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PRESENTACIÓN
El mejoramiento constante es el signo del nuevo milenio, ya que impacta tanto a las organizaciones privadas como a las públicas que enfrentan la necesidad de adaptar e innovar sus marcos de
actuación, a fin de ser más eficaces y cumplir de mejor manera los fines que representa.
El Gobierno del Estado de Durango no se encuentra ajeno a los cambios y transformaciones que exige nuestra sociedad, la reforma del Estado y de la administración pública, requieren de
procesos modernizadores que involucren no sólo el cambio jurídico y tecnológico, también se precisa incorporar al elemento humano en este proceso transformador, ya que ahora el servidor público es al
mismo tiempo impulsor y objeto del cambio, así como factor protagónico de una nueva cultura de la administración pública más
eficiente y cercana al ciudadano, lo que propicia el desarrollo integral de la sociedad.
En este contexto, la Secretaría de Educación del Estado de Durango y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, a través de las Secciones 12, 35 y 44, han establecido los
Lineamientos Generales de Carrera Administrativa para los Trabajadores de Apoyo y Asistencia a la Educación, con el firme propósito de ofrecer un sistema de promoción horizontal que
estimule la preparación, actualización y la experiencia del personal de apoyo y asistencia a la educación básica, quienes comparten la preocupación por ofrecer un servicio de calidad en beneficio del
ámbito educativo. Este sistema busca elevar la calidad y el nivel en la
prestación de los servicios administrativos y de asistencia, así como el mejoramiento de las condiciones de vida de los trabajadores al servicio de la educación, lo que permitirá movilidad salarial y laboral
dentro de su propia categoría, manteniendo vigente el derecho escalafonario de los trabajadores, lo que constituye un
reconocimiento y estímulo a su valiosa participación dentro del servicio administrativo, técnico, manual y profesional de asistencia a la educación; iniciativa que constituye un paso firme hacia la
modernización educativa estatal.
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OBJETIVOS
1.1. Objetivo General
Establecer las bases de organización, funcionamiento,
desarrollo, control y evaluación del desempeño administrativo, técnico, manual y profesional de los trabajadores de apoyo y asistencia a la educación, a fin de contribuir a elevar la calidad de la
educación. 1.2. Objetivos Específicos
1.2.1. Elevar la calidad en la prestación de los servicios
administrativos, técnicos, manuales y profesionales en
asistencia a la educación, reconociendo y estimulando la labor de los trabajadores en cada una de sus vertientes.
1.2.2. Reconocer el desempeño en el servicio, preparación
académica, experiencia, puntualidad y asistencia de los trabajadores al servicio de la educación.
1.2.3. Fortalecer el interés por la actualización y capacitación,
promoviendo mejores niveles de remuneración a los trabajadores de apoyo y asistencia a la educación.
1.2.4. Otorgar incentivos que estimulen la productividad, el
desempeño eficaz y eficiente, la permanencia productiva y estabilidad laboral del trabajador en su empleo.
1.2.5. Generar acciones que promuevan una más amplia participación y corresponsabilidad en la tarea educativa que, junto con los docentes, se presta a los
duranguenses. 1.2.6. Propiciar la permanencia y eficiencia en la prestación de
los servicios educativos.
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TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
Los Lineamientos Generales de Carrera Administrativa, para los Trabajadores de Apoyo y Asistencia a la Educación, son de orden
público e interés general; su objeto es establecer las bases de organización, funcionamiento, desarrollo, control y evaluación del desempeño administrativo, técnico, manual y profesional de los
trabajadores de apoyo y asistencia a la educación, a fin de elevar la calidad de la educación.
La actuación de los servidores públicos sujetos a los efectos
de estos lineamientos se orienta por un conjunto de valores y principios que fomentan una nueva cultura del servicio educativo, sustentada en lo siguiente:
I. Legalidad. El trabajador de apoyo y asistencia a la educación
deberá actuar siempre y ante cualquier circunstancia con
respeto y estricto apego a las disposiciones contenidas en las distintas leyes, reglamentos, manuales y normatividad aplicables en el ejercicio de las funciones a su cargo.
II. Honradez. Todo trabajador deberá asumir una conducta proba en ejercicio de su actuación, la cual estará libre de desvíos de cualquier naturaleza.
III. Vocación de Servicio. Su desempeño deberá obedecer a prioridades que se deriven de las necesidades educativas y
mostrar de manera permanente una respuesta expedita, diligente y cordial, propiciando con ello mayor calidad de atención en el trato cotidiano que se ofrece a la ciudadanía.
IV. Eficiencia. Se deberá actuar con efectividad en su encargo y demostrar capacidad para cumplir las tareas, programas, los objetivos y metas establecidas, con oportunidad y calidad.
V. Imparcialidad. En el ejercicio de sus funciones, se deberá mantener una conducta alejada de intereses de grupo o de tipo personal.
VI. Lealtad. Todos los trabajadores al servicio de la educación deberán asumir con decisión el compromiso de ser institucional, disciplinado y respetuoso en las actividades
encomendadas. Con estos principios se pretende fomentar el desarrollo
institucional mediante el desempeño eficiente del trabajador,
mejorando permanentemente la imagen de los servicios educativos y del servicio público en general.
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TÍTULO SEGUNDO ÓRGANOS DE OPERACIÓN DEL SISTEMA
2.1. Comisión Estatal Mixta
Es el máximo Órgano de Gobierno y el único facultado para emitir normas, lineamientos, disposiciones y acuerdos, así como para supervisar y evaluar el desarrollo de la Carrera Administrativa en el
Estado. 2.1.1. Estructura
2.1.1.1. La Comisión Estatal Mixta de Carrera Administrativa estará integrada por igual número de representantes de la Secretaría de Educación
del Estado de Durango (SEED) y de los Comités Ejecutivos Estatales de las Secciones 12, 35 y 44 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la
Educación (SNTE). 2.1.1.2. Será presidida a la vez por un Coordinador de la
SEED y otro del SNTE.
2.1.1.3. Contará con dos Secretarios responsables de las relatorías, uno por parte de la SEED y otro del SNTE.
2.1.1.4. La Comisión quedará integrada con un máximo de 12 miembros: 6 por la parte sindical (SNTE) y 6 de
la parte oficial (SEED).
2.1.2. Atribuciones y responsabilidades 2.1.2.1. Respetar los principios establecidos en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación y
demás disposiciones legales vigentes emitidas por las instancias que regulan el Sistema Educativo Nacional, así como los presentes
Lineamientos Generales de Carrera Administrativa.
2.1.2.2. Sesionar de conformidad con una agenda
establecida y levantar las minutas correspondientes.
2.1.2.3. Sesionar en reunión ordinaria bimestral, que no
podrá ser aplazada en más de dos ocasiones.
