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1. INTRODUCCION Las nuevas políticas económicas neoliberales interesados en la globalización y en constante evolución obligan a determinar las fuentes de financiamiento y productividad de las compañías, que intentan competir con mayor y mejores productos en el mercado, logrando esto con mejores maquinarias, y nuevas tecnologías, que incrementen el valor agregado a los productos nacionales, permitiendo de esta manera incrementar sus posibilidades de ingresos y ganancias. Por esto el leasing se ha convertido en una fuente muy importante para la adquisición de dichas tecnologías con que Perú no cuenta, ya que no tenemos los recursos que permitan una mejora en nuestros procesos productivos (maquinaria y equipo industrial). Por tal situación, es de importancia el diseño de un sistema de leasing que mejore la liquidez financiera de la empresa, que le proporcione EL ARREND AMIENT O FINANC IERO (LEASI NG)

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tema de financiamiento a largo plazo

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1. INTRODUCCION

Las nuevas políticas económicas neoliberales

interesados en la globalización y en constante

evolución obligan a determinar las fuentes de

financiamiento y productividad de las compañías,

que intentan competir con mayor y mejores

productos en el mercado, logrando esto con

mejores maquinarias, y nuevas tecnologías, que

incrementen el valor agregado a los productos

nacionales, permitiendo de esta manera

incrementar sus posibilidades de ingresos y

ganancias. Por esto el leasing se ha convertido en

una fuente muy importante para la adquisición de

dichas tecnologías con que Perú no cuenta, ya que

no tenemos los recursos que permitan una mejora

en nuestros procesos productivos (maquinaria y

equipo industrial). Por tal situación, es de

importancia el diseño de un sistema de leasing que

mejore la liquidez financiera de la empresa, que le proporcione herramientas útiles

y confiables que ayuden a ordenar, corregir y resolver muchos de los problemas

existentes; para lograr de esa forma el crecimiento en la liquidez financiera de las

empresas y el sector industrial. La finalidad de esta investigación es analizar el

tema Leasing Financiero.

EL ARRENDAMIENT

O FINANCI

ERO (LEASIN

G)

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INDICE

1. INTRODUCCION.....................................................................................................................1

2. ANTECEDENTES...................................................................................................................3

3. CONCEPTO DE LEASING....................................................................................................4

4. ELEMENTOS DE LEASING..................................................................................................5

5. RAZONES PARA UTILIZAR UN LEASING FINANCIERO..............................................6

6. MODALIDADES......................................................................................................................6

I. Tipos de leasing según las prestaciones:...............................................................................6

II. Tipos de leasing por el objeto de la cesión:..........................................................................8

III. Tipos de leasing según los sujetos que intervienen:.........................................................8

IV. Tipos de leasing según el sector al que se dirige:..............................................................9

V. Tipos de leasing según la residencia de los sujetos:.............................................................9

7. CARACTERISTICAS:............................................................................................................9

8. VENTAJAS............................................................................................................................10

9. DESVENTAJAS....................................................................................................................11

10. IMPORTANCIA DEL LEASING PARA EL USUARIO.................................................11

11. ASPECTOS CONTABLES..............................................................................................12

12. ASPECTO FISCAL...........................................................................................................15

13. EMPRESAS QUE UTILIZAN ARRENDAMIENTO FINANCIERO COMO MEDIDAD DE FINANCIAMIENTO SON:......................................................................................................16

14. ALGUNAS EMPRESAS QUE OTORGAN ARRENDAMIENTO FINANCIAMIENTO17

15. CONCLUSIONES..............................................................................................................19

16. BIBLIOGRAFIA.................................................................................................................20

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2. ANTECEDENTES

A lo largo del siglo XX, un conjunto de instituciones contractuales, en su mayoría

originadas en el common law y perfeccionadas en el contexto negocial

norteamericano, se han expandido hacia los países de tradición codificada o lo del

civil law en los que, si bien han alcanzado tipicidad social, resultan difíciles de

aprehender por las categorías tradicionales del Derecho, motivo por el cual

algunas de ellas son consideradas como contratos atípicos. Entre los más

conocidos y que son de mayor operatividad en nuestro medio, se pueden citar los

siguientes: leasing, factoring, underwriting, franchising, know how, merchandising,

swap, etc., el fideicomiso y los negocios de securitización. Dentro de este contexto

el leasing se ha ganado un lugar especial, sus antecedentes se remontan a 5,000

años a.C., época en que fue utilizado por los sumarios, el leasing es un contrato

cuya tipificación se ha ido configurando como una forma de financiamiento y

prestación de servicios.

