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Síganos: 28/FEBRERO/2011 248 $149.00 MN EXHIBIRSE HASTA EL 18/03/2011 BOLETÍN QUINCENAL AÑO 24 · 4a ÉPOCA Empresas: faciliten su declaración Puntos importantes a considerar para el cálculo del ISR y el llenado de la declaración de personas morales Elaboración de cédulas 0 de trabajo Figuras indispensables 0 para determinar el ISR Fórmulas y cálculos 0 CUCA y CUFIN 0 LABORAL Aviso de Riesgo de Trabajo ante la STPS Pasos a seguir para el cumplimiento de esta obligación, así como los formatos a presentar ante la citada autoridad 2 CONTABILIDAD FISCAL FISCAL Continúan las interrogantes en factura electrónica Resuelva las dudas que se presentan al ir aplicando la comprobación digital 2 SEGURIDAD SOCIAL Invitación por exhorto electrónico ¿posible auditoría? Entérese del uso de estas estrategias por parte del IMSS, cuya finalidad es verificar el cumplimiento de las obligaciones de los patrones 7 JURÍDICO CORPORATIVO ¿Estrenando auto? Conozca los principales aspectos a considerar cuando de adquirir un vehículo se trata 2 COMERCIO EXTERIOR ¿Cuenta con el padrón de importadores? Identifique la importancia y utilización de dicho padrón en el desarrollo de sus actividades cuando adquiere mercancía del extranjero 2 IDCONLINE Y FISCAL Cómo deducir el pago de colegiaturas El tema del crecimiento económico del mercado laboral debería ser la prioridad de las políticas económicas y sociales, para realizar serias correcciones” Lic. Ancelmo García Pineda Asesor externo de la OIT

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28/FEBRERO/2011248$149.00 MN

EXHIBIRSE HASTAEL 18/03/2011

BOLETÍN QUINCENALAÑO 24 · 4a ÉPOCA

Empresas: faciliten su declaración Puntos importantes a considerar para el cálculo del ISR y el llenado de la declaración de personas morales

Elaboración de cédulas 0

de trabajoFiguras indispensables 0

para determinar el ISRFórmulas y cálculos 0

CUCA y CUFIN 0

LABORAL

Aviso de Riesgo de Trabajo ante la STPSPasos a seguir para el cumplimiento de esta obligación, así como los formatos a presentar ante la citada autoridad 2

CONTABILIDAD FISCAL FISCAL

Continúan las interrogantes en factura electrónicaResuelva las dudas que se presentan al ir aplicando la comprobación digital 2

SEGURIDAD SOCIAL

Invitación por exhorto electrónico ¿posible auditoría?Entérese del uso de estas estrategias por parte del IMSS, cuya finalidad es verificar el cumplimiento de las obligaciones de los patrones 7

JURÍDICO CORPORATIVO

¿Estrenando auto?Conozca los principales aspectos a considerar cuando de adquirir un vehículo se trata 2

COMERCIO EXTERIOR

¿Cuenta con el padrón de importadores?Identifique la importancia y utilización de dicho padrón en el desarrollo de sus actividades cuando adquiere mercancía del extranjero 2

IDCONLINE Y FISCAL

Cómo deducir el pago de colegiaturas

El tema del crecimiento

económico del mercado laboral

debería ser la prioridad de las políticas

económicas y sociales, para realizar serias correcciones”

Lic. Ancelmo García PinedaAsesor externo de la OIT

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CARTAEDITORIAL

Los Editores

Síganos:

IDC, Asesor Jurídico y Fiscal, se publica quincenalmente y encierra en su contenido información Fiscal, Laboral, Seguridad Social, Jurídico-Corporativa y de Comercio Exterior. Suscripción anual: $4,190.00 pesos (24 números). Ejemplar suelto: $149.00 pesos. Impreso en Servicios Profesionales de Impresión Mimosas 31, Col. Sta María Insurgentes Del. Cuauhtemoc, México D.F. C.P. 06430

Siguen las dudas sobre la factura electrónica

En esta edición, el área Fiscal realiza diversas precisiones respec-to a la implementación de la factura digital, con el propósito de resolver múltiples cuestionamientos que el sector empresarial se formula debido a los cambios a la normatividad aplicable o por

los rumores generados entorno a este tema.

