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  • cipalmente el problema de la asistencia delos nios a la escuela, comprometiendo, tantoal Estado como a los padres en su imple-mentacin. Los antecedentes de este debatepoltico estn organizados principalmente a

    respecto al debate poltico que ocasion ladictacin de la Ley de Instruccin PrimariaObligatoria. Esta segunda iniciativa legal -laprimera correspondi a la Ley de InstruccinPrimaria de 1860- busc enfrentar prin-

    l presente artculo forma parte de unainvestigacin sobre la EducacinPrimaria Popular en Chile en el perodo

    1890-1920, financiado por FONDECYT en losaos 1993-1994. Se entregan antecedentes

    Mara Loreto Egaa B.*

    * Investigadora del Programa Interdisciplinario de Investigaciones en Educacin PIIE.

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    Centro de Santiago, celebracin de la promulgacin de la Ley.

    La educacin primaria para el pueblo fue una preocupacin que acompa el proceso deestructuracin del Estado chileno durante el siglo XIX. Si bien, con contradicciones, evidentescarencias, falta de voluntad poltica en diversos momentos, se constituy la educacinprimaria popular en una poltica estatal de indudable significado.

  • base de la cita textual. Se abordar ladiscusin generada en el Senado.

    EL PROBLEMAEl problema de fondo, tras las iniciativas deimplantar la obligatoriedad de la educacinprimaria, tena que ver con la cobertura questa alcanzaba. Los esfuerzos realizados enlas ltimas dcadas del siglo XIX por mejorarla calidad de la educacin impartida, perdansu real sentido, para algunos, si esta educa-cin no llegaba mayoritariamente al conjuntode la poblacin.

    La baja cobertura, agravada por una asistenciamedia de los matriculados, an ms baja,frustraba el sueo de muchos "educa-cionistas" y polticos progresistas de contarcon un pueblo instruido que pudiera superar,material y moralmente, el nivel de miseriaen que vivan. Algunas cifras que sirven paraejemplificar la situacin son las siguientes:en 1895, la poblacin entre 5 y 15 aos era674.955, los alumnos matriculados en lasescuelas pblicas: 114.565 y en lasparticulares 25.420. La asistencia media alas escuelas pblicas: 71.901 alumnos; elporcentaje de asistencia en las escuelasparticulares, aun cuando no existan datos,es muy posible que fuera similar al de laspblicas1.

    Los ms pobres no asistan a la escuela. Laextrema pobreza de stos, la necesidad deltrabajo de los nios, la carencia de vesti-menta, el desinters de los padres, tambin

    analfabetos, apartaban a los nios mspobres de las escuelas.

    La oferta educativa -segn algunos- erasuficiente con la capacidad instalada paraampliar considerablemente la cobertura; paraotros era un problema de recursos, que setraduca en la necesidad de ms escuelas ymaestros. El propio sistema de educacinprimaria promova su expansin, que aumen-taba considerablemente el poder de loseducacionistas en la burocracia estatal; desdeesta lgica se obligaba al Estado a subir laoferta, y, de paso, a los padres a enviar a sushijos a la escuela.

    Por qu los nios no asistan a la escuela?La propia situacin que vivan los sectorespobres nos puede dar luces para intentar, asu vez, nuestra propia interpretacin.

    La condicin de miseria y marginacin deestos sectores restaba sentido e inters ala educacin de sus hijos. Por otra parte, lacantidad y calidad de la oferta tambin pue-den haber influido para no mandar a sus hijosa la escuela. Si la educacin impartida hubierasignificado posibilidades reales de mejorestrabajos; si el desarrollo del pas hubierarequerido de un pueblo instruido, la educacinprimaria, tanto desde la poltica estatal comode los propios interesados, habra cobrado unsignificado mayor. Es posible decir que desdelo educativo se compela al modelo dedesarrollo del pas, para que diera cabidae integrara a un pueblo que se buscaba,

    afanosamente, que fuera instruido.En el centro del debate, aunque de mane-ra disfrazada, volva a estar el sentido y laimportancia de la educacin para el pueblo;ya se haba avanzado desde el primer grandebate en la dcada del 50 del siglo anterior.Pocas sern las voces que se manifestarnabiertamente en contra de esta accineducativa. Por lo tanto, el debate tendrnuevamente, como uno de sus elementoscentrales, el rol del Estado en esta actividad.Nuevas fuerzas polticas con nuevas posturasdoctrinarias se haban consolidado, situan-do la larga controversia que precedi a laLey en un contexto distinto.

    CRONOLOGA DE LA LEY2

    Diversos fueron los proyectos de ley que sepresentaron al Parlamento, siendo el primerode ellos el propuesto por el senador PedroBannen, el 18 de junio de 1900. Este proyectoconstaba de nueve artculos; y obligaba aasistir a la escuela por un mnimo de tresaos a los nios entre 6 y 12 aos de edad,con un sistema de control anual a travs deun censo de los nios en esas edades.Quedaba bajo la responsabilidad delgobernador la realizacin de la medida y sufiscalizacin.

    La Comisin de Instruccin Pblica del Senadolo inform favorablemente, siendo sometidoa discusin en la sala. Los senadores con-servadores impugnaron el proyecto,producindose un largo debate que finalizen 1903 con el rechazo de ste.

    1. Memoria del Ministro de Justicia e Instruccin Pblica para el ao 1895, Santiago, pgs. 298 y 306.2. La informacin sobre esta temtica corresponde, en gran medida, al trabajo desarrollado por scar Blanco Viel, "La Ley de Instruccin Primaria Obligatoria", Santiago, s/a, 1921.

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  • En 1909 se presentaron dos proyectos a laCmara de Diputados sobre obligatoriedadescolar de los diputados Varas y Oyarzn.En el de Varas, junto con la obligatoriedadescolar, se proponan normativas respectoa administracin y organizacin escolar,personal docente, financiamiento, localese infraestructura, entre otros. En el proyectoOyarzn, el control de la obligatoriedadradicaba en las juntas comunales, se sugeraasistencia mdica escolar y, en lo posible,cantinas que entregaran alimentos a losms pobres; los cursos preparatorios de losliceos se asimilaban al rgimen de escuelasprimarias.

    Con el antecedente de estos proyectos seencarg a la Comisin de Instruccin Pblicade la Cmara de Diputados la redaccin deun proyecto sobre la materia. En agosto de1910 se dio a conocer un proyecto acordadoen forma unnime por la Comisin. Recogalos elementos de obligatoriedad de losproyectos anteriores, con adecuaciones enla administracin del sistema. Las JuntasComunales seran responsables del cum-plimiento de las normas, exigiendo a lasmunicipalidades a entregar un tanto por cientode sus ingresos a las escuelas de su comuna.Se acordaba una subvencin de 20 pesos poralumno, que aportara el Estado a las escuelasparticulares.

    Los conservadores se opusieron a esteproyecto al igual que a los anteriores,negndose a discutir lo relativo a la obli-gacin escolar.

    En 1917 se present un proyecto de losdiputados radicales; los conservadoreshicieron su propuesta, y surgieron otras,destacndose la del diputado Manuel Rivas.Se nombr una comisin para armonizar lasdiversas frmulas, y finalmente un proyecto,el que fue aprobado en 1917 por la Cmara.Se distinguieron entre los diputadosconservadores Rafael L. Gumucio y TomsMenchaca, quienes defendieron el proyectoante sus correligionarios.