Se trata de un fenómeno económico singular cuyo desenvolvimiento comienza con

la expansión del ferrocarril a mediados del siglo XIX, cuando en Inglaterra se

constituyen las primeras sociedades de responsabilidad limitada que tiene por

objeto realizar operaciones de leasing; de la misma manera, en los E.U.A. En 1952

se funda una sociedad de leasing en San Francisco, la United States Leasing

Corporation, para dar respuesta a algunas necesidades para las cuales las

técnicas financieras que existían eran insuficientes. Empezaron a usar eslóganes

como "leadership not ownership", con el que se pretendía generar la idea de que

para un empresario que utiliza vehículos, máquinas y locales industriales, poco

importa si son de su propiedad, con tal de que los tenga a su disposición; o el de

"pas as you earn" que su significado es simplemente que las obligaciones

resultantes del leasing.

En los 70's y a inicios de los 80's , el leasing alcanza su expansión mundial

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3. CONCEPTO DE LEASING

También llamado arrendamiento financiero, es un contrato mercantil que tiene por

objeto el arrendamiento de bienes muebles o inmuebles adquiridos a terceros por

una empresa locadora, para darlas en uso a una empresa arrendataria, a cambio

de pago de cuotas periódicas y con una opción del arrendatario de comprar dichos

bienes por un valor pactado (simbólico) al final de un periodo.

El leasing es un contrato de arrendamiento financiero, con opción de compra

obligatoria a ejercitar a decisión del arrendatario que se utiliza para la puesta a

disposición de inmovilizado dentro de empresas y particulares. Este tipo de

contrato se caracteriza por la obligatoriedad de dicha opción sobre el bien puesto a

disposición.

El leasing financiero o en castellano, arrendamiento financiero, es una operación

de alquiler-venta ejecutada por una institución financiera (bancos, empresas

especializadas y algunas Cajas Municipales) y que consiste en la adquisición de

un activo, por parte de esa institución, para su posterior cesión en uso, previa la

evaluación crediticia correspondiente, a una empresa que lo necesita.

Durante el plazo de la operación – nunca menor de 2 años para cualquier vehículo

o maquinaria y equipo y de 5 años para inmuebles – se le paga a la institución

financiera una cuota, la misma que incluye principal, intereses e IGV. Terminado el

plazo del contrato, la empresa que recibió el leasing, puede ejecutar la opción de

compra, la misma que está pactada, contractualmente, desde el inicio de la

operación y que permite, mediante un pago simbólico (1% del valor del activo más

su correspondiente IGV), hacerse, si ese es el deseo de la empresa, de la

propiedad de ese bien.

La operatoria del leasing se la puede enmarcar dentro del sistema financiero como

una alternativa de financiación para la obtención de bienes disponible para

empresas de cualquier índole. Por lo tanto, podría definirse al leasing, como una

operación de financiación a mediano o largo plazo que se materializa entre una

empresa prestadora (entidad financiera, compañía de leasing o sociedad

fabricante o vendedora de bienes de capital) y una empresa industrial, comercial o

de servicios interesada en incorporar, renovar o modernizar sus equipos e

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instalaciones productivas, en pro de la obtención de mejores niveles de eficiencia y

competitividad. Asimismo, la Ley 25.248 (Ley de leasing), en su primer artículo, lo

define como un contrato por el cual el dador conviene transferir al tomador la

tenencia de un bien cierto y determinado para su uso y goce, contra el pago de un

canon y le confiere una opción de compra por un precio.

4. ELEMENTOS DE LEASING

Existe un fabricante del activo (equipo, máquina, vehículo) que lo vende a una

institución especializada. Este fabricante es el PROVEEDOR.

La institución especializada o FINANCIADOR adquiere el activo y lo arrienda a

una persona natural o jurídica (es decir, lo cede en uso y cobra por esa cesión

pues mantiene la propiedad) ARRENDADOR. Por esta operación financiera, a

la empresa especializada también se le conoce como ACREEDOR O

ARRENDADOR.

La persona que recibe el activo es el USUARIO, quien lo utilizará pero no

tendrá propiedad sobre él, por ello se le denomina ARRENDATARIO O

DEUDOR.