La sección Contabilidad Fiscal ayuda a las personas morales a cumplir con su obligación de presentar su declaración anual de impuestos, a tra-vés de la elaboración de cédulas de trabajo que permitan determinar su impuesto sobre la renta (ISR) e impuesto empresarial a tasa única (IETU) a cargo del ejercicio.

En Seguridad Social se plantean los comentarios de especialistas respecto a la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores, como resultado de las múltiples interrogantes planteadas por el sector patronal. Asimismo se realiza un análisis de la naturaleza jurídica de las invitaciones que el IMSS notifica a los patrones para exhortarlos a cumplir con sus obligaciones en la materia, su obligatoriedad y las consecuencias de no aceptarlas.

Mediante un caso práctico el editor laboral señala los pasos a seguir por los patrones para que cumplan con la obligación de presentar avisos de riesgos de trabajo ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Por otra parte, plantea las expectativas económicas y laborales esperadas para 2011.

Jurídico Corporativo señala los pormenores legales que deben considerarse al momento en efectuar al momento de adquirir un automovil, como for-mas de compra, facturación, endosos, avisos a autoridades administrativas, entre otros aspectos relevantes.

Finalmente, si desea introducir mercancías de procedencia extranjera al país recuerde que debe estar inscrito al Padrón de Importadores, por lo que la sección Comercio Exterior le indica cómo obtener dicho registro. Por otra parte si reside en el extranjero y decide retornar a México conoz-ca los aspectos a tomar en cuenta para introducir su menaje de casa.

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Año XXIV • 4a. Época 28 de febrero de 2011

248De trascenDencia02

FISCAL

07 Para tomarse en cuentaNueva mecáNica para el iNpc 0

¡créditos fiscales de isr por períodos! 0

primer empleo: deduccióN extra 0

leyeNdas eN represeNtacioNes impresas 0

09 La emPresa consuLtaadquisicióN de mercaNcías coN vales 0

foNdo de garaNtía ¿gravado para el iva? 0

coNteNedores utilizados por extraNjeros 0

¿reteNcióN del iva por desperdicios? 0

10 Los tribunaLes resoLvieronembargo de cueNtas ¿defiNitivo? 0

todo 0 software geNera regalías

13 De actuaLiDaDsíNtesis de lo más relevaNte eN materia 0

fiscal publicado eN el diario oficial de la federacióN y eN la gaceta oficial del df 30 de eNero al 13 de febrero de 2011

14 De ÚLtima Horalimitada deduccióN de colegiaturas 0

Para lograr una cobertura y permanencia en el sistema educativo nacional y en apoyo a las familias mexicanas, se otorga un beneficio fiscal

iDconLineguerrero impulsa el empleo eN 2011 0

iNtercambio de iNformacióN coN aNtillas 0

teNeNcia “0” eN el estado de puebla 0

yucatáN exime del pago de teNeNcia 0

quiéN puede optar por No dictamiNarse 0

Nueva versióN del sistema de pagos 0

scjN: el ide es coNstitucioNal 0

el fisco va coNtra el outsourciNg 0

Aprecie las interrogantes más comunes tratándose de la emisión de CFD y CFDI, y conozca la correcta aplicación de su normatividad

¡Siguen las dudas en la factura digital!

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Relación de disposiciones en materia fiscal publicadas en el DOF y la Gaceta Oficial del DF del 30 de enero al 13 de febrero de 2011.

secretaría de Hacienda y crédito Público

Resolución de facilidades administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2011(2 de febrero)

Sobresalen de la Resolución la disminución de los porcentajes de deducción conforme a los siguientes puntos:los contribuyentes del sector primario, para aplicar la facilidad de comprobación, deberán reunir documentación con ciertos requisitos, y 0

sólo podrán aplicar el 16% (antes 18%) de sus ingresos (regla 1.2.)la regla 1.3. relativa a la facturación por cuenta de ganaderos se elimina en virtud de las disposiciones fiscales actuales, sobre todo de la 0