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2.1.2.4. Sesionar en reuniones extraordinarias cuando lo considere necesario alguna de las partes, que deberán comprometerse a asistir a cada una de
ellas. 2.1.2.5. Fundamentar la toma de decisiones en la
discusión, el análisis y el consenso entre los miembros de la Comisión.
2.1.2.6. Emitir normas, lineamientos, disposiciones y
acuerdos de aplicación estatal sobre Carrera Administrativa, los cuales serán signados.
2.1.2.7. Elaborar el cronograma de actividades,
convocatorias y documentos de orientación, para cada una de las etapas del Programa, así como asegurar su distribución a los órganos de
evaluación y al personal de apoyo y asistencia a la educación.
2.1.2.8. Distribuir el presupuesto otorgado por el
Estado, con base en criterios de equidad. 2.1.2.9. Tomar las medidas que se consideren
pertinentes cuando las decisiones de las otras
instancias del Programa no se apeguen a lo establecido en los lineamientos normativos.
2.1.2.10. Asesorar y supervisar a los órganos de
evaluación. 2.1.2.11. Sesionar, una vez iniciada la dictaminación, el
tiempo necesario hasta concluir todo el proceso. 2.1.2.12. Garantizar que la dictaminación se lleve a cabo
con fundamento en la normatividad, previa
revisión de los expedientes de los participantes a incorporarse o promoverse.
2.1.2.13. Dictaminar, con base al presupuesto autorizado,
el número de plazas a incorporar o promover en cada etapa, de acuerdo con los resultados de la evaluación global.
2.1.2.14. Publicar en los diarios informativos de mayor circulación en el Estado, los resultados de la dictaminación, en los tiempos establecidos en el
cronograma de actividades. 2.1.2.15. Recibir las inconformidades derivadas de la
publicación de los resultados.
2.1.2.16. Informar por escrito a los participantes inconformes sobre el resultado definitivo de su
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inconformidad, en un plazo no mayor de 15 días hábiles.
2.1.2.17. Elaborar y entregar a los participantes los
dictámenes individuales de incorporación y promoción, en un plazo no mayor de 30 días
hábiles, una vez concluido el proceso de dictaminación.
2.1.2.18. Resolver las irregularidades e inconformidades
que no puedan ser solucionadas por los órganos de evaluación.
2.1.2.19. Informar sobre los procesos de pago a los
Administrativos, Técnicos, Manuales y Profesionales en Asistencia a la Educación incorporados y promovidos en Carrera
Administrativa; verificándose que el mismo se efectúe conforme a los resultados de la dictaminación.
2.1.2.20. Promover ante la autoridad facultada, sancionar administrativamente a quien siendo responsable del envío, omita hacerlo en tiempo y forma a la Comisión
Estatal Mixta.
2.2. Órgano de Evaluación
2.2.1. Estructura y funciones
2.2.1.1. Se encargará de operar y difundir el Programa y
los documentos complementarios en los centros y áreas de trabajo.
2.2.1.2. Proporcionará información a los participantes de
Carrera Administrativa que deseen incorporarse o promoverse.
2.2.1.3. Llevarán a cabo la evaluación de los factores:
Antigüedad, Preparación Académica y Desempeño Laboral.
2.2.1.4. La estructura del Órgano de Evaluación, en las
cuatro vertientes, estará constituido por el Director
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del Centro de Trabajo o el Responsable del Área más la Figura Sindical.
2.2.1.5. La integración y el funcionamiento de los órganos
de evaluación se apegarán a lo establecido en los instructivos correspondientes.
2.2.2. Atribuciones y Responsabilidades
2.2.2.1. Conocer y respetar los lineamientos normativos
y documentos complementarios que se emitan sobre el programa por la Comisión Estatal Mixta.
2.2.2.2. Integrar el Órgano de Evaluación para cada
etapa, mediante una reunión celebrada y el levantamiento del acta correspondiente (Anexo 7).
2.2.2.3. Difundir el cronograma de actividades y dar a conocer la convocatoria entre los participantes de cada etapa.
2.2.2.4. Inscribir sólo a los participantes que cumplan todos los requisitos.
2.2.2.5. Verificar que la cédula de inscripción esté
debidamente llenada y que los datos sean correctos.
2.2.2.6. Comprobar que los documentos que entregue el
participante sean copia fiel de los originales y tengan validez oficial.
2.2.2.7. Promover entre los participantes el interés por conocer y consultar los lineamientos vigentes.
2.2.2.8. Integrar el expediente de los participantes de
su Centro o Área de Trabajo. 2.2.2.9. Resguardar y mantener actualizados los
expedientes de los participantes.
2.2.2.10. Enviar, por medio de la autoridad educativa inmediata superior de los participantes, el expediente completo a la Comisión Estatal Mixta
(Anexo 8). 2.2.2.11. Turnar a la Comisión Estatal Mixta las
inconformidades que no pueda resolver, para
que se determine lo procedente.
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TÍTULO TERCERO PARTICIPANTES DEL PROCESO
3.1. Podrán participar en Carrera Administrativa todo el personal de Educación Básica que cuente con plaza de nombramiento
definitivo (código 10), interino ilimitado (código 95 sin titular) y nombramiento alta inicial (código 09), adscrito a alguna(s) de las siguientes áreas:
a) Educación Inicial. b) Educación Preescolar.
c) Educación Primaria. d) Educación Indígena. e) Secundaria General. f) Secundaria Técnica.
g) Educación Física. h) Educación Especial. i) Educación Extraescolar.
j) Oficinas Centrales, Subsecretaría Región Laguna y Oficinas Regionales.
3.2. Además de laborar en alguna de las áreas anteriores, es necesario que el participante se desempeñe en la función propia de alguna de las cuatro vertientes contempladas en
estos Lineamientos Generales. 3.3. El personal Administrativo, Técnico, Manual y Profesional en
Asistencia a la Educación que desee incorporarse o promoverse deberá: 3.3.1. Cubrir antigüedad mínima de tres años de servicio,
cumplidos al 1 de septiembre del año en que solicite su incorporación a Carrera Administrativa.
3.3.2. Llenar la cédula para ingreso o promoción, según sea
el caso (Anexo 10). 3.3.3. Participar en la evaluación de todos los factores
propios de la vertiente.
3.3.4. Obtener en la evaluación global el puntaje requerido para la etapa correspondiente.
3.4. La participación en Carrera Administrativa es voluntaria e individual, por lo que el trabajador tiene el compromiso de conocer y respetar los lineamientos normativos y acatar las
disposiciones de las diferentes instancias que regulan el Programa.