FINANCIADOR / ACREEDOR

ARRENDADOR

FABRICANTE

PROVEEDOR

USUARIO / DEUDOR

ARRENDATARIO

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5. RAZONES PARA UTILIZAR UN LEASING FINANCIERO

o El leasing es tratado, tributariamente, como cualquier préstamo para la adquisición

de activos fijos. Lo que significa, que en la contabilidad de la empresa que toma el

leasing, se registrará como gastos los intereses pagados; lo que generará escudos

fiscales y, por lo tanto, menor pago de impuesto a la renta.

o Al ser tratado como un préstamo para activo fijo; este, si bien lo compró la

institución financiera que otorgó el leasing, es tributariamente propiedad de la

empresa que recibió el activo y, por lo tanto, puede depreciarlo; lo que le dará

escudos fiscales adicionales. Más aún, en la legislación tributaria peruana, se

permite que los bienes producto de este tipo de operaciones, sean depreciados en

forma acelerada en función del plazo del contrato, si se adquiere un vehículo con

la caja del negocio o con cualquier tipo de préstamo, se depreciará en 5 años a

razón de 20% por año, en cambio, si se deriva de una operación de leasing y el

plazo de contrato es de dos años, la tasa de depreciación será de 50%.

o Para acceder a un leasing, la institución financiera lo evaluará tal como lo

evaluaría para cualquier otro tipo de apoyo financiero Sin embargo, hay una sutil

diferencia, si una empresa pide un pagaré o préstamo para comprar un vehículo,

¿de quién es el vehículo?, de la empresa; pero si el bien es otorgado en leasing, la

propiedad legal (no tributaria) del bien es de la institución financiera. Ahora , si la

empresa deja de pagar, ¿bajo qué modalidad será más fácil al banco recuperar el

bien, cuando es de propiedad de la empresa o cuando es de su propiedad? , así

es, es mucho más sencillo recuperar judicialmente algo que es tuyo que cuando es

de un tercero, a pesar que lo otorgó en garantía. Ahora le pregunto, si usted

estuviese en los zapatos del banquero, ¿dónde percibiría un menor riesgo? , el

leasing es percibido como una operación de menor riesgo para una institución

financiera. Una operación de arrendamiento financiero debería costar menos. Un

aparte, esto es consecuencia directa de uno de los axiomas de las finanzas: “la

rentabilidad y el riesgo, están relacionados de manera directa”, de ese modo

entonces, a menor riesgo, menor rentabilidad.

6. MODALIDADES

I. Tipos de leasing según las prestaciones:

o Leasing operativo: Es el efectuado por fabricantes, distribuidores o

importadores, quienes de este modo ofrecen una alternativa de

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financiación al cliente mediante un contrato de arrendamiento con opción

de compra como medio de promoción de sus ventas. Los sujetos

intervinientes en la operación son dos personas: el usuario (arrendatario)

y el proveedor (arrendador). El leasing operativo incluye además de la

cesión del uso del bien, otras prestaciones complementarias

(mantenimiento del bien y seguro fundamentalmente).

o Leasing financiero : Es el practicado por sociedades creadas para tal fin, las

entidades compran bienes seleccionados por los propios usuarios

potenciales para luego arrendárselos con opción de compra y cuya

finalidad no es la promoción de ventas, sino la obtención de un beneficio

como resultado de la prestación de un servicio financiero. La sociedad de

leasing interviene como intermediario financiero entre el usuario y el

proveedor, facilitando los medios necesarios para financiar la adquisición

del bien

Desde el punto de vista comparativo, la diferencia esencial entre una y otra es

la inexistencia de un intermediario financiero en el leasing operativo, ya que

en éste es el propio proveedor el que cumple esta función de forma directa.

Por otro lado, el contrato de leasing financiero es irrevocable para el periodo

inicial de arrendamiento, mientras que el contrato de leasing operativo puede

ser rescindido antes de finalizar el plazo inicialmente acordado. La

consideración de los riesgos para el proveedor o para la sociedad de leasing

también presenta ciertas diferencias según se trate de una operación

operativa o financiera respectivamente. En el leasing financiero, la solvencia

económica del futuro usuario arrendatario es el elemento clave en la

evaluación de riesgos, mientras que el operativo, este análisis de basa en la

vida útil del bien a arrendar. La sociedad de leasing, al término del periodo

irrevocable, recupera el valor total de su inversión más un beneficio pro la

prestación del servicio financiero, en el leasing operativo, el proveedor

arrendador, obtendrá un beneficio en función de sus posibilidades de

realquiler del bien que se presenten y dependerán de la duración económica

del bien. Los plazos del contrato del leasing financiero oscilan entre los dos y

cinco años para bienes muebles y diez años para bienes inmuebles, mientras

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que los del leasing operativo difícilmente superan los tres años. Es por ello,

que el leasing operativo es principalmente utilizado por las empresas

multinacionales sobre un tipo de bienes estandarizados cuya propensión a la

obsolescencia tecnológica es mayor.