Resolución Miscelánea Fiscal 2010, adecuándose la relativa a la adquisición de bienes facturados a través de los adquirentes (regla 1.17.)se excluye la facilidad relacionada con la liquidación de distribuidores para las operaciones con las uniones de crédito del país (regla 1.6.) 0

los pagos por consumos de combustible podrán efectuarse con medios distintos a cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de 0

crédito, de débito o de servicios o monederos electrónicos, siempre que éstos no excedan del 27% (anteriormente 30%) del total de los pagos efectuados por consumo de combustible para realizar su actividad (reglas 1.10., 2.12., 3.14. y 4.5.)se precisa que para efectos del beneficio de retener el 7.5% del ISR a macheteros, operadores y maniobristas, sólo deberán elaborar una 0

relación individualizada de dicho personal que indique el monto de las cantidades pagadas en el período relativo, en los términos en que se elabora para los efectos de las aportaciones que realicen al Instituto Mexicano del Seguro Social (regla 2.1.), aplicable también a operadores, cobradores, mecánicos y maestros (regla 3.2.)sólo se podrá deducir, en el sector de autotransporte terrestre de carga federal y foráneo de pasaje y turismo hasta el 9% (antes 10%) 0

de sus ingresos sin comprobantes fiscales (reglas 2.2., 3.3.), limitación también aplicable para efectos del IETU (reglas 2.17., 3.21.); no obstante, de enero a junio, en lugar del 9% referido se aplicará el 9.5%los contribuyentes dedicados al autotransporte terrestre de carga de materiales o de pasajeros urbano y suburbano, podrán deducir con 0

documentación que al menos reúna ciertos requisitos hasta el equivalente de 12% (anteriormente 15%) del total de sus ingresos propios (regla 4.2.).

Vigente a partir del 3 de febrero de 2011, salvo las reglas 1.2., 2.2., 3.3., 1.10., 2.12., 3.14. y 4.5, vigentes retroactivamente al 1o de enero de 2011, abrogándose la Resolución anterior

secretaría de relaciones exteriores

Decreto Promulgatorio del Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino de los Países Bajos en relación con las Antillas Holandesas sobre el Intercambio de Información en Materia Tributaria, firmado en la Ciudad de México el primero de septiembre de dos mil nueve (3 de febrero)

Se dan a conocer los términos en los cuales se aprobó el Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y los Países Bajos en relación con las Antillas Holandesas sobre el Intercambio de Información en Materia Tributaria, firmado en la Ciudad de México, el 15 de octubre de 2009.impuestos comprendidos: En las Antillas Holandesas, impuesto sobre: la renta (de inkomstenbelasting), salarios (de loonbelasting), utilidades (de winstbelasting), la renta y utilidades (de opcenten op de inkomsten-en winstbelasting), y el volumen de negocios (de belasting op bedrijfsomzetten). En México, impuesto: sobre la renta, empresarial a tasa única, y al valor agregadoprocedimiento para solicitar información

La autoridad competente de la parte requerida proporcionará, previa solicitud, la información requerida y se intercambiará 0

independientemente de que la conducta investigada pudiera constituir un delito según las leyes de quien requiera; si no fuera suficiente se usarán todas las medidas pertinentes para recabar la informaciónlos datos se proporcionarán en la medida permitida por la legislación interna de cada contratante, e incluirá la información en posesión 0

de bancos y otras instituciones financieras y los relativos a la propiedad de todo tipo de sociedades o fideicomisospara otorgar la información requerida se proporcionarán los datos necesarios para identificar al investigado, y los fines perseguidos 0

El Acuerdo permanecerá en vigor hasta que una de las partes contratantes lo dé por terminado. Vigente a partir del 4 de febrero de 2011

DE ACTUALIDAD

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secretaría de Finanzas

Acuerdo por el que se da a conocer el formato oficial de solicitud de disminución de crédito fiscal, de conformidad con el artículo quinto transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal del Distrito Federal, publicado el día 30 de diciembre de 2010 (11 de febrero)

La Secretaría de Finanzas del DF da a conocer el formato para disminuir créditos fiscales de las personas físicas derivados de los derechos por el suministro de agua e impuesto predial en inmuebles de uso habitacional, menores a 400 días de salario mínimo general diario vigente en el DF, el cual:

se entregará en el módulo de atención al contribuyente de la Subprocuraduría de Legislación y Consulta, 0

dependiente de Procuraduría Fiscal, ubicado en Doctor Lavista, Número 144, Acceso 3, Colonia Doctores, C.P. 06720, Delegación Cuauhtémocno se recibirá sin que cuente con folio y firma del abogado dictaminador en turno 0

Vigente a partir del 12 de febrero de 2010

Limitada deducción de colegiaturasPara fortalecer el sistema educativo se otorga un precario beneficio fiscal.El 15 de febrero de 2011 se publicó en el DOF el Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas

en relación con los pagos por servicios educativos, donde el Ejecutivo Federal otorga el siguiente beneficio:

Beneficiarios Estímulo Condición Personas físicas por los pagos de colegiaturas, efectuados para:

sí mismo 0

su cónyuge o concubino (a) 0

sus ascendientes o sus descendientes en 0

línea rectaSólo si cualquiera de ellos no percibe durante el año de calendario ingreso en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año

Consistente en la deducción del pago de las colegiaturas de preescolar, primaria, secundaria y educación media superior a efecto de determinar la base para el cálculo del impuesto sobre la renta

Se aplicará a los pagos por los servicios proporcionados a partir del 1o de enero de 2011.Que los pagos:

se hagan en instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de 0

validez oficial cubran sólo los servicios de enseñanza del alumno 0

se realicen con cheque nominativo del contribuyente, traspasos de cuentas en 0

instituciones de crédito o casas de bolsa o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios

No aplica:en inscripción o reinscripción 0

cuando las personas indicadas cuenten con becas o cualquier otro apoyo económico 0

público para pagar los servicios de enseñanza, por el monto de ellos

La cantidad a deducir por cada persona será de conformidad con los límites siguientes:

Nivel educativo límite anual de deducciónPreescolar $14,200.00Primaria $12,900.00Secundaria $19,900.00Profesional técnico $17,100.00Bachillerato o su equivalente $24,500.00

DEULTIMAHORA

En vigor a partir del 16 de febrero de 2011. Asimismo, el Servicio de Administración Tributaria emitirá las reglas de carác-ter general necesarias para aplicar el benefico.

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Año XXIV • 4a. Época 28 de febrero de 2011

248casos prácticos02

CONTABILIDAD FISCAL

Revisión de los principales cálculos requeridos para preparar la declaración del ejercicio 2010

ISR 2010 de personas morales

Tarifas y tablas del ISR 0

INPC 0

TIIE a 28 días 0

Cetes a 28 días 0

Salario mínimo 0

Tasa de inflación anual 0

Tasas de recargos 0

federales, para el DF y Estado de MéxicoTipo de cambio 0

Equivalencia 0

de monedasUdis 0

CPP: de pasivos, en Udis 0

y dólares

Multas actualizadas 0

Tratados para evitar 0

la doble tributación y mucho más

IndIcadores

En www.idconline.com.mx, podrá consultar el Índice Nacional de Precios al Consumidor calculado con base en la segunda quincena de diciembre 2010 = 100. Estos nuevos

índices deberán utilizarse de ahora en adelante para la actualización de las diversas contribuciones y cantidades

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Año XXIV • 4a. Época 28 de febrero de 2011

24802LABORAL

07 para tomarse en cuentaindemnizaciones ¿a la carta? 0

motivar al personal: todo un arte 0

compagine la edad de su personal 0

09 La empresa consuLtabono de puntualidad diferente ¿posible? 0

renuncia de beneficiarios ¿válida? 0

en remodelación ¿se pagan salarios? 0

10 productividadprevisiones económicas y laborales 2011 0

Revise el panorama que en materia de trabajo se espera para este año, por Ancelmo García Pineda, asesor externo de la OIT

s/p de actuaLidadsíntesis y comentarios sobre lo más relevante 0

en materia laboral, publicado en el diario oficial de la federación, en el período comprendido del 30 de enero al 13 de febrero(Sin publicación relevante)

idconLinetips para manejar rrHH de pymes 0

plan de prevención en tu empresa 0

¿en billetes de veinte? 0

Revise las acciones que los patrones deben ejecutar ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social cuando le ocurre un riesgo de trabajo a uno de sus subordinados

Aviso de riesgo de trabajo ante la STPS

casos prácticos

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Año XXIV • 4a. Época 28 de febrero de 2011

24802SEGURIDAD SOCIAL

04 para tomarse en cuentasalud para la familia: costos 2011 0

administradores ¿afiliabes al imss? 0

revaloración en rt afecta siniestralidad 0

recupere pagos hechos de extrabajadores 0

07 criterios administrativos¡imss alerta sobre posibles auditorías! 0

Conozca los comunicados que está enviando el Instituto a los patrones para detectar conductas de incumplimiento de sus obligaciones

