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Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe LICITACION PUBLICA Nº : 3071 OBJETO Adquisición de Transformadores de Intensidad Exterior de 132KV PRESUPUESTO OFICIAL $ 4.000.000,00 U$S 420.000,00 (PESOS CUATRO MILLONES 00/100 , IVA incluido) (DOLARES CUATROCIENTOS VEINTE MIL 00/100 , IVA incluido) GARANTIA DE LA OFERTA U$S 4.200,00 (DOLARES CUATRO MIL DOSCIENTOS 00/100) APERTURA CONSULTAS DIA 17/02/2016 EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE HORA 10 00 LUGAR EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA 1ra Junta 2558 – 1º Piso – Of. 7 3000 Santa Fe Unidad Normas PRECIO DEL LEGAJO $ 3.305,79 + IVA+ percepción en caso de corresponder PESOS TRES MIL TRESCIENTOS CINCO 79/100 + IVA + percepciones en caso de corresponder

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Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe

LICITACION PUBLICA Nº : 3071

OBJETO Adquisición de Transformadores de Intensidad Exterior de 132KV

PRESUPUESTO OFICIAL

$ 4.000.000,00

U$S 420.000,00

(PESOS CUATRO MILLONES 00/100 , IVA incluido)

(DOLARES CUATROCIENTOS VEINTE MIL 00/100 , IVA incluido)

GARANTIA DE LA OFERTA U$S 4.200,00 (DOLARES CUATRO MIL DOSCIENTOS 00/100)

APERTURA CONSULTAS

DIA 17/02/2016

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE

HORA 1000

LUGAR EMPRESA PROVINCIAL DE LA

ENERGIA 1ra Junta 2558 – 1º Piso – Of. 7

3000 Santa Fe

Unidad Normas

PRECIO DEL LEGAJO

$ 3.305,79 + IVA+ percepción en caso de corresponder

PESOS TRES MIL TRESCIENTOS CINCO 79/100 + IVA + percepciones en caso de corresponder

Gustavo Alberdi
EJEMPLAR SIN VALOR
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Sta. Fe Rosario

1Ti., 132 kV 75-150/1-lA 30-60 VA CL 05-5P AH s/ETN 26aMATRICULA: 28440011

3 3 6

2T.I., 132 kV 100-200/1-lA 30-60 VA CL 05-5P AH s/ETN 26aMATRICULA: 28440012

9 6 15

3T.I. 132 kV 200-400/1-lA 30-60 VA CL 05-5P AH s/ETN 26aMATRICULA: 28440028

3 3

4T.I., 132kV 300-600/1-1A 30-60VA CL05-5P AHs/ETN26aMATRICULA: 28440013

6 3 9

5T.I., 132 kV 400-800/1-lA 30-60 VA CL 05-5P AH s/ETN 26aMATRICULA: 28440018

3 3 6

•En el procedimiento de compra de los citados equipamientos deberá constar:

a)Plazo de entrega en 90 (noventa) y 120 (ciento veinte) días.

b)La entrega de los equipos se hará en nuestros Almacenes Villa María Selva, sito en calle Repúblicade Siria y Espora de la ciudad de Santa Fe y Almacenes Rosario Sur, sito en calle Caferatta y LaVincha de la ciudad de Rosario, y la carga y descarga sobre piso será a cargo del proveedor.

c)Que las ofertas deberán respetar las planillas de datos garantizados que se adjuntan.

d)Con la oferta se deberá presentar la información que se detalla en planillas anexa, el faltante,inexactitud e irrelevancia de la información, dará derecho a la E.P.E. a desestimar la oferta sin derechoa reclamo alguno.

e)Las entregas deberán efectuarse indefectiblemente en un todo de acuerdo al cronograma que seadjunta.

f) La adjudicación se efectuara por rubros completos.-

g) El costo de los ensayos de recepción deberán estar incluidos en el costo de los equipos.-

Consulta: Gerencia de Explotación - Área Mantenimiento — Ing. Leonardo Spaccarotella.Tel: (0342)-4505719/720 — Fax: (0342)-4505721

CANT.TOTAL

I

LICITACION PÚBLICA N°: 3071ADQUISICIÓN DE TRANSFORMADORES DE INTENSIDAD EXTERIOR PARA 132 kV

ALCANCE DE SUMINISTRO

RUBRO ITEM DESCRIPCIONDESTINO

Gustavo Alberdi
EJEMPLAR SIN VALOR
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Rubro Ítem Cantidad Descripción SFe. Ros. SFe. Ros.

1 6T.I., 132 kV 75-150/1-lA 30-60 VA CL 055P AH s/ETN 26aMATRICULA: 28440011

1 1 2 2

2 15T.I., 132 kV 100-200/1-1A 30-60 VA CL05-5P AH s/ ETN 26aMATRICULA: 28440012

5 3 4 3

3 3T.I. 132 kV 200-400/1-1A 30-60 VA CL 055p AH s/ETN 26aMATRICULA: 28440028

3

4 9T.I., 132 kV 300-600/1-la 30-60 VA CL05-5P AH s/ETN 26aMATRICULA: 28440013

3 3 3

5 6T.I., 132 kV 400-800/1-lA 30-60 VA CL05-5P AH s/ETN 26aMATRICULA: 28440018

1 1 2 2

Almacenes Santa Fe: Republica de Siria y Espora (3000) Santa Fe

Almacenes Rosario: Caferatta y la Vincha (2000) Rosario

I

ADQUISICIÓN DE TRANSFORMADORES DE INTENSIDAD EXTERIOR PARA 132 kV

CRONOGRAMA Y LUGAR DE ENTREGA

LICITACION PÚBLICA N°: 3071

PLAZO DE ENTREGA (días). - 90 120

Gustavo Alberdi
EJEMPLAR SIN VALOR
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TRANSFORMADORES DECORRIENTE,DE MEDICION Y

PROTECCION,AISLACION 132 kVPARA USO INTERIOR E INTEMPERIE

ETN 026aVIGENCIA:10/98REEMPLAZA A: 10/97Disposición NºHoja Nº 1 de 12

1 ALCANCE

1.1 La presente Especificación técnica se refiere a Transformadores de corriente de medición yprotección para E.T. de alta tensión para uso interior e intemperie (en adelante el Suministro),comprendiendo las características técnicas y constructivas, documentación a presentar en la Oferta,inspección y ensayos, que deberán cumplimentar los Oferentes y Adjudicatarios, desde lapresentación de las Ofertas hasta la recepción final del Suministro.

2 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

2.1 Las Ofertas deberán incluir por duplicado, en castellano y sistemas de unidades S.I.M.E.L.A.,la documentación detallada en ésta cláusula. El incumplimiento en la presentación de una de ellas,implicará la calificación de la oferta técnicamente incompleta, lo que podrá motivar a solo juicio de laEPE el rechazo de la misma, sin que el proponente tenga derecho a reclamo alguno.

2.2 Fotocopia de certificados de ensayos de tipo extendidos por Laboratorio Oficial oindependiente. En este último caso, deberá ser de reconocido prestigio y aceptado por la E.P.E.No se aceptarán protocolos realizados por el Oferente.Se presentará un protocolo por cada tipo de transformador de corriente.-El protocolo de ensayo de prototipo debe contener los datos necesarios para mostrar que eltransformador de corriente ofrecido cumple con lo solicitado en el pliego y con la oferta.-Comomínimo deberá contener los ensayos especificados en 6.1.1

2.2.1 Todos los transformadores de corriente en sus distintas relaciones, aislaciones, y potenciaque se instalen en el ámbito de la Provincia de Santa Fe y que pasen a formar parte del patrimoniode la E.P.E., deberán contar con Protocolo Oficial de Ensayo de Tipo(según 6.1.1.), efectuándoseúnicamente ensayos de recepción a los transformadores que cuenten con los antedichos ensayos ycuya protocolización al momento de solicitar la inspección no daten de más de (5) cinco años deantigüedad, debiendo indefectiblemente solicitar inspecciones a NORMALIZACION Y ENSAYOS DEMATERIALES.-

2.2.2 La E.P.E. también admitirá la protocolización de los distintos modelos de máquinas.- En estecaso, el ente oficial que realice los ensayos de tipo ó en su defecto los inspectores de la E.P.E.deberán certificar en el informe del ensayo todas las características constructivas de la máquina encuanto a dimensiones, tamaño del núcleo y bobinas y demás detalles que hagan a su identificación,ampliándolo con fotografías[como mínimo (3) tres], una de la máquina armada, y las otras de lamáquina desarmada mostrando detalles constructivos.-La vigencia del protocolo en este caso será lamisma que la del tipo constructivo de la máquina.-En función de lo citado la inspección de la E.P.E.podrá descubar la máquina para su verificación, cuando lo crea conveniente.-

2.3 Planillas de Datos Técnicos Garantizados. Deberá ser debidamente llenada en todos susítems y firmada por el Oferente con sello aclaratorio de la firma, para la Oferta básica y cada una delas variantes que se soliciten, ello aún cuando en la columna correspondiente al valor especificado,no se indique dato alguno.

2.4 Planos de medidas generales acotados.

2.5 Lista de referencia de otras provisiones iguales o similares al presente Suministro, detallandoaño de la provisión, efectuadas a la E.P.E. u otros Organismos. En caso que no se hubiesenefectuado provisiones anteriores, se hará constar en forma explícita.

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PROTECCION,AISLACION 132 kVPARA USO INTERIOR E INTEMPERIE

ETN 026aVIGENCIA:10/98REEMPLAZA A: 10/97Disposición NºHoja Nº 2 de 12

2.6 La Especificación técnica del Suministro ofrecido, podrá ser ampliada por los Oferentes ycompletada en su aspecto técnico, en todo lo que consideren necesario para una mejor apreciaciónde la Oferta.

2.7 Para una mejor evaluación de las Ofertas, la E.P.E. podrá requerir al Oferente, lapresentación de una muestra del Suministro ofrecida.

3 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL SUMINISTRO

3.1 Los elementos constitutivos del Suministro serán fabricados con materiales nuevos, decalidad adecuada y de acuerdo con la máxima experiencia en la materia conforme con las reglas delarte.Deberán cumplimentar lo estipulado en la presente especificación, las Normas IRAM-IEC-VDE. Encaso de discrepancia en el contenido de éstas, deberá cumplimentarse de acuerdo al citado ordende prelación.El incumplimiento de un (1) requisito de los detallados en cláusula 3 de ésta Especificación técnica,será causal de rechazo de la Oferta o del lote.

3.2 El Suministro será utilizado en toda la extensión del territorio de la Provincia de Santa Fe.Deberá ser apto para uso en clima húmedo y cálido con bruscos cambios de temperatura y pocofavorable para la buena conservación de los materiales aislantes.La temperatura ambiente será entre -10°C y +50°C, la humedad relativa puede llegar a la saturación,por lo que debe descartarse la utilización de materiales alterables bajo dichas condiciones.

3.3 El tipo de aislación será la que se indique en la Planilla de Datos Técnicos Garantizados,utilizándose las siguientes abreviaturas:

Aceite hermético AHSeca interior SISeca para intemperie SESeca para intemperie, protegida la aislación con cajametálica SEC

3.3.1 Cuando la aislación sea mediante aceite, deberá poseer un alto grado de hermeticidad,debiendo contar con un cierre hermético a diafragma expansible para impedir el contacto directo deldieléctrico con el aire.

3.3.2 Cuando el aceite sea el aislante será marca YPF N° 64,clase A, tipo I.

3.3.3 Las Juntas de caucho deberán cumplimentar con las características según Norma IRAM113.001, como 1.CH-7. 105-B. 14-E.15.

