Ley 004 mqsc corrupción

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LEY DE LUCHA CONTRA LEY DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, LA CORRUPCIÓN, NRIQUECIMIENTO NRIQUECIMIENTO ILÍCITO, E ILÍCITO, E INVESTIGACIÓN DE INVESTIGACIÓN DE FORTUNAS FORTUNAS ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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LEY DE LUCHA CONTRA LEY DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, LA CORRUPCIÓN, NRIQUECIMIENTO NRIQUECIMIENTO

ILÍCITO, E ILÍCITO, E INVESTIGACIÓN DE INVESTIGACIÓN DE

FORTUNAS FORTUNAS

ESTADO PLURINACIONALDE BOLIVIA

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¿CÓMO ERA EL TRATAMIENTO ¿CÓMO ERA EL TRATAMIENTO NORMATIVO EN LA LUCHA CONTRA NORMATIVO EN LA LUCHA CONTRA

LA CORRUPCIÓN?LA CORRUPCIÓN?

Impunidad

Privilegios e inmunidades

Juicios paralizados

Los delitos de corrupción prescribían

Irretroactividad

Imposibilidad de investigar fortunas

Penas leves y beneficios procesales para corruptos

Solo el MTILCC elaboraba y proponía políticas de LCC

Impunidad

Privilegios e inmunidades

Juicios paralizados

Los delitos de corrupción prescribían

Irretroactividad

Imposibilidad de investigar fortunas

Penas leves y beneficios procesales para corruptos

Solo el MTILCC elaboraba y proponía políticas de LCC

Sanción efectiva

No existen fueros ni privilegios. Todos somos iguales

Prosigue el juicio en rebeldía

Ahora estamos bajo un régimen de Imprescriptibilidad

Posibilidad de juzgar delitos de corrupción del pasado

Posibilidad de juzgar el enriquecimiento ilícito

Penas severas – se eliminan beneficios

Ahora existe el Consejo Nacional de LCC

Sanción efectiva

No existen fueros ni privilegios. Todos somos iguales

Prosigue el juicio en rebeldía

Ahora estamos bajo un régimen de Imprescriptibilidad

Posibilidad de juzgar delitos de corrupción del pasado

Posibilidad de juzgar el enriquecimiento ilícito

Penas severas – se eliminan beneficios

Ahora existe el Consejo Nacional de LCC

ANTES DE LA LEY ANTES DE LA LEY ACTUALMENTEACTUALMENTE

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OBJETIVOOBJETIVOEstablecer mecanismos y procedimientos en el

Marco de la CPE y tratados internacionales

FINALIDADFINALIDADFINALIDADFINALIDAD Prevenir la corrupción Acabar con la impunidad Proteger el patrimonio del Estado.

Actos de corrupción

PrevenirInvestigar

ProcesarSancionar

Recuperar el patrimonio del Estado.

para

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Requerimientoaceptación,

ofrecimiento u otorgamiento

ACTO DE CORRUPCIÓNACTO DE CORRUPCIÓN

De cualquier objeto de valor

pecuniario u otros beneficios

Servidor público,Persona natural

A cambio de la acción u omisión de

cualquier acto que afecte a los intereses

del Estado.4

La corrupción afecta la imagen de la administración pública y que a diario afectan a la ciudadanía.

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SUMA QAMAÑA (VIVIR BIEN)

Complementariedad entre el acceso y el

disfrute de los bienes materiales y la

realización efectiva, subjetiva y espiritualen armonía con la

naturaleza y en comunidad con los

seres humanos

AMA SUWA (NO SEAS LADRÓN),

AHUA’NA MACHAPI’TYA (NO

ROBAR)Toda persona

nacional o extranjera debe

velar por los bienes y patrimonio del

Estado en beneficio del bien común.

ÉTICA El comportamiento

conforme a los principios morales

de servicio a la comunidad,

reflejados en valores de

honestidad, transparencia,

integridad, probidad, responsabilidad y

eficiencia.

PRINCIPIOPRINCIPIOSS

PRINCIPIOPRINCIPIOSS

TRANSPARENCIA Práctica y manejo

visible de los recursos del

Estado por las Serv. Pub. así

como personas naturales y

jurídicas nacionales o

extrajeras que presten servicios

en el Estado.