II. Tipos de leasing por el objeto de la cesión:

o Leasing mobiliario: Tiene por objeto bienes muebles. Se contrata sobre

bienes que deben reunir las siguientes características: Identificables. No

consumibles. Susceptibles de afectación a las actividades propias de la

empresa. Suelen ser generalmente nuevos, en caso contrario la

antigüedad se tomará en cuenta para la determinación del plazo de la

operación. Preferentemente deberán tener características estándar y una

depreciación lenta. Es obligatoria la inscripción de la póliza de cesión en

leasing en el registro de venta a plazos de bienes muebles. Los contratos

de leasing mobiliario han de tener una duración mínima de dos años por

disposición legal.

o Leasing inmobiliario : Es un arrendamiento financiero de todo tipo de

inmuebles afectos a actividades empresariales o destinados a uso

profesional: naves industriales, almacenes, locales comerciales, oficinas y

despachos profesionales, centros logísticos, hoteles, centros médicos,

parkings, etc., a cuyo término el arrendatario dispone de una opción de

compra para adquirir el inmueble por un valor residual previamente

pactado. En este caso la duración mínima establecida por la ley para este

tipo de contratos es de diez años. El leasing inmobiliario se contrata sobre

bienes que deben reunir las siguientes características: Susceptibles de

afectación a las actividades propias de la empresa (naves, almacenes,

oficinas, etc.) Terminados o en construcción. Susceptibles de ser inscritos

en el Registro de la Propiedad

III. Tipos de leasing según los sujetos que intervienen:

o Leasing estándar o habitual: En la operación hay tres intervinientes: el

arrendador-financiero, el usuario y el proveedor o suministrador del bien.

o Lease-Back : Es un contrato de leasing, donde es el propio fabricante del

bien quien lo vende a la entidad de leasing para luego contratarlo por

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leasing. Es decir, cliente y proveedor son la misma persona, buscando es

esta operación las ventajas sobre todo fiscales que ofrece esta modalidad.

Generalmente estas operaciones se realizan sobre bienes inmuebles, si

bien la normativa no impide que se realicen sobre bienes muebles.

IV. Tipos de leasing según el sector al que se dirige:

o Privado: Leasing destinado a empresas y profesionales.

o Público : El usuario es una Administración Pública.

V. Tipos de leasing según la residencia de los sujetos:

o Leasing doméstico : El que se desenvuelve dentro del territorio nacional.

o Leasing internacional : Aquel en el que arrendador y arrendatario financiero

están situados en países distintos.

7. CARACTERISTICAS:

Sus características son las siguientes:

La entidad de leasing actúa en todo momento siguiendo las especificaciones

del usuario. Se trata de una forma de financiar la inversión, por lo que no

pueden atribuirse a la entidad de leasing otros objetivos que no sean

estrictamente financieros.

Existe un periodo de irrevocabilidad, durante el que ninguna de las partes

puede rescindir unilateralmente la operación. La duración de este periodo

suele estar próxima a la vida útil del equipo.

Los pagos realizados por el usuario del bien, distribuidos a lo largo del periodo

de irrevocabilidad, deben ser capaces de amortizar totalmente el activo,

incluyendo por tanto el coste del material y los gastos de explotación y

financiación, además del beneficio de la entidad de leasing (intereses).

No existen limitaciones en el empleo del bien arrendado, excepto su correcta

utilización. Además, la entidad de leasing no se hace cargo de ningún gasto en

concepto de reparaciones, mantenimiento ni seguros, que corren por cuenta

del usuario.

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Debe existir una opción de compra a favor del usuario al término del periodo

contractual. Dado que los pagos efectuados durante el periodo de

irrevocabilidad han amortizado completamente el equipo, el valor residual

suele ser reducido. Por tanto, el contrato finaliza usualmente con la compra del

equipo.