    En 1918 se form un Comit Central ProEducacin Primaria Obligatoria, que convoca diferentes organizaciones del magisterioas como a polticos progresistas. Su primerpresidente fue Daro Salas, al que siguieronel diputado radical R. Torreblanca y elpresidente de la Asociacin de EducacinNacional, Carlos Fernndez P. A esta campaase sumaron representantes de organizacionesobreras, sectores polticos progresistas, etc.Se formaron comits a lo largo del pas,movilizando amplios sectores sociales entorno a esta iniciativa.

    El proyecto, en su trmite en el Senado,sufri nuevas demoras. Durante 1918 no

    fue puesto en tabla; en 1919 y a iniciativadel entonces ministro de Instruccin, PabloRamrez, se reiniciaron las conversacionespara llegar a un acuerdo sobre el proyecto.La discusin ocup todo el perodo desesiones de ese ao, siendo despachado enel ao siguiente. El 26 de agosto de 1920se promulg el proyecto definitivo, previaaprobacin por la Cmara de las indicacionessurgidas en el Senado.

    La promulgacin de esta Ley fue sentidacomo un triunfo por los que haban luchadopor tantos aos para su aprobacin. Seorganizaron festejos en distintas ciudades.En Santiago, el domingo 29 de agosto se hizoun desfile escolar presidido por el inspectorgeneral de Instruccin Primaria, Daro Salas,y por otros miembros del Comit ProInstruccin Primaria Obligatoria. La marchase dirigi a La Moneda donde recibi labienvenida del presidente Juan LuisSanfuentes y de otras autoridades; se enca-min luego al Congreso donde fue saludadapor diputados y senadores. En una veladaefectuada el 2 de septiembre en el TeatroMunicipal, diferentes oradores se refirieronal significado de este festejo 3.

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    3. Informacin sobre estas actividades en: Emma Salas, "El pensamiento de Daro Salas", Santiago, Ediciones Universidad de Chile, 1987.

  • Veinte aos demor la posicin conservadoraen aceptar un proyecto sobre la obligatoriedadescolar. Ello signific, a su vez, la consagraciny reforzamiento del Estado docente, rol quecumplira el Estado, sin interrupcin, hasta ladcada del 70.

    EL DEBATE DE 1902-1903 EN EL SENADOAl igual que para la dictacin de la Ley de1860, con ocasin de la presente Ley semanifestaron claramente en el Parlamento,las posiciones polticas diferentes en relacinal tema de la educacin primaria para elpueblo.

    Si bien la obligatoriedad de la educacinprimaria apareci ya en el debate de la Leyde 1860, no constituy sino hasta junio de1900, un tema que form parte de la agendapoltica del Parlamento. La presentacin delproyecto estuvo a cargo del senador radicalPedro Bannen, antiguo luchador e impulsorde la educacin del pueblo. En la funda-mentacin del proyecto se aduca el altoanalfabetismo de la poblacin, la importanciade la instruccin del pueblo para el desarrollodel pas y la circunstancia, que con la ofertaeducativa existente, podran educarse a msnios, estimados por el senador en alrededorde 60.000; en otras palabras, las escuelastenan una capacidad ociosa que, a juicio delsenador, era preocupante. En esa situacin,se impona una actitud compulsiva ante lospadres con relacin a la educacin de sushijos. El proyecto constaba de nueve artculos,siendo el primero el referido a la obliga-toriedad escolar; deca as:

    "Los padres, los tutores o los individuos queestn a cargo del cuidado personal de uno oms nios de seis a doce aos de edad, estnobligados a hacerlos asistir con regularidada una de las escuelas pblicas del Estadodurante tres aos a lo menos" 4.

    Este artculo constituir la piedra de toqueque atravesar toda la discusin y ante elcual los senadores conservadores seopondrn tenazmente. Los artculossiguientes se referan a las excepcionespara esta obligacin, a las penas para losinfractores, que variaban entre multas oprisin de uno a 10 das; la realizacinperidica de censos escolares para controlarlas disposiciones.

    El ministro del interior, Ramn Barros Luco,inform en la sesin de presentacin delproyecto, de la aceptacin de ste en todas suspartes por el Gobierno. La Comisin deInstruccin Pblica del Senado dio a conocer elproyecto suscribindolo en su parte fundamental;respecto a la obligatoriedad se sealaba queesta disposicin armonizaba con lo queprescriba el Cdigo Civil, en cuanto a laresponsabilidad de los padres de dar educacina sus hijos. Se hacan algunas reformulacionesrelativas a la edad de asistencia, la que dejabande 7 a 12 aos, el tiempo de permanencia enla escuela que rebajaban de 3 a 2 aos; sepropona que la instruccin fuera dada en algnestablecimiento escolar y no como deca elproyecto, en las escuelas pblicas; se asociabaa la labor del gobernador a dos personas, repre-sentantes de la municipalidad y de la junta de

    beneficencia. Se present para la discusin enla sala un proyecto reformulado, bastante similaral anterior y con la aprobacin del Ministro deInstruccin.

    En el debate, que sigui a la presentacin delproyecto, propiciaron la iniciativa los senadoresBannen, Silva Cruz y Enrique Mac-Iver. Losprincipales argumentos esgrimidos desde estaposicin se relacionaron con la desidia de lospadres por la educacin de sus hijos, lacapacidad ociosa existente en las escuelas,la mayor responsabilidad estatal por el fomentode esta educacin, que implicaba laobligatoriedad, la relacin educacin delpueblo, desarrollo del pas y democracia.En cuanto a la responsabilidad de los padresde procurar la educacin de sus hijos, seargument que este proyecto de ley no hacasino poner en prctica lo que estableca elCdigo Civil, y que no era obedecido en relacincon la educacin de hijos o pupilos; laobligatoriedad no constitua, por lo tanto, unanueva normativa sino que posibilitaba secumpliera con una normativa legalpreexistente. La situacin de la educacinprimaria demostraba, a juicio del senadorBannen, que cierto sector de la sociedad debaser obligado, porque la persuasin y lapromocin no haban dado resultado.Expresaba en su discurso:

    "Los medios de la propaganda escrita, de lasconferencias pblicas, de la persuasinpersonal i de otros anlogos, son para ellosenteramente intiles e ineficaces. Se estrellancomo sobre una masa de granito en sus

    4. La Instruccin Primaria ante el Senado. El Proyecto de lei i el Informe ante la Comisin. Los Discursos de los seores Reimundo Silva Cruz, Pedro Banner i Enrique Mac-Iver, Santiagode Chile, Imprenta Cervantes, 1903, pg. 2.

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  • cerebros empedernidos por la ignorancia i losvicios. Me refiero a esta desgraciada clase denuestro pueblo especialmente, porque es ellala que forma en su totalidad la gran suma delos analfabetos. ...El proyecto de lei quediscutimos va a tener aplicacin solamenteen esta clase de nuestro pueblo i debemoscontemplarla slo en este terreno para estudiarsu practicabilidad, sus ventajas, susinconvenientes. No llegarn a afectar jamsa nuestras clases cultas ni an a nuestrasmenos elevadas que tengan hbitos demoralidad i de orden social. Ir slo en amparode aquellos infelices nios cuyos padres porindolencia o depravacin, los dejenabandonados a la ignorancia, de aquellos queviven i se desarrollan en un campo social llenode vicios, de malos ejemplos i de perversascostumbres, en un terreno bien preparado parala jerminacin de futuros criminales" 5.

    Como bien lo expresaba Bannen, este era unproyecto que afectaba o beneficiaba, segncmo se le mirara, slo a un sector de lasociedad, los ms pobres, analfabetos, queeran los que presumiblemente no valorabanla educacin de sus hijos ya que ellostampoco la tenan. Si este sector, segn losdatos entregados en el mismo debate,alcanzaba alrededor del 80% de la poblacinentre 6 y 15 aos se explicaba la premurapor la obligatoriedad desde estas posturas.

    Un elemento muy unido al anterior que seesgrimi en el debate fue el de las "aulasvacas"; se sostena que haba capacidad enlas escuelas, que stas en promedio nacional

    presentaban 30 alumnos por escuela, los quesin mayores gastos podran llegar a 100. Sinduda que en estos clculos no se con-templaban las ubicaciones de las escuelas,pero constituy un argumento que tambinse esgrimi para refutar la falta de recursosaludida por los opositores.

    Si uno de los argumentos ms fundamen-tales que se us fue la desidia de los padres,la obligatoriedad tambin fue entendida comoun requerimiento a la accin estatal. Se sea-laba al respecto:

    "Se ha notado en otros pases lo queforzosamente habr de ocurrir aqu, que unode los medios de fomentar con mayoractividad la formacin del preceptorado i lacreacin de escuelas es la implantacin delrjimen obligatorio...No es verdad que lospoderes pblicos de Chile se vern obligadosa proveer a la organizacin seria delpreceptorado i a la creacin de escuelas ennmero suficiente, una vez que se viese lanecesidad de que todos los nios recibieranla primera enseanza?" 6.

    Un argumento que no se desarrollextensamente, que expuso Enrique Mac-Iveren su discurso fue la relacin entre laeducacin del pueblo y democracia; en lanecesidad de contar con un pueblo instruidopara garantizar el orden de las institucionesy en la sociedad. Guardando cierta similitudcon las posturas iluministas sostenidas amediados del siglo anterior, pero en uncontexto que las haca peligrosamentecercanas para algunos sectores, se referael senador en los siguientes trminos:

    "I ms estrechamente se relaciona lainstruccin con el inters poltico i an conel orden pblico, cuando el Estado se hallaconstituido sobre la base de la igualdad i dela participacin de todos en las funcionesque le corresponden.

    No se comprende una organizacin consti-tucional de esta clase sin un pueblo capaz derealizar su funcionamiento, es decir, sin unpueblo educado. Una repblica democrtica irepresentativa cuyos ciudadanos viven en lamas crasa ignorancia, es sencillamente una

    5. "La Instruccin Primaria", op.cit. 1903 pgs.48-49.6. "La Instruccin Primaria", op.cit. pg.38.

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  • ficcin i un peligro para el desarrollo i progresode la comunidad. No es probable que exista elorden donde las instituciones superan en muchoal estado intelectual i moral de la sociedadque rijen. No es mi nimo ir al fondo de esteaspecto del debate, ms terico i jurdico queprctico i parlamentario; pero si he demanifestar que aminorada la antigua influenciade ciertos elementos sociales que sirvieron debase a la estabilidad de las instituciones i deprincipal resorte para su juego ms o menosregular, hoi mas que nunca, se estrechan iaunan la educacin del pueblo con el ordenpoltico i pblico i con el inters de la sociedad.Slo redimiendo de la ignorancia a nuestrosconciudadanos cimentaremos el orden jurdico,afianzaremos la libertad i pondremos en accinla enerja mas poderosa del progreso slido iarmnico de la Repblica" 7.

    Esta alusin de Mac-Iver sobre el sentidode la educacin para el pueblo, parte de lapremisa de que sta debe ser obligatoriapara que efectivamente se materialice.

    En relacin con la libertad de los padresfrente al rol del Estado, argumento esgrimidopor los conservadores, se precisaban lostrminos en que esta libertad deba serentendida. Llama la atencin en este puntoque sean las posturas polticas ms ligadasdoctrinariamente a los postulados liberales,las que promuevan medidas compulsivas porparte del Estado. Queda en evidencia que lacompulsin desde el Estado en este caso, esaceptada en trminos de efectividad de los

    objetivos propuestos, los que no se lograransin el concurso de ste. Declaraba Mac-Iver:

    "Nada mas verdadero en principio que elsistema individualista; es la base i la garantade la libertad. Por mas que su aplicacin,sobre todo en pases nuevos, haya de serlimitada, como limitada es la prctica racionalde todos los sistemas polticos o econmicos,l ser siempre un ideal de los que aspiranal perfeccionamiento de las institucionessociales. I porque es verdadero i un ideal elindividualismo, importa no exajerarlo idesnaturalizarlo, convirtindolo de principiode libertad i de justicia i de medio natural deadelantamiento, en arteria jeneradora de laimpotencia i de la desigualdad, i en ajentede la ignorancia i el retroceso. Jams haexistido este individualismo que llega aestremos en que se anula la accin del Estadohasta en asuntos de inters i de orden sociali pblico que no pueden alcanzar la iniciativai la accin de los individuos" 8.

    En este tema de la libertad frente a lacompulsin del Estado se argument a basede la Ley del Servicio Militar Obligatorio. Sedeca que era un deber moral, del cual todostenan conciencia de defender a la patria; sinembargo, no se consider suficiente ladisposicin moral de los individuos y seestableci, con el voto de los conservadores,la obligacin militar. Y tambin que duranteel servicio militar haba instruccin elementalobligatoria que reciban los conscriptos, yque nadie reclamaba por ese hecho.

    Un tema que despertaba especial preocupacindesde la postura conservadora era el de lainstruccin laica. Se hizo hincapi desde lospropulsores de la iniciativa en asegurar laexistencia de la instruccin religiosa comoparte de la educacin a que deba acceder elpueblo. Precisaba:

    "Hai algo mas; hai algo que no sale a los labiospero que se ajita en el alma, que no se dice ique yo dir; es la escuela laica. Tras lainstruccin gratuita, i en seguida obligatoria,los impugnadores del proyecto creen ver entresombras la instruccin laica. Este es elfantasma que les aterra i les hace huir de laidea de obligar al padre de educar al nio.

    Aqu est el verdadero argumento contra elproyecto, la razn de la resistencia que se lehace, i no en derechos i libertades que sesaben inclumes i mui resguardados por lossostenedores de la instruccin obligatoria.Importa que nos entendamos con claridad.La escuela laica no est en el proyecto; lno contiene otra idea fundamental que la dehacer obligatoria la enseanza primaria. Encuanto al carcter mismo de sta, como creoya haberlo dicho, queda en todo su vigor lalei de 1860. La instruccin relijiosa seguirdndose en las escuelas, segn lo dispuestopor esta lei" 9.

    Las opiniones vertidas por el senador Mac-Iver situaban el problema de la enseanzareligiosa, en la perspectiva de dar seguridadesa los opositores. Sin embargo, la propia opinin

    7. "La Instruccin Primaria", op.cit. pgs. 72-73.8. "La Instruccin Primaria", op.cit. pg. 99.9. "La Instruccin Primaria", op.cit. pg. 107.

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  • del senador sobre la materia tambin laexpres en el debate, sealando una posicinque ya haba estado presente, en forma velada,en el debate de la Ley de 1860, y que en esemomento cobraba creciente fuerza.

    "Con resistir ahora la instruccin primariaobligatoria no se evita tampoco que se hagalaica la escuela en lo futuro. No me parece quecuerdamente pueda suponerse que levantandoobstculos contra el proyecto en discusin seimpide que sobrevenga tal estado social queobligue o determine a prescindir en casosparticulares o en absoluto de la enseanza deuna relijin positiva en las escuelas pblicas.Eso no depende de nosotros, de los lejisladoresactuales, sino de hechos i circunstanciasindependientes de la instruccin obligatoria ide las leyes que ahora dictamos" 10.

    La postura de los senadores que propiciaronel proyecto fue no abrir otros temas dediscusin en torno a la educacin en general,donde s haba discrepancias con losconservadores, para conseguir la aprobacinde la obligatoriedad.

    Los senadores conservadores reaccionaron anteeste proyecto, destacando en el debate lasintervenciones de los seores Blanco Viel, WalkerMartnez, Errzuriz Urmeneta y Matte Prez.

    Uno de los aspectos que impugnaron con mayorfuerza fue la intromisin del Estado en un mbitoprivativo de los padres, lo que llevaba a conculcarla libertad de los individuos. Al obligar a que

    stos educaran a sus hijos se estaba atentandocontra la libertad individual, que constitua elprincipio fundamental de la sociedad. El senadorBlanco argumentaba:

    "De aqu que muchos han creido encontrarla solucin de los problemas sociales en lainstruccin obligatoria. La instruccin esbuena se ha dicho; la instruccin desarrollalas facultades del hombre, eleva el espritu,es til; luego debe ser obligatoria.

    Las premisas pueden ser exactas. La conclusinser siempre ilgica, inexacta, injusta, mientrasel Estado trate de dominar sobre el derechodel padre de familia, de absorber por lasociedad civil la sociedad domstica. Esto esentrar en el terreno del socialismo, que noreconoce lmites. Hacer que el nio concurraa la escuela porque la sociedad cree que vaa sacar provecho de ella, es sustituir el derechodel padre de familia por el derecho de lasociedad, es hacer del hijo de familia el hijode la sociedad, un esclavo de la sociedad, queno otra cosa importa el sistema en que paratodo haya que contar con el permiso de lasociedad, como pretenden los autores isostenedores del proyecto en debate.

    Es socialista, seor Presidente, la doctrinaque sustituye el derecho, el dominio i laautoridad del Estado al derecho, el dominioi autoridad de la familia" 11.

    En esa misma lnea agregaba:"Me anticipo a una objecin que indu-

    dablemente se me har i que es sta: "Notodos los padres de familia tienen suficientepreparacin para educar a sus hijos; no todostienen una nocin suficiente i exacta de susdeberes a este respecto." Yo pregunto: Dednde deriva el Estado este derecho parasobreponerse al padre de familia i para decir:"Yo mandatario elejido por la voluntad delpueblo o por la voluntad del gobierno, puedoms que el padre de familia, tengo masinters, mayor competencia que l para laeducacin de sus hijos? I eso es lo queimporta del proyecto en debate. El hechomismo de que la lei entre a decidir sobre lasuerte futura de los hijos, imponiendo laobligacin de mandarlos a una escuela i deadquirir cierto minimum de conocimientos,importa forzosamente la creacin de underecho injustificado e irracional en favordel Estado i una supeditacin del derechode la familia por la intervencin delfuncionario pblico" 12.

    El discurso que reivindicaba la libertad, enltimo trmino, apuntaba al rol del Estado,laico y no confesional, o con fuertes influ-encias laicas, al menos, como el mayorresponsable de esta educacin. Apuntabatambin a enfrentar un creciente avance delcentralismo estatal, hecho denunciado yconsiderado alarmante.

    Las disposiciones relativas a la responsabilidadde los padres por la enseanza de sus hijos quecontena el Cdigo Civil, fueron ledas en formamuy diferente desde esta postura. Se

    10. "La Instruccin Primaria", op.cit. pg. 108.11. Boletn de Sesiones de la Cmara de Senadores, Sesin 12, ordinaria, 24 de junio de 1902, pgs. 181-182.12. Boletn de Sesiones, op.cit. pg. 185.

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  • argumentaba que la responsabilidad de educarde los padres era distinta de la instruccin queel Estado defina como necesaria; el Cdigo nose refera a una instruccin determinada en suscontenidos por el Estado, y, si as fuera, estaraen contraposicin a la libertad de enseanza queconsagraba la Constitucin.

    Partiendo de la base de que la obligacinafectara al sector ms pobre, no a los quetenan recursos y ya educaban a sus hijos yque la aplicacin de penas de prisin o multasera ineficaz e injusta, especialmente paraeste sector, se deca:

    "I an mas por una especial anomala, estalei se hace slo para una clase determinadade ciudadanos: Esta lei no es para nosotros;no es para los empleados, para la jente media;no es siquiera para los artesanos: esexclusivamente para el gan, para el pende ojota, para la clase mas desvalida, parala mas digna de consideracin, para la quemenos importa al Estado. A esa es a la quese pretende hacer el bien a palos!" 13.

    Y ese bien que se le pretenda entregar a lafuerza al pueblo tena serios reparos desde lasposturas conservadoras. Es as como el senadorMatte, refirindose al tipo de educacin queimplicaba la instruccin primaria, comunicaba:

    "I cul es la escuela que se quiere imponera los hijos del pueblo? I cul es esainstruccin? Es ella tal i como lo deseanuestro pueblo, amoldada a su ndole,costumbre, necesidades i sentimientos? Nopuede ella prestarse a una propagandasectaria?" 14.

    Lo referido a la propaganda sectaria, a lainfluencia partidaria en este tipo de ins-truccin fue claramente una preocupacinde los conservadores, relacionada, sin duda,con la preponderancia de funcionariosliberales y radicales en las institucioneseducativas estatales. Indicaba:

    "Entre tanto discurre en el ambiente, en latrama legal ideada por Su Seora, esepropsito de propaganda que no se atreve a

    confesar francamente, i si no? cmoexplicarse el rodaje impuesto en el proyectoa la instruccin obligatoria que sujete susplanes i tendencias, a la voluntad del Estado,al capricho de los directores de la instruccinpblica, que como antes record estn enChile inscritos casi en su totalidad en lasfilas de un partido poltico determinado?" 15.

    La postura poltica de gran parte defuncionarios pblicos de educacin y supostura doctrinaria cercana a planteamientosde educacin laica, constitua para lossenadores conservadores una de las mayoresamenazas de esta Ley. En otras palabras,entendan que se estaba entregando uninstrumento de diseminacin de un tipo deeducacin muy contraria a sus posicionesdoctrinarias. El senador Blanco confesabaclaramente este temor:

    "I eso precisamente es lo que ha redobladola voluntad i el esfuerzo con que combatimosesta lei, nosotros los que estamos mui lejosde considerarla como la consideran sussostenedores, una lei inocente, una leianodina i de absoluta inocencia. Estoscalificativos, seor Presidente, slo sirvenpara encubrir lo que ella encierra...Tras esa lei que sus sostenedores llaman delibertad, veo yo la persecucin: tras lainstruccin obligatoria diviso la enseanzalaica; i con la enseanza laica veo al pueblosin relijin i sin freno i esta perspectiva eslo que me aterra" 16.

    13. Boletn de Sesiones, op.cit. Sesin ordinaria, 14 de julio 1902, pg.243.14. Boletn de Sesiones, op.cit. pg. 752.15. Boletn de Sesiones, op.cit. Sesin 36, ordinaria, 12 de agosto de 1902, pg. 752.16. Boletn de Sesiones, op.cit. Sesin 40, ordinaria, 1902, pg. 836.

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  • En estas palabras, que sin duda reflejaban unsentir mayoritario dentro de los conservadores,se puede advertir que la obligatoriedadconstituye un elemento ms, en una largadisputa sobre el sentido y caractersticas dela educacin para el pueblo. Un aspecto esinteresante de destacar; tanto para lospropulsores del proyecto como para susopositores, la preocupacin por la estabilidadsocial, por tener un pueblo con frenos moraleseficientes, est presente. Difieren en losinstrumentos para lograrlo; para unos, alsuperarse, en gran medida, la influenciamoralizadora de antiguos agentes, como laIglesia Catlica, la educacin del pueblo pasabaa ser una necesidad para fijar normas deconducta y moralizar; para otros, la Iglesia yla religin seguan siendo los elementos nicosy privilegiados de moralizacin.

    La postura conservadora, al respecto, quedaclaramente explicitada en la intervencin delsenador Walker Martnez:

    "A la inversa, nosotros aceptamos la enseanzaen su ms amplio desarrollo i la queremosgratuita cuando es primaria en favor de lasclases desheredadas de la fortuna que notienen medios para costersela, as como lapreferimos pagada para los que la pretendensuperior o profesional; i la queremos formandouna perfecta armona sobre las bases de lafamilia, porque estamos persuadidos que nobasta la educacin rudimentaria para darle alnio que pasa de la escuela al taller la fuerzamoral que necesita para resistir en la pendiente

    del vicio, para lo cual le es indispensableencontrar en la familia los buenos ejemplos,la autoridad, la vijilancia, la educacin...i laqueremos, en fin, cristiana porque estamospersuadidos que son el fundamento del ordensocial; que no hallarn jams como no se hahallado hasta aqu, otras doctrinas capacesde satisfacer a los anhelos naturales delcorazn humano. ...No hai mas moralcivilizadora i pura que la moral cristiana i estamoral se aprende en el catecismo. Suprimirlade la escuela es consagrar la indiferenciarelijiosa i es la impiedad. De aqu la necesidadde definir claramente en las leyes de laenseanza la obligacin de su estudio i elproyecto del debate no la establece" 17.

    En relacin con la operativa del proyectotambin se plantearon serias objeciones. Poruna parte se haca ver la imposibilidad deasumir una iniciativa como la planteada, porla falta de escuelas y maestros, en ltimotrmino, de recursos para llevarla a cabo. Sedudaba de los argumentos relativos a laexistencia de capacidad ociosa en las escuelas.La falta de recursos se fundamentaba en lasdificultades que existan para aumentar elpresupuesto para educacin, destacndose elhecho de que la instruccin secundaria ysuperior reciban proporcionalmente muchosms recursos que la instruccin primaria. Esteltimo punto ser un tema recurrente en otrosdebates sobre la educacin primaria.

    La crtica que se haca en relacin al estadode las escuelas primarias en trminos de

    infraestructura y a las capacidades queexistan de absorber toda la demanda queprovendra con la obligatoriedad, no dejabande tener fundamento. Era necesaria unamayor inversin estatal en esta educacin,que posibilitara un aumento en la oferta, unamejor dotacin en infraestructura y localesy, sobre todo, que aumentara el nmero deprofesores normalistas y la remuneracinque stos reciban. Este problema no fuedesconocido por los propiciadores de lainiciativa, pero s fue minimizado. Se aludaque con la obligatoriedad estas medidasdeberan venir, forzando, de esta manera, laspolticas estatales.

    La falta de escuelas fue uno de los argu-mentos usados por los conservadores paraconsiderar el proyecto inviable, adems delos principios doctrinarios, la obligatoriedadcomo irrealizable. Se haca ver que ms bienhaba inters en mandar a los hijos a lasescuelas, pero que en innumerables caserosy especialmente en los campos, stas noexistan. El senador Errzuriz Urmeneta serefera al problema en los siguientestrminos:

    "Cuando pienso que de la poblacin escolarde Chile, una vez dictada esta lei, tendraque escusarse de asistencia a la escuela masde trescientos mil nios, o sea mucho masdel doble de los que hoi pueden concurrir sininconvenientes i escusarse ...por mala salud?por indijencia? No, seor, por no tenerescuela prxima adonde concurrir..." 18.

    17. Boletn de Sesiones, op.cit. Sesin 25, ordinaria, 23 de julio 1902, pgs. 515- 516.18. Boletn de Sesiones, Sesin 33, ordinaria, 5 de agosto 1902, pg. 692.

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  • Ante esa situacin, el mismo senadorpropona medidas concretas para mejorar laeducacin primaria, como: aumentar lasEscuelas Normales, fundar nuevas escuelas,obligar a un aporte municipal para lainstruccin primaria, subvencionar a particu-lares para que entreguen esta educacin,mejorar la condicin de los maestros, abrirbibliotecas populares, no aceptar en fbricaso faenas a nios menores de 12 aos que nohayan asistido a la escuela, exigir para cargospblicos saber leer y escribir, descentralizarla administracin de las escuelas y mejorarlas condiciones materiales y morales de stas.

    Un aspecto que criticaron fuertemente era laexcesiva centralizacin del sistema, la pocaeficacia de los visitadores para mejorarefectivamente la prctica en las escuelas y losproblemas que en ellas detectaban; se propiciabaal respecto un rol ms significativo de losmunicipios, que permitiera, a su vez, una mayorparticipacin ciudadana. El senador ErrzurizUrmeneta manifestaba en torno a este tema:

    "En Chile la direccin suprema de laenseanza est en manos del Ministro deInstruccin Pblica; todo, absolutamente todolo que a ella se refiere, desde la cuestinms trascendental hasta el ms insignificantedetalle depende de su resolucin".

    Ms adelante sealaba:"Resulta entonces, seor presidente, que lavida entera de la instruccin primaria, de esteservicio importantsimo i que tantodesearamos mejorar, est concentrada enla capital, en manos de un empleado(Inspector General) casi providenciadependiente de un motor nico que desdesu oficina en Santiago dirije e imprimemovimiento a todas las ruedas de estainmensa mquina, sin mas correastrasmisoras en toda la estensin del pais quelos treinta y dos visitadores de provincia, susausiliares. ...Pero que accin eficaz puedentener al fin i al cabo cuando carecen deautoridad propia, de iniciativa para adoptarcualquier medida beneficiosa, i cuando no

    tienen otra misin que visitar una o dos vecesal ao las escuelas para dar cuenta? I ennuestras provincias tan vastas, interrumpidasa cada paso por montaas, cruzadas de rios,con caminos a menudo poco menos quecuntas escuelas distantes de la cabecerase quedarn sin esa visita?" 19.

    A la excesiva centralizacin se sumaba, ajuicio de los conservadores, un usoinadecuado de recursos; se constataba quelos presupuestos para educacin habansubido, pero que su aumento no guardabaproporcin con el adelanto de esta educacin.Este problema se solucionara con unadescentralizacin administrativa, queposibilitara un mayor control en el usoadecuado de los recursos. Se insistireiteradamente en la necesidad de restringirla gratuidad de la enseanza secundaria ysuperior en beneficio de la enseanzaprimaria. Y, si en ltimo trmino, an faltaranrecursos, el senador Errzuriz proponaimplantar una contribucin escolar a todoslos ciudadanos.