TRANSPARENCIA Práctica y manejo

visible de los recursos del

Estado por las Serv. Pub. así

como personas naturales y

jurídicas nacionales o

extrajeras que presten servicios

en el Estado.

GRATUIDADLa investigación y la administración de justicia en temas de LCC, tienen

carácter gratuito

GRATUIDADLa investigación y la administración de justicia en temas de LCC, tienen

carácter gratuito

CELERIDADMecanismos

de investigación

y administración de justicia en temas de LCC, deben

ser prontos y oportunos

CELERIDADMecanismos

de investigación

y administración de justicia en temas de LCC, deben

ser prontos y oportunos

DEFENSA DEL PATRIMONIO DEL ESTADO

Obligación constitucional de todo boliviano de

precautelar y resguardar el patrimonio del Estado,

denunciando todo acto o hecho de corrupción

DEFENSA DEL PATRIMONIO DEL ESTADO

Obligación constitucional de todo boliviano de

precautelar y resguardar el patrimonio del Estado,

denunciando todo acto o hecho de corrupción

COOPERACIÓN AMPLIALas entidades deben cooperarse mutuamente, coordinando e intercambiando información sin

restricción

COOPERACIÓN AMPLIALas entidades deben cooperarse mutuamente, coordinando e intercambiando información sin

restricción

IMPARCIALIDAD EN LA ADM. DE

JUSTICIATodo boliviano tiene derecho a

una pronta, efectiva y

transparente administración de

justicia.

IMPARCIALIDAD EN LA ADM. DE

JUSTICIATodo boliviano tiene derecho a

una pronta, efectiva y

transparente administración de

justicia.

Page 6: Ley 004 mqsc corrupción

La presente Ley se aplica a:

Todos los Órganos del

Estado Plurinacional

Autónomas, departamentales, municipales, regionales e

indígena originario campesinas

Servidores públicos y Ex–servidores públicos

de:

Nivel central, descentralizadas o desconcentradas

Sus entidades e instituciones

Sus entidades e instituciones

Entidades territoriales Entidades

territoriales

Ministerio Público

Procuraduría general

del Estado

Defensoría general

del EstadoUniversidades

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Esta Ley de conformidad con la CPE, no reconoce inmunidad, fuero o privilegio alguno. (Art. 112 CPE)Esta Ley de conformidad con la CPE, no reconoce inmunidad, fuero o privilegio alguno. (Art. 112 CPE)

La presente Ley se aplica a:

Fuerzas Armadas y Policía Boliviana

Participación patrimonial, independientemente de su naturaleza jurídica

Entidades u organizacionesEntidades u organizaciones

Personas privadasnaturales o jurídicas

y todas que no siendo Serv.Pub.

delitos de corrupción delitos de

corrupción cometancometan

causando daño económico al Estado

o se beneficien con sus recursos.

En las que el Estado tenga

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Medidas

INSTITUCIONALES JUDICIALES

Creación de nuevos delitos Agravación de penas

Modificación de procedimiento

Protección de testigos

y Denunciantes Verificación

Declaraciones Juradas

Exención de confidencialidad y renuncia secreto

bancario Obligación de querellarse

OPERATIVAS

Proceso ordinario

CPP

Consejo Nacional • MTI-LCC (SIIARBE)

• Tribunales• Fiscales

• Investigadores • UIF

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ATRIBUCIONES

Proponer, supervisar y

fiscalizar

Proponer, supervisar y

fiscalizar

Políticas públicas

Políticas públicas

Prevención Prevención

Lucha contra la corrupción

Lucha contra la corrupción

Proteger

Recuperar el patrimonio del Estado

Proteger

Recuperar el patrimonio del Estado

Aprobar el Plan Nacional de

Lucha Contra la Corrupción

Aprobar el Plan Nacional de

Lucha Contra la Corrupción

Elaborado por el MTILCC

Elaborado por el MTILCC

Evaluar la ejecución el Plan NLCC

Evaluar la ejecución el Plan NLCC

Relacionarse con los Gobiernos autónomos

En lo relativo a sus funciones

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Atribuciones

Identificar y Denunciar Identificar y Denunciar

Falta de transparenciaFalta de transparencia

Autoridades competentes

Autoridades competentesanteante

Será ejercido para:

Prevenir y

Luchar contra la Corrupción

Hechos de corrupciónHechos de corrupción

AdministrativosAdministrativosCoadyuvar en procesosCoadyuvar en procesos

JudicialesJudiciales

Hechos y

Delitos de corrupción

Hechos y

Delitos de corrupciónporpor

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Investigadores Especializados de la Policía Boliviana

Investigadores Especializados de la Policía Boliviana

EspecializaciónTribunales y

Juzgados Anticorrupción

Fiscales Especializados Anticorrupción

Fiscales Especializados Anticorrupción

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Atribuciones

Tribunales y Juzgados

Anticorrupción Conocer

Resolver

Procesos penales

Materia de corrupción

Delitos vinculados

Fiscales Especializados Anticorrupción

El Fiscal General del Estado:

Los designará en cada Dpto.:

Especializados y dedicados

exclusivamente a

Investigación

Acusación

Delitos de corrupción yvinculados

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A requerimiento de: MTILCC, Procuraduría Gral. del Estado

Fiscales Anticorrupción Oficio

A requerimiento de: MTILCC, Procuraduría Gral. del Estado

Fiscales Anticorrupción Oficio

Analizarán

Realizarán actividades de inteligencia financiera y patrimonial

Analizarán

Realizarán actividades de inteligencia financiera y patrimonial

paraIdentificar presuntos

hechos o delitos de corrupción

Identificar presuntos

hechos o delitos de corrupción

Remitir los resultados del análisis y antecedentes

Remitir los resultados del análisis y antecedentesAutoridad jurisdiccional

competente cuando corresponda.

Autoridad jurisdiccional competente cuando

corresponda.

Policía BolivianaInvestigadores Especializados

Investigadores Especializados

Dirección funcional de FiscalesDirección funcional de Fiscales

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Page 15: Ley 004 mqsc corrupción

incurrir en el delito de

incumplimiento de deberes y otros que correspondan, de conformidad con la presente Ley.

incurrir en el delito de

incumplimiento de deberes y otros que correspondan, de conformidad con la presente Ley.

La máxima autoridad ejecutiva de la entidad afectada o

Las autoridades llamadas por Ley

La máxima autoridad ejecutiva de la entidad afectada o

Las autoridades llamadas por Ley

Parte querellante

Parte querellante

Deberán constituirse obligatoriamente

Deberán constituirse obligatoriamente

Delitos de corrupción, vinculadosuna vez conocidos

Delitos de corrupción, vinculadosuna vez conocidos

Su omisiónSu omisión

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Page 16: Ley 004 mqsc corrupción

La aplicación de la jurisdicción indígena originaria campesina

La aplicación de la jurisdicción indígena originaria campesina

Los artículos 190, 191 y 192 de la CPE

Los artículos 190, 191 y 192 de la CPE

Se regirá por

La Ley del Deslinde Jurisdiccional

La Ley del Deslinde Jurisdiccional

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Page 17: Ley 004 mqsc corrupción

Formación y capacitación continua de estos recursos humanos.

Para:

Probidad y

Eficiencia en el cumplimiento de sus funciones

Probidad y

Eficiencia en el cumplimiento de sus funciones

Jueces Fiscales y Policías especializados

Jueces Fiscales y Policías especializados

Paragarantizar

con participación

del Control Social

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Ministerio de Gobierno

Brindarán protección adecuada

contra toda: Investigación procesamiento acusación y juzgamiento

Denunciantes Testigos, Peritos, Asesores técnicos Servidores

públicos y Otros partícipes

Reserva de identidad de denunciantes con la posibilidad de levantar la reserva e iniciarse proceso penal por denuncia falsa o temeraria

Del proceso de

Guardará en reserva la documentaciónpresentada, recolectada y generada durante el

cumplimiento de sus funciones

AmenazaAgresión

Represalia Intimidación

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Operaciones financieras realizadas dentro de procesos judiciales

Operaciones financieras realizadas dentro de procesos judiciales

Se presuma la comisión de delitos financieros (Art. 333 CPE)

Se presuma la comisión de delitos financieros (Art. 333 CPE)

cuando

El secreto bancario, para investigar delitos de corrupción

No existe confidencialidad en

No existe confidencialidad en

Se levanta

Los servidores públicos pueden renunciar voluntariamente al secreto bancario.

Los servidores públicos pueden renunciar voluntariamente al secreto bancario.