3.3.4 Cuando el dieléctrico sea aceite, los transformadores de corriente llevarán en lugar visible, unindicador de nivel fácilmente legible.-

3.3.5 Si el dieléctrico es aceite llevarán una abertura de llenado para futura introducción dedieléctrico y también un grifo de descarga y extracción de muestras, ubicado en la base de la cuba.-

3.4 El núcleo corresponde a lo solicitado en la planilla de Datos Garantizados y podrá ser:

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ETN 026aVIGENCIA:10/98REEMPLAZA A: 10/97Disposición NºHoja Nº 3 de 12

� simple núcleo: 1N� doble núcleo: 2N� triple núcleo: 3N

3.5 La relación, corresponde a lo solicitado en la Planilla de Datos Garantizados y podrá ser:� simple relación: 1R� doble relación: 2R� triple relación: 3R

3.6 La cuba, tapa y caja de conexiones, en su parte interna y externa deberán pintarse a efectosde evitar corrosión. A este efecto, también se admitirá el cincado en caliente.

3.6.1 Las piezas cincadas responderán al anexo "D" IRAM 20022,

3.6.2 Las piezas pintadas responderán a la ETN Nº 150, si son interiores, al tipo de uso I, si sonexteriores al tipo de uso IIIb.-

3.7 Las conexiones secundarias deberán hacerse a través de una caja de hierro fundidogalvanizado ó de fundiciones de aleaciones de aluminio de espesor no inferior a 2,5 mm. y dedimensiones adecuadas como para realizar las conexiones a los cables pilotos, la que contendrá,además de los bornes normales debidamente señalados, un borne para conexión a tierra del circuitosecundario.-

3.7.1 La caja de conexiones y la tapa, deberán cumplimentar el grado de protección IP 54 segúnNorma IRAM 2444. La tapa será precintable. Si la caja de conexiones y/o su tapa están construidascon material conductor, deberán forrarse con material aislante firmemente adherido.

3.7.2 Los tornillos, tuercas y arandelas planas para la sujeción de los conductores serán de broncelatón, niquelados. El diámetro de los tornillos no será inferior a 6 mm. La calidad del materialcumplimentará con lo citado en 3.1.

3.7.3 Deberá indicarse si el transformador cuenta con dispositivos automáticos ó manuales paraconectar el arrollamiento secundario en corto circuito.-

3.8 Los transformadores tendrán una toma de tierra adecuada (diámetro de espárrago mínimo 9mm.).

3.9 En su base,el transformador llevará cuatro orificios para fijación mediante perno de anclaje de12 mm. de diámetro.

3.10 En el cuerpo del transformador, en lugares que resulten visibles cuando el aparato estáinstalado en las probables posiciones de servicio, se detallará la relación de transformación connúmeros de aproximadamente 35 mm. de altura, con pintura negra.

3.11 En los transformadores con relación doble, el cambio de aquellas se debe poder realizar sinnecesidad de modificar las barras de la instalación. Las planchuelas o separadores utilizados para elcambio de relación, deben quedar guardados en el transformador.En caso de que los bornes de conexión sean barras cilíndricas, su diámetro no será mayor de 20mm.

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ETN 026aVIGENCIA:10/98REEMPLAZA A: 10/97Disposición NºHoja Nº 4 de 12

3.12 Los bornes deben estar marcados en forma clara e indeleble sobre su inmediata vecindad,con letras mayúsculas seguidas ó, si es necesario, precedidas de números.-La indicación se hará de la siguiente forma:

Transformador de un solo alcance y simple núcleo

P1 P2

S1 S2

Transformador de dos alcances y doble núcleo

P1

C1 C2

P2

1S1 1S2 2S1 2S2

Se describen dos casos típicos; cualquier otro resulta de una combinación y/o adaptación de éstos.-La indicación de la polaridad relativa se hará mediante un punto (.) adicional.Los bornes marcadoscon P1; S1; C1; deben tener en todo instante la misma polaridad.-

3.13 Todos los transformadores de corriente llevarán marcados en forma indeleble sobre unaplaca fijada rígidamente al transformador, las siguientes indicaciones:

-Nombre del Fabricante-Número de serie y tipo-Relación de transformación nominal en la forma:

KIInpn

sn

en donde:Ipn= intensidad primaria nominalIsn= intensidad secundaria nominal

-Frecuencia nominal-Tensión nominal-Corriente térmica(1 segundo)-Corriente Dinámica-Clase de aislamiento-Prestación (seguida inmediatamente por la clase para cada arrollamiento secundario)

Utilización de cada arrollamiento (p.e. 1S1, 1S2 medición; 2S1,2S2 protección)Además, deberá indicarse como deben realizarse las conexiones de los puentes primarios.-Todas las placas accesorias al transformador, deberán sujetarse mediante remaches o tornillos. Nose admitirá el pegado mediante cemento adhesivo. Todos los transformadores llevarán una placa

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ETN 026aVIGENCIA:10/98REEMPLAZA A: 10/97Disposición NºHoja Nº 5 de 12

con el esquema de conexión para el cambio de relación o identificación de núcleos (cuando son dosó más).

3.14 Rigidez electrodinámica para todas las relaciones (corriente nominal dinámica).-Correspondeal valor solicitado en la Planilla de Datos Garantizados.- Es el valor de cresta de la corriente primariaque el transformador pueda soportar sin sufrir daños eléctricos o mecánicos que resulten comoconsecuencia de los esfuerzos electrodinámicos, estando el secundario en corto circuito.-

3.15 Capacidad térmica de un segundo Corresponde al valor solicitado en la Planilla de DatosGarantizados.-Es el valor eficaz de corriente primaria que el transformador puede soportar duranteun segundo, estando el secundario en corto circuito, sin que el transformador sufra daños.-

3.16 La corriente térmica nominal permanente no será menor que 1,2 In.,valor de la corriente quepuede pasar indefinidamente por el arrollamiento primario, estando el arrollamiento secundariocargado con su prestación normal sin que el calentamiento sobrepase los valores nominales ymanteniéndose dentro de su clase.-Para corrientes primarias superiores a 1,2 In, el Oferente presentará tablas de valores de tiempo defuncionamiento en función de la corriente primaria.

3.17 Todos los transformadores tendrán que proporcionar un servicio continuo y absolutamenteseguro, y deberán soportar las sobretensiones establecidas en la Norma IRAM 2211.

3.18 Cada transformador deberá tener uno o varios dispositivos para izaje y levantamiento los queserán soldados ó remachados a la cuba.-

3.19 Folletos

3.20 Planos

4 INDICACIONES PARA EL SUMINISTRO

4.1 Una vez extendida la Orden de Compra, no se podrá efectuar modificación del diseño, sinautorización previa de la E.P.E. Si no se cumplimentase con éste requisito, será causal de rechazode los especímenes afectados por la modificación.

4.2 El Suministro y todos sus accesorios deberán ser protegidos mediante embalaje para evitardeterioros, rajaduras, deformaciones, etc.

4.3 Hasta tanto no se efectúe la recepción definitiva, la responsabilidad del Suministro correrá porcuenta del Adjudicatario.

4.4 En lugar visible del embalaje, se indicará el número de la Orden de Compra y el número delítem correspondiente.

4.5 El Adjudicatario deberá presentar dentro de los quince (15) días de recibida la Orden deCompra, un cronograma de fabricación y ensayos, remitiendo los mismos a la E.P.E.-UnidadNormas, sito en calle Bvr. Pellegrini 2626- 1º P.-3000-Santa Fe.-

5 INSPECCIONES

5.1 Durante la fabricación, cualquier variante en el cronograma de fabricación y ensayos, deberáser notificada a Unidad Normas,con anticipación de quince (15) días.

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ETN 026aVIGENCIA:10/98REEMPLAZA A: 10/97Disposición NºHoja Nº 6 de 12

5.2 La E.P.E. se reserva el derecho de realizar inspecciones de acuerdo al cronogramapresentado, para el control y verificación de materiales y seguimiento de trabajos realizados durantela construcción de los Suministros; con éste propósito, el Adjudicatario deberá facilitar, alrepresentante de aquella, los medios necesarios.

5.3 El Adjudicatario deberá comunicar a Unidad Normas , con anticipación de quince (15) días, lafecha en que el Suministro se encuentre terminado para su inspección final.

6 ENSAYOS

6.1 ENSAYOS DE TIPO

6.1.1 Si los aparatos no cumplen con lo estipulado por el punto 2 de la presente, deberá elfabricante por su cuenta y orden cumplimentar lo alli establecido, independientemente del número demáquinas, caso contrario no se aceptará la provision.

6.1.2 Son los realizados sobre un transformador de corriente idéntico a los adquiridos(ensayos deprototipo).Se considerarán como mínimo los siguientes ensayos:

1. Ensayo de rigidez electrodinámica para todas las relaciones2. Ensayo de calentamiento3. Ensayo dieléctrico a tensión de impulso4. Ensayo dieléctrico con tensión alterna del arrollamiento primario5. Ensayo de verificación de la clase precisión (error de relación y de fase para el

25%,50%,75%,100%y 120% de la corriente nominal, y para el 25%y 100% de lapotencia de precisión nominal

6. Factor de saturación (curvas de saturación de todos los núcleos y determinación dela cifra de sobreintensidad).-

7. Medición de descargas parciales internas.-

6.1.3 La E.P.E. se reserva el derecho de efectuar los ensayos de tipo en Laboratorio Oficial u otrode reconocido prestigio, a su elección, con la presencia de personal designado a tal efecto y derepresentantes del Adjudicatario. A tal efecto, la E.P.E. dará aviso al Adjudicatario de la fecha derealización del ensayo, con diez (10) días de anticipación. La ausencia del Adjudicatario a losensayos, no invalidará las consecuencias de sus resultados.

6.1.4 En caso de disponer la E.P.E. la realización de ensayos de tipo, correrá por su cuenta elcosto de los ensayos, fletes, seguro, carga y descarga de Suministro al medio de transporte y de supersonal.Las gestiones para la realización de los ensayos ante Laboratorios Oficiales, quedarán a cargo de laE.P.E., los correspondientes al transporte, seguro, carga y descarga, a cargo del Adjudicatario. Esteserá responsable de toda consecuencia que pueda derivarse de dicho transporte.

6.1.5 Cuando en los ensayos de tipo, no se cumplimentase con uno de los requisitos, será causalde rechazo del lote. En caso de tener que volver a realizar cualquier ensayo de tipo, en repetición,los gastos que demanden la comisión y pasaje del personal de la E.P.E. como así también el costode los ensayos, será por cuenta del Adjudicatario. El número de máquinas a ensayar, será el doblede las ensayadas en primera instancia.

6.1.6 En caso de haberse realizado ensayos de tipo en repetición, no se cumplimentase con uno(1) de los requisitos, será causal de rechazo definitivo del Lote, y cancelación de la compra del lotecorrespondiente.

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ETN 026aVIGENCIA:10/98REEMPLAZA A: 10/97Disposición NºHoja Nº 7 de 12

6.1.7 La realización de los ensayos de tipo no previstos en la DocumentaciónComplementaria del Pliego de Bases y Condiciones Generales, motivará una ampliación del Plazode Entrega por el tiempo que ellos demanden, el cuál será determinado por la E.P.E. y notificado alAdjudicatario. Cuando sea en repetición, no será causal de ampliación del Plazo de entrega por eltiempo que ellos demanden.

6.1.8 La modificación de un sólo parámetro en el diseño del transformador, por ejemplo:relación de transformación, potencia de exactitud, etc., bastará para determinar una variación en lacaracterística del espécimen, y a efecto de lo establecido en su capítulo 2, le corresponderá unprotocolo en particular.

6.2 ENSAYO DE RECEPCIÓN

6.2.1 Los ensayos de recepción se llevarán a cabo en el Laboratorio del Adjudicatario, con lapresencia de personal designado por la E.P.E. Si el Adjudicatario no dispusiese de los medios pararealizarlos, se llevarán a cabo en el Laboratorio Oficial, lo cuál no será considerado como argumentoválido para la ampliación del plazo de entrega previsto en el Pliego de Bases y Condiciones.A tal fin, la E.P.E. deberá ser avisada con, por Io menos, 10 (diez) días de anticipación en caso queel fabricante esté radicado en el país, y 30 (treinta) días cuando la Adjudicataria sea una empresaextranjera o el material a entregar sea de origen extranjero.

6.2.2 Para la realización de los ensayos, el Adjudicatario pondrá a disposición del representante dela E.P.E., personal y todo los elementos tales como aparatos e instrumentos necesarios yadecuados, debiendo éstos últimos contar con un certificado de contraste con antigüedad menor ados (2) años, otorgado por Laboratorio Oficial. Aparatos e instrumentos lacrados o sellados por dichoente.

