Lic. lucio quispe r.

34
“RESPONSABILIDAD POR LA FUNCIÓN PÚBLICA”

Transcript of Lic. lucio quispe r.

“RESPONSABILIDAD POR LA FUNCIÓN PÚBLICA”

OBJETIVO DE LA UNIDADOBJETIVO DE LA UNIDAD

TODA ENTIDAD PARA EJECUTAR ACTIVIDADES

TODA ENTIDAD PARA EJECUTAR ACTIVIDADES

RECURSOS HUMANOSMATERIALES

ECONOMICOS Y FINANCIEROS

RECURSOS HUMANOSMATERIALES

ECONOMICOS Y FINANCIEROS

ALCANZAR RESULTADOS DESEADOS

ALCANZAR RESULTADOS DESEADOS

NECESITA

DOTACION

PARA REALIZAR LA COMPRA Y/O CONTRATACION DE B y S DE MANERA ÓPTIMA

PARA REALIZAR LA COMPRA Y/O CONTRATACION DE B y S DE MANERA ÓPTIMA

CUMPLIR UNA SERIE DE OPERACIONES

CUMPLIR UNA SERIE DE OPERACIONES

GARANTIZA QUE B y S ADQUIRIDOS SATISFAGAN

LAS NECESIDADES

GARANTIZA QUE B y S ADQUIRIDOS SATISFAGAN

LAS NECESIDADES

EN ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO LA COMPRAS DE BIENES Y

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS

EN ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO LA COMPRAS DE BIENES Y

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS

MANEJO DE BIENESBAJA DE B y S

MANEJO DE BIENESBAJA DE B y S

REGULADA POR Art. 10

Ley 1178

REGULADA POR Art. 10

Ley 1178

es

de carácter

que

en

a) Establecer los principios, normas y condiciones que regulan los procesos de administración de bienes, servicios, obligaciones y derechos que derivan de éstos, en el marco de la Constitución Política del Estado y la Ley N° 1178;

b) Establecer los elementos esenciales de organización, funcionamiento y de control interno, relativos a la administración de bienes y servicios.

a) Establecer los principios, normas y condiciones que regulan los procesos de administración de bienes, servicios, obligaciones y derechos que derivan de éstos, en el marco de la Constitución Política del Estado y la Ley N° 1178;

b) Establecer los elementos esenciales de organización, funcionamiento y de control interno, relativos a la administración de bienes y servicios.

PRINCIPIOSPRINCIPIOS

Efici

encia

Efici

encia

Economía

Economía

Participación Participación

Libre

pa

rticip

ació

nLibre

pa

rticip

ació

n

SolidaridadSolidaridad

Respon

sabilidadRespon

sabilidadBue

na F

e

Buena

Fe

CONTRATACIÓN

DISPOSICIÓN

CONSTITUYEN 3 SUBSISTEMASCONSTITUYEN 3 SUBSISTEMAS

Regulan el proceso de contratación de bienes, obras, servicios generales y consultoría.

Regulan el manejo de bienes que se encuentran bajo cuidado o custodia de la entidad.

MANEJO

Es la toma de decisión sobre el destino de los bienes de uso cuando éstos no son ni serán utilizados por la entidad pública.

Conjunto interrelacionado de principios, elementosjurídicos, técnicos y administrativos.

Conjunto interrelacionado de principios, elementosjurídicos, técnicos y administrativos.

MODELOS DE DBC MODELOS DE DBC MODALIDAD ANPEMODALIDAD ANPE

R.M. Nº 262 15/07/09

BienesBienesBienesBienes

MODELOS DE DBC MODELOS DE DBC LICITACIÓN PÚBLICALICITACIÓN PÚBLICA

R.M. Nº 262 15/07/09

ObrasObrasObrasObras

ServiciosServiciosServiciosServicios

ConsultoríaConsultoríaConsultoríaConsultoría

BienesBienesBienesBienes

ObrasObrasObrasObras

ServiciosServiciosServiciosServicios

ConsultoríaConsultoríaConsultoríaConsultoría

Supervisión TécnicaSupervisión TécnicaSupervisión TécnicaSupervisión Técnica

SegurosSegurosSegurosSeguros

MedicamentosMedicamentosMedicamentosMedicamentos

InmueblesInmueblesInmueblesInmuebles

ArrendamientoArrendamientoArrendamientoArrendamiento

MODELOS ELABORADOS Y APROBADOS POR EL ÓRGANO RECTOR DE APLICACIÓN

OBLIGATORIA

Tipos de contratación Tipos de contratación Tipos de contratación Tipos de contratación