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TÍTULO CUARTO
NIVELES DE PROMOCIÓN HORIZONTAL
Carrera Administrativa constituye la creación de un sistema
de promoción horizontal con sus propias reglas y modalidades, que comprende nuevos niveles en las categorías de los Trabajadores Administrativos, Técnicos, Manuales y Profesionales de Asistencia a
la Educación, los cuales son: N1, N2, N3, N4 y N5.
4.1. Características de los niveles de promoción
4.1.1. La diferencia porcentual entre cada nivel de sueldo
tabular (01 y 07) de la plaza inicial de cada categoría y
el N5 equivale al 100%. 4.1.2. Los despegues porcentuales entre los niveles se
detallan en el anexo No. 6.
4.1.3. El estímulo económico que proporciona cada nivel de Carrera Administrativa, representa un ingreso significativo para el trabajador, aplicándose el
despegue de los porcentajes sobre el sueldo tabular en los conceptos 07 (federal) y 01 (estatal), en relación con la plaza inicial.
4.1.4. Los niveles de Carrera Administrativa no modifican las categorías y plazas de los diferentes niveles y
modalidades de Educación Básica, ni del Sistema Escalafonario Vertical.
4.1.5. Carrera Administrativa inicia con el nivel N1.
4.1.6. Para incorporarse al nivel N1, se deberá cumplir con los requisitos establecidos en el Título Tercero.
4.1.7. Los niveles de promoción del Programa N2, N3, N4 y
N5 son consecutivos y seriales, es decir, los trabajadores sólo podrán acceder al nivel inmediato superior por promoción.
4.1.8. Para promoverse en el Programa, además de lo establecido en el Título Tercero, los trabajadores deberán:
4.1.8.1. Cumplir con los años de permanencia efectiva en el nivel de Carrera Administrativa en que están ubicados (Anexo 1).
4.1.8.2. Presentar el dictamen de incorporación o, en su caso, de la última promoción.
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TÍTULO QUINTO VERTIENTES DE PARTICIPACIÓN
Carrera Administrativa cuenta con cuatro vertientes de participación: Administrativos, Técnicos, Manuales y de Servicio, y
Profesionistas (Anexo).
5.1. Primera Vertiente: Administrativos
5.1.1. Son los trabajadores que desempeñan una función administrativa en apoyo a la actividad educativa.
Categoría Puesto
A 01803 Administrativo Especializado.
A01E05 Auxiliar de Administrador.
A 01806 Analista Administrativo.
A 02804 Promotor.
A 03803 Secretaria de Apoyo.
CF 04805 Secretaria Ejecutiva “D”.
CF 04806 Secretaria Ejecutiva “C”.
CF 04807 Secretaria Ejecutiva “B”.
CF 04808 Secretaria Ejecutiva “A”.
CF 07817 Responsable de Fondos y Valores.
CF 34844 Asistente de Almacén.
A 03804 Secretaria “C”.
A 01820 Ayudante Administrativo.
A 01810 Contralor Administrativo Escolar.
CF 07805 Manejador de Fondos y Valores.
CF 07810 Auxiliar de Manejador de Valores.
A 03806 Secretaria “A”.
A 02802 Agente de Información.
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5.2. Segunda Vertiente: Técnicos
5.2.1. Son los trabajadores que desempeñan una función
específica de acuerdo al tipo de nombramiento. Categoría Puesto
ED02810 Tutor Escolar
CF12803 Coordinador de Técnicos en Computación.
CF12804 Analista Programador “B”.
CF12805 Analista Programador “A”.
CF12812 Programador Especializado.
CF33892 Técnico Superior.
CF34810 Analista de Administración.
CF33865 Jefe de Unidad Radiofonía Bilingüe.
CF33821 Especialista Técnico.
CF33828 Productor Radiofónico Bilingüe.
CF21807 Analista Profesional.
CF33834 Técnico Especializado.
CF12825 Analista en Sistemas Macrocomputacionales.
T 03803 Técnico Medio.
T 03804 Especialista Técnico.
T 05808 Técnico Bibliotecario.
T 09803 Enfermera Especializada.
T 14805 Puericultor.
T 16803 Laboratorista
T 26803 Trabajadora Social.
T 06806 Operador de Equipo.
T 26805 Ayudante de Trabajo Social.
T 08803 Dibujante.
T 17804 Operador de Equipo Especializado.
T 22823 Operador Especializado en Equipo de Audio, Radio y T.V.
T 18817 Especialista en Equipo de Radio y T.V.
T 13807 Laboratorista en Fotografía.
T 05809 Asistente Bibliotecario.
T 13803 Fotógrafo.
T14807 Niñera Especializada.
T06803 Coordinador de Técnicos en Computación.
S05806 Técnico en Imprenta.
S10802 Técnico en Mantenimiento de Equipo de Comunicación
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5.3. Tercera Vertiente: Manuales y de Servicio
5.3.1. Son los trabajadores que se desempeñan en las
siguientes funciones: a) Mantenimiento de muebles e inmuebles.
b) Aseo. c) Elaboración de alimentos. d) Traslado.
Categoría Puesto
CF 03809 Choferes S. Ps.
S 01803 Oficial de Servicios y Mantenimientos.
S 02804 Cocinera.
S 02805 Ecónomo.
S 03802 Chofer.
S 05805 Técnico Medio de Imprenta.
S 08802 Oficial de Mantenimiento Mecánico.
S 09801 Electricista.
S 01807 Asistente de Servicios en Plantel.
S 01808 Asistente de Servicios y Mantenimiento.
S 01812 Auxiliar de Servicios y Mantenimiento en Plantel.
S 02810 Asistente de Cocina.
C 01808 Asistente en Técnicas de la Comunicación.
C 02802 Operador de Equipo de Comunicación.
S 01804 Jefe de Servicios y Mantenimiento.
S 05849 Operador de Máquinas de Reproducción.
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5.4. Cuarta Vertiente: Profesionistas
5.4.1. Son aquellos que necesitan acreditar que poseen un
título profesional debidamente registrado, para desempeñar el puesto en el que fueron nombrados.
Categoría Puesto
P 02802 Médico.
P 04803 Psicólogo.
E 2683 Trabajo Social con Licenciatura.
P 01801 Abogado.
P 03802 Dentista Cirujano.
P 04802 Psicometría.
CF 08822 Supervisor.
CF 12814 Especialista en Teleinformática.
CF 21856 Profesional Dictaminador de Manejo de Fondos y Valores.
CF 21859 Coordinador de Prof. Dictaminadores.
CF 21858 Profesional Dictaminador Especializado en Manejo de Fondos.
CF 34806 Supervisor Administrativo.
A01807 Jefe de oficina
CF34813 Jefe de oficina
E2331 Prefecto “A”
E2333 Prefecto “B”
E2335 Prefecto “C”
T22818 Jefe de oficina técnico en radio y T.V.
