encuesta. Análisis de resultados en cuatro subregiones de la Argentina”, OIT, Primera Edición:Junio 2006, Bs.As., Argentina, p.17
ayuden a buscar las soluciones que permitan erradicar la grave problemática
del trabajo infantil en la Argentina y sus nocivas consecuencias. Porque sólo a
partir de un profundo análisis de la problemática, es posible plantear las
estrategias orientadas a resolverla.
Y, compartiendo el pensamiento expresado por la Representante de UNICEF
ARGENTINA Lic. Gladys Acosta Vargas3, considero que el trabajo infantil es
evitable y que es una responsabilidad del Estado, de las familias y del mundo
adulto en su conjunto plantear la superación del problema.
El trabajo infantil en la Argentina aumentó en los últimos 15 años, provocando
graves perjuicios sociales. Y, al respecto, se plantea como hipótesis que los
poderes ejecutivo y legislativo nacional y provinciales son los principales
responsables por acción, inacción y/u omisión de dicho crecimiento y de las
consecuencias que provoca.
En este trabajo se consideró a la problemática como tema urgente y necesario,
no solo en el contexto académico desde donde se la estudia sino por quienes
tienen responsabilidad en la implementación de políticas tendientes a
solucionarla.
Y, para dar respuesta a los porqués planteados por el problema, analicé
mediante un trabajo exploratorio quiénes son los responsables del mismo y de
los perjuicios que produce, para lo cual efectué una minuciosa tarea de
investigación, relevamiento y recopilación de datos de fuentes secundarias
consistentes en publicaciones y estadísticas emanadas de organismos
nacionales e internacionales oficiales y no oficiales, normativa nacional,
normativa internacional vigente en Argentina y el MERCOSUR, programas de
acción para erradicar el trabajo infantil, proyectos de ley, diarios del período
1995 – 2011, bibliografía, Internet y entrevistas radiales, televisivas y
periodísticas a miembros y funcionarios de los poderes ejecutivo y legislativo y
de ONG´s, a dirigentes gremiales y a padres y niños trabajadores..
Finalmente, luego de efectuar un análisis cualitativo y cuantitativo de las
mencionadas fuentes, procederé a extraer conclusiones de las mismas a los
fines de la refutación o confirmación de la hipótesis planteada, siendo el
3 Acosta Vargas, Gladys, “Armas contra el trabajo infantil”, 16/06/2008, en http://www.clarin.com/diario/2008/06/16/opinion/o-01694989.htm
objetivo de mi tesis el de demostrar que se ha omitido y continúa omitiéndose
la ejecución de los mecanismos políticos, sociales y normativos que son
necesarios para erradicar el trabajo infantil prohibido o clandestino en Argentina
y las graves consecuencias que provoca.
II. EL CRECIMIENTO DEL TRABAJO INFANTIL EN ARGENTINA EN
LOS ÚLTIMOS 15 AÑOS. FALTA DE DATOS CERTEROS Y ACTUALIZADOS
En 1997 UNICEF4 informaba que en Argentina se encontraban trabajando
252.000 niños de entre 6 y 14 años inclusive (39.500 de entre 6 a 9 años
inclusive, y 212.500 de entre 10 y 14 años inclusive). Y, en el año 2000, el sitio
web del MTEySS5 comunicaba que las cifras que manejaba en ese entonces el
Gobierno Nacional para analizar la extensión del trabajo infantil en Argentina,
eran las brindadas por dicho trabajo hecho por UNICEF, a través del
investigador y sociólogo Silvio Feldman, en el cual los análisis cuantitativos se
realizaron sobre la base de la información brindada por el Módulo para el
Monitoreo de Metas Sociales de la Encuesta Permanente de Hogares de 1994
(y, para el ámbito rural, el análisis cuantitativo se realizó utilizando información
del Censo Nacional Agropecuario de 1988).
El mencionado trabajo, elaborado por UNICEF, es la última estimación oficial
sobre trabajo infantil que se hizo a escala nacional antes de realizarse la
“Encuesta de Actividades de Niños, Niñas y Adolescentes” (EANNA) en el
último cuatrimestre de 2004, que recogió información mediante un trabajo de
campo y fue publicada por el MTEySS y la OIT en junio de 2006.
La EANNA contabilizó que en el total de los aglomerados relevados trabaja el
6,5 % de los niños y niñas de 5 a 13 años y el 20,1 % de los que tienen entre
14 y 17 años, arrojando la cantidad de 193.095 y 263.112 respectivamente, los
cuales totalizan 456.207 niños.
En las “Conclusiones” de la EANNA se señala que los resultados de la
encuesta muestran que “el trabajo infantil ha alcanzado magnitudes
4 Feldman, Silvio, “ Los Niños que trabajan”, UNICEF Argentina, 1997 5Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, “Los niños que trabajan en la Argentina”, en http://www.trabajo.gov.ar/left/estadisticas/otia/centroDoc/verDocumento.asp?id=52
considerables”, que “requiere de la aplicación de políticas articuladas
destinadas a su erradicación”, y que el trabajo infantil afecta en mayor medida
a los varones, a los niños y niñas de las áreas rurales, a la provincia de
Mendoza y a la subregión del NEA. También se desprende del estudio que la
incidencia del trabajo entre los adolescentes es elevada y diferencial por sexo
(uno de cada cuatro varones y una cada ocho mujeres de 14 a 17 años
trabajaron en la semana anterior a la encuesta).
Pero dichos datos sólo reflejan estadísticas regionales que, por su parcialidad,
son incompletos (abarcan sólo el 50 % de la población infantil).
En junio de 2006, la OIT informó, refiriéndose a la EANNA, que: “Si bien esta
cobertura es importante en términos poblacionales, los resultados de la
encuesta no pueden ser expandidos, ni a otras regiones, ni al conjunto del país.
El MTEySS tiene como objetivo inmediato ampliar la cobertura de la EANNA a
otras jurisdicciones para avanzar en caracterizar de la forma más precisa
posible el trabajo infantil en nuestro país.6 Y algo similar explica el Ministerio de
Desarrollo Social de la Nación, cuando informa que: “Es necesario destacar
que, a pesar de su amplia cobertura, los resultados de la EANNA no pueden
ser extrapolados o expandidos a otras regiones ni al conjunto del país”.7
Gustavo Ponce, especialista en trabajo infantil de la OIT, aclaró que dicha
encuesta es una “primera aproximación” que luego puede repetirse y
extenderse a otros puntos8, a lo que cabría agregar que en el año 2006 Emilia
Roca -quien se dedica al análisis de los datos recolectados por la EANNA
desde el Observatorio de Trabajo Infantil- le aclaró al diario Página 12 que el
MTEySS tiene como objetivo inmediato ampliar la cobertura de la EANNA a
otras jurisdicciones.9
En la actualidad (octubre de 2011), la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia
del Neuquén informa que una de las debilidades del sistema es no contar con
6 OIT, Análisis de las políticas y programas sociales en Argentina: La acción pública para prevenir y combatir la explotación económica de niños, niñas y adolescentes, Buenos Aires, 2006, pp.43-44 7 Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, “Tercer Informe Periódico de la Convención sobre los Derechos del Niño en virtud de su artículo 44”, 2008, p.149, en http://www.desarrollosocial.gov.ar/pdf/InformeONU.pdf 8 Fuente: El Ciudadano, 17/10/2006, www.derf.com.ar/despachos.asp?cod_des=110757&ID_Seccion=59 - 77k - Resultado Suplementario 9 Carbajal, Mariana, “Los chicos ocupados en perder su futuro”, 04/09/2006, en http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-72495-2006-09-04.html
estadísticas que visibilicen el problema del trabajo infantil, pese a que es
necesario delinear con precisión el escenario, para la efectividad de las
acciones que se diseñen, por lo que se advierte la necesidad de estudios
cualitativos, para comprender la realidad del trabajo infantil en el medio rural y
el trabajo intradoméstico, tanto del ámbito rural como urbano (enfatizando que
en este sentido es imprescindible la colaboración que brinda la UATRE).10
El propio MTEySS informó en junio de 2011 al Canal de Televisión TN que,
según sus cálculos, hay 456.000 niños y niñas que trabajan en la Argentina11,
lo que significa que la cartera laboral continúa tomando como referencia los
resultados de la EANNA, pese a que han transcurrido siete largos años desde
su realización (y que hace varios años funcionarios del MTEySS informaron
que la ampliación de la encuesta es el objetivo “inmediato”).
Se denota en consecuencia la responsabilidad del Estado Nacional, al no
poderse chequear cómo ha sido la evolución del trabajo infantil en Argentina,
porque todavía no existen datos globales (solo estimaciones), y únicamente
hay datos regionales y parciales. A ello cabría agregar que, en el año 2005, el
Comité de Expertos de la OIT (CEACR)12 formalizó Observaciones a distintos
convenios firmados por nuestro país, entre las cuales se encuentra la
consistente en que la Comisión tomó nota de que el MTEySS y la OIT/IPEC
habían firmado en 2003 un acuerdo sobre la realización de un estudio relativo
al trabajo infantil que debía finalizar el 31/12/2004, con el objetivo de compilar,
analizar y difundir informaciones cuantitativas y cualitativas acerca del trabajo
infantil en Argentina. Lo que implica que, pese a dicho convenio, a octubre de
2011 (o sea, luego de ocho años) aún no se ha realizado un estudio completo
cuantitativo y cualitativo sobre la problemática del trabajo infantil en las más de
veinte provincias que conforman la Argentina. Únicamente existe a la fecha el
estudio parcial efectuado en siete de ellas a fines de 2004 por la EANNA, con
resultados sólo válidos por regiones, habiendo sido difundida una síntesis de
los resultados de la encuesta ampliada a la provincia de Córdoba a fines de
10 Subsecretaría de Trabajo de la Provincia del Neuquén, “Contextualización provincial del trabajo infantil”, Junio de 2011, en http://www.trabajoneuquen.gov.ar/index.php?action=copreti 11 Canal TN de Televisión, “Trabajo infantil: cada minuto muere un niño por realizar actividades peligrosas”, 12/06/2011, en http://m.tn.com.ar/sociedad/00058100/trabajo-infantil-cada-minuto-muere-un-nino-por-realizar-actividades-peligrosas 12 Vitale, Silvia y El Hay, Nancy, “Las relaciones laborales en la niñez y la adolescencia. DT 2006 (noviembre), p.1660
2006 (y encontrándonos a la espera de recibir los datos del relevamiento
ampliado a la provincia de Misiones).
