Ley 004 mqsc corrupción
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LEY DE LUCHA CONTRA LEY DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, LA CORRUPCIÓN, NRIQUECIMIENTO NRIQUECIMIENTO
ILÍCITO, E ILÍCITO, E INVESTIGACIÓN DE INVESTIGACIÓN DE
FORTUNAS FORTUNAS
ESTADO PLURINACIONALDE BOLIVIA
¿CÓMO ERA EL TRATAMIENTO ¿CÓMO ERA EL TRATAMIENTO NORMATIVO EN LA LUCHA CONTRA NORMATIVO EN LA LUCHA CONTRA
LA CORRUPCIÓN?LA CORRUPCIÓN?
Impunidad
Privilegios e inmunidades
Juicios paralizados
Los delitos de corrupción prescribían
Irretroactividad
Imposibilidad de investigar fortunas
Penas leves y beneficios procesales para corruptos
Solo el MTILCC elaboraba y proponía políticas de LCC
Impunidad
Privilegios e inmunidades
Juicios paralizados
Los delitos de corrupción prescribían
Irretroactividad
Imposibilidad de investigar fortunas
Penas leves y beneficios procesales para corruptos
Solo el MTILCC elaboraba y proponía políticas de LCC
Sanción efectiva
No existen fueros ni privilegios. Todos somos iguales
Prosigue el juicio en rebeldía
Ahora estamos bajo un régimen de Imprescriptibilidad
Posibilidad de juzgar delitos de corrupción del pasado
Posibilidad de juzgar el enriquecimiento ilícito
Penas severas – se eliminan beneficios
Ahora existe el Consejo Nacional de LCC
Sanción efectiva
No existen fueros ni privilegios. Todos somos iguales
Prosigue el juicio en rebeldía
Ahora estamos bajo un régimen de Imprescriptibilidad
Posibilidad de juzgar delitos de corrupción del pasado
Posibilidad de juzgar el enriquecimiento ilícito
Penas severas – se eliminan beneficios
Ahora existe el Consejo Nacional de LCC
ANTES DE LA LEY ANTES DE LA LEY ACTUALMENTEACTUALMENTE
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OBJETIVOOBJETIVOEstablecer mecanismos y procedimientos en el
Marco de la CPE y tratados internacionales
FINALIDADFINALIDADFINALIDADFINALIDAD Prevenir la corrupción Acabar con la impunidad Proteger el patrimonio del Estado.
Actos de corrupción
PrevenirInvestigar
ProcesarSancionar
Recuperar el patrimonio del Estado.
para
3
Requerimientoaceptación,
ofrecimiento u otorgamiento
ACTO DE CORRUPCIÓNACTO DE CORRUPCIÓN
De cualquier objeto de valor
pecuniario u otros beneficios
Servidor público,Persona natural
A cambio de la acción u omisión de
cualquier acto que afecte a los intereses
del Estado.4
La corrupción afecta la imagen de la administración pública y que a diario afectan a la ciudadanía.
5
SUMA QAMAÑA (VIVIR BIEN)
Complementariedad entre el acceso y el
disfrute de los bienes materiales y la
realización efectiva, subjetiva y espiritualen armonía con la
naturaleza y en comunidad con los
seres humanos
AMA SUWA (NO SEAS LADRÓN),
AHUA’NA MACHAPI’TYA (NO
ROBAR)Toda persona
nacional o extranjera debe
velar por los bienes y patrimonio del
Estado en beneficio del bien común.
ÉTICA El comportamiento
conforme a los principios morales
de servicio a la comunidad,
reflejados en valores de
honestidad, transparencia,
integridad, probidad, responsabilidad y
eficiencia.
PRINCIPIOPRINCIPIOSS
PRINCIPIOPRINCIPIOSS
TRANSPARENCIA Práctica y manejo
visible de los recursos del
Estado por las Serv. Pub. así
como personas naturales y
jurídicas nacionales o
extrajeras que presten servicios
en el Estado.
TRANSPARENCIA Práctica y manejo
visible de los recursos del
Estado por las Serv. Pub. así
como personas naturales y
jurídicas nacionales o
extrajeras que presten servicios
en el Estado.