TÍTULO SEXTO
SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
El sistema de Evaluación de Carrera Administrativa tiene
como finalidad determinar las características, requisitos y perfiles que deben cubrir los trabajadores Administrativos, Técnicos, Manuales, de Servicio y Profesionistas en Asistencia a la Educación,
para incorporarse o promoverse en el Programa.
6.1. El Sistema de Evaluación considera cuatro factores por cada
vertiente.
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6.2. A cada uno de los factores que integran el Sistema de Evaluación le corresponde un puntaje específico.
6.3. Los factores son: Antigüedad, Preparación Académica, Desempeño Laboral, Acreditación de Cursos de Capacitación y
Actualización Profesional.
6.3.1. Antigüedad. Son los años de servicio efectivos del
trabajador, desempeñados en Educación Básica de los subsistemas educativos federalizado y estatal.
6.3.1.1. Para acceder al nivel de Carrera
Administrativa, es necesario acreditar los años de servicio efectivos dentro de los Subsistemas Federalizado y/o Estatal.
6.3.1.2. La acreditación de este requisito se hará mediante la presentación de una constancia de prestación de servicios,
expedida por la Dirección de Recursos Humanos, y se evaluará en función del Anexo 5.
6.3.2. Preparación Académica. Este factor consiste en la
acreditación documental de los grados académicos
validados por la autoridad educativa correspondiente, que hayan adquirido los trabajadores del Subsistema
de Educación Básica, para cubrir el perfil profesional de la función que están desempeñando.
6.3.2.1 Los documentos para acreditar el grado
académico de los trabajadores que
aspiren a ingresar o promocionarse a Carrera Administrativa son los que se detallan en el Anexo 4.
6.3.3. Desempeño Laboral. Es la suma de acciones que
cotidianamente realiza para interactuar con
responsabilidad como personal de apoyo y asistencia en el proceso educativo. Se han diseñado instrumentos que permiten evaluar este factor,
tomando en cuenta aquellos elementos que el
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trabajador utiliza en sus labores diarias, mediante la apreciación y valoración de los factores siguientes:
6.3.3.1. Calidad y cantidad del
trabajo. Son aquellas labores encomendadas que el
trabajador realiza con eficiencia y eficacia, obteniendo los resultados satisfactorios que
requiere el servicio de acuerdo a su responsabilidad asignada.
6.3.3.2. Disciplina. Comprende el
cumplimiento de reglas y disposiciones establecidas, que permiten orientar con precisión
la adecuada marcha de su área o Centro de Trabajo.
6.3.3.3. Trabajo de equipo. Se refiere
a la habilidad que muestra el trabajador para apoyar y colaborar con un equipo en la
realización de las funciones encomendadas, garantizando el logro de los objetivos
determinados para todo el personal de su área de trabajo.
6.3.3.4. Disponibilidad. Es el grado de participación del trabajador en las labores cotidianas, así como
en las que requieren un esfuerzo extra.
6.3.3.5. Puntualidad y asistencia. La
puntualidad es la cualidad de asistir en el horario establecido para desempeñar su trabajo, de
conformidad con el reglamento correspondiente. La asistencia comprende la concurrencia
cotidiana del trabajador al Centro de Trabajo en que presta sus servicios, respetando las
inasistencias a que tiene derecho (Anexo 3).
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6.3.4. Acreditación de Cursos de Capacitación y
Actualización Profesional. Con el propósito
de resolver la falta de capacitación y actualización profesional para el personal de
apoyo y asistencia a la educación básica, será obligación de la Comisión Estatal Mixta autorizar programas de capacitación y
actualización, cuya calendarización no afecte al servicio, que sean adecuados a las funciones específicas de las cuatro
vertientes y que se apeguen a la convocatoria respectiva. 6.3.4.1. Para efectos de Carrera
Administrativa, se ha contemplado programar cursos de capacitación y actualización
profesional en cada una de las oficinas regionales y/o sindicales en el Estado, impartiéndose de
acuerdo con lo que determinen las autoridades oficiales (SEED) y sindicales (Secciones 12, 35 y
44 del SNTE). Estos cursos serán considerados para la
incorporación o promoción en los niveles de Carrera Administrativa, mediante una
constancia de acreditación. 6.3.4.2. Las instancias responsables
de impartir los cursos de
capacitación y actualización del programa, deberán sujetarse a los criterios correspondientes
que emita la Comisión Estatal Mixta.
6.4. La ponderación de los factores señalados, como porcentajes de la evaluación total, se presenta en el Anexo 2.
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TÍTULO SÉPTIMO DICTAMINACIÓN DEL PROCESO
Se entiende por dictaminación el proceso mediante el cual la Comisión Estatal Mixta determina, con base en los resultados de la
evaluación global y en la normatividad vigente, cuáles trabajadores deben ser incorporados o promovidos. La dictaminación deberá realizarse con apego al cronograma de actividades.
7.1. Acciones previas a la Dictaminación
7.1.1. Cuando el trabajador participante considere que la puntuación asentada en el reporte de los resultados de la evaluación no corresponde con los datos asentados
en su cédula de inscripción, podrá solicitar su revisión en los plazos establecidos.
7.1.2. La Comisión Estatal Mixta deberá revisar que los
trabajadores susceptibles de incorporarse o promoverse en el programa, cubran los requisitos normativos, así como verificar los respaldos
documentales. 7.1.3. Distribución y aplicación de los recursos autorizados.
7.1.3.1. La Comisión Estatal Mixta aplicará el presupuesto autorizado por el Estado, en la dictaminación de cada etapa.
7.1.3.2. La Comisión Estatal Mixta deberá separar del presupuesto asignado el monto necesario para atender compromisos derivados de
incidencias tales como recategorizaciones. 7.1.3.3. La Comisión Estatal Mixta deberá prever los
recursos necesarios para cubrir las
inconformidades que se presenten. 7.1.3.4. Con los recursos que se liberen por
conceptos como ceses, jubilaciones,
anuencias y defunciones de los trabajadores ya incorporados, en alguno de los niveles de Carrera Administrativa, se conformará una
bolsa de recursos que deberán ser empleados en el Programa.
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7.2. Incorporaciones
7.2.1. Para que los trabajadores puedan incorporarse a
Carrera Administrativa, es necesario que cumplan con los requisitos del Título Tercero.
7.2.2. Evaluación Global. 7.2.2.1. Para efectuar la dictaminación es
indispensable que la Comisión Estatal Mixta
considere los resultados obtenidos en la evaluación global.
7.2.2.2. Una vez obtenido el ingreso al Programa, el
trabajador no podrá utilizar el puntaje de esa evaluación global para movimientos posteriores.