SegurosSegurosSegurosSeguros

R.M. Nº 341 7/09/09

MedicamentosMedicamentosMedicamentosMedicamentos

1. SUBSISTEMA DE CONTRATACIÓN

Participantes de proceso de ContrataciónParticipantes de proceso de ContrataciónParticipantes de proceso de ContrataciónParticipantes de proceso de Contratación

Máxima Autoridad Ejecutiva - MAE

Responsable del Proceso de Contrataciónpara Licitación Pública – RPC = 1 000001

Unidad Administrativa (Comisión económica)

Unidad Solicitante (UE)

Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nal. a Producción y Empleo – RPA = 1 a 1000000

Unidad Jurídica - Asesor Legal

Comisión de Recepción (almacén )

Comisión de Calificación (unidad solicitante)

Solicitud

Autorización

Ejecución

Adjudicación

Suscripción de contrato

Administración Contrato

(Seg.)

Apoya a todo el proceso de contratación

M A E

Fases del proceso de contratación Fases del proceso de contratación Fases del proceso de contratación Fases del proceso de contratación

Actividades previas Preparación Formalización Evaluación

AdjudicaciónSuscripción de

Contrato

Administra-ción del Contrato

Fase I Fase II Fase III Fase IV Fase V Fase VI

Máxima Autoridad Máxima Autoridad Ejecutiva MAEEjecutiva MAE

Responsable del Proceso de Responsable del Proceso de ContrataciónContratación

Unidad Unidad SolicitanteSolicitante

Unidad Admttva.

Unidad Solicitant

e

Asesor Legal

Comisión Calificació

n

Comisión Recepción

Asesor Legal

LL icit

ació

icit

ació

n

n

blica

blica

en

30

en

30

d

ías

día

s

LL icit

ació

icit

ació

n

n

blica

blica

en

30

en

30

d

ías

día

s

AN

PE =

A

NP

E =

2

0 d

ias

20

dia

sA

NP

E =

A

NP

E =

2

0 d

ias

20

dia

s C. Menor

20.001 a 200.000

200.001 a 1.000.000

Sin plazo

Mínimo 4 d

Mínimo 8 d

Lic. Púb. Nacional

Lic. Púb. Internacional

Mínimo 15 d

Mínimo 20 d

Los plazos de otras actividades deberán ser establecidos en un cronograma que formará parte del Documento Base de Contratación DBC.NOTA: convocatoria 3 oportunidades , la cuarta es vía invitación directa.

Modalidad Presentación de Propuestas

Sin plazo

Mínimo 4 d

Mínimo 10 d (Extranj. 15 d)

Entrega Documentos

Sin plazo

Define la entidad

Define la entidad

Ampliación Entrega Doc.

No considera

No existe

Hasta 10 días por fuerza

mayor , caso fortuito o

enmiendas

Ampl. Plazo Pres. Prop.

Plazos formales definidos para presentación de propuestaPlazos formales definidos para presentación de propuestaPlazos formales definidos para presentación de propuestaPlazos formales definidos para presentación de propuesta

Art. 13

Publicaciones y NotificacionesPublicaciones y NotificacionesPublicaciones y NotificacionesPublicaciones y Notificaciones

Correo Electrónico y/o Fax

Mesa de Partes

SICOESPublicaciones

El comprobante de envío en fecha, acreditará la notificación y/comunicación, debiendo ser resguardada en la carpeta

• Programa Anual de Cotizaciones PAC• Convocatorias Mayor a Bs 20.000.-• Resoluciones Impugnables

• DBC y Enmiendas, ampliaciones, adjudicación, desierta, contrato y modificaciones

• Todas las contrataciones, según modalidad• Proponentes que no firmaron contratos• Contratos resueltos• Informes periódicos de avance• Información requerida por el Órgano Rector

Opcional(Otros medios)

Notificaciones

• Resolución impugnable

• Plazo de 2 días hábiles

• La notificación se dará por realizada en la fecha de publicación en el SICOES

Toda publicación en el SICOES se constituye en documento oficial

Garantías (20-21)Garantías (20-21)Garantías (20-21)Garantías (20-21)

Garantías:

Licitaciones Públicas (mayor a Bs1.000.000.-)

Boleta de Garantía

Boleta de Garantía a 1er Requerimiento

Póliza de Seguro de Caución a 1er. Req.