GRATUIDADLa investigación y la administración de justicia en temas de LCC, tienen
carácter gratuito
GRATUIDADLa investigación y la administración de justicia en temas de LCC, tienen
carácter gratuito
CELERIDADMecanismos
de investigación
y administración de justicia en temas de LCC, deben
ser prontos y oportunos
CELERIDADMecanismos
de investigación
y administración de justicia en temas de LCC, deben
ser prontos y oportunos
DEFENSA DEL PATRIMONIO DEL ESTADO
Obligación constitucional de todo boliviano de
precautelar y resguardar el patrimonio del Estado,
denunciando todo acto o hecho de corrupción
DEFENSA DEL PATRIMONIO DEL ESTADO
Obligación constitucional de todo boliviano de
precautelar y resguardar el patrimonio del Estado,
denunciando todo acto o hecho de corrupción
COOPERACIÓN AMPLIALas entidades deben cooperarse mutuamente, coordinando e intercambiando información sin
restricción
COOPERACIÓN AMPLIALas entidades deben cooperarse mutuamente, coordinando e intercambiando información sin
restricción
IMPARCIALIDAD EN LA ADM. DE
JUSTICIATodo boliviano tiene derecho a
una pronta, efectiva y
transparente administración de
justicia.
IMPARCIALIDAD EN LA ADM. DE
JUSTICIATodo boliviano tiene derecho a
una pronta, efectiva y
transparente administración de
justicia.
La presente Ley se aplica a:
Todos los Órganos del
Estado Plurinacional
Autónomas, departamentales, municipales, regionales e
indígena originario campesinas
Servidores públicos y Ex–servidores públicos
de:
Nivel central, descentralizadas o desconcentradas
Sus entidades e instituciones
Sus entidades e instituciones
Entidades territoriales Entidades
territoriales
Ministerio Público
Procuraduría general
del Estado
Defensoría general
del EstadoUniversidades
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Esta Ley de conformidad con la CPE, no reconoce inmunidad, fuero o privilegio alguno. (Art. 112 CPE)Esta Ley de conformidad con la CPE, no reconoce inmunidad, fuero o privilegio alguno. (Art. 112 CPE)
La presente Ley se aplica a:
Fuerzas Armadas y Policía Boliviana
Participación patrimonial, independientemente de su naturaleza jurídica
Entidades u organizacionesEntidades u organizaciones
Personas privadasnaturales o jurídicas
y todas que no siendo Serv.Pub.
delitos de corrupción delitos de
corrupción cometancometan
causando daño económico al Estado
o se beneficien con sus recursos.
En las que el Estado tenga
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Medidas
INSTITUCIONALES JUDICIALES
Creación de nuevos delitos Agravación de penas
Modificación de procedimiento
Protección de testigos
y Denunciantes Verificación
Declaraciones Juradas
Exención de confidencialidad y renuncia secreto
bancario Obligación de querellarse
OPERATIVAS
Proceso ordinario
CPP
Consejo Nacional • MTI-LCC (SIIARBE)
• Tribunales• Fiscales
• Investigadores • UIF
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Ministerio de Gobierno
Procuraduría General del Estado Representantes
de la sociedad civil organizada
El Consejo no investiga, no procesa, no sanciona
Preside titular de:
Entidades independientes
en el cumplimiento
de sus atribuciones específicas
en el marco de la CPE
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ATRIBUCIONES
Proponer, supervisar y
fiscalizar
Proponer, supervisar y
fiscalizar
Políticas públicas
Políticas públicas
Prevención Prevención
Lucha contra la corrupción
Lucha contra la corrupción
Proteger
Recuperar el patrimonio del Estado
Proteger
Recuperar el patrimonio del Estado
Aprobar el Plan Nacional de
Lucha Contra la Corrupción
Aprobar el Plan Nacional de
Lucha Contra la Corrupción
Elaborado por el MTILCC
Elaborado por el MTILCC
Evaluar la ejecución el Plan NLCC
Evaluar la ejecución el Plan NLCC
Relacionarse con los Gobiernos autónomos
En lo relativo a sus funciones
10
Atribuciones
Identificar y Denunciar Identificar y Denunciar
Falta de transparenciaFalta de transparencia
Autoridades competentes
Autoridades competentesanteante
Será ejercido para:
Prevenir y
Luchar contra la Corrupción
Hechos de corrupciónHechos de corrupción
AdministrativosAdministrativosCoadyuvar en procesosCoadyuvar en procesos
