Ley Organica de Educacion

15
LEY ORGANICA DE EDUCACIÓN República Bolivariana de Venezuela Universidad Pedagógica Experimental Libertador Instituto Pedagógico de Miranda José Manuel Siso Martínez Diplomado Educación Superior Legislación Educativa Integrantes: Fuentes Riwil Sandoval Donagee Sandoval Jackeline Wilson Carlos

Transcript of Ley Organica de Educacion

Page 1: Ley Organica de Educacion

LEY ORGANICA DE EDUCACIÓN

República Bolivariana de VenezuelaUniversidad Pedagógica Experimental Libertador

Instituto Pedagógico de Miranda José Manuel Siso Martínez

Diplomado Educación SuperiorLegislación Educativa

Integrantes:Fuentes RiwilSandoval DonageeSandoval JackelineWilson Carlos

Page 2: Ley Organica de Educacion

Formación y Carrera Docente

¿Que es la Formación Docente?

Formación, es el proceso

permanente de adquisición, estructuración y reestructuración de conductas (conocimientos, habilidades, valores) para el desempeño de una determinada función, en este caso, la docente.

Page 3: Ley Organica de Educacion

Base legal

Ley Orgánica de Educación (art. 37)

Resolución Nº 1 del Ministerio de Educación

Page 4: Ley Organica de Educacion

Formación Docente

Art. 37 (LOE): Es función indeclinable del Estado la formulación, regulación, seguimiento y control de gestión de las políticas de formación docente…

El trabajo del docente es considerado como una actividad intelectual…en proceso permanente de desarrollo profesional.

Page 5: Ley Organica de Educacion

Formación Permanente

Es un proceso integral continuo que actualiza y mejora el nivel de conocimientos y desempeño de los responsables y corresponsables en la formación de ciudadanos. (Art. 38, LOE)

Page 6: Ley Organica de Educacion

Política De Formación Permanente

El Estado diseña, dirige, administra y supervisa la política de formación permanente para los responsable y corresponsables de la administración y comunidad educativa.

Objeto Principal: Desarrollo Social (Art. 39, LOE)

Page 7: Ley Organica de Educacion

Política De Formación Permanente

El Reglamento del Ejercicio de la profesión docente en sus artículos 139 y 140 establece que el mejoramiento profesional y el perfeccionamiento es obligatorio y es un derecho y un deber.

Las autoridades educativas deben establecer un régimen de estímulos y facilidades, estudios a distancia, becas y créditos

Page 8: Ley Organica de Educacion

CARRERA DOCENTE Constituye el sistema

integral de ingreso, promoción, permanencia y egreso de quien la ejerce en instituciones educativas oficiales y privadas.

Tendrán acceso a la carrera docente quienes sean profesionales de la docencia (art. 40, LOE)

Page 9: Ley Organica de Educacion

Estabilidad en el ejercicio de la Carrera Docente

El articulo 41 de la Ley Orgánica de Educación, garantiza a los profesionales de la docencia estabilidad en el ejercicio de sus funciones. Tanto del sector oficial como privado.

Que debe entenderse como Estabilidad en el ejercicio de la profesión docente?

Se entiende por estabilidad en el ejercicio de la profesión docente, el derecho a gozar de la permanencia en los cargos que desempeñen, con la jerarquía, categoría, remuneración y garantías económicas y sociales que le correspondan de acuerdo con la normativa legal vigente.

Page 10: Ley Organica de Educacion

Base legalEstabilidad de los profesionales de la

Docencia

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: art. 93 (Limitaciones a los despidos)

Ley Orgánica de Educación: art. 41 Ley Orgánica del Trabajo: 112 y

siguientes Reglamento del Ejercicio de la Profesión

Docente: Art. 94 ( Titulo III, capitulo II)

Page 11: Ley Organica de Educacion

Relaciones de Trabajo y Jubilación

Las relaciones laborales de los docentes se regularán por lo dispuesto en:

la Ley Orgánica de Educación. Ley Orgánica del Trabajo, Leyes especiales sobre la materia.

Page 12: Ley Organica de Educacion

JUBILACION

La jubilación consiste en una pensión vitalicia que le será reconocida, en las condiciones, cuantía y forma que reglamentariamente se determinen, cuando, alcanzada la edad establecida, cese o haya cesado en el trabajo por cuenta ajena o propia.

De conformidad con lo establecido en el articulo 42 de la Ley Orgánica de Educación, este derecho se adquiere con el cumpliendo en el servicio activo de la educación de veinticinco (25) años. Con un monto del cien por ciento del sueldo.

Page 13: Ley Organica de Educacion

Es una causal de egreso de los profesionales de la docencia, art. 188, ord. 5to.( REPD).

Derecho irrenunciable e imprescriptible (art. 89 CRBV y 7;191 REPD)

Obligación para el Estado (art.80 CRBV y 191 REPD)

El Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Personal docente regulara todo lo relativo a la concesión y disfrute de este derecho.

Page 14: Ley Organica de Educacion

ADMINISTRACIÓN Y REGIMEN EDUCATIVO

Supervisión educativa

El Estado: Formula y Administra políticas de…

Orienta y Acompaña el proceso de integración escuela-familia-comunidad

Evaluación Educativa

Es: Democrática, participativa, continua, integral, sistemática, formativa…

Aprecia y registra de manera permanente el rendimiento estudiantil, el proceso de apropiación y construcción de los aprendizajes

La evaluación universitaria se regirá por ley especial

Evaluación Institucional

Los órganos de educación básica y universitaria, evaluaran a través de:

Instancias nacionales, regionales municipales y locales.En las instituciones centros y servicios educativos.En los lapsos y periodos que se establezcan en el reglamento de la presente ley.

Page 15: Ley Organica de Educacion

Una cosa es saber y otra saber enseñar.

Cicerón, Marco Tulio