Carácter Expreso:

Renovable

Irrevocable

De Ejecución Inmediata

La entidad define el tipo de garantía.

ANPE(Hasta Bs1.000.000.-)

El proponente define el tipo de garantía.

Tipo de Garantía

Cancelación, Anulación y Suspensión (28)Cancelación, Anulación y Suspensión (28)Cancelación, Anulación y Suspensión (28)Cancelación, Anulación y Suspensión (28)

MAE R P A Resolución ExpresaR P CTécnica y legalmente motivada

Por recomendación de la Unidad Solicitante o Comisión de Calificación, (según corresponda):

Hasta antes de la suscripción del contrato La entidad no asume responsabilidad alguna

Reanuda:En la gestión

Suspensión

Cancelación

No permite la continuidad Por fuerza mayor o caso

fortuito irreversible

Anulación

Extingue la necesidad de contratación

Incumplimiento o inobservancia a la normativa

Anula el proceso hasta el vicio más antiguo

-Dejan de ser oportunos-Cambios en la estructura

Publicación de la Resolución expresa en el SICOES, mesa de partes y opcional en otro medio de comunicación

Publicación de la Resolución expresa en el SICOES, mesa de partes y opcional en otro medio de comunicación

2. SUBSISTEMA DE MANEJO DE BIENES

Conjunto interrelacionado de principios, elementos jurídicos, técnicos y administrativos que regulan el manejo de bienes y cuidado o custodia.

Conjunto interrelacionado de principios, elementos jurídicos, técnicos y administrativos que regulan el manejo de bienes y cuidado o custodia.

ObjetoConcepto

Optimizar la disponibilidad, uso, control de los bienes y la minimización de los costos de sus operaciones.

Optimizar la disponibilidad, uso, control de los bienes y la minimización de los costos de sus operaciones.

Ámbito de Aplicación

Se aplicarán en el manejo de bienes de uso y consumo institucional de propiedad de la entidad y los que estén a su cargo o custodia.

Se aplicarán en el manejo de bienes de uso y consumo institucional de propiedad de la entidad y los que estén a su cargo o custodia.

EXCEPCIONES

COMPONENTES

RESPONSA-BILIDADES

a) Los bienes de dominio público.b) El material bélico de las Fuerzas Armadas. c) Los bienes declarados patrimonio histórico y cultural.d) Los bienes de Empresas Públicas Nacionales Estratégicas.

a) Los bienes de dominio público.b) El material bélico de las Fuerzas Armadas. c) Los bienes declarados patrimonio histórico y cultural.d) Los bienes de Empresas Públicas Nacionales Estratégicas.

a) Administración de almacenes. b) Administración de activos fijos muebles. c) Administración de activos fijos inmuebles.

a) Administración de almacenes. b) Administración de activos fijos muebles. c) Administración de activos fijos inmuebles.

I. El ME - UA, es el responsable principal ante la MAE.II. Los responsables de almacenes, activos fijos, mantenimiento y salvaguarda de bienes, deben responder ante ME-UA por el cumplimiento de las normas, reglamentos, procedimientos y/o instructivos establecidos para funciones, control, demanda de servicios de mantenimiento y salvaguarda de bienes.III. Todos los servidores públicos son responsables por el debido uso, custodia, preservación y solicitud de servicios de mantenimiento de los bienes que les fuerenasignados, de acuerdo ley1178.

I. El ME - UA, es el responsable principal ante la MAE.II. Los responsables de almacenes, activos fijos, mantenimiento y salvaguarda de bienes, deben responder ante ME-UA por el cumplimiento de las normas, reglamentos, procedimientos y/o instructivos establecidos para funciones, control, demanda de servicios de mantenimiento y salvaguarda de bienes.III. Todos los servidores públicos son responsables por el debido uso, custodia, preservación y solicitud de servicios de mantenimiento de los bienes que les fuerenasignados, de acuerdo ley1178.

3. SUBSISTEMA DISPOSICIÓN - BIENES

Es el conjunto interrelacionado de principios, elementos jurídicos, técnicos y administrativos, relativos a la toma de decisiones sobre el destino de los bienes de uso de propiedad de la entidad, cuando éstos no son ni serán utilizados por la entidad pública.