7.3. Promociones
Para que el trabajador incorporado a Carrera Administrativa
pueda promoverse, deberá cumplir con lo establecido en el Título Tercero, cubrir los años mínimos de permanencia correspondiente y obtener el puntaje requerido para esa etapa.
7.3.1. Permanencia. 7.3.1.1. Se entiende como años efectivos de
permanencia, aquellos acumulados por el
trabajador en un determinado nivel de Carrera Administrativa, siempre y cuando no
haya incurrido en alguna de las incidencias que la anulan, marcadas en el Título Octavo.
7.3.1.2. Cuando el trabajador incurra en alguna de
las incidencias que afecten su participación en un ciclo de evaluación, ese año no contará para su permanencia.
7.3.1.3. Para efectos de promoción, el trabajador deberá realizar su evaluación global con la cual podrá participar para promoverse, una
vez cubiertos los años de permanencia y los demás requisitos.
7.3.1.4. Obtenido el dictamen de promoción, el
trabajador no podrá utilizar los puntajes de evaluaciones globales alcanzados durante su permanencia en el nivel o niveles
antecedentes para promociones futuras.
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7.3.1.5. Si el trabajador cambia de categoría, nivel, modalidad educativa y/o vertiente, deberá cubrir los requisitos necesarios y alcanzar
con su nueva actividad el puntaje requerido en esa etapa para obtener su promoción.
7.4. Inconformidades
El trabajador tiene el derecho a inconformarse ante la Comisión Estatal Mixta, cuando considere que las decisiones o el dictamen no corresponden a su documentación probatoria y
desempeño en el proceso. Este recurso debe ejercerlo en tiempo y forma.
7.4.1. El trabajador podrá inconformarse cuando considere
que en su evaluación global, alcanzó el puntaje requerido para incorporarse o promoverse en el nivel y la modalidad que le corresponde, y no lo ha logrado.
7.4.2. El trabajador contará con un término de 15 días hábiles, a partir de la publicación de los resultados, para presentar su inconformidad por escrito a la
Comisión Estatal Mixta, la cual dará respuesta en un plazo no mayor de 15 días hábiles, con carácter definitivo e irrevocable (Anexo 9).
7.5. Pago en Carrera Administrativa
La Comisión Estatal Mixta deberá informar sobre el proceso de pago de incorporaciones y promociones, verificando que el mismo se efectúe conforme a los resultados de la dictaminación.
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TÍTULO OCTAVO DE LAS INCIDENCIAS LABORALES
8.1. Conservación y Pérdida de Carrera Administrativa
8.1.1. El nivel de Carrera Administrativa se conservará cuando el trabajador cambie de vertiente, función, categoría, nivel o modalidad dentro del subsistema de
Educación Básica, siempre y cuando su plaza se conserve como trabajador Administrativo, Técnico, Manual o Profesional en Asistencia a la Educación.
8.1.2. Será motivo de pérdida de Carrera Administrativa. 8.1.2.1. Ocupar una categoría que no esté
considerada en el catálogo autorizado para
el Programa. 8.1.2.2. Renunciar de manera voluntaria. 8.1.2.3. Falsificar documentos.
8.1.2.4. Realizar acciones que interfieran u obstaculicen el desarrollo de los diversos procesos de Carrera Administrativa.
8.1.2.5. Promocionarse para ocupar otra categoría sin cumplir con el perfil requerido.
8.2. Cuando un participante no cuente con documentación probatoria de su preparación académica, se le otorgará el
mínimo puntaje de su vertiente, si cuenta con 15 ó más años de servicio.
8.3. Cambios de adscripción de Centro o Área de Trabajo
8.3.1. Los trabajadores que cambien de Centro o Área de
Trabajo serán evaluados en el centro de trabajo de adscripción al momento de la evaluación.
8.4. Acuerdo Presidencial
8.4.1. El trabajador con Acuerdo Presidencial 529 no podrá
participar en Carrera Administrativa. Si están incorporados al Programa, continuarán percibiendo el estímulo correspondiente al nivel obtenido, pero no
podrán promoverse, excepto cuando pasen a realizar
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actividades que permitan ser evaluadas de manera global en alguna de las cuatro vertientes.
8.5. Cambio de Actividad por dictamen del ISSSTE
8.5.1. Los trabajadores que obtengan cambio de actividad por dictamen del ISSSTE, no podrán participar en el Programa, excepto cuando pasen a realizar actividades
que permitan ser evaluadas de manera global en alguna de las cuatro vertientes.
8.5.2. Los trabajadores incorporados al Programa que
obtengan cambio de actividad por dictamen del ISSSTE, continuarán percibiendo el concepto de Carrera Administrativa, pero no podrán promoverse,
excepto cuando pasen a realizar actividades que permitan ser evaluadas de manera global en alguna de las cuatro vertientes.
8.6. Incapacidad Total y Permanente (I.T.P.) por dictamen del ISSSTE
8.6.1. Los trabajadores que obtengan incapacidad total y
permanente dictaminado por el ISSSTE, no podrán
participar para ser incorporados en el Programa de Carrera Administrativa.
8.6.2. Los trabajadores incorporados al Programa que obtengan incapacidad total y permanente por dictamen del ISSSTE, continuarán percibiendo el
concepto de Carrera Administrativa, pero no podrán promoverse, sin excepción. (Este punto es exclusivo para trabajadores del subsistema Estatal).
8.7. Licencias sin goce de sueldo o ausencias injustificadas
8.7.1. Los trabajadores que aspiren a ingresar al Programa y que durante el ciclo de evaluación incurran en ausencias injustificadas por 15 días o más u obtengan
licencias sin goce de sueldo por ese mismo período, no podrán participar en esa etapa del Programa.
8.7.2. A los trabajadores incorporados a Carrera
Administrativa que incurran en las situaciones anteriores, no se les considerarán sus resultados de la
22
evaluación global y el ciclo en cuestión no se les acreditará como de permanencia.
8.8. Licencias médicas o licencias con goce de sueldo
8.8.1. Los trabajadores que aspiren a incorporarse o promoverse en el Programa y durante ese ciclo reciban licencias médicas o licencias con goce de
sueldo por 15 días o más, podrán evaluarse en esa etapa, asumiendo que su ausencia podría afectar los puntajes de la evaluación global.
8.8.2. Si la suma de licencias médicas en un ciclo escolar excede del 50% de los días hábiles, la participación de esta etapa será cancelada, conservando puntajes
anteriores; el ciclo en cuestión se considerará como de permanencia, siempre y cuando no exista circunstancia que lo anule.
8.9. Vacantes definitivas o por licencia
8.9.1. Cuando se generen vacantes definitivas de plazas incorporadas al Programa, al asignarse nuevamente no deberán incluir el concepto de Carrera Administrativa,
el cual se adicionará a la bolsa para aplicarse en la dictaminación.