6.2.3 Los gastos que por todo concepto demanden la realización de los ensayos de recepción,correrán por cuenta del Adjudicatario. Los correspondientes a los del personal de la EPE para suasistencia a los mismos, correrán por cuenta de la EPE. Para el caso que se trate de equiposimportados, el proveedor podrá optar por abonar los costos de inspección del personal de la EPE silos ensayos se efectúan en el exterior ó en su defecto los ensayos de recepción se realizarán en unlaboratorio dentro del territorio nacional en un todo de acuerdo a lo establecido en este punto.-

6.2.4 Cuando en los ensayos de recepción no se cumplimentase con uno (1) de los requisitos, serácausal de rechazo del material. En caso de tener que volver a realizar cualquier ensayo de recepciónen repetición, los gastos que demanden por comisión y pasaje del personal de la E.P.E., también elcosto de los ensayos, será por cuenta del Adjudicatario.

6.2.5 Cuando se deban realizar ensayos de recepción convenidos con la E.P.E., el adjudicatariocursará el aviso por escrito, el cual deberá obrar en poder de la E.P.E. con diez (10) días deanticipación.

6.2.6 Se realizarán como mínimo los siguientes ensayos de recepción.� Verificación de la marcación de bornes y polaridad.-

Este ensayo comprenderá a todos los arrollamientos y a las secciones y/o salidas intermedias parael caso de que las hubiere, como así también la determinación de la polaridad relativa de los bornesprimarios y secundarios.-

� Ensayo dieléctrico a frecuencia industrial de los arrollamientos primarios ysecundarios.-

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ETN 026aVIGENCIA:10/98REEMPLAZA A: 10/97Disposición NºHoja Nº 8 de 12

� Verificación de la sobretensión entre espiras.-� Ensayo de verificación de la clase de precisión, trazado de las curvas de error de

relación para el 25%,50%,75%,100% y 120% de la corriente nominal, a lafrecuencia nominal, y para el 25% y 100% de la potencia de precisión nominal parael 80%,100% y 120% de la tensión nominal, a la frecuencia nominal y para el100% de la potencia de precisión nominal para todos los arrollamientos.-

� Curvas de saturación de todos los núcleos y determinación de la cifra desobreintensidad.-

� Medición de descargas parciales.Se seguirán las recomendaciones IEC 270 y las siguientes:

Se utilizará un equipo de medición con las siguientes características:Umbral de medición o de exploración: serán de 1,5 Un y 1,3Un, siendo Un la tensión nominal delobjeto en ensayos entre fase y tierra.

� Verificación de dimensiones.-� Verificación de la estanqueidad, a efectuarse como ensayo adicional á los

previstos en normas. A los aparatos se los someterá a una sobrepresión no menora 0,5 daN/cm. mediante un gas inerte en el interior del transformador durante unperíodo no menor de 3 horas. Si al término de dicho lapso se evidenciaranpérdidas de aceite o disminución en la presión del gas aplicado, se procederá alcambio total de juntas o elementos juzgados defectuosos, luego de lo cual serepetirá la prueba.

Si en este segundo ensayo se evidenciaran nuevamente pérdidas, el aparato será rechazado.La detección de pérdidas se hará mediante la aspersión de talco sobre las soldaduras y los bordesde todas las juntas.

Para el caso de que la compra se realizase sobre equipos importados el proveedor podrá obtar porrealizar los ensayos en país de origen, para lo cual se hará cargo de los gastos del inspector de laEPE o la realización de los mismos en el país para lo cual el contratista contratará un laboratoriodonde se efectuarán los mismos a su exclusivo costo, según 6.2.3.-Sin este requisito no se efectuarála recepción provisoria de los equipos.-

Los valores de los ensayos, en su totalidad deberán ser tales que verifiquen el cumplimiento de lasespecificaciones y la planilla de datos garantizados

6.2.7 El ensayo del aceite aislante se llevará a cabo sobre muestras tomadas por representantesde la E.P.E. en presencia del representante del Adjudicatario. Las muestras serán lacradas, rótulofechado y firmado por ambos representantes. Los ensayos se efectuarán en laboratorios de Y.P.F. ydeberán cumplimentar con los requisitos detallados en la Circular Técnica N° 149 de dicho ente. Lasmuestras para los ensayos estarán integradas por un número de especímenes igual al númeroentero más cercano a la raíz cúbica de los transformadores que correspondan a la remesa.

6.2.8 Las juntas de caucho serán ensayadas según Normas IRAM 113.003-113.004-113.005-113.008-113.012-113.025. La muestra estará integrada por un número de especímenes igual alnúmero entero más cercano a la raíz cúbica de las juntas que correspondan al lote. Los mismos sellevarán a cabo en Laboratorio Oficial.

7 DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR

7.1 Para información deberá entregar copia de los siguientes planos:1. Dimensiones generales, donde se indicará:Plantilla de fijación material y conexión de bornes,

nivel de aceite, caja de conexión,

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TRANSFORMADORES DECORRIENTE,DE MEDICION Y

PROTECCION,AISLACION 132 kVPARA USO INTERIOR E INTEMPERIE

ETN 026aVIGENCIA:10/98REEMPLAZA A: 10/97Disposición NºHoja Nº 9 de 12

2. Placa de características3. Copias de Manuales o instrucciones de puesta en servicio y mantenimiento.-

Esta documentación será entregado con 60 días como mínimo de anterioridad a la entrega de losequipos .-

8 EMBALAJE

8.1 Para material de industria nacional el embalaje será un cajón totalmente cerrado de maderade pino ó similar, no menor de 19mm (3/4 de pulgada) de espesor; el cajón tendrá un marco de basereforzada que sirva de soporte sobre el cual estén clavadas las tablas de la base; por debajo de labase, a manera de patín para el transporte, se dispondrán tirantes, cuya longitud sea inferior, conobjeto de poder colocar mejor los cables destinados a elevar el cajón.Las paredes laterales irán reforzadas y clavadas al marco de la base; la tapa del cajón deberágarantizar la estabilidad del mismo.Además se indicará mediante leyendas la posición a colocar elbulto durante su transporte y almacenamiento, el lugar donde se deben colocar las cadenas para suizaje, el lugar por donde se debe abrir el embalaje y cualquier otro detalle importante a juicio delproveedor.-

Los materiales serán acondicionados para carga y descarga en lugares que carezcan de mediospara el manejo de bultos pesados; además, se deberá prever una protección adecuada contra unaprolongada permanencia a la intemperie(envoltura de nylon, plástico o similar y absorbentes dehumedad)

El procedimiento enunciado no exime de la completa responsabilidad que le atañe al contratistasobre la construcción y forma de embalaje de todos los bultos, ya que la inspección de los mismosse realizará en destino, no recibiéndose el o los bultos si el o los embalajes son de menor calidadque los autorizados.-

8.2 Para los equipos importados se tendrá en cuenta que el embalaje para los mismos deberáser apto para ser transportado en barcos con bodegas bajo temperatura y humedad elevadas. Serespetarán las normas internacionales acerca de los símbolos indicadores de mercancías normales.-Las leyendas irán escritas en idioma castellano.-

9 RECEPCIÓN FINAL

9.1 La recepción final de los especímenes aceptados por los representantes de la E.P.E.después de los ensayos, será realizada en el suelo del lugar de entrega de aquellos, en horario detrabajo de la E.P.E. y según lo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares.

10 GARANTÍA

10.1 El Suministro, sus componentes y accesorios, estarán cubiertos por la Garantía en el plazo ycondiciones que se detallan en esta cláusula.

10.2 PERIODO DE COBERTURA DE LA GARANTÍALos transformadores y todos sus componentes accesorios, serán garantizados durante un períodode veinticuatro (24) meses a contar de la fecha de recepción final, para transformadores en baño deaceite, aislación sólida protegida de la intemperie en caja metálica, y aislación sólida para interior, yde cinco (5) años para los de aislación sólida para intemperie.

10.3 CONDICIONES ESTIPULADAS EN LA GARANTÍA

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TRANSFORMADORES DECORRIENTE,DE MEDICION Y

PROTECCION,AISLACION 132 kVPARA USO INTERIOR E INTEMPERIE

ETN 026aVIGENCIA:10/98REEMPLAZA A: 10/97Disposición NºHoja Nº 10 de 12

10.3.1 Durante el período de garantía, el Adjudicatario deberá hacerse cargo de todos los gastosque se deriven por todo concepto, para subsanar el defecto que haya presentados el ó losespecímenes tales como: Materiales y mano de obra para la reparación. Fletes, seguros, embalajes para el transporte de los especímenes desde y de vuelta al lugar dondese hiciera la inspección final, hasta donde se procedió a la reparación. Carga y descarga del medio de transporte.

10.3.2 Serán a cuenta del Adjudicatario, los gastos que por todos concepto se deriven de losensayos que deban efectuarse después de la reparación, y estén relacionados con las causas quelos motivaron, a sólo juicio de la E.P.E. Santa Fe.

10.3.3 Representantes de la E.P.E. podrán inspeccionar los trabajos de reparación corriendo losgastos, que demanden las inspecciones al lugar de las mismas y al de los ensayos que se efectúenposteriormente, a cargo de la E.P.E.

10.3.4 Si durante el período de garantía, el Suministro fuera retirado del servicio por fallasimputables al Adjudicatario, el tiempo que permanezca inactivo no se computará en la Garantía.10.3.5 El reclamo pertinente lo efectuará la E.P.E. en forma fehaciente, quedando interrumpido elperíodo de garantía desde ese momento hasta que se haya realizado la reparación correspondientey reintegrado el Suministro en su lugar de destino.

10.3.6 Si dentro de los diez (10) días corridos de recibida la notificación, el Adjudicatario no sehubiera presentado a atender el reclamo, queda entendido que acepta el reclamo por parte u ordende la E.P.E. Santa Fe, ajustándose a lo estipulado en esta Garantía.

10.3.7 La reparación deberá iniciarse en un plazo máximo de treinta (30) días corridos a partir de lafecha de la notificación, debiendo estar la misma cumplimentada y el Suministro entregado en lugarde destino, dentro de los sesenta (60) días corridos a partir de la fecha de notificación por parte de laE.P.E.

10.3.8 Las piezas de reposición y las reparaciones efectuadas, estarán cubiertas por la garantíaoriginal, a partir de la nueva recepción correspondiente.

10.3.9 Cuando se produzcan fallas repetitivas en aparatos de un mismo lote, que sean imputables avicios ocultos o defectos de fabricación, o del material, la E.P.E. podrá exigir al Adjudicatario corregirel o los mismos en todas las unidades que integren el lote. En este caso, a las partes reparadas lescorresponderá lo dispuesto en la cláusula 8.

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TRANSFORMADORES DECORRIENTE,DE MEDICION Y

PROTECCION,AISLACION 132 kVPARA USO INTERIOR E INTEMPERIE

ETN 026aVIGENCIA:10/98REEMPLAZA A: 10/97Disposición NºHoja Nº 11 de 12

PLANILLA DE DATOS TÉCNICOS GARANTIZADOS

ÍTEM DESCRIPCIÓN UNIDADVALORESPECIFICADO

VALORGARANTIZADO

1 Fabricante -2 Procedencia -3 Tipo (Designación de Fábrica) -4 Normas a las que debe responder el aparato

ofrecido-

5 Clase de Instalación -6 Tipo de aislación -7 Tensión nominal kV8 Tensión máxima de servicio kV9 Frecuencia Hz 50

10 Intensidad nominal primaria A11 Intensidad nominal secundaria A12 Características de los TC:

NÚCLEO I:a) Utilizaciónb) Clase de exactitudc) Potencia de exactitudd) Factor de seguridad

--

VA-

NÚCLEO II:a) Utilizaciónb) Clase de exactitudc) Potencia de exactitudd) Coeficiente de sobreintensidad

--

VA-

NÚCLEO III:a) Utilizaciónb) Clase de exactitudc) Potencia de exactitudd) Coeficiente de sobreintensidad

--

VA-

13 Corriente térmica nominal permanente A14 Corriente térmica nominal de cortocircuito para

1 seg. kA15 Corriente de cortocircuito dinámica nominal kA16 Clase de aislación -17 Tiempo admisible de sobreintensidad primaria

estando los secundarios con su carga nominal ya la temperatura de régimen:a) 1,3 Inb) 1,5 In

minutominuto

18 Aceite aislante19 Peso máximo total daN20 Peso del aceite daN

FIRMA DEL OFERENTE

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ETN 026aVIGENCIA:10/98REEMPLAZA A: 10/97Disposición NºHoja Nº 12 de 12

E.T.N. Nº 026a: TRANSFORMADORES DE CORRIENTE, MEDICION YPROTECCION,AISLACION 132 kV,PARA USO INTERIOR E INTEMPERIE.