8. VENTAJAS

Se presenta una ausencia de cuota inicial ya que el cliente puede financiarse el

100% de la inversión.

Las tasas de interés que se ofrecen por las compañías de financiamiento

comercial, comparativamente con las del mercado, son altamente competitivas y

en casi la mayoría de los casos el costo real de la financiación es inferior a los

otros mecanismos de financiación.

El cliente puede orientar el monto presupuestado para la consecución de activos

productivos, hacia la inversión en capital de trabajo necesario para el buen

funcionamiento de la compañía.

Se mantiene libre la capacidad de endeudamiento del cliente.

Flexible en plazos, cantidades y acceso a servicios.

Permite conservar las condiciones de venta al contado.

La cuota de amortización es gasto tributario, por lo cual el valor total del equipo

salvo la cantidad de la opción de compra se rebaja como gasto, en un plazo que

puede ser menor al de la depreciación acelerada. La empresa así, puede obtener

importantes ahorros tributarios.

No incurre en costos de depreciación, ya que el propietario del activo no es el

arrendatario por lo que contablemente este activo no aparece en sus balances,

hasta que se haga uso de la opción de compra, teniendo presente que esto solo

sucede bajo el contrato de leasing financiero. Y a partir de allí, se tiene presente la

depreciación acumulada para que el cliente únicamente deprecie el resto de la

vida útil contable. Por ejemplo; se incurre en un leasing de vehículo por un periodo

de tres años, teniendo en cuenta que la depreciación por un vehículo es de 5

años, entonces el cliente solo depreciara los 2 años faltantes después de hacer

uso de la opción de compra

Mínima conservación del capital de trabajo.

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Oportunidad de renovación tecnológica.

Rapidez en la operación.

El leasing permite el mantenimiento de la propiedad de la empresa. En caso

contrario (sin leasing), si en una actividad comercial se requiere una fuente de

inversión para nuevos equipos, es frecuente que se haga la financiación del

proyecto con aumentos de capital o emisión de acciones de pago, lo que implica,

en muchos casos, dividir la propiedad de la empresa entre nuevos socios

reduciéndose el grado de control sobre la compañía.

9. DESVENTAJAS

Se accede a la propiedad del bien, a veces al final del contrato, al ejercer la opción

de compra.

No permite entregar el bien hasta la finalización del contrato.

Existencia de cláusulas penales previstas por incumplimiento de obligaciones

contractuales.

Coste a veces mayor que el de otras formas de financiación, en particular cuando

se producen descensos en los tipos de interés.

Al final del contrato se le cobrará un monto adicional por todo aquello que

disminuya el valor de reventa del bien.

10. IMPORTANCIA DEL LEASING PARA EL USUARIO

La importancia del leasing radica en que se obtiene el uso del bien.

Al empresario, para el desarrollo de su negocio, le interesa el uso del activo y no el

título de propiedad sobre este bien.

Se genera un escudo fiscal que le otorga mayor capacidad de endeudamiento a la

empresa (persona jurídica), no así para la persona natural.

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11. ASPECTOS CONTABLES

El efecto del arrendamiento sobre los estados financieros del USUARIO es bastante

interesante: si aumenta la cuenta de activo fijo* consecuentemente del pasivo ( no es

un crédito, son pagos que se generan mensualmente como “alquileres”).

Se elimina el riesgo de la obsolescencia, al no tener propiedad sobre el bien; pero los

arrendadores suelen compensar este costo en las cuotas.

NORMAS-NIC 17

Emitida el 1 de enero de 2012. Incluye las NIIF con fecha de vigencia posterior al 1 de

enero de 2012 pero no las NIIF que serán sustituidas. Este extracto ha sido preparado

por el equipo técnico de la Fundación IFRS y no ha sido aprobado por el IASB. Para

conocer los requisitos completos se debe hacer referencia a las Normas

Internacionales de Información Financiera.

El objetivo de esta Norma es el de prescribir, para arrendatarios y arrendadores, las

políticas contables adecuadas para contabilizar y revelar la información relativa a los

arrendamientos.

La clasificación de los arrendamientos adoptada en esta Norma se basa en el grado

en que los riesgos y ventajas, derivados de la propiedad del activo, afectan al

arrendador o al arrendatario.

Un arrendamiento se clasificará como financiero cuando transfiera sustancialmente

todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad. Un arrendamiento se

clasificará como operativo si no transfiere sustancialmente todos los riesgos y ventajas

inherentes a la propiedad.

CONTABILIZACIÓN DE LOS ARRENDAMIENTOS EN LOS ESTADOS

FINANCIEROS DE LOS ARRENDATARIOS

Arrendamientos operativos

*NIC-17= La arrendadora ya no contabiliza el Leasing, ahora es el Arrendatario quien deprecia el Activo

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Las cuotas derivadas de los arrendamientos operativos se reconocerán como gasto de

forma lineal, durante el transcurso del plazo del arrendamiento, salvo que resulte más

representativa otra base sistemática de reparto para reflejar más adecuadamente el

patrón temporal de los beneficios del arrendamiento para el usuario.

Arrendamientos financieros

Al comienzo del plazo del arrendamiento financiero, éste se reconocerá, en el estado

de situación financiera del arrendatario, como un activo y un pasivo por el mismo

importe, igual al valor razonable del bien arrendado, o bien al valor presente de los

pagos mínimos por el arrendamiento, si éste fuera menor, determinados al inicio del

arrendamiento. Al calcular el valor presente de los pagos mínimos por el

arrendamiento, se tomará como factor de descuento la tasa de interés implícita en el

arrendamiento, siempre que sea practicable determinarla; de lo contrario se usará la

tasa de interés incremental de los préstamos del arrendatario. Cualquier costo directo

inicial del arrendatario se añadirá al importe reconocido como activo.

Cada una de las cuotas del arrendamiento se dividirá en dos partes que representan,

respectivamente, las cargas financieras y la reducción de la deuda viva. La carga

financiera total se distribuirá entre los periodos que constituyen el plazo del

arrendamiento, de manera que se obtenga una tasa de interés constante en cada

periodo, sobre el saldo de la deuda pendiente de amortizar. Los pagos contingentes

se cargarán como gastos en los periodos en los que sean incurridos.

El arrendamiento financiero dará lugar tanto a un cargo por depreciación en los activos

depreciables, como a un gasto financiero en cada periodo. La política de depreciación

para activos depreciables arrendados será coherente con la seguida para el resto de

activos depreciables que se posean, y la depreciación contabilizada se calculará sobre

las bases establecidas en la NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo y en la NIC 38

Activos Intangibles. Si no existiese certeza razonable de que el arrendatario obtendrá

la propiedad al término del plazo del arrendamiento, el activo se depreciará totalmente

a lo largo de su vida útil o en el plazo del arrendamiento, según cuál sea menor.

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CONTABILIZACIÓN DE LOS ARRENDAMIENTOS EN LOS ESTADOS

FINANCIEROS DE LOS ARRENDADORES

Arrendamientos operativosLos arrendadores presentarán en su estado de situación financiera, los activos

dedicados a arrendamientos operativos de acuerdo con la naturaleza de tales bienes.

La depreciación de los activos depreciables arrendados se efectuará de forma

coherente con las políticas normalmente seguidas por el arrendador para activos

similares, y se calculará con arreglo a las bases establecidas en la NIC 16 y en la NIC

38. Los ingresos procedentes de los arrendamientos operativos se reconocerán como

ingresos de forma lineal a lo largo del plazo de arrendamiento, salvo que resulte más

representativa otra base sistemática de reparto, con el objeto de reflejar más

adecuadamente el patrón temporal de consumo de los beneficios derivados del uso

del activo arrendado en cuestión.

Arrendamientos financierosLos arrendadores reconocerán en su estado de situación financiera los activos que

mantengan en arrendamientos financieros y los presentarán como una partida por

cobrar, por un importe igual al de la inversión neta en el arrendamiento. El

reconocimiento de los ingresos financieros, se basará en una pauta que refleje, en

cada uno de los periodos, una tasa de rendimiento constante sobre la inversión

financiera neta que el arrendador ha realizado en el arrendamiento financiero.

Los arrendadores que son también fabricantes o distribuidores reconocerán los

resultados derivados de la venta en el periodo, de acuerdo con las políticas contables

utilizadas por la entidad para el resto de las operaciones de venta directa. Si se han

aplicado tasas de interés artificialmente bajas, el resultado por la venta se reducirá al

que se hubiera obtenido de haber aplicado tasas de interés de mercado. Los costos

incurridos por el fabricante o el distribuidor que sea también arrendador, y estén

relacionados con la negociación o la contratación del arrendamiento, se reconocerán

como un gasto cuando se reconozca el resultado en la venta.

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12. ASPECTO FISCAL

Los pagos efectuados (cuota total) son deducidos de la rentas bruta de la empresa,

por lo que genera un escudo fiscal; es decir, las cuotas son consideradas como gastos

generales (cuenta explotación).

A nivel fiscal, si bien el ARRENDATARIO (Usuario) pagaría menos impuestos, el

ARRENDADOR debe tributar por los ingresos recibidos en las cuotas del leasing.

Entonces, el Estado no se perjudica.

Como el activo temporalmente es propiedad del USUARIO, está sujeto a la

depreciación.

Pues para aprovechar las ventajas de los dos escudos fiscales que trae el leasing;

intereses y depreciación acelerada. Se sabe que si no hay utilidades, no es posible

disminuir el pago del impuesto a la renta, pues simplemente, no hay utilidades que

gravar. Una de las condiciones para que pueda optar por el leasing, es que pague

IGV? Simple, no se olvide que las cuotas que se pagarán por este tipo de

operaciones, están gravadas con el IGV. Por lo tanto, lo que se pague como IGV,

puede ser utilizado como crédito fiscal y así disminuir el monto del impuesto que se

le pagará a la SUNAT. Si no paga IGV, ¡OLVÍDESE DEL LEASING! pues lo único que

logrará es que la cuota se incremente y, por ende, la tasa de interés que paga por la

operación.

Dada la posibilidad de un Gerente Financiero de acceder a un leasing financiero o a

un préstamo a largo plazo, la interrogante pertinente es cuál es la fuente de

financiación más onerosa. En la medida que adquirir un activo fijo con un préstamo

hace propietario al empresario, éste goza del escudo fiscal de la depreciación, de los

intereses y de la recuperación del crédito fiscal del impuesto general a las ventas, tal

como se muestra más adelante en ejemplos numéricos. En el caso del leasing, el

arrendatario pierde todos estos beneficios y en cambio obtiene el del escudo tributario

de las cuotas de leasing. La diferencia entre préstamo y leasing se da cuando el activo

tiene una vida útil mayor al pago de las cuotas. La depreciación del activo, financiado

con préstamo, está atada a una depreciación lineal que abarca tasas estipuladas por

ley (que en la mayoría de los casos es mayor a tres años) cuando en el leasing puede

ser tres años. Dicho de otro modo, una posible ventaja del leasing es el mayor

beneficio tributario de una depreciación acelerada que permite escapar de la

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rigurosidad de una depreciación lineal. Ante esta posibilidad, tributariamente, el

leasing financiero se considera como si fuera operativo. A modo de proponer una

metodología que permita al lector comprender cómo evaluar el leasing frente al

préstamo, se presenta el siguiente ejemplo didácticamente simplificado. El lector debe

poner énfasis en el procedimiento más que en los resultados que se obtienen del

ejercicio.

13. EMPRESAS QUE UTILIZAN ARRENDAMIENTO FINANCIERO COMO MEDIDAD DE FINANCIAMIENTO SON:

Según la Asbanc, los sectores económicos con mayor participación en el monto total de

contratos de arrendamiento financiero fueron la industria manufacturera con 19.61%; las

actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler, con 14.86%; el transporte,

almacenamiento y comunicaciones con 14.62%; electricidad, gas y agua con 13.78%; el

comercio con 12.31% y la minería con 10.32%.

En cuanto a los bienes productivos que se contratan vía leasing, destacan las

maquinarias y equipos industriales con el 38.38% del total, los bienes inmuebles con el

27.07% y las unidades de transporte terrestre con el 23.18%.

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BCP financiará central hidroeléctrica Huanza de 90 Mw del grupo BuenaventuraEl Banco de Crédito del Perú (BCP) anunció que actuó como único estructurador y

prestamista en la operación de arrendamiento financiero (leasing) de US$119 millones

otorgados a la Empresa de Generación Huanza, que construirá una central hidroeléctrica

de 90.6 megavatios (Mw). Cabe resaltar que la empresa es subsidiria del grupo minero

Buenaventura.

La facilidad fue estructurada a un plazo de diez años, incluyendo tres años de período de

construcción. De acuerdo con el nuevo calendario, la fecha de inicio de obras es marzo

del 2010 y la fecha de puesta en operación comercial febrero del 2013. Sin embargo, el

BCP estimó que la central podría iniciar a operar a finales del 2012.