El MTEySS no informa respecto a cuándo será extendida la EANNA al resto de
las provincias del país, donde funcionarios nacionales y provinciales han
comunicado que trabajan muchísimos niños, como por ejemplo es el caso de la
Provincia de Santa Fe, donde José Luis Bermúdez, en su carácter de
coordinador de la COPRETI de esa provincia, fue entrevistado por el Diario El
litoral, manifestando que la situación más problemática se da en el norte de la
misma, donde hay muchísimos chicos que trabajan en el campo, con
agroquímicos, pesticidas y componentes altamente tóxicos que a la larga
pueden provocarles la muerte.13
Cabe destacar que en junio de 2010 el gobierno santafesino dio a conocer un
estudio sobre la participación de menores en las actividades económicas en
regiones de la provincia. Se trata del primer relevamiento “cualitativo” del
trabajo infantil y adolescente en Santa Fe, indicándose en el mismo las
actividades con mayor participación de trabajo de menores de edad según las
regiones. En sus conclusiones señala que en las grandes ciudades como
Rosario y Santa Fe predomina el trabajo infantil en tareas domésticas, la venta
ambulante, el reciclamiento de basura y la prostitución, mientras que en la
región norte se registran niveles de participación infantil en la ganadería, en la
cosecha de algodón y la fabricación artesanal de ladrillos, entre otras.14
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia de Santa
Fe informa que dicha investigación constituye la primera exploración hacia la
problemática del trabajo de los niños y las niñas en la Provincia, y -en ese
sentido- “permite colocar el tema en un lugar destacado de la agenda pública.
Conocer un fenómeno complejo —y el trabajo en la infancia lo es— facilita el
diseño de acciones eficaces y eficientes, que tomen en cuenta las distintas
modalidades o expresiones de la presencia de los niños y las niñas en las
actividades productivas, así como la heterogeneidad de los factores que
convierten a un niño en trabajador”. Señala asimismo que el estudio en
13 Agencia Federal de Noticias, “Un trabajo que procura erradicar el trabajo infantil en Santa Fe, 11/06/2005, en http://www.derf.com.ar/despachos.asp?cod_des=30690 14 Diario digital rosario3.com, “Presentaron el primer relevamiento del trabajo infantil en Santa Fe”, 14/06/2010, en http://www.rosario3.com/noticias/noticias.aspx?idNot=72786
cuestión puede abrir un camino de articulación entre instituciones
gubernamentales, académicas y organizaciones de la sociedad civil; es decir,
puede dar forma a una ruta en la que el conocimiento sea el punto de partida
para llevar a cabo intervenciones que logren impactos significativos en la
reducción del tamaño y la incidencia del trabajo infantil en Santa Fe, y que
contribuyan, asimismo, a la erradicación de sus peores formas”.15
Como se puede observar, al seguir dilatando la concreción de un estudio
estadístico a nivel global en la Argentina, continuamos estando lejos de poder
contar con un indicador (tasa de trabajo infantil) que permita conocer la
situación de los menores que trabajan en la Argentina.
El propio MTEySS explica que el beneficio de contar con un instrumento
específico para conocer la situación de los niños que trabajan está íntimamente
ligado a la formulación de políticas públicas que permitirían dar cumplimiento a
la meta específica de erradicación del trabajo infantil.16
Y, a su vez, Silvia Kutscher (responsable de la Unidad de Monitoreo e
Inspección de Trabajo Infantil de la Secretaría de Trabajo) manifestó que los
datos de la EANNA “permitirán la elaboración de políticas eficientes, precisas y
focalizadas que contribuyan a la erradicación de la problemática en nuestro
país”.17 Por lo cual, si se continúa prolongando el inicio del trabajo consistente
en extender la EANNA a las regiones geográficas de la Argentina que no
fueron relevadas, ello implica un perjuicio para la elaboración de dichas
políticas, tal como sostuvo Kutscher.
El 12/06/2007 (Día Mundial contra el Trabajo Infantil), la Dra. Rey Méndez
presentó en Buenos Aires un “Mapa de Mano de Obra Infantil Rural en la
Agricultura” elaborado por el MTEySS de la Nación, en el marco de un
Seminario en el que participaron directores de la OIT, Unicef, PNUD y la
CONAETI, y en donde Rey Méndez destacó que dicho mapa fue confeccionado
en base a información suministrada desde cada provincia a través de las
respectivas COPRETIS, aclarando que San Luis es la única provincia que no
15 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe, “El Trabajo Infantil en Santa Fe, 2010”, en ”http://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/download/117958/582166/file/Documento%20de%20Trabajo%20Nº4.pdf 16Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, “Objetivos de Desarrollo del Milenio”, en http://www.trabajo.gov.ar/left/estadisticas/otia/estadisticas/odm/index.asp 17Periodismo Social, Junio 2004, en http://www.periodismosocial.org.ar/area_infancia_informes.cfm
brindó datos. Rey Méndez también informó en el Seminario que, de la
información proporcionada por las COPRETIS, surge que se emplean chicos
en los cultivos y las cosechas más diversas: tabaco, yerba mate, algodón,
cítricos, té, hortalizas, arroz, frutas, soja, maíz, trigo, caña de azúcar, vid,
aromáticas; que Misiones, Mendoza, Chaco y Tucumán son las provincias
donde más niños son empleados en cosechas (son las provincias que se
destacan por tener trabajo infantil rural a lo largo de todo su territorio.); que,
principalmente en las provincias del Norte y en la región cuyana, pero también
en el conurbano bonaerense y en el valle del Río Negro, se utilizan chicos y
chicas en las actividades de cultivos y cosechas más diversas; que hay un
corredor de uso de mano de obra infantil que se extiende por todo el valle del
Río Negro, en plantaciones de frambuesa, manzana, ciruela y frutilla; que en la
provincia de Buenos Aires hay chicos en la explotación agrícola de la zona de
Baradero, San Pedro, San Nicolás y Ramallo, en cultivos de frutilla y verduras
en La Plata y sus alrededores, en los de vid en Berisso; que las únicas
provincias que declararon no tener trabajo infantil agrícola en sus territorios
fueron Chubut, Santa Cruz, Neuquén y Tierra del Fuego, y que la conclusión
más importante a la que se arriba es que el trabajo infantil existe en el país
como consecuencia de la pobreza, constituye un reproductor de la marginación
y conspira contra la educación de los chicos.18
La periodista Carbajal aclara asimismo en dicho artículo periodístico que el
Mapa presentado por la Dra. Rey Méndez muestra las localidades y el tipo de
plantaciones en las que trabajan niños y niñas, pero “no” precisa el número de
niños/as que se encuentran en esa situación en cada lugar. Lo que sí se detalla
en dicho Mapa, de acuerdo a lo informado por Página 12, es que, de los
relevamientos realizados en las provincias, surge que: “entre los niños/as y
adolescentes que trabajan en el ámbito rural, no asisten a la escuela uno de
cada 10 niños/as de 5 a 13 años, y 6 de cada 10 adolescentes de 14 a 17 años
(puesto que el 10 por ciento de los chicos/as más pequeños que trabajan en el
ámbito rural no van a la escuela, y la han dejado el 62 por ciento de los
18 Carbajal, Mariana, “Un mapa del trabajo rural infantil”, 13/06/2007, en http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-86498-2007-06-13.html
adolescentes)”, y “que la repitencia en la secundaria se duplica entre los
estudiantes trabajadores en comparación con los alumnos que no trabajan”.
Se observa que el MTEySS, a través de la Dra. Rey Méndez, informa
exactamente en qué lugares existe el trabajo infantil rural (detallando incluso
cuáles son los diversos cultivos y cosechas sobre los que laboran los niños/as
en cada uno de esos lugares), pero “no” se brinda información acerca de la
cantidad de menores que lo hacen, y ello con el agravante consistente en que
la Dra. Rey Méndez explicó –al presentar el Mapa- que una de las conclusiones
más importantes que se desprenden del mismo es que el trabajo conspira
contra la educación de los chicos, señalando la Secretaria de Trabajo de la
Nación -Dra. Noemí Rial- (también durante la presentación de dicho Mapa)
que: “no se puede mantener la estructura económica de una provincia a costa
de la exclusión social” y que: “los niños y las niñas en el campo están
expuestos con frecuencia a peligros y riesgos asociados con la manipulación
de agroquímicos, el uso de herramientas afiladas, la realización de tareas bajo
temperaturas extremas y el uso de maquinarias de carga excesiva para su
edad. El trabajo a ‘destajo’ –por cantidad– es la metodología ‘perversa’ que
‘obliga a que trabaje toda la familia’”.19
Por su parte, respecto al mencionado “Mapa de Mano de Obra Infantil Rural en
la Agricultura de la República Argentina”, la OIT20 informa que en el mismo se
detalla que -de los 5 a los 9 años- el principal problema es el trabajo
doméstico; que, de los 9 a los 14 años, el primordial problema es el trabajo
rural; y que los adolescentes con más de 14 años soportan situaciones de
insalubridad, de manejo de herramientas y de exigencias de carga que
sobrepasan su capacidad física. Pero en dicho Mapa “no” se menciona qué
cantidad de menores lo hacen, limitándose a realizar un estudio estrictamente
cualitativo que, en términos generales, confirma los resultados de la EANNA,
puesto que corrobora que, las áreas urbanas donde más situaciones de trabajo
infantil se detectan, continúan siendo los tres cordones del Gran Buenos Aires
y Mendoza; que las menos complicadas son las del Sur del país; y que el
19 Idem 20 OIT, “Argentina tiene un primer mapa de trabajo infantil rural”, 12/06/2007, en http://white.oit.org.pe/ipec/documentos/huellas_arg_tia.pdf
trabajo infantil rural se comprueba principalmente en Cuyo y en provincias del
Noreste (NEA) y del Noroeste (NOA).
De lo expuesto se desprende que hay una clara dificultad para dimensionar la
magnitud del trabajo infantil en la Argentina. Y, al respecto, en junio de 2006 la
OIT informaba lo siguiente: “Se destaca como punto de partida la dificultad para
dimensionar la magnitud del fenómeno estudiado por la falta de datos certeros
actualizados. Las entrevistas a distintos referentes de sectores implicados en la
temática han proporcionado cifras dispares. Por tanto, las estimaciones
realizadas por el ámbito sindical y organismos nacionales e internacionales,
varían”.21
En el segundo semestre del año 2010, el Observatorio de la Deuda Social de la
Infancia de la Universidad Católica Argentina efectuó un relevamiento en seis
mil hogares de todo el país para abordar la temática del trabajo infantil en las
grandes ciudades de Argentina. El estudio arrojó como resultado que, en los
grandes centros urbanos, el 17,6% de los niños argentinos de 5 a 17 años
realiza algún tipo de trabajo (habiendo regiones como el Gran Tucumán, en
donde la situación es mucho peor, puesto que allí llega al 24,6 %). Pero en
dicho informe se aclara que la investigación resume datos referidos al trabajo
infantil urbano en el país, quedando afuera la realidad de los chicos que
trabajan en ámbitos rurales (donde la situación en general es más preocupante
y donde se encuentran más a menudo casos de explotación laboral).22
El gobernador bonaerense Daniel Scioli presidió en febrero de 2008 el acto de
lanzamiento de un programa destinado a prevenir y erradicar el trabajo infantil,
comprometiéndose en el mismo a "atacar las causas profundas" para terminar
con dicha problemática, sosteniendo Scioli durante dicho acto que, en la
Provincia de Buenos Aires, trabajan más de 400.000 chicos “por ser víctimas
de la exclusión social y de la pobreza extrema".23 A su vez, Télam publicó en
abril de 2009 que el gobierno de la Provincia de Buenos Aires informó en forma
oficial que en esa provincia trabajan más de 400 mil menores, de los cuales
21 OIT, Análisis de las políticas y programas sociales en Argentina: La acción pública para prevenir y combatir la explotación económica de niños, niñas y adolescentes, op. cit. 22 Universidad Católica Argentina, Observatorio de la Deuda Social Argentina, “El trabajo infantil-adolescente y la reproducción de las desigualdades sociales”, Boletín N° 2, Octubre de 2010., en www.uca.edu.ar/observatorio 23 Télam, “Scioli se comprometió a ‘atacar las causas profundas’ para erradicar el trabajo infantil”, 14/02/2008, en http://www.telam.com.ar/vernota.php?tipo=N&dis=5&sec=4&idPub=120758&id=210526
casi el 45 por ciento (180.000) tiene entre 5 y 13 años.24 Es decir que, mientras
la EANNA efectuada en el último cuatrimestre de 2004 arrojó como resultado la
cifra de cerca de 193.095 menores trabajadores de entre 5 y 13 años en todas
las regiones abarcadas por la misma (de los cuales 113.175 corresponden al
Gran Buenos Aires), en abril de 2008 el gobierno bonaerense informaba que
se estima que en la Provincia de Buenos Aires hay unos 180.000 chicos de
entre 5 y 13 años que trabajan. Por lo tanto, para dicha banda etaria se
observa una notable diferencia entre la cifra que arrojó la EANNA hace siete
años, y la cifra estimada tres años después por el gobierno bonaerense, que es
marcadamente mayor.
La COPRETI de la Provincia de Buenos Aires comunicaba en 2008 (en su
Informe de Gestión 2004-2007) que no existen datos actualizados que den
cuenta de la realidad metropolitana y rural, sino que sólo se cuenta con la
EANNA, que se trata de una encuesta realizada “exclusivamente” en hogares,
por lo que no incorpora datos de niñas, niños y adolescentes que no viven en
ellos (y que, en el caso de la Provincia de Buenos Aires, sólo abarcó la Región
del Gran Buenos Aires, por lo que no aporta datos del interior de la provincia).25
Y, luego de leer lo explicado en dicho Informe de Gestión de la COPRETI de la
Provincia de Buenos Aires, se puede comprender en forma inmediata el motivo
por el cual el número de niños/as y adolescentes que trabajan en dicha
provincia, mencionado por el gobernador Scioli, es varias veces superior a los
números informados por la EANNA, que sólo abarcó la región del Gran Buenos
Aires.
III. CAUSAS DEL TRABAJO INFANTIL EN ARGENTINA
Existe una clara distinción entre la problemática urbana y la rural.
Tal como lo explica Víctor Chévez, a cargo del programa de erradicación del
trabajo infantil de UNICEF ARGENTINA, históricamente en las familias rurales
el trabajo infantil es invisible, porque está en la cultura que el chico sea parte
24 Télam, “La Provincia busca erradicar el trabajo infantil “, 23/04/2008, en http://www.telam.com.ar/vernota.php?tipo=N&dis=5&sec=4&idPub=120758&id=223243 25 Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires-Comisión Provincial Para la Erradicación del Trabajo Infantil de la Provincia de Buenos Aires, “Informe de Gestión 2004-2007”, en http://www.trabajo.gba.gov.ar/informacion/copreti/copreti.pdf
de la unidad familiar de trabajo: "El minifundista que trabaja su tierra o en la
recolección de algodón, por ejemplo, va con su familia a trabajar; cuantos más
hijos tiene, cuenta con más unidades de trabajo y más kilos de algodón
recolectados". En la economía urbana, en cambio, el fenómeno está mucho
más ligado a la crisis del mercado laboral: los niños aparecen como una mano
de obra que compensa la falta de ingresos genuinos de sus padres en
contextos de pobreza.26
Las causas del trabajo infantil, según la OIT, son varias: la pobreza, la
inestabilidad política, la discriminación, la emigración, la explotación criminal,
las prácticas culturales tradicionales, la falta de trabajo decente para los
adultos, la protección social inadecuada, la escasez de escuelas y el deseo de
bienes de consumo. De acuerdo con los expertos de la OIT, el trabajo infantil
también obedece a la falta de aplicación de las leyes y el deseo de algunos
empleadores de contar con una mano de obra barata y flexible.27
En base a lo información brindada por la EANNA, UNICEF y OIT, se observa
que la principal causa del trabajo infantil es la pobreza. Y dicha conclusión
coincide con las declaraciones efectuadas por niñas/os y adolescentes
entrevistados por diversos medios periodísticos que investigaron sobre la
problemática del trabajo infantil en Argentina.
Por su parte, el Secretario General de la Unión Argentina de Trabajadores
Rurales y Estibadores (Gerónimo Venegas) destacó que: “El trabajo infantil
existe por la pobreza. Y, en el campo, es producto de una cultura”.28 Según la
UATRE, el 10 % de los que desarrollan tareas en el campo argentino son
niños, porque familias enteras van a trabajar en épocas de cosecha, ya que la
paga se hace por "canasta acarreada": cuantas más llevan, más dinero podrá
entrar al grupo familiar.29
26 Diario La Nación, “Aumenta el trabajo infantil en el mundo”, 01/06/ 1999 en http://www.lanacion.com.ar/182564 27Fundación Horizontes al Futuro, “En medio del fuego cruzado” en http://www.fundacionhorizontesalfuturo.org/Horizontes7.htm 28 Red Andi América Latina, “Argentina tiene un primer mapa de trabajo infantil rural”, año 4 nro. 25, 12/06/07, en http://www.redandi.org/verPublicacao.php5?L=ES&idpais=1&id=4019 29 Sitio Web del Bloque de Diputados de la UCR, “Buscan elevar la edad mínima para empezar a trabajar”, en http://www.bloqueucr.gov.ar/verContenido.php?contenidoID=2357 (refiriéndose a Clarín, ,p.6)
Asimismo, la UATRE informa lo siguiente: “Caben distinguir dos grandes tipos
de inserción laboral de los niños/as junto a miembros de la familia en el sector
agropecuario. El trabajo infantil en las explotaciones familiares, en particular en
las explotaciones rurales pobres, y el trabajo de los niños/as que se adiciona al
de sus padres asalariados, remunerados sobre la base del sistema de pago a
destajo, en general en producciones agroindustriales como el tabaco, algodón,
caña de azúcar y en los primeros procesamientos de determinados productos
agrarios. Asimismo se han encontrado niños trabajando en aserraderos,
floricultura, horticultura y otros. En referencia a la primera tipificación, presenta
características de que estos minifundistas salen a trabajar, en ciertos períodos
de cosecha o zafra, fuera de sus hogares como asalariados en explotaciones
de terceros, y el trabajo de los niños y niñas ayuda a reemplazar el del propio
padre en los períodos en que éste se desempeña afuera. Esta manera de
inserción de los niños/as en el trabajo, como ayuda familiar en su núcleo de
pertenencia (minifundios, ej. Provincia de Misiones y Corrientes en la cosecha
del té y la yerba mate), es una característica sobresaliente del paisaje laboral
en las zonas rurales, en ellas, es frecuente que el trabajo infantil contribuya a
complementar el trabajo familiar en la explotación. En ese marco, el sistema
económico familiar está organizado apenas para la sobrevivencia. Es preciso
que en estas condiciones los niños/as trabajen tan prolongada y arduamente
como sus padres. En determinados lugares, sólo se emplea a los adultos con la
condición de que sus hijos contribuyan a la realización del trabajo, siendo esta
última una de las principales razones por las cuales existen muchas
probabilidades de que los niños/as que trabajan en zonas rurales no asistan a
la escuela y sean analfabetos”.30
A su vez, Jorge Rodríguez –Secretario de Actas, Prensa y Propaganda de la
UATRE, y Responsable Gremial de la temática Trabajo Infantil Rural- informó a
La Nación que: “La cultura del trabajo rural hace que en época de cosecha,
zafra o cultivos intensivos la familia lleve a sus hijos a trabajar. La mayor parte
está en Misiones con la yerba y las tealeras, en el Chaco con el algodón, en La
Rioja con las aceitunas, en Catamarca igual, en Salta y Jujuy con el cultivo de
30 UATRE, CIPETRI, Trabajo Infantil Rural en Argentina, Estrategias del Sector Rural para Prevenir y Erradicar el Trabajo Infantil, Buenos Aires, 2005, p.31
tomate, pimientos, acelga y tabaco. Y como este tipo de trabajo se paga por
producción, cuanto más gente trabaja más se paga porque más se produce.
Esto se debe a los míseros salarios vigentes. De todo lo que gasta el productor
(semillas, maquinarias, agroquímicos), el trabajador rural apenas le cuesta al
empleador el 1%. Y todo es a mano: la yerba, el té, el tabaco, el algodón; todo
se cosecha a mano". Si el trabajador va acompañado por cuatro chicos, se le
cuadruplica la ganancia. "Esos chicos van a trabajar desde muy chiquititos y se
quedan tirados en los surcos, cubiertos apenas por una colcha, a la
intemperie.31
IV. RIESGOS ASOCIADOS AL LUGAR DE TRABAJO
La EANNA constató que los niños y niñas de 5 a 13 años trabajan en
situaciones riesgosas (y que, tal como lo señala el Dr. Chartzman Birenbaum32,
se trata de situaciones claras de riesgo personal). Aproximadamente uno de
cada cuatro desarrolla toda o parte de su actividad en la calle o en medios de
transporte (28,8%) y algo más de la mitad la realiza en dichos lugares o en
casa ajena.
A su vez, en la EANNA33 se destaca que la recolección de papeles (17 %) y la
venta en la vía pública (16 %) concentran el 33% del trabajo infantil en los
niños y niñas indigentes. Este dato es alarmante, por el riesgo que implican
dichas actividades en niños y niñas tan pequeños.
V. PERJUICIOS PSICOFÍSICOS
Aquello que es seguro para un trabajador adulto, no lo es para el menor que
trabaja, por encontrarse éste en una etapa de crecimiento y desarrollo que se
puede ver afectada por la exposición a situaciones que atenten contra su
adecuado crecimiento.
31 Palomar, Jorge, “Trabajo infantil: el fin de la inocencia”, 18/12/05, en http://www.lanacion.com.ar/764533 32 Chartzman Birenbaum, Alberto, “Equidad en situación de género y problemática de erradicación del trabajo infantil”, RDLSS 2007-16-1418 33 Infancia y adolescencia: trabajo y otras actividades económicas. Primera encuesta., Cuadro 7.3, op. cit p.111
Como bien lo informa la UATRE, la sobrecarga mecánica a temprana edad
sobre cartílagos y articulaciones en desarrollo, serán los elementos
determinantes de trastornos en el crecimiento y de alteraciones
osteoarticulares, tales como la artrosis que se mostrarán en la etapa adulta
joven, es decir en la tercera etapa de la vida, casi como la huella permanente
de un trabajo precoz e inadecuado. Los niños en posiciones incómodas durante
largas horas, determina problemas ergonómicos graves que los invalidan o
discapacitan de por vida.34
Las consecuencias a nivel de salud son distintas según el género, ya que este
suele operar como factor diferencial en el tipo de tareas y en el ámbito en que
se desarrolla el trabajo. Los principales problemas de salud como
consecuencia del trabajo precoz son:
o Deficiente alimentación.
o Fatiga excesiva provocada por largas jornadas de trabajo, esfuerzo
físico y horarios indebidos.
o Falta de horas de descanso.
o Irritación de los ojos.
o Contracturas musculares, problemas posturales por esfuerzo y/o
movimientos repetitivos, deformaciones óseas por carga de peso, dolores de
cabeza, dolores musculares, inflamación de tendones.
o Rinitis, faringitis, bronquitis, neumonías.
o Disturbios digestivos.
o Pérdida de la alegría natural de la infancia. Los niños y niñas se tornan
tristes, desconfiados, amedrentados, poco sociables.
Los menores que trabajan en el sector agrícola suman a las consecuencias del
trabajo precoz las derivadas de la exposición directa y/o indirecta a productos
agroquímicos con severas consecuencias, muchas de ellas irreversibles sobre
su salud.
Por otra parte, la UATRE informa que la actividad de la cosecha, por los
métodos que se utilizan, es particularmente dura y de un gran desgaste físico.
Entre las consecuencias más nefastas y quizás, entre las más documentadas,
se encuentran aquellas que tienen que ver con la salud y con el crecimiento
34 UATRE, CIPETRI, Trabajo Infantil Rural en Argentina, op. cit, .pp.38-39
sano de los niños/as trabajadores, donde se han detectado altos niveles de
intoxicación debido al uso de agroquímicos en niños/as que trabajan en la
fruticultura, tabaco, té y yerba mate. El riesgo de mantener pesticidas,
herbicidas, agro tóxicos o abonos químicos es igualmente perjudicial, y en la
mayoría de los casos deja secuelas irreversibles para su etapa de adulto.
Sabido es que los plaguicidas, fertilizantes y herbicidas utilizados en el campo
son tóxicos y algunos de ellos cancerígenos.
En lo que respecta a los perjuicios psicofísicos provocados como consecuencia
de la actividad desarrollada por las trabajadoras domésticas que han sido
trabajadoras infantiles, Susana Santomingo (secretaria técnica y coordinadora
del proyecto IPECOIT CCSCS, Estrategias sindicales para la erradicación del
trabajo infantil en el Cono Sur) explicó que se han encontrado en ese grupo de
trabajadoras algunos problemas de conducta, de insomnio, llantos nocturnos;
en sus discursos sobre el pasado aparecen relatos sobre el miedo, el
abandono, el deseo de volver a sus hogares. etc.35
Por otra parte, la OMS señala que el estrés psicológico, el envejecimiento
prematuro, la depresión y la baja autoestima son síntomas comunes de los
menores dedicados al servicio doméstico..36
VI. DAÑOS PROVOCADOS POR LA INEXPERIENCIA, FALTA DE
CONOCIMIENTOS, USO INAPROPIADO DE MAQUINARIAS Y HERRAMIENTAS
Las herramientas y las máquinas utilizadas en el campo, son pensadas y
desarrolladas para su utilización por personas adultas. Los niños no tienen la
fuerza necesaria para el manejo de herramientas de mano cortantes y
pesadas, su capacidad de concentración no es la misma que la de un adulto,
por lo que el trabajo a temprana edad consecuentemente al mero cansancio de
las actividades desarrolladas en extensas jornadas, hace que su manejo por
35 Santomingo, Susana, “La infancia y la adolescencia en la agenda política y social”, ponencia en el “Foro Mundial 2004 sobre Planes Nacionales de Acción Social”, Ciudad de Bs.As., 27 al 30/9/04, en http://www.casacidn.org.ar/leer.php/57 36 OMS, “El trabajo de los niños: riesgos especiales para la salud”, 1987, OMS Serie de informes técnicos No. 756. Ginebra
parte de los niños determine accidentes traumáticos con pérdida de miembros
o parte de ellos en forma habitual.37
La OIT hace referencia a las lesiones y mutilaciones que padecen los
pequeños por manipular herramientas que están diseñadas para adultos. 38
VII. DAÑOS QUE PUEDE PROVOCAR EN LOS NIÑOS EL TRABAJO DE RECOLECCIÓN DE BASURA Y CARTONES
Karina González, trabajadora social, dirigió el programa “De la basura a la
dignidad”, que está apoyado por las Naciones Unidas y la OIT, y explicó que la
intoxicación a la que está expuesta la población infantil del cirujeo trae
aparejada retraso de peso y talla, de funciones motoras y esfínteres, inhibición
del lenguaje, desajustes de sociabilización, sentimiento de impotencia,
agresividad y resentimiento social. Además, presenta un alto riesgo de
intoxicación o accidentes en la vía pública.39
El 18/01/2008 el Canal 13 de Televisión emitió un informe especial sobre el
trabajo infantil en el reciclado de la basura en la ciudad de Buenos Aires, en
donde el periodista Sergio Elguezábal tomó imágenes de niños muy pequeños
acarreando carretas y revolviendo la basura sin guantes y empujando enormes
carros sin luces peligrosamente entre los autos, así como también camiones
sin luces ni patente transportándolos a ellos y a la mercadería que recogían.
Por otra parte, el 12/05/2008 el programa “La Liga” del Canal 11 de Televisión
brindó un informe especial sobre Trabajo Infantil, para mostrar la vida de chicos
que trabajan juntando cartones y vendiendo estampitas en el conurbano
bonaerense para ganarse la vida.
En lo que respecta al análisis referente a si la tarea de recolección de papeles
y residuos se encuentra o no encuadrada dentro de las peores formas de
trabajo infantil, entre octubre de 2004 y marzo de 2005 la Oficina Internacional
para las Migraciones (OIM) y UNICEF elaboraron en conjunto el Informe sobre
37 UATRE, CIPETRI, Trabajo Infantil Rural en Argentina, op. cit , p.39 38 Balmaceda, Oscar E., “Denuncian el trabajo infantil”, 16/07/2000, en http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=24940 39Fernández, Flavia, “Contra la gran injusticia, el trabajo infantil, 03/05/03, en http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=493331
Trabajo Infantil en la Recuperación y Reciclaje de Residuos40 (que es un
estudio realizado en la ciudad de Buenos Aires, la localidad bonaerense de
Moreno y la ciudad de Posadas), en cuya “Introducción” se informa que esa
actividad, especialmente cuando se lleva a cabo en basurales, rellenos
sanitarios y en la vía pública en áreas urbanas, “daña la salud, la seguridad y la
moralidad de los niños” y, por estas razones, debe ser considerada como una
de las peores formas de trabajo infantil. Asimismo, dicho informe señala que los
chicos que cartonean se encuentran expuestos a riesgos y peligros de
accidentes, cortes, contaminación, enfermedades recurrentes en la piel,
infecciones, abusos e, incluso, riesgos de muerte”, todos peligros que han sido
descriptos con detalle tanto por informantes clave como por familiares.