CIRCULAR Nº 1

En E.T.N. 026a-punto 2.2.1, donde dice ...”no daten de más de dos (2) años de antiguedad,debiendo...”; debe decir “ no daten de más de cinco (5) años de antiguedad, debiendo...”.-

Conclusión: La E.P.E. admitirá protocolos de ensayos de tipo con no más de cinco (5) añosde antiguedad.-

NORMALIZACION Y ENSAYOS DE MATERIALES

GERENCIA INGENIERIA,24 de Octubre de 1997.-

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-EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Gcia. de Explotación – Área Mantenimiento –Unidad Mantenimiento EETT Zona Sur

Falkner y Villarino – Barrio Acindar – 2000 - Rosario - Te/ Fax. 0341 – 464 4502 – Internos 4768 – 4769 - 4770 -

PLANILLA DE DATOS GARANTIZADOS DE TRANSF. INTENSIDAD

ITEM DESCRIPCION UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

1 Fabricante --- (*) 2 Procedencia --- (*) 3 Tipo (designación de Fábrica) --- (*) 4 Norma a la que responde --- IEC 185 (**) 5 Clase de Instalación --- Exterior (**) 6 Tipo de aislación --- AH (**) 7 Tensión nominal KV 132 (**) 8 Tensión máxima de servicio KV 145 (**) 9 Frecuencia nominal Hz 50 (**) 10 Intensidad nominal primaria A. 75/150 (**) 11 Intensidad nominal secundaria A 1-1 (**) 12 Características de los TC: NUCLEO I:

a) Utilización b) Clase de exactitud c) Potencia de exactitud d) Factor de seguridad

VA

Medición

0,5 30 < 5

(**) (**) (**) (**)

NUCLEO II: a) Utilización b) Clase de exactitud c) Potencia de exactitud d) Coeficiente de sobreintensidad

VA

Protección

5 P 60

> 10

(**) (**) (**) (**)

13 Corriente térmica nominal permanente A 90/180 (**) 14 Corriente térmica nominal de cc para 1 seg KA 31,5-63 (**) 15 Corriente de cortocircuito dinámica nominal KA 2,5 x It (**) 16 Clase de aislación --- (*) 17 Tiempo admisible de sobreintensidad

primaria estando los secundarios con su carga nominal y a la temperatura de régimen:a) 1,3 In b) 1,5 In

Minuto Minuto

(*) (*)

18 Aceite aislante (*) 19 Peso máximo total DaN (*) 20 Peso de aceite DaN (*) NOTA: (*) Característica o valor que deberá presentar el Oferente (**) Característica o valor de cumplimiento obligatorio

……………………………….. Firma del oferente

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Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe

PLANILLA DE DATOS GARANTIZADOS DE TRANSF. INTENSIDAD

ITEM DESCRIPCION UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

1 Fabricante --- (*) 2 Procedencia --- (*) 3 Tipo (designación de Fábrica) --- (*) 4 Norma a la que responde --- IEC 185 (**) 5 Clase de Instalación --- Exterior (**) 6 Tipo de aislación --- AH (**) 7 Tensión nominal KV 132 (**) 8 Tensión máxima de servicio KV 145 (**) 9 Frecuencia nominal Hz 50 (**) 10 Intensidad nominal primaria A. 100/200 (**) 11 Intensidad nominal secundaria A 1-1 (**) 12 Características de los TC: NUCLEO I:

a) Utilización b) Clase de exactitud c) Potencia de exactitud d) Factor de seguridad

VA

Medición

0,5 30 < 5

(**) (**) (**) (**)

NUCLEO II: a) Utilización b) Clase de exactitud c) Potencia de exactitud d) Coeficiente de sobreintensidad

VA

Protección

5 P 60

> 10

(**) (**) (**) (**)

13 Corriente térmica nominal permanente A 120-240 (**) 14 Corriente térmica nominal de cc para 1 seg KA 31,5-63 (**) 15 Corriente de cortocircuito dinámica nominal KA 2,5 x It (**) 16 Clase de aislación --- (*) 17 Tiempo admisible de sobreintensidad

primaria estando los secundarios con su carga nominal y a la temperatura de régimen: a) 1,3 In b) 1,5 In

Minuto Minuto

(*) (*)

18 Aceite aislante (*) 19 Peso máximo total DaN (*) 20 Peso de aceite DaN (*) NOTA: (*) Característica o valor que deberá presentar el Oferente (**) Característica o valor de cumplimiento obligatorio

……………………………….. Firma del oferente

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-EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Gcia. de Explotación – Área Mantenimiento –Unidad Mantenimiento EETT Zona Sur

Falkner y Villarino – Barrio Acindar – 2000 - Rosario - Te/ Fax. 0341 – 464 4502 – Internos 4768 – 4769 - 4770 -

PLANILLA DE DATOS GARANTIZADOS DE TRANSF. INTENSIDAD

ITEM DESCRIPCION UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

1 Fabricante --- (*) 2 Procedencia --- (*) 3 Tipo (designación de Fábrica) --- (*) 4 Norma a la que responde --- IEC 185 (**) 5 Clase de Instalación --- Exterior (**) 6 Tipo de aislación --- AH (**) 7 Tensión nominal KV 132 (**) 8 Tensión máxima de servicio KV 145 (**) 9 Frecuencia nominal Hz 50 (**) 10 Intensidad nominal primaria A. 200/400 (**) 11 Intensidad nominal secundaria A 1-1 (**) 12 Características de los TC: NUCLEO I:

a) Utilización b) Clase de exactitud c) Potencia de exactitud d) Factor de seguridad

VA

Medición

0,5 30 < 5

(**) (**) (**) (**)

NUCLEO II: a) Utilización b) Clase de exactitud c) Potencia de exactitud d) Coeficiente de sobreintensidad

VA

Protección

5 P 60

> 10

(**) (**) (**) (**)

13 Corriente térmica nominal permanente A 240/480 (**) 14 Corriente térmica nominal de cc para 1 seg KA 31,5-63 (**) 15 Corriente de cortocircuito dinámica nominal KA 2,5 x It (**) 16 Clase de aislación --- (*) 17 Tiempo admisible de sobreintensidad

primaria estando los secundarios con su carga nominal y a la temperatura de régimen:a) 1,3 In b) 1,5 In

Minuto Minuto

(*) (*)

18 Aceite aislante (*) 19 Peso máximo total DaN (*) 20 Peso de aceite DaN (*) NOTA: (*) Característica o valor que deberá presentar el Oferente (**) Característica o valor de cumplimiento obligatorio

……………………………….. Firma del oferente

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PLANILLA DE DATOS GARANTIZADOS DE TRANSF. INTENSIDAD

ITEM DESCRIPCION UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

1 Fabricante --- (*) 2 Procedencia --- (*) 3 Tipo (designación de Fábrica) --- (*) 4 Norma a la que responde --- IEC 185 (**) 5 Clase de Instalación --- Exterior (**) 6 Tipo de aislación --- AH (**) 7 Tensión nominal KV 132 (**) 8 Tensión máxima de servicio KV 145 (**) 9 Frecuencia nominal Hz 50 (**) 10 Intensidad nominal primaria A. 300/600 (**) 11 Intensidad nominal secundaria A 1-1 (**) 12 Características de los TC: NUCLEO I:

a) Utilización b) Clase de exactitud c) Potencia de exactitud d) Factor de seguridad

VA

Medición

0,5 30 < 5

(**) (**) (**) (**)

NUCLEO II: a) Utilización b) Clase de exactitud c) Potencia de exactitud d) Coeficiente de sobreintensidad

VA

Protección

5 P 60

> 10

(**) (**) (**) (**)

13 Corriente térmica nominal permanente A 360/720 (**) 14 Corriente térmica nominal de cc para 1 seg KA 31,5-63 (**) 15 Corriente de cortocircuito dinámica nominal KA 2,5 x It (**) 16 Clase de aislación --- (*) 17 Tiempo admisible de sobreintensidad

primaria estando los secundarios con su carga nominal y a la temperatura de régimen:a) 1,3 In b) 1,5 In

Minuto Minuto

(*) (*)

18 Aceite aislante (*) 19 Peso máximo total DaN (*) 20 Peso de aceite DaN (*) NOTA: (*) Característica o valor que deberá presentar el Oferente (**) Característica o valor de cumplimiento obligatorio

……………………………….. Firma del oferente

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Falkner y Villarino – Barrio Acindar – 2000 - Rosario - Te/ Fax. 0341 – 464 4502 – Internos 4768 – 4769 - 4770 -

PLANILLA DE DATOS GARANTIZADOS DE TRANSF. INTENSIDAD

ITEM DESCRIPCION UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

1 Fabricante --- (*) 2 Procedencia --- (*) 3 Tipo (designación de Fábrica) --- (*) 4 Norma a la que responde --- IEC 185 (**) 5 Clase de Instalación --- Exterior (**) 6 Tipo de aislación --- AH (**) 7 Tensión nominal KV 132 (**) 8 Tensión máxima de servicio KV 145 (**) 9 Frecuencia nominal Hz 50 (**) 10 Intensidad nominal primaria A. 400-800 (**) 11 Intensidad nominal secundaria A 1-1 (**) 12 Características de los TC: NUCLEO I:

a) Utilización b) Clase de exactitud c) Potencia de exactitud d) Factor de seguridad

VA

Medición

0,5 30 < 5

(**) (**) (**) (**)

NUCLEO II: a) Utilización b) Clase de exactitud c) Potencia de exactitud d) Coeficiente de sobreintensidad

VA

Protección

5 P 60

> 10

(**) (**) (**) (**)

13 Corriente térmica nominal permanente A 480-960 (**) 14 Corriente térmica nominal de cc para 1 seg KA 31,5-63 (**) 15 Corriente de cortocircuito dinámica nominal KA 2,5 x It (**) 16 Clase de aislación --- (*) 17 Tiempo admisible de sobreintensidad

primaria estando los secundarios con su carga nominal y a la temperatura de régimen: a) 1,3 In b) 1,5 In

Minuto Minuto

(*) (*)

18 Aceite aislante (*) 19 Peso máximo total DaN (*) 20 Peso de aceite DaN (*) NOTA: (*) Característica o valor que deberá presentar el Oferente (**) Característica o valor de cumplimiento obligatorio

……………………………….. Firma del oferente

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Fecha de impresión 18/01/2016

Pliego de Bases para Contratos de Provision dolares vigente con ley 12105 y Resol.328.doc

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

PARA CONTRATOS DE PROVISION EN DOLARES

CAPITULO I

CONCEPTOS GENERALES

Art. 1º - OBJETO DEL PLIEGO: El presente pliego establece las bases y condiciones generales a que se ajustará la Licitación, adjudicación, contratación, ejecución, recepción e inspección del suministro de materiales, cuyo detalle, como así también las bases y condiciones complementarias y especificaciones técnicas, se indican por separado.

Art. 2º - DENOMINACION: A los efectos de la aplicación de este Pliego y todo otro documento contractual se aplicarán las siguientes denominaciones:

EMPRESA: Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe - ley 10.014.

PROPONENTE: Persona física o jurídica que presenta ofertas en las licitaciones con vistas a efectuar la provisión de materiales y/o locación de servicios solicitados.

ADJUDICATARIO: Persona física o jurídica a la que se encarga de la provisión y/o ejecución total o parcial de lo licitado.