10 la empresa consultarepresentante legal ¿asegurable? 0

afiliación de mujer embarazada ¿riesgosa? 0

determinación de crédito de 1997 ¿procede? 0

distintas primas de riesgo ¿posible? 0

infonavit

11 para tomarse en cuentadeduzca intereses de crédito infonavit 0

criterios de fiscalización ¡sin efecto! 0

s/p de actualidadsíntesis y comentarios sobre lo más relevante 0

en materia de seguridad social, publicado en el diario oficial de la federación, en el período comprendido del 30 de enero al 13 de febrero (Sin publicación relevante)

idconline¿de qué se enferman tus trabajadores? 0

siefores: mejor rendimiento que cetes 0

Descubra si esta Ley cumple el objetivo para el que fue creada y obtenga todas las herramientas para decidir si otorga esta prestación a sus colaboradores

Ley de Ayuda Alimentaria ¿de utilidad?

seGuro socialcriterios

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Año XXIV • 4a. Época 28 de febrero de 2011

24802jurídico corporativo

de trascendencia

¿Un carro nuevo al comenzar este 2011? No deje de lado los principales aspectos jurídicos al adquirir el vehículo que, ya nuevo o usado, formará parte importante de su patrimonio

Sin riesgos al adquirir auto

06 para tomarse en cuentamayor protección ambiental 0

establecimientos, ¡cuidado con los vales! 0

sanciones en condominios del dF 0

estacionamiento ¿gratis? 0

quien tiene vivienda, que la atienda 0

09 la empresa consulta¿Frutos a la venta? 0

consignación de pago 0

¿99 años Forzosos? 0

aportación de inmueble sin escritura 0

12 los tribunales resolvieronprotesto no necesita ser expreso 0

Facturas: eFectos probatorios 0

12 normas oficialesdisposiciones dictadas por las diversas 0

secretarías de estado en el período comprendido del 30 de enero al 13 de Febrero

13 de actualidadsíntesis y comentarios sobre lo más relevante 0

en materia jurídico corporativa publicado en el diario oFicial de la Federación, en el período comprendido del 30 de enero al 13 de Febrero

idconlinedecálogo de los condóminos 0

cuidado al vender tu coche 0

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Disposiciones dictadas en materia de Normalización, publicadas en el DOF, del 30 de enero al 13 de febrero de 2011.

secretaría de energía

nom y fecha de publicación campo de aplicación

nom-002-Secre-2010 Instalaciones de aprovechamiento de gas natural (cancela y sustituye a la NOM-002-SECRE-2003, Instalaciones de aprovechamiento de gas natural)(4 de febrero)

Es aplicable a las instalaciones de aprovechamiento que conduzcan gas natural desde la salida del medidor o de una estación de regulación y medición, hasta la válvula de seccionamiento anterior a cada uno de los aparatos de consumo. El propietario o usuario de la instalación de aprovechamiento es responsable de cumplir los requisitos establecidos en esta Norma, además puede llevar a cabo por sí mismo la construcción de su instalación de aprovechamiento y lo demás que conlleve para ponerla en servicio, convertirla o modificarla; o puede contratar a un tercero para dichos efectos. En cualquier caso, el único que puede verificar el cumplimiento de esta Norma es la autoridad competente o una unidad de verificación acreditada y aprobada en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.En vigor apartir del 5 de abril de 2011

nom-007-Secre-2010, Transporte de gas natural (cancela y sustituye a la NOM-007-SECRE-1999, Transporte de gas natural) (8 de febrero)

Aplicable a los sistemas de transporte de gas natural por medio de ductos localizados en territorio nacional. Incluye todos aquellos sistemas de transporte en diseño, construcción y operación, e inclusive los empacados, inertizados y abandonados, y aquéllos que ya estando construidos se modifiquen en su diseño original. Comprende desde el punto de origen del ducto hasta el punto de destino; así como los ductos, equipos, instalaciones principales y accesorias y dispositivos de los sistemas de transporte en acero al carbón. No es aplicable a los sistemas de transporte de gas natural por medio de ductos necesarios para interconectar la explotación y producción del gas natural, excepto aquéllos que cuenten con un título de permiso expedido por la Comisión Reguladora de Energía.En vigor apartir del 9 de abril de 2011

NorMaS oFiciaLES

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Disposiciones relacionadas con el sector empresarial, publicadas en el DOF, del 30 de enero al 13 de febrero.

secretaría de economía

disposición contenido

Acuerdo por el que se fija el precio máximo para el gas licuado de petróleo al usuario final correspondiente al mes de febrero de 2011

