!liquidos Inflamables

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Escuela de Construcción. Ingeniería en Prevención de Riesgos. Seguridad de Materiales Peligrosos. Sustancias peligrosas Clase 3 Líquidos Inflamables. Integrantes: Felipe Meza. Leonardo Otaiza. Ignacio Bustamante. Sección: 03. Fecha: 23 de septiembre del 2011. Asignatura: Seguridad en Materiales Peligrosos. Profesor: Rene Rodrigo González González.

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Escuela de Construcción. Ingeniería en Prevención de Riesgos.

Seguridad de Materiales Peligrosos.

Sustancias peligrosas

Clase 3

Líquidos Inflamables.

Integrantes: Felipe Meza.

Leonardo Otaiza.

Ignacio Bustamante.

Sección: 03.

Fecha: 23 de septiembre del 2011.

Asignatura: Seguridad en Materiales Peligrosos.

Profesor: Rene Rodrigo González González.

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Seguridad de Materiales Peligrosos.

Introducción.

Las sustancias peligrosas son variadas, contempla tanto elementos puros, como sustancias

combinadas, todas ellas utilizadas en la industria, por consecuencia están siempre en relación

con los espacios utilizados por operarios u obreros, debido esto se hizo necesario, abarcar la

amplia gama de sustancias, según sus características químicas, y clasificarlas, para lograr esta

categorización, según sus peligrosidad, y efectos para el ambiente y las personas. De esta

manera la normativa chilena creó una serie de normas que separan y clasifica los elementos

peligrosos, entre ellas Norma chilena 382,(que clasifica por números las sustancias peligrosas),

la norma chilena 2190 (que crea los rótulos y etiquetas para cada sustancias), etc.

En esta investigación nos referiremos a los líquidos inflamables, que lleva por enumeración el

dígito 3, según la Nch 382, nos referiremos de sus características, las sustancias más comunes

utilizadas en la industria, su almacenamiento, Las medidas de control, tanto la documentación

(HDS, rotulación, etiquetado, etc.), como medida ingenieriles, que son necesarias para evitar

accidentes de todo tipo,

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Descripción sustancias peligrosas clase 3

Nch n°382.of 98 Sustancias Peligrosas- terminología y clasificación general.

CLASE 3, LÍQUIDOS INFLAMABLES

3.1 Son líquidos inflamables los líquidos, mezclas de líquidos o líquidos que contienen sustancias sólidas en solución o en suspensión (pinturas, barnices, lacas, etc., por ejemplo, siempre que no se trate de sustancias incluidas en otras clases por sus características peligrosas) que desprenden vapores inflamables a una temperatura no superior a 61ºC en ensayos con crisol cerrado o no superior a 65,5ºC en ensayos con crisol abierto.

NOTAS

1) Los resultados de los ensayos con crisol abierto y de los ensayos con crisol cerrado no son estrictamente comparables, e incluso los resultados obtenidos en ensayos sucesivos con el mismo método a menudo difieren.

2) En la NCh2120/3 se indican los criterios para la agrupación de las sustancias de esta clase y algunos de los métodos seguidos para determinar el punto de inflamación de estas sustancias.

3.2. De acuerdo con el ensayo de crisol cerrado, en la clase 3 se distinguen las divisiones 3.1 a 3.3, como sigue:

a) División 3.1: Líquido inflamable con temperatura de inflamación (ti) baja, en que ti < -18ºC

b) División 3.2: Líquido inflamable con temperatura de inflamación (ti) media, en que se tiene -18ºC £ ti< 23ºC

c) División 3.3: Líquido inflamable con temperatura de inflamación (ti) alta, en que 23ºC £ ti£ 61ºC

A continuación se indican los criterios de clasificación en función del grado de inflamabilidad, para efectos de embalaje/envase.

El grado de inflamabilidad se define de acuerdo al punto de inflamación y el punto de ebullición inicial.

Grupo de embalaje/envase Punto de inflamación, en crisol cerrado, tiºCPunto de ebullición inicial, teº C

1- te £ 35

2ti < 23 35 < te

323 £ ti < 6135 < te

El punto de inflamación de un líquido puede cambiar si este contiene impurezas. Las sustancias incluidas en esta clase deben considerarse como químicamente puras. Sin embargo, en la práctica, las mercancías transportadas con el nombre de tales sustancias son con frecuencia productos comerciales que contienen otras sustancias o impurezas.

Por lo anterior, puede haber líquidos que no figuran en la lista porque en estado puro tienen un punto de inflamación superior a 61ºC, pero que en estado no puro tienen un punto de inflamación inferior a 61ºC. Además, algunos líquidos que en estado puro serían clasificados en el grupo de embalaje/envasado 3 podrían corresponder al grupo 2 como productos comerciales. Por estas razones, el listado tiene solamente valor indicativo y debe ser utilizado con prudencia.

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En resumen

Clase 3: Líquidos Inflamables: Son líquidos, mezclas de líquidos, o líquidos con conteniendo

sólidos en solución o suspensión, que liberan vapores inflamables a temperaturas

relativamente bajas. Estas se clasifican de acuerdo al Punto de Inflamabilidad, esto es, la

temperatura más baja a la que el líquido desprende vapores en cantidad suficiente para formar

una mezcla inflamable en las proximidades de su superficie,ej.(gasolina).

3.1 Punto de inflamabilidad bajo (inferior a -18º C).

3.2 Punto de inflamabilidad medio (igual o superior a -18º C e inferior a 23º C)

3.3 Punto de inflamabilidad alto (igual o superior a 23º C e inferior a 61º C)

En esta clase también se incluyen igualmente las materias sólidas en estado fundido cuyo

punto de inflamación es superior a 61º C y que sean entregadas al transporte o transportadas

en caliente a una temperatura igual o superior a su punto de inflamación. También se incluyen

las materias líquidas explosivas desensibilizadas (materias líquidas explosivas preparadas en

solución o en suspensión en agua o en otros líquidos de modo que formen una mezcla líquida

homogénea exenta de propiedades explosivas).

TRANSPORTE DE CARGAS PELIGROSAS POR CALLES Y CAMINOS

De acuerdo a lo estipulado en el D.S. 298 el cual establece condiciones, normas y

procedimiento aplicable al transporte de carga por calles y caminos, nos señala en cuanto a

vehículos y sus equipamientos. El art.3 nos señala la antigüedad máxima de los vehículos,

art.4 nos habla carga, trasporte, descarga, transbordo y limpieza, art.5 dispositivos electrónicos

los cuales deben registrar: tiempo, velocidad y distancia recorrida, y en el art.6 condiciones

técnicas de los vehículos para operaciones de carga transbordo y descarga.

En cuanto a la carga, su acondicionamiento, estiba, descarga y manipulación se señala lo

siguiente:

Todas sustancias peligrosas fraccionadas deberán ser acondicionadas de forma de soportar

los riesgos de carga, transporte, descarga y transbordo. En cuanto al embalaje externo de

estas sustancias deberá estar marcado y etiquetado de acuerdo con la correspondiente

clasificación y tipo de riesgo en conformidad con lo establecido en la Norma Chilena Oficial

NCh2190.Of93.

Los bultos de un cargamento de sustancias peligrosas deberán estibarse en forma conveniente

en el vehículo y estar sujetos por medios apro­piados, de forma que se evite el desplazamiento

riesgoso de ellos, entre sí y con relación a las paredes y plataforma del vehículo.

Queda prohibido el transporte de sustancias peligrosas conjuntamente con: animales,

alimentos, medicamentos de consumo humano y animal, Igualmente queda prohibido

transportar productos para uso humano o animal, en estanques de carga destinados al

transporte de sustancias peligrosas a granel, que puedan contaminar aquellos.

Después de la descarga de un vehículo en que se haya transportado sustancias peligrosas,

éste y especialmente el depósito o plataforma destinada a la carga, deberá limpiarse a la

brevedad posible, y en todo caso antes de cualquier nuevo cargamento, a menos que se haya

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transportado productos peligrosos a granel y el nuevo cargamento esté compuesto del mismo

producto que el que haya constituido el cargamento precedente.

El transportista y el nuevo expedidor responderán solidariamente por los daños que se puedan

ocasionar por una inadecuada limpieza de los vehículos antes de un nuevo cargamento, salvo

que en el vehículo se hubiere efectuado con antelación transporte de sustancias peligrosas de

características especiales, que impidan usar dicho vehículo para el transporte de otras

sustancias peligrosas incompatibles, en cuyo caso la responsabilidad recaerá sólo en el

transportista.

El motor del vehículo deberá estar detenido mientras se realizan las operacio­nes de carga y

descarga, a menos que su utilización sea necesaria, bajo estrictas condiciones de seguridad,

para el funcionamiento de bombas y otros mecanismos que permitan la carga o descarga del

vehículo. Durante el proceso de carga y descarga el vehículo deberá encontrarse inmovilizado

mediante un dispositivo que lo asegure, como cuñas u otros elementos, que eviten su

desplazamiento.

De la circulación y estacionamiento

Los vehículos que transporten sustancias peligrosas no deberán transitar por zonas

densamente pobladas ni por túneles con una longitud superior a 500 metros por lo cual

deberán transitar por vías alternativas, el itinerario deberá programarse de tal manera evitar

transitar por vías de alto flujo.

Los vehículos que transporten estos tipos de sustancias deberán evitar circular por zonas

donde exista fuego abierto y así solo podrán estacionarse para el descanso o alojamiento de

los conductores en áreas previamente determinadas por las autoridades competentes

Los vehículos destinados al transporte de sustancias peligrosas deberán portar uno o más

letreros, visibles para otros usuarios de las vías, con las siguientes indicaciones:

* Nombre común de la carga peligrosa

* Nombre y teléfono del destinatario de la carga

* Nombre del expedidor de la carga

* Nombre y teléfono del transportista''

En el caso de ser un solo letrero, deberá ubicarse centrado en el costado izquierdo de la zona

de carga, sobre la carrocería del vehículo, o sobre el empaque de la carga cuando las

dimensiones del letrero impidan su colocación sobre la carrocería.

Los letreros aludidos anteriormente deberán tener las siguientes características:

La distribución de los datos y su aspecto general será como se muestra en la figura siguiente:

Nombre Común de la Carga Peligrosa

Para:

Teléfono:

Expedidor:

Transportista:

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Teléfono:

El fondo del letrero será de color contrastante con el texto.

La altura de las letras con los datos del transportista y el expedidor será de 10 centímetros.

La altura de las letras con los datos de la carga y el destinatario será de 20 centímetros.

El transportista o su representante antes de iniciar la operación de transporte, deberá

inspeccionar el vehículo asegurándose de sus perfectas condiciones para el transporte para el

cual se destina, con especial atención en el estanque, si se tratare de un vehículo de transporte

de gases o líquidos a granel, carrocería y demás elementos que puedan afectar a la seguridad

de la carga transportada.

El conductor del vehículo es el responsable durante el viaje, de la custodia, conservación y

buen uso de los elementos, equipos y accesorios del vehículo, incluidos los exigidos en función

de la naturaleza específica de los productos transportados y así deberá examinar regularmente

y en lugares adecuados, las condiciones generales del vehículo, incluyendo la condición de los

neumáticos y la integridad de la carga, en aspectos tales como, existencia de pérdidas o fugas

del producto, seguridad de las amarras y posicionamiento de los rótulos.

El transportista deberá exigir del expedidor de la carga:

a) La Guía de Despacho o Factura, que además de los contenidos básicos establecidos en

normas específicas, detalle él o los productos peligrosos a transportar con su respectiva

clasificación y Número de Naciones Unidas.

b) Las instrucciones escritas que se deben seguir en caso de accidente, las que se

consignarán junto al nombre del producto, su clase, número de Naciones Unidas y número de

teléfono de emergencia, basadas en la Hoja de Datos de Seguridad a que se refiere la Norma

Chilena Oficial Nch 2245.Of93.

Estas instrucciones deberán mantenerse en la cabina del vehículo y precisar en forma concisa,

a lo menos, lo siguiente:

- La naturaleza del peligro presentado por los productos transportados, así como las medidas

de protección inmediatas para afrontarlo.

- Las disposiciones aplicables para el caso de que una persona entre en contacto con las

sustancias transportadas o con productos que pudieran desprenderse de ellos.

- Las medidas que se deben tomar en caso de incendio y en particular los medios de extinción

que no se deben emplear.

- Las medidas que se deben to­mar en caso de rotura o deterioro de los envases,

especialmente cuando las sustancias peligrosas se desparramen por la carretera.

- Lo referente al traslado de la carga o la prohibición absoluta de su manipulación cuando por

cualquier motivo el vehículo no pueda continuar con el transporte.

c) Los productos peligrosos identificados con sus respectivas etiquetas y marcas conforme a la

Norma Chilena Oficial NCh.2190.Of93.

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RIESGOS EN EL TRASPORTE Y PARA EL MEDIO AMBIENTE

La eliminación de materiales peligrosos, El envío internacional de los desechos tóxicos,

especialmente desde los países industrializados a las naciones en desarrollo, para eliminación

representa una amenaza, no solamente para el medio ambiente de los países receptores, sino

también para los océanos del mundo y la salud de la comunidad global.

El peligro se agrava, porque los productores de los desechos tóxicos encuentran que es más

barato y fácil exportar estos productos, que cumplir con los reglamentos nacionales que

controlan su manejo y eliminación. Más allá del riesgo de accidentes durante el transporte,

existe un peligro cada vez más grave en la práctica de enviar los desperdicios tóxicos a las

naciones en desarrollo, con sus limitaciones financieras, porque no pueden manejar con

seguridad, los desechos que se generan o se almacenen dentro de sus fronteras.

No es responsable, desde el punto de vista ambiental, ubicar una operación industrial que

produce desechos peligrosos, en un sitio donde no existe ningún medio efectivo para su

eliminación. En el caso extremo, esto significa que ciertos sub sectores industriales,

posiblemente, no sean adecuados para ciertas regiones. A menudo, el problema es

institucional, y el sitio podría ser aceptable, condicionalmente, si el desarrollo propuesto fuera

acompañado por un compromiso gubernamental para planificar y proporcionar transporte,

tratamiento y eliminación de los desechos tóxicos.

El compromiso con el desarrollo sustentable, el desarrollo a largo plazo, pasa por el manejo

efectivo de los recursos naturales y humanos. En vista del creciente peligro para el medio

ambiente, que representan los envíos internacionales no reglamentados de desperdicios

tóxicos, y a la luz de sus propias preocupaciones fundamentales por la protección ambiental de

los países en desarrollo, para el manejo, envío y eliminación de los desechos tóxicos o

peligrosos es conveniente considerar lo siguiente:

No se debe arriesgar los océanos, ni ningún país en desarrollo, debido a la descarga,

transbordo, o eliminación de desechos tóxicos o peligrosos que se producen en un país y se

transportan a otro.

Se deberá prohibir estricta y completamente las descargas al océano. Si se utiliza el envío

internacional de los desperdicios tóxicos, esto deberá efectuarse solamente con el

consentimiento informado y previo de las autoridades gubernamentales competentes; y

después de la certificación aceptable de que el modo de transporte utilizado cumpla con los

convenios y normas internacionales, y que el envío vaya a pasar por instalaciones seguras

hasta llegar a los sitios de almacenamiento y eliminación que sean apropiados y

ambientalmente solventes, y manejados por operadores experimentados, responsables y

certificados, y bajo garantías adecuadas de monitoreo.

Estos temas de importancia internacional requieren una respuesta decidida y cooperativa.

Actualmente la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), la Organización

de Unidad Africana (OUA), y los esfuerzos internacionales del Programa de las Naciones

Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) están dirigidos a fin de establecer los arreglos de

gobierno a gobierno para prohibir o controlar la eliminación de los desechos tóxicos y

peligrosos, una conclusión definitiva de los tratados y su efectiva aplicación se hace cada vez

más imperativa, para ello, la comunidad internacional y los gobiernos nacionales deben

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empeñarse, en el desarrollo de normas y códigos de practica claros que aseguren que el

manejo de los desechos peligrosos sea ambientalmente solvente.

ROTULACIÓN SEGÚN CLASIFICACIÓN

Líquidos inflamables

Subclase Descripción Rotulo

3.1 Liquido inflamable con temperatura de inflamación inferior a -18ºC

3.2 Liquido inflamable con temperatura

de inflamación entre -18ºC y 23ºC

3.3 Liquido inflamable con temperatura

de inflamación entre 23ºC y 61ºC

3.4 Líquido Combustible, líquido cuya

temperatura de inflamación es mayo que 61 ºC y menor que 93 ºC.

NCH N°382.OF 98 SUSTANCIAS PELIGROSAS- TERMINOLOGÍA Y

CLASIFICACIÓN GENERAL.

A continuación se indican los criterios de clasificación en función del grado de inflamabilidad,

para efectos de embalaje/envase.

El grado de inflamabilidad se define de acuerdo al punto de inflamación y el punto de ebullición

inicial.

Grupo de embalaje/envase Punto de inflamación, en crisol cerrado, tiºCPunto de ebullición

inicial, teºC

3.1 Punto de inflamabilidad bajo (inferior a -18º C).

3.2 Punto de inflamabilidad medio (igual o superior a -18º C e inferior a 23º C)

3.3 Punto de inflamabilidad alto (igual o superior a 23º C e inferior a 61º C)

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El punto de inflamación de un líquido puede cambiar si este contiene impurezas. Las

sustancias incluidas en esta clase deben considerarse como químicamente puras. Sin

embargo, en la práctica, las mercancías transportadas con el nombre de tales sustancias son

con frecuencia productos comerciales que contienen otras sustancias o impurezas.

Por lo anterior, puede haber líquidos que no figuran en la lista porque en estado puro tienen un

punto de inflamación superior a 61ºC, pero que en estado no puro tienen un punto de

inflamación

inferior a 61ºC. Además, algunos líquidos que en estado puro serían clasificados en el grupo de

embalaje/envasado 3 podrían corresponder al grupo 2 como productos comerciales. Por estas

razones, el listado tiene solamente valor indicativo y debe ser utilizado con prudencia.

Manejo seguro de líquidos inflamables

Se usan líquidos inflamables en muchos lugares de trabajo. Éstos pueden abarcar desde

líquidos para limpieza, pinturas y gasolina, hasta líquidos más volátiles y peligrosos. Si se

recuerdan algunas reglas sencillas, de sentido común, al manejar y almacenar líquidos

inflamables, se pueden evitar lesiones a su persona y a sus compañeros de trabajo, así como

evitar incendios en el sitio de trabajo.

Los líquidos inflamables en sí no arden, pero según se evapora el líquido, emite vapores que,

al mezclarse con el aire, forman gases peligrosos que pueden incendiarse con sólo una

pequeña chispa. La gasolina, por ejemplo, se evapora a temperaturas tan bajas como 45

grados Fahrenheit bajo cero. Según aumenta la temperatura, la tasa de evaporación aumenta y

se emiten más y más vapores. Los vapores generalmente son más pesados que el aire y por lo

tanto se acumulan en las áreas más bajas que puedan alcanzar. Sin una buena ventilación

para disiparlos, una pequeña chispa puede causar un desastre enorme.

Se debe leer con cuidado las etiquetas que los fabricantes colocan sobre los recipientes que

contienen líquidos inflamables antes de usarlos o almacenarlos. Se debe tener orden y limpieza

en las áreas de almacenaje de líquidos inflamables. Limpie inmediatamente cualquier derrame

y coloque los paños usados en la limpieza dentro de un recipiente metálico cerrado con

ventilación por abajo. Use sólo recipientes metálicos de seguridad aprobados, o el recipiente

del fabricante original para almacenar líquidos inflamables. Mantenga los recipientes cerrados

cuando no estén en uso; almacénelos alejados de salidas y pasillos.

No confíe en su olfato para determinar que un área o recipiente está libre de vapores. No todos

los líquidos inflamables emiten gases con olor. Algunos vapores también son venenosos,

además de ser inflamables. Use líquidos inflamables sólo donde se cuente con una ventilación

adecuada.

Tenga cuidado de no derramarse líquidos inflamables sobre su persona o su ropa. Éstos

pueden ocasionar irritación dolorosa de la piel o incendiar la ropa envolviendo a la persona en

llamas. Si se derrama un líquido inflamable sobre su persona, láveselo de inmediato, o

cámbiese de ropa lo más rápidamente posible.

Mantenga los líquidos inflamables alejados de llamas y chispas, y nunca fume en áreas donde

hay líquidos inflamables presentes. Trate los líquidos inflamables con respeto y observe todas

las recomendaciones de los fabricantes en sus usos.

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PRIMERO DEBEMOS SABER QUE ES INFLAMABILIDAD:

La Inflamabilidad es la medida de la facilidad que presenta un gas, líquido o sólido para

encenderse y de la rapidez con que, una vez encendido, se diseminarán sus llamas. Cuanto

más rápida sea la ignición, más inflamable será el material.

Entonces Líquidos Inflamables son:

Líquidos con un punto de inflamación inferior a 38 °C, los líquidos inflamables no lo son por sí

mismos, sino que lo son debido a que su vapor es combustible. Por ejemplo, gasolina, acetona,

tolueno alcoholes y muchos otros solventes.

CONDICIONES ESPECÍFICAS DE ALMACENAMIENTO DE INFLAMABLES EN ENVASES O

TANQUES PORTÁTILES.

a) Las sustancias inflamables podrán almacenarse en bodega común general hasta una

cantidad de 500 kg., siempre y cuando no existan almacenados sólidos inflamables o

aerosoles, si los hubiera la suma total de todos no podrá superar 500 kg.

b) BODEGA COMÚN PARA SUSTANCIAS PELIGROSAS

Las sustancias inflamables podrán almacenarse en bodega común de acuerdo a las cantidades

máximas establecidas en tabla 3.1. Deberán estar separadas del resto de sustancias

peligrosas por pasillo de 2,4 m.

Tabla 3.1. Cantidades máximas establecidas para almacenamiento tanto en pallets como

racks.

Clase Cantidad total en Kilos

3.1 500

3.2 1000

3.3 2000

La cantidad máxima almacenada de sustancia inflamable estará dada por la suma de los cocientes entre la cantidad almacenada y permitida que no superará el valor de 1. Forma de cálculo: (3.1/500 +3.2/1000 + 3.3/2000)= 1 Cuando exista además, almacenamiento de aerosoles o sólidos inflamables la suma total de Sustancias inflamables no deberá exceder la cantidad de 2000 kg. c) BODEGA ADYACENTE Las cantidades máximas permitidas para almacenamiento exclusivo de líquidos inflamables en Bodega adyacente, serán las establecidas en la tabla 3.2 y tabla 3.3 según si cuentan con sistema de control automático de incendio.

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Tabla 3.2. Cantidades y alturas máximas establecidas para almacenamiento tanto en pallets como racks. Sin sistema de extinción automático de incendio

clase max. Altura por pila (m)

max. Cantidad por pila (kg)

max. Cantidadtotal (kg)

3.1 1.5 2500 2500

3.2 2.0 10000 10000

3.3 3.0 15500 20000

Cantidades y alturas máximas establecidas para almacenamiento tanto en pallets como racks. Con sistema de extinción automático de incendio

clase max. Altura por pila (m)

max. Cantidad por pila (kg)

max. Cantidad total (kg)

3.1 1.5 11400 28000

3.2 2.0 19000 57000

3.3 3.0 38000 90000

Condiciones de construcción

Puede tener dos muros comunes, cortafuego F180

Construcción para bodega de inflamables, con entrada independiente externa con puerta F-90 mínimo.

Muros externos: RF 120

Muros divisorios internos de una misma bodega: RF 120 (hasta la cubierta)

Elementos soportantes verticales: R F 120

Elementos soportantes horizontales: R F 120

Cubierta techo: RF < 15 Sistema de control de derrame, siendo posible poseer elementos absorbentes que permitan retirar fácilmente el producto o bien, poseer cámara de contención exterior a la bodega. Bodega con un distanciamiento mínimo de 3 m, entre ella y muro medianero, en caso de almacenamiento en cantidades establecidas en tabla 3.2. Bodega con un distanciamiento mínimo de 5 m, entre ella y muro medianero, en caso de almacenamiento en cantidades establecidas en tabla 3.3.

CONDICIONES DE ALMACENAMIENTO Cuando se almacene líquidos de diferentes clases en una misma pila o estantería, se considerará todo el conjunto como la clase más restrictiva. Si el almacenamiento se realiza en pilas o estanterías separadas, la cantidad máxima almacenada estará dada por la suma de los cuocientes entre la Cantidad almacenada y permitida que no superará el valor de 1. Los líquidos inflamables podrán almacenarse junto con sólidos inflamables. La cantidad máxima total estará dada por la suma de los cocientes entre la cantidad almacenada y permitida que no superará el

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valor de 1.

Señalización que indique su clasificación.

Rotulación de productos según Nch 2190

Distancias de productos a muros : 0.5 m.

Ancho de pasillos entre pilas: 1.2 m.

Ancho de pasillos principales: 2.4 m.

CONDICIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO

Extintores de incendio según DS. 594/99

Con sistemas de detección automático de incendio.

Plan de emergencia coordinado con Bomberos de su zona.

Sin instalación eléctrica, pero si la requiere deberá ser a prueba de explosión.

Sistemas de control automático de incendio tipo Lluvias (sprinkler), con agente extintor de CO2, PQS o Espuma, para cantidades superiores a 20 ton. La instalación de este sistema debe cumplir con Nch2095 parte 1 a 6 Of. 2000/2001 y en lo no considerado en ella, por las normas NFPA

BODEGA SEPARADA Se exigirá bodega separada, cuando las cantidades de sustancias inflamables superen las cantidades establecidas en la tabla 3.3. Tabla 3.3. Cantidades sobre las cuales se deben almacenar las sustancias inflamables en bodega separada.

clase cantidad (kg)

3.1 >28000

3.2 >57000

3.3 >90000

CONDICIONES DE CONSTRUCCIÓN

Bodega separada de otras construcciones y muros medianeros por una distancia mínima de 6 m.

Construcción con características para bodega de sustancias inflamables

Sistemas de control de derrames, que cuente con piso de pendiente no inferior a 0,5% y sistema de contención local con agentes de absorción que evite que el derrame comprometa áreas adyacentes, o que cuente con canaletas de profundidad no inferior a 10 cm, cuyo trazado conduzca el derrame a una cámara de contención externa a la bodega, de superficie resistente a las sustancias. La capacidad de dicha cámara debe ser de a lo menos 1 m3 de volumen.

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CONDICIONES DE ALMACENAMIENTO

Rotulación de productos según Nch 2190

Distancias de productos a muros : 0.5 m.

Ancho de pasillos entre pilas : 1.2 m.

Ancho de pasillos principales : 2.4 m.

Altura máxima de Pallets : Clase 3.1 : 1.5 m Clase 3.2: 2.0 m Clase 3.3: 3.0 m

Ningún tambor de una pila debe estar a más de 6 m de un pasillo .

El almacenamiento interior debe ser realizado de acuerdo a lo indicado en las Tablas A, B y C.

La cantidad máxima de almacenamiento por bodega es de 1000 ton.

CONDICIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO

Extintores portátiles con mínimo de potencial de extinción de 40B, en número y distribuidos según DS.594/99.

Sistemas de detección automático de incendio conectado a una red central, externa a bodegas, cuya instalación debe ser de acuerdo a lo establecido en NFPA 72.

Red húmeda, con abastecimiento de estanque propio que asegure una autonomía de 10 minutos como mínimo, antes de la llegada de Bomberos. Equipos adicionales tales como pitones, mangueras, motobombas con suministro de energía propia, entre otros.

Sistemas de control automático de incendio tipo Lluvias (sprinkler), con agente extintor de CO2, PQS o Espuma, para cantidades superiores a 20 ton. La instalación de este sistema debe cumplir con Nch 2095 parte 1 a 6 Of. 2000/2001 y en lo no considerado en ella, por las normas NFPA

Plan de emergencia en caso de incendio coordinado con el Cuerpo de bomberos de su zona.

Plan de emergencia en caso de derrames.

Brigadas de incendios.

La instalación eléctrica de la bodega debe ser a prueba de explosión.

TABLA A: CANTIDADES DE ALMACENAMIENTO POR ALTURA Y PILA EN PALLET

Clase Máx. Altura por pila Max. Volumen por pila

Nch 382 Altura (m) Volumen ( lt )

3.1 1,5 (1pallet) 11400

3.2 1,95 (2pallet) 19000

3.3 3,00 (3pallet) 34000

Nota: 1 gal. = 3.8 lt 1 pie. = 0,3 m

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TABLA B: CANTIDADES DE ALMACENAMIENTO POR ALTURA Y PILA EN RACK DOBLE O SIMPLE.

Clase Max. Altura por pila Max. Volumen por pila

Nch 382 Altura (m) Volumen ( lt )

3.1 7.5 28500

3.2 7.5 57000

3.3 7.5 91200

TABLA C: CANTIDADES DE ALMACENAMIENTO POR ALTURA Y PILA DE TANQUES PORTÁTILES. (*) 210 lt. < Capacidad. < 2.500 lt.

Clase Max. Altura por pila Max. Volumen por pila

Nch 382 Altura (m) Volumen ( lt )

3.1 Prohibido Prohibido

3.2 2.1*** 76000

3.3 4.2*** 152000

Todos los tanques deben tener sistemas de control de corriente estática

Los tanques deben ser sólo metálicos

Los tanques pueden ser metálicos o de plástico rígido o de material mixtos ( IBCs )

ALMACENAMIENTO A GRANEL EN ESTANQUES FIJOS. El almacenamiento de productos inflamables en estanques fijos deberá cumplir con lo establecido en D. S. 90/96 del Ministerio de Economía, tales como:

Estanques sobre 1,1m 3, deberá declarar ante SEC excepto los lubricantes.

Rotulación en español según Nch 1411 Y Nch 2190.

Sistema de construcción (estanco) de derrame que contenga 1,1 volumen del estanque mayor.

Eliminación de corriente estática.

Distancias de seguridad entre estanques, límites de la propiedad, edificaciones, etc.

Sistemas de venteo normal y de emergencia.

Ubicación de zona de carga y descarga.

ALGUNOS EJEMPLOS DE LÍQUIDOS INFLAMABLES

El tolueno o metilbenceno, (C6H5CH3) es la materia prima a partir de la cual se obtienen derivados del benceno, el ácido benzoico, el fenol, la caprolactama, la sacarina, el TDI (diisocianato de tolueno) materia prima para la elaboración de poliuretano, medicamentos, colorantes, perfumes, TNT y detergentes.

Densidad óptica nD20: 1,4961

Relación Rayleigh: 1,3522 x 10-5 cm-1

Densidad de vapor: 3,14

Presión de vapor (a 30 °C): 3,7 kPa

Índice de refracción (a 20 °C): 1.4967

Límites de explosividad: 1,27-7% (en volumen en el aire)

Presión crítica: 40,55 atm

Volumen crítico: 0,317 L/mol

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Calor de combustión (a 25 °C y presión constante): 934,5 kcal/mol

Calor de vaporización (a 25 °C): 9,08 kcal/mol.

Capacidad calorífica (cal/g K): 0,2688 (gas ideal), 0,47 (líquido a 1 atm. 100 °C)

Tensión superficial (mN/m): 27,92 (a 25 °C)

Calor de formación (kcal/mol): 11,950 (gas), 2,867 (líquido).

Energía libre de formación (kcal/K): 22,228 (gas), 27,282 (líquido) El aguarrás, también llamado esencia de trementina, es un líquido volátil e incoloro producido mediante la destilación de la resina o miera, de los pinos. Está formado principalmente por una mezcla de hidrocarburos terpénicos, mayormente alfa y beta pinenos, aunque su composición varía dependiendo de la clase de pino de la que provenga la resina. El aguarrás es un líquido incoloro o con ligero color amarillento y olor característico como a pino.

Densidad: 0,850 - 0,860 g/cm³

No es miscible con el agua.

Temperatura de inflamación: > 33º C

Temperatura de ebullición: > 154º C a 760 mm Hg

CAS: 8006-64-2

Núm. CE: 232-350-7

Peligros para la salud: Inflamable, nocivo por inhalación, ingestión y en contacto con la piel (puede producir alergia).

Peligros para el medio ambiente: Es tóxico para los peces y las algas.

ADR: UN 1299 TREMENTINA, La gasolina es una mezcla de hidrocarburos derivada del petróleo que se utiliza como combustible en motores de combustión interna con encendido por chispa convencional o por compresión (DiesOtto), así como en estufas, lámparas, limpieza con solventes y otras aplicaciones. En Argentina, Paraguay y Uruguay, la gasolina se conoce como «nafta» (del árabe «naft»), y en Chile, como «bencina». Tiene una densidad de 680 g/L1 (un 20% menos que el gasoil, que tiene 850 g/L). Un litro de gasolina tiene una energía de 34,78 megajulios, aproximadamente un 10% menos que el gasoil, que posee una energía de 38,65 megajulios por litro de carburante. Sin embargo, en términos de masa, la gasolina tiene 3,5% más de energía. Clase 3 Líquidos inflamables. (Sustancias más comunes utilizadas en la industria)

Acetona, 3, II

Cloro butanos, 3, II

Éter isopropilico, 3, II

Extractos aromáticos líquidos, 3, III

Etanol, 3, II

Éter monoetílico del etilenglicol, 3, III .

Etilmetilacetona, 3, II

Formaldehido en solución inflamable, 3 (8), III

Tintas de imprenta inflamables, 3, I

Isopropanol (Alcohol isopropilico), 3, II

Isopropanol, 3, II .

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Metanol, 3 (6.1), II .

Metilal, 3, II

Metilamina en solucion acuosa, 3 (8), II

Metilisobutilcetona, 3, II

Tolueno, 3, II

Tolueno 3, II .

Sucedáneo de trementina, 3, III .

Diotonito sódico (hidrosulfito sódico) al 15%, 4.2, II .

Resina en solucion inflamable, 3, I

Alcoholes, 3, II

Liquido inflamable nep (contiene isopropanol), 3, I

Liquido inflamable nep, 3, I

Estireno monomero estabilizado, 3, III

Estireno monómero estabilizado, 3, III

Dimetilformamida, 3, III .

Isopropenilbenceno, 3, III

Bebidas alcoholicas, 3, II

Liquido transportado a temperatura elevada inflamable nep, 3, III

EMPRESAS DEDICADAS A LA PRODUCCIÓN, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN. Enap. Empresa de energía, 100% del Estado de Chile, líder en hidrocarburos, integrada, que provee productos y servicios que satisfagan las necesidades de los clientes y contribuyan al desarrollo sustentable de los países y de las comunidades en que está inserta, operando en forma competitiva. La Línea de Negocios de Refinación es el área de ENAP encargada de desarrollar las actividades relacionadas con la producción de combustibles y otros productos derivados del petróleo (solventes, bases para fabricación de asfaltos, etileno y otros productos petroquímicos), además de realizar el manejo de la infraestructura logística para el transporte y almacenamiento de éstos. ACCIDENTES POR DERRAME DE SUSTANCIAS PELIGROSAS CLASE 3: LÍQUIDOS INFLAMABLE El derrame de 350 mil litros de crudo en el mar chileno trajo aparejado un daño ecológico y ambiental sin precedente en este país. El 25 de mayo del 2007, la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) confirmó que uno de sus ductos había sufrido una fisura que generaría la contaminación de toda la zona de la bahía de San Vicente. Los más afectados son los lobos marinos y las aves de la región, en estos momentos especialistas, docentes y alumnos de tres universidades se encargan de la limpieza de la fauna y flora del lugar y del análisis del impacto ambiental del desastre. Las consecuencias económicas se vieron también en la producción pesquera y de recolección de mariscos. El desastre ambiental tendrá efectos a largo plazo. Ana María Aldana, fiscal de la causa, es la encargada de llevar a cabo la investigación para confirmar lo ocurrido y procesar a los culpables. Es claro que las empresas petroleras estatales y privadas, tanto en el caso chileno como en infinidad de casos en el resto de América Latina, deben hacerse responsable de sus acciones. Cada vez que una empresa contamina el medio ambiente es culpable no sólo de las pérdidas ecológicas, sino también de la degradación actual y futura de las vidas humanas de la región.

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NORMAS.

Algunas de las normativas que hacen referencia de las sustancias peligrosas, específicamente

de los líquidos inflamables son:

• DS 47/92: Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. • DS 594/99: Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo. • Nch 382 Of. 2004. Sustancias Peligrosas. Terminología y Clasificación General. • Nch 2120 Of. 2004. 1 al 9. Sustancias Peligrosas. • Nch 2190 Of. 2003.- Distintivos para información de riesgos. • Nch 2245 Of. 2003.- Hoja de Datos de Seguridad. • Nch 1411/4-2001: Señales de Seguridad para identificación de riesgos de materiales (NFPA 704). • Nch 2979 Of. 2006.- Segregación. Embalajes/envases • “Manual de almacenamiento de sustancias Quimicas Peligrosas”/2003.- del MINSAL Subdepto. Salud en el Trabajo, da un listado completo de normas y decretos relativos a las disposiciones legales que deben cumplir las bodegas de almacenamiento de productos peligrosos. Además de condiciones específicas de almacenamiento para las diferentes clases de productos peligrosos. • DS 95/2001.- Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

HOJA DE SEGURIDAD TÉCNICA DE ECOSOLVENTE

ABRIL 1, 2003

I. DATOS GENERALES DE LA EMPRESA

COMSERGESA S.A. DE C.V.

Hilario Martinez # 1511, Col. Ancira, Monterrey N. L., 64720

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Tel. (81)8989-7549 8676-2677 Fax 8478-8332 Tel. México 5576-0176.

II. PRODUCTO

NOMBRE: SLR

CATEGORÍA: Solvente

FAMILIA QUÍMICA: Hidrocarburo

No. CAS: 0032-32-4

APARIENCIA: Líquido color azul transparente.

OLOR CARACTERÍSTICO: Cítrico

PUNTO DE EBULLICIÓN: 155° C

PRESIÓN AL VAPOR: 3.4 mmHG (20° C)

CONSTANTE DIELECTRICA: 5000 + Voltios

GRAVEDAD ESPECÍFICA: 0.770 (25.0° C)

DENSIDAD DE VAPOR: Aprox. 3.7 (aire = 1)

VELOCIDAD DE EVAPORACIÓN: (AC. BUTILO = 1) 0.12

ÍNDICE DE REFRACCIÓN: 1.437 (20° C)

PH: 6.5, casi neutro

SOLUBILIDAD: Insoluble al agua, Soluble al alcohol absoluto, Benceno, Éter, Thiner,

Cloroformo, Tetracloruro de carbono.

GRADO DE RIESGO:

SALUD 1 INFLAMABILIDAD 2 REACTIVIDAD 0 ESPECIAL ND

III. REACTIVIDAD

RIESGOS DE POLIMERACIÓN: No ocurre.

ESTABILIDAD: Estable

CONDICIONES A EVITAR: Mantener fuera de fuentes de calor, fuego y descargas

eléctricas.

1

2

0

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INCOMPATIBILIDAD: (Materiales a evitar) Agentes occidentes, peróxidos, permanganato,

dicromato, halogenros, agentes ácidos y cáusticos.

IV. DATOS DE RIESGO DE FUEGO

TEMPERATURA DE AUTO IGNICIÓN: 200° C – 260° C

PUNTO DE INFLAMACIÓN: 48° C - 60° C TCC

AGENTES DE EXTINCIÓN: Polvos químicos, CO2, Espuma Alcohólico

PROCESOS ESPECIALES: No usar espumas ordinarias, usar mascarillas para combatir el

fuego, ropa protectora para evitar el contacto con la piel y ojos.

V. MODO DE EMPLEO

Se puede aplicar manualmente, por aspersión, inmersión, o en máquinas automáticas o

manuales de limpieza de partes mecánicas. Usarse en lugares ventilados.

VI. MÉTODO DE DISPOSICIÓN:

El método preferente para la destrucción del solvente es la incineración conforme a las

disposiciones locales, estatales, y federales que las autoridades ambientales dispongan.

Recomendamos utilicen a las compañías recuperadoras que estén autorizadas por las

autoridades correspondientes para deponer el solvente.

VII. RIESGO PARA LA SALUD

Causa irritación en los ojos, piel, sistema respiratorio, nausea, vomito, dolor de cabeza,

narcosis, depresión del sistema nervioso central, irritación de garganta, con la exposición

prolongada al producto. Valor límite México (TLU) 100 PPM (790 mg/ml).

VIII. PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIA Y PRIMEROS AUXILIOS

CONTACTO CON LOS OJOS Y PIEL: Lavarse inmediatamente con agua por un tiempo

mínimo de 15 minutos. Si persisten las molestias busque atención médica.

INHALACIÓN: Retire a la persona del área de exposición y llevarla al aire fresco. Si no respira

proporcionarle respiración artificial y consultar al médico inmediatamente.

INGESTIÓN: Adminístrese grandes cantidades de agua. No inducir el vómito y buscar ayuda

médica inmediatamente.

IX. PRECAUCIONES ESPECIALES

MANEJO DEL PRODUCTO: Material clasificado como líquido inflamable. Mantener los

recipientes cerrados, usarse en lugares ventilados para mantener las concentraciones debajo

de 100 PPM de SLR. Conectar los tanques de almacenamiento a tierra para evitar

acumulaciones electrostáticas. Almacenar el producto a 25° C o medio ambiente. Eliminar

todas las fuentes de ignición y cubrir toda el área con rocío de agua. En caso de derrames y

fugas aplique material absorbente.

PROTECCIÓN RESPIRATORIA: Se debe usar mascarilla para vapores orgánicos.

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VENTILACIÓN ESCAPE LOCAL: Se recomienda 10 cambios de aire por hora.

GUANTES PROTECTORES: Se recomienda el uso de guantes de hule o neopreno.

PROTECCIÓN EN LOS OJOS: Se recomienda el uso de lentes tipo industrial.

OTRO EQUIPO PROTECTOR: Zapatos de seguridad, ropa de algodón, lava ojos y ducha de

emergencia.

X. PRECAUCIONES ESPECIALES

PRECAUCIONES QUE DEBEN TOMARSE EN EL MANEJO Y

ALMACENAMIENTO

ALMACENAMIENTO BAJO TECHO: El Local debe de construirse con piso liso con inclinación

y las salidas deben situarse de tal forma que no haya manera de atrapamiento de personal.

Este tipo de almacenamiento es el más recomendado.

ALMACENAMIENTO A LA INTERPERIE: El lote no debe de exceder 100 tambores.

Los tambores deben de protegerse de los rayos solares y lluvia. No se recomienda este tipo de

almacenamiento por el sobrecalentamiento de los solventes y el riesgo de contaminación con

agua de lluvia y tierra.

OTRAS PRECAUCIONES.

- Prohibido fumar - Sustituir los líquidos inflamables por líquidos menos inflamables o no inflamables - Conexiones a tierra - Identificación adecuada de recipientes - Evitar mezclas accidentales de líquidos inflamables - Ventilación adecuada - Control de Trabajos de Soldadura y/o corte con soplete - Equipo eléctrico e instalaciones adecuadas - Uso de herramientas “a prueba de chispas” - Limpieza y orden - Precauciones extremas en el manejo de recipientes vacíos - Instrucciones adecuadas al personal - Cada vez que se saque material de un tambor a un recipiente menor debe de

conectarse a tierra

- Tener cantidad suficiente de extintores y que no estén bloqueados

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Conclusión

En conclusión podemos decir que líquidos inflamables. Son mezclas de líquidos o líquidos

que contienen sustancias sólidas en solución o en suspensión (pinturas, barnices, lacas, etc.,

por ejemplo, siempre que no se trate de sustancias incluidas en otras clases por sus

características peligrosas) que desprenden vapores inflamables a una temperatura no superior

a 61ºC en ensayos con crisol cerrado o no superior a 65,5ºC en ensayos con crisol abierto de

acuerdo al D.S. 382, los cuales clasificaremos dependiendo del puto de inflamabilidad en tres

categorías:

3.1 Punto de inflamabilidad bajo (inferior a -18º C).

3.2 Punto de inflamabilidad medio (igual o superior a -18º C e inferior a 23º C)

3.3 Punto de inflamabilidad alto (igual o superior a 23º C e inferior a 61º C)

Y así determinar de qué forma debemos manejar estas sustancias para su transporte y

distribución, tomando las medidas preventivas para evitar daños al medio ambiente y a la

población como en el caso antes ya mencionado sobre derramamiento de estas sustancias.

Bibliografía.

• DS 594/99: Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en

los lugares de Trabajo.

• Nch 382 Of. 2004. Sustancias Peligrosas. Terminología y Clasificación General.

• Nch 2120 Of. 2004. 1 al 9. Sustancias Peligrosas.

• Nch 2190 Of. 2003.- Distintivos para información de riesgos.

• Nch 2245 Of. 2003.- Hoja de Datos de Seguridad.

• Nch 1411/4-2001: Señales de Seguridad para identificación de riesgos de materiales

(NFPA 704).

http://www.periodismoenlared.com/derrame-petroleo-chile

www.comsergesa.com.mx/SLR.doc

http://www.enap.cl/