CONTRATISTA: Persona física o jurídica signataria del contrato de provisión y/o locación de servicios.

OFERTA: Conjunto de documentos, requisitos y propuestas, presentados por el proponente.

PROPUESTA: Presupuesto o precio y condiciones de los materiales y/o prestaciones de servicios ofrecidos.

Art. 3º - REGISTRO DE PROVEEDORES: A los efectos de la presentación de las ofertas es requisito estar inscripto en el Registro de Proveedores de la Empresa, cumplimentando la reglamentación establecida a tal efecto. Se aceptarán ofertas de proponentes que no cumplan con esta exigencia, a condición que esta inscripción sea cumplimentada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas posteriores al acto de apertura de la Licitación.

Art. 4º - PLAZOS: Salvo que se establezca expresamente lo contrario, todos los plazos establecidos en el presente Pliego, serán computados en días calendarios.

Art. 5º - ORDEN DE PRELACION: En caso de discrepancia entre los documentos del legajo del llamado a Licitación, privará lo dispuesto en ellos en el orden siguiente:

1º) Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales.

2º) Descripciones, Normas, Especificaciones Técnicas y planos de detalle.

3º) El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales.

4º) Alcance del Suministro.

5º) Régimen de Contrataciones de la Empresa Provincial de la Energía conforme a la Ley Nº 10.014.

6º) Ley de Contabilidad de la provincia de Santa Fe.

Art. 6º - ADQUISICION DEL PLIEGO LICITATORIO: Todo interesado en concurrir a una Licitación debe adquirir, en el lugar indicado en el aviso y hasta el segundo día anterior al de la fecha de apertura, en horario administrativo, un ejemplar completo del Pliego que en cada caso fija las bases y condiciones de la licitación. Con tal motivo la Empresa extenderá comprobante en forma a nombre del adquirente a efectos que el proponente cumpla con lo requerido en el artículo 10º, subinciso 1.3 del presente.

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Art. 7º - CONSULTAS Y ACLARACIONES: En ningún caso se podrá alegar desconocimiento o interpretación errónea de las disposiciones que constituyen el legajo formado con motivo de la Licitación.

A tal efecto, las dudas que pudieran originarse acerca de las mismas, como así también, y especialmente, respecto de planos, cómputos y especificaciones técnicas, en general, deberán plantearse por escrito a la Empresa solicitando en forma concreta las aclaraciones que se estimen necesarias.

Las consultas podrán ser efectuadas como máximo hasta los cinco (5) días hábiles anteriores al del acto de apertura. Las respuestas de la Empresa serán escritas, y se remitirán al interesado en el domicilio que indique en su presentación. A exclusivo criterio de la Empresa, la misma podrá comunicar esa respuesta a los otros posibles proponentes, en la medida que considere de interés o necesario, el dar a conocer a los mismos los términos de dicha respuesta.

Toda información, en cuanto a la presentación de la oferta, podrá ser requerida hasta una (1) hora antes de la fijada para la apertura de la presente Licitación en el mismo domicilio definido como lugar de esa apertura.

Con posterioridad a la adjudicación, todo tipo de consulta de parte del contratista, no implicará bajo ningún concepto prorrogar el plazo de entrega que se haya convenido.

CAPITULO II DE LOS REQUISITOS Y FORMA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS

Art. 8º - LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION: Las ofertas deberán ser presentadas en el lugar que se indique en el aviso de Licitación en horas hábiles de oficina, hasta el día y hora fijados para la apertura del acto.

Cuando con posterioridad al llamado a Licitación se declare feriado o se acuerde asueto, el acto tendrá lugar el siguiente día hábil, a la misma hora.

No serán tenidas en cuenta aquellas ofertas que lleguen por Correo o cualquier otro medio con posterioridad al acto de apertura aun cuando se justifique con el matasellos u otro elemento haber sido despachado oportunamente.

Art. 9º - PRESENTACION: Para presentarse a una Licitación y para que sea válida su concurrencia, el proponente deberá depositar por si o por interpósita persona, en la oficina donde aquella deba verificarse hasta el día y hora establecidos para el respectivo acto, en sobre cerrado, todos los documentos que se exigen en el artículo siguiente. Esta presentación podrá hacerse también por carta, sin responsabilidad alguna para la Empresa por demora o extravío de cualquier origen.

En ningún caso el sobre de presentación tendrá membrete ni inscripción alguna que identifique al proponente y llevará como única leyenda, la siguiente:

Licitación (Privada o Pública) Nº a verificarse el día de 19 , a las hs, en la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA, calle Nº , Santa Fe.

Este Sobre Presentación contendrá además de la documentación que se detalla en el Artículo siguiente, otro sobre identificado como Sobre Propuesta. Este Sobre Propuesta es suministrado por la Empresa como parte del pliego que se entrega a los oferentes. Se lo presentará debidamente cerrado y en su interior corresponderá colocar la documentación que se requiere en el próximo Artículo.

Art. 10º - CONTENIDO DEL SOBRE PRESENTACION Y DEL SOBRE PROPUESTA: Los documentos que deben incluirse para la presentación son los siguientes:

1-SOBRE PRESENTACION:

1.1) Garantía de la propuesta constituida como mínimo, por el 1 % (uno por ciento) del importe del Presupuesto Oficial o del total de los presupuestos oficiales de los Rubros en que expresamente se encuentre dividida la Licitación. Para el caso de que el proponente no cotice en todos los Rubros, podrá presentar garantía sobre el monto del Presupuesto Oficial del Rubro o los Rubros en los que presente su oferta. Esta garantía deberá ser formalizada mediante alguna de las formas establecidas en el artículo 19º) de este Pliego.

1.2) Sobre Propuesta debidamente cerrado, con el contenido previsto en el inciso 2 de este mismo artículo.

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Fecha de impresión 18/01/2016

Pliego de Bases para Contratos de Provision dolares vigente con ley 12105 y Resol.328.doc

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1.3) Un ejemplar completo del legajo que sirvió de base para el llamado a la Licitación, debidamente firmado por el proponente en todas sus hojas, con el comprobante que acredite haberlo adquirido antes de la Licitación.

1.4) Reposición del sellado provincial de ley.

1.5) Constancia de inscripción en el Registro de Proveedores de la Empresa.

1.6) Constancia de haber efectuado el pago correspondiente al periodo en vigencia del impuesto a los Ingresos Brutos y nota con carácter de declaración jurada que manifieste la inexistencia de deudas en concepto de este impuesto.

1.7) Constancia de haber efectuado el pago correspondiente al periodo en vigencia de aportes de la Ley 5110 (Provincia de Santa Fe) y nota con carácter de Declaración Jurada que manifieste la inexistencia de deudas en concepto de dicha ley o su condición de no ser contribuyente de la misma.

1.8) Declaración Jurada a la que refiere la Ley Nacional Nº 17250, en cuento a lo no-existencia de deuda exigible en concepto de aportes, contribuciones y de todo otra obligación en materia previsional.

1.9) Antecedentes del proponente como proveedor de los mismos bienes que constituyan el objeto de esta Licitación.

1.10) Declaración de que para cualquier cuestión judicial que se suscite, se acepta la competencia y jurisdicción de los Tribunales ordinarios de la ciudad de Santa Fe.

1.11) Domicilio Real y Domicilio Legal del Proponente: es en este último donde se practicarán todas las notificaciones vinculadas con la Licitación y eventualmente con el contrato de adjudicación. Optativamente podrá constituirse un domicilio legal en la ciudad de Santa Fe, o en la ciudad donde se lleve a cabo la apertura de la Licitación.

1.12) Recibo por las muestras que se entregaron en cumplimiento de lo prescripto en el Art. 23º de este Pliego.�

1.13) Constancia de inscripción y otorgamiento del Nº de C.U.I.T. (Clave Unica de Identificación Tributaria) emitida por la Dirección General Impositiva.

1.14) Otras formalidades que se especifiquen en el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales y/o en el de Especificaciones Técnicas.

La insuficiencia u omisión de los requisitos exigidos por los subincisos 1.1 y 1.2 de este inciso Nº 1 será causa de rechazo, sin más trámite, de la oferta en el mismo acto de la apertura por las autoridades que lo dirijan, con excepción de la tolerancia por error de monto en la garantía de oferta, contemplada en el Art. 19º - último párrafo- del presente Pliego.

La omisión de los requisitos exigidos por los restantes incisos podrá ser suplida dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas hábiles, contado desde el momento en que el proponente sea notificado. A tal efecto se le dará valor de formal intimación a la lectura de la constancia que se incorpora en el Acta de Apertura, mencionando la omisión en que hayan incurrido los proponentes. Transcurrido dicho plazo sin que la omisión haya sido subsanada, la propuesta podrá, o no, ser rechazada, a exclusivo juicio de la Empresa.

2-SOBRE PROPUESTA: En este Sobre se deberá incluir única y exclusivamente, la siguiente documentación:

2.1) Formulario Resumen de Cotización en original y duplicado, el cual constituye parte de la documentación que esta E.P.E. suministra como documentación integrante del Pliego. El cambio de este Formulario Resumen de Cotización por fotocopias o por hojas, con o sin membrete, distintos a los oficiales entregados por la E.P.E. será causa de rechazo de la oferta en el mismo acto de apertura.

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Para la formulación de DESCUENTOS ESPECIALES, se considerarán válidos únicamente aquellos descuentos que ofrezcan los proponentes, que hayan sido formulados al dorso del Formulario Resumen de Cotización. El texto que informe estos descuentos deberá ser rubricado por el, o los responsables de la firma oferente.

2.2) Propuesta y/o cotización, en original y duplicado, confeccionada en papel con membrete del oferente y según los requisitos establecidos en el Capítulo III del presente Pliego.

En caso de discrepancia entre alguna o algunas de las condiciones o valores informados sobre los documentos de este Sobre Propuesta, prevalecerá lo expuesto en el Formulario Resumen de Cotización.

CAPITULO III PROPUESTA

Art. 11º - MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS: La presentación de una oferta lleva implícita la obligación de mantenerla válida por un plazo mínimo de sesenta (60) días contados desde la fecha de apertura de la Licitación.

Art. 12º - FORMALIDADES: La propuesta deberá observar el cumplimiento de las siguientes formas:

1º) Se presentará por duplicado, redactada en idioma castellano, en un solo tipo de escritura que deberá ser realizada únicamente a máquina.

2º) Deberán estar firmadas todas sus hojas por el proponente o su representante autorizado, con la aclaración de firma pertinente.

3º) Las raspaduras, enmiendas, entrelíneas deberán ser debidamente salvadas al final.

Estará compuesta por la cotización, plazo de entrega, datos característicos garantizados de los materiales y condiciones especiales y/o alternativas, si las hubiere.

Art. 13º - COTIZACION: Además del Formulario Resumen de Cotización que suministra la Empresa, el proponente presentará un presupuesto detallado el que deberá ajustarse a lo siguiente.

1º) La cotización de los precios deberá realizarse en dólares estadounidenses.

2º) En razón de que esta Empresa se encuentra registrada ante la Dirección General Impositiva, como Responsable Inscripto en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), bajo el número de C.U.I.T 30-54578816-7, las cotizaciones deberán discriminar el precitado gravamen, con excepción de los proponentes que sean Responsables no Inscriptos ante el IVA, lo cual deberá ser acreditado mediante una copia de la inscripción ante la D.G.I. El no cumplimiento con lo dispuesto en este inciso, dará lugar a interpretar que los precios cotizados ya incluyen el I.V.A.

3º) Para cada uno de los rubros y/o items que se coticen dentro de los que componen el Alcance de Suministro, se deberá indicar cantidad, unidad, precio unitario y precio total. En caso de discrepancia entre el precio unitario y el precio total, se tendrá en cuenta el precio unitario.

4º) Cuando en el Alcance del Suministro se definan Rubros que se integren por más de un Item, podrán parcializarse cotizaciones a nivel de Item. Es posible en consecuencia presentar ofertas que no completen la totalidad del Rubro.

5º) Cuando los Rubros que se licitan no se dividan en Items, es obligatorio presentar oferta por Rubro o Rubros completos.

Art. 14º - CONDICIONES DE REAJUSTE: Salvo indicación en contrario del Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales, los precios de los bienes cuya provisión se contrate, no estarán sujetos a reajuste de variaciones de costos.

Art. 15º - PLAZO DE ENTREGA: Se entenderá como tal al plazo máximo en el cual el contratista deberá entregar los materiales y/o equipos convenidos, en el lugar pactado, computado a partir de la fecha en que se notifica la adjudicación, o se recepciona la Orden de Compra. No obstante queda dispuesta una cantidad máxima de diez (10) días como posibilidad por parte del proveedor de adelantar la entrega contratada, respecto a la fecha de vencimiento del plazo de entrega.

La Empresa podrá establecer cronogramas de entregas que parcialicen la provisión que se licite, en función de lo cual se indicará para cada entrega parcial la cantidad a proveer y el plazo de vencimiento de cada una de las entregas programadas.

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De no existir un cronograma de entregas, la misma deberá realizarse en un plazo de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de adjudicación o de la de recepción de la Orden de Compra.

La Empresa asume como plazo o cronograma de entregas más adecuado a sus necesidades, al definido en el Pliego licitatorio, pudiendo los proponentes ofrecer plazos o programas de entregas diferentes, quedando a exclusivo juicio de esta Empresa aceptarlos o no. A tal efecto esta propuesta alternativa deberá ser formulada en su oferta con indicación de fechas y cantidades ciertas, garantizando el cumplimiento de la misma.

Art. 16º - CARACTERISTICAS DEL MATERIAL OFRECIDO: Los proponentes deberán precisar claramente en sus ofertas la marca, tipo, modelo y todo detalle relevante de los materiales, equipos y/o accesorios ofrecidos, con el objeto de brindar la más amplia información sobre lo que se propone. Se deberán adjuntar folletos descriptivos, y toda documentación considerada de interés para una mejor apreciación de la calidad y confiabilidad de lo ofrecido. Dicha información responde a la necesidad de asegurar el más completo análisis de las propuestas, y fundamentar con adecuados conocimientos la adjudicación.

Ante la falta parcial o total de Datos Técnicos Garantizados y/o Protocolos de Ensayo que sean requeridos en el Pliego Complementario o en el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, o cuando los materiales y/o equipos solicitados no cumplan con las especificaciones técnicas solicitadas, ya sea en forma parcial o total, queda a exclusivo criterio de la Empresa desestimar la propuesta.

Las Normas y Especificaciones Técnicas, propias de esta Empresa, cuyas condiciones son las que deben observar los materiales o equipos que se liciten, deberán ser adquiridas o consultadas en el Departamento Normalización y Ensayos cuyo domicilio es: calle San Martín 2365, Piso 4º, Código Postal (3000), - Santa Fe – Tel (0342) 4505608 / 609 / 610 / 611 / 612 / 613, Fax: (0342) 4505617, o en las Oficinas Técnicas de las respectivas Gerencias Regionales ubicadas en las ciudades de Rosario, Santa Fe y Rafaela.

Se entenderá que los materiales o equipos solicitados sólo refieren a bienes nuevos y sin uso.

Art. 17º - PROPUESTA ALTERNATIVA QUE MODIFIQUE CARACTERISTICAS TECNICAS: Además de la Oferta Básica, cuya cotización es siempre obligatoria, los proponentes podrán ofrecer las variantes que, a su criterio consideren más ventajosas que las especificadas en la documentación que se anexa al presente Pliego Base. Las variantes así ofrecidas quedarán identificadas como "Cotizaciones Alternativas".

En el caso de variantes ventajosas que modifiquen sustancialmente las bases o condiciones establecidas, y la Empresa, a su exclusivo juicio, evaluara esas ventajas como relevantes se procederá a dejar sin efecto la Licitación y a llamar a una nueva, modificándose convenientemente sus bases y condiciones.

CAPITULOIV DE LAS GARANTIAS

Art. 18º - CLASES E IMPORTES: Para afianzar el cumplimiento de todas sus obligaciones los proponentes y adjudicatarios deberán constituir las siguientes garantías:

I - Garantía de la Oferta: Deberá realizarse en dólares y será el uno por ciento (1%) del valor del Presupuesto Oficial o de los valores de los Rubros en que se divida dicho Presupuesto Oficial, conforme a la metodología prevista en el Artículo 10º, subinciso 1.1).

II - Garantía de la Adjudicación y/o Contrato: el cinco por ciento (5%) del valor total de la adjudicación.

Art. 19º - FORMAS DE CONSTITUIR LAS GARANTIAS: Las garantías a que se refiere en el artículo anterior, deberán constituirse en alguna de estas formas, a opción del proponente o del adjudicatario:

a) Fianza solidaria de una institución bancaria a satisfacción de la Comitente

b) Mediante póliza de seguro de caución, que se encuadre en la Reglamentación que establezca la Superintendencia de Seguros de la Nación.

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Las garantías que se acompañen, conforme a lo previsto en los incisos a), b), de éste artículo, deberán ser presentadas en original.

Las Garantías de Oferta presentadas según las formas previstas en los incisos a), b) de este artículo, deberán mantener su vigencia hasta la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta, a la cual se adicionará el período de prorroga, cuando por Pliego Complementario se prevea la posibilidad de extender este plazo. Las Garantías de Contrato, deberán extender su vigencia, hasta la fecha de vencimiento de las obligaciones del contrato.

No serán rechazadas las ofertas, cuando por error el monto de la garantía presentada fuere inferior al que corresponda por una diferencia que no supere el cero coma cinco por ciento (0,5%) del importe correcto. Se intimará en ese caso, según los términos establecidos en el Artículo 10º- punto 1, último párrafo, al proponente a cubrir la diferencia en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles; no cumplimentando esa intimación en tiempo y forma se dará por desestimada la oferta.

Art. 20º - PLAZO PARA CONSTITUIR LA GARANTIA DEL CONTRATO: Dentro de los veinte (20) días de la notificación de la adjudicación o de recepcionada la Orden de Compra, el adjudicatario deberá constituir una Garantía equivalente al cinco por ciento ( 5%) del monto adjudicado. El no cumplimiento de este requisito habilitará la suspensión de los pagos de las facturas por entregas que pudieran haberse ya concretado, hasta tanto se satisfaga el cumplimiento de esta garantía.

A efectos de su constitución deberán observarse las modalidades indicadas en el artículo anterior.

Art. 21º - INTERESES: Las garantías constituidas para la propuesta o para el contrato, no devengarán intereses por ningún concepto.

Art. 22º - DEVOLUCION DE LAS GARANTIAS: serán devueltas de oficio:

I - Las garantías de oferta: a los proponentes que no resultaren adjudicatarios, una vez decidida la adjudicación y/o producido el vencimiento del plazo de mantenimiento de ofertas, con sus prórrogas si correspondieren.

II - Las garantías de adjudicación: una vez cumplida la contratación mediante la recepción de conformidad de la totalidad de los bienes, conforme al detalle contenido en la respectiva Orden de Compra.

CAPITULO V MUESTRAS

Art. 23º - PRESENTACION: En el caso de que el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones así lo requiera, o en el supuesto contrario, cuando el proponente así lo desee, este deberá entregar antes de la apertura de la Licitación en bulto cerrado, lacrado y rotulado, las muestras exigidas u ofrecidas. Estas podrán ser retiradas vencido el plazo de mantenimiento de propuestas o de producida la adjudicación.

Los lugares donde podrán efectuarse las entregas de las muestras son, dependiendo del domicilio del lugar de apertura de la licitación, los siguientes:

Santa Fe: Espora y República de Siria (Almacén Villa María Selva)

Rafaela: Avda. Santa Fe 1.671 (Almacén Central Regional Rafaela)

Rosario: Catamarca 1.051 (Almacén Catamarca).

Producida la entrega de las muestras, la E.P.E. emitirá un recibo por triplicado. El original quedará en poder del proponente y deberá ser presentado imprescindiblemente en oportunidad de solicitar la devolución de la muestra presentada, el duplicado deberá ser incluido en el Sobre Presentación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10º -subinciso 1.12)- de este Pliego. El triplicado será retenido por la E.P.E.

El bulto que contiene las muestras será abierto para su verificación y control con posterioridad al acto de apertura de la Licitación.

Art. 24º - ENSAYOS DE LAS MUESTRAS: Las muestras podrán ser sometidas a los ensayos, análisis y experiencias que la Empresa estime necesario, sin que el propietario de la misma tenga derecho a reclamación alguna por deterioro o destrucción.

Art. 25º - RETIRO Y DEVOLUCION DE LAS MUESTRAS: Las muestras que correspondan a ofertas no adjudicadas y que no hayan sido sometidas a ensayos destructivos, quedarán a disposición de los

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proponentes para su retiro hasta treinta (30) días después de producida la adjudicación. Las muestras que no fueren retiradas dentro de este plazo, pasarán sin cargo a propiedad de la E.P.E.

Las muestras correspondientes a los bienes adjudicados quedarán en poder de esta Empresa, para el control posterior de las entregas. Una vez cumplida la totalidad de las entregas, las muestras quedarán a disposición de los adjudicatarios por el plazo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de última entrega. De no procederse al retiro de las muestras en ese plazo, se seguirá el criterio establecido en el párrafo anterior.

CAPITULO VI ACTO DE LICITACION

Art. 26º - APERTURA DE LAS OFERTAS: En el lugar, día y hora fijados al efecto, bajo la presidencia del funcionario designado por la Empresa y en presencia de los interesados que concurran al acto se dará por finalizada la recepción de ofertas, previo recuento y numeración correlativa de los sobres, anunciándose el número de ofertas recibidas.

A partir de ese momento no se aceptará el retiro de ninguna de las propuestas. Inmediatamente se procederá a abrir los Sobres de Presentación mencionando los documentos, que se acompañan en cada uno. Quedarán de hecho incluidas en la Licitación aquellas propuestas cuyas garantías de oferta - Artículo 10º (subinciso 1.1) de este Pliego- hayan sido aceptadas, y las que hayan incluido dentro del Sobre Presentación el Sobre Propuesta debidamente cerrado. Posteriormente se procederá a la apertura de los Sobres Propuesta correspondientes, dándose lectura a aquellas propuestas que hayan cumplimentado estos dos requisitos.

Terminada la lectura, los proponentes presentes o representantes autorizados, podrán formular las observaciones que crean necesarias respecto de lo actuado en el acto de apertura. Dichas observaciones deberán manifestarse en forma verbal, concretas y concisas, ajustadas estrictamente a los hechos o documentos vinculados con el acto de apertura. No se admitirá discusión alguna sobre ellas.

Art. 27º - ACTA: De todo lo ocurrido durante el "acto de Licitación" se labrará acta al finalizar el mismo, la que, previa lectura, será firmada por los funcionarios actuantes y los asistentes que quisieran hacerlo. En este acta se dejará constancia de las observaciones que se formulen.

Todos los presentes podrán impugnar cualquiera de las propuestas dentro del término de dos (2) días hábiles administrativos contados a partir del día en que se llevó a cabo la apertura. La impugnación debe ser fundada y por escrito y será resuelta juntamente con la adjudicación. Para que la impugnación sea tenida en cuenta, se deberá realizar un depósito en pesos igual al 2%o (Dos por mil) del presupuesto oficial de la licitación, en la Cuenta Corriente n° 443/06-Suc. 599 del Nuevo Banco de Santa Fe SA; presentándose la constancia del pago en forma conjunta con el escrito de impugnación.-

El depósito será reintegrado al oferente impugnante, dentro de los 30 (treinta) días de dictado el Acto Administrativo que lo resuelva, solo en el caso que la Empresa haga lugar a la impugnación.-

CAPITULO VII SELECCION DE OFERTAS

Art. 28º - ESTUDIO DE LAS OFERTAS: La empresa se reserva el derecho de efectuar los estudios comparativos que estime necesarios, utilizando el o los métodos que considere convenientes a los efectos de determinar la oferta más ventajosa, la que podrá no ser necesariamente la de menor precio.

La comparación de las ofertas se realizará en pesos ($), por lo que las cotizaciones en dólares estadounidenses se convertirán a pesos ($) de acuerdo a la cotización vigente del dólar tipo vendedor para operaciones de comercio exterior determinado por el Banco Nación de la República Argentina al cierre de las operaciones del día inmediato anterior al acto de apertura.

La Empresa podrá también rechazar todas las propuestas sin que esto dé derecho a reclamo de ninguna naturaleza por parte de las firmas cotizantes.

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Art. 29º - ALCANCE DE LA ADJUDICACION: Salvo que el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales establezca lo contrario, la adjudicación se hará por Rubro completo, si es que en la planilla de Alcance del Suministro no se ha previsto la desagregación de los rubros en items. Si en dicha planilla se establece que el pedido de cotización se compone de Rubros que a su vez se dividen en Items, la adjudicación podrá parcializarse a nivel de Item.

Art. 30º - MEJORA DE PRECIOS: Si entre las propuestas admitidas hubiere dos o más cotizaciones que, a criterio de la Empresa, fueran consideradas igualmente convenientes, que las diferencias comparativas de precios entre esas ofertas no fuesen mayores al dos por ciento (2%) y que sean evaluadas como más ventajosas que las restantes, se LLAMARA a mejora de precios entre esos proponentes exclusivamente. Idéntico criterio se empleará cuando se presente la condición de que la empresa que haya realizado la mejor oferta no sea de origen provincial y corresponda la aplicación de lo establecido en los Artículos 3, 4 y 5 de la Ley Provincial Nº 12105/2003 (Compre Santafesino), para aquellos proveedores que hallan cumplimentado con los requisitos necesarios para registrar su adhesión a la citada Ley en el Registro Unico de Proveedores de la E.P.E. En caso de presentarse las dos condiciones el llamado a mejora de precios se hará en forma conjunta.

La respuesta al pedido de mejora de precios se concretará mediante una nueva presentación con iguales requisitos a los exigidos para la confección del Sobre Propuesta. A tal efecto se fijará plazo para la presentación de las nuevas propuestas de mejora de precios, estableciéndose además fecha y hora para la apertura de las mismas, lo que se comunicará formalmente a los proponentes.

CAPITULO VIII CONTRATO

Art. 31º - PERFECCION DEL CONTRATO: Aprobada la adjudicación por el o los actos administrativos correspondientes a la Empresa y comunicada esta decisión en término al proponente, mediante la recepción de la correspondiente Orden de Compra u otra forma de comunicación fehaciente, queda perfeccionado desde ese momento el contrato de provisión.

El contrato así perfeccionado obligará a las partes sin perjuicio de que, cuando otras disposiciones legales vigentes lo establezcan, se deba proceder a la formalización de un convenio específico, lo que se deberá concretar dentro de los treinta días siguientes al de la notificación.

Transcurrido dicho plazo sin que el adjudicatario dé cumplimiento a la obligación referida, se procederá a ejecutar la garantía de oferta y se le aplicarán las sanciones previstas en la reglamentación del Registro de Proveedores, sin perjuicio del derecho de la Empresa para promover contra el adjudicatario las acciones que jurídicamente correspondan para resarcirse de los daños sufridos a raíz del incumplimiento por parte de aquél.

Art. 32º - ELEMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integrante de todo contrato que se celebre, lo siguiente:

1 - Las disposiciones de este Pliego y el de sus cláusulas complementarias.

2 - La propuesta aceptada y el acto administrativo de adjudicación.

3 - La Orden de Compra.

4 - Las Normas técnicas, planos de conjunto, planos de detalle y/o demás elementos ilustrativos integrantes del legajo de licitación.

5 - Las muestras.

6 - Las aclaraciones o instrucciones complementarias de los documentos de licitación que la Empresa hubiere hecho conocer por escrito a los interesados, antes de la fecha de apertura.

7 – La documentación respaldatoria respecto a la cotización del dólar tipo vendedor para operaciones de comercio exterior del Banco Nación de la República Argentina vigente al cierre de las operaciones del día inmediato anterior al acto de apertura.

Art. 33º - TRANSFERENCIA DEL CONTRATO: Formalizado el contrato, según las disposiciones del artículo anterior, el contratista no podrá transferirlo ni cederlo, total o parcialmente, a otra persona o entidad ni asociarse para su cumplimiento, sin la previa autorización por escrito de la Empresa. Caso contrario, la Empresa podrá rescindirlo sin recurso o acción previa alguna para exigir el cumplimiento del contrato por parte del contratista.

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Art. 34º - AMPLIACION DEL CONTRATO: Cuando en el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales no se prevea lo contrario, la Empresa podrá, previa conformidad del contratista, ampliar el importe total contratado hasta en un veinte por ciento (20%) sobre dicho monto. Esta ampliación podrá aplicarse a incrementar las cantidades a suministrar convenidas originalmente, manteniendo los mismos precios y condiciones pactadas en la adjudicación original.

Esta opción podrá ser ejercida por la Empresa dentro de un plazo máximo, el que no podrá exceder en más de noventa (90) días a la fecha de vencimiento del plazo de entrega convenido originalmente, o a la fecha en que vence el más extendido de los plazos de entrega, cuando se hubieren contratado programas de entrega con más de un plazo.

Art. 35º - INHIBICIONES: No serán admitidos a contratar los que se hallen procesados, los que estén en estado de interdicción judicial, los deudores del Fisco y los que hubieren faltado al cumplimiento de contratos anteriores con la Provincia y/o la Empresa, o que se encuadren en alguna de las causales que estén contempladas en la reglamentación del Registro de Proveedores de la Empresa.

CAPITULO IX CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Art. 36º - INSPECCION EN FABRICA: Cuando se contratare la compra de materiales o equipos de producción nacional, la E.P.E. se reserva la facultad de realizar ensayos en fábrica sobre los elementos adjudicados, previo al envío de los mismos a los lugares de entrega que hayan sido fijados. A tal efecto la Empresa podrá destacar un Inspector a su costo y cargo para la realización de dichos ensayos. En tal caso, el contratista deberá poner a disposición de dicho Inspector y a su cargo, el personal, laboratorio y todos los elementos necesarios que permitan comprobar si la calidad y característica de los materiales y/o la ejecución de los trabajos contratados responden a las especificaciones requeridas por Pliego o garantizadas en la oferta.

A estos fines, el contratista deberá comunicar al Departamento Normalización y Ensayos cuyo domicilio es: calle San Martín 2365, Piso 4º, Código Postal (3000), - Santa Fe – Tel (0342) 4505608 / 609 / 610 / 611 / 612 / 613, Fax: (0342) 4505617, o al sector que en su lugar sea determinado por Pliego Complementario, con una antelación no menor de diez (10) días a la fecha en que lo adjudicado se halle en condiciones de ser ensayado.

Transcurridos cinco (5) días hábiles posteriores a dicha fecha, sin comunicación por parte de la Empresa hacia el contratista que confirme la realización del ensayo en fábrica con sus propios inspectores, se considerará que la misma prescinde del derecho de llevar a cabo los ensayos, debiendo en consecuencia el proveedor enviar los elementos o materiales adjudicados.

La comunicación del proveedor informando la fecha a partir del cual se pueden llevar a cabo los ensayos en fábrica, dará lugar a la suspensión del plazo de entrega desde la fecha indicada y por el tiempo que demande la realización de esos ensayos. Ante la renuncia expresa o tácita de la Empresa a concretar los ensayos en fábrica, la suspensión del cómputo de días para el control de plazo de entrega se realizará por el período de diez (10) días, posteriores a la fecha desde la cual se comunicó que los materiales se encontraban disponibles para su inspección en fábrica.

No se incluirán en esta prórroga los elementos rechazados por el Inspector. Quedan a cargo del contratista los gastos derivados de traslado y estadía del Inspector en los casos que se deban repetir los ensayos por causa imputable al contratista.

Art. 37º - NORMAS TECNICAS: A los efectos indicados en el artículo precedente y salvo que el Pliego Complementario o las planillas de Descripción Técnica establezcan lo contrario, serán de estricta aplicación en el orden de prelación con que se las nomina, las siguientes Normas: Especificaciones Técnicas de la E.P.E., normas IRAM, normas ANSI y normas IEC.

Cuando las exigencias de orden técnico requeridas por la E.P.E., permitan la cotización de material de origen extranjero que no encuadre en las normas citadas anteriormente, serán de aplicación las normas vigentes en el país de origen.

Art. 38º - LUGAR Y FORMA DE ENTREGA: La entrega de los materiales o equipos se harán en el lugar y forma indicado en el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales.

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Cuando no se hubiere hecho constar tal indicación, queda entendido que la entrega deberá realizarse una vez efectuados los ensayos en fábrica, o de haber desistido de ellos la Empresa, sobre piso estibado adecuadamente, en el depósito o lugar de entrega que se especifique en las cláusulas complementarias o en el respectivo cronograma de entregas.

De haberse establecido la cláusula "entrega inmediata", se entenderá que la entrega debe realizarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de la fecha de notificada la adjudicación.

Art. 39º - REMITOS Y RECEPCION DEFINITIVA: Los recibos o remitos que se firman en el momento de la entrega, lo serán en condiciones "a revisar", operándose la recepción definitiva en el lugar de entrega convenido, una vez concluídos los procedimientos de control de calidad que decida concretar la Empresa en sus propias dependencias, a fin de verificar que los artículos entregados se ajustan a las especificaciones técnicas y demás condiciones contratadas.

Si se produjeran rechazos, la Empresa producirá una comunicación formal en tal sentido al proveedor, dentro de los treinta (30) días de ingresados los elementos al lugar de entrega establecido. En ese caso el material que resultare rechazado deberá ser retirado por el proveedor en un plazo de cinco (5) días a partir de recibida la comunicación de rechazo. De no proceder el proveedor a retirar los elementos rechazados en ese plazo, la Empresa los devolverá a destino por el medio que estime más adecuado, con flete a pagar por el destinatario, más los costos de carga descarga y adicionales que se produzcan.

La recepción definitiva de lo adjudicado y la devolución de los depósitos de Garantía al contratista, no liberan a éste de las responsabilidades que establece el artículo 1.646º y concordantes del Código Civil.

Art. 40º - INCUMPLIMIENTO: El contratista no podrá negarse a entregar los efectos ofrecidos en la Licitación, ni pretender sustituírlos por otros de calidad inferior o distinta de lo convenido. La falta, incumplimiento o negativa de entrega en las condiciones ofrecidas, facultará a la Empresa a adquirir de terceros esos elementos por cuenta del proponente y cargarle las diferencias de precios, si las hubiere, reservándose al mismo tiempo, el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan. Para que sea justificada la causal que origina el incumplimiento, ésta deberá encuadrarse en las figuras de "caso fortuito" o de "fuerza mayor" previstas en el Código Civil. Asimismo no podrá el contratista, bajo pretexto de falta o atraso en los pagos por parte de la Empresa, dejar de cumplir las obligaciones contraídas.

Art. 41º - EMBALAJE: El contratista será responsable por el deficiente acondicionamiento o embalaje de los artículos expedidos, debiendo repararlos o reemplazarlos según corresponda, por su exclusiva cuenta y cargo, si por dicha causa hubieran sufrido deterioros, roturas o inutilización.

CAPITULO X PAGOS

Art. 42º - FORMA DE PAGO: El pago será realizado en las oficinas de la Empresa que se indiquen en las respectivas Ordenes de Compra, contrato específico o Pliego Complementario. El mismo se efectuará en el "plazo corriente administrativo", entendiéndose como tal el comprendido dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de entrega, cumplimiento del objeto contractual y/o de la fecha de presentación de la correspondiente factura, la que fuere última. Puntualizándose que se considerará como fecha de entrega de los materiales con inspección en destino, la de aprobación del material ingresado.

La Empresa Provincial de la Energía efectuará el o los pagos, según corresponda, convirtiendo a pesos ($) el valor ofertado, conforme al cambio dólar vendedor para operaciones de comercio exterior del Banco Nación de la República Argentina al cierre del día anterior a aquel en el que se perfeccione el hecho imponible .

