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Programación y presupuestario de la obra publica Articulo 17 en la planeación de las obras publicas y de los servicios relacionados con la misma las dependencias y entidades deberán ajustarse a 1- Los dispuestos por la ley general de asentamientos humanos 2- Los objetivos y prioridades del plan nacional de desarrollo y delos programas sectoriales institucionales , regionales y especiales que correspondas Artículos 18 las dependencias o entidades que requieran contratar o realizar estudio o proyectos previamente verificar si en sus archivos o entidades en los de la coordinación del sector correspondiente existente estudios o proyectos sobre la materia de que se trate Artículo 19 las dependencias y entidades que relacionan obras públicas y servicios relacionados con las mismas sea por contrato o por administración directa así como las contrataciones con quienes aquellas contratan observaran las disposiciones que en materia de las disposiciones humanos desarrollo urbano y construcción rija en el ámbito federal estatal y municipal Articulo 20 las dependencias y entidades estarán obligadas a considerar los efectos sobre el medio ambiente que pueda causar la ejecución de impacto ambiental previsto por la ley general del equilibrio ecológico y la protección ambiental Artículos 21 las dependencias y entidades según las características complejidad sus programas anuales de obras públicas y de servicios relacionados con las mismas Articulo 22 las mismas dependencias o entidades podrán a disposición los Artículo 23 en las obras publicas y los servicios relacionados rebase un ejercicio presupuestal las dependencias o entidades deberán determinar tanto las presupuestado total Artículos 24 las dependencias y entidades podrán convocar adjudicar o contratar obras públicas y servicios públicos y servicios relacionados con las mismas solamente cuando cuenten con la autorización global o especificaciones

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Programacin y presupuestario de la obra publica Articulo 17 en la planeacin de las obras publicas y de los servicios relacionados con la misma las dependencias y entidades debern ajustarse a 1- Los dispuestos por la ley general de asentamientos humanos 2- Los objetivos y prioridades del plan nacional de desarrollo y delos programas sectoriales institucionales , regionales y especiales que correspondas Artculos 18 las dependencias o entidades que requieran contratar o realizar estudio o proyectos previamente verificar si en sus archivos o entidades en los de la coordinacin del sector correspondiente existente estudios o proyectos sobre la materia de que se trate Artculo 19 las dependencias y entidades que relacionan obras pblicas y servicios relacionados con las mismas sea por contrato o por administracin directa as como las contrataciones con quienes aquellas contratan observaran las disposiciones que en materia de las disposiciones humanos desarrollo urbano y construccin rija en el mbito federal estatal y municipal Articulo 20 las dependencias y entidades estarn obligadas a considerar los efectos sobre el medio ambiente que pueda causar la ejecucin de impacto ambiental previsto por la ley general del equilibrio ecolgico y la proteccin ambiental Artculos 21 las dependencias y entidades segn las caractersticas complejidad sus programas anuales de obras pblicas y de servicios relacionados con las mismasArticulo 22 las mismas dependencias o entidades podrn a disposicin los Artculo 23 en las obras publicas y los servicios relacionados rebase un ejercicio presupuestal las dependencias o entidades debern determinar tanto las presupuestado total Artculos 24 las dependencias y entidades podrn convocar adjudicar o contratar obras pblicas y servicios pblicos y servicios relacionados con las mismas solamente cuando cuenten con la autorizacin global o especificaciones Articulo 25 los titulares de las dependencias y los rganos de gobierno de alas entidades podrn establecer comits de obra publicas los cuales tendrn como mnimo las siguientes funciones:1- Revisar los programas y presupuesto de obras pblicas y servicios as como formulas las observaciones y recomendaciones convenientes Articulo 26las independencias y entidades podrn realizar las obras pblicas y servicios relacionados con las mismas por algunas delas dos formas siguientes: 1- Por contratos , o2- Por administraciones directa

Articulo 29 en los procedimientos de contratacin de obras pblicas y de servicio relacionados con la misma las dependencias y entidades optaran en igualdad de condicin por el empleo de los recursos humanos del pas y por la utilizacin de bienes 3.3 la licitacin publica Artculos 30 las licitaciones pblicas podrn ser:1- Nacionales cuando nicamente puedan participar personas de nacionalidad mexicana 2- Internacionales cuando pueda participar tanto personas de nacionalidad mexicana como extranjeraSolamente se llevaran acabo licitaciones internacionales en los siguientes casos a) Cuando resulte obligatorio con forme a lo establecido en los tratados b) Cuando previa investigacin que realice la dependencia o entidad convocante los contratistas no cuenten con la capacidad para la ejecucin de los trabajos o sea convenientes en trminos de precio c) Cuando habindose realizado una licitacin de carcter nacional no se propuestas y d) Cuando as se estipule para las contrataciones financiadas con crditos externos otorgados al gobierno federal o con su aval Artculos 31 la forma en que los licitantes debern acreditar su existencia legal la experiencia y capacidad tcnica y financiera que se requiere para participar en la licitacinArtculos 32 las convocatorias se publicaran en el diario oficial de la federacin Articulo 33 las bases que emitan las dependencias y entidades para las licitaciones pblicas a disposicin de los interesados tanto en el domicilio sealado por lo convocante como en los medios de difusin electrnica que establezca la contralora a partir del da en que se publique la convocatoria y hasta inclusive el sexto da natural previo al acto de presentacin y apertura de proposicin 1- Nombre denominaste o razn social de la dependencia o entidad convocante2- Forma en que debern acreditar la existencia y personalidad jurdica el licitante 3- Fecha hora y lugar de la junta de aclaraciones a las bases de la licitacin siendo optativa la asistencia a las reuniones que en su caso se realicen a las reuniones que en su caso se realicen Articulo 34 el plazo para la presentacin y apertura de proposiciones de las licitaciones internacionales no podr ser inferior a veinte das naturales contados a partir de las fechas de publicacin de la convocatoria En licitaciones nacionales el plazo para la presentacin y apertura de proposiciones ser cuando menos de quince das naturales contados a partir de la fecha de publicaciones de la convocatoria Articulo 35 las dependencias y entidades siempre que ello no tenga por objeto limitar el siempre que ello no tenga por objeto Articulo 36 la entrega de proposiciones se ahora en dos sobre cerrados que contendrn por separado la propuesta tcnica y la propuesta econmica Articulo 37 el acto de presentacin y apertura de proposiciones se llevara a cabo en dos etapas conforme algo siguiente:1-