En virtud de la incertidumbre en los mercados internacionales de energéticos y la agudización del proceso recesivo mundial, el Ejecutivo Federal mediante Decreto publicado el 27 de enero de 2011, determinó que el precio promedio ponderado nacional al público sea de 8.73 pesos por kilogramo antes del impuesto al valor agregado, por lo que se publica la tabla aplicable de precios en las entidades de la República Mexicana para el mes de febrero. En vigor a partir del 1o de febrero(31 de enero)

secretaría de Hacienda y crédito público

Circular Modificatoria 08/11 de la Única de Seguros

Se modifica el Anexo 7.15.1., relativo a las tasas efectivas para el cálculo de los productos financieros de la reserva para riesgos castastróficos. En vigor a partir del 1o de febrero (31 de enero)

Circular Modificatoria 08/11 de la Única de Seguros

Se modifica el Anexo 9.7.1., referente a los factores de ajuste por riesgo crédito. En vigor a partir del 1o de febrero. (31 de enero)

Disposiciones de carácter general aplicables a las sociedades controladoras de grupos financieros sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Se compila en un solo instrumento jurídico las disposiciones aplicables a las sociedades controladoras de grupos financieros sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, sistematizando su integración y homologando la terminología utilizada, a fin de brindar con ello certeza jurídica en cuanto al marco normativo al que las mencionadas entidades deberán sujetarse en materia de criterios contables e información financiera, lo que facilita la consulta, cumplimiento y observancia de las disposiciones que les son aplicables. En vigor a partir del 1o de febrero(31 de enero)

Circular Modificatoria 9/11 de la Única de Seguros

Se modifica el Anexo 18.7.9., tocante a la Tasa de referencia para utilizar en las metodologías de calculo de los montosconstitutivos de los seguros de pensiones derivados de la LSS y de la LISSSTE. En vigor a partir del 7 de febrero(4 de febrero)

Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las organizaciones auxiliares del crédito, casas de cambio, uniones de crédito, sociedades financieras de objeto limitado y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas

Se publica con el objeto de actualizar las normas de reconocimiento, valuación, presentación y revelación, previstas en los criterios de contabilidad para las uniones de crédito, renovación que resulta necesaria debido a las diversas adecuaciones en materia contable en los ámbitos nacional e internacional, así como para dotar de consistencia a los criterios de contabilidad aplicables a las citadas entidades financieras, y pueda ser sujeta de un mejor análisis por parte de las autoridades, el público y los mercados en general. En vigor a partir del 5 de febrero, salvo por por disposiciones que deben cumplirse en los plazos previstos en los artículos segundo y tercero transitorios, que van de la fecha de entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2012(4 de febrero)

dE actuaLidad

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disposición contenido

Circular Modificatoria 02/11 de la Única de Fianzas

La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, como parte del proceso de homologación con las Normas de Información Financiera (NIF) que emite el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF), ha llevado a cabo un análisis a sus criterios contables, con el objetivo de identificar y eliminar, en la medida de lo posible, las diferencias existentes entre las NIF y los citados criterios aplicables al sector afianzador. Dichas instituciones, en sus actividades normales, pueden realizar operaciones comunes con otras empresas, por ello se establece mediante estas moificaciones el marco de referencia aplicable.En vigor a partir del 12 de febrero(11 de febrero)

instituto nacional de Geografía y estadística

Acuerdo por el que se establece el calendario oficial de suspensión de labores del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el año 2011

Se indican como días de suspensión de labores del Instituto Nacional de Estadística y Geografía durante los cuales no correrán plazos ni vencerán términos legales, además de los sábados y domingos, los siguientes: 1o. de enero; el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (7 de febrero); el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (21 de marzo); 21 y 22 de abril; 1o y 5 de mayo; 8 de julio; 16 de septiembre; 2 de noviembre; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (21 de noviembre) y el 25 de diciembre. En vigor a partir del 2 de febrero (2 de febrero)

secretaría de medio ambiente y recursos naturales

Acuerdo por el que se da a conocer el formato único de trámites de solicitud para el uso y aprovechamiento de playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito formado con aguas marítimas, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y se establecen las medidas de simplificación administrativa que se indican

Se expide el formato único de trámites que utilizarán los interesados en usar o aprovechar las playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito de aguas marítimas, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el cual se integra como Anexo I del Acuerdo en comento y se simplifican requisitos y procedimientos que eran aplicables conforme al Acuerdo publicado en el DOF 6 de agosto de 2001, que regulaba la materia.Los interesados podrán emplear el formato único de solicitud de trámites publicado en el DOF que obtengan del portal electrónico , o por cualquier otro medio.En vigor a partir del 10 de marzo (8 de febrero)