8.9.2. En caso de que existan vacantes por licencia sin goce de sueldo de sus titulares, las plazas se podrán asignar de manera provisional sin el concepto de Carrera
Administrativa, quedando el nivel identificado con su titular para que se asigne en el momento en que reanude sus labores.
8.10. Jubilaciones
8.10.1. Los trabajadores incorporados que reciban licencias prejubilatorias deberán continuar percibiendo la remuneración del nivel obtenido durante ese periodo.
A partir de que causen baja y se les otorgue la pensión por jubilación, el concepto de Carrera Administrativa deberá integrarse a la bolsa
correspondiente.
23
8.11. Cese o defunción
8.11.1 El trabajador incorporado que sea cesado y se
reintegre al servicio no podrá recuperar automáticamente su nivel del Programa.
8.11.2 En caso de defunción del trabajador incorporado o promovido en el programa, el concepto de Carrera Administrativa deberá integrarse a la bolsa
correspondiente. 8.12. Si el trabajador no se evalúa en alguno de los cuatro
factores, su puntaje global será cero en la etapa de evaluación, mas su permanencia se conservará, salvo que incurra en alguna incidencia que lo anule.
8.13. Cuando el trabajador cambie de vertiente conservará el nivel
que ostente al momento, pero perderá la permanencia y los
puntajes globales obtenidos, iniciando su permanencia en la vertiente.
8.14. Cuando el trabajador cambie de función, categoría, nivel y modalidad al interior de su vertiente, conservará la permanencia y los puntajes globales obtenidos.
8.15. Las violaciones a los preceptos establecidos en el reglamento
de Carrera Administrativa, por parte del órgano de evaluación y participantes en este programa darán lugar a:
a) Extrañamientos y amonestaciones verbales y escritas
b) Notas malas en la hoja de servicios
c) Perdida de derechos para participar en el Programa
En los casos de infracciones no previstos, se aplicará lo
que determine la Comisión Estatal Mixta de Carrera Administrativa.
24
TRANSITORIOS 1. Una vez que entre en vigor el Reglamento Nacional de Carrera
Administrativa, se efectuarán las adiciones y/o modificaciones al Reglamento Local, por la Comisión Estatal Mixta.
2. Lo no previsto en los presentes Lineamientos Generales de
Carrera Administrativa será resuelto por la Comisión Estatal
Mixta. 3. Los presentes Lineamientos de Carrera Administrativa entrarán
en vigor con sus modificaciones a partir de la Novena Etapa del Proceso.
25
ANEXOS
ANEXO 1 Número de años de permanencia en la función de apoyo y
asistencia a la educación para participar en Carrera Administrativa
Años de permanencia
Vertiente
Nivel 1 Nivel 2 Nivel 3 Nivel 4 Nivel 5 Total
1. Administrativos. 3 3 2 2 0 10
2. Técnicos. 3 3 2 2 0 10
3. Manuales y de Servicios.
3 3 2 2 0 10
4. Profesionistas. 3 3 2 2 0 10
ANEXO 2
Ponderación de los factores de evaluación
Vertiente Puntuaciones
Antigüedad Preparación Académica
Desempeño Laboral
Cursos de capacitación
Total
1. Administrativos. 25 30 20 25 100
2. Técnicos. 25 30 20 25 100
3. Manuales y de Servicio. 35 15 30 20 100
4. Profesionistas. 25 30 20 25 100
26
ANEXO 3
GOBIERNO DEL ESTADO DE DURANGO
SECRETARIA DE EDUCACION
SECCIONES 12, 35 Y 44 DEL SNTE.
COMISION ESTATAL MIXTA DE CARRERA ADMINISTRATIVA
CÉDULA DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO LABORAL
CICLO ESCOLAR: 2009 - 2010 NOVENA ETAPA
Se entiende por Desempeño Laboral del Trabajador, la suma de acciones que cotidianamente realiza para interactuar con responsabilidad como personal de apoyo y asistencia en el proceso educativo. La evaluación de estos factores se realizará por los integrantes del Órgano de Evaluación, constituido por el Director del plantel o el Responsable del Centro de Trabajo y el Representante Sindical.
Esta evaluación deberá realizarse con toda objetividad y veracidad observando siempre los principios de Justicia a que tiene derecho todo trabajador.
DATOS DEL TRABAJADOR:
NOMBRE: FILIACIÓN: A CLAVE C.T.: CLAVE PRESUPUESTAL: VERTIENTE DE PARTICIPACIÓN :
A) CALIDAD Y CANTIDAD DE TRABAJO: Son aquellas labores encomendadas que el trabajador realiza con eficiencia y eficacia, obteniendo los resultados satisfactorios que requiere el servicio, de acuerdo a su responsabilidad asignada. Se deberá calificar en una escala del 1 al 4 para las vertientes 1, 2, y 4. Se deberá calificar en una escala del 1 al 6 para la vertiente 3.
B) DISCIPLINA: Comprende el cumplimiento de las reglas y disposiciones establecidas que permiten orientar con precisión la adecuada marcha de su área o centro de trabajo. Se deberá calificar en una escala del 1 al 4 para las vertientes 1, 2, y 4. Se deberá calificar en una escala del 1 al 6 para la vertiente 3. C) TRABAJO EN EQUIPO:
CALIFICACIÓN:
Es la habilidad que muestra el trabajador para apoyar y colaborar con un equipo en la realización de las funciones encomendadas, garantizando el logro de los objetivos determinados de todo el personal de su área de trabajo. Se deberá calificar en una escala de 1 al 4 para las vertientes 1, 2, y 4. Se deberá calificar en una escala del 1 al 6 para la vertiente 3. D) DISPONIBILIDAD:
CALIFICACIÓN:
Es el grado de participación del trabajador en las labores cotidianas, así como en las que se requiere un esfuerzo extra. Se deberá calificar en una escala del 1 al 4 para las vertientes 1, 2, y 4.
CALIFICACIÓN:
CALIFICACIÓN:
27
Se deberá calificar en una escala del 1 al 6 para la vertiente 3. E) PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA:
La puntualidad es la cualidad de asistir en el horario establecido para desempeñar el trabajo, de conformidad con el reglamento correspondiente. La asistencia comprende la concurrencia cotidiana del trabajador al centro de trabajo en que presenta sus servicios, respetando las inasistencias a que tiene derecho. Se deberá calificar en una escala del 1 al 4 para las vertientes 1, 2, y 4. Se deberá calificar en una escala del 1 al 6 para la vertiente 3.