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Entidades

Sujetos

ONGs, fundaciones, asociaciones

Partidos Políticos, agrupaciones ciudadanas y pueblos indígenas

Solicitudes de la UIF, dentro de una investigación, o de Oficio a la UIF cuando en el ejercicio de sus funciones y/o actividades detecten la posible comisión de hechos o delitos de corrupción:

Actividades con movimiento de efectivo

Actividades con movimiento de efectivo

lavado de dinero y otras actividades financieras, económicas, comerciales establecidas en el Código de Comercio.

Susceptible de serutilizada para

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no podrá ser compartida

ni publicada.

Fase de:

análisis e investigación

La información obtenida por la

UIF

CuandoCuando

Considere que:

La información contiene presuntos hechos de corrupción

Antecedentes al:

Min. Público

Antecedentes al:

Min. Públicoremitirá

remitirá

En conocimiento

En conocimiento MTILCCMTILCC

Procuraduría del Estado

Procuraduría del Estado

Información valorada podrá ser

presentada como

prueba en procesos penales

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Page 22: Ley 004 mqsc corrupción

A cargo del

MTILCC

Diseño y aplicación de políticas preventivas y proteccionistas del Estado, para hacer seguimiento y monitoreo de procesos en el ámbito de la LCC

Sistema de centralización e intercambio de

información

Verificación de oficio de declaraciones juradas de bienes y rentas de S.P.

que manejen significativos recursos

del Estado

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Page 23: Ley 004 mqsc corrupción

DELITOS PROPIOS DE CORRUPCIÓN

DELITOS VINCULADOS A LA

CORRUPCIÓN

Delitos nuevos

Delitos existentes agravados

• Asociación delictuosa • Falsedad material • Organización criminal• Sociedades o asociaciones ficticias

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7) Obstrucción de la justicia. Art. 32

8) Falsedad en la declaración jurada de bienes y rentas. Art. 33

Page 27: Ley 004 mqsc corrupción

ACCIONESACCIONES

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DENUNCIA VOLUNTARIA DENUNCIA VOLUNTARIA (DELATOR-ARREPENTIDO)

Instigador

Cómplice

Encubridor

Que voluntariamente

Denuncie

Colabore

Se beneficiará con la

reducción De dos tercios

de la pena

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A pesar del transcurso del tiempo, las personas que cometen delitos de corrupción podrán ser procesadas en cualquier momento. Art. 112 CPE.

IMPRESCRIPTIBILIDADIMPRESCRIPTIBILIDAD

RETROACTIVIDAD

Los delitos de corrupción existentes en el CP cometidos en el pasado, podrán ser investigados, procesados y sancionados a partir de ahora. Art. 123 CPE.

DELITO PERMANENTE

Conductas que violan permanentemente el bien jurídico protegido.

Al no cesar sus efectos por el transcurso del tiempo, pueden ser juzgadas en el presente, a pesar de que se cometieron en el pasado.

Enriquecimiento ilícito

- Enriquecimiento ilícito de particulares con

afectación al Estado.

Page 30: Ley 004 mqsc corrupción

PROSECUCIÓN DE JUICIO EN PROSECUCIÓN DE JUICIO EN REBELDÍAREBELDÍA

Los procesados por delitos de corrupción

Se escondan o salgan del país

Que para evadir la justicia y

Paralizar el proceso

Sentencia

QUÉ SE BUSCA CON ESTA MEDIDA?

Evitar la impunidad (conclusión del proceso y

aplicación de penas) Recuperar los bienes defraudados y la reparación del daño

asegurando el derecho a defensa y demás

garantías constitucionales, a

través de un abogado de oficio

Serán igualmente juzgados

hasta

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CONVENCIÓN INTERAMERICANA

CONTRA LA CORRUPCIÓN

CONVENCIÓN DENACIONES UNIDAS

CONTRA LA CORRUPCIÓN

Contar con órganos o instancias de prevención y LCC.

Promover la participación de la sociedad civil en la prevención y combate de la corrupción

Sancionar con severidad los delitos de corrupción

Incluir delitos que se encuentran ya en las convenciones

Sistema de protección de denunciantes y testigos

Prevención de lavado de activos

Consejo Nacional de Lucha Contra la Corrupión.

Control social

Agravación de penas

Nuevos delitos incluidos

Art. 17 de la ley

UIF especializada

Con la Ley:Recomendaciones:

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