Para cualquier información relacionada con lo publicado en los apartados que integran esta sección,

comuníquese con el coordinador editorial: lic. julio ernesto martínez pantoja, correo electrónico: [email protected] o editor titular:

lic. pamela hernández noreña, correo electrónico: [email protected]

av. constituyentes # 956 col. lomas altas. teléfono: 9177-4152

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Año XXIV • 4a. Época 28 de febrero de 2011

24802comercio exterior

08 PARA TOMARSE EN CUENTACONTROL DE INVENTARIOS IMMEX 0

NUEVAS CLAVES DE DAP Y DAT 0

EMPRESAS CERTIFICADAS CON MÁS BENEFICIOS 0

24VA MODIFICACIÓN A LAS REGLAS DE SE 0

09 LA EMPRESA CONSULTAREVISIÓN ADUANERA ¿DESPUÉS DE 12 AÑOS? 0

CUOTAS OMITIDAS ¿EN 48 PARCIALIDADES? 0

CÁLCULO DE CUOTAS COMPENSATORIAS 0

NO USO DE PADRÓN ¿MOTIVO DE SUSPENSIÓN? 0

11 RÉGIMENVIENE A MÉXICO, TRAIGA SU MENAJE DE CASA 0

Identifique los requisitos a cumplir para importar los bienes usados que mantiene en el extranjero

13 CUOTAS COMPENSATORIASDISPOSICIONES DICTADAS POR LA SECRETARÍA DE 0

ECONOMÍA, CUYA PUBLICACIÓN SE PRODUJO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, DURANTE EL PERÍODO DEL 30 DE ENERO AL 13 DE FEBRERO

13 DE ACTUALIDADSÍNTESIS Y COMENTARIOS SOBRE LO MÁS 0

RELEVANTE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, DURANTE EL PERÍODO DEL 30 DE ENERO AL 13 DE FEBRERO

Aclaración a la Resolución preliminar de 1

la investigación antidumping sobre las importaciones de tejidos de mezclilla (Denim) o tela de mezclilla originarias de China, publicada el 28 de diciembre de 2010Decisión Final del panel sobre la revisión de la 1

resolución final de la revisión quinquenal sobre las importaciones de cierta tubería de línea soldada de diámetro largo originaria de México, expediente USA-MEX-2007-1904-03

IDCONLINE ENVASES Y EMPAqUES POR IMMEX Y AGRÍCOLAS 0

Recomendaciones para obtener el Padrón de Importadores y mantenerlo vigente para efectuar sus operaciones de comercio exterior sin interrupción alguna

Importar con Padrón ¡sí importa!

DE TRASCENDENCIA

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Elementos esenciales de las Resoluciones Antidumping dictadas por la Secretaría de Economía, cuya publicación se produjo en el DOF, del 30 de enero al 13 de febrero.

1. Aclaración a la Resolución preliminar de la investigación anti-dumping sobre las importaciones de tejidos de mezclilla (denim) o tela de mezclilla originarias de China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía se clasifica en las fracciones arancelarias 5209.42.01, 5209.42.99, 5211.42.01 y 5211.42.99 de la tIGIE publicada el 28 de diciembre de 2010

En diversas partes del texto de la resolución se hacía alusión errónea de antidumping, por lo que se corrige por dumping, afec-tándose las páginas 27, 43, 62, 64, 65, 66, 70, 71 y 72.

Además, de la página 70, punto 288, Cuarta Sección, se aclara que debe decir: De conformidad con los resultados

descritos en los puntos 271 al 287… (Secretaría de Economía, 8 de febrero).

2. decisión Final del panel sobre la revisión de la resolución final de la revisión quinquenal sobre las importaciones de cierta tubería de línea soldada de diámetro largo originaria de México, con número de expediente uSA-MEX-2007-1904-03

Se ordena a la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos presentar un Informe de Devolución antes del 22 de marzo de 2011 (Secretaría de Economía, 8 de febrero).

Descripción, fracción arancelaria yfecha de publicación (DoF)

Resolución

Conexiones de acero al carbón para soldar a tope, es decir, codos, tees, reducciones y tapas, en diámetros exteriores desde ½ hasta 16 pulgadas, incluyendo ambas dimensiones, y con terminados (tratamiento térmico, biselado, granallado, estampado o pintura) o incluso sin terminar7307.93.01(2 de febrero)

Se declara concluido el procedimiento de examen de vigencia a las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones originarias de China, independientemente del país de procedencia.Se modifica la cuota compensatoria de 2.07 dólares a 1.05 dólares por kilogramo, a partir del 3 de febrero de 2010, y se prorroga por cinco años contados a partir del 5 de agosto de 2009

Hexametafosfato de sodio2835.39.02(2 de febrero)

Se declara concluido el procedimiento de examen de la cuota compensatoria a las importaciones originarias de China, independientemente del país de procedencia.Asimismo, se determina continuar la vigencia de las cuotas compensatorias por cinco años más, contados a partir del 4 de agosto de 2009

Pierna y muslo de pollo0207.13.03 y 0207.14.04(8 de febrero)

Se acepta la solicitud presentada por Bachoco, Patsa y Buenaventura, y se declara el inicio de la investigación Antidumping sobre las importaciones originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia. Se fijan como períodos de:

investigación el comprendido del 1o de octubre de 2009 al 30 de septiembre de 2010 0

análisis de daño y causalidad a la rama de producción nacional del 1o de enero de 2007 al 30 de septiembre de 2010 0

cUotAScomPeNSAtoriAS

De ActUALiDAD

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eSto eS Lo QUe DeBio Leer eN eSte NUmero

Para comentarLa representación impresa de un comprobante fiscal digital o un comprobante fiscal digital por Internet, será válida para efectuar la deducción, aun cuando no se cuente con los comprobantes digitales respectivos

Guía de trámites ISR 2010 de personas morales 0

Aviso de RT ante la STPS 0

¿Qué hay de nuevo?

El SAT publica el programa FPE 2001 0

V.1.0.0., mediante el cual los patrones deberá informar a la autoridad fiscal a más tardar el 17 de cada mes, sobre los trabajadores de primer empleo para ocupar puestos de nueva creación, para poder aplicar la deducción correspondienteSi un establecimiento mercantil acepta 0

vales de despensa emitidos en términos de la Ley de Ayuda Alimentaria, para canjearlos por dinero, compra de bebidas alcohólicas o productos del tabaco, entre otros conceptos, pueden hacerse acreedor a fuertes sanciones económicas

No olvidarLas mercancías utilizadas para 0

actividades comerciales o industriales y los vehículos no pueden considerarse como menaje de casa, por lo cual no pueden importarse bajo esta figura CE11

En materia de la Ley del Seguro Social, 0

la nueva Ley de Ayuda Alimentaria no tiene mayor trascendencia, pues los gastos efectuados por los patrones para proporcionar los servicios de comedor, la entrega de despensas, de vales de despensa o para consumo de alimentos, nunca han formado parte del salario base de cotización de los trabajadores SS02

Cuando un trabajador sufre un riesgo 0

de trabajo o enfermedad profesional, está obligado a presentar ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, dentro de las 72 horas siguientes de haber ocurrido el accidente o de su detección, el aviso correspondiente mediante la Forma CM-2A, trámite independiente al IMSS L02

Lo que aprendíEs factible incorporar a los 0

comprobantes fiscales, el importe de los impuestos locales a través de los complementos denominados “Impuestos locales”, “Retenciones locales”, y “Traslados locales” para que el documento reúna todos los requisitos fiscales establecidosLa inscripción al padrón de 0

importadores puede realizarse a través de la página en Internet www.aduanas.gob.mx, obteniendo el resultado por la misma vía en un plazo no mayor a cinco díasAutofinanciamiento es un sistema 0

de comercialización consistente en la integración de grupos de consumidores que aportan periódicamente sumas de dinero para ser administradas por un tercero, quien únicamente podrá operar para efectos de adquisición de automóviles nuevos

PARA PRoFuNDIzAR

Impuesto causado Vs impuesto a cargoLa SCJN ha determinado que el impuesto causado es el resul-tado de aplicar la tasa o tarifa a la base gravable, por lo que el impuesto a cargo es el que resulte de disminuir la cantidad causada los pagos provisionales u otros conceptos acreditables

RevisarLos comunicados impresos y electrónicos 0

que envía el IMSS a los patrones, con la finalidad de “invitarlos” a revisar el cumplimiento de diversas obligaciones, no cumple con los requisitos de los actos administrativos, por ello, este documento es sólo una invitación que no está obligado a atender

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