POR EL ÓRGANO DE EVALUACIÓN:
LUGAR Y FECHA DE EVALUACIÓN
DIRECTOR DEL CENTRO DE TRABAJO REPRESENTANTE SINDICAL
O RESPONSABLE DEL ÁREA Firma y sello Firma y sello
FIRMA DE CONFORMIDAD POR EL INTERESADO
CALIFICACIÓN:
PUNTUACIÓN TOTAL:
28
ANEXO 4
Valoración de la preparación académica
No. Presentación de
documentos
Vertiente 1 Vertiente 2 Vertiente 3 Vertiente 4
Administrativos Técnicos Manuales y de
Servicios Profesionistas
15 Profesionistas titulados 30 30 15 30
14
Profesionistas sin concluir proceso de titulación (acta de exámen profesional)
29 29 14.9 29
13 Profesionistas pasantes 28 28 14.8 28
12 Profesionistas inconclusos (más de la mitad de la carrera)
26 26 14.6 26
11 Profesionistas inconclusos (menos de la mitad de la carrera)
25 25 14.5 25
10
Bachillerato, Técnicos y Titulo de Secretaria Ejecutiva y/o Contador Privado con secundaria de 3 años
3 años 2 años
24 23
24 23
14.4 14.2
24 23
9 Bachillerato Abierto y Semiescolarizado
22 22 14 22
8 Bachillerato inconcluso (más de la mitad del plan de estudios)
21 21 13.8 21
7 Bachillerato inconcluso (menos de la mitad del curso)
20.5 20.5 13.7 20.5
6 Comercio con Secundaria
20 20 13.6 20
5
Comercio de: 4 años 3 años 2 años 1 año
18 16 14 13
18 16 14 13
13.4 13.2 13
12.8
18 16 14 13
4 Secundaria y Telesecundaria escolarizada
11 11 12.5 11
3 Secundaria abierta 9 9 12 9
2 Primaria escolarizada 7 7 11 7
1 Primaria abierta 5 5 9 5
Nota: para estudios de Maestría (pasante), 1 punto adicional, Maestría (Titulado) 2 puntos.
29
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA ACREDITAR PREPARACIÓN ACADÉMICA
15. Profesionista Titulado:
Presentar título y/o cédula profesional que acredite nivel de licenciatura. Para los casos excepcionales en donde el trabajador cuente con estudios del nivel de maestría terminada, se otorgará un estímulo de 1 punto adicional para los pasantes y 2 puntos para los titulados.
14. Profesionistas sin concluir proceso de titulación: Será necesario presentar Acta de examen profesional. 13. Profesionista pasante:
Deberá presentar Carta de pasante y certificado de conclusión de estudios. 12. Profesionistas inconclusos (más de la mitad de la carrera): Deberá presentar Certificado parcial con calificaciones que acredite haber
cursado más de la mitad del plan de estudios. 11. Profesionistas inconclusos (menos de la mitad de carrera): Presentara Certificado parcial con calificaciones que acredite haber
cursado menos de la mitad del plan de estudios. 10. Bachillerato y Técnicos duración del plan estudios de 2 y 3 años y titulo de Secretaria Ejecutiva y/o Contador Privado con
secundaria de 3 años. Deberá presentar Certificado oficial de estudios con calificaciones. 9. Bachillerato abierto y/o Semiescolarizado.
Deberá presentar Certificado oficial de estudios con calificaciones. 8. Bachillerato inconcluso (más de la mitad del plan de estudios curso): Presentara Certificado parcial con calificaciones en donde se acredite haber
cursado más de la mitad del plan de estudios. 7. Bachillerato inconcluso (menos de la mitad del plan de estudios): Deberá presentar Certificado parcial con calificaciones que acredite haber
cursado menos de la mitad del plan de estudios. 6. Comercio con secundaria: Presentara su certificado oficial de secundaria y su certificado oficial de
comercio. 5. Comercio duración del plan estudios de 4, 3, 2 y 1 años: Presentara Certificado oficial con calificaciones especificando el plan de
estudios. 4. Secundaria y telesecundaria escolarizada: Presentar Certificado oficial de estudios.
3. Secundaria abierta: Presentar Certificado oficial de estudios. 2. Primaria escolarizada:
Presentar Certificado oficial de estudios. 1. Primaria abierta: Presentar Certificado oficial de estudios.
30
ANEXO 5 Valoración de la Antigüedad
Años Vertiente 1, 2 y 4 Vertiente 3
1 0.83 1.16
2 1.66 2.32
3 2.49 3.48
4 3.32 4.64
5 4.15 5.80
6 4.98 6.96
7 5.81 8.12
8 6.64 9.28
9 7.47 10.44
10 8.30 11.60
11 9.13 12.76
12 9.96 13.92
13 10.79 15.08
14 11.62 16.24
15 12.45 17.40
16 13.28 18.56
17 14.11 19.72
18 14.94 20.88
19 15.77 22.04
20 16.60 23.20
21 17.43 24.36
22 18.26 25.52
23 19.09 26.68
24 19.92 27.84
25 20.75 29.00
26 21.58 30.16
27 22.41 31.32
28 23.24 32.48
29 24.07 33.64
30 25.00 35.00
ANEXO 6
Porcentajes por Niveles
Nivel Porcentaje de
nivel Porcentaje acumulado
N 1 10% 10%
N 2 15% 25%
N 3 20% 45%
N 4 25% 70%
N 5 30% 100%
31
ANEXO 7
En_________________________________________________________municipio
de_____________________________________ Estado de Durango, siendo las _______ horas del día _______ del mes de ______ de dos mil _______________, en el lugar que ocupa ________________________ Se reunieron los miembros que conforman la planta administrativa de ésta
Institución Educativa, dependiente de la Secretaría de Educación Pública, afiliados a la Sección ____________________ del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, para constituir el órgano de Evaluación del C. T.
_______________ y/o Delegación Sindical _______________ pertenecientes a la zona escolar _______________ del Nivel Educativo _______________ para los efectos que procedan en cumplimiento a los procedimientos, normas y
fundamentos de los lineamientos generales de Carrera Administrativa del Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación Básica. Definidos quienes por el tiempo que dure su función oficial y sindical habrán de
conocerse como Órgano de Evaluación, se procedió a la instalación formal de la misma quedando como sigue: DIRECTOR DEL CENTRO o RESPONSABLE DEL AREA______________________________________________________________
SECRETARIO DELEGACIONAL o REPRESENTANTE DEL CENTRO DE TRABAJO__________________________________________________________ No habiendo otro asunto que tratar, se levanta la presente por duplicado para constancia y uso legal a que haya lugar. Firmando los que en ella intervinieron.
POR PARTE OFICIAL POR PARTE SINDICAL
DIRECTOR O RESPONSABLE SECRETARIO DELEGACIONAL
DEL AREA O REPRESENTANTE DEL C. T.