    Como resumen de la postura conservadoraen este debate se present un contraproyectode ley que a continuacin se transcribe:

    "Artculo 1. Todas las municipalidades dela Repblica establecern escuelas gratuitasde enseanza primaria elemental concapacidad para un nmero de alumnos quecorresponda al 10% de la poblacin de surespectivo territorio.Artculo 2. La enseanza comprender los

    19. Boletn de Sesiones, Sesin 34, ordinaria, 6 de agosto 1902, pgs. 707-708.

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  • ramos de relijin, lectura, caligrafa i nocioneselementales de jeografa, gramtica,aritmtica e historia patria.Artculo 3. La direccin o inspeccin de lasescuelas comunales de enseanza primariaelemental estarn a cargo de una Juntaescolar formada en cada comuna por el primeralcalde, el cura prroco i el mayorcontribuyente.Artculo 4. Las escuelas comunalesestablecidas en conformidad a la presentelei tendrn derecho a una subvencin fiscalde 15 pesos anuales por alumno en lasescuelas de hombres i de 10 pesos en las demujeres, entendindose que el nmero dealumnos se fijar sobre la base de laexistencia (asistencia) media durante el cursodel ao i adems una asignacin de 100pesos anuales destinados al estmulo de losalumnos por medio de premios, imposicionesen la Caja de Ahorros u otras medidasanlogas. Las escuelas en que adems delos ramos indicados en el artculo 2. seensearen los conocimientos elementalesde las industrias propias de la rejin o sedieren cursos de trabajos manuales, tendrnderecho a subvenciones dobles de lasindicadas.Artculo 5. La asistencia media a que serefiere el artculo anterior se determinar porla Junta escolar con intervencin del tesorerofiscal del respectivo departamento.Artculo 6. Las escuelas particulares de laenseanza primaria elemental que aceptarenlos reglamentos de la Junta escolar, tendrnderecho a las subvenciones indicadas en elartculo 4.

    Artculo 7. Ser de cargo del Fisco elsuministro de los tiles de enseanza a lasescuelas establecidas en conformidad a lapresente lei" 20.

    Este contraproyecto recoge planteamientosque estuvieron presentes en las posturasconservadoras desde largo tiempo. Uno deellos tena que ver con el rol activo quepropiciaban para los municipios; ya en eldebate de la Ley de 1860, estos planteamientosimperaron finalmente en las posturas queprivilegiaron la accin del Estado central. Elotro elemento por el cual lucharon convehemencia fue el equiparar la educacinpblica, en este caso municipal, con laeducacin privada en el acceso a los recursosestatales. La subvencin similar para ambosconstituir un objetivo en su poltica educativa,al cual se opondrn con gran vigor liberales yradicales, adems de educacionistas yfuncionarios de la educacin pblica.

    Es interesante constatar la similitud entreestas proposiciones y los cambios introdu-

    cidos en el sistema educativo en la dcadadel 80 del presente siglo. Los polticos yfuncionarios que orientaron estos cambiospudieron realizar finalmente las aspiracionesque los conservadores en toda la historia dela educacin en nuestro pas no haban podidoimplementar.

    En el proyecto, presentado por los conser-vadores, la responsabilidad por ampliar lacobertura educativa primaria quedabaradicada en los municipios, as como lainspeccin de las escuelas. Tomando comobase el dato estadstico que aproxi-madamente la poblacin entre 7 y 15 aoscorresponda al 20% del total de sta, sepropona por ley, educar al 50% de lapoblacin en edad de educarse. Un aspectosignificativo ser la diferencia que seestableca en la subvencin de escuelas denios y de nias. Indudablemente que unamedida de ese tipo tenda a no incentivar laeducacin para las nias, constituyendotambin este punto una constante en el sectorms tradicional de la postura conservadora.

    20. Boletn de Sesiones, op.cit. Sesin 30, ordinaria, 29 de julio 1902.

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  • Una propuesta de esta naturaleza estabaencaminada, claramente, a desperfilar el roly la importancia del Estado central en laeducacin primaria, en el contexto delcarcter sectario y laico que a ste se leatribua.

    EL DEBATE DE 1919-1920 EN EL SENADOEl debate que precedi a la dictacin de laLey se centr en un proyecto de ley que habasurgido como un acuerdo entre los PartidosLiberal y Conservador durante la discusin enla Cmara de Diputados. A diferencia deldebate de principios de siglo sobre el tema,la obligatoriedad, como problema doctrinario,no se discuti. La preocupacin de los sena-dores estuvo en la implementacin de unaley que demandaba una gran cantidad derecursos, que afectaba directamente a unnmero importante de la poblacin -nios,maestros y padres- y que por estos motivosconstitua una fuente apreciable de poder. Entrminos partidarios, en esta poca del debatey aprobacin de la Ley, ya se haba consolidadoel predominio de los radicales en el mbitode la educacin pblica. Los temas centralesdel debate se referirn al rol del Estado centralversus el rol de los municipios, a los recursosque implicaba la Ley, a la educacin privadaen un contexto de fortalecimiento de laeducacin pblica, al carcter laico oconfesional de las escuelas. El acuerdo logradoen la Cmara de Diputados tranquiliz enciertos puntos a los conservadores, pero, asu vez, plante reservas especialmente desdelos radicales, demcratas y sectores liberales.Sin embargo, dada la importancia que desde

    estos sectores se le atribua a la Ley, losreparos no constituirn posturas deobstruccin, aunque en el curso del debatese expliciten las posiciones. Es iluminador alrespecto lo que expresaba el senadordemcrata Torrealba:

    "...pero si a pesar de nuestras conviccionesi de nuestras doctrinas, que las consideramosel summum de la bondad i lo mejor a quepodemos aspirar, la mayora del senadoestuviera en disconformidad con nuestrosanhelos, yo acatara ese fallo, i si por ahorano triunframos en nuestras altasaspiraciones, maana el progreso nosempujar i si no conseguimos hoi el logro denuestros ideales, andando el tiempopodremos modificar la lei de acuerdo con elespritu moderno. ...el pais habr ganado, enmi sentir, enormemente, an cuando esa leicontenga disposiciones oscuras, porque loprimero en una nacin es que abra los ojos,que el pueblo sepa leer i escribir" 21.

    A continuacin se entregarn los principaleselementos en el debate, destacndose los queno haban estado presentes con similarintensidad en la discusin de principios de siglo.

    La posicin de los conservadores, a travsdel senador Barros Errzuriz, era aprobar, sinmayor discusin, un proyecto que ya habasido negociado; propona que las indicacionesque pudieran venir del Ejecutivo o de otrasposturas quedaran para un nuevo proyecto.Los principales puntos sobre los cuales huboacuerdo eran los siguientes, segn el senador:

    la enseanza religiosa, establecindose uncambio en relacin con la Ley de 1860; lospadres ahora deberan manifestar ante laescuela si sus hijos no accedan a esta ense-anza; la formacin del Consejo de InstruccinPrimaria, con representantes del Ejecutivo,las Cmaras y la educacin particular; unasubvencin para la enseanza particular conmonto definido; la composicin de las JuntasComunales de Educacin, en las que se incluaal prroco; mejoramiento de las rentas delpreceptorado.

    En relacin al tema religioso hubo claramentedivergencias; se cuestion la presencia delprroco en las Juntas de Educacin Comunal,expona el senador Alessandri al respecto:

    "Ahora, seor presidente, si es aceptable unajunta comunal en el sentido de darle facultadinspectiva, no es aceptable la intervencindel prroco... Porque el prroco no tienefunciones civiles; no puede aceptarse quelas tenga, no es pedagogo. No forma ni puedeformar parte por razn de sus funciones delEstado docente. ...En el proyecto resulta queel alcalde es amovible, amovibles los demsmiembros nombrados por las municipalidadesya que son electivos i, el cura, est allinamovible, por derecho propio.

    Cruentas, sostenidas i largas, mui largas, hansido las luchas de los partidos liberales ...parareivindicar a favor de la autoridad civil losderechos que le corresponden por lanaturaleza propia de sus funciones i, laintervencin del cura en la forma que

    21. Boletn de Sesiones, op.cit. Sesin 30, ordinaria, 5 de agosto 1919, pg. 719.

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  • comentamos, importara una reaccin, unretroceso, sera renunciar a todos los triunfosobtenidos i a todos los progresos alcanzados,en orden a la secularizacin de todas nuestrasinstituciones fundamentales" 22.