Es el conjunto interrelacionado de principios, elementos jurídicos, técnicos y administrativos, relativos a la toma de decisiones sobre el destino de los bienes de uso de propiedad de la entidad, cuando éstos no son ni serán utilizados por la entidad pública.

ObjetoConcepto

Ámbito de AplicaciónI. Las NBSABS., se aplicarán para la disposición de bienes de uso de propiedad de las entidades públicas.II. La disposición de bienes de uso de propiedad de las entidades públicas que se transfieran al Tesoro General de la Nación y se encuentren bajo responsabilidad delSENAPE, deberá regirse por las presentes NB-SABS siempre y cuando la disposiciónLegal que dispone la transferencia no establezca destino específico.

I. Las NBSABS., se aplicarán para la disposición de bienes de uso de propiedad de las entidades públicas.II. La disposición de bienes de uso de propiedad de las entidades públicas que se transfieran al Tesoro General de la Nación y se encuentren bajo responsabilidad delSENAPE, deberá regirse por las presentes NB-SABS siempre y cuando la disposiciónLegal que dispone la transferencia no establezca destino específico.

a) Recuperar total o parcialmente la inversión;

b) Evitar gastos innecesarios de almacenamiento, custodia o salvaguarda;

c) Evitar la acumulación de bienes sin uso por tiempo indefinido;

d) Evitar la contaminación ambiental.

a) Recuperar total o parcialmente la inversión;

b) Evitar gastos innecesarios de almacenamiento, custodia o salvaguarda;

c) Evitar la acumulación de bienes sin uso por tiempo indefinido;

d) Evitar la contaminación ambiental.

EXCEPCIONES

MODALIDAD

RESPONSA-BILIDAD

a) Los bienes de dominio público. b) Los bienes de dominio público y patrimonio

institucional.c) Los bienes destinados a la prestación de un servicio

público. d) Los bienes declarados patrimonio histórico y cultural. e) Los bienes adquiridos por el Estado.

a) Los bienes de dominio público. b) Los bienes de dominio público y patrimonio

institucional.c) Los bienes destinados a la prestación de un servicio

público. d) Los bienes declarados patrimonio histórico y cultural. e) Los bienes adquiridos por el Estado.

I.Disposición Temporal. a)Arrendamiento.b)Préstamo de Uso o Comodato.

II.Disposición Definitiva. a)Enajenación. b)Permuta.

I.Disposición Temporal. a)Arrendamiento.b)Préstamo de Uso o Comodato.

II.Disposición Definitiva. a)Enajenación. b)Permuta.

I. La MAE es responsable en el marco de la Ley N° 1178. II. La Unidad Administrativa es responsables por el

cumplimiento del proceso de disposición de bienes, desempeño de las obligaciones, deberes y funciones.

III. El asesor legal es responsable por el asesoramiento y resultados de sus actos.

IV. Los consultores individuales o empresas privadas contratadas son responsables de acuerdo a Ley N° 1178.

I. La MAE es responsable en el marco de la Ley N° 1178. II. La Unidad Administrativa es responsables por el

cumplimiento del proceso de disposición de bienes, desempeño de las obligaciones, deberes y funciones.

III. El asesor legal es responsable por el asesoramiento y resultados de sus actos.

IV. Los consultores individuales o empresas privadas contratadas son responsables de acuerdo a Ley N° 1178.

Responsabilidad por la Función PúblicaResponsabilidad por la Función PúblicaResponsabilidad por la Función PúblicaResponsabilidad por la Función Pública

Administrativa

Civil

Penal

Ejecutiva

SABSSABS

Responsabilidad: Nace por la contravención al ordenamiento jurídico - administrativo

• Incumplimiento de las normas

• Daño Económico

• Delito Penal

• Negligencia en la gestión

• Implantación de los Sist.

RESPONSABILIDAD POR LA FUNCIÓN PÚBLICA

RESPONSABILIDAD POR LA FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué se entiende por acción y omisión?

Acción. Es el efecto o resultado de hacer, es la

posibilidad o facultad de realizar una cosa. Jurídicamentees la facultad legal de ejercitar una potestad.

Omisión. Es la abstención de hacer lo que señalan las

obligaciones establecidas en las normas y en criterios parael desempeño de la función pública.

¿Cuántos tipos de responsabilidades existen?

Son cuatro tipos de responsabilidades:

Responsabilidad ejecutiva

Responsabilidad administrativa Responsabilidad civil

Responsabilidad penal

Arts. 28 Ley N° 1178 y 3 D.S. 23318-A

La responsabilidad por la función pública es la aptitud e idoneidad para responder por los actos u omisiones en el ejercicio de la función pública. Nace del mandato que la sociedad otorga a los Órganos del Estado para que, en su representación, administren los recursos públicos persiguiendo el bien común y el interés público.

¿Quiénes son sujetos de responsabilidad por lafunción pública?Todos los servidores públicos y los exservidores públicos.

¿Qué otros sujetos de responsabilidad existen?También son sujetos de responsabilidad de índole civil y penal laspersonas naturales o jurídicas con relación contractualEstado y las personas naturales que no siendo servidores se beneficien con recursos públicos.

con el

Arts. 29 Ley N° 1178 y 13 D.S. 23318-A

el ordenamiento jurídico

disposiciones legales relativas

vigentes en el país al momento en

Art. 15 D.S. 23318-A

¿Qué autoridad determi- na la responsabilidad ad- ministrativa?El Sumariante previo proceso administrativo interno.Art. 21 D.S. 23318-A

¿Quiénes son sujetos de esta responsabilidad?Todos los servidores públicos sin distinción de jerarquía y también los exservidores públi- cos.

¿Cómo está constituido

administrativoEstá constituido por las

a la Administración Pública y

que se realizó el acto u omisión.

Art. 14 del D.S. 23318-A

¿Que significa contraven- ción?Es la falta que se comete al no cumplir lo ordenado, es una transgresión de las normas cuando se obra en contra de ella o en fraude de la misma.

La responsabilidad es administrativa cuando el servidor público en el ejercicio de sus funciones incurre en una acción u omisión que contraviene el ordenamiento jurídico administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público, por tanto es de naturaleza exclusivamente disciplinaria.

El proceso administrativo interno se inicia por:

En base a undictamen a causa de un informe de auditoría especial.

De oficio: cuandola Autoridad Sumariante tiene conocimiento de alguna contravención.

Denuncia

Art. 18 D.S. 23318-A¿Cuáles son las sanciones?

Para los servidorespúblicos:

- Multa hasta un

Para los exservidorespúblicos:

- Se deja registro y20 por ciento dela remuneración mensual.

constancia de suresponsabilidad, para contar con un precedente de su desempeño en la entidad.Art. 15 D.S. 23318-A

- Suspensión hasta unmáximo de 30 días.

- Destitución.

Art. 29 Ley N° 1178

¿En qué plazo prescribe laresponsabilidad administrativa?• Prescribe a los dos años de

cometida la contravención, tanto para servidores públicos como para exservidores públicos.Este plazo se interrumpe con el inicio de un proceso interno.Necesariamente, la prescripción debe ser invocada por el servidor público que pretende beneficiarse de ella y pronunciada expresamente por la autoridad legal competente.Art. 16 D.S. 23318-A

Arts. 31 Ley N° 1178 y 50 D.S. 23318-A

responsabilidad civil?

Coactivo Fiscal, cuando

se constituye en un

coactiva fiscal.

cuando no es posible

¿En qué consiste la responsabilidad civil solidaria?Se da cuando varias personas resultan responsables del mismo acto o del mismo hecho que hubiera causado daño económico al Estado.

Art. 31 inc. c) Ley N° 1178

¿Quién determina laresponsabilidad civil?- El Juez Administrativo Coactivo Fiscal, cuando el informe de auditoría se constituye en un documento con fuerza coactiva fiscal.- El Juez en Materia Civil cuando no es posible cuantificar el daño.

Arts. 47 Ley N° 1178 y 50 D.S. 23318-A

¿Quiénes son sujetos de responsabilidad civil?Los servidores públicos, exservidores públicos, personas naturales o jurídicas privadas cuando, producto de un contrato o de otras causas ocasionan un daño o se benefician indebidamente de recursos del Estado.Art. 31 inc. a), b) Ley N° 1178

La responsabilidad civil se establece cuando la acción u omi- sión del servidor público o de las personas naturales o jurídi- cas cause daño al Estado valuable en dinero.

¿Qué es el dictamen de responsabilidad civil?Es una opinión técnica jurídica emitida por el Con-tralor General del Estado. Tiene el valor de prueba preconstituida y contiene una relación de los he- chos, actos u omisiones que supuestamente cau- saron daño económico al Estado, fundamenta- ción legal, cuantificación del posible daño e identi- ficación del presunto o presuntos responsables.Arts. 43 Ley N° 1178 y 51 D.S. 23318-A

Dictamen deresponsabilidad

civil

Daño económico alEstado

¿Para qué sirve el dictamen de responsabilidad civil?Es un instrumento que sirve esencialmente para que la entidad:• Requiera al responsable, si fuera el caso, el pago inmediato del presunto daño.• Inicie en el plazo de 20 días de recibido el dictamen, la acción le- gal que corresponda contra el o los responsables.

Arts. 43 inc. b) y c) Ley N° 1178 y 52 D.S. 23318-A

¿El resarcimiento del dañoeconómico al Estado libera o excluye al servidor público de la responsabilidad administra- tiva, ejecutiva o penal?No, el resarcimiento del daño económico antes o después de la ejecutoria del pliego de cargo o sentencia, no libera ni excluye al servidor público o exservidor público delaresponsabilidadadministrativa, ejecutiva o penal, si existiera.Arts. 59 D.S. 23318-A

¿A qué cuenta deposito ladevolución del dinero señor Juez?

¿En qué plazo prescribe la responsabilidad civil?Prescribe en 10 años computables a partir del día del hecho que dalugar a la acción o desde la última actuación en el proceso judicial.

Arts. 40 Ley N° 1178

IMPORTANTE: El Art. 324 de la Constitución Política del Estado establece: “No prescribirán las deudas por daños económicos causados al Estado”.

Arts. 34 Ley N° 1178 y 60 D.S. 23318-A

responsabilidad penal?

todos los delitos de acción

privada o pública sancionados

ILÍCITO

¿Cuáles son las sanciones previstas?Las contempladas para cada delito en el Código Penal, en ge- neral consisten en la privación de libertad.

¿Quién determina la

- Tribunales de Sentencia en pública.- Jueces de Sentencia en todos los delitos de acción

con pena no privativa de libertad o con pena privativa de libertad con un máximo de cuatro años.

Arts. 52 y 53Código de Procedimiento Penal

¿Quiénes son sujetos de este tipo de responsabilidad?Son sujetos de los indicios de responsabilidad penal los ser- vidores públicos y los particula- res (personas naturales).

Arts. 34 Ley N° 1178 y 60 D.S. 23318-A

La responsabilidad es penal cuando la acción u omisión del servidor público o de los particulares se encuentra tipificada como delito en el Código Penal. Consiguientemente su naturaleza es punitiva, es decir, sancionadora.

¿Existe obligación de denunciar la comisión de un delito?

Es deber de todos los bolivianos “denunciar y combatir todos los actos de corrupción”. Art. 108 numeral 8 C.P.E.

“Cuando los actos o hechos examinados presentan indicios de responsa-bilidad civil o penal, el servidor público o auditor los trasladará a conoci- miento de la unidad legal pertinente y ésta mediante la autoridad legal competente solicitará directamente al juez que corresponda, las medidas precautorias y preparatorias de demanda a que hubiere lugar o denunciará los hechos ante el Ministerio Público”. Art. 35 Ley N° 1178

“Tendrán la obligación de denunciar los delitos de acción pública: Los fun-cionarios y empleados públicos que conozcan el hecho en el ejercicio de sus funciones (…)”. Art. 286 Código de Procedimiento Penal

Asimismo, el Artículo 178 del Código Penal sanciona al funcionario que enejercicio de sus funciones conoce de la comisión de un delito y omite de- nunciarlo.

EVIDENCIADENUNCIA

¿En qué plazo prescribe la responsabilidad penal?La prescripción es una forma de extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo. La acción penal prescribe en función a los de- litos y a las penas que se establecen para cada tipo penal.Art. 29 Código de Procedimiento Penal

IMPORTANTE: En los casos de delitos cometidos por servidores públicos que atenten contra el patrimonio del Estado y causen grave daño económico, la acción es imprescriptible y no admite ré-

gimen de inmunidad.Art. 112 C.P.E.

¿Qué acciones emergen de la comisión de un delito?De la comisión de todo delito nacen dos acciones: la penal para la in- vestigación del hecho, su juzgamiento y la imposición de una pena o medida de seguridad; y la civil para la reparación de los daños y per- juicios emergentes.

¿Existen delitos quesólo pueden ser come- tidos por servidores públicos?

Sí, el Código Penal clasifica las diferentes clases de delitos de acuerdo a los bienes jurídicamente pro- tegidos. En el caso de los

delitos contra lapública tenemos:

función

• El peculado (apropiación in-debida del dinero pertene- ciente al Estado por parte de las personas que se en- cargan de su control y cus- todia).

La malversación.

El uso indebido de influen- cias.

Los beneficios en razón del cargo.

La omisión de declaración de bienes y rentas.

Las negociaciones incom- patibles con el ejercicio de funciones públicas, entre otros.

La responsabilidad ejecutiva se determina cuando la autoridad o ejecutivo no ha rendido cuentas, ha incumplido con obligaciones expresamente señaladas en la Ley o cuando su gestión ha sido deficiente o negligente.

Arts. 30 Ley N° 1178 y 34 D.S. 23318-A

¿En qué plazo prescribe la responsabilidad ejecutiva?Prescribe a los dos años concluida la gestión del máximo ejecutivo.

Art. 37 D.S. 23318-A

¿En qué se fundamenta la responsabilidad ejecutiva?En uno o más informes de auditoría que demuestran que:

•••

La MAE no ha rendido cuentas.No se ha enviado los estados financieros.No se ha respetado la independencia de la Unidad de AuditoríaInterna.No se ha enviado a la Contraloría copia de sus contratos. La gestión ha sido deficiente o negligente.

Art. 40 D.S. 23318-A

••

¿Quiénes son sujetos de esta responsabilidad?La Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) de la entidad, la dirección colegiada si la hubiere o ambos, y los exejecutivos.

Art. 36 D.S. 23318-A

¿Cuáles son las sanciones previstas?Suspensión o destitución delejecutivo principal o de la dirección colegiada,sin perjuicio de la responsabilidad Civil o Penalque corresponda.Art. 42 inc. g) Ley N° 1178

La Contraloría General delEstado es la única entidad pública facultada para determinar indicios de responsabilidad ejecutiva.

Art. 39 D.S. 23318-A

D.S. N° 18128/06/09

R.M. Nº 341 07/09/09

R.M. Nº 262 15/07/09

D.S. N ° 2919011/07/07

D.S. N ° 2919011/07/07

Ley 117820/07/90

ARTÍCULO 4.- (ABREVIATURAS):a)ANPE. Apoyo Nacional a la Producción y Empleo;b)CUCE. Código Único de Contrataciones Estatales;c)DBC. Documento Base de Contratación;d)DBC-ANPE. Documento Base de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo;e)EPNE. Empresa Pública Nacional Estratégica;f)LP. Licitación Pública;g)MAE. Máxima Autoridad Ejecutiva;h)NB-SABS. Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios;i)PAC. Programa Anual de Contrataciones;j)POA. Programa de Operaciones Anual;k)RE-SABS. Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios;l)RE-SABS-EPNE. Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios de Empresas Públicas Nacionales Estratégicas;m)RPA. Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo;n)RPC. Responsable del Proceso de Contratación de Licitación Pública;o)SABS. Sistema de Administración de Bienes y Servicios;p)SICOES. Sistema de Contrataciones Estatales.

ARTÍCULO 4.- (ABREVIATURAS):a)ANPE. Apoyo Nacional a la Producción y Empleo;b)CUCE. Código Único de Contrataciones Estatales;c)DBC. Documento Base de Contratación;d)DBC-ANPE. Documento Base de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo;e)EPNE. Empresa Pública Nacional Estratégica;f)LP. Licitación Pública;g)MAE. Máxima Autoridad Ejecutiva;h)NB-SABS. Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios;i)PAC. Programa Anual de Contrataciones;j)POA. Programa de Operaciones Anual;k)RE-SABS. Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios;l)RE-SABS-EPNE. Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios de Empresas Públicas Nacionales Estratégicas;m)RPA. Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo;n)RPC. Responsable del Proceso de Contratación de Licitación Pública;o)SABS. Sistema de Administración de Bienes y Servicios;p)SICOES. Sistema de Contrataciones Estatales.