14. ALGUNAS EMPRESAS QUE OTORGAN ARRENDAMIENTO FINANCIAMIENTO

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Empresas peruanas comienzan a demandar financiamiento “hecho a la medida”.

“Cuando la necesidad de financiamiento implica estructuras complejas como el leasing, se

demanda mucha ingeniería para darle al cliente un producto taylor-made. Ahí los bancos

jugamos un rol muy importante”, sostiene Diego Cavero, gerente de la División de Banca

Corporativa del BCP.

Gonzalo Gil, vicepresidente de Banca Corporativa de Scotiabank, explica que el leasing,

que es ofrecido solo por los bancos, está siendo utilizado para financiar desde la compra

de maquinarias hasta la construcción de todo un proyecto.

Recuerda que el año pasado Scotiabank otorgó un leasing por US$ 120 millones a

Termochilca para la construcción de su termoeléctrica. Por su parte, en el 2011, Citibank

firmó un contrato de leasing con la minera Barrick por US$ 147 millones para financiar

cinco proyectos de la mina Laguna Norte, en La Libertad.

La oferta de productos corporativos está conformada por préstamos bilaterales o directos

para capital de trabajo, comercio exterior, contingentes, leasing, lease-back, servicios de

pagos, y las emisiones de bonos tanto en el mercado local como internacional.

En el caso de los préstamos directos ofrecidos por los bancos internacionales, las tasas

pueden llegar a costar cinco puntos básicos menos por el encaje, según Víctor Mantilla,

vicepresidente comercial de Bladex. Además, los plazos de financiamiento puedan llegar

hasta 7 años, explica Juan Carlos Arribas, director ejecutivo del JP Morgan.

Por su parte, Cavero del BCP sostiene que los bancos locales peruanos pueden prestar a

plazos de hasta 10 años, a tasa fija.

15. CONCLUSIONES

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El leasing financiero es una fuente de financiamiento que preserva la capacidad de

endeudamiento de la empresa, permitiendo una disponibilidad aumentada del

crédito, ya que la arrendataria puede obtener más dinero durante plazos más largos.

En el arrendamiento financiero no se financia la totalidad del valor del activo,

contribuyendo a la liquidez de la empresa arrendataria. En caso de activos sujetos a

rápido cambio tecnológico, el arrendatario corre el riesgo de que el bien se torne

obsoleto antes del plazo irrevocable establecido en el leasing, lo cual constituiría una

desventaja del arrendamiento financiero.

El arrendamiento financiero es una fuente adicional de crédito para todo tipo

de empresas, cuyo costo se ha convertido en competitivo respecto de otras

fuentes de financiamiento.

Antes de tomar cualquier decisión se deberán analizar todas las posibilidades,

caminos y opciones disponibles, tanto cualitativamente, ya que lo que es

adecuado para una empresa o para un proyecto en particular, puede no serlo

para otras y viceversa.

El contrato de arredramiento financiero, evita el riesgo de rápida obsolescencia

a la empresa, ya que esta no es dueña del activo. Los cambios tecnológicos,

no afectaran el valor de los activos de la empresa.

Que el producto Arrendamiento Financiero (leasing) ha adquirido una marcada

influencia como vía alternativa de financiación, que permite a las empresas

fomentar nuevas inversiones sin comprometer fondos en el momento de la

adquisición.

El arrendamiento financiero es un contrato en virtud del cual, la arrendadora

financiera se obliga a adquirir determinados bienes y conceder su goce

temporal, a plazo forzoso, a una persona física o moral, obligándose ésta a

pagar una cantidad determinada o determinable en los términos que se

convenga.

En caso de activos sujetos a rápido cambio tecnológico, el arrendatario corre el

riesgo de que el bien se torne obsoleto antes del plazo irrevocable establecido

en el leasing, lo cual constituiría una desventaja del arrendamiento financiero.

16. BIBLIOGRAFIA

Page 20: Leasing Imprimir

http://www.ajeimpulsa.es/documentos/banco_recursos/recurso_50.pdf

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http://www.monografias.com/trabajos29/arrendamiento-financiero-propuesta-normativa-

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http://semanaeconomica.com/article/infraestructura/energia/80616-bcp-financiara-central-

hidroelectrica-huanza-de-90-mw-del-grupo-buenaventura/