    Otros senadores se sumaron y defendieronesta postura, quedando finalmente losprrocos fuera de la Junta Comunal deEducacin; el tema de la escuela laica o neu-tra tambin estuvo en el debate, ms comouna afirmacin de principios que como unacondicin para aprobar la Ley. El proyectonegociado postulaba la declaracin escritadel padre si no quera enseanza religiosapara su hijo. La presencia de los prrocos enlas escuelas vigilando la enseanza religiosase mantuvo segn la Ley de 1860.

    Un tema que estuvo muy presente en eldebate fue el de la descentralizacin, antela prctica centralista imperante en el sistemade educacin primaria. Como antecedentees importante recordar que este tema tambinfue central en la discusin de la Ley de 1860.Con ocasin del debate de 1919 estuvieronpresentes dos aspectos, al menos, en ladiscusin. Uno de ellos fue el relacionadocon la provisin de recursos, los que hastael momento emanaban absolutamente delEstado central; el otro tena que ver con elexceso de poder acumulado a nivel centralen un mbito, que dada la envergadura de laLey en disputa, se iba a aumentar an ms.Es interesante observar cmo se plantearonlas distintas posturas polticas ante este temay lo significativamente actual de la discusin

    de entonces. Es posible apreciar en nuestraactual situacin, que un tema que ha recorridola historia de nuestro desarrollo educativocomo es el de la centralizacin y des-centralizacin, en la actualidad se defini,no en sucesivos debates parlamentarios,como en pocas anteriores, sino por decretoadministrativo.

    Los conservadores haban estado por unamayor injerencia municipal ya en el debatede 1902 y siguieron manteniendo estapostura. Los liberales tradicionales eranpartidarios de la centralizacin estatal delservicio; los demcratas y radicalestuvieron en este tema, posturas divididas.Algunas los acercaron ms a la descen-tralizacin, otras se apoyaron en el Estadocentral. Un connotado educador radical yentonces inspector general de InstruccinPrimaria, Daro Salas, propiciaba unsistema comunal de organizacin de laeducacin. Su opinin, expresada en ellibro El Problema Nacional, en 1917, sirvide argumento recurrente de las posturas

    conservadoras. Otros, como el senadorMac-Iver, mantuvo la posicin sostenidarespecto a los municipios ya en el debatede principios de siglo:

    "En presencia de la conducta de esascorporaciones (las municipalidades), esimposible abrigar ni por un momento laidea de confiarles nada, que se relacionecon los intereses pblicos. Las munici-palidades administrando el ramo de lainstruccin primaria? Ellas, que no hansabido cuidar ni del pavimento de las callesni del alumbrado pblico cuidarn seorPresidente, de ese otro delicadsimoservicio? Si ahora no es bueno, ...en poderde las municipalidades el servicio, caso deno desaparecer sera peor, i los dinerospblicos se malbarataran. No se puedehablar seriamente, por ahora a lo menosde esas corporaciones. Si el pais recibiraairado la proposicin de poner bajo laautoridad del cura la escuela, recibira conrisa la de ponerla bajo la autoridad de lasmunicipalidades" 23.

    22. Boletn de Sesiones, op.cit. Sesin 29 ordinaria, 4 de agosto 1919, pg. 690.23. Boletn de Sesiones, op.cit. Sesin 21, ordinaria, 16 de julio 1919, pg. 444.

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  • La ley de la comuna autnoma surgidadespus de la revolucin del 91 y la prcticamisma de las municipalidades, concitabanpermanentes crticas de ciertos sectores,por la ineficacia de stas y las prcticaselectorales basadas en el poder del dineroy las influencias de connotados personajes.

    El senador demcrata Torrealba se plantecomo un defensor del principio de lacomuna autnoma, atribuyendo los malesen la implementacin de sta, al sistemaelectoral que se basaba en el cohecho. Ensu intervencin consideraba a la comunacomo una entidad domocrtica y popular,donde se podra ir perfeccionando unamayor participacin ciudadana. En estaperspectiva, la responsabilidad de losmunicipios en la instruccin primariacobraba una significacin particular.

    Las referencias a la organizacin de laeducacin en otros pases, europeos y EE.U.U.estuvieron en el debate, en relacin con estetema. El ejemplo de EE.UU. e Inglaterra sedio en di ferentes intervenciones,especialmente del primero, toda vez que unnmero ya apreciable de educadores habaestudiado en ese pas y transmita esaexperiencia. En palabras del senador Bulnesse sealaba esta posicin:

    "No hai ansia de autonoma administrativaen las provincias? I ahora que se van aestablecer escuelas, vamos a atropellar lalei de municipalidades que encarga a estasCorporaciones dar instruccin primaria?

    Es posible decir a las municipalidadesque la administracin de las escuelas queen parte se costean con sus fondos, desdeque se les quita el 10% de sus renta,quedar en Santiago? No me parece quesea esto aceptable, i por eso yo creo quecualquiera que sea la forma queadoptemos, debe reconocerse la autonomamunicipal, conformndonos con lospreceptos legales i constitucionales a queme he referido" 24.

    El senador Alessandri defenda la centralizacinde la educacin, aun cuando considerara que,en principio, la autonoma de las municipali-dades era un signo de progreso.

    Refirindose a la comuna autnomaexpresaba que haba sido una ley para la cuallas instituciones y la cultura del pas noestaban preparadas, que se observabanavances, que podan conducir a ladescentralizacin que el pas requera, peroque, sin duda, tomara tiempo.

    El tema de los recursos para financiar la Leytom un tiempo apreciable en los debates.La implementacin de sta en cifrasgenerales, significaba pasar de unpresupuesto aproximado de 22 millones depesos a otro que bordeaba los 60, segn losms alarmistas. Haba un gasto fijo einmediato, sobre el cual exista acuerdo;ste era los alrededor de 9 millones quecostaba el aumento de rentas delpreceptorado. Preocupaba a algunossenadores, que el financiamiento del

    proyecto, el cual se propona que provinieradel 20% de las rentas generales de lanacin, no fuera factible de aplicarse. Sehaca ver que la situacin econmica, ya encurso la crisis del salitre, afectaba tanto alEstado como a sectores importantes de lapoblacin y comprometa el uso de recursosfiscales. A juicio de los senadores Edwardsy Mac-Iver, entre otros, la envergadura delproyecto tal cual estaba planteado y la basede financiamiento, ponan en serio peligrosu realizacin. La duda era si, en realidad,habra voluntad y capacidad poltica parareasignar temes del presupuesto y asignara la instruccin primaria los recursos quese proponan.

    En este contexto se argumentaba laimposibilidad de que el Estado centralfinanciara por completo esta educacin, y lanecesidad de que las municipalidadesasumieran responsabilidad al respecto. Elsenador conservador Concha manifestaba:

    "Yo estoi convencido de la imposibilidadfinanciera para aplicar esta lei. Con undficit de mas de 80 millones de pesos i ladificultad de salvarlo, tenemos que buscarotros recursos para costear la instruccinprimaria. Creo que el medio de salvar ladi f icu l tad est en hacer que lasmunicipalidades cumplan con la obligacinque tienen por la Constitucin i la lei desubvenir a la instruccin primaria. El artculo119 de la Constitucin en sus incisos 2. i3. i el artculo 26 de la lei de munici-palidades establecen terminantemente esta

    24. Boletn de Sesiones, op.cit. Sesin 23, ordinaria, 22 de julio 1919, pgs. 502-503.

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  • obligacin... Yo he reflexionado sobre estoi me he formado la opinin que siobligramos a las municipalidades aestablecer una escuela primaria por cadamil habitantes, autorizndolas por otra parte,para cobrar una contribucin para costearesas escuelas, habramos resuelto elproblema de la instruccin primaria.

    Por eso creo que el dia que se establecierala obligacin escolar i se impusiera unacontribucin especial para costearla, tantolos vecinos como el municipio seinteresaran por la difusin de la enseanzaen el pueblo" 25.

    El artculo de la ley de municipalidades a queel senador Concha haca alusin, entregabaa stas la responsabilidad de fundar y sostenerescuelas gratuitas, dotarlas de tiles y textos,adoptar mtodos de enseanza y dictarreglamentos y planes de estudio. Seautorizaba cobrar un impuesto personal de 1a 3 pesos exclusivamente para esta edu-cacin, impuesto que no rega porque nohaba sido autorizado por la ley decontribuciones.

    En el contexto de este artculo se consagrabauna descentralizacin, no slo administrativasino tambin curricular de las escuelas.

    El senador Alessandri haca una lecturadiferente del problema, demostrando lafactibilidad de su ejecucin. A travs de unestudio de los costos reales del proyecto,implementado progresivamente segn se

    propona, haca ver que no alcanzaba su costo,en ningn momento, al 20% de las rentasnacionales; segn sus clculos se poda irasumiendo, sin grandes aumentos, delpresupuesto el mayor gasto que el proyectoira demandando.

    El senador Torrealba introdujo en el debateun aspecto que tena que ver con lasopciones en el uso de recursos, refirindosea los gastos militares. Comparaba los 42millones de pesos aproximadamente, queimportaba el gasto en el conjunto de lainstruccin pblica con los 97 millones quealcanzaba el presupuesto para el Ejrcitoy la Marina. Expresaba al respecto:

    "Yo no digo que no sean necesarios losservicios del Ejrcito, ...pero creo que sigrandes son los servicios que el Ejrcitopresta al pais, que si este es la defensa enla hora del peligro, que si es la garanta mseficaz de nuestras instituciones, laenseanza pblica es tambin tan necesariacomo el Ejrcito... I yo digo que si el Gobiernoen horas de afliccin que ha juzgado difcilespara el pais, ha contratado emprstitos por4 o 5 millones de libras esterlinas paraadquisicin de armamentos i de naves, quehan sido aceptados por el pais entero,hubiera tenido el mismo celo en cuanto ala enseanza pblica, nadie se lo habravituperado ...Bien saben mis honorablescolegas, que si las administracionesanteriores hubieran tenido voluntad de llenaresta necesidad, habra bastado con que unaparte de las rentas que ha producido el

    salitre i que han gastado muchas veces encosas intiles, se hubiera dedicado a esteobjeto" 26.

    Las opiniones del senador Torrealba aludanrealmente a la falta de voluntad polticaque haba existido para haber enfrentadoel problema en su real magnitud; llama laatencin que en un momento, como muchossenadores destacaban, que no era propicioen trminos econmicos, finalmente sehaya llegado a acuerdo para la implemen-tacin de este proyecto. El senadorAlessandri comunicaba en algn momentodel debate, que una forma sutil de hacerfracasar una iniciativa, era presentarla detal magnitud que pareciera irrealizable. Elcontexto econmico que viva el pas nofavoreca una idea de esta naturaleza; sinembargo, se avanzar en su aprobacin apesar de las dificultades.

    Adems de la contribucin personal, atravs de los municipios y administradapor stos, se propusieron otras alternativasde allegar recursos, como un impuestoespecial a las sociedades annimas,nacionales y extranjeras, las que, a juiciodel senador Alessandri, pagaban unacontribucin mnima al erario nacional.Otra proposicin se refiri a la obligacinpara los dueos de predios de ms de500.000 pesos de valor y los dueos deindustrias o faenas mineras similares, demantener una escuela si existan en supropiedad ms de veinte nios en edad deeducarse.

    25. Boletn de Sesiones, op.cit. Sesin 37, ordinaria, 18 de agosto 1919, pg. 872.26. Boletn de Sesiones, op.cit. Sesin 30, ordinaria, 5 de agosto de 1919, pgs. 717-718.

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  • Un tema antiguo de debate, como parte dela negociacin, fue el referido a las escuelasparticulares. Los conservadores sostuvieronla necesidad de que stas recibieran unasubvencin fija y estable; se argument queel monto global de la subvencin en elconjunto de gastos era mnimo, agregndoseque el costo por alumno era ms bajo queen la enseanza fiscal. Un aspecto de esteproblema destacado por el senador Riveraes interesante de revelar, por la similitudcon lo que ocurre en el sistema educativoen la actualidad. El senador declaraba:

    "Yo he presenciado el espectculo de que,cuando la instruccin pblica tena unmilln y medio de pesos para subvencionara colegios particulares, las escuelassuperiores del Estado no disponan debancos en que pudieran sentarse lasalumnas, i he visto en las escuelas supe-riores de nias, cajones de parafina omontones de ladrillos que servan deasiento a las educandas. Adonde vaencaminado este sistema? A alejar de lasescuelas del Estado a los alumnos...Si esta lei tiene por objeto que a lasescuelas pblicas puedan llegar todos los

    nios que cumplan con los requisitosestablecidos en ella, i a las escuelasparticulares solo pueden ir los queseleccione el maestro, o el dueo delestablecimiento por qu se concedesubvencin a estas ltimas? Es estonecesario para que les den el pase los quehan sostenido la necesidad de estassubvenciones i que tendran elementospara oponerse a su aprobacin? Bien,demos subvenciones, pero en formaproporcionada... Sealemos un tanto porciento, que represente nuestra buenavoluntad para que el despacho de esta leise haga lo mas pronto, i sin olvidar que laescuela pblica es para todos i la particularsolo para los escojidos" 27.

    Es indudable que el tema de la educacinparticular y el desarrollo progresivo de unespacio significativo para sta, frente a laeducacin estatal, fue una preocupacinconstante de las posturas conservadoras.La poltica del Estado docente, implemen-tada desde mediados del siglo anterior,tendr como contrapartida la bsqueda deuna posicin, en lo posible equiparada, dela educacin particular frente a la estatal.

    Es necesario destacar que, principalmente,en las dos primeras dcadas de este siglo,las iniciativas particulares estuvieron msall de las filantrpicas tradicionales y deIglesia, abarcando tambin a algunasescuelas de mutuales y/o de organizacionesde obreros y artesanos. Sin embargo, laparticipacin de la Iglesia en estasiniciativas fue bastante elocuente, comopara constituir la subvencin a las escuelasparticulares un elemento que fue negociadopor los conservadores para la aprobacinde la Ley.

    Finalmente, luego de largos debates, detrabajos de comisiones que incorporarondiversas observaciones, de discusionesespecficas sobre gran nmero de artculos,el 26 de agosto de 1920 se promulg laLey de Instruccin Primaria Obligatoria,con la aprobacin de ambas Cmaras. EstaLey, adems de tener en su centro elproblema de la obligatoriedad, constituyuna oportunidad para debatir, reformularo reafirmar aspectos tan importantes enla educacin primaria chilena como el roldel Estado, el espacio para la educacinparticular, el carcter confesional de laenseanza. Asimismo, la organizacin delsistema, sus objetivos y orientacionesestarn contemplados en la Ley y en elfuturo reglamento; con propiedad puedeser considerada como el 2. hito mssignificativo en el desarrollo institucionalde la educacin primaria, que, a su vez,imprimi una determinada orientacin aldesarrollo futuro de sta.

    27. Boletn de Sesiones, op.cit. Sesin 16, ordinaria, 7 de Julio 1919, pg. 344.

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