JudicialesJudiciales
Hechos y
Delitos de corrupción
Hechos y
Delitos de corrupciónporpor
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Investigadores Especializados de la Policía Boliviana
Investigadores Especializados de la Policía Boliviana
EspecializaciónTribunales y
Juzgados Anticorrupción
Fiscales Especializados Anticorrupción
Fiscales Especializados Anticorrupción
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Atribuciones
Tribunales y Juzgados
Anticorrupción Conocer
Resolver
Procesos penales
Materia de corrupción
Delitos vinculados
Fiscales Especializados Anticorrupción
El Fiscal General del Estado:
Los designará en cada Dpto.:
Especializados y dedicados
exclusivamente a
Investigación
Acusación
Delitos de corrupción yvinculados
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A requerimiento de: MTILCC, Procuraduría Gral. del Estado
Fiscales Anticorrupción Oficio
A requerimiento de: MTILCC, Procuraduría Gral. del Estado
Fiscales Anticorrupción Oficio
Analizarán
Realizarán actividades de inteligencia financiera y patrimonial
Analizarán
Realizarán actividades de inteligencia financiera y patrimonial
paraIdentificar presuntos
hechos o delitos de corrupción
Identificar presuntos
hechos o delitos de corrupción
Remitir los resultados del análisis y antecedentes
Remitir los resultados del análisis y antecedentesAutoridad jurisdiccional
competente cuando corresponda.
Autoridad jurisdiccional competente cuando
corresponda.
Policía BolivianaInvestigadores Especializados
Investigadores Especializados
Dirección funcional de FiscalesDirección funcional de Fiscales
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incurrir en el delito de
incumplimiento de deberes y otros que correspondan, de conformidad con la presente Ley.
incurrir en el delito de
incumplimiento de deberes y otros que correspondan, de conformidad con la presente Ley.
La máxima autoridad ejecutiva de la entidad afectada o
Las autoridades llamadas por Ley
La máxima autoridad ejecutiva de la entidad afectada o
Las autoridades llamadas por Ley
Parte querellante
Parte querellante
Deberán constituirse obligatoriamente
Deberán constituirse obligatoriamente
Delitos de corrupción, vinculadosuna vez conocidos
Delitos de corrupción, vinculadosuna vez conocidos
Su omisiónSu omisión
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La aplicación de la jurisdicción indígena originaria campesina
La aplicación de la jurisdicción indígena originaria campesina
Los artículos 190, 191 y 192 de la CPE
Los artículos 190, 191 y 192 de la CPE
Se regirá por
La Ley del Deslinde Jurisdiccional
La Ley del Deslinde Jurisdiccional
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Formación y capacitación continua de estos recursos humanos.
Para:
Probidad y
Eficiencia en el cumplimiento de sus funciones
Probidad y
Eficiencia en el cumplimiento de sus funciones
Jueces Fiscales y Policías especializados
Jueces Fiscales y Policías especializados
Paragarantizar
con participación
del Control Social
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Ministerio de Gobierno
Brindarán protección adecuada
contra toda: Investigación procesamiento acusación y juzgamiento
Denunciantes Testigos, Peritos, Asesores técnicos Servidores
públicos y Otros partícipes
Reserva de identidad de denunciantes con la posibilidad de levantar la reserva e iniciarse proceso penal por denuncia falsa o temeraria
Del proceso de
Guardará en reserva la documentaciónpresentada, recolectada y generada durante el
cumplimiento de sus funciones
AmenazaAgresión
Represalia Intimidación
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Operaciones financieras realizadas dentro de procesos judiciales
Operaciones financieras realizadas dentro de procesos judiciales
Se presuma la comisión de delitos financieros (Art. 333 CPE)
Se presuma la comisión de delitos financieros (Art. 333 CPE)
cuando
El secreto bancario, para investigar delitos de corrupción
No existe confidencialidad en
No existe confidencialidad en
Se levanta
Los servidores públicos pueden renunciar voluntariamente al secreto bancario.