PERSONAL DE APOYO Y ASISTENCIA A LA EDUCACIÓN
ACTA DE INSTALACIÓN DEL ÓRGANO DE EVALUACIÓN
DE CARRERA ADMINISTRATIVA DEL PERSONAL DE APOYO Y ASISTENCIA A LA EDUCACIÓN BÁSICA,
EN EL ESTADO DE DURANGO
32
ANEXO 9
ANEXO 9
GOBIERNO DEL ESTADO DE DURANGO
SECRETARIA DE EDUCACIÓN
SECCIONES 12,35 Y 44 DEL SNTE
COMISIÓN ESTATAL MIXTA DE CARRERA
ADMINISTRATIVA
FORMATO DE INCONFORMIDAD
ANEXO 8
33
FORMATO DE INCONFORMIDAD
DATOS PERSONALES
DOCUMENTACIÓN RECIBIDA
RESPUESTA DE INCONFORMIDAD
ANEXO 10
PLANTEAMIENTO: (OBJETO DE INCONFORMIDAD
FIRMA:
NOMBRE:
R.F.C.:
NIVEL EDUCATIVO:
LUGAR DE ADSCRIPCIÓN:
CLAVE DEL C.T.:
SECTOR:
TEL. PART.:
DOMICILIO PART.:
ZONA: REGIÓN:
COPIA DE CÉDULA DE INSCRIPCIÓN ( ) CONSTANCIA DE SERVICIOS ( )
DOCUMENTOS DE PREPARACIÓN ( ) )))) ACADEMICA ( )
TALÓN DE CHEQUE ( )
INCONFORMIDAD RECIBIDA POR: LUGAR Y FECHA:
NOMBRE FIRMA
SECCIÓN 12 SECCIÓN 35 SECCIÓN 44 SEED
FIRMAS
POR EL ÓRGANO DE EVALUACIÓN
PRESIDENTE SECRETARIO
LUGAR Y FECHA
SI PROCEDE NO PROCEDE
REVISO:
ANEXO 9
GOBIENO DEL ESTADO DE DURANGO
SECRETARIA DE EDUCACIÓN
SECCIONES 12,35 Y 44 DEL SNTE
COMISIÓN ESTATAL MIXTA DE CARRERA ADMINISTRATIVA
34
TEL
GOBIENO DEL ESTADO DE DURANGO
SECRETARIA DE EDUCACIÓN
SECCIONES 12,35 Y 44 DEL SNTE
COMISIÓN ESTATAL MIXTA DE
CARRERA ADMINISTRATIVA
CÉDULA DE INSCRIPCIÓN Y/O PROMOCIÓN
FECHA DE PRESENTACIÓN
AÑO MES DIA
PODRÁ PARCICIPAR EL PERONAL DE APOYO Y ASISTENCIA A LA EDUCACIÓN BÁSICA QUE
CUENTE CON UN MINIMO DE 3 AÑOS DE SERVICIOS CON NOMBRAMIENTO DEFINITIVO
(Código10) INTERINO ILIMITADO SINTITULAR (Código 95) Y 09 (ALTA INICIAL)
1. NOMBRE: 2. FILIACIÓN (RFC) 3. NIVEL EDUCATIVO: 4. VERTIENTE: 5. CLAVE DEL C.T.:
TEL PART.
TEL. C.T.: MUNICIPIO:
PARA LOS SIGUIENTES PUNTOS DEBERÁ ANEXAR DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA:
INCORPORACIÓN PROMOCIÓN
6. PLAZA (Último talón de pago):
7. ANTIGÙEDAD EN LA SEED (La constancia deberá tener fecha anterior
Al llenado de esta solicitud)
Fecha de ingreso: año mes día
8. PREPARACIÓN ACADÉMICA (Copia y original para cotejar):
9. DESEMPEÑO LABORAL (Copia y original de la fecha de evaluación
Con fecha anterior al llenado de esta solicitud)
PUNTUACIÓN
TOTAL
“POR ESTE CONDUCTO SOLICITO MI INSCRIPCIÓN A CARRERA ADMINISTRATIVA CONOCIENDO LOS
REQUISITOS PARA SU INCORPORACIÓN Y DECLARANDO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE
LOS DATOS ASENTADOS SON CIERTOS”
FIRMA
FOLIO No.
ANEXO 10
35
_______________________________________________________
POR EL ORGANO DE EVALUACIÓN
FIRMA Y SELLO DEL RESPONSABLE DEL C.T.
FIRMA Y SELLO DEL REPRESENTANTE SINDICAL
POR LA COMISIÓN ESTATAL MIXTA DE
CARRERA ADMINISTRATIVA
NOMBRE CARGO
FIRMA
COMPROBANATE PARA EL TRABAJADOR
NOMRE:
FILIACIÓN:
C.T.:
MUNICIPIO:
SE HACE CONSTAR QUE FUE PRESENTAA LA CÉDULA DE INCORPORACIÓN Y/O PROMOCIÓN A
CARRERA ADMINISTRATIVA
FIRMA NOMBRE
FECHA DE RECEPCIÓN
AÑO MES DIA
FOLIO No.
36
LIC. LUIS TOMAS CASTRO HIDALGO
SECRETARIO DE EDUCACIÓN
PROFRA. ADRIANA DE JESÚS VILLA HUIZAR SECRETARIA GENERAL DE LA SECCIÓN 12 DEL S.N.T.E.
PROFR. JAVIER CORDERO SALAZAR
SECRETARIO GENERAL DE LA SECCIÓN 35 DEL S.N.T.E.
PROFRA. CLARA EUGENIA GURROLA ZAMORA
SECRETARIA GENERAL DE LA SECCIÓN 44 DEL S.N.T.E.
DR. ARTURO GUZMÁN ARREDONDO SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y PLANEACIÓN
37
INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ESTATAL MIXTA
POR LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN:
LIC. MARÍA CARMINA AMAYA ALDACO LIC. V. GRACIELA HERNÁNDEZ VÁZQUEZ
C.P. SAÚL RENÉ HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ LIC. IRMA INÉS GUZMÁN ÁVILA LIC. ALEJANDRA SOTO GRIJALVA
C.P. DANIELA A. CORDERO MORALES
POR LAS SECCIONES SINDICALES:
SECCIÓN 12 PROFRA. ALMA LUZ CARDONA GARCÍA
C.P. LUZ ESTHER DUARTE ARZOLA SECCIÓN 35
LIC. JUAN PABLO ALVARADO ELIZALDE PROFR. JOSÉ CRUZ AMARO LIRA
SECCIÓN 44
PROFR. FELIPE ALBERTO HERRERA REALZOLA