De acuerdo a lo dispuesto en los Decretos Nº 3277/90 y N° 3419/95 y la Resolución N° 481/11 del Ministerio de Economía de la Provincia, todos los pagos a terceros ajenos al Estado Provincial, cuyos importes superen los cien mil pesos ($ 100.000), se realizarán mediante cheque cruzado especial, designando en el cruzamiento: "Banco de Santa Fe S.A.- para ser acreditado únicamente en la cuenta del/los titulares a cuya orden está extendido".

EL PROVEEDOR PARA HACER EFECTIVO EL COBRO DE SUS ACREENCIAS, DEBERA DAR CUMPLIMIENTO A LO REQUERIDO EN EL DECRETO PROVINCIAL Nº 224/92 Y SUS MODIFICATORIOS.

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Art. 43º - PLAZOS: Todos los plazos a los efectos de la aplicación de la forma de pago, se empezarán a contar a partir de la fecha de presentación de la respectiva factura en el lugar de pago definido en la Orden de Compra o en el convenio específico, y/o a partir de la fecha de entrega, la que fuere posterior.

Los términos convenidos se interrumpirán si existieren observaciones sobre la documentación pertinente u otros trámites a cumplir que sean imputables al acreedor.

Art. 44º - IMPUESTO DE SELLOS: Será condición indispensable para habilitar el trámite de pago de las facturas, presentar constancia de pago del impuesto de sellos que grava el contrato por la parte que corresponde al proveedor.

Art. 45º - MORA EN EL PAGO - LIQUIDACION DE INTERESES: La mora en el pago dará derecho al proveedor o contratista a percibir hasta el momento de efectivo pago, por la cantidad de días en mora, intereses que se calcularán en base al promedio simple de la Tasa BADLAR por Depósitos a Plazo Fijo en Pesos para el Total de Bancos Informantes que publica el Banco Central de la República Argentina durante el período incurrido en mora. Esta tasa promedio será aplicada mediante un sistema de interés simple al monto de la obligación caída en mora y multiplicada por el período de tiempo en mora, conforme la siguiente fórmula:

Interés Moratorio = 365

** 1 d

n

T

M

n

ii

Donde:

M: Monto de la obligación caída en mora. Ti: Tasa BADLAR por Depósitos a Plazo Fijo en Pesos para el Total de Bancos informantes, en %

nominal anual para el día “i”. n: Cantidad de Tasas BADLAR publicadas por el Banco Central para el período en que la

obligación cayó en mora. d: Cantidad de días en mora, desde el día del vencimiento de la obligación hasta el día de su

pago.

En el recibo del capital por parte del acreedor, el mismo deberá efectuar la reserva por el reclamo de intereses, de lo contrario quedará extinguida la obligación por parte de esta Empresa.

Efectuada la reserva, la gestión de liquidación y pago de los intereses deberá iniciarse expresamente y por escrito dentro del plazo máximo de treinta (30) días siguientes a la fecha de que el cobro bajo reserva se hubiera efectuado, vencido el cual quedará extinguido todo derecho de cobro por parte del acreedor.

Los intereses moratorios que prevé este Artículo deberán liquidarse y abonarse dentro de los treinta (30) días de solicitados, caso contrario serán de aplicación sobre las sumas reclamadas, las mismas normas que se establecen en el presente.

CAPITULO XI MULTAS

Art. 46º - SANCIONES: Independientemente de las sanciones que se establecen en este Pliego, y sin perjuicio de las demás acciones que correspondieren por derecho, el incumplimiento de las obligaciones convenidas hará pasible a los proponentes o contratistas de las sanciones estipuladas por la Reglamentación del Registro de Proveedores de la Empresa.

Art. 47º - MORA EN LAS ENTREGAS: El contratista quedará constituido en mora y obligado al pago de la multa correspondiente, por el mero vencimiento del o los plazos acordados para la entrega de la provisión, sin necesidad de requerimiento o intimación previa alguna.

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Art. 48º - IMPORTE: Sin renunciar al derecho a hacer uso de la acción indirecta, la Empresa podrá, una vez constituido en mora el contratista, aplicarle una multa equivalente al 2 %o (dos por mil) del importe del bien no entregado en término por cada día de mora. Si el total de las multas aplicadas alcanzare el 15 % del importe del contrato, la Empresa podrá rescindirlo por culpa del contratista. Si se hubieran contratado entregas parciales, el importe sobre el cual deberá calcularse el porcentaje será el que corresponda a la entrega en que se ha incurrido en mora.

El importe para la aplicación de la multa se calculará convirtiendo a pesos ($) el valor ofertado, conforme al cambio dólar vendedor para operaciones de comercio exterior del Banco Nación de la República Argentina al cierre del día anterior a aquel en el que se perfeccione el hecho imponible

Art. 49º - PROCEDIMIENTO PARA SU APLICACION: Producida la situación de mora del contratista en los términos del Art. 47º del presente, la multa se hará efectiva en forma automática y directa, descontándose su importe de los créditos no afectados que el contratista tuviere a su favor. De ser estos insuficientes, la Empresa procederá a intimar su cancelación por el saldo en un plazo máximo de noventa días.

El hecho administrativo consistente en el descuento de la multa que corresponda será suficiente para que el contratista pueda interponer contra el mismo los recursos administrativos correspondientes en la forma y modo establecidos por las reglamentaciones en vigencia.

IMPORTANTE

Serán causales de rechazo de las ofertas en el mismo acto de apertura cuando se presenten las siguientes circunstancias:

a) La omisión o deficiencia del Depósito de Garantía Cap. II, Art. 10º, (Sub-Inc. 1.1) y Cap.. IV, Art. 18º y 19º).

b) La omisión, dentro del "Sobre Presentación" del "SOBRE PROPUESTA" debidamente cerrado, conteniendo la propuesta Cap. II, Art. 10º, (Sub.Inc. 1.2) y "Formulario Resumen de Cotización", únicamente.

c) El cambio del Formulario resumen de Cotización por fotocopias u otras hojas distintas a las oficiales entregadas por la E.P.E., conforme a lo previsto en el Cap. II, Art. 10º, (Sub-Inc. 2.1).

SELLADO PROVINCIAL DE LEY (Cap. II, Art. 10º, Sub-Inc. 1.4)

Lic. Publica: Sellado único (Pvcia. Santa Fe) Valor $ 216,00.

Lic. Privada: Sellado único (Pvcia. Santa Fe) Valor $ 100,00

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PLIEGO PARTICULAR PARA CONTRATOS DE PROVISION

(Cotización en Dólares)

Fecha de impresión

11/09/2014

Página 1 de 1Pliego Particular Modificación Forma de Pago Dólar (ARTICULO 42° PByCGCPenD).doc

ARTICULO 1°.- En el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Contratos de Provisión en Dólares, se modifica el Artículo 42º - FORMA DE PAGO (CAPITULO X – PAGOS), el que queda redactado de la siguiente manera:

“El pago de los importes establecidos en la/s Orden/es de Compra será realizado en las oficinas de la Empresa que se indique/n en las mismas, en contrato específico o en el Pliego Complementario. Dicho pago se efectuará en el "plazo corriente administrativo", entendiéndose como tal a los treinta (30) días contados a partir de la fecha de entrega, cumplimiento del objeto contractual y/o de la fecha de presentación de la correspondiente factura, la que fuere última.

Cuando la variación del tipo de cambio del dólar vendedor para operaciones de comercio exterior del Banco Nación de la República Argentina, entre el día hábil anterior a la fecha de apertura y el día hábil anterior al efectivo pago mencionada en el párrafo anterior, supere el 5%, la Empresa Provincial de la Energía reconocerá la misma. La Nota de Debito por este concepto será abonada a los 10 días de su presentación.

De acuerdo a lo dispuesto en los Decretos Nº 3277/90 y Nº 3419/95 y la Resolución Nº 481/11 del Ministerio de Economía de la Provincia, todos los pagos a terceros ajenos al Estado Provincial, cuyos importes superen los treinta y cinco mil pesos ($ 35.000), se realizarán mediante cheque cruzado especial, designando en el cruzamiento: "Banco de Santa Fe S.A.- para ser acreditado únicamente en la cuenta del/los titulares a cuya orden está extendido".

PARA HACER EFECTIVO EL COBRO DE SUS ACREENCIAS, EL PROVEEDOR DEBERA PRESENTAR CON LA FACTURA Y LA NOTA DE DÉBITO, DE CORRESPONDER, LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL VIGENTE.”

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12/03/14

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE UNIDAD COMPRAS – AREA ABASTECIMIENTO

ANEXO

1. Se comunica que la Administración Provincial de Impuestos (API), a través de

la Resolución General n° 19/2011, de fecha 20/10/11, ha creado la “CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL”, que deberán presentar los contribuyentes y/o responsables que participen en Compras, Licitaciones, Contrataciones y/o cualquier otra gestión con el Estado Provincial. Por tal motivo, la misma se deberá adjuntar con los demás requisitos que debe contener el Sobre Presentación - Art. 10 del Pliego de Bases y Condiciones Generales.-

Por consultas o aclaraciones el servicio se encuentra disponible en la página web www.santafe.gov.ar ingresando a impuestos - Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Constancia de Cumplimiento Fiscal.

2. En cuanto a la Declaración Jurada de Ley 17250, la misma será cumplimentada mediante la presentación del formulario 522/A y su correspondiente acuse de recibo por parte de la AFIP.-

3. Exclusivo para Obras Públicas: Se establece el Decreto Provincial N° 195/2006, como requisito de admisibilidad para las firmas que pretendan presentarse como oferentes en Licitaciones Pública y Privadas, Concursos de Precios y contrataciones Directas de Obras Públicas, la inexistencia de antecedentes de rescisión de contratos de Obra Pública por culpa de la firma, por el lapso de dos años anteriores a la fecha de publicación del llamado.-

4. Certificado Registro Deudores Alimentarios: Certificado negativo expedido por el REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS (R.D.A.M.) de la Jurisdicción que corresponda al oferente (en original o copia certificada por Tribunales o Escribano Público), tanto para “Personas Físicas”, o “Personas Jurídicas”. Para el caso de “Personas Jurídicas”, deberá presentarse certificado de los miembros que integren los órganos de administración; para “Unión Transitoria de Empresa” (U.T.E.), de los miembros de los órganos de administración de las personas jurídicas que la componen. (Ley 11.945, Art. 2 inc. a. 1 y 2, y Decreto 1005/2006)

Primera Junta 2558 – 1º Piso – (3000) Santa Fe Tel/Fax: (0342) 4505849 – 4505848 – 4505854

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EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Area Abastecimiento – Unidad Compras Tel / Fax: .(0342) 4505849 / 4505854

PLANILLA DE REQUISITOS LEGALES

• Nombre y Apellido o denominación del proponente : .................................................................

.......................................................................................................................................................

• Domicilio real ...............................................................................................................................

• Localidad ......................................................................................................................................

• Domicilio legal en la ciudad de Santa Fe ....................................................................................

• Garantía de la propuesta : (1% del Presupuesto Oficial)............................................................

.......................................................................................................................................................

• Forma : .........................................................................................................................................

• Institución que la otorgó ..............................................................................................................

• Sellado Provincial de Ley Art. 10º ( Inc. 1.4) ..............................................................................

• Inscripción Registro Unico de Proveedores de la E.P.E. Art. 10º ( Inc. 1.5.) Nº ........................

• Certificado de libre deuda por Impuesto a los Ingresos Brutos y Ley 5110 Art. 10º (Inc. 1.7), extendido por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Santa Fe.

• Se acompaña antecedentes como proveedores de los mismos bienes que constituyan el objeto de esta Licitación, de organismos oficiales, cooperativas y/o particulares Art. 10º (Inc. 1.9).

• Conforme a lo que establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación, esta firma declara que para cualquier cuestión Judicial que se suscite, se acepta la competencia y jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Fe Art. 10º (Inc. 1.10), y además de que esta oferta se mantiene por el término establecido, a contar desde la fecha de apertura.

.................................................................................... Firma y Sello Aclaratorio

Gustavo Alberdi
EJEMPLAR SIN VALOR