Los servidores públicos pueden renunciar voluntariamente al secreto bancario.
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Entidades
Sujetos
ONGs, fundaciones, asociaciones
Partidos Políticos, agrupaciones ciudadanas y pueblos indígenas
Solicitudes de la UIF, dentro de una investigación, o de Oficio a la UIF cuando en el ejercicio de sus funciones y/o actividades detecten la posible comisión de hechos o delitos de corrupción:
Actividades con movimiento de efectivo
Actividades con movimiento de efectivo
lavado de dinero y otras actividades financieras, económicas, comerciales establecidas en el Código de Comercio.
Susceptible de serutilizada para
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no podrá ser compartida
ni publicada.
Fase de:
análisis e investigación
La información obtenida por la
UIF
CuandoCuando
Considere que:
La información contiene presuntos hechos de corrupción
Antecedentes al:
Min. Público
Antecedentes al:
Min. Públicoremitirá
remitirá
En conocimiento
En conocimiento MTILCCMTILCC
Procuraduría del Estado
Procuraduría del Estado
Información valorada podrá ser
presentada como
prueba en procesos penales
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A cargo del
MTILCC
Diseño y aplicación de políticas preventivas y proteccionistas del Estado, para hacer seguimiento y monitoreo de procesos en el ámbito de la LCC
Sistema de centralización e intercambio de
información
Verificación de oficio de declaraciones juradas de bienes y rentas de S.P.
que manejen significativos recursos
del Estado
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DELITOS PROPIOS DE CORRUPCIÓN
DELITOS VINCULADOS A LA
CORRUPCIÓN
Delitos nuevos
Delitos existentes agravados
• Asociación delictuosa • Falsedad material • Organización criminal• Sociedades o asociaciones ficticias
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7) Obstrucción de la justicia. Art. 32
8) Falsedad en la declaración jurada de bienes y rentas. Art. 33
ACCIONESACCIONES
DENUNCIA VOLUNTARIA DENUNCIA VOLUNTARIA (DELATOR-ARREPENTIDO)
Instigador
Cómplice
Encubridor
Que voluntariamente
Denuncie
Colabore
Se beneficiará con la
reducción De dos tercios
de la pena
A pesar del transcurso del tiempo, las personas que cometen delitos de corrupción podrán ser procesadas en cualquier momento. Art. 112 CPE.
IMPRESCRIPTIBILIDADIMPRESCRIPTIBILIDAD
RETROACTIVIDAD
Los delitos de corrupción existentes en el CP cometidos en el pasado, podrán ser investigados, procesados y sancionados a partir de ahora. Art. 123 CPE.
DELITO PERMANENTE
Conductas que violan permanentemente el bien jurídico protegido.
Al no cesar sus efectos por el transcurso del tiempo, pueden ser juzgadas en el presente, a pesar de que se cometieron en el pasado.
Enriquecimiento ilícito
- Enriquecimiento ilícito de particulares con
afectación al Estado.
PROSECUCIÓN DE JUICIO EN PROSECUCIÓN DE JUICIO EN REBELDÍAREBELDÍA
Los procesados por delitos de corrupción
Se escondan o salgan del país
Que para evadir la justicia y
Paralizar el proceso
Sentencia
QUÉ SE BUSCA CON ESTA MEDIDA?
Evitar la impunidad (conclusión del proceso y
aplicación de penas) Recuperar los bienes defraudados y la reparación del daño
asegurando el derecho a defensa y demás
garantías constitucionales, a
través de un abogado de oficio
Serán igualmente juzgados
hasta
CONVENCIÓN INTERAMERICANA
CONTRA LA CORRUPCIÓN
CONVENCIÓN DENACIONES UNIDAS
CONTRA LA CORRUPCIÓN
Contar con órganos o instancias de prevención y LCC.
Promover la participación de la sociedad civil en la prevención y combate de la corrupción
Sancionar con severidad los delitos de corrupción
Incluir delitos que se encuentran ya en las convenciones
Sistema de protección de denunciantes y testigos
Prevención de lavado de activos
Consejo Nacional de Lucha Contra la Corrupión.
Control social
Agravación de penas
Nuevos delitos incluidos
Art. 17 de la ley
UIF especializada
Con la Ley:Recomendaciones: