Ley federal para prevenir y eliminar la discriminación t.m.

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TRABAJO EN EQUIPOS CURSOS DE FORMACION C

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MARCO JURIDICO Y DEFENSA DEL DERECHO

A LA NO DISCRIMIACIÓN

• LA IGUALDAD COMO UN VALOR SUPERIOR QUE ORDENA Y DA SENTIDO A UNA COMUNIDAD POLITICA DE NATURALEZA DEMOCRATICA

• 3 ASPECTOS ESPECIFICOS:

• 1.- UBICAR AL DERECHO A LA NO DISCRIMINACIÓN

• 2.-REVISAR LAS CARACTERISTICAS DE LAS INSTITUCIONES Y DEPARTAMENTOS QUE DEFIENDEN EL DERECHO A LA NO DISCRIMINACIÓN

• 3.- DETERMINAR LAS ACCIONES JURISDICCIONALES Y NO JURISDICCIONALES

• DERECHOS FUNDAMENTALES EN MÉXICO• ELEVAR CONSTITUCIONALMENTE LOS DERECHOS HUMANOS

• PREVENIR CÓMO INVESTIGAR, CÓMO SANCIONAR Y REPARAR LAS VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS

• CREAR UN CATALOGO DE DERECHOS A LA VIDA, A LA INTEGRIDAD DE LA NIÑEZ Y EL PRINCIPIO DE LA LEGALIDAD

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LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN

(LFPED)ART. 1º. CONSTITUCIONAL

SE PROMULGO LA LEY FEDERAL EN EL 2003

OBJETIVO: PREVENIR Y ELIMINAR TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMNACIÓN

BUSCA: LIBERTAD, IGUALDAD REALES Y EFECTIVAS

• CONDUCTAS NO DISCRIMINATORIAS

• ACCIONES LEGISLATIVAS, POLITICAS O EDUCATIVAS PUBLICAS CON EL OBJETIVO DE PROMOVER LA IGUALDAD REAL DE OPORTUNIDADES

• DISTINCIONES DE CAPACIDADES O CONOCIMIENTOS ESPECIALIZADOS (TRABAJO)

• DISTINCIONES EN LAS INSTITUCIONES PUBLICAS DE SEGURIDAD SOCIAL (IMSS, ISSTE)

• AMBITO EDUCTIVO, REQUISITOS ACADEMICOS, PEDAGOGICOS Y DE EVALUACIÓN (CURSOS)

• INGRESO O PERMANENCIA PARA EL DESEMPEÑO PUBLICO (ETICA)

• TRATO ESPECIAL A UN ENFERMO MENTAL

• CIUDADANOS Y NO CIUDADANOS

• TODO LO QUE NO ATENTE CONTRA LA DIGNIDAD, LIBERTAD Y DERECHO HUMANO.

CONAPRED (CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN)• CONTRIBUYE AL DESARROLLO

CULTURAL SOCIAL Y DEMOCRATICO

• REALIZA ACCIONES PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN

• IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE TRATO

• ATRIBUCIONES: DISEÑAR Y PROMOVER ESTRATEGIAS, ACCIONES Y PROGRAMAS PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN, REALIZAR Y DIFUNDIR ESTUDIOS SOBRE LAS PRÁCTICAS DISCRIMINATORIAS, DIFUNDIR Y PROMOVER CONTENIDOS NO DISCRIMINATORIOS EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN, PROMOVER LA PRESENTACIÓN DE DENUNCIAS POR ACTOS VIOLATORIOS A LA PERSONA

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DERECHO A LA NO DISCRIMINACIÓN

• MECANISMOS

JURISDICCCIONALES

• PODER JUDICIAL: ESCUCHAR A

LAS PARTES EN CONFLICTO Y

DARLE SOLUCIÓN

• 1. SI NO SE PUEDE REPARAR

EL DAÑO SE PAGA

INDEMNIZACIÓN

• 2. EXISTEN EN LOS CODIGOS

PENALES PENAS DE PRISIÓN,

TRABAJO COMUNITARIO Y

MULTAS

• MECANISMOS NO JURISDICCIONALES

• COMISIÓN NACIONAL DE LOS

DERECHOS HUMANOS CNDH: SU

PRINCIPAL FUNCIÓN: INVESTIGAR

VIOLACIONES DE DERECHOS Y

PROMOVER CAMBIOS EN LAS LEYES

• CONSEJO NACIONAL PARA LA

PREVENCIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN

CONAPRED: ATIENDE VIOLACIONES

CAUSADAS POR:

• 1. AUTORIDADES GUBERNAMENTALES Y

SERVIDORES PUBLICOS

• 2. UNICA INSTANCIA QUE RECIBE QUEJA

DE DISCRIMINACIÓN ENTRE

PARTICULARES

• SU PRODECIMIENTO: 1.-POR ESCRITO

CONFIRMA Y DATOS DE

IDENTIFICACIÓN 2.- DE MANERA

VERBAL VIA TELEFONICA O INTERNET

• ES NECESARIO RATIFICARSE EN 5 DIAS

HABILES

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MEDIDAS PARA PREVENIR LA

DISCRIMINACIÓN

• IMPEDIR EL ACCESO A LA EDUCACIÓN PUBLICA

• PAPELES CONTRARIOS A LA IGUALDAD

• PROHIBIR LA LIBRE ELECCIÓN DE EMPLEO

• ESTABLECER DIFERENCIAS EN PRESTACIONES Y CONDICIONES LABORALES

• LIMITAR EL ACCESO LOS PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN

• NEGAR O CONDICIONAR LOS SERVICIOS MEDICOS

• NEGAR O CONDICIONAR EL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN POLITICA

• IMPEDIR EL ACCESO A LA PROCURACIÓN E IMPARTICIÓN DE JUSTICIA

• OFENDER O RIDICULIZAR, PROMOVER LA VIOLENCIA

• LIMITAR LA LIBRE EXPRESIÓN

• RESTRINGIR EL ACCESO A LA INFORMACIÓN

• IMPEDIR E ACCESO A LA SEGURIDAD SOCIAL

• LIMITAR EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y VIVIENDA

• EXPLOTAR, ABUSAR O DAR UN TRATO DEGRADANTE

• REALIZAR O PROMOVER EL MALTRATO FISICO O PSICOLOGICO

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Marco Normativo Internacional• DECLARACIÓNHUNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

El articulo 1y 2 señala que todo ser humano nace nace libre, iguales en dignidad y derechos.

• DECLARACIÓN AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEVERES DEL HOMBRE.

El artículo 2 y el preámbulo declaran lo mismo que el anterior

• EL PACTO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS.

Los estados firmantes se comprometen:

a) Se hagan validos los derechos reconocidos a individuos que se encuentren en territorio ajeno.

b) Igualdad de hombres y mujeres.

c) Igualdad de hombres y mujeres en derechos civiles enunciados en dicho pacto.

• LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS

Se comprometen a respetar y garantizar;

a) El libre y pleno derecho a libertad a toda persona sujeta a la juridicción.

b) La igualdad de protección.

De igual forma les permite limitar a ciertos derechos políticos a extranjeros, como el votar.

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INSTRUMENTOS DEL MARCO NORMATIVO INTERNACIONAL.

• LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN RACIAL.

A cualquier distinción, exclusión, restricción en motivo de raza. Así mismo los estados se comprometen a tomar medidas especialmente en la educación, cultura y la información.

• LA CONVENCIÓN SOBRE ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER.

Establece la eliminación de todo concepto estereotipado de los papeles masculino y femenino.

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CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

Los Estados:

Respetaran los derechos enunciados en dicha convención y asegurar su aplicación a cada niño o niña sin distinción alguna.

Tomar todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño o la niña se vea protegido contra toda forma de discriminación, abuso físico o mental y explotación.

Derechos de los niños en el ámbito educativo:

Derecho a la educación en condiciones de igualdad de oportunidades.

Libertad de expresión y pensamiento.

No ser objeto de ataques ilegales a su honra y reputación.

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LA CONVENCION INTERNACIONAL PARA LA ELIMINACION DE TODAS LAS FORMAS DE

DISCRIMINACION CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Define la discapacidad como: Una deficiencia física, mental o sensorial;

permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades de la vida diaria.

La discriminación contra las personas con discapacidad significa toda distinción, exclusión o restricción; impidiendo el goce de sus derechos humanos y libertades fundamentales.

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LA CONVENCION RELATIVA A LA LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACION EN LA ESFERA DE LA ENSEÑANZA

• La discriminación se entiende como toda distinción, exclusión, limitación o preferencia fundada en la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otro índole, por finalidad o por efecto destruir o alterar la igualdad de trato en la esfera de la enseñanza, en especia:

• A. excluir a las personas el acceso a los diversos grados d enseñanza.

• B. limitar a un nivel inferior la educación a las personas.

• c. colocar a una persona o a un grupo en una situación incompatible con la dignidad humana.

No son consideradas como discriminatorias las situaciones siguientes :

a. Creación de establecimientos de enseñanza tanto en el sexo masculino como en el femenino

b. La creación por motivos religiosos o lingüisticos, de establecimientos separados su enseñanza debe proporcionarse conforme a lo deseos de sus padres.

c. La creación o mantenimiento de establecimientos de enseñanza privados, no pretenden lograr la exclusión de cualquier grupo, sino añadir nuevas posibilidades de enseñanza.

La educación debe tender al pleno desenvolvimiento de la personalidad humana y reforzar el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, así como fomentar la compresión la tolerancia y a amistad entre las naciones y todos los grupos racionales o religiosos.

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LA DECLARACION DE LAS NACIONES UNIAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

• Los pueblos y las personas indígenas son libres y tienen derecho a no ser objeto de ninguna discriminación en el ejercicio de sus derechos que esté fundada, en particular, en su origen o identidad indígena.

Los pueblos y las personas indígenas tienen derecho a:

a. No sufrir

b. No manifestar

c. Revitalizar

d. Establecer y controlar sus sistemas de instituciones docentes que impartan educación en sus propios idiomas

e. Todos los niveles y formas de educación sin discriminación

f. Tener acceso a la educación en su propia cultura

g. Que la dignidad y la diversidad de sus culturas, tradiciones, historias y aspiraciones queden reflejadas en la educación pública y en los medios de información

h. El mejoramiento de sus condiciones económicas y sociales

Los estados adoptarán medidas para combatir los prejuicios y eliminar la discriminación y promover la tolerancia, la compresión y las buenas relaciones entre lo pueblos indígenas y todos los demás sectores de la sociedad.