VIII. PERJUICIOS EN LA EDUCACIÓN
En cuanto a los perjuicios en la educación que puede provocar el trabajo
infantil, de la EANNA se desprende que la asistencia de los niños hasta los 13
años de edad es casi universal, con porcentajes que superan el 97%. Sin
embargo, los bajos rendimientos, la repitencia, la sobreedad, el abandono y la
progresiva exclusión del sistema educativo se manifiestan con fuerza después
de esta edad, al punto que el 25,6%, esto es, uno de cada cuatro adolescentes
que trabajan, han abandonado la escuela. La encuesta también muestra que el
43% de los adolescentes que trabajan han repetido uno o más años. Se sabe
que la repitencia es la antesala del abandono. Asimismo, mientras en las áreas
urbanas el 21% de los adolescentes que trabaja no asiste a la escuela, en las
zonas rurales este porcentaje se eleva al 62% porque las desigualdades
educativas se agravan al sumarse factores externos como lo son las
estacionalidades de las siembras y cultivos, las distancias entre la vivienda y la
escuela, la ausencia de transportes y de caminos.
Pero es importante aclarar que uno de los datos más relevantes que arroja la
EANNA es que, si bien el 97% de los niños de 5 a 13 años asiste a la escuela,
el 18,7% registra "llegadas tarde frecuentes", el 19,8% "inasistencias
40 UNICEF Argentina, OIM, “Informe sobre trabajo infantil en la recuperación y reciclaje de residuos”, Marzo 2005, en http://www.unicef.org/argentina/spanish/informetrabajoinfantil.pdf
frecuentes" y el 29,7% repetición de año o grado (y dichos valores casi duplican
a quienes no trabajan).41
Por otro lado, en relación a los datos que se desprenden de la EANNA, Página
12 informa lo siguiente: “El fenómeno de la repitencia entre los chicos que
trabajan es notable y marca una brecha enorme con sus pares que no trabajan.
Entre los niños de 5 a 13 años, repitió "más de una vez" el 12,6 por ciento de
los que trabajan contra el 3 por ciento de los que no lo hacen. Y entre los
adolescentes, tuvieron ese problema 16,4 por ciento de los trabajadores contra
8,7 por ciento de los que no lo son. Con estos resultados de la EANNA en sus
manos, Elena Duro (oficial de Educación de UNICEF) reflexiona: "La pérdida de
capital educativo y la imposibilidad de terminar la escuela básica y media
condena a la infancia y a la adolescencia a la pobreza y la
exclusión: investigaciones que ponderan los costos del abandono temprano de
la educación muestran que a más años de estudio, hay más posibilidades de
percibir mayores ingresos. En diversos estudios se establece que quienes
completaron la educación media alcanzan el umbral que asegura una alta
probabilidad de obtener un salario que les permitirá mantenerse por encima de
la línea de pobreza. El trabajo infantil perpetúa la pobreza”..42
Y, en la “Palabras Preliminares” de la EANNA, el Dr. Carlos Tomada, en su
carácter de Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, manifiesta lo
siguiente: Los niños trabajando constituyen una cruel realidad y un
contrasentido ético. Sin dudas, el Trabajo Infantil impide a los niños el acceso y
la permanencia en la educación, así como su participación en el esparcimiento
y el juego. El estudio que presentamos muestra la estrecha relación entre las
actividades laborales de los niños y el comportamiento en la escuela. Y
evidencia que el problema no es sólo de asistencia escolar –la Argentina
continúa prestando una cobertura casi universal en educación inicial– o de
repitencia. Las llegadas tarde y las frecuentes inasistencias a la escuela
muestran, además, la tensión que genera en la educación el Trabajo Infantil.43
41 Bermúdez, Ismael, “El trabajo infantil involucra a más de 400 mil chicos de entre 5 y 13 años”, 30/07/06, en http://www.clarin.com/diario/2006/07/30/elpais/p-01801.htm 42Carbajal, Mariana, “Los chicos ocupados en perder su futuro”, op. cit 43 Infancia y adolescencia: trabajo y otras actividades económicas. Primera encuesta. op. cit, p.18
En el caso de los adolescentes, se observa que la exclusión del sistema
educativo llega a niveles particularmente altos en las áreas rurales y afecta en
mayor medida a los jóvenes trabajadores. El 21,4% de los adolescentes que
trabajan no asiste al sistema educativo en las zonas urbanas, porcentaje que
se triplica en las zonas rurales y alcanza el 62,0% de los adolescentes que
desarrollan actividades laborales.
Las diferencias entre subregiones son más notorias al considerar el caso de los
adolescentes: mientras en el GBA el 14,9% de los adolescentes que trabajan
ha sido excluido del sistema educativo, en el NEA y Mendoza esta proporción
asciende al 40%.
Y, en las “Conclusiones” de la EANNA, se informa lo siguiente: Los derechos
de los niños y niñas en materia de educación se ven acotados a causa del
trabajo infantil. Los datos muestran que esto es relativamente importante para
los adolescentes que realizan actividades laborales, ya que un 25,6% de ellos
no asiste al sistema educativo. Por otra parte, la incidencia de diversos déficit
en materia educativa (repetición de año escolar, inasistencias, llegadas tarde,
abandonos, etc.) es sustancialmente mayor para aquellos que desarrollan
actividades laborales.44
A su vez, de la EANNA ampliada a la provincia de Córdoba en el año 2006, se
desprenden los siguientes datos relevantes relativos a los perjuicios en la
educación que provoca el trabajo infantil45:
La mitad de los jóvenes cordobeses de 14 a 17 años que trabajan (el 50,7 %)
no asiste a la escuela. En contraposición, sólo el 14,4 % de los que no
trabajaron está fuera del sistema escolar.
Los indicadores de rendimiento escolar que arroja la encuesta, señalan que:
Ø Más de la mitad de los trabajadores adolescentes (el 52,8 %) repitieron
al menos un año escolar en el nivel de enseñanza que cursan (en
contraposición al 28,3 % de repetidores entre los adolescentes de la provincia
que no trabajaron en la semana previa a la encuesta).46
44 Ibidem, p.118 45 OIT, UNICEF, UNDP Argentina, MTEySS, “Trabajo infantil y adolescente en cifras. Segunda encuesta: síntesis de resultados de la provincia de Córdoba”, Edición del MTEySS, Bs.As., Diciembre de 2008. 46 Para los adolescentes trabajadores del conjunto de regiones encuestadas en la EANNA 2004, la tasa de repetidores fue 43,3%.
Ø Cerca del 30% de los adolescentes trabajadores registran inasistencias
frecuentes y llegadas tarde reiteradas a la escuela (contra un 12,3 % y 17 %,
respectivamente, que faltaron y llegaron tarde con frecuencia en la semana
anterior al relevamiento).47
Que el 50,7% de los adolescentes trabajadores cordobeses no asista a la
escuela, implica un nivel de marginación muy alto, que equivale al doble del
que registraron los jóvenes trabajadores de 14 a 17 años encuestados por la
EANNA 2004 (25,6%).
En contrapartida, la tasa de concurrencia a la escuela de los adolescentes que
no trabajan de la provincia de Córdoba tiene un nivel similar al observado para
el mismo grupo de población en la primera encuesta (14,4% vs. 11,7%).
En la EANNA 2004 se registró que:
Sólo el 75 % de los jóvenes que trabajan asiste a la escuela.
43,3% de los jóvenes trabajadores repitieron de año o de grado.
22,2 % de los jóvenes trabajadores tuvo llegadas tarde frecuentes
25,8% de los jóvenes trabajadores tuvo inasistencias frecuentes.
Es decir que, al analizar la trayectoria educativa de los jóvenes trabajadores
encuestados por la EANNA 2004 y la EANNA 2006 se observa que la
exclusión del sistema educativo de los niños que trabajan comienza a
manifestarse claramente en la adolescencia, y que la inserción laboral deteriora
gravemente los logros escolares, y se expresa en los mencionados indicadores
(altos porcentajes de inasistencias, llegadas tarde y repeticiones muy
superiores a las que caracterizan a quienes no trabajan).
IX. INSPECCIÓN DEL TRABAJO INFANTIL
En el art.18 de la Declaración Sociolaboral del MERCOSUR se trata el tema de
la Inspección del Trabajo, estableciendo que todo trabajador tiene derecho a
una protección adecuada en lo que se refiere a las condiciones y al ambiente
de trabajo, y que los Estados Partes se comprometen a instituir y a mantener
servicios de inspección del trabajo, con el cometido de controlar en todo su
territorio el cumplimiento de las disposiciones normativas que se refieren a la
47 EANNA 2006, p.34-35
protección de los trabajadores y a las condiciones de seguridad y salud en el
trabajo.48
Asimismo, mediante la Declaración Presidencial sobre Erradicación del Trabajo
infantil, los Estados Partes que integran el MERCOSUR declararon en julio de
2002 su compromiso de fortalecer los sistemas de monitoreo e inspección del
trabajo infantil, y que la Inspección de Trabajo debe encuadrarse dentro una
política nacional de prevención y erradicación de esa problemática.
La ley 25.877, sancionada en marzo de 2004, crea el Sistema Integral de
Inspección del Trabajo y de la Seguridad Social (SIDITySS), cuya finalidad es
la de controlar el cumplimiento de las normas del trabajo y de la seguridad
social (art.28), disponiendo a su vez que el Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social de la Nación será la autoridad de aplicación del SIDITySS, y
en tal carácter velará por las exigencias de los convenios 81 y 129 de la OIT49,
estableciendo también que, cuando un Servicio Local de Inspección del Trabajo
no cumpla con las exigencias dispuestas en los convenios citados, el MTEySS
–previa intervención del Consejo Federal del Trabajo- ejercerá
coordinadamente con éste y con las jurisdicciones provinciales las
correspondientes facultades (art.30).
El Secretario General de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y
Estibadores (Gerónimo Venegas) manifestó que en el campo hay mucho
trabajo infantil, mucha mano de obra indocumentada y mucho trabajo en negro,
debido a la falta de inspecciones del Ministerio de Trabajo para lograr
regularizar la situación.50
En la EANNA se informa que sólo el 10 % de los trabajadores de 14 a 17 años
encuestados dijeron percibir algún beneficio laboral.51 Ello indica que el
Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores ( RENATRE)
48 Se observa que esta norma establece una garantía individual para todos los sujetos que trabajen, puesto que no distingue entre quienes lo hacen en forma autónoma o en el marco de una relación de trabajo. 49 Normas internacionales que le asignan al Sistema de Inspección del Trabajo las funciones de velar por el cumplimiento de las disposiciones legales relativas a las condiciones de trabajo, seguridad e higiene, etc.. La Argentina incorporó un conjunto importante de normas internacionales a su derecho interno, al ratificar los principales instrumentos internacionales adoptados en el marco de la OIT, entre los cuales están los que conciernen a la administración del trabajo y los servicios de inspección. 50 Radio América, AM 1190, Programa “Diapositivas”, Entrevista a Gerónimo Venegas efectuada por el periodista Gabriel Michi, 30/03/2008 51 OIT, Infancia y adolescencia: trabajo y otras actividades económicas. Primera encuesta. Análisis de resultados en cuatro subregiones de la Argentina”, Primera Edición: Junio 2006, Bs.As., Argentina, p.84-86.
“no” controla en forma suficiente y eficiente el cumplimiento por parte de los
trabajadores y empleadores de las obligaciones que les impone la Ley de
Libreta del Trabajador Rural (25.191).
Periodistas del canal de televisión TN entrevistaron a Nora Schulman (directora
ejecutiva del Comité Argentino de Seguimiento y Aplicación de la Convención
Internacional sobre los Derechos del Niño), quien manifestó que la Comisión
Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil –que se creó hace más de
diez años- no efectúa (a través del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social) las fiscalizaciones que son necesarias para evitar que hayan niños y
niñas trabajando en el ámbito rural y sin asistir a la escuela.52
Por otra parte, en las calles de la ciudad de Buenos Aires (al igual de lo que
ocurre en las calles del conurbano bonaerense y de ciudades del interior del
país), miles de niños/as y adolescentes desarrollan distintas actividades
laborales. Ello con el agravante que en la EANNA se informa que la
recolección de papeles (17 %) y la venta en la vía pública (16 %) concentran el
33% del trabajo infantil en los niños y niñas indigentes, y que dicho dato es
alarmante por el riesgo que implican esas actividades en niños y niñas tan
pequeños.
Pese a que en la propia EANNA se afirma que dichas actividades son
peligrosas y se encuadran dentro de las peores formas de trabajo infantil, los
niños/as y adolescentes las continúan realizando en forma diaria y a la vista de
todos los ciudadanos y autoridades nacionales y provinciales, sin que los
organismos estatales encargados de efectuar las inspecciones laborales lo
impidan, incumpliendo de esa forma con el Convenio 182 de la OIT53 y con el
compromiso asumido al firmar la Declaración Sociolaboral del MERCOSUR.
X. LISTADO DE TRABAJO INFANTIL PELIGROSO PROHIBIDO PARA MENORES DE 18 AÑOS: UNA DEUDA PENDIENTE
52 Canal TN de Televisión, “Entrevista a Nora Schulman, Directora Ejecutiva del Comité Argentino de Seguimiento y Aplicación de la Convención Internacional de los Derechos del Niño”, Grabado en VHS, 16/04/2008, 53 Convenio sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación. Adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 87 º reunión celebrada en Ginebra en Junio de 1999, y ratificado por la Argentina en 2001 mediante la ley 25.255, que entró en vigor el 6 de febrero de 2002.
EL Convenio 182 de la OIT sobre la Prohibición de las Peores Formas de
Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación insta a los Estados
que lo ratifican a adoptar medidas inmediatas y eficaces destinadas a lograr la
prohibición y la eliminación de las peores formas de trabajo infantil (art.1).
A diferencia del Convenio 138 de la OIT, el Convenio 182 no contiene ninguna
“cláusula de flexibilidad” y no distingue entre países desarrollados y países en
desarrollo. Por lo tanto, se aplica a todos los menores de 18 años, puesto que
en su artículo 2° establece que el término “niño” designa a toda persona menor
de 18 años.
A los efectos del Convenio 182 (art.3), la expresión “peores formas de trabajo
infantil” comprende:
a. El trabajo esclavo o forzoso.
b. La prostitución de niños y niñas y el trabajo efectuado por los mismos en
producciones o actuaciones pornográficas.
c. El trabajo efectuado por niños para fabricar o traficar estupefacientes.
d. Cualquier trabajo que por su naturaleza o por las condiciones en que se
lleve a cabo es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad
de los niños.
En Argentina, las formas de trabajo mencionadas en los primeros tres incisos
están tipificadas como figuras delictivas, con lo cual ya se encuentran
prohibidas. Mientras que el inciso “d” menciona como peor forma de trabajo
infantil al que “por su naturaleza o por las condiciones en que se lleve a cabo
es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños”.
En el art.4, el Convenio 182 establece en su inc.1 que los tipos de trabajo a que
se refiere el art. 3, inc. “d” deberán ser determinados por la legislación nacional
o por la autoridad competente, previa consulta con las organizaciones de
empleadores y de trabajadores interesadas y tomando en consideración las
normas internacionales en la materia, en particular los párrafos 3° y 4° de la
Recomendación sobre las peores formas de trabajo infantil de 1999. En su inc.
2° establece que la autoridad competente, previa consulta con las
organizaciones de empleadores y de trabajadores interesadas, deberá localizar
dónde se practican los tipos de trabajo determinados a tenor del párrafo 1° del
mismo artículo.
Es decir que el Convenio 182 OIT exhorta a los estados que lo ratifican que
tomen medidas inmediatas y eficaces para prohibir y eliminar todas las peores
formas de trabajo infantil. Y el art.3° define las “peores formas incondicionales”
en sus incisos a, b y c, pero deja la definición de trabajo peligroso (inciso d) en
manos de los propios países.
Luego, el artículo 4 requiere que cada país elabore su propia lista de lo que
constituye trabajo peligroso.
La OIT explica que ello se debe a que las economías, industrias, costumbres y
procesos productivos difieren de un sitio a otro, y los tipos de trabajo peligroso
en que participan niños y niñas también difieren, como también lo harán las
mejores formas de abordar el problema.54
Las disposiciones de la Recomendación 190 de la OIT sobre la Prohibición de
las Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su
Eliminación (adoptada el 17/06/1999 en la Sesión 87° de la Conferencia
General de la OIT), complementan a las del Convenio 182 y deben aplicarse
conjuntamente con ellas.
En su artículo 3°, la Recomendación 190 establece que, al determinar y
localizar dónde se practican los tipos de trabajo a que se refiere el artículo 3°
inc.d) del Convenio, debería tomarse en consideración, entre otras cosas: a)
los trabajos en que el niño queda expuesto a abusos de orden físico,
psicológico o sexual; b) los trabajos que se realizan bajo tierra, bajo el agua, en
alturas peligrosas o en espacios cerrados; c) los trabajos que se realizan con
maquinaria, equipos y herramientas peligrosos, o que conllevan la
manipulación o el transporte manual de cargas pesadas; d) los trabajos
realizados en un medio insalubre en el que los niños estén expuestos, por
ejemplo, a sustancias, agentes o procesos peligrosos, o bien a temperaturas o
niveles de ruido o de vibraciones que sean perjudiciales para la salud, y e) los
trabajos que implican condiciones especialmente difíciles, como los horarios
prolongados o nocturnos, o los trabajos que retienen injustificadamente al niño
en los locales del empleador”.
En su art.4°, establece que -en los que respecta a los tipos de trabajo a que se
hace referencia en el apartado d) del artículo 3° del Convenio y el párrafo 3° de
54 OIT, “Pasos para eliminar el trabajo infantil peligroso”, Ginebra, 2006, p.1
la propia Recomendación- la legislación nacional o la autoridad competente,
previa consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores
interesadas, podrán autorizar el trabajo a partir de la edad de 16 años, siempre
que queden plenamente garantizadas la salud, la seguridad y la moralidad de
esos niños, y que éstos hayan recibido instrucción o formación profesional
adecuada y específica en la rama de actividad correspondiente.
Cabe aclarar que en la 87° Conferencia de la OIT no se logró consenso para
incluir en el Convenio 182 los criterios de “trabajo peligroso para menores de
18 años” enumerados en la Recomendación 190.
Por ello, la idea es que los Estados Miembros que ratifiquen el Convenio 182
se comprometan en un proceso a identificar cuáles son las peores formas de
trabajo infantil desarrolladas en sus respectivos territorios.
La OIT explica que, para eliminar el trabajo infantil peligroso, dos de los pasos
fundamentales que hay seguir consisten en “armar una lista de trabajo infantil
peligroso” y “formalizar dicha lista” (o sea, darle estatus legal). 55
Asimismo, la OIT continúa explicando al respecto que la lista de trabajo infantil
peligroso puede adquirir peso legal de diferentes maneras, según el marco
jurídico existente en el país en cuestión, de modo tal que puede que sea el
Poder Legislativo quien la formalice mediante la aprobación de una nueva ley,
ó que alguna “autoridad competente” le confiera fuerza legal mediante la
emisión de un reglamento, decreto, o directriz ministerial (dado que, la
“autoridad competente” a la que se refiere el art.4° del Convenio 182 OIT,
puede ser el Poder Ejecutivo, un ministerio u otra institución nacional).
Es por ello que, desde el año 2004, en nuestro país existe un “proyecto” de
decreto para determinar cuáles deben ser considerados como trabajos
peligrosos prohibidos para menores de 18 años en el territorio argentino,
denominándolo “Proyecto de Decreto Reglamentario del artículo 4 numeral 1
del Convenio 182 OIT (Listado de Trabajo Infantil Peligroso prohibido para
menores de 18 años, Listado TIP)”.56
55 Idem 56 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, “Proyecto de Decreto Reglamentario del Artículo 4 Numeral 1 del Convenio182 OIT (Listado Trabajo Infantil Peligroso prohibido para menores de 18 años, listado TIP)”, 30/11/2004, en .http://www.trabajo.gov.ar/left/estadisticas/otia/politicas/verPolitica.asp?id=13
En el mismo se explica que se lo elabora a los efectos de dar cumplimiento a
las indicaciones para analizar el Convenio 182 y proponer las normas y
acciones a las que hubiese lugar, para la prohibición y eliminación de las
peores formas de trabajo infantil en nuestro país, bajo la pauta de perseguir
listar los trabajos peligrosos prohibidos para menores de 18 años, conocidos
como TIP.
Todos los antecedentes y el borrador final del listado fueron puestos a revisión
de la Dra. Valentina Forastieri (experta de la OIT), para que orientara en la
tarea, resultando ser un objetivo del listado TIP –además de cumplir con los
compromisos del Convenio 182- actualizar normas de la Protección de la
Salud de los Trabajadores Adolescentes, las cuales se encuentran dispersas
en el plexo legal según el tema que se trate.
Conforme se señala expresamente en el proyecto, dicho listado TIP constituye
un primer paso para instalar la idea o concepto de la necesidad de instituir un
Régimen Especial de Prevención y Protección de la Salud y Seguridad de los
Trabajadores Adolescentes, que contemplaría en un futuro cercano elevar la
edad mínima de admisión al empleo.
Para elaborar los contenidos del listado, se procedió a buscar y analizar las
leyes y reglamentos vigentes sobre el tema en Argentina y otros países con
experiencia en la materia (en especial Brasil y Costa Rica), y la Dra. Forastieri
revisó el borrador final, considerando que -en una primera instancia- el listado
propuesto cumple con los requisitos del Convenio 182 (pero recomendando
asimismo que –para una futura revisión de la lista- se realicen estudios
diagnósticos de condiciones de trabajo de niños y adolescentes en diferentes
regiones del país).57
En consecuencia, en noviembre de 2004 quedó redactado el texto de dicho
proyecto, estableciéndose en el mismo que los trabajos, actividades,
ocupaciones y tareas prohibidas para niños, niñas y adolescentes menores de
18 años, son, entre otros, los trabajos en que los niños, niñas y adolescentes
queden expuestos a abusos de orden físico, psicológico o sexual, los trabajos
que se realizan con maquinaria, equipos y herramientas peligrosas, incluyendo
57 Se tomaron especialmente en consideraciòn las directrices relativas a los sistemas de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo (ILO-OSH 2001) y los criterios volcados por la Dra. Forastieri en su trabajo titulado “Los niños en el trabajo. Riesgos para la salud y la seguridad”.
maquinaria agrícola; los trabajos que conllevan la manipulación o el transporte
manual de cargas pesadas; los trabajos realizados en un medio ambiente en el
que los niños, niñas y adolescentes queden expuestos a sustancias, agentes o
procesos químicos peligrosos, a ruidos, vibraciones, temperaturas extremas,
radiaciones u otros agentes o contaminantes físicos peligrosos; los trabajos
que implican condiciones especialmente difíciles, como los horarios
prolongados o nocturnos, cualquiera sea la actividad o tarea; los trabajos de
fabricación, colocación y manejo de sustancias u objetos explosivos o artículos
pirotécnicos; los trabajos de construcción de obras, mantenimiento de rutas,
represas, puentes y muelles y obras similares, específicamente que impliquen
movimiento de tierra, manipulación del asfalto, carpeteo de rutas, perfilado y
reciclado de carpeta asfáltica y la demarcación; los trabajos con electricidad
que impliquen el montaje, regulación y reparación de instalaciones eléctricas.
La demora en formalizar una lista de trabajo peligroso prohibido para menores
de 18 años en la República Argentina, constituye una conducta grave por parte
de los poderes ejecutivo y legislativo, sobre todo si se toma en consideración
los serios perjuicios sufridos por una inmensa cantidad de adolescentes que
laboran en actividades rurales bajo condiciones impropias para su salud y
desarrollo, puesto que se encuentran expuestos con frecuencia a peligros y
riesgos asociados con la manipulación de agroquímicos, el uso de
herramientas afiladas, la realización de tareas bajo temperaturas extremas y el
uso de maquinarias de carga excesiva para su edad.
A ello se le suma el agravante consistente en que el propio MTEySS publicó y
difundió –conjuntamente con la OIT- la EANNA, en cuyas “Conclusiones” se
señala que existen determinadas actividades laborales desempeñadas por
niños/as y adolescentes que tienen una magnitud elevada -como la venta en la
vía pública o la recolección de papeles y residuos- que, por los riesgos que
conllevan, necesariamente se encuadran dentro de las peores formas de
trabajo infantil.58
Respecto específicamente a la peligrosidad de dichas actividades, cabría
agregar lo explicado en el “Informe sobre Trabajo Infantil en la Recuperación y
Reciclaje de Residuos” elaborado por la Oficina Internacional para las
58 Infancia y adolescencia: trabajo y otras actividades económicas. Primera encuesta., op.cit., p.118
Migraciones y UNICEF (investigación que incluyó a todas las personas
menores de 18 años que trabajan en la recuperación informal de residuos en la
ciudad de Buenos Aires, la localidad bonaerense de Moreno y la ciudad de
Posadas), en cuya “Introducción” se informa que esa actividad, especialmente
cuando se lleva a cabo en basurales, rellenos sanitarios y en la vía pública en
áreas urbanas, daña la salud, la seguridad y la moralidad de los niños y
adolescentes y, por estas razones, debe ser considerada como una de las
peores formas de trabajo infantil, implicando riesgos y peligros de accidentes,
cortes, contaminación, enfermedades recurrentes en la piel e infecciones.59
59 UNICEF Argentina, OIM, “Informe sobre trabajo infantil en la recuperación y reciclaje de residuos”, Marzo 2005, en http://www.unicef.org/argentina/spanish/informetrabajoinfantil.pdf
XI. CONCLUSIONES Y APORTES 1. La primera encuesta específica realizada en Argentina sobre trabajo infantil,
es la EANNA 2004, que se efectuó en algunas regiones. Por ello sólo hay
datos regionales y “no” se pueden hacer comparativos, porque los
resultados de dicho estudio no pueden ser extrapolados o expandidos a
otras regiones ni al conjunto del país, no habiendo datos específicos
relativos a las provincias que quedaron fuera del relevamiento.
2. Todo el esfuerzo en la lucha contra el trabajo infantil debe medirse,
cuantificarse y sistematizarse para observar los impactos y resultados de
las diferentes acciones y medidas que se implementan. Se deben analizar
de manera exhaustiva no solamente las dimensiones, sino también las
tendencias e implicaciones, para lograr así mayor eficacia a la hora de
diseñar estrategias de abordaje a fin de erradicar definitivamente el flagelo.
3. El gobierno nacional y los gobiernos provinciales son responsables por
dilatar en el tiempo la concreción de una medición seria que abarque todo el
territorio de la Argentina, y no sólo algunas subregiones. La ausencia de
estadísticas globales y actualizadas es un déficit notable que obstaculiza la
efectiva erradicación del problema, puesto que la carencia de información e
indicadores dificulta las posibilidades de establecer políticas y programas
respecto al trabajo infantil.
4. No se observa voluntad política para extender la EANNA a todo el territorio
nacional, puesto que -a siete años de dicha primera encuesta parcial
regional- solamente se sabe que se ha ampliado a dos provincias más –
Córdoba y Misiones- lo que evidencia un desinterés por contar con un
instrumento específico para conocer la situación de los niños que trabajan a
lo largo y a lo ancho del país.
5. Pese a no existir una cifra fehaciente sobre la cantidad de niños/as y
adolescentes que trabajan en el país, las cifras estimativas informadas por
diferentes funcionarios nacionales y provinciales y por diversos organismos
e instituciones locales e internacionales, si bien son dispares, siempre
resultan ser varias veces superiores a las calculadas e informadas por
UNICEF en 1997 a nivel nacional, por lo que se corrobora que la cifra de
trabajadores infantiles en Argentina ha crecido de manera exponencial en
los últimos quince años.
6. La mayoría de los niños que trabajan en la Argentina lo hacen en el ámbito
rural, debido a la naturalización de la pobreza y la falta de igualdad de
oportunidades.
7. La causa principal del trabajo infantil es la pobreza, pero no es la única.
Otras causas son los patrones culturales, la permisividad social (indiferencia
y naturalización), la falta de aplicación de las leyes, el deseo de algunos
empleadores de contar con una mano de obra barata y flexible, y la
creencia en el aprendizaje de un oficio como justificación de relaciones
laborales o de explotación.
8. La Argentina, como Estado Miembro que ratificó el Convenio 182 de la OIT,
se comprometió a identificar cuáles son –en su respectivo territorio- los
trabajos peligrosos a los que se refiere el inc. d del art. 3°, pero aún no
cumplió con ese compromiso, impidiendo en consecuencia dar un primer
paso para instalar la idea o concepto de la necesidad de instituir un régimen
especial de prevención y protección de la salud y seguridad de los
trabajadores adolescentes, que es precisamente uno de los principales
objetivos del mencionado proyecto.
9. Esa reprochable conducta omisiva de las autoridades nacionales no se
condice con el compromiso de adoptar políticas y acciones que conduzcan
a la abolición del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente,
asumido al firmar la Declaración Sociolaboral del MERCOSUR.
10. El titular de la UATRE declaró a medios periodísticos que, en el campo, hay
mucho trabajo infantil debido a la falta de inspecciones, y que -para
erradicar el trabajo infantil rural- se debe fiscalizar “tranquera por tranquera”.
A su vez, Nora Schulman (Directora Ejecutiva del Comité de Aplicación y
Seguimiento de la Convención Internacional de los Derechos del Niño)
formuló declaraciones similares, advirtiendo que la explotación infantil se ve
muy favorecida porque el Estado no hace las inspecciones que debería
efectuar. Sin embargo, lo sugerido por Venegas jamás se llevó a la práctica,
y lo afirmado por el mismo y por la Sra. Schulman se corrobora cuando se
observan las diversas y variadas imágenes de trabajo infantil urbano y rural
tomadas por las cámaras de canales de televisión en distintas provincias del
país y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como también se
verifican dichas aseveraciones cuando se escuchan o leen los testimonios
de niños y niñas entrevistados por diversos medios periodísticos, a quienes
informan que vienen desarrollando trabajo infantil prohibido desde hace
“varios años”, sin que ningún organismo de contralor haya intervenido para
impedirlo, pese a la clara peligrosidad y nocividad de las tareas
desempeñadas.
11. Por lo tanto, el PEN y los gobernadores provinciales son responsables por
el enorme porcentaje de trabajo clandestino y trabajo infantil que hay en el
sector rural, debido a la falta de inspecciones para lograr regularizar la
situación, tanto por parte del MTEySS como de los organismos de contralor
provinciales. Los inspectores deberían salir a recorrer los campos –hectárea
por hectárea- y no lo hacen.
12. Los procedimientos de inspección y fiscalización en las explotaciones
rurales se deberían llevar a cabo en forma permanente, sorpresiva, y
mediante “operativos cerrojo”, con personal suficiente, capacitado y con el
debido auxilio de la fuerza pública, para que los productores inescrupulosos
no logren obstruir o dilatar los procedimientos ni avisarse entre sí para
burlar los controles, y asimismo evitar que los propios padres escondan a
los niños/as para que no sean detectados.
13. La Unidad de Monitoreo e Inspección en Materia de Trabajo Infantil debería
cumplir, en forma suficiente y eficiente, con dos de las principales funciones
a su cargo, que consisten en “registrar los casos de trabajo infantil que
constituyan delito penal” e “implementar mecanismos tendientes a asistir a
la familia de la niña o niño trabajador con el objeto de lograr su inserción o
reinserción escolar”. Las imágenes que cotidianamente se pueden observar
de niñas y adolescentes prostituyéndose en determinadas calles y zonas de
la Ciudad de Buenos Aires, y las mostradas o descriptas por las cámaras de
televisión o corresponsales de diarios que tomaron imágenes y/o
testimonios de menores ejerciendo la prostitución en calles de la Capital
Federal y del conurbano bonaerense –en plena vereda y a la vista de todos-
demuestran que dicha Unidad “no” cumple con las mencionadas funciones
en forma suficiente y eficiente, y que tampoco los organismos de contralor
del GCBA actúan como lo deberían hacer para evitar que los 365 días del
año determinadas calles y zonas de la ciudad estén pobladas de niñas
ofreciendo sus servicios a clientes que actúan con impunidad, frente a un
Estado que “cierra los ojos” y no ordena al personal policial actuar en forma
inmediata para eliminar dicha actividad delictiva encuadrada expresamente
por el Convenio 182 de la OIT como una de las peores formas de trabajo
infantil que deben urgentemente erradicarse.
14. El Gobierno Nacional continúa sin dotar a la cartera laboral de recursos
suficientes para combatir como corresponde al trabajo infantil. Y ello pese a
que, desde hace más de cinco años, se encuentra vigente la ley 26.061,
que establece expresamente que “los organismos del Estado deben ejercer
la inspección del trabajo contra la explotación laboral de las niñas, niños y
adolescentes” (art.25).
15. El Estado Nacional y los gobiernos provinciales tienen la obligación de llevar
a cabo los operativos de fiscalización –a través de los respectivos
organismos de contralor- y son lo que deben comprometerse a aportar
recursos humanos, técnicos y económicos suficientes a los fines de prevenir
y erradicar el trabajo infantil. Sin embargo, “no” están cumpliendo con dicha
obligación, quebrantando así lo dispuesto por el art. 31 de la ley 25.877, que
expresamente prevé que los servicios de inspección deberán contar con los
recursos adecuados para la real y efectiva prestación del servicio.
16. La EANNA informa que sólo el 10 % de los trabajadores de 14 a 17 años
encuestados dijeron percibir algún beneficio laboral, mientras que un
estudio que el MTEySS finalizó en marzo de 2011 sobre el empleo irregular
en Argentina60, arrojó como resultado que el 49,8 por ciento de los
trabajadores del campo no está registrado, con picos de hasta el 92 %.61
17. Oscar Baraldi (de la UATRE) informó que hay muy pocas denuncias y que,
cuando formulan una, desaparecen los niños. Sin embargo, se considera
que esa no es una excusa válida, y que las autoridades deberían arbitrar los
medios necesarios para evitar ese tipo de situaciones, utilizando recursos
60 Navarro, Roberto, “Más de la mitad de los trabajadores en el campo es contratada en manera informal”, 6/03/11, en http://www.pagina12.com.ar/diario/economia/2-163535-2011-03-06.html 61 Diario Tiempo Argentino, “El 75 % de los trabajadores del campo está en negro”, 2/08/2010, en http://tiempo.elargentino.com/ediciones/2010-08-02/tapa
tecnológicos adecuados para tal fin (cámaras filmadoras y fotográficas,
etc.).
18. Todas las previsiones y recaudos legales referentes a la prohibición del
trabajo infantil y protección del trabajo adolescente tendrán sentido si la
Inspección del Trabajo controla su cumplimiento.
19. La insuficiencia de inspecciones es aprovechada por los que explotan
laboralmente a los niños/as y adolescentes, amparados por la falta de
control en lo que respecta a que se cumpla con la normativa vigente (lo que
paralelamente trae aparejado una falta de sanciones ejemplares). Y ello se
encuentra agravado por la circunstancia consistente en que los castigos
establecidos por la ley 25.512 para los empleadores que infringen las
normas, son inofensivos. Es decir que aquellos que explotan laboralmente a
niños/as tienen una cuota importante de responsabilidad; pero, sin
embargo, los principales responsables son los legisladores nacionales y el
PEN, porque permiten que actúen con impunidad y porque los castigos
establecidos para los empleadores que violan las normas son inocuos.
20. La carencia de inspecciones suficientes, eficientes y con recursos
adecuados, implica que el Estado Nacional “no” cumple con el art.18 de la
Declaración Sociolaboral del Mercosur.
21. El Ing. Mauricio Macri –en el discurso que brindó al momento de asumir el
cargo de Jefe de Gobierno de la CABA, el 9 de diciembre de 2007-
manifestó: “Todos los días vemos chicos trabajando en la calle. No
podemos permitir que esto siga así, y no lo vamos a permitir”. Sin embargo,
habiendo transcurrido casi cuatro años de dicho discurso, se observa que el
mismo quedó sólo en las palabras, puesto que en las calles de la ciudad de
Buenos Aires (al igual de lo que ocurre en las calles del conurbano
bonaerense y de ciudades del interior del país), miles de niños/as y
adolescentes desarrollan distintas actividades laborales a la vista de todos y
en la puerta de la casa de cada uno de los vecinos que los observan
diariamente. Ello con el agravante que, en la propia EANNA, se explica que
actividades tales como la venta en la vía pública o la recolección de papeles
y residuos -por los riesgos que conllevan- necesariamente se enmarcan
dentro de las peores formas de trabajo infantil (y son desempeñadas, en
mayor medida, por niños/as y adolescentes pobres e indigentes), por lo que
deberían ser eliminadas “en forma inmediata”, conforme lo dispuesto por el
Convenio 182 de la OIT.
22. La gran mayoría de los niños/as y adolescentes que laboran en las calles de
la CABA son del Gran Buenos Aires, y por ello el GCBA debería asimismo
trabajar en forma conjunta con la Subsecretaría de Niñez y Adolescencia
bonaerense, coordinando políticas conjuntas con el Gobierno de la
Provincia de Buenos Aires.
23. Las campañas de sensibilización y concientización social llevadas a cabo
por las autoridades nacionales y provinciales, han sido ineficaces, motivo
por el cual existe un alto porcentaje de la población que desconoce que una
ley prohíbe el trabajo infantil, así como también en general se desconoce
que existe la obligación legal de tramitar las respectivas autorizaciones
administrativas de trabajo adolecente, en los supuestos previstos por la
normativa.
24. Toda la sociedad debería estar enormemente preocupada si un chico no va
a la escuela. Por ello, hay que lograr instalar este tema en toda la población,
para que a cada argentino le resulte impensable que un niño no vaya al
colegio y le resulte muy vergonzoso, para que jamás lo pueda naturalizar e
incorporar como algo normal.
25. El PEN y los gobiernos provinciales son responsables por no apoyar con
adecuadas medidas económicas a las familias de los niños/as y
adolescentes que tienen dificultades económicas para continuar sus
estudios, sobre todo teniendo en cuenta que -al analizar en la EANNA las
trayectorias educativas de los menores encuestados- se advierten los
efectos negativos de la inserción laboral temprana sobre los logros
escolares, y ello se expresa en los altos porcentajes de inasistencias,
llegadas tarde y repetición de año que presenta esta población.
26. Los programas asistenciales existentes son insuficientes. Ello provoca que
centenares de miles de niños/as y adolescentes trabajen en nuestro país,
con sus consecuentes perjuicios sociales.
27. Los Organismos del Estado no cumplen con su deber de asegurar políticas,
programas y asistencia apropiados para que la familia pueda asumir
adecuadamente su responsabilidad en lo que respecta al cuidado,
desarrollo y educación integral de sus hijos, de acuerdo a lo que
expresamente establece el art. 7 de la Ley 26.061. Los derechos que
garantiza dicha ley en materia de educación, desarrollo, trabajo y abolición
del trabajo infanto-juvenil se encuentran “ampliamente incumplidos”.
28. A los padres de los niños/as y adolescentes que trabajan infringiendo las
normas laborales les cabe una responsabilidad secundaria, puesto que la
Convención Internacional sobre los Derechos del Niño establece que los
Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y
de otra índole apropiadas para dar efectividad a los derechos reconocidos
en esa normativa, y -a su vez- señala que, a los efectos de garantizar y
promover los derechos enunciados, los Estados Partes prestarán la
asistencia apropiada a los padres y a los tutores para el desempeño de sus
funciones.
29. La ley 26.061 y –fundamentalmente- nuestra Constitución Nacional, hacen
exigibles los derechos reconocidos en la Convención sobre los Derechos
del Niño, y los principales garantes de los derechos de los niños/as y
adolescentes son el PEN, los gobiernos provinciales y el GCBA, junto con
los respectivos legisladores nacionales, provinciales y de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, quienes no cumplen con su responsabilidad
básica de arbitrar los medios y el presupuesto necesarios para garantizar la
educación y la salud psicofísica de los menores que trabajan ilegalmente en
sus respectivas jurisdicciones, permitiendo –por inacción u omisión- la
permanente violación de la normativa nacional e internacional que prohíbe
el trabajo infantil y protege el trabajo adolescente.
i Este artículo sintetiza y actualiza la tesis elaborada para la Maestría en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales Internacionales, UNTREF.